CONVENIO DE COLABORACIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Y POR LA OTRA PARTE EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Y POR LA OTRA PARTE EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, Y POR LA OTRA PARTE EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Convenio Publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 26 de septiembre de 2022.
INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES | SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA | ||
CONVENIO DE COLABORACIÓN |
CONVENIO DE COLABORACIÓN EN SERVICIOS MÉDICOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL XX. XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL MISMO INSTITUTO, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “EL XXXXX”, Y POR LA OTRA PARTE EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, EN SU CALIDAD DE SECRETARIA DE LA FAMILIA Y DIRECTORA GENERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL DIF”, Y QUIENES AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; MISMOS QUE SE SUJETAN A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S:
I. El artículo cuarto párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece como garantía social el derecho a la protección de la salud y dispone que en la Ley se definirán las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud, estableciendo la concurrencia entre la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general.
II. Con el propósito de cumplir el fin perseguido y en general proporcionar los servicios de salud necesarios para el bienestar individual y colectivo, se firma y acuerda el presente
instrumento legal para efecto de que brinde atención médica a la población vulnerable que no tenga beneficio de asistencia médica.
III. “EL XXXXX” ha brindado apoyo a “EL DIF” complementando atenciones a “LOS PACIENTES” que requieren de estudios que por su especialidad son brindados a través de esta área de ”EL XXXXX”.
D E C L A R A C I O N E S :
1. “EL XXXXX” DECLARA:
1.1 Que, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, con personalidad jurídica, patrimonio propio y funciones de autoridad en materia de salud, cuyo objetivo es la prestación de los servicios de salud a la población abierta en el Estado, de conformidad con lo que establecen los artículos 1º y 4º de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, publicada en el Periódico Oficial del Estado el día 13 xx xxxxx de 2011.
1.2. Que el XX. XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX, es el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, quien tiene facultades para suscribir el presente contrato según lo establecen los artículos 21 fracciones X y XVIII de la Ley del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes y artículo 20 fracciones XIX y XXXI del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes, y acredita su cargo con el nombramiento expedido por el C.P. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, de fecha 16 de septiembre de 2019, mediante oficio número SGG/N/170/2019, el cual está debidamente inscrito en el Registro de Entidades Paraestatales bajo el número 32, fojas de la 329 a la 330 del volumen 3 F, de fecha 25 de septiembre de 2019.
1.3. Que su Registro Federal de Contribuyentes lo es ISS880101GF1, a nombre del Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes.
1.4. Que para efectos del presente Convenio de Colaboración Interinstitucional, señala como su domicilio el ubicado en xxxxx Xxxxxx de Xxxxx número 1501, Xxxxxxxxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxx.
2.- DECLARA “EL DIF” QUE:
2.1 Es un Organismo Público Descentralizado de Gobierno del Estado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, rector de la Asistencia Social en el Estado de Aguascalientes y creado mediante Decreto Número sesenta y cinco publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha veinte xx xxxxx del año de mil novecientos setenta y siete. Este Descentralizado quedo inscrito en el Registro Público de la Propiedad, en fecha nueve de
noviembre de mil novecientos ochenta y seis en el Volumen 1, Registro 6, a fojas 35 a 40 del libro de Registro de Entidades Paraestatales.
2.2 Que la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, fue designada como Secretaria de la Familia y Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, en virtud del nombramiento emitido por el C.P. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes mediante oficio número SGG/N/147/2021 de fecha veinticinco xx xxxxxx del dos mil veintiuno, contando por ende con las facultades plenas para suscribir el presente documento.
2.3 Que la Lic. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, en su carácter de Directora General tiene facultades para representarlo de conformidad por lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley para el Control de las Entidades Paraestatales, así como de los artículos 22 fracción III y 31 fracciones VII y VIII de la Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social y de Integración Familiar y a los artículos 2 fracción V, 7, 8 fracción I inciso b), 29 y 30 del reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes.
1.4 Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente instrumento jurídico cuenta con recursos disponibles suficientes, manifestándolo así bajo protesta de decir verdad y que cuenta con número de Registro Federal de Contribuyentes: SDI 790101 2H5.
1.5 Tiene como domicilio legal ubicado en Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx Xxx xxxxxxx Xxxxxxx xx xxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, de la Ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes.
3. DECLARAN “LAS PARTES”:
3.1. Los suscriptores protestan cumplir y hacer cumplir en el ámbito de sus respectivas competencias, el marco jurídico vigente aplicable al presente acuerdo de voluntades, razón por la cual se obligan a él como si estuviera inserto a la letra en este documento, con todos los efectos legales y administrativos conducentes.
3.2. “LAS PARTES” se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan y con la que comparecen a la celebración del presente Xxxxxxxx, y en virtud de las declaraciones antes expuestas acuerdan el Convenio de Colaboración Interinstitucional al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X:
PRIMERA: OBJETO. El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones bajo las cuales “EL XXXXX” y “EL DIF” apoyarán a la población vulnerable del Estado de Aguascalientes, la cual no tenga el beneficio de asistencia médica en los Sistemas de
Seguridad Social oficiales, para efectos del presente instrumento legal se le llamará “LOS PACIENTES”.
SEGUNDA. “EL XXXXX” se compromete en atender a “LOS PACIENTES” que sean canalizados por parte de “EL DIF”, para que éste sufrague los gastos que sean derivados de la atención médica de los servicios de salud de acuerdo a su suficiencia presupuestaria.
Así mismo “EL XXXXX” se compromete a que la cuota de recuperación será la tarifa establecida en la Ley de Ingresos correspondiente al ejercicio fiscal 2022, que xx xxxxxxxxx requiere por esos servicios, asimismo, “EL XXXXX” se compromete a que la cuota de recuperación deberá de coincidir con el estudio socioeconómico que se llevara a cabo a “LOS PACIENTES” por parte de “EL DIF”.
TERCERA. “EL XXXXX” deberá entregar una cotización que detalle los servicios que se requieren, junto con el resumen o diagnóstico médico a “LOS PACIENTES”, para que estos a su vez lo entreguen a “EL DIF”.
CUARTA. “EL XXXXX” deberá atender a “LOS PACIENTES” que “EL DIF” canalice para brindar los servicios médicos con calidad, de acuerdo a su participación, políticas y procedimientos internos que tenga establecidos para tales efectos, y a su vez “LOS PACIENTES” deben presentar una carta compromiso de apoyo expedida por “EL DIF”.
QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE COBRO–PAGO- Se realizara conforme a lo siguiente:
“EL XXXXX” se obliga a:
1. Presentar la factura correspondiente a la carta compromiso, en las instalaciones de “EL DIF”, misma que deberá de coincidir con los servicios brindados por “XX XXXXX”, x xx xxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx.
“EL DIF” se obliga a:
1. Realizar el pago correspondiente dentro de los diecisiete días naturales posteriores a la presentación de la factura correspondiente a la carta compromiso, para realizar la transferencia electrónica a favor de “EL XXXXX”.
SEXTA. “EL XXXXX” será el único responsable de la atención brindada a las personas canalizadas, eximiendo de cualquier responsabilidad por tal circunstancia a “EL DIF”.
OCTAVA.- Por su parte “EL DIF” se compromete a realizar las gestiones necesarias por medio de su Coordinación de Trabajo Social, para lograr que los familiares de pacientes
atendidos por “EL XXXXX” y que hayan recibido el alta se hagan responsables de su familiar y puedan ser trasladados a su domicilio para continuar con su recuperación.
Para tal efecto la Coordinación de Trabajo Social de “EL XXXXX” se pondrá en contacto por medio de correo electrónico y/o telefónico, con la Dirección de Gestión Social de “EL DIF” a efecto de que este realice las gestiones necesarias para lograr este cometido.
SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL. “LAS PARTES” convienen en que el personal aportado por cada una de ellas, para la realización del presente Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquélla que lo empleó; por ende, cada una asumirá su responsabilidad en ese concepto y en ningún caso, serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos o beneficiarios. Aclarando que cada una de las partes que intervienen en este Convenio tienen los medios propios y suficientes para afrontar la responsabilidad que derive de las relaciones de trabajo.
OCTAVA. VIGENCIA. Ambas partes acuerdan que el presente convenio tiene una vigencia a partir de su firma hasta el treinta de septiembre del dos mil veintidós.
NOVENA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. Se podrá dar por terminado anticipadamente el presente instrumento que por escrito presente una de las “LAS PARTES” a las otras con treinta días naturales de anticipación a la fecha en que se pretende terminar. Lo anterior, sin perjuicio de los trabajos que se estén desarrollando a la fecha los cuales deberán ser terminados, salvo mutuo acuerdo en contrario, para lo cual deberá realizarse una conciliación de actividades, formalizada por escrito.
DÉCIMA.- MODIFICACIONES. El presente Convenio de Colaboración solo podrá ser modificado y/o adicionado, por voluntad de las “LAS PARTES” mediante la firma de un Convenio en el que se precisen los cambios o adiciones de manera específica, el cual pasará a formar parte integrante de las mismas y dichas modificaciones o adiciones surtirán sus efectos a la fecha de su suscripción. Dicho instrumento deberá ser suscrito por personas con capacidad legal para tal efecto quienes no podrán ser cargos menores a los que han firmado el presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA. ENCABEZADOS Y DEFINICIONES. Los encabezados y
definiciones contenidos en este documento, se han utilizado por conveniencia de brevedad y para fácil identificación de cláusulas y términos por lo que ningún momento se entenderá que dichos encabezados y definiciones limitan o alteran el acuerdo de las “LAS PARTES”, contenido en el clausulado del presente Convenio de Colaboración.
DÉCIMA SEGUNDA.- CASOS NO PREVISTOS, CASO FORTUITO Y DE FUERZA
MAYOR. Los casos presentados en la ejecución del presente instrumento y que no están
considerados en el mismo, deberán ser resultado de común acuerdo entre las “LAS PARTES”, lo cual deberá quedar plasmado por escrito.
Ninguna de las “LAS PARTES” será responsable del incumplimiento de alguna de las obligaciones, en cuanto este derive de un caso fortuito o de fuerza mayor.
DÉCIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD. Las partes guardaran confidencialidad escrita, respecto de la información que mutuamente se proporcione o por aquella a las que tengan acceso con motivo de la ejecución del presente Convenio de manera especial, la clasificada como confidencial o reservada en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, su Reglamento y demás normas aplicables, salvo que se cuente con la previa autorización escrita de quien sea responsable de dicha información, debiendo asegurarse que la información que se proporcione por el personal que cada una designe, sea manejada bajo estricta confidencialidad.
DÉCIMA CUARTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. “LAS PARTES”
manifiestan que el presente Convenio de Colaboración es producto de la buena fe, por lo que realizarán todas las acciones que estén a su alcance y sean inherentes a su cumplimiento; sin embargo, en caso de que existan controversia se someterán a la jurisdicción de los tribunales radicados en el Estado de Aguascalientes, renunciando desde ahora a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles o por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente Convenio y enteradas las “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo firman por cuadriplicado en la ciudad de Aguascalientes, Ags., a los catorce días del mes de febrero del año dos mil veintidós.
F I R M A S
POR “EL XXXXX” POR “EL DIF”
XX. XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXX SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD DEL
ESTADO DE AGUASCALIENTES
LIC XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
SECRETARIA DE LA FAMILIA Y DIRECTORA
GENERAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
T E S T I G O S
C.P. XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX
DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
ING. XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX.
DIRECTOR DE GESTIÓN SOCIAL DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
Esta hoja de firmas corresponde al Convenio de Colaboración en Servicios Médicos, celebrado entre el Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Aguascalientes, en fecha 14 de febrero de 2022.