SECRETARÍA DE BIENESTAR
020000999-E64-2019, PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE ARRENDAMIENTO DE CAMIONES UNITARIOS CON CONDUCTOR, PERSONAL DE CARGA Y COMBUSTIBLE PARA EL TRASLADO DE PLANTAS EN APOYO AL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA”
SECRETARÍA DE BIENESTAR
UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y CONTRATOS
CONVOCATORIA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ELECTRÓNICA NACIONAL
IA-020000999-E64-2019
PARA LA CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO INTEGRAL DE ARRENDAMIENTO DE CAMIONES UNITARIOS CON CONDUCTOR, PERSONAL DE CARGA Y COMBUSTIBLE PARA EL TRASLADO DE PLANTAS EN APOYO AL PROGRAMA SEMBRANDO VIDA”
La presente Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional fue revisada por el Subcomité de Revisión de Bases para los Procedimientos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, en su Décima Séptima Sesión Extraordinaria, celebrada el 23 xx xxxxxx de 2019.
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Apartado I. Datos generales o de identificación de la Invitación | 8 |
1. Participación de Licitantes de forma electrónica | 9 |
Apartado II. Objeto y alcance de la Invitación | 10 |
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Apartado III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de Invitación | 11 |
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2. Mecanismo para la aclaración al contenido de la Convocatoria | 12 |
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17 | |
7. Indicaciones relativas al fallo | 17 |
8. Casos en los que se declarará desierta o cancelará la Invitación | 24 |
Apartado IV. Requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir | 25 |
25 | |
25 | |
Apartado V. Criterios específicos para la evaluación de proposiciones | 26 |
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Apartado VI. Documentos y datos indispensables que deben presentar los licitantes | 31 |
Documentación técnica | 31 |
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Apartado VII. Instancia de inconformidad, confidencialidad y protocolo de actuación | 34 |
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Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas | 36 |
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Anexo “A” Anexo Técnico” | 38 |
Anexo “B” Propuesta Económica | 58 |
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Xxxxx XX “Manifestación de nacionalidad mexicana, que deberán presentar los y las xxxxxxxxxx” | 00 |
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Anexo IV “Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “la Ley” | 63 |
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Anexo VII “Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones” | 67 |
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GLOSARIO
Para efectos de esta Convocatoria, se entenderá por:
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Acuerdo: Administrador del Contrato: | El Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet publicado en el DOF el 28 xx xxxxx de 2011. El Titular de la Dirección General de Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural de la Secretaría de Bienestar. |
Área Convocante: | La Dirección General de Recursos Materiales a través de la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Secretaría de Bienestar. |
Área Requirente: | La Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional de la Secretaría de Bienestar. |
Área Técnica: | La Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional de la Secretaría de Bienestar. |
CFDI: | Comprobante Fiscal Digital por Internet. |
Código: | El Código Fiscal de la Federación. |
CompraNet: | El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, integrado entre otra información, por los programas anuales en la materia, de las dependencias y entidades; el registro único de proveedores; el padrón de testigos sociales; el registro de proveedores sancionados; las convocatorias a la Invitación y sus modificaciones; las invitaciones a cuando menos tres personas; las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de fallo; los testimonios de los testigos sociales; los datos de los contratos y los convenios modificatorios; las adjudicaciones directas; las resoluciones de la instancia de inconformidad que hayan causado estado, y las notificaciones y avisos correspondientes. Dicho sistema será de consulta gratuita y constituirá un medio por el cual se desarrollarán procedimientos de contratación. El sistema está a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la unidad administrativa que se determine en su Reglamento, la que establecerá los controles necesarios para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información que contenga. |
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Contrato: | Es el acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la prestación de los servicios o entrega de los bienes. |
Convocatoria: | El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico respecto de los bienes y/o servicios objeto de la contratación y de las personas interesadas en otorgarlos, así como los términos a que se sujetará el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. |
Criterio de evaluación Binario: | Mediante el cual sólo se adjudica a quien cumpla los requisitos establecidos por la Secretaría de Bienestar y oferte el precio más bajo y conveniente. |
Documentación Complementaria: | Se refiere a la documentación distinta de las proposiciones técnicas y económicas requeridas en la presente Convocatoria a la Invitación. |
D.O.F.: | Diario Oficial de la Federación. |
e5cinco: | El esquema de pago electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos. |
Identificación Oficial: | El documento público vigente que contiene datos de identificación personal, como la credencial expedida por el Instituto Federal Electoral y/o el Instituto Nacional Electoral, Cédula profesional, Pasaporte o Cartilla del servicio militar, vigentes. |
Internet: | La red mundial de comunicaciones Electrónicas. |
Investigación xx Xxxxxxx: | La verificación de la existencia de bienes, arrendamientos y servicios de proveedores a nivel nacional o internacional y del precio estimado basado en la información que se obtenga en la propia dependencia o entidad de organismos públicos o privados; de fabricantes de bienes o prestadores del servicio, o una combinación de dichas fuentes de información. |
IMSS: | El Instituto Mexicano del Seguro Social. |
Invitación: | La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-020000999-E64-2019. |
I.V.A.: | El Impuesto al Valor Agregado. |
Ley: | La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
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Licitante: | La persona física o moral que participe en este procedimiento de Invitación. |
Lineamientos: | Los Lineamientos de Operación del Programa Sembrando Vida, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2019. |
Medio de Identificación Electrónica: | El conjunto de datos electrónicos asociados con un documento que son utilizados para reconocer a su autor, y que legitiman el consentimiento de éste para obligarlo a las manifestaciones que se contienen, de conformidad con el artículo 27 de la Ley. |
Medios Remotos de Comunicación Electrónica: | Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares. |
MIPyME: | La micro, pequeña y mediana empresa. |
Nafin: | Nacional Financiera, S. N. C., Institución de Banca de Desarrollo. |
OIC: | Órgano Interno de Control en La Secretaría. |
Partida: | La división, agrupación o desglose de los servicios, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos, en el presente procedimiento. |
Persona: | La persona física o moral. |
Políticas (POBALINES): | Las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Bienestar. |
Precio Conveniente | Es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la presente invitación, y a éste se le resta el 40% (cuarenta por ciento) que se determina en las POBALINES de la Secretaría de Bienestar, de conformidad con la fracción XII del artículo 2 de la Ley. |
Precio No Aceptable: | Es aquel que, derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un 10% (diez por ciento) a lo ofertado, respecto del que se observa como mediana en dicha investigación, o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación. |
Programa: | El Programa Sembrando Vida. |
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Programa Informático: | El medio de captura desarrollado por la Secretaría de la Función Pública, que permite a los licitantes, así como a la Secretaría de Bienestar, enviar y recibir información por medios remotos de comunicación electrónica, así como generar para cada licitación pública un mecanismo de seguridad que garantice la confidencialidad de las proposiciones que recibe la Secretaría por esta vía; y que constituye el único instrumento con el cual podrán abrirse los sobres que contengan las proposiciones en la fecha y hora establecidas en la convocatoria para el inicio del acto de presentación y apertura de proposiciones. |
Proposiciones: | La proposición técnica y económica que presenten los licitantes. |
Proveedor: | La persona con quien la Secretaría de Bienestar celebre el contrato derivado de esta Invitación. |
Reglamento: | El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
R.F.C.: | Registro Federal de Contribuyentes. |
SE: | La Secretaría de Economía. |
SAT: | El Servicio de Administración Tributaria. |
Secretaría: | La Secretaría de Bienestar. |
SFP: | La Secretaría de la Función Pública. |
SHCP: | La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
SIAFF: | El Sistema Integral de Administración Financiera Federal. |
Sobre Cerrado: | Cualquier medio que contenga la proposición del licitante, cuyo contenido sólo se puede ser conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones en términos de la Ley. |
Tesofe: | La Tesorería de la Federación. |
Unidad(es): | Camiones unitarios en apoyo al Programa Sembrando Vida |
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APARTADO I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN.
“La Secretaría”, a través de su Dirección General de Recursos Materiales, con domicilio en Avenida Paseo de la Reforma núm. 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, y en cumplimiento con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 24, 25 primer párrafo, 26 fracción II, 26 Bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 36, 42, 43, 45 de “La Ley”, 39, 77 y 81 de “El Reglamento”, el Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de “La Secretaría”, y el Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se Deberán Observar para la Utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet; el Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones y las demás disposiciones legales en la materia; celebra la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-020000999-E64-2019, para la contratación del “Servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al programa Sembrando Vida”.
Esta Convocatoria se pondrá a disposición para consulta de los licitantes a partir del día 26 xx xxxxxx de 2019, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, de 09:00 a 18:00 horas en días hábiles, por lo que “La Secretaría”, no estará obligada a entregar una impresión de la misma.
De conformidad con lo establecido en los artículos 43, fracción I, de “La Ley” y 77, cuarto párrafo, de “El Reglamento”, la difusión en CompraNet y en la página de Internet de “La Secretaría” de la presente Convocatoria estará disponible para consulta y obtención hasta el día en que se emita el Fallo correspondiente. En este procedimiento de contratación solamente podrán participar aquellas personas que hayan sido previamente invitadas por “La Secretaría”.
A) La presente Invitación con base en los medios a utilizar es Electrónica y de carácter Nacional, en términos de los artículos 26, fracción II, 26 Bis, fracción II, 28, fracción I, 40, último párrafo y 43 de “La Ley”.
Conforme a lo establecido en los artículos 26 Bis, fracción II, y 27 de “La Ley”, únicamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet; para este efecto se utilizarán medios de identificación electrónica y el Mecanismo de Aclaraciones, el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Acto de Fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet.
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1. PARTICIPACIÓN DE LICITANTES DE FORMA ELECTRÓNICA.
De conformidad con lo establecido en los artículos 27 y 34 de “La Ley” la presentación de proposiciones de la presente Invitación, se llevará a cabo a través de medios electrónicos, conforme a las disposiciones administrativas que emita la SHCP.
Las proposiciones deberán ser enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual los licitantes deberán utilizar exclusivamente el programa informático que la SHCP les proporcione. Dicho programa generará el sobre con las proposiciones mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta invitación en formatos Word, Excel, PDF, HTML o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF. La proposición deberá ser elaborada preferentemente en papel membretado de cada licitante. El licitante deberá verificar que los documentos sean legibles; aquéllos que no lo sean, no serán objeto de análisis por “La Secretaría”.
En caso de que en esta Convocatoria se requiera al licitante exhibir un número determinado de documentos y éste presente un número mayor de documentos, sólo serán examinados y evaluados los primeros, considerando para tal efecto el número de folio.
El licitante deberá emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica, para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, DEBERÁN ESTAR FOLIADOS en todas y cada una de las hojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entreguen los licitantes.
En el caso de que alguna o algunas hojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que las hojas no foliadas mantienen continuidad, “La Secretaría” no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna hoja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, “La Secretaría” tampoco podrá desechar la proposición. En caso de presentar su proposición sin foliar en todas y cada una de sus hojas, esto constituirá una causal de desechamiento.
NOTA: Se reproduce al final de la presente Convocatoria, para conocimiento de los licitantes, el Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental
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Denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes 28 xx xxxxx de 2011.
B) La presente Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional tiene el número de identificación IA-000000000-E64-2019.
C) El plazo para prestar el servicio iniciará a partir del día siguiente de la notificación de Fallo hasta el 30 de septiembre de 2019.
D) El idioma en que se deberá presentar la proposición, los anexos técnicos y demás documentación solicitada en la presente Invitación, será el español.
E) El presente procedimiento de contratación No será financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni con la garantía de Organismos Financieros Regionales o Multilaterales.
F) A fin de dar cumplimiento a la Norma Mexicana para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres (NMX-R-025-SCFI-2015), en todos los casos donde se utilice un lenguaje que pudiera interpretarse como excluyente al género femenino, invariablemente deberá interpretarse y entenderse como incluyente e igual, tanto para hombres como para mujeres.
“La Secretaría” cuenta con la aprobación presupuestaria en la partida específica 43101 “Subsidios a la producción”, de conformidad con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 410.30.60, Sufi. Ppta. 00862, Folio Autorización 2948, aplicado el 14 xx xxxxxx de 2019 y emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto.
APARTADO II. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN.
Se refiere a la contratación del “Servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al programa Sembrando Vida”, de conformidad con las especificaciones, características y requerimientos que se señalan en esta Invitación y en particular en el Anexo “A” Anexo Técnico de la misma.
A) La información necesaria para identificar los servicios que se requieren, se proporcionan a través de la presente Invitación y se encuentran establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico de la misma.
B) La presente Invitación consta de una Partida:
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C) Para la presente Invitación, No se establece un precio máximo de referencia.
D) El Área Requirente consultó a la SE mediante el Oficio No. BIE/SSPEDR/DGSyLDR/134/2019 fecha 13 xx xxxxxx de 2019, respecto a la existencia de Normas Oficiales aplicables para la contratación objeto de esta Invitación. No se recibió respuesta por parte de la SE.
No obstante, el Área Requirente detectó que para el presente procedimiento aplican las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:
▪ NOM-012-SCT-2-2017, “Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal”.
▪ NOM-068-SCT-2-2014, “Transporte terrestre-Servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, sus servicios auxiliares y transporte privado-condiciones físico mecánica y de seguridad para la operación en vías generales de comunicación de jurisdicción federal”.
▪ NOM-174-SCFI-2007, “Prácticas comerciales-Elementos de información para la prestación de servicios en general”.
E) Se celebrará un contrato por cantidad previamente determinada. El precio será fijo durante la vigencia del contrato de acuerdo al monto que se adjudique y no estará sujeto a incrementos o decrementos conforme a lo establecido en el artículo 44 de “La Ley”.
F) Para la presente Invitación No se requerirán muestras.
G) El contrato se realizará conforme a lo establecido en los artículos 45 de “La Ley”, así como el 81 de “El Reglamento”, con las especificaciones y características de los servicios establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico de esta Invitación.
La adjudicación se hará por la única Partida que conforma el presente procedimiento al licitante que haya presentado una proposición solvente, garantizando las mejores condiciones a “La Secretaría” conforme al criterio de evaluación Binario, porque cumple con los requisitos legales y/o administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente Convocatoria y ha ofertado el precio más bajo, garantizando con ello el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
H) El modelo de contrato para la presente Invitación, es el establecido en el Anexo VIII, de la presente Convocatoria.
APARTADO III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE INVITACIÓN.
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A) Fecha, hora y lugar de los actos del procedimiento de Invitación.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el mecanismo de aclaración y el acto de junta pública en la que se dará a conocer el Fallo, relativos al procedimiento de la presente Invitación, se llevarán a cabo en el domicilio de “La Secretaría” ubicado en avenida Paseo de la Reforma Núm. 116, Piso 7, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México.
La participación de los licitantes en el presente procedimiento será única y exclusivamente de manera electrónica a través de CompraNet.
A los actos del procedimiento de la presente Invitación, podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
Las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras organizaciones no gubernamentales podrán asistir a los actos de esta Invitación, así como cualquier persona física o moral, que manifiesten interés de estar presentes en los mismos, bajo la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
En el presente procedimiento, no se aceptará el envío de proposiciones a través del Servicio Postal o de mensajería, así como tampoco se aceptará la presentación de las proposiciones de manera presencial.
Esta Invitación es Electrónica por lo que se señala la fecha y hora en las que se llevarán los actos del procedimiento por medio de CompraNet, conforme a lo siguiente:
ACTO | FECHA | HUSO HORARIO DE LA CD. DE MÉXICO |
Mecanismo de Aclaraciones | 29/08/2019 | 17:00 horas |
Presentación y Apertura de Proposiciones | 02/09/2019 | 17:00 horas |
Fallo | 03/09/2019 | 17:00 horas |
No habrá visita a las instalaciones de “La Secretaría”.
2. MECANISMO PARA LA ACLARACIÓN AL CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA.
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Con fundamento en el artículo 77, párrafo sexto de “El Reglamento”, en este procedimiento,
“La Secretaría” opta por realizar un Mecanismo de Aclaraciones.
Consecuentemente, en cumplimiento a lo previsto en ese precepto, enseguida se indica la forma y términos en que los licitantes podrán solicitar las aclaraciones a la Convocatoria:
Los licitantes podrán solicitar aclaraciones a la presente Convocatoria, las cuales deberán versar exclusivamente sobre su contenido y sus respectivos anexos, a través de CompraNet, a más tardar el día 29 xx xxxxxx de 2019 hasta las 10:00 horas, a efecto de que “La Secretaría” esté en posibilidad de analizarlas y hacer las correspondientes aclaraciones en junta pública, la cual será celebrada a las 17:00 horas del mismo día.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad al plazo previsto en el párrafo anterior, no serán contestadas por “La Secretaría” por resultar extemporáneas, por lo que sólo se integrarán al expediente respectivo.
Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la Invitación, indicando el apartado, numeral, inciso y/o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas.
a. ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR.
Deberán presentar un escrito, en formato electrónico a través de CompraNet, en el que expresen su interés en participar en la Invitación y donde su firmante manifieste, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, incluyendo los datos siguientes:
• Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los socios, y
• Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Las personas que manifiesten su interés en participar en la presente Invitación mediante el escrito a que se refiere este punto, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la presente Invitación.
3. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
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Los licitantes podrán intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, enviando a través de CompraNet un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme a lo establecido en el artículo 29 fracción VI de “La Ley”; o bien con el objeto de acreditar personalidad los licitantes o sus representantes podrán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
• Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado(a) o el (la) representante, tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los (las) socios (as), y
• Del (la) representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Se permitirá el acceso al acto correspondiente a la persona que así lo desee en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 26, penúltimo párrafo, de “La Ley”.
El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones dará inicio a las 17:00 horas del 02 de septiembre de 2019, en el Piso 7 de “La Secretaría”, sita en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx, xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México.
Una vez iniciado el acto, se procederá a registrar a los asistentes.
En este acto serán abiertas las proposiciones enviadas a través de CompraNet; “La Secretaría” únicamente hará constar la documentación que presentó cada uno de los licitantes, sin entrar al análisis técnico, legal o administrativo de su contenido.
Para efectos de dar cumplimiento a las fracciones I y II del artículo 48 de “El Reglamento”
se adjunta el Anexo VII.
Una vez recibidas todas las proposiciones, el servidor público que presida el Acto, atendiendo al número de proposiciones, podrá optar entre dar lectura al precio que integra cada una de las Partidas, o anexar copia de la propuesta económica de los licitantes al Acta respectiva, debiendo en este último caso, dar lectura al importe total de cada proposición. En ambos supuestos el análisis detallado de las proposiciones se efectuará posteriormente por “La Secretaría”, al realizar la evaluación de las mismas.
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Las proposiciones serán presentadas electrónicamente y descargadas a través de CompraNet, mismas que serán grabadas en un Disco Compacto, de lo anterior, el representante del Área Requirente, rubricará el Disco Compacto que contenga las propuestas técnicas y económicas descargadas por CompraNet, así como la documentación distinta a las mismas, para formar parte del expediente.
El servidor público que presida el acto, deberá recibir las proposiciones para su posterior evaluación, por lo que no podrá desechar ninguna de ellas durante dicho acto.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 50 de “La Ley” y 48, fracción III, párrafo segundo, de “El Reglamento”, la recepción de las proposiciones se entenderá realizada una vez que ésta se analice durante su evaluación, debiéndose indicar en el Fallo si la proposición fue desechada por incumplir la mencionada disposición legal. Asimismo, “La Secretaría”, conforme al numeral 16 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, podrá optar por no recibir las proposiciones enviadas en caso de que estas no estén firmadas conforme a los medios electrónicos de identificación de firma electrónica avanzada que emite el SAT, en el entendido de que solamente a través de este medio de identificación electrónica los licitantes legitiman su consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realicen con el uso de dicho medio.
En el acta correspondiente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se asentarán los hechos relevantes que se hubieren presentado.
En el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, “La Secretaría” podrá anticipar o diferir la fecha del Fallo dentro de los plazos establecidos en la fracción III del artículo 35 de “La Ley”, lo cual quedará asentado en el Acta correspondiente a este acto. También podrá hacerlo durante la evaluación de las proposiciones, dentro los plazos indicados, notificando a través del sistema CompraNet a los licitantes la nueva fecha en ese acto.
Los licitantes admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por “La Secretaría”, cuando los sobres generados a través de CompraNet en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse, por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. También, en caso de que “La Secretaría” así lo señale, admitirán que no se tendrán por presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida, cuando éstas no estén firmadas conforme a los medios electrónicos de identificación de firma electrónica avanzada que emite el SAT.
En el supuesto de que durante el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones por causas ajenas a la SHCP y a “La Secretaría”, no sea posible abrir las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que desaparezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
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La SHCP podrá verificar en cualquier momento, que durante este tiempo de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en poder de “La Secretaría”.
La proposición deberá ser elaborada preferentemente en papel membretado de cada licitante. El licitante deberá verificar que los documentos sean legibles; aquéllos que no lo sean, no serán objeto de análisis por “La Secretaría”.
En caso de que en la Convocatoria se requiera al licitante exhibir un número determinado de documentos y éste presente un número mayor de documentos, sólo serán examinados y evaluados los primeros, considerando para tal efecto el número de folio.
A) En el presente procedimiento, no se aceptará la presentación de proposiciones de forma presencial o mediante el envío de proposiciones a través del Servicio Postal o de mensajería.
B) Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos en la presente Invitación, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento hasta su conclusión.
C) De conformidad a lo establecido en el último párrafo del artículo 77 de “El Reglamento” no resulta aplicable la presentación de proposiciones conjuntas en el presente procedimiento.
D) Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para la presente Invitación.
E) Los licitantes podrán cargar de manera electrónica a través de CompraNet la documentación distinta a la que conforma las propuestas técnica y económica, misma que forma parte de su proposición.
F) El Área Convocante difundirá a través de CompraNet el acta correspondiente al Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, para efectos de su notificación. Esto de conformidad con lo señalado en el último párrafo del artículo 37 Bis de “La Ley”.
El Fallo se dará a conocer el 03 de septiembre de 2019, a las 17:00 horas, en el Piso 7 de “La Secretaría”, sita en Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, en junta pública, a la que libremente podrán asistir las personas que así lo deseen en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma a la Junta Pública de la Notificación de Fallo.
El Fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre la junta pública, procedimiento que sustituye a la notificación
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personal. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el Acta del Fallo se encuentra a su disposición en CompraNet.
Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo a más tardar dentro de los quince dias naturales siguientes de dicha notificación, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, asimismo, con la notificación del Fallo dará incio la prestación del servicio, el día natural siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de “La Ley” y 84 de “El Reglamento”.
La notificación al licitante respecto de los actos del procedimiento de contratación se realizará a través de CompraNet en la siguiente dirección electrónica xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx. Dicho procedimiento sustituye a la notificación personal.
Se fijará un ejemplar del acta correspondiente al Mecanismo de Aclaraciones, del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y de la junta pública en la que se dé a conocer el Fallo en: Xxxxxxx Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, en donde se encontrará disponible por un término no menor a cinco (5) días hábiles, siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener, en su caso, copia de la misma.
7. INDICACIONES RELATIVAS AL FALLO.
A) FALLO.
El Fallo que emita “La Secretaría” se apegará a lo establecido en el artículo 37 de “La Ley”.
B) FIRMA DEL CONTRATO.
Para los efectos de “La Ley”, la Invitación y el contrato son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la Invitación; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas.
Si el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en la presente Invitación, “La Secretaría”, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada
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no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento de conformidad con lo establecido en el artículo 46 segundo párrafo de “La Ley”.
Los derechos y obligaciones que se deriven del contrato no podrán ser transferidos por “El Proveedor” en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo por escrito de “La Secretaría”. Dicho consentimiento será otorgado por el titular del Área Requirente.
En el Anexo VIII se incluye el Modelo de Contrato, el cual será complementado con la documentación legal y administrativa del Licitante que resulte adjudicado, con el Anexo “A” Anexo Técnico, y Anexo “B” Propuesta Económica.
C) DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO.
Con fundamento en los artículos 29 fracción VII de “La Ley” y 35 tercer párrafo de “El Reglamento”, previamente a la firma del contrato, el licitante adjudicado deberá presentar, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma Número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México; original o copia certificada para cotejo y copia simple para archivo de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, AL SIGUIENTE DÍA HÁBIL a la Notificación del Fallo, de acuerdo a lo siguiente:
a) Para el caso de personas xxxxxxx:
1) De los testimonios notariales que acrediten la debida constitución de la persona moral. Esta documentación formara parte integral del expediente de contratación,
2) De la constancia de inscripción en el Registro Público de Comercio.
3) Del Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal.
4) De la constancia del domicilio fiscal de la persona moral, incluyendo Código Postal, con una antigüedad no mayor a 3 (tres) meses.
5) Del poder que acredite la personalidad jurídica de su representante, a fin de acreditar que cuenta con las facultades suficientes para suscribir el contrato correspondiente en nombre y representación de la persona moral. esta documentación formara parte integral del expediente de contratación,
6) De la identificación oficial vigente del o la representante legal con fotografía y firma (Pasaporte, cartilla del Servicio Militar Nacional, credencial para votar o cédula profesional).
7) De la constancia de la institución bancaria sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario de la cuenta, que incluya el número de cuenta con 11
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posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE con 18 posiciones), o estado de cuenta, con una antigüedad no mayor a 3 (tres) meses.
8) Escrito de Estratificación de MIPyME, en el que se establecerá la fecha del presente oficio, de acuerdo al formato que emite para tal efecto la SFP y
9) Escrito en términos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
b) Para el caso de personas físicas:
1) Del Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal.
2) De la identificación oficial vigente.
3) Del acta de nacimiento o carta de naturalización en su caso.
4) De la Clave Única del Registro de Población (CURP).
5) De la constancia de domicilio fiscal con una antigüedad no mayor a tres meses.
6) De la constancia de la institución bancaria sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a su nombre, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la clave bancaria estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, o estado de cuenta con una antigüedad no mayor a tres meses.
7) Escrito en términos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
El licitante adjudicado, de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2019 (publicada en el D.O.F. el 29/04/2019), y en cumplimiento a las Reglas 2.1.31. y 2.1.39 para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita la Opinión del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales en SENTIDO POSITIVO de acuerdo a lo previsto en la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2019. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
El licitante adjudicado para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social en SENTIDO POSITIVO, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo “A”, Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
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El licitante adjudicado, en términos del Acuerdo del H.- Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda para los trabajadores por el que se emiten las "Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones", publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 28 xx xxxxx de 2017, deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente SIN ADEUDO expedido por el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los trabajadores relativo a la obtención de la citada constancia de situación fiscal. (Dicho documento podrá ser adjuntado por los licitantes en el acto de presentación y apertura de propuestas, siendo obligatorio presentarlo a más tardar en la fecha de formalización del contrato).
D) GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de “La Ley”, 103 de “El Reglamento”; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, “El Proveedor” garantizará el cumplimiento del contrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin incluir I.V.A., a favor de la TESOFE, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales de “La Secretaría”, sita en avenida Paseo de la Reforma número 116, Piso 14, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Para garantizar a favor de la Tesorería de la Federación, por (razón social), por el(la) C. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza indivisible (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la vigencia del contrato número (411…../2019) de fecha (la de firma), con un importe total por el servicio de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y nombre del servidor público que autoriza el contrato y firma por parte de la Secretaría). La presente fianza se expide de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (Razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que:
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a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato mencionado con anterioridad, la Convocatoria de la que deriva dicho contrato, así como sus anexos;
b) Esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que “La Secretaría” otorgue prórrogas o esperas a “El Proveedor” para el cumplimiento de las obligaciones, así mismo, se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o plazo del contrato;
c) Esta fianza permanecerá vigente desde su fecha de expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan por parte de “El Proveedor” o de “La Secretaría”, hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia;
d) La fianza se cancelará cuando “El Proveedor” haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo indispensable la conformidad expresa y por escrito de “La Secretaría”, sin cuyo requisito no procederá la cancelación de la fianza, y, en consecuencia, ésta continuará vigente; y
e) La institución afianzadora acepta someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente fianza, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
En el supuesto de que “La Secretaría” y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar o ampliar la prestación de los servicios, “El Proveedor” podrá obligarse a garantizar dicha ampliación, debiendo contratar de forma obligatoria la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el contrato principal, en donde conste las modificaciones o cambios en la respectiva póliza de seguro.
E) FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
No se otorgará anticipo, los precios establecidos serán fijos durante la vigencia del contrato y en moneda nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de “La Ley”. “La Secretaría” pagará el precio de los servicios prestados por “El Proveedor” en una sola exhibición, por transferencia electrónica a la cuenta bancaria que “El Proveedor” proporcione, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la recepción formal de CFDI, ésta deberá ser entregada al Administrador del Contrato, en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx 000, xxxx 0, Xxx. Xxxxxx, xx xxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, para su validación como área administradora y supervisora del servicio.
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Para que el pago proceda, el CFDI deberá contener los requisitos fiscales correspondientes, el desglose de los precios y servicios prestados.
Asimismo, “El Proveedor” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los servicios en los términos previstos en el contrato y su Anexo Técnico, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por el Administrador del Contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 84, último párrafo de “El Reglamento”.
En caso de que el CFDI entregado por “El Proveedor”, para su pago, presenten errores, “La Secretaría” dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción indicará a “El Proveedor” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “El Proveedor” presente el CFDI corregido.
El tiempo que “El Proveedor” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 51 de “La Ley”.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “El Proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
F) PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Con base a lo establecido en el artículo 8 de “La Ley” y de lo señalado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal que corresponde, “La Secretaría” hace una atenta invitación a los licitantes para que se afilien al Programa xx Xxxxxxx Productivas, con el único requerimiento de inscribirse y contar con el servicio de internet o teléfono. En caso de interesarse en conocer más a fondo este programa, podrán acceder a la dirección electrónica: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxxxxx-xxxxxxxxxxx/.
“El Proveedor”, con base en la información que se indica, podrá iniciar su afiliación en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al Fallo, comunicándose al número telefónico al 01 800 Nafinsa (623 4672), o acudiendo a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C., donde se le atenderá para el proceso de afiliación.
También cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores en adquisiciones de la Administración Pública Federal, para aquellos que estén interesados en utilizar dicho esquema. Al respecto, encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: xxxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxxxxxx/xxxxxxx/xxxx/xxxx.xxxx.
La afiliación al programa es por única vez, por lo que no es necesario realizar el proceso de nueva cuenta en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tienen ningún costo.
G) PENA CONVENCIONAL.
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De conformidad con el artículo 53 de la “La Ley” y 96 de “El Reglamento”, deberá cumplir con la prestación de los servicios en los tiempos y términos previstos en el Anexo Técnico y en caso de incumplimiento, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a “La Secretaría”, se le aplicará una pena convencional del 0.5 (cero punto cinco por ciento), por cada día natural de atraso, calculado sobre el monto de los servicios no prestados oportunamente, contados a partir de la fecha programada para su realización. Sin que la pena convencional exceda el monto de la garantía de cumplimiento.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco correspondiente al “pago electrónico de Derechos Productos y Aprovechamientos” que se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/Xxxxxxx/x0xxxxxxxx.xxxx, sin que la acumulación de esta pena exceda el monto de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto de la obligación incumplida sin incluir el I.V.A.
Cuando el monto total de aplicación xx xxxxx convencionales exceda el monto de la garantía de cumplimiento del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión en los términos del artículo 54 de la “La Ley”.
El cálculo, notificación y aplicación de la pena convencional, corresponde al
Administrador del Contrato.
H) DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL O DEFICIENTE.
“La Secretaría” aplicará deducciones al pago, en caso de incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir “El Proveedor” de acuerdo con lo especificado en el Anexo Técnico de la presente Convocatoria.
En caso de que “El Proveedor” incumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales respecto a las características, especificaciones y calidad señaladas en el Anexo Técnico, “La Secretaría” aplicará las siguientes deducciones al pago:
• En caso de que “El Proveedor” entregue de forma parcial las unidad(es), el Administrador del Contrato notificará a “El Proveedor” lo sucedido para que éste subsane dicha circunstancia en un tiempo no mayor a 1 (un) día hábil; en caso de no entregar la totalidad de las unidad(es) faltantes en el lapso de tiempo otorgado, será acreedor a una deducción del 3% (tres por ciento) aplicada sobre el monto total del costo de cada unidad(es) no entregada de conformidad a la información contenida en su propuesta económica, misma que será acumulativa por cada día hábil de atraso en su subsanación.
• En caso de que “El Proveedor” no atienda cualquier siniestro reportado dentro del lapso de 6 (seis) horas contadas desde su notificación, le será aplicada una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el costo de la unidad(es) siniestrada, mismo que será acumulativo por cada 4 (cuatro) horas de atraso.
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• Cualquier otro caso que pueda implicar la prestación parcial o deficiente del servicio objeto de la presente Invitación, conforme a los costos que establezca en su propuesta económica “El Proveedor”, se le aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el importe de los servicios que hayan sido realizados de forma parcial o deficiente, aplicándola directamente al pago de la factura correspondiente, misma que será acumulativa por cada día hábil de atraso.
El monto a deducir se aplicará en los CFDI que “El Proveedor” presente para su cobro o en el pago que se encuentre en trámite.
En caso de no existir pagos pendientes, “El Proveedor” realizará el pago de la deductiva a través del Esquema e5cinco, que se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/xxxxxxxx/xxxx.xx, a favor de la TESOFE.
Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con el objeto del contrato, conforme a lo acordado, en caso contrario “La Secretaría” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “La Secretaría”.
Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas a “El Proveedor” corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada.
El cálculo, notificación y aplicación de las deducciones corresponde al Administrador del Contrato.
8. CASOS EN LOS QUE SE DECLARARÁ DESIERTA O SE CANCELARÁ LA INVITACIÓN.
Conforme a lo establecido en los artículos 38, 43, fracción III de “La Xxx”, 00, 00, xxxxxxx quinto, y 78 de “El Reglamento”, “La Secretaría” procederá a declarar desierta la Invitación cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
• No se presenten proposiciones en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones.
• Cuando la totalidad de las proposiciones presentadas no cubran los requisitos solicitados en la Invitación.
• Cuando el precio de la Partida no sea aceptable o conveniente.
• No contar con un mínimo de tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente.
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En el caso de no contar con un mínimo de tres proposiciones “La Secretaría” podrá optar por declarar desierto el procedimiento o continuar con el mismo, y evaluar las proposiciones presentadas. En caso de que sólo se haya presentado una propuesta, “La Secretaría” podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, emitir una segunda convocatoria o bien proceder a la adjudicación directa conforme al último párrafo del artículo 43 de “La Ley”.
“La Secretaría” podrá cancelar la Invitación, cuando se presente caso fortuito, fuerza mayor, existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad de continuar con el suministro o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “La Secretaría”, o cuando así lo determine la SFP, la SHCP o autoridad competente. La determinación de dar por cancelada la Invitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo, podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de “La Ley”; “La Secretaría” cancelará la Invitación por la pérdida del mecanismo de seguridad de CompraNet.
APARTADO IV. REQUISITOS INDISPENSABLES QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR.
Los incisos de los numerales del presente Apartado son requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir, y, en consecuencia, su incumplimiento afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
A). El Licitante deberá presentar la Propuesta Técnica, conforme al Anexo “A” Anexo Técnico, de la presente Invitación, considerando lo siguiente:
En la propuesta técnica se deberá considerar la totalidad de lo señalado en la Partida del
Anexo “A” Anexo Técnico, de la presente Invitación.
Se deberán describir detalladamente las características del servicio, tomando como base todas y cada una de las especificaciones técnicas, condiciones y requerimientos que se indican en el Anexo “A” Anexo Técnico de la presente Invitación.
A). El licitante deberá presentar la Propuesta Económica objeto de esta Invitación, en términos del modelo contenido en el Anexo “B”, Propuesta Económica, debidamente firmada, misma que deberá indicar los siguientes aspectos:
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• Que los precios de los servicios ofertados serán fijos durante la vigencia del contrato y/o hasta concluir con la entrega de los mismos, a satisfacción de “La Secretaría”.
• Que los precios deberán expresarse en Moneda Nacional (Pesos Mexicanos) a dos decimales de acuerdo con la ley monetaria en vigor incluyendo el I.V.A.
• Que los precios ofertados ya consideran todos los costos hasta la conclusión de la prestación del servicio.
• El Anexo “B” “Propuesta Económica” del licitante, se presenta como modelo del formato de proposición económica, el cual no es limitativo, podrá ser utilizado por los licitantes como referencia para elaborar su propuesta económica, pudiendo aumentar el o los conceptos necesarios para la formulación de su propuesta.
• La propuesta económica, deberá presentarse debidamente firmada por el (la) representante legal del licitante; deberá considerar precios fijos durante la vigencia del contrato.
Lo anterior conforme al modelo contenido en el Anexo “B” Propuesta Económica
de esta Invitación.
• El licitante deberá indicar en el Anexo “B” Propuesta Económica, de esta Invitación, que su propuesta económica estará vigente dentro del procedimiento de Invitación y hasta su conclusión.
NOTA: (Impuestos y Derechos): “La Secretaría” únicamente cubrirá el I.V.A. cuando éste aplique; por lo que otros impuestos y derechos estarán a cargo del licitante al que se le adjudique el contrato.
APARTADO V. CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA LA EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES.
El presente procedimiento se llevará a cabo bajo el criterio de evaluación Binario conforme a lo establecido en el artículo 51 de “El Reglamento”, por consiguiente, No Aplica lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de “La Ley”.
El acreditar alguna o algunas de las causas establecidas en los incisos del numeral 1 del presente Apartado, afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
1. CAUSAS DE DESECHAMIENTO DE PROPOSICIONES.
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Serán causas de desechamiento de proposiciones las siguientes:
A). Si no se cumple con lo solicitado en la presente Convocatoria, en el Anexo “A” Anexo Técnico de la Invitación, en su caso de las aclaraciones respectivas o presenta manifestaciones genéricas, por ejemplo: “se prestará conforme a lo solicitado”.
B). El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indispensables y que afectan la solvencia de la misma, solicitados e indicados en los Apartados IV y VI.
Queda exceptuado de ser considerado indispensable el Inciso H) del Apartado VI donde se solicita que el licitante manifieste, pertenecer al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales cuando no lo sea. El no presentar el escrito no será causa de desechamiento de la proposición, por lo cual, no se aplicará la preferencia a que alude el Inciso N) del numeral 2 del presente Apartado.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el Licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito establecido en el Inciso H) del Apartado VI, y su incumplimiento será causa de desechamiento.
C). La falta de cualquiera de los documentos y/o requisitos solicitados en la presente Invitación.
D). El incumplimiento en el contenido de los documentos o requisitos establecidos en la presente Invitación y sus Anexos.
E). La incongruencia de la proposición presentada por cada licitante, considerando el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica de la presente Invitación.
F). Si el precio no resulta aceptable y/o conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente y superior al aceptable, podrán ser desechados por “La Secretaría”.
G). Si la proposición presentada no es firmada de conformidad con los medios electrónicos que al efecto establezca la SHCP.
H). Si el licitante no presenta copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
I). La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno(a) u otros(as) elevar el costo de los servicios, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
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J). Si presenta más de una propuesta, alternativa de propuesta o que la propuesta sea condicionada.
K). Si no emplea en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica. Para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, por lo que se obtendrá del sistema de CompraNet el resumen técnico y económico que da cuenta de la firma electrónica de las propuestas presentadas por los licitantes.
L). Se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida en esta Convocatoria, cuando el sobre en que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo del Licitante, conforme al “Acuerdo por el que se Establecen las Disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental Denominado CompraNet”, para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía. D.O.F. 28/06/2011”, anexo a la presente Convocatoria.
M). Si cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, no están foliados en todas y cada una de las hojas que los integren y no se actualiza alguno de los supuestos establecidos en el tercer párrafo del artículo 50 de “El Reglamento”.
N). En su caso, cuando el licitante no acepte las correcciones previstas en el primer párrafo del artículo 55 de “El Reglamento”.
O). El no cotizar la Partida.
P). Cuando presenten la Proposición Económica en moneda extranjera.
Q). Cuando presenten proposiciones en idioma diferente al español.
R). Cuando presenten documentos alterados, tachados o con enmendaduras.
S). Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo, de “La Ley”.
T). Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de “La Ley”, “El Reglamento” o a cualquier otro ordenamiento legal en la materia.
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U). Cuando se solicite “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente; a excepción de lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 39 de “La Ley”.
Las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la Invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de las proposiciones, no serán objeto de evaluación, y se tendrán por no establecidas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones y requisitos no será motivo para desechar sus proposiciones.
2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Los criterios de evaluación que “La Secretaría” tomará en consideración son los siguientes:
A). Que cumpla con todo lo requerido en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica, de la presente Invitación y las demás que se indiquen en la misma.
B). El cumplimiento de los requisitos indispensables y que afectan la solvencia de la misma, solicitados e indicados en los Apartados IV y VI.
Queda exceptuado de ser considerado indispensable el Inciso H) del Apartado VI donde se solicita que el licitante manifieste, pertenecer al sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales cuando no lo sea. El no presentar el escrito no será causa de desechamiento de la proposición, por lo cual, no se aplicará la preferencia a que alude el Inciso N) del presente numeral.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito establecido en el Inciso H) del Apartado VI, y su incumplimiento será causa de desechamiento.
C). El cumplimiento de los documentos y/o requisitos solicitados en la presente Invitación.
D). El cumplimiento en el contenido de los documentos y/o requisitos establecidos en la presente Invitación.
E). La congruencia de la proposición presentada por cada licitante, considerando el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el Anexo “A” Anexo Técnico y Anexo “B” Propuesta Económica, de la presente Invitación.
F). Si los precios, son aceptables y convenientes para “La Secretaría”. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, y por arriba del precio aceptable, podrán ser desechados por “La Secretaría”.
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G). Si en la proposición se emplea en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica. Para tal fin deberá certificarse previamente por la SHCP.
H). En el caso de personas xxxxxxx, que el objeto social del acta constitutiva de la o el licitante, corresponda al servicio que se requiere en la presente Invitación. En el caso de personas físicas, que acredite que cuente con la capacidad jurídica y que las actividades que realiza corresponden al servicio que se requiere en la presente Invitación.
I). Si el licitante presentó copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
J). Las proposiciones presentadas en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, se evaluarán bajo el criterio de Evaluación Binaria de conformidad con el artículo 36 segundo párrafo de “La Ley”; es decir, “Cumple” o “No Cumple”.
K). Si “La Secretaría” detecta un error de cálculo en alguna proposición podrá llevar a cabo su rectificación cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y número prevalecerá la primera, por lo que, de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
L). La adjudicación se hará por la única Partida al licitante que haya presentado una proposición solvente, porque cumple con los requisitos legales y/o administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente Invitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas, y porque ha ofertado el precio más bajo, siempre y cuando este resulte aceptable y conveniente.
La formalización del (los) contrato(s) a que se refiere el párrafo anterior, se podrá realizar de conformidad a lo indicado en el Apartado III Numeral 5 de la presente Invitación y conforme a los montos del contrato que se establecerán en el acta de fallo.
M). La Subsecretaría de Planeación, Evaluación y Desarrollo Regional a través de la Dirección General de Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural, será la responsable de la evaluación de las propuestas técnicas; la evaluación a la documentación legal administrativa y económica de las propuestas será responsabilidad de la Dirección de Adquisiciones y Contratos adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales.
N). De conformidad con lo establecido en los artículos 36 Bis de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proposiciones solventes, de conformidad con el criterio de desempate, se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas; a continuación, se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las
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anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa, para obtener este beneficio los licitantes deberán incluir la manifestación correspondiente conforme al Anexo VI.
O). Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones solventes y ningún licitante manifiesta encontrarse en el supuesto señalado en el Inciso anterior, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que “La Secretaría” celebrará, en su caso, en el Acto de Fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador.
P). Si cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, están foliados en todas y cada una de las hojas que los integren.
De ser el caso “La Secretaría” aplicará lo establecido en el tercer párrafo del artículo 50 de “El Reglamento”.
Q). En su caso, que el licitante acepte las correcciones previstas en el primer párrafo del artículo 55 de “El Reglamento”.
R). Cotizar la única Partida.
APARTADO VI. DOCUMENTOS Y DATOS INDISPENSABLES QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES.
Los incisos del presente Apartado son requisitos indispensables que los licitantes deben cumplir y en consecuencia su incumplimiento afectará la solvencia de la proposición y motivará su desechamiento, independientemente de otros requisitos señalados en la presente Invitación.
Quedan exceptuados de ser considerados indispensables los Incisos H), I), J) y K) del presente Apartado.
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con el requisito del Inciso H) del presente apartado, su incumplimiento será causa de desechamiento.
1. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.
A) El licitante deberá presentar todos y cada uno de los documentos técnicos requeridos en el numeral 9 “Requisitos de participación” del Anexo Técnico. La falta de cualquiera de los documentos solicitados afectará la solvencia de su proposición y será causal de desechamiento.
2. DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA.
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A) Con el objeto de acreditar su personalidad, los licitantes o sus representantes deberán presentar un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes (Xxxxx X):
• Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes/Cédula de Identificación Fiscal, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado(a) o el (la) representante, tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx, así como el nombre de los(las) socios(as).
• Del (la) representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
B) El licitante deberá presentar un escrito original firmado por el (la) representante legal, en papel preferentemente membretado del licitante, dirigido a “La Secretaría”, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana (Xxxxx XX).
C) El licitante deberá presentar escrito original firmado por el representante legal, en papel preferentemente membretado del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que se manifieste que para la prestación del servicio objeto del presente procedimiento, aplican las Normas Oficiales Mexicanas: NOM-012-SCT-2-2017, NOM-068-SCT-2-2014 y NOM-174- SCFI-2007 (Xxxxx XXX).
D) El licitante deberá presentar, en papel preferentemente membretado y firmado por el (la) representante legal, una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberán indicar que no cuentan con el mismo.
E) El licitante deberá presentar escrito original en papel preferentemente membretado, firmado por el (la) representante legal del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que el licitante no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” (Anexo IV).
F) El licitante deberá presentar escrito original de declaración de integridad en papel preferentemente membretado, firmado por el(la) representante legal del licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad que su representada se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “La Secretaría”, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Anexo V).
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G) El licitante deberá presentar copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), tratándose de personas físicas y, en el caso de personas xxxxxxx, de la persona que firma la proposición.
H) Los licitantes podrán participar con carácter de MIPyME en el presente procedimiento de contratación, siempre y cuando presenten a “La Secretaría”, copia del documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa de nacionalidad mexicana, o bien, presenten un escrito original firmado por el(la) representante legal, en papel preferentemente membretado del Licitante, dirigido a “La Secretaría”, en el que manifiesten que pertenecen al sector de micro, pequeña o mediana empresa de nacionalidad mexicana, para lo cual deberá utilizar el formato del Anexo VI de esta Invitación.
No será motivo de descalificación el incumplimiento de este Inciso, y por lo tanto no se aplicará la preferencia a que se alude el Inciso N) Numeral 2 del Apartado V. denominado “Criterios específicos para la evaluación de proposiciones”
Lo señalado en el párrafo anterior no será aplicable en el caso de que el licitante participe con el carácter de MIPyME, por lo que, si se encuentra en este supuesto, deberá cumplir con este requisito y su incumplimiento será causa de desechamiento.
I) “El Proveedor”, de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2019 (publicada en el D.O.F. el 29/04/2019), y en cumplimiento a las Reglas 2.1.31. y 2.1.39 para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita la Opinión del Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales en SENTIDO POSITIVO de acuerdo a lo previsto en la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2019.
J) “El Proveedor” para los efectos del artículo 32-d del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, el documento vigente en SENTIDO POSITIVO expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo “A”, Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social.
K) “El Proveedor” para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación deberá presentar a más tardar en la fecha de formalización del contrato, la Constancia de Situación Fiscal SIN ADEUDOS expedida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de conformidad con el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las
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Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos y su Anexo Único.
APARTADO VII. INSTANCIA DE INCONFORMIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN.
De conformidad a lo señalado en el artículo 66 de “La Ley” la inconformidad deberá presentarse por escrito directamente en las oficinas de la SFP ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, o bien en el Órgano Interno de Control en “La Secretaría”, con domicilio en avenida Paseo de la Reforma Número 116, Piso 11, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, o por medio de CompraNet.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet (xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx), deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
La SFP conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de la Invitación que se indican a continuación:
1. La Convocatoria y el mecanismo de aclaraciones.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento según lo establecido en el artículo 33 Bis de “La Ley”, dentro de los 6 (Seis) días hábiles siguientes a la celebración del mecanismo de aclaraciones.
2. El Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, y el Fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que lleve a cabo el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones o en la que se dé a conocer el Fallo, o de que se le haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública.
3. La cancelación de la Invitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los 6 (seis) días hábiles siguientes a su notificación, y
4. Los actos y omisiones por parte de “La Secretaría” que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la Convocatoria o en “La Ley”.
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En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los 6 (seis) días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el Fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
La interposición de la inconformidad en forma o ante autoridad diversa a la señalada en este numeral, según cada caso, no interrumpirá el plazo para su oportuna presentación.
“El Proveedor” se obliga a no divulgar por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio la información que obtenga para el cumplimiento del contrato y a mantener en la más estricta confidencialidad, los resultados parciales y finales del mismo, absteniéndose de dar a conocer cualquier información al respecto.
La información sobre los resultados del procedimiento de Invitación, la versión pública del expediente y contrato que derive de esta convocatoria es pública de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “La Secretaría” a “El Proveedor” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “El Proveedor” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “La Secretaría” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos del mencionado contrato.
“El Proveedor” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados en el contrato; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “El Proveedor” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos de la prestación del servicio objeto del contrato, toda vez que son propiedad de “La Secretaría”.
Cuando concluya la vigencia del contrato, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los servicios prestados a través del contrato, asimismo cuando de las causas descritas en las cláusulas de rescisión y terminación anticipada del contrato, concluya la vigencia del mismo.
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En caso de incumplimiento a lo establecido, “El Proveedor” tiene conocimiento de que “La Secretaría” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en “La Ley” y el “Reglamento”, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad vigente aplicable.
De igual forma, “El Proveedor” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicaran en caso de incumplir con lo dispuesto en este apartado, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “La Secretaría” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “La Secretaría” de cualquier proceso legal.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Se informa a los particulares, lo siguiente:
2) Los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
3) En caso de que se advierta algún incumplimiento de las obligaciones establecidas en el protocolo podrá presentar queja o denuncia, ante el órgano interno de control en “La Secretaría”, con domicilio en avenida Paseo de la Reforma Núm. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México.
APARTADO VIII. FORMATOS QUE FACILITAN Y AGILIZAN LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN DISTINTA A ÉSTAS.
Anexo “A”.- Anexo Técnico.
Anexo “B”.- Propuesta Económica.
Anexo I.- Formato para Acreditación de Personalidad.
Anexo II.- Formato para manifestación de Nacionalidad Mexicana que deberán presentar los y las licitantes.
Anexo III.- Formato de Cumplimiento de Normas.
Anexo IV.- Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “La Ley”. Anexo V.- Formato de Declaración de Integridad.
Anexo VI.- Formato de Estratificación.
Anexo VII.- Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones.
Anexo VIII.- Modelo de Contrato.
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• Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, publicado el martes 28 xx xxxxx de 2011.
• Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
• Encuesta de transparencia.
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ANEXO “A” ANEXO TÉCNICO
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar Nombre del licitante:
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Fecha:
1. JUSTIFICACIÓN
“Sembrando Vida” es un Programa de la Secretaría de Bienestar que pretende contribuir a mejorar las condiciones de vida de los sujetos agrarios en los ejidos y comunidades agrarias que se encuentren en mayor situación de pobreza, para impulsar el fortalecimiento de la participación social, la inclusión productiva y el desarrollo comunitario, a través del establecimiento de Sistemas de Producción Agroforestales.
En ese sentido y como parte de la implementación del Programa, en el presente ejercicio se adquirirá para su entrega a los sujetos de derecho, distintos tipos de apoyos en especie para la producción agroforestal, por lo que se requiere el servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios para el traslado y entrega de los apoyos en especie en los sitios donde se encuentran los sujetos de derecho. Dentro de dichos apoyos se encuentran algunas especies de plantas.
Derivado de lo anterior, se definió la necesidad de utilizar camiones unitarios pesados Tipo C3 por la capacidad volumétrica de su caja de carga y dimensiones del vehículo, mismas que resultan eficaces para el tránsito en caminos y pistas rurales, adicionalmente a que de acuerdo a la necesidad de volumen y peso de materiales que se requiere trasladar hasta los sujetos de producción, resultan como la opción de vehículo más apto.
2. OBJETO DEL SERVICIO
Servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al Programa Sembrando Vida.
3. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO
Consistente en el servicio de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al PROGRAMA, desde el punto de distribución hasta los sujetos de derecho.
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PARTIDA | CONCEPTO | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA |
1 | Servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al programa Sembrando Vida. | 1 | Servicio |
4. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
En lo que respecta a la entrega de las UNIDADES(ES), el PROVEEDOR deberá de considerar la siguiente localidad en la cual se hará entrega de las UNIDAD(ES) y se apersonará el conductor de las mismas de acuerdo a las instrucciones de la SECRETARÍA.
Tabla 5.1. Lugar de entrega de los camiones.
No. | ENTIDAD FEDERATIVA | LOCALIDAD | DIRECCIÓN | RESPONSABLE DE LA ACEPTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS |
1 | Veracruz | Córdoba | Xxxxxx de las Xxxxxx, Xx 000, xxxxxxx Xxx Xxxxxxx, Xx. 00000, Xxxxxxx, Xxxxxxxx | Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx |
Al finalizar el servicio las UNIDAD(ES) se concentrarán en la localidad mencionada donde se hará su entrega a el PROVEEDOR.
En lo que respecta a los conductores designados a cada una de las UNIDAD(ES), el PROVEEDOR deberá prever una jornada laboral de en promedio 8 (ocho) horas diarias durante el lapso que dure la prestación del servicio, misma que se informará por parte de la persona designada por el Administrador del Contrato, a la notificación del fallo y con 24 horas de anticipación, por medio de correo electrónico, a la persona designada por el PROVEEDOR.
En lo que respecta al combustible, se proporcionará la cantidad suficiente con un rendimiento de 6,000 kilómetros por UNIDAD(ES) durante la vigencia de la prestación del servicio, y será proporcionado a las UNIDAD(ES) por parte del PROVEEDOR en la manera que él designe; el conductor de la UNIDAD(ES) llevará una bitácora del kilometraje y del uso del combustible que será validada al final de la jornada diaria por la persona designada por parte del Administrador del Contrato.
En lo que respecta al personal de carga, el PROVEEDOR designará a una persona por UNIDAD(ES) para desempeñar las actividades que involucren la carga y descarga de las plantas que se trasladarán en la misma, durante la prestación del servicio.
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La prestación del servicio se realizará en territorio nacional de acuerdo a las necesidades de la
SECRETARÍA.
5. ALCANCE DEL SERVICIO
El servicio consistirá en el arrendamiento de 7 (siete) UNIDAD(ES) cada uno con su respectivo conductor, una persona que preste el servicio de carga y descarga, y con un rendimiento de combustible de hasta 6,000 kilómetros por UNIDAD(ES), que permita atender las actividades asociadas con la operación del PROGRAMA. Atendiendo las siguientes características y necesidades:
6.1. Las UNIDAD(ES) con sus respectivos conductores y personal de carga, serán solicitados a el PROVEEDOR vía correo electrónico por el Administrador del Contrato con 24 horas de anticipación, y estos serán aprovechados hasta el plazo máximo determinado en la vigencia del contrato.
6.2. Las UNIDAD(ES) deberán ser entregadas a la persona designada por el Administrador del Contrato, desde el día siguiente hábil hasta 3 días naturales después a la notificación de Fallo, en el lugar establecido en la tabla 5.1.
6.3. El servicio deberá considerar que cada UNIDAD(ES) recorrerá un kilometraje de hasta 6,000 kilómetros dentro de la vigencia del servicio en territorio nacional.
6.4. El PROVEEDOR realizará con sus propios recursos humanos y materiales, el traslado, entrega y retiro de las UNIDAD(ES) en la localidad indicada en la tabla 5.1. Lugar de entrega de los camiones unitarios.
6.5. El PROVEEDOR será responsable de realizar los trámites y pagos por concepto de impuestos, derechos, verificaciones, seguros, y multas, así como la obtención de licencias y todo lo necesario para la libre y legal circulación de las UNIDAD(ES) en territorio nacional, los cuales se entregarán en original y copia, según corresponda, junto con la UNIDAD(ES) en la localidad indicada en la tabla 5.1. Lugar de entrega de los camiones unitarios.
6.6. Las UNIDAD(ES) deberán contar con seguro de autotransporte, con cobertura amplia para transporte de carga y seguro vial con asistencia técnica, durante la vigencia del contrato las 24 horas del día, por lo que el PROVEEDOR deberá cumplir con lo siguiente:
I. Cobertura amplia todo riesgo con endoso a favor de la SECRETARÍA.
II. Asistencia legal.
III. Defensa legal por $600,000.00*.
IV. Daños a terceros, por $2´000,000.00* por evento.
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V. Seguro de gastos médicos para los ocupantes por un monto mínimo de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N) por ocupante.
VI. Cobertura de muerte accidental hasta $600,000.00* por persona.
VII. Perdidas orgánicas hasta por $200,000.00* por persona.
VIII. Gastos funerarios de los ocupantes que fallezcan durante un siniestro de las UNIDAD(ES), por un monto mínimo de $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N) por ocupante.
IX. Robo de la UNIDAD(ES) o pérdida total.
X. Robo o pérdida de autopartes.
XI. Reposición xx xxxxxxxxx.
XII. Auxilio vial con las siguientes características:
i. Traslados xx xxxx a los talleres autorizados o ciudades más cercanas sin límite de kilometraje y sin cargo adicional para la SECRETARÍA.
ii. Siniestros.
iii. Descomposturas.
iv. Falta de combustible.
v. Neumático averiado.
vi. Olvido de llaves dentro de la unidad.
* Montos mínimos requeridos
6.7. Los deducibles que apliquen respecto del punto anterior de los presentes alcances, correrán por cuenta del PROVEEDOR, bajo las siguientes consideraciones:
I. En caso de que el siniestro sea imputable al conductor, por negligencia o mal uso de las UNIDAD(ES), éste será responsable del pago del deducible, previo dictamen del Ministerio Público.
II. En caso de robo o pérdida de autopartes, será condicionado a que el conductor levante acta ante el ministerio público.
III. En caso de robo con y sin violencia, daño total o parcial, extravío o destrucción de las mercancías transportadas, el PROVEEDOR deberá reparar el daño generado a la SECRETARÍA.
6.8. El PROVEEDOR deberá mantener las UNIDAD(ES) en condiciones óptimas de operación y funcionamiento durante la vigencia del servicio, por lo que será responsabilidad suya proporcionar los servicios de mantenimiento preventivo de
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conformidad al manual de usuario de la marca y modelo de las UNIDAD(ES) y en su caso mantenimiento correctivo; además de la verificación de gases contaminantes en las demarcaciones que apliquen esta obligación.
6.9. Sustitución de neumáticos cuando se dé alguno de los siguientes casos: que presenten un desgaste superior al 65% de la vida útil en su banda de rodamiento o cuando tenga golpes, cortaduras o protuberancias que pongan en riesgo la integridad física de los usuarios, o que la unidad alcance un rodamiento de 60,000 kilómetros desde su última sustitución, esto sin costo adicional para la SECRETARÍA.
6.10. El PROVEEDOR deberá ofertar y describir en su oferta técnica un “Sistema vía web de administración y monitoreo del servicio” que esté disponible para uso del Administrador del Contrato a través del personal que éste designe, las 24 horas del día durante la vigencia del servicio, el cual proporcionará en línea la información que contenga los movimientos diarios de los servicios identificados por: número de placas de circulación, marca y tipo del vehículo, kilómetros recorridos, unidad administrativa usuaria y fechas de los trayectos o viajes realizados, que permita la consulta de información, la generación de reportes y la contabilización de los servicios y de su disponibilidad; para tal fin, el PROVEEDOR asignará un coordinador o enlace a efecto de que atienda vía remota las solicitudes del Administrador del Contrato a través del personal que éste designe, respecto de cualquier asunto vinculado al servicio.
El “Sistema vía web de administración y monitoreo del servicio” contará al menos con las siguientes características:
a) Información actualizada.
b) Emitir alertas (notificaciones) vía correo electrónico de:
▪ Las fechas de los mantenimientos preventivos.
▪ Verificación de gases contaminantes (en los casos que aplique).
▪ Sustitución de neumáticos.
▪ Vencimientos de derechos vehiculares (cuando así aplique).
c) Registro de servicios correctivos, siniestros, situación del pago de los derechos vehiculares y situación de las infracciones por vehículo.
d) Emisión de reportes:
▪ Para control de servicios, que contenga la información de los movimientos diarios de los vehículos y fechas de prestación del servicio.
▪ Reporte de incidencias, descomposturas o siniestros (disponibilidad de las unidades, tiempo de solución).
e) Deberá tener interacción con el sistema GPS a fin de actualizar en línea el kilometraje de cada UNIDAD(ES) y mostrarlo en esta herramienta.
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f) Toda la información deberá ser exportable a formato Excel.
g) Al inicio de la vigencia del servicio, el PROVEEDOR deberá poner a disposición del Administrador del Contrato, las claves electrónicas necesarias de acceso al sistema y las de aceptación de los servicios.
h) El servicio de GPS deberá de interactuar con el sistema de monitoreo en línea, con la finalidad de que éste último, al término de cada semana durante la vigencia del servicio, notifique vía correo al Administrador del Contrato los vehículos que se encuentren en los siguientes supuestos:
▪ Vehículos que de conformidad a su kilometraje recorrido le corresponde la sustitución de neumáticos.
▪ Vehículos que de conformidad a su localidad corresponda algún tipo de vencimiento de derechos vehiculares. (cuando así aplique)
▪ Todos los movimientos deberán ser registrados en la página web a efecto de dar seguimiento y generar reportes estadísticos de operación, así como para el cálculo automático xx xxxxx convencionales.
i) El PROVEEDOR será el responsable de las licencias del software que se utilicen para el funcionamiento de la página web que proporcione para el servicio, así como de cualquier violación a las disposiciones legales en la materia que pueda provocar por concepto de patentes, marcas y/o registro de derechos de autor.
j) Si durante la vigencia del servicio, el Administrador del Contrato requiere ajustes a la funcionalidad del sistema, el PROVEEDOR deberá realizarlos en el tiempo que de común acuerdo se llegue, sin costo adicional para la SECRETARÍA.
k) El PROVEEDOR deberá proporcionar un vehículo sustituto cuando las UNIDAD(ES) se siniestren o requieran de algún servicio por cualquier anomalía que provoque que no puedan circular y que su reparación rebase los niveles de servicio. El vehículo sustituto deberá ser de igual características y especificaciones técnicas, sin costo adicional para la SECRETARÍA.
l) El GPS instalado en las UNIDAD(ES) deberá contar con el rastreo satelital, registro de posición cada 15 minutos o 5 kilómetros y sincronización con el odómetro.
m) El Servicio Web para administración y monitoreo del GPS, deberá contener la siguiente información: reportes por UNIDAD(ES), no. serie, número de placas de circulación y unidad administrativa usuaria, así como el registro y consulta de los movimientos diarios, con la siguiente información como mínimo: kilómetros, hora (hh:mm:ss), tiempo transcurrido entre recorridos o puntos y ubicación de los recorridos. Asimismo, permitirá la consulta en línea e historial desde la fecha de inicio del servicio, sin embargo, se deberá de resguardar la totalidad de la información generada hasta el término del servicio, así en caso de requerir alguna consulta superior a 3 meses, el PROVEEDOR deberá de proporcionar la información.
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n) Al término del contrato, el PROVEEDOR proporcionará en medio electrónico la totalidad de la información generada por el servicio GPS, a fin de ser consultada por el Administrador del Contrato.
o) Los deducibles y costos de reparación que apliquen dentro de los presentes alcances correrán por cuenta del PROVEEDOR.
p) En caso de que las UNIDADE(ES) entregadas por el PROVEEDOR sean descontinuadas y que el Administrador del Contrato dentro de los montos que se establezcan en la propuesta técnica del PROVEEDOR requiera sustituirlas por siniestro, robo, auto sustituto o daño mecánico irreparable, el PROVEEDOR se obliga a notificar por escrito al Administrador del Contrato dicha circunstancia y a suministrar UNIDAD(ES) con características y especificaciones iguales del último modelo que se encuentre en el mercado, sin costo adicional para la SECRETARÍA.
q) Las UNIDAD(ES) no deberán portar, dentro o fuera de sí mismas, para la prestación del servicio, publicidad, logotipos, personificadores, distintivos o propaganda del PROVEEDOR.
r) El equipo y accesorios requeridos en cada UNIDAD(ES) para la prestación de este servicio deberán ser originales e instalados por un distribuidor autorizado de la planta armadora que fabricó la UNIDAD(ES) por lo que no se aceptarán vehículos modificados o adaptados por el PROVEEDOR, a excepción del equipo GPS.
s) Cuando las UNIDAD(ES) requieran ser entregadas o devueltas en otro Estado de la República Mexicana, de conformidad a la petición por escrito del Administrador del Contrato, el costo de los servicios del traslado y actualización de los derechos vehiculares correrán por cuenta del PROVEEDOR.
t) La Administrador del Contrato podrá solicitar al PROVEEDOR traslados de los vehículos a otro Estado de la República Mexicana, previa solicitud vía correo electrónico; los costos de los servicios de actualización de los derechos vehiculares correrán por cuenta del PROVEEDOR.
u) El PROVEEDOR deberá realizar la entrega de las UNIDAD(ES) con juego de tapetes, llanta de refacción, gato, llave de tuerca, extintor, cables pasa corriente y señalamientos de emergencia, mismos que deberán corresponder al modelo del vehículo.
v) El PROVEEDOR deberá considerar dentro de su propuesta para la prestación del servicio todas y cada una de las características antes solicitadas.
6. TIPOS DE UNIDAD(ES) Y CANTIDADES DE REFERENCIA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Los requerimientos de los vehículos con los cuales se prestará el servicio integral de arrendamiento, serán los siguientes:
Tabla 7.1. Especificaciones de los vehículos
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TIPO | ESPECIFICACIONES MÍNIMAS |
Camión unitario pesado Tipo C3 | Caja seca de 3 ejes con capacidad de carga de 13.5 toneladas, que dé cumplimiento a la NOM-012-SCT-2- 2017. |
La prestación del servicio deberá ser realizado con UNIDAD(ES) que cumplan con todos los permisos y requisitos establecidos por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Las UNIDAD(ES) que el PROVEEDOR asigne para realizar el servicio, deberá estar en buenas condiciones mecánicas y de carrocería. Asimismo, deberá cumplir en todo momento con las disposiciones emitidas por el Gobierno Federal, por los Gobiernos Estatales y Gobiernos Municipales, en materia ecológica, de tránsito, de comunicaciones y transportes, así como todas las disposiciones que sean aplicables.
El año modelo de fabricación de cada UNIDAD(ES) deberá ser de 2014 o posterior. No se aceptarán UNIDAD(ES) diferentes al especificado.
7. VIGENCIA DEL SERVICIO
La vigencia será a partir del día hábil siguiente a la notificación del Fallo y hasta el 30 de septiembre de 2019.
8. TIPO DE CONTRATO
Por cantidad previamente determinada. El precio será fijo durante la vigencia del contrato de acuerdo al monto que se adjudique y no estará sujeto a incrementos o decrementos conforme a lo establecido en el artículo 44 de la LEY.
9. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
A efecto garantizar el servicio y realizar la evaluación de las propuestas desde su aspecto técnico, el PROVEEDOR se obligará a entregar la siguiente documentación:
10.1. En hoja membretada, currículum vitae del PROVEEDOR, anexando relación vigente de clientes, señalando nombres y teléfonos, de un período de por lo menos 2 (dos) años inmediatos anteriores. Se deberá presentar preferentemente en hoja membretada y firmada por el representante legal o la persona con la capacidad legal para hacerlo.
10.2. Escrito en el que manifieste que cuenta con la capacidad legal, administrativa, técnica, económica y personal capacitado y especializado en el ramo, así como los insumos y
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procedimientos adecuados para garantizar el servicio objeto de la presente contratación. Se deberá presentar preferentemente en hoja membretada y firmada por el representante legal o la persona con la capacidad legal para hacerlo.
10.3. Propuesta técnica debidamente formalizada con la descripción detallada y específica del servicio, que incluya todos los apartados del presente Anexo Técnico. Se deberá presentar preferentemente en hoja membretada con firma del representante legal o de la persona con la capacidad legal para hacerlo al margen de cada hoja y al calce de la última.
10.4. El PROVEEDOR deberá acreditar la propiedad o legal posesión de las UNIDAD(ES) con las que se prestará el servicio, mediante factura vigente o contrato de arrendamiento vigente. Por lo que deberá entregar copia simple del documento respectivo por cada una de ellas, con una fotografía de las UNIDAD(ES) que corresponda.
10.5. El PROVEEDOR deberá exhibir por cada UNIDAD(ES) los permisos que en los términos de la Xxx xx Xxxxxxx, Puentes y Autotransporte Federal apliquen, tales como:
• Permiso para el servicio de autotransporte federal de carga general.
• Licencia federal de conductor modalidad nacional, Categoría “C”. La cual autorice conducir vehículos de dos o tres ejes (rabón o torton) del servicio de autotransporte federal de carga en sus diferentes modalidades, y para el transporte privado de carga en sus diferentes modalidades.
• Placas de transporte privado de carga general.
10. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO.
La SECRETARÍA realizará el pago correspondiente en una sola exhibición y en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que sea entregado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), una vez finalizado el servicio a satisfacción de la SECRETARÍA a través del Administrador del Contrato, en la Dirección General de Programación y Presupuesto.
Para que los pagos procedan, el ÁREA REQUIRENTE verificará a través de la persona que designe la SECRETARÍA a la notificación del Fallo, que las UNIDAD(ES) sean entregadas de conformidad con las especificaciones señaladas en el Anexo Técnico y la propuesta del PROVEEDOR, lo que hará constar por escrito.
Asimismo, el PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la prestación del servicio, éste no se tendrá por aceptado de conformidad con lo establecido en el artículo 84, último párrafo del REGLAMENTO.
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En caso de que el CFDI entregado por el PROVEEDOR para su pago presente errores, la SECRETARÍA a través del ÁREA REQUIRENTE, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir, por lo que el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que el PROVEEDOR presente las facturas corregidas.
El pago será efectuado mediante depósito vía banca electrónica a la cuenta bancaria que el
PROVEEDOR proporcione.
Para efectos del trámite de pago, conforme a lo establecido en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), el PROVEEDOR deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y proporcionar constancia de la institución financiera de la cuenta de cheques abierta, a nombre del beneficiario o copia del estado de cuenta más reciente (con dos meses máximo de emisión), en la que se efectuará la transferencia electrónica del pago.
La factura, deberá contener los siguientes datos como mínimo:
a) N° de factura
b) Fecha de emisión
c) N° de cuenta
d) Período o vigencia
e) Impuesto al Valor Agregado desglosado
f) Importe Total
g) Registro Federal de Contribuyentes
h) Número de contrato
i) Tipo de Moneda
Los pagos se realizarán en moneda nacional (pesos mexicanos).
11. IMPUESTOS Y DERECHOS APLICABLES
Los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación del servicio serán pagados por el PROVEEDOR.
La SECRETARÍA solo cubrirá el 16% (dieciséis por ciento) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes en la materia.
12. CONDICIONES DE CALIDAD
Se requiere que el PROVEEDOR presente las 7 (siete) UNIDAD(ES) en óptimas condiciones de operación mecánica y de higiene en su interior, exterior y caja de carga. Asimismo, tanto los conductores como el personal de carga designado por el PROVEEDOR deberán seguir al pie de la letra las instrucciones y/o indicaciones que la SECRETARÍA les dirija a través del
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Administrador del Contrato respecto a la prestación del servicio objeto del presente Anexo Técnico.
13. NORMAS APLICABLES
El PROVEEDOR para la realización del servicio deberá contar con UNIDAD(ES) que cumplan con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:
▪ NOM-012-SCT-2-2017, “SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 2017.
▪ NOM-068-SCT-2-2014, “TRANSPORTE TERRESTRE-SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJE, TURISMO, CARGA, SUS SERVICIOS AUXILIARES Y TRANSPORTE PRIVADO-CONDICIONES FÍSICO MECÁNICA Y DE SEGURIDAD PARA LA OPERACIÓN EN VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2015.
▪ NOM-174-SCFI-2007, “PRÁCTICAS COMERCIALES-ELEMENTOS DE INFORMACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 05 de octubre de 2007.
Por lo que deberá garantizar su cumplimiento mediante un escrito donde mencione que para el presente servicio aplican las Normas mencionadas.
14. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
a) Llevar a cabo el servicio de conformidad con las características y especificaciones señaladas en el Anexo Técnico.
b) Entregar las UNIDAD(ES) en la ubicación y tiempo descritos en el Anexo Técnico.
c) Reemplazar los UNIDAD(ES) que presenten defectos o vicios ocultos, dado que impiden la óptima prestación del servicio, en un lapso no superior a 1 (un) día hábil.
d) El personal del PROVEEDOR que realice las entregas de las UNIDAD(ES), los conductores y el personal de carga que se designen, deberán portar en todo momento una identificación que le expedirá el PROVEEDOR misma que los acreditará como sus empleados. El PROVEEDOR será responsable en todo momento del mal uso que se llegue a hacer de estas identificaciones.
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e) Proporcionar toda la información y/o documentación relacionada con el servicio y el contrato que se derive del presente procedimiento y que en su momento le requiera la Secretaría de la Función Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o el Órgano Interno de Control en la SECRETARÍAA con motivo de las auditorias, visitas e inspecciones que practiquen, en términos de lo dispuesto por el artículo 107 del REGLAMENTO.
f) El PROVEEDOR deberá contar con el personal suficiente para realizar el servicio por sí mismo, por lo que deberá acreditar que dicho personal está vinculado laboralmente con él, para tal efecto, bastará con que adjunte a su propuesta el alta ante el IMSS, el pago de sus cuotas patronales o constancia de situación fiscal vigente en sentido positivo emitida a su favor por el IMSS y por el INFONAVIT, o contrato individual de trabajo o contrato de prestación de servicios profesionales con el que acredite que el personal está a su servicio bajo cualquier esquema de contratación. En caso de que el recurso humano se encuentre contratado a través de un tercero, el PROVEEDOR deberá presentar constancia de situación fiscal vigente en sentido positivo emitida a favor xxx xxxxxxx por el IMSS y la del INFONAVIT, adicionando copia simple del contrato con la empresa que provee el recurso al PROVEEDOR. El Administrador del Contrato podrá validar la legitimidad de la documentación presentada y en caso de resultar falsa será causal de rescisión del contrato.
g) El PROVEEDOR deberá contar con póliza vigente de seguro de responsabilidad civil al momento de prestar el servicio a la SECRETARÍA, adicionalmente a la póliza de seguro de mercancía que ampare “todo riesgo” de los bienes que transporte tales como plantas, misma que deberá presentar a la firma del contrato.
15. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
Con fundamento en lo establecido en los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la LEY, 103 del REGLAMENTO; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y 70 de su Reglamento, así como las “Disposiciones generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del gobierno federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren”, publicadas en el DOF el 08 de septiembre de 2015, el PROVEEDOR garantizará el cumplimiento del contrato con una fianza INDIVISIBLE que deberá ser otorgada por una institución afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el IVA, a favor de la Tesorería de la Federación, debiendo ser entregada la garantía referida, en un plazo no mayor de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la SECRETARÍA, sita en xxxxxxx xxxxx xx xx xxxxxxx 000, xxxx 14, colonia Juárez, alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06600, Ciudad de México, en un horario de 10:00 a 15:00 horas y en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
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"Para garantizar a favor de la tesorería de la federación, por (razón social), por el(la)
c. (nombre del apoderado legal y/o representante legal), en su carácter de apoderado legal y/o administrador único y/o representante legal, (incluir el domicilio fiscal completo de la empresa, asociación y/o sociedad, con R.F.C), mediante fianza indivisible (checar la cláusula de garantía de cumplimiento) el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones y cualquier otra responsabilidad durante la vigencia del contrato número (411…../2019) de fecha (la de firma), con un importe total por la prestación de los servicios de $(monto sin I.V.A.) (cantidad con letra antes del I.V.A.) más I.V.A., cuyo objeto es (cláusula primera del contrato), celebrado con la Secretaría de Bienestar, representada por su (cargo y nombre del servidor público que autoriza el contrato y firma por parte de la secretaría). la presente fianza se expide de conformidad con la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y estará vigente del (cláusula de vigencia del contrato, día de inicio, mes, año al día de término, mes, y año); (razón social de la afianzadora y domicilio de la misma) expresamente declara que:
a) La fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato mencionado con anterioridad, la convocatoria de la que deriva dicho contrato, así como sus anexos;
b) Esta fianza permanecerá en vigor aún en los casos en que la SECRETARÍA otorgue prórrogas o esperas al PROVEEDOR para el cumplimiento de las obligaciones, así mismo, se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o plazo del contrato;
c) Esta fianza permanecerá vigente desde su fecha de expedición y durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan por parte del PROVEEDOR o de la SECRETARÍA, hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal, que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia;
d) La fianza se cancelará cuando el PROVEEDOR haya cumplido con todas las obligaciones estipuladas en el contrato, siendo indispensable la conformidad expresa y por escrito de la secretaría, sin cuyo requisito no procederá la cancelación de la fianza, y, en consecuencia, ésta continuará vigente; y
e) La institución afianzadora acepta someterse al procedimiento de ejecución establecido en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas, para la efectividad de la presente fianza, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de intereses que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.”
En el supuesto de que la SECRETARÍA y por así convenir a sus intereses, decidiera modificar o ampliar el servicio contando con la anuencia por escrito del PROVEEDOR, éste se obligará a
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garantizar dicha ampliación, debiendo contratar la modificación a la póliza de fianza, presentando endoso a la misma o bien una nueva fianza por el 10% (diez por ciento) del importe de la modificación y/o vigencia convenida, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes al de la firma del convenio que modifique el contrato principal, en donde conste las modificaciones o cambios en la respectiva póliza de seguro.
16. NOMBRE Y CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
Conforme al penúltimo párrafo del artículo 84 del REGLAMENTO, el servidor público responsable de la administración y verificación del cumplimiento del contrato, será el C. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Titular de la Dirección General de Seguimiento y Logística para el Desarrollo Rural, o quien lo sustituya en el cargo, el cual se podrá auxiliar de los servidores públicos que designe para ello.
17. PENAS CONVENCIONALES
Con fundamento a lo dispuesto en el Artículo 53 de la LEY y los Artículos 95 y 96 de su REGLAMENTO, en caso de atraso en el cumplimiento de las obligaciones pactadas para la prestación del servicio objeto del presente Anexo Técnico, el PROVEEDOR queda obligado a pagar penas convencionales de conformidad con lo dispuesto en las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la SECRETARÍA. Dichas penas serán del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso en la fecha pactada para la realización del servicio. por lo anterior, el pago quedará condicionado proporcionalmente al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que, si el contrato es rescindido, no proceden el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco correspondiente al “pago electrónico de Derechos Productos y Aprovechamientos” que se localiza en la página xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/x0xxxxx/Xxxxxxx/x0xxxxxxxx.xxxx, sin que la acumulación de esta pena exceda el monto de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto de la obligación incumplida sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
El cálculo, aplicación y notificación de la pena convencional, corresponde al Administrador del Contrato.
Cuando el monto total de aplicación xx xxxxx convencionales exceda el monto de la garantía de cumplimiento del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión en los términos del artículo 54 de la LEY.
Esta pena convencional no descarta que la SECRETARÍA en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato respectivo, considerando la
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gravedad del incumplimiento y de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a sus intereses.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento del mismo será por el monto total de la obligación garantizada.
Independientemente de la aplicación de las penas convencionales, a que hacen referencia los párrafos que anteceden, se aplicará además cualquiera otra que la LEY establezca.
18. DEDUCCIONES
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 bis de la LEY y 97 de su REGLAMENTO, en caso de que el PROVEEDOR incumpla cualquiera de sus obligaciones contractuales respecto a las características, especificaciones y calidad señaladas en el presente Anexo Técnico, la SECRETARÍA aplicará las siguientes deducciones al pago:
• En caso de que el PROVEEDOR entregue de forma parcial las UNIDAD(ES), el Administrador del Contrato notificará al PROVEEDOR lo sucedido para que éste subsane dicha circunstancia en un tiempo no mayor a 1 (un) día hábil; en caso de no entregar la totalidad de las UNIDAD(ES) faltantes en el lapso de tiempo otorgado, será acreedor a una deducción del 3% (tres por ciento) aplicada sobre el monto total del costo de cada UNIDAD(ES) no entregada de conformidad a la información contenida en su propuesta económica, misma que será acumulativa por cada día hábil de atraso en su subsanación.
• En caso de que el PROVEEDOR no atienda cualquier siniestro reportado dentro del lapso de 6 (seis) horas contadas desde su notificación, le será aplicada una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el costo de la UNIDAD(ES) siniestrada, mismo que será acumulativo por cada 4 (cuatro) horas de atraso en su atención.
• Cualquier otro caso que pueda implicar la prestación parcial o deficiente del servicio objeto de la presente Invitación, conforme a los costos que establezca en su propuesta económica el PROVEEDOR, se le aplicará una deducción del 3% (tres por ciento) sobre el importe de los servicios que hayan sido realizados de forma parcial o deficiente, aplicándola directamente al pago de la factura correspondiente, misma que será acumulativa por cada día hábil de atraso.
El PROVEEDOR realizará el pago de la deductiva a través del esquema e5cinco “Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s)”, a favor de la Tesorería de la Federación.
Lo anterior, en el entendido de que de forma inmediata se cumpla con el objeto del contrato, conforme a lo acordado, en caso contrario, la SECRETARÍA podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la
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gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por la SECRETARÍA.
El Administrador del Contrato será el encargado de calcular, aplicar y notificar al
PROVEEDOR las deducciones correspondientes.
Las deducciones al pago se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
Procederá la rescisión del contrato respectivo, cuando la suma del importe total de las deducciones aplicadas al PROVEEDOR corresponda al 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
19. CAUSALES DE RECISIÓN
Con apego al Artículo 54 de la LEY, y 98 de su REGLAMENTO, la SECRETARÍA podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato y hacer efectiva la garantía de cumplimiento, sin necesidad de declaración judicial previa y sin que por ello incurra en responsabilidad, cuando el PROVEEDOR falte a cualquiera de sus obligaciones.
De manera enunciativa más no limitativa, se entenderá por incumplimiento;
a) Si incurre en responsabilidad por los errores u omisiones en su actuación.
b) Si cede los derechos de cobro derivados del presente contrato, sin contar con la conformidad previa por escrito de la SECRETARÍA.
c) Si suspende sin causa justificada la prestación del servicio o no le otorgue la debida atención conforme a las instrucciones de la SECRETARÍA.
d) Si no proporciona a la SECRETARÍA o a las dependencias que tengan facultades los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión del servicio objeto del contrato.
e) Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de la SECRETARÍA.
f) Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio.
g) Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca, sin contar con la autorización expresa de la SECRETARÍA.
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h) Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito.
i) Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de la firma del contrato, la garantía de cumplimiento del mismo.
j) Si la suma de las penas convencionales excede el 10% (diez por ciento) y/o las deducciones alcanzan el 20% (veinte por ciento) del monto total del contrato.
k) Cuando el PROVEEDOR y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de la SECRETARÍA, durante la prestación del servicio por causas distintas a la naturaleza del mismo.
l) Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que el PROVEEDOR incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de la SECRETARÍA, en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz del servicio objeto del contrato.
m) Si no presta el servicio con la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por la
SECRETARÍA.
n) En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la LEY y su REGLAMENTO.
Asimismo, la SECRETARÍA podrá iniciar en cualquier momento posterior a un incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, cuando los incumplimientos de las obligaciones del PROVEEDOR no deriven del atraso en la realización del servicio objeto del contrato, sino por otras causas establecidas en el mismo.
Al efecto, la SECRETARÍA le comunicará por escrito al PROVEEDOR los hechos constitutivos de la rescisión, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes, dentro de un término de 5 (cinco) días hábiles.
Transcurrido el término concedido, la SECRETARÍA resolverá lo conducente, considerando los argumentos y pruebas que se hubieren hecho valer. La determinación de dar o no por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al PROVEEDOR dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes de vencido el plazo concedido a éste último.
20. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
Con fundamento en el Artículo 54 de la LEY, la SECRETARÍA podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por
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causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a la SECRETARÍA o se determine la nulidad parcial o total de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado al PROVEEDOR con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso la SECRETARÍA a solicitud escrita del PROVEEDOR cubrirá los gastos no recuperables siempre que estos sean razonables o estén debidamente comprobados y relacionados con el contrato.
21. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.
La SECRETARÍA bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubieren sido efectivamente prestados, para lo cual deberá levantar y suscribir un acta en la que conste los motivos y plazo de la suspensión, de manera conjunta con el PROVEEDOR.
El plazo de suspensión, será fijado por las partes, a cuyo término, en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
22. MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Con fundamento en el artículo 52 de la LEY, dentro de su presupuesto aprobado y disponible, la SECRETARÍA, y sobre la base de razones fundadas que lo justifiquen, podrá acordar con el PROVEEDOR un incremento de hasta un 20% (veinte por ciento) sobre los conceptos y volúmenes establecidos en el contrato respetando los precios pactados; modificaciones que podrán hacerse en cualquier tiempo, siempre y cuando se realicen éstas antes de que concluya la vigencia del contrato.
Cuando se requiera ampliar el plazo del contrato, el convenio modificatorio deberá hacer referencia al incremento del monto que en su caso llegue a derivarse con dicha ampliación.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse mediante convenio y por escrito, mismo que será suscrito por los servidores públicos que lo hayan hecho en el contrato, quienes los sustituyan o estén facultados para ello.
23. TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Conforme a lo establecido en el artículo 46, último párrafo xx XXX, el PROVEEDOR no podrá transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del contrato en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de la SECRETARÍA, deslindando de toda responsabilidad a la misma.
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24. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA FIRMA DE CONTRATOS.
A fin de difundir los requisitos para la firma del contrato, se enuncian los documentos que deberá presentar el PROVEEDOR que resulte adjudicado, en original o copia certificada, los que no son limitativos, siendo estos:
a. Documento que acredite la debida constitución de la persona moral; así como sus modificaciones e inscripción en el Registro Público de la Propiedad que corresponda. En el caso de personas físicas, acta de nacimiento y CURP.
b. En el caso de personas xxxxxxx, poder que acredite la personalidad jurídica de su Representante, a fin de constatar que cuenta con las facultades suficientes para suscribir el contrato correspondiente, en nombre y representación de la misma.
c. Identificación oficial vigente con fotografía y firma, del Representante Legal o de EL PROVEEDOR en el caso de personas físicas.
d. Registro Federal de Contribuyentes que incluya régimen y dirección fiscal.
x. Xxxxxxxxxx de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a tres meses.
f. Constancia de Institución Bancaria sobre la existencia de una cuenta de cheques abierta a su nombre, que incluya el número de cuenta con 11 posiciones, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones o estado de cuenta con una antigüedad no mayor a tres meses.
g. Para personas xxxxxxx, escrito de Estratificación de MIPyME (formato SFP, en su caso).
h. Escrito bajo protesta de decir verdad, en términos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la ley; en el que el proveedor manifieste, que sus socios y/o su representante legal, no se encuentran en ninguno de los supuestos que establecen dichos artículos.
i. En cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con la regla 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2019, deberá presentar la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”, en SENTIDO POSITIVO y vigente que emite el Servicio de Administración Tributaría.
j. En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el documento vigente expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social sobre la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones en materia de Seguridad Social en SENTIDO POSITIVO, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla quinta del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las reglas para la obtención de la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social.
k. En términos de lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el documento vigente SIN ADEUDOS expedido por el Instituto del
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Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, sobre la Constancia de Situación Fiscal, de conformidad con el Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, mediante resolución RCA- 5789-01/17 por la que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos; publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017.
25. RESPONSABILIDAD LABORAL
El PROVEEDOR se compromete a que el personal que realice las tareas relacionadas con la realización de los servicios, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará a la SECRETARÍA, como patrón sustituto, por lo que la SECRETARÍA no tendrán relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad de seguridad social, obligándose el PROVEEDOR a garantizar el pago de las prestaciones laborales para sus empleados durante la vigencia del contrato.
El PROVEEDOR se compromete por sí o a través de su representante legal o a quien este designe por escrito para tales efectos, a presentarse y asumir todas las responsabilidades que en materia de seguridad social tenga con su trabajador y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de sus trabajadores sufra un accidente durante su horario laboral.
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ANEXO “B”- PROPUESTA ECONÓMICA.
(ELABORAR EN HOJA PREFERENTEMENTE MEMBRETADA DE LA PERSONA)
Secretaría de Bienestar Nombre del licitante:
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Fecha:
DESCRIPCIÓN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | IMPORTE | |
1 | Servicio integral de arrendamiento de camiones unitarios con conductor, personal de carga y combustible para el traslado de plantas en apoyo al Programa Sembrando Vida. | Servicio | 1 | |
LETRA: XXXXXX pesos XX/100 M.N. | SUBTOTAL: | |||
I.V.A.: | ||||
TOTAL: |
• Los precios serán fijos durante la vigencia del contrato y hasta concluir con la prestación del servicio a entera satisfacción de la SECRETARÍA.
• Los precios deberán ser expresados en moneda nacional (pesos mexicanos).
• Los precios consideran todos los gastos adicionales que puedan llegar a generarse por la prestación del servicio.
• La vigencia de la cotización será de 30 días naturales.
• Las cantidades son fijas por lo que no podrán variar en la propuesta económica.
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ANEXO I
“FORMATO DE ACREDITACIÓN PERSONALIDAD”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(Nombre del representante legal) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometerme por mi misma o por mi representada y suscribir la propuesta para la presente invitación a cuando menos tres personas electrónica nacional, a nombre y representación de (persona física o moral), las cuales no me han sido revocadas o limitadas de forma alguna a esta fecha.
DATOS DE EL LICITANTE:
Nombre: Domicilio fiscal: Teléfonos:
Fax:
Correo electrónico:
Registro Federal de Contribuyentes:
Número y fecha de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la protocolizó:
Número(s) y fecha(s) de la(s) escritura(s) pública(s) en la(s) que conste(n) reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la(s) protocolizó:
Relación de socios (as):
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio: Descripción del objeto social:
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:
Nombre:
Número y fecha de la escritura pública mediante la cual fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta:
Nombre, número y circunscripción xxx Xxxxxxx Público o Fedatario Público que la protocolizó:
Notas:
_______ (Nombre y firma del representante legal)
_________
• El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
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• El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
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MANIFESTACIÓN DE NACIONALIDAD MEXICANA, QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS Y LAS LICITANTES.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DEL O LA REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) es de Nacionalidad Mexicana.
_______ (Nombre y firma de (la) representante legal) _________
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
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“FORMATO DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
Manifiesto a nombre de mi representada que para el presente procedimiento aplican las siguientes Normas Oficiales Mexicanas:
• NOM-012-SCT-2-2017, “Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal”.
• NOM-068-SCT-2-2014, “Transporte terrestre-Servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga, sus servicios auxiliares y transporte privado-condiciones físico mecánica y de seguridad para la operación en vías generales de comunicación de jurisdicción federal”.
• NOM-174-SCFI-2007, “Prácticas comerciales-Elementos de información para la prestación de servicios en general”.
_______ (Nombre y firma de (la) representante legal) _________
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
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ANEXO IV
“FORMATO RELATIVO A LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE “LA LEY”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DE(LA) REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
_______ (Nombre y firma de (la) representante legal) _________
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
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“FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
(NOMBRE DE EL(LA) REPRESENTANTE LEGAL) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que mi representada (NOMBRE DE LA PERSONA QUE PARTICIPA EN LA PRESENTE
INVITACIÓN) se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la SECRETARÍA DE BIENESTAR, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
_______ (Nombre y firma de (la) representante legal) _________
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
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“FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN.”.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Secretaría de Bienestar (2)
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del Licitante:
Fecha: (1)
P R E S E N T E.
Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de la estratificación de micro, pequeña o mediana empresa (MIPyME)
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa
(8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
LA NO PRESENTACIÓN DE ÉSTE ESCRITO, NO ES MOTIVO DE EVALUACIÓN NI CAUSA DE DESECHAMIENTO DE LA PROPOSICIÓN.
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LO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR NO SERÁ APLICABLE EN EL CASO DE QUE EL LICITANTE PARTICIPE CON EL CARÁCTER DE MIPyME, POR LO QUE, SI SE ENCUENTRA EN ESTE SUPUESTO, DEBERÁ CUMPLIR CON EL REQUISITO ESTABLECIDO EN EL INCISO H) DEL APARTADO VI, Y SU INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE DESECHAMIENTO.
Instructivo para el llenado del formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la contratación de Servicios que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
No. | DESCRIPCIÓN |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de la convocante. |
3 | Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas). |
4 | Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet. |
5 | Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante. |
6 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. |
7 | Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. |
8 | Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior. |
9 | Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante. |
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RELACIÓN DE DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PARTICIPAR E INTEGRAR LAS PROPOSICIONES.
Secretaría de Bienestar
Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional No: Nombre del licitante:
Fecha:
REFERENCIA | DOCUMENTACIÓN | PRESENTÓ |
IV-1-A | Propuesta Técnica | |
IV-2-A | Propuesta Económica | |
VI-A | Acreditación de Personalidad | |
VI-B | Nacionalidad Mexicana | |
VI-C | Cumplimiento de Normas | |
VI-D | Dirección de Correo Electrónico | |
VI-E | Manifestación de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” | |
VI-F | Declaración de Integridad | |
VI-G | Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía | |
VI-H | Estratificación MIPyME | |
III-A-3 | Escrito para intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones |
La omisión de entrega del presente formato por parte de los (as) participantes no será motivo de desechamiento de la proposición.
ANEXO VIII MODELO DE CONTRATO
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CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE , EN ADELANTE “LOS SERVICIOS”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE BIENESTAR, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, Y TITULAR DEL ÁREA QUE REALIZA LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS ASÍ COMO SU FORMALIZACIÓN; ASISTIDA POR Y TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, EL EN SU CARÁCTER DE ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, Y POR , EN SU CARÁCTER DE ÁREA TÉCNICA; Y POR LA OTRA, LAS EMPRESA DENOMINADA " ", A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR , EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ “REPRESENTANTE LEGAL”, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, MISMAS QUE MANIFIESTAN FORMALIZAR EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
1.- El Plan Nacional de Desarrollo establece entre sus objetivos
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA SECRETARÍA”, por conducto de su representante, declara que:
I.1 Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con los artículos 2° fracción I, y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de acuerdo al artículo 32 de la misma Ley tiene, entre otras atribuciones, fortalecer el bienestar, el desarrollo, la inclusión y la cohesión social en el país mediante la instrumentación, coordinación, supervisión y seguimiento, en términos xx xxx y con los organismos respectivos, de las políticas de combate efectivo a la pobreza; de atención específica a las necesidades de los sectores sociales más desprotegidos, en especial de los pobladores de las zonas áridas de las áreas rurales, así como de los colonos y marginados de las áreas urbanas; y de atención preponderante a los derechos de la niñez, de la juventud, de los adultos mayores, de los pueblos indígenas y de las personas con discapacidad.
I.2 De acuerdo con su Reglamento Interior y conforme a su estructura orgánica, cuenta con la Dirección General de Recursos Materiales, la cual tiene entre otras atribuciones, la de efectuar los actos jurídicos y administrativos inherentes a los contratos, convenios y pedidos que celebre la Secretaría de Bienestar para la adquisición y arrendamiento de bienes, prestación de servicios, así como realizar los procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y
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Servicios del Sector Público y en su Reglamento, para la adjudicación de los contratos que requiera ésta Dependencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 2 fracción I del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2 apartado A, fracción V, numeral 7 y 29 fracciones XIV y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar.
I.3 La Lic. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Directora General de Recursos Materiales, lo cual acredita con el nombramiento del cargo, emitido el , mismo que se encuentra vigente y quien tiene entre otras atribuciones la de efectuar los actos jurídicos y administrativos inherentes a los contratos, convenios y pedidos que celebre la Secretaría de Bienestar para la adquisición y arrendamiento de bienes, prestación de servicios, así como formalizar los contratos que deriven de éstos, de conformidad con los artículos 12 fracción XII y 29 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar.
I.4 El C. , Director General , lo cual acredita con el nombramiento del cargo, emitido el , mismo que se encuentra vigente, y que interviene en el presente instrumento jurídico como TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, tiene la facultad para suscribir el presente Contrato, de conformidad con lo estipulado en los artículos 2 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en el Capítulo Segundo “Niveles Jerárquicos de los Responsables del Procedimiento de Contratación”, numeral XIII de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Desarrollo Social, hoy Bienestar.
I.5 En términos de lo dispuesto en el artículo 84, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el C.________________ fue designado como , lo cual acredita con el nombramiento del cargo, emitido en fecha , mismo que se encuentra vigente, y que interviene en el presente instrumento jurídico como ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, quien será responsable de administrar, supervisar, verificar y validar el cumplimiento del objeto del mismo, lo anterior sin perjuicio de que el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE designe con posterioridad a otra persona para tales efectos, debiendo dejar constancia de ello por escrito, girando copia de conocimiento a la Dirección General de Recursos Materiales.
I.6 El C. , lo cual acredita con el nombramiento del cargo, emitido el
, mismo que se encuentra vigente, y que interviene en el presente instrumento jurídico como ÁREA TÉCNICA, siendo el servidor público responsable de validar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de “LOS SERVICIOS” conforme a los requerimientos establecidos en el presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”. Lo anterior, sin perjuicio de que el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE designe con posterioridad a otras personas para tales efectos, en cuyo caso, deberá
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dejar constancia por escrito, girando copia de conocimiento a la Dirección General de Recursos Materiales.
I.7 La , cuenta con la autorización presupuestaria para cubrir el compromiso derivado del presente Contrato, como se acredita con el Reporte General de Suficiencia Presupuestaria número , con folio de autorización , de fecha , teniendo la asignación presupuestaria y la disponibilidad de
recursos suficientes en la partida presupuestaria “ ”, del
Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal vigente.
I.8 El presente contrato se adjudicó de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas número , realizado en apego a lo establecido en los artículos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y de su Reglamento. Por lo anterior, en términos de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la convocatoria, las juntas de aclaración, el presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”, son los instrumentos que vinculan y determinan los derechos y obligaciones en la presente contratación. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria a la Invitación a Cuando Menos Tres Personas en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en dicha convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 fracción IV del Reglamento de la citada Ley.
I.9 El Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Bienestar es: SDS920522L71 y su domicilio fiscal es el ubicado Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxxxxx Xxxxxx, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
I.10 Para todos los efectos legales del presente contrato, señala como su domicilio convencional el ubicado en número de la colonia , demarcación territorial , de esta Ciudad de México, con el Código Postal .
II. “EL PROVEEDOR”, por conducto de su “REPRESENTANTE LEGAL”, declara bajo protesta de decir verdad que:
II.1 es una es una persona moral constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la escritura pública número de fecha , pasada ante la fe del Licenciado , Notario Público número del , instrumento que quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del , bajo el folio mercantil número de fecha de de
.
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II.2 De acuerdo con sus estatutos sociales, su objeto social consiste entre otras actividades, en
II.3 El C. , cuenta con poderes amplios y suficientes para suscribir el presente contrato, personalidad que acredita mediante la escritura pública número
de fecha , otorgada ante la fe del Licenciado , Notario Público número del , e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del , bajo el folio mercantil número de fecha de de , manifestando que dichas facultades no le han sido modificadas, revocadas, canceladas ni limitadas en forma alguna, por lo que surten plenos efectos para la celebración del presente contrato.
II.4 Su Registro Federal de Contribuyentes es _____________, como lo acredita con la Cédula de Identificación Fiscal.
II.5 No se encuentra ni él ni ninguno de los socios o directivos que la integran, en alguno de los supuestos previstos en los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que le impida contratar.
II.6 Formaliza este contrato con la seguridad de que ninguno de los socios o directivos que la integran, ni su “REPRESENTANTE LEGAL”, desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público o que están inhabilitados para desempeñarlo, como lo establece el artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
II.7 Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Por lo que cuenta con la constancia expedida por el Servicio de Administración Tributaria el día de 2019 bajo el número folio , en la que se emite la opinión favorable sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de “EL PROVEEDOR”, de conformidad con lo que establece las reglas 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal del ejercicio 2019, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2019.
II.8 Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, por lo que cuenta con la constancia expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social de fecha bajo el folio número , en la que se emite la opinión favorable sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de “EL PROVEEDOR”, conforme lo dispone las Reglas Primera y Quinta del “Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Técnico, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015.
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II.9 Se encuentra al corriente de sus obligaciones en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por lo que cuenta con la constancia expedida por el INFONAVIT a través el oficio número de fecha que se emite sin adeudo, conforme lo dispone la Regla Primera del Anexo Único del Acuerdo del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, por el que se emiten las reglas para la obtención de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017.
II.10 Que es una (micro, pequeña o mediana) empresa, conforme la estratificación establecida en el artículo 3° fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
II.11 Cuenta con capacidad de respuesta inmediata, recursos técnicos, financieros, organización administrativa, personal calificado, equipo e instalaciones adecuados, así como la capacidad jurídica y operativa, y las condiciones apropiadas para el cumplimiento del presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”.
II.12 Xxxxxx y se sujeta plenamente a lo estipulado en el presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”, así como a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, y demás normatividad aplicable en la materia.
II.13 Para los efectos del presente Contrato señala como domicilio legal, el ubicado en calle número de la colonia , demarcación territorial , código postal de esta Ciudad de México.
III. “LAS PARTES” manifiestan que:
III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan.
III.2. Saben y conocen que la Secretaría de la Función Pública y/o la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el ejercicio de sus facultades, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias que realicen adquisiciones, arrendamientos y servicios, e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos de “LA SECRETARÍA” y a “EL PROVEEDOR” todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. Asimismo, que conforme al artículo 107 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “LA SECRETARÍA”, con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen, podrán solicitar a “EL PROVEEDOR” información y/o documentación relacionada con el presente contrato, por lo que este último deberá proporcionar la información que en su momento le sea requerida.
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Expuesto lo anterior “LAS PARTES” sujetan su compromiso a la forma y términos que se establecen en las siguientes:
X X X X X X X X X
XXXXXXX. XXXXXX
“EL PROVEEDOR” se compromete a prestar el servicio de , cuyas características,
especificaciones y alcances se describen en el presente y su “ANEXO ÚNICO”, el cual debidamente firmado por “LAS PARTES” forma parte integral del presente instrumento.
SEGUNDA. IMPORTE DEL CONTRATO
“LA SECRETARÍA” se obliga a cubrir a “EL PROVEEDOR” como contraprestación por “LOS SERVICIOS” objeto del presente Contrato, la cantidad total de $ ( ), más el Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con los precios unitarios que se indican en el “ANEXO ÚNICO” y su propuesta económica, los cuales serán fijos durante la vigencia del presente contrato.
TERCERA. FORMA DE PAGO
El monto pactado por la prestación de “LOS SERVICIOS” materia de este contrato, se pagará en una sola exhibición moneda nacional y será fija e inalterable durante su vigencia y hasta el total cumplimiento en la prestación de “LOS SERVICIOS”, y compensarán a “EL PROVEEDOR” por todos los gastos directos e indirectos que tuviera que efectuar para prestarlos y por concepto de pagos a su personal, adquisición de maquinaria y equipos, amortizaciones, viáticos, mantenimientos, adquisición de materiales, útiles, artículos y uniformes de trabajo de su personal, primas de seguros y por cualquier otro concepto, así como su utilidad, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá exigir mayor retribución por ningún otro concepto durante la vigencia del presente contrato.
El pago se realizará dentro de los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la entrega y aceptación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o Factura Electrónica en la Dirección General de Programación y Presupuesto, previa prestación de “LOS SERVICIOS” a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y autorizado por el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, a través del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para lo cual se deberá observar lo siguiente:
a) “EL PROVEEDOR” deberá entregar en original y copia el CFDI o Factura Electrónica, que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique “LOS SERVICIOS” prestados y el número de contrato.
El CFDI o Factura Electrónica deberá contener los siguientes datos fiscales: Secretaría de Bienestar, Registro Federal de Contribuyentes SDS920522L71, domicilio fiscal Av. Paseo
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de la Reforma número 116, colonia Juárez, demarcación territorial Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
La recepción, revisión y aceptación del CFDI o Factura Electrónica, así como la documentación que avale la aceptación de “LOS SERVICIOS” se realizará en días hábiles, de lunes viernes en un horario de a horas, en la , ubicado en .
b) El documento que avale la prestación de “LOS SERVICIOS”, autorizado por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, deberá ser entregado en el domicilio señalado en el inciso anterior.
c) En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
d) En caso de que el CFDI o Factura Electrónica entregado por “EL PROVEEDOR” para su pago, presente errores o deficiencias, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito, y hasta que se presenten las correcciones, no se computará para efectos del plazo para realizar el pago.
e) El pago quedará condicionado, al entero que, en su caso, “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales. Y, en su caso, le serán aplicadas las deducciones por “LOS SERVICIOS” prestados parcial o deficientemente, en los términos establecidos en la CLÁUSULA DÉCIMA del presente contrato.
f) Para efectos del trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y proporcionar por escrito al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO el número de “Clave Bancaria Estandarizada” (CLABE con 18 dígitos), en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, así como la documentación que para tal efecto le sea requerida por éste último.
g) Para el caso de que se realicen pagos en exceso a “EL PROVEEDOR”, éste se compromete a reintegrar las cantidades pagadas en exceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
CUARTA. VIGENCIA Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”
En términos de la Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional No. IA-020000999-E64-2019, “LAS PARTES” acuerdan que la vigencia de “LOS SERVICIOS” será a partir del día y hasta el día , dicha vigencia deberá de concluirse, precisamente el día señalado, sin necesidad de comunicado alguno o resolución en tal sentido. Asimismo, la vigencia del presente contrato y su “ANEXO ÚNICO” serán a partir de su firma y hasta el día .
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“EL PROVEEDOR” deberá llevar a cabo la prestación de “LOS SERVICIOS” en el lugar y condiciones señaladas para tales efectos en el “ANEXO ÚNICO” del presente contrato.
QUINTA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
Se obliga de forma enunciativa más no limitativa, a lo siguiente:
a) Llevar a cabo la prestación de “LOS SERVICIOS”, conforme a las especificaciones estipuladas en este contrato y el “ANEXO ÚNICO” a entera satisfacción del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
b) Xxxxxxx puntualmente las indicaciones que para el eficaz desempeño de las prestaciones contratadas reciba del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
c) No podrá ceder los derechos y obligaciones en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de “LOS SERVICIOS”.
Para efectos de lo anterior, “EL PROVEEDOR” entregará al ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, la solicitud y el contrato de transferencia de derechos de cobro, ratificado ante notario público, celebrado entre “EL PROVEEDOR” y la persona física o moral a quien se le cederán dichos derechos, así como la documentación que para tal efecto requiera la Dirección General de Programación y Presupuesto. El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO tramitará el pago a la persona física o moral a quien le fue transferido el derecho de cobro referido, ante la Dirección General de Programación y Presupuesto. Lo anterior, no requerirá del convenio modificatorio que señala la CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.
Para el caso del Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, “LA SECRETARÍA” manifiesta su consentimiento a “EL PROVEEDOR”, para que cedan sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas, en términos del numeral 10 de las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
d) Xxxxxxxxx estricta confidencialidad sobre la información a la que tenga acceso durante y con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS”, misma que no podrá ser divulgada, responsabilizándose, en su caso, del mal uso o uso no autorizado que de ella se haga por éste o su personal aún después de la terminación del presente contrato.
En caso de incumplimiento a lo establecido en este inciso, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA SECRETARÍA” podrá ejecutar o tramitar las sanciones
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establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
e) Reconoce que por la firma del presente Contrato y su “ANEXO ÚNICO”, no adquiere derecho alguno sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual de “LA SECRETARÍA”, derivado del acceso a dicha propiedad industrial que “EL PROVEEDOR” llegue a tener en el cumplimiento del objeto del presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”. “LA SECRETARÍA” en ningún caso será responsable por violaciones de derechos de propiedad industrial o derechos de autor cometidos por “EL PROVEEDOR”. En caso de que “EL PROVEEDOR” viole algún derecho de los antes especificados, se obliga a indemnizar y sacar en paz y a salvo a “LA SECRETARÍA” de cualquier controversia o demanda que surja al respecto de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” no podrá hacer uso de cualquier tipo de publicidad, incluyendo el nombre de “LA SECRETARÍA”, sus marcas, diseños o cualquier material de propiedad industrial o intelectual de ésta.
Todos los reportes, informes, resultados, productos, etcétera, que se deriven de la prestación de “LOS SERVICIOS”, quedarán en beneficio de “LA SECRETARÍA”, ya sea en propiedad o bajo la titularidad de los derechos que se deriven de éstos, por lo que “EL PROVEEDOR” en ningún momento podrá hacer uso de los mismos, ni proporcionarlos y/o comercializarlos a favor de terceros.
f) Al dar cumplimiento a cada una de las obligaciones contraídas en este instrumento y su “ANEXO ÚNICO”, deberá devolver a “LA SECRETARÍA”, toda documentación que contenga información propiedad de ésta última, que esté en posesión de “EL PROVEEDOR”, o bajo su control directo o indirecto, en un lapso no mayor a 15 (quince) días naturales posteriores a la conclusión de la prestación de “LOS SERVICIOS”.
g) Responder por los daños y/o vicios ocultos que se llegaran a presentar en la prestación de “LOS SERVICIOS”.
Para los efectos del presente inciso, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en los servicios prestados, que los hagan impropios para los usos a que se le destinen, o que disminuyan de tal modo este uso, así como su calidad, que de haberlo conocido “LA SECRETARÍA” no los hubiera contratado o los hubiera contratado a un menor precio.
h) Presentar el CFDI o Factura Electrónica, debidamente requisitado para su pago.
i) Responder por la calidad de “LOS SERVICIOS”, cumpliendo con la normatividad vigente y aplicable. Asimismo, verificará que “LOS SERVICIOS” cumplan con las normas
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oficiales mexicanas, las normas mexicanas y a falta de éstas, las normas internacionales o en su caso, las normas de referencia señaladas en el “ANEXO ÚNICO”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
j) Ser el único responsable del personal que emplee con motivo de los trabajos a que se refiere este contrato, respecto de las obligaciones laborales, fiscales, de seguridad social y civil que resulten, conforme a los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo mismo, “EL PROVEEDOR” exime a “LA SECRETARÍA” de cualquier responsabilidad derivada de tales conceptos y responderá por todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en contra de él o de “LA SECRETARÍA”, sea cual fuere la naturaleza del conflicto, por lo que en ningún caso podrá considerarse a ésta como patrón solidario o sustituto, ni tampoco a “EL PROVEEDOR” como intermediario, por lo que “LA SECRETARÍA” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente queda liberada de cualquier responsabilidad laboral, fiscal o en materia de seguridad social, obligándose “EL PROVEEDOR” a responder de cualquier acción legal y/o reclamación que se pudiera presentar en contra de “LA SECRETARÍA”.
k) Contar con las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a las disposiciones sea necesario tener para la prestación de “LOS SERVICIOS”.
l) Permitir que “LA SECRETARÍA” o bien el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO realice en cualquier momento, visitas de supervisión, evaluación y control de los servicios objeto del presente contrato.
m) Cubrir los impuestos y derechos que procedan con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente Contrato, conforme a la legislación aplicable a la materia, por lo que “LA SECRETARÍA” sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado correspondiente al monto establecido en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico.
Cualquier omisión en la observancia de las obligaciones mencionadas en la presente cláusula, será considerada como incumplimiento a las condiciones pactadas.
SEXTA. OBLIGACIONES DE “LA SECRETARÍA”
Se obliga a:
a) Pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad establecida en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente instrumento jurídico, en la forma y términos previstos en la CLÁUSULA TERCERA del mismo.
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b) Proporcionar por escrito a “EL PROVEEDOR”, a través del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, las instrucciones que estime convenientes relacionadas con la ejecución de “LOS SERVICIOS”, a fin de que se ajuste a las especificaciones, así como a las modificaciones que en su caso ordene dicho Administrador.
c) A designar como ADMINISTRADOR DEL CONTRATO al servidor público mencionado en la Declaración del presente contrato, quien será el responsable de llevar a cabo la revisión, calificación y supervisión de la ejecución, avances, logros y conclusión del objeto del presente instrumento jurídico, conforme a las condiciones establecidas en el mismo y su “ANEXO ÚNICO”. Asimismo, dicho servidor público será el encargado de gestionar y supervisar el pago conforme a los montos y precios unitarios establecidos en la CLÁUSULA SEGUNDA del presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”.
d) Exigir el cumplimiento o el reintegro de las cantidades pagadas indebidamente o en exceso por los servicios faltantes, mal ejecutados o por vicios ocultos.
SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
En cumplimiento los artículos 48, fracción II, y 49, fracción I, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y su Reglamento, 48 fracción II de la Ley de Tesorería de la Federación y 70 de su Reglamento, y las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015, “EL PROVEEDOR”, se obliga a garantizar el cumplimiento de las obligaciones indivisibles, derivadas del presente contrato mediante fianza expedida por institución autorizada legalmente para ello a favor de la Tesorería de la Federación, por el equivalente al % ( por ciento) del monto total del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Dicha fianza deberá entregarse por “EL PROVEEDOR” a “LA SECRETARÍA”, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, en la Dirección de Adquisiciones y Contratos de la Dirección General de Recursos Materiales. Asimismo, en el caso de contar con fianza electrónica, la misma podrá enviarse al correo electrónico: @xxxxxxxxx.xxx.xx, así como el archivo xml, con el propósito de validar dicha garantía.
La garantía de cumplimiento que se otorgue deberá de contener como mínimo los requisitos establecidos en los artículos 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 70 del Reglamento de la Ley de Tesorería de la Federación; 178, 278 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a que en caso de que el presente instrumento se modifique en monto y/o vigencia, entregará dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del convenio respectivo, el endoso o bien la emisión de una nueva fianza de ampliación por el monto y/o vigencia que garantice el cumplimiento de las obligaciones contraídas en éste.
OCTAVA. ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN
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El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO deberá verificar que la prestación de “LOS SERVICIOS” cumpla con los términos y condiciones establecidas en el presente contrato y su “ANEXO ÚNICO”, asimismo, emitirá por escrito, si así resulta procedente su conformidad expresa con la prestación de “LOS SERVICIOS”, a efecto de adjuntarlo al CFDI o Factura Electrónica respectiva y gestionar su pago. En dicho escrito se indicará con toda claridad que “LOS SERVICIOS”, se prestaron en los términos convenidos y que procede el pago correspondiente.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de “LOS SERVICIOS” en los términos previstos en el presente instrumento contractual y su “ANEXO ÚNICO”, estos no se tendrán por recibidos o aceptados por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO.
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, una vez cumplidas las obligaciones a cargo de “EL PROVEEDOR”, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales, para que en su caso se realicen los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
NOVENA. PENAS CONVENCIONALES
De conformidad con lo establecido en los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 95 y 96 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR” se obliga a pagar como pena convencional a “LA SECRETARÍA” a razón del 0.5% (Cero punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso, sobre el monto de “LOS SERVICIOS” no prestados en los plazos establecidos en este contrato y su “ANEXO ÚNICO”, desde la fecha de vencimiento de dichos plazos y hasta su cumplimiento.
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO calculará, determinará y aplicará, en su caso, a “EL PROVEEDOR” las penas convencionales, mismas que no podrán exceder del monto de la garantía de cumplimiento del presente contrato, debiendo anexar a la solicitud de trámite de pago la cédula de cálculo xx xxxxx convencionales, así como el formato de pago de dichas penas debidamente requisitado.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda del monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa en términos del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, sin perjuicio del derecho de “LA SECRETARÍA” para optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo
En el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. En ningún caso las penas convencionales podrán negociarse en especie.
DÉCIMA. DEDUCTIVAS
De conformidad con lo establecido en los artículos 53 BIS de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, calculará, determinará y aplicará a “EL PROVEEDOR”, deductivas al pago del
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3% (tres por ciento) sobre el monto de “LOS SERVICIOS” prestados de forma parcial o deficiente en que pudiera incurrir, dicha deductiva se calculará hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y no excederá el monto total de la garantía de cumplimiento. Los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o la factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro.
Cuando la acumulación de las deducciones alcance el 20% (veinte por ciento) del monto total de este contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa, sin perjuicio del derecho de “LA SECRETARÍA” para optar entre exigir el cumplimiento del contrato o rescindirlo, asimismo, en ningún caso las deductivas podrán negociarse en especie.
DÉCIMA PRIMERA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO
Las modificaciones que por razones fundadas pudieran realizarse al presente contrato, deberán invariablemente formalizarse a través de la Dirección General de Recursos Materiales de “LA SECRETARÍA” por escrito, mediante la celebración del convenio modificatorio respectivo, atendiendo según sea el caso, a lo previsto por los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 y en su caso 92 de su Reglamento.
Asimismo, “LA SECRETARÍA” podrá modificar el presente contrato cuando se presente el supuesto que establece el quinto párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Para el caso de que durante la vigencia del presente contrato se modifique la denominación de la partida presupuestal, clave, naturaleza jurídica o domicilio del ÁREA REQUIRENTE de “LOS SERVICIOS”, bastará que el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO realice la notificación correspondiente por escrito a “EL PROVEEDOR”, así como a las áreas involucradas en el trámite en que tenga injerencia dicha modificación, incluyendo a la Dirección General de Recursos Materiales, no siendo necesario la celebración de un convenio modificatorio.
DÉCIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA PRESTACIÓN DE “LOS SERVICIOS”
Cuando en la prestación de “LOS SERVICIOS” se presente caso fortuito o fuerza mayor, “LA SECRETARÍA” a través del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, a petición del TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, en cualquier momento podrá suspender temporalmente el contrato, sin que ello signifique su terminación definitiva, en cuyo caso únicamente se pagará a “EL PROVEEDOR” por “LOS SERVICIOS” efectivamente prestados y en su caso se reintegrarán los anticipos no amortizados.
La suspensión del presente contrato se sustentará mediante dictamen emitido por el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE o el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, en el que precise las razones o las causas justificadas que dan origen a la misma
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA SECRETARÍA”, previa petición y justificación de “EL PROVEEDOR”, ésta reembolsará los gastos no recuperables que se hayan originado durante el tiempo que dure dicha suspensión, siempre que los mismos sean
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razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el objeto del presente contrato.
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO y “EL PROVEEDOR” pactarán el plazo de la suspensión, a cuyo término, el presente contrato deberá continuar produciendo todos sus efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión, o en su caso, iniciarse la terminación anticipada del presente contrato.
DÉCIMA TERCERA. PRÓRROGAS
Por regla general no se otorgarán prórrogas, salvo por causas imputables a “LA SECRETARÍA” y en caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificados, mediante dictamen suscrito por el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE y “EL PROVEEDOR” en su caso, en el que precisen las razones o las causas justificadas que den origen a la misma, para lo cual se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo ante la Dirección General de Recursos Materiales.
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA SECRETARÍA”, a través del Titular de la Unidad de Administración y Finanzas y a petición del TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, quien aportará los elementos necesarios para encauzar el procedimiento, podrá sin que implique penalización alguna para la Federación, dar por terminado anticipadamente el contrato en cualquier momento, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir “LOS SERVICIOS” originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasione algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al acto, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública
“LAS PARTES” convienen en que serán causas de terminación del presente contrato, sin responsabilidad para las mismas, los siguientes casos:
I. Por acuerdo entre “LAS PARTES”.
II. Por haber cumplido el objeto del Contrato.
III. Por las causas y en los términos que establece el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La terminación anticipada del presente contrato se sustentará mediante dictamen emitido por el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE o el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO que precise las
razones o las causas justificadas que dan origen a la misma. En dicho supuesto, “LA SECRETARÍA” procederá a pagar “LOS SERVICIOS” efectivamente prestados hasta la fecha de dicha terminación.
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En estos supuestos, “LA SECRETARÍA” previa solicitud de “EL PROVEEDOR” rembolsará los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente, conforme a los plazos y condiciones señalados en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA QUINTA. CAUSAS Y PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA
“EL PROVEEDOR” acepta en forma expresa que “LA SECRETARÍA”, a través de la Dirección General de Recursos Materiales y a petición del TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE, quien aportará los elementos necesarios para encauzar el procedimiento, podrá solicitar la rescisión administrativa del presente contrato, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia.
Adicionalmente de manera enunciativa más no limitativa, se podrá rescindir el contrato por las siguientes causas:
I. Cuando la autoridad competente declare el concurso mercantil, o cualquier situación análoga o equivalente, que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.
II. Porque la Autoridad Gubernamental competente, del domicilio de “EL PROVEEDOR” emita orden a este, que impida la prestación de “LOS SERVICIOS” y, como consecuencia, “EL PROVEEDOR” quede imposibilitado para cumplir parcial o totalmente con las obligaciones a su cargo.
III. Por suspensión en la prestación de “LOS SERVICIOS” por causas injustificadas y/o por incompetencia del personal de “EL PROVEEDOR” para otorgar la debida atención.
IV. Si “EL PROVEEDOR” incurre en falsedad de declaraciones respecto de lo asentado en el presente contrato.
V. Cuando “EL PROVEEDOR” no preste “LOS SERVICIOS” en los plazos establecidos en el presente contrato y su “ANEXO ÚNICO” y se hubiere agotado el monto límite de aplicación xx xxxxx convencionales y/o deductivas respecto del monto de la garantía de cumplimiento, según corresponda.
El procedimiento de rescisión administrativa se ajustará a lo previsto por los artículos 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 y 99 de su Reglamento, por lo que, una vez rescindido el presente contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA SECRETARÍA” por concepto de “LOS SERVICIOS” prestados hasta el momento de la rescisión.
Iniciando un procedimiento de conciliación “LA SECRETARÍA” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
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Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, “EL PROVEEDOR” lleva a cabo la prestación de “LOS SERVICIOS”, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación por el ADMINISTRADOR DEL CONTRATO de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA SECRETARÍA” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, el TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA SECRETARÍA” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
DÉCIMA SEXTA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
“LAS PARTES” se obligan a observar estrictamente el objeto de este contrato, así como todas y cada una de las declaraciones y cláusulas que lo integran y su “ANEXO ÚNICO”, en caso contrario podrán recurrir al procedimiento de conciliación previsto en el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y los correlativos de su Reglamento, para solventar sus desavenencias derivadas del cumplimiento del presente contrato.
La presentación de la solicitud de conciliación se realizará ante la Secretaría de la Función Pública por cualquiera de “LAS PARTES” y en cualquier momento, debiendo adjuntar a la misma, la documentación que hace referencia el artículo 128 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SÉPTIMA. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente al objeto de este contrato, a todas y cada una de sus Declaraciones y Cláusula y a su ANEXO ÚNICO; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; al Código Civil Federal y el Código Federal de Procedimientos Civiles; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, al Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
Asimismo, declaran que el presente contrato les ha sido leído y explicado en cuanto a su contenido y alcance jurídico, razón por la cual manifiestan que el mismo no contiene error, dolo, lesión, violencia o mala fe alguna, y que, para la interpretación y cumplimiento del mismo, se someten a las leyes y tribunales federales, con sede en la Ciudad de México, renunciando a la que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros.
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Leído que fue el presente Contrato y enteradas “LAS PARTES” de su valor y consecuencias legales, lo firman para constancia por quintuplicado, en la Ciudad de México, el .
POR “LA SECRETARÍA” ___________________________________________ LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XOXOTLA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS MATERIALES | POR “EL PROVEEDOR” ___________________________________ C. _________________________ “REPRESENTANTE LEGAL” |
___________________________________________ C. _________________________ ____________________________ Y TITULAR DEL ÁREA REQUIRENTE | |
___________________________________________ C.____________________________ ______________________________ Y ADMINISTRADOR DEL CONTRATO | |
___________________________________________ C. _________________________ ____________________________ Y ÁREA TÉCNICA |
LAS FIRMAS Y ANTEFIRMAS QUE CONSTAN EN LA PRESENTE HOJA CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE NÚMERO QUE CELEBRAN “LA SECRETARÍA” A TRAVÉS DE _ Y EL (NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DE “EL PROVEEDOR”), CON FECHA DEL MES DE DEL AÑO .
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ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, PUBLICADO EL MARTES 00 XX XXXXX XX 0000.
Xx xxxxxx un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de la Función Pública.
XXXXXXXX XXXX XXXXXXXX, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XIX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 27 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 y 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que corresponde a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, establecer normas, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal;
Que en términos de los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado CompraNet, está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas;
Que el sistema electrónico a que alude el considerando anterior tiene como fines el contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral;
Que para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información contenida en CompraNet, es indispensable que esta Secretaría establezca los controles necesarios, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO
Artículo Único.- Se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado COMPRANET.
Objeto y ámbito de aplicación.
1.- Las presentes disposiciones tienen por objeto regular la forma y términos para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, por parte de los sujetos a que se refieren los artículos 1 fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones,
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Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 1 fracciones I a VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como de los licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo previsto en dichos ordenamientos legales.
Las menciones que se hagan a las dependencias y entidades o a las convocantes, se entenderán hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros.
El registro para la utilización de CompraNet implica la plena aceptación de los usuarios a sujetarse a las presentes disposiciones y a las demás que regulen la operación de dicho sistema.
Definiciones.
2.- Para los efectos de estas disposiciones, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en sus respectivos reglamentos, se entenderá por:
Ley de Adquisiciones: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;
II. Ley de Obras: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;
III. Operador y/o Administrador: al servidor público que ha certificado sus capacidades para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet;
IV. OSD: las ofertas subsecuentes de descuentos a que se refiere el artículo 2 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones;
V. PASOP: el módulo de CompraNet en el que se contienen los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades y los programas anuales de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de las dependencias y entidades;
VI. RUPC: el módulo de CompraNet en el que se contienen el Registro Único de Proveedores y el Registro Único de Contratistas;
VII. Unidad compradora: el área de las dependencias o entidades que ha sido registrada y autorizada por la UPCP para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet, a la cual le es asignada una clave de identificación. Dicha Unidad estará a cargo del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o del servidor público que éste designe, y
VIII.UPCP: la Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública.
Disposiciones generales.
3.- Las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas a que se refieren las presentes disposiciones son los comprendidos en el artículo 3 de la Ley de Adquisiciones y en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras, respectivamente.
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4.- Para la realización de licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas, con independencia de su carácter nacional o internacional, cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, deberá utilizarse CompraNet, con las salvedades previstas en la Ley de Adquisiciones o en la Ley de Obras, según corresponda.
5.- Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas, previa opinión de la UPCP, la interpretación para efectos administrativos de las presentes disposiciones, así como la resolución de los casos no previstos en las mismas.
De los requisitos técnicos.
6.- El sistema CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:
a. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;
b. Versiones actualizadas de navegador para Internet;
c. Instalación de software JAVA en su última versión, y
d. Conexión a Internet con un ancho xx xxxxx de 512 Kbps.
7.- La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.
Del registro y acreditación de unidades compradoras, operadores y administradores.
8.- Para obtener el registro y autorización de Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, el alta de la misma y designar a los servidores públicos que serán capacitados como operadores y/o administradores de esa Unidad compradora, especificando su perfil de usuarios para la operación de CompraNet, de acuerdo con lo señalado en la guía de usuario que la UPCP pondrá a su disposición en el propio sistema.
Para obtener su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, los servidores públicos previamente designados por ésta, deberán acreditar estar capacitados para la operación en CompraNet, de conformidad con los programas de capacitación y actualización que sean definidos por la UPCP y difundidos a través de CompraNet.
La UPCP podrá incluir en CompraNet programas para la capacitación o actualización en línea, los cuales generarán al finalizar el curso, un reporte que acreditará que los servidores públicos cuentan, en su caso, con las habilidades y conocimientos necesarios para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet. Cuando se extinga la necesidad
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de contar con alguna Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, la baja de esa Unidad Compradora. Dicha solicitud deberá presentarse con quince días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que la Unidad compradora deje de realizar operaciones y procedimientos de contratación.
9.- A los servidores públicos que obtengan su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, la UPCP les asignará una clave de usuario única e intransferible que les permitirá operar en CompraNet únicamente para la Unidad compradora que hubiere solicitado su acreditación.
Dicho registro se mantendrá vigente para los operadores o administradores que acrediten estar capacitados para la operación en CompraNet, conforme a los programas de actualización correspondientes.
10.- La Unidad compradora que se encuentre registrada y autorizada por la UPCP para operar en CompraNet, estará obligada a utilizar dicho sistema para todos sus procedimientos de contratación cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal.
11.- Será responsabilidad del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe, solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o administrador de la Unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud deberá presentarse mediante oficio, en el que se precisará la fecha a partir de la cual se requiere se efectúe la baja del operador y/o administrador.
De los programas anuales.
12.- La UPCP dará a conocer a través de CompraNet, los formularios y requerimientos para la integración, difusión y actualización de los programas anuales previstos en la Ley de Adquisiciones y en la Ley de Obras en el PASOP.
13.- Los programas anuales a que alude la disposición anterior y, en su caso, sus actualizaciones deberán ser incorporados en el PASOP, el cual generará el acuse de recibo respectivo.
Del acceso y uso de CompraNet para los proveedores y contratistas.
14.- Para que los potenciales licitantes tengan acceso a CompraNet, será necesario que los mismos capturen los datos solicitados en los campos que se determinan como obligatorios en el formulario de registro que está disponible en CompraNet. Si los potenciales licitantes lo estiman conveniente podrán capturar, en ese momento o con posterioridad, la totalidad de la información prevista en dicho formulario.
El medio de identificación electrónica para que los potenciales licitantes nacionales, ya sean personas físicas x xxxxxxx, hagan uso de CompraNet, será el certificado digital de la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cuando se trate de potenciales licitantes extranjeros, el medio de identificación electrónico para que hagan uso de CompraNet se generará por el propio sistema, previo llenado de los formatos que para tal efecto se encuentren establecidos en el mismo y la entrega de la documentación
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que a continuación se señala o de su equivalente, la cual de presentarse en idioma distinto al español deberá acompañarse de su correspondiente traducción a este idioma. Dicha documentación deberá remitirse debidamente legalizada o, en su caso, apostillada por las autoridades competentes, en términos de las disposiciones aplicables, a través de CompraNet, de manera digitalizada:
Persona Física | Persona Moral |
1. Acta de Nacimiento. 2. Identificación oficial con fotografía del país de origen (por ejemplo pasaporte vigente). 3. Cédula de identificación fiscal. 4. Clave única de registro de población, si existe en el país de origen. En caso de que el trámite lo realice a través de apoderado, adicionalmente: 1. Documento que acredite el otorgamiento de dicha representación. 2. Identificación oficial con fotografía. 3. Cédula de identificación fiscal (opcional). | 1. Testimonio de la escritura pública con la que se acredite su existencia legal, así como las facultades de su representante legal o apoderado, incluidas sus respectivas reformas. 2. Identificación oficial con fotografía del representante legal o apoderado (ejemplo pasaporte vigente). 3. Cédula de identificación fiscal de la persona moral y, de manera opcional, la de su representante legal o apoderado. 4. Clave única de registro de población del representante legal o apoderado. |
CompraNet emitirá un aviso de recepción de la información a que alude este numeral.
15.- Una vez que el potencial licitante, nacional o extranjero, haya capturado correctamente los datos determinados como obligatorios en el formulario de registro a que alude el primer párrafo del numeral anterior, CompraNet le hará llegar dentro de los ocho días naturales posteriores, una contraseña inicial de usuario registrado, la cual deberá modificar de manera inmediata con la finalidad de salvaguardar la confidencialidad de la información que remita a través de CompraNet.
16.- Para la presentación y firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
En el caso de los licitantes extranjeros, para la presentación y firma de sus proposiciones y, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, deberán utilizar los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con las disposiciones emitidas al efecto.
CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones o, en su caso, de las inconformidades a que se refieren los párrafos anteriores.
Por medio de identificación electrónica se considerará al conjunto de datos y caracteres asociados que permiten reconocer la identidad de la persona que hace uso del mismo, y que
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legitiman su consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realice con el uso de dicho medio.
17.- La UPCP pondrá a disposición de los usuarios de CompraNet, a través de dicho sistema, la información necesaria para el uso eficiente del mismo.
Registro Único de Proveedores y de Contratistas.
18.- Para su inscripción en el Registro Único de Proveedores o en el de Contratistas, según corresponda, el proveedor o contratista interesado deberá incorporar en CompraNet los datos que le sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema, los cuales en términos de los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, son:
I. Nombre o razón social, nacionalidad y domicilio;
II. Información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el Registro Público correspondiente;
III. Relación de socios, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 fracción VII de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción VI de la Ley de Obras, según corresponda, y el artículo 73 de la Ley General de Sociedades Mercantiles;
IV. Nombre de los representantes legales del proveedor o contratista, así como la información relativa a los documentos públicos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el Registro Público de Comercio;
V. Especialidad del proveedor o contratista y la información relativa a los contratos que según el caso, lo acrediten;
VI. Experiencia del proveedor o contratista y la información de los contratos que según el caso, la acreditan, y
VII. Información referente a la capacidad técnica, económica y financiera del proveedor o contratista.
Una vez que el proveedor o contratista adjudicado haya completado el formulario a que se refiere el párrafo anterior, la Unidad compradora validará la información proporcionada y en su caso lo inscribirá en el RUPC dentro de los dos días hábiles posteriores a que se haya completado el formulario. CompraNet hará llegar al proveedor o contratista su número de inscripción, dentro de los dos días hábiles posteriores a ésta. La fecha de inscripción en el RUPC, será la que se considere como el inicio del historial del proveedor o contratista para efectos de lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley de Adquisiciones y 86 de su Reglamento, así como en los artículos 48 de la Ley de Obras y 90 de su Reglamento.
El proveedor o contratista será responsable de mantener actualizada la información a que se refiere este numeral, para efectos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción VI del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 61, fracción VII del Reglamento de la Ley de Obras, para lo cual utilizará el medio de identificación electrónica con el que tiene acceso a CompraNet.
19.- Corresponderá a las unidades compradoras incorporar a CompraNet, los datos relativos a los contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios
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relacionados con las mismas y a su cumplimiento, con el propósito de integrar el historial de proveedores o contratistas a que hacen referencia los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, según corresponda.
20.- La inscripción en el RUPC sólo se realizará en una ocasión. Cuando una Unidad compradora reciba la solicitud de inscripción de algún proveedor o contratista que ya se encuentre registrado en el RUPC, le comunicará a éste de tal circunstancia y le solicitará verificar que su información contenida en dicho registro se mantenga actualizada.
21.- La clave y contraseña que la Unidad compradora utilizará para capturar y validar la información del RUPC le será proporcionada por la UPCP, previa solicitud que realice conforme al procedimiento difundido a través de CompraNet.
La clave y contraseña a que se refiere el párrafo anterior, serán diferentes de las que utilizan los operadores y/o administradores de la Unidad compradora para realizar los procedimientos de contratación en el CompraNet.
22.- La información relativa al RUPC permanecerá en CompraNet aun cuando el proveedor o contratista solicite su baja del mismo.
23.- Una vez concluido el CONTRATO, la Unidad compradora que capturó los datos relevantes del mismo, deberá incorporar en CompraNet, con base en la información que le proporcione el administrador del CONTRATO o el área responsable de la ejecución de los trabajos, los datos relativos al cumplimiento de dicho CONTRATO para el efecto de que dicho sistema asigne una puntuación al proveedor o contratista, según corresponda, a partir de menor incidencia de los siguientes factores:
● Aplicación xx xxxxx convencionales;
● Deducciones al pago o retenciones;
● Ejecución de garantías de cumplimiento, de anticipo, de vicios ocultos, o cualesquiera otra;
● Inhabilitación en la dependencia o entidad convocante, en términos de los artículos 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción III de la Ley de Obras, según corresponda, y
● Rescisión administrativa.
El grado de cumplimiento de un proveedor o contratista se determinará por el promedio aritmético de la puntuación de cada uno de los contratos que tenga registrados en CompraNet.
Cualquier Unidad compradora tendrá acceso a la información relativa al historial de cumplimiento de los proveedores y contratistas, con base en la cual podrán reducir los montos de garantía de cumplimiento, en términos de lo dispuesto en los Lineamientos expedidos al efecto por la Secretaría de la Función Pública.
CompraNet sólo considerará totalmente integrado un expediente (carpeta virtual), una vez que la Unidad compradora incorpore en dicho sistema la información a que se refiere el primer párrafo de este numeral respecto del o los contratos derivados de un procedimiento de contratación.
De la operación de CompraNet.
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24.- Para dar inicio a un procedimiento de contratación en CompraNet, se requiere la creación previa de un expediente (carpeta virtual) el cual contendrá toda la información que derive de dicho procedimiento. Para la creación del expediente, CompraNet cuenta con plantillas preconfiguradas que consideran los diferentes requerimientos de información, según el tipo de procedimiento que se pretenda llevar a cabo.
25.- Los contratos que deriven de un procedimiento de contratación deberán reportarse, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo, con independencia de la fecha en que se firmen, utilizando el formulario que para el reporte de información relevante del contrato se encuentra disponible en CompraNet. Cualquier modificación a la información proporcionada, deberá reportarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ésta ocurra.
26.- Las actas relativas a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, y a la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, se deberán incorporar en CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general.
27.- La Unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.
La información generada por cualquier Operador y/o Administrador en CompraNet, será considerada documento público en términos del Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que su reproducción a través de dicho sistema tendrá pleno valor probatorio.
28.- CompraNet cuenta con un Clasificador Único de las Contrataciones Públicas, denominado CUCOP, el cual permitirá, entre otras funcionalidades, optimizar el análisis de la información relativa a los bienes, servicios y obras públicas que contratan las dependencias y entidades. El CUCOP será utilizado por:
a. Los potenciales licitantes, al momento en que se registren en la plataforma para clasificar los bienes o servicios de su especialidad, y
b. Las unidades compradoras, al configurar cada expediente de contratación y durante la captura de los datos relevantes del contrato.
29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad compradora, recabarán de los licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.
30.- Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
De las Ofertas Subsecuentes de Descuentos.
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31.- Para utilizar la modalidad OSD en un procedimiento de licitación pública electrónica, la Unidad compradora tendrá que seleccionar la plantilla correspondiente a esta modalidad al momento de crear el expediente.
32.- La participación en un procedimiento de licitación pública electrónica, bajo la modalidad OSD, implica la previa acreditación de los licitantes interesados en el uso de la herramienta OSD, a tal efecto, la UPCP mantendrá en CompraNet a disposición de cualquier interesado, la información necesaria para su capacitación y/o acreditación en el uso de dicha herramienta.
33.- El servidor público que acredite su capacitación para el uso de CompraNet en términos de lo dispuesto en el numeral 8 de las presentes disposiciones, estará certificado para llevar a cabo procedimientos de licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD.
34.- La Unidad compradora estará autorizada para realizar la licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD cuando el servidor público designado como operador y/o administrador cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.
35.- La clave de acceso o certificado digital para que los licitantes participen en procedimientos de contratación bajo la modalidad de OSD serán los mismos que recibieron al inscribirse al CompraNet, de conformidad con los numerales 14 y 15 de las presentes disposiciones.
Transitorios
PRIMERO.- El presente Acuerdo y las disposiciones contenidas en el mismo entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se abrogan las disposiciones y se dejan sin efectos los oficios que a continuación se indican:
● Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 xx xxxxxx de 2000.
● Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 xx xxxxx de 1997.
Oficio No. SP/100/del 610 al 635/2004 de fecha 23 xx xxxxxx de 2004, emitido por el Secretario de la Función Pública, relativo a la información que debe remitirse al Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET).
● Oficio SP/100/336/09 de fecha 23 de septiembre de 2009, emitido por el Secretario de la Función Pública, mediante el cual se indica que deberán subirse al Sistema CompraNet los contratos con un monto mayor a 300 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal sin considerar IVA.
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TERCERO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la versión de CompraNet que se encuentra activa desde el año 2000, dejará de ser el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. La información contenida en dicha versión no será migrada a la nueva plataforma y sólo se mantendrá disponible para consulta, así como para los efectos previstos en el párrafo siguiente.
Los procedimientos de contratación que las dependencias y entidades hayan iniciado en la versión activa de CompraNet a que se refiere el párrafo anterior, deberán concluirse utilizando esa versión.
CUARTO.- Hasta en tanto se encuentre disponible la funcionalidad en CompraNet para realizar el sorteo por insaculación previsto en el último párrafo del artículo 54 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dicho sorteo se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del citado precepto.
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes xx xxxxx de dos mil once. - El Secretario de la Función Pública, Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx.- Rúbrica.
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NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
• La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
• El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
• Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
• Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
• Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
• Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
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• Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
• Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a
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trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo.
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Para la SECRETARÍA DE BIENESTAR es muy importante conocer su opinión respecto al desarrollo de cada uno de los actos celebrados en la Invitación a cuando menos Tres Personas Electrónica Nacional, ya que nos permitirá mejorar la calidad de nuestro servicio y desarrollar mecanismos y procedimientos transparentes y eficientes en los procesos de contratación. Por lo anterior, agradeceremos calificar los supuestos planteados en esta encuesta con una “X”, según lo considere.
Nombre o razón social del licitante:
______________________________________________________________________
Nombre y firma del (la) representante del licitante que calificó la encuesta:
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CALIFICACIÓN | |||||
Evento | Supuestos | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo |
1.-Mecanismo de Aclaraciones | El contenido de la Invitación fue claro para el servicio que se pretende contratar. | ||||
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad. | |||||
2.- Presentación y Apertura de Proposiciones | El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron las personas licitantes. | ||||
3.- Fallo | La resolución técnica fue emitida conforme a la Invitación y junta de aclaraciones del concurso. | ||||
En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de las personas licitantes adjudicados (as) y los que no resultaron adjudicados (as). | |||||
4.- Generales | El acceso al inmueble fue expedito |
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CALIFICACIÓN | |||||
Evento | Supuestos | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo |
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido | |||||
El trato que me dieron los servidores públicos de La Secretaría durante la invitación, fue respetuosa y amable | |||||
Volvería a participar en otra invitación que emita La Secretaría | |||||
El concurso se apegó a la normatividad aplicable. |
Si usted desea agregar algún comentario respecto al concurso, favor de anotarlo en las siguientes líneas:
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Favor de entregar la presente encuesta al término del Acto de Fallo.