PLIEGO DE CONDICIONES
PLIEGO DE CONDICIONES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y Calificación
El objeto del contrato es la adjudicación del aprovechamiento de PASTOS VECINALES del MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA Nº 168 denominado “Monte de Arriba” y la parcela denominada “LA PARTE” propiedad de este Ayuntamiento, ubicadas en TORREIGLESIAS.
1.- La Parte: Parcelas 5856 y 5750 del Xxxxxxxx xx 0
0.- Xx Xxxxx:
Parcelas 6213, 6214, 7493, 6295, 6341, 7492, 6034, 6035 y
5855 del Polígono nº 1.
Parcelas 5001, 5002, 5003, 5004 y 5005 del Polígono nº 502 Superficie total de aprovechamiento: 280,38 Hectáreas.
3.- Valoración: SEIS MIL EUROS (6.000,00 €).
4.- Destino: APROVECHAMIENTO DE PASTOS.
Los bienes que se pretenden adjudicar tienen la condición de “BIENES COMUNALES”, por lo tanto para aprovechamiento de sus vecinos.
El contrato definido tiene la calificación de contrato privado, tal y como establece el artículo 4.1.p) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del aprovechamiento de PASTOS será de la siguiente forma;
FINCA DE LA PARTE, adjudicación por mejor precio de adjudicación (Subasta x xxxxxx cerrado) entre los interesados, con un precio de licitación para la anualidad de 2.016 de DOS MIL DOSCIENTOS EUROS (2.200,00 €), en la que únicamente podrán presentar ofertas las personas que reúnan la condición de VECINO del municipio.
XXXXX XXX XXXXX XX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX 000, adjudicación
directa entre los interesados, con un precio de adjudicación para la anualidad de
2.016 de TRES MIL OCHOCIENTOS EUROS (3.800,00 €), en la que únicamente podrán presentar ofertas las personas que reúnan la condición de VECINO del municipio.
CLÁUSULA TERCERA. Tipo de licitación
El tipo de licitación al alza es el de DOS MIL DOSCIENTOS EUROS (2.200,00
€) PARA LA PARTE Y TRES MIL OCHOCIENTOS EUROS (3.800,00 €) PARA EL MONTE DE UTILIDAD PUBLICA NÚMERO 168.
CLÁUSULA CUARTA. Capacidad
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que reúnan las siguientes condiciones:
Sólo las personas físicas empadronadas en este Municipio y con arraigo en el mismo.
CLÁUSULA QUINTA. Órgano de Contratación
A la vista del importe del contrato que asciende a SEIS MIL EUROS (6.000,00 €), el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde, puesto que no supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto.
CLÁUSULA SEXTA. Duración del Contrato
El plazo de duración del contrato de Cesión de Aprovechamiento de PASTOS, será de UN año, esto es desde el día 1 de Enero de 2.016 hasta el día 31 de Diciembre de 2.016.
CLÁUSULA SEPTIMA. Acreditación de la Aptitud para Contratar
Podrán presentar ofertas las personas físicas que acreditan la condición de ser vecino del municipio. Esta condición podrá acreditarse mediante la presente del correspondiente Certificado de Empadronamiento.
CLÁUSULA OCTAVA. Presentación de Ofertas y Documentación Administrativa
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxxxx, Plaza Mayor, 1, en horario de atención al público, dentro del plazo de VEINTE DIAS contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el licitador de las cláusulas del presente Pliego.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en un sobre cerrado, donde se incluirá la oportuna oferta económica y el documento que acredite la condición de vecino del municipio.
CLÁUSULA NOVENA. Criterios de Adjudicación
La adjudicación recaerá en el licitador que haga la mejor oferta, teniendo en cuenta los criterios de la claúsula segunda de este pliego.
CLÁUSULA DECIMA. Mesa de Contratación
La Mesa de Contratación, estará presidida por el Presidente, que podrá ser un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
— D. XXXXX XXXXXX DE LA XXXX, que actuará como Presidente de la Mesa.
— D. XXXX XXXX GRANDE XXXXXX, Vocal
— D. XXXXXXX XXXX XXXXXXX, Vocal
— D. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX, que actuará como Secretario de la Mesa.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Apertura de Ofertas
La Mesa de Contratación se constituirá el día 26 DE NOVIEMBRE A LAS
13.00 HORAS EN EL AYUNTAMIENTO.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Adjudicación del contrato
Recibida la documentación solicitada, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Pago
El pago se realizará simultáneamente a la firma del contrato, mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que es titular el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxxxx en Bankia, Oficina xx Xxxxxxxx.
CLÁUSULA
Adjudicatario
DECIMOCUARTA.
Derechos y Obligaciones del
Los derechos y obligaciones del adjudicatario son los que nacen de este Pliego para el aprovechamiento que formará parte del contrato que se firma, que tendrán carácter contractual, y del contrato firmado entre las partes, así como los derivados de la Legislación aplicable.
Las Obligaciones particulares serán las siguientes;
- El adjudicatario destinará Las Fincas exclusivamente al objeto del aprovechamiento (Pastos de Ganado Vacuno en el Monte y Pastos de Ganado Ovino en la Parte).
- Se prohíbe expresamente al adjudicatario el subarriendo del aprovechamiento. En concreto y por lo que respecta a la Declaración de la P.A.C., solo podrá ser aprovechado y declarado por el Adjudicatario la superficie que le corresponda según el número xx xxxxxxx que tenga y siempre que esté al corriente de pago en el Ayuntamiento.
- Toda persona que incumpla el contrato de arrendamiento, quedará automáticamente sin la superficie forrajera que le corresponda para la declaración de la P.A.C.
- Toda obra de mejora de La Parte y El Monte durante el aprovechamiento, correrá a cargo del adjudicatario, previa comunicación y autorización de este Ayuntamiento.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter privado, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; los principios extraídos de la legislación contenida en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por la normativa patrimonial de las Entidades Locales, cuando resulte de aplicación, y las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
En TORREIGLESIAS, a 00 xx XXXXXXX xx 0000
Xx Xxxxxxx,
Xxx. : XXXXX XXXXXX DE LA XXXX
A N U N C I O
SE PONE EN CONOCIMIENTO DE TODAS LAS PERSONAS INTERESADAS, QUE QUIERAN SOLICITAR CABEZAS DE GANADO PARA EL APROVECHAMIENTO DE LOS PASTOS DE LA PARTE Y EL MONTE, PARA EL EJERCICIO DEL AÑO 2.016, QUE PODRÁN SOLICITARLO POR ESCRITO EN EL AYUNTAMIENTO, DESDE EL DÍA 5 DE NOVIEMBRE Y HASTA EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, AMBOS INCLUSIVE.
EL APROVECHAMIENTO PARA LA ANUALIDAD DE 2.016 ES DIFERENTE A AÑOS ANTERIORES, LA ADJUDICACIÓN DE LA FINCA "LA PARTE" SERÁ POR EL PROCEDIMIENTO DE MEJOR OFERTA ECONÓMICA (SUBASTA) ENTRE LOS INTERESADOS Y PODRÁN PARTICIPAR VECINOS DEL MUNICIPIO QUE LO HAYAN SOLICITADO POR ESCRITO EN EL AYUNTAMIENTO. EN ESTA FINCA EL APROVECHAMIENTO PODRÁ SER OTRO TIPO DE GANADO, NO ÚNICAMENTE GANADO VACUNO, COMO ERA HASTA LA ANUALIDAD DE 2.015.
EL APROVECHAMIENTO PARA LA ANUALIDAD DE 2.016 DEL MONTE, SERÁN IGUAL QUE EN AÑOS ANTERIORES Y SE ADJUDICARÁ ENTRE LOS INTERESADOS QUE LO HAYAN SOLICITADO POR ESCRITO EN EL AYUNTAMIENTO.
UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PLAZO NO SE PODRA HACER SOLICITUD ALGUNA.
LOS ADJUDICATARIOS TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE FIRMAR EL CONTRATO CON ANTERIORIDAD AL DÍA 31 DE DICIEMBRE DE 2.015.
XXXXXXXXXXXXX, 0 XX XXXXXXXXX XX 0.000 XX XXXXXXX
Xxx.: Xxxxx Xxxxxx de la Xxxx