Contract
PLIEGO DE CONDICIONE€ TÉCNICA€ PAAA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTAATO DE A€I€TENCIA TÉCNICA PAAA LA AEDACCIÓN DEL PAOYECTO BÁ€ICO Y DE EJECUCIÓN DE LA E€CUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE €ON BLANC EN CIUTADELLA DE MENOACA
1.- OBJETO DE LA CONTAATACION.
La contratación, que se regirá por el presente Pliego de Condiciones Técnicas y por el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, tiene por objeto la realización de los trabajos de Asistencia técnica para la redacción del Proyecto básico y de ejecución de arquitectura, así como el proyecto de ingeniería de actividades, para las obras e instalaciones de la nueva Escuela de Educación Infantil de Son Blanc en Ciutadella de Menorca, así como la elaboración de otros estudios y proyectos necesarios tales como: Estudio de Seguridad y Salud, redacción de los Proyectos de Instalaciones (Electricidad, Climatización, Etc.), Proyecto de Actividad, Estudio Geotécnico, Levantamiento Topográfico y los que se especifican en el apartado 11 del presente pliego técnico, así como todo aquello necesario para la obtención del permiso de obra y apertura y funcionamiento, de acuerdo con la legislación vigente.
2.- CONDICIONE€ GENEAALE€ DE LA CONTAATACION.
Tanto el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, como el Pliego de Prescripciones Técnicas, y documentación técnica anexa, revisten carácter contractual y deberán ser firmados por el adjudicatario, en prueba de conformidad, en el momento de la formalización del contrato.
3.- PAE€UPUE€TO DE LICITACION.
Tomando como datos xx xxxxxxx los siguientes: Presupuesto de Ejecución Total de la obra (por contrata) 000.xxx,oo €, de conformidad con la dotación económica de que se puede disponer para realizar la misma.
El presupuesto de Licitación de los trabajos del presente contrato es de 0x.xxx,oo euros, IVA incluido.
Esta cantidad comprende la totalidad de los honorarios a percibir, así como los gastos y pagos, por todos los conceptos que el adjudicatario haya de soportar o realizar para el cumplimiento del objeto del contrato.
¢.- AEVI€ION DE PAECIO€.
El precio de cada uno de los trabajos o anejos en que se desarrolle cada una de las adjudicaciones no podrá ser objeto de revisión de ninguna clase.
5.- VIGENCIA Y PLAZO€ DE EJECUCIÓN.
El contrato tendrá vigencia desde la fecha de su formalización hasta la aprobación definitiva del proyecto ejecutivo y de instalaciones por parte de la Administración, quedando obligado el contratista a efectuar cuantas modificaciones deban realizarse en el proyecto hasta la recepción de las obras de construcción del edificio, incluidas las correspondientes instalaciones.
En el plazo máximo de cimco dsas desde la notificación de la adjudicación definitiva el adjudicatario quedará obligado a presentar un Anteproyecto de construcción de la obra, según las instrucciones técnicas que reciba de la Administración.
Los plazos máximos de redacción y entrega, que podrán ser mejorados por los licitadores en sus respectivas ofertas, se corresponderán para cada uno de los proyectos y estudios a realizar según lo establecido a continuación:
- Plazo entrega Proyecto Básico de Construcción, Proyectos de Instalaciones y Actividades, Estudios de Seguridad y Salud, Estudio Geotécnico, Levantamiento Topográfico, etc... así como todo aquello necesario para la obtención del permiso de obra y apertura y funcionamiento. Plazo máximo 15 dsas desde la notificación de la adjudicación definitiva.
- Plazo entrega Proyecto de Ejecución de Construcción, Proyectos de Instalaciones y Actividades, Estudios de Seguridad y Salud, etc... así como todo aquello necesario para la obtención del permiso de obra y apertura y funcionamiento. Plazo máximo 1 mes desde la adjudicación definitiva.
ð.- AEQUI€ITO€ EXIGIDO€ PAAA LICITAA.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las empresas, profesionales y agrupaciones de profesionales que, además de reunir las condiciones exigidas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, cumplan los siguientes requisitos:
- Disponer por sí mismos o a través de los componentes de los equipos técnicos asignados al contrato de la titulación académica que les faculte para la actividad de redacción de Proyectos de Edificación y Actividades.
- Carecer de cualquier tipo de dependencia o vinculación económica, jurídica, funcional, personal o de cualquier otra clase, con empresas constructoras en general y con empresas fabricantes de materiales y equipos de construcción. Dicha falta de vinculación deberá ser acreditada mediante declaración jurada de la persona que suscriba la oferta.
- Igualmente podrán optar a la adjudicación del presente contrato las agrupaciones temporales de empresas o profesionales en las que todos y cada uno de sus miembros cumplan simultáneamente la totalidad de los requisitos exigidos anteriormente.
- Para la adjudicación de los trabajos a que se refiere el presente concurso los licitadores deberán acreditar experiencia, expresada con suficiente detalle, en Proyecto y Ejecución de Obras.
y.- AE€PON€ABILIDAD DE LA A€I€TENCIA TÉCNICA.
Los trabajos a que se refiere la Asistencia técnica se realizarán, de acuerdo con la normativa vigente, por técnicos competentes que estarán, en todo caso, incluidos en el equipo técnico propuesto dentro del apartado 1o.1 para la valoración técnica de la oferta.
Sin perjuicio del régimen de seguros y garantías previstos en los Pliegos, el Ayuntamiento queda exonerado de hacer frente a cuantos daños o perjuicios se puedan producir por la actuación del adjudicatario con ocasión del cumplimiento del objeto de este pliego, asumiendo el adjudicatario expresamente la obligación de defender a su cargo y xxxxx al Ayuntamiento, salvo que éste prefiera asumir su propia defensa, frente a cualquier acción o demanda que se deduzca por tales motivos.
El adjudicatario deberá contratar el correspondiente seguro de Responsabilidad Civil que cubra las garantías de la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación), conforme la normativa en vigor. Una copia de la póliza deberá anexarse a la documentación contractual.
8.- DE€AAAOLLO DE LO€ TAABAJO€ DE A€I€TENCIA TÉCNICA.
Los Proyectos y Estudios redactados por el adjudicatario habrán de ser elaborados en los plazos ofertados, que no podrán ser, en ningún caso, superiores a los establecidos en el presente Pliego de Condiciones.
Los trabajos se realizarán bajo la continua supervisión de los técnicos municipales y del director del contrato durante la redacción de los proyectos se plantearán las reuniones de trabajo necesarias para el correcto desarrollo de los mismos, en las que los técnicos adjudicatarios podrán consultar dudas y/o recibir instrucciones de los técnicos municipales.
El adjudicatario deberá facilitar al equipo técnico del Ayuntamiento los ejemplares de cada proyecto que se indican en el apartado 11.2 de este pliego, en soporte papel, para su aprobación antes de ser presentado en el Colegio Oficial de Arquitectos y en el de Ingenieros correspondiente para su visado.
Los técnicos municipales podrán plantear las rectificaciones al proyecto que consideren oportunas, que el adjudicatario habrá de corregir en el plazo máximo de DOS DÍAS naturales.
El proyecto definitivo deberá tener la aprobación expresa de la Administración.
El adjudicatario presentará en soporte papel DOS ejemplares completos del proyecto corregido y otro en soporte informático. Asimismo, presentará en los correspondientes Colegios Oficiales, para su visado correspondiente, un mínimo de OCHO ejemplares, que serán posteriormente entregados a los técnicos municipales.
Todos los gastos de visado que se generen serán de cuenta de los adjudicatarios de este contrato.
Será obligación del adjudicatario contestar y resolver los requerimientos municipales que puedan suscitarse previos a la obtención de la preceptiva licencia de obra.
Asimismo, será obligación del adjudicatario colaborar con los técnicos municipales para la obtención de las preceptivas licencias y aprobación de proyectos.
q.- €UBCONTAATACIÓN DE LA A€I€TENCIA TECNICA.
Los trabajos correspondientes a la Asistencia técnica en caso de exigirse en el contrato, deberán realizarse por el personal técnico relacionado en la correspondiente oferta, y no podrán ser objeto de subcontratación en parte alguna, sin autorización expresa del Ayuntamiento.
1o.- CONTENIDO DE LO€ TAABAJO€ DE LA A€I€TENCIA TECNICA.
Los trabajos a que se refiere el presente contrato no incluyen los de Dirección Facultativa.
A partir de la adjudicación del presente concurso y una vez formalizado el correspondiente contrato, el Ayuntamiento entregará al adjudicatario la documentación necesaria y suficiente para la realización de los proyectos objeto del mismo.
11.- ACTIVIDADE€ A DE€AAAOLLAA EN LA AEDACCIÓN DE PAOYECTO€.
A continuación se establecen las fases para el desarrollo de los trabajos, a las que deberá ajustar la Asistencia Técnica su actuación:
11.1.- Fase previa a1 Proyecto Básico.
Con carácter previo a la presentación del Proyecto Básico, el adjudicatario presentará en el plazo máximo de CINCO días desde la notificación de la adjudicación definitiva, un Anteproyecto en el que se determinen los aspectos fundamentales que se desarrollarán en el Proyecto Básico y de Ejecución, siguiendo las instrucciones de los servicios técnicos municipales.
11.2.- Fase de Proyecto.
En cumplimiento y ejecución del contrato adjudicado, el contratista aportará:
- Estudio Geotécnico
- Levantamiento Topográfico
- Redacción del Proyecto de Actividades.
Se redactará un Proyecto de Actividades que incluirá, al menos, la siguiente documentación:
a. Memorias.
b. Planos.
c. Presupuesto desglosado por capítulos, con expresión de costes módulo por superficie construida y volumen.
d. Estudio de seguridad y salud.
x. Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
- Proyectos de Instalaciones
Se redactarán los Proyectos de Instalaciones necesarios, cada uno de los cuales incluirá, al menos, la siguiente documentación:
a. Memoria técnica específica.
b. Planos.
c. Presupuesto desglosado por capítulos, con expresión de costes unitarios.
d. Estudio de seguridad y salud.
x. Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
En cualquier caso los proyectos incluirán todos los aspectos requeridos por la normativa de actividades clasificadas de la CAIB, concretamente Ley 16/2oo6, y normativa técnica de aplicación, para la obtención de las licencias de apertura y funcionamiento, y autorizaciones sectoriales correspondientes.
- Proyecto Básico y de Ejecución de la Construcción.
Los proyectos deberán comprender al menos:
a. Una memoria, que recogerá las necesidades a satisfacer y los factores de todo orden a tener en cuenta.
b. Los planos de conjunto y de detalle necesarios para que la obra quede perfectamente definida.
c. El Pliego de Prescripciones técnicas particulares donde se hará la descripción de las obras y se regulará su ejecución.
d. Un presupuesto, integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios utilizados en su confección, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración.
e. Un programa de desarrollo de los trabajos en tiempo y coste óptimo, de carácter indicativo.
f. Las referencias de todo tipo en que se fundamentará el replanteo de la obra.
g. Cuanta documentación venga prevista en normas de carácter legal o reglamentario, atendiendo especialmente la normativa específica de la Comunidad Autónoma.
h. El estudio completo de seguridad y salud, en los términos previstos en las normas de seguridad y salud en las obras.
El proyecto definirá las calidades de los materiales y procesos constructivos y las medidas, que para conseguirlas, deba tomar la Dirección facultativa en el curso de la obra y al término de la misma.
También establecerá las instrucciones sobre uso, conservación y mantenimiento del edificio, una vez terminado y las normas de actuación en caso de siniestro o en situaciones de emergencia que pudieran producirse durante su uso.
El proyecto definirá con precisión, las obras e instalaciones, de manera, que en su caso, un facultativo distinto de su autor pueda dirigir su ejecución.
El adjudicatario realizará cuantas consultas fuesen necesarias con otros organismos y con los técnicos municipales.
El Proyecto cumplirá con las condiciones mínimas de espacios recogidas en el Decreto 6o/2oo8, de 2 xx xxxx, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los Centros de Primer ciclo de educación infantil, especialmente todo aquello que se especifica en el artículo q del mismo.
Además, se recomienda que se tengan en cuenta las Recomendaciones para la construcción de Escuelas Bressol Municipales editadas por la Diputación de Barcelona y revisadas y ampliadas por la Comisión de Trabajo entre el Colegio de Arquitectos y la Conselleria de Educación y Cultura.
El proyecto ha de cumplir las condiciones de seguridad, de medidas de autoprotección y accesibilidad de los centros, así como las medidas sanitarias y del control sanitario del personal y de los alumnos de los centros de primer ciclo de educación infantil que se establezcan en la normativa vigente.
El proyecto tendrá que prever el espacio necesario y adecuado para que el centro tenga servicio de comedor.
- Plan de Autoprotección de la Actividad (en caso de ser obligatorio), el cual se ajustará en cuanto a contenidos y documentación a lo establecido en el Anexo II del Decreto 8/2oo¢, de 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Ordenación de Emergencias en las Islas Baleares.
- Especificaciones para la entrega de los Proyectos.
La Asistencia técnica aportará al Ayuntamiento:
A).- En soporte papel:
- 2 ejemplares sim visar del Anteproyecto.
- 2 ejemplares sim visar del Proyecto Básico.
- ¢ ejemplares visados del Proyecto Básico.
- 2 ejemplares sim visar del Proyecto de ejecución para su conformidad
- 8 ejemplares visados del Proyecto de Ejecución, proyectos anexos, y plan de autoprotección.
- ¢ ejemplares visados del Estudio de Seguridad y Salud.
- ¢ ejemplares visados del Proyecto de Actividad.
- ¢ ejemplares visados de cada uno de los Proyectos de Instalaciones.
B).- En soporte informático:
- Toda la documentación por triplicado en los siguientes formatos:
* Dibujo.- DWG
* Presupuestos y Mediciones.- Presto y/o FIEDBC-3
* Tratamiento de Textos.- DOC
12.- AECEPCIÓN DE LO€ TAABAJO€.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de los plazos de ejecución y entrega ofertados para cada trabajo.
El incumplimiento de estos plazos por causas imputables al mismo dará lugar a que incurra en xxxx de manera automática, sin que sea precisa intimación del Ayuntamiento.
Cuando se hubiera incurrido en xxxx conforme a lo establecido en el párrafo anterior, el Ayuntamiento podrá aplicar al adjudicatario las penas pecuniarias según lo previsto en el Pliego de Condiciones Administrativas.
El pago de la pena pecuniaria no sustituirá el resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento del adjudicatario ni le eximirá de cumplir con las obligaciones contractuales, pudiendo el Ayuntamiento exigir, conjuntamente, el cumplimiento de dichas obligaciones y la satisfacción de la pena pecuniaria estipulada, que se imputará a factura o fianza, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda optar por la resolución del contrato y la reclamación de daños y perjuicios al adjudicatario.