CONVENIO DE COLABORACIÓN EXPERTO CRECIMIENTO EMPRESARIAL
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CONVENIO DE COLABORACIÓN EXPERTO CRECIMIENTO EMPRESARIAL
En ………….., a ….. de ………. de 2018
R E U N I D O S:
De una parte, …………………………………………………, en adelante “………….“ con domicilio social en ……………………………., código postal de ………………… y con C.I.F ……………….., representada por D. …………………………… mayor de edad y D.N.I. ………………… en su condición de ……………… de la misma.
Y de otra parte, ACCELERATED GROWTH SL, con las Marcas BCN ACCELERATOR y MAD ACCELERATOR, en adelante “2 DIGITS GROWTH“ con domicilio fiscal en Xxxxxx Xxxxxxxxxxx, 0-00, 0x 0x, 00000 xx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx y con C.I.F núm B64130453 representada por D. Ton Guardiet Mas, mayor de edad y D.N.I. 77.314.196-H en su condición de administrador de la misma.
M A N I F I E S T A N
I.- Que en el marco de la colaboración prevista por las partes, ................ y 2 DIGITS GROWTH identifican la existencia de posibles sinergias entre las entidades que ambos representan respectivamente.
II.- Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal para contratar y obligarse en la representación que respectivamente ostentan, y en su virtud convienen suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El objeto del presente Convenio es regular los términos y condiciones por los que se va a llevar a cabo la colaboración entre las Partes, consistente en el ofrecimiento por parte de ................ y 2 DIGITS GROWTH, a las personas/empresas relacionales, sociales y de networking que se consideren oportunas.
SEGUNDA.- Con objeto de dar cumplimiento al contenido de la cláusula anterior, la 2 DIGITS GROWTH facilitará a ................ las presentaciones e información oportuna, apropiada y suficiente que describan la oferta de servicios, para que pueda ser promovido con solvencia y convicción.
TERCERA.- LINEAS DE TRABAJO.
2 DIGITS GROWTH, ofrecerá a las personas presentadas por éstos, potenciales prestaciones de servicios, con el fin de generar SINERGIAS Y NEGOCIO entre las partes.
La colaboración en un cliente concreto se activará siempre a petición solo por la parte que lo aporte, momento en el que se establecerá el alcance de esa colaboración, las responsabilidades de cada una de las partes, la remuneración que percibirá cada parte y qué parte será la responsable ante el cliente y, por tanto, realizará la facturación al cliente.
CUARTA: CLAUSULA DE NO COMPETENCIA:
Todo conocimiento que se aporte el cliente o que se desarrolle dentro del contexto de 2DG, será 2DG el propietario de esta información y en ningún caso, el partner negociará ningún honorario, servicio, ni planteará ninguna relación comercial, sin la aprobación de la parte que haya aportado dicho cliente. Infringir esta cláusula, permitirá al propietario de la cuenta del cliente a reclamar los daños y perjuicios que estime justificados objetivamente. Esta cláusula de no competencia tendrá una validez de 3 años en este cliente contando desde la firma de este anexo.
QUINTA: IMAGEN DE MARCA 2DG:
Cuando el cliente sea aportado por parte de 2DG el partner, actuará como si fuera del equipo de 2DG, utilizando un correo electrónico corporativo del tipo: xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx o xxxxxxx@0xxxxxxxxxxxx.xxx o lo que las partes acuerden, y los mails se enviarán con una firma corporativa 2DG que se facilitará cuando sea necesaria la relación con el cliente.
Para cada cliente, se adjuntará un anexo a este contrato que regulará las condiciones económicas y específicas en cada cliente en concreto, así como la forma de pago que corresponda en cada momento.
SEXTA: USO DE LA INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD.
Las partes se autorizan a hacer pública la existencia del presente Contrato de Colaboración. Así mismo, se autorizan mutuamente a incorporar en su propia página web, en el apartado de colaboraciones, el logotipo de la otra parte y el correspondiente enlace a la página web de la otra parte.
No se permite la comunicación específica de los proyectos en los que colaboren conjuntamente salvo autorización expresa por escrito de la otra parte y del cliente.
En relación a los proyectos en los que actúen de forma conjunta, ambas partes se comprometen a:
No difundir ninguna información recibida de la otra parte.
Utilizar la información recibida solamente para los fines específicos de cada proyecto.
No transmitir a terceros, ni divulgar ninguna información recibida de la otra parte.
No divulgar cualquier información sobre eventuales negociaciones que las partes puedan mantener.
Estos compromisos los realizan las partes en su propio nombre, en el de sus respectivos ejecutivos y empleados, así como de sus asociados y asesores.
Los compromisos arriba indicados no son aplicables a:
Cualquier información que fuera conocida por cualquiera de las partes antes de que le fuera comunicada por la otra parte.
Cualquiera información que ya fuera pública o que se hiciera pública sobre los proyectos conjuntos de forma independiente a las actuaciones de cada una de las partes, sus respectivos ejecutivos y empleados, así como de sus asociados y asesores.
Cualquier información recibida de terceros sobre los proyectos conjuntos, excepto que sea recibida de un tercero nombrado por alguna de las partes para negociar y que estuviera legalmente autorizado a dar dicha información, y que a su vez no estuviera limitado por cualquier otra restricción.
Ambas partes se obligan a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal a los que tuvieran acceso, obligación que subsistirá aún después de finalizar sus relaciones mutuas, y establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado conforme a los requisitos establecidos en la LOPD 15/99.
SÉPTIMA. – CONTRATOS
En cuanto a los contratos, 2DG dispone de varios modelos que dependerán de qué tipo de trabajo se haga en el momento y otorgan diferentes responsabilidades
En cuanto a los contratos, 2DG dispone de varios modelos que dependerán de qué tipo de trabajo se haga en el momento y otorgan diferentes responsabilidades
El primero es el contrato marco general, en dónde existen cuatro modelos distintos: un contrato para acceleradoras, para business developer, para prescriptores y para expertos en crecimiento (el presente modelo). Estos contratos son generales y necesarios para poder colaborar con 2DG. Este contrato se renueva automáticamente cada año, y lo tienen que firmar el colaborador y por la otra parte, la dirección de 2DG.
Cuando se empieza un nuevo proyecto, se designa un líder de proyecto que es el encargado de gestionar todo el proyecto y designar al equipo que participara. El líder de proyecto deberá firmar un contrato de líder de proyecto, dónde se detallarán los honorarios que correspondan a cada contrato y en dónde se le otorga la capacidad para firmar documentos de colaboración con el resto del equipo que preste ese servicio. En este contrato de especificaran los porcentajes de honorarios de todo el proyecto. Este contrato se firma para cada proyecto en particular y la tiene que firmar el líder proyecto y dirección de 2DG.
Una vez se asigna un líder de proyecto, éste formará un equipo de trabajo según las necesidades del proyecto. Cada miembro del equipo firmará su correspondiente contrato por proyecto, en el cual se reflejara los honorarios que recibirá. Este contrato lo tiene que firmar el colaborador, el líder del equipo y dirección de 2DG. El contrato es válido para cada proyecto en particular.
OCTAVA. – PLANTILLAS INTERNAS.
Antes de empezar la prestación de un servicio, el líder de cada proyecto, deberá rellenar unas plantillas internas.
Plantilla interna presupuesto general: Es la plantilla que tiene que rellenar el líder de proyecto en la fase inicial de éste. Servirá como guía en honorarios tanto al líder como a los miembros del proyecto, y a la dirección de 2DG. Solo una por proyecto.
Plantilla liquidación gastos BCNA: el líder de proyecto junto con la dirección de 2DG deberán rellenar una plantilla para cada colaborador que participe en cada proyecto (incluida una para el líder) para facilitar a administración, la liquidación de honorarios. Aquí se reflejan los honorarios previstos del colaborador y el desglose de gastos (viajes, dietas, etc.)
NOVENA.- DURACIÓN
El presente convenio tendrá una duración de 1 año, desde la firma del mismo. Así mismo, este convenio se prorrogará tácitamente por periodos de 1 año, salvo que alguna de las partes lo comunicara a la otra, de forma fehaciente, la voluntad de finalizarlo, con una antelación mínima de tres meses antes del vencimiento de cualquiera de sus prórrogas.
DÉCIMA.- No obstante lo dispuesto en la cláusula anterior, el presente Convenio se dará por terminado anticipadamente en cualquiera de los siguientes supuestos:
Por mutuo acuerdo entre las partes, manifestado por escrito.
Por resolución unilateral a instancia de 2 DIGITS GROWTH cuando ................ hubiese incumplido total a parcialmente las obligaciones establecidas en el presente contrato. En este supuesto se entenderá que el Convenio finaliza a la recepción de la notificación expresa en la que conste la voluntad de darlo por extinguido y la causa de la extinción.
Por resolución unilateral a instancia de ................ cuando 2 DIGITS GROWTH hubiese incumplido total o parcialmente las obligaciones establecidas en el presente contrato. En este supuesto se entenderá que el Convenio finaliza a la recepción de la notificación expresa en la que conste la voluntad de darlo por extinguido y la causa de la extinción.
DÉCIMOPRIMERA.- Naturaleza de la Relación.
La naturaleza de la relación que se establece en el presente contrato tiene carácter pura y exclusivamente mercantil, sin ningún tipo de implicaciones laborales, dado que ambas partes desarrollan su labor de forma independiente, excepto en aquellos casos directamente relacionados con los proyectos conjuntos
DÉCIMOSEGUNDO.- Todas las notificaciones y comunicaciones requeridas o relacionadas con el presente Convenio deberán realizarse por cualquier forma escrita que permita probar razonablemente que la comunicación efectuada y el destinatario debió recibirla así como el contenido de la misma.
A los efectos del presente Convenio, las partes designan para la realización del tipo de notificaciones los domicilios indicados en el encabezamiento.
DÉCIMOTERCERA.- Las partes se obligan a ejecutar el presente Convenio de buena fe, intentando resolver cualquier disputa que pudiera surgir entre ellas por la aplicación, desarrollo, cumplimiento, interpretación y ejecución del mismo por negociación o mutuo acuerdo. No obstante, para las divergencias sobre las que no se lograra el indicado mutuo acuerdo, las Partes se comprometen a someterlas a una mediación que será llevada a cabo por un mediador determinado de común acuerdo entre las partes. En el caso que la mediación no arrojara los resultados previstos, o bien no fuera llevada a cabo por cualquier motivo incluso el no sometimiento de una de las partes, se establecen los Tribunales de la ciudad de Barcelona como los competentes para dirimir las disputas judiciales derivadas del presente Convenio.
DÉCIMOCUARTA.- Las partes convienen expresamente en virtud del convenio aquí contemplado, que declaran resueltos y sin efecto alguno a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, cualesquiera otros contratos que hubieran sido firmados por las partes con anterioridad al presente.
Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, las Partes firman el presente Convenio por duplicado ejemplar, en papel común escrito a una sola cara, y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados, entregándose un ejemplar a cada una de las Partes.
D. ………………………………. D. Ton Guardiet Mas. Cargo: …………………………. Administrador y Gerente
…………………………………….. 2 DIGITS GROWTH
2digitsgrowth Portal de l’Xxxxx, 36. 00000 Xxxxxxxxx. :x00 000 00 00 00 : xxxxxxx@0xxxxxxxxxxxx.xxx
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