Condiciones Generales del servicio “Movistar Fusión Empresas Básico”
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Condiciones Generales del servicio “Movistar Fusión Empresas Básico”
1.- Objeto.
Las Condiciones legales descritas a continuación (en adelante, las “Condiciones”) tienen por objeto regular las relaciones entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, “TELEFÓNICA DE ESPAÑA”), TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA S.A.U (en adelante,
“TELEFÓNICA MÓVILES”) y el CLIENTE, en todo lo relativo a la prestación del Servicio MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO (en adelante el “SERVICIO” o “Movistar Fusión Empresas Básico”).
2.- Contratación del Servicio: DosProductos.
El SERVICIO es una solución global que se compone obligatoriamente y, en todo momento, de dos productos: por un lado, una Banda Ancha Fija de TELEFÓNICA DE ESPAÑA y, por otro, de una o más líneas móviles con tarifas “Movistar Fusión Empresas 2014 ” de TELEFÓNICA MÓVILESESPAÑA. S.A.U.
3.- Vigencia.
El presente Contrato entrará en vigor al día siguiente de su firma y tendrá una vigencia indefinida.
Una vez finalizado el período de vigencia inicial el cliente seguirá disfrutando de sus mismas condiciones económicas y descuentos, sin comprometerse, a cambio de ello, a mantener permanencia alguna. En esta nueva etapa cada una de las partes podrá optar por finalizar la vigente relación contractual en cualquier momento, con un preaviso de 15 días, sin consecuenciaso responsabilidadesporningunadelaspartes.
En el supuesto de que a la fecha de finalización del presente acuerdo continúe vigente alguno de sus anexos, se entenderá que los términos del presente contrato continuarán siendo de aplicación en relación a aquellos anexos cuya vigencia no haya finalizado. Esta circunstancia existirá siempre en el caso de portabilidad o alta en la Banda Ancha Fija, cuya puesta enfuncionamiento será posterior en el tiempo a las tarifas móviles.
En caso de existencia de cualquier discrepancia entre las regulaciones del presente Contrato y las previsiones de cualquiera de los Anexos que forma parte del mismo, las estipulaciones de estas Condiciones Generalesprevalecerán sobre los Anexos.
3.1.- Puesta en marcha/fecha de inicio del servicio.
El cliente, para poder contratar MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, deberá disponer, de un producto o servicio xx Xxxxx Ancha Fija contratado con TELEFÓNICA DE ESPAÑA
S.A.U. y de otro producto o servicio contratado con TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. Ambos servicios o productos estarán contratados bajo el mismo número identificativo de persona jurídica.
La fecha de inicio de aplicación de las Condiciones, en función de alta o portabilidad o en función de reposicionamiento, y en función de tratarse de la Banda Ancha Fija o de las tarifas móviles, serán las siguientes:
- Respecto dela Banda Ancha Fija yparael casodequeelclienteya tuviera este servicio con TELEFÓNICA DE ESPAÑA la fecha de aplicación de las Condiciones será la del día siguiente a la firma del presente contrato.
- Respecto de la Banda Ancha fija y para las nuevas altas o portabilidades, será la del día siguiente a la fecha de la puesta en servicio.
- Respecto de las tarifas móviles, será la del día siguiente a la fecha de puesta en servicio del producto móvil.
En el supuesto de alta o portabilidad, entre la contratación del referenciado producto xx Xxxxx Ancha Fija hasta la efectiva implementación del mismo, podrá transcurrir un periodo de tiempo, durante el cual TELEFÓNICA DE ESPAÑA ejecutará las actuaciones e instalaciones requeridas para dotar al CLIENTE de los medios técnicos precisos para recibir la prestación del Producto xx Xxxxx Ancha Fija. Durante este periodo de tiempo el CLIENTE podrá disfrutar de la parte móvildel SERVICIO.
Para el caso de alta o portabilidad, si transcurridos 30 días, a contar desde la fecha de firma del presente contrato, no resultara factible, independientemente de la causa, la efectiva implementación del Producto Banda Ancha Fija, las tarifas móviles del Cliente serán reposicionadas a las equivalentes fuera de MFE Básico. En dicho supuesto la relación contractual será exclusivamente entre el Cliente y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U.
3.2- El CLIENTE declara que ha sido informado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILESde que la contratación del SERVICIO implica que el titular de la línea fija y móvil sea el mismo, por lo que en el caso de que no lo fuera, deberá haber obtenido previamente el consentimiento del titular de la línea móvil o de la fija asociada al SERVICIO, necesario para realizar el cambio de titularidad.
4.- PRECIO, FACTURACIÓN YPAGO.
4.1.- Precio.
Como contraprestación por todos los productos y subproductos incluidos en el SERVICIO, contratados por el CLIENTE, éste vendrá obligado a satisfacer los precios correspondientes, de cada uno de los componentes del SERVICIO. A los servicios no incluidos en MOVISTAR FUSIÓN EMPRESA BÁSICO les serán de aplicación los precios correspondientes de Catálogo, que pueden ser consultados a través del Número de Atención 900101010 o 1489 y en xxx.xxxxxxxx.xx.
Para el resto de conceptos facturables por los servicios que presta TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA y TELEFÓNICA ESPAÑA al CLIENTE, tales como el tráfico de las líneas fijas o móviles, serán de aplicación los precios correspondientes de Catálogo, que pueden ser consultados a través del Número de Atención 900101010 o 1489 y en xxx.xxxxxxxx.xx.
4.2.- Facturación ypago:
En relación con la prestación de los diferentes productos y subproductos seleccionados por el CLIENTE, el precio del Servicio se devengará y facturará por periodos mensuales (cuotas,). Así mismo, las primeras cuotas seránobjeto de pago en fecha posterior.
En la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se prorrateará la cuota mensual para ajustarla a la fecha de puesta en servicio de MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO. Así mismo se prorrateará la parte proporcional a los servicios no prestados en el supuesto de que el CLIENTE curse baja en mitad de un período de facturación.
La cuota correspondiente a la Banda Ancha Fija se incorporará en la factura de TELEFÓNICA DE ESPAÑA. Las cuotas correspondientes a las líneas móviles se incorporarán en la factura emitida por TELEFÓNICA MÓVILESESPAÑA.
El importe del servicio prestado será exigible desde el momento en que se presente al cobro la correspondiente factura, la cual será abonada por el CLIENTE, o por tercero, a través de la cuenta en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que para tal efecto hubiera señalado en el Contrato de prestación de servicios xx Xxxxx Ancha fija o “Movistar Fusión Empresas 2014” suscritos con TELEFÓNICA DE ESPAÑA Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,
respectivamente, o en su defecto, en la cuenta que a tal efecto designe al contratar “Movistar Fusión Empresa Básico”, prevaleciendo esta última, sobre cualquier otra que hubiera podido indicar con anterioridad.
A estos efectos el CLIENTE reconoce y confirma el mandato otorgado en su día para el cobro de las facturas correspondientes a dichos servicios (Banda Ancha fija y tarifas móviles) a través de sus cuentas de pago en la que vienen haciéndose efectivos dichos cobros hasta la fecha, autorizando también ahora, expresamente, a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U y a TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U a cobrar las facturas correspondientes al Servicio “Movistar Fusión Empresa Básico” contratado a través de las cuentas indicadas, por el CLIENTE, en sendos y respectivos Contrato de prestación de servicios xx Xxxxx Ancha fija o “Movistar Fusión Empresas 2014
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, facturará al CLIENTE cualquier servicio que le preste, que no esté incluido entre las prestaciones de MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO que hubiera contratado. Del mismo modo TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará al CLIENTE aquellos servicios que le preste y que no esté incluido en MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO.
Además de lo anterior, TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, presentará al cobro al CLIENTE la cantidad generada por el incumplimiento, en su caso, del compromiso de permanencia que se describe en apartado 5.2.b) de las presentes condiciones.
5.- Compromisosde permanencia.
5.1. Respectodelaprestaciónde servicios
Al contratar MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, el CLIENTE se compromete a mantener el SERVICIO vigente conforme a las permanencias que se especifican a continuación:
Para el supuesto de los Productos de Móviles, el acuerdo tendrá una vigencia de (2) dos años, a contar desde la puesta en servicio del servicio móvil.
En caso de que el cliente fuere incorporando líneas móviles adicionales, para cada una de dichas líneas el CLIENTE asumirá un compromiso de permanencia de 2 años, a contar desde lapuesta en servicio de dichas líneas móviles.
5.2- Bajas en Movistar Fusión Empresas Básico.
a) En el supuesto de que el CLIENTE cause baja en la Banda Ancha Fija de MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, con anterioridad a la finalización de los periodos antes citados, vendráobligadoa asumir las siguientesobligaciones:
1- Causará baja en el producto MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO así como de las condiciones que el mismo le otorgara.
2.-Reposicionamiento de todas las líneas móviles incluidas en este contrato a las tarifas equivalentes fuera de MFE Básico. En dicho supuesto la relación contractual será exclusivamente entre el Cliente y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U.
b) En el supuesto de que el CLIENTE cause baja de las líneas móviles de MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, con anterioridad a la finalización de los periodos antes citados, vendráobligadoa asumir las siguientesobligaciones:
1.-100 € por cada línea que cause baja
2.- Causará baja en el producto MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO así como de las condicionesque el mismo le otorgara.
Alos anteriores importes les serán deaplicación los impuestosindirectos que, ensucaso, correspondan.
5.3.- Ampliaciones
En relaciónconcada una de las ampliacionesde los diferentes productosy subproductos que pudiera contratar el CLIENTE, en el marco de MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, con posterioridad a la firma del presente contrato, el CLIENTE deberá prestar su conformidad y aceptación, mediante la rúbrica del correspondiente Anexo de
Modificación/Addenda.
5.4.- Cambiosdentrode Fusión
Los cambios que realice el CLIENTE entre las diferentes modalidades contractuales del SERVICIO, tanto a cuotas y/o tarifas superiores como a inferiores (que no implique un cambio de tecnología), no generarán contraprestación alguna por el incumplimiento del periodo comprometido, ni tampoco interrumpen o reinician el cómputo de dicho plazo de permanencia.
6.- USOCORRECTO DELSERVICIO
El CLIENTEseabstendráderealizarcualquieractuaciónquesupongaunusonocontemplado delos servicios y prestaciones que comprende MOVISTAR FUSIÓN EMPRESAS BÁSICO, tanto en las presentes condiciones como en los servicios conexos que TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. le presten. El CLIENTE será responsable, a todos los efectos, decualquieractividad fraudulenta oquepuedacausarun dañooperjuicio a TELEFÓNICA DE ESPAÑA,aTELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. oaterceros.
Nosepermiterevenderocomercializarningunodeestosservicios.Asímismolosdiferentesproductos quedan sujetos a las limitaciones específicas que para cada uno de ellos se establecen en las Condicionesdecadauno delosdosproductosqueintegranelServicio.
Así mismo, TELEFÓNICADEESPAÑAy TELEFÓNICAMÓVILESDEESPAÑAsereservan el derecho desuspenderointerrumpirdefinitivamenteelServicioqueprestaalCLIENTEencasode:
(i)usoinadecuadooabusivodelosservicioso
(ii)queseexcedadeformaabusivaelconsumorealizadoporunusuariomediodecomunicaciones electrónicasparaeseservicio.
7.RESOLUCIÓNDELCONTRATO
El Contratoseresolveráportranscursodel PeríododeVigencia, asícomoporlaresoluciónanticipada porlascausasprevistasenestacláusula.
El presenteContrato podrá resolverse, conanterioridadala expiracióndel Período de Vigencia(o de la prórroga en curso) si se verifica cualquiera de las circunstancias previstas en los apartados siguientes:
a) Mutuo acuerdo: Las partes podrán, en cualquier momento, resolver el Contrato de mutuo acuerdoreflejándoloporescrito.
b) Por incumplimiento de cualquiera de las partes de las obligaciones descritas en el presente ContratoysusAnexos.
c) Unilateral por el cliente: En caso deque el cliente decida rescindir unilateralmente el acuerdo solicitandosubajatotal,fueradelosplazosestablecidosenesteContratoysusAnexos,deberá hacerfrentealossiguientespagos:
Deudapendienteporusodelosservicios y/openalizaciones previstas no satisfechas.
Reintegro de la totalidad de los descuentos sobre tarifas base aplicados desde la fecha de inicio de la relación contractual (de acuerdo con lo especificadoenlosAnexos)
COMPENSACIONES Penalizaciones por baja anticipada de servicios conformealostérminosyserviciosprevistosenlosAnexos
d) Unilateral por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA Y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA: TELEFÓNICA DE ESPAÑA y/o TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA pueden resolver unilateralmente el presente Contrato enel caso de impago reiterado por parte del Cliente de las cantidades adeudadas en concepto de uso de los servicios y/o COMPENSACIONES penalizacionesenlasquehayaincurrido.
En este caso, además de proceder a la desactivación de todos los servicios contratados, se exigirán al cliente losmismospagosprevistospara el supuesto de resolución “unilateral” por partedelcliente.
8.LÍMITEDERESPONSABILIDAD
Cada parte será responsable de las actividades que ella misma realice, no teniendo ninguna responsabilidaddirecta, indirectanisubsidiaria enrelaciónconlasactividadesquerealicenlasotras, ni frente a cualesquiera personas físicas o jurídicas con las que cualquiera de las partes pudiera contratar la prestación de determinados servicios. Cada parte será responsable de los retrasos o incumplimientosquepudieranproducirseporcausasimputablesalamisma.
Por tanto, cada una de las empresas prestatarias de los servicios responderá independientemente de los daños y perjuicios ocasionados directamente al cliente, causados por el incumplimiento exclusivodecadauna deellasdesusobligacionesobjeto delpresenteContrato. El resarcimientode esosdañosyperjuicios:
i) No cubrirá daños indirectos o lucros cesantes, pérdidas de datos, pérdidas de beneficiosodenegociodelcliente.
ii) Alcanzaráhastaunasumamáximaequivalentealprecioapagarpor“elCliente” porelservicioolosserviciosafectadosporelplazodeUN(1)MES(o, ensucaso, elprorrateodelpreciototalentrelosmesesdeContrato;yporun(1)mes).
iii) No procederá en caso de que el incumplimiento de la empresa prestataria del servicio oserviciosafectadoshaya sido resarcido pormediodecualquiertipo de penalizacionesodeindemnizaciones.
9.MODIFICACIÓNDELCONTRATO
9.1. El presente Contrato podrá ser modificado de conformidad con la legislación vigente. Dicha circunstancia será comunicada al cliente con una antelación mínima de un (1) mes, quien podrá resolverelContratoencasodenoaceptacióndelasnuevascondiciones,conformealodispuestoen elpresenteContrato.
TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, con el fin de dar un mejor servicio al cliente, solicita de éste que cualquier cambio en los datos de este Contrato, especialmente los cambios en los datos correspondientes al domicilio de facturación y de la cuenta bancaria de domiciliación de los pagos, al tratarse de datos esenciales para el correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato así como la baja en el servicio, sean notificados por escritoalosserviciosderelaciónconelcliente.
9.2. El supuesto de que alguna obligación prevista en el presente Contrato o cualquiera de los anexos, sea de imposible cumplimiento, o en el supuesto de cualquier derecho reconocido en el presenteContratoocualquiera desusanexos, nopuedaserejercitado –totaloparcialmente-, todo ello motivado porunaresolución administrativa o judicial delaquefueradestinataria TMEo TESAU, las partes se comprometen a negociar y formalizar una novación contractual subsanando dicha situaciónsobrevenidaymanteniendoelequilibrioenlasprestacionesrecíprocasexistenteenlafecha de la entrada en vigor del presente Contrato. Dicha novación, en su caso, se plasmará mediante acuerdo por escrito de las partes, en el plazo de quince (15) días, a contar desde la fecha de comunicación por TMEo TESAU, al cliente de la propuesta denovación. Deno firmarse la novación enelplazoindicado, lapresenterelación contractualvigente entrelaspartesseentenderá resueltaa todoslosefectos.
10.-PROTECCIÓNDEDATOS
10.1.-: TELEFÓNICADE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. , encumplimiento
de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informanalclientedequelosdatospersonalesqueaportaenesteactojuntoalosobtenidosdurante la vigencia del contrato por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA,
S.A.U. ., o su redesde distribución, serán incluidos en ficheros informatizados dedatosdecarácter personal titularidad de estas Empresas, responsables del tratamiento y destinataria de los datos, siendonecesariosparalarelacióncontractualyteniendoelcarácterdeobligatorioaexcepcióndelos marcadoscomoopcionales.
Asimismo, con la intención deofrecerlenuestra mejoratención einformarledenuestrosserviciosde telecomunicaciones, yencumplimientodelodispuesto en el 65.3 del Real Decreto 424/2005, de 15 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios (BOE, 29 abril de 2005), TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U..,
solicitan su consentimiento para tratar, junto con los datos personales que usted nos facilita, todos los datosde tráfico necesariospara realizar la facturación y pagosdelas interconexiones y todoslos datos de los servicios de los que sea usuario, para ofrecerle promociones comerciales o para la prestación de servicios con valor añadido, durante la vigencia de la relación contractual, y siempre que no se oponga a este tratamiento en el plazo de un mes a contar desde la firma del contrato dirigiendoescritoa:
-TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Ref. Datos. Apartado de Correos 46.155 – 28080 de Madrid.
- TELEFÓNICAMÓVILESESPAÑA, S.A.U., Rondadela Comunicación s/n. Distrito Telefónica. Xxxxxxxx Xxx 0. 0x xxxxxx. 00000 Xxxxxx, llamando al teléfono gratuito 224407 o en xxx.xxxxxxxx.xx.
Asimismo, podrá revocar dicho consentimiento en cualquier momento a través de los medios indicados. No obstante, el consentimiento para el tratamiento de todos los datos de tráfico para la prestación de servicios con valor añadido se considerará otorgado desde el momento de solicitud, usooaccesoacualquierserviciodeestetipo.
10.2. El cliente consiente que TELEFÓNICADE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., en su continuo afán de mejorar la satisfacción de sus clientes, le envíen promociones comerciales, le comuniquen las ofertas más interesantes, las últimas novedades y toda la informacióndelosproductosyserviciosdela Compañíaquepuedanserdesuinterés. Sinodesea que., TELEFÓNICA DE ESPAÑA y/o TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U le envíen promocionesyofertasdeproductosyserviciospropiosde Movistar quepuedanserdesuinterésa través demensajescortos (SMS) ycorreos electrónicos, encumplimiento del art. 21.2 y 22.1 de la Ley 34/2002, de11dejulio, deServiciosdela Sociedaddela Informacióny Comercio Electrónico, dirijaescritoa:
-TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Ref. Datos. Apartado de Correos 46.155 – 28080 de Madrid.
- TELEFÓNICAMÓVILESESPAÑA,S.A.U.,RondadelaComunicacións/n.Distrito Telefónica.EdificioSur3.2ªplanta.28050Madrid,llamealteléfonogratuito224407 xxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xx.
Elclientepuedeejercitarlosderechosdeacceso,rectificación,cancelaciónyoposición previstosenlaLey,dirigiéndoseporescritoaldomiciliosocialde:
-TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. Ref. Datos. Apartado de Correos 46.155 – 28080 de Madrid.
-TelefónicaMóvilesEspaña,S.A.U.,ReferenciaDATOS,enapartadodecorreos5648080, Bilbao.
10.3. TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U.tienen la obligacióndesecretodelosdatosyeldeberdeguardarlos,yadoptarálasmedidasnecesariaspara evitar sualteración, pérdida, tratamientooaccesonoautorizado. Encualquiercaso,, TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. garantizanalclientequeenlautilización de sus datos personales se observarán escrupulosamente las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y Real Decreto 1720/2007,de21dediciembre,porelqueseapruebael Reglamentodedesarrollodela Ley Orgánica 15/1999, así como en el restante ordenamiento aplicable donde se establecen garantíasycautelasencuantoaltratamientodelosdatosdecarácterpersonaldelcliente.
10.4.Elclienteotorgasuconsentimientoa,TELEFÓNICADE ESPAÑA y aTELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U. para grabar las llamadas que él mismo pueda realizar al servicio de atención telefónica 1004, o las quese le pudieran hacer desde. TELEFÓNICADE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., odesdecualquierempresaautorizadaporésta. Dichasgrabacionesse realiza con la finalidad demejorarlacalidaddeprestación delosserviciosobjeto delcontrato, con la deverificarlasatisfaccióndelosclientes,asícomodeacreditarlacontratación.
11.-ACEPTACIÓNDETODASLASCONDICIONESCONTRACTUALES
Laaceptación, sin reservas, delaspresentes Condiciones Generalesdevieneindispensable para la prestación del Servicio por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA y de TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA. El CLIENTE manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado las presentes Condiciones Generales , puestas a su disposición, en todo momento, con carácter previo a la contratación,enlasiguientepáginaWeb:xxxx://xxx.xxxxxxxx/xxxxxxxxx.
La utilización del Servicio conlleva, asimismo, la aceptación por parte del CLIENTE de cuantos avisos, reglamentos de uso e instrucciones fueren puestos en su conocimiento por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA y TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U con posterioridad a la
aceptación de las presentes Condiciones Generales: su no aceptación, dentro del plazo al efecto otorgado,conllevarálaterminacióndelContratoporpartedelCLIENTE.
Las condiciones particulares los dos diferentes productos que componen el Servicio y que constan publicadas en página web de MOVISTAR, completan lo establecido en las presentes CondicionesParticulares.
Las Condiciones Generales descritas en el presente documento prevalecen sobre lo establecido en los Contratos y Condiciones Generales indicados anteriormente, los cuales se encuentran publicados a tal efecto en la página web: xxxx://xxx.xxxxxxxx/xxxxxxxxx.