PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS, JURÍDICAS Y ECONÓMICO - ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LAS PARCELAS DE SUELO PÚBLICO RESULTANTES DE LA REPARCELACIÓN VOLUNTARIA DE LA UNIDAD U.E-5.1 DEL...
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS, JURÍDICAS Y ECONÓMICO - ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR EN LA ENAJENACIÓN MEDIANTE CONCURSO POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE LAS PARCELAS DE SUELO PÚBLICO RESULTANTES DE LA REPARCELACIÓN VOLUNTARIA DE LA UNIDAD U.E-5.1 DEL SECTOR S.5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS XX XXXXX CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS SOMETIDAS A RÉGIMEN DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL.
CLAUSULA 1ª OBJETO.
El objeto del presente pliego es la enajenación mediante concurso por el procedimiento abierto por el Ayuntamiento xx Xxxxx de un grupo de parcelas resultantes de la Reparcelación voluntaria de la Unidad UE.5.1 del Sector de S.5 las Normas Subsidiarias xx Xxxxx a las que el planteamiento atribuye uso residencial, que suponen 7 viviendas sometidas a Régimen de Vivienda de Protección Oficial, conforme a las condiciones que se especifican en el presente pliego.
Relación de parcelas :
Las parcelas a enajenar están incluidas en el área residencial del Sector S.5 en el término municipal xx Xxxxx.
El presente programa abarca parte de los solares para viviendas protegidas situadas en la parte oeste del Sector.
Las referidas parcelas se encuentras inscritas en el Registro de la propiedad xx Xxxxxxx con la siguiente descripción :
1.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX :Parcela nº 18.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE.5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 86,20 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 182,83 m2. Xxxxx: norte, parcelas 23 y 24; sur, vial público de nueva creación (V.2); este, parcela 17, y oeste, con parcela 19. Inscrita en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1775; Libro 78; Folio 217, Finca 6937, Inscripción 1ª, se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la Xxxx xx Xxxxxxx, 00 de 86,20 m2.
2.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela nº 19.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE. 5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 86,20 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 182,83 m2. Linda: norte, parcelas 25 y 24; sur, xxxx xxxxxxx xx xxxxx xxxxxxxx (x.0); xxxx, xxxxxxx 00; y oeste, parcela 20. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1775; Libro 178; Folio 220, Finca 6938; Inscripción 1ª. se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la Xxxx xx Xxxxxxx, 00 de 86,20 m2
3.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela nº 20.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE.5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 86,20 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 182,83. Xxxxx: norte, parcelas 26 y 25; sur, xxxx xxxxxxx xx xxxxx xxxxxxxx (X.0); xxxx, xxxxxxx 00; y oeste, parcela 21. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1775; Libro 78; Folio 213, Finca 6939; Inscripción 1ª.
se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la Xxxx xx Xxxxxxx, 00 de 86,20 m2
4.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela 21.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UR.5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 148,66 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 189,08 m2. Linda: norte, parcelas 26 y 27; sur, xxxx xxxxxxx xx xxxxx xxxxxxxx (X.0); xxxx, xxxxxxx 00; y oeste, terreno exterior a la unidad 5.1. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1779; Libro 79; Folio 1; Finca 6940; Inscripción 1ª. se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la Xxxx xx Xxxxxxx, 000 de 147,14 m2
5.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela 25.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE. 5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 86,20 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 182,83 m2. Linda: norte, vial público de nueva creación (V.1.); sur, parcelas 20 y 19; este, parcela 24; y oeste, parcela 26. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1779; Libro 79; Folio 14; Finca 6944; Inscripción 1ª.
se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la X/ Xxx Xxxxxx,0 de 86,20 m2
6.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela 26.- Descripción: Solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE.5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 86,20 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 182,83 m2. Linda: norte, vial público de nueva creación (V.1.); sur, parcelas 21 y 20; xxxx, xxxxxxx 00, x xxxxx, xxxxxxx 00. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1779; Libro 79; Folio 17; Finca 6945, Inscripción 1ª.
se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la c/ Los Xxxxxx , 9, de 86,20 m2
7.- REGISTRO LA PROPIEDAD XX XXXXXXX Parcela 27.- Descripción: solar con destino residencial unifamiliar en la unidad UE.5.1. del Sector 5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, destinada a vivienda de V.P.O., de 123,31 m2 de superficie y un aprovechamiento urbanístico total de 186,54 m2. Linda: norte, xxxx xxxxxxx xx xxxxx xxxxxxxx (X.0.); xxx, xxxxxxx 00; este, parcela 26; y oeste, terreno exterior a la unidad U.5.1. Inscrito en el Registro de la Propiedad xx Xxxxxxx en el Tomo 1779; Libro 79; Folio 20; Finca 6946; Inscripción 1ª. se corresponde con la parcela del CATASTRO DE RIQUEZA URBANA del xxxxxxxx 0, xxxxxxx 000 , xxxx en la x/ Xxx Xxxxxx , 00 de 121,98 m2
2. Situación Urbanística Parcelas.
Las parcelas y sus condiciones urbanísticas, registrales y catastrales se detallan en el presente pliego .
Dicha documentación se ofrece al objeto de facilitar la presentación de las ofertas, con una carácter meramente informativo.
Los datos urbanísticos por parcela son los siguientes:
-Ocupación máxima: 65 m2
-Superficie máxima edificable:180,71 m2
-Uso: Residencial de vivienda de protección oficial
-Alteraciones: según planos
-Altura: Baja mas dos plantas piso.
CLAUSULA 2ª DESTINO DE LA PARCELA
Las parcelas adjudicadas deberán destinarse exclusivamente a la promoción y construcción de viviendas, trasteros, locales anejos y garajes de Protección Oficial, así como de los demás usos complementarios permitidos por la Normativa Urbanística aplicable.
Se considerarán las reservas establecidas en la ley Xxxxx 8/2004, de 24 xx xxxxx de Proteccion Pública a la vivienda en Navarra.
CLÁUSULA TERCERA.- PRECIO
El precio de la parcela se fija como precio tasado en el 17,50% del valor de venta de la promoción incluyendo viviendas y anexos.
El precio de las parcelas es de 201.325,63 euros.
A dicha cantidad habrá que añadirle el 16% de IVA correspondiente así como los impuestos y gastos aplicables a la transmisión.
No serán admisibles licitaciones a la baja o al alza de este precio.
La venta se efectúa como cuerpo cierto, de conformidad con el artículo 1.471 del Código Civil, no cabiendo por tanto reclamación alguna en razón de diferencia de superficies ni variación del volumen edificable que surjan como consecuencia de la ejecución del Proyecto o de la aplicación de la normativa vigente en materia de viviendas de Protección Oficial, y en otras materias, tanto en relación con la edificación residencial, como con los trasteros anexos, garajes o locales comerciales; o como consecuencia de las condiciones geológicas, topográficas o análogas que pudieran encarecer la construcción. Por lo que dichas diferencias, en el supuesto de producirse, no podrán ser causa de impugnación o resolución del contrato, ni podrán dar lugar a reclamación económica.
El precio total de enajenación, incluyendo todos los gastos e impuestos, se abonará en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de adjudicación.
XXXXXXXX XXXXXX.- REGIMEN JURIDICO
La enajenación de la parcela mediante concurso encuentra su amparo legal en el artículo 228 de la Ley Xxxxx 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
CLAUSULA QUINTA.- CAPACIDAD PARA LICITAR
Podrán concurrir a esta licitación las personas físicas o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén comprendidas en ninguno de los casos de exclusión establecidos en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y que tengan capacidad técnica y financiera acreditada como se establece en el presente pliego.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representados por persona autorizada, mediante poder bastanteado. Cuando, en representación de una sociedad concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante y a la empresa les afectan las causas de exclusión e incompatibilidad previstas en los mencionados artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos y artículo 229 de la Ley Xxxxx 6/1990 de la Administración Local xx Xxxxxxx.
CLAUSULA SEXTA.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores habrán de presentar sus ofertas en sobres cerrados y firmados por la persona que efectúa la oferta, haciéndose constar en el exterior el nombre de la entidad, y el contenido del sobre que será el siguiente:
-Sobre nº 1. Documentación Administrativa:
El interior de este sobre que llevará el subtítulo de “documentación Administrativa” deberá contener la siguiente documentación:
Documentación acreditativa de la personalidad del licitador, representante legal del mismo y apoderamiento en virtud del que actúa.
Declaración responsable del licitador o su representante legal, según modelo anexo “A” ó “B” .
Informe de solvencia emitido por instituciones financieras, en el que tras valorar los principales datos económicos de la empresa, se concluya que la empresa pueda asumir los riesgos derivados de la ejecución de la promoción de 7 viviendas de V.P.O.
Aceptación expresa de todo el contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas y sus anexos.
Documentación acreditativa de la constitución de fianza provisional
Las entidades sin ánimo de lucro, agrupadas en las formas admitidas en derecho, para la promoción y construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, deberán acreditar la capacidad técnica y económica a través de la propia, o bien a través de las de sus gestores y demás técnicos con los que cuenten para el desarrollo de la promoción.
-Sobre nº 2. Datos técnicos y económicos:
En el interior de este sobre se incluirá:
Relación detallada del número de viviendas protegidas que hayan obtenido la calificación definitiva.
Relación detallada de viviendas libres que hayan obtenido la cédula de habitabilidad..
Documentación Arquitectónica y constructiva. Se debe presentar la solución constructiva y arquitectónica a nivel de anteproyecto conteniendo todos los parámetros que van a ser objeto de valoración, claramente detallados.
Oferta de los plazo en la presentación del proyecto arquitectónico.
Documentación acreditativa suficiente para poder valorar el apartado cuarto de los criterios de adjudicación.
CLAUSULA SÉPTIMA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Los licitadores deberán presentar sus proposiciones en el Registro del Ayuntamiento xx Xxxxx sito en Plaza de los Fueros nº 1 (31360) o por correo en el plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
CLAUSULA OCTAVA.- APERTURA DE PLICAS
La apertura de plicas tendrá lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento xx Xxxxx a las doce horas de los seis días hábiles siguientes al de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
La Mesa de Contratación estará compuesta por las siguientes personas
Presidente: X. Xxxxxxx Ulzurrun Xxxxxxx
Suplente: X. Xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx.
Vocales:
1º vocal: X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
Xxxxxxxx 0x vocal: X.Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx.
2º vocal: D. . Xxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxx.
Suplente 2º vocal: X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx.
3º vocal: D.Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Interventor del Ayuntamiento xx Xxxxx.
Secretaria: Xx Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Secretaria del Ayuntamiento.
Suplente: X.Xxxxxxx de Xxxxxx Xxxxx, Secretario Ayuntamiento xx Xxxxxx.
CLAUSULA NOVENA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación procederá a valorar las proposiciones en base a los siguientes criterios:
1.- Se valorarán de 0 a 30 puntos, los siguientes aspectos:
1.1. Experiencia en vivienda protegida:
Cada 10 viviendas……………. 1 punto ( o fracción correspondiente)
Puntuación máxima por dicho apartado………15 puntos.
1.2. Experiencia en vivienda libre :
Cada 15 viviendas……………. 1 punto ( o fracción correspondiente)
Puntuación máxima por dicho apartado………15 puntos.
2- La documentación arquitectónica y constructiva presentada se valorará en una horquilla de 0 a 45 puntos teniendo en cuenta la calidad de la construcción, su diseño y estética, su mantenimiento y conservación y la sostenibilidad.
2.1.- Calidad Diseño Arquitectónico
Definición viviendas, hasta 15 puntos.
Definición fachadas, hasta 10 puntos.
2.2.- Calidad Diseño Constructivo
Definición constructiva, hasta 5 puntos.
Definición de sistemas e instalaciones, hasta 2 puntos.
2.3.- Facilidad y economía de mantenimiento de los materiales propuestos.
:3 puntos.
2.4. Medidas de ahorro energético.
Medidas de ahorro, hasta 4 puntos
Medidas de respeto Medio ambiente, hasta 4 puntos
Materiales ajustados al ahorro energético y respeto al MA, hasta 2 puntos.
3.- Los plazos en la presentación del proyecto de ejecución ajustado a VPO se valorarán de 0 a 10 puntos de la siguiente forma:
Hasta cuatro meses desde la adjudicación 0 puntos.
Hasta 90 días desde la adjudicación 1 puntos.
Hasta 60 días desde la adjudicación 4 puntos.
Menos de 60 días 10 puntos
4.- Se valorará especialmente las iniciativas privadas destinadas a la agrupación de jóvenes menores de 35 años con necesidad de vivienda, asociados en cualquiera de las formas admitidas en derecho para autopromover viviendas por lo que el hecho de que el licitador sea una agrupación, asociación, cooperativa o entidad sin ánimo de lucro, que su objeto social sea la autopromoción de viviendas de protección oficial para jóvenes se cuantificará de 0 a 15 puntos como sigue:
Sin animo de lucro 4 puntos.
Objeto social autopromoción VPO 5 puntos.
Para menores 35 años 6 puntos.
Los licitadores deberán especificar debidamente todos y cada uno de los factores, a fin de facilitar la valoración de los mismos por parte del Ayuntamiento xx Xxxxx.
El Ayuntamiento xx Xxxxx valorará, en la forma que se indica, los factores en su conjunto y, si estimara que la suma de los mismos no reúne las condiciones mínimas requeridas para conseguir el objetivo propuesto, podrá declara desierta la licitación.
CLAUSULA DÉCIMA.- PROPUESTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá aportar al Ayuntamiento xx Xxxxx los siguientes documentos, que acrediten su declaración responsable previa, en el plazo máximo de siete días desde la notificación de la propuesta de adjudicación:
Certificados vigentes emitidos por la administración competente de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, y de estar también al corriente del pago de la Seguridad Social.
Calificaciones definitivas de V.P.O. o certificaciones extendidas por las Administraciones que las hubieran otorgado.
La falta de aportación de la documentación necesaria en dicho plazo supondrá la resolución del contrato, previa audiencia del adjudicatario, con incautación de las garantías constituidas para la licitación.
DECIMOPRIMERA.- ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN
La adjudicación, habrá de tener lugar en el plazo de los sesenta días siguientes a la apertura de las plicas.
La formalización de la transmisión de la propiedad se realizará mediante escritura pública ante Notario, y en la fecha en que por el Ayuntamiento se requiera al adjudicatario. Dicho título, se inscribirá en el registro de la Propiedad.
Dado que el Ayuntamiento conoce el procedimiento que el adjudicatario deberá iniciar para la aplicación del baremo y selección de los adjudicatarios que cumplan todos los requisitos de VPO, la fecha de escrituración de la parcela, podrá diferirse hasta la completa selección de los adjudicatarios y autorización por Departamento correspondiente del Gobierno xx Xxxxxxx.
DECIMOSEGUNDA.- GARANTÍAS
Será requisito necesario para acudir al presente concurso acreditar la constitución previa a disposición del ayuntamiento xx Xxxxx una garantía provisional por un importe de 4.026,51 euros, equivalentes al 2% del valor de venta de la parcela. Esta garantía será devuelta a los que no resulten adjudicatarios del concurso, una vez adoptado acuerdo de venta.
El adjudicatario deberá constituir la garantía definitiva de un 4% del valor de la parcela, es decir, 8.053 €, en el plazo de 15 días desde la notificación de la adjudicación.
Dicha garantía podrá constituirse en metálico, aval a primer requerimiento o por contrato de seguro de caución conforme permite el artículo 95 de la Ley Xxxxx 6/2006 de Contratos Públicos.
Esta garantía definitiva quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones correspondientes hasta el otorgamiento de las licencias de primera utilización de los edificios construidos.
DECIMOTERCERA.- CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA PROMOCIÓN. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
a.- Obligación de promoción-construcción directa.
El adjudicatario deberá desarrollar en la parcela objeto de enajenación un sistema de promoción-construcción directa. Queda prohibida la transmisión de la parcela a tercera persona, salvo la enajenación al propietario destinatario de la vivienda de V.P.O.
b.- Plazos de ejecución de la promoción
En el plazo previsto en la propuesta y a contar desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar ante el Ayuntamiento xx Xxxxx, el proyecto de ejecución, de acuerdo con el régimen urbanístico aplicable y en la forma exigida por el Plan Municipal.
Concedida la licencia, deberá finalizar las obras, en el plazo máximo de 24 meses, a partir de la fecha de inicio de las obras.
En el plazo de tres meses desde la adjudicación, deberá acreditar ante el ayuntamiento xx Xxxxx, haber solicitado ante el Departamento correspondiente del Gobierno xx Xxxxxxx, la Calificación de Viviendas de Protección Oficial.
No se consideran faltas los retrasos provocados por la aplicación del Baremo de VPO o por la tramitación de la Calificación de VPO.
No obstante lo anterior, si en el plazo de UN AÑO, desde la adjudicación del suelo, no se contara con la Calificación Provisional de VPO del proyecto, el ayuntamiento podrá requerir al Adjudicatario para la reversión inmediata de la parcela.
c.- Condiciones de adjudicación de las viviendas
La adjudicación de las viviendas, trasteros y garajes objeto de calificación definitiva se efectuará bajo la supervisión municipal, a través de Alcaldía.
A los beneficiarios de las viviendas, trasteros y garajes, les será de aplicación, la legislación de VPO de la Comunidad Xxxxx Xxxxxxx, lo previsto en este Pliego de condiciones, y subsidiariamente las normas de derecho privado.
Los garajes, locales y trasteros sobrantes, si los hubiera, no vinculados a las viviendas de protección oficial, serán de libre disposición de los adjudicatarios.
d.- Prohibición de cesión
Durante el tiempo de la construcción de los edificios y hasta el momento de la adjudicación de las viviendas, los adjudicatarios no podrán transmitir sus derechos a otra empresa, salvo los casos debidamente justificados, en cuyo supuesto la transmisión habrá de efectuarse a empresa previamente autorizada por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
e.- Pactos de disposición.
Dada la finalidad de la convocatoria del concurso, quien resulte adjudicatario de la parcela, se obliga a consignar expresamente tanto en los contratos privados de compraventa de las viviendas y garajes de protección oficial como en las escrituras públicas, los derechos de tanteo y retracto, de carácter convencional, a favor de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, en los términos previstos en el art. 240 de la Ley Xxxxx 35/2002 de 20 de Diciembre.
Una vez realizada la construcción, o antes, a través de la Escritura de Obra Nueva y División Horizontal, la propiedad horizontal quedará sometida a la Ley de Propiedad Horizontal y normativa concordante, a los efectos de fijación de los gastos de conservación del edificio en función de las cuotas establecidas en base a los metros cuadrados por vivienda y otras características.
Los títulos individuales de propiedad horizontal serán inscritos en el Registro de la Propiedad correspondiente, y sus titulares se subrogarán en los correspondientes derechos y obligaciones.
f.- Régimen económico y fiscal
Se solicitará la exención fiscal de la transmisión del Derecho de Propiedad para la construcción de edificios en régimen de Viviendas de Protección Oficial, conforme a lo establecido en el Art. 45.b-12 del T. R. de la Ley de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
DECIMOCUARTA.- GASTOS E IMPUESTOS
El adjudicatario abonará los gastos obligatorios así como los impuestos correspondientes a la adjudicación, formalización e inscripción registral.
Los tributos, cualesquiera que sea su clase que pueda gravar la transmisión y aquellos que se devenguen posteriormente y traigan causa de las fincas (suelo y edificación), serán satisfechos íntegramente por los adjudicatarios. Igualmente todos los impuestos que traigan su causa en la transmisión de la propiedad, serán por cuenta del adjudicatario.
La operación de venta objeto de este expediente están exentas, por razón del sujeto transmitente, del impuesto municipal por el incremento del valor de los terrenos.
DECIMOQUINTA.- INCUMPLIMIENTO Y PENALIZACIONES
La calificación de las infracciones leves, graves y muy graves queda al criterio interpretativo del Ayuntamiento, previa audiencia al interesado.
Se estimarán como faltas leves el retraso injustificado de hasta un mes en el comienzo y terminación de las obras y la desobediencia ocasional a las disposiciones del Ayuntamiento sobre aspectos fundamentales xxx xxxxxx de condiciones.
Se estimarán infracciones graves el retraso injustificado superior a un mes en el comienzo y terminación de las obras y la desatención del adjudicatario a las disposiciones del Ayuntamiento y obligaciones xxx xxxxxx que puedan poner en peligro el objeto de la adjudicación.
Se estimarán infracciones muy graves las demoras injustificadas superiores a tres meses al comienzo y terminación de las obligaciones fundamentales xxx xxxxxx.
No se consideran faltas los retrasos provocados por la aplicación del Baremo de VPO o por la tramitación de la Calificación de VPO.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones previstas en este Pliego de Condiciones, faculta al Ayuntamiento para iniciar la nulidad de la transmisión y la reversión del terreno al Ayuntamiento xx Xxxxx.
La reversión se llevará a cabo de conformidad con el siguiente procedimiento:
El suelo revertirá al Ayuntamiento por el mismo precio de su enajenación y podrá establecerse hasta una minoración en el mismo del 10%, en concepto de penalización. Dicho acuerdo será adoptado por el Pleno Municipal.
La obra construida, si la hubiere, se valorará tomando como base la acreditación de los gastos aportada por el adjudicatario, y atendiendo a informe del arquitecto municipal.
DECIMOSEXTA.- RESCISION
Será causa de rescisión de la adjudicación la no presentación de las garantías dentro del plazo establecido, así como las infracciones calificadas como muy graves e incumplimiento de las obligaciones que incumben a los adjudicatarios.
DECIMOSÉPTIMA.- INTERPRETACION DE LOS PLIEGOS
El Ayuntamiento xx Xxxxx ostentará la prerrogativa de interpretación xxx xxxxxx de condiciones así como del contrato en el que se escriture la adjudicación del suelo.
DECIMOCTAVA.- MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DEL CONTRATO
El Ayuntamiento podrá acordar por razones de interés público la modificación de las condiciones de la adjudicación previa audiencia del adjudicatario y con las responsabilidades e indemnizaciones que procedieren. La modificación de las condiciones de adjudicación será de atribución exclusiva del Pleno del Ayuntamiento xx Xxxxx .
DECIMONOVENA.- XXXXX,
Los litigios derivados de este expediente se entenderán siempre sometidos a los Tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa xx Xxxxxxxx.
VIGÉSIMA.- LEGISLACION APLICABLE
Para lo no previsto en este Pliego de Condiciones se estará a lo dispuesto en la Ley Foral6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, la Ley Xxxxx 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la Ley Xxxxx 6/1990, de 0 xx xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx, la Ley Xxxxx 8/2004, de 24 xx xxxxx, de protección pública a la vivienda en Navarra y demás normativa que le sea de aplicación.
Diligencia.- La extiendo yo la Secretaria para hacer constar que el presente pliego ha sido aprobado en sesión del Pleno del Ayuntamiento de fecha del 11 de septiembre de 2007. Doy fe.
LA SECRETARIA.
ANEXO I
Modelo de proposición
Don/Doña................................................en nombre propio o en representación de ……………………………………………….
Enterado xxx xxxxxx de condiciones que rige el concurso para la adjudicación de las parcelas resultantes de la Reparcelación Voluntaria de la UE 5.1 del Sector S.5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx, de propiedad municipal y aceptando expresamente el mismo,
SOLICITA: ser admitido en dicha concurso indicando que será el firmante o su representado quien realice las ofertas y formalice el contrato con el Ayuntamiento xx Xxxxx en caso de resultar adjudicatario.
Acompaña los dos sobres, de documentación administrativa y técnica y económica, conforme al pliego.
Funes, a ____ de __________________________ de ____
( Firma )
Nota: En el caso de que concurran dos o más personas a la licitación conjuntamente, deberán indicar en todas las instancias los datos personales de cada licitadora. Asimismo deberán presentar un documento en el que señalen en qué porcentaje participa cada una de ellas, la xxxxxxxx solidaria del cumplimiento de las obligaciones dimanantes de su participación en el concurso, debiendo nombrar ante el Ayuntamiento xx Xxxxx la persona que le representará en los actos administrativos relacionados con el Concurso
ANEXO A.
(Documentación personal para las personas físicas )
Don __________________________, documento nacional de identidad ____________________, domicilio en ____________, teléfono _______________,fax _____________________________, en relación al concurso público, procedimiento abierto, para la adjudicación de las parcelas resultantes de la Reparcelación Voluntaria de la UE 5.1 del Sector S.5 de las XX.XX xx Xxxxx, actuando en su propio nombre y derecho, SUBSCRIBE LA PRESENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
Que tiene capacidad de obrar suficiente para la ejecución del contrato.
Que no se encuentra incurso en alguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006.
Que cuenta con la solvencia técnica y económica exigidas en el pliego de cláusulas.
Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni con sus organismos autónomos y autoriza a la comprobación de estos extremos por el Ayuntamiento xx Xxxxx.
Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales, así como en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad y salud, y de prevención de riesgos laborales.
Funes , a ____ de __________________________ de ____
( Firma )
ANEXO B
Documentación Personal para personas jurídicas
Don _____________________________________, documento nacional de identidad nº ___________________, con domicilio en ____________________________Calle ________________________ teléfono _________________ fax _____________ , representante de ......................................................., N.I.F: ............................, domicilio en ..................................................................... en relación concurso público, procedimiento abierto, para la adjudicación de las parcelas resultantes de la Reparcelación Voluntaria de la UE 5.1 del Sector S.5 de las Normas Subsidiarias xx Xxxxx actuando en nombre y derecho de su representada, SUBSCRIBE LA PRESENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
Que mediante poder otorgado el día _________________ ante el notario _______________________________ fue nombrado representante legal de la Sociedad _________________, C.I.F: ______________
Que su poder está vigente y es bastante para presentarse a subastas y para efectuar la presente declaración.
Que la empresa se constituyó mediante escritura autorizada el día ______________ por el Notario ____________________________________ número ___________ de protocolo (indíquese lo que proceda) firmado el día __________________
Que su objeto social le habilita para presentarse a este concurso.
Que mediante escritura autorizada el día ____________ por el Notario _______________________ número ____________ de protocolo se modificaron los estatutos de la Sociedad para su adaptación al Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1654/89, de 22 de diciembre, ampliación de capital social, __________________________________ (indíquese lo que proceda).
Que ni la sociedad ni ninguno de sus administradores se encuentran incursos en alguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar previstas por el artículo 229 de la Ley Xxxxx 6/1990, artículo 30 de la Ley Xxxxx 10/1998.
Que cuenta con la solvencia técnica y económica exigidas en el pliego de cláusulas.
Que no tiene débitos en vía ejecutiva con el Ayuntamiento xx Xxxxx ni con sus organismos autónomos y autoriza a la comprobación de oficio por el Ayuntamiento xx Xxxxx .
Que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sociales, así como en el cumplimiento de sus obligaciones de seguridad y salud, y de prevención de riesgos laborales.
Funes, a ____ de ______________ de ____
(Fecha, firma y número del D.N.I. del empresario o su representante legal)
FUNES .
ENAJENACIÓN PARCELAS DE LA UNIDAD U.E. 5.1 DEL SECTOR S.5 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS XX XXXXX MEDIANTE CONCURSO PARA VIVIENDAS DE V.P.O.
CONVOCA : Ayuntamiento xx Xxxxx.
OBJETO: Enajenación mediante concurso por el procedimiento abierto de parcelas resultantes de la Reparcelación Voluntaria de la UE 5.1 del Sector S.5 de las Normas Subsidiarias para la construcción de 7 viviendas sometidas a Régimen de vivienda de protección Oficial, conforme a las condiciones que se especifican en el Pliego.
CARACTERÍSTICAS : Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento del 11 de septiembre de 2007.
Precio de licitación : Se fija como precio tasado en el 17,50% del valor en venta de la promoción incluyendo vivienda y anexos. Siendo el precio de las parcelas de 201.325,63 euros , debiendo de añadir a dicha cantidad el 16% de IVA correspondiente así como los impuestos y gastos aplicables a la transmisión.
Fianza : Será requisito necesario para acudir al presente concurso acreditar la constitución previa a disposición el Ayuntamiento de una garantía provisional de 4.026,51 euros, equivalente al 2% del valor de venta de la parcela.
Solvencia técnica : Se acreditará mediante la relación detallada del número de viviendas protegidas que hayan obtenido la calificación definitiva.
DOCUMENTACIÓN : Pliego de Condiciones.
PLAZO DE PRESENTACIÓN : En el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxx o por correo tal y como se indica en el Pliego en el plazo de 30 días naturales contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
LUGAR DE PRESENTACIÓN : Ayuntamiento Xx Xxxxx sito en la Plaza de los Fueros nº1 , 31360 xx Xxxxx.
APERTURA DE PLICAS : En el salón de plenos del Ayuntamiento a las 12 horas de los seis días hábiles siguientes al de finalización del plazo de presentación de ofertas.
CONTACTO: Ayuntamiento xx Xxxxx.
Email: xxxxxxxxx.0000@xxxxxxxxx.xxx