CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO: SEDECO/DJ/PS02/2023
DESARROLLO ECONÓMICO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO: SEDECO/DJ/PS02/2023
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO: SEDECO/DJ/PS02/2023, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL COBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR XXXX XXXX XXXXXX, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO, ASISTIDO POR XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, SUBSECRETARIO DE FOMENTO ECONÓMICO Y ATRACCIÓN A LA INVERSIÓN, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDECO" Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA CHIMALLY EMPRESAS TURÍSTICAS, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADA LEGAL,
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL PROVEEDOR", Y CUANDO ACTUEN DE FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES"; SUJETANDO SU ACUERDO DE VOLUNTADES AL TENOR DE LAS SIGUIENTES, DEC LARACIONES Y C LÁUSU LAS:
DECLARACIONES 1.- "LA SEDECO" DECLARA QUE:
1.1. Es una Dependencia de la Administración Pública Centra lizada, del Poder Ejecutivo xxx Xxxxx rno del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, de con formidad con lo dispuesto por los artículos 1,3, fracción I y 27, fracción XV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutiva del Estado de Oaxaca;
1.2. Xxxx Xxxx Xxxxxx, acredita la personalidad con que se ostenta con el nombramiento de fecha l de diciembre de 2022, expedido a su favor, por el Gobe rnador Constitu cional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, como Secretario de Desarrollo Económico, y que está facultado para celebrar el presente contrato de con formidad con lo dispuesto por los artículos l, 3 fracción 1, 27 fracción XV, 46-A fracciones VII, XV y XXXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, y 52 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administra ción de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca;
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xxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, acredita la personalidad con que se ostenta, con la designación de fecha 01 de septiembre de 2023, expedida a su favor por el Secretario de Desarrollo Económico del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca, y cuenta con facultades para suscribir el presente contrato de conformidad con lo dispuesto por los artículos 17, fracciones V y VI, y 24 fracciones 11 y IV del Reglamento Inte rno de la Secretaría de Economía, actualmente Secretaría de Desarrollo Económico;
1.3. Señala como su domicilio para los efectos legales, el ubicado en Carretera Internacional Oaxaca-lstmo, km 11.5, Ciudad Administrativa "Benemérito de las Américas" edificio 5 "Gral. Xxxxxxxx Xxxx" nivel l, Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca C.P 68270;
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Carretera Internacional Oaxaca - Istmo Km 11.5 Edificio 5 "Xxxxxxxx Xxxx" Nivel 1 C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 12252
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1.4. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes GEO621207KIA;
1.5. Requiere adjudicar y formalizar el presente contrato, de con formidad con el acuerdo número SEDECO/SUB-CAAS/9NA:ORDINARIA/00l/2023, de la Novena Sesión Ordinaria, de fecha 31 de octubre del presente año, emitido por el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría de Desar rollo Económico;
1.6. Cuenta con la disponibilidad presupuesta! con cargo a la clave presupuesta! 728001-16105005001-325316AECAA0523 afectando la partida específica 376 denominada Arrendamiento de equipo de transporte, correspondiente al presente ejercicio fiscal, para dar cumplimiento a las ob ligaciones de pago contraídas en el presente contrato;
11.- "EL PROVEEDOR" DECLARA:
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11.1. Es una Sociedad Anónima de Capital Variable, constituida conforme a las leyes mexicanas, según se desprende del instrumento núme ro 70,394, volumen 1,070, de fecha 19 xx xxxxx de 2002, pasada ante la fe del Licenciado O rnar Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Notario Público número 38 del Estado de Oaxaca, inscrito en �I Registro Públi co de la Propiedad y de Comercio de Oaxaca, bajo el folio mercantil 17044, de fecha 12 de septiembre de 2002;
11.2. Su objeto so cial es, entre otros, el establecimiento y la explotación del Servicio Público Federal de Autotransporte Exclusivo de Turismo y Pasaje en todas sus modalidades. En virtud de las concesiones o permisos que para tal efecto le otorgue a la sociedad la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y/o el Gobie rno local correspondiente, o mediante las concesiones o permisos que la sociedad reciba en transferencia o en goce le aporten sus propios socios; la adquisición, explotación y arrendamiento de vehículos para la prestación de c-- servicios especializados de transportación turística a todos los centros turísticos del
país y del extranjero en caso de ser necesario, ello de acuerdo con lo señalado en su acta constitutiva, referido en la de xxxxx xxxx 1 1.l. del presente Contrato;
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11.3. acredita su personalidad como Apoderada Legal de "EL PROVEEDOR", según se desprende del acta número 1,516, volumen 25, de fecha 03 xx xxxxx de 2008, pasada ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxx Xx z m á x Xxxxxxxxx, Notario Público núme ro 33 del Estado de Oaxaca, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Oaxaca, bajo el folio mercantil electrónico 17044"1, de fecha 05 de diciembre de 2008, manifestando bajo protesta de decir verdad que a la fecha de la suscrip ción del presente Contrato, dichas facultades no le han sido modificadas, revocadas o limitadas de forma al g una;
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11.4. Se apersona e identifica con Credencial para Votar con fotografía, expedida por el Instituto Nacional Electoral, con número
11.5. Señala como su domi cilio para los efectos legales y administrativos a que haya lugar, el ubicado en
11.6. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes al corriente de todas sus obligaciones fiscales;
y se encuentra
11.7. Se encuentra inscrito en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal, bajoel número de registro PV11862, el cual está vigente y actualizado;
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11.8. Cumple con todos los requerimientos legales necesarios para la celebración del presente contrato y no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 17 y 86 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y
11.9. Dispone los elementos suficientes para obligarse en los términos y condiciones del presente contrato y que para su cumplimiento cuenta con los recursos materiales, técnicos y humanos, así como la capacidad y experiencia necesaria para cumplir el objeto del presente instrumento.
111.- "LAS PARTES" DECLARAN QUE:
111.1. Se reconocen mutua, plena y recíprocamente la personalidad y capacidad con la que se ostentan y que conocen el alcance y efectos jurídicos del presente instrumento, manifestando que no existe dolo, error, mala fe o la existencia de algún vicio del consentimiento.
De conformidad con las declaraciones expuestas, "LAS PARTES" están de acuerdo en obligarse al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.
"LAS PARTES" convienen que el objeto del presente contrato es la contratación de
servicio de arrendamiento de equipo de transporte para el traslado de personal al evento denominado "EXPO PROMOCIÓN ECONÓMICA REGIÓN XXXXX 2023".
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SEGUNDA.- CARACTERÍSTICAS.
"EL PROVEEDOR" se obliga, de acuerdo a lo dispuesto en el presente contrato, a proporcionar los servicios establecidos en la cláusula que antecede, de conformidad con el contenido de las "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" y "COTIZACIÓN DEL
PROVEEDOR", los cuales debidamente firmados por "LAS PARTES" se agregan al
presente como ANEXO 1 y ANEXO 2, respectivamente, para formar parte integrante del presente contrato.
TERCERA.- CONTRAPRESTACIÓN V FORMA XX XXXX.
"LA SEDECO" se obliga a pagar a "EL PROVEEDOR" la cantidad total de $68,788.00 (Sesenta y ocho mil setecientos ochenta y ocho pesos 00/100 M.N.), incluyendo el 16% del Impuesto al Valor Agregado. En caso de que "EL PROVEEDOR" entregue bienes, arrendamientos o realice servicios que excedan de la cantidad total, serán considerados como realizados por su cuenta y riesgo a favor de "LA SEDECO".
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El precio será fijo e incondicional durante la vigencia del contrato.
El pago se realizará en una sola exhibición, dentro de los treinta días hábiles posteriores a la recepción de los entregables a entera satisfacción de "LA SEDECO", de conformidad con el numeral 4 de las "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS", previa presentación y
validación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CDFI) correspondiente, debidamente requisitado, el cual se efectuará a través de transferencia bancaria.
No se otorgará anticipo alguno.
El trámite de pago se realizará a través de la Dirección de Fomento y Proyectos de Desarrollo Económico de "LA SEDECO" en domicilio ubicado en edificio 6 " Xxxxxxxxx Xxxxxx", planta baja, Ciudad Administrativa "Benemérito de las Américas" sita en Carretera Internacional Oaxaca-tstmo km 11.5 Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca C.P. 68270, en
un horario de 9:00 a 15:00, de lunes a viernes. La Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado será la responsable de efectuar el pago correspondiente, el cual se efectuará a través de transferencia bancaria.
El "CFDI" respectivo deberá cumplir con todos los requisitos fiscales y contables exigidos por las leyes en la materia y contener los datos fiscales establecidos en las Declaraciones
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1.3. y 1.4. del presente contrato, a nombre de Gobierno del Estado de Oaxaca, Secretaría de Desarrollo Económico del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Oaxaca.
En caso de presentar errores o deficiencias, "LA SEDECO" no estará obligada a realizar el trámite de pago, por lo que dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción, le informará por escrito a "EL PROVEEDOR", el cual deberá entregar el "CFDI" corregido para continuar con dicho trámite.
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Tratándose de pago en exceso que recibiera "EL PROVEEDOR", ésta deberá reintegrar la cantidad cobrada en exceso, dentro de los 75 días naturales siguientes a la solicitud por escrito del reintegro por parte de "LA SEDECO". Cumplido dicho plazo, "EL PROVEEDOR" deberá pagar los intereses correspondientes del cinco al millar. Los cargos se calcularán sobre la cantidad pagada en exceso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago y hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición de "LA SEDECO".
Los impuestos y derechos que se causen con motivo del presente contrato, serán pagados por "EL PROVEEDOR", "LA SEDECO" sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (LV.A.), de acuerdo a lo establecido en las disposiciones fiscales respectivas.
CUARTA.- LUGAR, CONDICIONES Y PLAZO DE ENTREGA.
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De acuerdo a lo establecido en las cláusulas primera y segunda del presente contrato, "EL PROVEEDOR" deberá entregar a "LA SEDECO", conforme a lo establecido en el numeral 4 del ANEXO 1 "ESPECIFICACIONES TÉCNICAS" y el ANEXO 2 "COTIZACIÓN DEL PROVEEDOR".
QUINTA.- SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.
Le corresponde supervisar, administrar, validar los entregables correspondientes y vigilar el debido y correcto cumplimiento del presente contrato al titular de la Dirección de Fomento y Proyectos de Desarrollo Económico de "LA SEDECO".
SEXTA.- GARANTÍAS DEL CONTRATO.
En términos de lo establecido en el artículo 56 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y 53 fracción I del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, "LA SEDECO" exime a "EL PROVEEDOR" de la presentación de la garantía de cumplimiento en virtud de que la entrega de los bienes será en un plazo menor a 10 días hábiles y el pago será en una sola exhibición posterior a la recepción de los mismos.
SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DE "EL PROVEEDOR".
"EL PROVEEDOR" deberá dar estricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable.
Asimismo, "EL PROVEEDOR" se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la "LA SEDECO" o a terceros.
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"EL PROVEEDOR" se ob liga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente contrato. De igual manera, "EL PROVEEDOR" será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna.
"EL PROVEEDOR" deberá contar con las autoriza ciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables.
En caso de cambio del domicilio establecido en la Declaración 1 1.5 del presente instrumento, "EL PROVEEDOR" deberá in formarlo por escrito a "LA SEDECO", dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su aconte cimiento.
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En caso que "EL PROVEEDOR" infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisi ciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, de con formidad con lo establecido en el "Título Quinto de las In frac ciones y Sanciones, Capítulo Único" de la citada Ley.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DE "LA SEDECO".
"LA SEDECO" se obli ga con "EL PROVEEDOR" a otorgarle todas las facilidades necesarias para el cumplimiento del presente contrato.
NOVENA.- VIGENCIA.
La vigencia del presente contrato será a partir de su firma y hasta la entrega del servicio contratado, o hasta que se extingan en su totalidad los derechos y obliga ciones de "LAS PARTES".
DÉCIMA.- PENAS CONVENCIONALES.
Con fundamento en el artículo 59 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, las penas convencionales a cargo de "EL PROVEEDOR", por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de entrega o de la prestación del servicio, serán determinadas en función de los bienes, arrendamientos o servicios no entregados o prestados oportunamente. Dicha penalización será del cinco al m i ll ar del monto contratado, por cada día natural de demora a partir del día siguiente de la fecha pactada para la entrega y en su caso se iniciará el procedimiento de rescisión administrativa previsto en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y su Reglamento.
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Los pagos que deriven del presente instrumento quedarán condicionados proporcionalmente, al pago que "EL PROVEEDOR" deberá efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penas.
DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD LABORAL.
"EL PROVEEDOR" se obliga a desempeñar y a ejecutar las actividades necesarias para el cumplimiento del presente contrato, con personal propio, certificado, altamente calificado y capacitado, así como utilizar el equipo y herramientas propias.
Por lo anterior, "LAS PARTES" no tienen nexo laboral alguno con los empleados y/o trabajadores de la otra, ni están facultadas para dirigir las labores de los mismos, por lo que en este acto se liberan recíprocamente de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que su propio personal pudiera sufrir o contraer durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellas.
"LAS PARTES" reconocen y aceptan que las únicas relaciones jurídicas existentes entre ellas, son las derivadas del presente contrato, razón por la cual éstas serán las únicas responsables del personal bajo su inmediata dirección y dependencia, así como del pago a los mismos, de salarios ordinarios y extraordinarios, vacaciones, aguinaldos, despidos, primas, así como de cualquier obligación derivada de la Ley Federal del Trabajo en vigor, IMSS e INFONAVIT, por lo que, "LAS PARTES" se obligan a sacar en paz y a salvo a la otra de cualquier acción legal que se pudiera derivar de los conceptos anteriores en relación con el presente instrumento.
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En virtud de lo anterior, cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada del cumplimiento del presente instrumento y del ejercicio que en sus legítimos derechos tengan los trabajadores y/o empleados de "EL PROVEEDOR", será asumida directamente por éste. En caso de que las autoridades competentes resolvieran que "LA SEDECO" deba realizar el pago de prestaciones en favor del personal de "EL PROVEEDOR", éste se obliga a reembolsar a "LA SEDECO" el pago del monto total de las mismas, a más tardar dentro de los 10 (días) naturales siguientes a aquél en el que reciba la notificación correspondiente, o se podrá llevar a cabo una compensación. Consecuentemente, no se genera entre "LAS PARTES" responsabilidad solidaria, derivada de la ejecución de este contrato, por lo que "EL PROVEEDOR" responderá ante cualquier autoridad administrativa, judicial o del trabajo, por procedimientos relacionados con sus trabajadores.
DÉCIMA SECUNDA.- CESIÓN DE DERECHOS.
"EL PROVEEDOR" no podrá transferir, ceder, traspasar o transmitir parcial o totalmente los derechos y obligaciones establecidos en el presente contrato, con excepción de los
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derechos de cobro, en cuyo caso requerirá la autorización previa y por escrito de "LA
SEDECO".
DÉCIMA TERCERA.- AUTONOMÍA DE RESPONSABILIDADES.
"EL PROVEEDOR" empleará y asignará bajo su estricta responsabilidad y costo al personal capacitado, calificado y suficiente para el debido cumplimiento del presente instrumento.
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Cuando haya causa que lo justifique, "LA SEDECO" tendrá el derecho de requerir, por escrito en cualquier momento, a "EL PROVEEDOR" la sustitución o remplazo de cualquier miembro de dicho personal, el cual deberá realizarlo de forma inmediata.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO.
"LA SEDECO" podrá res cindir administrativamente el presente contrato, sin necesidad de resolución xxxx cial , en caso de que "EL PROVEEDOR" incurra en cualquiera de los supuestos siguientes:
l. Cuando se incumplan los plazos, la calidad y/o especificaciones técnicas establecidos en el presente contrato;
2. Cuando se incumpla cualquiera de las ob ligaciones contractuales estipuladas en este contrato;
3. Cuando con motivo del incumplimiento de las obliga ciones se pudiera afectar el interés social, impidiendo con ello el desarrollo de cualquiera de los programas de trabajo xxx Xxxxx rno del Estado de Oaxaca;
4. Cuando no brinde a las personas designadas por "LA SEDECO" las facilidades, datos, in formación o documentación necesarios para la inspección, vigilan cia o supervisión de este contrato;
5. Cuando incumpla el compromiso relativo a la reserva o con xxxxx cialidad de la in formación o documentación proporcionada por "LA SEDECO" para la ejecución del presente contrato;
6. Cuando la autoridad competente xx xxxxx el estado de quiebra, la suspensión de
pagos o alguna situación distinta, que sea análoga o equivalente y que afecte el patrimonio de "EL PROVEEDOR";
7. Cuando se haya agotado el monto límite para la aplicación de las penas
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convencionales del contrato;
8. Cuando incurra en falsedad total o parcial respecto a la información proporcionada o
que actúe con dolo o mala fe en el procedimiento de contratación o para la celebración del presente contrato; y/o
9. Cuando no presente las garantías, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma de este contrato, de conformidad con lo establecido en los artículos 56 de la Ley y 126 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacenda ria.
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Cuando se presente cualquiera de los supuestos señalados, "LA SEDECO" ini ciará el procedimiento de rescisión administrativa, que se ini ciará dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se configure la causal, conforme a lo establecido en el artículo 63 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, en los siguientes términos:
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A Si "LA SEDECO" considera que "EL PROVEEDOR" ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que se consignan en la presente cláusula, lo hará saber a "EL PROVEEDOR" por escrito, a efecto de que ésta exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso las pruebas que estime pertinentes, en un término de 10 (diez) días hábiles, a partir de la notificación;
B. Transcurrido el término a que se refiere el inciso A} anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer; y
C. La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y notificada por escrito a "EL PROVEEDOR" dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes al plazo señalado en el inciso A} de esta cláusula.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere entrega de los bienes, arrendamientos o servicios, a entera satisfacción de "LA SEDECO", el procedimiento iniciado quedará sin efecto.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.
"LAS PARTES" convienen expresamente que el presente contrato podrá darse por terminado anticipadamente por "LA SEDECO" sin necesidad de declaración judicial y hacer efectivas las sanciones previstas cuando tengan lugar entre otras las siguientes
causas:
l. Cuando concurran razones de interés general;
2. Cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes, arrendamientos o servicios originalmente contratados; o
3. Cuando se demuestre que, de continuar con el cumplimiento de las obligaciones � pactadas, se ocasione algún daño o perjuicio a "LA SEDECO". - il\
De actualizarse cualquiera de los supuestos referidos, "LA SEDECO", lo notificará a "EL PROVEEDOR" por escrito. "EL PROVEEDOR" estará obligado a devolver a "LA SEDECO" en un plazo de 10 (diez) días naturales, contados a partir de la notificación de la terminación anticipada, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la realización del objeto del presente contrato.
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En estos supuestos "LA SEDECO" reembolsará a "EL PROVEEDOR" los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, de conformidad con el artículo 63 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca.
DÉCIMA SEXTA. INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD.
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Para efectos de la ejecución y cumplimiento del objeto del presente contrato, previsto en su cláusula Primera, "EL PROVEEDOR" se obliga a obtener de "LA SEDECO" la información que estime necesaria. Se entenderá por información toda aquella escrita, verbal o gráfica, así como la contenida en medios electrónicos o electromagnéticos, que sea entregada o confiada por parte de "LA SEDECO" a "EL PROVEEDOR", o bien, empleados, dependientes de éste o terceros autorizados.
Toda la información proporcionada es y será considerada como propiedad de "LA SEDECO" por lo que "EL PROVEEDOR" no divulgará en provecho propio o de terceros por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, los datos y resultados obtenidos de la ejecución de este contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de "LA SEDECO". Lo anterior, con excepción de los casos requeridos por la legislación aplicable, requerimientos u órdenes judiciales de autoridades regulatorias o gubernamentales competentes o, por instrucción de "LA SEDECO" respecto de la información que con motivo del cumplimiento al objeto del presente instrumento, le sea proporcionada, obligándose "EL PROVEEDOR" a no divulgar, revelar, proporcionar, transferir o reproducir dicha información a terceros, obligándose a utilizar dicha información exclusivamente para los fines previstos en este instrumento.
La obligación de confidencialidad señalada en la presente Cláusula no será exigible en los casos siguientes:
l. Cuando la información haya sido recibida antes de la fecha del presente instrumento y pueda ser divulgada en términos de la legislación aplicable;
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2. Si la información fue recibida de un tercero, quien legalmente la haya obtenido con derecho a divulgarla; y
3. En caso de que la información sea del dominio público o que haya sido del conocimiento público por cualquier otro medio, incluyendo el procedimiento de acceso a la información pública en los términos de la legislación aplicable.
Todos los documentos que se generen derivado de la ejecución de este contrato, ya sean impresos o en medios electrónicos o digitales, deberán ser tratados de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable, documentos que deberán ser entregados a
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"LA SEDECO" y constar por escrito. Por lo anterior, "EL PROVEEDOR" no podrá comercializar o dar a conocer, total o parcialmente, a un tercero la información resultante.
"EL PROVEEDOR" se obliga a guardar y mantener total y absoluta confidencialidad sobre la información que le sea proporcionada.
DÉCIMA SÉPTIMA.- AUTORIZACIÓN DE PRÓRROGAS.
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Previo al vencimiento del plazo de cumplimiento estipulado originalmente, a solicitud expresa de "EL PROVEEDOR" y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a "LA SEDECO", ésta podrá modificar el contrato a efecto de diferir los plazos de cumplimiento de la contratación. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
En caso de que "EL PROVEEDOR" no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor a la aplicación de las penas convencionales, y, en su caso, la ejecución de la garantía correspondiente.
DÉCIMA OCTAVA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación al presente contrato deberá hacerse mediante convenio por escrito entre "LAS PARTES", sujetándose a lo establecido en los artículos 58 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y 54 de su Reglamento.
DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR.
En caso de que para el cumplimiento y ejecución del presente contrato "EL PROVEEDOR" infrinja patentes, marcas o vulnere registros o derechos de autor, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor y de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, asumirá la responsabilidad, obligándose a sacar en paz y a salvo y a liberar de cualquier responsabilidad a "LA SEDECO".
VIGÉSIMA.- ARBITRAJE, MEDIACIÓN Y TRANSACCIÓN.
"LAS PARTES" convienen para la solución de cualquier controversia que derive de este contrato, someter sus diferencias al arbitraje, la mediación o la transacción, a fin de llegar a un arreglo favorable para "LAS PARTES". En todo caso, "LAS PARTES" deberán de ratificar su voluntad al hacer uso de esta cláusula, pactando las reglas específicas para el medio de solución que elijan.
VIGÉSIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN.
El presente contrato está regido por la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca y demás normatividad aplicable en la materia.
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Ciudad Administrativa "Benemérito de las Américas"
Carretera Internacional Oaxaca - Istmo Km 11.5 Edificio 5 "Xxxxxxxx Xxxx'' Nivel 1 C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx. Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 12252
.-
DESARROLLO ECONOMICO
VIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚM ERO: SEDECO/DJ/PS02/2023
Para los efectos de interpretación, ejecución y cumplimiento del presente contrato, "LAS PARTES" se someten expresamente a las leyes y tribunales del fuero común del Estado de Oaxaca, renunciando expresamente a cualquier otra jurisdicción que por razón de sus domicilios presentes o futuros les pudiera corresponder, o por cualquier otra causa.
"LAS PARTES"
"LA SEDECO",
Leído que fue el presente contrato y sus anexos, enterados de su contenido y fuerza legal, manifiestan estar de acuerdo en todas y cada una de sus partes y para constancia lo ratifican y firman en cuatro tantos al calce y margen, en el domicilio de ubicado en el municipio de Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca, el Ol de
noviembre de 2023.
POR "LA SEDECO"
� XXXX xx,z ROBt-Es ,\!
SECRETARIO DE DESARROLLO
\\-YCONOMICO
SUBSEC TARIO DE FOMENTO
XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
ECONÓMICO Y ATRACCIÓN A LA INVERSIÓN
POR "EL PROVEE�
?\: �,
APODERADA LEGAL
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX
DIRECTORA DE FOMENTO Y PROYECTOS
DE DESARROLLO ECONÓMICO
Página 12 de 12 e·1u dad Admt·ru·strati·va "Beneme· r1·to de Ias Am e· n·eas "
Carretera Internacional Oaxaca - Istmo Km 11.5 Edificio 5 "Xxxxxxxx Xxxx" Nivel l C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx, Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 12252
L:.J
l. Objeto de la contratación.
Solicitud de contratación de servicio de arrendumiento de equipo trasporte para el traslado de person al ni evento denom i nado "EXPO PROMOCIÓN ECONÓMICA REGIÓN XXXXX 2023".
2. Alcance de la cont rntación .
Secretaría de Desar rollo Económico
3. Descripción técnica del bien u contratar.
Servicio de arrendamiento de 2 vehículos tipo SPRINTER con capacidad cada una para 20 personas, para traslado de personal de la Secretaría de Desar rollo Económico que acude al evento denominado EXPO PROMO CIÓN ECONÓMICA REGIÓN XXXXX 2023, a realizarse en la localidad de Santa Xxxxx Colotcpec, Oaxaca los días 03, 04 y 05 de noviembre de 2023.
Para la prestación del servicio, el proveedor deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Par tida única
Sorvicio
Salida: 02 de noviembre de 2023 Hora de Salida : 7:00 horas
Lugar de Sal ida : Parque Paseo Ju á r cz El x.xxxx de
la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca.
Recorridos locales: del 03 al 05 de noviembre del 2023.
Regreso: 06 de noviembre de 2023
Hora de reg xxxx: 17:00 horas
Lu gar de sa lida : E xp l anad a munici p al de la Agencia Municip a l de Santa Xxxxx Colotepec, Oaxaca.
Ciudad Administrativa "Be rie rnérito de las Américas"
Car reter a lnternucio na l OaxacéJ - Istmo Km 17.5 Ed ific io 5 "Por firio Xxxx" Nivel l C.P. 682'/0
Tlalixtac de C abrer a , Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Exl. 12252
CONDl � ::XXXXX GENERALES DEL SERVIC IO .
l. El proveedor deberá contar con el personal , mater ial , equipo y todo lo necesario para la prestación de l servicio requerido.
2. No se aceptará condición a l guna en cuanto a cargos adicionales.
3. El p roveedor deberá elabo r ar su cot i zación indicando precios unitarios, desglosando subtotal, IV.A. y total, indicado marca que oferta cuando proceda.
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Parque | |||||
Servicio de a rrendamiento de dos vehículos l Con forme a lo requerido en el numeral 3 de l as presentes Especificaciones Técnicas. | l | Del 2 a l 6 de noviembre de 2023 | Titular de la Direcció n de Fomento y Proyectos de Desarrollo Económico de la Secretaría xx Xxxxxxx l lo de l Poder Ejecutivo xxx Xxxxx rno del Estado de Oaxaca | Paseo Juárez El Llano de la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, C.P. 68000 y Explanada municipal de la Agenc i a Munici pal de Santa Xxxxx Colotepec, | |
S. Muestras No aplica 6. Recursos hum o nos El proveedor deberá cont a r con el pe rsonal necesario Ciudad Administrativa "Bene rnérito Carretera I nternacional Oaxuca - Istmo Km 71.5 E dificio Tlalixtac de Cabr e ra , Oci>�aca. Tel. 951 | Oaxaca. p a ra la prestación d e l servicio. de las Américas" 5 " Porf i r i o D iaz" Nivel l C.P. 68 501 5000 Ext. 12252 |
4. Entrcgables
L
Económico
270
7. Soporte técnico No aplica
8. Mantenimiento No aplica
9. Capacitac l ón
No aplica
10 . Vigencia L
Será a partir de l zi fecha de la contratación y hasta la entrega del servicio
contratado.
11. For rna de paqo
El precio será fijo e incondicional a partir de l a fecha de la presentación de la cotización y durante la viqencia del Contrato.
El pago se realizará en una sola exhibición dent ro de los treinta días hábiles posteriores éJ la recepción de los eritreqables a entera satisfacción de la Contratante, de conforrnidad con el riu rner al 4 de las presentes Especificaciones T é c -vicas, previa presentación y validación del Comprobante Fiscal Digital por Inte rnet ( CFDI) c orrespondiente, debidamente requisitado, el cu a l se efectuará a través de trans ferencia bancarl a.
No se otorgará anticipo alquno.
El trámite de pago se realizaró él través del área administrativa correspondiente de l a Contratante.
72 . Garantías
Se ex' rne de la presentación de garantía de con formidad con el artículo 53 fracción 1, xxx Xxxx éJmento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Ciudad Administ rativa " Benemérito de las Américas"
Carretera Inte rna cional Oaxaca - Istmo Krn 77.5 Edificio 5 "Xxxxxxxx Xxxx" Nivel l C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx. Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 72252
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e I nmuebles del Estado de Oaxaca.
73 . Anexos adicionales y docurncntación complementaria No aplica.
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Ciudad Administrativa "Bene rnérito de las Américas"
Car retcr a I nte rnacional O ;:ixac rJ - Istmo Km ll.5 Edificio 5 "Porfi rio Xxxx" Nivel l C.P. 68270 Tlalixtac xx Xxxxxxx . Oaxaca. Tel. 000 000 0000 Ext. 72252
Oaxaca de Juárez a 23 de octubre 2023
RFC:
Xxxxx Jesusovna Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx
Directora de Fomento y Proyectos de Desarrollo Económico Secretaría de Desarrollo Económico
Me permito enviar una cotización de acuerdo a sus requerimientos que amablemente nos solicitó
SERVICIO - Servicio de arrendamiento de 2 vehículos tipo sprinter con capacidad para 20 personas cada una, para traslado de personal en el evento denominado "Expo Promoción Económica Región Xxxxx 2023" que se realizará en la localidad de Santa Xxxxx Colotepec, Oaxaca los días 03,04 y 05 de noviembre de 2023 .
Tipo de vehículo: Sprinter - Xxxxxxxx Xxxx - Capacidad para 20 personas Incluye:
• Transpo rtación en servicio privado.
L
• Operador y viáticos.
• Combustible para movimientos de viaje.
• Unidad equipada con aire acondicionado.
• Seguro de viajero a bordo de la unidad.
ITINERARIO:
Salida: 02 de noviembre de 2023
Hora de salida: 7: 00 horas
Lugar de salida: Parque Paseo Juárez El Llano de la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca
Recorridos locales: del 03 al 05 de noviembre del 2023
Regreso: 06 de noviembre de 2023 Hora de regreso: 17:00 horas
Lugar de salida: Explanada municipal de Santa Xxxxx Colotepec, Oaxaca
Tarifa por unidad = $29,650.00
Subtotal: $59,300.00
I.V.A = $9,488.00
Total = $68,788.00 (Sesenta y ocho mil setecientos ochenta y ocho pesos 00/100
m.n.)
Forma de pago: Una sola exhibición a la conclusión del servicio.
Vigencia de la cotización: 30 días hábiles.
No se efectuarán cargos adicionales ni otros costos adicionales .
Lugar de entrega: De acuerdo a sus requerimientos
Precios fijos, durante la contratación y vigencia de cotización Precios en moneda nacional, pesos mexicanos
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r r- ¿ V � 1• G R O U P •
ADMINISTRADORA ÚNICA