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PLIEGO DE CONDICIONES JURÍDICAS Y ECONÓMICO- ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO DE DOS LOCALES DE PROPIEDAD MUNICIPAL SITOS EN LOS BAJOS DEL MERCADO XXXXXXXX XXXXXXX, CON DESTINO A ACTIVIDADES DE TIPO COMERCIAL.
1. OBJETO
1.1 Es objeto del presente Pliego el arrendamiento por procedimiento abierto de dos locales de propiedad municipal sitos en el Xxxxxxx xx Xxxxxxx de la C/ Xxxxxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, con fachada a dicha calle, con los números número de referencia 5 y 10.
1.2 Dichos locales se encuentran numerados en el citado plano de derecha a izquierda (miran- do al edificio xxx xxxxxxx), y su situación en relación con el xxxxxxx xx xxxxxxx y superfi- cie es la siguiente:
- Local nº 5, tiene una superficie de 41,47 m2, situado en el lado derecho.
- Local nº 10, tiene una superficie de 44,10 m2, situado en el lado izquierdo.
1.3 Figuran en el Inventario de Bienes municipal, en el Epígrafe 1º “Inmuebles”, bajo los nú- meros de asiento 8104 y 8109, respectivamente, acompañándose al presente Pliego el pla- no técnico del local
2 CONDICIONES DEL ARRENDAMIENTO
Las condiciones del arrendamiento son las siguientes:
a) Los locales objeto de este procedimiento abierto son exclusivamente comerciales.
b) El arrendatario deberá comunicar el tipo de actividad comercial que pretende desarro- llar en el local arrendado.
c) Podrán destinarse a establecimientos comerciales, excepto los destinados a la venta de productos alimenticios que se comercialicen dentro de la plaza de abastos. Será causa de resolución del contrato la instalación o venta de productos alimenticios que se con- sideren excluidos.
d) Una vez adjudicado el arrendamiento, el adjudicatario deberá solicitar en el plazo de UN MES en la Gerencia de Urbanismo la obtención de la pertinente licencia de apertu- ra con el proyecto del establecimiento a instalar en el local en relación con el fin o la actividad a que se destine.
e) Será requisito imprescindible solicitar licencia de apertura de la actividad que se pre- tenda desarrollar, o cualquier otra necesaria en relación con ésta; no dando lugar la ad- judicación a la autorización de la misma, por lo que no se podrá, en caso de no obtener la citada licencia, efectuar reclamación alguna por posibles perjuicios ocasionados.
f) Xxxxxxxx a cargo del arrendatario los costes del suministro de agua y electricidad, así como el abono de las contribuciones, impuestos, arbitrios o cualquier otra carga o gra- vamen que recaiga sobre la utilización de las instalaciones objeto de concesión.
g) Toda clase de obras que se realicen en los locales arrendados, por cualquier causa, se- rán previamente autorizados por este Ayuntamiento, que otorgará, en su caso, la licen- cia correspondiente.
h) El arrendatario no podrá, bajo ningún pretexto, ceder o traspasar el local o locales arrendados sin previa autorización por la Corporación Municipal. Tampoco podrá su- barrendarlo, sin la citada autorización previa municipal.
Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se pu- blicará en el perfil del contratante en la página web xxx.xxxxxx.xx.
3 REGULACIÓN JURÍDICA
3.1 El objeto del presente Pliego de Condiciones está tipificado como contrato PRIVADO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y se regirá por lo establecido en la Ley 33 /2003 de 3 de Noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas y Real decreto nº 1372/1986 de 13 xx Xxxxx del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos.
En cuanto a su preparación y adjudicación el contrato se regirá por la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público, modificada por la Ley 34/2010, de 5 xx xxxxxx, y la Ley 2/2011, de 5 xx xxxxx, de Economía Sostenible; el R.D. 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Xxx 00/0000 xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxx- xx; el R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
En cuanto a sus efectos y extinción el contrato de arrendamiento se regirá por las disposi- ciones de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Pú- blicas, Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales y las normas de derecho priva- do que le resulten de aplicación.
3.2 Su adjudicación se realizará mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO, en base con lo establecido en el art. 122 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Pú- blico, utilizándose los criterios de adjudicación que se relacionan en la cláusula 8 del presente pliego y anunciándose en el Boletín Oficial de la Región y en el perfil del con- tratista, de conformidad con lo establecido en el art. 126.
RENTA DE ARRENDAMIENTO
4.1 La renta de arrendamiento mensual se fija para cada uno de los arrendamientos en las
siguientes cantidades:
- Para el local nº 5 se fija una cantidad 800,00 euros, más el 18 % de IVA, 144,00 euros, ascendiendo la renta a la cantidad total de 944,00 euros.
- Para el local nº 10, se fija una cantidad de 1.000,00 euros, más el 18 % de IVA, 180,00 euros, ascendiendo la renta a la cantidad total de 1.180,00 euros.
- Dichas cantidades son los presupuestos de los contratos objeto del presente Pliego de Condiciones.
En la proposición económica, se especificará necesariamente por separado los conceptos anteriores, según el modelo que se inserta en la cláusula 9, no admitiéndose las ofertas que no lo expresen así.
Los licitadores establecerán en su proposición económica la renta al alza que se compro- meten a pagar por cada uno de los arrendamientos de los locales municipales.
La renta ofertada será independiente de cualquier otro gasto o impuesto que en todo caso corresponderá al arrendatario no pudiendo girarse ningún gasto derivado de este arrenda- miento a la Administración. Se entenderán comprendidos todos los gastos y demás im- puestos que graven la realización del contrato, no pudiendo en su consecuencia, repercu- tirlos la empresa adjudicataria contra la Administración como partida independiente del presupuesto contratado.
5 REVISIÓN DE PRECIOS
La renta del arrendamiento será objeto de revisión anual, aplicando las variaciones del IPC en el año anterior, incrementándose en la cantidad resultante las variaciones experimenta- das por el mismo.
6 APTITUD PARA CONTRATAR
6.1 Podrá presentarse cualquier persona o empresario que tenga capacidad de obrar, y en el caso de los empresarios, que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las nor- mas por las que se regula la actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la prestación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentaria- mente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
Estos últimos, además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplo- mática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de em- presas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente xxx- loga y deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o repre- sentantes para sus operaciones y estar inscritas en el Registro Mercantil.
6.2 La prueba, por parte de cualquier persona física o empresario, de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octu- bre, de Contratos del Sector Público, se efectuará mediante testimonio judicial o certifica- ción administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
7 SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Los licitadores deberán acreditar necesariamente su solvencia económica y financiera, por uno o varios de los medios siguientes:
a. Informe de instituciones financieras.
b. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que co- rresponda, o los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
8 CRITERIO PARA LA VALORACIÓN DE LAS OFERTAS
El criterio que, de conformidad con el art. 134 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del Sector Público, se aplicará en la valoración de las ofertas presentadas será el precio más alto ofertado al alza.
9 PROPOSICIONES
9.1 Las proposiciones para tomar parte en esta licitación se presentarán en DOS SOBRES CERRADOS, que podrán estar lacrados y precintados y en el que figurará, en cada uno de ellos, la siguiente INSCRIPCION:
"Proposición presentada por D...........(en nombre propio con D.N.I.,……o en representa- ción de......., con C.I.F.: ….), para tomar parte en la licitación convocada por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx, para contratar el "ARRENDAMIENTO EL LOCAL DE PRO- PIEDAD MUNICIPAL Nº , SITO EN LOS BAJOS DEL XXXXXXX XX XXXX-
TOS XXXXXXXX XXXXXXX".
En cada uno de los sobres, se añadirá además, respectivamente,
▪ “SOBRE 1” (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA)
▪ “SOBRE 2” (PROPOSICIÓN ECONÓMICA)
Dentro de cada sobre, se incluirá un índice comprensivo de todos los documentos que se incluyan en el mismo.
9.2 Los licitadores presentarán en el "SOBRE 1" (DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATI- VA), los siguientes DOCUMENTOS:
1. Identificación completa de la persona o empresa, que incluya como mínimo dirección, teléfono, fax y persona de contacto.
2. D.N.I. o C.I.F. del licitador y del representante.
3. Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en los que cons- ten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Asimismo, aportarán Poder notarial en caso de actuar en representación de otra perso- na o entidad, DEBIDAMENTE BASTANTEADO por la Directora de los Servicios Jurídicos.
4. Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas por la actividad correspon- diente, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto. En caso de que el licitador haya iniciado la actividad en el presente ejercicio, presentará únicamente el documento acreditativo del alta en el re- ferido Impuesto.
En su caso, las empresas licitadoras podrán acreditar la exención en el mencionado Impuesto, mediante declaración responsable expedida al efecto.
5. Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición de contratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, que incluya la manifesta- ción de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6. Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profe- sional de la Empresa, conforme a lo establecido en la cláusula 7 del presente pliego de condiciones.
7. Manifestación de la actividad económica a desarrollar en el local municipal.
En general, de la documentación jurídica y administrativa, podrán presentarse originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
9.3 En el "SOBRE 2" los licitadores presentarán los siguientes documentos:
• Proposición económica, que se redactará conforme al siguiente modelo:
"D.........., vecino de......., con domicilio en......, nº..., con D.N.I. nº......, expedido en ,
el...., de......., de 20.., en nombre propio o en representación de......, con C.I.F.: …, conforme acredito con poder notarial declarado bastante, otorgado ante xxxxxxx xxx
Xxxxxxx Colegio de …., D. ……, con fecha ….. y nº de protocolo….; enterado del anun- cio publicado en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx nº...., del día..., de , de
20.., y de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, con destino a la contratación, por PROCEDIMIENTO ABIERTO, del "ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL DE PROPIEDAD MUNICIPAL Nº , SITO EN LOS BAJOS DEL XXXXXXX XX XXXXXXX XXXXXXXX
XXXXXXX XX XXXXXX.", cuyo contenido conoce y acepta íntegramente, se com- promete a la realización del mencionado contrato, con arreglo a todas y cada una de las cláusulas de los mencionados Pliegos y Anteproyecto que se acompaña, por un canon anual de …… € más el …% de I.V.A., que asciende a la cantidad de …… €, lo que hace un total de …… €.
Se acompaña en el "SOBRE 1" la documentación exigida en la cláusula 9.2 del Plie- go de Condiciones.
Se señala como número de fax a efectos de las notificaciones que procedan en cuan- tas actuaciones se sigan del presente procedimiento el siguiente: .................
Fecha y firma del proponente".
10 PRESENTACIÓN DE PLICAS
Las plicas para esta licitación se entregarán en el Servicio de Patrimonio, hasta las DIEZ HORAS del día en que finalice el plazo de QUINCE DIAS naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx (en caso de finalizar dicho plazo en sábado o en día festivo será el siguiente día hábil), y se admitirán cuantos sobres se presenten, siempre que reúnan las condiciones externas regla- mentarias.
11 APERTURA DE PLICAS
11.1 Tendrá lugar en la Casa Consistorial ante la Mesa, que estará constituida por los siguientes miembros:
▪ Presidente:
- Concejal Delegado de Contratación y Patrimonio.
▪ Vocales:
- Directora de los Servicios Jurídicos.
- Interventora General de la Corporación.
- Jefe de Mantenimiento de Edificios Municipales y Seguimiento de Contratos
▪ Secretario:
- Jefe de Servicio de Patrimonio.
11.2 Reunida la Mesa, procederá a la calificación de la documentación a la que se refiere el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (SOBRE
1). Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, a fin de que, en un plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES presenten y acrediten la subsanación, directamente en el Servicio de Patrimonio del Ayuntamiento, hasta las quince horas del día en que venza el plazo se- ñalado. Seguidamente se extenderá Acta de Calificacin y Selección.
11.3 Por la Mesa se realizará el acto público de apertura de proposiciones económicas [SO- BRE 2].
12 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN
12.1 Las proposiciones presentadas se clasificarán por orden decreciente, atendiendo a los crite- xxxx establecidos en la cláusula 8 del presente pliego de condiciones.
12.2 El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica- mente más ventajosa, para que dentro del plazo xx XXXX DÍAS hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documen- tación:
▪ Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
▪ Justificante de haber constituido la garantía, a que se refiere la cláusula 13.
▪ Acta de manifestaciones, ante Notario, de no estar incurso en una prohibición de con- tratar de las contenidas en el art. 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
▪ Escritura de constitución de la Unión Temporal de Empresas, en su caso.
▪ Justificante acreditativo del pago de los anuncios de licitación.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma docu- mentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas
12.3 La adjudicación se acordará en resolución motivada dentro de los CINCO DIAS hábiles siguientes a la recepción de la documentación a que se refiere el apartado 2 de la presente cláusula, y será publicada en el Perfil del Contratante y notificada al adjudicatario me- diante fax. A tal efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.
La notificación al resto de participantes en la licitación se realizará mediante publica- ción en el Tablón de Anuncios del Servicio de Contratación, Suministros y Responsabili- dad Patrimonial, de conformidad con el art. 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de Noviem- bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis- trativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero
13 GARANTÍA
13.1 La garantía habrá de constituirse dentro del plazo indicado en la cláusula 12.2 y se fija en las siguientes cantidades para cada un de los locales, entendiendo que se corresponden con el 5 % del valor de los inmuebles municipales excluido el IVA.
- Local nº 5, una garantía de 6.250,00 euros.
- Local nº 10, una garantía de 7.500,00 euros.
La garantía podrá presentarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
13.2 Para el caso de que se utilice la modalidad de ingreso en efectivo, se procederá del si- guiente modo:
a. Se ingresará directamente o mediante transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en la cuenta siguiente: CAJAMAR: Cuenta de abono 3058-0437-29- 2732010010.
b. En los abonos deberá figurar el N.I.F. o C.I.F., nombre y apellidos o razón social de la empresa ordenante, así como la indicación de que se trata de «fianza definitiva», su- cinta descripción del contrato para el que se deposita y número de expediente.
13.3 Para el caso de que se presente en valores, mediante aval o seguro de caución, deberá depositarse necesariamente en la Caja de la Corporación y se realizará conforme a los mo- delos contenidos en los anexos del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, con la salvedad de que el término "Caja General de Depósitos" ha de sustituirse por "Caja del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx".
14 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
14.1 El contrato derivado de la adjudicación del arrendamiento objeto del presente pliego de condiciones se perfeccionará con su formalización, que se efectuará en documento admi- nistrativo, sin perjuicio de lo establecido en al art. 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
14.2 No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
15 PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del arrendamiento derivado de la adjudicación del presente contrato será de CINCO AÑOS, a contar desde la fecha de formalización del contrato.
Dicho contrato podrá ser prorrogable por periodos de CINCO AÑOS más, si se acuerda de forma expresa antes de su finalización, previo informe favorable del Servicio Municipal
promotor del expediente.
Al término del contrato el local municipal revertirá en perfecto estado de conservación al Ayuntamiento xx Xxxxxx, a cuyo efecto, y con tres meses de antelación a la fecha en que el contrato deba concluir, por el Jefe de Mantenimiento de Edificios Municipales se compro- bará el estado del inmueble, y se determinarán, en su caso, las actuaciones necesarias de reparación, que deberán ser efectuadas por el arrendatario para entregarlo en perfectas condiciones.
16 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
16.1 El adjudicatario está obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a lo dis- puesto en el presente Pliego de Condiciones y oferta por el mismo presentada, y a cumplir las disposiciones legales vigentes en la prestación de la actividad a que dedique el local arrendado.
16.2 Son obligaciones del arrendatario, entre otras, las siguientes:
a) Solicitar licencia de apertura de la actividad que se pretenda desarrollar, o cualquier otra que pudiera resultar necesaria en relación con ésta.
b) Conservar en perfecto estado el local que se le entrega, destinándolo exclusivamente al uso pactado y realizar, por su cuenta, cuantas reparaciones fuesen necesarias para su perfecto y adecuado funcionamiento.
c) Solicitar autorización al Ayuntamiento para realizar toda clase de reparaciones o nue- vas instalaciones.
d) Tener un libro de reclamaciones a la atención de los usuarios.
16.3 El arrendatario abonará el precio del arrendamiento que resulte para cada año por PERIO- DOS MENSUALES, mediante el oportuno ingreso en las cuentas que el Ayuntamiento tiene abiertas en las entidades Cajamurcia y Cajamar.
17 RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO
17.1 El adjudicatario se obliga al cumplimiento de las leyes protectoras del trabajo, relativas a seguridad e higiene, incluso de la de Previsión y Seguridad Social, en todos sus aspectos y regulaciones, quedando exenta la Entidad Municipal contratante de cualquier responsabili- dad por incumplimiento de dichas disposiciones y demás de carácter laboral que se pro- duzcan por el adjudicatario.
Igualmente, éste se obliga a cumplir lo dispuesto en las leyes protectoras de la industria na- cional, en todos sus aspectos y normas vigentes, así como las de seguridad e higiene en el trabajo.
17.2 Serán de cuenta del arrendatario todos los tributos, contribuciones y arbitrios de cualquier
esfera fiscal, los que, por considerarse incluidos en los precios ofertados, no podrá reper- cutirse como partida independiente.
17.3 El arrendatario responderá objetivamente y, en su consecuencia, deberá indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia del arrendamiento adju- dicado, conforme a lo establecido en el artículo 198 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público.
17.4 El arrendatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá indemnizar a la Administración de todos los daños y perjuicios que pa- ra la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos de- rivados de las que, eventualmente, puedan dirigirse contra la Administración Municipal.
17.5 De conformidad con lo establecido en el art. 43.1 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, así como en el art. 49.d) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contra- tos del Sector Público y en los arts. 13 a 16 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos, el arrendatario tendrá las siguientes obligaciones:
a) Aportar, antes de su vencimiento y hasta la finalización del contrato de arrendamiento, sin que medie reclamación por parte de esta Administración, nuevas certificaciones acreditativas de estar al corriente en las obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamien- to) y de la Seguridad Social.
b) En caso de prórroga del arrendamiento, se deberá aportar junto con la solicitud de pró- rroga, que debe formular el adjudicatario, y antes de que recaiga acuerdo, las correspon- dientes certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (Estado y Ayuntamiento) y con la Seguridad Social.
c) No se podrá traspasar el arrendamiento o iniciar un contrato de subarriendo sin la auto- rización expresa del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
18 CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL ARRENDAMIENTO
Serán causas de resolución del arrendamiento las siguientes:
1. El transcurso del plazo
2. La falta de pago del precio
3. La utilización del local municipal por actividades excluidas en la cláusula 2.
4. Mutuo acuerdo entre la administración y el arrendatario.
19 GASTOS
El adjudicatario queda obligado a pagar el importe de los anuncios y de cuantos otros gas- tos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato de arrendamiento.
20 INCIDENCIAS
Cuantas incidencias surjan entre la Administración y el arrendatario en la ejecución del contrato de arrendamiento derivado de este Pliego por diferencias en la interpretación de lo convenido o de cualquier otra causa, se tramitarán mediante expediente administrativo, con audiencia del arrendatario, que será resuelto por la Junta de Gobierno Municipal. A este efecto, el arrendatario pondrá en conocimiento de la Administración Municipal, por escri- to, cualquier cuestión que pueda originar tales incidencias.
21 TRIBUNALES COMPETENTES
La contrata contrae la obligación de renunciar a todo fuero o privilegio, quedando sometida a la Jurisdicción Contencioso Administrativa en cuanto a su preparación y adjudicación y a la Jurisdicción Ordinaria Civil en cuanto a los efectos de su interpretación.
Murcia, 19 de diciembre de 2011 LA JEFE DEL SERVICIO,
Vº Bº
EL CONCEJAL DELEGADO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO,
Examinado el presente Xxxxxx, y a los efectos del preceptivo informe jurídico, se hace constar que el mismo se ajusta a la legislación vigente no existiendo por tanto, inconveniente legal alguno para su aprobación.
Murcia, 19 de diciembre de 2011
LA DIRECTORA DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS,