SECRETARÍA DE HACIENDA
I SECCION ADMINISTRATIVA DECRETO
SALTA, 06 ABR 2018
DECRETO Nº_0265
SECRETARÍA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPTE Nº 50889-SG-2016 y Nota SIGA Nº 15480/2016.
VISTO que por Decreto Nº 1201/17 se Reconoce el pago en la figura de legítimo abono a la empresa Manufacturas del Norte S.A. y por Decreto Nº 1323/17 se aprueba el contrato de continuidad de la locación celebrado con dicha empresa, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 190/191, con encuadre en las atribuciones conferidas por el artículo 15º de las Ordenanzas Nº 14.257 y 15.211 el Tribunal de Cuentas Municipal emite Resolución Nº 5681/17, mediante la cual formula Observación Legal a los Decretos Nº 1201 de fecha 02 de noviembre de 2.017 y Nº 1323 de fecha 01 de diciembre de 2.017;
QUE las referidas observaciones radican en un error aritmético en la
5.552, modificada por Ordenanza Nº 14.257 y su modificatoria Nº 15.211
ARTÍCULO 6°. ORDENAR la Instrucción del Sumario Administrativo en el Expediente Nº 50889-SG-2016 y Nota SIGA Nº 15480/16
ARTÍCULO 7º. TOMAR conocimiento las Secretaría de Hacienda y de Gobierno con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 8º. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Despachos de la Secretaría General al Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Presidente de la Empresa Manufacturas del Norte S.A., posterior al informe emitido sin observaciones del Tribunal de Cuentas Municipal
ARTÍCULO 9°.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Gobierno
ARTÍCULO 10º.- CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento de lo dispuesto en el Artículo 4º, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal, notificar y archivar
Ver anexo
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Cláusula a Segunda del Convenio de Prórroga y en la omisión de incluir una cláusula de renuncia a posteriores reclamos por parte de la locataria atento al reconocimiento en carácter de legítimo abono dispuesto en los actos administrativos citados;
DECRETO Nº 0259 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPTE. Nº 9888-SG-2018.-
XXXXX, 00 ABR 2018
QUE en su mérito corresponde dejar sin efecto los Decretos observados y, con las respectivas correcciones, aprobar el reconocimiento del legítimo abono y el Convenio de Prórroga de la locación en cuestión;
QUE por lo expuesto precedentemente corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1º. DEJAR SIN EFECTO los Decretos Nº 1201/17 y 1323/17, a partir de la fecha de su emisión, con fundamento en lo expresado en la Resolución TC Nº 5.681/17
ARTÍCULO 2°. RECONOCER en la figura de Legítimo Abono, la suma de Pesos dos millones novecientos siete mil ciento ochenta y seis con cuarenta y un centavos ($ 2.907.186,41), suma comprensiva de capital e intereses correspondiente a la Tasa Pasiva promedio del Banco Nación de la Nación Argentina, a favor de la Empresa Manufacturas del Norte S.A., en concepto de alquiler del inmueble sito en Xxx. Xxxxxx Xx 000, correspondiente a los meses comprendidos desde septiembre/2012 a julio/2017
ARTÍCULO 3º. APROBAR el Contrato de Prórroga de la Locación, celebrado entre la Municipalidad xx Xxxxx, representada por el Intendente Municipal Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y la Empresa Manufacturas del Norte S.A., representada por su Presidente Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, el que se adjunta y forma parte del presente
ARTÍCULO 4°. DAR por Dirección General de Presupuesto, la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 5°. REMITIR el Expediente de referencia con copia legalizada del presente Instrumento Legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Art. 15 de la Ordenanza Nº
VISTO el Convenio de Obra Pública - Fondo Federal Solidario, celebrado entre la Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx x xx Xxxxxxxxx xx Xxxxx y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 03/06 se acompaña copia del Convenio de Obra Pública - Fondo Federal Solidario (20%), que tiene por objeto el financiamiento, fiscalización, control, medición y supervisión de la obra “Enripiado en calles Barrio San Xxxxxxxxx e Islas Malvinas”, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Nº 1368/09 y la Ley Nº 6838;
QUE han tomado intervención las áreas competentes de la Secretaría de Hacienda;
QUE en autos obra dictamen emitido por la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda sin efectuar objeción para la suscripción del presente convenio, sugiriendo la emisión del instrumento legal respectivo;
QUE en consecuencia y en el marco de las facultades establecidas en el art. 35 de la Carta Municipal y a fin de incorporar el citado convenio al derecho público municipal corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- APROBAR en todas sus partes el “Convenio de Obra Pública- Fondo Federal Solidario”, celebrado entre la Secretaría de Asuntos Municipales de la Provincia xx Xxxxx, representada por su titular Xx. Xxxxxx Xxxxxxx x xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx, representada por el Sr. Intendente, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el que como Anexo se adjunta y forma parte integrante del presente
ARTICULO 2°.-DAR por la Subsecretaría de Presupuesto, la imputación presupuestaria correspondiente
ARTICULO 3°.-REMITIR el Expediente de referencia con copia del presente instrumento legal al Tribunal de Cuentas Municipal, conforme lo establecido por el Art. 15 de la Ordenanza Nº 5.552, modificada por las Ordenanzas Nº 14.257 y 15.211
ARTICULO 4º.-TOMAR razón las Secretarías de Hacienda y de Obras Públicas y Planificación Urbana con sus respectivas dependencias
ARTICULO 5º.-NOTIFICAR por la Dirección de Despacho de la Secretaría de Hacienda el presente instrumento legal, a la Secretaría de Asuntos Municipales, con domicilio en calle Los Incas S/N de Barrio Grand Xxxxx, posterior al informe emitido sin observaciones del Tribunal de Cuentas Municipal
ARTICULO 6°.-EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Obras Públicas y Planificación Urbana
ARTICULO 7º.-CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal, notificar y archivar
Ver anexo
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0260 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPTE. Nº 9888-SG-2018.-
VISTO el Decreto Nº 1234/2017, mediante el cual se aprueba el Convenio de Obra Publica- Fondo Federal Solidario (20%) por la obra:”Pavimento con Hormigón Pje. Torino desde antiguo camino a Las Costas hasta Islas Orcadas del Sur, Bº Islas Malvinas – Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante el Decreto Nº 1234/2017 se pactó la ejecución de una serie de obras por la suma de $29.226.513,00,
QUE entre las obras comprendidas se encuentra la referida a:”Pavimento con Hormigón Pje. Torino desde antiguo camino a Las Costas hasta Islas Orcadas del Sur, Bº Islas Malvinas – Salta”, cuyo presupuesto oficial originario fue de $4.288.155,72;
QUE mediante Expediente Nº 366-209316/2017-3 se acredita que la adjudicación de la obra mencionada se efectuó por la suma de $ 3.013.775,97 por lo que se convino una Addenda Rectificativa a fin de que la diferencia resultante sea destinada a otra obra ;
QUE han tomado intervención las áreas competentes de la Secretaría de Hacienda;
QUE en autos obra dictamen emitido por la Dirección General de Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda, sin efectuar objeción para la suscripción de la Addenda Rectificativa sugiriendo la emisión del instrumento legal respectivo;
QUE en consecuencia y en el marco de las facultades establecidas en el art. 35 de la Carta Municipal corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR en todas sus partes “La Addenda Rectificativa- Fondo Federal Solidario- Decreto Nº 932/17”, celebrado entre la Secretaría de Asuntos Municipales de la Provincia xx Xxxxx, representada por su titular Xx. Xxxxxx Xxxxxxx x xx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxx, representada por el Sr. Intendente, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el que como Anexo se adjunta y forma parte integrante del presente
ARTÍCULO 2º.-TOMAR razón las Secretarías de Hacienda y de Obras Públicas y Planificación Urbana con sus respectivas dependencias
ARTICULO 3º.-NOTIFICAR por la Dirección de Despacho de la Secretaría de Hacienda el presente instrumento legal, a la Secretaría de Asuntos Municipales, con domicilio en calle Los Incas S/N de Barrio Grand Xxxxx
ARTICULO 4°.-EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Obras Públicas y Planificación Urbana
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0262 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 054.689-SG-2017.
VISTO la presentación efectuada por la Asociación de Veteranos de Malvinas, mediante la que solicita el reconocimiento y pago de mayores costos, y;
CONSIDERANDO:
QUE dando respaldo a lo solicitado, la empresa acompaña a fojas 02 la composición de análisis de los costos laborales y de los insumos a fin de justificar la redeterminación de precios;
QUE el vínculo contractual se encuentra formalizado a través de la Contratación Directa Nº 1149/16 para el Contrato de Uso y Mantenimiento y Limpieza celebrado con la citada Asociación, aprobado por el Decreto Nº 0448/17;
QUE en esta oportunidad se requiere la redeterminación de los precios contractuales a partir del 16 xx xxxxxx de 2017;
QUE de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º 4to. párrafo del Decreto Nº 1815/14, se cumple con la condición de que las determinaciones deben efectuarse cada seis (6) meses o antes, cuando exista un incremento superior al 10% resultante de la aplicación de formula o mecanismo previsto a tales efectos;
QUE las modificaciones de las variables económicas que operan en la economía, hacen razonable el análisis de la solicitud de redeterminaciones formulada por la Asociación;
QUE de conformidad las constancias de autos, se cumplimentan todos los requerimientos de la legislación municipal (artículo 40 Ley Nº 6838 y 44 Decreto Nº 931/96 modificado por el Decreto Nº 1815/14), que justifican la redeterminación de precios;
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
QUE a fs. 71/72 intervienen las dependencias de la Secretaría de Hacienda, realizando la correspondiente imputación presupuestaria y la respectiva factibilidad financiera;
QUE en el marco de las competencias establecidas en el artículo 35 de la Carta Municipal corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el CONVENIO de
REDETERMINACIÓN DE PRECIOS celebrado entre la Municipalidad xx Xxxxx, representada por el Intendente, Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx y la Asociación de Veteranos de Malvinas, representada por su Presidente, Sr. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx y su Secretario, Xx. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, el que se adjunta y forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- DAR por Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- REMITIR el Expediente de la referencia con copia legalizada del presente Decreto al Tribunal de Cuentas, conforme lo establecido por el Artículo 15 de la Ordenanza Nº 5.552, modificado por las Ordenanzas Nº 14.257, 15.211 y 15.393.
ARTÍCULO 4º.- TOMAR conocimiento las Secretarías General y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 5º.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
ARTÍCULO 6º.- CUMPLIDO con el trámite y el procedimiento dispuesto en el artículo 3º, comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal, notificar y archivar.
XXXXXXX XXXXX-XXXXXXXXXX-XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0293
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA REFERENCIA: Expte. Nº 001031-SG-2018.-
VISTO el ofrecimiento en donación mediante nota certificada por escribano, efectuada por las Señoras Xxxxx Xxxxxxxxx Patrón Xxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxxxx xxx Xxxxx Patrón Costas, propietarias de las Matrículas Nº 166.571 – fracción 254, y Nº 166.572 – fracción 255, ambas de la sección “Q”, de una superficie de 8.349,52 m2de los citados catastros a favor de la Municipalidad xx Xxxxx, y
CONSIDERANDO:
QUE el acto de liberalidad tiene como propósito que la superficie sea destinada a calles, pasajes y ochavas, para uso público municipal;
QUE a fs. 05/06 obra Dictamen Nº 206 de la Dirección Legal y Técnica de Obras Privadas de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, señalando que no existe óbice alguno para aceptar la donación;
QUE conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 8028, el Departamento Ejecutivo Municipal debe declarar si el bien o los bienes recibidos en donación resultan de interés municipal;
QUE las transmisiones hechas al municipio, deben ser aprobadas o rechazadas por parte del Concejo Deliberante, ello en un todo de acuerdo a las previsiones contenidas en el artículo 22 - inc. k) de la Carta Municipal;
QUE por lo expuesto precedentemente y en el marco de las facultades previstas en el artículo 35 de la Carta Municipal y artículo 23 de la
Ordenanza Nº 6923 corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A:
ARTICULO1º.- DECLARAR de interés Municipal el ofrecimiento en donación efectuado por las señoras Xxxxx Xxxxxxxxx Patrón Xxxxxx Xxxxxxxx – D.N.I. Nº 14.489.278, y Xxxxxxxx xxx Xxxxx Patrón Costas –
D.N.I. Nº 17.792.194, propietarias de las Matrículas Nº 166.571 – fracción 254, y Nº 166.572 – fracción 255, ambas de la sección “Q”, de esta Capital, de una superficie de 8.349,52 m2 correspondiente a la Urbanización “LOTEO LAS MARGARITAS”, la cual será destinada a calles, pasajes y ochavas, discriminados de la siguiente manera:
Superficie destinada a ochavas Superficie destinada a calles y pasajes Superficie total a donar
ARTÍCULO 2°.-EL destino y la finalidad de la Superficie mencionada en el artículo anterior no podrá cambiarse bajo ningún concepto
ARTICULO 3°.-REMITIR copia del presente al Concejo Deliberante a los efectos previstos en el inciso k) del artículo 22 de la Carta Municipal
ARTÍCULO 4°.- NOTIFICAR el presente Decreto a las señoras Xxxxx Xxxxxxxxx Patrón Xxxxxx Xxxxxxxx – D.N.I. Nº 14.489.278, y Xxxxxxxx xxx Xxxxx Patrón Costas – D.N.I. Nº 17.792.194, por la Dirección de Despacho de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana
ARTÍCULO 5°.- TOMAR razón la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana con sus dependencias intervinientes
ARTÍCULO 6°.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Obras Públicas y Planificación Urbana
ARTÍCULO 7°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0294 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: Expediente N° 009.286-SG-2018
VISTO lo requerido en estas actuaciones por el Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, y;
CONSIDERANDO:
QUE se ha visto necesaria la incorporación del nombrado para que preste servicios en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio, Mantenimiento y Servicios Generales de la Secretaría General y las presentes actuaciones cumplimentan lo estipulado por el Artículo 5º del Decreto Nº 0222/16;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda y da el crédito presupuestario para esta erogación;
QUE en el marco de las atribuciones dispuestas por la Carta Municipal, compete al Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
ARTÍCULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en Agrupamiento Político carece de estabilidad, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 10.098
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. DESIGNAR a partir de la fecha de su notificación, al
Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000, en Planta
Transitoria -Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Patrimonio, Mantenimiento y Servicios Generales de la Secretaría General, percibiendo la remuneración correspondiente al Xxxxx 00 del Decreto Nº 0018/16.
ARTÍCULO 2°. ESTABLECER que el nombrado al revistar en el Agrupamiento Político carece de estabilidad, conforme lo dispone la Ordenanza Nº 10.098
ARTÍCULO 3°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón las Secretarías General y de Hacienda con sus respectivas dependen-cias
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los Sres. Secretarios General y de Hacienda
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0295 SECRETARÍA GENERAL
VISTO que en el marco de las atribuciones dispuestas por la Carta Municipal, compete al Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo, y;
CONSIDERANDO:
QUE se ha visto oportuna la incorporación del Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, en virtud de la necesidad de contar con los conocimientos que posee el nombrado y las presentes actuaciones cumplimentan lo estipulado por el Artículo 5º del Decreto Nº 0222/16.
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda y da crédito presupuestario para esta erogación.
QUE a fin de concretar tal propósito, procede la emisión del presente instrumento legal.
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. DESIGNAR a partir de la fecha de su notificación, al
Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, DNI Nº 00.000.000,
en Planta Transitoria -Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en la Secretaría General, percibiendo la remuneración correspondiente al artículo 1º punto 3 del Decreto Nº 1357/09 y modificatorios
ARTÍCULO 3°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón las Secretarías General y de Hacienda con sus respectivas dependen-cias
ARTÍCULO 5°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los Sres. Secretarios General y de Hacienda
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0297 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: Expediente Nº 086.384-SG-2017.
VISTO la renuncia presentada por el agente de planta permanente Xx. XXXXXXX XXXX XXXXX, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 10, de la Dirección de Obras Eléctricas de la Dirección General de Producción de Planta, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, a partir del día 01/01/18, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02/03 se adjuntan fotocopias certificadas de la Notificación de Acuerdo de Prestación y del Detalle de Liquidación de la Prestación de la ANSeS, de fecha 28/11/17 mediante las cuales se pone en conocimiento del nombrado que por Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01261 de fecha 10/10/17, se le otorgó el beneficio de Prestación Básica Universal, Compensatoria, Adicional por Permanencia, según disposiciones de la Ley 24.241 y se individualizaron los importes retroactivos y mensuales de haberes;
QUE a fs. 05 la Dirección de Inspección de Personal manifiesta que el agente Xxxxx hizo real prestación de servicios hasta el día 31/12/17 y a partir de 01/01/18 se acogió al beneficio de la jubilación ordinaria;
QUE a fs. 07 el Departamento de Registro y Control de Xxxxxxx comunica que al citado agente no le corresponde el reintegro de xxxxxxx;
QUE a fs. 08 obra intervención de la Dirección General de Sumarios de la cual se desprende que el agente mencionado no registra causa administrativa como imputado;
QUE a fs. 09 la Dirección General de Patrimonio expresa que el Xx. Xxxxx no posee elemento alguno perteneciente al Municipio;
QUE a fs. 12 la Dirección de Supervisión de Xxxxxxx, informa que en fecha 31/12/17 se registró la baja interna del nombrado agente;
QUE a fs. 14/15 la Dirección Laboral, dependiente de la Dirección General de Personal, determina que se encuentran verificados en debida forma los requisitos administrativos inherentes a la extinción de la relación de empleo público municipal, por lo que corresponde aceptar a partir del día 01/01/18 la renuncia presentada por el nombrado agente, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria;
QUE de fs. 17 a 21 la Secretaría de Hacienda procede a la desafectación de la partida presupuestaria que tenía comprometida la Comuna;
QUE a fs. 24/25 la Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría General, emite Dictamen Nº 2286/18, concluyendo que no existe impedimento legal para aceptar la dimisión presentada en autos;
QUE a tal efecto, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
QUE a fs. 07 el Departamento de Registro y Control de Xxxxxxx comunica que al citado agente no le corresponde el reintegro de xxxxxxx;
QUE a fs. 08 obra intervención de la Dirección General de Sumarios de la cual se desprende que el agente mencionado no registra causa administrativa como imputado;
QUE a fs. 09 la Subsecretaría de Patrimonio, Mantenimiento y Servicios Generales expresa que el Xx. Xxxxxxxx no posee elemento alguno perteneciente al Municipio;
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. ACEPTAR a partir del 01/01/18 la renuncia presentada por el agente de planta permanente Xx. XXXXXXX XXXX XXXXX, LE N° 10.619.071, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 10, de la Dirección de Obras Eléctricas de la Dirección General de Producción de Planta, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, dándole las gracias por los servicios prestados a la comunidad xx Xxxxx, a través de su trabajo en esta Municipalidad
ARTÍCULO 2°. TOMAR razón las Secretarías de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias y cursar copia de este Decreto a la ANSeS
ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 4°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda
QUE a fs. 12 el Departamento de Control xx Xxxxxxxxx, dependiente de la Dirección de Supervisión de Haberes informa que en fecha 31/10/17 se registró la baja interna del nombrado agente;
QUE a fs. 15/16 la Dirección Laboral, dependiente de la Dirección General de Personal, determina que se encuentran verificados en debida forma los requisitos administrativos inherentes a la extinción de la relación de empleo público municipal, por lo que corresponde aceptar a partir del día 01/11/17 la renuncia presentada por el nombrado agente, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria;
QUE de fs. 18 a 22 la Secretaría de Hacienda procede a la desafectación de la partida presupuestaria que tenía comprometida la Comuna;
QUE a fs. 25/26 la Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente de la Secretaría General, emite Dictamen Nº 2274/18, concluyendo que no existe impedimento legal para aceptar la dimisión presentada en autos;
QUE a tal efecto, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0298 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: Expediente Nº 072.177-SG-2017
VISTO la renuncia presentada por el agente de planta permanente Xx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 12, de la Dirección de Mantenimiento Edilicio de la Dirección General de Producción de Planta, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, a partir del día 01/11/17, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02/03 se adjuntan fotocopias certificadas de la Notificación de Acuerdo de Prestación y del Detalle de Liquidación de la Prestación de la ANSeS, de fecha 25/09/17 mediante las cuales se pone en conocimiento del nombrado que por Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01259 de fecha 10/08/17, se le otorgó el beneficio de Prestación Básica Universal, Compensatoria, Adicional por Permanencia, según disposiciones de la Ley 24.241 y se individualizaron los importes retroactivos y mensuales de haberes;
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. ACEPTAR a partir del 01/11/17 la renuncia presentada por el agente de planta permanente Xx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, DNI N°00.000.000, Agrupamiento General, Tramo Supervisión, Nivel 12, de la Dirección de Mantenimiento Edilicio de la Dirección General de Producción de Planta, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, por haberse acogido a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, dándole las gracias por los servicios prestados a la comunidad xx Xxxxx, a través de su trabajo en esta Municipalidad
ARTÍCULO 2°. TOMAR razón las Secretarías de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias y cursar copia de este Decreto a la ANSeS
ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 4°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
QUE a fs. 05 la Dirección de Inspección de Personal manifiesta que el agente Xxxxxxxx hizo real prestación de servicios hasta el día 31/10/17 y a partir de 01/11/17 se acogió al beneficio de la jubilación ordinaria;
DECRETO Nº 0299 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 39146-SG-2014 y Nota Siga Nº 2143-2018.-
VISTO el expediente de referencia mediante el cual el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, solicita el otorgamiento de licencia extraordinaria sin goce de haberes, y;
CONSIDERANDO:
QUE a través de Resolución de Presidencia Nº 55/2014 del Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx se designa al referido agente, como Jefe de Despacho de Presidencia, en el marco de lo establecido en la Ordenanza Nº 10098, a partir del 01/04/2014;
QUE a fs. 35 la Dirección de Supervisión de Haberes- Departamento de Control xx Xxxxxxxxx informa que desde el 01/07/2014 se registra la licencia sin goce de haberes del Xx. Xxxxxx;
QUE a fs. 25 a 27 obran las planillas de registro de asistencia cumplidas por el nombrado agente en la entonces Subsecretaria de Control Urbano y Planeamiento de la Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, por los meses xx xxxxx, mayo y junio/2014;
QUE a fs. 40 obra Nota Siga de referencia por la cual el Presidente del Concejo Deliberante comunica la continuidad de la designación del nombrado al citado organismo, manteniendo dicho cargo desde 01/07/2014;
QUE a fs. 42 la dirección laboral dependiente de la Dirección General de Personal concluye que correspondería conceder la licencia sin goce de haberes peticionada a partir del día 01/07/2014 mientras se desempeñe como Jefe de Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE a fs. 43 el Departamento de Antecedentes de Personal comunica que el nombrado agente computa 26 (veintiséis) años, 7 (siete) meses y 25 (veinticinco) días de antigüedad municipal, revistando en planta permanente como personal dependiente de la entonces Secretaria de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, según consulta individual de fs. 02;
QUE en el marco de las facultades establecidas por el Art. 35 de la Carta Municipal corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.OTORGAR al Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, D.N.I.
Nº 18.019.208, el usufructo de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del día 01/07/2014 mientras mantenga su designación como Jefe de Despacho de Presidencia del Concejo Deliberante de la Ciudad xx Xxxxx
ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón Secretaria de Hacienda con sus respectivas dependencias y remitir copia al Concejo Deliberante de la Ciudad xx Xxxxx
ARTÍCULO 4°. El presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0300 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expedientes N° 021776-SG-2013, 13146-SG-2012, 29500-SG-2013 y Notas SIGA Nº 4464/2013,10691/2013, 11521/2015,
549/2016, 8689/2017.-
VISTO las actuaciones de referencia mediante las cuales la Xxx. Xxxxx Xxx Xxxxx Xxxxxxxx, en carácter de esposa del ex agente Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, solicita el pago de la indemnización por fallecimiento prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 02/03 se adjunta el Acta de Defunción y el Acta de Matrimonio acreditando el vínculo;
QUE de fs. 50 a 53 se adjunta fotocopia simple de Notificación de Acuerdo de Beneficio de la ANSeS, de fecha 03/06/13, mediante la cual se pone en conocimiento que la Xxx. Xxxxxxxx, es beneficiaria directa de una pensión por el fallecido Xx. Xxxxx;
QUE a fs. 55 el Jefe del Departamento de Antecedentes de Personal informa que el Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx contaba con una antigüedad de tres (03) años, dos (02) meses y tres (03) días a la fecha de su deceso;
QUE a fs. 73 y 82 la Dirección Supervisión de Xxxxxxx informa sobre el monto que correspondería abonarse en concepto de indemnización por fallecimiento del ex agente Xxxxx;
QUE a fs. 75 la Subsecretaría de Auditoría Interna considera que corresponde hacer lugar a lo solicitado por la Xxx. Xxxxxxxx, con encuadre a la normativa vigente a la fecha de producido el hecho, esto es 04/03/13, por lo que resultaría aplicable lo dispuesto en el Artículo 21º inc. c) del Convenio Colectivo de Trabajo (1996/2014);
QUE a fs. 80 la Dirección Laboral ratifica el Dictamen de fs. 70 y amplía sus consideraciones, expresando que corresponde hacer lugar y aplicar en el caso en cuestión lo previsto en el entonces vigente Convenio Colectivo de Trabajo (1996-2014), cuyo Artículo 21º establece: “El personal gozará de indemnizaciones por las siguientes causales: a) Por haber sido afectado su derecho de estabilidad previsto en el Artículo 12º, por causas no determinadas en este Convenio y optará por recibir la indemnización a que se refiere el Artículo 22º; b) Accidente de trabajo o enfermedad ocupacional; c) Fallecimiento; d) Desarraigo; e) Gastos y daños originados en o por actos de servicios; f) Cesantía por incapacidad inculposa; g) por secuelas comprobadas“;
QUE a su vez el Artículo 22º del mencionado Convenio dispone: “El monto de las Indemnizaciones se calculará sobre el total de las remuneraciones y asignaciones de carácter regular y permanente que sufren descuentos jubilatorios, correspondiente al último mes y serán acordadas conforme a la escala acumulativa y condiciones siguientes, siempre y cuando no existiera un régimen diferente: a) -Con hasta 10 (diez) años de servicios computables; El 100% de las remuneraciones y asignaciones mensuales por cada año de antigüedad. - Más de 10 (diez) años y hasta veinte 20 (veinte) computables: el 150% por cada año de antigüedad que excedan 10 (diez) años. - Más de 20 (veinte) años: el 200% por cada año de antigüedad que exceda los veinte años computables. b) - De las indemnizaciones resultantes se deducirán aquellas que el agente hubiera percibido con motivo de cesaciones anteriores;
QUE el Artículo 23° expresa “A los efectos del artículo precedente se computarán únicamente los servicios prestados en: Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales o en Empresas o Entidades incorporadas totalmente al patrimonio del Estado, que no hubiera dado lugar al otorgamiento de un beneficio de pasividad. Cuando el trabajador se desempeñe en más de un cargo, se tendrá en cuenta únicamente la antigüedad computada en el cargo suprimido. Del
cómputo total se considerará como año entero la fracción igual o mayor de 6 (seis) meses despreciándose si fuese menor”;
QUE a fs. 112/114 obra Dictamen Nº 150/17 de la Procuración General mediante el cual ratifica la posición planteada por la Dirección General de Asesoría Legal de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General, en el sentido de que la cuestión debería asimilarse a los distintos antecedentes en los cuales sin necesidad de algún pedido o planteo particular, se incluyó el capital y los intereses respectivos, debiéndose aplicar la Tasa Pasiva BNA para la liquidación de la indemnización solicitada;
QUE a fs. 117/118 la Subsecretaría de Auditoría Interna realiza una nueva intervención conforme lo dispuesto por la Procuración General;
QUE la Secretaría de Hacienda toma conocimiento a fin de otorgar el crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE en el marco de las atribuciones establecidas en el artículo 35 de la Carta Municipal, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°. HACER LUGAR a la percepción de la Indemnización por el fallecimiento del ex agente Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, DNI Nº 00.000.000, solicitada por la Xxx. Xxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxxx, DNI N°
00.000.000 y prevista en el Artículo 21º inciso “C” del Convenio Colectivo de Trabajo (vigencia 1996-2014), por un monto de Pesos Siete Mil Quinientos Sesenta y Siete con 14/100 ($ 7.567,14
ARTÍCULO 2°. TOMAR razón las Secretarías de Ambiente y Servicios Públicos y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 4°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Ambiente y Servicios Públicos y de Hacienda
QUE a fs. 20 la Dirección General de Personal certifica la tarea realizada;
QUE a fs. 36/37 la Asesoría Jurídica de la Sub Secretaría Legal y Técnica de la Secretaria General emite Dictamen Nº 2055/18 expresando que no existe impedimento legal para hacer lugar a lo solicitado en autos;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda, a los efectos de dar crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE en el marco de las competencias establecidas en el art. 35 de la Carta Municipal, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.OTORGAR al Xx. XXXX XXXXXXX XXXXXXX, DNI Nº
8.174.647, el Beneficio de Reconocimiento por Servicios Prestados, debiéndose liquidar y pagar por Secretaría de Hacienda.
ARTÍCULO 2º.DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputación presupuestaria
correspondiente.
ARTÍCULO 3º.TOMAR razón Secretarías de Obras Pública y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5º. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda.
ARTÍCULO 6°. COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0301 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 017787-SG-2016 y Nota Siga Nº 19921- 2016.-
VISTO la solicitud efectuada por el Xx. XXXX XXXXXXX XXXXXXX, referente a la liquidación y pago del Beneficio de Reconocimiento por Servicios Prestados, y;
CONSIDERANDO:
QUE el mencionado emolumento se encuentra instituido y regulado por el Decreto Nº 0553/11 y sus modificatorios Decretos Nº 807/12, 448/13, 279/14 y 281/15;
QUE a fs. 11 a 14 la Dirección Laboral, considera que encontrándose cumplidos los requisitos exigidos por la normativa aplicable, corresponde hacer lugar a lo solicitado;
DECRETO Nº 0302 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 048716-SG-2016 y Nota Siga Nº 22867- 2017.-
VISTO la solicitud de la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXX, referente al otorgamiento de licencia extraordinaria sin goce de haberes a partir del 11/08/2016 y;
CONSIDERANDO:
QUE a través de Decisión Administrativa Nº 2011 de fecha 08 xx xxxxxx de 2016 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia xx Xxxxx se designa a la referida agente, en carácter de Personal Temporario, en la Unidad Central de Contrataciones, organismo dependiente de ese Ministerio, por el término de cinco (5) meses, a partir de su notificación;
QUE por Decisión Administrativa Nros. 58/17, 1256/17 y 1984/17 del citado Ministerio se prorrogó dicha designación por igual período, computándose esta última hasta el 10/04/2018;
QUE a fs. 10/11 el Departamento de Antecedentes de Personal comunica que la nombrada agente computa 07 (siete) años, 03 (tres) meses y 05 (cinco) días de antigüedad municipal, revistando en planta permanente como personal dependiente de la Secretaría de Hacienda, según consulta individual de fs. 04;
QUE a fs. 24 la Dirección de Supervisión de Haberes informa que la baja interna se registra desde el 11.08.2016;
QUE a fs. 33 la Dirección Laboral dependiente de la Dirección General de Personal concluye que correspondería conceder la licencia sin goce de haberes peticionada a partir del día 11/08/2016 y mientras se desempeñe como Personal Temporario en dicho organismo;
QUE la agente reúne las condiciones para el otorgamiento del beneficio solicitado, por lo que resulta pertinente emitir el instrumento legal correspondiente;
QUE en el marco de las competencias establecidas en el art. 35 de la Carta Municipal, corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones
que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.OTORGAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXX XXXX, D.N.I.
Nº 29.336.695, el usufructo de licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del día 11/08/2016 y hasta el 10/04/2018
ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 3°.TOMAR razón Secretaría de Hacienda con sus respectivas dependencias y remitir copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia xx Xxxxx
ARTICULO 4º. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General y de Hacienda.
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. INCORPORAR a la ESTRUCTURA ORGÁNICA SUPERIOR DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL –
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL la Dirección General de Centros Integradores Comunitarios, con sus respectivas dependencias, conforme al Anexo I A que forma parte integrante del presente, a partir de la fecha de este acto administrativo
ARTÍCULO 2°. DETERMINAR las COMPETENCIAS de la Dirección General de Centros Integradores Comunitarios, dependientes de la Subsecretaría de Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social, conforme el Anexo II A que forma parte integrante del presente
ARTÍCULO 3°. DEJAR SIN EFECTO, en todas sus partes, el Xxxxxxx Xx 0000/00
XXXXXXXX 0x. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón la Coordinación General xx Xxxxxxxxxxx y las Secretarías de Desarrollo Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Desarrollo Social y de Hacienda
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
ARTÍCULO 5°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0303 SECRETARÍA GENERAL
VISTO la Ordenanza N° 15416 que determina las competencias de la Secretaría de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
QUE el inciso b) de la citada normativa expresa que a la Secretaría de Desarrollo Social le compete gestionar, desarrollar y promover acciones y políticas tendientes al bienestar social;
QUE en virtud de ello, resulta pertinente que la Dirección General de Centros Integradores Comunitarios se incorpore a la Subsecretaría de Integración Social, dependiente de la nombrada Secretaría dada las funciones y tareas que desarrolla en el ámbito social;
QUE se da intervención a la Secretaría de Hacienda a los fines pertinentes;
QUE a fin de concretar dicho propósito corresponde el dictado del instrumento legal respectivo;
POR ELLO
DECRETO Nº 0304 SECRETARÍA GENERAL
VISTO que el cargo de Subsecretario de Integración Social, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social se encuentra vacante, y;
CONSIDERANDO:
QUE el agente de planta permanente Xx. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX reúne las condiciones para cubrir dicha función;
QUE el nombrado se encuentra designado mediante el Decreto N° 0071/18 – Anexo II, por lo que previamente corresponde dejar sin efecto dicha designación;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda a los efectos de dar el crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE en el marco de las atribuciones dispuestas por la Carta Municipal, compete al Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo, y;
QUE a tal fin, se emite el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. DESIGNAR, a partir de su notificación, al agente de planta permanente Xxxxxxx Xx. XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, DNI
Nº 00.000.000, en el cargo de Subsecretario de Integración Social, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, con el nivel remunerativo establecido en el Artículo 1° punto 2 del Decreto N° 1357/09 y modificatorios y en consecuencia dejar sin efecto su designación efectuada mediante el Decreto N° 0071/18 - Anexo II
ARTÍCULO 2°. ESTABLECER que el nombrado agente de planta permanente retiene el nivel, tramo y agrupamiento de revista
ARTÍCULO 3°. NOTIFICAR el contenido del presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 4°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón las Secretarías de Desarrollo Social y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los Sres. Secretarios General, de Desarrollo Social y de Hacienda
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
ARTÍCULO 5°. TOMAR razón las Secretarías de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 6°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda
ARTÍCULO 7°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0306 SECRETARÍA GENERAL
VISTO que mediante el Decreto Nº 0305/18 se aprueba la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y;
CONSIDERANDO:
DECRETO Nº 0305 SECRETARÍA GENERAL
VISTO la Ordenanza Nº 15.416, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante la citada normativa se aprueba la Estructura Orgánica - Planta Política Superior del Departamento Ejecutivo Municipal;
QUE en virtud de ello, resulta pertinente aprobar la nueva Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda a los efectos de dar el crédito presupuestario necesario para la erogación correspondiente;
QUE en el marco de las atribuciones establecidas en el artículo 35 de la Carta Municipal, se emite el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1º. APROBAR la ESTRUCTURA ORGÁNICA SUPERIOR
de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANFICACIÓN
URBANA, conforme el Anexo I que forma parte integrante del presente,
a partir del día de la fecha
ARTÍCULO 2°. DETERMINAR las COMPETENCIAS de las
dependencias que integran la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA, conforme el Anexo II que forma parte integrante del presente
ARTÍCULO 3º. DEJAR sin efecto el Decreto Nº 1689/15 y sus modificatorios
ARTÍCULO 4°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
QUE resulta necesario realizar el nombramiento de las personas que ocuparán los distintos cargos de conducción en la citada Secretaría;
QUE teniendo en cuenta que dentro de ese personal hay algunos de ellos que ya cuentan con una designación, corresponde previamente dejar sin efecto dichas designaciones;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda a los efectos de dar crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE en el marco de las atribuciones dispuestas por la Carta Municipal, compete al Ejecutivo Municipal nombrar y remover a los funcionarios y empleados de la administración a su cargo;
QUE a tal fin, se emite el instrumento legal correspondiente.
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. DEJAR sin efecto, a partir de la fecha del presente, las designaciones efectuadas mediante los Decretos N° 0471/12, 1690/15, 0587/16 y 0678/16 y el nombramiento de la Xxx. XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX, DNI N° 00.000.000 realizado en el Xxxxxxx Xx 0000/00
XXXXXXXX 0x. DESIGNAR a partir de la fecha del presente, a las personas que se mencionan en el Anexo I que forma parte integrante de este acto administrativo, en los cargos que para cada uno se indica, dependientes de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, con sus respectivos niveles remunerativos dispuestos en la respectiva Escala Salarial
ARTÍCULO 3°. ESTABLECER que los agentes de planta permanente retienen el nivel, tramo y agrupamiento de revista y de los cuales son titulares y que el personal de Estamento de Apoyo carece de estabilidad conforme lo dispone la Ordenanza Nº 10.098
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR el contenido del presente por la Dirección General de Personal
ARTÍCULO 5°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 6°. TOMAR razón las Secretarías de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 7°. EL presente Decreto será firmado por los Sres. Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - GAUFFI N - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0307 SECRETARÍA GENERAL
VISTO el Decreto Nº 0305/18 , y;
CONSIDERANDO:
QUE a través de la citada normativa se aprueba la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana;
QUE en las actuaciones de la referencia la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana propone al Departamento Ejecutivo Municipal el nuevo Cuadro de Cargos para el personal que se desempeña en ese Organismo;
QUE lo propuesto contempla la organización administrativa y de gestión implementada actualmente y que debe adecuarse a la nueva Estructura Orgánica Superior;
QUE se da intervención a la Secretaría de Hacienda, a los efectos del crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE a fin de concretar dicho propósito corresponde el dictado del instrumento legal respectivo;
POR ELLO
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTICULO 1°. APROBAR el CUADRO DE CARGOS DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA SUPERIOR DE LA SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA, conforme al Anexo
I que forma parte integrante del presente, a partir de la fecha de su notificación
ARTICULO 2°. DEJAR sin efecto Decreto Nº 1691/15
ARTÍCULO 3°. DAR por la Secretaría de Hacienda la imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 4°. TOMAR razón las Secretarías de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 5°. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Obras Públicas y Planificación Urbana y de Hacienda
ARTÍCULO 6°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0308 SECRETARÍA DE GOBIERNO
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 3338-SV-2016.-
VISTO la presentación efectuada por la señora XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, mediante la que solicita la adjudicación de una Licencia de Transporte Escolar, y;
CONSIDERANDO:
QUE la requirente aclara que a los fines de la prestación del servicio, resulta pertinente la afectación del vehículo Marca Renault, Modelo Master DCI 120 CORTO, Año 2008, Dominio HAN-730, Motor N° G9UA724C037635, Chasis N° 00XXXXXX00X000000, y;
QUE a fs. 03/07 consta Certificado de Residencia, fotocopia certificada de Documento Nacional de Identidad, Certificados: Médico Apto Psicofísico, Antecedentes Penales y Policiales expedido por la Policía de la Provincia xx Xxxxx, Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, Certificado de Regularización Fiscal y fotocopia certificada de Licencia Nacional de conducir, documentación correspondiente a la señora Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx;
QUE a fs. 08, 11 y 18 se agregan fotocopias certificadas del Título del Automotor, Cédula de Identificación del Automotor, Certificado de Verificación de Unidad de Transporte Escolar y Póliza de Cobertura de Seguro, documentación referente al vehículo Dominio HAN-730;
QUE a fs. 20/30 se adjuntan fotocopia certificada de Documento Nacional de Identidad, Certificados: Residencia, Medico Apto Psicofísico, Póliza de Cobertura de Seguro y Antecedentes Penales y Policiales expedido por la Policía de la Provincia xx Xxxxx, toda la documentación perteneciente al señor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, quien cumplirá la función de celador;
QUE a fs. 47 obra intervención de la Dirección General de Asuntos Legales y Jurídicos de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial señalando que se cumplió con los requisitos exigidos por la Ordenanza N° 12211, por lo que resulta viable hacer lugar al Alta del rodado Marca Renault Master Modelo 2008, Dominio HAM-730, adjudicándole la Xxxxxxxx Xx 000 al vehículo habilitado;
QUE en el marco de las facultades previstas en el artículo 35 de la Carta Municipal corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º. ADJUDICAR la LICENCIA DE TRANSPORTE
ESCOLAR N° 030 a favor de la señora XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX,
D.N.I. N° 26.485.542, con Domicilio en Xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxx 00 xx Xxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxx, afectando al Servicio el vehículo Marca Renault, Modelo Master DCI 120 CORTO, Año 2008, Dominio HAN-730, Motor N° G9UA724C037635, Chasis N° 00XXXXXX00X000000
ARTÍCULO 2°. LA adjudicataria de la Licencia de Transporte Escolar N° 030, deberá inscribir en las puertas del vehículo afectado la
siguiente leyenda “TRANSPORTE ESCOLAR AUTORIZADO” LICENCIA N° 030
ARTÍCULO 3°. INFORMAR a la adjudicataria que deberá exhibir en un lugar visible en el interior del vehículo, una ficha con los siguientes datos: a) Foto (4x4), b) Apellido y Nombres, c) Numero de Licencia de Conducir del chofer a cargo del vehículo, d) Apellido y Nombre, Dirección y Teléfono del adjudicatario del Servicio, e) Póliza de Seguros contratado y pago de recibos al día
ARTÍCULO 4°. ESTABLECER que la adjudicataria deberá abonar los derechos tributarios correspondientes previos a la circulación de los vehículos afectados al servicio
ARTÍCULO 5º. NOTIFICAR por la Dirección de Transporte Público Impropio y Taxi – Flet de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial el presente instrumento legal a la señora Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx en el domicilio denunciado
ARTÍCULO 6°. TOMAR razón las Secretarías de Hacienda y Gobierno con sus respectivas dependencias.-
ARTÍCULO 7°. El presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Gobierno
ARTÍCULO 8°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX – XXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0309 SECRETARÍA DE GOBIERNO
REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 69504-SV-2017.-
VISTO la presentación efectuada por el señor XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, mediante la que solicita la adjudicación de dos (2) Licencias de Transporte Especial para el traslado de pasajeros ambulatorios de menor complejidad;
CONSIDERANDO:
QUE el requirente aclara que a los fines de la prestación del servicio, resulta pertinente la afectación de losvehículos Marca Volkswagen, Modelo Gold Trend 1.6, Año 2.012, Dominio LQG-523, Motor Nº CFZ130678, Chasis Nº 0XXXX00X0XX000000 y Marca Renault, Modelo ZF-KANGOO PH3 Confort 1.6, Año 2.016, Dominio AB-010-YZ, Motor Nº K4MJ730Q191020, Chasis 0X0XX0000XX000000, y;
QUE a fs. 02/13 consta Certificado de Residencia, fotocopia certificado de Documento Nacional de Identidad, Certificados: Médico Apto Psicofísico, Antecedentes Penales y Policiales expedido por la Policía de la Provincia xx Xxxxx, Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, Certificado de Regularización Fiscal y fotocopia de Licencia Nacional de conducir, documentación correspondiente al señor Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx;
QUEa fs. 14/16 y 23/26 se agregan fotocopias certificadas del Título del Automotor, Cédula de Identificación del Automotor, Certificado de Verificación de Unidad de Transporte Escolar y Póliza de Cobertura de Seguro, documentación referente al vehículo Dominio HAN-730;
QUE de fs. 27/48 se agregan fotocopias de DNI, fotocopia de Licencia Nacional de Conducir, Certificado de Residencia, Certificado de Antecedentes Penales y Policiales y Certificados de Exámenes Psicofísicos de los señores Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx;
QUE a fs. 52 obra intervención de la Dirección General de Asuntos Legales y Jurídicos de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial señalando que se cumplió con los requisitos exigidos por la Ordenanza N° 12211 y Ordenanza Nº 6416, por lo que resulta viable hacer lugar al Alta del rodadoMarca Volkswagen, Modelo Gold Trend 1.6, Año 2.012, Dominio LQG-523, Motor Nº CFZ130678, Chasis Nº 0XXXX00X0XX000000 y Marca Renault, Modelo ZF-KANGOO PH3 Confort 1.6, Año 2.016, Dominio AB-010-YZ, Motor Nº K4MJ730Q191020, Chasis 0X0XX0000XX000000, adjudicándoles las Licencias Nº 51 y 52;
QUE en consecuencia y en virtud de las facultades previstas en el artículo 35 de la Carta Municipal y la Ordenanza Nº 6326 corresponde la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- ADJUDICAR las LICENCIAS DE TRANSPORTE
ESPECIAL Nº 51 y 52 a favor del señor XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. N° 14.742.867, con domicilio en Block A S/N 2º 9 Bº Parque General Belgrano Etapa II de esta Ciudad, afectando al Servicio los vehículos Marca Volkswagen, Modelo Gold Trend 1.6, Año 2.012, Dominio LQG-523, Motor Nº CFZ130678, Chasis Nº 0XXXX00X0XX000000 y Marca Renault, Modelo ZF-KANGOO PH3 Confort 1.6, Año 2.016, Dominio AB-010-YZ, Motor Nº K4MJ730Q191020, Chasis 0X0XX0000XX000000
ARTÍCULO 2°.- EL adjudicatario de las Licencias de Transporte Especial Nº 51 y 52, señor Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, deberá inscribir en las puertas de los vehículos afectados la siguiente leyenda: “TRANSPORTE ESPECIAL” LICENCIA Nº 51 y “TRANSPORTE
ESPECIAL” LICENCIA N° 52 respectivamente.
ARTÍCULO 3°.- INFORMAR al adjudicatario que deberá exhibir en un lugar visible en el interior de los vehículos, una ficha con los siguientes datos: a) Foto (4x4), b) Apellido y Nombres, c) Número de licencia de Conducir del chofer a cargo del vehículo, d) Apellido y Nombre, Dirección y Teléfono del adjudicatario del Servicio. e) Póliza de seguros contratados y pago de recibos al día
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que el mismo deberá abonar los derechos tributarios correspondientes, previo a la circulación del vehículo afectado al servicio
ARTÍCULO 5°.- NOTIFICAR por la Dirección de Transporte Público Impropio y Taxi-Flet de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial el presente instrumento legal al señor Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx en el domicilio denunciado
ARTÍCULO 6°.- TOMAR razón la Secretaría de Hacienda y Gobierno con sus dependencias intervinientes
ARTÍCULO 7°.- EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Hacienda y de Gobierno
ARTÍCULO 8°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Municipal y archivar
XXXXXXX XXXXX - XXXXXXXXX R – XXXXXXX - XXXXXXX
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XXXXX, 00 ABR 2018
DECRETO Nº 0310 SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: Expediente Nº 037555-SG-2016 y Nota Siga Nº 23540- 2016.-
VISTO la solicitud efectuada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXX mediante la cual solicita la liquidación y pago del Beneficio de Reconocimiento por Servicios Prestados, y;
CONSIDERANDO:
QUE el mencionado emolumento se encuentra instituido y regulado por el Decreto Nº 0553/11 y sus modificatorios Decretos Nº 807/12, 448/13, 279/14 y 281/15;
QUE a fs. 31 a 34 la Dirección Laboral, considera que encontrándose cumplidos los requisitos exigidos por la normativa aplicable, corresponde hacer lugar a lo solicitado;
QUE a fs. 41 la Dirección General de Personal certifica la tarea realizada;
QUE toma intervención la Secretaría de Hacienda, a los efectos de dar crédito presupuestario necesario para la erogación pertinente;
QUE ante lo expresado resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
Y en uso de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.OTORGAR al Xx. XXXXXXXX XXXXXX, DNI Nº
8.554.962, el Beneficio de Reconocimiento por Servicios Prestados, debiéndose liquidar y pagar por Secretaría de Hacienda.
ARTÍCULO 2º.DAR por la Dirección General de Presupuesto la imputaciónpresupuestaria correspondiente.
ARTÍCULO 3º.TOMAR razón Secretarias de Gobierno y de Hacienda con sus respectivas dependencias.-
ARTÍCULO 4°. NOTIFICAR el presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 5º. EL presente Decreto será firmado por los señores Secretarios General, de Gobierno y de Hacienda.
ARTÍCULO 6°. COMUNICAR publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXX XXXXX – XXXXXXXXXX - XXXXXXX-XXXXXXX
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RESOLUCIONES
SALTA, 28 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCION N° 005.-
COORDINACION GENERAL XX XXXXXXXXXXX REFERENCIA: Expediente Nº 17240-SG-2018.-
VISTO el expediente de referencia, en el que se tramita la asignación de Horario Extensivo para el mes xx Xxxxx al Personal que cumple funciones en la Agencia de Recaudación Municipal;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 la Agencia de Recaudación Municipal informa las novedades para el mes xx Xxxxx del Adicional por Xxxxxxx Extensivo para el personal dependiente de dicha área, adjuntando a fojas 2, 4/9, 12/21, 23 y 25 cronogramas en el que se fijan los horarios a cumplir en virtud de las necesidades de las respectivas áreas ;
QUE a fojas 26 la Coordinación General xx Xxxxxxxxxxx remite a intervención de la Dirección General de Personal las novedades de altas, bajas y modificaciones en Horario Extensivo previstas para el mes xx Xxxxx del año en curso;
QUE a fs. 28 Dirección de Auditoria de la Subsecretaria de Coordinación Personal, procede a verificar las planillas indicando la nómina de agentes determinando bajas y altas para que se emita la Resolución pertinente, informando que se encuentra dentro del cupo otorgado a esta Coordinación General xx Xxxxxxxxxxx según Resolución Nº 041/18 de la Secretaría de Hacienda;
QUE conforme al cupo asignado se ha efectuado la distribución solicitada por los responsables de las distintas áreas;
QUE en virtud de ello resulta necesario determinar las bajas y altas del personal que cuenta con la modalidad “rotativa” correspondiente al mes xx Xxxxx como así también las modificaciones requeridas;
QUE con este propósito procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- EXCLUIR a partir del 01/04/2018 del Adicional de Xxxxxxx extensivo, al personal dependiente de la Agencia de Recaudación Municipal xx Xxxxx – X.X.X.Xx detallado en Anexo I, que se adjunta y forma parte de la presente Resolución
ARTICULO 2º.- OTORGAR al personal dependiente de la Agencia de Recaudación Municipal xx Xxxxx – X.X.X.Xx el Adicional de Horario Extensivo a partir del 01/04/2018, conforme nómina que se detalla en el Anexo II que se adjunta y forma parte de la presente
ARTICULO 3º.- MODIFICAR a partir del 01/04/2018 la categoría del Adicional por Xxxxxxx Xxxxxxxxx de la agente XXXXXXXX XXXXXX D.N.I Nº 27.700.945 a la Cat. Establecida en el art. 44 Inc. B2
ARICULO 4º.- NOTIFICAR de la presente por Gerencia General de Secretaría Institucional
ARTICULO 5°.- TOMAR razón Dirección General de Personal, con sus respectivas dependencias
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
Ver anexo
OUTES
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XXXXX, 00 ABR 2018
RESOLUCIÓN Nº 016 SECRETARÍA GENERAL
REFERENCIA: Expediente Nº 012.611-SG-2018.
VISTO que en estas actuaciones la Xxx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx solicita se modifique su segundo nombre que fuera erróneamente consignado en el Decreto Nº 0071/18, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante el citado acto administrativo se designa a la nombrada agente en Planta Transitoria –Estamento de Apoyo, para cumplir funciones en esta Comuna, y allí se registra como segundo nombre “Xxxxxx”;
QUE a fs. 02 se agrega fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la nombrada agente en el cual se acredita correctamente su nombre;
QUE por lo expuesto y atento a las constancias presentadas en autos se observa un error material, el cual debe subsanarse;
QUE mediante Decreto Nº 0161/16 se delega al Secretario General la facultad de rectificar de oficio los errores materiales o aritméticos de los Decretos que emita el Departamento Ejecutivo Municipal;
QUE a tal fin, se emite el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
REFERENCIA: Expte. Nº 013507-SG-2018
VISTO el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre la Subsecretaría de Cultura de la Municipalidad xx Xxxxx y la Fundación META, y;
CONSIDERANDO:
QUE el mismo tiene como objetivo articular un sistema de colaboración a los fines de coordinar y desarrollar las acciones pertinentes para contribuir a la promoción y apoyo deartistas emergentes de la Ciudad xx Xxxxx y Región del N.O.A.
QUE la Fundación Meta tiene como objetivos la creación de un espacio para las expresiones artísticas, la difusión de las creaciones artísticas y el intercambio de saberes culturales en el ámbito nacional e internacional;
QUE por lo antes expuesto resulta procedente la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
XX XXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Convenio Xxxxx e Colaboración, celebrado entre la Subsecretaría de Cultura de la Municipalidad xx Xxxxx, representada por la señora Subsecretaria de Cultura, Xxxxxxxx Xxxxx Pulo y la Fundación META, representada por su Presidente, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, el que se adjunta y forma parte del presente.
ARTICULO 2º.- REMITIR copia del presente instrumento legal a la Fundación META, con domicilio en calle Xxxxx Xxxxxxx Nº 7958 de la localidad de Vaqueros, Departamento la Caldera, por la Dirección General de Despachos de la Secretaría General.
ARTICULO 3º.-TOMAR razón la Subsecretaría de Cultura con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Xxxxxxx Xxxxxxxxx x xxxxxxxx.
XX XXXXXXXXXX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX
Pulo
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SALTA, 19 xx Xxxxx de 2018
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°. RECTIFICAR el segundo nombre que se consigna en el Decreto Nº 0071/18 de la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXX, DNI Nº 00.000.000, debiendo registrarse como correcto el nombre “XXXXXXX”.
ARTÍCULO 2°. NOTIFICAR a la nombrada el contenido de la presente por la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 3°. TOMAR razón las dependencias pertinentes a la Dirección General de Personal.
ARTÍCULO 4°. COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
XXXXXXXXXX
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SALTA, 19
xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº - 056-.- SECRETARIA DE GOBIERNO
REFERENCIA: 53893 – SV – 2017; 62942 – SG – 2017; 71906 SV –
2017; 72083 – SV – 2017; NOTA SIGA 21576/17; EXPTE: 64622 – SV-
2017; 3697 – SV- 2018; NOTA SIGA 22076/71; 1492/18; EXPTE:
10533 – SG – 2018; 10536 – SG – 2018;
VISTO que mediante las Resoluciones Nº 034/18 Y 040/18 de la Secretaria de Hacienda se establece los cupos presupuestarios mensuales, con destino al pago del Adicional por Xxxxxxx Xxxxxxxxx, para el personal perteneciente a cada una de las Subsecretarias de Gobierno durante el ejercicio año 2008 y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 141 la Dirección de Auditoria, dependiente de la Subsecretaria de Finanzas informa, que fueron omitidos de la Resolución 043/18, de la Secretaria de Gobierno;
QUE a fs. 142 el Director General de Personal, solicita se emita el instrumento legal que disponga la inclusión de los agentes que fueran omitidos por error involuntario;
RESOLUCIÓN Nº 002 SUBSECRETARÍA DE CULTURA
QUE es importante autorizar el cumplimiento de dicha carga horaria al personal de la Secretaria de Gobierno, en virtud de las necesidades de servicio de cada área, a partir del 01 de Enero de 2.018;
QUE a tal efecto es menester la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SEÑOR SECRETARIO DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- INCLUIR en el Articulo 1 de la Resolución 043/18 al personal de la Secretaria de Gobierno, que se consignan en el Anexo y forma parte integrante de la presente, en el cobro del Adicional del Horario Extensivo con la categoría que en cada caso se indica, a partir del dia 1º de Enero de 2.018.-
ARTICULO 2º.- DEJAR ESTABLECIDO que los responsables de cada área, deberán remitir, entre el 1 al 10 de cada mes la planilla del Horario Extensivo del personal incluido en la presente Resolución.-
ARTÍCULO 3º NOTIFICAR a los empleados mencionados en el Anexo de la presente Resolución, a través de la Dirección General de Personal.-
ARTICULO 4º.- TOMAR razón la Dirección General de Personal con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
XXXXXXX VER ANEXO
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SALTA, 11 xx xxxxx de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº 220/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 69870/07.-
VISTO, lo manifestado por la Dirección General de Habilitaciones en el expediente de referencia, requiriendo su reconstrucción, debido al extravío de las actuaciones originales, y;
CONSIDERANDO
QUE, efectivamente, teniendo en cuenta que se procedió a cursar Memorándum correspondiente y según lo informado por el jefe del Departamento de Inspecciones, perteneciente a la Dirección General de Habilitaciones, que el expediente de referencia fue extraviado en dicha dependencia, habiéndose agotado las instancias de su búsqueda con resultado negativo, sugiriendo la reconstrucción del nombrado expediente.
QUE, de las actuaciones tomó vista la Dirección General de Habilitaciones, sugiriendo la reconstrucción del expediente extraviado.
QUE, corresponde ordenar conjuntamente con la reconstrucción del expediente, la instrucción de Sumario Administrativo que se instruirá separadamente a fin de determinar si la pérdida o extravío es imputable a la acción u omisión de agentes administrativos y responsabilidades pertinentes.
QUE, en consecuencia, y de acuerdo a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo, debe procederse a la reconstrucción del
expediente extraviado, a fin de que pueda continuarse con el trámite correspondiente.
QUE, para ello debe observarse lo previsto en el Articulo 138 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
QUE, por lo expuesto precedentemente resulta necesario emitir el instrumento legal pertinente.
POR ELLO:
LA DIRECCION XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- RECONSTRUIR, a través de la Dirección General de Habilitaciones, el expediente de referencia, referido al rubro ALMACEN POR MENOR – VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS, perteneciente al Xx. XXXXXXXX XXXX, CUIT Nº 20-00000000-0, ubicado en XXXX X.
XXXXXXX Xx 000 Xx XXXXXXXXXXXX, de esta ciudad, con los escritos y documentación obrante en esta Dirección General, con los agregados por otras dependencias de la municipalidad y con los aportados por el titular de la actividad
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 176 de L.P.A) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los diez (10) días de Notificación (Art. 177 de L.P.A.).
ARTICULO 3º.- ORDENAR la Instrucción de Sumario Administrativo en las presentes actuaciones, que se instruirá separadamente al procedimiento de reconstrucción
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 11 xx xxxxx de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº 221/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 69870/07.-
VISTO, que mediante Resolución Nº 220/18 de fecha 11/04/2018, emitida por la Dirección General de Habilitaciones, se ordena la reconstrucción del expediente Nº 69870/07, en el que el Xx. XXXXXXXX XXXX, CUIT Nº 20-00000000-0, tramita Habilitación Comercial para la actividad ALMACEN POR MENOR – VENTA DE FRUTAS Y
VERDURAS, Padrón Comercial Nº 58.003, desarrollada en un establecimiento sito en XXXX X. XXXXXXX Xx 000 Xx XXXXXXXXXXXX de esta ciudad; y
CONSIDERANDO
QUE, mediante la documentación aportada por las distintas dependencias que intervinieron en la habilitación comercial y con la agregada por la contribuyente de la actividad comercial se logro reconstruir el expediente de referencia.
QUE, en consecuencia, se ha procedido de acuerdo a lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos.
QUE, resulta necesario emitir el instrumento legal mediante el cual se dé por reconstruido el Expediente Nº 69870/07, a fin de la consecución del trámite de habilitación.
POR ELLO:
XX XXXXXXXXX XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- TENER por reconstruido el expediente Nº 69870/70, conforme a lo establecido en el Articulo Nº 138 de la LPA, correspondiente al trámite de Habilitación del negocio que funciona bajo el rubro ALMACEN POR MENOR – VENTA DE FRUTAS Y
VERDURAS, Padrón Comercial Nº 58.003, de propiedad del Xx. XXXXXXXX XXXX con CUIT Nº 20-00000000-0, ubicado en XXXX X.
XXXXXXX Xx 000 Xx XXXXXXXXXXXX, xx xxxx xxxxxx
XXXXXXXX 2º.- GIRAR las presentes actuaciones a la Dirección General xx Xxxx de entrada General, para el registro como expediente registrado y grabado en el Sistema SIGA.
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCIÓN Nº 222/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 37302-SH-2009.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXX XXXXX, con DNI Nº
00.000.000, tramita la Baja a partir del 30/06/2009, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 73.520, bajo el Rubro: DESPENSA POR MENOR, ubicado en XXX XXXX XXXXXXXX Xx 0000
Xx XX XXXXXXX de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 34 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 10 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro DESPENSA POR MENOR, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 73.520 de propiedad de de la Xxx. XXXXXXXX MIRANDA XXXXXX XXXXX XXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, ubicado en XXX XXXX XXXXXXXX Xx 0000 Xx XX
XXXXXXX, de esta ciudad, con fecha 30/06/2009, por los motivos citados en los considerando.
los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCIÓN Nº 223/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 46145-SH-2009.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXXXX XXXXXXX, con DNI Nº 3.321.409, tramita la Baja a partir del 31/07/2009, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 40.077, bajo el Rubro: DESPENSA, ubicado en Xx XX XXXXXXX, XX XXXXXXX Xx 0000
xx xxxx xxxxxx.-
XXXXXXXXXXXX
QUE, a fs. 94 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 95 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
.
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro DESPENSA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 40.077 de propiedad de de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX, con DNI Nº 3.321.409, ubicado en Xx XX XXXXXXX, XX
XXXXXXX Xx 0000, xx xxxx ciudad, con fecha 31/07/2009, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de
RESOLUCIÓN Nº 224/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 73990-SG-2016.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual el Sr., XXXXX XXXXXXXXX XXXXX, con DNI Nº 8.168.069, tramita la Baja a partir del 22/12/1988, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 23.206, bajo el Rubro: VENTA DE OBJETOS DE PLATERIA Y ARTICULOS. ENCHAPADOS, ubicado en LA FLORIDA N° 139 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 28 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 11 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro VENTA DE OBJETOS DE PLATERIA Y ARTICULOS. ENCHAPADOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 23.206 de propiedad de del Xx. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX, con DNI Nº 8.168.069, ubicado en LA FLORIDA N° 139, de esta ciudad, con fecha 22/12/1988, por los motivos citados en los considerando.
QUE, a fs. 27 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 22 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro DISQUERIA, REGALOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 53.119 de propiedad de del Xx. XXXXX XXXXXX XXXX, con DNI Nº 8.164.903, ubicado en XXXXXXX
Xx 000, de esta ciudad, con fecha 30/06/1999, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCIÓN Nº 226/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 76469-SG-2012.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Firma, SER MA SRL, con CUIT Nº 30-70821881-9, tramita la Baja a partir del 08/04/2007, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 70.856, bajo el Rubro: ALMACEN POR MENOR, ubicado en XXXX XXXXXX Xx 000 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
RESOLUCIÓN Nº 225/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 108748-SH-2007.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual el Sr., XXXXX XXXXXX XXXX, con DNI Nº 8.164.903, tramita la Baja a partir del 30/06/1999, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 53.119, bajo el Rubro: DISQUERIA, REGALOS, ubicado en XXXXXXX Xx 000 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 35 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 17 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el
Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro ALMACEN POR MENOR, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 70.856 de propiedad de de la Firma SER MA SRL, con CUIT Nº 30-70821881-9, ubicado en XXXX
XXXXXX Xx 000, xx xxxx ciudad, con fecha 08/04/2007, por los motivos citados en los considerando.
con DNI Nº 00.000.000, ubicado en XXXXXXX Xx 0000, de esta ciudad, con fecha 12/01/2011, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCIÓN Nº 227/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 41722-SG-2013.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXX XXXXX XXXX, con DNI Nº 00.000.000, tramita la Baja a partir del 12/01/2011, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 73.194, bajo el Rubro: SUBAGENCIA DE TOMBOLA-TELECABINAS
(DOS)-DESPENSA, ubicado en XXXXXXX Xx 0000 de esta ciudad.-
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 51 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 08 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
.
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro SUBAGENCIA DE TOMBOLA-TELECABINAS (DOS)-DESPENSA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 73.194 de propiedad de de la Xxx. XXXX XXXXX XXXX,
RESOLUCIÓN Nº 228/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 73651-SG-2014.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, con DNI Nº 00.000.000, tramita la Baja a partir del 20/03/2010, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 79.358, bajo el Rubro: VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, ubicado en Xx XXXXX XXX, XX 000, XXXX 00 xx xxxx xxxxxx.-
XXXXXXXXXXXX
QUE, a fs. 39 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 09 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº
79.358 de propiedad de de la Sra. XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXX, con DNI Nº 00.000.000, ubicado en Xx XXXXX XXX, XX 000, XXXX 00, xx xxxx ciudad, con fecha 20/03/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
ubicado en Xx XXXXXXXXXX, XXX 000, XX 00, XXXX 00 xx xxxx xxxxxx.-
XXXXXXXXXXXX
RESOLUCIÓN Nº 229/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 38253-SG-2011.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual el Sr., XXXXX XXXXXXXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, tramita la Baja a partir del 20/12/2010, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 73.874, bajo el Rubro: RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, ubicado en XXXXXX XXXXXX Xx 000 xx xxxx xxxxxx.-
XXXXXXXXXXXX
QUE, a fs. 72 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 10 VTA existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro RESTAURANTE SIN ESPECTACULOS, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 73.874 de propiedad de del Xx. XXXXX XXXXXXXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, ubicado en XXXXXX XXXXXX N° 270, de esta ciudad, con fecha 20/12/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
QUE, a fs. 35 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 09 existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro ALMACEN ARTICULOS DE LIBRERÍA, FOTOCOPIADORA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 70.605 de propiedad de de la Xxx. XXXXXX DARIA, con DNI Nº 00.000.000, ubicado en Xx XXXXXXXXXX, XXX 000, XX 00, XXXX 00,
xx xxxx ciudad, con fecha 30/06/2013, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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SALTA, 12 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCIÓN Nº 231/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 18967-SH-2010.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXXX XXXXXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, tramita la Baja a partir del 22/02/2010, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 71.378, bajo el Rubro: MERCERIA, REGALERIA, KIOSCO, VENTA DE
ROPA, ubicado en OLAVARRIA N° 524 B° SANTA VICTORIA de esta ciudad.-
RESOLUCIÓN Nº 230/18 SECRETARÍA DE GOBIERNO
SUBSECRETARÍA DE HABILITACIONES DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES REFERENTE A EXPEDIENTE Nº 47654-SG-2013.-
VISTO, el expediente de referencia, mediante el cual la Sra., XXXXXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, tramita la Baja a partir del 30/06/2013, del local comercial, Inscripto con el Padrón Comercial Nº 70.605, bajo el Rubro: ALMACEN ARTICULOS DE LIBRERÍA, FOTOCOPIADORA,
CONSIDERANDO
QUE, a fs. 38 obra informe de la División de Cierres de Negocios donde consta que el expediente de referencia se encuentra regularizada su situación fiscal.-
QUE, a fs. 13 VTA existe Inspección de la Dirección de Fiscalización al Local Comercial en cuestión, verificando que en el domicilio arriba
mencionado, no funciona ningún comercio, por lo que se procedió a confeccionar Acta Especial.-
QUE, conforme a las consideraciones obrante en autos y habiéndose cumplido con la totalidad de las exigencias previstas en las normativas vigentes, así también compartiendo opinión con Dictamen de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones, es opinión que se extienda el Certificado de Baja pertinente, contemplado en la Ordenanza Nº 14.529, por lo que resulta procedente emitir el Instrumento Legal correspondiente.-
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CERTIFICAR el CESE DE ACTIVIDAD COMERCIAL
del COMERCIO que funcionaba bajo el rubro MERCERIA, REGALERIA, KIOSCO, VENTA DE ROPA, Inscripto en el Padrón Comercial Nº 71.378 de propiedad de de la Xxx. XXXXX XXXXXX XXXXX, con DNI Nº 00.000.000, ubicado en OLAVARRIA N° 524 B° SANTA
VICTORIA, de esta ciudad, con fecha 22/02/2010, por los motivos citados en los considerando.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR, al/a interesado que contra la presente Resolución podrán interponerse: RECURSO ACLARATORIO: Dentro de los tres días (3) de notificación (Art. 77 Ord. 6330) y RECURSO DE REVOCATORIA O RECONSIDERACIÓN, dentro de los quince (15) días de Notificación ( Art. 72 Ord. 6330).
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
CAMPO
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XXXXX, 00 XX XXXXX 0000.-
RESOLUCION Nº 064_ SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 24496-SG-2018.-
VISTO las actuaciones de referencia; y
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 01 la Subsecretaria de Vínculos y Cooperación Internacional - Secretaría de Modernización, Licenciada Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, solicita la liquidación de viáticos y pasajes ida y vuelta de Jujuy - Buenos Aires - Jujuy, quién viajará para participar de la Jornada de Financiamiento y Cooperación Internacional. Fecha de salida día 18/04/18 a hs. 16:25 regresando el día 20/04/18 a hs. 15:35, el cual se encuentra debidamente autorizado por el Coordinador General xx Xxxxxxxxxxx C.P.N. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx;
QUE a fojas 10 Dirección de Rendición de Cuentas informa que el importe total a liquidar es de $ 6.211,48;
QUE a fojas 12 Dirección General de Presupuesto informa la imputación presupuestaria para afrontar el gasto en cuestión;
QUE a fojas 13 Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera está dada de manera genérica dispuesta por Resolución Nº 004/18 - Anexo II emanada por esa Subsecretaría;
QUE además de la rendición de fondos, deberá incluirse un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el período por el cual se solicitan los viáticos;
QUE corresponde la confección del instrumento legal pertinente, ello conforme lo dispuesto por Decreto Nº 0479/16 y su modificatorio Nº 0514/17;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1°.-AUTORIZAR la suma de $ 6.211,48 (PESOS SEIS MIL
DOSCIENTOS ONCE CON 48/100), en concepto de liquidación de
VIÁTICOS: (GRUPO “B”) – 132 UT A $ 7,43 = $ 980,76 P/DÍA. Viáticos
2 (dos) días a razón de $ 980,76 P/DÍA (desde el 18 al 20/04/2018) $ 1.961,52. HOSPEDAJE: (GRUPO “C”) – 286 UT A 7,43 = $ 2.124,98.
Hospedaje 2 (dos) días a razón de $ 2.124,98 p/día (desde el 18 al 20/04/2018) $ 4.249,96, con oportuna rendición de cuentas, a favor de la LIC. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX - SUBSECRETARIA DE VÍNCULOS Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL - SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN, debiendo asimismo incluir un informe sobre las actividades llevadas a cabo en gestión oficial, durante el período detallado.-
ARTICULO 2°.-DAR por la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO la
imputación presupuestaria correspondiente.-
ARTICULO 3°.-TOMAR conocimiento por SUBSECRETARIA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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XXXXX, 00 XX XXXXX XX 0000
RESOLUCION N° _065_ SECRETARIA DE HACIENDA.-
REFERENCIA: NOTA SIGA Nº 6186/2018.-
VISTO que por Resolución Nº 014 de fecha 29/01/2018 de esta Secretaría, se autoriza la asignación de una Caja Chica Secundaria a la Dirección General de la Oficina de San Xxxx y Zonas de Influencia, siendo la responsable la Xxx. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxx Xxxxx, como así también a la Subsecretaría de Prensa y Comunicación área dependiente de Coordinación General siendo la responsable la Prof. Xxxxxxx del Xxxxxx Xxxxx, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 01 el Coordinador General xx Xxxxxxxxxxx, Cr. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx solicita se lo designe como responsable de Caja Chica Secundaria de la Dirección General de la Oficina de San Xxxx y Zonas de Influencia;
QUE por lo expuesto corresponde la emisión del instrumento legal pertinente, conforme lo dispone el Decreto N° 0479/16, debiéndose modificar al responsable de la Caja Chica Secundaria;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.-MODIFICAR a partir de la fecha del presente Instrumento legal al responsable de la CAJA CHICA SECUNDARIA asignada mediante Resolución Nº 014/18 a la Dirección General de la Oficina de San Xxxx y Zonas de Influencia dependiente de Coordinación General xx Xxxxxxxxxxx, designando como responsable de la misma al
Cr. XXXXX XXXXXX XXXXX D.N.I. Nº 18.608.213 por los motivos expuestos en el considerando.-
ARTICULO 2º.-LA Rendición de Gasto de la presente asignación deberá ser elevada a la Caja Chica Maestra.-
ARTICULO 3°.-NOTIFICAR del contenido del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.-TOMAR razón la Secretaria de Gobierno y Dirección General de Personal, con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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Xxxxx, 00 de enero de 2017.-
ARTICULO 4º.-TOMAR conocimiento por Subsecretaría de Finanzas y Coordinación General xx Xxxxxxxxxxx con sus respectivas dependencias.
ARTICULO 5°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
GAUFFIN
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SALTA, 18 DE ABR 2018
RESOLUCION Nº_066.- SECRETARIA DE HACIENDA
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 82576-SG-2017.-
VISTO la Resolución Nº 008/2018 (fs. 14) en la que se establece el cupo presupuestario con destino al pago del adicional por Xxxxxxx Extensivo Extraordinario (HEE) para la Subsecretaria de Control Comercial de la Secretaria de Gobierno, determinando la suma de
$36.597,02, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 23 la Subsecretaria de Control Comercial, solicita nueva intervención de esta Secretaria, en razón de que el pedido efectuado originalmente y como consta a fs. 04, la cantidad solicitada fue por un total de 1500 horas y por un periodo de cinco (5) meses;
QUE a fs. 25 la Dirección de Auditoria toma nueva intervención en las actuaciones, rectificando el informe de fs. 08, lo que hace un total de $ 157.482,90 correspondiente a 1500 horas y por un periodo de cinco (5) meses;
QUE a fs. 26 la Dirección General de Personal solicita se rectifique la Resolución Nº 008/2018, debiéndose autorizar un total de 1.500 Horas Extensivas Extraordinarias;
QUE Dirección General de Presupuesto y Subsecretaría de Xxxxxxxx toman nueva intervención procediendo a rectificar la imputación presupuestaria otorgada a fs. 12;
QUE por lo expuesto, procede la emisión del instrumento legal pertinente que rectifique el art. Nº 1 de la Resolución Nº 008/18;
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-RECTIFICAR el art. Nº 1 de la Resolución Nº 008 de fecha 18/01/2018, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º.- ESTABLECER el CUPO presupuestario con destino al pago de 1500 horas Extensivas Extraordinarias (HEE), para la Subsecretaria de Control Comercial de la Secretaria de Gobierno, en la suma de $ 157.482,90 (pesos: ciento cincuenta y siete mil cuatrocientos ochenta y dos con 90/100 ) por un periodo de 5 meses a partir de la fecha del presente Instrumento Legal).-
RESOLUCION 125/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 72323-SG-16 – CONT. DIRECTA Nº 140/17.-
VISTO a fs. 01 la Subsecretaria de Proyecto de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana solicita la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN CALLE 12 DE OCTUBRE ENTRE CALLE XXXXXXXXX Y AVDA. XXXXXXXXX – ZONA XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”,
y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente es la ejecución de aquellos baches que presenten características críticas y según se determine la inspección en la xxxxx x xxxxxxx xxxxxxxxxxx x xx xx xxxx xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante la Resolución N° 519/16 aprueba la Memoria Técnica (c/Fondos Nacionales) y Anexos (fs. 09 a 75) para la presente obra;
QUE, a fs. 76 la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana emite la nota de pedido Nº 2550/16;
QUE, 84 la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE a fs. 85 la Dirección de Control y Evaluación de Costos de la Subsecretaria de Contrataciones, dependiente de la Secretaria de Hacienda adjunta detalle de precios/obra pública mes Diciembre 2016;
QUE, a fs. 86 y vlta., la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.185.962,00; según Resolución N° 01/2017 Cronograma de Pagos 01/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: Se prevé anticipo financiero del 25% de contado (C.C y T), 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Días Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN CALLE 12 DE OCTUBRE ENTRE CALLE XXXXXXXXX Y AVDA. XXXXXXXXX – ZONA XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”,
xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.185.962,00 (Pesos Dos Millones Ciento Ochenta y Cinco Mil Novecientos Sesenta y Dos con 00/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/2016, a realizarse por
el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 23 de Febrero de 2017.-
RESOLUCION Nº 273/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 010489-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 366/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana solicita la Obra: “RECUPERACIÓN DE CALZADAS EN EL SECTOR COMPRENDIDO EN AVDA. XXXXXXXX XXXXXXXX, AVDA. INDEPENDENCIA, CALLE SANTA FE, XX. XXXXXX XXXXXXX – XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es recuperar las calzadas de hormigón de los sectores mencionados, en el macrocentro de la Ciudad xx Xxxxx, debido a las graves dificultades en el tránsito vehicular que traen aparejadas las calzadas en mal estado de funcionamiento, obligan a dar una solución inmediata al problema;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 065/17, aprueba la Memoria Técnica (con Fondos Retención Soja) y Anexos (fs. 09 a 81) para la presente obra;
QUE, a fs. 82 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 00477/17;
QUE, a fs. 85, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 86 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.991.081,94;
QUE a fs. 87 a 89 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 02/2017 Cronograma de Pagos 02/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé un Anticipo Financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado, 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “RECUPERACIÓN DE CALZADAS EN EL SECTOR COMPRENDIDO EN AVDA. XXXXXXXX XXXXXXXX, AVDA. INDEPENDENCIA, CALLE SANTA FE, XX. XXXXXX XXXXXXX – XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”,
xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.991.081,94 (Pesos Dos Millones Novecientos Noventa y Un Mil Ochenta y Uno con 94/100) IVA incluido con Mes Base: Enero/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 03 xx
Xxxxx de 2017.-
RESOLUCION Nº 289/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 2353-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 415/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Mantenimiento y Servicios Generales, solicita la Obra: “LIMPIEZA Y REFACCIONES VARIAS EN EL CCM Y TRIBUNAL ADMINISTRATIVO XX XXXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es dejar en condiciones las cubiertas (techos) y desagües pluviales de ambas dependencias Municipales mencionadas, para evitar fisuras, filtraciones e ingresos de aguas pluviales en intendencia, accesos y oficinas, al igual que la limpieza del Canal Xxxx Xxxx para evitar el anegamiento de los desagües que confluyen al mismo;
QUE, a fs. 09 y 10, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 33 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 075/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 34 a 59) para la presente obra;
QUE, a fs. 60 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 00557/17;
QUE, a fs. 62 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 467.234,24;
QUE a fs. 63 a 65 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 03/2017 Cronograma de Pagos 03/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé un Anticipo Financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado, 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “LIMPIEZA Y REFACCIONES VARIAS EN EL CCM Y TRIBUNAL ADMINISTRATIVO XX XXXXXX”,
cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 467.234,24 (Pesos Cuatrocientos Sesenta y Siete Mil Doscientos Treinta y Cuatro con 24/100) IVA incluido con Mes Base: Febrero/2017, a realizarse por el sistema de Ajuste Alzado y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 24 xx Xxxx de 2017.-
RESOLUCION 714/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 23096-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº
…………../17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana solicita la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN ARTERIAS PRINCIPALES DEL BARRIO UNIVERSIDAD CATOLICA Y UNIVERSITARIO – XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es reparar las calzadas de pavimentos de hormigón deterioradas en la ubicación referenciada de la xxxx xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 07 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante la Resolución N° 163/16 aprueba la Memoria Técnica (c/Fondos Nacionales) y Anexos (fs. 08 a 74) para la presente obra;
QUE, a fs. 75 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 1114/17;
QUE, 78 la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE a fs. 80 y vta, interviene la Dirección Gral. de Control de Xxxxxxxx realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.798.153,05;
QUE a fs. 81 a 83 esta Subsecretaria adjunta Resolución N° 05/2017 Cronograma de Pagos 05/2017 de la Subsecretaria de Finanzas autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% de contado, 30% de Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN ARTERIAS PRINCIPALES DEL BARRIO UNIVERSIDAD CATOLICA Y UNIVERSITARIO – XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.798.153,05 (Pesos Dos Millones Setecientos Noventa y Ocho Mil Ciento Cincuenta y Tres con 05/100) IVA incluido con Mes Base: Febrero/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 23 xx Xxxxxx de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1112/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 41141-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº
…………./17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PROVISION DE EQUIPO VIAL DE SOPORTE PARA TAREAS DE LA PLANTA ASFALTICA MUNICIPAL”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es brindar el equipamiento de soporte a las diferentes tareas que realiza por administración la Planta Asfáltica Municipal, con el fin de mejorar las condiciones de tránsito vehicular como peatonal de las calzadas que se encuentran muy deterioradas;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 265/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 22) para la presente obra;
QUE, a fs. 23 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 01565/17;
QUE, a fs. 32, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 33 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 250.415,05;
QUE a fs. 34 a 36 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 08/2017 Cronograma de Pagos 08/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “PARQUIZACION EN XXXX X.
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “PROVISION DE EQUIPO VIAL DE SOPORTE PARA TAREAS DE LA PLANTA ASFALTICA
MUNICIPAL”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 250.415,05 (Pesos Doscientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Quince con 05/100) IVA incluido con Mes Base: Mayo/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXX – XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.120.505,26 (Pesos Dos Millones Ciento Veinte Mil Quinientos Cinco 26/100) IVA incluido con Mes Base: Julio/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 07 de Septiembre de 2.017.-
XXXXXXXX
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Salta, 23 xx Xxxxxx de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1113/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 48588-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1245/17.-
VISTO a fs. 01 la subsecretario de Proyectos de urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, solicita la Obra: “PARQUIZACION EN AVDA. XXXX X. XXXXX – XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación se encarara con el objeto de revalorizar el corredor de Avda. Xxxx X. Xxxxx ejecutándose las áreas verdes de su platabanda;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 280/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 52) para la presente obra;
QUE, a fs. 53 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 01743/17;
QUE, a fs. 58, la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 59 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.120.505,26;
QUE a fs. 60 a 62 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 08/2017 Cronograma de Pagos 08/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
RESOLUCION Nº 1231/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 51455-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº
……../17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, solicita la Obra: “PLAZOLETA DE LA HORQUETA TRAMO EF”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es generar mejor accesibilidad recreativa por el cerro San Xxxxxxxx;
QUE, a fs. 09 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 315/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 10 a 94) para la presente obra;
QUE, a fs. 95 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 01963/17;
QUE, a fs. 100, la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 101 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.006.435,89;
QUE a fs. 102 a 104 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 09/2017 Cronograma de Pagos 09/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “PLAZOLETA DE LA
HORQUETA TRAMO EF”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.006.435,89 (Pesos Dos Millones Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Cinco 89/100) IVA incluido con Mes Base: Julio/2017, a realizarse por el sistema de Ajuste Alzado y plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 09 de Octubre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1343/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 56402-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1490/17.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, solicita la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN SECTOR COMPRENDIDO ENTRE CALLES CASEROS, JUJUY, SAN XXXX Y OLAVARRIA – BARRIO CAMPO CASEROS, XXXXXXX XXXXX Y ALEDAÑOS - ZONA XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación se encarara con el objeto de reparar las calzadas de hormigón deterioradas en avenidas y arterias de distintos barrios mencionados de la xxxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 337/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 76) para la presente obra;
QUE, a fs. 77 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02052/17;
QUE, a fs. 82, la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 83 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.096.101,84;
QUE a fs. 84 a 86 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 10/2017 Cronograma de Pagos 10/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevee un Anticipo Financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “BACHEO CON HORMIGON EN
SECTOR COMPRENDIDO ENTRE CALLES CASEROS, JUJUY, SAN XXXX Y OLAVARRIA – BARRIO CAMPO CASEROS, XXXXXXX XXXXX Y ALEDAÑOS - XXXX XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX
XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.096.101,84 (Pesos Tres Millones Noventa y Seis Mil Ciento Uno con 84/100) IVA incluido con Mes Base: Julio/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 29 de Noviembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1610/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 73326-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1746/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “REFACCIONES EN ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS – XXXX. XXXXXXXXXXXXX Xx 000 – BARRIO MUNICIPAL – XXXX XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es refaccionar las cubiertas de la escuela de Artes y Oficios a fin de que su personal y alumnos puedan desempeñar las actividades diarias en buenas condiciones de habitabilidad;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 401/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 46) para la presente obra;
QUE, a fs. 47 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02420/17;
QUE, a fs. 52, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 53 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 106.870,65;
QUE a fs. 54 a 56 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 11/2017 Cronograma de Pagos 11/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “REFACCIONES EN ESCUELA DE ARTES Y OFICIOS – XXXX. XXXXXXXXXXXXX Xx 000 – BARRIO MUNICIPAL – XXXX XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 106.870,65 (Pesos: Ciento Seis Mil Ochocientos Setenta con 65/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 15 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1715/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 68977-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1906/17.-
VISTO a fs. 01 la Dccion Gral de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR ADMINISTRACION”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar los pavimentos rígidos con provisión de hormigón por administración municipal, con el fin de poner en optimas condiciones de funcionamiento las arterias que resultan, por falta de equipamiento y personal, realizarlas con la terminación necesaria para su normal uso;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 412/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 53) para la presente obra;
QUE, a fs. 54 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2443/17;
QUE, a fs. 59, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 60 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 999.446,88;
QUE a fs. 61 a 63 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR ADMINISTRACION”, cuyo
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 999.446,88 (Pesos: Novecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 88/100) IVA incluido con Mes Base: Agosto/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 15 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1719/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 65480-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1882/17.-
VISTO a fs. 01 la Dccion Gral de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR ADMINISTRACION”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar los pavimentos rígidos con provisión de hormigón por administración municipal, con el fin de poner en optimas condiciones de funcionamiento las arterias que resultan, por falta de equipamiento y personal, realizarlas con la terminación necesaria para su normal uso;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 413/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 54) para la presente obra;
QUE, a fs. 55 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2440/17;
QUE, a fs. 60, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 61 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 999.446,88;
QUE a fs. 62 a 64 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR ADMINISTRACION”, cuyo
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 999.446,88 (Pesos: Novecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 88/100) IVA incluido con Mes Base: Agosto/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 15 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1720/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 77273-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1884/17.-
VISTO a fs. 01 la Dccion Gral de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAQUETE ESTRUCTURAL PARA PAVIMENTO DE HORMIGON EN CALZADAS DE LOS BARRIOS XXXXXXXX XXXXXXX – XXXXX X. XXXXXX, XXXXXX X X. XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar las obras de base necesarias para efectuar el pavimento de hormigón en las calzadas enripiadas del B° Xxxxxxxx Xxxxxxx ubicados en zona norte de la Ciudad, brindando seguridad, higiene y bienestar a los vecinos del sector;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 445/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 73) para la presente obra;
QUE, a fs. 74 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2621/17;
QUE, a fs. 79, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 80 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 629.026,11;
QUE a fs. 81 a 83 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “PAQUETE ESTRUCTURAL PARA PAVIMENTO DE HORMIGON EN CALZADAS DE LOS BARRIOS XXXXXXXX XXXXXXX – XXXXX X. XXXXXX, XXXXXX X
X. XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 629.026,11 (Pesos: Seiscientos Veintinueve Mil Veintiséis con 11/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 19 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1761/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 75239-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1892/17.-
VISTO a fs. 01 la Dccion Gral de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON ADOQUIN EN CALLE LA SAN XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXX – XXXX XXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es pavimentar con adoquines las calzadas enripiadas de las calles mencionada xx Xxxxx Xxxxxx, en la xxxx xxx xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 446/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 77) para la presente obra;
QUE, a fs. 78 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2620/17;
QUE, a fs. 89, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 90 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.911.907,35;
QUE a fs. 91 a 93 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé un anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, esta dependencia debe confeccionar los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales a los fines de completar la documentación necesaria para realizar el correspondiente llamado;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES
DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a la Obra: “PAVIMENTO CON ADOQUIN EN CALLE LA SAN XXXXXXXXX XX XXXXX XXXXXX – XXXX XXX
XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.911.907,35 (Pesos: Tres Millones Novecientos Once Mil Novecientos Siete con 35/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 20 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1778/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 72557-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1899/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE ALASKA ENTRE AVDA. LAS AMERICAS Y XXXX. X. XXXXXXX – XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es ejecutar los pavimentos de hormigón en la calle mencionada; en respuesta a los reclamos de vecinos de la xxxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 427/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 77) para la presente obra;
QUE, a fs. 78 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2490/17;
QUE, a fs. 90, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 91 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.206.320,00;
QUE a fs. 92 a 94 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE ALASKA ENTRE AVDA. LAS AMERICAS Y XXXX. X. XXXXXXX – XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.206.320,00 (Pesos: Dos Millones Doscientos Seis Mil Trescientos Veinte con 00/100) IVA incluido con Mes Base: Septiembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 21 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1782/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 77507-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 61/18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE JANDULA ENTRE CALLE ALASKA Y AVENIDA VENEZUELA – XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar el enripiado necesario para en calzadas enripiadas del Barrio Solidaridad; en respuesta a los
reclamos de vecinos de la xxxx xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 368/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 79) para la presente obra;
QUE, a fs. 77 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2324/17;
QUE, a fs. 89 y 91, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 90 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.822.627,00;
QUE a fs. 95 el encuadre legal indica que es bajo la modalidad de Contratación Directa;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los pliegos de condiciones generales y particulares para el llamado a la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE JANDULA ENTRE CALLE ALASKA Y AVENIDA VENEZUELA – XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.822.627,00 (Pesos Dos Millones Ochocientos Veintidós Mil Seiscientos Veintisiete con 00/100) IVA incluido con Mes Base: septiembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 27 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1800/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 69686-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1922/17.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN XXXXXXXX XXX XXXXXX X. XXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX X XXX XXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto pavimentar las calles de los Barrios mencionados de la xxxx xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx; como respuesta a los reclamos de los vecinos del sector, teniendo en cuenta las dificultades del tránsito vehicular por calzadas en mal estado de funcionamiento;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 431/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 75) para la presente obra;
QUE, a fs. 76 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02509/17;
QUE, a fs. 82 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 1.961.404,34;
QUE, a fs. 83, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE a fs. 84 a 86 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 013/2017 Cronograma de Pagos 12/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN XXXXXXXX XXX XXXXXX X. XXXXXXX, XXXXXXXXXXXXX X XXX
XXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.961.404,34
(Pesos Un Millón Novecientos Sesenta y Un Mil Cuatrocientos Cuatro con 80/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (Treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 27 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1801/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 51455-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1890/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la secretaria de Obras Púbicas y Planificación Urbana solicita la Obra: “PLAZOLETA DE LA HORQUETA TRAMO EF”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es generar mejor accesibilidad recreativa por el cerro San Xxxxxxxx;
QUE, a fs. 09 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 315/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 10 a 94) para la presente obra;
QUE, a fs. 95 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 01963/17;
QUE, a fs. 100, la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 101 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 2.006.435,89;
QUE a fs. 102 a 104 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 09/2017 Cronograma de Pagos 09/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, a fs. 106, esta Subsecretaria mediante la Resolución N° 1231/17 aprueba los Pliegos de Cláusulas Particulares y Generales (fs. 107 a
146) para la presente obra;
QUE, a fs. 147 se publicó en página web oficial y de fs. 110 a 115 se invitó a seis empresas; y programado la apertura de sobres para el 20/12/17, a horas 12:00; se presentaron las firmas IMECA S.R.L. y NORTE ARIDOS S.R.L., según consta en Acta de Apertura de fs. 154;
QUE, a fs. 455 y 456 la Dcción. de Análisis de Contrataciones y la Dcción. de Infraestructura Vial informan que la empresa IMECA S.R.L., cumple con la documentación requerida en Pliegos y cotizo -0,082% por debajo del Presupuesto Oficial siendo conveniente a los intereses Municipales; mientras que la empresa NORTE ARIDOS S.R.L. no cumplió con los incisos f), j), k), y l) solicitados en el Art. N° 6 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares quedando rechazada su propuesta,
QUE, a fs. 460, vlta. y 461 rola el Dictamen Legal recomendando aprobar el proceso de la contratación;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO A CARGO DE LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PLAZOLETA DE LA HORQUETA TRAMO EF”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 2.006.435,89 (Pesos Dos Millones Seis Mil Cuatrocientos Treinta y Cinco 89/100) IVA incluido con Mes Base: Julio/2017, a realizarse por el sistema de Ajuste Alzado y plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- RECHAZAR la oferta presentada por la firma NORTE ARIDOS S.R.L., por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 3°.- ACEPTAR la oferta presentada por la firma IMECA S.R.L., por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 4°.- ADJUDICAR la presente Contratación Directa a la firma IMECA S.R.L., (CUIT 30-71162344-9) por la suma de $ 2.004.799,52 (Pesos Dos Millones Cuatro Mil Setecientos Noventa y Nueve con 52/100) IVA incluido, con mes base: Noviembre/17; bajo la siguiente modalidad de pago: “30% de Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y por las razones esgrimidas en el considerando de la presente Resolución.-
ARTICULO 5º.- SUSCRIBIR la Orden de Compra de Obra Pública con la empresa firma IMECA S.R.L., en las condiciones y por el monto dispuesto en el Art. 4º; previa presentación de garantía de adjudicación por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del monto adjudicado, y presentación del Certificado Valido para Contratar la presente obra, expedido por el Registro de Contratistas de Obras Publicas de la Provincia xx Xxxxx.-
ARTICULO 6º.- EL gasto que demande la presente contratación se imputara a (fs. 100); Reserva de Crédito Nº 1382 – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana; Partida 212 002 – Construcciones con Financiamiento Provincial - Ejercicio 2.017.-
ARTICULO 7º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXX
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Salta, 28 de Diciembre de 2.017.-
RESOLUCION Nº 1807/17.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 68977-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1906/17.-
VISTO a fs. 01 la Dccion Gral de Proyectos Ejecutivos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR ADMINISTRACION”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar los pavimentos rígidos con provisión de hormigón por administración municipal, con el fin de poner en optimas condiciones de funcionamiento las arterias que resultan, por falta de equipamiento y personal, realizarlas con la terminación necesaria para su normal uso;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 412/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 53) para la presente obra;
QUE, a fs. 54 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2443/17;
QUE, a fs. 59, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 60 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 999.446,88;
QUE a fs. 61 a 63 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, a fs. 65, esta Subsecretaria mediante la Resolución N° 1715/17 aprueba los Pliegos de Cláusulas Particulares y Generales (fs. 66 a
105) para la presente obra;
QUE, a fs. 106 se publicó en página web oficial y de fs. 108 a 113 se invitó a seis empresas; y programado la apertura de sobres para el 21/12/17, a horas 13:00; se presentaron las firmas ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza y
SERVENPRESS S.R.L. según consta en Acta de Apertura de fs. 114;
QUE, a fs. 225 y 226 la Dcción. de Análisis de Contrataciones y la Dcción. de Infraestructura Vial informan que la empresa ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza cumple con la documentación requerida en Pliegos y cotizo -0,082% por debajo del Presupuesto Oficial siendo conveniente a los intereses Municipales; mientras que la empresa SERVENPRESS S.R.L. no cumplió con el inciso l) solicitado en el Art. N° 6 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares quedando rechazada su propuesta,
QUE, a fs. 230, vlta. y 231 rola el Dictamen Legal recomendando aprobar el proceso de la contratación;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO A CARGO DE LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso de contratación directa para el llamado a la Obra: “TAREAS COMPLEMENTARIAS PARA OBRAS DE PAVIMENTO DE HORMIGON EJECUTADAS POR
ADMINISTRACION”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 999.446,88 (Pesos: Novecientos Noventa y Nueve Mil Cuatrocientos Cuarenta y Seis con 88/100) IVA incluido con Mes Base: Agosto/2017, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- RECHAZAR la oferta presentada por la firma SERVENPRESS S.R.L. por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 3°.- ACEPTAR la oferta presentada por la firma ING. XXXX
R. PLAZA PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 4°.- ADJUDICAR la presente Contratación Directa a la firma ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de
Xxxx X. Plaza (CUIT 20-00000000-4) por la suma de $ 992.494,83 (Pesos Novecientos Noventa y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 83/100) IVA incluido, con mes base: Noviembre/17; bajo la siguiente modalidad de pago: “30% de Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y por las razones esgrimidas en el considerando de la presente Resolución.-
ARTICULO 5º.- SUSCRIBIR la Orden de Compra de Obra Pública con la empresa firma ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza en las condiciones y por el monto dispuesto en el Art. 4º; previa presentación de garantía de adjudicación por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del monto adjudicado, y presentación del Certificado Valido para Contratar la presente obra, expedido por el Registro de Contratistas de Obras Publicas de la Provincia xx Xxxxx.-
ARTICULO 6º.- EL gasto que demande la presente contratación se imputara a (fs. 51); Reserva de Crédito Nº 2073 – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana; Partida 212 002 – Construcciones con Financiamiento Provincial - Ejercicio 2.017.-
ARTICULO 7º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXX
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QUE, a fs. 88, esta Subsecretaria mediante la Resolución N° 1.800/17 aprueba los Pliegos de Cláusulas Particulares y Generales (fs. 89 a
128) para la presente obra;
QUE, a fs. 129 se publicó en página web oficial y de fs. 131 a 136 se invitó a seis empresas; y programado la apertura de sobres para el 29/12/17, a horas 10:30; se presentó como único sobre, la firma NORTE ARIDOS S.R.L., según consta en Acta de Apertura de fs. 137;
QUE, a fs. 267 y 268 la Dcción. de Análisis de Contrataciones y la Dcción. de Infraestructura Vial informan que la empresa NORTE ARIDOS S.R.L. cumple con la documentación requerida solicitado en el Art. N° 6 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y cotizo -0,005% por debajo del Presupuesto Oficial siendo conveniente a los intereses Municipales; ,
QUE, a fs. 271, vlta. y 272 rola el Dictamen Legal recomendando aprobar el proceso de la contratación;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE PRESUPUESTO A CARGO DE LA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
RESOLUCION Nº 0006/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
Salta, 17 de Enero de 2.018.-
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso de contratación directa para el llamado a la Obra: “PAQUETE ESTRUCTURAL CON PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALZADAS DE LOS BARRIOS X. XXXXXXX,
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 69686-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 1922/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAQUETE ESTRUCTURAL PARA PAVIMENTO DE HORMIGON EN CALZADAS DE LOS Bº X. XXXXXXX, UNIVERSITARIO Y SAN XXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación es realizar las obras de base necesarias para efectuar la pavimentación con hormigón de las calzadas enripiadas del Bº X. Xxxxxxx y Universitario, ubicados en la xxxx xxxxx xx xx xxxxxx Xxxxx y Bº San Xxxx de la zona macrocentro, brindando una mayor seguridad, higiene y bienestar a los vecinos del sector;
QUE, a fs. 08 y vta., la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 431/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 75) para la presente obra;
QUE, a fs. 76 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02509/17;
QUE, a fs. 83, la Dirección de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito correspondiente al Ejercicio 2.017;
QUE, a fs. 82 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 1.961.404,34;
QUE a fs. 84 a 86 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 13/2017 Cronograma de Pagos 13/2017 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
XXXXXXXXXXXXX X XXX XXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.961.404,34 (Pesos: Un Millón Novecientos Sesenta y Uno Mil Cuatrocientos Cuatro con 34/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- ACEPTAR la oferta presentada por la firma NORTE ARIDOS S.R.L. por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 3°.- ADJUDICAR la presente Contratación Directa a la firma NORTE ARIDOS S.R.L. (CUIT 30-71447581-5) por la suma de $ 1.961.308,25 (Pesos Un Millón Novecientos Sesenta y Un Mil Trescientos Ocho con 25/100) IVA incluido, con mes base: Noviembre/17; bajo la siguiente modalidad de pago: “30% de Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y por las razones esgrimidas en el considerando de la presente Resolución.-
ARTICULO 4º.- SUSCRIBIR la Orden de Compra de Obra Pública con la empresa firma NORTE ARIDOS S.R.L. en las condiciones y por el monto dispuesto en el Art. 3º; previa presentación de garantía de adjudicación por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del monto adjudicado, y presentación del Certificado Valido para Contratar la presente obra, expedido por el Registro de Contratistas de Obras Publicas de la Provincia xx Xxxxx.-
ARTICULO 5º.- EL gasto que demande la presente contratación se imputara a (fs.83); Reserva de Crédito Nº 02109 – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana; Partida 212 002 – Construcciones con Financiamiento Provincial - Ejercicio 2.017.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 23 de Enero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 42/18.-
SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 80194-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº
.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA LIMPIEZA Y RECUPERACION DE LA SECCION DEL CANAL OESTE - XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar el funcionamiento del sistema de desagües pluviales del canal oeste, mediante limpieza y retiro de escombros a lo largo de la traza del mismo;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 457/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 24) para la presente obra;
QUE, a fs. 25 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2696/17;
QUE, a fs. 39, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 40 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 699.613,93;
QUE a fs. 40 a 42 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 001/2018 Cronograma de Pagos 01/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
VISTO a fs. 01 la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura Vial, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX-XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto es dotar un paseo deportivo a los vecinos del barrio, generando diferente tipo de actividades en un espacio abierto, contemplando los requerimientos y necesidades del área potenciando su uso;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 440/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 47) para la presente obra;
QUE, a fs. 48 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2531/17;
QUE, a fs. 57, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 58 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 326.724,37;
QUE a fs. 59 a 61 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA LIMPIEZA Y RECUPERACION DE LA SECCION DEL CANAL OESTE
- XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 699.613,93 (Pesos: seiscientos noventa y nueve Mil seiscientos trece con 93/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 02 de Febrero de 2.018.-
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX-XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 326.724,37 (Pesos: Trescientos Veintiséis Mil Setecientos Veinticuatro con 37/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (Treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 05 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 121/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 83587-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 114/18.-
RESOLUCION Nº 117/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 77338-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 121/17.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA OBRA DE
MANTENIMIENTO DE CALZADAS EN BARRIO DIVINO XXXX XXXXX Y ALEDAÑOS - XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar el tránsito vehicular y peatonal de las calzadas deterioradas y efectuar su limpieza y perfilado de la sección del canal que bordea estos barrios, en respuesta a los reiterados reclamos de los vecinos del sector;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 475/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 39) para la presente obra;
QUE, a fs. 40 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2734/17;
QUE, a fs. 54, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 55 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 249.604,56;
QUE a fs. 56 a 58 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 001/2018 Cronograma de Pagos 01/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA OBRA DE MANTENIMIENTO DE CALZADAS EN BARRIO DIVINO XXXX XXXXX Y ALEDAÑOS - XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX
XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 249.604,56 (Pesos Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Seiscientos Cuatro con 56/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 07 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 128/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 80194-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 102/18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA LIMPIEZA Y RECUPERACION DE LA SECCION DEL CANAL OESTE - XXXX XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar el funcionamiento del sistema de desagües pluviales del canal oeste, mediante limpieza y retiro de escombros a lo largo de la traza del mismo;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 457/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 24) para la presente obra;
QUE, a fs. 25 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2696/17;
QUE, a fs. 39, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 40 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 699.613,93;
QUE a fs. 41 a 43 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 001/2018 Cronograma de Pagos 01/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE, a fs. 45, esta Subsecretaria mediante la Resolución N° 42/18 aprueba los Pliegos de Cláusulas Particulares y Generales (fs. 46 a 85) para la presente obra;
QUE, a fs. 86 se publicó en página web oficial y de fs. 88 a 93 se invitó a seis empresas; y programado la apertura de sobres para el 29/01/18, a horas 12:00; se presentaron dos firmas XXXXX VIAL S.A., MIKSA
S.R.L. e ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza según consta en Acta de Apertura de fs. 94;
QUE, a fs. 377 y 378 la Dcción. de Análisis de Contrataciones y la Dcción. de Infraestructura Vial informan que todas las firmas oferentes cumplieron con la documentación requerida en Pliegos; siendo el siguiente orden de prelación: 1).- XXXXX VIAL S.A. cotizo -0,091% por debajo del presupuesto oficial; 2).- MIKSA S.R.L. cotizo +2,461% por encima del presupuesto oficial y 3).- ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza cotizo +4,516% por encima del presupuesto oficial;
QUE, a fs. 384 vta. y 385 rola el Dictamen Legal recomendando aprobar el proceso de la contratación;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso de contratación directa para la Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA LIMPIEZA Y RECUPERACION DE LA SECCION DEL CANAL OESTE - XXXX
XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 699.613,93 (Pesos: Seiscientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Trece con 93/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.-
ARTICULO 2º.- ACEPTAR las ofertas presentadas por las firmas XXXXX VIAL S.A., MIKSA S.R.L. e ING. XXXX X. XXXXX PROYECTOS
Y CONSTRUCCIONES de Xxxx X. Plaza y en ese orden de prelación por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 3°.- ADJUDICAR la presente Contratación Directa a la firma XXXXX VIAL S.A. (CUIT 30-69065307-5) por la suma de $ 698.980,20 (Pesos Seiscientos Noventa y Ocho Mil Novecientos Ochenta con 20/100) IVA incluido, con mes base: Diciembre/17; bajo la siguiente modalidad de pago: “30% de Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y por las razones esgrimidas en el considerando de la presente Resolución.-
ARTICULO 4º.- SUSCRIBIR la Orden de Compra de Obra Pública con la empresa firma XXXXX VIAL S.A. en las condiciones y por el monto dispuesto en el Art. 3º; previa presentación de garantía de adjudicación por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del monto adjudicado, y presentación del Certificado Valido para Contratar la presente obra, expedido por el Registro de Contratistas de Obras Públicas de la Provincia xx Xxxxx.-
ARTICULO 5º.- EL gasto que demande la presente contratación se imputara a (fs. 39); Reserva de Crédito Nº 00031/18 – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana; Partida 212 001 – Construcciones con Rentas General - Ejercicio 2.018.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 08 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 130/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 78847-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 117/18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA OBRA DE MANTENIMIENTO DE CALZADAS EN CALLES PARQUE NACIONAL EL PALMAR, XXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXX - XXXX XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar las condiciones del tránsito vehicular como peatonal de las calzadas que se encuentran muy deterioradas y efectuar limpieza y perfilado de la sección del canal que bordea estos xxxxxxx xx xx xxxx xxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 455/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 39) para la presente obra;
QUE, a fs. 40 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2697/17;
QUE, a fs. 54, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 55 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 379.481,98;
QUE a fs. 56 a 58 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “ALQUILER DE EQUIPO VIAL PARA OBRA DE MANTENIMIENTO DE CALZADAS EN CALLES PARQUE NACIONAL EL PALMAR, XXXXXX XX XXXXX Y ALEDAÑOS - XXXX
XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 379.481,98 (Pesos: Trescientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Ochenta y Uno con 98/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (Treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 19 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 185/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 64997-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 209/18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE ECUADOR ENTRE AVDA. LAS AMERICAS Y XXXXXXX XX XXXXX XXXXX XXXXXX - XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar las condiciones del tránsito vehicular como peatonal de las calzadas que se encuentran muy deterioradas xx Xxxxx Xxxxxx xx xx xxxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 370/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 78) para la presente obra;
QUE, a fs. 79 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2325/17;
QUE, a fs. 93, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 94 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.021.954,00;
QUE a fs. 95 a 97 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EN CALLE ECUADOR ENTRE AVDA. LAS AMERICAS Y XXXXXXX XX XXXXX XXXXX XXXXXX - XXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”,
xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.021.954,00 (Pesos Tres Millones Veintiún Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro con 00/100) IVA incluido con Mes Base: Agosto/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-_
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 19 de Febrero de 2.018.-
cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA NORTE – SECTOR COMPRENDIDO ENTRE AVDA. BOLIVIA, XXXX. XXXXXX XXXXXX,
XXX XXXXXXXX X XXXXXX XXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.198.889,28 (Pesos Tres Millones Ciento Noventa y Ocho Mil Ochocientos Ochenta y Nueve con 28/100) IVA incluido con Mes Base: Noviembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 23 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 186/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 83588-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 203/18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA NORTE – SECTOR COMPRENDIDO ENTRE AVDA. BOLIVIA, XXXX. XXXXXX XXXXXX, XXX XXXXXXXX X XXXXXX XXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto mejorar las condiciones del tránsito vehicular como peatonal de las calzadas que se encuentran muy deterioradas xx Xxxxx Xxxxxx xx xx xxxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 484/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 78) para la presente obra;
QUE, a fs. 76 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 2738/17;
QUE, a fs. 83, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 84 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.198.889,28;
QUE a fs. 85 a 86 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de
RESOLUCION Nº 230/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 77028-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 297/18.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EJECUTADAS EN CALLE INGENIERO XXXXX ENTRE CALLE XXXXXXXXX Y J. V. XXXXXXXX
– BARRIO EL ROSEDAL – XXXX XXXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto pavimentar las calles del Barrio El Rosedal de la xxxx xxxxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx; como respuesta a los reclamos de los vecinos del sector, teniendo en cuenta las dificultades del tránsito vehicular por calzadas en mal estado de funcionamiento;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 438/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 78) para la presente obra;
QUE, a fs. 79 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02527/17;
QUE, a fs. 86 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 488/17, rectifica la Memoria Técnica y Anexos, y establece la asignación presupuestaria correspondiente para la presente obra;
QUE, a fs. 93, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 94 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.143.827,80;
QUE a fs. 95 a 97 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PAVIMENTO CON HORMIGON EJECUTADAS EN CALLE INGENIERO XXXXX ENTRE CALLE XXXXXXXXX Y J. V. XXXXXXXX – BARRIO EL ROSEDAL – XXXX
XXXXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.143.827,80 (Pesos Tres Millones Ciento Cuarenta y Tres Mil Ochocientos Veintisiete con 80/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 27 de Febrero de 2.018.-
QUE, a fs. 84, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 85 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.202.001,04;
QUE a fs. 86 a 88 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA MACROCENTRO SUD OESTE – SECTOR COMPRENDIDO ENTRE XXXX. XXX XXXXXX, XXXXX XXXXX, XXX XXXXXXXX X XXXX. XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.202.001,04 (Pesos Tres Millones Doscientos Dos Mil Uno con 04/100) IVA incluido con Mes Base: Noviembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
RESOLUCION Nº 254/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 83615-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 257/18.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA MACROCENTRO SUD OESTE – SECTOR COMPRENDIDO ENTRE XXXX. XXX XXXXXX, XXXXX XXXXX, XXX XXXXXXXX X XXXX. XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto pavimentar las calzadas de hormigón deterioradas en avenidas y arterias principales de la xxxx xxxxxxxxxxx xxx xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx; como respuesta a los reclamos de los vecinos del sector, teniendo en cuenta las dificultades del tránsito vehicular por calzadas en mal estado de funcionamiento;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 485/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 75) para la presente obra;
QUE, a fs. 76 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02740/17;
XXXXXXXX
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Salta, 27 de Febrero de 2.018.-
RESOLUCION Nº 255/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 77083-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 272/18.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PAVIMENTACION CON HORMIGON EN CALLE HIMNO NACIONAL ARGENTINO ENTRE VIÑAL Y AGRUPACION GAUCHOS DE XXXXXX XX XXXXXX DEMOCRACIA – XXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto pavimentar las calzadas de hormigón deterioradas en xxxxxxxx x xxxxxxxx xxxxxxxxxxx xx xx xxxx xxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx; como respuesta a los reclamos de los vecinos del sector, teniendo en cuenta las dificultades del tránsito vehicular por calzadas en mal estado de funcionamiento;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 442/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 77) para la presente obra;
QUE, a fs. 78 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02529/17;
QUE, a fs. 85 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 487/17, rectifica la Memoria Técnica y Anexos para la presente obra;
QUE, a fs. 93, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 94 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 1.663.992,19;
QUE a fs. 95 a 97 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 002/2018 Cronograma de Pagos 02/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “PAVIMENTACION CON HORMIGON EN CALLE HIMNO NACIONAL ARGENTINO ENTRE VIÑAL Y AGRUPACION GAUCHOS DE XXXXXX XX XXXXXX DEMOCRACIA
– XXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 1.663.992,19 (Pesos Un Millón Seiscientos Sesenta y Tres Mil Novecientos Noventa y Dos con 19/100) IVA incluido con Mes Base: Octubre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 05 xx Xxxxx de 2.018.-
RESOLUCION Nº 271/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 83607-SG-17 – CONT. DIRECTA Nº 284/18.-
las dificultades del tránsito vehicular por calzadas en mal estado de funcionamiento;
QUE, a fs. 08 y vta., de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana mediante Resolución N° 481/17, aprueba la Memoria Técnica y Anexos (fs. 09 a 76) para la presente obra;
QUE, a fs. 77 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 02735/17;
QUE, a fs. 85, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE, a fs. 86 y vlta., interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 3.189.554,00;
QUE a fs. 87 a 89 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 003/2018 Cronograma de Pagos 03/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “Se prevé anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Obra Publica denominada Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA SUR Y SUR OESTE SUDESTE – SECTOR COMPRENDIDO DESDE XXXX XXXXXXXXXX Xx 00, XXXX. XXXXXXX, XXX XXXXXXXX, VIAS DEL FFCC Y LIMITE
XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 3.189.554,00 (Pesos Tres Millones Ciento Ochenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 00/100) IVA incluido con Mes Base: Noviembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 45 (Cuarenta y Cinco) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 06 xx Xxxxx de 2.018.-
VISTO a fs. 01 la Dcción Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “TAREAS EXTRAPROGRAMADAS DE BACHEO CON HORMIGON EN ZONA SUR Y SUR OESTE SUDESTE – SECTOR COMPRENDIDO DESDE RUTA PROVINCIAL N° 26, XXXX. XXXXXXX, XXX XXXXXXXX, XXXX XXX XXXX X XXXXXX XXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, el objeto de la presente contratación tiene por objeto pavimentar las calzadas de hormigón deterioradas en avenidas y arterias principales de la xxxx xxx x xxx xxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx; como respuesta a los reclamos de los vecinos del sector, teniendo en cuenta
RESOLUCION Nº 428/18.- SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 21421-NP-18 – CONT. DIRECTA Nº 443/18.-
VISTO a fs. 01 la Subsecretaria de Planificación y Control Urbano, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “XXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX - XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE el objeto de la presente contratación será limpiar y reacondicionar todas las caras y superficies xx xxxxx exteriores y recovas, incluyendo la torre, componentes de la fachada del edificio, tirantes xx xxxxxx del
xxxxxxxxxx xx xx xxxxxx xxx 0x xxxx como así también rejas, barandas y pasamanos con técnicas tradicionales según indicaciones de los organismos nacionales y provinciales aplicadas en este edificio respetando colores actuales del Cabildo Histórico;
QUE a fs. 27 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 894/18;
QUE a fs. 31 la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana emite Resolución N° 043/18, en la que se aprueba la Memoria Técnica, Computo, Presupuestos y Anexos de la presente obra;
QUE, a fs. 33, la Dirección Gral. de Presupuesto habiendo realizado la revisión de los datos, que conforman los obrantes; indica que su intervención fue satisfactoria;
QUE a fs. 34, interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realizó las tareas de auditoria y revisión de las formalidades exigidas para la documentación adjunta;
QUE, a fs. 35, la Dirección de Análisis Financiero, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, realiza la Reserva de Crédito para el Ejercicio 2018;
QUE a fs. 36 vta. la Subsecretaria de Xxxxxxxx interviene autorizando el anticipo financiero del 20% del monto al que se adjudique;
QUE a fs. 37 a 39 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 004/2018 Cronograma de Pagos 04/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “se prevé un anticipo financiero del 20% que será descontado proporcionalmente de cada certificado; 30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE a fs. 40 esta Dirección Legal y Técnica encuadra la presente en el Art. 12 de la Ley Nº 6838, Art. 12 del Decreto Nº 931/96 y Dctos. Modificatorios Nº 440/16 y 711/16, esto es: Contratación Directa;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 14608-SG-18 – CONT. DIRECTA Nº
……./18.-
VISTO a fs. 01 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “PROVISION DE EQUIPO VIAL DE SOPORTE PARA TAREAS DE BACHEO – PLANTA ASFALTICA MUNICIPAL – XXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y;
CONSIDERANDO:
QUE la presente contratación tiene por objeto brindar equipamiento de soporte a las diferentes tareas que realiza la Planta Asfáltica Municipal tales como la ejecución de xxxxxxx y demás arreglos viales en la ciudad xx Xxxxx;
QUE desde fs. 02 a 14 se adjunta Memoria Técnica y Anexos para la presente obra, aprobándose la misma mediante Resolución Nº 038/18 vta, de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana;
QUE, a fs. 21 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 00647/18;
QUE a fs. 23, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE a fs. 24 interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 150.141,26;
QUE a fs. 26 a 28 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 004/2018 Cronograma de Pagos 04/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “50% Contado y 50% a 30 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE a fs. 29 esta Dirección Legal y Técnica encuadra la presente en el Art. 12 de la Ley Nº 6838, Art. 12 del Decreto Nº 931/96 y Dctos. Modificatorios Nº 440/16 y 711/16, esto es: Contratación Directa;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
POR ELLO
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales para la Obra Publica denominada Obra: “XXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX - XXXXXX XX XXXXX”, xxxx
presupuesto oficial asciende a la suma de $ 836.657,92 (Pesos Ochocientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Siete con 92/100) IVA incluido con Mes Base: Enero/18, a realizarse por el sistema de
Contratación por Xxxxxx Xxxxxx y plazo de ejecución de 20 (Veinte) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección Gral. de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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Salta, 12 xx Xxxxx de 2.018.-
RESOLUCION Nº 441 SECRETARIA DE HACIENDA.-
Subsecretaria de Contrataciones.-
ARTICULO 1º.- APROBAR los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales para la Obra Publica denominada Obra: “PROVISION DE EQUIPO VIAL DE SOPORTE PARA TAREAS DE BACHEO – PLANTA ASFALTICA MUNICIPAL – XXXXXXXXXXX XX XX
XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 150.141,26 (Pesos: Ciento Cincuenta Mil Ciento Cuarenta y Uno con 26/100) IVA incluido con Mes Base: Diciembre/17, a realizarse por el sistema de Unidad de Medida y plazo de ejecución de 30 (Treinta) días corridos.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Publicas a convocar el llamado a Contratación Directa para la obra mencionada en el Art. N° 1; con la Memoria Técnica adjunta y los Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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SALTA, 17 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 464/18.-
SECRETARIA DE HACIENDA SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 47134 -SG-2017.-
VISTO a fs. 02 la Dirección Infraestructura Vial, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “ADQUISICION DE MATERIAL ARIDO (PIEDRA LAVADA) PARA OBRAS DE REPAVIMENTACION Y BACHEO A REALIZARSE POR ADMINISTRACION”, y;
CONSIDERANDO:
QUE la presente contratación tiene por objeto contar con el material árido para la elaboración del hormigón necesario para continuar con las distintas obras de pavimentación que lleva adelante este Municipio;
QUE a fs. 02 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 01683/17;
QUE a fs. 14 y 15 intervienen las Direcciones Grales. de Presupuesto y de Procesos, dependientes de la Secretaria de Hacienda, realizando la correspondiente imputación al Ejercicio 2.018, por un monto total de $ 37.800,00 (Pesos Treinta y Siete Mil Ochocientos con 00/100);
QUE a fs. 16 a 18 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 003/18 Cronograma de Pagos 03/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “50 % Contado y 50% a 30 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE a fs. 21 rola constancia que emite la página web oficial sobre la contratación de referencia; a fs. 22 se adjuntan invitaciones a tres empresas; programado la apertura de sobres para el 28/03/18, a horas 11:00 en la que cual se presentó una única oferta de la firma XXXX X. XXXXXX S.R.L. S.R.L. según consta en Acta de Apertura de fs. 23;
QUE, a fs. 30 y 31 la Subsecretaria de Obras Publicas informa que el único oferente cumplió con la documentación requerida en Pliegos; siendo la firma XXXX X. XXXXXX S.R.L. por cotizar igual monto que el Presupuesto Oficial; siendo conveniente a los intereses municipales;
QUE, a fs. 34 vta. rola el Dictamen Legal recomendando aprobar el proceso de la contratación y adjudicar;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-APROBAR el proceso de contratación directa para la: “ADQUISICION DE MATERIAL ARIDO (PIEDRA LAVADA) PARA OBRAS DE REPAVIMENTACION Y BACHEO A REALIZARSE POR
ADMINISTRACION”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de $ 37.800,00 (Pesos: Treinta y Siete Mil Ochocientos con 00/100) IVA incluido con plazo de entrega inmediata
ARTICULO 2º.- ACEPTAR la oferta presentada por la firma XXXX X. XXXXXX S.R.L. S.R.L. por lo expuesto en el considerando.-
ARTICULO 3º.- ADJUDICAR, la presente Contratación Directa a la firma XXXX X. XXXXXX S.R.L. S.R.L. (CUIT 30-70005914-2) por la
suma de $ 37.800,00 (Pesos Treinta y Siete Mil Ochocientos con 00/100) IVA incluido; bajo la siguiente modalidad de pago: “50% de Contado y 50% a 30 días, Fecha Factura Conformada”, por resultar la más conveniente a los intereses del Estado Municipal y por las razones esgrimidas en el considerando de la presente Resolución.-
ARTICULO 4º: SUSCRIBIR la Orden de Compra de Obra Pública con la empresa firma XXXX X. XXXXXX S.R.L. S.R.L. en las condiciones y por el monto dispuesto en el Art. 3º; previa presentación de garantía de adjudicación por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado.- publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
ARTICULO 5º.- EL gasto que demande la presente contratación se imputara a (fs. 14); Reserva de Crédito Nº 00553 – Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana; Partida 112 005 – Materiales de Construcciones - Ejercicio 2.018.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
XXXXXXXX
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SALTA, 17 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 466/18.- SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 013971 - SG-2018 / 21960 - NP - 2018.-
VISTO a fs. 02 la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos, dependiente de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, solicita la Obra: “MANTENIMIENTO DE CALZADAS ENRIPIADAS DE LOS BARRIOS FINCA XXXXXXXX, CIRCULO II, CIRCULO IV Y PALENQUE
- XXXX XXX XXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX”, y; CONSIDERANDO:
QUE la presente contratación tiene por objeto mejorar las condiciones del tránsito vehicular como peatonal de las calzadas sin pavimentar de las zonas referenciadas como respuesta inmediata a los diversos reclamos efectuados por los vecinos de los barrios en cuestión;
QUE desde fs. 03 a 22 se adjunta Memoria Técnica, Computo, Presupuestos y Anexos, aprobada mediante Resolución Nº 037/18 (fs.
29) por la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, la presente obra;
QUE a fs. 31 la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana emite Nota de Pedido Nº 00788/18;
QUE a fs. 32, la Dirección de Presupuesto realiza la imputación correspondiente al Ejercicio 2.018;
QUE a fs. 33 interviene la Dirección Gral. de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y autoriza la Contratación por un monto total de $ 350.020,00;
QUE a fs. 34 a 36 esta Subsecretaria adjunta la Resolución N° 004/2018 Cronograma de Pagos 04/2018 – de la Subsecretaria de Finanzas donde autoriza la siguiente modalidad de pago: “30 % Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días, Fecha Factura Conformada”;
QUE a fs. 37 esta Dirección Legal y Técnica encuadra la presente en el Art. 12 de la Ley Nº 6838, Art. 12 del Decreto Nº 931/96 y Dctos. Modificatorios Nº 440/16 y 711/16, esto: Contratación Directa;
QUE por lo expuesto es necesario emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-APROBAR los Pliegos de Condiciones Particulares y Generales para la Obra Publica denominada Obra: “MANTENIMIENTO DE CALZADAS ENRIPIADAS DE LOS BARRIOS FINCA XXXXXXXX, CIRCULO II, CIRCULO IV Y PALENQUE - XXXX XXX XXXX XX XX
XXXXXX XX XXXXX”, xxxx presupuesto oficial asciende a la suma de $ 350.020,00 (Pesos: Trescientos Cincuenta Mil Veinte con 00/100) IVA incluido con Mes Base: Diciembre/17, a realizarse por el sistema de Ajuste Alzado y plazo de ejecución de 20 (veinte) días corridos
ARTICULO 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Contrataciones Directas de Obras Públicas a convocar el llamado a contratación directa para la obra mencionada en el Art. 1º con la Memoria Técnica adjunta Pliegos Particulares y Generales.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
XXXXXXXX
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SALTA, 13 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCION Nº 429/2018 SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
CONTRATACION DIRECTA Nº 356/18 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13683-SG-2018
VISTO
La Nota de Pedido Nº 597/2018 de fs. 06, mediante el cual la Dirección General de Servicios Públicos solicita la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA NORTE Y ESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DEDE XX. XXXXXXXX X XXXXX 00 XX XXXXXXX XXXXX XX. XXXXX XXXX; DESDE XX. XXXXX XXXX XXXXX XX. XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX; DESDE ESTA ULTIMA HASTA CALLE SAN XXXXXX; DESDE CALLE SAN XXXXXX HACIA EL ESTE BORDEANDO TODA ZONA URBANA CAPITALINA HACIA EL NORTE HASTA MARGENES DEL RIO VAQUEROS; EXTENDIENDOSE POR ZONA URBANA HACIA EL OESTE Y DESDE
ALLI HASTA EL SUR AL PUNTO DE ORIGEN” y con las intervención de las Subsecretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs. 07 y de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs 09. ;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 03 obra una reseña de la problemática de los Microbasurales y las acciones que se deben contemplar en este marco;
QUE a fs. 14 la Dirección General de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito Nº 556 correspondiente al ejercicio 2018;
QUE a fs. 15 y 15 vuelta, la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Presupuesto en la suma de Pesos Seiscientos Ochenta Mil Ciento Trece con 17/100 ($680.113,17), homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación;
QUE a fs.15 vuelta, conforme Resolución Nº 003/2018 de la Subsecretaría de Finanzas se informa que la factibilidad financiera que corresponde es la siguiente: : 30% Contado, 35% a 30 Dias y 35% a 60 Dias, desde la fecha de conformación de la factura”;
QUE a fs.32 la Subsecretaría de Contrataciones aprueba mediante Resolución Nº 343/18 en su artículo 1º los pliegos de Condiciones Generales y Particulares y en su artículo 2º autoriza a la Dirección General de Contrataciones de Ambiente y Servicios Públicos a convocar el llamado a Contratación Directa;
QUE habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 27/03/2018 a hora 09:00, y publicada la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y habiendo cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentaron las empresas: “XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX” y “XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX”;
QUE en el Acta de fs. 88, la empresa: “XXXXXXX XXXXX, XXXXXXX XXXXXXXX” cotiza todo ítem por un importe total de Pesos Seiscientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Seis con 38/100 ($639.306,38) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2956; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx Nº 2.500 mediante Resolución Nº 200/17 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, con vencimiento el 30/08/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 356/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos Uno con 30/100 ($6.801,30); Sellado Municipal; Presenta Antecedentes de obra y/o servicios en fotocopias certificadas por escribano público, no tomándose estas como válidas ya que el pliego exige originales. Se le otorga 48 hs. Para presentar el resto de la documentación;
QUE en el Acta de fs. 88 y 88 vuelta, la empresa: “XXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXX” cotiza todo ítem por un importe total de Pesos Quinientos Noventa y Un Mil Cuatrocientos con 08/100 ($591.400,08) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2.933; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx Nº 3.007 mediante Resolución Nº 47/18 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, con vencimiento el 25/12/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 356/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos Uno con 13/100 ($6.801,13); Sellado Municipal; Antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE a fs. 93 rola Acta mediante la cual la empresa: XXXXXXX XXXXX, XXXXXXX XXXXXXXX presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes, que se adjuntan a fs. 89, 90, 91 y 92;
QUE a fs. 94 se solicita a la Unidad Originante la emisión del Informe Técnico correspondiente sobre las empresas cotizantes;
QUE la Unidad Originante, a fs. 95, 96 y 97, procede al estudio y análisis de las documentaciones obrantes, respecto a la Contratación Directa Nº356/2018 y emite Informe Técnico
CORRESPONDE A RESOLUCION Nº 429/2018
concluyendo que: “se procedió a considerar las propuestas más económicas, Por dicho. motivo se sugiere la adjudicación a la firma XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX”:
QUE realizado el análisis de las ofertas presentadas, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo
requerido, presentar toda la documentación solicitada y encontrarse dentro del monto autorizado;
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 356/2018, 1º Llamado convocado para la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA NORTE Y ESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DEDE XX. XXXXXXXX X XXXXX 00 XX XXXXXXX XXXXX XX. XXXXX XXXX; DESDE XX. XXXXX XXXX XXXXX XX. XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX; DESDE ESTA ULTIMA HASTA CALLE SAN XXXXXX; DESDE CALLE SAN XXXXXX HACIA EL ESTE BORDEANDO TODA ZONA URBANA CAPITALINA HACIA EL NORTE HASTA MARGENES DEL RIO VAQUEROS; EXTENDIENDOSE POR ZONA URBANA HACIA EL OESTE Y DESDE ALLI HASTA EL SUR AL PUNTO DE ORIGEN”;
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma “XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX”;
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR el ítem Uno de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma “XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX”, CUIT: 27-00000000-9, por la suma
de Pesos Quinientos Noventa y Un Mil Cuatrocientos con 08/100 ($591.400,08) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4°: NOTIFICAR a la firma XXXXXXXX XXXXXX
XXXXXXXX” que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10% del Monto Adjudicado, previo a la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR y publicar en el Boletín Oficial Municipal. Archivar.
XXXXXX
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SALTA, 13 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCION Nº 430/2018 SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
CONTRATACION DIRECTA Nº 389/18 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13681-SG-2018
VISTO
La Nota de Pedido Nº 598/2018 de fs. 06, mediante el cual la Dirección General de Servicios Públicos solicita la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA SUR Y SURESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DESDE XXXXXXXXX X XX. XXXXXXXXX XXXXX XX. XXX XXXXXX; DESDE XX. XXX XXXXXX XXXXX XX XXXX X XX XXX POR TODA ZONA URBANA CAPITALINA”
y con las intervención de las Subsecretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs. 07 y de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs 09. ;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 03 obra una reseña de la problemática de los Microbasurales y las acciones que se deben contemplar en este marco;
QUE a fs. 14 la Dirección General de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito Nº 557 correspondiente al ejercicio 2018;
QUE a fs. 15 y 15 vuelta, la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Presupuesto en la suma de Pesos Seiscientos Ochenta Mil Ciento Trece con 17/100 ($680.113,17), homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación;
QUE a fs.15 vuelta, conforme Resolución Nº 003/2018 de la Subsecretaría de Finanzas se informa que la factibilidad financiera que corresponde es la siguiente: 100% Contado desde la fecha de conformación de la factura”;
QUE a fs.27 la Subsecretaría de Contrataciones aprueba mediante Resolución Nº 351/18 en su artículo 1º los pliegos de Condiciones Generales y Particulares y en su artículo 2º autoriza a la Dirección General de Contrataciones de Ambiente y Servicios Públicos a convocar el llamado a Contratación Directa;
QUE habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 28/03/2018 a hora 10:00, y publicada la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad xx Xxxxx y habiendo cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentaron las empresas: “XXXXX, XXXXXXXXX XXXXXX”, “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, “XXXXXXX XXXXX, XXXXXXX XXXXXXXX” y “XXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXX”;
QUE en el Acta de fs. 153, la empresa: “XXXXX, XXXXXXXXX XXXXXX” cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Noventa y Un Mil Doscientos Noventa y Nueve con 19/100 ($591.299,19) y PRESENTA: Anexo I; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2.958; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx Nº 2.946 mediante Resolución Nº 173/17 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, con vencimiento el 04/09/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 389/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos con 00/100 ($6.800,00) ; Sellado Municipal; NO PRESENTA constancia de inscripción en la AFIP; NO PRESENTA originales de antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE en el Acta de fs. 153 y 153 vuelta, la empresa: “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, quien cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Cuarenta y Nueve Mil con 00/100 ($549.000,00), y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2.937; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Provisoria en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 389/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Banco Macro, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Cinco Mil Novecientos con 00/100 ($5.900,00); Sellado Municipal; NO PRESENTA originales de antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes.;
QUE en el Acta de fs. 153 vuelta, la empresa: “XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX”, quien cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Setenta y Dos Mil Trescientos Quince con 24/100 ($572.315,24) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción
en la AFIP; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2.948; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, Proveedor 2.500 mediante resolución Nº 200/17 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx con vencimiento el 30/08/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 389/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Banco Macro, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos Uno con 13/100 ($6.801,13); Sellado Municipal; NO PRESENTA originales de antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE en el Acta de fs. 153 vuelta, la empresa: “XXXXXXXX, XXXXXXXX XXXXXX”, quien cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Seiscientos Setenta y Seis Mil con 62/100 ($676.000,62) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra xx Xxxxxx Nº 2.932; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de
Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx Nº 3.007 mediante Resolución Nº 47/18 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad xx Xxxxx, con vencimiento el 25/12/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 389/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos Uno con 13/100 ($6.801,13); Sellado Municipal; NO PRESENTA Antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE en el Acta de fs. 153 y 153 vuelta Se da a los oferentes un plazo de 48 hs. hábiles para completar la documentación faltante, caso contrario se desestimará la oferta;
QUE a fs. 157 rola Acta mediante la cual la empresa: XXXXXXX XXXXX, XXXXXXX XXXXXXXX presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes, que se adjuntan a fs. 155 y 156;
QUE a fs. 170 rola Acta mediante la cual la empresa: XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes y constancia de inscripción en AFIP, que se adjuntan desde fs. 158 a fs. 169, ambas inclusive;
QUE a fs. 173 rola Acta mediante la cual la empresa: COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L. presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes, que se adjuntan a fs. 171 y 172;
QUE a fs. 174 se solicita a la Unidad Originante la emisión del Informe Técnico correspondiente sobre las empresas cotizantes;
QUE la Unidad Originante, a fs. 175, 176 y 177, procede al estudio y análisis de las documentaciones obrantes, respecto a la Contratación Directa Nº389/2018 y emite Informe Técnico
concluyendo que: “pese a no ser la oferta más económica, se considera como más conveniente la adjudicación a la firma de XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX, por tener antecedentes de obra con el municipio en periodo reciente y en actividad relacionada con el requerimiento solicitado en la presente contratación”.
QUE realizado el análisis de las ofertas presentadas, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, presentar toda la documentación solicitada y encontrarse dentro del monto autorizado;
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR XXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX
XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XXXXX R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 389/2018, 1º Llamado convocado para la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA SUR Y SURESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DESDE XXXXXXXXX X XX. XXXXXXXXX XXXXX XX. XXX XXXXXX; DESDE XX. XXX XXXXXX XXXXX XX XXXX X XX XXX XXX XXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX”;
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma “XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX”;
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR el ítem Uno de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma “XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX”, CUIT: 20-00000000-3, por la suma
de Pesos Quinientos Noventa y Un Mil Doscientos Noventa y Nueve con 19/100 ($591.299,19) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4°: NOTIFICAR a la firma XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX”
que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10% del Monto Adjudicado, previo a la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR y publicar en el Boletín Oficial Municipal. Archivar.
XXXXXX
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SALTA, 13 xx Xxxxx de 2018
RESOLUCION Nº 431/2018 SECRETARIA DE HACIENDA
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIONES DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
CONTRATACION DIRECTA Nº 362/18 - 1º Llamado REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13686-SG-2018
VISTO
La Nota de Pedido Nº 588/2018 de fs. 05, mediante el cual la Dirección General de Servicios Públicos solicita la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA CENTRO Y OESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DESDE XX. XXXXX X XX. XXXXXXXX SIGUIENDO POR AV. ARENALES HASTA CALLE 20 DE FEBRERO; DESDE CALLE 20 DE FEBRERO HASTA AV. ENTRE RIOS; DESDE AV. ENTRE RIOS HASTA AV. VICENTENARIO DE LA PATRIA; DESDE ESTA ULTIMA HASTA CALLE SAN MARTIN; DESDE CALLE SAN MARTIN HASTA OLAVARRIA; DESDE OLAVARRIA HACIA EL SUR HASTA AV. COSTANERA BORDEANDO TODA ZONA
URBANA CAPITALINA HACIA EL OESTE” y con las intervención de las Subsecretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs. 07 y de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos a fs 09. ;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 03 obra una reseña de la problemática de los Microbasurales y las acciones que se deben contemplar en este marco;
QUE a fs. 14 la Dirección General de Presupuesto realiza la Reserva de Crédito Nº 558 correspondiente al ejercicio 2018;
QUE a fs. 15 y 15 vuelta, la Dirección General de Control de Procesos realiza el análisis formal del pedido y la correspondiente autorización de la Subsecretaria de Presupuesto en la suma de Pesos Seiscientos Ochenta Mil Ciento Trece con 17/100 ($680.113,17), homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación;
QUE a fs.15 vuelta, conforme Resolución Nº 003/2018 de la Subsecretaría de Finanzas se informa que la factibilidad financiera que corresponde es la siguiente: 30% Contado, 35% a 30 Días y 35% a 60 Días, desde la fecha de conformación de la factura”;
QUE a fs.27 la Subsecretaría de Contrataciones aprueba mediante Resolución Nº 344/18 en su artículo 1º los pliegos de Condiciones Generales y Particulares y en su artículo 2º autoriza a la Dirección General de Contrataciones de Ambiente y Servicios Públicos a convocar el llamado a Contratación Directa;
QUE habiéndose programado el 1º llamado a la apertura de sobres para el día 27/03/2018 a hora 11:00, y publicada la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y habiendo cursado invitaciones a diferentes firmas del medio, se presentaron las empresas: “ARCADIO OBRAS ELECTRICAS S.R.L.”, “PACHECO VELEZ, ADHEMAR HUMBERTO” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”;
QUE en el Acta de fs. 155, la empresa: “ARCADIO OBRAS ELECTRICAS S.R.L.” cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Setenta y Ocho Mil Noventa y Seis con 28/100 ($578.096,28) y PRESENTA: Anexo I; Recibo por compra de Pliego Nº 2958; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Salta Nº 2.835 mediante Resolución Nº 98/17 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, con vencimiento el 26/06/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 362/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Cinco Mil Setecientos Ochenta y Uno con 00/100 ($5.781,00) ; Sellado Municipal; NO PRESENTA constancia de inscripción en la AFIP; NO PRESENTA Antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE en el Acta de fs. 155 y 155 vuelta, la empresa: “PACHECO VELEZ, ADHEMAR HUMBERTO” cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Ochenta y Cinco Mil Novecientos Dieciséis con 11/100 ($585.916,11) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra de Pliego Nº 2947; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Completa Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Salta Nº 2.500 mediante Resolución Nº 200/17 expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, con vencimiento el 30/08/2018; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 362/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Seis Mil Ochocientos Uno con 30/100 ($6.801,30) ; Sellado Municipal; NO PRESENTA originales de antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes.;
QUE en el Acta de fs. 155 vuelta, la empresa: “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, quien cotiza todo el ítem por un importe total de Pesos Quinientos Noventa Mil con 00/100 ($590.000,00) y PRESENTA: Anexo I; constancia de inscripción en la AFIP; Recibo por compra de Pliego Nº 2.925; Pliego de Clausulas Particulares; Pliego de Clausulas Generales; Certificado de Documentación Provisoria en el Registro de
Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Salta expedido por la Dirección de Unidad Central de Contrataciones de la Municipalidad de la Ciudad de Salta; Formulario de Cotización Contratación Directa Nº 362/2018; Garantía de la Oferta mediante el Depósito en efectivo en Banco Macro, correspondiente al uno por ciento (1%) del valor de la oferta, por un Importe de Pesos Cinco Mil Novecientos con 00/100 ($5.900,00) ; Sellado Municipal; Antecedentes de obra y/o servicios de la contratista, con Certificación de los Organismos Comitentes correspondientes;
QUE en el Acta de fs. 155 vuelta Se da a los oferentes un plazo de 48 hs. hábiles para completar la documentación faltante, caso contrario se desestimará la oferta;
QUE a fs. 158 rola Acta mediante la cual la empresa: PACHECO VELEZ, ADHEMAR HUMBERTO presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes, que se adjuntan a fs. 156 y 157;
QUE a fs. 162 rola Acta mediante la cual la empresa: COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L. presenta en el plazo otorgado los antecedentes originales de obras con certificación de los organismos solicitantes y constancia de inscripción en AFIP, que se adjuntan a fs. 159, 160 y 161;
QUE a fs. 163 se solicita a la Unidad Originante la emisión del Informe Técnico correspondiente sobre las empresas cotizantes;
QUE la Unidad Originante, a fs. 164, 165 y 166, procede al estudio y análisis de las documentaciones obrantes, respecto a la Contratación Directa Nº362/2018 y emite Informe Técnico
concluyendo que: “se procedió a considerar las propuestas mas económicas. Por dicho motivo se sugiere la adjudicación a la firma “ARCADIO OBRAS ELECTRICAS S.R.L.”
QUE realizado el análisis de las ofertas presentadas, y del Informe Técnico correspondiente, surge su adjudicación por ajustarse a lo requerido, presentar toda la documentación solicitada y encontrarse dentro del monto autorizado;
QUE corresponde emitir el Instrumento Legal pertinente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE CONTRATACIONES DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.-APROBAR la Contratación Directa Nº 362/2018, 1º Llamado convocado para la Contratación del: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE MICROBASURALES, DESCACHARRADO Y DESCHATARRADO, PARA REALIZARSE EN ZONA CENTRO Y OESTE: CUADRANTE COMPRENDIDO DESDE AV. PERON Y AV. ARENALES SIGUIENDO POR AV. ARENALES HASTA CALLE 20 DE FEBRERO; DESDE CALLE 20 DE FEBRERO HASTA AV. ENTRE RIOS; DESDE AV. ENTRE RIOS HASTA AV. VICENTENARIO DE LA PATRIA; DESDE ESTA ULTIMA HASTA CALLE SAN MARTIN; DESDE CALLE SAN MARTIN HASTA OLAVARRIA; DESDE OLAVARRIA HACIA EL SUR HASTA AV. COSTANERA BORDEANDO TODA ZONA URBANA CAPITALINA HACIA EL OESTE”;
ARTICULO 2º.-DECLARAR ADMISIBLE la oferta presentada por la firma “ARCADIO OBRAS ELECTRICAS S.R.L.”;
ARTICULO 3º.-ADJUDICAR el ítem Uno de la contratación mencionada en el Art. 1º de la presente Resolución, a la firma ““ARCADIO OBRAS ELECTRICAS S.R.L.”, CUIT: 30-71444128-7, por
la suma de Pesos Quinientos Setenta y Ocho Mil Noventa y Seis
con 28/100 ($578.096,28) por considerar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal.-
ARTICULO 4°: NOTIFICAR a la firma ARCADIO OBRAS
ELECTRICAS S.R.L. que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10% del Monto Adjudicado, previo a la confección de la correspondiente Orden de Compra.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR y publicar en el Boletín Oficial Municipal. Archivar.
RANDLE
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Salta 05 de Febrero del 2018.-
Artículo 2°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
Artículo 3°: Comunicar, Publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.
TAMER
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta 15 de Marzo de 2018 .-
REF.: Expte. N° 3357-NP-2018.-
C. DIRECTA Nº 110/18.- RESOLUCIÓN Nº 127/18
VISTO
REF.: Expte. N° 67580-SG-2017.-
C. DIRECTA Nº 122/17.- RESOLUCIÓN Nº 83/18
VISTO
El expediente de referencia mediante el cual se tramita la ampliación del 20% de la Orden de Compra Nº 245/17, Contratación Directa Nº 122/17, referente a la Contratación del “Servicio de Recarga y Reciclado de Toner”, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Mantenimiento y Servicios Generales, de la Subsecretaria de Patrimonio, Mantenimiento y Servicios Generales, dependiente de la Secretaria General a fs. 04 emite Nota de Pedido Nº 2344/17, solicitando la ampliación del 20% de la Orden de Compra ut supra, fundamentando la necesidad del pedido mediante Nota de fs. 01.-
Que a fs. 13, la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 1676 correspondiente al ejercicio 2017 y Rectificada a fs. 24 bajo Reserva de Crédito Nº 11/18, correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 25, la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto Nº 1686/15, 094/16 y 440/16, modificado por Dcto. 711/16, y a fs. 25 vuelta la Subsecretaria de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 67.825,00 (Pesos Sesenta y Siete Mil Ochocientos Veinticinco con 00/100), homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación, indicado la siguiente forma de Pago: 50% a 15 (Quince) Días y 50% a 30 (treinta) Días C.F.C., de acuerdo a Resolución Nº 01/18 de la Subsecretaria de Finanzas – Secretaria de Hacienda;
Que a fs. 26, la Dirección General de Contrataciones emite dictamen en el cual concluye que se imprima al expediente de referencia el procedimiento de contratación normado en el Art. 43º del Dcto. Nº 931/96, que establece, “… La entidad contratante podrá, por razones de interés público debidamente justificada, aumentar o disminuir las prestaciones objeto del contrato a cargo del contratante, siempre que no superen en más o menos al 20% del total de las mismas …” por lo que se considera admisible autorizar esta ampliación;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Autorizar la ampliación del 20% de la Contratación Directa Nº 122/17, referente a la Contratación del “Servicio de Recarga y Reciclado de Toner”, a favor de la firma REDINK ARGENTINA S.R.L. –
C.U.I.T. Nº 30-71082268-5, la que asciende a un total de $ 67.825,00 (Pesos Sesenta y Siete Mil Ochocientos Veinticinco con 00/100) y en las condiciones de Pago 50% a 15 (Quince) Días y 50% a 30 (treinta) Días C.F.C.
La Nota de Pedido Nº 141/18, solicitado por la Subsecretaria de Habilitaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de 15 (quince) Cajas de Planchas de Plastificado por 100 (cien) Unidades”, para la confección de Certificados de Habilitación, requerido por la citada dependencia mencionada ut supra;
Que a fs. 12, la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 166 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 13, la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con los dispuesto por el Decreto Nº 440/16, modificado por Dcto. 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 10 vuelta la Subsecretaria de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 10.506,00 (Pesos Diez Mil Quinientos Seis con 00/100), homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación, conforme lo establecido en el inciso b), Art. 9º del Decreto Nº 440/16, modificado por Art. 5º del Dcto. 711/16. Asimismo informa que la factibilidad financiera que corresponde es: a 15 (Quince) Días C.F.C., de acuerdo a Resolución Nº 01/18 de la Subsecretaria de Finanzas – Secretaria de Hacienda;
Que a fs. 14, la Dirección General de Contrataciones emite dictamen en el cual concluye que se imprima al expediente de referencia el procedimiento de contratación normado en el Art. 05º del Dcto. Nº 440/16, posterior artículo 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentado por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil), unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado la apertura de sobres del primer llamado para el día 07/02/18 a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados a proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma HERSAPEL S.R.L., en carácter de único oferente, según consta en acta de apertura de sobres de fs. 19,;
Que a fs. 24 rola Informe Técnico emitido por la dependencia solicitante en la cual informa que la firma HERSAPEL S.R.L., se ajusta a las necesidades requeridas, teniéndose en cuenta la calidad, el precio. La idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta;
Que de acuerdo al Art. 31 de la Ley 6838/96 y Art. 34 del Dcto. 931/96, y realizado el análisis de la oferta presentada, como el informe técnico, surge la conveniencia de adjudicar a la firma HERSAPEL S.R.L., por ser único oferente, ajustarse a lo solicitado, menor precio, calidad e
idoneidad; como así también atento a la necesidad de contar con lo requerido;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de 15 (quince) Cajas de Planchas de Plastificado por
100 (cien) Unidades”, para la confección de Certificados de Habilitación, solicitado por la Subsecretaria de Habilitaciones, en Nota de Pedido Nº 141/18, con un presupuesto oficial de $ 10.506,00 (Pesos Diez Mil Quinientos Seis con 00/100).
Artículo 2º: Adjudicar la oferta presentada en la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo normado en el Art. 5º del Dcto. Nº 440/14, posterior Art. 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96, de la firma HERSAPEL S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-63371747-4, por
el monto total de $ 9.750,00 (Pesos Nueve Mil Setecientos Cincuenta con 00/100), monto que se encuentra en 7,2% por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado, y en las condiciones de pago: a 15 (Quince) Días C.F.C.; por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 3°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
Artículo 4°: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 16 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 9908-NP-2018.-
C. DIRECTA Nº 271/18-1ºLLAMADO RESOLUCIÓN Nº 137/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 464/18, solicitada por la Subsecretaria de Defensa al Consumidor dependiente de la Secretaria de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Contratación del Servicio de Impresión de Banner, Folletos y Placas”, que serán destinados a la implementación de campañas de difusión de los Derechos de los Consumidores durante el año en curso, iniciando el 15 de marzo, solicitado por la mencionada dependencia Ut Supra;
Que a fs. 19 la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito N° 405 al presente ejercicio 2018;
Que a fs. 20 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16, modificado por Decreto 711/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs. 20 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $16.110,00 (Pesos Dieciséis Mil Ciento Diez con 00/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9° en Decreto 440/16 modificado por el Art. 5° del Decreto 711/16 y atento a Resolución N° 02/18 de la Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera corresponde a 100% a 15 (quince) días C.F.C.;
Que a fs. 21 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo
establecido por el Artículo 5° del Decreto Nº 440/16 posterior Artículo 2° del Dcto. 711/16, modificatorio del Art. 12° del Dcto. N° 931/96 el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de
120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $891.000 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 09/03/2018, a horas 10:30, publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y cursado invitaciones a 3 (tres) proveedores del medio a ofertar, se presentaron las firmas ARTES GRAFICAS S.A., CARLOS ADRIAN MAESTRO y GRAFICA 20 DE FEBRERO DE LUIS RAUL DIAS con
sus respectivas cotizaciones, según consta en Acta de Apertura de fs. 30;
Que en el Acta de Apertura de sobres se desestima el ítem Nº 01 de la oferta presentada por la firma GRAFICA 20 DE FEBRERO DE LUIS RAUL DIAS por superar un 22,07 del Presupuesto Oficial Autorizado de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo de Art. 2° del Decreto 711/16…“El precio Testigo es el valor unitario máximo a pagar por la Municipalidad en la Adquisición de bienes, obras y servicios, y que en caso de superar la oferta el 5% de dicho tope, la oferta será desestimada en el Acto de Apertura…”
Que a fs. 46 obra Informe Técnico emitido la Subsecretaria de Defensa al Consumidor en la cual informa que su elección es por la firma CARLOS ADRIAN MAESTRO, por presentar mejor precio y calidad de impresiones en cuanto al ítem Nº 02;
Que en virtud a los Artículos 31° de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34° del Decreto Nº 931/96, y al Informe Técnico se procede a adjudicar la oferta del ítem Nº 02 presentada por la firma CARLOS ADRIAN MAESTRO por ajustarse a lo solicitado, menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado. En relación al ítem 03 declarado desierto por falta de oferente, autorizándose a realizar un nuevo llamado para los ítems Nº 01 y 03 bajo la misma base y condiciones que el 1º (primer llamado);
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para “Contratación del Servicio de Impresión de Banner, Folletos y Placas”, que serán destinados a la implementación de campañas de difusión de los Derechos de los Consumidores durante el año en curso, iniciando el
15 de marzo, solicitado por la Subsecretaria de Defensa del Consumidor, mediante Nota de Pedido Nº 464/18, con un presupuesto oficial autorizado de $16.110,00 (Pesos Dieciséis Mil Ciento Diez con 00/100).
ARTÍCULO 2°: DESESTIMAR Y DECLARAR FRACASADO para el
ítem Nº 01 de la firma GRAFICA 20 DE FEBRERO DE LUIS RAUL DIAS por los motivos citados en los considerandos.
ARTÍCULO 3°: DECLARAR DESIERTO el ítem Nº 03 por los motivos citados en los considerandos.
ARTÍCULO 4°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12° del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5° del Decreto 440/16, posterior Artículo 2° del Decreto N° 711/16 el ítem Nº 02 a la oferta presentada por la firma CARLOS ADRIAN MAESTRO CUIT N°20-24237243-2, por la suma de $3.600,00 (Pesos Tres Mil Seiscientos con 00/100) monto que se encuentra un 66,20% por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado y en las Condiciones de Pago 100% a 15 (quince) días C.F.C, por resultar conveniente a los
intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 6: CONVOCAR un nuevo para llamado para los ítems Nº 01 y 03 con las mismas
bases y condiciones que el anterior.
ARTÍCULO 7°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.
RESUELVE:
Artículo 1°: Declarar DESIERTO el 1º (primer) llamado de la presente contratación.-
Artículo 2º: Convocar un 2º (Segundo) llamado, con las mismas bases y condiciones que el anterior e intensificar las invitaciones a cotizar.-
Artículo 3°: Comunicar y publicar en el Boletín Oficial Municipal.-
CHAILE
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Salta, 16 de Marzo de 2018
CHAILE
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Salta 16 de Marzo de 2018 .-
RESOLUCIÓN Nº 140/18
REF.: Expte. N° 10356-NP-2018
C. DIRECTA Nº 286/18-1ºllamado
REF.: Expte. N° 8564-SG-2018.-
C. DIRECTA Nº 266/18.- RESOLUCIÓN Nº 138/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 395/18, solicitada por la Subsecretaria de Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de 4 (cuatro) Fuentes de Energía”, las que serán destinadas al funcionamiento de los teclados pertenecientes a los Talleres Artísticos Municipales dependientes de la subsecretaria arriba citada;
Que a fs. 10, la Dirección de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito bajo Nº 385 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 11, la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con los dispuesto por el Decreto Nº 440/16, modificado por Dcto. 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 11 vuelta la Subsecretaria de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 1.400,00 (Pesos Un Mil Cuatrocientos con 00/100), homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación, conforme lo establecido en el inciso b), Art. 9º del Decreto Nº 440/16, modificado por Art. 5º del Dcto. 711/16. Asimismo informa que la factibilidad financiera que corresponde es: a 15 (Quince) Días C.F.C., de acuerdo a Resolución Nº 02/18 de la Subsecretaria de Finanzas – Secretaria de Hacienda;
Que a fs. 12, la Dirección General de Contrataciones emite dictamen en el cual concluye que se imprima al expediente de referencia el procedimiento de contratación normado en el Art. 05 del Dcto. Nº 440/16, posterior artículo 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12 del Dcto. 931/96: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentado por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil), unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”
Que habiéndose programado la apertura de sobres del primer llamado para el día 08/03/18 a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados proveedores del rubro a contratar, el mismo es declarado DESIERTO por falta de oferentes, según consta en acta de apertura de sobres de fs. 17.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS
VISTO
La Nota de Pedido Nº 481/18, mediante la Subsecretaria de Prevención y Emergencia, solicita la “Adquisición de Insumos de Primeros Auxilios” (maniquí simulador de RCP; adulto e infantil, férulas, tensiómetro, oximetro de pulso y cuello cervical), cuyo Monto Total Autorizado asciende a $53.080,00 (Pesos Cincuenta y Tres Mil Ochenta con 00/100) y;
CONSIDERANDO
Que habiéndose verificado la imputación presupuestaria al presente ejercicio, cursado 5 (cinco) invitaciones a firmas del medio a ofertar y publicado la presente Contratación en la página Web de la Municipalidad de Salta a fin de participar como proponentes en la Apertura de sobres del Primer llamado a la Contratación Directa de referencia, llevada a cabo el día 14 de Marzo de 2018, a horas 10:00, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Declarar DESIERTO el Primer Llamado de la Presente Contratación por falta de oferentes.-
Artículo 2°: Convocar un Segundo Llamado con las mismas bases y condiciones que el primero.-
Artículo 3°: Comunicar y Publicar en el Boletín Oficial Municipal.- CHAILE
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Salta 16 de Marzo de 2018 .-
REF.: Expte. N° 6616-NP-2018.-
C. DIRECTA Nº 162/18.- RESOLUCIÓN Nº 141/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 338/18, solicitados por la Subsecretaria de Recursos Humanos, y;
CONSIDERANDO:
Que los citados Pedidos corresponden a la “Adquisición de Artículos de Librería”, destinados para el normal desenvolvimiento de la Dependencia arriba citada;
Que a fs. 14, la Dirección General de Presupuesto realizó las reserva de crédito Nº 212/18, correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 15, la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 440/16, modificado por Dcto. 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 15 vuelta la Subsecretaria de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar los presentes gastos asciende a la suma de $ 15.701,79 (Pesos Quince Mil Setecientos Uno con 79/100), homologando en este monto los precio testigo para la presente contratación, conforme lo establecido en el inciso b), Art. 9º del Decreto Nº 440/16, modificado por Art. 5º del Dcto. 711/16. Asimismo informa que la factibilidad financiera que corresponde para este caso es: a 15 (Quince) Días F.C.F., de acuerdo a Resolución Nº 02/18 de la Subsecretaria de Finanzas – Secretaria de Hacienda;
Que a fs. 16, la Dirección General de Contrataciones emite dictamen en el cual concluye que se imprima al expediente de referencia el procedimiento de contratación normado en el Art. 05º del Dcto. Nº 440/16, posterior artículo 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentado por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil), unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado la apertura de sobres del primer llamado para el día 22/02/18 a horas 10:00, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma HERSAPEL S.R.L., en carácter de único oferente según consta en acta de apertura de sobres de fs. 23;
Que de acuerdo al Art. 31º de la Ley 6838/96 y Art. 34º del Dcto. 931/96, y por tratarse de bienes estandarizados, esta Dirección estima conveniente adjudicar los ítems Nº 01, y 03 al 37 a la firma HERSAPEL S.R.L., por ajustarse a lo solicitado, ser único oferente y cotizar dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también atento a la necesidad de contar con los materiales requeridos. En relación al ítem Nº 02, se procede a declarar DESIERTO por falta de oferentes; declarando FRACASADO el mismo por resulta ínfimo el gasto para la realización de un nuevo llamado, aconsejando a la dependencia requirente que de persistir la necesidad, deberá adquirirlo por otros medios;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de Artículos de Librería”, destinado para el para la Subsecretaria de Recursos Humanos, en la Nota de Pedido Nº 338/18, con un presupuesto oficial de $ 15.701,79 (Pesos Quince Mil Setecientos Uno con 79/100).
Artículo 2°: Declarar DESIERTO el ítem Nº 02, por falta de oferentes y Dejar SIN EFECTO el mismo de acuerdo a los considerando antes citados.-
Artículo 3°: Adjudicar los ítems Nº 01, y 03 al 37, de la oferta presentada en la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo normado en el Art. 5º del Dcto. Nº 440/14, posterior Art. 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96, a la firma HERSAPEL S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-63371747-4, por el monto total de $ 9.667,67 (Pesos Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Siete con 67/100), monto que se encuentra en un 36,81% por debajo del presupuesto oficial autorizado en relación a los ítems adjudicados, y en la condición de pago: a 15 (quince) Días C.F.C.; por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 4°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
Artículo 5º: Comunicar a las dependencias solicitantes, que de persistir la necesidad de contar con lo requerido (ítems Nº 02 – Agenda Universal), deberá adquirirlo por otros medios.
Artículo 6º: Solicitar a la Dirección General de Presupuesto la Desafectación de la partida presupuestaria del ítems Nº 02, asignada al expediente de referencia.-
Artículo 7°: Comunicar y publicar en el Boletín Oficial Municipal.-
CHAILE
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Salta, 16 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 83732-SG-2017.-
C. DIRECTA Nº 163/18.- RESOLUCIÓN Nº 142/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 2725/2017, solicitada por la Subsecretaría de Contrataciones, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la Adquisición de 7.000 (siete mil) Resmas de Papel para Impresora solicitado por la dependencia mencionada Ut Supra, destinadas a proveer a las distintas áreas pertenecientes a la Municipalidad de la Ciudad de Salta;
Que a fs. 13 la Dirección de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 00189 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 14 la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto 440/16 modificado por el Decreto 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 14 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 820.750,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación. Asimismo conforme al Art. 9º inciso b) del Decreto 440/16 modificado por el Artículo 5º del Decreto 711/16, y atento a la Resolución Nº 002/2018 de la Subsecretaria de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “30% Contado, 35% a 30 días y 35% a 60 días C.F.C. (cómputo de días desde la fecha de conformación de la factura)”;
Que a fs. 15 la Dirección General de Contrataciones, procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Artículo 2º del Decreto Nº 711/17, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 23/02/18, a horas 10:00, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 6 (seis) proveedores del rubro a contratar, se presentaron las Firmas CARLOS ADRIÁN MAESTRO y HERSAPEL S.R.L., quiénes presentan cotización, según consta en Acta de Apertura de fs. 39;
Que del Informe de Comisión Técnica Evaluadora obrante a fs. 79 donde la misma tomó conocimiento “in visu” de las muestras presentadas por las firmas oferentes, declara admisibles las ofertas
presentadas por las firmas CARLOS ADRIÁN MAESTRO y HERSAPEL
S.R.L. y se preadjudique los ítems Nº 01 y 02 a la firma HERSAPEL
S.R.L. por presentar una notoria mejor calidad del papel, sumado al hecho que dicha empresa cuenta con óptimos antecedentes en las provisiones de resmas brindadas en anteriores contrataciones;
Que en virtud al Informe de Comisión Técnica Evaluadora y a los Artículos 31º de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34º del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma HERSAPEL S.R.L., por ajustarse a lo solicitado, calidad, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para a la Adquisición de 7.000 (siete mil) Resmas de Papel para Impresora solicitado por la Subsecretaría de Contrataciones, destinadas a proveer a las distintas áreas pertenecientes a la Municipalidad de la Ciudad de Salta, solicitado mediante Nota de Pedido Nº 2725/2017, con un presupuesto oficial de $ 820.750,00 (Pesos Ochocientos Veinte Mil Setecientos Cincuenta con 00/100).
ARTÍCULO 2º: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12º del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5º del Decreto 440/16, la oferta presentada por la Firma HERSAPEL S.R.L., CUIT Nº 30-63371747-4, por la suma de $ 798.965,00 (Pesos Setecientos Noventa y Ocho Mil Novecientos Sesenta y Cinco con 00/100), monto que se encuentra en un 2,65% por debajo del Presupuesto Oficial autorizado, y en las Condiciones de Pago 30% Contado C.F.C., 35% A 30 Días C.F.C. y 35% a 60 Días C.F.C.; todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a la firma CARLOS ADRIÁN MAESTRO lo
resuelto por ésta Dirección.
ARTÍCULO 4º: NOTIFICAR a la firma HERSAPEL S.R.L. que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10 % del Monto Adjudicado.
ARTÍCULO 5º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 6°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta 20 de Marzo de 2018 .-
Que habiéndose programado la apertura de sobres del 3º (tercer) llamado para el día 24/01/18 a horas 10:00, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma ANCONA S.R.L., en carácter de único oferente, según consta en acta de apertura de sobres de fs. 199, siendo en el mismo acto desestimada la oferta para los ítems Nº 09 y 10, por inconveniencia de precio, conforme a lo dispuesto el Decreto Nº 711/16, Art. 2º, otorgándose de este mismo modo un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas para la presentación de la documentación citada en la misma;
Que a fs. 242 rola Acta de la Comisión Técnica evaluadora de la dependencia solicitante, en la cual informa que la firma ANCONA S.R.L., se ajusta a las necesidades solicitadas, en relación al ítems Nº 03, cumpliendo con las especificaciones técnicas requeridas;
Que a fs. 246/249, la Subsecretaria de Presupuesto procede a la reimputación de la partida presupuestaria al ejercicio 2018, bajo reserva de crédito Nº 423/18, previa intervención del SAP.
Que de acuerdo al Art. 31º de la Ley 6838/96 y Art. 34º del Dcto. 931/96, y realizado el análisis de la oferta presentada, como el informe técnico, surge la conveniencia de adjudicar los ítem Nº 03, a la firma ANCONA S.R.L., por ajustarse a lo solicitado, ser única oferta, y cotizar dentro del presupuesto oficial autorizado y como así también atento a la necesidad de contar con lo requerido. Asimismo en relación a los ítems Nº 09 y 10, los mismos se declaran fracasados por inconveniencia de precios de acurdo a lo ordenado en Decreto 711/16, Art. 2º, y dejar sin efecto los mismos, comunicando a la dependencia solicitante que de persistir la necesidad de contar con lo requerido (ítems Nº 09 y 10), deberá iniciar nuevo pedido de materiales con precios actualizados a los fines del correspondiente encuadre o bien adquirirlos por otros medios;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de Indumentaria de Uso Descartable e Insumos” con destino al personal operario de los Cementerios de la Santa Cruz y San Antonio de Padua, solicitada por la Dirección de Cementerios, dependiente de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos mediante Nota de Pedido Nº 95/17, con un saldo presupuesto oficial de
$ 40.078,60 (Pesos Cuarenta Mil Setenta y Ocho con 60/100).
Artículo 2°: DECLARAR FRACASADO el 3º (tercer) Llamado de la presente Contratación para los ítems Nº 09 y 10, por los motivos citados en los considerandos y DEJAR SIN EFECTO los mismos.
REF.: Expte. N° 5121-SG-2017.-
C. DIRECTA Nº 1177/17 – 3º (Tercer) Llamado.- RESOLUCIÓN Nº 144/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 95/17, solicitado por la Dirección de Cementerios, dependiente de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos; y
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de Indumentaria de Uso Descartable e Insumos” con destino al personal operario de los Cementerios de la Santa Cruz y San Antonio de Padua, solicitado por la Dirección arriba citada;
Que a fs. 129 y 184, obran resolución Interna Nº 478/17 y 41/18, emitidas por esta Dirección en la cual se declara FRACASADO el 1º (primer) y 2º (segundo) llamado para los ítems Nº 03, 09 y 10, disponiéndose en este último a convocar un 3º (tercer) llamado con las mismas bases y condiciones que los anteriores;
Artículo 3°: Adjudicar el ítem Nº 03, de la oferta presentada en la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo normado en el Art. 5º del Dcto. Nº 440/14, posterior Art. 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96, a la firma ANCONA S.R.L., C.U.I.T. Nº 30- 70912810-4, por el monto total de $ 38.460,83 (Pesos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta con 83/100), monto que se encuentra dentro del presupuesto oficial autorizado, en relación al ítem a adjudicar, en las condiciones de pago: 30% Contado F.C.F., 35% A 30 (Treinta) Días
F.C.F. y 35% a 60 (Sesenta) Días F.C.F.; por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 4°: Notificar a la firma adjudicataria, para que constituya la garantía de adjudicación por un valor equivalente al Diez por ciento (10%) del valor total del monto adjudicado.
Artículo 5°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
Artículo 6º: Comunicar a las dependencias solicitantes, que de persistir la necesidad de contar con lo requerido, deberá iniciar nuevo
pedido de materiales con precios actualizados a los fines del correspondiente encuadre o bien adquirirlos por otros medios.
Artículo 7º: Solicitar a la Dirección General de Presupuesto la Desafectación de la Partida Presupuestaria asignada para los ítems Nº 09 y 10 del expediente de referencia.-
Artículo 8°: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 23 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 10860-SG-2018.-
C. DIRECTA Nº 392/18.- RESOLUCIÓN Nº 147/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 482/18, solicitada por la Subsecretaria de Cultura, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la “Contratación del Servicio de Sonido e Iluminación con destino al evento Varieté de Murgas, a realizarse el día 24 de Marzo del cte. año en el Anfiteatro del Parque San Martin de 16 a 22 horas” requerido por la mencionada dependencia ut-supra;
Que a fs. 15 la Dirección de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 565 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 16 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 440/16 modificado por Decreto 711/16 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 16 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9º del Decreto 440/16 modificado por Articulo 5º del Decreto 711/16. Así mismo de acuerdo a la Resolución Nº 03/18 de la Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera es la siguiente: a 15 días C.F.C.;
Que a fs. 17 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Articulo 2º del Decreto 711/16, modificatorio del Artículo 12º del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (CIENTO VEINTE MIL) UNIDADES
TRIBUTARIAS, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100).
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 23/03/18, a horas 09:30 y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 5 (cinco) proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma 4 VIAS de Samuel Ricardo Portal en carácter de único oferente, con su respectiva cotización conforme surge de Acta de fs. 24;
Que a fs. 40 la Subsecretaria de Cultura obra Informe Técnico en el cual surge que las características técnicas de la oferta presentada cumple con los requisitos requeridos para el evento, posee el equipo necesario y amplia experiencia en eventos anteriores con esta Subsecretaria;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31º de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34º del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar la oferta de la firma 4 VIAS de Samuel Ricardo Portal por ajustarse a lo solicitado, ser único oferente, encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado y como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la “Contratación del Servicio de Sonido e Iluminación con destino al evento Varieté de Murgas, a realizarse el día 24 de Marzo del cte. año en el Anfiteatro del Parque San Martin de 16 a 22 horas” solicitado por la Subsecretaria de Cultura mediante Nota de Pedido Nº 482/18, con un presupuesto oficial de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100).-
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12º del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5º del Decreto 440/16 y posterior Art. 2º del Decreto 711/16, la oferta presentada por la firma 4 VIAS de Samuel Ricardo Portal CUIT Nº 20-26897626-5, por la suma de $ 3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100) monto que se encuentra dentro del Presupuesto Oficial Autorizado y en las Condiciones de Pago: a 15 días C.F.C., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.-
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.-
ARTÍCULO 4º: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta 26 de Marzo de 2018 .-
REF.: Expte. N° 71176-SG-2017.-
C. DIRECTA Nº 190/18.- RESOLUCIÓN Nº 148/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 107/18, solicitado por la Dirección General de Cementerios, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de 04 (cuatro) PC completas, 2 (dos) Impresoras, 2 (dos) Estabilizadores y 4 (cuatro) Pendrive”, destinados para el normal desenvolvimiento de la dependencia mencionada ut supra;
Que a fs. 22, la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 26 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 25, la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con los dispuesto por el Decreto Nº 440/16, modificado por Dcto. 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 25 vuelta la Subsecretaria de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $ 68.040,00 (Pesos Sesenta y Ocho Mil Cuarenta con 00/100), homologando en este monto el precio testigo para la presente contratación, conforme lo establecido en el inciso b), Art. 9º del Decreto Nº 440/16, modificado por Art. 5º del Dcto. 711/16. Asimismo informa que la factibilidad financiera que corresponde es: 50% a 15 (Quince)
Días C.F.C. y 50% a 30 (treinta) Días C.F.C., de acuerdo a Resolución Nº 01/18 de la Subsecretaria de Finanzas – Secretaria de Hacienda;
Que a fs. 26, la Dirección General de Contrataciones emite dictamen en el cual concluye que se imprima al expediente de referencia el procedimiento de contratación normado en el Art. 05º del Dcto. Nº 440/16, posterior artículo 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentado por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil), unidades tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado la apertura de sobres del primer llamado para el día 23/02/18 a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados a proveedores del rubro a contratar, se presentó la firma NETCO S.R.L., en carácter de único oferente, según consta en acta de apertura de sobres de fs. 36;
Que a fs. 49 rola Informe Técnico emitido por la Dirección General de Infraestructura de Tecnología de la Información, en la cual informa que la firma NETCO S.R.L., cumple con los requisitos mínimos recomendados, como así también los precios se encuentra dentro de los parámetros normales del mercado actual;
Que de acuerdo al Art. 31 de la Ley 6838/96 y Art. 34 del Dcto. 931/96, y realizado el análisis de la oferta presentada, como el informe técnico, surge la conveniencia de adjudicar a la firma NECTO S.R.L., por ser único oferente, ajustarse a lo solicitado, calidad e idoneidad; como así también atento a la necesidad de contar con lo requerido;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
Artículo 1°: Aprobar el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de 04 (cuatro) PC completas, 2 (dos) Impresoras, 2 (dos) Estabilizadores y 4 (cuatro) Pendrive, solicitado por la Dirección General de Cementerios, en Nota de Pedido Nº 107/18, con un presupuesto oficial de $ 68.040,00 (Pesos Sesenta y Ocho Mil Cuarenta con 00/100).
Artículo 2º: Adjudicar la oferta presentada en la contratación citada en el art. 1º, en el marco de lo normado en el Art. 5º del Dcto. Nº 440/14, posterior Art. 2º del Dcto. 711/16, modificatorio del Art.12º del Dcto. 931/96, de la firma NETCO S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-67304271-2, por el
monto total de $ 66.896,00 (Pesos Sesenta y Seis Mil Ochocientos Noventa y Seis con 00/100), monto que se encuentra en 1,68% por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado, y en las condiciones de pago: 50% a 15 (Quince) Días C.F.C. y 50% a 30 (treinta) Días C.F.C.; por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 3º: Notificar a la firma NETCO S.R.L. que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10% del Monto Adjudicado.-
Artículo 4°: Confeccionar la Orden de Compra correspondiente.-
Artículo 5°: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CHAILE
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Salta, 26 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 7005-SG-2018.-
C. DIRECTA Nº 277/18-1ºLLAMADO RESOLUCIÓN Nº 150/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 234/18, solicitada por la Subsecretaria de Marketing y Promoción Turística dependiente de la Secretaria de Turismo, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Contratación del Servicio de Ploteo”, de 1 (un) Vehículo Oficial: Camioneta Ford Ranger, dominio HUV-404 según diseño adjunto de fs. 11, solicitado por la mencionada dependencia Ut Supra;
Que a fs. 14 la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito N° 374 al presente ejercicio 2018;
Que a fs. 16 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16, modificado por Decreto 711/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs. 16 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $14.060,20 (Pesos Catorce Mil Sesenta con 20/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9° en Decreto 440/16 modificado por el Art. 5° del Decreto 711/16 y atento a Resolución N° 03/18 de la Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera corresponde a 100% a 15 (quince) días C.F.C.;
Que a fs. 17 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5° del Decreto Nº 440/16 posterior Artículo 2° del Dcto. 711/16, modificatorio del Art. 12° del Dcto. N° 931/96 el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de
120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $891.600 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 13/03/2018, a horas 10:30, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y cursado invitaciones a 5 (cinco) proveedores del medio a ofertar, se presentaron las firmas PIXEL DE CRISTIAN ALBO ALEJANDRO y XXXXXXX.XXX DE LIENDRO ROBERTO, con sus respectivas cotizaciones, según consta en Acta de Apertura de fs. 24;
Que a fs. 38 obra Informe Técnico emitido la Subsecretaria de Marketing y Promoción Turística en la cual informa que, habiéndose analizado las ofertas presentadas, resulta conveniente efectuar el trabajo de la firma PIXEL DE CRISTIAN ALBO ALEJANDRO, destacando que se trabajara con insumo de calidad, siendo idóneo para el trabajo a realizar y a su vez el precio es adecuado al pedido solicitado;
Que en virtud a los Artículos 31° de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34° del Decreto Nº 931/96, y al Informe Técnico se procede a adjudicar la oferta presentada por la firma PIXEL DE CRISTIAN ALBO ALEJANDRO, por ajustarse a lo solicitado, menor precio y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para “Contratación del Servicio de Ploteo”, de 1 (un) Vehículo Oficial: Camioneta Ford Ranger, dominio HUV-404, según diseño adjunto de fs. 11, solicitado por la Subsecretaria de Marketing y Promoción Turística, mediante Nota de Pedido Nº 234/18, con un presupuesto oficial autorizado de $14.060,20 (Pesos Catorce Mil Sesenta con 20/100).
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12° del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5° del Decreto 440/16, posterior Artículo 2° del Decreto N° 711/16 la oferta presentada por la firma PIXEL DE CRISTIAN ALBO ALEJANDRO CUIT N° 20-
25993872-5, por la suma de $13.200,00 (Pesos Trece Mil Doscientos con 00/100) monto que se encuentra un 6,12% por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado y en las Condiciones de Pago 100% a 15 (quince) días C.F.C, por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.
CHAILE
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Salta, 26 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 4524-SG-2018
C. DIRECTA Nº 252/18 - 1° llamado RESOLUCIÓN Nº 151/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 181/18, solicitada por la dependiente de la Subsecretaria de Ceremonial y Protocolo dependiente de Intendencia, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de 20 (veinte) carpetas protocolares artesanales”, que serán entregadas por el Señor Intendente Municipal a personalidades y/o funcionarios nacionales y extranjeros que nos visiten durante el primer cuatrimestre del presente año, solicitado por la mencionada dependencia Ut-Supra;
Que a fs. 08 la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito N° 366 al presente ejercicio 2018;
Que a fs. 09 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16, modificado por Decreto 711/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs.09 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $17.407,40 (Pesos Diecisiete Mil Cuatrocientos Siete con 40/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9° en Decreto 440/16 modificado por el Art. 5° del Decreto 711/16 y atento a Resolución N° 02/18 de la Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera corresponde a 100% a 15 (quince) días C.F.C;
Que a fs. 10 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5° del Decreto Nº 440/16 posterior Artículo 2° del Dcto. 711/16, modificatorio del Art. 12° del Dcto. N° 931/96 el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios
instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de
120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $891.600 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 02/03/2018, a horas 10:00, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y cursado invitaciones a 4 (cuatro) proveedores del medio a ofertar, se presentó la firma GRAFICA 20 DE FEBRERO DE DIAS RAUL LUIS, en carácter de único oferente con sus respectivas cotizaciones según consta en Acta de Apertura de fs. 19;
Que a fs. 25 obra nota del Subsecretario de Ceremonial y Protocolo en la cual informa que en razón de desconocer los trabajos que realiza la firma del oferente, solicita que adjunte muestra cotizada;
Que a fs. 31 obra informe técnico emitido por el Subsecretario de Protocolo y Ceremonial en cual la informa de no tener objeción alguna para manifestar técnicamente, con respecto a la muestra (carpetas protocolares artesanales) presentada a fs. 30 se ajusta a las necesidades solicitadas, sugiriendo que el color del material sea bordo oscuro;
Que en virtud a los Artículos 31° de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34° del Decreto Nº 931/96, y al Informe Técnico se procede a adjudicar la oferta presentada por la firma GRAFICA 20 DE FEBRERO DE DIAS RAUL LUIS por ajustarse a lo solicitado, ser único oferente y encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo requerido;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la “Adquisición de 20 (veinte) Carpetas Protocolares Artesanales”, que serán entregadas por el Señor Intendente Municipal a personalidades y/o funcionarios nacionales y extranjeros que nos visiten durante el primer cuatrimestre del presente año, solicitado por Subsecretaria de Protocolo y Ceremonial, mediante Nota de Pedido Nº 181/18, con un presupuesto oficial autorizado de $17.407,40 (Pesos Diecisiete Mil Cuatrocientos Siete con 40/100).-
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12° del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5° del Decreto 440/16, posterior Artículo 2° del Decreto N° 711/16 la oferta presentada por la firma GRAFICA 20 DE FEBRERO DE DIAS RAUL LUIS CUIT Nº
23-14176434-9, por la suma de $17.400,00 (Pesos Diecisiete Mil Cuatrocientos con 00/100) monto que se encuentra un 0,04 % por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado y en las Condiciones de Pago a 100% a 15 (quince) días C.F.C.-, por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente Resolución.-
ARTÍCULO 3º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente. -
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR. -
CHAILE
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Salta, 27 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 77302-SG-2017
C. DIRECTA Nº 108/18. 1° Llamado RESOLUCIÓN Nº 152/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 2410/17, solicitada por la Secretaria de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que el citado Pedido corresponde a la “Adquisición de 100 (cien) Ataúdes con destino a Personas de Escasos Recursos del Municipio de la Ciudad de Salta”, solicitadas por la mencionada dependencia Ut Supra;
Que a fs. 23 la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito N° 148 al presente ejercicio 2018;
Que a fs. 26 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 440/16, modificado por Decreto 711/16 y Decretos N° 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las Contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de Contrataciones con precio testigos, mientras que a fs.26 vta. la Subsecretaria de Contrataciones estima que el presupuesto oficial para afrontar el presente gasto asciende a la suma de $585.000,00 (Pesos Quinientos Ochenta y Cinco Mil con 00/100), homologando en este monto el precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9° en Decreto 440/16 modificado por el Art. 5° del Dcto. 711/16 y atento a Resolución N° 01/18 de la subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera corresponde 30% de contado C.F.C, 35% a 30 días C.F.C. y 35% a 60 días C.F.C.;
Que a fs. 27 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5° del Decreto Nº 440/16 posterior Artículo 2° del Dcto. 711/16, modificatorio del Art. 12° del Dcto. N° 931/96 el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de
120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $891.600 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado el Primer llamado a la apertura de sobres para el día 08/02/2018, a horas 10:00, publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y cursado invitaciones a 4 (cuatro) proveedores del medio a ofertar, se presento la firma, SPARTACO LEON RIGO, en carácter de único oferente, con su respectiva cotización según consta en Acta de Apertura de fs. 66;
Que a fs. 70 al 75 obra Informe Técnico emitido por la Comisión Técnica Evaluadora conformada por el Sr. Enrique Manuel Neufeld Director de Despacho y la Dra. Patricia Roxana Guaimas Asesora Jurídica, en la cual informan que la firma SPARTACO LEON RIGO, se ajusta a la provisión solicitada, conveniente en los intereses del estado municipal, haciendo notar que la empresa ya prestó servicios, demostrando la buena calidad, sin demoras y respetando horarios establecidos, inclusive flexibilidad a modificaciones de última instancias por circunstancias de fuerza mayor, como así también disponibilidad inmediata del servicios durante toda la jornada;
Que habiéndose emplazado a fs. 77 a la firma SPARTACO LEON RIGO mediante cedula de Notificación para la presentación del Certificado Definitivo de Proveedores. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 1º-inc.)e. del Pliego de Condiciones que rigió en la presente contratación, la misma no dio cumplimiento con lo requerido, por lo que esta Dirección procede a Desestimar la oferta presentada, declarar Fracasado y convocar un nuevo llamado con las mismas bases que al anterior;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR FRACASADO el Primer Llamado de la presente Contratación por los motivos citados Ut.-Supra.-
ARTICULO 2: DESESTIMAR la oferta de la firma SPARTACO LEON RIGO por los motivos expuestos en los considerandos. -
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR al oferente de lo resuelto por ésta Dirección. -
ARTÍCULO 4°: CONVOCAR un Segundo llamado a la presente contratación con las mismas bases y condiciones que el anterior-
ARTÍCULO 5°: COMUNICAR y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal. -
CHAILE
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Salta, 27 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 6155-SG-2018.-
C. DIRECTA Nº 267/18.- RESOLUCIÓN Nº 153/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 328/2018, solicitada por la Subsecretaría de Deportes y Recreación, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la Contratación de Seguro de Accidentes Personales para un total de 600 (seiscientos) chicos que participarán en el “Programa Rugby TAG en los Merenderos” con una duración desde el mes de Marzo a Noviembre del presente año, solicitado por la dependencia mencionada Ut Supra;
Que a fs. 11 la Dirección de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 00382 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 12 la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto 440/16 modificado por el Decreto 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 12 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 54.000,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación. Asimismo conforme al Art. 9º inciso b) del Decreto 440/16 modificado por el Artículo 5º del Decreto 711/16, y atento a la Resolución Nº 002/2018 de la Subsecretaria de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “100% a Contado (desde la fecha de conformación de la factura)”;
Que a fs. 13 la Dirección General de Contrataciones, procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Artículo 2º del Decreto Nº 711/17, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 07/03/18, a horas 11:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 4 (cuatro) proveedores del rubro a contratar, se presentó la Firma ORBIS
COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., en carácter de único oferente, según consta en Acta de Apertura de fs. 30;
Que del Informe Técnico obrante a fs. 40 emitido por la dependencia solicitante, surge que la firma ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. se ajusta a las necesidades y los precios presupuestados son vigentes en el mercado actual;
Que atento a la fecha en que se emite el presente instrumento, ésta Dirección estima conveniente adjudicar el servicio a partir del mes de Abril hasta Noviembre del presente año;
Que en virtud al informe técnico y a los Artículos 31º de la Ley Nº 6.838/96, y Artículo 34º del Decreto Nº 931/96, se procede a adjudicar a la firma ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., por ser
único oferente, ajustarse a lo solicitado y encontrarse dentro del Presupuesto Oficial, como así también en especial consideración a la necesidad de contar con lo solicitado.
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POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la Contratación de Seguro de Accidentes Personales para un total de 600 (seiscientos) chicos que participarán en el “Programa Rugby TAG en los Merenderos” con una duración desde el mes de Marzo a Noviembre del presente año, solicitado por la Subsecretaría de Deportes y Recreación, mediante Nota de Pedido Nº 328/2018, con un presupuesto oficial de $ 54.000,00 (Pesos Cincuenta y Cuatro Mil con 00/100).
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12º del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5º del Decreto 440/16 y posterior, Decreto 711/16 Artículo 2º, la Oferta presentada por la Firma ORBIS COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A., CUIT
Nº 30-50005666-1, por la suma de $ 46.666,66 (Pesos Cuarenta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 66/100), monto que se encuentra en un 2,78 % por debajo del Presupuesto Oficial, y en las Condiciones de Pago Contado C.F.C., por resultar conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a la firma ORBIS COMPAÑÍA
ARGENTINA DE SEGUROS S.A. que deberá presentar Garantía de Adjudicación del 10 % del Monto Adjudicado.
ARTÍCULO 4º: CONFECCIONAR la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 5º: INFORMAR a la Subsecretaría de Deportes y Recreación que deberá remitir a la firma adjudicataria la nómina de personas a asegurar.
ARTÍCULO 6°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 27 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 71675-SG-2017.-
C. DIRECTA Nº 208/18 – 3º LLAMADO.- RESOLUCIÓN Nº 154/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 2606/2017, solicitada por la Secretaría de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde a la Adquisición de 4 (cuatro) Ventiladores de Pie solicitado por la dependencia mencionada Ut Supra;
Que a fs. 30 la Dirección de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 00340 correspondiente al ejercicio 2018;
Que a fs. 31 la Dirección General de Control de Procesos, realiza el análisis formal del pedido conforme al Decreto 440/16 modificado por el Decreto 711/16 y Decretos 1686/15 y 094/16, verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 31 vuelta la Subsecretaría de Contrataciones autoriza la suma de $ 13.996,00, homologando en este monto el precio testigo para la presente Contratación. Asimismo conforme al Art. 9º inciso b) del Decreto 440/16 modificado por el Artículo 5º del Decreto 711/16, y atento a la Resolución Nº 002/2018 de la Subsecretaria de Finanzas indica la siguiente forma de pago: “100% a 15 días (cómputo de días desde la fecha de conformación de la factura)”;
Que a fs. 32 la Dirección General de Contrataciones, procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Artículo 2º del Decreto Nº 711/17, modificatorio del Artículo 12 del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (Ciento Veinte Mil) Unidades Tributarias, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100)”;
Que a fs. 47 rola la Resolución Interna Nº 125/18 2º Llamado emitida por ésta Dirección, en la que declara Desierto el Segundo Llamado, disponiéndose convocar un Tercer Llamado para el mismo de la presente Contratación, con las mismas bases y condiciones del primero;
Que habiéndose programado el 3º llamado a la apertura de sobres para el día 23/03/18, a horas 10:00, y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 6 (seis) proveedores del rubro a contratar, resultando la misma DESIERTA por falta de oferentes, conforme se verifica mediante Acta de fs. 54;
Que atento a que se realizaron tres llamados consecutivos a presentar oferta a la presente Contratación Directa, resultando Desiertos todos ellos, es que surge la necesidad de Dejar Sin efecto la presente Contratación y solicitar la Desafectación de la Reserva del Crédito correspondiente.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: DECLARAR DESIERTO el Tercer Llamado de la Presente Contratación correspondiente a la Adquisición de 4 (cuatro) Ventiladores de Pie solicitada por la Secretaría de Desarrollo Social y DEJAR SIN EFECTO la presente Contratación por los motivos citados en los considerandos.
ARTÍCULO 2°: SOLICITAR a la Dirección General de Presupuesto la desafectación de la Reserva de Crédito Nº 00340 de fs. 30.
ARTÍCULO 3°: COMUNICAR a la Dependencia solicitante lo dispuesto por esta Dirección y en caso de persistir la necesidad de contar con los insumos solicitados, deberá adquirirlos por otros medios.
ARTÍCULO 4°: COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 27 de Marzo de 2018
REF.: Expte. N° 4530-SG-2018
C. DIRECTA Nº 268/18.- RESOLUCIÓN Nº 155/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 186/18,solicitada por la Subsecretaria de Ceremonial y Protocolo; y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde para la “Contratación del servicio de impresión de tarjetas, sobres y programas que serán enviadas en nombre del señor Intendente Municipal durante el transcurso del presente año” solicitado por la dependencia mencionada, ut-supra;
Que a fs. 12 la Dirección General de Presupuesto realizó la Reserva de Crédito Nº 396 al presente ejercicio 2018;
Que a fs. 13 la Dirección General de Control de Procesos, en conformidad con lo dispuesto por el Decreto 440/16 modificado por Decreto 711/16 y Decretos Nº 1686/15 y 094/16 verifica el cumplimiento de los requisitos formales para iniciar las contrataciones, evaluando y analizando los requerimientos de contrataciones con precios testigos, mientras que a fs. 13vuelta la Subsecretaría de Contrataciones estima que el Presupuesto Oficial para afrontar el presente gasto asciende la suma de $ 27.230,00 (Pesos Veintisiete Mil Doscientos Treinta con 00/100) homologando en este monto el Precio Testigo para la presente Contratación, conforme lo establecido en el inciso b), articulo 9º del Decreto 440/16 modificado por Articulo 5º del Decreto 711/16. Así mismo de acuerdo a la Resolución Nº 02/18 de la Subsecretaria de Finanzas informa que la factibilidad financiera se abonara el 100% a 15 días Fact. Conf.;
Que a fs. 14 la Dirección General de Contrataciones procede al encuadre del procedimiento de Contratación Directa de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5º del Decreto Nº 440/16, posterior Articulo 2º del Decreto 711/16, modificatorio del Artículo 12º del Decreto Nº 931/96, el cual establece que: “Contratación Directa con precio testigo… El monto máximo de la operación, para la adquisición de bienes o servicios instrumentados por este procedimiento, no podrá exceder de 120.000 (CIENTO VEINTE MIL) UNIDADES
TRIBUTARIAS, lo que equivale a un importe de $ 891.600,00 (Pesos Ochocientos Noventa y Un Mil Seiscientos con 00/100).
Que habiéndose programado el llamado a la apertura de sobres para el día 08/03/18, a horas 11:00 y publicado la presente contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta e invitados 4 (cuatro) proveedores del rubro a contratar, se presentaron las firmas MUNDO GRAFICO S.A. y ARTES GRAFICAS S.A., con sus respectivas cotizaciones, conforme surge de Acta de fs. 19;
Que a fs. 30 obra informe Técnico emitido por la Subsecretaria de Protocolo y Ceremonial, en la cual informa quela oferta presentada por MUNDO GRAFICO S.A. se ajusta a las necesidades requeridas, por su calidad y cumplimiento con la fecha de entrega, a diferencia con la mencionada firma, no se emite opinión alguna respecto a la oferta presentada por ARTES GRAFICAS S.A. debido a que nunca trabajaron con este proveedor y desconocen la calidad de trabajo del mismo;
Que esta Dirección entiende que el informe técnico de la dependencia solicitante, carece de fundamento por lo que estima conveniente adjudicar por ítems a las ofertas de menor precio, destacando que la firma ARTES GRAFICAS S.A. ha dado cumplimiento al día de la fecha con los plazos acordados en contrataciones anteriores adjudicadas, dando así cumplimiento con la ley 6838 art. 31º (Criterios de
Adjudicación) “La adjudicación recaerá en la oferta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta, y art. 7º (Principios Generales) “a) Publicidad, b) Igualdad y posibilidad para los interesados y oferentes, c) Promoción de la mayor concurrencia de oferentes y, d) Flexibilidad y transparencia en los procesos y procedimientos.” ;
Que por lo expuesto en esta Dirección procede adjudicar la oferta de la firma ARTES GRAFICAS S.A. (ítems Nº 01 y 02) y a la firma MUNDO GRAFICO S.A. (ítem Nº 03), por encontrarse dentro del presupuesto oficial autorizado, menor precio y como así también en especial consideración con la necesidad de contar con lo solicitado ;
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS
RESUELVE:
Artículo 1°: APROBAR el proceso selectivo llevado a cabo para la “Contratación del servicio de impresión de tarjetas, sobres y programas” solicitado por la Subsecretaria de Protocolo y Ceremonial, mediante Nota de Pedido Nº 186/18, con un presupuesto oficial de $ 27.230,00 (Pesos Veintisiete Mil Doscientos Treinta con 00/100). -
Artículo 2°: ADJUDICAR la Contratación citada en el marco del Artículo 12º del Decreto 931/96 modificado por Artículo 5º del Decreto 440/16 y posterior Art. 2º del Decreto 711/16, las ofertas presentadas de los ítems Nº 01 y 02 por la Firma ARTES GRAFICAS S.A., CUIT Nº30- 50032158-6 por la suma de $ 13.260,00 (Pesos Trece Mil Doscientos Sesenta con 00/100) monto que se encuentra un 46,6% por debajo del Presupuesto Oficial Autorizado y el ítem Nº 03 por la firma MUNDO GRAFICO S.A. CUIT Nº30-71041074-3 por la suma de $ 2.400,00
(Pesos Dos Mil Cuatrocientos con 00/100) con las Condiciones de Pago: A 15 días Fact. Conf.; por resultar lo más conveniente a los intereses del Estado Municipal, todo ello conforme a los considerando expuestos en la presente resolución. -
Artículo 3°: CONFECCIONAR las Órdenes de Compras correspondiente.-
Artículo 4°:COMUNICAR, PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal y ARCHIVAR.-
CHAILE
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Salta, 04 de Abril de 2018
RESOLUCIÓN Nº 161/18
REF.: Exptes. N ° 8980-NP-2018
C. DIRECTA Nº 279/18 2º Llamado VISTO
La Nota de Pedido Nº 342/18, mediante la cual la Subsecretaria de Control Comercial, solicita la “Adquisición de 1 (una) fotocopiadora“, cuyo presupuesto oficial autorizado asciende a la suma de $ 22.500,00 (Pesos Veintidós Mil Quinientos con 00/100).-
CONSIDERANDO:
Que a fs. 19 obra resolución nro. 134/18 emitida por esta Dirección de la cual surge que resulto Desierto el primer llamado, debiéndose convocar un segundo con las mismas bases y condiciones;
Que habiéndose programado el 2º llamado a la apertura de sobres para el día 26/03/18, a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y habiéndose cursado invitaciones a 4 (cuatro) firmas del medio, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS
RESUELVE:
Artículo 1°: DECLARAR DESIERTO el Segundo Llamado de la Presente Contratación.
Artículo 2°: CONVOCAR UN TERCER LLAMADO con las mismas bases y condiciones que el primero.
Artículo 3°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.
CHAILE
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Salta, 04 de Abril de 2018
CONSIDERANDO:
Que a fs. 24 obra resolución nro. 132/18 emitida por esta Dirección de la cual surge que resulto Desierto el primer llamado, debiéndose convocar un segundo con las mismas bases y condiciones;
Que habiéndose programado el 2º llamado a la apertura de sobres para el día 26/03/18, a horas 10:30, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y habiéndose cursado invitaciones a 5 (cinco) firmas del medio, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS
REF.: Expte. N° 50589-SG-2017
C. DIRECTA Nº 1866/17 – 2º llamado.- RESOLUCIÓN Nº 162/18
VISTO
La Nota de Pedido Nº 1786/17, solicitada por la Subsecretaria de Políticas de Recursos Humanos dependiente de la Secretaria de Modernización y;
CONSIDERANDO:
Que la citada Nota de Pedido corresponde la “Adquisición de elementos informáticos con destino a la Dirección de Capacitación” solicitada por la dependencia mencionada en ut-supra;
Que a fs. 54 obra resolución nro. 97/18 emitida por esta Dirección de la cual surge que resultaron Adjudicados los ítem Nº 01, 02 y 04 y Fracasado, por inconveniencia de precio, el ítem Nº 03, debiéndose convocar un segundo llamado;
Que habiéndose programado el 2º llamado a la apertura de sobres para el día 26/03/18, a horas 10:00, y publicado la presente Contratación Directa en la página Web de la Municipalidad de Salta y habiéndose cursado invitaciones a 4 (cuatro) firmas del medio, la misma resultó DESIERTA por falta de oferentes.
POR ELLO
EL DIRECTOR DE CONTRATACIONES DIRECTAS
RESUELVE:
Artículo 1°: DECLARAR DESIERTO el Segundo Llamado para el ítem Nº 03 de la Presente Contratación.
Artículo 2°: CONVOCAR UN TERCER LLAMADO para el ítem Nº 03 con las mismas bases y condiciones que el primero.
Artículo 3°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.
CHAILE
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Salta, 04 de Abril de 2018
RESOLUCIÓN Nº 163/18
REF.: Exptes. N ° 8372-SG-2018
C. DIRECTA Nº 281/18 2º Llamado VISTO
La Nota de Pedido Nº 365/18, mediante la cual la Subsecretaria de Innovación, Desarrollo y Sustentabilidad perteneciente a la Secretaria de Transito, solicita la “Contratación del servicio de realización y colocación de carteles de señalización, indicadores de proximidad a la Casona de Finca Castañares“, cuyo presupuesto oficial autorizado asciende a la suma de $ 39.200,00 (Pesos Treinta y Nueve Mil Doscientos con 00/100).-
RESUELVE:
Artículo 1°: DECLARAR DESIERTO el Segundo Llamado de la Presente Contratación.
Artículo 2°: CONVOCAR UN TERCER LLAMADO con las mismas bases y condiciones que el primero.
Artículo 3°: COMUNICAR Y PUBLICAR en el Boletín Oficial Municipal.
CHAILE
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Salta, 17 de Abril de 2.018
RESOLUCION N°5/18 - U.E.P.E
Visto: Expte. N°000151-UE-2.017 correspondiente a la Contratación Directa N°20/17 para realizar la obra “Proyecto de Cisterna en Plaza Gurruchaga de la Municipalidad de Salta – Provincia de Salta” y el pedido efectuado en fecha 06/04/18 por la empresa Valle Vial S.A para que se le reintegre el impuesto a las actividades económicas retenido;
Que mediante nota presentada el día 06/04/2018 la empresa Valle Vial
S.A solicita el reintegro de la suma de $175.126,48 correspondiente a la retención del impuesto a las actividades económicas realizada el día 16/02/2018;
Que corrido traslado al asesor legal de la U.E.P.E emite dictamen opinando no debe hacerse lugar al planteo efectuado por la empresa Valle Vial S.A;
Considerando:
Que la secuencia de los hechos es la siguiente: a) En fecha 14/02/18 la empresa Valle Vial S.A presenta factura por la suma de $7.063.434,67;
b) En fecha 16/02/18 se extiende orden de pago en favor de Valle Vial
S.A aplicándosele una retención del 3%, conforme la situación fiscal por la empresa declarada hasta ese momento; c) En fecha 07/03/18 la
U.E.P.E presentó la DDJJ del impuesto a las Actividades Económicas y abonó a la DGR el impuesto, correspondiente al período de febrero de
2.018. d) En fecha 16/03/18 y mediante WhatsApp la empresa Valle Vial
S.A remite foto del Certificado de No Retención y/o Percepción de fecha 18/01/18 expedido por la DGR que indica encontrarse exenta del impuesto por el período comprendido entre el 18/01/18 y el 31/01/19. E) El 06 de abril de 2.018 la empresa Valle Vial S.A solicita la restitución de la suma retenida;
Que al caso en análisis le resulta aplicable el artículo 2 de la RG N°8/2.003 DGR que establece, entre otros aspectos que, en el caso de que el vendedor, locador o prestador se encuentre exento del impuesto a las Actividades Económicas, deberá presentar ante el agente pagador la constancia emitida por la DGR suscripta por persona autorizada, siendo éste el único elemento válido a fin de que el sujeto responsable no practique la retención correspondiente. Que también este artículo establece que el vendedor, locador o prestador deberá comunicar al
agente de retención cualquier modificación en su situación fiscal dentro de los quince (15) días de ocurrida la misma;
Que compartiendo la opinión del asesor legal de la U.E.P.E, la empresa Valle Vial S.A no cumplió con lo dispuesto en el artículo 2 de la RG N°8/2.003 DGR, toda vez que no presentó a la U.E.P.E la constancia de exención dentro de los 15 días de producido el cambio en su situación fiscal, habiéndolo hecho recién el 06/04/18, oportunidad en la cual la U.E.P.E no solo había retenido el impuesto sino que había formulado la DDJJ y abonado el impuesto a la DGR. Que lo expuesto importa que el dinero retenido y cuya restitución se solicita no se encuentra en poder de la U.E.P.E sino de la DGR, aspecto que impide la restitución de la suma retenida. Que la empresa Valle Vial S.A deberá solicitar la restitución de las sumas retenidas a quien se encuentra en poder de ellas, esto es la DGR, conforme art. 83 del Código Fiscal o bien, esperar compensarlo con futuros impuestos.-
de Salta, de la Sra. Claudia Beatriz Mendieta, debiendo registrarse como correcto el número “20.683.890”, de conformidad a lo expuesto en los Considerandos. _
ARTICULO 2º.- TOMAR conocimiento por la SUBSECRETARÍA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 3º.- NOTIFICAR del presente instrumento legal por Dirección de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social.
ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
COLQUE
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SALTA, 17 de abril de 2018
En consecuencia, corresponde emitir el instrumento legal correspondiente;
Por ello:
RESOLUCIÓN Nº 066
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 006429-SG-2018.-
La Dirección de la U.E.P.E RESUELVE:
Artículo 1º: No hacer lugar al pedido de reintegro de la retención del impuesto a las actividades económicas efectuado en fecha 06/04/18 por la empresa Valle Vial S.A, por los motivos expuestos en los considerandos.-
Artículo 2°: Notificar la presente resolución a la empresa solicitante.-
Artículo 3°: Hacer saber a la empresa impugnante que frente a la presente resolución podrá interponer recurso de aclaratoria en el plazo de tres días y recurso de reconsideración o jerárquico en el plazo de diez días, contados desde la notificación de la presente.-
Artículo 4°: Comunicar y publicar en el Boletín Oficial Municipal.
GALLARDO - URIBURU
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SALTA, 12 de abril de 2018
RESOLUCIÓN Nº 065
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 087314-SG-2017.-
VISTO la Resolución Nº 039 de fecha 27 de marzo de 2018, emitida por la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Salta, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante dicho instrumento legal se resuelve otorgar un subsidio a favor de la Sra. Claudia Beatriz Mendieta, DNI Nº 20.683.890;
QUE en el Art. 1º de la mencionada Resolución se consignó como número de Documento 33.251.309, cuando en realidad corresponde el número “20.683.890”;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR el número de documento que se consigna en el Art. 1º de la Resolución Nº 039 de fecha 27 de marzo de 2018, emitida por la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad
VISTO el Decreto Nº 0479/16 de fecha 26 de Julio de 2.016, mediante el cual se deja sin efecto los Decreto Nº 783/14 y 0192/16, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 01 de las actuaciones de referencia, el Sr. Hipólito Martin Rodríguez, DNI Nº 10.494.636, solicita una ayuda económica para solventar gastos de manutención, debido a que no cuenta con ingresos económicos suficientes para hacer frente a tal erogación;
QUE a fs. 25 toma intervención, en dichas actuaciones, la Secretaría de Desarrollo Social, autorizando se otorgue la suma de $3.000,00 (Pesos Tres Mil con 00/100);
QUE a fs. 28 la Dirección General de Presupuesto realiza la imputación presupuestaria preventiva para el Ejercicio 2018;
QUE a fs. 29 la Subsecretaría de Finanzas, informa que la factibilidad financiera, está dada de manera genérica por lo dispuesto en Resolución Nº 04/18 - Anexo II, emanada por esa Subsecretaría;
QUE, a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del presente instrumento legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 33º- Título IV- del Dcto. Nº0479/16, el cual dispone que los subsidios sean otorgados mediante Resolución individual de la Secretaria de Desarrollo Social;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un SUBSIDIO por la suma de $3.000,00 (pesos tres mil con 00/100), a favor del Sr. HIPOLITO MARTIN RODRIGUEZ, DNI Nº 10.494.636, con domicilio en calle Manzana 6 Casa 6 Etapa 2 de Barrio Limache de esta ciudad, debiendo rendir cuenta en el plazo de 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de su otorgamiento, en Secretaría de Hacienda, conforme al último párrafo del artículo 33º del Dcto. 0479/16
ARTÍCULO 2º.- DAR por la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO la
imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 3º.- TOMAR conocimiento por la SUBSECRETARÍA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR del presente instrumento legal por Dirección de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
COLQUE
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SALTA, 18 de abril de 2018
RESOLUCIÓN Nº 067
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 001753-SG-2018.-
VISTO la Resolución Nº 058 de fecha 06 de abril de 2018, emitida por la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Salta, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante dicho instrumento legal se resuelve otorgar un subsidio a favor de la Sra. Silvia Alejandra Dias, DNI Nº 22.554.500;
QUE en el Art. 1º de la mencionada Resolución se consignó como número de Documento 8.049.193, cuando en realidad corresponde el número “22.554.500”;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del presente instrumento legal;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR el número de documento que se consigna en el Art. 1º de la Resolución Nº 058 de fecha 06 de abril de 2018, emitida por la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Salta, de la Sra. Silvia Alejandra Dias, debiendo registrarse como correcto el número “22.554.500”, de conformidad a lo expuesto en los Considerandos. _
ARTICULO 2º.- TOMAR conocimiento por la SUBSECRETARÍA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias.
ARTÍCULO 3º.- NOTIFICAR del presente instrumento legal por Dirección de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social.
QUE a fs. 24 toma intervención, en dichas actuaciones, la Secretaría de Desarrollo Social, autorizando se otorgue la suma de $8.000,00 (Pesos Ocho Mil con 00/100);
QUE a fs. 30 la Dirección General de Presupuesto realiza la imputación presupuestaria preventiva para el Ejercicio 2018;
QUE a fs. 31 la Subsecretaría de Finanzas, informa que la factibilidad financiera, está dada de manera genérica por lo dispuesto en Resolución Nº 04/18 - Anexo II, emanada por esa Subsecretaría;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del presente instrumento legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 33º- Título IV- del Dcto. Nº0479/16, el cual dispone que los subsidios sean otorgados mediante Resolución individual de la Secretaria de Desarrollo Social;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un SUBSIDIO por la suma de $8.000,00 (pesos ocho mil con 00/100), a favor de la Sra. MARIA ELIZABETH LEON, DNI Nº 33.762.528, con domicilio en Manzana 619 “C” Casa 7 de Barrio Finca Valdivia de esta ciudad, debiendo rendir cuenta en el plazo de 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de su otorgamiento, en Secretaría de Hacienda, conforme al último párrafo del artículo 33º del Dcto. 0479/16
ARTÍCULO 2º.- DAR por la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO la
imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 3º.- TOMAR conocimiento por la SUBSECRETARÍA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR del presente instrumento legal por Dirección de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
COLQUE
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ARTÍCULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
RESOLUCIÓN Nº 069
SALTA, 19 de abril de 2018
COLQUE
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SALTA, 19 de abril de 2018
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 018994-SG-2018.-
VISTO el Decreto Nº 0479/16 de fecha 26 de Julio de 2.016, mediante el cual se deja sin efecto los Decreto Nº 783/14 y 0192/16, y;
RESOLUCIÓN Nº 068
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL REFERENCIA: EXPTE Nº 087710-SG-2017.-
VISTO el Decreto Nº 0479/16 de fecha 26 de Julio de 2.016, mediante el cual se deja sin efecto los Decreto Nº 783/14 y 0192/16, y;
CONSIDERANDO:
QUE mediante las actuaciones de referencia, la Sra. María Elizabeth León, DNI Nº 33.762.528, solicita una ayuda económica para solventar gastos de manutención y pago de deudas varias, debido a que no cuenta con ingresos económicos suficientes para hacer frente a tal erogación;
CONSIDERANDO:
QUE mediante las actuaciones de referencia, la Sra. Soledad del Socorro López, DNI Nº 28.835.294, solicita una ayuda económica para solventar gastos de manutención, debido a que no cuenta con ingresos económicos suficientes para hacer frente a tal erogación;
QUE a fs. 22 toma intervención, en dichas actuaciones, la Secretaría de Desarrollo Social, autorizando se otorgue la suma de $8.000,00 (Pesos Ocho Mil con 00/100);
QUE a fs. 28 la Dirección General de Presupuesto realiza la imputación presupuestaria preventiva para el Ejercicio 2018;
QUE a fs. 29 la Subsecretaría de Finanzas, informa que la factibilidad financiera, está dada de manera genérica por lo dispuesto en Resolución Nº 04/18 - Anexo II, emanada por esa Subsecretaría;
QUE a fin de concretar dicho propósito, corresponde la emisión del presente instrumento legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 33º- Título IV- del Dcto. Nº0479/16, el cual dispone que los subsidios sean otorgados mediante Resolución individual de la Secretaria de Desarrollo Social;
POR ELLO:
LA SEÑORA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR un SUBSIDIO por la suma de $8.000,00 (pesos ocho mil con 00/100), a favor de la Sra. SOLEDAD DEL SOCORRO LOPEZ, DNI Nº 28.835.294, con domicilio en calle Luis Güemes Nº 183 de Barrio Centro de esta ciudad, debiendo rendir cuenta en el plazo de 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de su otorgamiento, en Secretaría de Hacienda, conforme al último párrafo del artículo 33º del Dcto. 0479/16
ARTÍCULO 2º.- DAR por la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO la
imputación presupuestaria correspondiente
ARTÍCULO 3º.- TOMAR conocimiento por la SUBSECRETARÍA DE FINANZAS con sus respectivas dependencias
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR del presente instrumento legal por Dirección de Despacho de la Secretaría de Desarrollo Social
ARTÍCULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
COLQUE
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SALTA, 21 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 028 .-
REFERENTE: EXPEDIENTE Nº 83603-SG-2017.-
VISTO que mediante Resolución Nº 483 de fecha 18 de diciembre de 2017 de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, se aprobó la Memoria Técnica, Anexos y Planos para la Obra: “Tareas Extra-programadas de Bacheo con Hº en Zona Sud Este – sector Ruta 26, Avenida Tavella, Rio Arenales y limite Sur Este, zona Sur Este de la Ciudad de Salta; y,
CONSIDERANDO:
QUE, a fojas 81 la Secretaria de Hacienda solicita se rectifique la ubicación de la obra de referencia, ello en razón de no coincidir lo descripto en fs. 01/02 y 04. Dictamen legal (fojas 06/07), Resolución Nº 483/17 (fojas 8) y Nota de Pedido Nº 273/17 (fojas 75) y pliegos (fojas 09/74);
QUE, a fs. 83 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, informa la ubicación correcta de la obra: “Tareas Extra-programadas de Bacheo con Hº en Zona Sud Este”, siendo el mismo el sector comprendido entre la “Ruta 26, Avenida Tavella, Rio Arenales y Limite Sur Este. Zona Sur Este de la Ciudad de Salta”;
QUE es facultad de la autoridad administrativa competente subsanar o dejar sin efecto aquellos actos que no hayan dado cumplimiento con algún requisito exigido por el ordenamiento legal vigente;
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECTIFICAR la ubicación de la obra: “Tareas Extra- programadas de Bacheo con Hº en Zona Sur Este, sector comprendido entre la Ruta 26, Avenida Tavella, Rio Arenales y Limite Sur Este. Zona Sur Este de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a la suma de $ 3.189.554,00 ( Pesos Tres Millones Ciento Ochenta y Nueve Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro con 00/100).-
ARTICULO 2º.- TOMAR razón las Secretarias de Hacienda y de Obras Publicas y Planificación Urbana con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 21 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 029 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 011924-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Refuerzo estructural y mejoras varias en Balneario Nicolás Vitale”, y,
CONSIDERANDO
QUE a fojas 1 y 2 rola nota de elevación y pedidos de materiales, por el cual el Subsecretario de Obras Publicas solicita contratar “Refuerzo estructural y mejoras varias en Balneario Nicolás Vitale”, por un monto estimado de $ 158.366,94 (Pesos Ciento Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Seis con 94/100);
QUE a fojas 03/38 se acompaña Memoria Técnica y Anexos de la obra arriba mencionada, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 40 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente, al Ítems 8E – Mantenimiento de Edificio Municipales – Por Contrato – Renta General
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetrías de obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
emisión del instrumento legal respectivo;
POR ELLO:
PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA y ANEXOS para la
contratación de la obra “Refuerzo estructural y mejoras varias en
Balneario Nicolás Vitale”, por un monto estimado de$ 158.366,94 (Pesos Ciento Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta y Seis con 94/100)”,de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.- _
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 21 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 030 .- REFERENTE: EXPEDIENTE Nº 9087-SG-2018.-
Visto el presente expediente, mediante el cual se solicita: “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos – zona norte de la Ciudad de Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 1 y 2 rola nota de elevación y pedidos de materiales, por el cual el Subsecretario de Obras Publicas solicita contratar “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos – zona norte de la Ciudad de SALTA”, por un monto estimado de $ 350.491,02 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Noventa y Uno con 02/100).-
QUE a fs. 3/15 se acompaña Memoria Técnica y Anexos de la obra arriba mencionada, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 17 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Publicas vigente, al ítems 7B – Obras de alumbrado público y espacios verdes – por Contrato – Rentas Generales;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las memorias técnicas, anexos y planimetrías de obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la MEMORIA TÉCNICA y ANEXOS para la
contratación de la obra “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos – zona norte de la Ciudad de Salta”, por un monto estimado de $ 350.491,02.-(Pesos Trescientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Noventa y Uno con 02/100); de acuerdo a lo esgrimido en los considerandos del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 23 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 031 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 049216-SG-2016.-
VISTO el presente expediente, mediante el cual la Sra. Fernanda M. Patrón Uriburu, DNI. Nº 5.653.057, solicita autorización para dar inicio a laobra de “Acceso vehicular a la urbanización”, ubicada en Avda. J.F. Kennedy, Rotonda El Aybal de ésta Ciudad; y lo hace según manifiesta, en su carácter de patrocinadora del desarrollo urbanístico “Ojimoro Club de Campo”, y;
CONSIDERANDO:
QUE la solicitante asumirá con el costo total que demande la obra; y que la ejecución del acceso vehicular resulta de vital importancia debido a la residencia efectiva de vecinos en el barrio que ingresan al mismo por una huella de tierra precaria que nace de la banquina derecha – oeste- de Avda. Kennedy;
QUE a fs. 13 interviene la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial, y previa citación a comparendo de la solicitante, se expide el área técnica; Dirección General de Estudios Técnicos a fs. 27, que manifiesta las observaciones formuladas – falta de velocidad de proyecto, carriles de aceleración y desaceleración, señalización vertical y horizontal – fueron subsanadas con la presentación de nuevo proyecto, y en consecuencia considera que el mismo está en condiciones de ser aprobado, con la salvedad que la obra sea ejecutada en forma transitoria y que no genere precedente; en atención a que la vía principal probablemente sufrirá modificaciones a futuro en trazado vial pudiendo afectar el acceso a Ojimoro, dejándose establecido que el solicitante no tendrá derecho a reclamo alguno;
QUE a fs. 29 interviene la Subsecretaría de Obras Públicas solicitando al área técnica contemplar de forma definitiva la adecuación de rotonda Aeropuerto M.M. de Güemes, acceso al loteo Ojimoro, proyecto de calles colectoras y vinculación con Villa Rebeca. Acompaña propuesta de diseño a fs. 30 y solicita analizar la posibilidad de adecuar la superficie a la propuesta presentada en el sector de acceso al loteo Ojimoro, manteniendo su traza original;
QUE a fs. 31 la Unidad de Apoyo de la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial, manifiesta que presenta proyecto de resolución de la circulación vehicular para las calles colectoras que deberían captar el flujo de tránsito que se generará en un futuro debido a las distintas urbanizaciones y desarrollos inmobiliarios presentes en la zona, que el proyecto pretende dar solución a dicha circulación y proponer la resolución del acceso a Villa Rebecca / Villa Esmeralda mediante una nueva rotonda, generando de este modo la disminución de velocidades sobre RN51, una zona puntual de acceso a los barrios mencionados y el cruce seguro de peatones. Sin embargo, el proyecto acompañado no expresa cuando se pondría en ejecución la obra;
QUE en consecuencia a fs. 38, el apoderado de la solicitante, Sr. Hernán González Pondal, conforme lo acredita con copia de poder acompañada a fs.39; realiza nueva presentación alegando la necesidad inmediata de la aprobación de la obra con motivo de brindar seguridad vial al acceso al Club de Campo, en consideración a las maniobras que se deben practicar en la actualidad para entrar y salir de la urbanización;
QUE finalmente, manifiesta que no formulará reclamo económico respecto de la obra en caso que con posterioridad, la Municipalidad de Salta decidiera hacer modificaciones sobre la misma luego de terminada;
QUE en atención a lo antes descripto, y teniendo en cuenta que desde el punto de vista técnico se habrían cumplimentado los requisitos exigidos, es opinión de ésta instancia que correspondería previamente tomar determinados recaudos respecto de la ejecución de la obra como tal;
QUE además dejar establecido que el acto administrativo que autorice la ejecución de la obra solicitada, deberá contener necesariamente una estipulación que establezca la renuncia expresa de la solicitante a cualquier reclamo futuro de tipo económico u otro respecto de las posibles modificaciones que el municipio ejecute en cumplimiento de su proyecto vial integral;
QUE la Dirección General de Asuntos Legales comparte el dictamen emitido por la Dirección Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas, sugiriendo, salvo otro mejor criterio de la Superioridad, que se debería emitir el instrumento legal correspondiente, aprobando la ejecución de la obra “Acceso vehicular a la urbanización”, ubicada en Avda. J.F. Kennedy, Rotonda El Aybal de ésta Ciudad; cuya erogación de la obra corre por cuenta y cargo de la firma antes mencionada;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LAMUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el proyecto que rola a fojas 51 a 53 y la Memoria Descriptiva de fs. 17 a 21 y fs. 23, que se desarrolla sobre la zona de camino de la Avda. John F. Kennedy, de jurisdicción de esta Municipalidad de Salta, el que se deberá ejecutar en un todo de acuerdo al Anexo I de fs. 49/50.-
ARTICULO 2º.- LA solicitante deberá presentar en forma previa al inicio de los trabajos, un Seguro Técnico contratado con empresa aseguradora de primer nivel con endoso a la Municipalidad de Salta a efectos de resguardar a ésta de toda responsabilidad civil y penal derivada de la ejecución de la obra.-
ARTICULO 3º.- LA Sub Secretaría de Obras Públicas deberá realizar la supervisión y control pertinentes, a efectos de asegurar que, la ejecución de los trabajos se efectúe de acuerdo al proyecto aprobado.-
ARTICULO 4º.- DESE intervención a la Dirección Nacional de Vialidad, V Distrito Salta, para la intervención que le compete en virtud de que, parte de la obra está proyectada en zona de camino del inicio de la RN.51, jurisdicción de la D.N.V.-
ARTICULO 5º .-ENCOMENDAR, FACULTAR y AUTORIZAR a las
dependencias correspondientes de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, a realizar todas las medidas y acciones que resulten necesarias a los fines de dar cumplimiento al control en la ejecución de la obra mencionada en el presente instrumento legal por la dependencia respectiva, como así también a instrumentar las acciones correctivas necesaria.-
ARTICULO 6º.- DEJAR ESTABLECIDO que la ejecución de la presente obra no ocasionará erogación alguna a las arcas de la Municipalidad de Salta, corriendo todos los gastos a exclusivo cargo de la “Urbanización Ojimoro Club de Campo”. Dejando asimismo y en
forma expresa aclarado que la presente no genera derecho de naturaleza alguna a la Urbanización Ojimoro Club de Campo, ni tampoco sobre las tareas complementarias ejecutadas, renunciando a cualquier reclamo por indemnización, mayores costos imprevistos y/o lucro cesante conforme.
ARTICULO 7º.- NOTIFICAR por la Dirección de Despacho de esta Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana, a la Sra. Fernanda
M. Patrón Uriburu, DNI. Nº 5.653.057, en carácter de patrocinadora del desarrollo urbanístico “Ojimoro Club de Campo”, haciéndole entrega de una copia legalizada del presente instrumento legal, bajo constancia de firma.-
ARTICULO 8º.- TOMAR RAZON la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana y la Secretaria de Gobierno con sus respectivas dependencias intervinientes.-
ARTICULO 9º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 23 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 032 .- REFERENTE: EXPEDIENTE Nº 5296-SG-2018.-
Visto que mediante Resolución Nº 024 de fecha 02 de marzo de 2018 de la Secretaria de Obras Publicas y Planificación Urbana, se aprobó la Memoria Técnica y Anexos para la obra: “Tareas Complementarias de limpieza del canal oeste, entre Avenida San Martin y Rio Arenales, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fs. 23 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos eleva al Subsecretario de Obras Publicas nueva Memoria Técnica, para lo cual se consideró un ancho promedio de 25 mts a realizar la limpieza del canal, y una longitud de 1.531,20 mts, y el pedido de materiales actualizado;
QUE a fs. 24 el Subsecretario de Obras Publicas, autorizo mediante pedido de materiales la obra: “Tareas complementarias de Limpieza en Canal Oeste, entre Avenida San Martin y Rio Arenales, cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 201.516,54 (Pesos Doscientos Un Mil Quinientos Dieciséis con 54/100);
QUE a fs. 25/38 se acompaña Memoria Técnica y Anexos, documentación que regirá la contratación pertinente;
QUE a fojas 47 la Subsecretaria de Presupuesto solicita se rectifique lo descripto en dictamen de fojas 41 y Resolución Nº 024/18, por no coincidir lo informado en dicho expediente;
QUE es facultad de la autoridad administrativa competente subsanar o dejar sin efecto aquellos actos que no hayan dado cumplimiento con algún requisito exigido por el ordenamiento legal vigente;
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda dejar sin efecto la Resolución Nº 024/18 y procédase aprobar la Memoria Técnica y Anexos de la obra con las observaciones subsanadas;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO en todas sus partes la Resolución Nº 024/18 por las razones esgrimidas en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- APROBAR la Memoria Técnica y Anexos de la Obra: “Tareas Complementarias de Limpieza en Canal Oeste, entre Avenida San Martin y Rio Arenales”, cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 201.516,54 (Pesos Doscientos Un Mil Quinientos Dieciséis con 54/100).-
ARTICULO 3º.- ESTABLECER la asignación presupuestaria correspondiente al Ejercicio 2018, dentro de lo establecido en la Ordenanza Nº 15.393 Anexo VII del Plan de Obras Publicas vigente – ítems 6B Sistema de Desagües Pluviales – Por Contrato – Renta General
ARTICULO 4º.- TOMAR razón las Secretarias de Hacienda y de Obras Publicas y Planificación Urbana con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 033 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13969-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de los barrios Valle Hermoso (Finca San Luis), Mi Refugio y aledaños
– Zona Sud Oeste de la Ciudad de Salta”; y, CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 el Subsecretario de Obras Pública solicita a la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivo la elaboración de la Memoria Técnica, para la ejecución de los trabajos de Nivelación de Calzadas, preparación de caja de 5cm de espesor aproximado y aporte de material árido en aproximado 350 m3;
QUE a fojas 2, la Dirección General de Proyectos Ejecutivo remite Memoria Técnica para la Obra: “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de los barrios Valle Hermoso (Finca San Luis), Mi Refugio y aledaños – Zona Sud Oeste de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 300.080,00.-(Pesos Trescientos Mil Ochenta con 00/100;
QUE a fojas 03/22, se acompaña Memoria Técnica, Anexos y Planos de la obra arriba mencionada y a fojas 24 Nota de Pedido Nº 00786, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 26 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 2A – Conservación de calzadas – Mixto – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de
pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA, ANEXOS Y
PLANOS para la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de los barrios Valle Hermoso (Finca San Luis), Mi Refugio y aledaños – Zona Sud Oeste de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 300.080,00 (Pesos Trescientos Mil Ochenta con 00/100”, de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 23 de marzo de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº 034 .-
VISTO, la necesidad de agilizar el procedimiento de los expedientes que se encuentran con los trámites concluidos en el ámbito de la Sub Secretaría de Planificación y Control Urbano de la Secretaria de Obras Públicas y Planificación Urbana del Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
QUE luego de verificado el cumplimiento del petitorio y/o trabajo/s realizado/s, la tramitación de los expedientes o notas, terminan cuando el Suscripto ordena el archivo de las actuaciones, remitiéndolas a la Dirección de Archivo y Guarda General y/o la dependencia que la reemplace en el futuro, para su resguardo, y
QUE por tratarse un mero trámite administrativo, esta tarea podría ser encomendada a otro funcionario de estrecha relación dentro del área antes mencionada y atento al gran cumulo de Tareas que lleva a cabo esta Secretaria, para tal efecto la funcionaria Arq. María Eugenia Angulo Sub Secretaria de Planificación y Control Urbano, es quien reúne las condiciones para la encomendación antes descripta;
QUE habiendo esta Secretaría emitido Resoluciones N° 212/17 y 207/17 designando a funcionarios para realizar las tareas arriba descriptas, y;
QUE con fecha 29/01/2018 se emitió Decreto N° 0051/18, por el cual se modifica la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana
QUE en tal sentido corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SEÑOR SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DELA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones N° 207/16 y 212/16 por lo expuesto en el considerado.
ARTICULO 2°.-AUTORIZAR a la Señora Sub Secretaria de Planificación y Control Urbano Arq. María Eugenia Angulo, de esta Secretaría a suscribir las providencias de los expedientes, notas sigas, etc., que concluyeron con el trámite dentro del ámbito de la mencionada Sub Secretaria y deben ser girados a la Dirección de Archivo y Guarda General y/o la dependencia que la reemplace en el futuro, como concluidos para su resguardo – según Decreto N° 01255/00
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR a la funcionaria mencionada en el artículo 1° de la presente Resolución por la Dirección de Despacho Administrativo y a las distintas Dependencias Intervinientes.-
ARTICULO 4º.-TOMAR razón las Secretarías que componen el Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección de Archivo y Guarda General – Dirección General de Mesa de Entrada, Archivo, Guarda, con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 23 de marzo de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº 035 .-
VISTO, la necesidad de agilizar el procedimiento de los expedientes que se encuentran con los trámites concluidos en el ámbito de la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana del Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
QUE luego de verificado el cumplimiento del petitorio y/o trabajo/s realizado/s, la tramitación de los expedientes o notas, terminan cuando el Suscripto ordena el archivo de las actuaciones, remitiéndolas a la Dirección de Archivo y Guarda General y/o la dependencia que la reemplace en el futuro, para su resguardo, y
QUE por tratarse un mero trámite administrativo, esta tarea podría ser encomendada a otro funcionario de estrecha relación dentro del área antes mencionada y atento al gran cumulo de Tareas que lleva a cabo esta Secretaría, para tal efecto el funcionario Dr. Gustavo Carrizo Director General de Asuntos Legales, es quien reúne las condiciones para la encomendación antes descripta;
QUE habiendo esta Secretaría emitido Resolución N° 094/16 designando al funcionario para realizar las tareas arriba descriptas, y;
QUE con fecha 29/01/2018 se emitió Decreto N° 0048/18, por el cual se designa al suscripto en el cargo de Secretario de Obras Públicas y Planificación Urbana;
QUE en tal sentido corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SEÑOR SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DELA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- RATIFICAR el Artículo 1° de la Resolución N° 094/17 por lo expuesto en el considerado.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR al Director General de Asuntos Legales Dr. Gustavo Carrizo de la presente Resolución por la Dirección de Despacho Administrativo y a las distintas Dependencias Intervinientes.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las Secretarías que componen el Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección de Archivo y Guarda General – Dirección General de Mesa de Entrada, Archivo, Guarda, con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 23 de marzo de 2018.-
RESOLUCIÓN Nº 036 .-
VISTO, la necesidad de agilizar el procedimiento de los expedientes que se encuentran con los trámites concluidos en el ámbito de la Sub Secretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana del Departamento Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
QUE luego de verificado el cumplimiento del petitorio y/o trabajo/s realizado/s, la tramitación de los expedientes o notas, terminan cuando el Suscripto ordena el archivo de las actuaciones, remitiéndolas a la Dirección de Archivo y Guarda General y/o la dependencia que la reemplace en el futuro, para su resguardo, y
QUE por tratarse un mero trámite administrativo, esta tarea podría ser encomendada a otro funcionario de estrecha relación dentro del área antes mencionada y atento al gran cumulo de Tareas que lleva a cabo esta Secretaria, para tal efecto el funcionario Sr. Francisco Agolio Sub Secretario de Obras Públicas, es quien reúne las condiciones para la encomendación antes descripta;
QUE habiendo esta Secretaria emitido Resolución N° 211/17 designando al ex funcionario a cargo de la Sub Secretaría de Inspecciones y Certificaciones y;
QUE con fecha 29/01/2018 se emitió Decreto N° 0051/18, por el cual se modifica la Estructura Orgánica Superior de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana
QUE en tal sentido corresponde emitir el instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SEÑOR SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DELA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E:
ARTICULO 1°.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 211/17 por lo expuesto en el considerado.
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR al Señor Sub Secretario de Obras Públicas Dn. Francisco Agolio, de esta Secretaría a suscribir las providencias de los expedientes, notas sigas, etc., que concluyeron con el trámite dentro del ámbito de la mencionada Sub Secretaria y deben ser girados a la Dirección de Archivo y Guarda General y/o la dependencia que la reemplace en el futuro, como concluidos para su resguardo – según Decreto N° 01255/00.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR al funcionario mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución por la Dirección de Despacho Administrativo y a las distintas Dependencias Intervinientes.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las Secretarías que componen el Departamento Ejecutivo Municipal – Dirección de Archivo y Guarda General – Dirección General de Mesa de Entrada, Archivo, Guarda, con sus dependencias intervinientes.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 037 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13971-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de los barrios Finca Valdivia, Circulo II, Circulo IV y Palenque – Zona Sud Este de la Ciudad de Salta”, y,
CONSIDERANDO:
A fojas 1 el Subsecretario de Obras Pública solicita a la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos la elaboración de la Memoria Técnica para la ejecución de los trabajos de Nivelación de Calzadas, preparación de caja de 5cm de espesor aproximado y aporte de material árido en aproximado 410 m3 en barrio Finca Valdivia, Circulo II, Circulo IV y Palenque;
A fojas 2 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, remite Memoria Técnica para la Obra: “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de los barrios Finca Valdivia, Circulo II, Circulo IV y Palenque – Zona Sud Este de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 350.020,00 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Veinte con 00/100);
A fojas 03/22 se acompaña Memoria Técnica, Planimetría de la obra arriba mencionada y a fojas 24 Nota de Pedido Nº 00788, documentación que regirá la contratación;
A fojas 26 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 2A – Conservación de calzadas – Mixto – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
enripiadas de los barrios Finca Valdivia, Circulo II, Circulo IV y Palenque – Zona Sud Este de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 350.020,00 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Veinte con 00/100)”,de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 038 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 14608-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Provisión de equipo vial de soporte para tareas de bacheo – planta asfáltica municipal – macrocentro de la Ciudad de Salta”, y,
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, remite Memoria Técnica para la Obra: “Provisión de equipo vial de soporte para tareas de bacheo – planta asfáltica municipal – macrocentro de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 150.141,26.- (Pesos Ciento Cincuenta Mil Ciento Cuarenta y Uno con 26/100);
QUE a fojas 03/14 se acompaña Memoria Técnica y Anexos de la obra arriba mencionada, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 16 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 4A – Bacheo y Dársena de Hormigón – Por contrato – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetrías de obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
POR ELLO:
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA, ANEXOS y
PLANOS para la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA y ANEXOS para la
contratación de la obra “Provisión de equipo vial de soporte para tareas de bacheo – planta asfáltica municipal – macrocentro de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 150.141,26.-(Pesos
Ciento Cincuenta Mil Ciento Cuarenta y Uno con 26/100)”,de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA, ANEXOS y
PLANOS para la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de Villa Mónica, Barrio Siglo XXI y Barrio Sanidad – Zona Este y Sud Este de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a
$ 350.020,00 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Veinte con 00/100)”,de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
RESOLUCION Nº 039 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 13975-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de Villa Mónica, Barrio Siglo XXI y Barrio Sanidad – Zona Este y Sud Este de la Ciudad de Salta”, y,
CONSIDERANDO:
A fojas 1 el Subsecretario de Obras Públicas solicita a la Dirección Gral. de Proyectos Ejecutivos la elaboración de la Memoria Técnica para la ejecución de los trabajos de Nivelación de Calzadas, preparación de caja de 5cm de espesor aproximado y aporte de material árido en aproximado 410 m3 en Villa Mónica, Barrio Siglo XXI y Barrio Sanidad;
A fojas 2 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, remite Memoria Técnica para la Obra: “Mantenimiento de Calzadas enripiadas de Villa Mónica, Barrio Siglo XXI y Barrio Sanidad – Zona Este y Sude Este de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 350.020,00 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Veinte con 00/100;
A fojas 03/22 se acompaña Memoria Técnica, Anexos y Plano de la obra arriba mencionada y a fojas 24 Nota de Pedido Nº 00787, documentación que regirá la contratación;
A fojas 26 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 2A – Conservación de calzadas – Mixto – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 040 .- REFERENTE: EXPEDIENTE Nº 9091-SG-2018.-
VISTO el presente expediente mediante el cual se tramita la contratación de la “Provisión de equipo vial de soporte para tareas de la planta asfáltica municipal – tareas de pavimentación en calles General Güemes entre 20 de Febrero y Junín y calzadas aledañas del macrocentro de la Ciudad de Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 1/2 obra nota de elevación y Pedido de Materiales por el cual el Subsecretario de Obras Publicas solicita la contratación de la “Provisión de equipo vial de soporte para tareas de la planta asfáltica municipal – tareas de pavimentación en calles General Guemes entre 20 de Febrero y Junín y calzadas aledañas del macrocentro de la Ciudad de Salta”, cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 150.141,26 (Pesos Ciento Cincuenta Mil Ciento Cuarenta y Uno con 26/100);
QUE a fojas 3/16 se acompaña proyecto de memoria técnica, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 18 la Dirección de Análisis Financiero, informa la asignación presupuestaria correspondiente al ejercicio 2018, dentro de lo estipulado por la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Publicas vigente al ítem Nº 1-A Pavimentación con concreto asfaltico
– por contrato – renta general;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las memorias técnicas, anexos y planimetrías de obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-APROBAR la MEMORIA TECNICA para el llamado a contratación de la “ Provisión de equipo vial de soporte para tareas de la planta asfáltica municipal – tareas de pavimentación en calles General Güemes entre 20 de Febrero y Junín y calzadas aledañas del macrocentro de la Ciudad de Salta”, cuyo presupuesto asciende a la suma de $ 150.141,26 (Pesos ciento cincuenta mil ciento cuarenta y uno con 26/100), de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 26 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 041 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 14611-SG-2018.-
VISTO las presentes actuaciones mediante la cual se tramita la contratación de la obra “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos de la zona sur de la Ciudad de Salta”, y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 la Dirección General de Proyectos Ejecutivos, remite Memoria Técnica para la Obra: “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos de la zona sur de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 350.491,02 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Noventa y Uno con 02/100);
QUE a fojas 03/14 se acompaña Memoria Técnica y Anexos de la obra arriba mencionada, documentación que regirá la contratación;
QUE a fojas 16 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 7B – Obra de Alumbrado Público y Espacios Verdes – Por contrato – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo,
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA y ANEXOS para la
contratación de la obra “Alquiler de equipo vial para tareas de limpieza y mantenimiento de espacios públicos de la zona sur de la Ciudad de Salta”, cuyo monto asciende a $ 350.491,02 (Pesos Trescientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Noventa y Uno con 02/100)”,de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 28 de marzo de 2018.-
RESOLUCION Nº 042 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 17607-SG-2018.-
VISTO el presente expediente mediante el cual se tramita la contratación de la obra “Construcción de una Oficina de Proyectos”,y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 la Subsecretaria de Planificación y Control Urbano, eleva Memoria Descriptiva, Cómputos y Presupuestos para la construcción y equipamiento de un local de 75 m2 destinado al funcionamiento de la Oficina de Proyectos a ejecutarse en el interior del C.C.M.;
QUE a fojas 02/21 se acompaña Memoria Técnica, Cómputo, Presupuesto y Anexos para la obra: “Construcción de Oficina de Proyectos” cuyo monto asciende a $ 1.376.833,17/100 (Pesos Un Millón Trescientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Treinta y Tres con 17/100);
QUE a fojas 22 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente y su última modificación tramitada bajo expediente Nº 9927-SG-2018, al Ítems 8E – Mantenimiento de Edificios Municipales – Por Contrato – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante, de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…;
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TECNICA y PLANOS para la
contratación de la obra “Construcción de Oficina de Proyectos”, cuyo monto asciende a $ 1.376.833,17/100 (Pesos Un Millón Trescientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Treinta y Tres con 17/100)”, de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación de la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 04 de abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 043 .-
REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 21421-NP-2018.-
VISTO el presente expediente mediante el cual se tramita la contratación de la obra “Pintura y Refacción Cabildo Histórico – Ciudad de Salta”,y;
CONSIDERANDO:
QUE a fojas 1 la Subsecretaria de Planificación y Control Urbano, mediante Nota de elevación informa a la Superioridad sobre las acciones de remodelación y puesta en valor del Casco Histórico de la Ciudad de Salta, y de las gestiones tramitadas por la Dirección de Responsabilidad Social de la Subsecretaria de Modernización relacionada con la obra “Pintura y Refacción del Cabildo Histórico – Ciudad de Salta;
QUE a fojas 06/21 se acompaña Memoria Técnica, Cómputos, Presupuesto y Anexos para la obra: “Pintura y Refacción del Cabildo Histórico – Ciudad de Salta” cuyo monto asciende a suma de $ 836.657,92 (Pesos Ochocientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Siete con 92/100);
QUE a fojas 24/26 rola informe de la inspección ocular realizada por la Subsecretaria de Planificación y Control Urbano;
QUE a fojas 27 obra Nota de Pedido Nº 00894/2018;
QUE a fojas 28 la Dirección de Análisis Financiero informa la asignación presupuestaria de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 15393, Anexo VII del Plan de Obras Públicas vigente, al Ítems 8C – OBRA DE ARQUITECTURA VARIAS – Por contrato – Renta General;
QUE, conforme lo estipulado en Resolución Conjunta Nº 136/16; de la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana, y la Secretaría de Hacienda; que aclara las competencias asignadas a cada una de ésas dependencias, en lo que a materia de contrataciones respecta; corresponde a ésta Secretaría la confección y aprobación de las Memorias Técnicas, anexos y planimetríasde obras correspondientes a cada solicitud de contratación, y ello en virtud de la especificidad técnica que cada una requiere. En perfecta consonancia con lo establecido en el art. 3 del Decreto Reglamentario Nº 931/96 que estipula que la Dirección de Compras observará el siguiente procedimiento para el trámite de la contratación: ... inc. 4.- Coordinará la confección de pliegos de condiciones particulares para cada contratación con el área o unidad solicitante,
de corresponder, determinando las características, especificaciones y calidades de elementos, obras o servicios que se soliciten,…;
QUE, en las presentes actuaciones se acompaña dictamen de la Dirección General de Asuntos Legales mediante el cual recomienda la emisión del instrumento legal respectivo;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- APROBAR la MEMORIA TÉCNICA, CÓMPUTOS,
PRESUPUESTO y ANEXOS para la contratación de la obra “Pintura y Refacción Cabildo Histórico – Ciudad de Salta” cuyo monto asciende a $ 836.657,92 (Pesos Ochocientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Cincuenta y Siete con 92/100), de acuerdo a lo esgrimido en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- REMITIR las presentes actuaciones a la SECRETARIA DE HACIENDA para dar continuidad a los tramites de contratación de la obra mencionada en el Art. 1º.-
ARTICULO 3º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 04 de abril de 2018.-
RESOLUCION Nº _044_.- Expte N° 15954-SG-2018.-
VISTO, que el Sr. Director de Obras Eléctricas Ing. Miguel Ángel Uraga, hará uso parcial de la Licencia Anual Reglamentaria año 2016 bajo Expte N° 33618-SG-2016, a partir del día 03/04/18 al 06/04/2018;
CONSIDERANDO:
QUE, a fin de no resentir el normal desenvolvimiento de la mencionada Dirección, resulta necesario encomendar la atención de la misma al Director de Estudios, Proyectos y Control de Obras Dn. Luis Carlos Villaruel DNI 11.539.944;
QUE, a tal efecto se procede la emisión del instrumento legal pertinente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y PLANIFICACION URBANA DE LA
MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1°.- ENCOMENDAR al Director de Estudios, Proyectos y Control de Obras Dn. Luis Carlos Villaruel DNI 11.539.944 la atención de la Dirección de Obras Eléctricas de la Sub Secretaria de Obras Públicas, a partir del día 03/04/2018 hasta el 06/04/2018;
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR a la Dirección de Obras Eléctricas Ing. Miguel Ángel Uraga y a la Dirección de Estudios, Proyectos y Control de Obras Dn. Luis Carlos Villaruel de lo dispuesto en presente instrumento legal.-
ARTICULO 3º.- DEJAR ESTABLECIDO que la encomendación dispuesta en el Artículo 1º no genera derecho de pago de subrrogancia, de acuerdo a lo reglamentado por Ordenanza Nº 6762.-
ARTICULO 4º.- TOMAR razón todas dependencias que componen la Secretaría de Obras Públicas y Planificación Urbana.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 05 de abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 045_.- REFERENCIA: NOTA SIGA Nº 4528-2018.-
VISTO la Ampliación de Plazo de Obra solicitada por la Empresa Liconsserv Construcciones y Servicios mediante Nota de fs. 03 relacionada a la obra: Pavimentación con adoquín en calle La San Lorenseña en Villa Rebeca, según Orden de Compra Nº 236/17;
CONSIDERANDO:
QUE, a fs. 01 la Directora General de Inspecciones y Certificaciones informa el inicio y finalización de obra; siendo esta el 25/02/2018.
QUE, a fs. 02 la inspectora de obra solicita una prorroga de 35 (treinta y cinco) días para la empresa antes mencionada.
QUE, a fs. 03 la empresa Liconsserv Construcciones y Servicios solicita una prorroga de 45 (cuarenta y cinco) días debido a los factores climáticos, motivo por el cual no se pudo trabajar de manera habitual.
QUE, la Dirección General de Asuntos Legales considera que se debería otorgar una prorroga de 35 (treinta y cinco) días corridos siendo la fecha de finalización el día 01/04/2018; tal como lo indica la Directora General de Inspecciones y Certificaciones.
QUE, por todo lo expuesto, resulta menester la emisión del Instrumento Legal respectivo:
POR ELLO:
LA SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACION URBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR 35 (treinta y cinco) días corridos de plazo, solicitado por la Empresa Liconsserv Construcciones y Servicios de la obra denominada: Pavimentación con adoquín en calle La San Lorenseña en Villa Rebeca según Orden de Compra Nº 236/17 siendo fecha de cierre el 01/04/2018, de acuerdo a lo esgrimido en los considerandos del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR a los Responsable de la Empresa Liconsserv Construcciones y Servicios del contenido de la presente Resolución a través de la Dirección General de Inspecciones y Certificaciones.-
ARTICULO 3º.- TOMAR razón la Subsecretaria de Obras Publicas con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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SALTA, 05 de abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 046 .- REFERENTE: EXPEDIENTE Nº 006514-2018.-
VISTO el expediente de referencia, mediante el cual el señor Hernán Ignacio Vélez solicita reconocimiento de los daños sufridos en fecha 17/09/17 sobre Avenida Juan Domingo Perón camino a la Villa San Lorenzo de esta Ciudad; y;
CONSIDERANDO:
QUE el solicitante de fojas 01 a 24 inclusive, formula reclamo solicitando se le indemnice por la suma de $ 191.136,00 (pesos ciento noventa y un mil ciento treinta y seis con 00/100);
QUE se desprende de la lectura del reclamo formulado en sede administrativa, que el accidente que dice haber sufrido el reclamante, lo endilga a este Municipio, pues entiende que el culpable del accidente que él sufriera, es el Municipio de Salta, y por ende, según sus pretensiones, la Municipalidad debe indemnizarlo;
QUE a poco de leer el reclamo efectuado, se desprende una serie de consideraciones que son necesarias plasmar, a saber; en primer lugar, no es ésta la Sede Judicial en donde debe el reclamante plasmar su reclamo, debe entenderse entonces, que lo hace en sede administrativa, y por ende, no es posible atribuir a este municipio el factor de responsabilidad que pretende; en segundo lugar, se desprende de la prueba que acompaña, basada en tomas fotográficas, que no se puede determinar si el yeso y las lesiones que se han plasmado en dichas tomas fotográficas pertenecen al señor Vélez, mucho menos se puede determinar si esas lesiones son las efectivamente sufridaspor el nombrado;
QUE de la misma manera, se debe dejar aclarado que la falta de facturación por los periodos mencionados por el reclamante, no obedece o no es culpa de este municipio, pues es imposible determinar en esta sede Administrativa si ello lo fue como consecuencia del accidente, pero como primera premisa deberá establecerse que efectivamente, la Municipalidad de Salta es o ha sido la responsable directa o indirecta del accidente que sufriera el reclamante, luego de ello, deberá establecer el Juez competente, si no hay concurrencia de responsabilidad entre la Municipalidad de Salta y el contratista o empresa que haya efectuado la apertura de calzada, si esa apertura de calzada lo ha sido con la autorización de este Municipio, o, por el contrario, puede ocurrir que esa apertura haya sido efectuado por otra repartición, vg. Gasnor, Aguas del Norte, o empresa de tv cable o de comunicaciones;
QUE también es dable mencionar que la totalidad de la documentación acompañada es en fotocopias simples que no pueden dar fe de que son fieles de los originales que seguramente debe tener en su poder;
QUE de la misma manera el reclamante, no acompaña copias certificadas de la documentación de la moto, acreditando que el vehículo sea de su propiedad;
QUE en relación a las tomas fotográficas incorporadas a fojas 15/16, no se puede determinar con claridad quien es la persona que luce esas lesiones, lo que depor si invalida a la misma;
QUE las tomas fotográficas incorporadas a fojas 17/18, corresponden a una calzada o calle sin poder determinar cuál es la arteria o avenida retractada en esa fotografía, lo que ya las torna invalidas;
QUE en síntesis el reclamo está bien formulado, pero no se logra concluir fehacientemente que el accidente que aduce haber sufrido el reclamante, fue en el lugar, la fecha y la hora mencionada, las tomas fotográficas no logran dilucidar si el reclamante es quien luce en ellas; no se puede determinar si el accidente fue por culpa del Municipio o de otra Repartición Pública Nacional y/o Provincial;
QUE la Dirección de Fiscalización, entiende que el Juez competente en razón de la materia es quien deben determinar el grado de responsabilidad de quien corresponda, y/o de este Municipio, por el accidente sufrido por el señor Vélez, y si el evento dañoso impone la obligación de indemnizar de este Municipio;
QUE mientras ello no suceda, ninguna obligación de reparar le cabe a esta Municipalidad de Salta, ni puede serle reclamada en esta sede administrativa, no solo por una cuestión de jurisdicción, sino también en base a la orfandad probatoria apartada, la que de haber sido aportada en forma correcta, tampoco pone en cabeza del Municipio, tal obligación reparadora;
QUE atento a todo lo expuesto, la Dirección de Fiscalización entiende que debe rechazarse el pedido efectuado por el señor Vélez, por ser absolutamente improcedente en esta instancia, debiendo el recurrente, acudir por la vía y forma que corresponda;
QUE la Dirección General de Asuntos Legales comparte el dictamen emitido por el Director de Fiscalización que rola a fojas 27/29;
QUE por todo lo expuesto, resulta menester la emisión del Instrumento Legal respectivo:
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIONURBANA
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- RECHAZAR la solicitud de indemnización por daños interpuesto a fojas 1, por el señor HERNAN IGNACIO VELEZ D.N.I. Nº
26.881.550 por las razones esgrimidas en el considerando del presente instrumento legal.-
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR por la Dirección de Despacho de la Secretaría al Sr. Hernán Ignacio Vélez, con domicilio real en calle Mariano Moreno Nº 620 Villa San Lorenzo – Provincia de Salta.-
ARTICULO 3º.- TOMAR RAZON Subsecretaria de Obras Públicas y Dirección General de Asuntos Legales.-
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
CARAMELLA
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Salta, 05 de Abril de 2018
RESOLUCION Nº_03_
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANIZACIÓN Y CATASTRO SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL URBANO EXPEDIENTE Nº 077773-SG-2017
VISTO el expediente Nº 077773-SG-2017, mediante el cual se solicita la correcta y/o adecuada interpretación del Punto III.5 del Anexo 4.3, del Código de Edificación aprobado por Ordenanza Nº 14.169/2011, y;
CONSIDERANDO:
QUE, para la cuestión planteada en el “visto”, y a fin de su análisis nos remitimos al Código de Edificación - Ordenanza Nº 13778 y modificatorias, más precisamente al Anexo 4.3 que tiene por objeto: la regulación de la localización, construcción, habilitación, mantenimiento y desmantelamiento de estructuras soporte de antenas e instalaciones complementarias, para la transmisión de radio frecuencia destinados a los servicios de telecomunicaciones (radiocomunicaciones), de radiodifusión, de servicios satelitales y todo aquel otro servicio que con el adelanto de la tecnología pudiera incorporarse dentro de la jurisdicción de la Municipalidad de la Ciudad de Salta;
QUE, en el punto I.3 del citado anexo se establecen las tipologías de estructuras soportes de antenas, según su característica y ubicación:
I.3.1 Tipo A.- Estructura soporte de antenas sobre el suelo. A.1.- Monopostes montados sobre el nivel de suelo.
A.2.- Torres auto soportadas sobre el nivel de suelo.
A.3.- Mástil arriostrados con tensores sobre el nivel de suelo.
I.3.2 Tipo B - Estructura soporte de antenas sobre edificios. B.1.- Soporte sobre estructura de edificios existentes.
B.2.- Mástiles arriostrados u auto soportados sobre azoteas de edificios.
QUE, en la Sección III – Requisitos Generales de Instalación, punto III.5, se establece: La dimensión del terreno será la necesaria para instalar la estructura soporte del Tipo A, con todos sus anclajes y
arriostramientos, ubicados dentro de los límites del mismo. Los predios donde se instalen este tipo de estructuras soporte tendrán como mínimo 500 m2 de superficie;
QUE, desde el punto de vista legal la norma establece de manera clara como requisito para la instalación de antenas “tipo A” una superficie de terreno de 500 m2 como mínimo;
QUE, en virtud de lo expuesto,y lo estipulado en la norma precedente, y;
POR ELLO:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE URBANIZACIÓN Y CATASTRO
de la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL URBANO RESUELVE:
ARTICULO 1º.- NO HACER LUGAR a lo solicitado, en cuanto a que para la instalación de estructuras de antenas monopostes ó autosoportadas se requieren una superficie de terreno de 15 m2, debiendo cumplir con la norma vigente de 500 m2 de superficie mínima para “Antenas Tipo A”.
ARTICULO 2º.-NOTIFICAR del contenido del presente instrumento legal al solicitante, Señor Raymundo Sosa Quintana, en el domicilio de calle Balcarce Nº 472.
ARTICULO 3º.-TOMAR conocimiento la Subsecretaría de Planificación y Control Urbano y las áreas dependientes de esta Dirección General.
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-
Modugno
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Salta, 10 de abril de 2018
RESOLUCIÓN Nº: _04_
Ref.: Expte. Nº 050819-SG-2017
VISTO:
El expediente de referencia que corresponde a la solicitud de eximir a la urbanización denominada “Loteo San Genaro”, a desarrollarse en las matrículas Nº 140.812, 140.813, y 140.814 del Departamento Capital, del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ordenanza nº 15.267, respecto a la instalación del cableado subterráneo en el emprendimiento habitacional antes nombrado, y el Dictamen Nº 011 de Asesoría Legal de Procuración General, y;
CONSIDERANDO:
QUE, la Ordenanza Nº 15.267 modifica el artículo 293 del Código de Planeamiento Urbano Ambiental, estableciendo que en toda urbanización corresponderá que se realicen a cargo del propietario urbanizador obras tales como las redes subterráneas de los servicios públicos esenciales y no esenciales;
QUE, dicha Ordenanza no ha sido reglamentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, por ello hay ciertas cuestiones que no se encuentran resueltas técnicamente y tampoco se encuentran definidas las especificaciones constructivas o de materiales respecto de los servicios no esenciales, tales como si las nuevas redes subterráneas deben ser instaladas por el urbanizador, o si éste debe dejar provistos los ductos por donde las empresas prestadoras de tales servicios deben efectuar instalaciones;
QUE, al no estar reglamentada la citada ordenanza, se presenta un vacío legal, no solo para el urbanizador, sino para los organismos públicos encargados de la inspección y aprobación de las urbanizaciones o loteo, dejando así libradas al sano criterio del
urbanizador la forma de ejecutar y cumplimentar con las obligaciones a su cargo y al libre criterio de los organismos públicos los límites de las exigencias a fin de otorgar los respectivos visados y aprobaciones; QUE, debería tenerse presente el entorno en el cual se encuentra enmarcado el citado proyecto, el cual geográficamente está rodeado de las urbanizaciones “Parque La Vega”, “San Calixto”, y “Barrio Finca Valdivia”, todos éstos ejecutados por organismos provinciales a los cuales no se les aplica la obligación de las redes subterráneas, y los tendidos eléctricos son aéreos;
QUE, la cercanía de la central distribuidora TRANSNOA S.A., hace que tanto el proyecto de urbanización San Genaro, como los barrios linderos se encuentren interrumpidos por varios tendidos aéreos de media y alta tensión, por lo que ejecutar tendidos eléctricos subterráneos para el proyecto no ocasionaría el impacto positivo pretendido por la Ordenanza Nº 15.267;
QUE, debe tenerse presente que la exigencia del soterrado obedece a un criterio estético paisajístico, el cual en casos como “San Genaro” se vería totalmente desvirtuado por el entorno geográfico en el cual se encuentra enclavado el proyecto;
QUE, se manifiesta el destino social del loteo, destinado a sectores de mediano y bajo poder adquisitivo, y el cumplimiento de las obras de redes subterráneas conllevaría un gasto excesivamente oneroso que sobrevaluaría el costo de los lotes en total perjuicio de los futuros adquirentes;
POR ELLO,
ARTICULO 2°. – AUTORIZAR al Sr. Rivera José Alejandro, D.N.I. Nº 17.357.785, a realizar la Extracción de 1(un) forestales pertenecientes a la especie FRESNO, identificado en los considerandos ubicado en calle Islas Malvinas Nº 163, quedando bajo su exclusiva responsabilidad civil y/o penal frente a cualquier daño y/o lesiones que se pudiera producir en las cosas, personas o terceros y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 3°.–ORDENAR al solicitante, agrandamiento y construcción de las cazuelas y la obligatoria reposición del forestal extraído, en el plazo legal establecido, de un forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser la especie ordenada: Lapachillo amarillo (Handroanthus Chrysotrichus) de altura igual o mayor a 1,70m. Bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 5°.–HACER SABER al solicitante, que los árboles o restos de la flora publica extraídas, serán trasladadas a las dependencias del Área de Espacios Verdes o al lugar que este determine
ARTICULO 6°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 7º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 8º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
LA DIRECCIÓN GENERAL DE URBANIZACIÓN Y CATASTRO RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- COMUNICAR a los iniciadores del expediente de la referencia, Señores Héctor Assaf e Ing. Gabriel Rodrigo Sastre, que se debe hacer lugar al pedido de eximición del soterrado de cables en el proyecto del loteo “San Genaro”. Sin perjuicio de ello, se entiende conveniente que la excepción para cuestiones como la planteada en virtud del ámbito territorial, social, estético sean determinados mediante una ordenanza. ARTÍCULO 2º.- CORRESPONDE a los titulares de las matrículas Nº 140.812, 140.813, y 140.814 del Departamento Capital, en donde se proyecta la urbanización “San Genaro” gestionar la citada ordenanza ante el Concejo Deliberante. |
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, publíquese y dese al registro municipal. |
Modugno
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SALTA, 28 de Marzo de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 525
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE:D.A. Nº 14099/2016 – 18479/2017 – RESOL. Nº 483
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA R E S U E L V E
ARTICULO 1°. - DEJAR SIN EFECTO la Resolución N° 483
SOLER
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
SALTA, 03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 526
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE:EXPTE. Nº 652-SG-2018
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°. -HACER LUGAR a la solicitud de extracción, de un forestal perteneciente a la especie LIQUIDAMBAR, ubicado en Bº San Carlos, Mza. 13, casa 28, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie, en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, contados a partir de la recepción de la notificación de la presente Resolución
ARTICULO 2°. –ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Lapachillo amarillo (Handrotanthus chrysotrichus) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.-
ARTICULO 3°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA, 03 de Abril de 2018 .-
RESOLUCION Nº 527
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 36681-SG-2016
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 4°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 5º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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ARTICULO 1°. –AUTORIZAR al Ing. Sergio Calogne, DNI 12.959.635,
a realizar la extracción, de un forestal perteneciente a la especie ARCE, ubicado en Bº Tres Cerritos, calle Los Canelos esquina Los Inciensos,
RESOLUCIÓN N° 529
SALTA,
03 de Abril de 2018.-
quedando bajo su exclusiva responsabilidad civil y/o penal frente a cualquier daño y/o lesiones que se pudiera producir en las cosas, personas o terceros y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos contados a partir de la recepción de la notificación de la presente Resolución, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 2°. –ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Jacarandá (Jacaranda mimosifolia) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 3°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA,03 de Abril de 2018..-
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: EXPTE. Nº 135-5060-2017 y D.A. Nº 16760/2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.-AUTORIZAR a la Sra. Cabezas Elba Noemí, D.N.I. Nº 16.899.582, a realizar trabajos de PODA DE DESPEJE DE LÍNEAS únicamente de aquellas ramificaciones que tocan el cableado y poda de levante de un forestal perteneciente a la especie CALLISTEMO y CEIBO, ubicado en calle Ruíz Díaz de Guzmán Nº 298, Bº Miguel Ortiz, quedando bajo su exclusiva responsabilidad civil y/o penal frente a cualquier daño y/o lesiones que se pudiera producir en las cosas, personas o terceros y corriendo por cuenta del frentista a realizar el trabajo en un plazo perentorio de quince (15) días corridos
ARTICULO 2°. -HACER SABER al solicitante, que el árbol o resto de la flora pública extraídas, serán trasladadas a las dependencias del Área de Espacios Verdes o al lugar que este determine.
ARTICULO 3°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos.
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
RESOLUCIÓN N° 528
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE:EXPTE. Nº 41272-SG-2016
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E :
ARTICULO 1°. –REHCAZAR la solicitud de poda de un forestal perteneciente a la especie SERENO COMUN, ubicado en Vº Juanita, calle Eric Bonan Nº 2008.
ARTICULO 2°. –ORDENAR la extracción del mencionado forestal, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 3°. –ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal, de otros dos forestales de menor porte aptos para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Lapacho Rosado (Handroanthus impetiginosus) de
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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SALTA, 03 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 530
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 39433-SG-2016; DA 19599/2018;
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR a la EXTRACCION de UN (01) forestal
perteneciente a la especie SAUCE, ubicado en Pje.13, casa 520, B° Santa Ana I, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos contados desde la notificación de la presente Resolución, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Lapacho Rosado (Handroanthus Impetiginosus) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 5°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA, 03 de Abril de 2018.-
ARTICULO 1°. -HACER LUGAR a la solicitud de extracción, de UN forestal pertenecientes a la especie ARCE, ubicado en Bº Tres Cerritos, calle Las Rosas Nº 446, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 2°. –ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Tipa (Tipuana tipu) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 3°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
RESOLUCIÓN N° 531
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE:EXPTE. Nº 43603-SG-2017
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°. –RECHAZAR la solicitud de poda de un forestal perteneciente a la especie SAUCE, ubicado en Bº Ceferino, calle José Hilario Tedin Nº 1902
ARTICULO 2°. –ORDENAR la extracción del mencionado forestal, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 3°. –ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal, de otros dos forestales de menor porte aptos para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Tipa (Tipuana tipu) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 4°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 5º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA, 03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 532
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE:EXPTE. Nº 38880-SG-2017
POR ELLO:
LA SUB SECRETARIA DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE DE LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E :
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA,
03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 533
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: D.A. Nº 10081/2015 – 10075/2015
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR a la solicitud de extracción, de cuatro forestales pertenecientes a la especie ARCE, ubicados en Bº Limache, Et. 6, Mza. 5, Casa 18, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie
ARTICULO 2°.-ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Lapachillo Amarillo (Handroanthus chrysotrichus). de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 3°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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SALTA,
03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 534
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: D.A. Nº 17755/2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°. - HACER LUGAR a la solicitud de PODA de formación de la rama que se encuentra baja e inclinada y poda de despunte de aquellas ramas que tocan el cableado aéreo únicamente, cuidando y preservando el forestal, de un (01) forestal perteneciente a la especie CALLISTEMÓN, ubicado en Bº El Tribuno, calle Río Negro Nº 2591, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
ARTICULO 2°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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ARTICULO 2°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
RESOLUCION Nº 537
SALTA, 04 de Abril
de 2018.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 4º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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SALTA,
03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 535
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: D.A. Nº 17747/2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR a la solicitud de PODA de despeje de luminarias y despunte de ramas que tocan la vivienda, de un (01) forestal perteneciente a la especie PACARÁ, ubicado en calle Delfín Leguizamón Nº 903, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
ARTICULO 2°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 3º.-NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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SALTA,
03 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 536
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: D.A. Nº 17797/2017
POR ELLO:
LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°. - HACER LUGAR a la solicitud de PODA de despeje de luminarias de las ramas que tocan el tendido eléctrico, cuidando y preservando a los dos forestales pertenecientes a la especie GREVILLEA, ubicados en Bº Tres Cerritos, calle Los Parrales Nº 1010, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 59.012-SG-2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como de Mediano Impacto Ambiental y Social, al proyecto de obra VIVIENDA MULTIFAMILIAR (65 M), OFICINAS; RESTAURANTE Y GIMNASIO a desarrollarse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección B, Manzana 9, Parcela 20 c, Matrícula 96.120, localizado en calle Dean Funes Nº 1.380, de la Ciudad de Salta, propiedad fiduciaria del Sr. Elías Domingo CHIHADEH, D.N.I. 23.274.482.-, FIDUCIARIO del
“Fideicomiso de Administración al Costo D.F.C
ARTICULO 2º.- EL proponente deberá presentar por duplicado y copia en soporte informático un Estudio de Impacto Ambiental y Social acorde a lo dispuesto por el artículo 12º de la Ordenanza 12.745; el mismo deberá contemplar en su análisis todas las etapas del proyecto de obra
Especialmente deberá tener en cuenta, los siguientes requisitos:
El responsable del proyecto deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental y Social firmado por profesionales que acrediten, mediante constancia, estar inscriptos en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo Consejo y/o Colegio Profesional.
Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
En caso de que el Estudio de Impacto Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, el mismo deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la
responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745.
El equipo profesional responsable de la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas
RESOLUCION N° 538 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 77962-SG-2013
POR ELLO:
Salta, 04 de Abril de 2018.-
las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Estudios de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o actividad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Estudio de Impacto Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
Los Estudio de Impacto Ambiental y Social realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Estudio de Impacto Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
El Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado deberá, además de cumplimentar con lo establecido en la Ordenanza Nº 12.745 y sus modificatorias, contener un capítulo específico destinado a desarrollar la “incidencia que el proyecto acarreará a los servicios públicos de la ciudad de Salta” y otro que contemple el impacto que la ejecución de la obra y el edificio terminado pueda causar al entorno urbano y al paisaje”.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR al Sr. Elías Domingo CHIHADEH, D.N.I.
23.274.482.-, FIDUCIARIO del “Fideicomiso de Administración al Costo D.F.C.”, la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SERVICIO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL,
presentada por el Sr. RUBEN ADRIAN CORIMAYO FABIAN, D.N.I. Nº 14,176,715, desarrollada en un local sito en manzana 304 B - Casa Nº 8, Bº JUAN CALCHAQUI catastro Nº 119719 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. RUBEN ADRIAN CORIMAYO FABIAN, D.N.I. Nº 14,176,715 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-73230 correspondiente a la actividad SERVICIO DE SANEAMIENTO AMBIENTAL, código de actividad Nº 920010 a desarrollarse en el local sito en manzana 304 B - Casa Nº 8, Bº JUAN CALCHAQUI catastro Nº 119719 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. RUBEN ADRIAN CORIMAYO
FABIAN, D.N.I. Nº 14,176,715 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N°539 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 68090-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION DE PRODUCTOS DE COPETIN
- ELABORACION DE PALITOS HELADOS, código de actividad Nº 311936 - 311235, desarrollada por la Sra. REYNA FABIOLA ENRIQUEZ, D.N.I. Nº 27,029,886, en un local sito en calle ITUZAINGO Nº 822, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 1365 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION DE PRODUCTOS DE COPETIN -
ELABORACION DE PALITOS HELADOS presentada por la Sra.
REYNA FABIOLA ENRIQUEZ, D.N.I. Nº 27,029,886, desarrollada en
un local sito en calle ITUZAINGO Nº 822, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 1365, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. REYNA FABIOLA ENRIQUEZ, D.N.I. Nº 27,029,886, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78076 correspondiente a la actividad
ELABORACION DE PRODUCTOS DE COPETIN - ELABORACION DE
PALITOS HELADOS, código de actividad Nº 311936 - 311235 a desarrollarse en el local sito en calle ITUZAINGO Nº 822, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 1365, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. REYNA FABIOLA ENRIQUEZ,
D.N.I. Nº 27,029,886 la presente Resolución
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma LALLANA NEUMATICOS S.R.L., CUIT Nº 33-71211307-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-78058 correspondiente a la actividad VENTA DE NEUMATICOS VIALES Y AGRARIOS - TALLER MECANICO PROPIO (RECAUCHADO DE NEUMATICOS), código de
actividad Nº 624179 - 951315 a desarrollarse en el local sito en
avenida ASUNCION (RUTA9) Nº 1250, Bº PORTAL DE GUEMES,
catastro Nº 37167 de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE BERNARDO LALLANA,
D.N.I. Nº 14,747,566 la presente Resolución
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 540 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 50101-SG-12
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE NEUMATICOS VIALES Y AGRARIOS - TALLER MECANICO PROPIO (RECAUCHADO DE
NEUMATICOS), código de actividad Nº 624179 - 951315, desarrollada por la firma LALLANA NEUMATICOS S.R.L., CUIT Nº 33-71211307-9,
en un local sito en avenida ASUNCION (RUTA9) Nº 1250, Bº PORTAL DE GUEMES, catastro Nº 37167 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE NEUMATICOS VIALES Y AGRARIOS - TALLER MECANICO PROPIO (RECAUCHADO DE NEUMATICOS),
presentada por el Sr. JOSE BERNARDO LALLANA D.N.I. Nº 14,747,566, desarrollada en un local sito en avenida ASUNCION (RUTA9) Nº 1250, Bº PORTAL DE GUEMES, catastro Nº 37167 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
RESOLUCION N° 541 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 31847-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ALQUILER DE RESIDENCIA PARA TURISMO CON PILETA POR DIA, código de actividad Nº 632015, desarrollada por el Sr. MARTIN MANUEL BEDIA OARDI, D.N.I. Nº 23,163,967, en
un local sito en calle LA NIÑA S/ Nº Esq. OLIVIO RIOS, Vª REBECA, catastro Nº 22467 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALQUILER DE RESIDENCIA PARA TURISMO CON
PILETA POR DIA presentada por el Sr. MARTIN MANUEL BEDIA OARDI, D.N.I. Nº 23,163,967, desarrollada en un local sito en calle LA NIÑA S/ Nº Esq. OLIVIO RIOS, Vª REBECA, catastro Nº 22467, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Sr. MARTIN MANUEL BEDIA OARDI, D.N.I. Nº 23,163,967, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78075 correspondiente a la actividad ALQUILER DE RESIDENCIA PARA TURISMO CON PILETA POR DIA, código de
actividad Nº 632015 a desarrollarse en el local sito en calle LA NIÑA S/ Nº Esq. OLIVIO RIOS, Vª REBECA, catastro Nº 22467, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará
automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. MARTIN MANUEL BEDIA OARDI,
D.N.I. Nº 23,163,967 la presente Resolución
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 543 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 61242-SG-2017
POR ELLO:
Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 542 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 19112-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS - ALMACEN POR MENOR Y CARNICERIA CON
CAMARA FRIGORIFICA (1) AUXILIAR, código de actividad Nº 621021
- 624403 - 621013, desarrollada por la Sra. JOSEFINA JOVANOVICS,
D.N.I. Nº 13,844,046, en un local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 764
- Local "B", Bº AREA CENTRO, catastro Nº 8455 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS - ALMACEN POR MENOR Y CARNICERIA CON CAMARA
FRIGORIFICA (1) AUXILIAR presentada por la Sra. JOSEFINA JOVANOVICS, D.N.I. Nº 13,844,046, desarrollada en un local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 764 - Local "B", Bº AREA CENTRO,
catastro Nº 8455, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. JOSEFINA JOVANOVICS, D.N.I. Nº 13,844,046, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-77817 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS - ALMACEN POR MENOR Y CARNICERIA CON CAMARA FRIGORIFICA (1) AUXILIAR, código de
actividad Nº 621021 - 624403 - 621013 a desarrollarse en el local sito en Avenida ENTRE RIOS Nº 764 - Local "B", Bº AREA CENTRO, catastro Nº 8455, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. JOSEFINA JOVANOVICS, D.N.I.
Nº 13,844,046 la presente Resolución
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULO, código de actividad Nº 631019 - 631035, desarrollada por la Sra. ADRIANA LORENA CAMPOS, D.N.I. Nº 28,616,534, en un local sito en
calle NECOCHEA Nº 749, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 67864 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULO presentada por la Sra. ADRIANA LORENA CAMPOS, D.N.I. Nº 28,616,534, desarrollada en un local sito en calle NECOCHEA Nº 749, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 67864, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. ADRIANA LORENA CAMPOS, D.N.I. Nº 28,616,534, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78083 correspondiente a la actividad BAR - RESTAURANTE SIN ESPECTACULO, código de actividad Nº 631019 - 631035 a desarrollarse en el local sito en calle NECOCHEA Nº 749, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 67864, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. ADRIANA LORENA CAMPOS,
D.N.I. Nº 28,616,534 la presente Resolución
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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RESOLUCION N° 544 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 80893-SG-2017
POR ELLO:
Salta, 04 de Abril de 2018.-
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA Y DISTRIBUCION DE BEBIDAS CON DEPOSITO Y PRODUCTOS COMESTIBLES, presentada por el Sr. JORGE MARIO GONZALEZ, D.N.I. Nº 11,977,396 , desarrollada en un local sito en Ruta 9 - Km 1591 (SOBRE AUTOPISTA SALTA), Bº TORINO, catastro Nº 140643 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD
DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE BATERIAS, código de actividad Nº 624184, desarrollada por la Sra. ELIZABET DEL VALLE PEREYRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27,059,500, en un local sito en avenida GRAL. ARENALES Nº 1875, Bº 20 DE FEBRERO, catastro Nº 41090 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE BATERIAS presentada por la Sra. ELIZABET DEL VALLE PEREYRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27,059,500,
desarrollada en un local sito en avenida GRAL. ARENALES Nº 1875, Bº 20 DE FEBRERO, catastro Nº 41090, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. ELIZABET DEL VALLE PEREYRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27,059,500, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° SLA-78082 correspondiente a la actividad VENTA DE BATERIAS, código de actividad Nº 624184 a desarrollarse en el local sito en avenida GRAL. ARENALES Nº 1875, Bº 20 DE FEBRERO, catastro Nº 41090, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. ELIZABET DEL VALLE
PEREYRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27,059,500 la presente Resolución
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta,04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 545
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE N° 36361-SG-2013
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma PRO INOR S.A., CUIT Nº 30-71234573-6 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
75360 correspondiente a la actividad VENTA Y DISTRIBUCION DE BEBIDAS CON DEPOSITO Y PRODUCTOS COMESTIBLES, código de actividad Nº 612057 - 612049 - 619108 - 612057 - 612049 a
desarrollarse en el local sito en Ruta 9 - Km 1591 (SOBRE AUTOPISTA SALTA), Bº TORINO, catastro Nº 140643 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE MARIO GONZALEZ, D.N.I.
Nº 11,977,396 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 546 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 203792/10
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FIAMBRERIA CON CAMARA AUXILIAR - DESPENSA - ELABORACION Y VENTA DE EMPAREDADOS FRIOS PARA
LLEVAR, presentada por el Sr. JOSE PABLO SANCHEZ, D.N.I. Nº 26,701,216 , desarrollada en un local sito en pasaje N. ROLDAN Nº 67, catastro Nº 33984 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma EL PASAJE S.R.L., CUIT Nº 30-71050835-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
65218 correspondiente a la actividad FIAMBRERIA CON CAMARA AUXILIAR - DESPENSA - ELABORACION Y VENTA DE
EMPAREDADOS FRIOS PARA LLEVAR, código de actividad Nº 621056 - 624403 a desarrollarse en el local sito en pasaje N. ROLDAN Nº 67, catastro Nº 33984 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE PABLO SANCHEZ, D.N.I. Nº
26,701,216 la presente Resolución._
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 547 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 61480-SG-2011
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINAS ADMINISTRATIVAS - AGENCIA DE TURISMO - FARMACIA SOCIAL - OFICINA DE SERVICIOS DE COBRANZA - SALON DE EVENTOS - ALBERGUE - TALLER DE MANUALIDADES - GIMNASIO PARA LA 3a EDAD - PRESTAMOS PERSONALES PARA AFILIADOS A TRAVEZ DEL ANSES,
presentada por el Sr. ALDO GARCIA, L.E. Nº 7,253,984 , desarrollada en un local sito en calle PUEYRREDON Nº 450, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 5823 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA, CUIT Nº 30-59435811-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
74134 correspondiente a la actividad OFICINAS ADMINISTRATIVAS - AGENCIA DE TURISMO - FARMACIA SOCIAL - OFICINA DE SERVICIOS DE COBRANZA - SALON DE EVENTOS - ALBERGUE - TALLER DE MANUALIDADES - GIMNASIO PARA LA 3a EDAD - PRESTAMOS PERSONALES PARA AFILIADOS A TRAVEZ DEL
ANSES, código de actividad Nº 949944 - 919110 - 624101 - 949016 - 632023 - 931013 - 949027 - 810428 a desarrollarse en el local sito en calle PUEYRREDON Nº 450, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 5823 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. ALDO GARCIA, L.E. Nº 7,253,984
la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días;
REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 548 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 60399-SG-2013 - 36951-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA,
presentada por el Sr. JORGE HUMBERTO VALLE, D.N.I. Nº 20,609,372, desarrollada en un local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 26 - Sector C - MERCADO SAN MIGUEL, Bº
AREA CENTRO catastro Nº 4551 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JORGE HUMBERTO VALLE, D.N.I. Nº 20,609,372 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-73892 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 26 - Sector C - MERCADO SAN MIGUEL, Bº AREA CENTRO
catastro Nº 4551 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. JORGE HUMBERTO VALLE,
D.N.I. Nº 20,609,372 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 549 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 20730-SG-2015
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINA RECEPTORA DE SERVICIOS DE ENFERMERIA CON ATENCION DOMICILIARIA, presentada por el Sr. ENRIQUE LEANDRO MOYANO, D.N.I. Nº 21,319,039, desarrollada en
un local sito en calle IBAZETA Nº 771. Bº GÜEMES (CENTRO) catastro Nº 27065 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ENRIQUE LEANDRO MOYANO, D.N.I. Nº 21,319,039 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75207 correspondiente a la actividad OFICINA RECEPTORA DE SERVICIOS DE ENFERMERIA CON ATENCION
DOMICILIARIA, código de actividad Nº 959944 a desarrollarse en el local sito en calle IBAZETA Nº 771. Bº GÜEMES (CENTRO) catastro Nº 27065 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. ENRIQUE LEANDRO MOYANO,
D.N.I. Nº 21,319,039 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 550 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 65535/06
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA - PASTELERIA - ELABORACION Y
VENTA, presentada por el Sr. RAMON DEL VALLE ALVAREZ, D.N.I. Nº 18,020,295, desarrollada en un local sito en calle SAN JUAN Nº 787 Esq. ITUZAINGO, Bº AREA CENTRO catastro Nº 92839 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. RAMON DEL VALLE ALVAREZ, D.N.I. Nº 18,020,295 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-64934 correspondiente a la actividad PANADERIA - PASTELERIA - ELABORACION Y VENTA, código de actividad Nº 621080 - 311723 - 311715 - 311731 a desarrollarse en el local sito en calle SAN JUAN Nº 787 Esq. ITUZAINGO, Bº AREA CENTRO
catastro Nº 92839 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. RAMON DEL VALLE ALVAREZ,
D.N.I. Nº 18,020,295 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 04 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 551 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 25854/08
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULO, presentada por el Sr. NESTOR RAUL ADET FIGUEROA, D.N.I. Nº 25,800,753,
desarrollada en un local sito en calle GRAL. BALCARCE Nº 880, Bº AREA CENTRO catastro Nº 96524 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. NESTOR RAUL ADET FIGUEROA, D.N.I. Nº 25,800,753 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-59593 correspondiente a la actividad BAR - CONFITERIA SIN ESPECTACULO, código de actividad Nº 631035 - 631051 a desarrollarse en el local sito en calle GRAL. BALCARCE Nº 880, Bº AREA CENTRO catastro Nº 96524 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. NESTOR RAUL ADET FIGUEROA,
D.N.I. Nº 25,800,753 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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RESOLUCION N° 552 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 60338-SG-2013
POR ELLO:
Salta, 05 de Abril de 2018.-
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. CARMEN MARISOL TRIGO, D.N.I. Nº 26,345,213 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-73155 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, código de actividad Nº 621021 - 621048 a desarrollarse en el local sito en calle ZUVIRIA S/ Nº Esq. TAMAYO, Bº VICENTE SOLA catastro Nº 66915 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA,
presentada por el Sr. MIGUEL GUANUCO, L.E. Nº 5,076,189, desarrollada en un local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 25 - Sector C - MERCADO SAN MIGUEL, Bº AREA CENTRO
catastro Nº 4551 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. MIGUEL GUANUCO, L.E. Nº 5,076,189 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
73970 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 782 - Puesto 25 - Sector C - MERCADO SAN MIGUEL, Bº AREA CENTRO catastro Nº 4551 de
esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR a la Sra. CARMEN MARISOL TRIGO,
D.N.I. Nº 26,345,213 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. MIGUEL GUANUCO, L.E. Nº
5,076,189 la presente Resolución
RESOLUCION N° 554 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° X2005016943 - 41631/06
POR ELLO:
Salta, 05 de Abril de 2018.-
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 05 de
Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 553 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 43760-SG-2013
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS, presentada por la Sra. CARMEN MARISOL TRIGO, D.N.I. Nº 26,345,213, desarrollada en un local sito en calle ZUVIRIA S/ Nº Esq. TAMAYO, Bº VICENTE SOLA catastro Nº 66915 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CASA DE INQUILINATO - PENSION - VENTA DE
GOLOSINAS Y BEBIDAS ANALCOHOLICAS, presentada por el Sr. SERGIO ALBERTO RAMOS, D.N.I. Nº 13,701,724, desarrollada en un local sito en avenida INDEPENDENCIA Nº 871, Vª HERNANDO DE LERMA catastro Nº 28242 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada.
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. SERGIO ALBERTO RAMOS, D.N.I. Nº 13,701,724 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75776 correspondiente a la actividad CASA DE INQUILINATO - PENSION - VENTA DE GOLOSINAS Y BEBIDAS
ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº 632023 - 621099 - 624403 a desarrollarse en el local sito en avenida INDEPENDENCIA Nº 871, Vª HERNANDO DE LERMA catastro Nº 28242 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. SERGIO ALBERTO RAMOS, D.N.I.
Nº 13,701,724 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 05 de Abril de 2018.-
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLER MECANICO - VENTA DE LUBRICANTES Y
ACCESORIOS PARA EL AUTOMOTOR, presentada por el Sr. HECTOR LUIS AGUILAR, D.N.I. Nº 31,228,555, desarrollada en un local sito en calle JUAN DE D. USANDIVARAS Nº 783, Vª PRIMAVERA catastro Nº 32379 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
RESOLUCION N° 555 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° X2005027347 - 46384/05 - 55452/05 - 225053/11
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA - CONSULTORIOS
EXTERNOS, presentada por el Sr. FERNANDO ARTURO VIRGILI,
L.E. Nº 8,554,392 , desarrollada en un local sito en avenida BELGRANO Nº 875, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 67939 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma SANATORIO EL CARMEN S.A., CUIT Nº 30-54586514-5 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-65989 correspondiente a la actividad
OFICINA ADMINISTRATIVA - CONSULTORIOS EXTERNOS, código
de actividad Nº 959944 - 933198 a desarrollarse en el local sito en avenida BELGRANO Nº 875, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 67939 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. FERNANDO ARTURO VIRGILI,
L.E. Nº 8,554,392 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 05 de
Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 556 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 227505/09
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. HECTOR LUIS AGUILAR,
D.N.I. Nº 31,228,555 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- 61528 correspondiente a la actividad TALLER MECANICO - VENTA DE LUBRICANTES Y ACCESORIOS PARA EL AUTOMOTOR, código de actividad Nº 624284 - 624161 - 951315 a desarrollarse en el local sito en calle JUAN DE D. USANDIVARAS Nº 783, Vª PRIMAVERA catastro Nº 32379 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. HECTOR LUIS AGUILAR, D.N.I. Nº
31,228,555 la presente Resolución._
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 557
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 58.388-SG- 2017. 13.059-SG-2018
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social referido al proyecto de obra denominado “DESAGÜE PLUVIAL URBANO – CANAL TINEO”, a ejecutarse en la ciudad de Salta, conforme los planos y documentación obrante en el expediente de la referencia.-
ARTICULO 2º.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 3º.- EL responsable de la ejecución del proyecto deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto
Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CIUDAD DE SALTA, la presente Resolución
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril de 2018.-
ARTICULO 1º.- APROBAR el Informe de Auditoría Ambiental y Social referido al rubro “ESTACION DE SERVICIO – VENTA DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS – LUBRICANTES – VENTA DE BATERIAS – REPUESTOS Y ACCESORIOS – LAVADO Y ENGRASE
– PLAYA DE ESTACIONAMIENTO PARA CLIENTES Y SOCIOS – OFICINA ADMINISTRATIVA – CONFITERIA SIN ESPECTACULO -
DESPENSA”, desarrollado por la firma NARDINI S.R.L., C.U.I.T. Nº 30- 71535273-3 en un local sito en calle B. Mitre Nº 620, de la Ciudad de Salta.-
ARTICULO 2º.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 3º.- LA titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes
RESOLUCION Nº 558
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 58.388-SG- 2017. 13.059-SG-2018.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- EXTENDER a favor de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N°
78.101 correspondiente al proyecto de obra denominado “DESAGÜE PLUVIAL URBANO – CANAL TINEO”, a ejecutarse en la ciudad de Salta, conforme los planos y documentación obrante en el expediente de la referencia
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a la firma NARDINI S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71535273-3, la presente Resolución.-
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril
de 2018.-
ARTICULO 2º.- EL responsable de la ejecución del proyecto deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR a la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y PLANIFICACIÓN URBANA DE LA MUNICIPALIDAD DE
LA CIUDAD DE SALTA, la presente Resolución
ARTICULO 4º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril
de 2018.-
RESOLUCION Nº 559
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 31.255 – SG - 2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
RESOLUCION Nº 560
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 31.255 – SG - 2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- EXTENDER favor de la firma NARDINI S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-71535273-3, el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N°
78.086.- correspondiente al rubro “ESTACION DE SERVICIO – VENTA DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS – LUBRICANTES – VENTA DE BATERIAS – REPUESTOS Y ACCESORIOS – LAVADO Y ENGRASE
– PLAYA DE ESTACIONAMIENTO PARA CLIENTES Y SOCIOS – OFICINA ADMINISTRATIVA – CONFITERIA SIN ESPECTACULO -
DESPENSA”, desarrollado en un local sito en calle B. Mitre Nº 620, de la Ciudad de Salta.-
ARTICULO 2º.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de Dos (2) años, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-
ARTICULO 3º.- LA titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a la firma NARDINI S.R.L., C.U.I.T. Nº
30-71535273-3, la presente Resolución
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 561
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 21.391 – SG – 2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Estudio de Impacto Ambiental y Social referido al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDAS EN ALTURA 21 U.F. CON LOCAL COMERCIAL SIN
ACTIVIDAD. USO A DEFINIR”, de propiedad del Sr. ALEJANDRO GAUFFIN ARIAS, D.N.I. Nº 36.803.204 y Otros, a desarrollarse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección H, Manzana 30b, Parcela 5, Matrícula 7.408, localizado en calle 20 de Febrero Nº 1.147, de la Ciudad de Salta
ARTICULO 2º.- EMITIR la presente DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL Y SOCIAL (D.I.A.S.) de conformidad con lo dispuesto en el art. 21 de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 3º.- EL titular de la actividad deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el Informe de Auditoria Ambiental y Social para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR al Sr. ALEJANDRO GAUFFIN ARIAS,
D.N.I. Nº 36.803.204 y Otros la presente Resolución
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 562
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 21.391 – SG – 2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- EXTENDER a favor del Sr. ALEJANDRO GAUFFIN ARIAS, D.N.I. Nº 36.803.204 y Otros, el CERTIFICADO DE APTITUD
AMBIENTAL MUNICIPAL (CAAM), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA N° 78.085 correspondiente al proyecto de obra denominado “EDIFICIO DE VIVIENDAS EN ALTURA 21 U.F. CON LOCAL COMERCIAL SIN ACTIVIDAD. USO A DEFINIR”, a
desarrollarse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección H, Manzana 30b, Parcela 5, Matrícula 7.408, localizado en calle 20 de Febrero Nº 1.147, de la Ciudad de Salta
ARTICULO 2º.- EL titular del proyecto de obra deberá dar cumplimiento, en los plazos establecidos en cada caso a los compromisos ambientales asumidos en el EsIAS para evitar degradar el ambiente y/ o afectar la calidad socio-ambiental de vida de los habitantes.-
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR al Sr. ALEJANDRO GAUFFIN ARIAS,
D.N.I. Nº 36.803.204 y Otros, la presente Resolución
ARTICULO 4º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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Salta, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 563 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 30158-SG-2012
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAN, presentada por la Sra. GABRIELA CRISTINA MARTINEZ, D.N.I. Nº 24,858,901,
desarrollada en un local sito en calle LOS CARDONES Nº 87, Bº TRES CERRITOS catastro Nº 29586 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. GABRIELA CRISTINA MARTINEZ, D.N.I. Nº 24,858,901 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-71937 correspondiente a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAN, código de actividad Nº 311715 - 311723 - 621080 a desarrollarse en el local sito en calle LOS CARDONES Nº 87, Bº TRES CERRITOS catastro Nº 29586 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR a la Sra. GABRIELA CRISTINA
MARTINEZ, D.N.I. Nº 24,858,901 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 564 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 58842-SG-2015
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE MUEBLES, presentada por el Sr. JOSE LUIS CUIZARA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 34,190,536, desarrollada en un local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 955 - Local 2, Bº AREA CENTRO catastro Nº 101111 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. JOSE LUIS CUIZARA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 34,190,536 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75804 correspondiente a la actividad VENTA DE MUEBLES, código de actividad Nº 624020 a desarrollarse en el local sito en avenida GRAL. SAN MARTIN Nº 955 - Local 2, Bº AREA CENTRO catastro Nº 101111 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. JOSE LUIS CUIZARA
FERNANDEZ, D.N.I. Nº 34,190,536 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril
de 2018.-
RESOLUCION Nº 565
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 75.376-SG-2017 , 79.477-SG-2017.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, el proyecto de Obra “DEPOSITO SIN ACTIVIDAD CON USO A DEFINIR”, a ejecutar por la firma INVREC S.A. en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección P, Manzana 1, Parcela 14, Matrícula 87.743, localizado en la esquina de Av. Monseñor Tavella y calle Polonia, de la Ciudad de Salta;
ARTICULO 2º.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental, el Cronograma de obra y el Plan de Gestión Ambiental del proyecto de Obra “DEPOSITO SIN ACTIVIDAD CON USO A DEFINIR”, a ejecutar por la firma INVREC S.A. en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección P, Manzana 1, Parcela 14, Matrícula 87.743, localizado en la esquina de Av. Monseñor Tavella y calle Polonia, de la Ciudad de Salta, de acuerdo con los términos en que se encuentran confeccionados y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.-
ARTICULO 3º.- EXTENDER a favor de la firma INVREC S.A., el
CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.)
registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- Nº 78.080 correspondiente al proyecto de Obra “DEPOSITO SIN ACTIVIDAD CON USO A DEFINIR”, a ejecutar en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección P, Manzana 1, Parcela 14, Matrícula 87.743, localizado en la esquina de Av. Monseñor Tavella y calle Polonia, de la Ciudad de Salta.-
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a la firma INVREC S.A., la presente Resolución.-
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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SALTA, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 566
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 44.108-SG-2016.
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, el proyecto de Obra “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO – LAVADERO DE AUTOS – LOCALES COMERCIALES”, a ejecutar por
la firma HERNANDEZ S.A.I.C.A.I. en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección E, Manzana 47, Parcela 4 b, Matrícula 174.381, localizado en calle La Florida Nº 560, de la ciudad de Salta.-
ARTICULO 2º.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental, el Cronograma de obra y el Plan de Gestión Ambiental del proyecto de Obra “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO – LAVADERO DE
AUTOS – LOCALES COMERCIALES”, a ejecutar por la firma HERNANDEZ S.A.I.C.A.I. en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección E, Manzana 47, Parcela 4 b, Matrícula 174.381, localizado en calle La Florida Nº 560, de la ciudad de Salta, de acuerdo con los términos en que se encuentran confeccionados y EMITIR la Declaración de Impacto Ambiental y Social.-
ARTICULO 3º.- EXTENDER a favor de la firma HERNANDEZ S.A.I.C.A.I., el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA- Nº 78.081
correspondiente al proyecto de Obra “PLAYA DE ESTACIONAMIENTO
– LAVADERO DE AUTOS – LOCALES COMERCIALES”, a ejecutar
en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección E, Manzana 47, Parcela 4 b, Matrícula 174.381, localizado en calle La Florida Nº 560, de la ciudad de Salta.-
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR a la firma HERNANDEZ S.A.I.C.A.I., la
presente Resolución.-
ARTICULO 5º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 6º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
GALINDEZ
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Salta, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 567 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 69787/07
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE REPUESTOS DEL AUTOMOTOR Y LUBRICENTRO, presentada por el Sr. ARTURO MATIAS MENDIONDO, D.N.I. Nº 8,294,483 , desarrollada en un local sito en calle 10 DE OCTUBRE Nº 231, catastro Nº 14752 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma MAKUTI S.R.L., CUIT Nº 30-71036815-1 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
57051 correspondiente a la actividad VENTA DE REPUESTOS DEL AUTOMOTOR Y LUBRICENTRO, código de actividad Nº 624284 - 951315 a desarrollarse en el local sito en calle 10 DE OCTUBRE Nº 231, catastro Nº 14752 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. ARTURO MATIAS MENDIONDO,
D.N.I. Nº 8,294,483 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta, 05 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 568 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 58721-SG-2014
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AUTOMOTORES NUEVOS Y USADOS DE UNIDADES PROPIAS - REPUESTOS CONDICIONADOS - TALLER,
presentada por el Sr. DANTE ALEJANDRO ERAZO, D.N.I. Nº 21,633,506 , desarrollada en un local sito en calle PELLEGRINI Nº 1030, Vª CRISTINA, catastro Nº 2217 de la ciudad de Salta de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma ALPEROVICH GROUP S.R.L., CUIT Nº 30-71038468-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75656 correspondiente a la actividad VENTA DE AUTOMOTORES NUEVOS Y USADOS DE UNIDADES PROPIAS -
REPUESTOS CONDICIONADOS - TALLER, código de actividad Nº 624268 - 624276 - 624284 - 951315 a desarrollarse en el local sito en calle PELLEGRINI Nº 1030, Vª CRISTINA, catastro Nº 2217 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. DANTE ALEJANDRO ERAZO,
D.N.I. Nº 21,633,506 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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SALTA, 06 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 569
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: DA Nº 18016/2017 – 18053/2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- HACER LUGAR a la solicitud de PODA de compensación de la rama que va hacia la casa y de la otra que va hacia la calle, y poda de levante de las ramas bajas únicamente cuidando y reservando al forestal perteneciente a la especie PALO BORRACHO,
ubicado en Bº Tres Cerritos, calle Los Ombúes Nº 162, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
ARTICULO 2°.- ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otros cuatro forestales de menor porte aptos para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida: Lapachillo amarillo (Handroanthus chrysotrichus) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos.
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 5º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
SOLER
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SALTA, 06 de Abril de 2018.-
RESOLUCIÓN N° 570
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: EXPTE. Nº 56251-sg-2017
ARTICULO 1°.-AUTORIZAR al Sr. ANDRÉS MASCIARELLI, DNI
32.630.195, a la EXTRACCION de cuatro (04) forestales pertenecientes a la especie LIQUIDAMBAR, ubicados dos de ellos en Pje. Calchaqui N°47/49, y los restantes en calle Lamadrid N° 50, corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos contados desde la notificación de la presente Resolución, la obligación de reparar la vereda y la reposición de las especies
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR y ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y pronta reposición de otros forestales de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie ordenada: Lapachillo Amarillo (Handroanthus chrysotrichus) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes
ARTICULO 3º.- TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados
ARTICULO 5°.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
SOLER
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SALTA,06 de Abril de 2018.-
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°. - HACER LUGAR a la solicitud de extracción, de un forestal perteneciente a la especie ARCE, ubicado en Bº Intersindical, calle Diario La Mañana Nº 3490, quedando a cargo de la extracción la Municipalidad de la Ciudad de Salta y corriendo por cuenta del frentista en un plazo perentorio de quince (15) días corridos, la obligación de reparar la vereda y la reposición de la especie.
ARTICULO 2°. -ORDENAR al propietario frentista, la construcción de cazuela y obligatoria reposición, en el plazo legal establecido, de otro forestal de menor porte apto para el arbolado público debiendo ser, la especie sugerida: Lapachillo amarillo (Handrotanthus chrysotrichus) de altura igual o mayor a 1,50m. Bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ser pasible de las sanciones correspondientes.
ARTICULO 3°. - TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos.
ARTICULO 4º.- NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar
RESOLUCIÓN N° 572
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENTE: EXPTE. Nº 62355-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.-HACER LUGAR a la solicitud de PODA de despeje de luminarias y de líneas únicamente de las ramas que tocan el cableado aéreo, de un (01) forestal perteneciente a la especie JACARANDA, ubicado en Bº Tres Cerritos, Calle Los Azahares Nº 152, quedando a cargo de la misma la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
ARTICULO 2°.-TOMAR razón las distintas dependencias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos.
ARTICULO 3º.-NOTIFICAR del contenido de la presente Resolución a los involucrados.
ARTICULO 4º.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.
GALINDEZ
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Salta, 06 de Abril de 2018.-
SOLER
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SALTA, 06 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N°573 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXPTE. N° 41133-SG-2012
RESOLUCION Nº 571
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 84328-SG-2017
POR ELLO:
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
LA SUB SECRETARIA DESARROLLO AMBIENTAL SUSTENTABLE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E :
DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- EL Solicitante deberá presentar por duplicado y con copia en soporte informático, un Informe de Auditoría Ambiental y Social de seguimiento, acorde con lo prescripto por el artículo 26º y concordantes de la ordenanza N° 12.745.
Especialmente deberá tener en cuenta, entre otros, los siguientes requisitos:
El responsable del proyecto deberá presentar el Informe de Auditoría Ambiental y Social firmado por un profesional que acredite, mediante constancia, estar inscripto en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo consejo y/o Colegio Profesional
Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos
En caso de que el Informe de Auditoría Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, la misma deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745
el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00
Por tratarse de una Renovación de CAAM, debe incorporarse en el Informe un análisis de los cambios (si corresponde) que hubo en el desarrollo de la actividad en este último período, las consecuencias (impactos) de los mismos (si aplica
Así también deberá hacerse referencia a los resultados de los planes de gestión ambiental (PGA) propuestos en el Estudio/Informe anterior, y al cumplimiento y eficacia de las acciones propuestas para el buen desempeño ambiental de la actividad (en este punto deben incluirse los resultados de los indicadores relacionados a las corrientes de desechos generadas por la actividad). En el caso de no haberse cumplido el PGA propuesto, o que del análisis de los indicadores surja que las medidas propuestas no fueron eficaces, debe justificarse y proponerse las correspondientes medidas alternativas en el nuevo PGA
ARTICULO 2°.- NOTIFICAR a la firma “SANTIAGO SAENZ S.A.”, la
presente Resolución
ARTICULO 3°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 4°.- COMUNICAR, publicar en el BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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El equipo profesional responsable de la elaboración de los Informes de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art.
1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos
RESOLUCION N° 574 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 25382/08
POR ELLO:
Salta, 06 de Abril de 2018.-
Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Informes de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o activad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Informe de Auditoría Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00
Los informes realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Informe de Auditoría Ambiental y Social y por
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA - VENTA DE AVES FAENADAS, código de actividad Nº 621013 - 621021, desarrollada por el Sr. CLEMENTE LAMAS, D.N.I. Nº 24,194,437, en un local sito en manzana 441 C - Casa Nº 2, Bº PALERMO II, catastro Nº 111200 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA - VENTA
DE AVES FAENADAS presentada por el Sr. CLEMENTE LAMAS,
D.N.I. Nº 24,194,437, desarrollada en un local sito en manzana 441 C - Casa Nº 2, Bº PALERMO II, catastro Nº 111200, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Sr. CLEMENTE LAMAS, D.N.I. Nº 24,194,437, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL
MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-59683 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA FRIGORIFICA - VENTA DE AVES FAENADAS, código de actividad Nº 621013 - 621021 a desarrollarse en el local sito en manzana 441 C - Casa Nº 2, Bº PALERMO II, catastro Nº 111200, de esta ciudad
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. CLEMENTE LAMAS, D.N.I. Nº
24,194,437 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 06 de Abril de 2018.-
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
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Salta,06 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 576 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 22226/08
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS -
CABINAS TELEFONICAS (2), presentada por la Sra. DOMINGA CRESENCIA GARCIA, D.N.I. Nº 14,304,071, desarrollada en un local sito en manzana 200 - Casa Nº 18, Bº NORTE GRANDE catastro Nº 118656 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
RESOLUCION N° 575 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 28283-SG-2013
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA MAYORISTA DE LACTEOS Y FIAMBRERIA
CON CAMARA FRIGORIFICA, presentada por el Sr. ALEJANDRO AMAL SACUR, D.N.I. Nº 33,892,337, desarrollada en un local sito en avenida DR. MIGUEL RAGONE Nº 1343, COMPLEJO
HABITACIONAL SUR catastro Nº 106969 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor del Sr. ALEJANDRO AMAL SACUR, D.N.I. Nº 33,892,337 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-72462 correspondiente a la actividad VENTA MAYORISTA DE LACTEOS Y FIAMBRERIA CON CAMARA
FRIGORIFICA, código de actividad Nº 621064 - 611115 a desarrollarse en el local sito en avenida DR. MIGUEL RAGONE Nº 1343, COMPLEJO HABITACIONAL SUR catastro Nº 106969 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Sr. ALEJANDRO AMAL SACUR,
D.N.I. Nº 33,892,337 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
ARTICULO 2°.- RENOVAR a favor de la Sra. DOMINGA CRESENCIA GARCIA, D.N.I. Nº 14,304,071 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-75992 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - CABINAS TELEFONICAS (2),
código de actividad Nº 624403 - 621072 - 621021 - 720046 a desarrollarse en el local sito en manzana 200 - Casa Nº 18, Bº NORTE GRANDE catastro Nº 118656 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL
ARTICULO 3°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR a la Sra. DOMINGA CRESENCIA
GARCIA, D.N.I. Nº 14,304,071 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar
GALINDEZ
*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*-*
Salta, 06 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 577 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 61868-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE
Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- RECTIFICAR parcialmente la Resolución Nº 0130/18 de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos dejando establecido que el domicilio correcto donde se desarrolla la actividad comercial “CONFITERIA SIN ESPECTACULO - VENTA DE SUSHI” a cargo del Sr. GERARDO SABURO ENRIQUE TAKAKURA, D.N.I. Nº 27,477,334 es calle GRAL. BALCARCE Nº 805 - Local "B", Bº AREA CENTRO,
catastro Nº 9625 de esta ciudad.
ARTICULO 2°.- ESTABLECER que la vigencia del CAAM no se extiende más allá del vencimiento del plazo de dos (2) años establecido en la Resolución Nº 0130/18, de la Secretaria de Ambiental y Servicios Públicos, caducando automáticamente al vencimiento de dicho plazo. Por lo que la titular deberá solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-
ARTICULO 3°.- NOTIFICAR al Sr. GERARDO SABURO ENRIQUE
TAKAKURA, D.N.I. Nº 27,477,334 la presente Resolución.-
ARTICULO 4°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 578 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 74568-SG-2014
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA DE EMPRESA DE MANTENIMIENTO - LAVADERO DE COLECTIVOS DE LARGA DISTANCIA - MANTENIMEINTO Y MECANICA LIGERA, código de
actividad Nº 959944 - 711632 - 951315, desarrollada por la firma TOTAL BUS S.R.L., CUIT Nº 30-71234126-9, en un local sito en calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 120, Bº MUNICIPAL, catastro Nº 59475
de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA DE EMPRESA DE MANTENIMIENTO - LAVADERO DE COLECTIVOS DE LARGA DISTANCIA - MANTENIMEINTO Y MECANICA LIGERA, presentada por el Sr. RUBEN WALTER ANTONIO TKACZUK D.N.I. Nº
18,507,582, desarrollada en un local sito en calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 120, Bº MUNICIPAL, catastro Nº 59475 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma TOTAL BUS S.R.L., CUIT Nº 30-71234126-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
78066 correspondiente a la actividad OFICINA ADMINISTRATIVA DE
EMPRESA DE MANTENIMIENTO - LAVADERO DE COLECTIVOS DE LARGA DISTANCIA - MANTENIMEINTO Y MECANICA LIGERA,
código de actividad Nº 959944 - 711632 - 951315 a desarrollarse en el local sito en calle VICARIO DIEZ ZAMBRANO Nº 120, Bº MUNICIPAL, catastro Nº 59475 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. RUBEN WALTER ANTONIO
TKACZUK, D.N.I. Nº 18,507,582 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 579 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 77357-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013, desarrollada por la Sra. BRENDA SELENA GARCIA SILVESTRI, D.N.I. Nº 41,019,887, en un local sito en calle VICENTE LOPEZ Nº 3090, Bº LAMADRID, catastro Nº 63177 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA SIN CAMARA presentada por la Sra. BRENDA SELENA GARCIA SILVESTRI, D.N.I. Nº 41,019,887,
desarrollada en un local sito en calle VICENTE LOPEZ Nº 3090, Bº LAMADRID, catastro Nº 63177, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. BRENDA SELENA GARCIA SILVESTRI, D.N.I. Nº 41,019,887, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° SLA-78068 correspondiente a la actividad CARNICERIA SIN CAMARA, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en calle VICENTE LOPEZ Nº 3090, Bº LAMADRID, catastro Nº 63177, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. BRENDA SELENA GARCIA
SILVESTRI, D.N.I. Nº 41,019,887 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente
RESOLUCION N° 581 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 46115-SG-2017
POR ELLO:
Salta, 10 de Abril de 2018.-
al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 580 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 65070-SG-2016
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAN, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723, desarrollada por la Sra. MICAELA ABIGAIL ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 38,976,237, en
un local sito en calle ITUZAINGO Nº 506/510, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3602 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAN presentada por la Sra. MICAELA ABIGAIL ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 38,976,237,
desarrollada en un local sito en calle ITUZAINGO Nº 506/510, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3602, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. MICAELA ABIGAIL ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 38,976,237, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° SLA-78069 correspondiente a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PAN, código de actividad Nº 621080 - 311715 - 311723 a desarrollarse en el local sito en calle ITUZAINGO Nº 506/510, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3602, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. MICAELA ABIGAIL
ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 38,976,237 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
GALINDEZ
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad LUBRICENTRO, código de actividad Nº 951315, desarrollada por el Sr. RODOLFO RODRIGO SCHIRADO, D.N.I. Nº 22,574,385, en un local sito en calle J. DIAZ DE BEDOYA Nº 825, Vª SAN ANTONIO, catastro Nº 19229 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad LUBRICENTRO presentada por el Sr. RODOLFO RODRIGO SCHIRADO, D.N.I. Nº 22,574,385, desarrollada en un local sito en calle J. DIAZ DE BEDOYA Nº 825, Vª SAN ANTONIO, catastro Nº 19229, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Sr. RODOLFO RODRIGO SCHIRADO, D.N.I. Nº 22,574,385, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78071 correspondiente a la actividad LUBRICENTRO, código de actividad Nº 951315 a desarrollarse en el local sito en calle J. DIAZ DE BEDOYA Nº 825, Vª SAN ANTONIO, catastro Nº 19229, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. RODOLFO RODRIGO SCHIRADO,
D.N.I. Nº 22,574,385 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION N° 582 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 6559-SG-2018
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS CON VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº
631027 - 624403, desarrollada por el Sr. GUSTAVO RENE AVECILLA,
D.N.I. Nº 25,218,034, en un local sito en calle RADIO INDEPENDENCIA DE TUCUMAN Nº 3052 - Local 4, Bº INTERSINDICAL, catastro Nº 131872 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS CON VENTA DE
BEBIDAS ANALCOHOLICAS presentada por el Sr. GUSTAVO RENE AVECILLA, D.N.I. Nº 25,218,034, desarrollada en un local sito en calle RADIO INDEPENDENCIA DE TUCUMAN Nº 3052 - Local 4, Bº
INTERSINDICAL, catastro Nº 131872, de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Sr. GUSTAVO RENE AVECILLA, D.N.I. Nº 25,218,034, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78072 correspondiente a la actividad
ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS CON VENTA DE BEBIDAS
ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº 631027 - 624403 a desarrollarse en el local sito en calle RADIO INDEPENDENCIA DE TUCUMAN Nº 3052 - Local 4, Bº INTERSINDICAL, catastro Nº 131872, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. GUSTAVO RENE AVECILLA, D.N.I.
Nº 25,218,034 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 583 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 2749-SG-2018
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS - CAMARA DE FRIO AUXILIAR UNA (01) - VENTA DE BEBIDAS
ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº 631027 - 624403, desarrollada por la firma EL PRESENTE S.R.L., CUIT Nº 30-71583977- 2, en un local sito en avenida INDEPENDENCIA Nº 508 Esq. CORDOBA, Vª CEFERINO, catastro Nº 9746 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS - CAMARA DE FRIO AUXILIAR UNA (01) - VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS,
presentada por el Sr. DIEGO GONZALO BENEDETTINI D.N.I. Nº 34,071,317, desarrollada en un local sito en avenida INDEPENDENCIA Nº 508 Esq. CORDOBA, Vª CEFERINO, catastro Nº 9746 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma EL PRESENTE S.R.L., CUIT Nº 30-71583977-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-
78073 correspondiente a la actividad ELABORACION Y VENTA DE PIZZAS - CAMARA DE FRIO AUXILIAR UNA (01) - VENTA DE
BEBIDAS ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº 631027 - 624403 a desarrollarse en el local sito en avenida INDEPENDENCIA Nº 508 Esq. CORDOBA, Vª CEFERINO, catastro Nº 9746 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Sr. DIEGO GONZALO BENEDETTINI,
D.N.I. Nº 34,071,317 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
GALINDEZ
Salta, 10 de Abril de 2018.-
RESOLUCION Nº 584 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 37692-SG-2017
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CONSULTORIOS MEDICOS EXTERNOS (7) - LABORATORIO BIOQUIMICO (1), código de actividad Nº 933120 - 933139, desarrollada por la firma ARCADIA SALUD S.R.L., CUIT Nº 33-71471884-9, en un local sito en calle URQUIZA Nº 181, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 7390 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CONSULTORIOS MEDICOS EXTERNOS (7) -
LABORATORIO BIOQUIMICO (1), presentada por la Sra. CARINA ANDREA TALLANO D.N.I. Nº 25,196,528, desarrollada en un local sito en calle URQUIZA Nº 181, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 7390 de la ciudad de Salta, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma ARCADIA SALUD S.R.L., CUIT Nº 33-71471884-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-78074 correspondiente a la actividad
CONSULTORIOS MEDICOS EXTERNOS (7) - LABORATORIO
BIOQUIMICO (1), código de actividad Nº 933120 - 933139 a desarrollarse en el local sito en calle URQUIZA Nº 181, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 7390 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. CARINA ANDREA TALLANO,
D.N.I. Nº 25,196,528 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 10 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 585 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 2283-SG-2018
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CASA DE INQUILINATO - CONFITERIA SIN ESPECTACULO, código de actividad Nº 632015 - 631035, desarrollada por la Sra. XXXXXX DEL XXXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 18,230,909, en
un local sito en calle XXXX XXXXXX Nº 68, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 17755 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CASA DE INQUILINATO - CONFITERIA SIN
ESPECTACULO presentada por la Sra. XXXXXX DEL XXXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 18,230,909, desarrollada en un local sito en calle XXXX XXXXXX Nº 68, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 17755, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Sra. XXXXXX DEL XXXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 18,230,909, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° SLA-78077 correspondiente a la actividad
CASA DE INQUILINATO - CONFITERIA SIN ESPECTACULO, código
de actividad Nº 632015 - 631035 a desarrollarse en el local sito en calle XXXX XXXXXX Nº 68, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 17755, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Sra. XXXXXX DEL XXXXXXX
XXXXXX, D.N.I. Nº 18,230,909 la presente Resolución.
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 10 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 586 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 86118-SG-2017 POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA CON CAMARA DE FRIO UNA (01), código de actividad Nº 621013, desarrollada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 40,875,238, en un local sito en avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1476, Bº XXXXXXX XXXXX, catastro Nº 14769 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA CON CAMARA DE FRIO UNA (01)
presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 40,875,238, desarrollada en un local sito en avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1476, Bº XXXXXXX XXXXX, catastro Nº 14769, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Xx. XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 40,875,238, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78078 correspondiente a la actividad CARNICERIA CON CAMARA DE FRIO UNA (01), código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1476, Bº XXXXXXX XXXXX, catastro Nº 14769, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXXXX
XXXXXXXXX, X.X.X. Nº 40,875,238 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 10 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 587 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 54736-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad SUPERMERCADO SIN VENTA DE CARNE - CAMARA DE FRIO (01), código de actividad Nº 624403, desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXX, D.N.I. Nº 95,219,957, en un local sito en calle ZUVIRIA Nº 720, catastro Nº 66192 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad SUPERMERCADO SIN VENTA DE CARNE - CAMARA
DE FRIO (01) presentada por la Xxx. XXXXXX XXX, D.N.I. Nº 95,219,957, desarrollada en un local sito en calle ZUVIRIA Nº 720, catastro Nº 66192, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXX, D.N.I. Nº 95,219,957, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-78079 correspondiente a la actividad SUPERMERCADO SIN VENTA DE CARNE - CAMARA DE FRIO (01), código de actividad Nº 624403 a desarrollarse en el local sito en calle ZUVIRIA Nº 720, catastro Nº 66192, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXX, D.N.I. Nº
95,219,957 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
SALTA, 10 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 588
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 51.329-SG-2017
58.201-SG-2017.
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como xx Xxxxxxx Impacto Ambiental y Social, al proyecto de obra EDIFICIO 50 UNIDADES FUNCIONALES, 1 LOCAL COMERCIAL Y 2 OFICINAS a desarrollarse
en el predio identificado con la nomenclatura catastral Sección H, Manzana 2, Parcela 25, Matrícula 4.999.-, localizado en xxxxx 00 xx
Xxxxxxx Xx 1.466.-, propiedad fiduciaria de la Xxx. XXXX XXXXX XXXXXXXX, D.N.I. 11.592.520.-, FIDUCIARIO del “Fideicomiso
Xxxxxxxx 00”.-
XXXXXXXX 2º.- EL proponente deberá presentar por duplicado y copia en soporte informático un Estudio de Impacto Ambiental y Social acorde a lo dispuesto por el artículo 12º de la Ordenanza 12.745; el mismo deberá contemplar en su análisis todas las etapas del proyecto de obra.
Especialmente deberá tener en cuenta, los siguientes requisitos:
| El responsable del proyecto deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental y Social firmado por profesionales que acrediten, mediante constancia, estar inscriptos en el Registro de Evaluadores de la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo Consejo y/o Colegio Profesional. Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos). | |
| | En caso de que el Estudio de Impacto Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, el mismo deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745. El equipo profesional responsable de la |
elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Estudios de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o actividad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Estudio de Impacto Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
Los Estudio de Impacto Ambiental y Social realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Estudio de Impacto Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
El Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado deberá, además de cumplimentar con lo establecido en la Ordenanza Nº 12.745 y sus modificatorias, contener un capítulo específico destinado a desarrollar la “incidencia que el proyecto acarreará a los servicios públicos de la ciudad xx Xxxxx” y otro que contemple el impacto que la ejecución de la obra y el edificio terminado pueda causar al entorno urbano y al paisaje”.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXX XXXXX XXXXXXXX, D.N.I.
11.592.520.-, FIDUCIARIO del “Fideicomiso Edificio 20”, la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 589 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 55936-SG-17
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad REGALERIA - ESTUDIO DE DANZAS, código de actividad Nº 624381 - 931013, desarrollada por el Xx. XXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 32,001,049, en un local sito en Calle GRAL. XXXXXXXX Nº 1764, LOCAL 1 P.B., Bº CAMPO CASEROS, catastro
Nº 175839 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad REGALERIA - ESTUDIO DE DANZAS presentada por el Xx. XXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 32,001,049, desarrollada en un local sito en Calle GRAL. XXXXXXXX Nº 1764, LOCAL 1 P.B., Bº CAMPO CASEROS, catastro Nº 175839, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Xx. XXXX XXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 32,001,049, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-78049 correspondiente a la actividad REGALERIA - ESTUDIO DE DANZAS, código de actividad Nº 624381 - 931013 a desarrollarse en el local sito en Calle GRAL. XXXXXXXX Nº 1764, LOCAL 1 P.B., Bº CAMPO CASEROS, catastro Nº 175839, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXX XXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº
32,001,049 la presente Resolución.
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta,11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 590 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 203979/10
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad RESTAURANTE - PARRILLADA, presentada por la Xxx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 17,696,783 , desarrollada
en un local sito en avenida XXXXX CATOLICOS Nº 1465, Bº FERROVIARIO, catastro Nº 24248 - 24249 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma VIEJO JACK S.R.L., CUIT Nº 30-70006160-0 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX-
00000 correspondiente a la actividad RESTAURANTE - PARRILLADA, código de actividad Nº 631019 - 631027 a desarrollarse en el local sito en avenida XXXXX CATOLICOS Nº 1465, Bº FERROVIARIO, catastro Nº 24248 - 24249 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXXXX XXXXXX,
D.N.I. Nº 17,696,783 la presente Resolución
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 591 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N°77278-SG-2012
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA, presentada por la Xxx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 27,701,190 , desarrollada en un local sito en avenida XXXXX CATOLICOS Nº 1454, Bº TRES CERRITOS, catastro Nº 21978 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;_
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma LA GAUCHADA S.R.L., CUIT Nº 30-71216157-0 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL XXX-
00000 correspondiente a la actividad ROTISERIA, código de actividad Nº 621056 a desarrollarse en el local sito en avenida XXXXX CATOLICOS Nº 1454, Bº TRES CERRITOS, catastro Nº 21978 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX,
D.N.I. Nº 27,701,190 la presente Resolución.
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 592 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N°58442-SG-2013
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULO - ELABORACION Y VENTA DE PANCHOS - VENTA DE HELADOS AL DETALLE Y
ENVASADOS EN ORIGEN, presentada por el Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 20,609,953 , desarrollada en un local sito en calle XXXX XXXXXXXX XXXXXXX Nº 34, Bº AREA CENTRO, catastro Nº
5079 de la ciudad xx Xxxxx de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada;
ARTICULO 2°.-RENOVAR a favor de la firma CUATRO M DEL NORTE S.R.L., CUIT Nº 30-71419325-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-72856 correspondiente a la actividad CONFITERIA SIN ESPECTACULO - ELABORACION Y VENTA DE PANCHOS - VENTA DE HELADOS AL DETALLE Y ENVASADOS EN
ORIGEN, código de actividad Nº 631051 - 621056 - 631043 - 624403 a desarrollarse en el local sito en calle XXXX XXXXXXXX XXXXXXX Nº 34, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 5079 de esta ciudad, manteniendo la Categoría de BAJO IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
ARTICULO 3°.- El referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente
al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 4°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 20,609,953 la presente Resolución.
ARTICULO 5°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 6°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 593 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 68459-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad BAR SIN ESPECTACULO - 07 (SIETE) MESAS XX XXXXXX, código de actividad Nº 631035 - 949034, desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 12,305,075, en un local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1352, Bº XXXXXXX XXXXX,
catastro Nº 7394 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad BAR SIN ESPECTACULO - 07 (SIETE) MESAS XX
XXXXXX presentada por la Xxx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 12,305,075, desarrollada en un local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1352, Bº XXXXXXX XXXXX, catastro Nº 7394, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 12,305,075, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78060 correspondiente a la actividad BAR SIN ESPECTACULO - 07 (SIETE) MESAS XX XXXXXX, código de actividad Nº 631035 - 949034 a desarrollarse en el local sito en Avenida GRAL. SAN XXXXXX Nº 1352, Bº XXXXXXX XXXXX, catastro Nº 7394, de
esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXX XXXXXXXX,
D.N.I. Nº 12,305,075 la presente Resolución.
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
RESOLUCION N° 594 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ARMADO DE MUEBLES DE MELAMINA Y MADERA Y PANELES DE PLACA Y MADERA, código de actividad Nº 332011, desarrollada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX,
D.N.I. Nº 4,447,475, en un local sito en Calle XXXXXXXX XXXXXXX Nº
REFERENCIA: EXP. N° 58007-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad FOTOCOPIADORA - DESPENSA - VENTA DE SANDWICHES FRIOS - SERVICIO DE CAFETERIA A DOMICILIO,
código de actividad Nº 832979 - 624403 - 621056 - 959944, desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXXX, D.N.I. Nº 6,217,921, en un local sito en Xxxxx XX. XXXXXX XXXXXX Xx 000, Xx XXX XXXXXX,
xxxxxxxx Xx 00000 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad FOTOCOPIADORA - DESPENSA - VENTA DE SANDWICHES FRIOS - SERVICIO DE CAFETERIA A DOMICILIO
presentada por la Xxx. XXXXXX XXXX, D.N.I. Nº 6,217,921, desarrollada en un local sito en Calle XX. XXXXXX XXXXXX Nº 270, Bº SAN XXXXXX, catastro Nº 96974, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXXX, D.N.I. Nº 6,217,921, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-78061
correspondiente a la actividad FOTOCOPIADORA - DESPENSA - VENTA DE SANDWICHES FRIOS - SERVICIO DE CAFETERIA A
DOMICILIO, código de actividad Nº 832979 - 624403 - 621056 - 959944 a desarrollarse en el local sito en Calle XX. XXXXXX XXXXXX Nº 270, Bº SAN XXXXXX, catastro Nº 96974, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXX, D.N.I. Nº
6,217,921 la presente Resolución.-
590, Vª PRIMAVERA, catastro Nº 32554 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ARMADO DE MUEBLES DE MELAMINA Y MADERA Y
PANELES DE PLACA Y MADERA presentada por el Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, D.N.I. Nº 4,447,475, desarrollada en un local sito en Calle XXXXXXXX XXXXXXX Nº 590, Vª PRIMAVERA, catastro Nº 32554, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX, D.N.I. Nº 4,447,475, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78062 correspondiente a la actividad ARMADO DE MUEBLES DE MELAMINA Y MADERA Y PANELES DE PLACA Y
MADERA, código de actividad Nº 332011 a desarrollarse en el local sito en Calle XXXXXXXX XXXXXXX Nº 590, Vª PRIMAVERA, catastro Nº 32554, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX,
D.N.I. Nº 4,447,475 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 595 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 58340-SG-16
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
RESOLUCION Nº 596 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 2262-SG-2018
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad PANADERIA (VENTA Y COCCION DE PAN) - CAFETERIA - DESPENSA - VENTA DE HELADOS AL DETALLE,
código de actividad Nº 621080 - 621035 - 624403 - 631043, desarrollada por la firma VIRGEN DEL SALIENTE S.R.L., CUIT Nº 30- 70858154-9, en un local sito en avenida ARENALES Nº 315, Vª BELGRANO, catastro Nº 6423 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad PANADERIA (VENTA Y COCCION DE PAN) - CAFETERIA - DESPENSA - VENTA DE HELADOS AL DETALLE,
presentada por el Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXX D.N.I. Nº 25,885,745, desarrollada en un local sito en avenida ARENALES Nº 315, Vª BELGRANO, catastro Nº 6423 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma VIRGEN DEL SALIENTE S.R.L., CUIT Nº 30-70858154-9 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el
PADRON AMBIENTAL SLA-78065 correspondiente a la actividad PANADERIA (VENTA Y COCCION DE PAN) - CAFETERIA - DESPENSA - VENTA DE HELADOS AL DETALLE, código de
actividad Nº 621080 - 621035 - 624403 - 631043 a desarrollarse en el local sito en avenida ARENALES Nº 315, Vª BELGRANO, catastro Nº 6423 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXX XXXXXX XXXXX
XXXXXXXX, D.N.I. Nº 25,885,745 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
SALTA, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 597
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 65.779-SG-2016.
18.140-SG-2017.
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- CATEGORIZAR como xx Xxxxxxx Impacto Ambiental y Social, al proyecto de obra VIVIENDA MULTIFAMILIAR 16 UF/ LOCAL COMERCIAL de propiedad de la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, D.N.I. 28.633.081.- y otros, a desarrollarse en el predio identificado con la nomenclatura catastral Xxxxxxx X, Xxxxxxx 00, Xxxxxxx 0, Xxxxxxxxx 10.346, localizado en Xx. Xxxxxxxxx Xx 000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxx.-
ARTICULO 2º.- EL proponente deberá presentar por duplicado y copia en soporte informático un Estudio de Impacto Ambiental y Social acorde a lo dispuesto por el artículo 12º de la Ordenanza 12.745; el mismo deberá contemplar en su análisis todas las etapas del proyecto de obra.
Especialmente deberá tener en cuenta, los siguientes requisitos:
La responsable del proyecto deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental y Social firmado por profesionales que acrediten, mediante constancia, estar inscriptos en el Registro de Evaluadores de
| la Secretaria de Medio de Ambiente de la Provincia, creado por el Art.41de la ley 7.070 o la que en futuro la reemplace, quien es responsable por la veracidad, corrección técnica y efectos de lo expresado en dicho informe. Asimismo dicho profesional deberá estar habilitado por el respectivo Consejo y/o Colegio Profesional. Los consultores individuales deberán adjuntar los instrumentos formales pertinentes que acrediten su inscripción vigente en el Registro de Consultores de la Provincia, y la vigencia de la matrícula profesional habilitante, expedidos por la autoridad o entidad competente (art.3º y 4º Res. Nº 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos). | |
| | En caso de que el Estudio de Impacto Ambiental y Social sea realizado con participación de una firma de consultora, el mismo deberá estar firmado por su responsable técnico y por el responsable legal de la firma quienes asumen la responsabilidad prevista en el artículo 11 de la Ordenanza Nº 12.745. El equipo profesional responsable de la |
elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental y Social deberá estar integrado por un Coordinador y por un equipo de profesionales el cual sumadas las incumbencias dadas por el título de grado, abarque todas las áreas temáticas o aspectos contenidos en las respectivas presentaciones (art. 1º y 2º Res. 091/12 de la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos).
Los organismos competentes en las respectivas materias no darán curso a los Estudios de Impacto Ambiental y Social sometidos a su consideración, que no sean suscriptos por el titular de la obra o actividad y por o los consultores registrados y/o habilitados. Asimismo tampoco darán curso al Estudio de Impacto Ambiental y Social que abarquen áreas temáticas o aspectos que no estén comprendidos en las incumbencias profesionales del consultor firmante o de los profesionales integrantes de las firmas consultoras. (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
Los Estudios de Impacto Ambiental y Social realizados por firmas consultoras, deberán ser rubricados por los profesionales encargado de cada uno de los aspectos abarcados en el Estudio de Impacto Ambiental y Social y por el Director técnico de la misma (art.7º Dec. Pcial. Nº 1.587/03 modificatorio del art.77del Dcto. Reglamentario Nº 3.097/00).
El Estudio de Impacto Ambiental y Social presentado deberá, además de cumplimentar con lo establecido en la Ordenanza Nº 12.745 y sus modificatorias, contener un capítulo específico destinado a desarrollar la “incidencia que el proyecto acarreará a los servicios públicos de la ciudad xx Xxxxx” y otro que contemple el impacto que la ejecución de la obra y el edificio terminado pueda causar al entorno urbano y al paisaje”.
Asimismo, deberá hacerse referencia en el Documento técnico presentado, a las etapas de la obra referentes a la provisión de los servicios (luz, agua. Gas, otros), mencionando a modo general las etapas de ejecución de estas pequeñas obras y el análisis de los potenciales impactos que generarán con sus respectivas acciones de prevención/mitigación.
Igualmente, el proponente deberá presentar la siguiente documentación:
a) Informe de Auditoría Ambiental y Social, acorde a lo establecido por el art. 26º de la Ordenanza Nº 12.745, que contemple en su contenido las etapas ya ejecutadas del proyecto en cuestión. Además el Informe deberá contener como mínimo el tratamiento de los siguientes puntos:
1. Cronograma de Obra especificando, desde la fecha de inicio de la primera etapa del proyecto (demolición) las etapas ya ejecutadas y las etapas aún no desarrolladas, detallando los plazos de ejecución de éstas últimas.
2. Auditoría Ambiental de la etapa de Demolición, describiendo los impactos ambientales y sociales provocados, su relevancia y las acciones que fueron tomadas para mitigarlos. En lo posible adjuntar registros documentales y/o fotográficos al respecto.
3. Las medidas del Plan de Gestión Ambiental aplicadas durante la ejecución de las etapas de la obra descriptas en el punto 1. En este ítem debe procederse a la identificación y valoración de los impactos sociales que pudieren haberse generado como consecuencia de la realización de las mencionadas etapas.
En razón del avance de la obra, conforme los informes de los Inspectores de obras que xxxxx en el expediente de referencia, el proponente deberá presentar un Acta de constatación del estado actual de las propiedades colindantes con el edificio en construcción, realizada por Escribano público, acompañando el correspondiente registro fotográfico..
b) Estudio de Impacto Ambiental y Social acorde a lo dispuesto por el artículo 12º de la Ordenanza 12.745, que contemple en su análisis las etapas del proyecto de obra que quedan por ejecutar.
Comunicar a esta entidad cualquier cambio funcional o estructural del proyecto inicial que fue presentado.
ARTICULO 3º.- NOTIFICAR a la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, D.N.I. 28.633.081.- y otros, la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 5º.- COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y Archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 598 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 75703-SG-2017 POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE HELADOS AL DETALLE - VENTA DE PRODUCTOS CONGELADOS (PIZZAS), código de actividad Nº 631043 - 624403, desarrollada por el Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX,
D.N.I. Nº 35,478,521, en un local sito en avenida XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 1485, Vª XXXXXXXX, catastro Nº 44088 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE HELADOS AL DETALLE - VENTA DE
PRODUCTOS CONGELADOS (PIZZAS) presentada por el Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX, D.N.I. Nº 35,478,521, desarrollada en un local sito en avenida XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 1485, Xx XXXXXXXX,
catastro Nº 44088, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor del Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX,
D.N.I. Nº 35,478,521, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N° SLA-78064 correspondiente a la actividad VENTA DE HELADOS AL DETALLE - VENTA DE PRODUCTOS CONGELADOS (PIZZAS), código de actividad Nº 631043 - 624403 a desarrollarse en el local sito en avenida XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX Nº 1485, Xx XXXXXXXX, catastro Nº 44088, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXX XXXXXX XXXXXX, D.N.I.
Nº 35,478,521 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 11 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 599 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 85865-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ALMACEN POR MENOR - PERFUMERIA - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - PESCADOS
ENVASADOS EN ORIGEN, código de actividad Nº 624403 - 624128 - 621021 - 621048, desarrollada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 92,735,021, en un local sito en calle XXXXX X. XXXX Nº 2053 Esq. XXXXXXXX XX XXXXX, Xx XXXXXXX,
catastro Nº 84179 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR - PERFUMERIA - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - PESCADOS ENVASADOS EN
ORIGEN presentada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 92,735,021, desarrollada en un local sito en calle XXXXX X. XXXX Nº 2053 Esq. XXXXXXXX XX XXXXX, Vª
XXXXXXX, catastro Nº 84179, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 92,735,021, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el
PADRON AMBIENTAL N° SLA-78067 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR - PERFUMERIA - VENTA DE AVES FAENADAS Y DERIVADOS - PESCADOS ENVASADOS EN ORIGEN,
código de actividad Nº 624403 - 624128 - 621021 - 621048 a desarrollarse en el local sito en calle XXXXX X. XXXX Nº 2053 Esq. XXXXXXXX XX XXXXX, Xx XXXXXXX, catastro Nº 84179, de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX
XXXXXXXXX, D.N.I. Nº 92,735,021 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
SALTA, 11 xx Xxxxx del 2018.-
RESOLUCION Nº 600
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 22034-SG-2018
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E :
ARTICULO 1°.- DEROGAR a partir de la fecha 11/04/2018, la Resolución N° 041, con fecha 06 de Febrero del 2018, emitida por esta Secretaria, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2°.- DESIGNAR a la Xxx. XXXXX, XXXXXX XXXXXXX, DNI
N° 00.000.000, como Responsable de la Caja Chica Maestra de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos, a partir de la fecha 11/04/2018.-
ARTICULO 3°.- ESTABLECER que la designación de la agente mencionada en el Artículo 2° no implica retribución alguna, siendo sus funciones complementarias a las asignadas.-
ARTICULO 4°.-NOTIFICAR del presente instrumento legal a la Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx y a la Xxx. Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, por la Dirección de Despacho de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos. Remitir copia a la Secretaria de Hacienda.-
ARTICULO 5°.-TOMAR razón las Sub Secretarias de la Secretaria de Ambiente y Servicios Públicos y Secretaria de Hacienda con sus respectivas dependencias.-
ARTICULO 6°.-COMUNICAR, publicar en el Boletín Oficial Municipal y archivar.-_
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 601
SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 3233-SG-2018
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad MERCADITO CON CARNICERIA - CAMARAS FRIGORIFICAS (02), código de actividad Nº 624403 - 621013, desarrollada por la Xxx. XXXX XXXX, D.N.I. Nº 95,341,123, en un local sito en calle LA CAPITAL X. XXX XXXXX S/ Nº Esq. DIARIO LA OPINION, Bº EL TRIBUNO, catastro Nº 129372 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad MERCADITO CON CARNICERIA - CAMARAS FRIGORIFICAS (02) presentada por la Xxx. XXXX XXXX, D.N.I. Nº 95,341,123, desarrollada en un local sito en calle LA CAPITAL X. XXX XXXXX S/ Nº Esq. DIARIO LA OPINION, Bº EL TRIBUNO, catastro Nº
129372, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXX XXXX, D.N.I. Nº 95,341,123, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON AMBIENTAL N°
SLA-78044 correspondiente a la actividad MERCADITO CON CARNICERIA - CAMARAS FRIGORIFICAS (02), código de actividad Nº 624403 - 621013 a desarrollarse en el local sito en calle LA CAPITAL X. XXX XXXXX S/ Nº Esq. DIARIO LA OPINION, Bº EL
TRIBUNO, catastro Nº 129372, de esta ciudad.-
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXX XXXX, D.N.I. Nº
95,341,123 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 602 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 80678-SG-2017
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS, código de actividad Nº 621021, desarrollada por la firma
PRODUCTOS ALIMENTICIOS XXXXX S.A., CUIT Nº 30-710345599-2,
en un local sito en manzana 331 "A" - Casa Nº 10, Bº XXXXXXXX XXXXXXX, catastro Nº 101563 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS,
presentada por la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX D.N.I. Nº 25,801,103, desarrollada en un local sito en manzana 331 "A" - Casa Nº 10, Bº XXXXXXXX XXXXXXX, catastro Nº 101563 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma PRODUCTOS ALIMENTICIOS XXXXX S.A., CUIT Nº 30-710345599-2 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.)
registrado en el PADRON AMBIENTAL SLA-78084 correspondiente a la actividad VENTA DE AVES FAENADAS Y SUS DERIVADOS,
código de actividad Nº 621021 a desarrollarse en el local sito en manzana 331 "A" - Casa Nº 10, Bº XXXXXXXX XXXXXXX, catastro Nº 101563 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXX XXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 25,801,103 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION Nº 603 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. Nº 68528-SG-2017
POR ELLO:
XX XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad CARNICERIA CON CAMARA FRIGORIFICA AUXILIAR, código de actividad Nº 621013, desarrollada por la firma TIMON Y PUMBA S.R.L., CUIT Nº 30-71553423-8, en un local sito en calle R. DE LA PLATA Nº 2969 Esq. Avda. XXXXXXX XXXXXX, Bº
INTERSINDICAL, catastro Nº 87995 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad CARNICERIA CON CAMARA FRIGORIFICA AUXILIAR, presentada por el Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX
D.N.I. Nº 32,543,628, desarrollada en un local sito en calle R. DE LA PLATA Nº 2969 Esq. Avda. XXXXXXX XXXXXX, Bº INTERSINDICAL, catastro Nº 87995 de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo
a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la firma TIMON Y PUMBA S.R.L., CUIT Nº 30-71553423-8 el CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.) registrado en el PADRON
AMBIENTAL SLA-78100 correspondiente a la actividad CARNICERIA CON CAMARA FRIGORIFICA AUXILIAR, código de actividad Nº 621013 a desarrollarse en el local sito en calle R. DE LA PLATA Nº 2969 Esq. Avda. XXXXXXX XXXXXX, Bº INTERSINDICAL, catastro
Nº 87995 de esta ciudad.
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR al Xx. XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX,
D.N.I. Nº 32,543,628 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 604 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 61106-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad TALLERES INTEGRADORES PARA CHICOS CON CAPACIDADES DIFERENTES, código de actividad Nº 933120, desarrollada por la Xxx. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 22,574,330, en un local sito en calle ZUVIRIA Nº 820, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3169 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad TALLERES INTEGRADORES PARA CHICOS CON
CAPACIDADES DIFERENTES presentada por la Xxx. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 22,574,330, desarrollada en un local sito en calle ZUVIRIA Nº 820, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3169, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX, D.N.I. Nº 22,574,330, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78102 correspondiente a la actividad TALLERES INTEGRADORES PARA CHICOS CON CAPACIDADES
DIFERENTES, código de actividad Nº 933120 a desarrollarse en el local sito en calle ZUVIRIA Nº 820, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 3169, de esta ciudad.-
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX,
D.N.I. Nº 22,574,330 la presente Resolución.
plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78), plazos a contar en días hábiles administrativos a partir del día siguiente al de la notificación del acto.-
ARTICULO 7°.- COMUNICAR, publicar en BOLETIN OFICIAL
MUNICIPAL, archivar.-
XXXXXXXX
Salta, 13 xx Xxxxx de 2018.-
RESOLUCION N° 605 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 68210-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ROTISERIA TODO PARA LLEVAR - VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS, código de actividad Nº 621056 - 624403, desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 17,792,233, en un local sito en avenida DEL BICENTENARIO DE LA XXXXXXX XX XXXXX Nº 971, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 105014
de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ROTISERIA TODO PARA LLEVAR - VENTA DE
BEBIDAS ANALCOHOLICAS presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 17,792,233, desarrollada en un local sito en avenida DEL BICENTENARIO DE LA XXXXXXX XX XXXXX Nº
971, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 105014, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, D.N.I. Nº 17,792,233, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78099 correspondiente a la actividad ROTISERIA TODO PARA LLEVAR - VENTA DE BEBIDAS ANALCOHOLICAS,
código de actividad Nº 621056 - 624403 a desarrollarse en el local sito en avenida DEL BICENTENARIO DE LA XXXXXXX XX XXXXX Nº
971, Bº AREA CENTRO, catastro Nº 105014, de esta ciudad.-_
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-
ARTICULO 5°.- NOTIFICAR a la Xxx. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX,
D.N.I. Nº 17,792,233 la presente Resolución.-
ARTICULO 6°.- SE le hace saber que la presente Resolución puede ser objeto de los siguientes Recursos: ACLARATORIA: tres (3) días; REVOCATORIA: diez (10) días; (arts. 176 y 177 de la Ley 5348/78),
RESOLUCION N° 606 SECRETARIA DE AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS
REFERENCIA: EXP. N° 75691-SG-2017
POR ELLO:
EL XXXXXXXXXX XX XXXXXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXX
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- CATEGORIZAR como de Bajo Impacto Ambiental y Social, a la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS - VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Y ANALCOHOLICAS - VENTA DE AVES FAENADAS Y ENVASADAS
EN ORIGEN, código de actividad Nº 624403 - 621072 - 624403 - 621021, desarrollada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 32,455,124, en un local sito en calle XXX XXXX XX XXXXXX Nº 572, Bº XXXXXXX XXXX, catastro Nº 43382 de esta ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el Cap. IV, Artículo 6°, Item III, de la Ordenanza N° 12.745.-
ARTICULO 2°.- APROBAR la Declaración Jurada de Aptitud Ambiental de la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS - VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Y ANALCOHOLICAS - VENTA DE AVES FAENADAS Y ENVASADAS
EN ORIGEN presentada por la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX,
D.N.I. Nº 32,455,124, desarrollada en un local sito en calle XXX XXXX XX XXXXXX Nº 572, Bº XXXXXXX XXXX, catastro Nº 43382, de la ciudad xx Xxxxx, de acuerdo a los términos en que se encuentra confeccionada y EMITIR la Declaración de Impacto ambiental y Social.-
ARTICULO 3°.- EXTENDER a favor de la Xxx. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, D.N.I. Nº 32,455,124, EL CERTIFICADO DE APTITUD AMBIENTAL MUNICIPAL (C.A.A.M.), registrado en el PADRON
AMBIENTAL N° SLA-78098 correspondiente a la actividad ALMACEN POR MENOR - VENTA DE FRUTAS Y VERDURAS - VENTA DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Y ANALCOHOLICAS - VENTA DE AVES
FAENADAS Y ENVASADAS EN ORIGEN, código de actividad Nº 624403 - 621072 - 624403 - 621021 a desarrollarse en el local sito en calle XXX XXXX XX XXXXXX Nº 572, Bº XXXXXXX XXXX, catastro Nº 43382, de esta ciudad.-_
ARTICULO 4°.- EL referido documento tendrá vigencia por el término de dos (2) años, contados a partir de la emisión de la presente Resolución, dejándose debida constancia que la misma caducará automáticamente al vencimiento de dicho plazo, debiendo el titular solicitar la renovación del mismo con la debida anticipación.-