SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. (la "Sociedad" o "SILVERCODE"),
Madrid, 21 xx xxxxx de 2017
SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. (la "Sociedad" o "SILVERCODE"),
en virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso xx xxxxxxx y en el artículo 228 del texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 15/2016 xxx Xxxxxxx Alternativo Bursátil (“MAB”) sobre información a suministrar por empresas en expansión y SOCIMI incorporadas a negociación en el MAB, por medio de la presente publica el siguiente
HECHO RELEVANTE
El Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrar en el domicilio social sito en x/ Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, 00 – 2ºd, 28010 de Madrid, a las 11,30 horas del día 23 xx xxxx de 2017 en primera convocatoria y, en caso de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria el 24 xx xxxx de 2017 en el mismo lugar y a la misma hora.
Se adjunta el anuncio de la convocatoria que ha sido publicado en esta misma fecha en la página web de la Sociedad.
Xx. Xxxxxx Xxxxxxxx de la Xxxxx
Secretaria del Consejo de Administración SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A.
SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
El Consejo de Administración de SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. (en adelante, la “Sociedad”) convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de la Sociedad que se celebrará en el domicilio social de la Sociedad, en Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx, el día 23 xx xxxx de 2017, a las 11:30 horas, en primera convocatoria, y el día 24 xx xxxx de 2017, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para el caso de que no pudiera celebrarse en primera convocatoria por no alcanzarse el quorum legal necesario, con el fin de que los señores accionistas puedan deliberar y resolver sobre los puntos del siguiente orden del día:
ORDEN DEL DÍA
PRIMERO.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales de la Sociedad del ejercicio 2016 (que comprenden el Balance de situación, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión.
SEGUNDO.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2016.
TERCERO.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión desarrollada por el Consejo de Administración durante el ejercicio 2016.
A los efectos legales, se hace constar que queda a disposición de los señores accionistas toda la documentación relativa al orden del día sometido a su consideración y aprobación en el domicilio social de la Sociedad, en particular la relativa a las cuentas anuales, pudiendo asimismo solicitar el envío gratuito de tales documentos.
COMPLEMENTO A LA CONVOCATORIA Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTA DE ACUERDO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que represente, al menos, el tres por ciento (3%) del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada, así como
presentar propuesta fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día de la convocatoria. El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad (Paseo Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx) dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria.
En el escrito de notificación se hará constar el nombre o denominación social del accionista o accionistas solicitantes y el número de acciones de que son titulares, y se acompañará el contenido de la justificación o, en su caso, la propuesta que el accionista formule incluyendo, en su caso, cuanta documentación resulte necesaria o procedente.
DERECHO DE ASISTENCIA
Podrá asistir a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad los accionistas de la Sociedad cualquiera que sea el número de acciones de que sean titulares, siempre que conste previamente a la celebración de la Junta la legitimación del accionista, que quedará acreditada mediante la correspondiente tarjeta de asistencia nominativa o el documento que, conforme a Derecho, les acredite como accionistas, en el que se indicará el número, clase y serie de las acciones de su titularidad, así como el número de votos que puede emitir.
Será requisito para asistir a la Junta General que el accionista tenga inscrita la titularidad de sus acciones en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta, con cinco días de antelación de aquel en que haya de celebrarse la Junta y se provea de la correspondiente tarjeta de asistencia o del documento que, conforme a Derecho, le acredite como accionista.
A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas o de quien válidamente les represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General se podrá solicitar a los asistentes, junto con la presentación de la correspondiente tarjeta de asistencia, la acreditación de su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad o de cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Tratándose de accionistas de personas jurídicas, deberá acompañarse copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante.
DERECHO DE REPRESENTACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de los Estatutos Sociales, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque esta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para cada Junta. Los poderes especiales deberán entregarse para su incorporación a la documentación social, salvo si constaren en documento público.
La representación es siempre revocable. La asistencia a la Junta General del representado, ya sea físicamente o por haber emitido el voto a distancia, supone la revocación de cualquier delegación, sea cual sea la fecha de aquella. La representación quedará igualmente sin efecto por la enajenación de las acciones de que tenga conocimiento la Sociedad.
VOTO Y DELEGACIÓN A DISTANCIA
1. VOTO MEDIANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA
Los accionistas con derecho de asistencia podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el orden del día de cualquier Junta General mediante:
a) Entrega de correspondencia postal, haciendo llegar a la Sociedad la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada (en su caso junto con el formulario de voto que al efecto disponga la Sociedad), u otro medio escrito que, a juicio del Consejo de Administración en acuerdo adoptado al efecto disponga la Sociedad), u otro medio escrito que, a juicio del Consejo de Administración en acuerdo adoptado al efecto, permita verificar debidamente la identidad del accionista que ejerce su derecho al voto; o
b) Correspondencia o comunicación electrónica con la Sociedad, a la que se acompañará copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia y voto (en su caso junto con el formulario de voto que al efecto disponga la Sociedad) y la que figurará la firma electrónica y otra clase de identificación del accionista, en los términos que fije el Consejo de Administración en acuerdo adoptado al efecto para dotar a este sistema de emisión del voto de las adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista que ejercita su voto.
Para su validez, el voto emitido por cualquiera de los citados medios habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del tercer día anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. En el acuerdo de convocatoria de la Junta General de que se trate, el Consejo de Administración podrá reducir esa antelación exigida, dándole la misma publicidad que se dé al anuncio de convocatoria.
Los accionistas que emitan su voto a distancia en los términos indicados serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General de que se trate. En consecuencia, las delegaciones realizadas con anterioridad a la emisión de ese voto se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no efectuadas.
El voto emitido a distancia a que se refiere este artículo quedará sin efecto por la asistencia física a la reunión del accionista que lo hubiere emitido.
El Consejo de Administración podrá desarrollar las previsiones anteriores estableciendo las instrucciones, reglas, medios y procedimientos para instrumentar la emisión del voto y el otorgamiento de la representación por medios de comunicación a distancia, con
adecuación al estado de la técnica y ajustándose en su caso a las normas que se dicten al efecto y a lo previsto en los Estatutos de la Sociedad. Las reglas de desarrollo que adopte el Consejo de Administración al amparo de lo aquí previsto se publicarán, en su caso, en la página web de la Sociedad.
Asimismo, el Consejo de Administración, para evitar posibles duplicidades, podrá adoptar las medidas precisas para asegurar que quien ha emitido el voto a distancia o delegado la representación está debidamente legitimado para ello con arreglo a lo dispuesto en los Estatutos de la Sociedad.
Una vez sometido un asunto a votación y realizado el escrutinio de los votos, el Presidente proclamará el resultado, declarando, en su caso, válidamente adoptado el acuerdo.
2. DELEGACIÓN MEDIANTE MEDIOS DE COMUNICACIÓN A DISTANCIA.
Cuando la representación se confiera mediante medios de comunicación a distancia, solo se reputará válida si se realiza:
a) Mediante entrega o correspondencia postal, haciendo llegar a la Sociedad la tarjeta de asistencia y delegación debidamente firmada, u otro medio escrito que, a juicio del Consejo de Administración en acuerdo adoptado al efecto, permita verificar debidamente la identidad del accionista que confiere su representación y la del delegado que designa; o
b) Mediante correspondencia o comunicación electrónica con la Sociedad, a la que se acompañará copia en formato electrónico de la tarjeta de asistencia y delegación, en la que se detalle la representación atribuida y la identidad del representado , y que incorpórela firma electrónica y otra clase de identificación del accionista representado, en los términos que fije el Consejo de Administración en acuerdo adoptado al efecto para dotar a este sistema de representación de las adecuadas garantías de autenticidad y de identificación del accionista representado.
Para su validez, la representación conferida por cualquiera de los citados medios de comunicación a distancia habrá de recibirse por la Sociedad antes de las 24 horas del tercer día anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. En el acuerdo de convocatoria de la Junta General de que se trate. El Consejo de Administración podrá reducir esa antelación exigida, dándole la misma publicidad que se dé al anuncio de convocatoria. Asimismo, el Consejo de Administración podrá desarrollar las previsiones anteriores referidas a la representación otorgada a través de medios de comunicación a distancia.
La representación podrá incluir aquellos puntos que, aun no estando previstos en el orden del día de la convocatoria, puedan ser tratados en la Junta General por permitirlo la Ley.
El Presidente, el Secretario de la Junta General o las personas designadas por su mediación, se entenderán facultadas para determinar la validez de las representaciones conferidas y el cumplimiento de los requisitos de asistencia a la Junta General.
DERECHO DE INFORMACIÓN
Cualquier accionista de la Sociedad tendrá derecho a examinar en el domicilio social de la Sociedad (Paseo Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx) y a pedir la entrega o envío inmediato y gratuito, a partir de la convocatoria de la Junta General, de las cuentas anuales e informes de gestión, de SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016, así como el correspondiente informe de auditoría y la declaración de responsabilidad de los administradores en relación a dichas cuentas anuales referida en el artículo 118 de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores.
Adicionalmente, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, desde la publicación del anuncio de convocatoria y hasta el quinto día anterior, inclusive, al previsto para la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas en primera convocatoria, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes. Además, los accionistas podrán solicitar a los administradores, por escrito y dentro del mismo plazo, las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca de los informes del auditor de cuentas antes referidos.
Asimismo, durante la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas, los accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, así como las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que se hubiera facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores desde la celebración de la última Junta General y acerca de los informes del auditor y, en caso de no poder satisfacer el derecho del accionista en ese momento, el Consejo de Administración facilitará la información solicitada por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, salvo en los casos en los que resulte legalmente improcedente o la legislación vigente permita que tal información no sea proporcionada.
SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. CALLING TO SHAREHOLDERS GENERAL MEETING
The Board of Directors of SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. (hereinafter, the “Company”) call shareholders to the Shareholder´s General Meeting to be held in the Registered Office, in Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx, on May 23rd, 2017 at 11:30 a.m., on first call, or, if the necessary quorum is not reached, on second call, in the same place at the same time on May 24th, 2017 so that the shareholders may deliberate and resolve on the following items on the Agenda:
AGENDA
FIRST.- | Examination and approval, if appropriate, of the financial statement for the 2016 period (which includes the Balance Sheet, profit and loss account, statement of changes in equity, cash flow statement and the annual report) and management report. |
SECOND.- | Examination and approval, if appropriate, of the proposed allocation of the result for the fiscal year closed on December 31st, 2016. |
THIRD.- | Examination and approval, if appropriate, of the conduct of business by the Board of Directors during the fiscal year 2016. |
For the legal purposes, it is hereby stated that all the documentation regarding to the agenda and submitted to shareholders examination and approval, is at disposal of the shareholders in the Registered Office of the Company, particularly the annual accounts and they can also request the free shipping of such documents.
ADDENDUM TO THE SHAREHOLDERS GENERAL MEETING CALLING AND THE AGREEMENT PROPOSAL
Pursuant Section 519 of the Spanish Companies Act (“Ley de Sociedades de Capital”), the shareholders that represent, at least, three percent (3%) of the Shareholders Capital can request the publication of an addendum to this call, including one or more points in the agenda, provided that the new points must have a reason or, if appropriate, one proposal of the agreement reasoned, as well as present one proposal of the agreement that contains the agreement of the points already included or that should be included in the Agenda of the Call. The execution of these rights must be done through irrefutable
notice that shall be received in the Registered Office of the Company (Paseo Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx) during the five days after the Notice Publication.
In the notice document, it will be necessary to certify the name or corporate name of the shareholder or shareholders requestors and the number of shares they own, and will accompanied the content of the reasons, or if appropriate the proposal of the shareholder, including the necessary or pertinent documentation.
RIGHT OF ATTENDANCE
All the shareholders may attend to the Shareholders General Meeting, whichever the number of shares they own, once they demonstrate they are legitimated to participate previous the Meeting. This will be certified trough the assistance nominative card or any other document which entitle them as shareholders in accordance with law and which will contain the number, class and series of the shareholders they own as well as the number of votes they can issue.
In order to attend the Shareholders General Meeting, it is a mandatory requirement for the shareholders to prior register the ownership of their shares in the proper account notations record, within five previous days before the day the meeting is held and provide the appropriate assistance card or the document, which according to law, entitles him as shareholder.
It should be request to the attendants the accreditation of their identity at the entrance of the General Meeting, providing their attendance card, as well as their National Identity Card or any other official document that may be pertinent to this effect. In case of Legal Persons, they have to provide copy of the proxy which must have enough powers to represent such entity.
RIGHT TO REPRESENTATION
Pursuant Section 17 of the Articles of Association of the Company, every shareholder who has the right to attend may be represented in the Shareholders General Meeting by another person, even if he/she is not a shareholder. This representation must be granted in written and specifically to each Meeting. The special powers must be submitted to the incorporation of the social documentation, except if they were granted in Public Deed.
The representation is always revocable. The attendance of the General Meeting of the grantor, if it is physical or through remote vote by distance, implies the revocation of any representation, whatever the date is. In any case, the representation will not have effects if the Company has previous knowledge of the disposal of the shares.
REMOTE VOTE BY DISTANCE
The shareholders with the right of attendance can issue their vote over the proposals related to the point of the Agenda of any Shareholders General Meeting trough:
a) The delivery of post mail, providing the attendance card and vote duly signed to the company (in such case with the form of the vote that the Company dispose for that purpose), or by any written mean, that in the opinion Board of Directors, allows to verify the shareholders identity of the shareholder that is executing his right of vote.
b) Mail or Electronic communication with the Company, which will be accompanied by the copy of the attendance card and vote in electronic format, (in such case with the form of the vote that the Company dispose for that purpose) and also it will include the electronic signature and any other identification of the Shareholder, in the terms set by the Board of Directors in an agreement adopted for that purpose, in order to provide the electronic system with the appropriate warranties of authenticity and identification of the shareholder that execute his vote.
To be valid, the vote issued by any of the aforementioned forms will be received by the Company before the 24 hours of the third day previous of the date of the Shareholders General Meeting in the first call. In the Agreement of Call of the General Meeting, the Board of directors could reduce such period by providing the adequate publicity that is given to the Call Notice.
The shareholders that issue their vote by distance will be considered as present to the purposes of the General Meeting Constitution. As a consequence, all the Powers of Attorney made previous to the issue of such vote, will be considered revoked and all given thereupon will be deemed not effected.
The vote by distance, cited in this provision will be deemed not effect by the physical assistance of the shareholder to the meeting.
The Board of Directors could develop the aforementioned provisions, stating the instructions, rules, means and procedures to implement the vote and the granting of powers through media, with adjustments to the state of art and if appropriate with adjustment to the rules that are provided to such purposes and the content of the Articles of Association of the Company. The rules of development adopted by the Board of Directors will be published, if appropriate in the web page of the Company.
Likewise, in order to prevent possible duplicities, the Board of Directors may adopt the pertinent measures to guarantee that the shareholder has executed his vote by distance or that the proxy is duly legitimated to this purpose in accordance of the Articles of Association.
Once an issue to discuss is submitted to vote and the scrutiny of the votes has been made, the President will announce the results, declaring in such case, the agreement was validly adopted.
EMPOWERMENT THROUGH REMOTE MEDIA
When the Representation is conferred by media, this will be valid only if it is made:
a) Through delivery or post mail, delivering the attendance and representation card duly signed, and by any other written mean, which in the opinion of the Board of Directors in an agreement adopted to such purpose, allows the verification of the shareholders identity or the proxy that is executing his right of vote.
b) Mail or Electronic communication with the Company, which will be accompanied by the copy of the attendance card and vote in electronic format, in such case with the form of the vote that the Company dispose) and it will include the electronic signature and any other identification of the shareholder, in the terms stated by the Board of Directors in agreement adopted to such effect, in order to provide the electronic system with the appropriate warranties of authenticity and identification of the shareholder that execute his vote.
To be valid, the vote issued by any of the aforementioned forms will be received by the Company before the 24 hours of the third day previous of the date of the General Meeting in the first call. In the Agreement of Call of the General Meeting, the Board of Directors could reduce such period by providing the adequate publicity that is given to the Call Notice. Likewise, the Board of Directors could develop the aforementioned provisions through media.
The Representation can include any other issues, that even if are not included in the agenda of the call, could be treated in such Meeting as the Law allows this.
The President, the Secretary, the Shareholders General Meeting or any person empowered, will be considered empowered to determine the validity of the powers provided and the compliance of the requirement of attendance to the Shareholders General Meeting.
RIGHT OF INFORMATION
Any shareholder of the Company, since the call of the General Meeting, is entitled to examine the documentation in the Registered Office of the Company (Paseo Xxxxxxx Xxxx, 00 - 0xx, 00000 Xxxxxx) and to request the delivery or immediate and free shipping of the annual accounts and management reports of SILVERCODE INVESTMENTS SOCIMI, S.A. of the fiscal year closed on December 31st, 2016, as well as the audit report and the Management Report related to such annual accounts provided in Section 118 of the Stock Exchange Act (“Xxx xxx Xxxxxxx de Valores”).
Additionally, and in accordance with Sections 197 and 520 of the Spanish Companies Act, since the announcement of the Shareholders General Meeting Call until the fifth day previous to the day of the Shareholders General Meeting in First call, all the
shareholders can request to the Board of Directors all the information or clarifications that they consider appropriate regarding the subjects included in the Agenda or ask by written means the questions that they considered appropriate. Furthermore, the shareholders can request from the Board of Directors, by written means and within the same period, all the clarifications they consider appropriate regarding the information that is accessible to the public, which the Company has given to the National Commission of the Stock Market (“Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores”) from the celebration of the last Shareholders General Meeting and regarding the audit reports, and in the event they cannot satisfy the right of the shareholder immediately, the Board of Directors will provide the information by written means, within the next seven days to the ending of the Shareholders General Meeting, except in cases where it results legally inadmissible or the current legislation allows that such information may not be provided.