PROSPECTO DE ACTUALIZACIÓN
PROSPECTO DE ACTUALIZACIÓN
Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo por un valor nominal de US$ 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas) de
BANCO MACRO S.A.
En virtud del Programa de Emisión de Obligaciones Negociables a Mediano Plazo por un valor nominal de U$S 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas) descripto en el presente (el “Programa”), Banco Macro S.A. (el “Banco”) sujeto al cumplimiento de todas las leyes, normas y reglamentaciones que correspondan, podrá periódicamente emitir obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones en una o más Clases (las “Obligaciones Negociables”). El valor nominal total máximo de todas las Obligaciones Negociables que periódicamente se encuentren en circulación bajo este Programa será de U$S 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas).
El Banco describirá los términos y condiciones específicos de cada Clase de Obligaciones Negociables en un suplemento de precio del presente prospecto (el “Prospecto” y cada uno de los suplementos de precio al Prospecto, un “Suplemento de Precio”). Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa podrán:
⮚ estar denominadas en dólares estadounidenses u otras monedas;
⮚ tener vencimientos mínimos de 30 días a partir de la fecha de emisión;
⮚ devengar intereses a tasa fija o variable o estar emitidas sin devengar intereses; y
⮚ contemplar un rescate a opción del Banco o a opción del tenedor.
Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa revestirán el carácter de obligaciones simples, no convertibles en acciones según la Ley Nº 23.576 de Argentina y sus modificatorias (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y la normativa dictada por la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) y tendrán derecho a los beneficios establecidos en dicha ley y normas complementarias. Salvo que se especifique lo contrario en el Suplemento de Xxxxxx aplicable a una Clase de Obligaciones Negociables, las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, incondicionales y no subordinadas del Banco, con garantía común sobre su patrimonio, y en todo momento con igual prioridad de pago que todas sus demás deudas no garantizadas y no subordinadas, presentes y futuras (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho). El Banco podrá rescatar la totalidad, no sólo una parte, de una Clase de Obligaciones Negociables, a su opción, si ocurrieran ciertos hechos fiscales en Argentina a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos.
El Banco solicitará la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en los mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio, incluyendo Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) y el Mercado Abierto Electrónico S.A. (el “MAE”).
La creación de este Programa fue autorizada por resolución de los accionistas del Banco adoptada en la Asamblea celebrada el 26 xx xxxxx de 2016 y por resolución del Directorio del Banco de fecha 9 xx xxxxxx de 2016. El aumento del monto del Programa de U$S 1.000.000.000 a U$S 1.500.000.000 fue autorizado por resolución de la Asamblea de Accionistas del Banco de fecha 28 xx xxxxx de 2017. La actualización del Programa fue aprobada por la Asamblea de Accionistas de fecha 26 xx xxxxx de 2016 y el Directorio del Banco en su reunión de fecha 8 xx xxxxx de 2018.
Oferta Pública autorizada por Resolución Nº 18.247 de fecha 0 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx XXX. El aumento del monto máximo del Programa de US$1.000.000.000 a US$1.500.000.000 fue autorizado por la CNV mediante Resolución Nº 18.795 de fecha 22 xx xxxxx de 2017. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización del Banco y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831 tal como fuera modificada, la “Xxx xx Xxxxxxx de Capitales”. El Directorio del Banco manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera del Banco y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 119 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, el Banco, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización -estos últimos en materia de su competencia-, y las personas que firmen el Prospecto serán responsables de la información incluida en el mismo. De acuerdo con lo previsto en el artículo 120 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, los colocadores que sean designados en un Suplemento de Precio de acuerdo con lo previsto en el Prospecto deben revisar diligentemente la información contenida en el mismo. Los terceros que opinen sobre ciertas partes del Prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que hubieren emitido opinión.
Véase “Factores de Riesgo” para mayor información sobre ciertos riesgos que deberán ser considerados antes de realizar una inversión en las Obligaciones Negociables. El respectivo Suplemento de Precio de cualquier Clase de Obligaciones Negociables podrá detallar otros riesgos que deberán ser tomados en cuenta.
Las Obligaciones Negociables se encuentran excluidas del régimen de seguro de garantía de los depósitos – Ley N° 24.485 (tal como fuera modificada). Tampoco participan del privilegio especial, exclusivo y excluyente, ni del privilegio general y absoluto, acordados para los depositantes por el inciso e) del artículo 49 de la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 y sus modificatorias (la “Ley de Entidades Financieras”). Las Obligaciones Negociables no estarán garantizadas por garantía flotante ni especial ni estarán avaladas o garantizadas por cualquier otro medio ni por otra entidad financiera.
EL PROGRAMA NO CUENTA CON CALIFICACIÓN DE RIESGO. EL BANCO PODRÁ SOLICITAR QUE SE CALIFIQUE CADA CLASE Y/O SERIE DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES A SER EMITIDAS BAJO EL PROGRAMA CONFORME LO REQUIERAN LAS LEYES Y REGLAMENTACIONES APLICABLES, Y SEGÚN SE ESTABLEZCA EN EL CORRESPONDIENTE SUPLEMENTO DE PRECIO.
La fecha de este Prospecto es 28 xx xxxxx de 2018.
La información suministrada en este Prospecto en relación con la República Argentina y su economía está basada en información disponible al público; por lo que el Banco no efectúa ninguna declaración ni garantía al respecto. Ni la República Argentina ni ningún organismo gubernamental o subdivisión política de Argentina garantizan ni respaldan de ninguna forma las obligaciones del Banco respecto de las Obligaciones Negociables.
Los inversores deberán basarse únicamente en la información contenida en este Prospecto y en cualquier Suplemento de Precio. Ni el Banco ni los colocadores que eventualmente se designen han autorizado a ninguna persona a suministrar información diferente a la información contenida en este Prospecto y en cualquier Suplemento de Xxxxxx. La información contenida en este Prospecto es exacta únicamente en la fecha del presente, sin considerar el momento de su distribución ni de la venta de las Obligaciones Negociables.
Al adoptar la decisión de invertir en las Obligaciones Negociables, los inversores deberán basarse en su propio examen del Banco y de los términos de la oferta, incluidos los méritos y riesgos involucrados. No deberán interpretar el contenido de este Prospecto como un asesoramiento legal, comercial o impositivo. Deberán consultar con sus propios apoderados, asesores comerciales e impositivos.
La distribución de este Prospecto o de cualquiera de sus partes, incluido cualquier Suplemento de Precio, y la oferta, venta y entrega de las Obligaciones Negociables pueden estar limitadas por ley en ciertas jurisdicciones. El Banco y los colocadores requieren que las personas en cuyo poder se encuentre el presente Prospecto tomen conocimiento y cumplan con tales restricciones. Este Prospecto no constituye una oferta de venta ni una invitación a presentar ofertas para comprar Obligaciones Negociables en ninguna jurisdicción a ninguna persona a quien fuera ilícito realizar la oferta o invitación, ni constituye una invitación a suscribir o comprar Obligaciones Negociables. Para una mayor descripción de las restricciones sobre las ofertas, ventas y entregas de las Obligaciones Negociables y la distribución de este Prospecto y los documentos de la oferta relacionados con las Obligaciones Negociables, véase “Plan de Distribución”.
Las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa no han sido registradas según la Ley de Títulos Valores de 1933 de Estados Unidos y sus modificatorias (la “Ley de Títulos Valores Estadounidense”), ni ninguna ley de títulos valores estaduales. Salvo que sean registradas en los términos de la Ley de Títulos Valores Estadounidense, las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas únicamente en operaciones exentas del registro exigido por la Ley de Títulos Valores Estadounidense y las leyes de títulos valores de otras jurisdicciones. En consecuencia, el Banco ofrecerá y venderá Obligaciones Negociables registradas en tales términos o en operaciones exentas del registro a “compradores institucionales calificados” (según se define en la Norma 144A de la Ley de Títulos Valores Estadounidense) y fuera de Estados Unidos a personas no estadounidenses en cumplimiento de la Regulación S de la Ley de Títulos Valores Estadounidense.
El Banco podrá ofrecer las Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa directamente o a través de uno o más colocadores que oportunamente elija (los “Colocadores”), quienes podrán comprar Obligaciones Negociables, en nombre propio, al Banco para su colocación a inversores y a otros compradores a diversos precios relacionados con los precios prevalecientes en el mercado, según determine dicho colocador en el momento de la venta o, de acordarlo, a un precio de oferta fijo. Asimismo, el Banco podrá acordar con un Colocador que podrá emplear sus esfuerzos razonables para colocar Obligaciones Negociables del Banco en su representación según fuera especificado en el respectivo Suplemento de Precio. Tales Colocadores estarán indicados en el Suplemento de Precio que se utilice. El Banco se reserva el derecho de revocar, cancelar o modificar cualquier oferta de Obligaciones Negociables contemplada en este Prospecto o en cualquier Suplemento de Precio sin más trámite, véase “Plan de Distribución”.
ÍNDICE
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA INVERSIÓN 4
NOTA ESPECIAL REFERIDA A DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO 6
DATOS SOBRE DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y MIEMBROS DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA 11
INFORMACIÓN CLAVE SOBRE EL BANCO 23
RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS 27
HISTORIA Y DESCRIPCIÓN DE LOS NEGOCIOS DEL BANCO 49
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL BANCO Y SU GRUPO ECONÓMICO 64
SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO ARGENTINO 66
MARCO REGULATORIO DEL SISTEMA BANCARIO ARGENTINO 70
RESEÑA Y PERSPECTIVA OPERATIVA FINANCIERA 107
INFORMACIÓN ESTADÍSTICA SELECCIONADA 127
DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y EMPLEADOS 143
ACCIONISTAS PRINCIPALES 146
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS 147
INFORMACIÓN CONTABLE 148
DESCRIPCIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES 151
PLAN DE DISTRIBUCIÓN 175
SUSCRIPCION Y VENTA 177
CALIFICACIONES DE RIESGO 179
INFORMACIÓN ADICIONAL 180
CUESTIONES LEGALES 201
DOCUMENTOS A DISPOSICIÓN 202
CONSIDERACIONES GENERALES PARA LA INVERSIÓN
Posición en el mercado. En el presente Prospecto, el Banco realiza declaraciones respecto de su posición competitiva y su participación en el mercado del sector bancario argentino, así como respecto del tamaño de dicho mercado. Las declaraciones se realizaron sobre la base de las estadísticas y la información proporcionadas por terceros que, a juicio del Banco, son confiables. Si bien no existen motivos para suponer que dicha información o informes son inexactos en algún aspecto sustancial, el Banco no ha verificado en forma independiente los datos relativos a la posición competitiva del Banco, su participación en, y el tamaño y crecimiento del, mercado, los cuales fueron suministrados por terceros o por publicaciones específicas o generales del sector.
Redondeo. Algunas de las cifras que se incluyen en el presente Prospecto han sido redondeadas. En consecuencia, es probable que las cifras que figuran como totales en algunos cuadros no sean la suma aritmética de las cifras que las preceden.
Prácticas contables. El Banco lleva sus libros y registros contables en pesos, prepara y publica estados financieros en la Argentina (los “Estados Financieros”), de conformidad con las normas contables aplicables del Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central” o el “BCRA” y las “Normas del Banco Central”, respectivamente), que difieren en algunos aspectos importantes de las normas regulatorias aplicables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (las “NCP”). Los Estados Financieros contienen una descripción de las principales diferencias entre las Normas del Banco Central y las NCP. Los Estados Financieros para los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017 fueron preparados de conformidad con las Normas del Banco Central. Las mismas disponen que los Estados Financieros se ajusten para reflejar la incidencia de la inflación sobre los precios al consumidor en Argentina para los períodos anteriores al 28 de febrero de 2003. Durante los períodos siguientes al 28 de febrero de 2003, se suspendió el ajuste por inflación a los Estados Financieros. Sin embargo, en la interpretación de los Estados Financieros, los inversores deberán considerar que en los años recientes se han producido cambios significativos en los precios para ciertas variables económicas relevantes, incluyendo costos salariales, tasas de interés y tipos de cambio. Sin embargo, las regulaciones locales no han requerido la aplicación de ajuste por inflación en los Estados Financieros.
Los estados financieros consolidados del Banco consolidan los estados financieros de las siguientes compañías:
⮞ Banco del Tucumán S.A.;
⮞ Macro Bank Limited (una compañía inscriptas bajo las leyes de Bahamas) (“Macro Bank”);
⮞ Macro Securities S.A. (“Macro Securities”);
⮞ Macro Fiducia S.A. (“Macro Fiducia”); y
⮞ Macro Fondos S.G.F.C.I.S.A. (“Macro Fondos”).
Tal como se menciona en la nota 6. “Conciliación de saldos con el marco contable para la convergencia hacia las normas internacionales de información financiera (NIIF)” a los estados financieros por el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2017, mediante la Comunicación "A" 5541 el BCRA estableció los lineamientos generales para el proceso de convergencia hacia las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés), para la confección de estados financieros de las entidades bajo su supervisión, correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero de 2018, así como de sus períodos intermedios.
Adicionalmente, por medio de las Comunicaciones “A” 6114, 6430 y complementarias, el BCRA estableció lineamientos específicos en el marco de dicho proceso de convergencia, entre los cuales se definió transitoriamente hasta el 31 de diciembre de 2019 (i) la excepción a la aplicación de la sección 5.5 “deterioro de valor” de la NIIF 9 “Instrumentos financieros” y (ii) que a los fines de calcular la tasa de interés efectiva de activos y pasivos que así lo requiera para su medición, conforme a lo establecido por la NIIF 9, se podrá realizar una estimación en forma global del cálculo de la tasa de interés efectiva sobre un grupo de activos o pasivos financieros con características similares en los que corresponda su aplicación. Por último, mediante las Comunicaciones “A” 6323 y 6324 el BCRA definió el plan de cuentas mínimo y las disposiciones aplicables a la elaboración y presentación de los estados financieros de las entidades financieras a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018, respectivamente.
Considerando lo mencionado previamente, actualmente el Banco se encuentra en proceso de convergencia hacia las NIIF, con el alcance definido por el BCRA en la Comunicación “A” 6114, siendo el 1° de enero de 2017 la fecha de transición conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF".
La información financiera del Banco de conformidad con las Normas del Banco Central es enviada mensualmente al Banco Central y publicada en su página web xxx.xxxx.xxx.xx. Adicionalmente, el Banco presenta Estados financieros trimestrales y anuales ante el Banco Central, la CNV, BYMA y el MAE.
AVISOS A INVERSORES
Deterioro, sustracción, pérdida y destrucción de los títulos valores
En caso de deterioro, sustracción, pérdida y destrucción de los títulos valores o de sus registros, el titular deberá denunciar el hecho al Banco mediante escritura pública o por nota con firma certificada por notario o presentada personalmente ante la autoridad pública de control, una entidad en que se negocien los títulos valores o el BCRA, si es el propio Banco. Deberá acompañar una suma suficiente, a criterio del Emisor, para satisfacer los gastos de publicación y correspondencia, con el contenido de información que se detalla en los incisos a) a e) del artículo 1855 del Código Civil y Comercial. El Banco deberá suspender los efectos de los títulos con respecto a terceros bajo responsabilidad del peticionante, y entregar al denunciante constancia de su presentación y de la suspensión dispuesta (igual suspensión debe disponer, en caso de valores negociables ofertados públicamente, la entidad ante quien se presente la denuncia). Asimismo, deberá efectuar las publicaciones en el Boletín Oficial y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Argentina, por un día, con las condiciones previstas en el Artículo 1857 del Código Civil y Comercial. Adicionalmente, el Banco o la entidad que recibe la denuncia, estará obligado a comunicarla con la entidad en la que liste más cercana a su domicilio y, en su caso, al Banco en el mismo día de su recepción, y tratándose de títulos valores nominativos no endosables, dándose las condiciones previstas en el Artículo 1861 del Código Civil y Comercial, extender directamente un nuevo título valor definitivo a nombre del titular.
NOTA ESPECIAL REFERIDA A DECLARACIONES SOBRE EL FUTURO
En el presente Prospecto se han incluido ciertas declaraciones que el Banco considera “declaraciones a futuro”. Tales declaraciones a futuro se basan fundamentalmente en opiniones, expectativas y proyecciones actuales respecto de los acontecimientos y las tendencias financieras que incidirán en el futuro en el negocio del Banco. Muchos factores importantes, además de los que se analizan en otras secciones del presente Prospecto, podrían generar resultados reales marcadamente diferentes a los previstos en las declaraciones a futuro, incluidos entre otros:
• cambios generales económicos, comerciales, políticos, legales, sociales, o de cualquier otra índole en Argentina y en el mundo;
• efectos de la crisis económica y de los mercados financieros globales;
• deterioro en la situación comercial y económica en el plano regional;
• inflación;
• fluctuaciones y caídas (depreciación) en el tipo de cambio del peso;
• variaciones en las tasas de interés que puede afectar adversamente los márgenes financieros;
• normativas (incluyendo bancarias e impositivas) e intervención del gobierno de la República Argentina (el “Gobierno Argentino”);
• fallos adversos en procesos legales o administrativos;
• riesgos de crédito en general, como por ejemplo el aumento de los incumplimientos en el pago por parte de los prestatarios y otras formas xx xxxx;
• incremento en las previsiones por incobrabilidad;
• fluctuaciones o reducción del valor de la deuda soberana;
• disminución de los depósitos, perdida de clientes e ingresos;
• competencia en el mercado bancario, servicios financieros y otras industrias relacionados y pérdida de la participación xx xxxxxxx (“market share”);
• costos y disponibilidad de fondeo;
• cambios tecnológicos, cambios en hábitos de consumo y de ahorro e imposibilidad de implementar nuevas tecnologías;
• la habilidad del Banco para consumar adquisiciones en términos favorables y la integración de cualquier adquisición y la falta de obtención de las sinergias esperadas; y
• los factores de riesgo analizados en la sección “Factores de Riesgo” del presente Prospecto.
Los términos “se considera”, “podría”, “sería”, “se estima”, “continuaría”, “se prevé”, “se pretende”, “se espera”, “se pronostica”, “se cree” y otros similares se utilizan para identificar declaraciones a futuro. En tales declaraciones se incluye información relativa a los resultados de las operaciones, las estrategias comerciales, los planes de financiamiento, la posición competitiva, el entorno del sector, posibles oportunidades de crecimiento, los efectos de las reglamentaciones futuras y los efectos de la competencia que posiblemente o supuestamente podrían producirse en el futuro. Estas declaraciones tienen validez únicamente en la fecha en que fueron realizadas y el Banco no realizará ni asume obligación alguna de actualizarlas en forma pública o de revisarlas después de la distribución del presente Prospecto debido a nueva información, hechos futuros u otros factores. En vista de los riesgos e incertidumbres mencionados más arriba, los hechos y circunstancias futuros que se analizan en este Prospecto es posible que no ocurran y no constituyen una garantía del desempeño futuro.
TIPOS DE CAMBIO
Desde el 1º xx xxxxx de 1991 hasta fines de 2001, la Ley Nº 23.928 (la “Ley de Convertibilidad”) estableció un régimen conforme al cual el Banco Central estaba obligado a vender Dólares Estadounidenses a un tipo de cambio fijo de un peso por dólar estadounidense y a mantener reservas en oro y en moneda extranjera en todo momento equivalentes a la base monetaria. El 6 de enero de 2002, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 25.561 (y modificatoria y normas complementarias, la “Ley de Emergencia Pública”), que puso fin al régimen de la Ley de Convertibilidad, abandonando formalmente más xx xxxx años de paridad fija entre el peso y el dólar estadounidense y eliminando el requisito de las reservas mencionado anteriormente.
La Ley de Emergencia Pública, que ha sido prorrogada año tras año cuya vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2017, otorga al gobierno nacional la facultad de fijar el tipo de cambio del peso frente a las monedas extranjeras y a emitir regulaciones relativas al mercado cambiario. Tras un breve período en el cual el gobierno nacional estableció un sistema cambiario dual provisorio conforme a la Ley de Emergencia Pública, el peso ha fluctuado libremente frente a otras monedas desde febrero de 2002, aunque el Banco Central tuvo potestad para intervenir el mercado de cambios comprando y vendiendo divisas por cuenta propia, una práctica que llevó a cabo regularmente. En años pasados y particularmente desde el 2011, el gobierno argentino incrementó el control del tipo de cambio y la transferencia de fondos desde y para la Argentina.
Atento a los estrictos controles cambiarios que introdujo el gobierno anterior a partir de fines de 2011, en especial, la adopción de medidas que limitaron el acceso de empresas privadas e individuos a divisas extranjeras (entre ellas, la necesidad de obtener una autorización de la Administración Federal de Ingresos Públicos (la “AFIP”) para acceder al mercado de divisas), el tipo de cambio implícito, según se refleja en las cotizaciones de títulos argentinos negociados en mercados extranjeros, en comparación con sus respectivas cotizaciones en el mercado local, incrementó significativamente respecto al tipo de cambio oficial. A partir de diciembre de 2015 y con la xxxxxxxx del nuevo gobierno, se fueron levantando paulatinamente la mayoría de las restricciones cambiarias que se encontraban vigentes y, finalmente, el 9 xx xxxxxx de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6037 a través de la cual modificó radicalmente las regulaciones cambiarias aplicables, eliminando restricciones para acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (el “MULC”). Como consecuencia de la eliminación del monto límite para la compra de divisas sin afectación específica o necesidad de autorización previa, disminuyó considerablemente el importante diferencial que existía entre el tipo de cambio oficial y el tipo de cambio implícito derivado de transacciones con títulos valores. Adicionalmente, el 30 de diciembre de 2016, el Banco Central continuó eliminando controles cambiarios, mediante la eliminación de la repatriación obligatoria de fondos provenientes de la exportación de servicios. El 4 de enero de 2017, el Ministerio de Hacienda decidió reducir a cero el plazo mínimo aplicable a (i) el ingreso de fondos al MULC (tal como se define más adelante) proveniente de cierta deuda financiera y (ii) cualquier ingreso de fondos al MULC realizado por no residentes. El 19 xx xxxx de 2017, el BCRA dispuso a través de la Comunicación “A” 6244, un reordenamiento integral de las normas cambiarias que regulariza y elimina toda restricción para el acceso al MULC tanto para transferencias desde y hacia el exterior en cualquier moneda y reemplaza el marco normativo relativo a la posición general de cambios y las provisiones del Decreto N° 616/05, mientras que las normas que regulan los regímenes informativos se mantuvieron. Dicha norma entró en vigencia el 1° de julio de 2017.
Luego de varios años de moderadas variaciones en el tipo de cambio nominal, en 2012, el peso se depreció casi un 14,4% respecto xxx xxxxx estadounidense. A ello le siguió, en 2013 y en 2014, una devaluación del peso frente al dólar estadounidense de 32,6% y de 31,2%, respectivamente, incluyendo una depreciación de aproximadamente el 24,0% en enero de 2014. El peso perdió el 52,0% de su valor en 2015, principalmente luego del 16 de diciembre de 2015, cuando algunos de los controles cambiarios fueron levantados. En 2016, el peso se depreció el 21,9% y en el 2017 18,4%. No puede asesgurarse que el valor del Peso no se aprecie o deprecie nuevamente en el futuro.
Ver sección “Factores de Riesgo-Riesgos relacionados a la Argentina-Una significativa devaluación del peso contra el dólar estadounidense podría afectar adversamente a la economía argentina”.
El siguiente cuadro presenta los tipos de cambio máximo, mínimo, promedio y final del período para los períodos indicados, expresados en pesos por dólar estadounidense y no ajustados por inflación.
Tipo de Cambio (Peso por Dólar) | ||||
MÁXIMO | MÍNIMO | PROMEDIO (1) | FINAL DEL PERÍODO | |
2012 | 4,9173 | 4,3048 | 4,5515 | 4,9173 |
2013 | 6,5180 | 4,9228 | 5,4798 | 6,5180 |
2014 | 8,5555 | 6,5430 | 8,1188 | 8,5520 |
2015 | 13,7633 | 8,5537 | 9,2689 | 13,0050 |
2016 | 16,0392 | 13,0692 | 14,7794 | 15,8502 |
2017 | 18,8300 | 15,1742 | 16,5665 | 18,7742 |
Octubre 2017 | 17,6775 | 17,3217 | 17,4528 | 17,6713 |
Noviembre 2017 | 17,6703 | 17,3307 | 17,4925 | 17,3845 |
Diciembre 2017 | 18,8300 | 17,2600 | 17,7001 | 18,7742 |
Enero 2018 | 19,6525 | 18,4158 | 19,0290 | 19,6525 |
Febrero 2018 | 20,1600 | 19,4700 | 19,8409 | 20,1150 |
Marzo 2018(2) | 20,3875 | 20,1620 | 20,2521 | 20,2142 |
(1) Determinado en base a promedios diarios.
(2) Al 23 xx xxxxx de 2018. Fuente: BCRA.
RESUMEN DEL PROSPECTO
Este resumen destaca cierta información que aparece en el resto de este Prospecto. Sin perjuicio de que este resumen contiene sólo cierta información que el Banco considera es la más relevante, el inversor debería leer cuidadosamente todo el Prospecto antes de invertir en las Obligaciones Negociables. Asimismo, el inversor debería tener en cuenta ciertos riesgos los cuales son tratados bajo la sección “Factores de Riesgo” del presente Prospecto, y los Estados Financieros y notas relacionadas que se encuentran anexos al presente.
Banco Macro
El Banco es una de las entidades bancarias líderes en Argentina. Con la más extensa red de sucursales del sector privado en el país, el Banco ofrece una gama de productos y servicios financieros estándar a una base de clientes de todo el país. El Banco se distingue de sus competidores por su sólida situación financiera y su enfoque hacia individuos de bajos y medios ingresos y en pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Banco entiende que esta estrategia ofrece significativas oportunidades de crecimiento sostenido a su negocio bancario. Al 30 de septiembre de 2017, el Banco se ubicaba en la primera posición en términos sucursales y de patrimonio neto y en la tercera posición en términos de préstamos totales y de depósitos totales entre todos los bancos privados de Argentina.
Al 31 de diciembre de 2017, el Banco tenía, en forma consolidada:
• Ps. 224.242,7 millones en activos totales;
• Ps. 129.585,6 millones en préstamos al sector privado no financiero y residentes en el exterior;
• Ps. 144.225,9 millones en depósitos totales;
• aproximadamente 3,5 millones de clientes individuos y 0,1 millones de clientes comerciales; y
• aproximadamente 1,1 millones de cuentas Plan Sueldo (tal como dicho término se define más adelante) para clientes del sector privado y gobiernos provinciales y 0,8 millones de cuentas de la seguridad social.
El resultado neto consolidado del Banco para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 ascendió a Ps. 9.388,8 millones, lo que representa un retorno sobre el patrimonio neto promedio del 28,6% y un retorno sobre los activos promedios del 5,2%.
En general, debido al relativamente bajo nivel de intermediación bancaria en Argentina, el Banco está ofreciendo productos y servicios limitados. El Banco se está concentrando en el crecimiento global de su cartera de préstamos, expandiendo su número de clientes, y alentándolos al uso de sus productos crediticios. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios ni por regiones ni cualquier otro tipo de segmentación, con el propósito de asignar recursos o evaluar rentabilidad. Los productos y servicios del Banco consisten en cuentas corrientes y cajas de ahorro, tarjetas de crédito y débito, préstamos para financiar consumo y otros productos crediticios y servicios transaccionales que provee a través de su red de sucursales tanto a sus clientes individuales, como a pequeñas y medianas empresas. Asimismo, el Banco provee servicios de acreditación en cuenta de sueldos (“Plan Sueldo”), financiamiento comercial, tarjetas de crédito corporativas, préstamos comerciales con garantía hipotecaria, procesamiento de transacciones y cambio de divisas. Adicionalmente, el servicio de Plan Sueldo para empresas privadas y al sector público provee al Banco de una base de depósitos de clientes amplia y estable.
Ventajas competitivas del Banco
El Banco considera que se encuentra bien posicionado para aprovechar las oportunidades creadas por la recuperación del entorno económico y comercial en Argentina. Sus ventajas competitivas incluyen:
⮞ Sólida posición financiera. Al 31 de diciembre de 2017, el exceso de capital del Banco era de Ps. 35.114,7 millones (28,1% de ratio de capitalización regulatorio). El exceso de capital del Banco tiene como objetivo respaldar su crecimiento orgánico y consecuentemente un mayor apalancamiento del balance.
⮞ Rentabilidad sostenida: Al 31 de diciembre de 2017, el Banco ha sido el único en obtener ganancias durante los últimos 64 trimestres consecutivos en Argentina, con una rentabilidad promedio sobre el patrimonio neto (“ROE”) del 37,2%, 34,1% y 28,6% para 2015, 2016 y 2017, comparada con el 32,4%, 29,7%, y 25,8% respectivamente del sistema financiero argentino en conjunto.
⮞ Importante Patrimonio Neto: Al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017 el patrimonio neto del Banco ascendía a Ps.15.877,6 millones, Ps.22.105,9 millones y Ps. 43.130,5 millones, respectivamente, calculado de conformidad con las Normas del Banco Central.
⮞ Fuerte presencia en mercados de clientes de rápido crecimiento. El Banco ha adquirido una posición de liderazgo con individuos de bajos y medios ingresos y entre las pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no estaban adecuadamente atendidas por el sistema bancario. De acuerdo a lo experimentado, este mercado objetivo ofrece importantes oportunidades de crecimiento y una base estable de depositantes.
⮞ Gran exposición al crecimiento impulsado por las exportaciones. Teniendo en consideración la ubicación geográfica de los clientes a los que el Banco apunta, éste ha adquirido otras entidades financieras con un gran número de sucursales situadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo de completar su cobertura nacional. El Banco se enfoca principalmente en algunas de las provincias orientadas a la exportación. En la mayor parte de estas provincias la actividad económica se concentra, principalmente, en la agricultura, minería, transporte de cargas, industria aceitera, ganadería y turismo, actividades que se han beneficiado con el crecimiento producido en la economía argentina como resultado de las exportaciones.
⮞ La mayor red de sucursales del sector bancario privado en Argentina. Con 445 sucursales y 1.443 cajeros automáticos (ATMs) al 31 de diciembre de 2017 el Banco cuenta con la red de sucursales más extensa entre los bancos privados de Argentina. El Banco considera a su red de sucursales como su principal canal de distribución en el ofrecimiento de sus productos y servicios a su base de clientes, mediante una atención personalizada. En línea con la estrategia del Banco, alrededor del 94% de dichas sucursales están ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
⮞ Base de clientes leales. La cartera de clientes del Banco está constituida por clientes leales, debido a su presencia en mercados que tradicionalmente estaban desatendidos y al servicio de Plan Sueldo. Asimismo, el Banco se ha beneficiado de la regulación argentina que requiere que todos los empleados mantengan cuentas bancarias para el depósito directo de sus salarios. Por otra parte, el Banco enfatiza la relación directa con sus clientes, a fin de poder ofrecerles asesoramiento personalizado.
⮞ Agente financiero exclusivo de cuatro gobiernos provinciales argentinos. El Banco brinda servicios de agente financiero a los gobiernos provinciales xx Xxxxx, Jujuy, Misiones y Tucumán, en la región norte de la Argentina. En consecuencia, el Banco mantiene las cuentas bancarias de cada uno de estos gobiernos provinciales y provee cuentas Plan Sueldo a todos sus empleados, lo que le da acceso x xxxxxxx de financiamiento de bajo costo y a un gran número de clientes leales.
⮞ Conducción eficiente y experimentada, y accionistas comprometidos. La conducción del Banco se encuentra en manos de un grupo de accionistas comprometido que ha logrado transformar un pequeño banco mayorista en uno de los bancos más fuertes y grandes de Argentina, y un equipo gerencial de primera línea con vasta experiencia en el sector bancario.
La estrategia del Banco
Las ventajas competitivas del Banco lo posicionan para aprovechar el futuro desarrollo del sistema financiero argentino.
El objetivo del Banco es lograr un crecimiento general mediante el aumento de su base de clientes, la expansión de su cartera de créditos y la generación de mayores ingresos por servicios transaccionales. El Banco cumple ese objetivo mediante una administración unificada, focalizando su estrategia de crecimiento en el ofrecimiento y promoción de sus productos bancarios estándar y servicios a sus clientes. El Banco busca lograr su estrategia de crecimiento a través de la adquisición de bancos en Argentina, lo que ha permitido al Banco expandir su red de sucursales y su base de clientes significativamente. El Banco ha aprovechado las oportunidades presentadas por el sistema financiero argentino, para acceder a nuevos lugares mediante la adquisición de otros bancos o absorbiendo sucursales de bancos liquidados por el Banco Central.
El Banco se ha propuesto continuar fortaleciendo su posición de banco líder en Argentina. Los principales elementos de la estrategia del Banco incluyen:
⮞ Focalización en mercados desatendidos con fuerte potencial de crecimiento. El Banco seguirá focalizándose tanto en los individuos de bajos y medios ingresos como en pequeñas y medianas empresas, cuya mayoría ha sido tradicionalmente desatendida por el sistema bancario argentino y que en general se encuentran ubicados fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde la competencia es relativamente débil y el Banco ya es una entidad líder. Estos mercados ofrecen atractivas oportunidades dada la baja penetración de servicios bancarios y la escasa competencia.
⮞ Mayor expansión del modelo de gestión a través de la red de sucursales y el desarrollo de la red mediante la apertura de nuevas sucursales, reforzando las oportunidades de negocios locales y centrándose en los puntos de ventas y apoyo en función de las necesidades específicas de sus clientes.
⮞ Mayor expansión de su base de clientes. El Banco tiene previsto continuar incrementando su base de clientes, lo que resulta esencial para aumentar sus ingresos financieros y por comisiones. Para atraer nuevos clientes, el Banco se propone:
⮞ Ofrecer líneas de crédito a mediano y largo plazo. El Banco intentará capitalizar la creciente demanda de crédito a largo plazo, que entiende acompañará el futuro crecimiento económico de Argentina. El Banco utilizará su alta liquidez y base de capital para ofrecer una variedad de productos crediticios de largo y mediano plazo más accesible que la de sus competidores.
⮞ Focalizar en clientes comerciales. El Banco aumentará el financiamiento a empresas mediante una amplia oferta de productos crediticios y transaccionales a medida del perfil y las necesidades de cada cliente.
⮞ Expandir los servicios del Plan Sueldo. El Banco continuará comercializando activamente los servicios del Plan Sueldo, enfatizando los beneficios que su vasta red brinda a empresas con necesidades nacionales o regionales.
⮞ Fortalecer la participación xx xxxxxxx del Banco en tarjetas de crédito, aumentando la actividad promocional y los beneficios para los clientes.
⮞ Continuar ampliando el uso de los canales automáticos, tanto en la atracción de clientes como para los productos minoristas, aumentando así la eficiencia operativa.
⮞ Expandir aún más el desarrollo del servicio de asistencia al cliente, brindándoles diferentes medios para realizar sus operaciones financieras sin límites de tiempo, en forma totalmente segura, simple y confortable.
⮞ Concentrarse en los nuevos objetivos de sustentabilidad, alineados a los negocios del Banco en sus áreas fundamentales, y ampliar aún más dichas iniciativas.
⮞ Buscar oportunidades de crecimiento. Un componente clave en la estrategia del Banco es la búsqueda continua de oportunidades de crecimiento, incluyendo potenciales adquisiciones. El Banco, en cualquier momento, puede tener bajo consideración una o más potenciales adquisiciones o transacciones similares dentro del sector bancario y financiero argentino, sea en distintas etapas de evaluación, negociación y/o procesos de revisión, pudiendo cualquiera de ellas ser material considerándose en forma individual o colectiva. Véase “El Banco continuará considerando oportunidades de adquisición, que pueden no ser exitosas – Factores de Riesgo”.
DATOS SOBRE DIRECTORES, ALTA GERENCIA Y MIEMBROS DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Directores Titulares, Suplentes y Alta Gerencia
La administración del Banco está a cargo de un Directorio actualmente integrado por trece miembros titulares y tres miembros suplentes. Para mayor información sobre el modo de elección de los directores del Banco, véase “Información Adicional - Elección de Directores”.
Directorio
En virtud de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 T.O. 1984 y sus modificatorias (la “Ley General de Sociedades”), los directores están obligados a cumplir sus funciones con la lealtad y diligencia propias de un hombre de negocios prudente. Los directores son ilimitada y solidariamente responsables hacia la sociedad en la cual ejercen dichos cargos, sus accionistas y los terceros por su mal desempeño, por infringir la ley, los estatutos o reglamentos de la sociedad, si hubiere, y por los daños y perjuicios ocasionados por fraude, abuso de autoridad o culpa grave. Se considera como parte integrante del deber de lealtad de un director: (i) la prohibición de utilizar los activos de la sociedad como así también información confidencial para fines privados;
(ii) la prohibición de sacar ventaja o permitir que otras partes saquen ventaja, por acción u omisión, de las oportunidades comerciales de la sociedad; (iii) la obligación de ejercer las facultades otorgadas por el Directorio únicamente para los fines pretendidos por la ley, los estatutos de la sociedad o una resolución de la asamblea de accionistas o del Directorio; y (iv) la obligación de adoptar cuidados extremos de manera que el Directorio, directa o indirectamente, no actúe contra los intereses de la sociedad. El director deberá informar al Directorio y a la comisión fiscalizadora de la sociedad sobre cualquier conflicto de intereses que pudiera tener en una operación propuesta y deberá abstenerse de deliberar y votar al respecto.
El Directorio tiene a su cargo la administración del Banco y toma todas las decisiones establecidas en la Ley General de Sociedades, el estatuto del Banco y otras regulaciones aplicables. El Directorio es el responsable de ejecutar las decisiones asamblearias y por el desarrollo de las tareas especialmente delegadas por los accionistas.
El siguiente cuadro presenta información sobre los miembros titulares y suplentes del Directorio del Banco:
Nombre | Cargo | Edad | Año de designación | Año de finalización |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx* | Presidente | 65 | 2002 | 2017 |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx*1 | Vicepresidente | 65 | 2002 | 2017 |
Xxxxx Xxxxx Xxxxx | Director | 38 | 2002 | 2018 |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx | Director | 60 | 2016 | 2018 |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Director | 51 | 2016 | 2018 |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (2) | Director | 62 | 2016 | 2018 |
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx (1) (2) | Director | 34 | 2016 | 2018 |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (2) | Director | 73 | 2016 | 2017 |
Xxxxx Xxxx Xxxxxx (2) | Director | 64 | 2016 | 2017 |
Xxxxxx Xxxxx | Director | 35 | 2007 | 2019 |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx | Director | 33 | 2009 | 2019 |
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (1) (2) | Director | 63 | 2016 | 2019 |
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (1) (2) | Director | 42 | 2017 | 2017 |
Xxxxxxxxx Xxxxx | Director Suplente | 36 | 2007 | 2018 |
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx (1) (2) (3) | Director Suplente | 29 | 2016 | 2018 |
Xxxxxx xx Xxxx (2) | Director Suplente | 64 | 2017 | 2018 |
* A la fecha del presente Prospecto, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx se encuentra en uso de licencia
*1 Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia.
(1) Designado a propuesta del accionista ANSES-FGS.
(2) Director Independiente
(3) El 0 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxxxx aceptó la renuncia al cargo de Director Suplente presentada por el señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, con efectos diferidos a la fecha de celebración de la próxima asamblea de accionistas.
Existen las siguientes relaciones familiares entre los miembros del Directorio: (i) Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx son cuñados; (ii) Xxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxx son hijos de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx y sobrinos xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx; (iii) Xxxxxxxxx Xxxxx es hija de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx y sobrina xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx; (iv) Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx son hermanos; (v) Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx es hijo xx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx y sobrino de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx; y (vi) Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxx son primos.
A continuación se presentan breves descripciones biográficas de los miembros del Directorio del Banco:
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx (CUIT: 20105505494) nació el 23 de julio de 1952. Es presidente del Directorio del Banco y se encuentra de licencia hasta la próxima Asamblea General Ordinaria. También actúa como presidente del Directorio de Banco del Tucumán S.A., en uso de licencia hasta la próxima Asamblea General Ordinaria, e Inversora Juramento S.A. El Xx. Xxxxx desempeña funciones en el Banco desde junio de 1988.
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20107881094) nació el 21 de noviembre de 1952. Fue el vicepresidente del Directorio hasta el 23 xx xxxxx de 2015, y designado nuevamente como vicepresidente el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxxxx en su carácter de vicepresidente del Directorio ejercerá la Presidencia del Directorio hasta la próxima Asamblea General Ordinaria. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de abogado expedido por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina. También actúa como vicepresidente del Directorio de Banco del Tucumán S.A. en ejercicio de la presidencia del Directorio hasta la próxima Asamblea General Ordinaria. Es Presidente de Santa Xxxxxxxx S.A., Milsbor Corporation y Colbrey S.A. El Xx. Xxxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde junio de 1988.
Xxxxx Xxxxx Xxxxx (CUIT: 23272871809) nació el 29 xx xxxxx de 1979. Es miembro del Directorio del Banco desde 2002 y fue director financiero desde el 16 xx xxxxx del 2012 hasta el 8 de noviembre de 2017. También actúa como presidente de Macro Securities S.A., Xxx Xxxx S.A. y Genneia S.A., como vicepresidente de Inversora Juramento S.A. y como director titular de Banco del Tucumán S.A. y de Macro Bank Limited. El Xx. Xxxxx desempeña funciones en el Banco desde junio de 2002.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, (CUIT: 20128905406) nació el 6 xx xxxxx de 1957. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. Dentro de la actividad financiera, fue Subgerente de Créditos (1980-1983), Subgerente de Sucursal (1983-1986), Oficial de Crédito (1986-1989) y Subgerente Comercial (1991-1997) de Citibank Argentina respectivamente. Fue vicepresidente de Banca de Inversión de Citibank USA (1989-1991) y Vicepresidente de Planeamiento en Citibank N.A. Argentina (1997-2003). Fue también vicepresidente de la Asociación de Bancos (2001-2002) y director titular del Banco Patagonia S.A. (2007-2016). El Xx. Xxxxxxxxxx actualmente es Presidente de Degasa Holding, Degasa Investment, Havanna S.A., Xxxxxxxx S.A. e Inverlat S.A. Además, es vicepresidente de Desarrollos Gastronomicos S.A., Impresora Contable S.A., Havanna Holding, Aspro Servicios Petroleros S.A. y QSR S.A. También se desempeña como director titular de New Arrecife S.A. y Desarrollo Epsilon S.A.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20178019040) nació el 6 xx xxxx de 1966. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad Católica Argentina. Dentro de la actividad financiera, fue Director del Citibank Argentina (1989-1992), Jefe xx Xxxxxxx de Capitales (1992-1994) y Gerente Banca Corporativa (1996-1997) de ABN AMRO Bank Argentina respectivamente, fue Head of Equity (originación LATAM) de ABN AMRO Países Bajos (1994-1995) y Gerente de Banca Corporativa de ABN AMRO Bank USA (1995-1996). Fue Director de Banco Liniers Sudamericano (1997-1998), fue Gerente de Banca de Inversión en el Bankers Trust (1997-1999), trabajó en Xxxxx Manhattan Bank y First National Bank of Chicago entre 1998 y 1999 y fue Gerente General de Deutsche Bank Argentina (1999-2003). Actualmente es presidente de Desarrollos Gastronómicos S.A., Delta Compresión S.A., Xxxxxxxx, Tusdar y Aspro Servicios Petroleros S.A. Además, es vicepresidente de New Arrecife S.A. y Desarrollo Epsilon S.A. y se desempeña también como director titular de Banco del Tucumán S.A., Impresora Contable S.A., QSR, Xxxxxxxx y Cablevisión Holding S.A. y como director suplente de Inverlat S.A., Xxxxxxx S.A. y Havanna Holding S.A.
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20119860831) nació el 27 de enero de 1956. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxxx posee el título de actuario expedido por la Universidad de Buenos Aires y un M.B.A. en finanzas de la Universidad de Chicago. Dentro de la actividad financiera, fue Trainee en Citibank N.A. Argentina (1983-1986), Vicepresidente de Citibank N.A. USA (1987-1988), Vicepresidente en Banque Nationale de Paris USA (1988-1990), Responsable de Banca de Inversión en Banque Nationale de Paris Argentina (1990-1998), Director Asistente xx Xxxx Merchant Bank LTD (of. de rep Argentina) (1998), consultor de Banco Comafi S.A. (1998-1999), Director de Comafi Soc. Gte. Fondo Común de Inversión (1999-2001), Responsable de Banca de Inversión de Banco Comafi S.A. (2000-2001), Director Titular de Banco Comafi S.A. (2002-2006), Adscripto al Directorio de Banco Comafi S.A. (2014-2016), Director Suplente de Banco del Tucumán S.A. (2000- 2001), Director Titular de The Capita Corporation (2004-2006), Director Titular de MBA Asset Management S.G.F.C.I.S.A. (2008-2010), Director Titular de MBA Xxxxxx Soc. de Bolsa S.A. (2008-2014), Director Titular de MBA Xxxxxx Banco de Inversiones S.A. (2010-2014) y Director Suplente de MBA Lazard Holdings S.A. (2010-2011). Actualmente, actúa como director de Macro Securities S.A., Argencontrol S.A. y Mercado Abierto Electrónico S.A. Además es Socio Gerente de Delsan S.R.L.
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20306930711) nació el 11 xx xxxxx de 1984. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016 y fue nombrado en Representación de la ANSES- Fondo de Garantía de Sustentabilidad (“FGS”). El Xx. Xxxxxxxx posee el título de licenciado en Ciencias Políticas expedido por la Universidad Católica Argentina. Dentro de la actividad financiera, fue Asesor de Directorio del Banco de la Provincia de Buenos Aires (2009-2011).
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20046073607) nació el 23 de diciembre de 1944. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016, cargo en el que ya se había desempeñado desde el 2002 hasta el 2010. El Xx. Xxxxxxx posee el título de abogado expedido por la Universidad de Buenos Aires. En el sector publico el señor Xxxxxxx integró el Directorio y fue Vicepresidente del Banco Central de la República (1986-1989) y se desempeñó como Subsecretario de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio de Economia de la Nación (1999-2001).
Xxxxx Xxxx Xxxxxx (CUIT: 20100436303 ) nació el 00 xx xxxxx xx 0000. Xx miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016. El Xx. Xxxxxx posee el título de licenciado en economía expedido por la Universidad Católica Argentina y un curso superior en finanzas monetarias y bancarias de la Universidad Católica Argentina. Dentro de la actividad financiera, trabajo en evaluación de proyectos de inversión para la Caja Nacional de Ahorro y Seg./Consejo Federal de Inversiones (1975-1978). En el Sector Público actuó en el Banco Central de la República Argentina como economista de planta (1980-1981) y Director Titular (1986-1988) y como Secretario de Hacienda del Ministerio de Economía (1999-2001). En el sector bancario, fue Gerente de
Planeamiento del Banco de Crédito Argentino (1981-1986), Director Titular del Banco Sudameris (2001-2002), Presidente Ejecutivo de la Asociación de Bancos de la Argentina (2002-2011), Director Titular de la Federación Latinoamericana de Bancos (2002-2004/2008-2010), Director Titular de Seguro de Depósitos S.A. (2008-2011), Director Titular de BBVA Consolidar Seguros S.A. (2012-2016), Director Titular xx Xxxxxxxx Arg. Cia. de Seguros (2014-2015), Director Titular de PSA Finance Arg. Cia. Financiera S.A. (2012), Director Titular de Xxxxx Xxx. Financiera S.A. (2012-2016) y Director Titular de BBVA Francés S.A. (2012-2016). A su vez, actuó como asesor de empresas y bancos en las áreas económica y financiera (1989-1999).
Xxxxxx Xxxxx (CUIT: 20298663008) nació el 5 de octubre de 1982. Es miembro del Directorio del Banco desde el 2007. El Xx. Xxxxx posee el título de licenciado en economía empresarial expedido por la Universidad Torcuato Di Tella. Adicionalmente, es presidente de Comercio Interior S.A., Xxxxx Xxxxxxx S.A. y Macro Warrants S.A. También actúa como director titular de Inversora Juramento S.A. y como director suplente de Banco del Tucumán S.A. y Genneia S.A. Xxxxxx Xxxxx desempeña funciones en el Banco desde octubre 2005.
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 27310892017) nació el 4 de julio de 1984. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016, se desempeñó anteriormente en el Directorio desde el año 2009 al año 2011. El Xx. Xxxxxxxx posee el título licenciado en economía empresarial expedido por la Universidad Torcuato Di Tella. También actúa como director titular de Colbrey S.A., Millsbor Corporation, Havanna S.A. y Havanna Holding S.A. y como director suplente de Genneia S.A. y es vicepresidente de Santa Xxxxxxxx S.A.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20113717506) nació el 28 de noviembre de 1954. Es miembro del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016 y fue nombrado en Representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxxxx posee el título de abogado expedido por la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxx fue Director de Legales de Telefónica Argentina S.A. (1990-1995), Socio del Estudio O´Xxxxxxx Abogados (1995-1997) y Consejero del Consejo de la Magistratura (2010-2014). Además, se ha desarrollado como abogado independiente.
Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx (CUIT: 20245615362) nació el 5 xx xxxxxx de 1975. Es miembro del Directorio del Banco desde el 28 xx xxxxx de 2017 y fue nombrado en Representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxx Xxxxxx posee el título de Licenciado en Economía expedido por la Universidad de San Xxxxxx. El Xx. Xxxxx Xxxxxx fue Director asociado de MetLife – Chile (2000- 2003), se desempeñó como Chief Investment Officer de MetLife – Chile (2005-2012) y como Managing Director Argentina/Regional de MetLife (2012-2016). También actúa como Subdirector Ejecutivo de Operación del F.G.S y como director suplente de EDENOR.
Xxxxxxxxx Xxxxx (CUIT: 27290765671) nació el 2 de octubre de 1981. Es directora suplente del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016, se desempeñó anteriormente como miembro titular desde el año 2007 al año 2015. Desempeña funciones en el Banco desde mayo de 2005. La Xxx. Xxxxx posee el título de licenciada en administración de recursos humanos expedido por la Universidad xxx Xxxxxxxx. También actúa como director suplente de Banco del Tucumán S.A.
Xxxxxx Xxxxx Xxxxx (CUIT: 20340272952) nació el 11 xx xxxxxx de 1988. Es miembro suplente del Directorio del Banco desde el 26 xx xxxxx de 2016 y fue nombrado en Representación de la ANSES-FGS. El Xx. Xxxxx posee el título de licenciado en economía expedido por la Universidad de Buenos Aires y cursó un master en economía aplicada de la Universidad Torcuato Di Tella. El Xx. Xxxxx es asesor técnico de la Universidad Nacional Tres de Febrero desde el 2014. El 0 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxxxxxxx aceptó la renuncia al cargo de Director Suplente presentada por el señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, por estrictas razones de índole personal y con efectos diferidos a la fecha de celebración de la próxima asamblea de accionistas.
Xxxxxx xx Xxxx (CUIT: 20164128327) nació el 6 de septiembre de 1963. Es miembro suplente del Directorio del Banco desde el 28 xx xxxxx de 2017 y fue nombrado en Representación de la ANSES-FGS. El Xx. xx Xxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad de Buenos Aires. El Xx. xx Xxxx se desempeñó en el área de Finanzas Corporativas del Citibank N.A. (1989-1994), fue Director de Banca de Inversión en Xxxxxxx Xxxxx & Co. (1994-1997), fue Gerente de CEI Citicorp Holdings S.A. (1997-2000), se desempeñó como Director Financiero Regional de Xxxxx Xxxxxxx Commodities (2001-2009) y se desempeñó como Director Ejecutivo Regional de Xxxxx Xxxxxxx Commodities (2007-2009). Actualmente ocupa el cargo de miembro suplente del Consejo de Administración de Agrovía S.A.
Alta Gerencia
Los gerentes del Banco supervisan las operaciones del día a día para verificar la ejecución de todos los objetivos generales estratégicos del Banco. La estructura actual prevee un Gerente General que reporta al Directorio y miembros de la Alta Gerencia que reportan a él. Además existen, entre otros, los siguientes comités dentro del Banco, integrados por diferentes directores y funcionarios ejecutivos: el Comité de Auditoría Interna, el Comité de Sistemas, el Comité de Créditos Senior, el Comité de Activos y Pasivos, el Comité de Prevención de operaciones xx xxxxxx de dinero, el Comité de Recupero, el Comité de Gestión de Riesgos, el Comité de Ética y Cumplimiento, el Comité de Nombramientos y Gobierno Societario, el Comité de Incentivos al Personal, el Comité de Crisis, el Comité de Gestión Estratégica y el Comité de Protección al Usuario de Servicios Financieros.
El siguiente cuadro presenta información de los miembros de la Alta Gerencia del Banco:
Nombre | Cargo | Edad | ||
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx | Gerente General | 48 | ||
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Recursos Humanos | 51 | ||
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx | Gerente de Finanzas | 47 | ||
Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | Gerente Riesgo Crediticio | 57 | ||
Xxxxxxxxx Xxxx | Gerente de Distribución y Ventas | 45 | ||
Xxxxx Xxxxxxx | Gerente de Control de Gestión y Planificación Estratégica | 44 | ||
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Gerente de Relaciones Institucionales y Atención al cliente | 41 | ||
Xxxxxxx Xxxxxxxx | Gerente de Gestión Integral de Riesgo | 57 | ||
Xxxxx Xxxx Xxx Xxxxxxxx | Gerente de Legales | 43 | ||
Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Banca de Inversión | 41 | ||
Xxxxxx Xxxxxx | Gerente de Bancas Comerciales | 49 | ||
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx | Gerente de Operaciones y Tecnología | 49 | ||
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Gerente de Banca Corporativa | 52 | ||
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx | Gerente de Banca Gobierno | 43 |
A continuación se presentan breves descripciones biográficas de los miembros de la Alta Gerencia del Banco:
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx (CUIT: 20209762774) nació el 23 xx xxxxxx de 1969. Es Gerente General y miembro del Comité de Activos y Pasivos, del Comité de Créditos Senior, del Comité de Sistemas, del Comité de Gestión de Riesgos, del Comité de Crisis y del Comité de Gestión Estratégica. El Xx. Xxxxxxxxx posee el título de administración de empresas de la Universidad xx Xxxxxxxx. El Xx. Xxxxxxxxx posee un posgrado en finanzas de la Universidad del CEMA y un curso de Gestión en el IAE. Desempeña funciones en el banco desde Febrero de 2015.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20181304082) nació el 9 de enero de 1967. Es Gerente de Recrusos Humanos y miembro del Comité de Gestión de Riesgos, del Comité de Ética y Cumplimiento, del Comité de Nombramientos y Gobierno Societario y del Comité de Incentivos al Personal. El Xx. Xxxxxx posee los títulos de contador público y en administración de empresas, ambos expedidos por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Además, posee los títulos de analista de sistemas expedido por la Universidad de Buenos Aires y de psicología expedido por la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales. El Xx. Xxxxxx desempeña funciones en el Banco desde febrero de 1989. El Xx. Xxxxxx también actúa como director suplente de Banco del Tucumán S.A. y como director de Provincanje S.A.
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20216455925) nació el 19 xx xxxx de 1970. Es Gerente de Finanzas y miembro del Comité de Activos y Pasivos y del Comité de Gestión de Riesgos del Banco. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de Licenciado en Economía expedido por la Universidad xx Xxxxxxxx y una maestría en finanzas expedida por la Universidad del CEMA. El Xx. Xxxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde mayo de 2006.
Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 27144315214) nació el 24 de febrero de 1961. Es Gerente de Riesgo Crediticio y miembro del Comité de Créditos Senior, del Comité de Gestión de Riesgos y del Comité de Recupero Senior. La Xxx. Xxxxxx posee los títulos de contador público, economía y administración de empresas, expedidos por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires, y una maestría en administración bancaria expedida por la Universidad del CEMA. La Xxx. Xxxxxx desempeña funciones en el Banco desde diciembre de 1996.
Xxxxxxxxx Xxxx (CUIT: 20232921936) nació el 2 xx xxxxx de 1973. Es Gerente de Distribución y Ventas. El Xx. Xxxx posee el título de contador expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires y una maestría expedida por el IAE (Universidad Austral). El Xx. Xxxx se desempeña en el Banco desde agosto de 2004.
Xxxxx Xxxxxxx (CUIT: 20231468707) nació el 17 xx xxxxx de 1973. Es Gerente de Control de Gestión y Planificación Estratégica y miembro del Comité de Activos y Pasivos y del Comité de Sistemas. El Xx. Xxxxxxx posee el título de Licenciado en Administración, expedido por la Universidad CAECE. El Xx. Xxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde septiembre de 2005.
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (CUIT: 27255718830) nació el 27 de octubre de 1976. Es Gerente de Relaciones Institucionales y Atención al Cliente. La Xxx. Xxxxxxx posee el título de licenciada en administración de empresas, expedido por la Universidad Católica xx Xxxxx. La Xxx. Xxxxxxx desempeña funciones en el Banco desde abril de 1997. La Xxx. Xxxxxxx también actúa como Directora Suplente de Banco del Tucumán S.A.
Xxxxxxx Xxxxxxxx (CUIT: 20141209591) nació el 1 de septiembre de 1960. Es el Gerente de Gestión Integral de Riesgo del Banco. Adicionalmente, es miembro del Comité de Sistemas, del Comité de Prevención de Operaciones xx Xxxxxx de Dinero, del Comité de Gestión de Riesgos, del Comité de Ética y Cumplimiento, del Comité de Nombramientos y Gobierno Societario y del Comité de Incentivos al Personal. El Xx. Xxxxxxxx posee el título de contador expedido por la Universidad de Buenos Aires. Desempeña funciones en el Banco desde marzo de 2007.
Xxxxx Xxxx Xxx Xxxxxxxx (CUIT: 23241594904) nació el 31 xx xxxxxx de 1974. Es Gerente de Legales y miembro del Comité de Créditos Senior, del Comité de Prevención de Operaciones xx Xxxxxx de Dinero, del Comité de Recupero Senior, del Comité de
Ética y Cumplimiento y del Comité de Nombramientos y Gobierno Societario. Asimismo, actúa como directora de Xxxxx Xxxxxxx
S.A. La Xxx. Xxxxx Xxx Xxxxxxxx posee el título de abogada de la Universidad Católica Argentina. Desempeña funciones en el Banco desde julio del 2012.
Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20251878006) nació el 11 xx xxxxx de 1976. Es Gerente de Banca de Inversión. El Xx. Xxxxxx posee el título de administración de empresas de la Universidad Católica Argentina y un masters en Finanzas de la Universidad Torcuato Di Tella. Desempeña funciones en el Banco desde diciembre del 2000. Es Presidente de Macro Bank Limited y Macro Fondos SGFCI. También actúa como vicepresidente de Macro Securities S.A.
Xxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20206177447) nació el 21 de Febrero de 1969. Es Gerente de Bancas Comerciales y miembro del Comité de Activos y Pasivos y del Comité de Créditos Senior. El Xx. Xxxxxx es Licenciado en Ciencias de la Comunicación egresado de la Universidad Buenos Aires y posee un master en Administración del IAE. Desempeña funciones en el Banco desde diciembre del 2016.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx (CUIT: 20-00000000-8) nació el 12 de Octubre de 1968. Es Gerente de Operaciones y Tecnología y miembro del Comité de Sistemas y del Comité de Gestión de Riesgos. El Xx. Xxxxxxx Xxxxx es abogado egresado de la Universidad Santa Xxxxx (Venezuela) y posee una Especialización en Instituciones Financieras obtenida en la Universidad Católica Xxxxxx Xxxxx. El Xx. Xxxxxxx Xxxxx se desempeña en el Banco desde mayo de 2017.
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx (CUIT: 20-00000000-4) nació el 22 de enero de 1966. Es Gerente de Banca Corporativa del Banco y miembro del comité de Créditos Senior. El Xx. Xxxxxxxxx es Licenciado en Administración de empresas egresado de la Universidad Católica Argentina y posee un estudio de especialización en Administración y Gerenciamiento de la Universidad de Harvard. El Xx. Xxxxxxxxx se desempeña en el Banco desde Mayo 2017.
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx (CUIT: 20-00000000-1) nació el 14 xx Xxxxx de 1974. Es Gerente de Banca Gobierno. El Xx. Xxxx Xxxxxx es Contador Público Nacional egresado de la Universidad Argentina de la Empresa (UADE) y posee un MBA de la Universidad Vanderbilt, Tennessee Estados Unidos. El Xx. Xxxx Xxxxxx se desempeña en el Banco desde Octubre 2017.
Comisión Fiscalizadora
Los estatutos del Banco contemplan una Comisión Fiscalizadora integrada por tres síndicos titulares y tres síndicos suplentes con mandato para ejercer durante un ejercicio económico. Conforme a la Ley General de Sociedades, solamente los abogados y contadores públicos habilitados para ejercer la profesión en la Argentina o las sociedades civiles integradas por esas personas, pueden actuar como síndicos en una sociedad anónima o en una sociedad de responsabilidad limitada.
Las principales responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora son el control del cumplimiento de la administración en lo que respecta a la Ley General de Sociedades, los estatutos, sus reglamentaciones, si hubiere, las resoluciones de los accionistas, y la realización de otras funciones, incluyendo sin limitación: (i) la asistencia a las asambleas de accionistas y a las reuniones del Directorio; (ii) la convocatoria a asambleas extraordinarias de accionistas cuando se considere necesario, y a asambleas ordinarias y especiales de accionistas cuando no fueran convocadas por el Directorio; y (iii) la investigación de quejas por escrito presentadas por los accionistas. Cuando la Comisión Fiscalizadora realiza estas funciones, no controla las operaciones del Banco ni evalúa los méritos de las decisiones adoptadas por sus directores.
La Comisión Fiscalizadora tiene acceso ilimitado a los libros societarios y demás registros del Banco, y derecho a solicitar toda la información que sea necesaria para el cumplimiento de sus deberes.
El siguiente cuadro presenta cierta información relevante de los miembros de la Comisión Fiscalizadora del Banco a la fecha del presente Prospecto:
Nombre | Cargo | Edad | Año de designación | Año de finalización mandato actual | |||
Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Xxxxxxx | 60 | 2017 | Abril 2018 | |||
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Xxxxxxx | 00 | 2017 | Abril 2018 | |||
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (1) | Síndico | 57 | 2017 | Abril 2018 | |||
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Síndico Suplente | 63 | 2017 | Abril 2018 | |||
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx | Síndico Suplente | 49 | 2017 | Abril 2018 | |||
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx (1) | Síndico Suplente | 58 | 2017 | Abril 2018 |
(1) Propuestos por el accionista ANSES-FGS
El domicilio comercial de los miembros de la Comisión Fiscalizadora es Xxxxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx. A continuación se presenta una reseña biográfica de los miembros de la Comisión Fiscalizadora del Banco:
Xxxxxxxxx Xxxxxxx posee el título de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxx es síndico de Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Banco del Tucumán S.A., y Seguros de
Depositos S.A. El Xx. Xxxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1983.
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx posee el título de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. Es síndico titular de Central Tucumano S.A. y Banco de Valores S.A. Es síndico suplente en Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Banco del Tucumán S.A. y Opción Seguros S.A. El Xx. Xxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1983.
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx posee el título de contador público, expedido por la Universidad de Xxxxx xx Xxxxxx. Actualmente se desempeña como Síndico Suplente del Banco BICE S.A.
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx posee los títulos de contador público y licenciado en administración de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxx también cumple funciones de síndico titular en Macro Fondos Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A., CRIBA S.A., Ingemática S.A., y Xxxxxxxx y Cía S.A.; y como síndico suplente de Macro Securities S.A., Macro Fiducia S.A., Santa Xxxxxxx S.A., Tikalar S.A., BKAR S.A. y Guadiamar S.A.. El Xx. Xxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1978.
Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx poseee el titulo de contador público expedido por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires. El Xx. Xxxxxxxxxx también actúa como síndico para Macro Fiducia S.A., Macro Fondos Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A., y Macro Securities S.A. Es síndico suplente de Xxxxxxx X.X. El Xx. Xxxxxxxxxx está matriculado en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde 1995.
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx posee el título de contador público expedido por la Universidad Nacional de La Plata. Se desempeña como síndico titular de Veng S.A. y Tandanor S.A.I.C.
Comité de Auditoría
A la fecha del presente Prospecto, el Comité de Auditoría del Banco está integrado por tres directores, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y Xxxxx Xxxx Xxxxxx, todos ellos independientes de acuerdo con las Normas de la CNV (tal como dicho término se define más adelante).
Según establece la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, el Comité de Auditoría del Banco es responsable del cumplimiento de las obligaciones dentro de sus facultades, incluyendo entre otras las siguientes: (i) la emisión de un dictamen respecto de las propuestas del Directorio sobre la designación de los auditores externos del Banco y el control de su carácter de independencia;
(ii) la supervisión del correcto cumplimiento de los sistemas de control interno y contables del Banco; (iii) la supervisión de la observancia de las políticas con respecto a la información sobre la gestión de riesgos del Banco; y (iv) la emisión de un dictamen con respecto a las operaciones entre Partes Relacionadas (tal como se define en el presente Prospecto) u otras operaciones que pueden provocar conflictos de interés.
Independencia de los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora
Con respecto a los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora de una sociedad bajo el régimen de oferta pública, como lo es el Banco, debe informarse a la CNV, dentro xx xxxx días hábiles desde su designación, si los mismos revisten o no el carácter de “independiente”.
Un director no es independiente, en caso de que: (i) sea, directa o independientemente titular de un 15% del capital social, o de una participación menor si dicho director tuviere el derecho de designar a uno o más directores de la emisora o en una sociedad que tenga en ella una participación significativa (en adelante, “Participación Significativa”) o tuviere influencia significativa en la emisora “influencia significativa” (conforme las pautas establecidas por las normas contables profesionales); (ii) sea también miembro del órgano de administración o dependiente de los accionistas que sean titulares de Participaciones Significativas en la emisora, o de otras sociedades en las que estos accionistas cuentan en forma directa o indirecta con Participaciones Significativas o en la que estos accionistas cuenten con influencia significativa; (iii) es, o haya estado vinculado a la emisora por una relación de dependencia en los últimos tres años; (iv) tenga una relación profesional o pertenezca a una sociedad o asociación profesional que mantenga una relación profesional, o perciba remuneraciones u honorarios (distintos de los correspondientes a las funciones que cumple en el órgano de administración) de la emisora o los accionistas de ésta que tengan en ella en forma directa o indirecta Participaciones Significativas o influencia significativa o con sociedades en las que estos también tengan en forma directa o indirecta Participaciones Significativas o cuenten con influencia significativa.; (v) directa o indirectamente venda o provea bienes o servicios a la emisora o a los accionistas de ésta que tengan Participaciones Significativas, o influencia significativa por importes sustancialmente superiores a los percibidos como compensación por sus funciones como integrante del órgano de administración; o (vi) sea cónyuge, o conviviente reconocido legalmente o parientes (hasta un segundo grado de afinidad o consanguinidad) de personas que, de integrar el órgano de administración, no reunirían la condición de independientes, de conformidad con las normas aplicables.
A la fecha del presente Prospecto, los directores titulares Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx y los directores suplentes Xxxxxx Xxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xx Xxxx, califican como miembros independientes del directorio bajo los criterios citados.
De conformidad con la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, todos los miembros de la Comisión Fiscalizadora de las sociedades comprendidas en el régimen de oferta pública deben revestir el carácter de independiente.
A su vez, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o “CPCECABA” también establece requisitos sobre la independencia de contadores públicos que actúan como miembros de la Comisión Fiscalizadora. Conforme a regulaciones emitidas por el CPCECABA y la CNV, los síndicos deben ser independientes de la compañía que fiscalizan. Un síndico no se considerará independiente si: (i) es dueño, socio, director, administrador, gerente o empleado de la compañía o se relaciona económicamente con dichas entidades; o (ii) es cónyuge o pariente (colateral hasta cuarto grado), o se relaciona por afiliación de hasta segundo grado, a uno de los dueños, socios, director, administrador o gerente; (iii) es accionista, deudor, acreedor o garante de la compañía o entidades económicamente relacionadas, representando un monto significativo en comparación con su propio patrimonio o el patrimonio neto de la compañía; (iv) posee un monto significativo de interés en la compañía o entidades económicamente relacionadas (o ha tenido tal interés durante el período fiscalizado); (v) si la remuneración depende de, o es contingente con las conclusiones o resultados de sus trabajos de fiscalización; (vi) si la remuneración acordada depende de los resultados de operación de la compañía.
A la fecha del presente Prospecto, Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx y Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx califican como miembros independientes de la Comisión Fiscalizadora bajo los parámetros mencionados.
ASESORES Y AUDITORES
Asesores
El principal asesor legal con el cual la Emisora mantiene una relación continua es Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx & Xxxxxxxx, con domicilio en Xxx. Xxxxx 000, Xxxx 00 (X0000XXX), Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El Estudio Xxxxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx & Xxxxxxxx asesora legalmente a la Emisora en la creación del Programa y la emisión de las Obligaciones Negociables.
El asesor impositivo del Banco para la Argentina es el Estudio Xxxxx Xxxx-Xxxxxx-Xxxxxxx sito en 00 xx Xxxx 000, 00x xxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx.
Auditores
Los auditores de los últimos tres (3) ejercicios anuales del Banco fueron los siguientes:
Balance al | Firmado por | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | |||||
31 de diciembre de 2015 | Xxxxxxxx X. Xxxxxxx | 20-16579856-3 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°196 F°142 | |||||
31 de diciembre de 2016 | Xxxxxxxx X. Xxxxxxx | 20-16579856-3 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°196 F°142 | |||||
31 de diciembre de 2017 | Xxxxxxxx X. Xxxxxxx | 20-16579856-3 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°196 F°142 |
El auditor con mandato vigente para llevar a cabo la auditoría del Banco es:
Auditor | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | ||||
Xxxxxxxx X. Xxxxxxx | 20-16579856-3 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°196 F°142 |
El auditor suplente es:
Auditor | CUIT | Estudio | Domicilio | Matrícula | ||||
Xxxxxx X. Xxxxxxx | 20-13416686-0 | Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx y Asociados S.R.L. (firma miembro de Ernst & Young Global) | 00 xx xxxx 000, Xxxxxx Xxxxx | C.P.C.E.C.A.B.A. T°95 F°109 |
Los miembros integrantes de las firmas auditoras se encuentran matriculados en el CPCECABA.
RESUMEN DEL PROGRAMA
Este resumen detalla información importante sobre este Programa y está condicionado en su totalidad y se encuentra sujeto a la información detallada incluida en otros capítulos del presente Prospecto. Se recomienda leer este Prospecto en su totalidad. También deberán revisar el respectivo Suplemento de Precio para obtener mayor información sobre la Clase o Serie en particular de Obligaciones Negociables que consideren comprar, ya que los términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie complementarán estos términos y condiciones generales con respecto a las Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie en cuestión. Los complementos a los términos y condiciones generales del presente Programa, que de ningún modo podrán contradecir los términos y condiciones del mismo, serán establecidos en cada Suplemento de Precio y serán realizados en beneficio de los inversores, Adicionalmente, los supuestos previstos en el presente Programa sólo podrán ser ampliados en los respectivos Suplementos de Precios en beneficio de los inversores.
Emisor | Banco Macro S.A. |
Organizador | La Emisora podrá designar uno o más organizadores en relación con una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables que se emita bajo el Programa, de acuerdo con lo que sobre el particular indique el Suplemento de Precio correspondiente a cada Clase y/o Serie. |
Colocadores | Los colocadores que pudieran indicarse en el respectivo Suplemento de Precio correspondiente a cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables. |
Monto del Programa | El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables por un valor nominal total de hasta US$ 1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas) en cualquier momento en circulación. |
Duración del Programa | El Programa tendrá una duración de 5 años desde la autorización del Directorio de la CNV descripta en la portada de este Prospecto. |
Emisión en Clases | Salvo que se especifique lo contrario en el respectivo Suplemento de Precio, el Banco emitirá Obligaciones Negociables en clases en virtud de un contrato de fideicomiso (tal como dicho término se define más adelante). Dentro de cada Clase, el Banco podrá emitir Series de Obligaciones Negociables, sujeto a términos idénticos a los de las demás Series de dicha Clase, salvo la fecha de emisión, el precio de emisión, las leyendas de circulación restringida y la fecha de pago de intereses inicial, condiciones que podrán variar. El Banco determinará los términos específicos de cada Clase y/o Serie en un Suplemento de Precio y/o en cada contrato de fideicomiso (indenture) que se celebre de acuerdo con la estructura específica de la transacción de que se trate, que suplemente estos términos y condiciones. Podrán reemitirse nuevas Clases y/o Series que se amorticen dentro de los plazos previstos en este Programa, siempre que el monto de capital de las Clases y/o Series que se encuentren en circulación dentro del Programa no supere el monto total máximo de US$ 1.500.000.000 o su equivalente en otras monedas. |
Rango | Las Obligaciones Negociables emitidas en este Programa revestirán tal carácter según la ley argentina y serán emitidas siguiendo todos los requerimientos de la Ley de Obligaciones Negociables y las demás leyes y reglamentaciones argentinas aplicables, cumpliendo con todos sus términos. |
Salvo que se especifique lo contrario en el respectivo Suplemento de Precio, las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, incondicionales y no subordinadas del Banco, con garantía común sobre su patrimonio, y en todo momento tendrán al menos igual prioridad de pago que toda su otra deuda no garantizada y no subordinada, presente y futura (salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho). | |
Si así lo especificara el respectivo Suplemento de Precio, el Banco podrá emitir Obligaciones Negociables subordinadas, en los términos que permita la normativa aplicable del Banco Central, que estarán en todo momento sujetas al pago de su deuda garantizada y, en tanto allí se establezca en tal sentido, parte de su deuda no garantizada y no subordinada (así como las obligaciones que gocen de preferencia por ley o de puro derecho). La Ley de Entidades Financieras prevé que en caso de liquidación judicial o insolvencia, todos los depositantes, sin importar la clase, cantidad depositada o moneda en la cual se efectuó el depósito, o si son individuos o personas jurídicas, tendrán prioridad sobre cualquier otro acreedor del Banco (incluyendo los tenedores de Obligaciones Negociables emitidas bajo este Programa), salvo con respecto a ciertos acreedores laborales y ciertos acreedores |
garantizados. En virtud del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, en caso de incumplimiento por parte del Banco en el pago de cualquier monto exigible bajo un Título, quienes detenten un certificado emitido por un sistema de compensación que acredite su participación en un Título global, tendrán derecho a iniciar una acción ejecutiva en Argentina para recobrar el pago de dicho monto. A tal efecto, cualquier depositario común puede emitir un certificado de saldo de cuenta con el objeto de permitir al tenedor de cualquier Título iniciar el procedimiento ejecutivo, a cuyos efectos el mencionado Título cartular constituirá prueba suficiente, sin necesidad de ninguna otra autenticación o requisito. | |||
Precio de Emisión | Las Obligaciones Negociables podrán emitirse a su valor nominal o con descuento o prima sobre su valor nominal, según se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente. El precio de emisión será acordado entre el Banco y los correspondientes Colocadores en oportunidad de cada emisión, según se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente. | ||
Agente de Registro, Transferencia y/o de Pago | La Emisora podrá designar uno o más agentes de registro, transferencia y/o de pago de las Obligaciones Negociables de acuerdo con lo que indique el Suplemento de Precio de la Clase y/o Serie respectiva. | ||
Fiduciario | De acuerdo con lo que sobre el particular indique el Suplemento de Precio correspondiente a una Clase y/o Serie, se podrá designar un fiduciario, trustee o figura similar que represente los intereses colectivos de los tenedores de las Obligaciones Negociables de dicha Clase y/o Serie, y que tendrá aquellos derechos y obligaciones que surjan del contrato de fideicomiso o “indenture” respectivo. | ||
Monedas | El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables en Pesos, Dólares Estadounidenses y/o cualquier otra moneda según especifique el respectivo Suplemento de Precio. El Banco también podrá emitir Obligaciones Negociables con su capital e intereses pagaderos en una o más monedas distintas de la moneda en que se denominan, con el alcance permitido por la ley aplicable. | ||
Vencimientos | El Banco podrá emitir Obligaciones Negociables con vencimientos de no menos de 30 días desde la fecha de emisión, según se detalle en el respectivo Suplemento de Precio. | ||
Intereses | Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a una tasa fija o con un margen por sobre o por debajo una tasa variable en base a la LIBOR, las tasas xxx Xxxxxx estadounidense o cualquier otra tasa base, según el Banco detallará en el respectivo Suplemento de Precio y de acuerdo a lo establecido por las leyes y regulaciones aplicables argentinas. El Banco también podrá emitir Obligaciones Negociables que no devenguen intereses, según pudiera especificar el respectivo Suplemento de Precio. | ||
Rescate | El respectivo Suplemento de Precio podrá disponer que las Obligaciones Negociables de una Clase sean rescatadas en forma total o parcial a opción del Banco y/o a opción de los tenedores, al precio o a los precios especificados en el Suplemento de Precio aplicable. El rescate parcial será realizado a pro rata entre los tenedores. A tales efectos el Banco respetará trato igualitario entre los inversores. | ||
Rescate | por | cuestiones | Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas por el Banco en su totalidad, no en |
impositivas | forma parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e | ||
impagos en caso de ocurrir ciertos acontecimientos fiscales en Argentina. A tales efectos el | |||
Banco respetará trato igualitario entre los inversores. Véase “Descripción de las | |||
Obligaciones Negociables – Rescate y compra - Rescate por cuestiones impositivas”. | |||
Destino de los Fondos | El Banco empleará el producido neto, si hubiera, proveniente de la emisión de Obligaciones Negociables en el marco de este Programa cumpliendo los requisitos del artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, la Comunicación “A” 3046 del Banco Central, modificada y suplementada por la Comunicación “A” 5390, tal como la misma fuera modificada y complementada, del Banco Central y demás reglamentaciones aplicables conforme se especifique en el Suplemento de Precio pertinente, que limitan el uso de tales fondos a ciertos fines, entre otros, otorgar préstamos de acuerdo a las normas del Banco Central, capital de trabajo e inversión en activos físicos ubicados en Argentina, Véase “Razones para la oferta y Destino de los Fondos”. | ||
Retenciones Fiscales; Montos | El Banco realizará los pagos respecto de Obligaciones Negociables sin retención o deducción |
Adicionales | de impuestos u otras cargas públicas fijadas por Argentina, o cualquier subdivisión política o autoridad fiscal de tal jurisdicción. En caso de que la ley exija practicar tales retenciones o deducciones, el Banco, sujeto a ciertas excepciones, pagará los montos adicionales necesarios para que los tenedores reciban el mismo monto que habrían recibido respecto de pagos sobre las Obligaciones Negociables de no haberse practicado tales retenciones o deducciones, Véase “Descripción de las Obligaciones Negociables – Montos adicionales”. |
Denominaciones | El Banco emitirá Obligaciones Negociables en las denominaciones mínimas establecidas por el Banco Central y en otras denominaciones especificadas en el respectivo Suplemento de Precio. De conformidad con las normas del Banco Central y de la CNV, las entidades financieras no pueden emitir valores negociables con oferta pública con denominaciones inferiores a Ps.1.000.000.- o su equivalente en otras monedas.” |
Forma | Salvo que la ley aplicable y el Suplemento de Precio correspondiente permitan lo contrario, las Obligaciones Negociables serán emitidas en forma de títulos nominativos sin cupones de interés (las “Obligaciones Negociables Nominativas”). Las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas en Estados Unidos a compradores institucionales calificados en base a la Norma 144A según la Ley de Títulos Valores Estadounidense y estarán representadas por una o más Obligaciones Negociables globales de la Norma 144A. Las Obligaciones Negociables podrán ser ofrecidas fuera de los Estados Unidos a personas no estadounidenses en base a la Regulación S y estarán representadas por una o más Obligaciones Negociables globales de la Regulación S. |
Restricciones a la Transferencia | Excepto lo dispuesto en la sección “Descripción de las Obligaciones Negociables – Derechos de registro”, el Banco no registrará las Obligaciones Negociables en los términos de la Ley de Títulos Valores Estadounidense, por lo que no podrán ser transferidas salvo en cumplimiento de ciertas restricciones sobre transferencias. |
Derechos de Registro | De así especificarlo el respectivo Suplemento de Precio, el Banco podrá otorgar derechos de registro a los tenedores de una Clase de Obligaciones Negociables. |
De acuerdo a lo que se establezca en el respectivo Contrato de Derechos de Registro, el Banco podrá acordar presentar ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos (la “SEC”) y emplear sus mejores esfuerzos razonables para obtener la aprobación de una solicitud de autorización de oferta de canje de las respectivas Obligaciones Negociables (las “Obligaciones Negociables de Canje”), sustancialmente con iguales términos (pero sin restricciones sobre transferencias y ciertos otros términos sobre aumento de intereses, según se describe más adelante). Al aprobarse una solicitud de autorización de oferta de canje, el Banco ofrecería a los tenedores de tales Obligaciones Negociables que puedan efectuar ciertas declaraciones la oportunidad de canjear sus Obligaciones Negociables por un valor nominal igual de Obligaciones Negociables de Canje. En ciertas circunstancias, el Banco podrá estar obligado en cambio a presentar una solicitud de autorización de oferta para cubrir ventas de Obligaciones Negociables por parte de los tenedores. De no presentarse u obtenerse la aprobación de la solicitud de autorización de oferta de canje o llevarse a cabo la oferta de canje o, de ser requerido, de no presentarse u obtenerse la aprobación de la solicitud de autorización de oferta pública, dentro de los plazos especificados en el respectivo Suplemento de Precio, ello podría originar un aumento de la tasa de interés pagada por las respectivas Obligaciones Negociables de conformidad con lo que se estipule en el respectivo Suplemento de Precio. Véase “Descripción de las Obligaciones Negociables – Derechos de registro”. | |
Listado y Negociación | El Banco solicitará la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio, incluyendo el BYMA, el MAE o en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para su negociación en el mercado Euro MTF, el mercado alternativo de la Bolsa de Valores de Luxemburgo. |
Ley Aplicable | La Ley de Obligaciones Negociables establece los requisitos para que las Obligaciones Negociables revistan tal carácter y las leyes y reglamentaciones argentinas regirán la capacidad y autoridad societaria del Banco para crear este Programa y ofrecer las Obligaciones Negociables en Argentina y para celebrar y otorgar las Obligaciones Negociables, y los requisitos necesarios para la celebración de asambleas de tenedores de las Obligaciones Negociables. Salvo que se establezca lo contrario en el Suplemento de Precio aplicable, todas las demás cuestiones respecto de cada contrato de fideicomiso y las |
Obligaciones Negociables se regirán y serán interpretadas de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York. | |
Colocación de las Obligaciones Negociables en Argentina | La colocación de Obligaciones Negociables en Argentina tendrá lugar de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley de Mercados de Capitales y las normas aplicables de la CNV, a través de los siguientes actos, pudiendo incluir entre otros: (i) la publicación de un resumen de los términos de este Prospecto y el Suplemento de Precio aplicable en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el BYMA a la BCBA, conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 18.629 de la CNV (el “Boletín de la BCBA”), y en un diario de circulación general en Argentina; (ii) la distribución de este Prospecto, un prospecto resumido del presente Prospecto y el Suplemento de Precio aplicable al público en Argentina; (iii) road shows en Argentina para potenciales inversores; y (iv) conferencias telefónicas con potenciales inversores en Argentina. Cada Suplemento de Precio incluirá detalles específicos de los esfuerzos a realizar para la oferta pública de conformidad con las leyes argentinas, según se menciona anteriormente, en relación con cada emisión de títulos. |
Factores de Riesgo | Véase “Factores de Riesgo” en el presente Prospecto y el Suplemento de Precio aplicable, para obtener una descripción de los principales riesgos involucrados en la inversión en las Obligaciones Negociables. |
INFORMACIÓN CLAVE SOBRE EL BANCO
A continuación se presenta la siguiente información contable y financiera resumida, sobre bases consolidadas por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, comparativa con los últimos dos (2) ejercicios Asimismo, se recomienda al inversor complementar la información de esta sección con lo explicado en “Reseña y Perspectiva Operativa Financiera”.
Síntesis de resultados
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de | |||
0000(0) | 0000 | 0000 | |
(en miles de pesos) | |||
Ingresos financieros | 20.109.123 | 28.935.288 | 36.500.040 |
Egresos financieros | (8.842.655) | (13.300.762) | (13.545.381) |
Xxxxxx xxxxx de intermediación | 11.266.468 | 15.634.526 | 22.954.659 |
Cargo por incobrabilidad | (877.134) | (1.073.085) | (1.595.201) |
Ingresos por servicios | 6.115.362 | 7.968.732 | 10.646.390 |
Egresos por servicios | (1.714.833) | (2.603.839) | (3.342.116) |
Gastos de administración | (7.225.908) | (9.970.656) | (12.863.015) |
Utilidades diversas | 409.172 | 598.449 | 905.828 |
Pérdidas diversas | (442.216) | (481.326) | (1.448.814) |
Participación de terceros | (35.359) | (54.592) | (84.775) |
Impuesto a las ganancias | (2.485.663) | (3.477.377) | (5.784.184) |
Resultado neto | 5.009.889 | 6.540.832 | 9.388.772 |
Resultado neto por acción (1) | 8,57 | 11,19 | 14,92 |
Dividendos por acción aprobados por la asamblea de accionistas | 1,10 | 1,20 | - |
Dividendos por acción aprobados por el BCRA | 1,10 | 1,20 | - |
Cantidad de Acciones Promedio (en miles) | 584.563 | 584.563 | 629. 328 |
(1) Resultado Neto dividido el promedio ponderado del número de acciones.
(2) De acuerdo con la Comunicación "A" 5940 del Banco Central, el Banco ha ajustado en Ps.1.468 mil, con efecto retroactivo sobre los estados financieros de 2015, los pasivos que se registran por sanciones monetarias establecidas por distintos reguladores.
Síntesis de la situación patrimonial
A continuación se presenta una síntesis de la situación patrimonial del Banco al 31 de diciembre de 2017, comparativa con los últimos dos (2) ejercicios.
Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de | |||
0000(0) | 0000 | 0000 | |
(en miles de pesos) | |||
Activos | |||
Disponibilidades | 19.402.821 | 36.089.156 | 34.267.560 |
Títulos privados y públicos | 15.391.372 | 19.846.269 | 36.624.640 |
Préstamos | |||
-Al Sector Público no financiero | 748.067 | 1.532.532 | 1.797.341 |
-Al Sector Financiero | 227.390 | 1.730.620 | 3.271.837 |
-Al Sector Privado no financiero y residentes en el exterior | 62.852.922 | 86.540.360 | 129.585.634 |
Previsiones | (1.495.964) | (1.830.505) | (2.654.586) |
Otros activos | 7.825.351 | 11.090.528 | 21.350.278 |
Total Activo | 104.951.959 | 154.998.960 | 224.242.704 |
Activo Promedio | 86.493.207 | 126.081.164 | 181.849.291 |
Pasivo | |||
Depósitos | |||
-Sector Público no financiero | 9.588.378 | 9.552.190 | 12.890.701 |
-Sector Financiero | 40.145 | 55.867 | 81.359 |
-Sector Privado no financiero y residentes en el exterior | 66.893.075 | 102.331.683 | 131.253.861 |
Otras obligaciones por intermediación financiera y obligaciones diversas | 10.187.824 | 14.011.410 | 28.399.658 |
Previsiones | 258.025 | 335.007 | 694.919 |
Obligaciones Negociables Subordinadas | 1.957.618 | 6.407.840 | 7.589.940 |
Partidas pendientes de imputación | 21.039 | 16.266 | 27.138 |
Participación de terceros en empresas consolidadas | 128.305 | 182.799 | 174.581 |
Total Pasivo | 89.074.409 | 132.893.062 | 181.112.157 |
Patrimonio Neto | 15.877.550 | 22.105.898 | 43.130.547 |
Patrimonio Promedio | 13.477.595 | 19.188.120 | 32.800.591 |
(1) En base a lo establecido por la Comunicación “A” 5940 del Banco Central, el monto de las sanciones monetarias correspondiente a dos expedientes de la UIF fue desafectado con contrapartida en “Ajuste de resultados de ejercicios anteriores”. El monto ajustado asciende a Ps. 1.468 mil y se encuentra reflejado en las cifras del 2015 a efectos comparativos.
Indicadores
A continuación se presentan los siguiente indicadores, sobre bases consolidadas por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, comparativos con los últimos dos (2) ejercicios.
Al 31 de diciembre de | |||
Índicies de Rentabilidad | 2015 | 2016 | 2017 |
Retorno sobre activo promedio | 5,8% | 5,2% | 5,2% |
Retorno sobre patrimonio neto promedio | 37,2% | 34,1% | 28,6% |
Ingresos por servicios sobre gastos de administración | 84,6% | 79,9% | 82,8% |
Gastos de administración sobre activos promedios | 8,4% | 7,9% | 7,1% |
Índices de Patrimonio Neto | |||
Patrimonio neto sobre total de activo | 15,1% | 14,3% | 19,2% |
Solvencia (patrimonio neto sobre pasivo) | 17,8% | 16,6% | 23,8% |
Pasivo total como múltiplo del Patrimonio Neto | 5,61x | 6,01x | 4,20x |
Índices de Calidad de Xxxxxxx | |||
Previsiones sobre préstamos totales (antes de previsiones) | 2,3% | 2,0% | 2,0% |
Préstamos en situación irregular sobre préstamos totales (antes de previsiones) | 1,5% | 1,2% | 1,1% |
Previsiones sobre préstamos en situación irregular | 151,5% | 176,8% | 183,1% |
Índices de Liquidez | |||
Activos líquidos sobre depósitos | 38,4% | 47,6% | 50,4% |
Préstamos (antes de previsiones) sobre activos | 60,8% | 57,9% | 60,0% |
Depósitos sobre pasivos | 85,9% | 84,2% | 79,6% |
Inmovilización | 19,4% | 18,6% | 12,8% |
Soporte Indicadores
A continuación se presentan los soportes de indicadores por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, comparativos con los últimos dos (2) ejercicios.
Al 31 de diciembre de | |||
2015 | 2016 | 2017 | |
(en miles de pesos) | |||
Resultado | 5.009.889 | 6.540.832 | 9.388.772 |
Activo Promedio | 86.493.207 | 126.081.164 | 181.849.291 |
PN Promedio | 13.477.595 | 19.188.120 | 32.800.591 |
Ingresos por Servicios | 6.115.362 | 7.968.732 | 10.646.390 |
Gastos de Administración | 7.225.908 | 9.970.656 | 12.863.015 |
Activo (saldo) | 104.951.959 | 154.998.960 | 224.242.704 |
PN (saldo) | 15.877.550 | 22.105.898 | 43.130.547 |
Pasivo (saldo) | 89.074.409 | 132.893.062 | 181.112.157 |
Préstamos | 62.332.415 | 87.973.007 | 132.000.226 |
Previsiones de préstamos | 1.495.964 | 1.830.505 | 2.654.586 |
Préstamos (antes de previsiones) | 63.828.379 | 89.803.512 | 134.654.812 |
Préstamos en situación irregular (situación 3 - 4- 5- 6) | 987.559 | 1.035.518 | 1.448.818 |
Depósitos | 76.521.598 | 111.939.740 | 144.225.921 |
Activos líquidos (0) | 00.000.000 | 53.333.500 | 72.681.048 |
Bienes de uso, diversos e intangibles | 3.081.213 | 4.104.910 | 5.524.784 |
(1) El total de activos líquidos incluye dinero en efectivo, garantías en efectivo, pases activos, LEBACs, NOBACs y préstamos interbancarios.
Capitalización y Endeudamiento
A continuación se presenta un estado de capitalización y endeudamiento del Banco al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017
31 de diciembre de | |||
2015 (1) (2) | 2016 (1) | 2017 (1) | |
(en miles de pesos) | |||
Capitalización | |||
Patrimonio Neto | |||
Capital Social | 584.563 | 584.563 | 669.663 |
Primas de emisión de acciones | 399.499 | 399.499 | 12.704.215 |
Ajustes al Patrimonio | 4.511 | 4.511 | 4.511 |
Reserva de utilidades factultativa | 7.069.230 | 10.698.348 | 15.368.454 |
Reserva de utilidades legal | 2.684.790 | 3.686.472 | 4.994.932 |
Resultados no asignados | 5.134.957 | 6.732.505 | 9.388.772 |
Total Patrimonio Neto | 15.877.550 | 22.105.898 | 43.130.547 |
(1) Los estados financieros correspondientes a los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2017, 2016 y 2015 se encuentran en la Página Web del Banco, en la Página Web de la CNV (xxx.xxx.xxx.xx) en la autopista de información financiera bajo ID Nº 4-557-308-D, 4-457359-D e ID 4-367651- D respectivamente, y a disposición de los interesados en el domicilio del Banco, sito en Xxxxxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx (X0000XXX), Xxxxxxxxx.
(2) En base a lo establecido por la Comunicación “A” 5940 del Banco Central, el monto de las sanciones monetarias correspondiente a dos expedientes de la UIF fue desafectado con contrapartida en “Ajuste de resultados de ejercicios anteriores”. El monto ajustado asciende a Ps. 1.468 mil y se encuentra reflejado en las cifras del 2015 a efectos comparativos.
Endeudamiento | Al 31 de diciembre de | ||||||||
2015 | 2016 | 2017 | |||||||
(en miles de pesos) | |||||||||
Garantizado | No Garantizado | Total | Garantizado | No Garantizado | Total | Garantizado | No Garantizado | Total | |
Depósitos y deuda a corto plazo | |||||||||
Depósitos | 36.006.758 | 40.487.378 | 76.554.136 | 51.504.025 | 60.426.740 | 111.930.765 | 67.433.915 | 76.759.301 | 144.193.216 |
Bancos y organismos internacionales | 3.736 | 94.862 | 98.598 | - | 129.916 | 129.916 | 747 | 168.972 | 169.719 |
Financiaciones recibidas de entidades financieras locales | 14.228 | 47.416 | 61.644 | 25.753 | 92.510 | 118.263 | 2.275 | 873.621 | 875.896 |
Banco Central | - | 12.706 | 12.706 | - | 8.298 | 8.298 | - | 11.487 | 11.487 |
Montos a pagar por compras contado a liquidar y a término | - | 279.858 | 279.858 | - | 1.310.696 | 1.310.696 | - | 4.835.124 | 4.835.124 |
Especies a entregar por ventas contado a liquidar y a término | - | 42.752 | 42.752 | - | 156.536 | 156.536 | - | 1.988.870 | 1.988.870 |
Saldos pendientes de liquidación de operaciones a término sin entrega del subyacente | - | 562.123 | 000.000 | - | - | - | - | 00.000 | 14.749 |
Obligaciones Negociables no subordinadas | - | 49.005 | 49.005 | - | 1.684.893 | 1.684.893 | - | 119.044 | 119.044 |
Obligaciones Negociables subordinadas | - | 6.868 | 6.868 | - | 67.760 | 67.760 | - | 80.260 | 80.260 |
Otros | - | 7.705.213 | 7.705.213 | 35.724 | 10.602.217 | 10.637.941 | 81.586 | 15.566.821 | 15.648.407 |
Depósitos y deuda a largo plazo | Garantizado | No Garantizado | Total | Garantizado | No Garantizado | Total | Garantizado | No Garantizado | Total |
Depósitos | 12.927 | 14.535 | 27.462 | 4.130 | 4.845 | 8.975 | 15.295 | 17.410 | 32.706 |
Xxxxxx x xxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Xxxxxxxxxxxxxx recibidas de entidades financieras locales | 18.379 | 5.861 | 24.240 | 20.629 | 3.793 | 24.422 | 7.599 | 120.799 | 128.398 |
Banco Central | - | 211 | 211 | - | 105 | 105 | - | - | 0 |
Montos a pagar por compras al | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
contado a liquidar y a término | |||||||||
Especies a entregar por ventas al contado a liquidar y a xxxxxxx | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Xxxxxxxxxxxx Negociables no subordinadas | - | 1.383.667 | 1.383.667 | - | - | - | - | 4.620.570 | 4.620.570 |
Obligaciones Negociables subordinadas | - | 1.950.750 | 1.950.750 | - | 6.340.080 | 6.340.080 | - | 7.509.680 | 7.509.680 |
Otros | 95.778 | 334 | 96.112 | 98.614 | 24.525 | 123.139 | 103.604 | 58.371 | 161.975 |
Total depósitos y deuda | 36.151.806 | 52.643.539 | 88.795.345 | 51.688.875 | 80.852.914 | 132.541.789 | 67.645.021 | 112.745.079 | 180.390.100 |
RAZONES PARA LA OFERTA Y DESTINO DE LOS FONDOS
El Banco utilizará el producido neto proveniente de la emisión de Obligaciones Negociables en el marco de este Programa en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, la Comunicación “A” 3046 del Banco Central, modificada y suplementada por la Comunicación “A” 5390, con sus reformas, y las demás regulaciones aplicables, según especifique el respectivo Suplemento de Precio, y para los siguientes propósitos:
⮞ capital de trabajo en Argentina;
⮞ inversiones en activos físicos ubicados en Argentina;
⮞ refinanciación de deuda vigente
⮞ otorgar préstamos de acuerdo con las normas del Banco Central, si dichos préstamos son utilizados con los fines mencionados anteriormente.
⮞ aportes de capital a una sociedad controlada o vinculada, si lo utilizara con los fines mencionados anteriormente.
Mientras no se les dé uso, los eventuales fondos obtenidos podrán ser invertidos en títulos públicos e inversiones de corto plazo.
FACTORES DE RIESGO
Los posibles compradores de las Obligaciones Negociables descriptas en el presente, deberán leer cuidadosamente la totalidad de este Prospecto y el Suplemento de Precio pertinente. Entre otras cosas, los posibles compradores deberán tomar en cuenta y evaluar, a la luz de sus propias circunstancias financieras y objetivos de inversión, los factores de riesgo que se especifican a continuación.
La inversión en las Obligaciones Negociables implica riesgos. Antes de decidir comprar Obligaciones Negociables, deberán considerar cuidadosamente los riesgos descriptos más adelante y la demás información incluida en el respectivo Suplemento de Precio y en este Prospecto.
RIESGOS RELACIONADOS CON LA ARGENTINA
La economía argentina permanece vulnerable y cualquier evento significativo puede afectar la situación financiera del Banco.
El 25 de octubre de 2015 tuvieron lugar en Argentina elecciones presidenciales y parlamentarias, realizándose el 22 de noviembre de 2015 un balotaje entre los dos primeros candidatos a la Presidencia de la Nación. El Presidente electo Xxxxxxxx Xxxxx asumió el 10 de diciembre de 2015. Desde que asumió sus funciones, se han anunciado varias reformas económicas y políticas, entre ellas:
• Acuerdo con los holdouts. El nuevo gobierno ha celebrado acuerdos transaccionales en relación con la gran mayoría de los reclamos pendientes interpuestos por los holdouts y ha emitido bonos en los mercados financieros internacionales. Véase “Factores de Riesgo - La capacidad del gobierno de obtener financiación de los mercados internacionales es limitada, lo cual podría afectar su capacidad para implementar reformas y favorecer el crecimiento económico, lo cual podría tener un impacto negativo sobre la situación patrimonial o el flujo de efectivo de la Compañía”.
• Reformas cambiarias. El nuevo gobierno implementó una serie de reformas relacionadas con las restricciones cambiarias, incluyendo la eliminación de ciertos controles de moneda que había impuesto el gobierno anterior a fin de brindar mayor flexibilidad y un acceso más fácil al mercado cambiario oficial (“MULC”). El 8 xx xxxxxx de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 6037, a través de la cual se modificaron radicalmente las regulaciones cambiarias aplicables, facilitando significativamente el acceso al MULC. Además, el 26 de diciembre de 2017, en virtud de la Comunicación “A” 6401, el Banco Central reemplazó los regímenes de información establecidos por las Comunicaciones “A” 3602 y “A” 4237, con un nuevo régimen unificado aplicable para la información al 31 de diciembre de 2017. El régimen de información unificado incluye una declaración anual, cuya presentación será obligatoria para toda persona cuyo flujo total de fondos o saldo de activos y pasivos ascienda a US$1 millón o más durante el año calendario anterior. Véase “Tipos de Cambio” y “Controles de Cambio”.
• Reformas del comercio exterior. El nuevo gobierno eliminó o redujo los derechos de exportación aplicables a varios productos agrícolas y eliminó los derechos de exportación aplicables a la mayoría de las exportaciones de los productos industriales y de minería. El 2 de enero de 2017, el gobierno nacional sancionó una nueva reducción de los derechos a las exportaciones aplicables a la soja y los productos de soja, estableciendo un recorte mensual de 0,5% en la alícuota del impuesto a las exportaciones a partir de enero de 2018 hasta diciembre de 2019. Además, se ofrecieron a los importadores títulos de deuda a corto plazo emitidos por el gobierno nacional para cancelar las deudas comerciales pendientes en concepto de importación de bienes.
• Política fiscal. El nuevo gobierno tomó medidas para fortalecer las cuentas públicas, reduciendo el déficit fiscal a través de una serie de medidas fiscales y de otro tipo, en parte a través de la eliminación de los subsidios a los servicios públicos existentes, tales como los aplicables a los servicios de electricidad y gas. El nuevo gobierno anunció que su objetivo es alcanzar un presupuesto primario equilibrado para 2019.
• Corrección de desequilibrios monetarios. El nuevo gobierno anunció la adopción de un régimen de medidas para disminuir la inflación y fijó las metas de inflación hasta 2019. El Banco Central ha aumentado sus esfuerzos para reducir los desequilibrios monetarios excedentes e incrementó las tasas de interés en pesos para compensar la presión inflacionaria.
• Régimen de Sinceramiento Fiscal. En julio de 2016, se sancionó el Régimen de Sinceramiento Fiscal (el “Régimen de Sinceramiento Fiscal”) a fin de promover la declaración voluntaria de activos de residentes argentinos. El Régimen de Sinceramiento Fiscal permitió a los contribuyentes argentinos que poseen fondos o activos no declarados en Argentina o en el exterior (i) declarar dichos bienes hasta el 31 xx xxxxx de 2017 sin enfrentar cargos por evasión fiscal ni obligación de pagar obligaciones impositivas pendientes sobre los activos, siempre que puedan acreditar que los activos estaban en su poder en ciertas fechas xx xxxxx especificadas, y (ii) mantener los bienes declarados fuera de Argentina sin repatriarlos. En el caso de efectivo que no haya sido depositado en cuentas bancarias a las fechas xx xxxxx especificadas, dichos montos debían informarse y depositarse a más tardar el 31 de octubre de 2016 en cuentas especiales abiertas en entidades financieras de Argentina.
• Mercados de capitales locales. El 13 de noviembre de 2017, el Poder Ejecutivo Nacional envío al Congreso de la Nación un proyecto xx xxx denominado "Ley de Financiamiento Productivo" de reforma de la actual Ley de Mercados de Capitales que, entre otros cambios, propone la derogación de la facultad concedida a la CNV para intervenir en el directorio sin orden judicial y en general busca modernizar todo el marco regulatorio aplicable a los mercados de capitales argentinos, a través de la incorporación de las prácticas internacionales vigentes a fin de contribuir a su desarrollo. Asimismo, el proyecto también modifica la ley de obligaciones negociables y de fondos comunes de inversión, entre otra legislación complementaria y relevante en la materia, con el fin de modernizar y favorecer el desarrollo xxx xxxxxxx de capitales. A su vez, el proyecto busca aumentar la base de inversores y empresas que participen en el mercado de capitales, promoviendo el financiamiento productivo, sobre todo de las micro, pequeñas y medianas empresas. Por último, el proyecto busca modificar ciertas cuestiones tributarias relacionadas con los derivados e impulsar un programa de inclusión financiera. El 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx dio media sanción al proyecto, el cual fue remitido al Senado para su aprobación. Sin embargo, a la fecha del presente Prospecto, dicho proyecto xx xxx aún no ha sido sancionado.
• Ley de Responsabilidad Penal Empresaria: El 8 de noviembre de 2017, la Cámara de Diputados aprobó la ley N° 27.401 que establece un régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas por delitos cometidos contra la administración pública y el cohecho trasnacional que hubieren sido realizados directa o indirectamente en su nombre, representación o interés y de los que pudiera resultar beneficiada, cuando la comisión del delito fuere consecuencia de un control y supervisión inefectivo por parte de ésta, y los delitos fueren cometidos por sus apoderados, directores, gerentes, empleados o representantes, entre otros. Las personas jurídicas condenadas serán pasibles de diversas sanciones incluyendo, entre otras, de multa de 2 a 5 veces del beneficio indebido obtenido, suspensión total o parcial de las actividades comerciales, suspensión para participar en procesos licitatorios o actividad vinculada a el Estado Nacional, disolución y liquidación de la personería jurídica, pérdida o suspensión de beneficios o subsidios estatales que tuviere y publicación de la sentencia condenatoria por dos días en un diario de circulación nacional.
• Ley de Reforma Previsional. El 19 de diciembre de 2017, el Congreso aprobó la "Ley de Reforma Previsional" que, entre otras cuestiones, modificó la fórmula de ajuste del sistema actual de jubilación de reparto, para intentar solventar la falta de los fondos necesarios del ANSES para garantizar el 82% móvil a todos los jubilados que perciben la jubilación mínima. Las prestaciones sociales estarán sujetas a una fórmula de actualización que se aplicará en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, y que considerará para su cálculo el 70% por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y 30% restante por la variación del RIPTE, un indicador del Ministerio de Trabajo de la Nación que mide la evolución xxx xxxxxxx de los estatales. Además, en lugar del aumento semestral, se aplicará una actualización por trimestre. Tras la aprobación de la reforma previsional, el 20 de diciembre de 2017, se publicó el Decreto N°1058 que, con el objetivo de evitar el desfase que se producía entre la aplicación de la anterior fórmula de movilidad y la sancionada recientemente en el Congreso, se establece un bono compensatorio destinado a jubilados, pensionados y beneficiarios de la asignación universal por hijo.
• Proyecto xx Xxx de Reforma Laboral. El 19 de noviembre de 2017 la administración xx Xxxxx envió al Congreso Nacional un proyecto xx xxx de reforma de la Ley de Contrato de Trabajo actualmente vigente, mediante el cual se establece un plazo para que las empresas puedan regularizar a sus empleados obteniendo beneficios y evitando la aplicación de ciertas sanciones que impone la ley laboral y se establecen, entre otras, modificaciones a los montos que deben tenerse en cuenta al momento del cálculo de las indemnizaciones por despidos. A la fecha del presente Prospecto, dicho proyecto xx xxx todavía no ha sido evaluado por el Congreso.
• Ley de reforma tributaria. El 27 de diciembre de 2017, el gobierno argentino aprobó una reforma tributaria, sancionada el 29 de diciembre de 2017 como la Ley N° 27.430 (la "Reforma Impositiva"). Dicha reforma buscaban eliminar ciertas ineficiencias en el Sistema Tributario Argentino, disminuir la evasión fiscal, ampliar el impuesto a las ganancias para alcanzar a más individuos y fomentar la inversión, teniendo como objetivo a largo plazo la recuperación del equilibrio fiscal. Las reformas son parte de un programa más grande anunciado por el Presidente Xxxxx destinado a aumentar el nivel de empleo, hacer la economía Argentina más competitiva (por ejemplo, reduciendo el déficit fiscal) y disminuir la pobreza de forma sustentable. Los aspectos principales de esta reforma incluyen: (i) ganancias de capital realizadas por personas humanas que sean residentes derivadas de las enajenaciones de inmuebles (sujeto a ciertas excepciones, incluyendo una exención de residencia primaria) adquiridos con posterioridad a la sanción de la ley estarán sujetas a un impuesto del 15%, calculado sobre el costo de adquisición ajustado por inflación; (ii) ingresos obtenidos de depósitos bancarios actualmente exentos y ventas de valores negociables (incluyendo títulos públicos) estarán sujetos a un impuesto de (a) 5% en caso de valores negociables denominados en pesos, sujeto a una tasa de interés fija y no indexada, y (b) 15% en caso de valores negociables denominados en moneda extranjera o indexados; los ingresos obtenidos de la venta de acciones realizada en un mercado permanecerá exenta, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos; (iii) el impuesto a las ganancias de personas jurídicas disminuirá inicialmente a un 30% en 2019 y 2020 y a un 25% a partir de 2021; (iv) las contribuciones de la seguridad social aumentarán gradualmente de 19,5% a partir de 2022, en vez de las escalas diferenciales actualmente en vigencia; y (v) el porcentaje del impuesto a los débitos y créditos bancarios que puede computarse como crédito en el impuesto a las ganancias se incrementará gradualmente a lo largo de un período de cinco años, del actual 17% para créditos al 100% para débitos y créditos. Para más información, ver “Tratamiento Impositivo”.
• Reformas en el gas y la electricidad. En respuesta a la creciente crisis energética, el 17 de diciembre de 2015, el gobierno nacional declaró el estado de emergencia con respecto al sistema eléctrico nacional, que se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre de 2017. El estado de emergencia permite al gobierno nacional adoptar medidas tendientes a estabilizar el suministro de electricidad al país, tales como instruir al MINEM para que diseñe e implemente, con la cooperación de todas las entidades públicas federales, un programa coordinado para garantizar la calidad y seguridad del sistema de electricidad. Además, el gobierno nacional anunció la eliminación de ciertos subsidios a la energía actualmente vigentes e importantes ajustes en las tarifas de electricidad que reflejen los costos de generación. Asimismo, el gobierno nacional anunció la eliminación de algunos subsidios de gas natural y el ajuste de las tarifas de gas natural. Ciertos gobiernos provinciales, municipalidades, hospitales, compañías y residentes, entre otros, han presentado reclamos al MINEM y ante los tribunales competentes contra las nuevas tarifas de electricidad y gas, argumentando, en general, que el aumento de tarifas es arbitrario, ilegal y/o inconstitucional. En algunos casos, los tribunales que entienden en las causas han fallado a favor de los accionantes y ordenaron a los prestadores de servicios públicos suspender la aplicación de las nuevas tarifas. Entre los distintos fallos, cabe destacar dos fallos por separado que suspendieron los incrementos en las tarifas de electricidad para usuarios finales en la provincia de Buenos Aires y en el resto de Argentina. Sin embargo, el 0 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxx Suprema de Justicia de la Argentina, revocó las medidas cautelares que suspendían los incrementos en las tarifas eléctricas para usuarios finales. Por lo tanto, a la fecha del presente, los aumentos de las tarifas de electricidad para usuarios finales se encuentran vigentes. El 12 de septiembre de 2016, de conformidad con una decisión de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, se celebró una audiencia abierta liderada por el Ministro de Energía y Minería de la Nación, Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx, en relación con la aprobación del cuadro tarifario del gas. En octubre de 2016, el gobierno nacional aprobó el nuevo cuadro tarifario del gas con aumentos en las tarifas que oscilan entre el 300% y el 500%. El 30 xx xxxxx de 2017, el Ministro de Energía y Minería de la Nación anunció una suba de entre el 20% y el 36% en las tarifas de gas para usuarios comerciales y residenciales de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano. El 28 de octubre de 2016, el MINEM y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad ("ENRE") llevaron a cabo una audiencia pública no vinculante para presentar propuestas de tarifas presentadas por compañías distribuidoras que cubren el área del Gran Buenos Aires (con aproximadamente 15 millones de habitantes) para el período 2017-2021 en el marco de la revisión tarifaria integral. El 1 de febrero de 2017, el ENRE sancionó varias resoluciones que, entre otras modificaciones a las políticas, implementa una reducción de los subsidios a la electricidad para los distribuidores Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. y Empresa Distribuidora Sur S.A., y un aumento de las tarifas de luz para usuarios residenciales de dichas empresas. El monto del aumento varía entre 61% y 148%, dependiendo de la cantidad de electricidad consumida. El consiguiente incremento del precio de la electricidad puede afectar en forma adversa el poder adquisitivo de los consumidores, que puede tener un efecto adverso sobre los resultados de las operaciones y la situación patrimonial de la Compañía. Además, se impusieron recientes incrementos en las tarifas de la electricidad que se les cobran a los establecimientos comerciales y fábricas. En 2017, el incremento que se le aplicó a las pequeñas y medianas empresas fue del 30% en febrero y del 18% en marzo. El incremento se aplicó en virtud de la Resolución 20/2017 del MINEM.
• Ley de Participación Público Privada. El 16 de noviembre de 2016 fue aprobado por el Congreso Nacional la Ley de Participacion Publico Privada y reglamentada a través del Decreto N°118/2017. Este nuevo régimen busca reemplazar los xxxxxx regulatorios existentes (Decretos Nro. 1299/00 y 967/05) y admite la utilización de esquemas PPP para una gran variedad de propósitos incluyendo el diseño, construcción, extensión, mejoramiento, provisión, explotación y/u operación y financiamiento del desarrollo de infraestructura, prestación de servicios u otras actividades, prestación de servicios productivos, inversiones, investigación aplicada, innovación tecnológica y servicios asociados. La ley de PPP incluye, asimismo, mecanismos de protección a favor del sector privado (contratistas y prestamistas) con el objeto de fomentar el desarrollo de estos esquemas asociativos.
Por otro lado, con fecha 16 de noviembre de 2017, el Gobierno Nacional, los gobernadores de la mayoría de las provincias argentinas, incluyendo la Provincia de Buenos Aires, y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires suscribieron un acuerdo mediante el cual establecieron lineamientos para armonizar las estructuras tributarias de las diferentes provincias y la Ciudad de Buenos Aires. Entre otros compromisos, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires acordaron disminuir las alícuotas correspondientes al impuesto de sellos y al impuesto sobre los ingresos brutos de forma gradual en un periodo de cinco años y desistir de los procesos judiciales iniciados contra el Gobierno Nacional en conexión con el régimen de coparticipación federal. En contrapartida, el Gobierno Nacional, entre otros compromisos, se comprometió a (i) compensar a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires (en la medida que adopten el acuerdo) por la disminución efectiva de sus recursos en 2018 resultante de la propuesta de derogación del artículo 104° de la Ley N° 20.628 y sus modificatorias (“Ley de Impuesto a las Ganancias”), actualizando trimestralmente en los años siguientes dicha compensación y (ii) a emitir un bono a 11 años cuyos fondos generen servicios por Ps.5.000 millones en 2018 y Ps. 12.000 millones por año a partir de 2019, a ser distribuidos entre todas las provincias, excluyendo la Provincia de Buenos Aires, y la Ciudad de Buenos Aires, en función de los coeficientes efectivos de distribución resultantes del Régimen de Coparticipación Federal. Las administraciones provinciales que participaron en este acuerdo se han comprometido a presentar, dentro de los 30 días posteriores a la firma del mismo, los proyectos xx xxx necesarios a sus respectivos poderes legislativos para aprobar el acuerdo, modificar las leyes necesarias para implementarlo y autorizar a sus respectivos poderes ejecutivos a hacer cumplirlo. Este acuerdo solo será efectivo en aquellas provincias donde su respectivo poder legislativo lo haya aprobado. En este sentido, el 22 de diciembre, el Congreso aprobó los proyectos sobre Consenso Fiscal y Responsabilidad Fiscal con algunas modificaciones.
El 22 de octubre de 2017 se realizaron las elecciones legislativas, donde la coalición de gobierno de Xxxxxxxx Xxxxx obtuvo la mayor parte de los votos a nivel nacional. Sin embargo, aunque la cantidad de miembros en el Congreso pertenecientes a la coalición gobernante se incrementó (incluyendo en total 107 de las 257 bancas totales en la Cámara de Diputados y 24 de un total de 72 bancas en el Senado), aún carece de mayoría en las dos Cámaras y, como resultado, algunas o todas las reformas requeridas para seguir implementando los cambios exigidos para continuar con el crecimiento de la economía y las inversiones (incluyendo la reducción del déficit fiscal, la baja de la tasa de inflación, reformas fiscales y laborales, entre otros) podrían no ser implementados y, en consecuencia, ello podría afectar adversamente el crecimiento continuo de la economía y la inversión.
A la fecha de este Prospecto, no se puede predecir el efecto que tendrán estas medidas y otras que en el futuro adopte el gobierno del Presidente Xxxxx en la economía del país en su totalidad y en el sector financiero en particular. La incertidumbre política en Argentina en relación con las medidas a ser adoptadas por el gobierno xx Xxxxx podría originar la volatilidad de los precios xx xxxxxxx de los títulos valores de sociedades argentinas, incluso, en particular, sociedades vinculadas al sector financiero, como el Banco, dado el alto grado de regulaciones y de supervisión en este sector.
Un entorno económico internacional menos favorable, la falta de estabilidad, la competitividad del Peso frente a otras monedas extranjeras, la disminución de los niveles de confianza entre los consumidores y los inversores nacionales e internacionales, una mayor tasa de inflación y futuras incertidumbres políticas, entre otros factores, podrían afectan el desarrollo de la economía argentina y causar volatilidad en los mercados de capitales locales.
Sustancialmente todas las operaciones, propiedades y clientes del Banco están ubicados en Argentina. En consecuencia, el negocio del Banco depende, en gran medida, de las condiciones económicas, sociales y políticas que prevalecen en la Argentina. El Banco no puede asegurar que los futuros desarrollos económicos, sociales y políticos en Argentina, sobre los cuales no tiene control, no tengan un efecto adverso sustancial en su negocio, situación financiera y resultado de las operaciones.
La economía argentina podría verse adversamente afectada por acontecimientos económicos en los mercados globales.
Los mercados financieros y de títulos valores en Argentina se encuentran influenciados, en diferentes grados, por las condiciones económicas y de mercados de la economía global en su conjunto. El escenario internacional muestra señales contradictorias de crecimiento mundial, así como una alta incertidumbre financiera y cambiaria. La crisis financiera mundial que comenzó en el último trimestre de 2008, afectó negativamente las economías de varios países del mundo, incluyendo Argentina y algunos de sus socios comerciales.
Por otra parte, los mercados emergentes se han visto afectados por el cambio en la política monetaria de Estados Unidos, lo que ha resultado en la fuerte liquidación de posiciones especulativas de activos, depreciaciones y mayor volatilidad en el valor de sus monedas y tasas de interés más altas. Cuando las tasas de interés suben considerablemente en las economías desarrolladas, inclusive Estados Unidos, puede resultarles más dificultoso y oneroso para las economías de los mercados emergentes, entre ellos la de Argentina, tomar préstamos de capital y refinanciar su deuda actual, lo cual podría afectar en forma negativa su crecimiento económico. La apreciación general xxx xxxxx estadounidense como resultado de una política monetaria más restrictiva de Estados Unidos contribuyó a la caída del precio internacional de las materias primas, incrementando en mayor medida las dificultades de los países emergentes que son exportadores de estos commodities.
Adicionalmente, el 00 xx xxxxx xx 0000 xx Xxxxx Xxxxx voto a favor de su salida de la Unión Europea. El gobierno británico ha anunciado medidas preliminares a implementarse para facilitar la salida del Reino Unido de la Unión Europea e inició el proceso formal el 29 xx xxxxx de 2017. Se espera que ese proceso concluya a mediados del año 2019. Los resultados del referéndum del Reino Unido han causado y se anticipa que continuarán causando, volatilidad en los mercados financieros, que a su vez podría tener efectos sustancialmente adversos en el negocio del Banco, situación financiera y resultado de las operaciones.
El 8 de noviembre de 2016, Xxxxxx Xxxxx fue electo como el presidente de los Estados Unidos. Durante la campaña electoral, el Xx. Xxxxx mostró su interés por implementar mayores controles al libre comercio y limitar la inmigración. Los eventuales cambios en las condiciones sociales, políticas, regulatorias y económicas en los Estados Unidos o en las leyes y políticas que rigen el comercio internacional podrían generar incertidumbre en los mercados internacionales y pueden tener un efecto negativo en mercados emergentes, como Argentina, lo que podría afectar negativamente las operaciones del Banco.
Aunque las condiciones económicas varían de país a país, la percepción de los inversores sobre acontecimientos que ocurren en otros países ha afectado sustancialmente en el pasado y puede continuar afectando sustancialmente los flujos de capital hacia y las inversiones en valores de emisores de otros países, entre ellos Argentina. Una desaceleración prolongada de la actividad económica de Argentina o efectos negativos en el sistema financiero argentino o los mercados de valores podría afectar adversamente el negocio, situación financiera y resultado de las operaciones del Banco.
La economía de Argentina es vulnerable a los shocks externos que podrían ser causados por importantes dificultades económicas de sus principales socios comerciales regionales o por los efectos más generales de "contagio".
La economía de Argentina es vulnerable a los acontecimientos adversos que afectan a sus principales socios comerciales. Una disminución significativa en el crecimiento económico de cualquiera de los principales socios comerciales de la Argentina, como Brasil, China o Estados Unidos, podría tener un efecto adverso significativo en la balanza comercial de Argentina y afectar adversamente el crecimiento económico de Argentina. El desempeño económico de otros socios comerciales, como Chile, España y Canadá también puede afectar a la balanza comercial de Argentina.
Asimismo, la economía de Brasil, uno de los mercados exportadores más importante de Argentina y la principal fuente de importaciones, está experimentando actualmente una presión negativa debido a las incertidumbres derivadas de la crisis política, entre ellas el juicio político a Xxxxx Xxxxxxxx, ex presidenta de Brasil, y las acusaciones de corrupción contra Xxxxxx Xxxxx, presidente en ejercicio de Brasil. En el 2015 y 2016 la economía brasileña se contrajo; la resolución de la crisis política, el reordenamiento fiscal y reformas estructurales de envergadura contribuyeron a revertir la situación en el 2017.
Las desaceleraciones económicas globales recientes y la incertidumbre han dado lugar a la disminución de las exportaciones en 2015 del 23% con el MERCOSUR (incluyendo Brasil), 22% con NAFTA (Estados Unidos y Canadá), 19% con la Unión Europea y 9% con Chile, cada uno en comparación con 2014. En el 2016 se observó una recuperación de los niveles de exportación con USA y la Unión Europea mientras que en el caso de las exportaciones con Mercosur y Canadá la recuperación se observó en el 2017. A pesar de la recuperación, el total de exportaciones del 2017 es un 15% inferior al 2014. La disminución de la demanda de exportaciones argentinas podrían tener un efecto material adverso en el crecimiento económico de Argentina.
Debido a que las reacciones de los inversionistas internacionales a los eventos que ocurren en un mercado a veces demuestran un efecto "contagio" en el que toda una región o clase de inversión es desfavorecida por los inversores internacionales, la Argentina podría verse negativamente afectada por los acontecimientos económicos o financieros negativos en otros países. Este efecto "contagio", a su vez, puede tener un efecto adverso en el negocio, situación financiera y resultado de las operaciones del Banco.
La capacidad de Argentina de obtener financiamiento en los mercados internacionales es limitada, lo que podría impedir al país realizar e implementar reformas y políticas públicas necesarias, limitando el crecimiento económico.
En 2005 y 2010, Argentina realizó ofertas de canje para reestructuración de parte de su deuda soberana que había estado en default desde finales de 2001. Como resultado de esas ofertas de canje, Argentina reestructuró más del 92% de la deuda elegible, incumplida. En abril de 2016, el Gobierno argentino concluyó un acuerdo conciliatorio por un monto de deuda de capital pendiente de pago de US$ 9.300 millones con los acreedores que optaron por no participar en las reestructuraciones de 2005 y 2010.
En 2012, los demandantes en las acciones en trámite en Nueva York, obtuvieron una orden de un tribunal de distrito estadounidense que prohibió a la Argentina realizar pagos de intereses en su totalidad sobre los bonos emitidos en virtud de las ofertas de canje de 2005 y 2010 a menos que Argentina pagara el monto total adeudado a los demandantes, en base al fundamento de que los pagos anteriores habían violado la cláusula pari passu del Contrato de Agencia Fiscal de 1994 que regía los bonos en situación de incumplimiento. El Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito ratificó las denominadas medidas cautelares pari passu, y el 16 xx xxxxx de 2014, la Corte Suprema de Estados Unidos denegó la petición de Argentina para entender en el caso y la suspensión de las medidas cautelares pari passu fue levantada el 18 xx xxxxx de 2014. En febrero de 2016, el gobierno nacional celebró un principio de acuerdo tendiente a llegar a un acuerdo con ciertos tenedores de deuda no pagada y elevó una propuesta a otros tenedores de deuda no pagada, incluyendo aquellos con reclamos en trámite ante los tribunales estadounidenses. El 0 xx xxxxx xx 0000, xx xxxxxxxx xx xxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxx xxxxxx levantar las medidas cautelares pari passu, sujeto a determinadas condiciones. En abril de 2016, el gobierno argentino canceló US$9.200 millones de capital de deuda que no habían sido canjeados en la restructuración, y luego de satisfacer las condiciones, el tribunal de distrito estadounidense ordenó el levantamiento de todas las medidas cautelares pari passu.
El gobierno nacional cerró un acuerdo con los tenedores de una importante porción de los bonos que permanecían impagos y el 22 xx xxxxx de 2016 canceló los montos adeudados a la mayoría de los acreedores que no habían adherido a los canjes con el producido de una oferta internacional de bonos a 3, 5, 10 y 30 años por un monto US$16.500 millones.
A la fecha de este Prospecto, los litigios iniciados por los titulares de los bonos que no aceptaron las propuestas de acuerdo de Argentina continúan en diversas jurisdicciones, si bien el monto de los reclamos ha disminuido considerablemente y las órdenes judiciales pari passu han sido eliminadas.
No todos los acreedores han acordado con los términos propuestos por la Argentina. La continuación y resultado del litigio puede prevenir a la Argentina de obtener términos o tasas de interés favorables al acceder al mercado de capitales internacional. Litigios iniciados por tenedores de bonos en default u otras partes pueden resultar en fallos en contra del gobierno argentino y pueden resultar en restricciones o medidas cautelares sobre los bienes argentinos, que pueden afectar adversamente la capacidad de obtener financiamiento para el país y las empresas privadas, lo que podría tener un efecto sustancial adverso en la economía argentina y, consecuentemente, en los negocios, condiciones financieras y resultado de las operaciones del Banco.
Argentina es objeto de juicios por parte de accionistas extranjeros de sociedades argentinas y de tenedores de bonos argentinos en default, que han dado y podrían dar lugar a fallos adversos y medidas cautelares contra activos de Argentina y limitar sus recursos financieros.
En respuesta a las medidas de emergencia implementadas por el gobierno argentino durante la crisis económica de 2001-2002, se presentaron una serie de reclamos ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (“CIADI”) contra Argentina. Los peticionantes aducen que las medidas de emergencia fueron contradictorias con los principios de tratamiento justo y equitativo establecidos en diferentes tratados bilaterales en materia de inversiones en virtud de los cuales Argentina estaba obligada en ese momento. Los peticionantes también han instaurado reclamos ante tribunales arbitrales con
arreglo a las normas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (“CNUDMI”) y con arreglo a las normas de la Cámara de Comercio Internacional. Se han dictado varios laudos contra Argentina y aún se encuentran en trámite varias causas.
Tanto los litigios como los reclamos instaurados ante el CIADI y la CNUDMI contra el gobierno argentino han derivado en sentencias sustanciales y podrían derivar en nuevas sentencias sustanciales contra el gobierno que a su vez podrían ocasionar la traba de embargos, o la imposición de medidas cautelares, sobre activos de la Argentina que el gobierno haya destinado a otros usos. Como consecuencia de esta situación, podría suceder que el gobierno argentino no cuente con todos los recursos financieros necesarios para honrar sus obligaciones, implementar reformas y fomentar el crecimiento y ello a su vez puede tener un efecto sustancialmente adverso sobre la economía del país, y en consecuencia, sobre el negocio, situación financiera y resultado de las operaciones del Banco.
Más recientemente, en julio de 2017, en una decisión dividida, un tribunal del CIADI resolvió que Argentina había violado los términos de un tratado bilateral de inversiones con España, alegando la expropiación ilegal por parte del Estado Argentino de la compañía Aerolíneas Argentinas y sus afiliadas (incluyendo Optar, Jet Paq, Austral, entre otras). El tribunal del CIADI ha multado a Argentina por un monto aproximado de US$328,8 millones, adjudicando a los actores aproximadamente el 20% de los US$1.590 millones que habían reclamado inicialmente.
Las futuras operaciones pueden verse afectadas mientras continúen pendientes las controversias judiciales con los acreedores que rehusaron adherirse al canje así como los reclamos del CIADI y otros contra el gobierno nacional, los cuales a su vez podrían afectar la capacidad del gobierno nacional de acceder a los mercados de capitales internacionales y limitar el crecimiento económico, lo cual afectaría en forma adversa el negocio, la situación patrimonial o los resultados de las operaciones de la Compañía.
Medidas del gobierno podrían afectar negativamente a la economía argentina.
Sustancialmente todas las operaciones, propiedades y clientes del Banco se encuentran en Argentina. En consecuencia, el negocio del Banco depende en gran medida de las condiciones políticas, sociales y económicas imperantes en Argentina. En los últimos años, el gobierno argentino ha incrementado su intervención directa en la economía y en las operaciones del sector privado y las empresas, limitando ciertos aspectos del negocio del sector privado.
En diciembre de 2012 y agosto de 2013, el Congreso Nacional estableció nuevas reglamentaciones relacionadas con los mercados de capitales internos que establecen en general una mayor intervención en los mercados de capitales por parte del gobierno nacional, autorizando, por ejemplo, a la CNV a designar veedores con la capacidad de vetar, bajo ciertas circunstancias, las decisiones del directorio de las compañías que se encuentren listadas en mercados autorizados y suspender al directorio por un período de hasta 180 días. El 17 de noviembre de 2016, el gobierno xx Xxxxx presentó un proyecto xx xxx al Congreso Nacional para reformar la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, que podría, entre otras modificaciones significativas, eliminar estas atribuciones para designar veedores. La sanción del proyecto xx xxx aún se encuentra pendiente.
En mayo de 2013, el Congreso argentino aprobó una ley que dispuso la expropiación del 51% del capital social de YPF (Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A.), la principal compañía petrolera de la Argentina, cuyas acciones eran propiedad de Repsol S.A. y sus subsidiarias. En febrero de 2015, el gobierno argentino envió un proyecto xx xxx al Congreso con el fin de revocar ciertas concesiones de trenes, que el Estado Nacional retome el control de la red ferroviaria nacional y para proveer al gobierno de facultades para revisar todas las concesiones vigentes. La ley, Ley No. 27.132, fue aprobada el 20 xx xxxx de 2015.
Adicionalmente, el 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx aprobó la Ley No. 27.181 que limita la venta de acciones del gobierno argentino en empresas argentinas sin el consentimiento de las dos terceras partes de los miembros del Congreso, con excepción de las acciones del gobierno en YPF. Dicha ley fue recientemente derogada por la nueva administración a través de la Ley Nº 27.260 de Sinceramiento Fiscal y Reparación Histórica a los Jubilados.
Por otra parte, las instituciones financieras operan en un entorno altamente regulado. A la fecha de este Prospecto, se han presentado diferentes proyectos xx xxx ante el Congreso que buscan modificar distintos aspectos de la Ley de Entidades Financieras. Una modificación en profundidad de la Ley de Entidades Financieras tendría un efecto sustancial en el sistema bancario en su conjunto. Para más información ver sección “La modificación de la Carta Orgánica del Banco Central y la Ley de Convertibilidad puede afectar negativamente a la economía argentina”.
Por otra parte, el gobierno argentino ha promulgado en el pasado leyes y reglamentaciones requiriendo a las empresas del sector privado mantener ciertos niveles salariales y proporcionar a sus empleados beneficios adicionales. Los empleadores, tanto en el sector público como privado, también han experimentado presiones intensas de su personal, o de los sindicatos que los representan, exigiendo aumentos salariales y ciertos beneficios para los trabajadores, dadas las altas tasas de inflación.
Existen proyectos xx xxxxx para moderar las facultades de Gobierno de intervenir en las sociedades privadas que están en tratamiento en el Congreso. Sin embargo, hasta tanto ninguno de dichos proyectos sea aprobado, no podemos asegurar que el Estado no hará uso de dichas facultades, lo cual tendría un efecto negativo adverso para el Banco.
Las medidas adoptadas por el gobierno argentino en relación con la economía, incluidas decisiones con respecto a las tasas de interés, impuestos, controles de precios, aumentos salariales, la provisión de beneficios adicionales para empleados, controles de divisas y cambios potenciales en el mercado de divisas, han tenido y podrían continuar teniendo un efecto material adverso en el crecimiento económico de Argentina y, a su vez afectar al negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco. Adicionalmente, políticas del gobierno argentino adicionales para prevenir, o en respuesta a, el malestar social podrían adversa y materialmente afectar a la economía, y por lo tanto el negocio del Banco.
Los controles de cambio y las restricciones sobre el ingreso y la salida de capitales y futuros controles de cambio han limitado, y pueden continuar limitando, la disponibilidad del crédito internacional y pueden afectar adversamente la capacidad del Banco para realizar pagos relacionados con sus Obligaciones Negociables.
Desde 2011 hasta que el Presidente Xxxxx asumió el cargo en diciembre de 2015, el gobierno argentino aumentó los controles sobre la venta de moneda extranjera y la adquisición de activos extranjeros por parte de residentes locales, limitando la posibilidad de transferir fondos al exterior. Junto con las reglamentaciones establecidas en 2012 que sujetaron a determinadas operaciones cambiarias a la previa aprobación por parte de las autoridades impositivas argentinas o del Banco Central, las medidas adoptadas por el gobierno anterior redujeron significativamente el acceso al mercado cambiario por parte de las personas físicas y las entidades del sector privado.
La cantidad de controles cambiarios introducida en el pasado bajo la administración previa, provocó que se generara un mercado paralelo para la negociación xxx xxxxx estadounidense y que, en dicho mercado, el tipo de cambio peso/dólar estadounidense difiriera significativamente del tipo de cambio oficial.
Desde que asumió en funciones, el nuevo gobierno implementó significativas reformas relacionadas con las restricciones cambiarias, entre las que se destacan la eliminación de ciertos controles cambiarios que habían sido impuestos durante el gobierno anterior, a los efectos de brindar más flexibilidad y acceso al MULC. El 8 xx xxxxxx de 2016, el Banco Central introdujo reformas sustanciales al régimen cambiario a través de la Comunicación “A” 6037 y la Comunicación “A” 6244, la cual facilita significativamente el acceso al mercado de cambios. Con el objetivo de brindar mayor flexibilidad al sistema cambiario y promover la competencia, permitiendo el ingreso de nuevos jugadores al sistema, se creó el mercado de divisas de libre flotación ("XXXX") en virtud del Decreto N ° 27/2018 publicado el 11 de enero de 2018.
Sin perjuicio de las medidas adoptadas recientemente por la nueva administración, en el futuro el gobierno nacional podría imponer nuevos controles de cambio, restricciones a la transferencia, repatriación obligatoria a través xxx XXXX de fondos obtenidos a través de operaciones xxx xxxxxxx de capitales realizadas en el exterior o restricciones al movimiento de capital y/o tomar otras medidas en respuesta a la salida de capitales o a la depreciación del peso, lo cual podría limitar la capacidad del Banco de acceder a los mercados de capitales internacionales. Estas medidas podrían causar tensiones políticas y sociales y debilitar las finanzas públicas, tal como ha ocurrido en el pasado, lo que podría afectar adversamente la economía y las perspectivas de crecimiento económico de Argentina, lo cual, a su vez, podría afectar adversamente el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
La implementación de controles adicionales puede afectar adversamente la capacidad de compañías argentinas para acceder a los mercados de capitales internacionales para la obtención de crédito. Por otra parte, la imposición de cualquier futura restricción sobre transferencias de fondos al exterior puede impedir la capacidad del Banco de realizar pagos de intereses o capital a los tenedores de las obligaciones negociables del Banco.
Adicionalmente, el nivel de reservas internacionales depositadas en el Banco Central se redujo significativamente de US$47.400 millones (Ps.723.500 millones) al 1º de noviembre de 2011 a US$25.600 millones (Ps.332.900 millones) al 31 de diciembre de 2015. Esta baja en las reservas internacionales dio como resultado la disminución de la capacidad del gobierno argentino de intervenir en el mercado cambiario y de brindar acceso a dichos mercados a entidades del sector privado como el Banco. Al 31 de diciembre de 2017, el nivel de reservas internacionales depositadas en el Banco Central era de US$55.055 millones (Ps. 1.000.034 millones). Sin perjuicio de las medidas adoptadas por el nuevo gobierno, en el futuro el gobierno nacional podría reducir de otro modo el nivel de reservas internacionales depositadas en el Banco Central, lo cual podría generar tensiones políticas y sociales y menoscabar las finanzas públicas del gobierno nacional, tal como ocurrió en el pasado, lo cual podría afectar en forma adversa la economía argentina y las perspectivas de crecimiento económico.
Reducciones severas o sostenidas de los precios internacionales de las principales exportaciones argentinas o la ocurrencia de un desastre climático podría tener un efecto adverso sobre el crecimiento económico del país.
Los altos precios de los commodities en el pasado han contribuido significativamente al aumento de las exportaciones argentinas así como de los ingresos del gobierno provenientes de impuestos a la exportación (retenciones). Sin embargo, el grado de dependencia en la exportación de ciertos commodities, como la soja, ha hecho que la economía argentina sea más vulnerable a las fluctuaciones de sus precios.
Recientemente, los precios de los commodities han disminuido. Si los precios internacionales de los commodities continuaran disminuyendo o experimentaran reducciones severas, los ingresos del gobierno argentino disminuirían significativamente afectando a la actividad económica de la Argentina. En consecuencia, una disminución de los precios internacionales de los
commodities puede afectar negativamente a la economía argentina, que a su vez produciría un impacto negativo en el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Además, la existencia de condiciones climáticas adversas puede afectar la producción de commodities por parte del sector agrícola, que representan una parte significativa de los ingresos por exportación de la Argentina. Estas circunstancias podrían tener un impacto negativo en los niveles de ingresos del gobierno, la disponibilidad de divisas y la capacidad del gobierno para pagar su deuda soberana, y podrían generar presiones recesivas o inflacionarias, dependiendo de la reacción del gobierno. El acontecimiento de cualquiera de las circunstancias mencionadas puede afectar adversamente el crecimiento de la economía Argentina y, por lo tanto, el negocio, situación financiera y el resultado de las operaciones del Banco.
El incremento de la inflación podría afectar en forma sustancialmente adversa las perspectivas de la economía argentina.
En enero de 2016, las nuevas autoridades del INDEC designadas por el nuevo gobierno anunciaron la interrupción de la metodología utilizada por la administración previa para calcular estadísticas nacionales y se declaró la emergencia administrativa, suspendiendo la publicacion de todos los índices hasta que el INDEC fuera capaz de calcular dichos indices basado en información oficial precisa. Durante dicho período el INDEC publicó la tasa de inflación en base a información provista por las provincias de Xxx Xxxx x xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Tras haber implementado las reformas metodológicas anunciadas, el 16 xx xxxxx de 2016, el INDEC comenzó a publicar mediciones oficiales de su principal indicador de la inflación, el CPI, informando una inflación de 4,2% para el mes xx xxxx de 2016. Asimismo, el INDEC informó una inflación mensual de 3,1% y 2,0% para el mes xx xxxxx y julio de 2016, respectivamente. El nuevo índice de inflación medido por el IPC del INDEC para 2017 fue 1,3% en enero, 2,5% en febrero, 2,4% en marzo, 2,6%en abril, 1,3% en mayo, 1,2% en junio, 1,7% en julio, 1,4% en agosto, 1,9% en septiembre, 1,5% en octubre, 1,4% en noviembre y 3,1% en Diciembre. El índice de inflación para 2018 ha sido de 1,8% para el mes de enero y de 2,4% para el mes de febrero.
Durante 2013, 2014 y 2015, el gobierno previo impuso controles de precio en ciertos bienes y servicios para controlar la inflación. El nuevo gobierno ha declarado su intención de mantener estos controles de precios en vigor y, en consecuencia, ha anunciado modificaciones al programa de control de precios que se encontraba previamente en vigencia. El nuevo programa se extendió por el actual gobierno desde el 6 de septiembre de 2016 hasta el 6 de enero de 2017, prorrogándose hasta el 31 de diciembre de 2017 y nuevamente el 7 de enero, hasta el 6 xx xxxx de 2018.
En el pasado, la inflación ha afectado materialmente tanto la economía de la Argentina como su capacidad de crear condiciones para el crecimiento. Los altos niveles de inflación pueden perjudicar la competitividad de Argentina en el exterior y conducir a una disminución en el consumo privado, afectando también los índices de empleo, salarios y tasas de interés. Adicionalmente, los altos niveles de inflación pueden afectar la confianza en el sistema financiero Argentino, reduciendo los depósitos en Pesos y afectando negativamente en el mercado de créditos a largo plazo.
No puede asegurarse que las tasas de inflación no seguirán aumentando en el futuro o que las medidas adoptadas o que puedan ser adoptadas por el gobierno argentino para controlar la inflación serán eficaces o exitosas. La inflación sigue siendo un desafío para la Argentina. Una inflación significativa podría tener un efecto material adverso en la economía de la Argentina y, a su vez podría aumentar los costos de operación del Banco, particularmente los costos laborales, también afectando negativamente el negocio, la condición financiera y resultado de las operaciones del Banco.
Una significativa devaluación del peso contra el dólar estadounidense podría afectar adversamente a la economía argentina.
A pesar de los efectos positivos de la devaluación real del peso sobre la competitividad de determinados sectores de la economía argentina, la misma ha tenido un impacto negativo importante sobre la economía argentina en general y sobre la situación financiera de las empresas y las personas. La devaluación del peso durante el 2002 ha tenido un impacto negativo sobre la capacidad de las empresas argentinas para afrontar su deuda denominada en moneda extranjera. Adicionalmente, la devaluación del peso en un primer momento, generó una inflación muy alta, redujo los salarios reales en forma significativa, tuvo un impacto negativo sobre empresas orientadas al mercado interno, tales como las empresas de servicios públicos y la industria financiera, y afectó significativamente la capacidad del gobierno de cancelar sus obligaciones de deuda externa.
Después de varios años de variaciones moderadas en el tipo de cambio, el stock de las reservas internacionales del Banco Central comenzó a disminuir y con el fin de contener la caída de las reservas el Banco Central aceleró la tasa de devaluación del peso. Durante 2013, el peso perdió más del 30% de su valor con respecto al dólar estadounidense y lo mismo ocurrió en 2014. En 2015 , el peso perdió aproximadamente el 52% de su valor con respecto al dólar estadounidense. Esto fue seguido por una devaluación del peso con respecto al dólar estadounidense de aproximadamente 22% y 18% en 2016 y 2017, respectivamente. Adicionalmente, el nivel de reservas internacionales depositadas en el Banco Central se redujo significativamente de US$47.400 millones al 1º de noviembre de 2011 a US$25.600 millones al 31 de diciembre de 2016 alcanzando un nivel de US$ 55.055 millones al 31 de diciembre de 2017.
El entorno macroeconómico argentino, en el que el Banco opera, se vió afectado por dicha devaluación que tuvo un impacto en la posición financiera y económica del Banco. Si el peso se devalúa significativamente, todos los efectos negativos sobre la
economía argentina relacionada con dicha devaluación podrían reaparecer, con consecuencias adversas al negocio, situación financiera y resultados de las operaciones del Banco.
El alto nivel del gasto público podría tener consecuencias adversas a largo plazo para la economía Argentina.
Durante los últimos años, el gobierno argentino ha aumentado sustancialmente el gasto público y ha recurrido al Banco Central y a la ANSES para financiar parcialmente sus gastos.
El gobierno argentino ha iniciado la revisión de sus políticas de subsidios, en especial de las relacionadas con la energía, la electricidad y el gas, el agua y el transporte público. En forma concordante, en septiembre de 2016 la Corte Suprema de la Nación dictó sentencia a favor del aumento de tarifas de energía eléctrica. El Estado Nacional dispuso un aumento en las tarifas de gas para pymes y comercios. Estas medidas disminuyen el gasto público pero impacta en precios, afectando sustancialmente.
No podemos asegurar que el gobierno argentino no va a tratar de financiar su déficit mediante el acceso a la liquidez disponible en las instituciones financieras locales. En ese caso, las iniciativas gubernamentales que aumentan la exposición de las entidades financieras locales con el sector público afectarían la liquidez y calidad de activos del Banco, impactando negativamente en la confianza de los clientes.
Además, un mayor deterioro de las cuentas fiscales podría afectar negativamente a la capacidad del gobierno para acceder a los mercados financieros internacionales y podría resultar en una mayor presión sobre el sector privado argentino para cubrir las necesidades financieras del gobierno. Esto afectaría negativamente a la economía argentina y la situación financiera y resultados de las operaciones del Banco.
La modificación de la Carta Orgánica del Banco Central y la Ley de Convertibilidad puede afectar negativamente a la economía argentina.
El 22 xx xxxxx de 2012, el Congreso Nacional sancionó la Ley N ° 26.739, que modificó la carta orgánica del Banco Central (la "Carta Orgánica del Banco Central") y la Ley Nº 23.298 (la "Ley de Convertibilidad"). Esta ley modificó los principales objetivos del Banco Central y eliminó ciertas disposiciones anteriormente en vigor. En virtud de la enmienda, el foco del Banco Central se centra en la promoción de la estabilidad monetaria y financiera, así como en el desarrollo con equidad social.
El componente clave de la reforma de la Carta Orgánica del BCRA se relacionó con el uso de las reservas internacionales y la implementación de políticas por parte del Banco Central con el fin de intervenir en la fijación de las tasas de interés y los términos de los préstamos de las instituciones financieras. En virtud de la enmienda, las reservas del Banco Central pueden ser puestas a disposición del gobierno argentino para el pago de la deuda o para financiar gastos públicos. Durante el año 2013, las reservas en dólares estadounidenses en poder del gobierno argentino en el Banco Central han disminuido significativamente, pasando de US$ 44,3 mil millones en 2012 a US$ 30,6 mil millones en 2013. Durante el año 2014 las reservas aumentaron ligeramente hasta US$ 31,4 mil millones y disminuyeron nuevamente en 2015 a US$ 25,6 mil millones. A partir de esa fecha, con el cambio de política monetaria, el nivel de reservas se empezó a recuperar alcanzando un nivel de US$ 61,7 mil millones al 16 xx xxxxx de 2018.
El uso de reservas del Banco Central con fines de expansión puede resultar en que la Argentina sea más vulnerable a la inflación o los shocks externos, afectando la capacidad del país para superar los efectos de una crisis externa, lo cual podría consecuentemente afectar el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco..
RIESGOS RELACIONADOS CON EL SISTEMA FINANCIERO ARGENTINO
La fortaleza del sistema financiero argentino depende del retorno xxx xxxxxxx de crédito a largo plazo.
En los últimos años, la cartera de préstamos del sistema financiero argentino ha crecido significativamente. Los préstamos al sector privado crecieron en aproximadamente, un 36% en 2015, un 33% en 2016 y un 52% en 2017 para el sistema financiero en su conjunto. A pesar de la recuperación de la actividad crediticia, el mercado de préstamos al sector privado a largo plazo (préstamos prendarios e hipotecarios) no creció al mismo ritmo y creció sólo el 19% y 23% en 2015 y en 2016. En el 2017 hubo una importante reactivación en materia de préstamos hipotecarios alcanzando un crecimiento del 92% comparado con el 2016.
Como la mayoría de los depósitos son depósitos a corto plazo, una parte sustancial de los préstamos debe tener el idéntico o similar vencimiento, y hay una pequeña parte de las líneas de crédito a largo plazo.
La incertidumbre del nivel de inflación para los próximos años es el principal obstáculo a una recuperación más rápida del sector privado de préstamos a largo plazo de Argentina. Esta incertidumbre ha tenido y puede continuar teniendo un impacto significativo tanto en la oferta y la demanda de préstamos a largo plazo en tanto los prestatarios traten de protegerse contra el riesgo de inflación mediante préstamos a tasa fija, mientras que los prestamistas busquen cubrirse contra el riesgo de inflación, ofreciendo préstamos a tasa variable.
Si la actividad de intermediación financiera a largo plazo no crece, la capacidad de las instituciones financieras, incluyendo al Banco, para generar ganancias se verá afectada negativamente.
La fortaleza del sistema financiero depende de la capacidad de las entidades financieras, incluido el Banco, para mantener la confianza de los depositantes.
Las medidas implementadas por el gobierno nacional a fines de 2001 y principios de 2002, en particular las restricciones impuestas a los depositantes en relación con la posibilidad de retirar libremente fondos de los bancos y la pesificación y reestructuración de sus depósitos, causaron pérdidas a muchos depositantes y debilitaron la confianza en el sistema financiero argentino.
Asimismo, como consecuencia de la crisis económica mundial del 2008, el sector bancario en la Argentina sufrió una desaceleración significativa. Esta tendencia se revertió a finales del 2009. El total de depósitos en el sistema financiero se incrementó en un 38% en 2015, 45% en 2016 y 24% en 2017, pero la proporción del total de depósitos del sistema financiero en relación al PBI sigue siendo baja en comparación con los niveles internacionales y más baja que los períodos anteriores a la crisis.
El crecimiento del sistema financiero argentino depende fuertemente de los niveles de depósitos, debido al pequeño tamaño de su mercado de capitales y la ausencia de inversiones extranjeras en años anteriores. Recientemente, numerosas entidades financieras locales, entre ellas el Banco, han tenido acceso a los mercados financieros globales para obtener financiamiento mediante la colocación de títulos de deuda, en condiciones satisfactorias, pero esta tendencia puede no durar y existe incertidumbre sobre si la actual disponibilidad de fondos en los mercados internacionales continuará en los próximos años.
Aunque los niveles de liquidez actualmente son razonables, no es posible ofrecer ninguna garantía de que estos niveles no disminuirán en el futuro debido a condiciones económicas adversas que podrían afectar negativamente el negocio del Banco.
A pesar de la tendencia positiva en los años anteriores, la base de depósitos del sistema financiero argentino, incluyendo la del Banco, puede verse afectada en el futuro por los acontecimientos económicos, sociales y políticos adversos. Si hubiera una pérdida de confianza debido a tales acontecimientos económicos, sociales y políticos, causando que los depositantes retiraran participaciones significativas de los bancos, habrá un impacto negativo importante en la forma en que las instituciones financieras, incluyendo el Banco, lleven a cabo sus negocios y de su capacidad para operar como intermediarios financieros. La pérdida internacional de confianza en las instituciones financieras también puede afectar el comportamiento de los depositantes argentinos, lo cual podría tener un impacto negativo en el negocio, situación financiera y resultado de las operaciones del Banco.
La calidad de los activos de las entidades financieras está expuesta a la deuda del Banco Central.
Las entidades financieras mantienen títulos –generalmente a corto plazo - emitidos por el Banco Central en sus carteras. Al 31 de diciembre de 2017, estos títulos representaban aproximadamente el 12,7% del activo total del sistema financiero argentino. Al 31 de diciembre de 2017, la exposición de la entidad al sector público sin incluir Lebacs (Letras del Banco Central) y Nobacs (Notas del Banco Central) ascendía a Ps.3.280,2 millones, es decir el 1,5% de nuestros activos consolidados a tal fecha, y la exposición a los títulos del Banco Central ascendía a Ps.35.641,8 millones o el 15,9% de nuestros activos a tal fecha.
La calidad de los activos de las entidades financieras, incluido el Banco, podría verse afectada por la exposición al sector público.
Las entidades financieras cuentan con una cartera de bonos de gobiernos provinciales y del gobierno argentino, como así también de préstamos otorgados a dichos gobiernos. La exposición de las entidades financieras al sector público ha disminuido año tras año, de 48,9% en 2002 a 8,6% de los activos totales en 2017.
Al 31 de diciembre de 2017, la exposición del Banco al sector público, sin incluir Lebacs (Letras del Banco Central) y Nobacs (Notas del Banco Central), ascendió a aproximadamente Ps.3,3 mil millones, lo que representa el 1,5% de los activos totales del Banco.
En cierta medida, el valor de los activos en poder de bancos argentinos, como así también su capacidad de generación de ingresos, depende de la solvencia crediticia del sector público, que a su vez depende de la capacidad del gobierno argentino y los gobiernos provinciales de promover un crecimiento económico sustentable a largo plazo, generar ingresos fiscales y controlar el gasto público. Si el sector público no pudiera cumplir en forma y tiempo sus compromisos, esto podría tener un efecto negativo adverso sobre el negocio, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
La calidad de los activos del Banco y de otras entidades financieras podría deteriorarse si el sector privado argentino se ve afectado por eventos económicos en Argentina o condiciones macroeconomicas internacionales.
La capacidad de muchos deudores del sector privado argentino para cancelar sus préstamos se vió deteriorada en el pasado como resultado de ciertos sucesos económicos en la Argentina y las condiciones macroeconómicas, afectando en forma significativa la calidad de los activos de las entidades financieras, incluida la del Banco.
A partir de los años 2009 a 2011, el ratio de financiamiento al sector privado en condición irregular disminuyó, con un ratio mínimo récord de 1,4% al 31 de diciembre de 2011 para el sistema financiero en su conjunto. Esta mejora se reflejó tanto en la
cartera de préstamos a empresas como a individuos. Desde el 2012, el ratio de financiamiento al sector privado en condición irregular aumentó, situándose en el 2,0% al 31 de diciembre de 2014. Durante el 2015, el ratio de financiamiento al sector privado en condición irregular disminuyó a 1,7%, alcanzando en el 2016 un nivel del 1,8% que se mantuvo en el 2017 para el sistema financiero en su conjunto.
El comportamiento a nivel del Banco fue similar alcanzando el máximo de 1,9% en el 2014 y mejorando a partir del 2015 hasta alcanzar un nivel de 1,1% y un ratio de cobertura de 183% al 31 de diciembre de 2017.
A pesar de la calidad de la cartera del Banco, el Banco podría no tener éxito en la recuperación de partes sustanciales de préstamos pendientes de pago. Si el crecimiento económico de Argentina se desacelera o la situación financiera del sector privado se deteriora, el sistema financiero, incluido el Banco, podría experimentar un aumento en la incidencia de préstamos en condición irregular.
La ejecución de los derechos de los acreedores en la Argentina podría ser limitada, afectando negativamente a las entidades financieras.
A fin de proteger a los deudores afectados por la crisis económica, a partir de 2002 el gobierno argentino adoptó medidas que suspendieron los procesos de ejecución de derechos de los acreedores ante la falta de pago del deudor, incluyendo la ejecución de hipotecas y los pedidos de quiebra. Tales restricciones han limitado la capacidad de los acreedores de cobrar préstamos en default.
Aunque estas medidas fueron levantadas, el Banco no puede garantizar que no se las reinstaure en el futuro o que el gobierno no adoptará otras medidas que restrinjan los derechos de los acreedores. Cualquiera de dichas medidas podría producir un efecto materialmente adverso en la ejecución de los derechos de los acreedores, lo que podría tener un efecto material adverso en el sistema financiero y en el negocio del Banco.
La aplicación de la ley de defensa del consumidor podría impedir o limitar los cobros relacionados con servicios prestados por el Banco.
La Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, con sus modificatorias o normas complementarias (la “Ley de Defensa del Consumidor”) establece una serie de normas y principios para la defensa de los derechos de los consumidores, incluidos los clientes del Banco. La Ley de Defensa del Consumidor no contiene disposiciones específicas para su aplicación en relación con actividades financieras, pero contiene disposiciones generales que podrían ser utilizadas como argumentos para respaldar su aplicación, según ha sido previamente interpretada en diversos precedentes legales. Adicionalmente, el texto del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación ha recogido los principios de la Ley de Defensa del Consumidor y han establecido su aplicación a los contratos del sector bancario.
Además, la Ley N° 25.065 (reformada por la Ley N° 26.010 y la Ley N° 26.361, Ley de Tarjetas de Crédito) dispone numerosas regulaciones para proteger a los titulares de tarjetas de crédito.
La injerencia de las autoridades administrativas a nivel nacional, provincial y local y la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y de Tarjetas de Crédito están creciendo. Esta tendencia aumentó los niveles de protección al consumidor. En este contexto, la Comunicación “A” 5460 del Banco Central, otorga una amplia protección a los clientes de servicios financieros, limitando las comisiones y cargos que las entidades financieras pueden cobrar a sus clientes. Asimismo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó la Acordada N° 32/2014, por la que creó el Registro Público de Procesos Colectivos a efectos de inscribir ordenadamente todos los procesos colectivos (demandas colectivas) radicados ante los tribunales del Poder Judicial de la Nación. En caso de que se determinara que el Banco son responsables de violar las disposiciones de la Ley de Defensa del Consumidor o de la Ley del Sistema de Tarjetas de Crédito, las potenciales sanciones podrían limitar su capacidad para cobrar los pagos adeudados por los servicios y créditos otorgados por el Banco y, por lo tanto, afectar en forma adversa los resultados financieros de sus operaciones.
Por otra parte, las normas que regulan el negocio de tarjetas de crédito proporcionan los límites aplicables a las tasas de interés que las entidades financieras pueden cobrar a sus clientes y las comisiones que pueden cobrar los comerciantes. Adicionalmente, existen disposiciones legales de índole general de conformidad con las cuales los tribunales pueden disminuir las tasas de interés y las comisiones acordadas por las partes en caso de que resulten excesivamente altos. Por otra parte, el Banco Central estableció ciertas normas que otorgan amplias protecciones para los consumidores de servicios financieros que ofrecen un mayor control sobre la relación entre ellos y sus clientes. Las regulaciones del Banco Central disponen (i) que se requerirá autorización previa para implementar nuevas comisiones para los nuevos productos y/o servicios ofrecidos y para aumentar las comisiones existentes, en caso de productos que son considerados productos básicos y (ii) limitaciones a la capacidad de las instituciones financieras de recibir remuneración por cualquier producto de seguro que el cliente se encuentre obligado a comprar como condición para acceder a los servicios financieros. Un cambio en la ley aplicable o la existencia de fallos judiciales que reduzca los límites aplicables a las tasas de interés y comisiones acordadas con los clientes y comerciantes reduciría los ingresos del Banco y por lo tanto afectarían negativamente los resultados de las operaciones del Banco.
Las acciones de clase contra entidades financieras por un importe indeterminado pueden afectar negativamente la rentabilidad del sistema financiero.
Ciertas organizaciones públicas y privadas han iniciado acciones de clase contra entidades financieras en Argentina. La Constitución Nacional y la Ley de Defensa del Consumidor contienen determinadas disposiciones relativas a las acciones de clase. Sin embargo, sus lineamientos con respecto a las normas de procedimiento para instituir y tratar casos de acción de clase son limitados. No obstante, por medio de una construcción ad hoc de la doctrina, los tribunales argentinos han admitido las acciones de clase en algunos casos, incluyendo varias demandas contra entidades financieras relacionadas con "intereses colectivos" tal como la alegación de sobreprecios en ciertos productos, tipos de interés aplicables, y el asesoramiento financiero en la venta de títulos valores, entre otros. Si los demandantes de una acción de clase se impusieran ante las instituciones financieras, su éxito podría tener un efecto adverso en la industria financiera y en el negocio del Banco.
Las políticas gubernamentales y/o regulaciones pueden afectar en forma adversa las operaciones de las instituciones financieras.
Históricamente, el gobierno argentino ha ejercido influencia significativa sobre la economía, y las entidades financieras en particular han operado en un entorno altamente regulado. El Banco Central podría penalizar al Banco en caso de incumplimiento de las normas aplicables. De igual modo, la CNV, que autoriza la oferta de títulos valores del Banco y regula los mercados públicos de Argentina, puede imponer sanciones al Banco y a su Directorio por violación de las normas de gobierno corporativo. Asimismo, la CNV podrá designar veedores con facultad de veto respecto de las resoluciones adoptadas por el Directorio y remover y nombrar un miembro del Directorio interino, cuando, según determinación de la CNV, se hubieran vulnerado los derechos o intereses de los bonistas o accionistas minoritarios. La Unidad de Información Financiera (“UIF”) reglamenta los asuntos relacionados con el lavado de activos y tiene facultades para supervisar el cumplimiento normativo por parte de las entidades financieras y, eventualmente, imponer sanciones. Tales dependencias regulatorias podrían iniciar acciones contra el Banco, sus accionistas o directores y, en consecuencia, imponer sanciones al Banco o sus subsidiarias.
Entre 2001 y 2015, se emitieron una serie de nuevas regulaciones, destinadas principalmente a regular el mercado de divisas, requisitos mínimos de capital y efectivo, la actividad crediticia, los límites a las tasas de interés y la distribución de dividendos para las instituciones financieras. Asimismo, es probable que en los próximos años, diversos acontecimientos internacionales como la adopción en Argentina de estándares sobre capital basado en riesgo, apalancamiento y liquidez establecidos por parte del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea en diciembre de 2010, conocidos como "Basilea III" continúen teniendo un impacto en el Banco.
Por otra parte, el Banco Central impuso exigencias a la distribución de dividendos. Adicionalmente, desde enero de 2016, la Comunicación “A” 5827 del Banco Central y complementarias, establecieron márgenes adicionales de capital (margen de conservación de capital y margen contra-cíclico). El margen de conservación de capital será del 2,5 % del importe de los activos ponderados por riesgo (APR), y en caso de entidades consideradas como entidades financieras de importancia sistémica (D-SIB), como el Banco, el margen será incrementado a 3,5% del importe de los activos ponderados por riesgo. El margen contra-cíclico será dentro del rango de 0% a 2,5% de APR y fue establecido el 1 xx xxxxx de 2016 en 0% por Comunicación “A” 5938 del Banco Central. Asimismo, el Banco Central de la República Argentina podrá disponer la reducción o liberación de este último margen cuando a su juicio ese riesgo sistémico se haya materializado o disminuido. En julio de 2016, mediante la Comunicación “A” 6013, el Banco Central eliminó el requisito de mantener un cierto umbral de capital regulatorio después de la distribución de los dividendos por las entidades financieras.
Desde junio de 2012, el Banco Central ha establecido un régimen para financiar la inversión productiva por medio del cual ciertas entidades financieras, incluido el Banco, deben asignar una cantidad de sus depósitos en pesos del sector privado no financiero, para financiar proyectos de inversión, a una tasa de interés fija determinada por el Banco Central, para (i) la adquisición de bienes de capital; (ii) la construcción de plantas; (iii) la comercialización de bienes o la adquisición de propiedades (sujetos en este último caso a ciertos requisitos adicionales). Como resultado de la xxxxxxxx del nuevo gobierno, el Banco Central confirmó el régimen.
El Banco Central también ha establecido limitaciones a la posición global neta positiva en moneda extranjera para impedir la disminución de las reservas de divisas del Banco Central. Debido a la reducción de los límites llevada a cabo por el gobierno anterior, las entidades financieras, incluido el Banco, se vieron obligadas a vender una parte de su posición en dólares para cumplir con dicha regulación. El límite llegó al 10% en el gobierno anterior. A partir del nuevo gobierno el límite se fue incrementando. A la fecha de este prospecto, la posición global neta en moneda extranjera no puede exceder el 30% del RPC o los fondos líquidos del Banco.
Adicionalmente, cualquier procedimiento de insolvencia contra las entidades financieras estaría sujeto a las facultades y a la intervención del Banco Central, lo que podría limitar los recursos disponibles y extender la duración de los procedimientos. Por último, las normas especiales que rigen la subordinación de deuda de las instituciones financieras en Argentina , que dan prioridad a los depositantes con respecto a la mayoría de los demás acreedores, pueden afectar negativamente a otros accionistas en caso de liquidación judicial o quiebra.
Por otra parte, el nuevo Código Civil y Comercial también modifica el régimen aplicable a las disposiciones contractuales relativas a las obligaciones de pago en moneda extranjera estableciendo que las obligaciones de pago en moneda extranjera pueden cancelarse en Pesos. Esto modifica el régimen legal, en virtud del cual los deudores sólo podían cancelar sus obligaciones
de pago en moneda extranjera realizando el pago en la divisa específica acordada en sus contratos; sin perjuicio de ello, está todavía en discusión si la opción de cancelar en Pesos una obligación en moneda extranjera puede ser dispensada por el deudor.
Aun cuando el gobierno actual haya adoptado medidas en procura de aumentar la flexibilidad para el marco regulatorio de las entidades financieras, eliminando varias restricciones impuestas por el gobierno anterior, no es posible ofrecer ninguna garantía de que en el futuro no se implementen nuevas regulaciones más estrictas, que podrían generar incertidumbre y afectar negativamente las futuras actividades financieras y los resultados de las operaciones del Banco. Estos y futuros cambios en el marco regulatorio podrían limitar la capacidad de las instituciones financieras, incluido el Banco, para tomar decisiones a largo plazo, como las decisiones de asignación de activos, que podrían provocar incertidumbre con respecto a la situación financiera futura y resultados de las operaciones. El Banco no puede asegurar que las leyes y regulaciones que rigen actualmente la economía o el sector financiero no continuarán cambiando en el futuro o que los cambios no afectarán adversamente su negocio, situación financiera y resultados de las operaciones. Para obtener más información, consulte la sección “Marco Regulatorio del Sistema Bancario Argentino”.
La insuficiente o incorrecta implementación de ciertas recomendaciones de Prevención xxx Xxxxxx de Dinero, podría causar dificultades para obtener financiamiento y atraer inversiones extranjeras directas.
En octubre de 2010, el Grupo de Acción Financiera Internacional (“GAFI”) emitió un informe evaluando la Prevención xxx Xxxxxx de Dinero y Financiamiento del Terrorismo en la Argentina. Xxxxx informe indicaba que desde la última evaluación en 2004, la Argentina no había registrado avances suficientes en la solución de ciertas falencias identificadas,y el GAFI había colocado a la Argentina desde entonces en un proceso de seguimiento reforzado.
En junio de 2011 Argentina hizo un compromiso político de alto nivel para trabajar con el GAFI con el objetivo de resolver sus deficiencias estratégicas en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo. En cumplimiento de las recomendaciones hechas por el GAFI en materia de prevención xx xxxxxx de dinero, el 1 xx xxxxx de 2011, el Congreso promulgó la Ley N ° 26.683. Bajo esta ley, el lavado de dinero es ahora un delito per se, y el autolavado de dinero también se considera un delito.
Adicionalmente, en junio de 2012, la reunión plenaria del GAFI celebrada en Roma destacó los progresos realizados por la Argentina, pero también instó al país a seguir avanzando con respecto a sus deficiencias en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo.
A pesar de las mejoras que hizo Argentina, en octubre de 2012 el GAFI determinó que ciertas deficiencias estratégicas en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo persistían, y que Argentina seguiría sujeta a seguimiento.
Desde octubre de 2013, la Argentina ha tomado medidas para mejorar su régimen de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo, incluyendo el dictado de nuevas regulaciones fortaleciendo el régimen de información de transacciones sospechosas y las competencias del órgano regulador del sector financiero para aplicar sanciones por deficiencias de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo. Este progreso ha sido reconocido por el GAFI. En este sentido, en xx xxxxx de 2014, el GAFI afirmó que Argentina había logrado avances significativos en el tratamiento de las deficiencias en las medidas de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo, y que con posterioridad a la adopción de tales medidas, Argentina había fortalecido su marco legal y regulatorio, citando ejemplos específicos. En consecuencia, el 24 de octubre de 2014, el GAFI reconoció los importantes avances realizados por la Argentina en la mejora de su régimen de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo y señaló que Argentina había establecido el marco legal y regulatorio necesario para cumplir con sus compromisos en el marco del plan de acción relacionado con deficiencias estratégicas que el GAFI había identificado previamente en junio de 2011 y declaró que Argentina ya no sería objeto del proceso de seguimiento del GAFI en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo y que Argentina trabajaría con el GAFI y el Grupo de Acción Financiera de América Latina (Grupo de Acción Financiera de América del Sur,), siguiéndose ocupando de toda la gama de cuestiones de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo identificados en el informe del GAFI.
Aunque Argentina ha hecho mejoras significativas en sus regulaciones en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento del terrorismo, y ya no está sujeto al proceso de seguimiento continuo de cumplimiento global en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiamiento de terrorismo por el GAFI, no se puede asegurar que la Argentina continuará cumpliendo con las estándares internacionales en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiación del terrorismo o que la Argentina no estará sujeta en el futuro a un proceso de seguimiento continuo de cumplimiento global en materia de prevención xx xxxxxx de dinero y financiación de terrorismo por el GAFI, circunstancias que podrían afectar adversamente la capacidad de Argentina de obtener financiación de los mercados internacionales y atraer inversiones extranjeras.
Ciertas propuestas de modificaciones legales podrían tener impacto en los servicios y comisiones que cobran las entidades financieras.
El Banco percibe ingresos provenientes de las comisiones que cobra a comerciantes en relación a transacciones efectuadas tarjetas de crédito. Un cambio en la legislación aplicable que estipulara un límite en las comisiones que las entidades financieras pueden cobrar a los comerciantes podría reducir los ingresos del Banco. Con fecha 8 de septiembre de 2016, se dio media sanción del Congreso a una norma que propone reducir las comisiones por ventas con tarjetas de crédito de 3% a 1,5%, y las comisiones por
ventas con tarjetas de débito de 1,5% a 0%. Dicho proyecto xx xxx no ha sido aprobado a la fecha del presente Prospecto. No obstante, el 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxx Xxxxxxx dictó la Comunicación "A" 6212, vigente a partir del 0 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxxxx xxx xxxxxxxxxx de tarjetas de crédito y débito en un plan anual gradual. De acuerdo con la Comunicación "A" 6212, las comisiones máximas por ventas con tarjetas de crédito para 2017 son del 2,0% y para 2018, 2019, 2020 y 2021 y posteriores, serán de 1,85%, 1,65%, 1,50% y 1,30%, respectivamente. Las comisiones máximas por ventas con tarjeta de débito para 2017 son 1,0% y para 2018, 2019, 2020 y 2021 y posteriores, serán 0,90%, 0,80%, 0,70% y 0,60%, respectivamente.
La aplicación de los límites establecidos por el Banco Central y cualquier reducción adicional en las comisiones por ventas con tarjetas de crédito y débito podría afectar negativamente nuestra rentabilidad, situación financiera y resultado de operaciones.
El incremento de costos operativos podría afectar el resultado de las operaciones del Banco
Como consecuencia de potenciales reclamos por parte de trabajadores individuales o de carácter sindical, y las eventuales huelgas o paros generales, en vista a las negociaciones paritarias, pueden ser aplicados aumentos salariales, beneficios y/o compensaciones los cuales podrían incrementar el costo operativo de las empresas, teniendo un impacto negativo en los negocios, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
RIESGOS RELACIONADOS CON EL BANCO
El mercado objetivo del Banco puede ser el más negativamente afectado por las recesiones económicas.
La estrategia comercial del Banco consiste en incrementar los ingresos por comisiones y la originación de préstamos en uno de sus mercados objetivos, los individuos de ingresos bajos y medios y las pequeñas y medianas empresas.
Este mercado objetivo es particularmente vulnerable a las recesiones económicas que, en caso de ocurrir, podrían desacelerar el crecimiento xxx xxxxxxx objetivo del Banco y consecuentemente afectar negativamente su negocio. La economía argentina en su conjunto y el mercado objetivo del Banco en particular no se han estabilizado lo suficiente como para estar seguros de que la demanda continuará creciendo, por lo tanto, el Banco no puede asegurar que su estrategia comercial será en última instancia exitosa sin demora alguna o en forma total.
Los accionistas principales del Banco tienen capacidad para dirigir los negocios y asuntos del Banco, y sus intereses podrían entrar en conflicto con los del inversor.
Al 31 de diciembre de 2017, los accionistas principales del Banco, Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx y Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx poseían directa o indirectamente, 5.366.463 acciones Clase A y 105.652.103 acciones Clase B y 4.895.416 acciones Clase A y 106.805.523 acciones Clase B, respectivamente. Aunque no existe ningún acuerdo formal entre ellos, en caso de votar en conjunto, podrían controlar virtualmente la toma de todas las decisiones del Banco efectuadas por los accionistas. Pueden, sin la concurrencia de los restantes accionistas, elegir una mayoría de los directores del Banco, realizar o impedir una fusión, vender activos u otra adquisición o enajenación de empresas, disponer que se emitan acciones adicionales, realizar una transacción con Partes Relacionadas y determinar la oportunidad y los montos de los dividendos, si los hubiera.
El Banco continuará considerando oportunidades de adquisición, que pueden no ser exitosas.
El Banco históricamente ha expandido su negocio principalmente mediante adquisiciones. El Banco continuará considerando oportunidades de adquisición atractivas que estime ofrezcan valor agregado y sean consistentes con su estrategia comercial. El Banco no puede asegurar, sin embargo, que estará en condiciones de identificar oportunidades de adquisición apropiadas o que adquirirá compañías prometedoras en términos favorables o que el Banco Central aprobará dicha operación exitosa sin demora alguna o en forma total. Además, la habilidad del Banco para obtener los resultados esperados de dichas adquisiciones dependerá, en parte, de su capacidad para completar satisfactoriamente la integración de los mismos y de aprovechar las sinergias esperadas, de las cuales no hay certeza. La integración de los negocios adquiridos implica riesgos significativos, incluyendo riesgos de retención de clientes, integración, ajustes de valuación y pasivos o contingencias. Cualquier proceso de integración genera costos e incertidumbres y puede afectar los recursos de gestión y las funciones empresariales. La ocurrencia de cualquiera de las anteriores puede tener un efecto adverso sustancial en los negocios, resultados de las operaciones, flujo de efectivo o condición financiera del Banco.
El incremento de la competencia en el mercado bancario podría afectar adversamente las operaciones del Banco.
El Banco estima que la competencia en la industria financiera dirigida particularmente a pequeñas y medianas empresas probablemente se incrementará. Como consecuencia, aun cuando la demanda de productos y servicios financieros de estos mercados continúe creciendo, la competencia podría afectar adversamente los resultados de las operaciones del Banco a través de una reducción de los márgenes que éste es capaz de generar.
La reducción de los márgenes entre tasas de interés sobre préstamos otorgados y sobre depósitos pagados sin el correspondiente incremento en los volúmenes de préstamos podría afectar adversamente la rentabilidad del Banco.
Los márgenes entre las tasas de interés sobre préstamos y sobre depósitos podrían verse afectados como consecuencia de un incremento en la competencia en el sector bancario y del ajuste de la política monetaria del Gobierno Argentino en respuesta al problema inflacionario.
Desde 2009 los márgenes entre las mencionadas tasas de interés en el sistema financiero se han incrementado. Este crecimiento fue sostenido por una demanda constante de créditos de consumo durante los últimos años. Durante 2014, el Banco Central estableció límites a las tasas activas y pasivas. Sin embargo, el margen neto de intermediación del sistema financiero se mantuvo estable debido a un crecimiento sustancial tanto en las carteras de préstamos como de depósitos. A partir del 17 de diciembre de 2015 estos límites fueron eliminados por la nueva administración.
El Banco no puede asegurar que el margen de interés continúe siendo atractivo salvo que exista un incremento en los préstamos o un recorte adicional de gastos. La rentabilidad del Banco podría verse adversamente afectada ante una reversión de estas tendencias.
Las estimaciones y previsiones por riesgo crediticio e incobrabilidad podrían no ser adecuadas y/o suficientes, afectando significativa y adversamente la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Varios de los productos exponen al Banco a riesgo crediticio, incluyendo los préstamos de consumo, los préstamos comerciales y otros créditos. Cambios en los niveles de ingresos de los tomadores, aumentos de la tasa de inflación o de las tasas de interés, podrían afectar la calidad de la cartera de préstamos del Banco, obligando al Banco a aumentar las previsiones por incobrabilidad, reduciendo las ganancias o generando pérdidas.
El Banco estima y constituye previsiones por riesgo crediticio e incobrabilidad. Este proceso implica realizar juicios subjetivos y complejos, incluyendo proyecciones económicas y presunciones sobre la capacidad de pago de los prestatarios. El Banco podría no ser capaz de detectar estos riesgos de manera oportuna antes de que se produzcan o, debido a la falta de recursos o herramientas disponibles, sus empleados podrían no ser capaces de implementar efectivamente el sistema de control del riesgo crediticio del Banco, lo cual podría aumentar la exposición al riesgo crediticio.
En general, si el Banco no pudiera controlar efectivamente el nivel de préstamos incobrables o la baja calidad crediticia en el futuro o si las previsiones por incobrabilidad no fueran suficientes para cubrir las futuras pérdidas, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco podrían verse afectadas en forma adversa y significativa.
Cambios en las condiciones xx xxxxxxx y los riesgos inherentes a los mismos, podrían afectar adversamente la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Los cambios en las condiciones xx xxxxxxx afectan al Banco tanto directa como indirectamente. El riesgo xx xxxxxxx, o el riesgo de que el valor de los activos y pasivos o los ingresos se vean adversamente afectados por modificaciones en las condiciones xx xxxxxxx, es inherente a los productos e instrumentos con los que el Banco opera, como préstamos, depósitos, títulos valores, deuda a largo plazo y préstamos a corto plazo. Los cambios en las condiciones xx xxxxxxx que pueden afectar la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco incluyen, entre otros, fluctuaciones en las tasas de interés y los tipos de cambio, la cotización de los títulos y cambios en la volatilidad implícita de las tasas de interés y los tipos de cambio.
Situaciones de ciberseguridad podrían afectar negativamente la reputación, situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
El Banco depende de la operación eficiente e ininterrumpida de procesamiento de datos, comunicación y plataformas de intercambio de información y redes basados en Internet, incluidos los sistemas relacionados con la operación de la red de cajeros automáticos del Banco. Asimismo el Banco tiene acceso a grandes cantidades de información financiera confidencial y controla una parte sustancial de los activos financieros que pertenecen a los clientes, así como los del Banco. Además, el Banco ofrece a sus clientes acceso remoto continuo a sus cuentas y la posibilidad de transferir activos financieros sustanciales por medios electrónicos. En consecuencia, la ciberseguridad es un riesgo importante para el Banco. Incidentes de seguridad cibernética, como robos informáticos, phishing, robo de identidad y otros trastornos podrían afectar negativamente a la seguridad de la información almacenada y transmitida a través de los sistemas informáticos y la infraestructura de red del Banco y pueden causar que los clientes existentes y potenciales se abstengan de realizar negocios con el Banco.
Adicionalmente, los planes de contingencia establecidos pueden no resultar suficientes para cubrir la responsabilidad del Banco asociada a cualquiera de este tipo de eventos y, por tanto, la cobertura de seguro aplicable podría considerarse inadecuada, lo que impediría recibir una indemnización completa por las pérdidas sufridas como consecuencia de tales eventos.
Aunque el Banco tiene la intención de seguir aplicando dispositivos de seguridad tecnológica y de establecer procedimientos operativos para evitar tales daños, el Banco no puede asegurar que todos sus sistemas son totalmente invulnerables y que las medidas de seguridad serán exitosas. Si acaeciera cualquiera de estos eventos, esto podría dañar la reputación del Banco, conllevar costos graves y afectar a sus operaciones, así como los resultados de las operaciones y situación financiera del mismo.
Un incremento en el fraude o errores de transacciones puede afectar adversamente al Banco
Dada la gran cantidad de transacciones que se dan en una institución financiera, y si bien el Banco posee numerosos controles implementados para evitar la ocurrencia de operaciones ineficientes o fraudulentas, los errores pueden ocurrir y agravarse aún antes de ser detectados y corregidos. Adicionalmente, algunas de las transacciones del Banco no son totalmente automáticas, lo que puede incrementar el riesgo del error humano, o manipulación, y podría ser difícil detectar de manera rápida las pérdidas. Asimismo, la ciberseguridad es un riesgo importante para el Banco. Incidentes de seguridad cibernética, o afectación a la información personal y confidencial podrían afectar negativamente a la seguridad de la información almacenada y transmitida a través de los sistemas informáticos del Banco y podrían causar que los clientes existentes y potenciales se abstengan de realizar negocios con el Banco.
El Banco no puede asegurar que sus sistemas no pueden ser vulnerados por ataques de ciberseguridad o que las medidas existentes sean exitosas para protegerlo de cualquiera de esos ataques. Si cualquiera de los eventos descriptos ocurriera, podría afectar de manera negativa al Banco.
Los cambios en las leyes y regulaciones podrían afectar negativamente al Banco.
Las entidades financieras argentinas están sujetas a una extensa regulación y supervisión por parte del Estado, principalmente a través del Banco Central, UIF y CNV. El Banco no tiene control sobre las regulaciones gubernamentales o sobre las leyes que gobiernan todos los aspectos de nuestras operaciones, incluyendo:
• requisitos de capital mínimo;
• requisitos de reservas obligatorias;
• requisitos en inversiones de activos a tasa fija;
• límites a la capacidad de otorgar préstamos y otras restricciones crediticias, incluso asignaciones obligatorias;
• límites y otras restricciones sobre comisiones;
• límites sobre los intereses que un banco puede cobrar o pagar, o sobre el período para capitalizar intereses;
• requisitos contables y estadísticos;
• restricciones sobre dividendos;
• límites sobre participación xx xxxxxxx;
• regímenes informativos o de control como agentes o sujetos obligados; y
• cambios en el régimen de seguros de depósitos.
La estructura regulatoria está en continua evolución y el Banco Central, así como otras autoridades gubernamentales, han reaccionado activa y extensivamente en épocas anteriores a los sucesos en el sector. Por ejemplo, mediante la Comunicación “A” 5319 del BCRA, se dispuso que ciertas entidades financieras debían establecer una línea de financiamiento denominada “Línea de créditos para la inversión productiva”, a partir de la cual dichas entidades financieras debían destinar durante 2012 cierto porcentaje de sus recursos a la financiación de proyectos de inversión destinados a la adquisición de bienes de capital y/o a la construcción de instalaciones necesarias para la producción de bienes y servicios y la comercialización de bienes, a una tasa de interés máxima, a ciertos plazos determinados. Dicha norma fue completada mediante la Comunicación “A” 5380, que amplió la referida línea productiva también para el año 2013, y modificada posteriormente por las Comunicaciones “A” 5516, 5620, 5681, 5771, 5999 y 6025, que aprobaron el lanzamiento de las líneas para los cupos de 2014, 2015 y 2016. Asimismo, se establecieron, entre otras modificaciones, la posibilidad de que parte del cupo de los préstamos pueda ser afectado a créditos hipotecarios, y a créditos a grandes empresas como proyectos de inversión y obras de infraestructura y exportación de bienes de capital, previa autorización del BCRA, habiéndose eliminado la antigua definición vigente a julio del 2012, que correspondía solo a pequeñas y medianas empresas
Asimismo, mediante la Comunicación “A” 5460, posteriormente modificada por las Comunicaciones “A” 6072 y 6167, el BCRA prohibió taxativamente el cobro de comisiones vinculadas a créditos, como las de evaluación, otorgamiento, administración y pre- cancelación (con algunas salvedades). A través de la comunicación “A” 5795, derogada por la comunicación “A” 5990 de fecha
14 xx xxxxx de 2016, y posteriormente modificada por la comunicación “A” 6167, el BCRA modificó las normas sobre "Protección de los usuarios de servicios financieros" limitando el cobro de algunos conceptos a dichos usuarios. Entre las modificaciones introducidas, se estableció que no se podrán aplicar cargos ni comisiones a las operaciones efectuadas por los usuarios en las casas operativas distintas a aquella en la cual esté abierta la cuenta, a los movimientos de fondos en efectivo en pesos (depósitos y/o extracciones) y a la recepción de depósitos de cheques efectuados por cuenta propia y/o de terceros. Por otro lado, la norma dispone que en ningún caso los sujetos obligados podrán registrar retribuciones ni utilidades por los seguros que sus usuarios deban contratar como condición para acceder a un servicio financiero, por lo cual esos conceptos no podrán integrar los cargos que se les transfieran ni percibirse directa o indirectamente de la compañía de seguros.
Por otra parte, el 29 de noviembre de 2012 el Congreso de la Nación Argentina sancionó la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, que fue promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional con fecha 27 de diciembre de 2012. La Xxx xx Xxxxxxx de Capitales derogó el régimen de oferta pública establecido a través de la Ley N° 17.811, el Decreto de Transparencia N° 677/2001 y sus normas complementarias; y modificó, entre otras cosas, el esquema regulatorio xxx xxxxxxx de capitales, amplió las facultades de la CNV que de ahora en más tendrá la facultad de fiscalización estatal permanente, no sólo sobre todas las etapas de la oferta pública sino
también respecto de la actuación de las diferentes entidades y personas comprendidas bajo su ámbito de competencia, y autorizó a universidades y a otras entidades a registrarse como calificadoras de riesgo de acciones y valores. A partir del dictado de esta ley, se ha concentrado en la CNV el control de todos los sujetos de la oferta pública de valores negociables a fin de promover y fortalecer la igualdad de trato y de participación, creando mecanismos que permitan garantizar la eficiente asignación del ahorro hacia la inversión. El 1° xx xxxxxx de 2013, por medio del Decreto Reglamentario N° 1023/2013, el Poder Ejecutivo reglamentó parcialmente la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales. Asimismo, la CNV, con fecha 5 de septiembre de 2013 emitió la Resolución General N° 622/2013, por medio de la cual se aprueban, en virtud de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales y del dictado del Decreto Reglamentario Nº 1023/2013, las nuevas Normas de la CNV, y se derogan las Normas de la CNV anteriores (N.T. 2001 y mods.), y las Resoluciones Generales Nº 615/2013 y Nº 621/2013, a partir de la entrada en vigencia de las nuevas Normas de la CNV (las “Normas de la CNV”).
En caso de que la Ley de Entidades Financieras vigente sea modificada en cualquier otro sentido de manera sustancial, no podemos predecir los efectos que dichas modificaciones podrían tener sobre el sistema financiero, las entidades financieras, el negocio del Banco y el resultado de sus operaciones. Dicha reforma o modificación podría afectar adversamente el sistema financiero, las entidades financieras, y los negocios, operaciones e ingresos del Banco. Asimismo, tampoco podemos predecir los efectos de la aplicación de la nueva Xxx xx Xxxxxxx de Capitales en el negocio del Banco ni en la confianza de los inversores en la Argentina.
Actualmente, se encuentra siendo tratado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación el proyecto xx xxx del Poder Ejecutivo Nacional para la reforma y actualización de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, entre varias otras, con el objetivo principal de lograr el desarrollo xxx xxxxxxx de capitales nacional buscando aumentar la base de inversores y de empresas que se financien en dicho ámbito, como así también alentar la integración y federalización de los distintos mercados del país. A la fecha del presente Prospecto, no pueden establecerse las consecuencias que tendrá su aplicación, y el impacto en las operaciones en el Banco.
En junio de 2014 el BCRA emitió una serie de disposiciones —siendo la más relevante la Comunicación “A” 5590— que modificaban el régimen normativo relativo a préstamos personales y prendarios, estableciendo un “régimen de tasas de interés de referencia para préstamos personales y prendarios”, otorgados a personas físicas”, que determinaba que las tasas para las financiaciones no podían superar el producto surgido de la tasa de xxxxx xx XXXXX a 90 días de plazo por un factor multiplicativo, ubicado entre 1,25 y 2,00, dependiendo del tipo xx xxxxxxxx y del grupo de banco. A partir de la entrada en vigencia de la norma, las entidades financieras y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito debían contar con autorización previa del BCRA para aplicar aumentos al costo de dichos servicios y cambios a los rubros que los integran. Con fecha 21 de enero de 2016, mediante la Comunicación “A” 5891, el BCRA eliminó la regulación de tasas, tanto para operaciones de crédito como para depósitos a plazo, por lo que las tasas podrán ser libremente pactadas entre las entidades y los clientes.
Asimismo, el BCRA emitió la Comunicación "A" 5593 (modificada luego por la Comunicación “5603”), por medio de la cual obliga a proveedores no financieros de crédito regulados por el BCRA (cooperativas, mutuales, prestamistas, tarjetas no bancarias y de comercios, etc.) a anotarse en un registro si pretenden fondearse con dinero de bancos (préstamos o fideicomisos financieros). Si trabajan con fondos propios no tendrán tope para la tasa que cobran.
En el marco de la normativa sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros” (establecida por la Comunicación “A” 5591), el 4 xx xxxxxx de 2014 el BCRA emitió la Comunicación “A” 5608 (hoy en día modificada por la Comunicación “A” 5849 y otras) que establece que las entidades financieras y las emisoras no financieras de tarjetas de crédito deberán solicitar por escrito autorización la BCRA para aplicar aumentos al costo de dichos productos y cambios a los rubros que los integran, indicando el nuevo precio que se proyecte recibir y los fundamentos técnicos y económicos del mismo.
Por otra parte, en septiembre de 2014, el BCRA emitió la Comunicación “A” 5627 mediante la cual dispuso que la posición global neta en moneda extranjera de las entidades bancarias no podía superar el 20 por ciento de la responsabilidad patrimonial computable de cada entidad. Asimismo, con fecha 20 de noviembre de 2015, el BCRA emitió la Comunicación “A” 5834 mediante la cual dispuso que la posición global neta en moneda extranjera de las entidades bancarias no podía superar el 15% de la responsabilidad patrimonial computable del mes anterior al que corresponda. Dicha decisión implicó una reducción de 5 puntos porcentuales respecto al 20 por ciento vigente hasta ese momento. La medida abarcó tanto la moneda líquida como los títulos denominados en dólares estadounidenses de las entidades financieras. A través de la Comunicación “A” 5917, de fecha 1 xx xxxxx de 2016, el BCRA continuó realizando ajustes en las normas sobre la posición global neta de moneda extranjera. En virtud de ello, se dispuso que el límite a la posición neta positiva de moneda extranjera a término—en promedio mensual de saldos diarios convertidos a pesos al tipo de cambio de referencia—no puede superar actualmente el 7,5% de la responsabilidad patrimonial computable del mes anterior al que corresponda, permaneciendo las posiciones globales netas positiva y negativa de moneda extranjera, limitadas al 15% de la responsabilidad patrimonial computable del mes anterior al que corresponda. Las comunicaciones anteriormente mencionadas han sido derogadas por la Comunicación “A” 6128 que establece que el límite a la posición global neta negativa de moneda extranjera no podrá superar el 25% de la responsabilidad patrimonial computable al mes anterior que corresponda. Asimismo, la referida comunicación también establece que la posición global neta positiva de moneda extranjera no podrá superar el 25% de la responsabilidad patrimonial computable o los recursos propios líquidos, ambos del mes anterior que corresponda, lo que sea menor.
Mediante la Comunicación “A” 5659, el BCRA modificó el importe de la garantía de los depósitos alcanzados por el Fondo de Garantía de los Depósitos hasta la suma de Ps.350.000 y el aporte destinado a dicho fondo pasó del 0,015% al 0,06% del promedio mensual de saldos diarios sobre el total de los depósitos.
Asimismo, el BCRA dispuso, a través de la Comunicación “A” 5689, de fecha 8 de enero de 2015, que los bancos deberán considerar en sus estados financieros como "pérdidas" todas las sanciones recibidas de cualquier organismo de control, aun cuando existiesen medidas judiciales que les hubieran permitido suspender el pago. Dicha exigencia también es aplicable a las denuncias penales con sentencia judicial de primera instancia, debiendo los bancos exponer y hacer previsiones por el 100% de estas multas en sus estados financieros, e informarlas por notas, en sus balances. El impacto de estas nuevas medidas aún es incierto para el Banco y sus operaciones.
También con fecha 18 de septiembre de 2014, se aprobó una iniciativa que regulaba cuestiones vinculadas a la defensa de los derechos del consumidor que crea el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC), donde los usuarios y consumidores podrán presentar sus reclamos de forma gratuita, y éstos deberían ser solucionados en un plazo de 30 días. Los usuarios y consumidores podrán presentar reclamos cuyo monto no exceda un valor equivalente a 55 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, a través de un formulario que será determinado en la reglamentación. Además, las empresas que no se presenten a esa conciliación quedarán sujetas a multas.
Si no se llega a un acuerdo, los consumidores podrían accionar primero ante la Auditoría de Relaciones de Consumo, y luego ante la Cámara Federal y Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo o ante la Cámara Federal de Apelaciones correspondiente. Son inciertas las consecuencias de la aprobación de esta ley, la que podría generar un aumento en la cantidad de reclamos de defensa del consumidor y tener un efecto adverso en las operaciones del Banco.
Por su parte,la UIF ha modificado sustancialmente el régimen aplicable a las entidades financieras en su carácter de sujeto obligado.
Las entidades financieras argentinas deben cumplir con todas las reglamentaciones aplicables en materia xx xxxxxx de activos dispuestas por el Banco Central, la UIF y, de corresponder, la CNV. En este sentido, existía la Resolución 121/2011 de la UIF la cual era aplicable a entidades financieras sujetas a la Ley de Entidades Financieras, a entidades sujetas a la Ley Nº 18.924 y sus modificatorias y a personas humanas y jurídicas autorizadas por el Banco Central a intervenir en la compra-venta de moneda extranjera con fondos en efectivo o cheques emitidos en moneda extranjera o a través del uso de tarjetas de débito o crédito o en la transferencia de fondos dentro o fuera del territorio nacional. La Resolución Nº 229/2011 de la UIF, era de aplicación a agentes y sociedades de bolsa, administradoras de fondos comunes de inversión, agentes xxx xxxxxxx abierto electrónico, intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin mercados adheridos y los agentes intermediarios inscriptos en los mercados de futuros y opciones cualquiera sea su objeto. La Resolución 121 y la Resolución 229 regulaban, entre otras cuestiones, la obligación de reunir documentación de clientes y las condiciones, obligaciones y restricciones para el cumplimiento de la obligación de informar respecto de operaciones sospechosas xx xxxxxx de activos y financiamiento del terrorismo.
Sin embargo con fecha 0 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxx 21/2018 modificó sustancialmente el ámbito de aplicación subjetivo de las normas anteriormente reseñadas, e impuso nuevas metodologías de la política de prevención de lavada de dinero de los sujetos obligados.
Nuevos cambios en las leyes y regulaciones, así como la adopción de este tipo de medidas u otras que se impongan en el futuro, podrían afectar adversamente el sistema financiero argentino, y los negocios, operaciones e ingresos del Banco, como así también la imposición de sanciones que no puede asegurarse, no afectaen adsversamente el negocio, la reputación, la situación financiera y los resultados de las operaciones del Banco.
Podrían presentarse problemas de liquidez
Banco Macro S.A. es un banco de características mayoristas y una parte importante de su fondeo está centralizado en cuentas de empresas y no de personas físicas. Un cambio significativo en las condiciones de liquidez xxx xxxxxxx producto de un efecto adverso sustancial en la marcha de la economía del país, sobre el sistema financiero y sobre el Emisor, podrían afectar el normal desenvolvimiento de sus negocios y, en particular, de su fondeo
El Emisor tiene, y prevé seguir teniendo, importantes requerimientos de liquidez y recursos de capital para financiar sus actividades.
No obstante, el endeudamiento actual del Banco y aquél en que pueda incurrir en el futuro, podría tener importantes consecuencias, entre ellas la de limitar su capacidad de refinanciar deuda existente o tomar fondos en préstamo para financiar capital de trabajo, adquisiciones y gastos de capital y obligarlo a dedicar una parte importante del flujo de fondos a cancelar capital e intereses, redundando todo ello en efectos adversos sobre la capacidad de pago del Emisor de las Obligaciones Negociables.
El Emisor no puede garantizar que un efecto en las condiciones de liquidez del sistema financiero de la República Argentina, tanto la actual como la futura, no tendrá un efecto adverso sobre sus actividades. En caso que lo tuviera, la situación patrimonial, económica o financiera o de otro tipo, los resultados, las operaciones, los negocios, y/o la capacidad de repago en general del Emisor, así como su capacidad para cumplir con sus obligaciones bajo las Obligaciones Negociables, podrían ser afectadas de manera significativamente adversa.
RIESGOS RELACIONADOS CON LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES
Las Obligaciones Negociables estarán subordinadas efectivamente al pago a los acreedores garantizados y a los depositantes del Banco.
Salvo que el respectivo Suplemento de Precio especifique lo contrario, las Obligaciones Negociables tendrán igual prioridad de pago que toda la demás deuda no garantizada y no subordinada del Banco, existente y futura, salvo las obligaciones que gozan de preferencia por ley o de puro derecho, incluidos, entre otros, los reclamos fiscales y laborales y las obligaciones del Banco hacia los depositantes.
En particular, según la Ley de Entidades Financieras, todos los depositantes existentes y futuros del Banco gozaran de un derecho de preferencia general sobre los tenedores de Obligaciones Negociables emitidas en el marco de este Programa. La Ley de Entidades Financieras dispone que en caso de liquidación judicial o de quiebra, todos los depositantes tendrían una prioridad de cobro sobre la totalidad de los demás acreedores del Banco (incluidos los tenedores de Obligaciones Negociables), salvo ciertos acreedores laborales y garantizados. Más aún, los depositantes tendrían prioridad de cobro sobre todos los demás acreedores, con excepción de ciertos acreedores laborales, por los fondos en poder del Banco Central de la República Argentina mantenidos como reserva, cualquier otro fondo existente al momento de cualquier revocación de la licencia bancaria del Banco y los fondos provenientes de cualquier transferencia forzosa de los activos del Banco por parte del Banco Central.
El Banco ha emitido y podrá emitir obligaciones negociables subordinadas adicionales. En ese caso, además de la prioridad otorgada a ciertos acreedores según se explicara en los párrafos precedentes, las Obligaciones Negociables subordinadas también estarán sujetas en todo momento al pago de cierta deuda no garantizada y no subordinada del Banco.
Es posible que no se desarrolle un mercado activo para la negociación de las Obligaciones Negociables.
Las Obligaciones Negociables en el marco de este Programa constituyen títulos nuevos por los que actualmente no existe un mercado de negociación activo. El Banco podrá solicitar la autorización para el listado y la negociación de las Obligaciones Negociables en los mercados de valores autorizados por la CNV y/o en bolsas o mercados extranjeros todo ello con sujeción a todas las leyes y reglamentaciones locales y extranjeras que resultaren de aplicación a tales efectos de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente Suplemento de Precio incluyendo, sin limitación, BYMA, el MAE o en la Bolsa de Valores de Luxemburgo para su negociación en el mercado Euro MTF, el mercado alternativo de la Bolsa de Valores de Luxemburgo. Sin embargo, el Banco no puede garantizar que esas solicitudes serán aceptadas. Más aún, podrán existir Obligaciones Negociables de una clase que no listen en bolsa ni sean negociadas en ningún sistema de negogiación. Si se negociaran Obligaciones Negociables luego de su emisión inicial, podrán negociar a descuento a su precio de oferta inicial, dependiendo de las tasas de interés prevalecientes, el mercado de títulos similares, las condiciones económicas generales y el rendimiento financiero del Banco.
No puede garantizarse que se desarrollará un mercado de negociación activo para las Obligaciones Negociables de cualquier clase, o, de desarrollarse, que se mantendrá en el futuro. Si no se desarrollara un mercado de negociación activo de las Obligaciones Negociables o no pudiera mantenerse, el precio xx xxxxxxx y la liquidez de las Obligaciones Negociables podrán verse seriamente afectados.
Las Obligaciones Negociables podrían estar sujetas a restricciones sobre su transferencias, las cuales podrían limitar la capacidad de los tenedores de vender sus Obligaciones Negociables.
Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en base a una exención de los requisitos de registro de la Ley de Títulos Valores Estadounidense. En consecuencia, las Obligaciones Negociables podrán ser transferidas o vendidas únicamente en operaciones que estén registradas según la Ley de Títulos Valores Estadounidense o sobre la base de una exención de dicho registro y en cumplimiento de cualquier otra ley aplicable de títulos valores de otras jurisdicciones. Estas restricciones podrían afectar la capacidad de los tenedores de vender sus Obligaciones Negociables.
El Banco podrá rescatar las Obligaciones Negociables antes del vencimiento.
Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas a opción del Banco en caso de producirse ciertos cambios en el régimen fiscal argentino y, si el Suplemento de Precio aplicable así lo especificara, las Obligaciones Negociables también podrán ser rescatadas a opción del Banco por cualquier otra causa. El Banco podrá optar por rescatar Obligaciones Negociables cuando las tasas de interés prevalecientes fueran relativamente bajas. En consecuencia, un inversor podrá no estar en posición de reinvertir los fondos provenientes del rescate en un título similar a una tasa de interés efectiva tan alta como la de las Obligaciones Negociables.
Como entidad financiera, cualquier procedimiento de quiebra contra el Banco estaría sujeto a la intervención del Banco Central, lo que podrá limitar los recursos disponibles en otro caso y extender la duración de los procedimientos.
Si el Banco no pudiera pagar sus deudas a su vencimiento, el Banco Central generalmente intervendría, designando a un interventor, solicitaría que el Banco presente un plan de reestructuración, transferiría parte de sus activos y pasivos y posiblemente revocaría su habilitación bancaria y presentaría un pedido de liquidación ante un tribunal local. Ante tal intervención, los recursos de los tenedores de las obligaciones negociables podrán verse limitados y los reclamos y derechos de los depositantes del Banco y posiblemente de otros acreedores podrán gozar de prioridad sobre los de los tenedores. Como resultado, los tenedores podrán obtener sustancialmente menos fondos de sus reclamos que los que obtendrían en un procedimiento concursal o de quiebra en Argentina, Estados Unidos o cualquier otro país.
El precio al que los tenedores serán capaces de vender las Obligaciones Negociables antes de su vencimiento dependerá de varios factores y puede ser sustancialmente menor al que los tenedores originalmente invirtieron.
El precio xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociables puede verse afectado en cualquier momento por los cambios en los niveles de riesgos percibido en relación con el Banco o el mercado. Por ejemplo, un aumento en el nivel de la percepción del nivel de riesgo podría causar una disminución en el precio xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociables. El nivel de riesgo percibido se verá influido por complejos e interrelacionados factores políticos, económicos, financieros y otros factores que pueden afectar a los mercados de capitales en general y/o el mercado en el que opera el Banco. La volatilidad es el término utilizado para describir el tamaño y la frecuencia de las fluctuaciones xxx xxxxxxx. Si la volatilidad de la percepción del riesgo varía, el valor xx xxxxxxx de las Obligaciones Negociable puede cambiar.
Los tenedores de Obligaciones Negociables podrán encontrar dificultad en obtener el cumplimiento de responsabilidades civiles contra el Banco o sus directores, funcionarios y personas controlantes.
El Banco está constituido según las leyes de Argentina y su domicilio social se encuentra ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. La mayoría de sus directores, funcionarios y personas controlantes residen fuera de Estados Unidos. Asimismo, todo o una parte sustancial de sus activos y de los activos de tales funcionarios se encuentra ubicada fuera de Estados Unidos. Como resultado, podrá ser difícil para los tenedores de Obligaciones Negociables dar traslado de notificaciones en Estados Unidos a tales personas o exigir el cumplimiento de sentencias en su contra, incluida cualquier acción basada en la responsabilidad civil según las leyes de títulos valores federales estadounidenses. En base a la opinión de los asesores legales argentinos del Banco, no hay certeza sobre la exigibilidad contra tales personas en Argentina, en acciones entabladas en primera instancia o en acciones para ejecutar sentencias de tribunales estadounidenses, de responsabilidades basadas únicamente en las leyes de títulos valores federales estadounidenses. Adicionalmente, la ejecución de sentencias extranjeras estará sujeta al cumplimiento de determinados requisitos xx xxx argentina, tales como el cumplimiento de los Artículos 517 a 519 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, incluyendo el requisito de que tales sentencias extranjeras no violen los principios de orden público del derecho argentino , según lo determinado, con anterioridad o simultáneamente, por un tribunal argentino.
Las calificaciones de las Obligaciones Negociables pueden disminuirse o ser retiradas dependiendo de varios factores, incluyendo la evaluación de la sociedad calificadora, de la solidez financiera del Banco y del riesgo soberano de Argentina.
Las calificadoras de riesgo pueden asignar calificación de riesgo a las Obligaciones Negociables. Las calificaciones de las Obligaciones Negociables reflejan la evaluación de la sociedad calificadora pertinente respecto de la posibilidad del Banco de realizar puntualmente el pago del capital e intereses sobre las Obligaciones Negociables. Asimismo, los métodos de asignación de calificaciones empleados por las sociedades calificadoras argentinas pueden diferir en aspectos importantes con aquéllos empleados por sociedades calificadoras de riesgo en los Estados Unidos u otros países. Las calificaciones de las Obligaciones Negociables no representan una recomendación para comprar, vender o mantener las Obligaciones Negociables, y no hacen observaciones sobre los precios xx xxxxxxx o la conveniencia para un inversor en particular. El Banco no puede asegurar que las calificaciones de riesgo de las Obligaciones Negociables se mantendrán durante cualquier período de tiempo determinado o que no serán disminuidas o retiradas. Una disminución de las calificaciones no constituirá un supuesto de incumplimiento de las Obligaciones Negociables. Las calificaciones asignadas pueden aumentarse, disminuirse o retirarse, dependiendo, entre otras cuestiones, de la evaluación de la sociedad calificadora, de la solidez financiera del Banco, así como también su evaluación del riesgo xxxxxxxx xxx xxxx en general, y cualquier cambio de estas circunstancias puede afectar el precio xx xxxxxxx o la liquidez de las Obligaciones Negociables.
Cuestionamientos de la AFIP a la colocación por oferta pública
Siempre que los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables sean aplicados de conformidad con los fines establecidos en la Ley de Obligaciones Negociables, a los efectos de gozar del tratamiento impositivo previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, no resulta suficiente la sola autorización de oferta pública de las Obligaciones Negociables otorgada por la CNV, sino que las Obligaciones Negociables deben efectivamente ser ofertadas y colocadas mediante una oferta pública transparente. En este sentido, el/los Colocador/es interviniente/s en el proceso de colocación de la respectiva Clase ofrecerán públicamente las Obligaciones Negociables en los términos de la Ley N° 26.831 xx Xxxxxxx de Capitales, efectuando a tal efecto los esfuerzos de colocación necesarios a fin de que los tenedores gocen de los beneficios impositivos. Sin
perjuicio de lo expuesto, se destaca que aún existe cierta incertidumbre respecto de la interpretación de la AFIP acerca del requisito de colocación de los valores negociables por oferta pública (en los casos de colocaciones locales). Por tal motivo, no puede descartarse que la AFIP pueda considerar que en el caso no se ha cumplido con dicho requisito, con la consiguiente pérdida de los beneficios impositivos con los que cuentan las Obligaciones Negociables. En virtud de todo lo mencionado, se insta a los inversores a consultar a sus propios asesores al respecto.
HISTORIA Y DESCRIPCIÓN DE LOS NEGOCIOS DEL BANCO
El Banco
La denominación social y comercial del Banco es Banco Macro S.A. El Banco es una entidad financiera constituida el 21 de noviembre de 1966 como una sociedad anónima de acuerdo con las leyes de la Argentina, por un período de 99 años, y registrada el 8 xx xxxxx de 1967 en el Registro Xxxxxxx xx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx bajo el Nº 1154 en el Libro N° 2, Folio 75 de Estatutos. Subsecuentemente el Banco cambió de domicilio legal a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fue registrado ante la Inspección General de Justicia (IGJ) el 8 de octubre de 1996 bajo el Nº 9777 en el Libro Nº 119, Tomo A de Sociedades Anónimas. El CUIT del Banco es 30-50001008-4.
Historia – Banco Macro S.A.
Banco Macro comenzó a operar como entidad financiera no bancaria en 1985, mediante la adquisición de Macro Compañía Financiera S.A. (creada en 1977). En mayo de 1988 recibió la autorización para operar como banco comercial, y se constituyó como Banco Macro S.A. Posteriormente, como resultado de un proceso de fusión con otras entidades el Banco adoptó otros nombres (entre ellos Banco Macro Bansud S.A.) y desde agosto de 2006, el nombre de “Banco Macro S.A.” nuevamente.
Desde entonces y hasta 1995, Banco Macro operó como un banco mayorista, siendo pionero en emisiones de títulos de deuda privados. Sus principales áreas de actuación fueron el mercado monetario, la negociación de títulos públicos y privados y servicios financieros para empresas medianas y grandes.
A partir de 1994, Banco Xxxxx modificó radicalmente su estrategia de negocios, concentrándose en la provisión de servicios de banca minorista en áreas xx xxxxxxx con bajo nivel de bancarización y gran potencial de crecimiento, con enfoque en regiones fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Como parte de esta estrategia, en 1996 el Banco comenzó a adquirir entidades, así como activos y pasivos resultantes de la privatización de bancos provinciales y otras entidades, tales como Banco Misiones, Banco Salta y Banco Jujuy.
En 2001, 2004, 2006 y 2010 Banco Macro adquirió el control de Banco Bansud S.A., Nuevo Banco Suquía S.A., Nuevo Banco Bisel S.A. y Banco Privado de Inversiones S.A., respectivamente, expandiendo a través de estas adquisiciones su presencia en el sur y centro de país. Dichas entidades fueron fusionadas con el Banco en diciembre de 2003, octubre de 2007, agosto de 2009 y diciembre de 2013, respectivamente. Asimismo, durante 2006, Banco Macro adquirió el control de Banco del Tucumán S.A.
El Banco ofrece actualmente productos y servicios bancarios tradicionales a empresas, incluyendo a aquellas que se desempeñan en economías regionales y a individuos, reforzando el objetivo del Banco de ser un banco multi-servicios.
Adicionalmente, Banco Macro desarrolla ciertas transacciones a través de sus subsidiarias, incluyendo principalmente Banco del Tucumán S.A., Macro Bank Limited, Macro Securities S.A., Macro Fiducia y Macro Fondos S.G.F.C.I. S.A.
Las acciones del Banco listan en el BYMA desde noviembre de 1994, y en la NYSE desde marzo de 2006, y han sido autorizadas para su negociación en el MAE desde octubre de 2015.
Inversiones en propiedades
En 2011 el Banco adquirió del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx un predio ubicado en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 0000, xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, por un valor total de Ps.110 millones. El Banco ha desarrollado un proyecto para construir sus nuevas oficinas administrativas en este predio. Las obras se iniciaron en 2012 y se prevee que concluirán en 2018.
La Torre está inserta en un lote de casi 5.000 m2 y cuenta con una superficie total de 52.700 m2, con 28 pisos de oficinas. El edificio tiene una capacidad total de 2.400 puestos de trabajo, que serán ocupados por todos los equipos de nuestras áreas corporativas.
Este proyecto tuvo, desde sus inicios, un enfoque en la responsabilidad ambiental, en línea con la Política de Sustentabilidad del Banco. La construcción fue proyectada para cumplir con la certificación de normas LEED, Líder en Eficiencia Energética y Diseño Sostenible. El diseño busca mejorar las condiciones del espacio de trabajo de cada persona y permite que cada planta del edificio logre aprovechar al máximo la luz natural. Además, los materiales no provienen de la tala de los bosques nativos.
Al 31 de diciembre de 2017, el monto total invertido en el proyecto era de Ps.1.818 millones (aproximadamente US$ 155 millones a los tipos de cambio vigentes a fin de mes en las respectivas fechas de dichas inversiones). El costo total de este proyecto está estimado en aproximadamente US$182 millones.
Descripción de los negocios del Banco
Introducción
El Banco es una de las entidades bancarias líderes en Argentina. Con la más extensa red de sucursales del sector privado en el país, el Banco ofrece una gama de productos y servicios financieros estándar a una base de clientes de todo el país. El Banco se distingue de sus competidores por su sólida situación financiera y su enfoque hacia individuos de bajos y medios ingresos y en pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Banco entiende que esta estrategia ofrece significativas oportunidades de crecimiento sostenido a su negocio bancario. Al 30 de septiembre de 2017, el Banco se ubicaba en la primera posición en términos sucursales y de patrimonio neto y en la tercera posición en términos de préstamos totales y de depósitos totales entre todos los bancos privados de Argentina.
Al 31 de diciembre de 2017, el Banco tenía, en forma consolidada:
• Ps. 224.242,7 millones en activos totales;
• Ps. 129.585,6 millones en préstamos al sector privado no financiero y residentes en el exterior;
• Ps. 144.225,9 millones en depósitos totales;
• aproximadamente 3,5 millones de clientes individuos y 0,1 millones de clientes comerciales; y
• aproximadamente 1,1 millones de cuentas Plan Sueldo (tal como dicho término se define más adelante) para clientes del sector privado y gobiernos provinciales y 0,8 millones de cuentas de la seguridad social.
El resultado neto consolidado del Banco para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 ascendió a Ps. 9.388,8 millones, lo que representa un retorno sobre el patrimonio neto promedio del 28,6% y un retorno sobre los activos promedios del 5,2%.
En general, debido al relativamente bajo nivel de intermediación bancaria en Argentina, el Banco está ofreciendo productos y servicios limitados. El Banco se está concentrando en el crecimiento global de su cartera de préstamos, expandiendo su número de clientes, y alentándolos al uso de sus productos crediticios. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios ni por regiones ni cualquier otro tipo de segmentación, con el propósito de asignar recursos o evaluar rentabilidad. Los productos y servicios del Banco consisten en cuentas corrientes y cajas de ahorro, tarjetas de crédito y débito, préstamos para financiar consumo y otros productos crediticios y servicios transaccionales que provee a través de su red de sucursales tanto a sus clientes individuales, como a pequeñas y medianas empresas. Asimismo, el Banco provee servicios de acreditación en cuenta de sueldos (“Plan Sueldo”), financiamiento comercial, tarjetas de crédito corporativas, préstamos comerciales con garantía hipotecaria, procesamiento de transacciones y cambio de divisas. Adicionalmente, el servicio de Plan Sueldo para empresas privadas y al sector público provee al Banco de una base de depósitos de clientes amplia y estable.
Ventajas competitivas del Banco
El Banco considera que se encuentra bien posicionado para aprovechar las oportunidades creadas por la recuperación del entorno económico y comercial en Argentina. Sus ventajas competitivas incluyen:
⮞ Sólida posición financiera. Al 31 de diciembre de 2017, el exceso de capital del Banco era de Ps. 35.114,7 millones (28,1% de ratio de capitalización regulatorio). El exceso de capital del Banco tiene como objetivo respaldar su crecimiento orgánico y consecuentemente un mayor apalancamiento del balance.
⮞ Rentabilidad sostenida: Al 31 de diciembre de 2017, el Banco ha sido el único en obtener ganancias durante los últimos 64 trimestres consecutivos en Argentina, con una rentabilidad promedio sobre el patrimonio neto (“ROE”) del 37,2%, 34,1% y 28,6% para 2015, 2016 y 2017, comparada con el 32,4%, 29,7%, y 25,8% respectivamente del sistema financiero argentino en conjunto.
⮞ Importante Patrimonio Neto: Al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017 el patrimonio neto del Banco ascendía a Ps.15.877,6 millones, Ps.22.105,9 millones y Ps. 43.130,5 millones, respectivamente, calculado de conformidad con las Normas del Banco Central.
⮞ Fuerte presencia en mercados de clientes de rápido crecimiento. El Banco ha adquirido una posición de liderazgo con individuos de bajos y medios ingresos y entre las pequeñas y medianas empresas generalmente ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no estaban adecuadamente atendidas por el sistema bancario. De acuerdo a lo experimentado, este mercado objetivo ofrece importantes oportunidades de crecimiento y una base estable de depositantes.
⮞ Gran exposición al crecimiento impulsado por las exportaciones. Teniendo en consideración la ubicación geográfica de los clientes a los que el Banco apunta, éste ha adquirido otras entidades financieras con un gran número de sucursales
situadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objetivo de completar su cobertura nacional. El Banco se enfoca principalmente en algunas de las provincias orientadas a la exportación. En la mayor parte de estas provincias la actividad económica se concentra, principalmente, en la agricultura, minería, transporte de cargas, industria aceitera, ganadería y turismo, actividades que se han beneficiado con el crecimiento producido en la economía argentina como resultado de las exportaciones.
⮞ La mayor red de sucursales del sector bancario privado en Argentina. Con 445 sucursales y 1.443 cajeros automáticos al 31 de diciembre de 2017, el Banco cuenta con la red de sucursales más extensa entre los bancos privados de Argentina. El Banco considera a su red de sucursales como su principal canal de distribución en el ofrecimiento de sus productos y servicios a su base de clientes, mediante una atención personalizada. En línea con la estrategia del Banco, alrededor del 94% de dichas sucursales están ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
⮞ Base de clientes leales. La cartera de clientes del Banco está constituida por clientes leales, debido a su presencia en mercados que tradicionalmente estaban desatendidos y al servicio de Plan Sueldo. Asimismo, el Banco se ha beneficiado de la regulación argentina que requiere que todos los empleados mantengan cuentas bancarias para el depósito directo de sus salarios. Por otra parte, el Banco enfatiza la relación directa con sus clientes, a fin de poder ofrecerles asesoramiento personalizado.
⮞ Agente financiero exclusivo de cuatro gobiernos provinciales argentinos. El Banco brinda servicios de agente financiero a los gobiernos provinciales xx Xxxxx, Jujuy, Misiones y Tucumán, en la región norte de la Argentina. En consecuencia, el Banco mantiene las cuentas bancarias de cada uno de estos gobiernos provinciales y provee cuentas Plan Sueldo a todos sus empleados, lo que le da acceso x xxxxxxx de financiamiento de bajo costo y a un gran número de clientes leales.
⮞ Conducción eficiente y experimentada, y accionistas comprometidos. La conducción del Banco se encuentra en manos de un grupo de accionistas comprometido que ha logrado transformar un pequeño banco mayorista en uno de los bancos más fuertes y grandes de Argentina, y un equipo gerencial de primera línea con vasta experiencia en el sector bancario.
La estrategia del Banco
Las ventajas competitivas del Banco lo posicionan para aprovechar el futuro desarrollo del sistema financiero argentino.
El objetivo del Banco es lograr un crecimiento general mediante el aumento de su base de clientes, la expansión de su cartera de créditos y la generación de mayores ingresos por servicios transaccionales. El Banco cumple ese objetivo mediante una administración unificada, focalizando su estrategia de crecimiento en el ofrecimiento y promoción de sus productos bancarios estándar y servicios a sus clientes. El Banco busca lograr su estrategia de crecimiento a través de la adquisición de bancos en Argentina, lo que ha permitido al Banco expandir su red de sucursales y su base de clientes significativamente. El Banco ha aprovechado las oportunidades presentadas por el sistema financiero argentino, para acceder a nuevos lugares mediante la adquisición de otros bancos o absorbiendo sucursales de bancos liquidados por el Banco Central.
El Banco se ha propuesto continuar fortaleciendo su posición de banco líder en Argentina. Los principales elementos de la estrategia del Banco incluyen:
⮞ Focalización en mercados desatendidos con fuerte potencial de crecimiento. El Banco seguirá focalizándose tanto en los individuos de bajos y medios ingresos como en pequeñas y medianas empresas, cuya mayoría ha sido tradicionalmente desatendida por el sistema bancario argentino y que en general se encuentran ubicados fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde la competencia es relativamente débil y el Banco ya es una entidad líder. Estos mercados ofrecen atractivas oportunidades dada la baja penetración de servicios bancarios y la escasa competencia.
⮞ Mayor expansión del modelo de gestión a través de la red de sucursales y el desarrollo de la red mediante la apertura de nuevas sucursales, reforzando las oportunidades de negocios locales y centrándose en los puntos de ventas y apoyo en función de las necesidades específicas de sus clientes.
⮞ Mayor expansión de su base de clientes. El Banco tiene previsto continuar incrementando su base de clientes, lo que resulta esencial para aumentar sus ingresos financieros y por comisiones. Para atraer nuevos clientes, el Banco se propone:
⮞ Ofrecer líneas de crédito a mediano y largo plazo. El Banco intentará capitalizar la creciente demanda de crédito a largo plazo, que entiende acompañará el futuro crecimiento económico de Argentina. El Banco utilizará su alta liquidez y base de capital para ofrecer una variedad de productos crediticios de largo y mediano plazo más accesible que la de sus competidores.
⮞ Focalizar en clientes comerciales. El Banco aumentará el financiamiento a empresas mediante una amplia oferta de productos crediticios y transaccionales a medida del perfil y las necesidades de cada cliente.
⮞ Expandir los servicios del Plan Sueldo. El Banco continuará comercializando activamente los servicios del Plan Sueldo, enfatizando los beneficios que su vasta red brinda a empresas con necesidades nacionales o regionales.
⮞ Fortalecer la participación xx xxxxxxx del Banco en tarjetas de crédito, aumentando la actividad promocional y los beneficios para los clientes.
⮞ Continuar ampliando el uso de los canales automáticos, tanto en la atracción de clientes como para los productos minoristas, aumentando así la eficiencia operativa.
⮞ Expandir aún más el desarrollo del servicio de asistencia al cliente, brindándoles diferentes medios para realizar sus operaciones financieras sin límites de tiempo, en forma totalmente segura, simple y confortable.
⮞ Aumentar nuestra base de clientes de alta gama a través de nuestra suite de productos Selecta.
⮞ Concentrarse en los nuevos objetivos de sustentabilidad, el Banco busca concentrarse en los nuevos objetivos de sustentabilidades alineados a los negocios del Banco en sus áreas fundamentales, y ampliar aún más dichas iniciativas.
⮞ Buscar oportunidades de crecimiento, un componente clave en la estrategia del Banco es la búsqueda continua de oportunidades de crecimiento, incluyendo potenciales adquisiciones. El Banco, en cualquier momento, puede tener bajo consideración una o más potenciales adquisiciones o transacciones similares dentro del sector bancario y financiero argentino, sea en distintas etapas de evaluación, negociación y/o procesos de revisión, pudiendo cualquiera de ellas ser material considerándose en forma individual o colectiva. Véase “El Banco continuará considerando oportunidades de adquisición, que pueden no ser exitosas – Factores de Riesgo”.
Productos y servicios
El Banco provee a sus diversos clientes una combinación de productos y servicios estándar designados específicamente para satisfacer sus necesidades individuales. El Banco cuenta con dos categorías amplias de clientes: (i) clientes minoristas, la cual incluye a los individuos y (ii) clientes comerciales, la cual incluye empresas pequeñas, medianas y grandes y empresas muy grandes (corporaciones). Adicionalmente, el Banco provee servicios a cuatro gobiernos provinciales. El Banco ofrece una relativamente estrecha gama de productos estándar, los cuales se encuentran generalmente disponibles tanto para sus clientes individuales como comerciales. El Banco encara sus negocios bancarios de manera unificada; no es administrado por segmentos o divisiones ni por categorías de clientes, productos y servicios o por regiones ni en cualquier otro tipo de segmentación, a los efectos de asignar recursos o evaluar rentabilidad. La estrategia del Banco consiste en aumentar sus negocios mientras crece la demanda del crédito en Argentina, concentrándose en las oportunidades xx xxxxx-selling entre su amplia base de clientes. La siguiente reseña de los negocios del Banco sigue las categorías amplias de clientes minoristas y comerciales, para facilitar la comprensión de quiénes son los clientes del Banco y los productos y servicios que el Banco provee.
Clientes minoristas Introducción
El Banco presta servicios a personas humanas con el objeto de satisfacer sus necesidades financieras, ya sea en materia de ahorro, servicios transaccionales o financiamiento. Los clientes minoristas se clasifican según su situación laboral o su principal fuente de ingresos, en las siguientes categorías: Plan Sueldo, Jubilados, Mercado Abierto y Profesionales y Negocios. El Banco presta servicios en todo el territorio de la Argentina, y particularmente en las regiones fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales poseen una alta concentración de individuos de bajos y medios ingresos, tradicionalmente desatendidos por los grandes bancos privados. El Banco atiende a estos clientes minoristas a través de su extensa red nacional de sucursales. Aproximadamente el 94% de dichas sucursales se encuentran ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Banco ofrece a sus clientes minoristas productos y servicios bancarios tradicionales tales como cuentas corrientes y cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo, tarjetas de crédito y débito, préstamos financieros de consumo (incluyendo préstamos personales), préstamos hipotecarios, préstamos para automotores, giro en descubierto, servicios crediticios, coberturas de seguros para vivienda y automotores, pago de impuestos y servicios, cajeros automáticos y transferencias de dinero.
Los clientes minoristas del Banco le proveen una importante y eficiente fuente de fondeo y significativos ingresos financieros y por comisiones. El Banco considera que su amplia base de clientes minoristas le proporciona una oportunidad excelente para aumentar el volumen de sus negocios vinculados al crédito. A modo de ejemplo, de la cartera de clientes minoristas del Banco, sólo el 21% tiene actualmente un préstamo personal y sólo el 37% posee tarjeta de crédito otorgada por el Banco. El Banco considera que existe un gran potencial para incrementar esos porcentajes.
Los esfuerzos del Banco se concentraron en fortalecer las relaciones con sus clientes ofreciéndoles los productos que mejor se adapten a sus necesidades y circunstancias, mediante asesoramiento profesional personalizado lo que constituye una característica distintiva del Banco para servir a su mercado objetivo. Asimismo el Banco se focalizó en aumentar el volumen de captación de
nuevos clientes individuos con el foco en aquellos segmentos que le permitan mayor eficiencia y mejor resultado de la ecuación costo/beneficio.
Las principales metas del Banco para la banca minorista, consisten en mantener su participación xx xxxxxxx en las líneas orientadas al consumo, con un liderazgo sostenido en la cartera de préstamos personales y con un crecimiento constante de la cartera de tarjetas de crédito.
En este sentido, con miras a continuar creciendo en el mercado de tarjetas de crédito, el Banco intensificó sus esfuerzos tendientes a aumentar el consumo y los activos totales. También optimizó el uso de la información de sus clientes como una herramienta para implementar mejores acciones xx xxxxx-selling, retención de clientes y prevención de incumplimiento.
En 2017, la participación xx xxxxxxx de las líneas de productos de financiación al consumo del Banco permaneció estable, manteniendo su posición de liderazgo sostenida, una posición competitiva en su cartera de préstamos personales y un importante crecimiento en sus productos de tarjetas de crédito.
Cuentas corrientes, cajas de ahorro y depósitos a plazo fijo
El Banco percibe comisiones por el mantenimiento de cuentas, el envío de extractos de cuentas, el procesamiento de cheques y por otras operaciones de banca directa, tales como débitos directos, transferencias de fondos, órdenes de pago y tarjetas de débito. Los depósitos a plazo fijo constituyen también una fuente importante y estable de fondeo.
Las acciones comerciales y de fidelización de clientes del Banco le han permitido alcanzar un crecimiento en su cartera de depósitos superior a los niveles xxx xxxxxxx, principalmente debido al incremento en los depósitos a plazo fijo de clientes minoristas lo cual intensificó la diversificación del fondeo. La cartera de depósitos a individuos creció un 55% en el 2015, un 62% en el 2016 y un 34% en 2017, representando al 31 de diciembre de 2017 el 68% del total de depósitos.
Las cuentas y los paquetes se constituyen en el canalizador de los depósitos vista y en uno de los principales impulsores de los ingresos por comisiones. Por este motivo, la Banca individuos trabaja en el ciclo de vida de los paquetes, impulsando acciones de fidelización y retención de nuestros productos.
En 2013 se implementó el pago de asignaciones familiares del gobierno a través de cuentas bancarias, generando la apertura de más de 45.000 cuentas y la emisión de tarjetas de débito asociadas. La cantidad de cuentas minoristas aumentó un 17% en 2015, un 11% en 2016 y 15% en 2017.
En el 2016, el Banco implementó la apertura xx xxxxx de ahorro especiales que tienen como objetivo principal bancarizar a aquellas personas que aún no poseen ninguna cuenta en el sistema financiero, mediante la sola presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular para su apertura. Además, el Banco lanzó una nueva funcionalidad en Home Banking y se habilitó el Centro de Atención Telefónica para que los clientes puedan dar de alta cuentas, o bien, puedan solicitar la baja de productos por dichos canales.
En el marco de la ley N° 27.260 de Régimen de Sinceramiento Fiscal, en 2016 el Banco también trabajó en la apertura de cuentas especiales y la recepción de depósitos de acuerdo a las alternativas vigentes para los clientes.
El servicio de tarjetas de débito es esencial en el marco de la estrategia del Banco tendiente a aumentar las transacciones de clientes mediante el aumento del uso de cuentas. Su propósito secundario consiste en convertir los saldos de cuenta por mayores depósitos en cuentas transaccionales, aumentando así la base de depósitos a la vista del Banco. La cantidad de tarjetas de débito emitidas por el Banco aumentó un 10%, 14% y 8% en 2015, 2016 y 2017, respectivamente.
El siguiente cuadro refleja el número de cuentas de clientes minoristas al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017:
Número aproximado de cuentas de clientes minoristas | |||
(al 31 de diciembre de cada año) | |||
2015 | 2016 | 2017 | |
Productos | |||
Cajas de ahorro | |||
Total cajas de ahorro (*) | 2.811.847 | 3.116.758 | 3.588.555 |
Plan Sueldo (sector privado y público) | 790.907 | 898.072 | 1.097.218 |
Jubilados y pensionados | 657.817 | 709.262 | 769.660 |
Mercado abierto | 1.010.740 | 1.093.614 | 1.207.848 |
Profesionales y negocios y otros | 352.383 | 415.810 | 513.829 |
Cuentas corrientes | |||
Cuentas corrientes | 713.577 | 809.240 | 888.700 |
Acceso electrónico a cuentas | |||
Tarjetas de débito | 2.558.520 | 2.928.969 | 3.175.913 |
(*) A partir de este reporte mostramos la apertura del total xx xxxxx de ahorro por tipo de cliente, considerando la situación del cliente a la fecha de cierre en lugar de tomar su categorización a la fecha de alta como cliente.
Productos y servicios crediticios
El Banco ofrece a sus clientes minoristas préstamos personales, descuento de documentos, créditos hipotecarios para vivienda, líneas de adelantos, préstamos prendarios y financiamiento a través de tarjetas de crédito.
El Banco procura continuar incrementando su volumen de préstamos minoristas, concentrando sus esfuerzos en mercados desatendidos, tales como los individuos de bajos y medios ingresos, y en el cross-selling de sus productos crediticios minoristas a los actuales clientes del Banco, particularmente a aquellos que mantienen cajas de ahorro y cuentas corrientes en el Banco en virtud de los servicios de pago de sueldos y jubilaciones y pensiones que el Banco brinda.
En 2015, la cartera de préstamos minoristas del Banco aumentó un 47%, la cartera de préstamos personales registró un incremento del 44% y la cartera de tarjetas de crédito aumentó un 60%, en cada caso en comparación con 2014.
En 2016, la cartera préstamos minoristas del Banco creció un 29%, se destacó el crecimiento de la cartera de préstamos personales del 28% y de la cartera de tarjetas de crédito que se incrementó un 30% en comparación con 2015.
En 2016, se lanzó una nueva Línea de Préstamos Hipotecarios en UVAs, que le permitió al Banco formar parte del Programa PROCREAR "Solución Casa Propia", destinada a beneficiarios seleccionados por ANSES. El programa PROCREAR es una iniciativa del gobierno argentino dirigida a impulsar la actividad económica, crear empleos y brindar soluciones a los problemas de vivienda de las familias de bajos ingresos.
Durante 2017 el Banco continuó trabajando en la promoción de un sistema financiero inclusivo, con especial interés en la accesibilidad de personas con bajo nivel de participación en el sector bancario y para incrementar la cartera de préstamos personales y el volumen de venta a través de los canales alternativos. El Banco mantuvo la posición en la participación xx xxxxxxx de tarjetas de crédito en términos de consumos y activos totales, posicionándolo como producto estratégico en la captación e incremento de la relación transaccional con nuestros clientes.
Al 31 de diciembre de 2017, la cartera de préstamos minoristas representaba el 60% de la cartera total de préstamos. En el año 2017, se observó un importante crecimiento de esta cartera del orden del 56%, producto de un incremento del 59% en préstamos personales, del 33% de financiaciones con tarjetas de crédito y del 356% en préstamos hipotecarios y prendarios.
El Banco es uno de los principales emisores de tarjetas de crédito de Argentina, con aproximadamente 2,7 millones de tarjetas de crédito emitidas para clientes minoristas al 31 de diciembre de 2017. Una de las iniciativas para ampliar la actividad crediticia consiste en fomentar el uso de tarjetas de crédito para grandes compras por parte de clientes de bajos y medianos ingresos.
En el 2017, el Banco incentivó el desarrollo de los préstamos hipotecarios, a través de la incorporación de nuevos destinos, apoyando el desarrollo de líneas que fomenten el bienestar social, como son: mejora, refacción, segunda vivienda, adquisición de consultorios, oficinas y comercios, y adquisición de xxxxx xx xxxxxx.
Los créditos hipotecarios UVA fueron los protagonistas en 2017, un lanzamiento en el que Banco Macro se destacó por ofrecer una de las tasas más competitivas xxx xxxxxxx, liquidándose 2.873 operaciones por más de Ps. 3.455 millones.
Dentro de la línea de préstamos hipotecarios, continuamos formando parte del programa Procrear "Solución Casa Propia", destinada a beneficiarios seleccionados por ANSES. También nos sumamos al programa “Procrear Ahorro Joven”.
El siguiente cuadro refleja la información sobre préstamos de la cartera de consumo del Banco al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017:
Prestamos de la cartera de consumo | ||||||
(al 31 de diciembre de cada año) | ||||||
2015 | 2016 | 2017 | ||||
(en millones de pesos y como porcentaje de cartera) | ||||||
Adelantos | 290,2 | 0,7% | 368,0 | 0,7% | 482,4 | 0,6% |
Documentos | 591,7 | 1,5% | 947,5 | 1,9% | 1.176,4 | 1,5% |
Hixxxxxxxxxx x prendarios | 1014,7 | 2,6% | 1.127,1 | 2,2% | 5.139,1 | 64% |
Tarjetas de crédito | 13.661,9 | 34,5% | 17.796,0 | 34,8% | 23.714,7 | 29,7% |
Personales | 23.688,9 | 59,8% | 30.280,4 | 59,3% | 48.291,9 | 60,5% |
Otros | 384,8 | 1,0% | 550,0 | 1,1% | 1.078,2 | 1,3% |
Total | 39.632,2 | 100,0% | 51.069,0 | 100,0% | 79.882,7 | 100,0% |
Los préstamos personales, que constituyen la parte más representativa de la cartera del Banco, exhibieron una tasa de interés anual promedio del 38,5% al 31 de diciembre de 2017 y un plazo de vencimiento promedio de 54,5 meses. Las tasas de interés y plazo varían de acuerdo a los productos.
Servicios de pago de sueldos a través del Plan Sueldo
Desde 2001, la legislación laboral Argentina ha establecido el pago obligatorio de sueldos a través de cuentas abiertas por los empleadores a nombre de cada empleado en entidades financieras ubicadas en un radio de dos kilómetros desde el lugar de trabajo, en el caso de zonas urbanas, y diez kilómetros en el caso de zonas rurales. Existen requisitos similares para el pago de jubilaciones.
El Banco tiene a su cargo el procesamiento de la nómina de sueldos para empresas del sector privado y público, que requiere que los empleadores mantengan una cuenta en el Banco para el depósito directo de los haberes de sus empleados. El Banco actualmente provee servicios de pago de sueldos para los gobiernos de las provincias de Misiones, Salta, Jujuy y Tucumán, y para clientes del sector privado por un total de 1,9 millones de clientes minoristas (incluyendo jubilados y pensionados). Esta actividad proporciona al Banco una fuente de fondeo importante, a través de una diversificada base de depositantes, la que presenta además un significativo potencial para el negocio xx xxxxx-selling.
Clientes comerciales
Introducción
Las personas humanas y jurídicas del sector privado no financiero que desarrollan actividades comerciales y/o industriales están incluidas en esta categoría. El Banco brinda a sus clientes comerciales productos y servicios bancarios tradicionales, tales como depósitos, créditos (incluidas las líneas de adelanto), descuento de cheques, factoring, préstamos con garantía real y líneas de crédito para la financiación de operaciones de comercio exterior y servicios de cash-management. El Banco, además, presta a sus clientes comerciales servicios fiduciarios, de pago de sueldos y de agente financiero, tarjetas de crédito corporativas y otros productos especializados.
La cartera de clientes comerciales está dividida por volúmenes y sectores. El Banco cuenta con cuatro categorías de clientes comerciales: pequeñas empresas (registran hasta Ps. 200 millones en ventas anuales), empresas medianas y grandes (registran más de Ps. 200 millones y hasta Ps. 800 millones en ventas anuales), empresas agrarias (que incluyen individuos y empresas que operan en el sector agrícola o en el comercio de productos relacionados al campo) y empresas corporativas (registran más de Ps. 800 millones en ventas anuales e incluyen también a las subsidiarias de empresas multinacionales).
Banco Macro apoya las actividades productivas a través del fomento del desarrollo, las nuevas tendencias y la innovación, porque su objetivo es seguir ofreciendo los mejores servicios para el campo, la industria y el comercio. En base a valores de cercanía con el cliente, esfuerzo, trabajo duro, dedicación y comunidad, brindamos líneas de financiamiento acordes a cada perfil de cliente que contribuyen con su crecimiento, su desarrollo y el de sus comunidades.
Como en años anteriores, el Banco continuó con el desarrollo de la estrategia de atención descentralizada especializada por categoría que permite mejorar la calidad de atención al cliente. Actualmente, el Banco posee una red de sucursales con oficiales de negocio especializados en cada categoría, que brindan una amplia gama de propuestas para la financiación de capital de trabajo, proyectos de inversión, leasing, así como toda la operatoria vinculada a comercio exterior.
La base de clientes comerciales del Banco también es una fuente de demanda de su liquidez excedente, reflejada en adelantos en el día y préstamos a corto plazo a los principales clientes comerciales. Véase la sección: “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera – Recursos de Liquidez y Capital”.
Productos y servicios crediticios
La mayor parte de la actividad crediticia actual del Banco consiste en préstamos para capital de trabajo a empresas pequeñas y medianas. Históricamente, el Banco se ha concentrado en este tipo de empresas, lo que le ha permitido diversificar su exposición al riesgo de crédito mediante el otorgamiento de préstamos por montos de menor cuantía a clientes de diversos sectores comerciales.
El Banco ofrece créditos comerciales a corto, mediano y largo plazo.
Corto plazo: incluye líneas de crédito por hasta 180 días y consiste esencialmente en líneas de giro en descubierto, tarjetas de crédito y débito corporativas y factoring, así como financiamientos relacionados con operaciones de comercio exterior, tales como prefinanciación de exportaciones, financiamientos post embarque y financiamiento de importaciones. Estos productos incluyen líneas contingentes, tales como garantías de corto plazo (garantías de cumplimiento y garantías de oferta) y cartas de crédito de importación. El riesgo crediticio asignado a este tipo de transacciones es la calificación del deudor, excepto que sea mejorada como resultado de una prenda o garantía.
Mediano a largo plazo: incluye líneas de crédito y facilidades de crédito específicas que exceden los 180 días. Habitualmente son préstamos basados en activos físicos, tales como leasing en el que se logra una mejora del crédito a través del activo subyacente.
Los riesgos generados por las facilidades crediticias xx xxxxxxx a largo plazo son mitigados mediante diferentes mecanismos que
van desde prendas e hipotecas, hasta negocios estructurados a través de fideicomisos financieros en los cuales el deudor cede fiduciariamente el activo subyacente, mayormente el flujo de ingresos futuros. Más allá del plazo y teniendo en cuenta que estas líneas de crédito están destinadas a pequeñas y medianas empresas, la política del Banco es requerir garantías personales de los dueños a pesar de que la calificación del deudor permanezca sin cambios.
En 2015, el Banco se concentró en expandir su liderazgo en el negocio de banca comercial.
El Banco se concentró en respaldar el desarrollo de las Pymes y negocios regionales. La mayor parte de las Líneas de Crédito para la Inversión Productiva fue asignada a este grupo de clientes, respaldando proyectos de inversión con el objeto de desarrollar aún más estos negocios y sus comunidades asociadas.
El Banco forjó alianzas estratégicas con el sector de banca corporativa, instándolos a ofrecer productos de alta calidad a sus clientes Pyme. El Banco creó el concepto de Comunidad de Negocio, un modelo de gestión que le permitió aumentar la cantidad de préstamos a Pymes en un 48% interanual. También se crearon líneas de crédito especiales para Pymes.
En 2015, el Banco desarrolló líneas de crédito especiales para medianas y grandes empresas. En lo referente a grandes empresas, el Banco logró aumentar la penetración de cuentas Plan Sueldo, haciendo hincapié en la distribución geográfica de la red y en la relación con grandes empresas.
En 2015, en lo que respecta al sector agropecuario, el Banco se concentró en posicionarse como un Banco de Proximidad, forjando relaciones más estrechas con los productores, mediante reuniones periódicas con clientes en zonas estratégicas.
Las Tarjetas Macroagro presentaron el mayor crecimiento en 2015, reflejando el aumento más importante en participación xx xxxxxxx. El Banco continuó respaldando a las economías regionales con productos personalizados para los sectores del tabaco, azúcar y yerba.
Se crearon alianzas estratégicas con grandes proveedores, que permitieron a los clientes del Banco adquirir insumos a un costo financiero mínimo. Esto fue altamente beneficioso para los segmentos con actividades estacionales.
El Banco relanzó su línea de crédito para el desarrollo de las exportaciones regionales relacionadas con el Consejo Federal de Inversiones. En 2015, bajo este programa se cerraron 11 operaciones por un total de Ps.6,7 millones.
Como resultado de estas medidas, en 2015 la cartera de préstamos comerciales se incrementó un 34% en comparación con 2014. Los préstamos a pequeñas y medianas empresas aumentaron 47% en 2015 en comparación con 2014, principalmente debido a un aumento del 53% en documentos y del 62% en créditos hipotecarios. Los préstamos a empresas agrícolas aumentaron 42% en 2015 en comparación con 2014, impulsados por un aumento del 68% en préstamos con tarjetas de crédito, un incremento del 46% en documentos y un aumento del 47% en préstamos hipotecarios. La cartera de préstamos a medianas y grandes empresas aumentó 30% y 2%, respectivamente, en comparación con 2014.
Durante 2015, el Banco otorgó financiaciones por Ps.3.000 millones a través de sus Líneas de Crédito para la Inversión Productiva. Al 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxx total pendiente era de Ps.6.300 millones.
Al 31 de diciembre de 2016, la cartera de préstamos a la cartera comercial representaba el 43% de la cartera total de préstamos, incluyendo préstamos al sector financiero y al sector público que representaban el 4%. En el 2016 el foco estuvo puesto en las empresas PyMEs y los negocios regionales, trabajando para ofrecerles productos y servicios acordes a cada perfil de compañía, considerando principalmente su tamaño y la localidad donde opera.
El Banco acompañó el crecimiento de las PyMEs mediante el desarrollo de negocios y vínculos sustentables en todo el país. La distribución geográfica, cercanía, atención personalizada y el conocimiento de sus clientes y las economías regionales permiten detectar sus necesidades y apoyarlos en la financiación de sus proyectos como, asimismo, brindar soluciones transaccionales para el manejo de sus pagos y cobros.
El Banco continuó las acciones integradoras con el objetivo de financiar a pequeños productores clientes y proveedores de la cadena de valor de los clientes Megra. Entre las acciones se destacan los convenios con grandes empresas compradoras de yerba en el Noreste Argentino y las tabacaleras xx Xxxxx y Jujuy.
Dentro de la Banca Corporativa, en 2016 se profundizó la relación con los clientes existentes y con los nuevos, con el fin de posicionar al Banco como uno de sus bancos principales. Esto posibilitó brindar asistencia especializada a cada una de las empresas integrantes de las distintas cadenas de valor, con productos a la medida de sus necesidades. Además, la Banca Corporativa trabajó con Banca Individuos y la red de sucursales en acciones conjuntas para incrementar la base de Plan Sueldo y aumentar la participación xx xxxxxxx en productos crediticios.
En relación a la Banca Agro, el Banco continuó apoyando las economías regionales con productos a medida para sectores como el tabacalero, el azucarero y el de la yerba mate, mediante el financiamiento de todas las cadenas de valor desde el productor primario hasta el industrial que exporta o comercializa sus productos en el mercado interno.
A través de la “Línea de Crédito al Instante” destinada a microemprendedores y PyMEs de todo el país y con el objetivo de financiar capital de trabajo, el Banco ofrece a clientes y no clientes la posibilidad de solicitar un crédito al instante, con otorgamiento inmediato y mínimos requisitos. Dicha línea es para financiar capital de trabajo, por un monto máximo de hasta Ps.1.500.000 y se ofrece descuento de cheques de pago diferido, acuerdo de cuenta corriente, préstamo a sola firma, Tarjeta de Crédito Macro Agro y financiación de Comercio Exterior.
El Banco brinda acceso a crédito a PyMEs y microemprendimientos a través de diferentes paquetes y la Línea de Inversión Productiva. Asimismo, ofrece el producto Prenda Ágil para la financiación de rodados y maquinarias agrícolas para PyMEs.
En Comercio Exterior, se destaca el producto E-Comex digital que durante 2016 registró un fuerte incremento en operaciones y cantidad de clientes, con un crecimiento del 161% en comparación con el 2015.
Adicionalmente se generaron alianzas estratégicas con grandes empresas proveedoras que les permiten a los clientes poder acceder a compras de insumos con costo financiero reducido. A diciembre de 2016, se firmaron más de 30 convenios con fabricantes o concesionarios para las líneas de crédito en dólares destinadas a financiar la compra de maquinaria agrícola.
En el 2016 el total de préstamos de la cartera comercial se incrementó un 60% en comparación con 2015. El crecimiento estuvo liderado por la banca corporativa que registró un incremento de su cartera de préstamos del 229%, principalmente por adelantos y líneas de comercio exterior. Luego se destacó el aumento de la cartera de préstamos a pequeñas empresas (incluyendo microemprendimientos) del 32% en 2016 en comparación con 2015, el aumento de la cartera de Agro en un 30% en 2016 comparada con 2015 y de la cartera de Mexxx xn un 21% en 2016 respecto al 2015.
Durante el 2017 la Banca Empresas profundizó las mejoras en el modelo de atención, consolidando los equipos de oficiales especializados en el negocio de Cash Management y Comercio Exterior, y mejorando nuestro posicionamiento en el mercado de ambos negocios, a partir de una estrategia comercial de oferta proactiva y diferenciada.
El Banco continúa fomentando el desarrollo, las nuevas tendencias y la innovación, mediante la oferta de los mejores servicios para el campo, la industria y el comercio, basados en valores de cercanía, esfuerzo, trabajo, dedicación y sentido de pertenencia.
En el 2017 se brindó acceso al crédito a PyMEs y Microemprendimientos a través de diferentes paquetes y programas de tasas especiales y de Inversión Productiva, y el producto Prenda Ágil para la financiación de rodados y maquinarias para PyMEs. Se vincularon a más de 7.000 nuevas PyMEs y Microemprendimientos en el año, ofreciendo soluciones a sus necesidades.
Con la “Línea de Crédito al Instante” destinada a Microemprendedores y PyMEs de todo el país, el Banco ofrece a clientes y no clientes la posibilidad de solicitar un crédito al instante, con otorgamiento inmediato y mínimos requisitos. Dicha línea es para financiar capital de trabajo, por un monto máximo de hasta Ps.3 millones y se ofrece descuento de cheques de pago diferido, acuerdo de cuenta corriente, préstamo a sola firma, tarjeta de crédito Macro Agro y financiación de Comercio Exterior (para exportadores e importadores).
En cuanto a la Banca Megra y Corporativa, se trabajó en forma conjunta a fin de interpretar las necesidades de los clientes y, consecuentemente, se desarrollaron acciones tendientes a incorporar a los proveedores y pequeños productores para lograr una integración de la cadena de valor y potenciar el negocio. En este sentido, la banca se enfocó en incrementar la base de clientes de Plan Sueldo en un trabajo en conjunto con Banca Individuos y la red de sucursales.
Comprometido con el crecimiento del país, el Banco lanzó una exclusiva línea de créditos hipotecarios UVA destinada a financiar a desarrolladores inmobiliarios. La iniciativa tiene como objetivo acompañar el proceso de financiación de hasta el 80% la construcción de viviendas, que luego estarán destinadas a la venta.
El sector agropecuario sufrió consecuencias negativas por una abundante caída de precipitaciones durante el otoño, que dificultó la cosecha en las principales zonas agrícolas y los accesos a los puertos. Para hacer frente a los vencimientos financieros y ante la imposibilidad de entregar los granos, se produjo un adelanto de la demanda de créditos, la que fue satisfecha mayormente en dólares estadounidenses. Esto fue posible gracias a la flexibilización de las normas emitidas por el BCRA sobre el uso de recursos en moneda extranjera provenientes de los depósitos.
Durante el año 2017, se continuó con la colocación de las operaciones de anticipo financiero contra cereal entregado a un exportador. Asimismo, se colocaron préstamos a mediano plazo (tres a cinco años) en la misma moneda y se financió la compra de maquinaria agrícola, inversiones o compra de activos; se realizaron financiaciones de capital de trabajo en dólares; y continuaron vigentes los convenios de promoción en la tarjeta de crédito rural (conocidos como de tasa cero) con un excelente desempeño.
Nuestro apoyo a las economías regionales se materializa en la oferta de productos a medida para sectores como el tabacalero, el azucarero y el de la yerba mate, con financiamiento para toda la cadena de valor, desde el productor primario hasta el industrial que exporta o comercializa sus productos en el mercado interno.
En Comercio Exterior, a través del E-Comex Digital se sostuvo un fuerte incremento, tanto en operaciones como en cantidad de clientes usuarios. Se lanzó Macro Pro Comex, un servicio de atención exclusiva sin costo para que nuestros clientes puedan realizar consultas que les ayuden a incrementar sus negocios con el exterior. Macro Pro Comex ofrece investigaciones xx xxxxxxx personalizadas sobre plazas exportadoras y/o importadoras, potenciales compradores y/o vendedores de mercados extranjeros, precios y demás información relevante.
También seguimos generando alianzas estratégicas con grandes empresas proveedoras para que nuestros clientes puedan acceder a compras de insumos con costo financiero reducido.
Como todos los años, participamos de ferias y encuentros de empresarios y emprendedores, en los cuales ofrecemos la atención de nuestros oficiales de negocios especializados en el segmento Agro, Profesionales y Negocios, y PyMEs, brindando asesoramiento sobre nuestros servicios y productos.
En el 2017 el total de préstamos de la cartera comercial se incrementó un 45% en comparación con 2016. El crecimiento estuvo liderado por la banca megra que registró un incremento de su cartera de préstamos del 57%. Luego se destacó el aumento de la cartera de préstamos a empresas corporativas del 39% en 2017 en comparación con 2016 y el aumento de la cartera de Agro en un 42% en 2017 comparada con 2016. Las líneas con mejor desempeño fueron las de comercio exterior, otros préstamos y los préstamos prendarios.
Al 31 de diciembre de 2015, 2016 y 2017, la composición de la cartera comercial de préstamos era la siguiente:
Prestamos de la cartera comercial (1) | ||||||
(al 31 de diciembre de cada año) | ||||||
2015 | 2016 | 2017 | ||||
(en millones de pesos y como porcentaje de cartera) | ||||||
Adelantos | 4.547,8 | 18,8% | 8.747,6 | 22,6% | 8.970,7 | 16,0% |
Documentos | 5.823,7 | 24,1% | 10.125,9 | 26,1% | 15.923,3 | 28,4% |
Hixxxxxxxxxx x prendarios | 4.782,4 | 19,8% | 5.249,0 | 14,0% | 7.431,2 | 13,2% |
Tarjetas de crédito | 1.131,4 | 4,7% | 1055,5 | 2,7% | 1.257,3 | 2,2% |
Personales | 14,8 | 0,1% | 22,4 | 0,1% | 40,7 | 0,1% |
Otros | 7.896,0 | 32,6% | 13.353,9 | 34,5% | 22.508,6 | 40,1% |
Total | 24.196,1 | 100,0% | 38.734,4 | 100,0% | 56.131,7 | 100,0% |
(1) | Incluyendo préstamos a instituciones de microcrédito y préstamos comerciales que a los fines del estado de situación de deudores consolidado se incluyeron como cartera de consumo siguiendo los criterios descriptos en “Marco regulatorio del sistema bancario argentino”. |
Servicios transaccionales
El Banco ofrece a sus clientes comerciales servicios transaccionales, tales como servicios de cash management, manejo de cobranzas, pago a proveedores, pago de sueldos, de operaciones de cambio, servicios de comercio exterior, emisión de tarjetas de crédito corporativas, y servicios informáticos, tales como Datanet e Interpyme. Habitualmente no hay riesgos crediticios involucrados en este tipo de transacciones, excepto para intra-day gapping (pagos realizados contra cobranzas entrantes), así como la liquidación y pre-liquidación relacionada con operaciones de cambio que, en general, son aprobadas siguiendo el procedimiento de calificación del deudor.
Pago a proveedores. El servicio de pago a proveedores que brinda el Banco permite a los clientes cumplir puntualmente con sus pagos a proveedores de manera simple y eficiente. Este servicio también permite la emisión de liquidaciones de pagos, recibos de pago de impuestos, facturas y otros documentos que la empresa pagadora requiera.
Servicio de cobro. El servicio de cobro del Banco incluye la posibilidad de depositar efectivo o cheques en cualquiera de sus 444 sucursales, realizar débitos automáticos y directos de cuentas corrientes o cajas de ahorro y el transporte de fondos cobrados por clientes comerciales hasta las sucursales del Banco, para su depósito. La extensa red de sucursales del Banco le permite ofrecer un servicio de cobro rápido y eficiente en todo el territorio de la Argentina, lo que resulta de fundamental importancia para las empresas con alcance regional y nacional.
Datanet e Interpymes. El Banco brinda a sus clientes comerciales acceso al servicio de Datanet (“Datanet”), una red bancaria electrónica que une a sus bancos miembros en la Argentina. Estos servicios permiten a los clientes del Banco obtener información en línea, confiable y en tiempo real de sus cuentas bancarias incluidas en Datanet, y realizar varios tipos de operaciones.
Interpymes es un sistema de banca electrónica diseñado para satisfacer las necesidades de pequeñas empresas. No requiere de procedimientos especiales para su instalación y es fácilmente accesible a través de Internet, simplificando las operaciones diarias de los clientes del Banco.
Servicios de cobro de impuestos y de agente financiero. El Banco también tiene acuerdos exclusivos de largo plazo para brindar servicios de cobro de impuestos y de agente financiero con cuatro gobiernos provinciales: Salta. Misiones, Jujuy y Tucumán. Estos contratos expiran en 2026, 2019, 2024 and 2021, respectivamente.
Servicio de pago de sueldos. El Banco provee el servicio de pago de sueldos a cuatro gobiernos provinciales y a empresas del sector privado. Véase “Productos y servicios del Banco – Clientes minoristas”.
Red de distribución
Al 31 de diciembre de 2017, el Banco contaba con 445 sucursales distribuidas en todo el país, la mayor red de sucursales del sector privado en Argentina. En particular, y en línea con su estrategia de expansión a nivel nacional, el Banco cuenta con una gran cobertura en las provincias del interior, ya que el 94% de sus sucursales se encuentran ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Además, al 31 de diciembre de 2017 el Banco contaba con 1.443 cajeros automáticos, 912 terminales de autoservicio, diversos puntos de servicio para el pago de prestaciones de la seguridad social, la atención de cuentas corrientes y cajas de ahorro y servicio de banca por Internet (“Home Banking”).
El cuadro a continuación presenta la distribución de sucursales por provincia al 31 de diciembre de 2017:
Al 31 de diciembre de 2017 | ||
Sucursales | % del total | |
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 00 | 0 |
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 60 | 13 |
Xxxxxxxxx | 0 | 0 |
Xxxxx | 1 | 0 |
Xxxxxx | 0 | 0 |
Xxxxxxx | 69 | 16 |
Xxxxxxxxxx | 0 | 0 |
Xxxxx Xxxx | 10 | 2 |
Formosa | 0 | 0 |
Xxxxx | 00 | 0 |
Xx Xxxxx | 0 | 0 |
Xx Xxxxx | 2 | 0 |
Xxxxxxx | 00 | 0 |
Xxxxxxxx | 34 | 8 |
Xxxxxxx | 0 | 0 |
Xxx Xxxxx | 6 | 1 |
Xxxxx | 00 | 0 |
Xxx Xxxx | 1 | 0 |
Xxx Xxxx | 0 | 0 |
Xxxxx Xxxx | 0 | 0 |
Xxxxx Xx | 104 | 23 |
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 0 | 0 |
Xxxxxx xxx Xxxxx | 2 | 0 |
Tucumán | 40 | 9 |
TOTAL | 445 | 100 |
Fuente: BCRA
Tecnología y canales automatizados
El desarrollo tecnológico del Banco es constante y las alternativas para la realización de operaciones bancarias continúan creciendo. Los canales automáticos permiten a los clientes del Banco efectuar operaciones bancarias con total agilidad, comodidad y seguridad, ofreciendo una amplia variedad de transacciones disponibles.
Durante los últimos tres años el Banco se ha concentrado en los canales automáticos, brindando a los clientes servicios más accesibles y flexibles. Como resultado, la utilización de los canales automáticos siguió su expansión, presentando un flujo creciente tanto en transacciones como en usuarios.
En el 2017 la cantidad de transacciones efectuadas a través xx xxxxxxx automáticos se incrementó en un 28% en comparación con el 2016.
Se implementaron nuevas medidas para mantener estrictas normas de seguridad, calidad de servicio y disponibilidad en la red de cajeros automáticos del Banco mediante estrategias de gestión preventiva y capacitación. El Banco aumentó la cantidad de cajeros automáticos con reconocimiento de efectivo y acreditacion de depósitos en línea, así como la cantidad de cajeros automáticos con guía de voz para personas no videntes o con dificultades de visión.
Estas medidas colocaron al Banco en una posición de liderazgo en calidad de servicio, un aspecto especialmente importante considerando la cantidad y dispersión geográfica de los cajeros automáticos instalados por el Banco.
Asimismo, el Banco continuó fortaleciendo y actualizando la tecnología ofrecida en sus cajeros automáticos, llegando a un total de 1.443 cajeros automáticos operativos, lo que representa una de las redes de mayor alcance en el país.En el 2017 el monto operado a través de ATMs se incrementó un 23% respecto al 2016.
El Banco cuenta con terminales de autoservicio distribuidas en su red de sucursales en todo el país, ofreciendo una amplia variedad de operaciones, entre ellas la posibilidad de realizar depósitos las 24 horas, todos los días del año. En 2014, el Banco
incorporó la funcionalidad de depósito inteligente de cheques. Este desarrollo ha beneficiado tanto al Banco (se aumentó la eficiencia reduciendo las tareas operativas en las sucursales) como a los clientes (seguridad y menor tiempo en la ejecución de la transacción). En 2017 contamos con 101 equipos instalados en 73 sucursales de todo el país, en las cuales se efectuaron 370.028 transacciones por Ps.1,3 millones.
En el 2017 el monto operado a través de TAS se incrementó un 5% respecto al 2016. Al 31 de diciembre de 2017 el Banco tenía 912 TAS operativas instaladas.
El objetivo del Banco es posicionarse con la mejor oferta en servicios digitales e impulsar una estrategia de migración xx xxxxxxx, con foco en la mejor experiencia de nuestros clientes.
En este marco, durante 2017 el Banco inició una alianza estratégica con Globant, para definir y ejecutar la transformación digital del Banco. La clave de la transformación digital es, además de un desafío tecnológico y metodológico, un desafío cultural que atraviesa las principales áreas del Banco.
En lo que respecta al uso de home banking, el Banco ha implementado un servicio de cobro para empresas que ofrece los siguientes beneficios: seguridad (no se transportan efectivo ni cheques a la sucursal), practicidad (es fácil y seguro, se realiza copia de seguridad de los recibos en formato PDF, posibilidad de revisar el historial de pagos y recibos), accesibilidad (desde cualquier PC), y sin costo adicional. El Banco también utiliza el canal de home banking para informar a sus clientes minoristas acerca de la posibilidad de obtener préstamos personales, el monto disponible y procedimiento de solicitud.
En el 2017 se inició la migración de los usuarios de MacrOnline a la nueva Banca Internet Individuos, la cual brinda nuevas y mejores facilidades. Las cantidad de operaciones realizadas a través de home banking aumentaron un 26% en 2017.
El canal “Macro Banca Móvil” se ha desarrollado significativamente durante los últimos tres años. En línea con las características de los usuarios y las tendencias tecnológicas que respaldan el desarrollo del servicio, la aplicación “Macro Banca Móvil” está disponible en las principales tiendas virtuales de los sistemas operativos más importantes. Este año se trabajó sobre nuevas funcionalidades que generan valor para los clientes: compra y venta de dólares, transferencia a nuevas cuentas, consulta de puntos y canjes Macro Premia, y consulta de detalle de préstamos UVA.
Durante 2017 el Banco trabajó junto a Globant en el desarrollo de una nueva experiencia en todos los portales web del Banco, apuntando a un diseño innovador para generar alto impacto en el usuario. Se agregarán nuevas herramientas de asesoramiento en línea a través de un buscador de necesidades y la atención vía un agente virtual, que contarán con capacidades de inteligencia artificial.
En línea con el camino de incorporación de nuevas tecnologías, en 2017 nos integramos con la Fintech Whyline, siendo pioneros en la incorporación de esta aplicación en más de 250 sucursales en todo el país.
Whyline es una aplicación que permite evitar tiempos de espera en las sucursales. Si el cliente todavía no se siente cómodo utilizando Banca Móvil o Banca Internet y necesita acercarse en persona a una sucursal, con dicha aplicación tiene la oportunidad de administrar mejor su tiempo.
El crecimiento sostenido y pronunciado en el número de usuarios y transacciones realizadas por canales automatizados ha demostrado la efectividad y aceptación del servicio en el mercado.
Políticas de gerenciamiento de riesgos
A fin de cumplir con los “Lineamientos para la Gestión de Riesgos de Entidades Financieras” establecidos en la Comunicación “A” 5203, con sus modificaciones, el Banco adoptó diversas medidas a nivel de su estructura organizativa y puso en práctica procedimientos para asegurar el establecimiento de un proceso de gestión de riesgo independiente.
En lo que respecta a la estructura organizativa del Banco, el directorio determinó la conformación del Comité de Gestión de Riesgos y designó un Gerente de Gestión Integral de Riesgos responsable de coordinar la aplicación de políticas de gestión de riesgo y a los funcionarios responsables respectivos. Para mayor información, véase “Datos sobre Directores, Alxx Xxxxxxxx x Miembros de la Comisión Fiscalizadora – Prácticas del Directorio”.
El Gerente de Gestión Integral de Riesgos coordina a los responsables de riesgo financiero, riesgo crediticio y riesgo operacional y tecnológico, que están a cargo de la implementación de los lineamientos establecidos en la política marco de gestión de riesgo.
La política marco de gestión de riesgo del Banco establece el entorno para el proceso de gestión de riesgo bajo los conceptos de identificación, medición, monitoreo y mitigación de riesgos. Asimismo, fija las funciones de cada nivel organizativo en el proceso.
El proceso de gestión de riesgos del Banco incluye el establecimiento por parte del Directorio de límites a la exposición de cada uno de los riesgos, el seguimiento por parte de funcionarios responsables del cumplimiento de dichos límites, la elaboración de
informes periódicos para el Comité de Gestión Integral de Riesgos, el seguimiento de alertas y la aplicación de planes de acción en respuesta a dichas alertas y los lineamientos para el desarrollo de pruebas de estrés.
El proceso de pruebas de estrés incluye la documentación y formalización del programa, así como la selección de las personas a cargo de su ejecución, la frecuencia de las pruebas y la validación del esquema. También contempla el plan de contingencia basado en los resultados de las pruebas. El Comité de Gestión de Rixxxxx xidera y coordina estas tareas.
Asimismo, el esquema se complementa con políticas y procedimientos específicos para cada tipo de riesgo (riesgo financiero, crediticio, operacional, de contraparte, de riesgo país, de titulización, reputacional, de cumplimiento y estratégico, entre otros).
Capital económico estimado
El capital económico es el monto estimado de pérdidas inesperadas identificado para cada uno de los riesgos individuales (riesgo financiero, crediticio, de contraparte, de concentración, operacional, de titulización, estratégico y reputacional) determinado por el Banco en forma consolidada.
A partir de enero de 2014, el Banco implementó un procedimiento formal para cuantificar el capital económico, tanto actual como prospectivo, el cual constituye una herramienta empleada en la gestión diaria de riesgos, en la confección del “plan de negocios” y en las “pruebas de estrés”.
Los métodos empleados para medir el capital económico de cada riesgo fueron documentados y aprobados por el Directorio, de acuerdo con las normas internas de gobierno societario y gestión de riesgos.
Los riesgos más significativos gestionados por el Banco son el riesgo financiero, riesgo crediticio y riesgo operacional y tecnológico.
Riesgo financiero
Se entiende que el riesgo financiero comprende los riesgos de liquidez, xx xxxxxxx y de tasa de interés, los cuales pueden afectar la liquidez y solvencia del Banco, ya sea en forma independiente o interrelacionada.
El Banco cuenta con estrategias, políticas y límites definidos para cada exposición, que han sido aprobados por el directorio en el marco de la gestión de riesgos xx xxxxxxx, liquidez y tasa de interés. Este proceso es revisado periódicamente por el Comité de Gestión de Riesgos de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Banco Central.
El objetivo de la política de riesgo financiero consiste en asegurar que el Comité de Gestión de Riesgos y la Alta Gerencia cuenten con información, herramientas y procedimientos adecuados para poder medir, administrar y controlar los riesgos que lo componen.
Para mayor información sobre la definición de riesgo financiero y procesos de gestión, véase la nota 19, “Políticas de gerenciamiento de riesgos” a los estados financieros auditados del Banco por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017.
Riesgo crediticio
Política crediticia y gestión de riesgo crediticio
El Comité de Gestión de Xxxxxxx es responsable de establecer las políticas y procedimientos para la gestión de riesgo y la supervisión de las actividades de la alta gerencia del Banco relacionadas con la gestión de riesgos de crédito, entre otros. Asesora al directorio sobre los riesgos del Banco.
La Gerencia de Riesgo Crediticio tiene a su cargo interpretar, ejecutar y garantizar la aplicación de la Política General de Créditos aprobada por el directorio, asegurando la debida identificación, evaluación, control, seguimiento y mitigación del riesgo crediticio.
El riesgo de crédito se origina en la posibilidad de incurrir en pérdidas como resultado de que los clientes o contrapartes incumplan total o parcialmente las obligaciones financieras comprometidas por ellos con el Banco.
El Banco cuenta con políticas y estrategias de gestión de riesgo de crédito y de contraparte, cuyo objetivo es asegurar que los riesgos estén dentro de un nivel de tolerancia al riesgo definido por el Directorio y los organismos de control.
Calificación de riesgo de crédito y proceso de aprobación de créditos
A fin de determinar el riesgo de crédito, la Gerencia de Riesgo Crediticio del Banco califica a cada individuo o empresa mediante un modelo de calificación de riesgo, asignando una calificación a cada deudor, tomando en consideración conceptos cuantitativos y cualitativos. La Gerencia de Riesgo Crediticio ha concentrado sus acciones en elevar la calidad y eficiencia del proceso de calificación de riesgo de crédito.
Existen políticas y procedimientos específicos para el otorgamiento de créditos para clientes de la banca comercial y para individuos, que difieren a su vez según el segmento al que pertenecen (empleados del sector público o privado, jubilados y pensionados o mercado abierto).
La evaluación del riesgo de crédito para individuos incluye el uso de aplicativos de riesgo en base a métodos de screening y scoring relacionados con un nivel de morosidad. También existe un proceso de calificación masiva centralizado para clientes y modelos de precalificación crediticia para evaluar a potenciales clientes a partir de diferentes campañas de venta.
Diversos comités de crédito, compuestos por miembros de las áreas de negocio y de riesgo, son responsables de examinar y determinar si se aprueban ciertos préstamos, dependiendo xxx xxxxxxx objetivo y monto involucrado. Éstos incluyen un comité de crédito senior, un comité de crédito junior, comités de crédito por categoría de clientes, comités de crédito regionales. El comité de crédito senior está integrado por miembros del directorio y de la alta gerencia y considera propuestas de préstamos que excedan Ps. 70 millones.
En Banca Comercial, se requiere la aprobación por parte de comités de crédito y se preparan informes de riesgo específicos por cliente o por grupo económico para respaldar las decisiones de crédito. A fin de optimizar el proceso de aprobación existen métodos de evaluación descentralizados para productores agrícolas, Pymes y microemprendimientos, que incluyen parámetros de screening y scoring que permiten agilizar la aprobación de productos predefinidos y montos de menor cuantía.
El Banco cuenta con un Sistema Informático de Gestión acorde a la magnitud de sus operaciones. Entre sus componentes se encuentra una herramienta automatizada para el cálculo de los indicadores de desempeño clave, para los cuales se han establecido alertas y topes de valores a fin de monitorear cambios en los negocios según el apetito de riesgo definido por el Directorio. Otras herramientas de gestión de riesgo empleadas son los modelos de evaluación o scoring para individuos y modelos de rating para empresas, que se utilizan en distintas etapas del ciclo crediticio, atribuyendo una calificación de riesgo interno a los clientes en base a la cual se administran los límites de crédito asignados y se efectúa el seguimiento de la cartera. Estas herramientas se complementan con modelos de pérdidas esperadas y previsionamiento.
Para mayor información sobre el proceso de gestión de riesgo de crédito, véase la nota 19, “Políticas de gerenciamiento de riesgos” a los estados financieros auditados del Banco por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017.
Riesgo operacional y tecnológico
El riesgo operacional, definido por el Banco de conformidad con el Acuerdo de Basilea II y la Comunicación “A” 5398 del Banco Central, comprende el riesgo de sufrir pérdidas resultantes de la falta de adecuación o fallas en los procesos internos, sistemas o personas, o bien aquellas que sean producto de eventos externos. Esta definición incluye riesgo legal, pero excluye riesgo estratégico y reputacional.
El Banco cuenta con políticas, procedimientos y estructuras, que incluyen la designación de un responsable de riesgo operacional y un Comité de Gestión de Riesgos, cuyo principal objetivo consiste en asegurar un plan de gestión de riesgo operacional que incluya políticas, programas, mediciones y competencias para identificar, evaluar y administrar los riesgos con el objeto de asistir a la Alta Gerencia y al directorio del Banco, en un entorno de riesgos rápidamente cambiantes y significativos.
En este contexto, se desarrolló el Modelo Evolutivo Integral de Gestión de Riesgos Operativos, que comprende la identificación, medición, administración y monitoreo de riesgos operativos. Se diseñó un programa de capacitación a través del cual se comenzó a difundir los conceptos inherentes a Riesgo Operacional y el cambio cultural que esto genera, y se puso en práctica un plan de implementación del modelo para alcanzar la plena implementación de todas sus etapas.
Se emplea un enfoque cuantitativo para medir el riesgo operacional y riesgo tecnológico. Respecto de la gestión de riesgos relacionada con la tecnología informática y sistemas de información, el Banco cuenta con planes de contingencia y continuidad de negocios con el fin de minimizar los riesgos que pueden afectar la continuidad de las operaciones del Banco.
El Banco posee un sistema de incentivos para gestionar el riesgo operacional de forma tal de alentar la participación y la evaluación de riesgos. La política de gestión de riesgos también se ha visto reforzada en lo relativo a nuevos productos y modificaciones a productos existentes.
Asimismo, se continúa con la implementación de mejoras en diferentes funcionalidades del sistema de gestión de riesgos.
Para mayor información sobre los procesos de gestión de riesgo operacional, véase la nota 19, “Políticas de gerenciamiento de riesgos” a los estados financieros auditados del Banco por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017.
Competencia
El Banco considera que tiene una importante ventaja sobre sus competidores al proveer productos y servicios bancarios a pequeñas comunidades de las provincias del interior, generada a partir de su estrecha relación con las comunidades y la fuerte lealtad desarrollada a lo largo del tiempo con sus clientes en estas áreas.
El Banco considera a Banco Santander Río S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A, BBVA Banco Francés S.A., HSBC Bank Argentina S.A. y Banco Patagonia S.A. como sus principales competidores entre los bancos privados. Asimismo, el Banco también compite con bancos provinciales. Para el futuro, el Banco avizora una mayor competencia en los segmentos de productos transaccionales comerciales, operaciones de crédito a largo plazo, créditos hipotecarios y otras líneas de crédito prendarias, tarjetas de crédito, préstamos personales, servicios de pagos de sueldos y servicios asociados con la gestión de inversiones. Para mayor información ver sección “Sistema Financiero y Bancario Argentino – Marco Competitivo”.
ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DEL BANCO Y SU GRUPO ECONÓMICO
Las subsidiarias del Banco
El Banco cuenta con cinco subsidiarias: (i) Banco del Tucumán; (ii) Macro Bank; (iii) Macro Securities; (iv) Macro Fiducia y (v) Macro Fondos.
(i) Banco del Tucumán fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la República Argentina el 31 xx xxxxx de 1995 y registrada ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de Tucumán el 4 xx Xxxxxx de 1995. Banco del Tucumán es la subsidiaria del Banco para el negocio bancario minorista y comercial en la provincia del Tucumán
(ii) Macro Bank fue constituida en 1981 en virtud de las leyes del Commonwealth de las Bahamas y el 21 de diciembre de 1990 quedó autorizada conforme a la Xxxxx and Trust Companies Regulation Xxx 0000 y sus modificaciones, para realizar operaciones bancarias y de fideicomiso en las Bahamas. Su domicilio social es Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxx. La actividad principal de Macro Bank es el suministro de servicios bancarios generales.
(iii) Macro Securities fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la República Argentina el 30 xx xxxxx de 1992 y registrada ante la IGJ el 4 xx xxxxxx de 1992. Macro Securities realiza actividades de investigación xx xxxxxxx, operaciones bursátiles y servicios de custodia.
(iv) Xxxxx Xxxxxxx fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la Argentina el 27 xx xxxxx de 1981 e inscripta ante la IGJ el 13 xx xxxx de 1981, quedando autorizada para actuar como fiduciario financiero el 29 de julio de 2004. Las actividades principales de Macro Fiducia consisten en suministrar al Banco los servicios de análisis de inversión y de inversión corporativa, y también actúa como agente fiduciario en determinadas operaciones.
(v) Macro Fondos fue constituida como una sociedad anónima en virtud de las leyes de la Argentina el 29 de julio de 1992 y registrada ante la IGJ el 24 xx xxxxxx de 1992. Las principales actividades de Macro Fondos consisten en actuar como una compañía de gestión de activos.
El siguiente cuadro muestra los porcentajes de titularidad y la participación de voto del Banco en cada subsidiaria. Todas las sociedades indicadas están constituidas en la Argentina, exceptuando a Macro Bank, que está constituida en Bahamas.
Participación directa e indirecta del Banco | ||
Subsidiaria | Porcentaje de Capital Social | Porcentaje de Votos Posibles |
Banco del Tucumán S.A. | 89,932% | 89,932% |
Macro Bank Limited | 99,999% | 100,00% |
Macro Securities S.A. | 99,921% | 99,932% |
Macro Fiducia S.A. | 98,605% | 98,605% |
Macro Fondos S.G.F.C.I. S.A. | 99,936% | 100,00% |
ACTIVO FIJO
Inmuebles
El Banco posee 25.146 metros cuadrados de oficinas ubicadas en Xxxxxxxxx 341-355, 401-447, 731-735, Xxxxx 564 y Xxxxxxx X. Xxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx, en donde se aloja el personal de la casa central que desempeña tareas gerenciales, contables y administrativas. Al 31 de diciembre de 2017, la red de sucursales del Banco estaba integrada por 445 sucursales en Argentina, 172 de las cuales eran alquiladas.
En 2011, el Banco adquirió al Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx un predio ubicado en Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, por un monto total de Ps.110 millones. El Banco ha desarrollado un proyecto para construir sus nuevas oficinas en dicho predio. Las obras se iniciaron en 2012 y se prevé que concluirán en 2018. La nueva torre corporativa fue diseñada para aprovechar plenamente la luz natural y maximizar la eficiencia energética, al tiempo que se utilizan materiales que no afectan el medio ambiente. La construcción se lleva a cabo dando cumplimiento a los Estándares de Sustentabilidad Leed del Consejo de la Construcción Ecológica de Estados Unidos (U.S. Xxxxx Building Council).
El edificio contará con una superficie de 52.700 metros cuadrados y el Banco estima que su proyecto requerirá una inversión de aproximadamente US$182 millones. Al 31 de diciembre de 2017, el monto total invertido ascendió a Ps. 1.818 millones (aproximadamente US$155 millones al tipo de cambio aplicable a las respectivas fechas de dichas inversiones).
SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO ARGENTINO
La industria bancaria argentina
Escala
En los últimos tres años el sistema financiero argentino ha mantenido una tendencia sólida, la cual ha sido acompañada de una mejora en el desempeño del Banco, como exponen los siguientes indicadores:
Al 31 de diciembre | |||
2015 | 2016 | 2017 | |
Banco Macro | (en millones de pesos) | ||
Total Préstamos | 62.332 | 87.973 | 132.000 |
Total Depósitos | 76.522 | 111.940 | 144.226 |
Sistema Financiero | |||
Total Préstamos | 907.627 | 1.164.906 | 1.736.983 |
Total Depósitos | 1.355.353 | 1.969.029 | 2.445.815 |
Fuente: Banco Central |
La actividad financiera se fortaleció durante los últimos tres años. El total de préstamos del sistema financiero se incrementó en un en un 36% en el 2015, en un 28% en el 2016 y 49% en el 2017, alcanzando la suma de Ps. 1.737,0 mil millones al 31 de diciembre de 2017, impulsado por los préstamos al sector privado.
El total de depósitos en el sistema financiero creció un 38% en el 2015, un 45% en el 2016 y 24% en 2017 impulsado por los depósitos del sector privado. Los depósitos del sector privado crecieron un 47% en el 2015, un 44% en el 2016 y un 30% en 2017, alcanzando la suma de Ps. 1.969,0 mil millones al 31 de diciembre de 2017. Los depósitos del sector público aumentaron 13% en el 2015, 52% en el 2016 y apenas un 3% en 2017, alcanzando los Ps. 454,6 mil millones.
El nivel de préstamos y depósitos sobre el PBI continuaba siendo bajo al 31 de diciembre de 2017, en el orden de 13% en el total de préstamos sector privado ($+U$S)/PBI y 20% en el total de depósitos ($+U$S) /PBI. A la luz de dichos niveles de PBI, el Banco cree que hay un potencial de crecimiento considerable para los próximos años.
En materia de tasas cabe mencionar que a partir del segundo cuatrimestre del año 2017, luego de un proceso sostenido de reducción gradual de la tasa de política monetaria en el año 2016, las autoridades del BCRA acentuaron el sesgo contractivo de la política monetaria ante la resistencia de la inflación núcleo a disminuir. Las tasas en el último semestre del año se mostraron en alza, no obstante ello, sobre el final del año, la postergación de las metas de inflación para los próximos años ha derivado en un cambio de la política monetaria que, de todos modos, implica rendimientos reales esperados positivos para las tasas activas y pasivas que copian la dirección e intensidad del sendero trazado por la Tasa de Política Monetaria.
Créditos al sector privado
Durante los últimos tres años, los préstamos al sector privado crecieron 36% en el 2015, 33% en el 2016 y 52% en el 2017 para el sistema financiero considerado en su conjunto. Esta tendencia también se vio reflejada en la evolución de la cartera del Banco. El total de préstamos al sector privado del Banco creció a Ps.62.853 millones (42%) en el 2015, a Ps. 86.540 millones (38%) en el 2016 y a Ps. 129.586 millones (50%) en 2017, tal como se indica en la siguiente tabla:
Al 31 de diciembre | |||
2015 | 2016 | 2017 | |
Banco Macro | (en millones de pesos) | ||
Préstamos al Sector Privado | 62.853 | 86.540 | 129.586 |
Sistema Financiero | |||
Préstamos al Sector Privado | 819.174 | 1.085.655 | 1.654.939 |
Fuente: Banco Central |
Calidad de los activos
El sistema financiero continuó mostrando niveles bajos de morosidad y amplios índices de cobertura. Al 31 de diciembre de 2017, la cartera de créditos morosos del sistema financiero argentino representaba un 1,7% del total de la cartera de créditos, mientras que el índice de cobertura era del 141%.
Los números del Banco reflejan un mejoramiento de la calidad de la cartera en el último año, con un índice de morosidad del 1,1% y un índice de cobertura del 183% al 31 de diciembre de 2017. Durante 2015, 2016 y 2017, el Banco estableció previsiones adicionales sobre las requeridas por el Banco Central, con el objetivo de mantener el índice de cobertura establecido por las políticas del Banco.
El siguiente cuadro presenta los índices de calidad crediticia del Banco y del sistema financiero argentino:
Al 31 de diciembre | ||||
2015 | 2016 | 2017 | ||
Banco Macro | ||||
Previsiones/Financiaciones (1) | 2,3% | 2,0% | 2,0% | |
Índice de Morosidad (2) | 1,5% | 1,1% | 1,1% | |
Índice de Cobertura (3) | 151% | 176% | 183% | |
Sistema Financiero | ||||
Previsiones/Financiaciones (1) | 2,1% | 2,2% | 2,4%(4) | |
Índice de Morosidad (2) | 1,6% | 1,7% | 1,7% | |
Índice de Cobertura (3) | 150% | 140% | 141% | |
Fuente: Banco Central | ||||
(1) | Previsiones como porcentaje del total de la cartera de créditos. La cartera de créditos incluye préstamos, otras cuentas por pagar de transacciones financieras, arrendamientos financieros, cuentas de orden—otras garantías brindadas y una porción no utilizada de los créditos otorgados (incluidos en Normas sobre Clasificación de Deudores). | |||
(2) | Las financiaciones que se encuentran en situación de cumplimiento irregular incluyen todos los créditos otorgados a los deudores clasificados como “3— con problemas/riesgo medio,” “4—con alto riesgo de insolvencia/alto riesgo,” “5—irrecuperable” y “6—irrecuperable por Disposición Técnica/Normas del Banco Central” en el marco del sistema de clasificación de créditos del Banco Central. | |||
(3) | Las previsiones por riesgo de incobrabilidad como porcentaje de cartera de créditos en situación irregular. | |||
(4) | Información disponible al 31 de octubre de 2017. |
Rentabilidad
Durante los últimos tres años, la rentabilidad del sistema financiero se incrementó un 31% en 2015, 24% en el 2016 y 15% en 2017, alcanzando un total de Ps. 85.930 millones al 31 de diciembre de 2017.
La tabla siguiente refleja la rentabilidad de Banco Macro y del Sistema Financiero para los años 2015, 2016 y 2017:
Al 31 de diciembre | |||
2015 | 2016 | 2017 | |
Banco Macro | |||
Resultado neto (en millones de pesos) | 5.009,9 | 6.540,8 | 9.388,8 |
Retorno sobre el patrimonio promedio | 37,2% | 34,1% | 28,6% |
Retorno sobre el activo promedio | 5,8% | 5,2% | 5,2% |
Sistema Financiero | |||
Resultado neto (en millones de pesos) (1) | 60.010 | 74.506 | 85.930 |
Retorno sobre el patrimonio promedio | 32,4% | 29,6% | 25,8% |
Retorno sobre el activo promedio | 4,1% | 3,6% | 3,0% |
Fuente: Banco Central (1) A partir de enero de 2008 se dispone de datos para el cálculo del resultado consolidado del sistema financiero. En este indicador se eliminan los resultados y las partidas del activo vinculadas a las participaciones permanentes en entidades financieras locales. |
Xxxxx competitivo
El Banco es el tercer banco privado y el quinto banco considerando a todas las entidades en Argentina en términos de préstamos totales al 30 de septiembre de 2017. A su vez, el Banco es el tercer banco privado y el quinto banco considerando a todas las entidades en Argentina en términos de depósitos totales al 30 de septiembre de 2017. En términos de patrimonio neto el Banco es el primer banco privado y el segundo banco considerando a todas las entidades en Argentina. Las siguientes tablas muestran las clasificaciones de éstos bancos de acuerdo a las categorías mencionadas:
Total de Préstamos (Al 30 de septiembre de 2017) | Ps. Millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el total de préstamos del sistema financiero argentino) | |
1 | BANCO DE LA NACION ARGENTINA(1) | 200.530 | 13% |
2 | BANCO SANTANDER RIO S.A. | 158.235 | 10% |
0 | XXXXX XX XXXXXXX X XXXXXX XXXXX S.A. | 145.535 | 11% |
0 | XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 144.917 | 10% |
5 | BANCO MACRO S.A. (2) | 120.107 | 8% |
6 | BBVA BANCO XXXXXXX X.X. | 115.887 | 8% |
0 | XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 59.432 | 4% |
8 | HSBC BANK ARGENTINA S.A. | 54.807 | 4% |
9 | BANCO PATAGONIA S.A. | 51.534 | 3% |
00 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XXXX XX XXXXX (ARGENTINA) S.A. | 51.319 | 3% |
OTROS | 389.136 | 26% | |
TOTAL | 1.491.439 | 100% |
Fuente: Banco Central
(1) Bancos del Sector Público
(2) Cifras de Banco Macro S.A. y Banco del Tucumán S.A.
Total de Depósitos (Al 30 de septiembre de 2017) | Ps. Millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el total de depósitos del sistema financiero argentino) | |
1 | BANCO DE LA NACION ARGENTINA (1) | 533.049 | 24% |
0 | XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 219.068 | 10% |
3 | BANCO SANTANDER RIO S.A. | 211.093 | 10% |
0 | XXXXX XX XXXXXXX X XXXXXX XXXXX S.A. | 164.526 | 8% |
5 | BANCO MACRO S.A. (2) | 134.485 | 6% |
6 | BBVA BANCO XXXXXXX X.X. | 130.000 | 6% |
7 | BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO | 83.387 | 4% |
0 | XXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 78.492 | 4% |
9 | HSBC BANK ARGENTINA S.A. | 75.655 | 3% |
00 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XXXX XX XXXXX (ARGENTINA) S.A. | 58.645 | 3% |
OTROS | 490.028 | 22% | |
TOTAL | 2.178.428 | 100% |
Fuente: Banco Central
(1) Bancos del Sector Público
(2) Cifras de Banco Macro S.A. y Banco del Tucumán S.A.
Xxxxxxxxxx Xxxx (Al 30 de septiembre de 2017) | Ps. Millones | Participación xx xxxxxxx (% de participación sobre el patrimonio neto del sistema financiero argentino) | |
1 | BANCO DE LA NACION ARGENTINA (1) | 94.660 | 25% |
2 | BANCO MACRO S.A. (2) | 40.119 | 11% |
3 | BANCO SANTANDER RIO S.A. | 23.813 | 6% |
0 | XXXXX XX XXXXXXX X XXXXXX XXXXX S.A. | 25.632 | 7% |
5 | BBVA BANCO XXXXXXX X.X. | 25.225 | 7% |
0 | XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 17.642 | 5% |
0 | XXXXXXXX X.X. | 00.000 | 4% |
8 | HSBC BANK ARGENTINA S.A. | 10.794 | 3% |
0 | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXXXX XXXX XX XXXXX (ARGENTINA) S.A. | 11.132 | 3% |
10 | BANCO PATAGONIA S.A. | 9.573 | 3% |
OTROS | 100.287 | 27% | |
TOTAL | 373.350 | 100% |
Fuente: Banco Central
(1) Bancos del Sector Público
(2) Basado en los estados financieros consolidados del Banco
Tal como lo indica el siguiente cuadro, existe una gran concentración de sucursales del sistema financiero en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires (“PBsAs”). Sin embargo, el Banco tiene la red de sucursales más amplia del sector privado en la Argentina y mantiene una posición de liderazgo regional, teniendo el 67% del total de sus sucursales en seis provincias, incluidas Santa Fe, Córdoba, Misiones, Salta, Tucumán y Jujuy.
Al 30 de septiembre de 2017 | |||||
Sistema Financiero | Banco Macro (1) | Participación xx Xxxxxxx (% de participación sobre total de sucursales por provincial) | |||
Provincia | Sucursales | % del total | Sucursales | % del total | |
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx | 000 | 20,5% | 29 | 6,5% | 3,0% |
Buenos Aires (Provincia) | 1.443 | 31,0% | 60 | 13,4% | 4,2% |
Catamarca | 22 | 0,5% | 1 | 0,2% | 4,5% |
Chaco | 68 | 1,5% | 1 | 0,2% | 1,5% |
Chubut | 69 | 1,5% | 5 | 1,1% | 7,2% |
Xxxxxxx | 000 | 9,6% | 69 | 15,4% | 15,4% |
Corrientes | 80 | 1,7% | 3 | 0,7% | 3,8% |
Xxxxx Xxxx | 000 | 2,9% | 10 | 2,2% | 7,4% |
Xxxxxxx | 00 | 0,8% | 0 | 0,0% | 0,0% |
Xxxxx | 00 | 0,7% | 16 | 3,6% | 47,1% |
Xx Xxxxx | 00 | 1,6% | 2 | 0,4% | 2,7% |
Xx Xxxxx | 00 | 0,6% | 2 | 0,4% | 7,4% |
Xxxxxxx | 000 | 3,7% | 15 | 3,3% | 8,7% |
Misiones | 65 | 1,4% | 34 | 7,6% | 52,3% |
Xxxxxxx | 00 | 1,7% | 5 | 1,1% | 6,3% |
Xxx Xxxxx | 00 | 1,6% | 6 | 1,3% | 8,0% |
Xxxxx | 00 | 1,6% | 35 | 7,8% | 46,7% |
Xxx Xxxx | 00 | 0,9% | 1 | 0,2% | 2,5% |
Xxx Xxxx | 00 | 1,1% | 1 | 0,2% | 2,0% |
Xxxxx Xxxx | 00 | 1,1% | 2 | 0,4% | 4,1% |
Al 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 | |||||
Xxxxxxx Financiero | Banco Macro (1) | Participación xx Xxxxxxx (% de participación sobre total de sucursales por provincial) | |||
Provincia | Sucursales | % del total | Sucursales | % del total | |
Xxxxx Xx | 000 | 10,5% | 107 | 23,9% | 22,0% |
Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 00 | 1,2% | 2 | 0,4% | 3,7% |
Tierra del Fuego | 25 | 0,5% | 2 | 0,4% | 8,0% |
Xxxxxxx | 00 | 1,9% | 40 | 8,9% | 45,5% |
TOTAL | 4.650 | 100,0% | 448 | 100,0% | 9,6% |
(1) Incluye sucursales de Banco Macro S.A. y Banco del Tucumán S.A. Fuente: Banco Central
Aproximadamente el 79% de las sucursales del sistema financiero argentino se encuentran ubicadas fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso del Banco Macro, el 94% de las sucursales se encuentran fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los diez bancos más grandes, en términos de sucursales, acumulan un 72% de la totalidad de las sucursales del sistema financiero argentino. Al 30 de septiembre de 2017 el Banco se encuentra en segundo lugar tras el Banco de la Nación con respecto a la participación xxx xxxxxxx fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, totalizando un porcentaje del 11%. El siguiente cuadro muestra los bancos con un número relevante de sucursales al 30 de septiembre del 2017:
Al 30 de septiembre de 2017 | |||||||
Entidad | Sucursales | Participación xx Xxxxxxx en Argentina | Sucursales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Participación xx Xxxxxxx en Ciudad Autónoma de Buenos Aires | Sucursal es en el resto xx Xxxxxxx na | Participaci ón xx Xxxxxxx en el resto de Argentina | % de sucursales en el resto de Argentina |
BANCO DE LA NACION ARGENTINA (1) | 632 | 13,6% | 64 | 6,7% | 568 | 15,4% | 89,9% |
BANCO MACRO | 448 | 9,6% | 29 | 3,0% | 419 | 11,3% | 93,5% |
BANCO SANTANDER XXX X.X. | 000 | 10,5% | 136 | 14,3% | 352 | 9,5% | 72,1% |
XXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX (1) | 377 | 8,1% | 125 | 13,1% | 252 | 6,8% | 66,8% |
BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. | 338 | 7,3% | 39 | 4,1% | 299 | 8,1% | 88,5% |
BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO | 277 | 6,0% | 53 | 5,6% | 224 | 6,1% | 80,9% |
BBVA BANCO FRANCES S.A. | 265 | 5,7% | 101 | 10,6% | 164 | 4,4% | 61,9% |
BANCO PATAGONIA S.A. | 181 | 3,9% | 43 | 4,5% | 138 | 3,7% | 76,2% |
BANCO DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX S.A. | 174 | 3,7% | 40 | 4,2% | 134 | 3,6% | 77,0% |
BANCO SUPERVIELLE S.A. | 168 | 3,6% | 76 | 8,0% | 92 | 2,5% | 54,8% |
OTROS | 1.302 | 28,0% | 246 | 25,8% | 1.056 | 28,6% | 81,1% |
TOTAL | 4.650 | 100,0% | 952 | 100,0% | 3.698 | 100,0% | 79,5% |
(1) Banco del sector público.
(2) Incluye sucursales del Banco Macro S.A. y Banco del Tucumán S.A. Fuente: Banco Central
MARCO REGULATORIO DEL SISTEMA BANCARIO ARGENTINO
Descripción general
Fundado en 1935, el Banco Central es la principal autoridad monetaria y financiera de Argentina. Su misión es preservar el valor de la moneda y la estabilidad financiera, el trabajo y el desarrollo económico con equidad social. Opera de acuerdo con su carta orgánica, reformada en 2012 por Ley N° 26.739, y las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras. Según los términos de su carta orgánica, el Banco Central debe operar independientemente del gobierno nacional.
Desde 1977, las actividades bancarias en la Argentina han estado reguladas principalmente por la Ley de Entidades Financieras, que faculta al Banco Central a regular el sector financiero. El Banco Central regula y supervisa el sistema bancario argentino a través de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias es responsable de hacer cumplir las leyes bancarias de Argentina, mediante el establecimiento de requisitos de suministro de información contable y financiera aplicable al sector bancario, la supervisión y reglamentación de las prácticas en materia de préstamos de las entidades financieras y el establecimiento de normas para la participación de las entidades financieras en el mercado cambiario y la emisión de bonos y otros títulos, entre otras funciones.
Las facultades del Banco Central incluyen fijar la base monetaria, establecer las tasas de interés, determinar las exigencias de capital mínimo, liquidez y solvencia, regular el crédito, aprobar fusiones bancarias, aumentos de capital y transferencias de acciones, otorgar y revocar licencias bancarias, autorizar el establecimiento de sucursales de entidades financieras extranjeras en Argentina y otorgar asistencia financiera a entidades financieras en casos de problemas temporarios de liquidez o solvencia.
El Banco Central establece ciertas “relaciones técnicas” que deben ser observadas por las entidades financieras, como ratios relacionados con los niveles de solvencia, liquidez, máxima asistencia a otorgar a los clientes y posiciones de activos y pasivos en moneda extranjera.
Además, las entidades financieras necesitan la autorización del Banco Central para la enajenación de sus activos, así como para la apertura o cambio de sucursales o cajeros automáticos, la adquisición de participaciones en otras sociedades financieras o no financieras y la constitución de gravámenes sobre sus activos, entre otros.
Como supervisor del sistema financiero, el Banco Central exige que las entidades financieras presenten información en forma diaria, mensual, trimestral, semestral y anual. Estos informes, que incluyen balances y estados de resultados, información relacionada con los fondos de reserva, destino de los depósitos, clasificaciones de calidad de cartera, (incluyendo detalles de los principales deudores y cualquier previsión por riesgo de incobrabilidad), cumplimiento de los requerimientos de capital y cualquier otra información pertinente, permiten al Banco Central monitorear las prácticas comerciales de las entidades financieras. Para confirmar la exactitud de la información suministrada, el Banco Central está autorizado a llevar a cabo inspecciones.
Si las normas del Banco Central no se cumplen, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias puede imponer diversas sanciones dependiendo de la gravedad de la infracción. Estas sanciones varían desde un aviso de incumplimiento a la imposición de multas o incluso, en casos extremos, la revocación de la licencia para operar de la entidad financiera. Además, el incumplimiento de ciertas normas puede dar lugar a la presentación obligatoria de planes de regulación y saneamiento ante el Banco Central. Estos planes deben ser aprobados por el Banco Central a fin de permitir que la entidad financiera permanezca en el negocio.
Regulación y supervisión bancaria
Supervisión del Banco Central
Desde septiembre de 1994, el Banco Central ha supervisado a las entidades financieras argentinas en forma consolidada. Dichas entidades financieras deben presentar periódicamente estados financieros consolidados que reflejen tanto las operaciones de su casa central o matriz, como también las de sus filiales en Argentina y en el exterior, y aquéllas correspondientes a sus subsidiarias significativas, tanto nacionales como extranjeras. En consecuencia, los requisitos relacionados con liquidez y solvencia, capitales mínimos, concentración del riesgo y previsiones por riesgos de incobrabilidad, entre otros, deben ser calculados sobre una base consolidada.
Actividades e inversiones permitidas
La Ley de Entidades Financieras se aplica a todas aquellas personas humanas y jurídicas que actúan como intermediarios financieros y que, como tales, son parte del sistema financiero, incluyendo los bancos comerciales, bancos de inversión, bancos hipotecarios, compañías financieras, sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y cooperativas de crédito. Excepto los bancos comerciales, que están autorizados a realizar todas las actividades financieras y prestar todos los servicios financieros que estén específicamente establecidos por la ley o las normas del Banco Central, las actividades que pueden ser llevadas a cabo por las otras entidades financieras argentinas están detalladas en la Ley de Entidades Financieras y las normas del Banco Central relacionadas. Algunas de las actividades permitidas a los bancos comerciales incluyen la capacidad para: (i) recibir depósitos del
público tanto en moneda local como extranjera; (ii) suscribir, adquirir, colocar o negociar títulos de deuda, incluidos títulos públicos, tanto en el mercado cambiario como en el mercado abierto (sujeto a previa aprobación por parte de la CNV, si corresponde); (iii) otorgar y recibir préstamos; (iv) garantizar las deudas de los clientes; (v) llevar a cabo operaciones de cambio en moneda extranjera; (vi) emitir tarjetas de crédito; (vii) actuar, sujeto a determinadas condiciones, como intermediarios en operaciones de bienes inmuebles; (viii) llevar a cabo operaciones de financiamiento comercial; (ix) actuar como agentes de registro de letras hipotecarias, (x) realizar transacciones en moneda extranjera y (xi) actuar como fiduciario en fideicomisos financieros. Además, de acuerdo con la Ley de Entidades Financieras, y la Comunicación “A” 3086 del Banco Central, y modificatoria, los bancos comerciales están autorizados a participar en sociedades comerciales, industriales, agropecuarias y de otros tipos que no presten servicios complementarios a los servicios bancarios (según se define en las normas del Banco Central correspondientes) en tanto la participación del banco comercial en tales sociedades no supere el 12,5% de sus acciones con derecho de voto o de su capital social. No obstante, en caso de exceder los límites mencionados anteriormente, el banco deberá (i) solicitar autorización al Banco Central, o (ii) notificar dicha situación al Banco Central, según el caso. Sin embargo, aún cuando las participaciones de los bancos comerciales no alcancen tales porcentajes, éstos no tienen permiso para operar dichas sociedades si: (i) tales participaciones les permiten controlar una mayoría de votos suficientes para formar la voluntad social en una asamblea de accionistas o reunión del directorio, o (ii) el Banco Central no autoriza la adquisición.
Asimismo, de conformidad con el T.O. Servicios Complementarios de las Entidades Financieras y Actividades Permitidas, los bancos comerciales pueden mantener participaciones en el capital de empresas del país o del exterior que tengan por objeto exclusivo una o dos de las actividades que se mencionan en el punto 2.2. de la Comunicación “A” 5700, cuando la participación del banco comercial fuera superior al 12,5% de las acciones con derechos de voto de dicha empresa o permitiera al banco comercial controlar la mayoría de votos en una asamblea de accionistas o reunión de Directorio. Si el objeto social de dichas empresas incluye dos de las actividades que se mencionan en el punto 2.2. de dicho ordenamiento, se requerirá la autorización del Banco Central.
Bajo las normas del Banco Central, el monto total de las participaciones de un banco comercial en el capital social de terceros, incluidas las participaciones en fondos comunes de inversión, no puede superar el 50% de la Responsabilidad Patrimonial Computable (“RPC”) de dicho banco. Además, el monto total de las participaciones de un banco comercial, consideradas en conjunto, en: (i) acciones sin cotización, excluyendo las participaciones en sociedades que prestan servicios complementarios a la actividad financiera y participaciones en empresas del estado que prestan servicios públicos, (ii) acciones con cotización y cuotapartes de fondos comunes de inversión que no den lugar a requerimientos de capital mínimo sobre la base de riesgo xx xxxxxxx, y (iii) acciones con cotización pública que no tienen un “precio xx xxxxxxx disponible para el público en general,” está limitado al 15% de la RPC de dicho banco. A tal efecto, se considera que un determinado precio xx xxxxxxx de las acciones está “disponible para el público en general” cuando se dispone de cotizaciones que midan el volumen diario de las operaciones significativas, y la venta de tales acciones en poder del banco no afectaría significativamente la cotización de las acciones.
Operaciones y actividades prohibidas y limitadas
El artículo 28 de la Ley de Entidades Financieras prohíbe a los bancos comerciales: (a) constituir gravámenes sobre sus bienes sin previa autorización del Banco Central, (b) aceptar en garantía sus propias acciones, (c) operar con sus directores o administradores y con empresas o personas vinculadas con ellos, en condiciones más favorables que las acordadas xx xxxxxxxxx a su clientela, y (d) explotar por cuenta propia empresas comerciales, industriales, agropecuarias, o de otra clase, salvo con expresa autorización del Banco Central, excepto aquéllas consideradas actividades financieras según las normas del Banco Central. No obstante lo antedicho, los bancos podrán ser titulares de acciones de otras entidades financieras, siempre que medie autorización del Banco Central, y de acciones y obligaciones de empresas de servicios públicos en la medida en que sean necesarias para obtener su prestación.
Fondo de reserva legal
De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras, el Banco debe destinar anualmente al fondo de reserva legal la proporción de sus utilidades anuales que establezca el Banco Central, la que no será inferior al 10% ni superior al 20%. De conformidad con regulaciones del Banco Central, el Banco mantiene una reserva legal compuesta por el 20% de las utilidades anuales. Esta reserva legal sólo puede ser utilizada cuando la entidad financiera ha incurrido en pérdidas y ha agotado todas las demás reservas. Si una entidad financiera no cumple con esta exigencia, no podrá pagar dividendos a sus accionistas.
Activos inmovilizados y otros conceptos
A partir de febrero de 2004, los activos inmovilizados (computados sobre la base del saldo al último día de cada mes, y neto de los activos que se deducen para computar el capital regulatorio) más el financiamiento otorgado a partes relacionadas con entidades financieras (computado sobre la base del saldo más alto durante cada mes para cada cliente) no puede exceder el 100% del capital regulatorio de la entidad financiera, con excepción de ciertos casos particulares en los que se puede exceder hasta el 150%.
Los activos inmovilizados incluyen activos y créditos diversos, mobiliario e instalaciones, activos afectados en garantía de obligaciones (salvo por operaciones de pases, swaps, futuros y derivados), determinados bienes intangibles y participaciones en otras sociedades sin cotización o acciones con cotización, si la tenencia supera el 2,5% del capital de la sociedad emisora o cuando la eventual liquidación de la tenencia pueda afectar significativamente la cotización.
El incumplimiento de los límites produce un aumento en las exigencias de capital mínimo equivalente al 100% del exceso.
Exigencias de capital mínimo
El Banco Central exige que las entidades financieras integren montos mínimos de capital sobre la base de los saldos al cierre de cada mes. Dicho monto mínimo de capital se define como el mayor valor que resulte de la comparación entre (i) la exigencia básica y (ii) la suma de la exigencia por riesgo de crédito, riesgo operacional y riesgo xx xxxxxxx. Las entidades financieras (junto con sus sucursales en Argentina y en el exterior) deben cumplir con los requisitos de capital mínimo tanto en forma individual como consolidada.
La integración del capital a ser considerada a los efectos de determinar el cumplimiento de los requerimientos de capital mínimo es la RPC de la entidad financiera (T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras).
Capital mínimo básico
La exigencia de capital mínimo básico varía según el tipo de entidad financiera y la jurisdicción en que se encuentre radicada su sede principal. Según la clase y categoría, serán las siguientes exigencias:
Categorías | Bancos | Restantes Entidades (*) | ||
I y II | Ps.26 millones | Ps.12 millones | ||
III a VI | Ps.15 millones | Ps.8 millones |
(*) A excepción de las cajas de crédito.
Las compañías financieras que realicen, en forma directa, operaciones de comercio exterior deberán observar las exigencias establecidas para los bancos en la respectiva categoría.
Descripción de las regulaciones de Capital Xxxxx 0 y Xxxxx 0
Las entidades financieras argentinas deben cumplir con lineamientos similares a los adoptados por el Comité de Basilea para la Supervisión Bancaria y Prácticas de Supervisión, modificados en 1995 (las “Normas de Basilea”). En ciertos aspectos, sin embargo, las regulaciones bancarias argentinas exigen coeficientes más altos que los establecidos por las Normas de Basilea.
El Banco Central toma en consideración la responsabilidad patrimonial computable o RPC de una entidad financiera para determinar el cumplimiento de las exigencias de capital. La RPC está representada por el Capital Xxxxx 0 (Patrimonio Neto Básico) y el Capital Xxxxx 0 (Patrimonio Neto Complementario).
Capital de Nivel 1
El Capital Xxxxx 0 está compuesto por (i) el capital ordinario nivel 1 (COn1), (ii) conceptos deducibles del capital ordinario nivel 1(CDCOn1), (iii) el capital adicional nivel 1 (CAn1) y (iv) conceptos deducibles del capital adicional nivel uno (CDCAn1).
Capital ordinario Xxxxx 0
El COn1 comprende: (i) el capital social (excluyendo acciones con preferencia patrimonial), (ii) los aportes no capitalizados (excluyendo las primas de emisión), (iii) los ajustes al patrimonio, (iv) las reservas de utilidades (excluyendo la reserva especial para instrumentos de deuda), (v) los resultados no asignados, (vi) otros resultados positivos o negativos en los siguientes términos:
• 100% de los resultados registrados hasta el último estado financiero trimestral que cuente con informe del auditor, correspondiente al último ejercicio cerrado y respecto del cual el auditor aún no haya emitido su dictamen.
• 100% de los resultados del ejercicio en curso registrados al cierre del último estado financiero trimestral, una vez que cuente con informe de auditor;
• 50% de las ganancias o 100% de las pérdidas desde el último estado financiero trimestral o anual que cuente con dictamen o informe de auditor; y
• 100% de quebrantos no considerados en los estados financieros, correspondientes a la cuantificación de los hechos informados por el auditor. A los fines del cómputo del 100% de los resultados registrados hasta el último estado financiero trimestral o anual, el respectivo estado financiero con el informe del auditor deberá estar presentado al BCRA a la fecha en que resulta obligatoria la presentación del balance mensual.
• Otros resultados integrales. i) 100 % de los resultados registrados en las siguientes partidas: − Revaluación de propiedad, planta y equipo e intangibles. − Ganancias o pérdidas por instrumentos financieros a valor razonable con cambios en otros resultados integrales. ii) 100 % del saldo deudor de cada una de las partidas registradas en otros resultados
integrales no mencionadas en el acápite i). El reconocimiento de estos conceptos –registrados en cuentas de otros resultados integrales u otros resultados integrales acumulados, según corresponda– se realizará conforme a los términos de los puntos 8.2.1.5. o 8.2.1.6., según el caso.
(vii) primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el COn1 y, en los casos de consolidación, las participaciones minoritarias (acciones ordinarias emitidas por las subsidiarias sujetas a supervisión consolidada y en poder de terceros, siempre que cumplan los criterios regulatorios aplicables).
Para que una acción sea considerada dentro del COn1, la entidad financiera se debe abstener de crear, en ocasión de su emisión, cualquier expectativa de que la acción será recomprada, rescatada o amortizada, y los términos contractuales no deberán contener cláusula alguna que pudiera originar tal expectativa.
Conceptos deducibles
A los conceptos citados se les restarán, los conceptos deducibles previstos en el punto 8.4.1 y 8.4.2. (según corresponda) del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras, Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computabledel Banco Central.
Los conceptos deducibles del (COn1) incluyen, entre otros: (a) saldos a favor por aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta -netos de las previsiones por riesgo de desvalorización- que excedan el 10% del patrimonio neto básico correspondiente al mes anterior y saldos a favor provenientes de activos por impuestos diferidos; (b) saldos en cuentas de corresponsalía respecto de entidades financieras del exterior que no cuenten con calificación internacional de riesgo comprendida en la categoría “investment grade”; (c) títulos de crédito, que físicamente no se encuentren en poder de la entidad, salvo que su registro o custodia se encuentre a cargo del Banco Central (“CRyL”), agentes autorizados a tal efecto por la CNV, Clearstream, Euroclear o Depositary Trust Company. En caso de que se mantengan activos deducibles conforme a esta disposición, la entidad deberá dejar constancia de la existencia de tales conceptos en nota a los estados financieros trimestrales y anual, cuantificando el importe que no se admite considerar a los fines de determinar la RPC; (d) títulos emitidos por gobiernos de países extranjeros, cuya calificación internacional de riesgo sea inferior a la categoría “investment grade” según la Comunicación “A” 5671; (e) títulos valores e instrumentos de deuda contractualmente subordinados a los demás pasivos, emitidos por otras entidades financieras; (f) accionistas; (g) inmuebles incorporados al patrimonio de la entidad financiera, cuya registración contable no se encuentre respaldada con la pertinente escritura traslativa de dominio debidamente inscripta en el respectivo Registro de la Propiedad Inmueble, excepto los adquiridos mediante subasta judicial; (h) Activos intangibles, netos de la respectiva depreciación acumulada. Incluye la llave de negocio integrante de la valuación de inversiones significativas en el capital de entidades financieras no sujetas a supervisión consolidada y el valor llave integrante de la participación en otras sociedades que forme parte del valor en libros de la inversión; (i) partidas pendientes de imputación- saldos deudores - otras; (j) ante requerimiento que formule la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, los importes de determinados activos comprendidos, cuando surja que las registraciones contables efectuadas por las entidades no reflejan en forma precisa la realidad económica y jurídica de las operaciones o que se han llevado a cabo acciones o ardides para desnaturalizar o disimular el verdadero carácter o alcance de las operaciones; (k) diferencias por insuficiencia de constitución de las previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad determinadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; (l) participaciones en empresas cuyo objeto social sea el desarrollo de las siguientes actividades: (i) asistencia financiera mediante operaciones de arrendamiento financiero de bienes de capital, durables e inmuebles, adquiridos con tal objeto (“leasing”) o sobre créditos provenientes de ventas (“factoring”), (ii) adquisición con carácter transitorio de participaciones en empresas para facilitar su desarrollo, con la finalidad de vender posteriormente las tenencias y (iii) la emisión de tarjetas de crédito o débito según establece el T.O. Servicios Complementaciones de la Actividad Financiera y Actividades Permitidas; (m) el exceso a los límites para la afectación de activos en garantía según lo dispuesto en las normas del Banco Central; (n) El mayor saldo de la asistencia crediticia otorgada en el mes, cuando los adelantos previstos en el punto 3.2.5. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero” superen el límite autorizado y/o no sean cancelados en los plazos allí previstos; (o) Ganancias por ventas relacionadas con operaciones de titulización, según corresponda conforme a lo establecido en los puntos 3.1.4., 3.1.5.2. y 3.1.9., y por operaciones de venta o cesión de cartera con responsabilidad para el cedente. Esta deducción se computará en la medida que subsista el riesgo de crédito y en la proporción en que se mantenga la exigencia de capital por las exposiciones subyacentes o cartera vendida o cedida con responsabilidad; (p) En el caso de pasivos por instrumentos derivados contabilizados a valor razonable, las ganancias y pérdidas no realizadas debidas a variaciones en el riesgo de crédito de la entidad financiera. Se deducirán los ajustes de valuación por el riesgo de crédito propio exclusivamente (- o +, según corresponda); no se permite la compensación de dichos ajustes con los provenientes del riesgo de crédito de la contraparte; (q) Inversiones en el capital de entidades financieras sujetas a supervisión consolidada. i) Participaciones en entidades financieras, excepto cuando rijan franquicias para no deducirlas. ii) Participaciones en entidades financieras del exterior. En dichos casos, serán netas de las previsiones por riesgo de desvalorización y, cuando se trate de entidades financieras controladas y corresponda aplicar lo previsto en el punto 8.2.1.6. -acápite iii)-, del 50% de las ganancias de éstas en la proporción de la respectiva participación.
Capital adicional Xxxxx 0
El capital adicional de nivel uno (CAn1) incluye determinados instrumentos emitidos por la entidad financiera que cumplan los requisitos previstos en el punto 8.3.2. de del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras – Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable, emitido por el Banco Central (con sus modificaciones y normas complementarias) y no se hallen ya incluidos en el COn1, y primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el CAn1. Además, en los casos de
consolidación, incluye instrumentos emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros, de acuerdo con los requisitos regulatorios aplicables.
Asimismo, los instrumentos incluidos en el CAn1 deberán observar los siguientes requisitos:
• Estar totalmente suscriptos e integrados.
• Estar subordinados a depositantes, acreedores quirografarios y a deuda subordinada de la entidad financiera. Deberán prever que, en caso de quiebra de la entidad y una vez satisfecha la totalidad de las deudas con los demás acreedores, los tenedores de estos instrumentos tendrán prelación en la distribución de fondos sólo y exclusivamente con respecto a los accionistas, con expresa renuncia a cualquier privilegio general o especial.
• No estar asegurados ni cubiertos por alguna garantía del emisor o de un vinculado, ni ser objeto de cualquier otro acuerdo que mejore jurídica o económicamente el orden de prelación en el cobro para el caso de quiebra de la entidad.
• No prever pago de ningún tipo en concepto de capital, excepto en caso de liquidación de la entidad financiera cuando así correspondiese. No podrán tener cláusulas de remuneración escalonada creciente ni otros incentivos para su amortización anticipada.
• Transcurridos cinco años desde su emisión, la entidad financiera podrá rescatar los instrumentos, siempre que: (i) cuente con autorización previa al ejercicio de la opción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias; (ii) se abstenga de generar expectativas de que ejercitará la opción de compra; y (iii) sustituya el instrumento con capital regulatorio de igual o mayor calidad y en condiciones que sean sostenibles para su capacidad de generación de ingresos, o demuestre que, una vez ejercida la opción de compra, su RPC supera ampliamente -al menos en un 20%- los requisitos mínimos de capital.
• Cualquier restitución de capital requerirá la autorización previa de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias y la entidad financiera no deberá tener la expectativa ni crearla en el mercado de que obtendrá dicha autorización.
• La entidad financiera podrá en todo momento y a su entera discreción cancelar pagos en concepto de dividendos o cupones de interés, lo cual no deberá constituir de por sí un incumplimiento, ni facultar a los tenedores a exigir la conversión en acciones ordinarias. Asimismo, no debe imponer restricciones a la entidad financiera, salvo en relación con las distribuciones de dividendos a los titulares de acciones ordinarias.
• El pago de dividendos/cupones se efectuará con cargo a partidas distribuibles, en los términos de las normas referidas a “Distribución de Resultados” (Sección III de las normas del BCRA).
• No incorporar un dividendo/cupón de interés que se reajuste periódicamente en función del riesgo de crédito de la entidad financiera.
• No haber sido comprados por la entidad financiera ni por otra entidad que ella controle o sobre la que ejerza influencia significativa.
• No haber sido comprados con la financiación directa o indirecta de la entidad financiera y;
• No poseer características que dificulten la recapitalización.
Los instrumentos que son parte del pasivo deberán absorber pérdidas, una vez alcanzado un evento desencadenante prefijado (cuando el coeficiente de COn1 sea inferior al 5,125% de los APR), a través de su conversión en acciones ordinarias o de un mecanismo que asigne pérdidas al instrumento, con los siguientes efectos:
a) Reducción de la deuda representada por el instrumento en caso de liquidación de la entidad;
b) Reducción del importe a reintegrar en caso de ejercerse una opción de compra; y
c) Reducción total o parcialmente los pagos de dividendos/cupones de interés del instrumento.
Patrimonio Neto Complementario: Capital de Xxxxx 0
El capital nivel dos comprende los siguientes conceptos: (i) ciertos instrumentos emitidos por la entidad financiera no incluidos en la categoría de capital de nivel 1 y que observen los requisitos previstos en el punto 8.3.3 del T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras – Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable emitida por el Banco Central, (ii) primas de emisión resultantes de instrumentos incluidos en el capital de Nivel 2, y (iii) previsiones por riesgo de incobrabilidad sobre la cartera correspondiente a deudores clasificados “en situación normal” de las regulaciones del Banco Central sobre “Clasificación de deudores” y sobre las financiaciones que se encuentran cubiertas con garantías preferidas “A”, sin superar el 1,25 % de los activos ponderados por riesgo de crédito. Además, en los casos de consolidación, incluye: (iv) instrumentos emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros, que cumplan los criterios para su inclusión en el patrimonio neto complementario..
A los conceptos citados en los puntos precedentes se les restarán, de corresponder, los conceptos deducibles previstos en el punto
8.4.2 del Banco Central, que se describen más abajo.
Por otra parte, los instrumentos incluidos en el patrimonio neto complementario deberán observar los siguientes requisitos:
• Estar totalmente suscriptos e integrados.
• Estar subordinados a depositantes, acreedores quirografarios y a deuda subordinada de la entidad financiera.
• No estar asegurados ni cubiertos por alguna garantía del emisor o de un vinculado, ni ser objeto de cualquier otro acuerdo que mejore jurídica o económicamente el orden de prelación en el cobro para el caso de quiebra de la entidad.
• Vencimiento: (i) plazo de vencimiento original no inferior a cinco años; (ii) no existir cláusulas de remuneración escalonada creciente u otros incentivos para su amortización anticipada; y (iii) a partir del comienzo de cada uno de los últimos cinco años de vida de cada emisión, el importe computable será disminuido en el 20% del valor nominal emitido.
• Transcurridos cinco años desde su emisión, la entidad financiera podrá rescatarlos siempre que cuente con autorización de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias en forma previa al ejercicio de la opción de compra y se abstenga de generar expectativas de que ejercitará la opción de compra. El instrumento deberá ser sustituido con capital regulatorio de igual o mayor calidad y en condiciones que sean sostenibles para su capacidad de generación de ingresos, o se deberá demostrar que, una vez ejercida la opción de compra, su RPC supera ampliamente, como mínimo en un 20%, los requisitos mínimos de capital.
• El inversor no tendrá ningún derecho a acelerar la devolución de los pagos futuros previstos, excepto en caso de quiebra o liquidación.
• No pueden incorporar un dividendo/cupón de interés que se reajuste periódicamente en función del riesgo de crédito de la entidad financiera.
• No puedan haber sido comprados por la entidad financiera ni por alguna entidad que ella controle o sobre la que ejerza influencia significativa.
• No pueden haber sido comprados con la financiación directa o indirecta de la entidad financiera.
Además, los instrumentos incluidos en el capital CAn1 y en el Capital de Xxxxx 0 deberán observar los siguientes requisitos adicionales para garantizar su capacidad de absorción de pérdidas:
• Sus términos y condiciones deberán incluir una disposición en virtud de la cual los instrumentos deberán absorber pérdidas -a través de una quita o mediante su conversión en capital ordinario- en caso de que se produzca alguno de los eventos desencadenantes que se indican más adelante.
• Si hubiera compensación a los tenedores de estos instrumentos por la quita realizada, deberá llevarse a cabo en forma inmediata y sólo con acciones ordinarias, de acuerdo con la legislación que le resulte aplicable.
• La entidad financiera deberá contar en todo momento con las autorizaciones necesarias para poder emitir en forma inmediata la cantidad correspondiente de acciones cuando suceda alguno de los eventos desencadenantes que se indican más adelante.
A continuación se detallan los eventos desencadenantes que tornarán operativa la disposición mencionada anteriormente: (i) estando afectada la solvencia y/o liquidez de la entidad financiera, el Banco Central rechace el plan de regularización y saneamiento, o revoque su autorización para funcionar, o autorice su reestructuración en defensa de los depositantes (lo que ocurra primero); o (ii) la decisión de capitalizar a la entidad financiera con fondos públicos por verse afectada su liquidez y solvencia.
El Banco ha emitido (i) las Obligaciones Negociables Clase A con vencimiento en 2026 por un monto total de US$400.000.000, y
(ii) las Obligaciones Negociables Clase B con vencimiento en 2022 por un monto total de Ps.4.620.570.000. Ambas se encuentran en circulación a la fecha del presente Prospecto. Las Obligaciones Negociables Clase A y las Obligaciones Negociables Clase B, emitidas en noviembre de 2016 y mayo de 2017, respectivamente, cumplen con todos los requisitos descriptos anteriormente.
Deben seguirse criterios adicionales relacionados con los conceptos computables incluidos en el cálculo de la RPC según los requerimientos regulatorios de participaciones minoritarias y otros instrumentos computables emitidos por subsidiarias sujetas a supervisión consolidada en poder de terceros. Una participación minoritaria podrá reconocerse en el COn1 de la entidad financiera si el instrumento que la origina observa todos los requisitos para su clasificación como acción ordinaria a efectos de la RPC.
Conceptos deducibles aplicables, según corresponda, a los distintos niveles de capital.
i) Las inversiones en instrumentos computables como capital regulatorio de entidades financieras y de empresas de servicios complementarios de la actividad financiera, no sujetas a supervisión consolidada, y compañías de seguro, cuando la entidad posea hasta el 10% del capital social ordinario de la emisora, de acuerdo con los siguientes criterios: (i) las inversiones incluyen las participaciones directas, indirectas y sintéticas; (ii) las inversiones incluyen la posición comprada neta; (iii) pueden excluirse las tenencias de títulos valores suscriptos para ser colocados en el plazo de cinco días hábiles; iv) las inversiones en instrumentos de capital que no cumplan con los criterios para ser
clasificados como COn1, CAn1 o PNc de la entidad financiera serán considerados como COn1 -acciones ordinarias- a los efectos de este ajuste regulatorio.
Cuando el total de estas participaciones en el capital de entidades financieras, empresas de servicios complementarios de la actividad financiera y compañías de seguro -que individualmente representen menos del 10% del COn1 de cada emisora- supere el 10% del COn1 de la entidad financiera -neto de las deducciones correspondientes-, el importe por encima de este 10% deberá deducirse de cada uno de los niveles de capital en función de la siguiente metodología:
i) Monto a deducir del COn1: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de COn1 sobre el total de participaciones de capital.
ii) Monto a deducir del CAn1: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de CAn1 sobre el total de participaciones de capital.
iii) iii) Monto a deducir del PNc: total del exceso sobre el 10% multiplicado por la proporción que representan las tenencias de PNc sobre el total de participaciones de capital.
Si la entidad financiera carece de suficiente capital para efectuar la deducción de un nivel particular de capital, el remanente se deducirá del nivel inmediato superior. Los importes por debajo del umbral, que no se deducen, se ponderan en función del riesgo o se consideran para el cómputo de la exigencia por riesgo xx xxxxxxx, según corresponda.
ii) Inversiones en instrumentos computables como capital regulatorio de entidades financieras y de empresas de servicios complementarios de la actividad financiera, no sujetas a supervisión consolidada, y compañías de seguro, cuando la entidad posea más del 10% del capital social ordinario de la emisora, o cuando la emisora sea subsidiaria de la entidad financiera, de acuerdo a los siguientes criterios: i) Las inversiones incluyen las participaciones directas, indirectas y sintéticas. A estos efectos se entiende como participación indirecta a la inversión de una entidad financiera en otra entidad o empresa no sujeta a supervisión consolidada, que a su vez tiene una participación en el capital de otra entidad financiera o empresa que no consolida con la primera. La participación sintética se refiere a la inversión que una entidad financiera realiza en un instrumento cuyo valor está directamente relacionado al valor del capital de otra entidad financiera o empresa no sujeta a supervisión consolidada. ii) Se incluye la posición comprada neta; es decir, la posición comprada bruta menos la posición vendida en la misma exposición subyacente, cuando ésta tenga la misma duración que la posición comprada o su vida residual sea al menos un año. iii) Xxxxxx excluirse las tenencias de títulos valores suscriptos para ser colocados en el plazo de cinco días hábiles. iv) Las inversiones en instrumentos de capital que no cumplan con los criterios para ser clasificados como COn1, CAn1 o PNc de la entidad financiera serán considerados como COn1 -acciones ordinarias- a los efectos de este ajuste regulatorio. El importe de estas participaciones -teniendo en cuenta el tipo de instrumento de que se trate- deberá deducirse de cada uno de los correspondientes niveles de capital de la entidad financiera.
Si la entidad financiera carece de suficiente capital para efectuar la deducción de un nivel particular de capital, el remanente se deducirá del nivel inmediato superior.
Los instrumentos propios recomprados que cumplan con los criterios para su inclusión en el CAn1 o PNc deberán deducirse del nivel de capital que corresponda.
Límites
El T.O. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras – Sección 8. Responsabilidad Patrimonial Computable (con sus modificaciones y normas complementarias) del Banco Central, establece los límites mínimos en relación con la integración de capital: (i) para el COn1, el importe resultante de multiplicar 4,5% por los activos ponderados por riesgo (“APR”); (ii) para el patrimonio neto básico, el importe resultante de multiplicar 6% por los APR y (iii) para la RPC, el importe resultante de multiplicar 8% por los APR. La falta de cumplimiento de cualquiera de estos límites será considerada incumplimiento de integración del capital mínimo.
En virtud de la Comunicación “A” 5867, los APR resultarán de aplicar la siguiente expresión:
APR = APRc + [(RM+RO) x 12,5]
donde:
“APRc”: activos ponderados por riesgo de crédito. “RM”: exigencia por riesgo xx xxxxxxx.
“RO”: exigencia por riesgo operacional.
Capital económico
El T.O. Lineamientos para la Gestión de Riesgos de las Entidades Financieras establece que es de fundamental importancia que las entidades financieras cuenten con un proceso interno, integrado y global, para evaluar la suficiencia de su capital económico en función de su perfil de riesgo (“Internal Capital Adequacy Assessment Process” - “ICAAP”) y con una estrategia para mantener sus niveles de capital a lo largo del tiempo. Si como resultado de este proceso interno se determina que el capital regulatorio es insuficiente, las entidades financieras deberán incrementarlo en base a sus propias estimaciones, para observar la normativa.
El capital económico de las entidades financieras es aquel que requieren para cubrir, no sólo las pérdidas inesperadas originadas por las exposiciones a los riesgos crediticio, operacional y xx xxxxxxx, sino también las que provienen de otros riesgos a los que puede estar expuesta la entidad financiera.
Las entidades financieras deben demostrar que sus objetivos internos de capital están bien fundamentados y son acordes con su perfil general de riesgo y entorno operativo. El proceso de evaluación de la suficiencia del capital o ICAAP debe tener en cuenta todos los riesgos significativos a los que se enfrenta la entidad financiera. A este fin, las entidades financieras deben desarrollar un proceso integral para la gestión de, al menos, los riesgos de crédito, operacional, mercado, tasa de interés, liquidez, securitización, graduación, reputacional y estratégico, empleando para ello pruebas de estrés para evaluar situaciones adversas pero posibles que puedan afectar su nivel de capital.
El ICAAP debe comprender pruebas de estrés que complementen y validen todo otro enfoque cuantitativo o cualitativo empleado por la entidad, de modo que el directorio y la gerencia de primera línea cuenten con una comprensión más acabada de la interacción entre los distintos tipos de riesgos en condiciones de estrés. Asimismo, el ICAAP debe considerar las necesidades de capital de corto y largo plazo y propender a la prudente acumulación de excedentes de capital en los períodos benignos del ciclo económico.
El nivel de capital de cada entidad debe determinarse con arreglo a su perfil de riesgo, teniendo en cuenta además factores externos como los efectos del ciclo económico y de la coyuntura económica.
Los elementos fundamentales de una evaluación rigurosa del capital incluyen:
i) Políticas y procedimientos para garantizar que la entidad identifica, cuantifica e informa todos los riesgos importantes;
ii) Un proceso que relacione el capital económico con el nivel de riesgo actual;
iii) Un proceso que establezca objetivos de suficiencia del capital en función del riesgo, teniendo en cuenta el enfoque estratégico de la entidad y su plan de negocios; y
iv) Un proceso interno de controles, exámenes y auditorías, con el objetivo de garantizar que el proceso general de gestión de riesgos es exhaustivo.
El BCRA establece asimismo, que las entidades que pertenezcan al grupo B o C, conforme las normas sobre “Autoridades de las Entidades Financieras” puedan utilizar una metodología simplificada para cuantificar su capital económico. Son entidades del grupo A, aquellas en las cuales el importe de sus depósitos es igual o mayor al 1% de los depósitos del sistema financiero. Las del Grupo B están conformadas por aquellas que no superan el importe establecido para el Grupo A, e integran el Grupo C, aquellas que sus depósitos no superan el 0,25% de los depósitos del sistema y/o siendo del Grupo B, el ratio entre sus depósitos y su RPC sea inferior al 100%
Requisitos aplicables a la distribución de Resultados (Utilidades)
El Banco Central impuso ciertas restricciones al pago de los dividendos, sujetando la capacidad de las entidades financieras para distribuir dividendos al cumplimiento de las normas T.O. Distribución de Resultados, bajo el criterio que el importe a distribuir no podrá afectar la liquidez y solvencia de la entidad, lo que se verificará del cumplimiento de ciertos requisitos, sobre base consolidada.
dispone que el pago de dividendos –salvo que se trate de dividendos en acciones ordinarias–, las compras de acciones propias, los pagos sobre otros instrumentos de capital de nivel 1 –determinado conforme a lo establecido en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”– y/o el pago de incentivos económicos (bonificaciones) al personal –en este caso, con sujeción a las regulaciones de orden público laboral (legales, convencionales y contractuales) que rigen las relaciones de las entidades financieras con su personal– estarán sujetos aa estas normativas.
Las entidades podrán distribuir resultados hasta el importe positivo que surja del cálculo extracontable previsto en este punto, sin superar los límites establecidos en estas normas.
A ese efecto deberá computarse la sumatoria de los saldos registrados, al cierre del ejercicio anual al que correspondan, en la cuenta “Resultados no asignados” y en la reserva facultativa para futuras distribuciones de resultados, a la que se deberán deducir los importes –registrados a la misma fecha– de las reservas legal y estatutarias –cuya constitución sea exigible– y de los conceptos que a continuación se detallan:
1. El 100 % del saldo deudor de cada una de las partidas registradas en el rubro “Otros resultados integrales acumulados”.
2. El resultado proveniente de la revaluación de propiedad, planta, equipo e intangibles y de propiedades de inversión.
3. La diferencia neta positiva resultante entre la medición a costo amortizado y el valor razonable xx xxxxxxx que la entidad financiera registre respecto de los instrumentos de deuda pública y/o instrumentos de regulación monetaria del Banco Central para aquellos instrumentos valuados a costo amortizado.
4. Los ajustes de valuación de activos notificados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC)
–aceptados o no por la entidad–, que se encuentren pendientes de registración y/o los indicados por la auditoría externa que no hayan sido registrados contablemente.
5. Las franquicias individuales –de valuación de activos– otorgadas por la SEFyC, incluyendo los ajustes derivados de no considerar los planes de adecuación concertados.
Adicionalmente las entidades financieras no podrán efectuar distribuciones de resultados con la ganancia que se origine por aplicación por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), debiendo constituir una reserva especial que sólo podrá desafectarse para su capitalización o para absorber eventuales saldos negativos de la partida “Resultados no asignados”.
El importe a distribuir, que no podrá superar los límites que el Banco Central establezca, no deberá comprometer la liquidez y solvencia de la entidad. Este requisito se considerará cumplido cuando se verifique la inexistencia de defectos de integración en la posición de capital mínimo –tanto individual como consolidada– del cierre del ejercicio al que correspondan los resultados no asignados considerados o en la última posición cerrada, de ambas la que presente menor exceso de integración respecto de la exigencia, recalculándolas computando además –a ese único fin– los siguientes efectos en función de los correspondientes datos a cada una de esas fechas:
1. Los resultantes de la deducción del activo de los conceptos mencionados en los puntos 1 a 5 arriba enumerados, de corresponder.
2. La no consideración de las franquicias otorgadas por la SEFyC que afecten las exigencias, integraciones o la posición de capital mínimo.
3. La deducción de los resultados no asignados de los importes correspondientes a los siguientes conceptos:
o el importe a distribuir y, en su caso, el que se destine a constituir la reserva a los fines de retribuir instrumentos representativos de deuda, susceptibles de integrar la responsabilidad patrimonial computable;
o saldos a favor por aplicación del impuesto a la ganancia mínima presunta –netos de las previsiones por riesgo de desvalorización– que no hayan sido deducidos del patrimonio neto básico, conforme a lo establecido en las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”; y
o ajustes efectuados según los puntos 4 y 5 arriba enumerados
4. La no consideración del límite previsto en el punto 7.2. de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”.
Sólo se admitirá la distribución de resultados en la medida que no se verifique alguna de las siguientes condiciones:
- se encuentren alcanzadas por las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y saneamiento” y 35 bis “Reestructuración de la entidad en resguardo del crédito y los depósitos bancarios” de la Ley de Entidades Financieras;
- registren asistencia financiera por iliquidez del BCRA, en el marco del artículo 17 de su Carta Orgánica;
- presenten atrasos o incumplimientos en el régimen informativo establecido por esta Institución;
- registren deficiencias de integración de capital mínimo –de manera individual o consolidada– (sin computar a tales fines los efectos de las franquicias individuales otorgadas por la SEFyC);
- la integración de efectivo mínimo en promedio –en pesos, en moneda extranjera o en títulos valores públicos– fuera menor a la exigencia correspondiente a la última posición cerrada o a la proyectada considerando el efecto de la distribución de resultados;
- la entidad no haya dado cumplimiento a los márgenes adicionales de capital que les sean de aplicación conforme a lo previsto en la Sección 4.”
La norma mencionada estableció como disposición transitoria que hasta el 31 xx xxxxx de 2020, las entidades financieras que, para determinar el resultado distribuible, no hayan incrementado los rangos de COn1 neto de deducciones (CDCOn1) previstos en 1 punto porcentual, deberán contar con la autorización previa de la SEFyC para la distribución de resultados. Este requerimiento también será de aplicación para el pago de los servicios financieros correspondientes a emisiones de instrumentos representativos de deuda.
La Comunicación “A” 5689, de fecha 8 de enero de 2015 emitida por el Banco Central, establece que las entidades financieras deberán registrar y exponer contablemente las sanciones administrativas y/o disciplinarias, y las penales con sentencia judicial de primera instancia, que fueron aplicadas o iniciadas por el Banco Central de la República Argentina, la Unidad de Información Financiera, la Comisión Nacional de Valores y la Superintendencia de Seguros de la Nación. A partir de enero de 2015, el importe correspondiente al asiento contable incluirá todas las sanciones y deberá contemplar una previsión para el 100% de cada sanción que debe afrontar la entidad. Estos conceptos deberán mantenerse hasta tanto se proceda al pago o bien se cuente con sentencia judicial firme. De acuerdo con la Comunicación “A” 5707, modificada por Comunicación “A” 5827 del Banco Central, si se reparten dividendos, este importe también será deducido del monto distribuible.
En abril de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5940, que modificó disposiciones de la Comunicación “A” 5689. Según dicha Comunicación, las entidades financieras que a la fecha de su emisión tengan saldos por estos conceptos registrados
en la cuenta “Previsiones – Para sanciones administrativas, disciplinarias y penales”, deberán analizar, de acuerdo con los informes legales vigentes, si respecto de dichas sanciones se cumplen las condiciones para su registración contable total o parcial, de acuerdo con las disposiciones del Plan y Manual de Cuentas (es decir, que sean de probable concreción y que el monto pueda estimarse razonablemente).
Las entidades financieras calificadas como de importancia sistémica local (D-SIBs) deberán observar una exigencia de capital mínimo adicional equivalente al 1% de los activos ponderados por riesgo (APR), exclusivamente con capital ordinario de nivel uno (COn1) de acuerdo con el cronograma descripto (actualmente, los APR surgen de multiplicar las exigencias de capital mínimo según las regulaciones del Banco Central por 12,5). La consideración de este margen, forma parte del cálculo extracontable que las entidades deben realizar a los efectos de determinar el monto distibuible.
Margen de Conservación del Capital
Asimismo, se establece que las entidades financieras deberán mantener un margen de conservación de capital adicional a las exigencias de capital mínimo. El objetivo es garantizar que las entidades financieras acumulen recursos propios que puedan utilizar en caso de incurrir en pérdidas, reduciendo de esta forma el riesgo de un incumplimiento de dicha exigencia.
Las entidades financieras calificadas por el Banco Central de la República Argentina como de importancia sistémica local (“D- SIBs”) o de importancia sistémica global (“G-SIBs”), deberán poseer un nivel de capital que les brinde una mayor capacidad de absorción de pérdidas. Este requerimiento se basa en las externalidades negativas que el contagio de una eventual situación de insolvencia de este tipo de entidades o de sus controlantes en el exterior generaría, no sólo en el resto del sistema financiero, sino también en la economía real.
El margen de conservación de capital será del 2,5 % del importe de los activos ponderados por riesgo (APR). En los casos de entidades financieras calificadas como de importancia sistémica el margen de conservación de capital establecido se ampliará en un 1 % de los APR, por lo que estarán sujetas a un margen de conservación de capital equivalente al 3,5 % del importe de los APR. El margen de conservación de capital -incrementado, de corresponder, para las entidades calificadas como de importancia sistémica- deberá integrarse exclusivamente con capital ordinario de nivel 1 (COn1), neto de conceptos deducibles (CDCOn1).
Cuando se utiliza dicho margen, las entidades deben recaudar capital mediante nuevos aportes de capital, o reducir futuras distribuciones.
La distribución de resultados estará limitada cuando el nivel y composición de la responsabilidad patrimonial computable de las entidades financieras -a pesar de cumplir con la exigencia de capital mínimo-, las ubique dentro del rango del margen de conservación del capital. Esta limitación alcanza únicamente a la distribución de resultados y no a la operatoria de la entidad. Las entidades podrán seguir operando con normalidad cuando el nivel de COn1 se sitúe dentro del rango del margen de conservación. Cuando el coeficiente de capital ordinario de nivel 1 -COn1 en porcentaje de los APR- se sitúe dentro del rango del margen de conservación del capital -ampliado cuando se trate de entidades calificadas como de importancia sistémica-, la restricción a la distribución de resultados aumentará a medida que el coeficiente de COn1 se aproxime al mínimo establecido (4,5% de los APR).
El COn1 se deberá usar en primer lugar para integrar la exigencia mínima de capital del 4,5% de los APR. Posteriormente, y si fuese necesario debido a que la entidad no cuenta con capital adicional de nivel uno (CAn1) o capital de nivel dos (PNc) suficiente, el COn1 también se aplicará a integrar los requisitos de 6% y 8% de capital de nivel 1 y capital total. Sólo el remanente de COn1, en caso de que lo hubiera, podrá ser computado para satisfacer el margen de conservación.
La entidad que desee realizar una distribución de resultados mayor a la admitida por este régimen deberá financiar esa distribución mediante nuevos aportes de COn1 por el importe en exceso del límite correspondiente.
El Banco Central también establece la consideracion del margen contra-cíclico, que busca garantizar que el nivel de capital de las entidades financieras se corresponda con la acumulación del riesgo sistémico asociado a una expansión excesiva del crédito y al entorno macro-financiero en general. Cuando a criterio del Banco Central el crecimiento del crédito fuera excesivo, provocando un incremento del riesgo sistémico, podrá establecer -con un período de preaviso de hasta 12 meses- la obligación de constituir el margen contra-cíclico en el rango comprendido entre el 0% y el 2,5% de los activos ponderados por riesgo. Asimismo, el Banco Central de la República Argentina podrá disponer su reducción o liberación cuando a su juicio ese riesgo sistémico se haya materializado o disminuido.
Las entidades financieras con actividad internacional deberán analizar la ubicación geográfica de sus exposiciones crediticias con residentes del país y del exterior del sector privado y calcular el nivel requerido del margen de capital contracíclico como la media ponderada de los márgenes exigidos en las jurisdicciones en las que tengan alguna exposición. Al efecto de la ponderación, las exposiciones crediticias incluyen todas aquellas frente al sector privado sujetas a exigencia de capital por riesgo de crédito, abarcando también a aquellas registradas en la cartera de negociación. Para determinar a qué jurisdicción corresponde cada exposición, las entidades financieras deberán aplicar, cuando sea posible, el principio del riesgo último; es decir, deberán identificar la jurisdicción en la que reside el garante del riesgo y no aquella donde se ha contabilizado la obligación.
Riesgo de crédito
El requerimiento de capital mínimo en relación con el riesgo de crédito de contraparte (“CRC”) se determinará aplicando la siguiente expresión:
CRC = (k* 0,08* APRc) + INC.
La variable “k”: La exigencia de capital mínimo depende también de la calificación asignada a la entidad según la evaluación que efectúa la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC), la cual determina también el valor del coeficiente k. Esta es una calificación amplia del desempeño, los riesgos y las perspectivas de las entidades, en consonancia con el criterio internacional. Las entidades deben ajustar su exigencia de capital por los siguientes factores “k”:
Calificación asignada | Factor K |
1 | 1 |
2 | 1,03 |
3 | 1,08 |
4 | 1,13 |
5 | 1,19 |
A este efecto, se considerará la última calificación informada para el cálculo de la exigencia que corresponda integrar al tercer mes siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación. En tanto no se comunique, el valor de "k" será igual a 1,03.
“APRc” significa activos ponderados por riesgo de crédito, determinados mediante la suma de los valores obtenidos luego de aplicar la siguiente expresión:
A x p + PFB x CCF x p + no DvP + (DVP + RCD+ INC(fraccionamiento)) x 12,5 Donde:
“A” representa activos computables
“PFB” son los conceptos computables no registrados en el balance de saldos (“partidas fuera de balance”). “CCF” es el factor de conversión crediticia
“p” es el ponderador de riesgo, en tanto por uno.
“no DvP”: operaciones sin entrega contra pago. Importe determinado mediante la suma de los valores obtenidos luego de aplicar a las operaciones comprendidas el correspondiente ponderador de riesgo (p).
“DvP”: operaciones de entrega contra pago fallidas (a los efectos de estas normas, incluyen las operaciones de pago contra pago - PvP- fallidas). Importe determinado mediante la suma de los valores obtenidos luego de multiplicar la exposición actual positiva por la exigencia de capital aplicable.
“RCD”: exigencia por riesgo de crédito de contraparte en operaciones con derivados extrabursátiles (“over-the-counter” - OTC). “INC(fraccionamiento)”: incremento por los excesos a los siguientes límites:
- participación en el capital de empresa: 15% de la RPC;
- total de participaciones en el capital de empresas: 60% de la RPC.
Los límites máximos establecidos se aplicarán sobre la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera del último día anterior al que corresponda, conforme a lo establecido en las normas sobre “Fraccionamiento del riesgo crediticio”.
“INC”: incremento por los excesos en la relación de activos inmovilizados y otros conceptos; los límites establecidos en las normas sobre “Fraccionamiento del riesgo crediticio” (excluidos los computados para la determinación del INC (fraccionamiento)); y los límites de graduación del crédito.
Cada tipo de activo se pondera de acuerdo con el nivel de riesgo asumido que se asociará con él. En términos amplios, los ponderadores asignados a los distintos tipos de activo son los siguientes:
Tipo de Activo | Ponderador (%) | |
Efectivo y equivalentes de efectivo | ||
Efectivo en caja, en tránsito (cuando la entidad financiera asuma la responsabilidad y riesgo del traslado), en cajeros automáticos, en cuentas corrientes y en cuentas especiales en el Banco Central, oro amonedado o en barras | 0 | |
Partidas de efectivo que estén en trámite de ser percibidas, efectivo en empresas transportadoras de caudales y efectivo en custodia en entidades financieras. | 20 | |
Exposición a gobiernos y bancos centrales |
Tipo de Activo | Ponderador (%) | |
Al Banco Central en pesos, cuando su fuente de fondos sea en esa moneda. | 0 | |
Al sector público no financiero en pesos, cuando su fuente de fondos sea en esa moneda, incluidas las operaciones securitizadas. | 0 | |
Al sector público no financiero por financiaciones otorgadas a beneficiarios de la seguridad social o a empleados públicos (con código de descuento y no exceda al momento de los acuerdos el 30% de los ingresos del prestatario). | 0 | |
Al sector público no financiero y al Banco Central. Demás. | de AAA 0% - a B- 150% (No calificado 100%) | |
A otros estados soberanos (o sus bancos centrales) | de AAA 0% - a B- 150% (No Calificado – 100%) | |
Entes del sector público no financiero de otros estados soberanos. | de AAA 20% - a B- 150% (No Calificado – 100%) | |
Al Banco de Pagos Internacionales, al Fondo Monetario Internacional, al Banco Central Europeo y a la Comunidad Europea. Al Sector publico no financiero provincial, municipal y/o de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires por la adquisición de títulos públicos emitidos en pesos por la administración central, cuando no cuenten con alugna de las garantías establecidas en el punto 4.1.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector publico no financiero”, conforme a la calificación crediticia asignada a la correspondiente jurisdicción. | 0 de AAA 20% a B- 150% (No calificado-200%) | |
Exposiciones a Bancos Multilaterales de Desarrollo (BMD) | ||
Exposición a las siguientes entidades: Banco Internacional de Reconstruccion y Desarrollo (BIRD), Corporación Financiera Internacional (CFI), Banco Asiatico de Desarrollo (ADB), Banco Africano de Desarrollo (AFDB), Banco Europeo de Reconstruccion y Desarrollo (BERD), Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Europeo de Inversiones (BEI), Fondo Europeo de Inversiones (FEI), Banco Nordico de Inversiones (NIB), Banco de Desarrollo del Caribe (CDB), Banco Islamico de Desarrollo (IDB), Facilidad Financiera Internacional para la Inmunizacion (IFFI), Organismo Multilateral de Garantia de Inversiones (MIGA) y Banco de Desarrollo del Consejo de Europa (BCDE) | ||
0 | ||
Demás. | de AAA 20% a B- 150% (No calificado-200%) | |
Exposiciones denominadas en pesos -cuya fuente de fondos sea en esa moneda- por operaciones cuyo plazo contractual original sea de hasta 3 meses. | 20 | |
Demás. | 100* | |
Exposición a entidades financieras del exterior conforme a la calificación crediticia asignada al soberano de la jurisdicción donde estén constituidas. | de AAA 20% - a B- 150% (No Calificado – 100%) | |
Exposición a empresas y otras personas jurídicas del país y del exterior -incluyendo entidades cambiarias, aseguradoras, bursátiles y empresas del país a las que se les otorga el tratamiento del sector privado no financiero en función de lo establecido en la Sección 1 de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”. | 100 | |
Exposiciones incluidas en la cartera minorista. | ||
Financiaciones a personas humanas (cuando el total de las cuotas por financiaciones de la entidad no exceda, al momento de los acuerdos, del treinta por ciento (30%) de los ingresos del prestatario y a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (“MiPyMEs”). | 75 | |
Demás. | 100 | |
Exposiciones garantizadas por sociedades de garantía recíproca o fondos de garantía de carácter público inscriptos en los Registros habilitados en el Banco Central. | 50 | |
Financiaciones con garantía hipotecaria en primer grado, y cualquiera sea su grado de prelación siempre que la entidad sea la acreedora en todos los grados, sobre vivienda residencial. | ||
Respecto del apoyo crediticio que no supere el 75% del valor de tasación del inmueble | ||
- Vivienda única, familiar y de ocupación permanente. | 35 | |
- Demás. | 50 | |
Sobre el importe que supere el 75% del valor de tasación de tales bienes. | 100 | |
Financiaciones con garantía hipotecaria en primer grado, y cualquiera sea su grado de prelación siempre que la entidad sea la acreedora en todos los grados, sobre bienes distintos de vivienda residencial. | ||
Hasta el importe equivalente al 50% del valor de mercado del inmueble o el 60% del importe del crédito hipotecario, de ambos el menor. | 50 | |
Sobre el resto de la financiación. | 100 | |
Préstamos con más de 90 días de atraso. | ||
El ponderador varía según el préstamo y las previsiones específicas constituidas | 50-150 | |
Participaciones en el capital de empresas | 150 | |
Exposiciones a entidades de contraparte central (CCP) | 2-100 | |
Demás activos y/o partidas fuera de balance | 100 |
* Se aplicará el ponderador de riesgo correspondiente a una categoría menos favorable que la asignada a las exposiciones con el Gobierno Nacional en moneda extranjera, conforme a lo previsto en el punto 4.2.4., con un tope máximo del 100 %, excepto que la calificación fuese inferior a B-, en cuyo caso el ponderador de riesgo será del 150 %.
Quedan excluidos: (a) las garantías otorgadas a favor del Banco Central de la República Argentina y por obligaciones directas; (b) los conceptos que deben deducirse a los fines del cálculo de la responsabilidad patrimonial computable (RPC); y (c) las financiaciones y avales, fianzas y otras responsabilidades otorgadas por sucursales y subsidiarias locales de entidades financieras del exterior, por cuenta y orden de su casa matriz o sus sucursales en otros países o de la entidad controlante, siempre que se observen los siguientes requisitos: (i) la entidad extranjera deberá tener calificación internacional de riesgo comprendida en la categoría “investment grade”, (ii) la entidad extranjera deberá estar sujeta a normas que abarquen la supervisión sobre base
consolidada de las sucursales o subsidiarias locales; (iii) en el caso de las financiaciones, éstas deberán ser atendidas por las sucursales o subsidiarias locales sólo con fondos provenientes de líneas asignadas a ellas por los citados intermediarios del exterior; y (iv) en el caso de las garantías otorgadas localmente, deberá existir respecto de ellas contragarantías extendidas por la casa matriz o por la entidad controlante del exterior, cuya efectivización opere en forma irrestricta a simple requerimiento de la sucursal o subsidiaria local y en modo inmediato a su eventual ejecución por parte del beneficiario.
Los conceptos comprendidos se computarán sobre la base de los saldos al último día de cada mes (capitales, intereses, primas, actualizaciones -por el Coeficiente de Estabilización de Referencia "CER"- y diferencias de cotización, según corresponda, netos de las previsiones por riesgos de incobrabilidad y desvalorización y de las depreciaciones y amortizaciones acumuladas que les sean atribuibles y demás cuentas regularizadoras, sin deducir el importe mínimo exigido de la previsión por riesgo de incobrabilidad sobre la cartera "en situación normal" y las financiaciones que se encuentran cubiertas con garantías preferidas "A".
Riesgo de tasa de interés
Hasta el 1º de enero de 2013, las entidades financieras debían cumplir con exigencias de capital mínimo por riesgo de tasa de interés. Estas exigencias estaban destinadas a reflejar la sensibilidad de los activos y pasivos frente a variaciones en las tasas de interés. Sin perjuicio de este cambio, las entidades financieras siguen obligadas a calcular el riesgo de tasa de interés y sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Riesgo de mercado
El riesgo de mercado se definirá como la posibilidad de sufrir pérdidas en posiciones registradas dentro y fuera de balance a raíz de las fluctuaciones adversas en los precios de mercado. La exigencia de capital por riesgo de mercado será la suma aritmética de la exigencia de capital por los riesgos por tasa de interés, acciones, tipo de cambio y opciones. Para su determinación, las entidades deberán emplear un “Método de Medición Estándar” basado en una suma de componentes que capturan por separado el riesgo específico y el riesgo general de mercado de las posiciones en títulos valores.
Los requisitos de capital mínimo de riesgo de mercado deben cumplirse diariamente. La información al último día del mes debe otorgarse mensualmente al Banco Central.
Consideraciones generales. Los riesgos sujetos a esta exigencia de capital son los riesgos de las posiciones en instrumentos - títulos valores y derivados- imputados a la cartera de negociación y los riesgos de las posiciones en monedas extranjeras imputados a la cartera de inversión o de negociación, indistintamente. A los efectos de la imputación antedicha, la cartera de negociación de las entidades se compone de posiciones en instrumentos financieros incorporados al patrimonio de la entidad con la finalidad de negociarlos o de dar cobertura a otros elementos de dicha cartera. De acuerdo a la nueva normativa, un instrumento financiero se podrá imputar a la cartera de negociación -a los fines de la exigencia de capital por riesgo de mercado- si su negociación está libre de toda restricción o si es posible obtener una cobertura total del instrumento. Además, la cartera deberá ser gestionada de forma activa y las posiciones valuadas en forma diaria y con adecuada precisión. Las posiciones que se mantengan con fines de negociación son aquellas que se tienen para su venta a corto plazo o con el propósito de obtener beneficios a partir de las fluctuaciones de precios en el corto plazo, reales o esperadas, o mediante el arbitraje de precios. Incluyen tanto las posiciones que las entidades conservan para sí como las que adquieren como consecuencia de la prestación de servicios a clientes o de la “creación de mercado”. Las entidades deberán contar con políticas y procedimientos claramente definidos para determinar qué exposiciones incluir o excluir de la cartera de negociación con el fin de calcular su exigencia de capital, para asegurar así que se cumplen los criterios para la cartera de negociación establecidos en estas normas. Las políticas y procedimientos deberán tomar en consideración la capacidad de la entidad para gestionar los riesgos y las prácticas que emplea para ello. La verificación del cumplimiento de las políticas y procedimientos deberá estar completamente documentada y sujeta a auditorías internas periódicas.
Independientemente de que estén registradas en la cartera de negociación o en la cartera de inversión, los conceptos que deben deducirse a los fines del cálculo de la responsabilidad patrimonial computable se excluirán del cómputo de la exigencia de capital por riesgo de mercado.
Las entidades deberán calcular la exigencia de capital por riesgo de crédito de contraparte de las operaciones con derivados OTC y de financiación con títulos valores (“Securities Financing Transactions” -SFT-) -tales como operaciones de pase (acuerdos REPO)- registradas en la cartera de negociación en forma separada y adicional al cálculo de las exigencias de capital por riesgo general de mercado y riesgo específico de los subyacentes. A este efecto, deberán aplicar los métodos y ponderadores que son de aplicación cuando esas operaciones se registran en la cartera de inversión.
Exigencia de capital por riesgo de tasa de interés: La exigencia de capital por el riesgo de tasa de interés se deberá calcular respecto de los títulos de deuda y otros instrumentos imputados a la cartera de negociación, incluidas las acciones preferidas no convertibles. La exigencia se calcula sumando dos exigencias calculadas por separado: una por el riesgo específico de cada instrumento, ya sea que se trate de una posición vendida o comprada, y otra por el riesgo general de mercado -vinculado al efecto de cambios en la tasa de interés sobre la cartera-, en la que se podrán compensar las posiciones compradas y vendidas en diferentes instrumentos.
Exigencia de capital por riesgo de posiciones en acciones. La exigencia de capital por el riesgo de mantener posiciones en acciones en la cartera de negociación alcanza a las posiciones compradas y vendidas en acciones ordinarias, títulos de deuda convertibles que se comporten como acciones y los compromisos para adquirir o vender acciones, así como en todo otro instrumento que tenga un comportamiento en el mercado similar al de las acciones, excluyendo a las acciones preferidas no convertibles, a las que se aplicará la exigencia por riesgo de tasa de interés descripta en el punto anterior. Las posiciones compradas y vendidas en la misma especie podrán computarse en términos netos.
Exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio. La exigencia de capital por el riesgo de tipo de cambio establece el capital mínimo necesario para cubrir el riesgo de mantener posiciones en moneda extranjera, incluido el oro. El cálculo de la exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio requiere que la entidad primero, cuantifique su exposición en cada moneda y luego, estime los riesgos inherentes a la combinación de posiciones compradas y vendidas en diferentes monedas. La exigencia de capital por riesgo de tipo de cambio se aplicará a la posición total en cada moneda extranjera.
Exigencia de capital por riesgo de posiciones en opciones. El cálculo de la exigencia de capital por riesgo de posiciones en opciones dependerá según se trate de entidades que sólo compren opciones -y siempre que el valor de mercado de la totalidad de las opciones en cartera no supere el 5% de su RPC del mes anterior, o cuyas posiciones en opciones vendidas estén cubiertas por posiciones compradas en opciones que posean exactamente las mismas condiciones contractuales, las que podrán usar el método simplificado previsto en las normas, mientras que en el resto de los casos, las entidades deberán usar el método alternativo (“delta- plus”) también previsto en las normas.
A partir de la entrada en vigencia de la Comunicación “A” 5867 y hasta el 31 de agosto de 2016, las entidades financieras debían calcular la exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado de acuerdo con el método establecido en la Comunicación “A” 5867 y también extracontablemente, según el método vigente al 31 de diciembre de 2015 y considerar, al efecto de la determinación de la exigencia de capitales mínimos, la exigencia de capital por riesgo de mercado que resulte en un mayor importe. A partir del 31 de agosto de 2016, sólo rige el método establecido en la Comunicación “A” 5867.
Consecuencias del incumplimiento de las exigencias de capital mínimo
En caso de incumplimiento de las exigencias de capital mínimo por parte de una entidad financiera, la Comunicación “A” 6091 del Banco Central establece lo siguiente:
(i) incumplimientos informados por las entidades: la entidad deberá encuadrarse en la exigencia a más tardar en el segundo mes siguiente a aquel en que se registre el incumplimiento, o presentar un plan de regularización y saneamiento dentro de los 30 días corridos siguientes al último día del mes al que corresponda el incumplimiento. La obligación de presentar planes determinará, mientras persista la deficiencia, que el importe de los depósitos -en monedas nacional y extranjera- no podrá exceder del nivel que haya alcanzado durante el mes en el cual se originó el incumplimiento. Además, el incumplimiento de la exigencia de capital mínimo supondrá una serie de consecuencias para la entidad financiera, entre ellas la prohibición de instalar filiales en el país y en el exterior, instalar oficinas de representación en el exterior o tener una participación en entidades financieras del exterior, así como la prohibición de distribuir dividendos en efectivo. Asimismo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias podrá designar un veedor, con las facultades establecidas por la Ley de Entidades Financieras.
(ii) incumplimientos detectados por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias: la entidad dispondrá de 30 días corridos contados desde la notificación de la determinación efectuada por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias a fin de formular su descargo. Cuando la entidad no presente su descargo o si el descargo formulado es desestimado, el incumplimiento se considerará firme, aplicándose el procedimiento establecido en el punto (i).
Asimismo, conforme la Comunicación “A” 5889, en caso de producirse un defecto de integración diaria respecto de la exigencia de capital por riesgo de mercado, excepto la correspondiente al último día del mes, originado en el cómputo de la exigencia por la suma del VaR de los activos comprendidos u originado en el cómputo de las exigencias por riesgo de tasa, de tipo de cambio y de acciones, la entidad financiera deberá reponer el capital y/o reducir sus posiciones de activos financieros hasta lograr cumplir el requisito establecido, para lo cual contará con un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la primera deficiencia. De mantenerse el defecto por un término superior a diez días hábiles, la entidad deberá presentar un plan de regularización y saneamiento dentro de los cinco días hábiles siguientes, y podrá quedar sujeta a un procedimiento administrativo iniciado por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias.
Riesgo operacional
La norma sobre riesgo operacional aborda la gestión del riesgo operacional (RO) como una disciplina integral y separada de la gestión de otros riesgos, atento a su importancia. Se define el RO como el riesgo de pérdidas resultantes de la falta de adecuación o fallas en los procesos internos, de la actuación del personal o de los sistemas o bien aquellas que son producto de eventos externos. La definición incluye el riesgo legal y excluye el riesgo estratégico y reputacional.
Las entidades financieras deben establecer un sistema para la gestión del RO que comprende las políticas, procesos, procedimientos y estructuras con que cuenta la entidad financiera para su adecuada gestión. Este marco debe permitir también a la entidad financiera evaluar si cuenta con capital suficiente.
Se definen siete tipos de eventos de pérdidas operacionales, de acuerdo al criterio usado internacionalmente:
• fraude interno,
• fraude externo,
• relaciones laborales y seguridad en el puesto de trabajo,
• prácticas con los clientes, productos y negocios,
• daños a activos físicos,
• alteraciones en la actividad y fallas tecnológicas, y
• ejecución, gestión y cumplimiento del plazo de los procesos.
Las entidades financieras tienen la responsabilidad de implementar un sistema de gestión del RO eficiente, en cumplimiento de las pautas establecidas por el Banco Central. Un sistema sólido para la gestión del riesgo debe contar con una clara asignación de responsabilidades dentro de la organización de las entidades financieras. Así, la norma describe el papel de los distintos niveles de la organización en la gestión del RO (directorio y gerencia general –o equivalentes- y gerencias de línea).
Se requiere que exista una “Unidad de Riesgo Operacional” acorde con el tamaño de la entidad, la naturaleza y complejidad de sus productos y procesos y la magnitud de sus operaciones, pudiendo tratarse de una única persona responsable, en los casos que así lo ameriten. Se permite que esta Unidad dependa funcionalmente de la Gerencia General (o autoridad equivalente) o de un nivel funcional con capacidad decisoria en materia de gestión de riesgos que reporte a esa Gerencia.
Una gestión efectiva de este riesgo contribuirá a prevenir la ocurrencia de futuras pérdidas derivadas de eventos operativos. Consecuentemente, las entidades financieras deben gestionar el RO inherente a sus productos, actividades, procesos y sistemas relevantes. El proceso de gestión del RO comprende las etapas que se describen a continuación.
a) Identificación y evaluación: para la identificación se tendrán en cuenta factores internos y externos, que pudieran afectar el desarrollo de los procesos e influir negativamente en las proyecciones realizadas conforme las estrategias de negocios definidas por la entidad. Las entidades financieras utilizarán datos internos, debiendo establecer un proceso para registrar y consignar en forma sistemática la frecuencia, severidad, categorías y otros aspectos relevantes de los eventos de pérdida por riesgo operacional. Entre las herramientas complementarias que las entidades deben usar pueden destacarse las autoevaluaciones de riesgo, la asignación de riesgos y los indicadores de riesgo.
b) Seguimiento: se requiere contar con un proceso de seguimiento eficaz a los efectos de facilitar la rápida detección y corrección de las posibles deficiencias que se produzcan en las políticas, procesos y procedimientos de gestión del riesgo operacional. Además, se deberá verificar la evolución de los indicadores que permitan detectar deficiencias y proponer acciones correctivas.
c) Control y mitigación del riesgo: se deberá contar con un sistema que asegure el cumplimiento de las políticas internas documentadas, reexaminando con una frecuencia mínima anual las estrategias de control y reducción de riesgos operacionales, debiendo realizar los ajustes que pudieran corresponder.
De acuerdo con la Comunicación “A” 5282, la exigencia de capital mínimo por riesgo operacional se determinará aplicando la siguiente expresión:
Los factores comprendidos en la fórmula se definen como sigue:
• CRO: exigencia de capital por riesgo operacional.
• α: 15%.
• n: número de períodos de 12 meses consecutivos en los cuales el IB es positivo, tomando en cuenta los últimos 36 meses anteriores al mes en que se efectúa el cálculo. El valor máximo de n es 3.
• IBt: ingreso bruto de períodos de 12 meses consecutivos -siempre que sea positivo-, correspondiente a los últimos 36 meses anteriores al mes en que se efectúa el cálculo.
El IB se define como la suma de: (a) ingresos financieros y por servicios menos egresos financieros y por servicios, y (b) utilidades diversas menos pérdidas diversas.
De los rubros contables mencionados en (a) y (b) se excluirán los siguientes conceptos:
(i) cargos provenientes de la constitución de previsiones, desafectación de previsiones constituidas en ejercicios anteriores y créditos recuperados en el ejercicio castigados en ejercicios anteriores;
(ii) el resultado proveniente de participaciones en entidades financieras y en empresas, en la medida que se trate de conceptos deducibles de la responsabilidad patrimonial computable;
(iii) conceptos extraordinarios o irregulares (es decir, aquellos provenientes de resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el período, de suceso infrecuente en el pasado y no esperado para el futuro), incluyendo ingresos provenientes del cobro de seguros (recuperos de siniestros); y
(iv) resultados provenientes de la venta de especies del sector público, establecida en las regulaciones del Banco Central (“Valuación de instrumentos de deuda del sector público no financiero y de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina”).
Exigencias de efectivo mínimo
La exigencia de efectivo mínimo requiere que una entidad financiera mantenga una parte de sus depósitos u obligaciones en libre disponibilidad, sin asignarlas a operaciones de préstamo, y se encuentra plasmado en el ordenamiento normativo del BCRA T.O. Efectivo Mínimo.
La exigencia de efectivo mínimo es aplicable a los depósitos y otras obligaciones por intermediación financiera a la vista y a plazo, denominadas en pesos, moneda extranjera o títulos valores públicos y privados, y a los saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados que no contengan cláusulas que habiliten a la entidad a disponer discrecional y unilateralmente la anulación de la posibilidad de uso de dichos márgenes.
Las obligaciones de efectivo mínimo no incluyen (i) obligaciones con el Banco Central de la República Argentina; (ii) obligaciones con entidades financieras locales (sin incluir depósitos especiales relacionados con los ingresos de fondos – Decreto 616/2005); (iii) obligaciones con bancos del exterior (incluidas las casas matrices y controlantes de entidades locales y sus sucursales) por líneas que tengan como destino la financiación de operaciones de comercio exterior; (iv) obligaciones por compras al contado a liquidar y a término; (v) ventas al contado a liquidar y a término, vinculadas o no a pases activos; (vi) operaciones de corresponsalía en el exterior; y (vii) obligaciones a la vista por transferencias del exterior pendientes de liquidación, en la medida que no excedan las 72 horas hábiles de la fecha de su acreditación.
Las obligaciones comprendidas se computarán por los saldos de capitales efectivamente transados, incluidas en su caso las diferencias de cotización (positivas o negativas). Quedan excluidos los intereses y primas devengados, vencidos o a vencer, por las obligaciones comprendidas, en tanto no hayan sido acreditados en cuenta o puestos a disposición de terceros, y en caso de depósitos a plazo fijo de las UVI y UVA, el importe devengado resultante del incremento del valor de dicha unidad.
La exigencia de efectivo mínimo se aplicará sobre el promedio mensual de los saldos diarios de las obligaciones comprendidas, registrados al cierre de cada día durante cada mes calendario. La exigencia se observará en forma separada por cada una de las monedas y/o títulos en que se encuentren denominadas las obligaciones.
El cuadro que sigue muestra las tasas de las que surgirán las exigencias de efectivo mínimo que, en el caso de operaciones en pesos, dependerán de la categoría a la que pertenezca la localidad en la que se encuentre radicada la casa operativa en la que se efectúen (Comunicación “A” 6195 y “A” 6080 del Banco Central).
Tasas en % | ||||
Categoría I | Categorías II a VI | |||
Concepto | En pesos | En moneda extranjera | En pesos | En moneda extranjera |
1- Depósitos en cuenta corriente y cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito operativas | 20 | 18 | ||
2- Depósitos en caja de ahorros, en cuenta básica y en cuenta gratuita universal | 20 | 25 | 18 | 25 |
3- Usuras pupilares, cuentas especiales para círculos cerrados, fondo de cese laboral para los trabajadores de la industria de la construcción, sueldo/de la seguridad social, cuentas corrientes especiales para personas jurídicas y caja de ahorros para el pago de planes o programas de ayuda social | 20 | 25 | 18 | 25 |
4- Otros depósitos y obligaciones a la vista, haberes previsionales acreditados por la ANSES pendientes de efectivización y saldos inmovilizados correspondientes a obligaciones comprendidas en estas normas | 20 | 25 | 18 | 25 |
5- Saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados | 20 | 18 | ||
6- Depósitos en cuentas corrientes de entidades financieras no bancarias, computables para la integración de su efectivo mínimo | 100 | 100 |
Tasas en % | ||||
Categoría I | Categorías II a VI | |||
Concepto | En pesos | En moneda extranjera | En pesos | En moneda extranjera |
7- Depósitos a plazo fijo, obligaciones por “aceptaciones”, incluidas las responsabilidades por venta o cesión de créditos a sujetos distintos de entidades financieras-, pases pasivos, cauciones y pases bursátiles pasivos, inversiones a plazo constante, con opción de cancelación anticipada o de renovación por plazo determinado y con retribución variable, y otras obligaciones a plazo con excepción de los depósitos reprogramados comprendidos en los puntos 11, 12 y 13 de esta tabla, según su plazo residual: | ||||
i) Hasta 29 días | 14 | 23 | 13 | 23 |
ii) De 30 a 59 días | 10 | 17 | 9 | 17 |
iii) De 60 a 89 días | 5 | 11 | 4 | 11 |
iv) De 90 a 179 días | 1 | 5 | 0 | 5 |
v) De 180 días a 365 días | 0 | 2 | 0 | 2 |
vi) Más de 365 días | 0 | 0 | 0 | 0 |
8- Obligaciones por líneas financieras del exterior (no instrumentadas mediante depósitos a plazo ni títulos valores de deuda) | 0 | 0 | 0 | 0 |
9- Títulos valores de deuda (comprendidas las obligaciones negociables), según su plazo residual | ||||
i) Hasta 29 días | 14 | 23 | 14 | 23 |
ii) De 30 a 59 días | 10 | 17 | 10 | 17 |
iii) De 60 a 89 días | 5 | 11 | 5 | 11 |
iv) De 90 a 179 días | 1 | 5 | 1 | 5 |
v) De 180 días a 365 días | 0 | 2 | 0 | 2 |
vi) Más de 365 días | 0 | 0 | 0 | 0 |
10- Obligaciones con el Fondo Fiduciario de Asistencia a Entidades Financieras y de Seguros | 0 | 0 | ||
11. Depósitos a la vista y a plazo fijo efectuados por orden de la Justicia con fondos originados en las causas en que interviene, y sus saldos inmovilizados | 13 | 15 | 13 | 15 |
12- Depósitos especiales vinculados al ingreso de fondos del exterior - Decreto 616/2005 | 100 | 100 | ||
13- Inversiones a plazo instrumentadas en certificados nominativos intransferibles, en pesos, correspondientes a titulares del sector público que cuenten con el derecho a ejercer la opción de cancelación anticipada en un plazo inferior a 30 días contados desde su constitución | 16 | 15 | ||
14- Depósitos e inversiones a plazo de “UVA” y “UVIs” – incluyendo las cuentas de ahorro y los títulos valores de deuda (comprendidas las obligaciones negociables) en “UVA”y “UVI”- , según su plazo residual | ||||
i) Hasta 29 días | 7 | 6 | ||
ii) De 30 a 59 días | 5 | 4 | ||
iii) De 60 a 89 días | 3 | 2 | ||
iv) De 90 o más días | ||||
0 | 0 | |||
15- Fondo de Cese Laboral para los Trabajadores de la Industrtia de la Construccion en UVA 16- Depósitos e inversiones a plazo que se constituyan a nombre de menores de edad por fondos que reciban a titulo gratuito. | 7 0 | 6 0 |
Además de las exigencias arriba mencionadas, el defecto de aplicación de recursos correspondientes a depósitos en moneda extranjera que se determine en un mes se computará por un importe equivalente en el cálculo de la exigencia de efectivo mínimo para la moneda correspondiente de ese mismo período.
La integración se debe efectuar en la misma moneda y/o títulos que corresponda a la exigencia, pudiéndose realizar con los siguientes conceptos:
1. Cuentas corrientes de las entidades financieras abiertas en el Banco Central en pesos.
2. Cuentas de efectivo mínimo de las entidades financieras abiertas en el Banco Central, en dólares o en otras monedas extranjeras.
3. Cuentas especiales de garantías a favor de las cámaras electrónicas de compensación y para la cobertura de la liquidación de operaciones con tarjetas de crédito y en cajeros automáticos y por transferencias inmediatas de fondos.
4. Cuentas corrientes de las entidades no bancarias, abiertas en bancos comerciales para la integración de la exigencia de efectivo mínimo.
5. Cuentas corrientes especiales abiertas en el Banco Central, vinculadas con la atención de los beneficios previsionales a cargo de la Administración Nación al de la Seguridad Social (ANSES).
6. Subcuenta 60 de efectivo mínimo habilitada en la “Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros - CRYL” de títulos valores públicos e instrumentos de regulación monetaria del Banco Central valuados a valor de mercado.
La remuneración de las cuentas en el Banco Central relacionadas con las reservas de liquidez sólo se realiza hasta los montos correspondientes a las exigencias establecidas para las operaciones a plazo, no remunerándose las reservas en exceso a esa exigencia.
En los casos de integración de la exigencia de los depósitos a plazo de títulos públicos, la misma deberá efectuarse con tenencias valuadas a precio de mercado y de la misma especie, sólo en términos de posición mensual. Las tenencias deberán depositarse en cuentas especiales habilitadas en el Banco Central a esos efectos.
La exigencia de efectivo mínimo se aplicará sobre el promedio mensual de los saldos diarios de las obligaciones comprendidas, registrados al cierre de cada día durante cada mes calendario. Los promedios se obtendrán dividiendo la suma de los saldos diarios por la cantidad total de días de cada mes.
El cumplimiento de la integración del efectivo mínimo se medirá sobre la base del promedio mensual de saldos diarios de los conceptos admitidos a tal efecto, registrados durante el mismo mes al que corresponda el efectivo mínimo. Los promedios se obtendrán dividiendo la suma de los saldos diarios por la cantidad total de días de cada mes.
En ningún día del mes la suma de los saldos de los conceptos admitidos como integración, registrados al cierre de cada día, podrá ser inferior al 50% de la exigencia de efectivo mínimo total, sin incluir la exigencia por incremento de depósitos, determinada para el mes inmediato anterior, recalculada en función de las exigencias y conceptos vigentes en el mes al que corresponden los encajes. Dicha exigencia diaria será del 70% cuando en el período de cómputo anterior se haya registrado una deficiencia de integración en promedio superior al margen de traslado admitido.
Las deficiencias de integración del efectivo mínimo en pesos y de la integración mínima diaria en pesos estarán sujetas a un cargo equivalente a dos veces la tasa BADLAR de bancos privados para depósitos en pesos, informada para el último día hábil del pertinente período.
Las deficiencias de integración del efectivo mínimo en moneda extranjera quedan sujetas a un cargo equivalente a dos veces la tasa BADLAR de bancos privados en dólares estadounidenses o dos veces la tasa LIBOR a 30 días de plazo por operaciones en esa moneda, informadas para el último día hábil del pertinente período o la última disponible, de ambas la mayor.
Los requisitos mínimos de efectivo pueden disminuir:
(i) De acuerdo con la participación en el total de financiaciones al sector privado no financiero en pesos en la entidad de las financiaciones a micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMES).
(ii) En función de los retiros de efectivo realizados a través de cajeros automáticos de la entidad
(iii) En función de las acreditaciones efectuadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para el pago de prestaciones de la seguridad social.
(iv) En función del otorgamiento de financiaciones a MiPyMEs a partir del artículo 1.1.14 de la sección 1, capítulo XVIII de la sección LISOL de las normas del BCRA.
(v) En función del otorgamiento de financiaciones en el marco del Programa "AHORA 12".
Políticas de liquidez interna de las entidades financieras
De acuerdo con el texto ordenado del Banco Central “Ratio de Cobertura de Liquidez”, las entidades financieras deberán adoptar políticas de dirección y control que aseguren la disponibilidad de razonables niveles de liquidez para atender eficientemente sus depósitos y otros compromisos de naturaleza financiera en un escenario de prueba de estrés dentro de un horizonte de tiempo de 30 días. Dichas políticas deberán prever los procedimientos a emplear para evaluar las condiciones de liquidez de la entidad en el contexto del mercado, con la consecuente revisión de las estimaciones, arbitrando las medidas conducentes a la eliminación de los desfases de liquidez o adoptando recaudos para prever la obtención de recursos a costo de mercado y suficientes para sustentar prudentemente los activos a más largo plazo. En ese orden, deberá tenerse en cuenta (i) el grado en que sus pasivos o activos se encuentran concentrados en determinados clientes, (ii) la situación general de la economía y del mercado y su probable evolución, su repercusión sobre la disponibilidad de líneas de crédito y (iii) la capacidad para obtener recursos mediante la venta de títulos públicos y/o cartera activa.
La estructura orgánica de la entidad deberá contemplar la unidad -o persona humana- específica encargada de gestionar la liquidez y de asignar los niveles de responsabilidad de quienes tendrán a su cargo la gestión del ratio de cobertura de liquidez (LCR), que requerirá un seguimiento diario. Necesariamente, corresponderá la participación y coordinación de la máxima autoridad gerencial de la entidad (por ejemplo: gerente general).
Además deberá designarse a un director o consejero al cual se informará al menos semanalmente, o con más frecuencia si las circunstancias así lo exigen, especialmente cuando cambios en las condiciones de liquidez obliguen a definir nuevos cursos de
acción para resguardar a la entidad. En los casos de sucursales de entidades del exterior, se deberá informar a su máxima autoridad en el país.
Los funcionarios y directivos designados serán los responsables del manejo de la política de liquidez que, además del seguimiento del LCR, comprende la adopción de los recaudos para el cumplimiento de la integración del efectivo mínimo. Deberá informarse a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias la nómina de tales funcionarios y directivos, así como los cambios posteriores dentro de los 10 días corridos de producidos.
Parámetros de liquidez
Además de la relación de cobertura de liquidez, existen otros parámetros que se utilizan como herramientas sistemáticas de control. Estas políticas contienen información específica sobre los flujos de efectivo, la estructura del saldo y los activos subrayados disponibles sin cargo alguno. Estos parámetros, junto con la relación de cobertura de liquidez, ofrecen información básica para evaluar el riesgo de liquidez. Los parámetros incluidos son:
• Lagunas en los términos contractuales;
• Concentración de financiamiento;
• Activos disponibles libres de restricciones;
• LCR por moneda significativa; y
• Herramientas de seguimiento relacionadas con los mercados.
Adicionalmente, la Comunicación “A” 6209 y sus modificatorias establece que las entidades financieras deben contar con un adecuado fondo de activos líquidos de alta calidad (FALAC o HQLA) que estén libres de restricciones que puedan convertirse en efectivo en forma inmediata, a fin de cubrir sus necesidades de liquidez durante un período de 30 días. Las entidades financieras deberán realizar sus propias pruebas de estrés para determinar el nivel de liquidez que deben mantener empleando a ese efecto otros escenarios que consideren un período superior a 30 días.
El ratio de cobertura de liquidez (LCR) deberá en todo momento ser mayor o igual a 1 (es decir, el fondo de HQLA no deberá ser inferior a las salidas de efectivo netas totales) en ausencia de un escenario de estrés financiero. De no ser el caso, el LCR podrá ser inferior a 1.
El BCRA describe cómo categorizar un escenario de estrés, tomando en cuenta los siguientes factores: la pérdida parcial de los depósitos minoristas; la pérdida parcial de la capacidad de fondeo mayorista no garantizado; la pérdida parcial de fondeo garantizado; salidas de fondos adicionales por situaciones previstas contractualmente como consecuencia de un deterioro significativo de la calidad crediticia de la entidad financiera; aumentos de las volatilidades de mercado, que repercuten en la calidad de las garantías o en la exposición potencial futura de posiciones en derivados; el uso imprevisto de facilidades de crédito y de liquidez comprometidas y disponibles pero no utilizadas que la entidad financiera hubiera concedido a sus clientes; y/o la necesidad de que la entidad financiera tenga que recomprar deuda o cumplir con obligaciones extracontractuales para mitigar su riesgo reputacional.
Conforme la Comunicación “A” 5724, para implementar lo anteriormente descripto, las entidades financieras deberán observar el ratio de cobertura de liquidez conforme al siguiente cronograma:
Período | Ratio |
Desde el 30.1.15 / Diciembre 2015 | 0,60 |
Enero 2016 / Diciembre 2016 | 0,70 |
Enero 2017/ Diciembre 2017 | 0,80 |
Enero 2018/ Diciembre 2018 | 0,90 |
A partir de Enero 2019 | 1 |
El cálculo del LCR debe ser calculado en forma permanente e informado mensualmente.
En el cálculo del LCR, los activos comprendidos incluyen el efectivo en caja, en tránsito, en empresas transportadoras de caudales y en cajeros automáticos; depósitos en el BCRA; títulos públicos nacionales en pesos; títulos públicos nacionales o en moneda extranjera; títulos valores emitidos o garantizados por el Banco de Pagos Internacionales, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, la Unión Europea o Bancos Multilaterales de Desarrollo que cumplan con ciertas condiciones y títulos de deuda emitidos por otros soberanos (incluidos sus bancos centrales).
Ratio del Fondeo Neto Estable (NSFR)
El ratio de fondeo neto estable (NSFR) tiene como objetivo que las entidades financieras puedan financiar sus actividades con fuentes suficientemente estables para mitigar el riesgo de futuras situaciones de estrés originadas en su fondeo. Al requerir a las entidades financieras que mantengan un perfil de fondeo estable en relación con la composición de sus activos y operaciones fuera
de balance, el NSFR limita la excesiva dependencia respecto del fondeo mayorista de corto plazo, promueve una mejor evaluación del riesgo de fondeo de las partidas dentro y fuera de balance y favorece la estabilidad de las fuentes de fondos. Las definiciones de los conceptos contenidos en el NSFR son análogas a las previstas en las normas sobre “Ratio de cobertura de liquidez”, excepto que se establezca explícitamente en estas disposiciones otra definición.
El NSFR se define como el cociente entre el monto disponible de fondeo estable y el monto requerido de fondeo estable: donde: MDFE (Monto disponible de fondeo estable): es la parte del capital y de los pasivos de la entidad financiera –computados conforme a lo previsto en la Sección 2.– que se espera estén disponibles durante un período de un año. MRFE (Monto requerido de fondeo estable): es el monto de fondeo necesario durante ese período –computado conforme a lo previsto en la Sección 3–, que está en función de la liquidez y plazo residual de los activos de la entidad y de sus compromisos fuera de balance.
El NSFR deberá –en todo momento– ser mayor o igual a 1: NSFR ≥ 1. Se complementará con la evaluación que realice la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC). La SEFyC podrá exigirle a la entidad que adopte estándares más estrictos con el fin de reflejar su perfil de riesgo de fondeo, teniendo en cuenta también a ese efecto la evaluación que haya realizado del cumplimiento de las normas sobre “Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras” en materia de liquidez por parte de la entidad.
Regulación del riesgo de crédito
La normativa sobre riesgo de crédito establece límites para reducir dicho riesgo sin erosionar significativamente la rentabilidad promedio. Existen límites en función del capital de la entidad prestamista (RPC) y otros límites en función del patrimonio neto del cliente.
Concentración del riesgo: Se define como la suma de las financiaciones a clientes que, en conjunto para cada uno de ellos, representen 10 % o más de la RPC de la entidad.
La concentración del riesgo no puede ser en ningún momento mayor a:
• 3 veces la RPC de la entidad para el mes anterior, sin incluir las financiaciones a entidades financieras locales; y
• 5 veces la RPC de la entidad para el mes anterior, computando todas las financiaciones
Los límites máximos de 3 y 5 veces arriba indicados se incrementarán a 4 y 6 veces la responsabilidad patrimonial computable de la entidad para el mes anterior, respectivamente, siempre que los aumentos se afecten al otorgamiento de asistencia financiera a fideicomisos o fondos fiduciarios pertenecientes al sector público no financiero o a la incorporación de instrumentos de deuda emitidos por ellos. Las financiaciones que superen el 2,5% de la RPC de la entidad financiera prestamista, excepto las operaciones interfinancieras, deben contar con la opinión de las más altas autoridades de la entidad y la aprobación del directorio o autoridad equivalente.
Diversificación del riesgo: Las entidades financieras deberán procurar que su cartera crediticia, en las distintas modalidades de financiación utilizadas, esté diversificada entre el mayor número posible de personas o empresas y entre las diferentes actividades económicas, de manera de evitar una concentración del riesgo, por operaciones con un conjunto reducido de personas o empresas o que se refieran a un determinado sector, que pueda comprometer significativamente el patrimonio de las entidades financieras.
Graduación del riesgo: En el caso de límites a la financiación basados en el patrimonio neto del cliente, como regla general, las financiaciones totales no pueden superar el 100% de la responsabilidad patrimonial computable de los clientes. Este límite básico se amplía con un margen complementario de hasta un 200% cuando el apoyo adicional no supera el 2,5% de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera al último día hábil del segundo mes anterior a la fecha de la financiación y cuenta con la aprobación del directorio o autoridad equivalente de la entidad pertinente.
Fraccionamiento del riesgo crediticio - Márgenes crediticios
Las normas del Banco Central sobre fraccionamiento del riesgo crediticio exponen los límites máximos individuales aplicables a cada tipo de cliente se calculan en relación con la responsabilidad patrimonial computable de la entidad financiera.
Los límites máximos de asistencia financiera aplicables al sector público no financiero son los siguientes:
Financiaciones al sector público no financiero del país | Límite máximo (*) |
i) Al sector público nacional | 50% |
ii) A cada jurisdicción provincial o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires | 10% |
iii) A cada jurisdicción municipal | 3% |
(*) Los límites básicos establecidos se incrementarán en 15 puntos porcentuales, siempre que los aumentos se afecten al otorgamiento de asistencia financiera a fideicomisos o fondos fiduciarios o la incorporación de instrumentos de deuda emitidos por ellos, sujetos a ciertas condiciones y conforme a las normas sobre financiamiento al sector público. |
Globalmente, la financiación al sector público no puede exceder del 75% de la RPC de la entidad. La media mensual de asistencia financiera al sector púbico no podrá exceder del 35% de los activos de una entidad financiera al último día del mes anterior.
Los límites máximos de asistencia financiera aplicables al sector privado no financiero del país y al sector no financiero del exterior son los siguientes:
Financiaciones al sector privado no financiero del país y al sector no financiero del exterior | Límite máximo |
i) A cada prestatario | |
a) Financiaciones sin garantías computables | 15% |
b) Total de financiaciones (cuenten o no con garantías computables) y/ u obligaciones garantizadas inclusive financiaciones garantizadas por terceros | 25% |
ii) A cada sociedad de garantía recíproca (RGC) (aún cuando sea vinculada) o fondo de garantía de carácter público | 25% |
iii) A cada compañía de seguros de crédito de exportación | 15% |
Los límites máximos de asistencia financiera aplicables al sector financiero del país son los siguientes:
Tomador | |||
Financiaciones al sector financiero del país | Entidad prestamista | Calificación 1, 2 o 3 | Calificación 4 o 5 |
i) Si la entidad prestamista no es banco comercial de segundo grado, a una entidad financiera local | Calificación 1, 2 o 3 | 25% | 25% |
Calificación 4 o 5 | 25% | 0% | |
ii) Si la entidad prestamista es banco comercial de segundo grado | Calificación 1, 2 o 3 | 100% | 100% |
Calificación 4 o 5 | 100% | 0% | |
*Este límite puede ser dividido en dos segmentos, con y sin garantía, en cada caso, por el 25% sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos. |
Los límites máximos de asistencia financiera aplicables a sector financiero del exterior son los siguientes:
Financiaciones al sector financiero del exterior | Límite máximo |
i) Con calificación internacional “investment grade” | 25% |
ii) Cuando no cumpla con lo anterior | 5% |
Los límites máximos de asistencia financiera aplicables a sector financiero del exterior son los siguientes:
Tomador | ||||
Financiaciones al sector financiero del exterior | Clase | Sin garantías | Con garantías | |
i) Si la entidad prestamista tiene Calificación 1 a 3 | Empresa Vinculada que califique como Investment Grade | 10% | ||
Otras empresas vinculadas no incluidas en lo anterior | 5% | 10% | ||
Subsidiaria sujeta a consolidación con la entidad prestamista y al banco del exterior y califique como Investment Grade | 10% | |||
ii) Si la entidad prestamista tiene Calificación 4 a 5 | Otras empresas subsidiarias no incluidas en lo anterior | 5% | 10% | |
Empresa Vinculada que califique como Investment Grade (solo participaciones en el capital) | 10% | |||
Otras empresas vinculadas no incluidas en lo anterior (solo participaciones en el capital) | 5% | |||
Otros supuestos | 0% |
La asignación de márgenes por exposición crediticia de la contraparte en operaciones con derivados se realiza sobre la base de medidas sensibles al riesgo y las características de cada tipo de operación en particular (tipo de contrato, frecuencia de valuación a precios de mercado, volatilidad del activo). Las operaciones a ser incluidas son operaciones a término (“forwards”), futuros y opciones de acciones y títulos públicos, e instrumentos de regulación monetaria del Banco Central con volatilidad publicada, opciones de compra o venta de dichos activos y permutas (swaps).
Límites para personas vinculadas
El monto total de operaciones pertinentes con empresas o personas vinculadas no podrá exceder en ningún momento los límites del patrimonio neto de la entidad financiera al último día del mes anterior al mes en que se computa, de acuerdo con las siguientes normas generales:
Tomador
Financiaciones a servicios complementarios del país Clase Margen Básico Márgenes adicionales
Empresa sujeta a consolidación con la entidad prestamista,
que preste servicios complementarios como emisión de Tarjetas de Crédito Débito o
100% 25%
i) Si la entidad prestamista tiene Calificación 1
similares Otras empresas sujetas
a consolidación con la entidad prestamista por
servicios
complementarios incluidos en las normas de “Fraccionamiento de Riesgo Crediticio”
100%
Otras empresas sujetas a consolidación con la entidad prestamista no incluidas en lo anterior Empresa sujeta a consolidación con la entidad prestamista, que preste servicios complementarios como emisión de Tarjetas de Crédito Débito o
10%
20% 25% (Tramos I y II)
55% (Tramo III)
ii) Si la entidad prestamista tiene Calificación 2
similares Otras empresas sujetas
a consolidación con la
entidad prestamista por
servicios complementarios incluidos en las normas de “Fraccionamiento de Riesgo Crediticio”
10% 90%
iii) Si la entidad prestamista tiene Calificación 3
Otras empresas vinculadas no incluidas en lo anterior
Empresa sujeta a consolidación con la entidad prestamista, que preste servicios complementarios como emisión de Tarjetas de Crédito Débito o similares
10%
10% 20%
Otras empresas vinculadas no incluidas | 10% | |
en lo anterior | ||
Empresa sujeta a | ||
iv) Si la entidad prestamista tiene Calificación 4 o 5 | consolidación con la entidad prestamista | 10% |
Otras empresas | ||
vinculadas no incluidas | 0% | |
en lo anterior |
Tomador
Financiaciones a servicios complementarios del exterior Clase Sin garantías Con garantías
Empresa vinculada que
i) Si la entidad prestamista tiene Calificación 1 a 3
ii) Si la entidad prestamista tiene Calificación 4 a 5
presta servicios complementarios Empresa sujeta a consolidación con la entidad prestamista,
5% 10%
5% 10%
que preste servicios
Tomador | ||||
Financiaciones a servicios complementarios del país | Clase | Margen Básico | Márgenes adicionales | |
complementarios incluidos en las normas de “Fraccionamiento de Riesgo Crediticio” | ||||
Otras empresas vinculadas no incluidas en lo anterior | 0% |
El monto total de operaciones pertinentes con empresas o personas vinculadas no podrá exceder en ningún momento los límites del patrimonio neto de la entidad financiera al último día del mes anterior al mes en que se computa, de acuerdo con las siguientes normas generales:
• en el caso de entidades financieras locales que realicen operaciones sujetas a consolidación por la entidad prestamista o prestataria, se podrá otorgar asistencia a cada entidad (i) con calificación 1 de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, por un monto máximo equivalente al 100% de su responsabilidad patrimonial computable; o
(ii) con calificación 2 de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, por un monto máximo equivalente al 10% de su responsabilidad patrimonial computable; y asistencia adicional por un monto máximo equivalente al 90% de dicha responsabilidad patrimonial computable siempre que el vencimiento de las financiaciones y otras líneas de crédito pertinentes ocurra dentro de los 180 días;
• en el caso de entidades financieras locales no incluidas en el párrafo anterior, la entidad financiera puede otorgar asistencia por un monto máximo equivalente al 10% de su responsabilidad patrimonial computable; y
• otras empresas locales vinculadas que suministren exclusivamente servicios complementarios de la actividad de la entidad financiera, así como a bancos extranjeros vinculados con calificación en la categoría “investment grade”, podrán recibir asistencia por un monto máximo equivalente al 10% de la responsabilidad patrimonial computable de la entidad prestamista.
Si la entidad financiera cuenta con una calificación de 4 o 5, no podrá otorgarse asistencia financiera a una persona o empresa vinculada, salvo en ciertas situaciones especiales.
Por último, el monto de asistencia financiera total no excluida otorgada por una entidad financiera a personas humanas y empresas vinculadas y su participación accionaria en estas no podrá superar el 20% del capital regulatorio de la entidad establecido por la ley argentina, salvo cuando el límite aplicable sea del 100%.
De acuerdo con la normativa del Banco Central, se considerarán “vinculadas” a la entidad financiera (y por lo tanto parte del mismo grupo económico) las siguientes personas humanas y jurídicas:
• cualquier empresa o persona que directa o indirectamente ejerza el control de la entidad financiera, esté controlada por la entidad financiera o esté sujeta a supervisión consolidada con la entidad financiera;
• cualquier empresa que tenga directores comunes con la entidad o empresa que ejerce el control directo o indirecto de la entidad financiera o con la entidad financiera, siempre que esos directores, en conjunto, conformen la mayoría simple de los órganos de dirección de cada una de esas empresas o entidades financieras; o
• con carácter excepcional, conforme lo determine el Directorio del Banco Central de la República Argentina, a propuesta del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias.
Se considerará que existe control por parte de una empresa o persona sobre otra si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
• dicha empresa o persona, directa o indirectamente, posee o controla el 25% o más del total de votos de cualquier instrumento con derecho a voto en la otra empresa;
• dicha empresa o persona, directa o indirectamente, ha contado con el 50% o más del total de los votos de los instrumentos con derecho a voto en la última asamblea en la que se hayan elegido directores u otras personas que ejerzan similar función en la otra empresa;
• dicha empresa o persona, directa o indirectamente, posee participación en la otra empresa por cualquier título, aun cuando sus votos resulten inferiores a los porcentajes arriba establecidos, de modo de contar con los votos necesarios para formar la voluntad social en las asambleas de accionistas o para adoptar decisiones en reuniones de directorio u órgano similar; o
• dicha empresa o persona, directa o indirectamente, ejerce influencia controlante sobre la dirección y/o políticas de la otra empresa, cuando así lo determine el Directorio del Banco Central de la República Argentina, a propuesta del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias.
La reglamentación contiene varios factores no excluyentes que son pautas que pueden denotar la existencia de dicha influencia controlante, entre otras, las siguientes:
• posesión de un porcentaje del capital de la empresa que otorgue los votos necesarios para influir en la aprobación de los estados financieros y en la distribución de utilidades de la otra persona;
• representación en el directorio u órganos administrativos superiores de la otra persona;
• existencia de operaciones importantes con la empresa;
• intercambio de personal directivo o funcionarios con la empresa;
• dependencia técnico - administrativa de la empresa; y
• participación en la fijación de las políticas societarias de la empresa.
Regulaciones sobre tasa de interés en las operaciones de crédito y depósito y sobre las comisiones
Tasas de financiación máximas
De acuerdo con la Comunicación “A” 5590, que estuvo vigente desde junio de 2014 hasta diciembre de 2015, el Banco Central estableció límites a las tasas de interés en las operaciones de crédito aplicables a financiación de consumo, respecto de préstamos personales y préstamos prendarios otorgados a personas humanas usuarias de servicios financieros y que no revistan el carácter de Micro, pequeñas y medianas empresas (“MiPyME”).
Conforme a estos límites, se definieron dos grupo de entidades: (i) entidades financieras con depósitos en pesos del sector privado no financiero, considerando que el promedio de los últimos tres meses anteriores al 1º de abril de 2014, sea igual o superior al 1% del total de los depósitos del sector privado no financiero en pesos del sistema financiero (Grupo I) y (ii) todas las demás entidades financieras (Grupo II).
En el caso de entidades comprendidas dentro del Grupo I, el Banco Central publicaba mensualmente las tasas de interés máxima que estas entidades financieras estaban autorizadas a aplicar a cada financiación que desembolse y/o repacte. Las tasas de interés máxima estaban basadas en el producto de multiplicar la “tasa de interés de referencia” más reciente (según lo publicado por el Banco Central sobre la base del promedio simple de las tasas de corte de Letras del Banco Central de la República Argentina en pesos, de plazo más próximo a los 90 días, del segundo mes inmediato anterior al de desembolso de las financiaciones) por los siguientes múltiplos: (i) respecto de préstamos prendarios: 1,25; (ii) respecto de adelantos, financiaciones de tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios sobre la vivienda asignadas a entidades financieras por terceros, como acreencias respecto de fideicomisos cuyos activos fideicomitidos estuvieran constituidos por éstos, y como garantía de financiaciones: 2; y (iii) respecto de préstamos personales: 1,45.
En el caso del Grupo II, los múltiplos aplicados eran los siguientes (i) respecto de préstamos prendarios: 1,40; (ii) respecto de adelantos, financiaciones de tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios sobre la vivienda asignadas a entidades financieras por terceros, como acreencias respecto de fideicomisos cuyos activos fideicomitidos estuviera constituidos por éstos, y como garantía de financiaciones: 2; y (iii) respecto de préstamos personales: 1,80.
Con fecha 17 de diciembre de 2015, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5853, por medio de la cual dejó sin efecto para las nuevas operaciones que se concierten a partir de dicha fecha, inclusive, las disposiciones que establecían las tasas de interés máximas aplicables las operaciones de crédito que se describen precedentemente. Asimismo, la Comunicación “A” 5853 estableció como criterio básico que las tasas de interés compensatorio se concertarán libremente entre las entidades financieras y los clientes teniendo en cuenta, de corresponder, las disposiciones establecidas en los casos de regímenes específicos, tales como las normas del Banco Central que establecen la tasa de interés aplicable a préstamos de tarjetas de crédito.
Con relación a las operaciones concertadas a tasa regulada los incumplimientos que se detecten hasta el 31 de diciembre de 2015, se tratarán conforme a las normas vigentes al 16 de diciembre de 2015; de tratarse de incumplimientos que se detecten a partir del 1° de enero de 2016, serán de aplicación las disposiciones dadas a conocer mediante la Comunicación “A” 5849. La Comunicación “A” 5849 establece el procedimiento para el reintegro a usuarios del importe cobrado en exceso por entidades financieras de la tasa de interés máxima aplicable a operaciones de crédito.
Tasas mínimas para depósitos e inversiones a plazo
Según la Comunicación “A” 5640, que se aplicó desde octubre de 2014 a diciembre de 2015, el Banco Central estableció tasas de interés mínimas aplicables a depósitos a plazo efectuados por personas humanas (por un monto de capital equivalente o inferior al monto en ese momento cubierto por Seguros y Depósitos S.A. (“SEDESA”) (es decir, depósitos que no superen los Ps. 350.000). La Comunicación “A” 5659, emitida el 31 de octubre de 2015, aumentó el aporte que los bancos debían destinar mensualmente al Fondo de Garantía de los Depósitos, del 0,015% al 0,060% del promedio mensual del saldo de depósitos diarios. El 7 de abril de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5943 por la cual se retrotrajo la tasa de contribución mensual al 0,015% del promedio mensual del saldo diario de depósitos, y al 1º de mayo de 2016 el monto cubierto se amplió a Ps. 450.000).
La tasa de interés aplicable a dichos depósitos no podía ser inferior al resultado de multiplicar la “tasa de interés de referencia” más reciente (según lo publicado por el Banco Central sobre la base del promedio simple de las tasas de corte de Letras del Banco Central de la República Argentina en pesos, de plazo más próximo a los 90 días, del segundo mes inmediato anterior al retiro de los depósitos) por los siguientes múltiplos, dependiendo del plazo original de cada depósito: (a) de 30 a 44 días: 0,91, (b) de 45 a 59 días: 0,93, (c) de 60 a 119 días: 0,97, (d) de 120 a 179 días: 0,98, y (e) más de 180 días: 0,99.
Con fecha 17 de diciembre de 2015, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5853, por medio de la cual se dejó sin efecto
para las nuevas operaciones que se concierten a partir de dicha fecha inclusive, las disposiciones que establecían tasas de interés mínimas aplicables a los depósitos a plazo que se describen precedentemente, estableciendo que la retribución para los depósitos a tasa fija será según la tasa que libremente se convenga.
Con relación a las operaciones concertadas a tasa regulada los incumplimientos que se detecten hasta el 31 de diciembre de 2015, inclusive, se tratarán conforme a las normas vigentes al 16 de diciembre de 2015; de tratarse de incumplimientos que se detecten a partir de 1 de enero de 2016, serán de aplicación las disposiciones dadas a conocer mediante la Comunicación “A” 5849. La Comunicación “A” 5849 establece el procedimiento para reintegro al usuario por las entidades financieras del importe originado en incumplimiento al nivel de la tasa de interés mínima aplicable sobre depósitos a plazo.
Comisiones
El Texto Ordenado de “Protección al Usuario de Servicios Financieros del Banco Central, otorgó a partir del 2013 una amplia protección a los usuarios. La protección incluye, entre otras cuestiones, la regulación de comisiones y cargos adicionales a los intereses cobrados por entidades financieras por los servicios prestados. Las comisiones y cargos adicionales deben tener origen en un costo real, directo y demostrable y estar debidamente justificados desde el punto de vista técnico y económico. Cabe destacar que la Comunicación “A” 5514 establece una excepción a la exigibilidad de la Comunicación “A” 5460 para ciertos contratos de crédito con garantía prendaria celebrados hasta el 30 de septiembre de 2018.
El 10 de junio de 2014, el Banco Central emitió las Comunicaciones “A” 5591 y “A” 5592 a través de las que estableció nuevas reglas respecto de comisiones y cargos por productos y servicios financieros básicos. Comenzando en la fecha de vigencia de la norma, las entidades financieras deben contar con autorización previa del Banco Central para implementar aumentos a los costos de esos servicios. La norma también específicamente define qué servicios financieros son considerados básicos.
El 23 de diciembre de 2014, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5685 modificando la Comunicación “A” 5460 estableciendo que las altas – comisiones de nuevos productos y servicios – y todos los aumentos en las comisiones que deseen implementar deberán contar con autorización previa del Banco Central.
El 21 de agosto de 2015, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5795 (complementada por la Comunicación “A” 5828) estableciendo normas adicionales destinadas a proteger a los usuarios de servicios financieros mediante el refuerzo de regulaciones que prohíben a las entidades financieras aplicar cargos o comisiones a las operaciones efectuadas por los usuarios en las casas operativas distintas a aquella en la cual esté abierta la cuenta, a los movimientos de fondos en efectivo en pesos (depósitos y/o extracciones) y a la recepción de depósitos de cheques efectuados por cuenta propia y/o de terceros. Asimismo, estableció que no se podrán cobrar honorarios y comisiones en relación con los productos de seguro que los usuarios contraten con carácter accesorio a un servicio financiero, independientemente de que se trate de una solicitud del usuario o de una condición establecida por la entidad financiera para acceder al servicio financiero. Al respecto, a partir del 13 de noviembre de 2015, las entidades financieras no podrán percibir retribuciones ni utilidades por tales productos de seguros que sus usuarios deban contratar ni percibirlas directa o indirectamente de la compañía de seguros.
Asimismo, la Comunicación “A” 5828 hace una distinción entre “seguros de vida sobre saldo deudor” y “otros seguros”, estableciendo para el caso de los primeros que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones y/o cargos asociados con esta clase de seguros. Las entidades financieras deben contratar seguros de vida sobre saldo deudor con cobertura en caso de fallecimiento o incapacidad total permanente respecto de financiaciones otorgadas a personas humanas. Por otro lado, las entidades podrán autoasegurar los riesgos de fallecimiento e incapacidad total permanente de usuarios de servicios financieros. En ambos casos, la cobertura debe cubrir íntegramente el monto adeudado en caso de fallecimiento o incapacidad total permanente del beneficiario.
El 21 de marzo de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5927 estableciendo nuevas normas destinadas a proteger los usuarios de servicios financieros y tendientes a una mayor bancarización. Al respecto, a partir del 1 de abril de 2016, las transferencias electrónicas ordenadas o recibidas por clientes que revistan la condición de usuarios de servicios financieros no se encontrarán sujetas a cargo y/o comisiones. Para los clientes que no revistan esa condición, como el caso de las empresas, no se encontrarán sujetas a cargos y/o comisiones las trasferencias ordenadas o recibidas por medios electrónicos por hasta el importe de Ps.250.000.
El 21 de marzo de 2016, el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5928, reglamentando la gratuidad de todas las cajas de ahorro, incluyendo el uso de su correspondiente tarjeta de débito. Al respecto, la caja de ahorro no tendrá restricciones de montos, ni costos de apertura, mantenimiento o renovación. A su vez, se estableció que las comisiones podían aumentarse hasta un 20%, pero dicho aumento debía comunicarse con 60 días de anticipación. Finalmente, desde el 1 de septiembre de 2016, se eliminaron los máximos a las comisiones, pero las entidades financieras cuando decidan cambiar un precio deberán informar con antelación a sus clientes las comisiones que cobran las otras entidades financieras.
Otorgamiento obligatorio de línea de créditos para la inversión productiva.
El 5 de julio de 2012, el Banco Central emitió la comunicación “A” 5319 disponiendo que las entidades financieras deben otorgar líneas de crédito para la inversión productiva (el “Cupo 2012”), de acuerdo con los términos y condiciones allí descriptos.
Posteriormente el Banco Central emitió la Comunicación “A” 5380 y “A” 5449 (el “Cupo 2013”), “A” 5516 y “A” 5600 (el “Cupo 2014”), “A” 5681 y “A” 5771 (el “Cupo 2015”), “A” 5874 y “A” 5975 (el “Cupo 2016”), y “A” 6084 y “A” 6259 (el
“Cupo 2017 y el “Cupo 2018”, según el caso) estableciendo nuevas regulaciones aplicables a líneas de crédito para inversiones productivas (el “Cupo”). El Cupo 2012, el Cupo 2013, el Cupo 2014, el Cupo 2015, el Cupo 2016, el Cupo 2017 y el Cupo 2018 no son acumulativos y deben ser cumplidos en forma independiente en cada año. Las entidades financieras sujetas a este régimen son aquéllas que operen como agentes financieros de los gobiernos nacional, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o municipales y/o cuya participación en los depósitos del sector privado no financieros en pesos, sea igual o superior al 1% del total de los depósitos del sistema financiero, considerando en el semestre calendario el promedio simple de los saldos diarios de los depósitos del sector privado no financiero en pesos del semestre calendario anterior.
Cupo 2012
Las entidades financieras incluidas en el Cupo 2012 deben otorgar líneas de crédito por un monto de como mínimo el 5,0% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre el promedio de saldos al cierre del mes de junio de 2012.
La tasa de interés máxima es del 15,01% fija anual como mínimo por los primeros 36 meses. Después de la finalización de este período, si la financiación continúa, las entidades financieras podrán aplicar una tasa variable que no deberá exceder la tasa BADLAR total en pesos más 400 puntos básicos.
Un mínimo del 50% del Cupo 2012 deberá ser destinado a las líneas de crédito para pequeñas, medianas y microempresas. Las financiaciones otorgadas deberán estar denominadas en pesos y tener, al momento del desembolso de los fondos, un plazo promedio ponderado igual o superior a 24 meses, sin que el plazo total sea inferior a 36 meses. Las financiaciones del Cupo 2012 deberán estar acordadas al 31 de diciembre de 2012.
Cupo 2013
Las entidades financieras incluidas en el Cupo 2013 deben otorgar líneas de crédito por un monto equivalente al 5,0% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre el saldo al cierre del mes de noviembre de 2012 para el primer tramo, y al cierre del mes de mayo de 2013 para el segundo tramo.
La tasa de interés máxima es del 15,25% fija anual como mínimo por los primeros 36 meses (para ambos tramos). Después de la finalización de este período, si la financiación continúa, las entidades financieras podrán aplicar una tasa variable que no deberá exceder la tasa BADLAR total en pesos más 400 puntos básicos.
Como mínimo el 50% del Cupo 2013 deberá ser destinado a líneas de crédito para pequeñas, medianas y microempresas. Las financiaciones otorgadas deberán estar denominadas en pesos y tener, al momento del desembolso de los fondos, un plazo promedio ponderado igual o superior a 24 meses, sin que el plazo total sea inferior 36 meses. Las financiaciones del primer tramo deberán estar acordadas al 30 de junio de 2013, y las financiaciones del segundo tramo deberán estar acordadas al 31 de diciembre de 2013.
Cupo 2014
Las entidades financieras incluidas en el Cupo 2014 deben otorgar líneas de crédito por un monto equivalente al 5,0% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre el saldo al cierre del mes de noviembre de 2013 para el primer tramo, y por un monto equivalente a como mínimo el 5,5% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre el saldo al cierre del mes de mayo de 2014 para el segundo tramo.
La tasa de interés máxima para el primer tramo es del 17,50% y para el segundo tramo es del 19,50% fija anual como mínimo por los primeros 36 meses. Después de la finalización de este período, si la financiación continúa, las entidades financieras podrán aplicar una tasa variable que no deberá exceder la tasa BADLAR total en pesos más 300 puntos básicos.
El 100% del Cupo 2014 deberá ser destinado a líneas de crédito para pequeñas, medianas y microempresas. Las financiaciones otorgadas deberán estar denominadas en pesos y tener, al momento del desembolso de los fondos, un plazo promedio ponderado igual o superior a 24 meses, sin que el plazo total sea inferior 36 meses. Las financiaciones del primer tramo deberán estar acordadas al 30 de junio de 2014, y las financiaciones del segundo tramo deberán estar acordadas al 31 de diciembre de 2014.
Cupo 2015
Las entidades financieras incluidas en el Cupo 2015 deben otorgar líneas de crédito en el primer tramo por un monto equivalente a como mínimo el 6,5% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre los saldos promedio de noviembre de 2014, y en el segundo tramo por un monto igual a como mínimo el 7,5% de los depósitos del sector privado no financiero en pesos, calculado sobre los saldos resultantes de mayo de 2015.
La tasa de interés máxima para el Cupo 2015 se estableció en una tasa del 19% fija anual para el primer tramo, y del 18% fija anual para el segundo tramo, como mínimo por los primeros 36 meses. Después de la finalización de este período, si la financiación continúa, las entidades financieras podrán aplicar una tasa variable que no deberá exceder la tasa BADLAR en pesos
más 150 puntos básicos para el primer tramo, y la tasa BADLAR en pesos más 50 puntos básicos para el segundo tramo.
El 80% del Cupo 2015 deberá ser destinado a líneas de crédito para pequeñas, medianas y microempresas. El 20% restante podrá destinarse a empresas que superen el máximo establecido para su sector de actividad en las normas sobre “Determinación de la condición de micro, pequeña y mediana empresa” y que el total de sus exportaciones no supere el 20% del total de ventas del último ejercicio económico. Las financiaciones deberán estar denominadas en pesos y tener, al momento del desembolso, un plazo promedio ponderado igual o superior a 24 meses, sin que el plazo total sea inferior 36 meses. Todas las financiaciones del Cupo 2015 deberán estar otorgadas para el 31 de diciembre de 2015.
Cupo 2016 y 1S 2017 - Línea de financiamiento para la producción y la inclusión financiera.
Las entidades financieras que operen como agentes financieros de los gobiernos nacional, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o municipales y/o cuya participación en los depósitos del sector privado no financiero en pesos del sistema financiero sea igual o superior al 1% (considerando el promedio simple de los saldos diarios de los depósitos del sector privado no financiero en pesos del semestre calendario anterior), deberán otorgar ciertas líneas de crédito, conforme lo establece el Texto Ordenado “Línea de Financiamiento para la Producción y la Inclusión Financiera” hasta alcanzar un cupo anual, calculado sobre los depósitos del sector privado no financiero en pesos, en función del promedio mensual de saldos diarios de: (i) noviembre 2015 (para el primer semestre del 2016):14%; (ii) mayo 2016 (para el segundo semestre 2016): 15.5%; (iii) noviembre de 2016 (para el primer semestre del 2017): 18% (este, el “Cupo 1S2017”).
Asimismo, al menos el 75% del cupo deberá ser destinado a líneas de crédito para pequeñas, medianas y microempresas. El importe de la financiación surge de aplicar al capital desembolsado un ponderador por categoría y ubicación de la empresa.
Las financiaciones podrán otorgarse a efectos de que las mismas puedan ser consideradas elegibles son
(i) financiación de proyectos de inversión (entendiéndose por tales las financiaciones destinadas a la adquisición de bienes de capital y/o a la construcción de instalaciones necesarias para la producción de bienes y/o servicios y a la comercialización de bienes y/o servicios, a la financiación de capital de trabajo de proyectos de inversión, la adquisición de inmuebles, y financiaciones para la adquisición de automotores y maquinaria, entre otras);
(ii) descuento de cheques de pago diferido, certificados de obra pública -o documento que lo reemplace-, facturas y pagarés conformadas a clientes que sean pequeñas, medianas y microempresas por hasta un monto equivalente al 30% del Cupo del Primer Semestre de 2016 y 50% del Cupo del Segundo Semestre de 2016;
(iii) incorporación de cartera de créditos de consumo, mediante cesión o descuento, de financiaciones otorgadas a usuarios de servicios financieros, o de acreencias respecto de fideicomisos cuyos activos fideicomitidos sean -principalmente- esas financiaciones otorgadas por entidades financieras no alcanzadas por las mencionadas normas, con un costo financiero total nominal anual no superior al 27%, las cuales podrán alcanzar hasta el 5% del Cupo 2016;
(iv) microcréditos otorgados a microemprendedores quienes cumplan con ciertos requisitos. Complementariamente se podrá otorgar al microemprendedor créditos para la adquisición de bienes o servicios para consumo;
(v) préstamos que se otorguen a personas humanas a una tasa de interés de hasta el 22% nominal anual para el primer año y a partir del segundo año, de no continuarse con dicha tasa, a una tasa variable que no deberá exceder a la tasa BADLAR en pesos de bancos privados, más 150 puntos básicos y que destinen esos fondos de manera directa a la adquisición de vivienda única de su grupo familiar que se instrumenten. Estas financiaciones podrán alcanzar, en su conjunto, hasta el 10% del cupo;
(vi) préstamos hipotecarios para individuos destinados a la compra, construcción o ampliación de viviendas, a una tasa de interés de hasta el 22% nominal anual para el primer año y a partir del segundo año, de no continuarse con dicha tasa, a una tasa variable que no deberá exceder la tasa BADLAR en pesos de bancos privados, más 150 puntos básicos. Incluye préstamos de Unidades de Vivienda (conforme se define más adelante), en la medida que la tasa de interés a aplicar por estas financiaciones sea inferior al 5% nominal anual. Estas financiaciones podrán alcanzar hasta el 10% del cupo; y
(vii) asistencias acordadas a personas humanas y/o jurídicas en zonas en situación de emergencia por catástrofes naturales las cuales podrán alcanzar hasta el 15% del cupo.
(viii) financiaciones a entidades no alcanzadas, comprendiendo financiaciones otorgadas a entidades financieras no alcanzadas por estas normas y/o a empresas que presten asistencia financiera mediante operaciones de arrendamiento financiero ("leasing"), siempre que éstas destinen los fondos, a partir del 27.02.16, al otorgamiento de financiaciones de proyectos de inversión a MiPyMEs. Las entidades deberán aplicar los fondos a los destinos previstos en este punto en un plazo no mayor a 10 días hábiles entre la fecha en que reciben la asistencia de la entidad financiera y su aplicación crediticia a MiPyMEs.
(ix) financiaciones a entidades financieras que se destinen a otorgar las asistencias acordadas en los términos del inciso
(vii) y las incorporaciones que realicen de esas asistencias cuando hubieran sido otorgadas por otras entidades financieras. La
entidad que fondea las financiaciones o la cesionaria, según el caso, podrá imputar las citadas asistencias, para lo cual deberá contar con un informe especial de auditor externo en los términos previstos por el inciso (viii).
(x) asistencias para capital de trabajo a MiPyMEs con cobertura, comprendiendo nuevas financiaciones, otorgadas a partir del 1 de agosto de 2016, para capital de trabajo que se destinen a la actividad ganadera -para la adquisición y/o producción de ganado bovino, ovino, porcino, aves de corral, apicultura, etc.-, tambera (lechería) u otras actividades productivas desarrolladas en economías regionales que cuenten con la cobertura prevista en el punto 2.2.9. de las normas sobre "Previsiones mínimas por riesgo de incobrabilidad".
(xi) Financiaciones a empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito que hayan adherido al programa Ahora 12.
Las tasa de interés máxima a aplicar, excepto para las financiaciones indicadas en los puntos (iii), (v) y (vi), será del 22% nominal anual fija para 2016, y 17% para el Cupo 1S2017. A partir de allí, noviembre 2016, en el caso de financiaciones en UVAs (conforme este término se define más adelante), para las operaciones con clientes que no reúnan la condición de pequeñas, medianas y microempresas la tasa es libre. Las financiaciones deberán ser denominadas en pesos y tener -al momento del desembolso- un plazo promedio igual o superior a 24 meses, ponderando para ello los vencimientos de capital, sin que el plazo total sea inferior a 36 meses. Las financiaciones indicadas en el punto (i) con destino a capital de trabajo deberán tener un plazo promedio ponderado efectivo igual o superior a 24 meses. Las operaciones de descuento previstas en el punto (ii) y (iii) no tendrán plazo mínimo. Los préstamos hipotecarios indicados en el punto (vi) deberán tener un plazo mínimo de 10 años. Asimismo, las asistencias previstas en el punto (vii) deberán tener un plazo promedio ponderado igual o superior a 36 meses - sin que el plazo total sea inferior a 48 meses- y contemplar un plazo de gracia no inferior a 12 meses.
Las facilidades de financiamiento deben estar denominadas en Pesos y tener - en el momento del desembolso - un período de vencimiento promedio igual o mayor a 24 meses, basado en el vencimiento del principal ponderado, y el vencimiento total no debe ser inferior a 36 meses. Las facilidades de financiamiento descritas en el punto (i) anterior y que se utilizarán para fines de capital de trabajo deberán tener un plazo de vencimiento promedio ponderado efectivo igual o superior a 24 meses. Las operaciones de descuento contempladas en los incisos (ii) y (iii) no estarán sujetas a un requisito mínimo de vencimiento. Los préstamos hipotecarios a que se refiere el inciso (vi) deberán tener un plazo mínimo de vencimiento de 10 años. Las facilidades de financiamiento de capital de trabajo para MiPyMEs descritas en el inciso (x) deben tener un plazo de vencimiento promedio ponderado efectivo igual o mayor a 18 meses para financiamientos hasta el 31 de octubre de 2016 y un período mínimo de 12 meses a partir del 1 de noviembre de 2016.
Las entidades podrán integrar esta cartera mediante préstamos otorgados en común con otras entidades, en la proporción que corresponda.
En caso de admitirse cancelaciones anticipadas, el derecho a cancelación deberá ser únicamente a favor de los prestatarios. Cupo 2S 2017
Las entidades financieras estarán obligadas a extender las líneas de crédito entre el 1 de julio de 2017 y el 31 de diciembre de 2017, equivalentes a por lo menos el 18% de los depósitos del sector privado no financiero en Pesos, calculado sobre la base del promedio mensual de saldos diarios en mayo 2017.
En el caso de las entidades comprendidas en el ámbito antes mencionado, cuya participación en los depósitos totales del sector privado no financiero en Pesos sea inferior al 0,25% (calculado según lo descrito en el párrafo anterior), el porcentaje que se aplicará no será inferior al 10% entre el 1 de julio de 2017 al 31 de diciembre de 2017.
Cupo 2018
Las entidades financieras alcanzadas deberán mantener, en cada uno de los mes es de 2018, un saldo promedio de financiaciones comprendidas que sea, como mínimo, equivalente al importe que surja de aplicar los porcentajes previstos en la siguiente tabla al promedio mensual de saldos diarios de noviembre de 2017 de los depósitos del sector privado no financiero en pesos:
Meses de 2018 | Porcentaje |
Enero. ............................................................... | 16,50% |
Febrero. ............................................................ | 15,00% |
Marzo ............................................................... | 13,50% |
Abril ................................................................. | 12,00% |
Mayo................................................................. | 10,50% |
Junio ................................................................. | 9,00% |
Julio .................................................................. | 7,50% |
Agosto .............................................................. | 6,00% |
Septiembre........................................................ | 4,50% |
Octubre ............................................................. | 3,00% |
Noviembre ........................................................ | 1,50% |
Diciembre ......................................................... | 0,00% |
Para el caso de entidades cuya participación en los depósitos del sector privado no financiero en pesos sea menor al 0,25%, el porcentaje a aplicar surgirá de la siguiente tabla:
Meses de 2018 | Porcentaje |
Enero. ............................................................... | 9,17% |
Febrero. ............................................................ | 8,33% |
Marzo ............................................................... | 7,50% |
Abril ................................................................. | 6,66% |
Mayo................................................................. | 5,83% |
Junio ................................................................. | 5,00% |
Julio .................................................................. | 4,17% |
Agosto .............................................................. | 3,33% |
Septiembre........................................................ | 2,50% |
Octubre ............................................................. | 1,66% |
Noviembre ........................................................ | 0,83% |
Diciembre ......................................................... | 0,00% |
Préstamos y Unidades de Vivienda
El Banco Central ha adoptado medidas para la toma de depósitos y otorgamiento de préstamos expresables en una unidad de medida especial ajustable por el coeficiente de estabilización de referencia – CER - Ley 25.827, y se denominan en Unidades de Valor Adquisitivo Actualizables (“UVAs”).
A su vez, mediante la Ley 27.271, se estableció la posibilidad de otorgar depósitos y préstamos ajustables por el índice de la construcción y se denominan Unidades de Vivienda (“UVIs”).
Así, a partir de dicha ley coexisten las dos unidades de ajuste, que pueden usarse tanto para créditos como para depósitos bancarios.
El valor inicial de la UVI ha sido de Ps.14,05 (igual que el de la UVA), cifra que representa el costo de construcción de un milésimo de metro cuadrado de vivienda al 31 de marzo de 2016.
Sus actualizaciones son realizadas en base a dichos índices que pública el INDEC y el Banco Central en su página web.
Sistema Cambiario
Durante el primer trimestre de 2002 el gobierno nacional estableció ciertos controles y restricciones sobre las operaciones de cambio.
El Decreto Nº 260 promulgado el 8 de febrero de 2002 creó, con vigencia a partir del 11 de febrero de 2002, el “Mercado Único y Libre de Cambios”, que es el sistema a través del cual se deben canalizar todas las operaciones de cambio de moneda extranjera a tipos de cambio que se determinan libremente.
Las Comunicaciones “A” 3471 y “A” 3473 del Banco Central de la misma fecha dispusieron que la compra y venta de moneda extranjera sólo podrá realizarse a través de entidades autorizadas por el Banco Central para operar en moneda extranjera. El punto 4 de la Comunicación “A” 3471 del Banco Central dispuso que la venta de divisas en el mercado de cambio local se realizará, en todos los casos, a cambio de Pesos billete. Las restricciones impuestas por el Banco Central han sido objeto de otras modificaciones desde el 2 de enero de 2003.
A partir de mediados de diciembre de 2015, se produjeron cambios significativos en las normas que regulan el funcionamiento del mercado de cambios tendientes a una mayor flexibilidad en las operaciones cambiarias.
Estas modificaciones, inicialmente contempladas en la Comunicación “A” 5850, Comunicación “A” 5899 y Comunicación “A” 5955, entre otras, habilitaron la posibilidad de que las entidades autorizadas a operar en cambios realicen operaciones de arbitraje y canje de moneda extranjera con sus clientes, flexibilizaron las condiciones para que los residentes puedan acceder al mercado de cambios para formar activos externos y las condiciones para la repatriación de inversiones de portafolio y directas de no residentes.
Con vigencia a partir del 9 de agosto de 2016 el Banco Central continuó flexibilizando las normas en materia cambiaria (Comunicación “A” 6037 y “A” 6244) simplificando sustancialmente las condiciones generales en las que venía operando el mercado de cambios desde el año 2002.
La nueva regulación establece que las operaciones de cambio se pueden cursar con declaración jurada del concepto que corresponda a la operación de cambio, excepto en los casos en que se establecen requisitos específicos, eliminando en general, la obligación de justificar con documentación cada operación cambiaria.
Asimismo las operaciones en concepto de formación de activos externos de residentes dejaron de estar sujetas a un límite de monto y se eliminaron las restricciones de acceso al mercado vinculados a operaciones de derivados con contrapartes del exterior. Por otra parte se flexibilizaron las condiciones para operar en cambios en horarios extendidos.
Véase “Información Adicional - Controles de Cambio” para obtener más información.
Capacidad de préstamo en moneda extranjera
La “Política de Crédito” publicada por Banco Central contiene las normas sobre aplicación de la capacidad de préstamo de depósitos en moneda extranjera, de acuerdo a la Comunicación “A” 4851 del Banco Central, tal como fuera modificada y complementada, que establece que la capacidad de préstamo de los depósitos en moneda extranjera, incluidos los depósitos en dólares estadounidenses a ser liquidados en pesos, debe quedar comprendida en una de las siguientes categorías: (a) prefinanciación y financiación de exportaciones que se efectúen directamente o a través de mandatarios, consignatarios u otros intermediarios actuantes por cuenta y orden del propietario de las mercaderías; (b) otras financiaciones a exportadores, que cuenten con un flujo de ingresos futuros en moneda extranjera y se constate una facturación en moneda extranjera -ingresada al país- por un importe que guarde razonable relación con esa financiación; (c) financiaciones a productores, procesadores o acopiadores de bienes, siempre que: (i) cuenten con contratos de venta en firme de la mercadería a un exportador, con precio fijado o a fijar en moneda extranjera y se trate de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados locales o del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público o (ii) su actividad principal sea la producción, procesamiento y/o acopio de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público, y se constate, en el año previo al otorgamiento de la financiación, una facturación total de esas mercaderías por un importe que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación. La norma también comprende las operaciones que tengan por destino financiar a proveedores de servicios directamente utilizados en el proceso de exportación de bienes, siempre que se verifiquen ciertas condiciones y se constate una facturación que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación; (d) financiaciones a productores de bienes para ser exportados, ya sea en el mismo estado o como parte integrante de otros bienes, por terceros adquirentes de ellos, siempre que cuenten con avales o garantías totales en moneda extranjera de dichos terceros y/o contratos de venta en firme en moneda extranjera y/o en bienes exportables. (e) la financiación de proyectos de inversión, capital de trabajo o compra de cualquier clase de bienes –que incluye las importaciones temporarias de insumos - que incrementen, o se relacionen con la producción de bienes para exportación, incluso préstamos sindicados, sean otorgados por entidades financieras locales o extranjeras; (f) financiaciones a clientes de la cartera comercial y de naturaleza comercial que reciben el tratamiento de los créditos para consumo o vivienda cuyo destino sea la importación de bienes de capital, que incrementen la producción de mercaderías destinadas al mercado interno; (g) títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos financieros en moneda extranjera cuyos activos fideicomitidos sean préstamos originados por las entidades financieras según lo descripto en los párrafos (a) a (d) precedentes (excluidos los préstamos sindicados); (h) Títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos financieros, emitidos en moneda extranjera y con oferta pública autorizada por la Comisión Nacional de Valores, cuyos activos fideicomitidos sean documentos garantizados por sociedades de garantía recíproca inscriptas en el Registro habilitado en el Banco Central de la República Argentina, o por fondos nacionales y provinciales constituidos con igual objeto al de esas sociedades admitidos por esta Institución, comprados por el fiduciario con el fin de financiar operaciones de exportación (i) financiación con destinos distintos de los mencionados en los párrafos (a) a (d) precedentes comprendidos en el programa de crédito a que se refiere el “Préstamo BID N° 1192/OC-AR”, que no excedan el 10% de la capacidad de préstamo; (j) préstamos interfinancieros (las entidades podrán imputar a estos recursos préstamos interfinancieros si los identifican e informan esa circunstancia a las prestatarias); (k) letras y notas del Banco Central en dólares estadounidenses; (l) inversiones directas en el exterior por parte de empresas residentes en el país, que tengan como objeto el desarrollo de actividades productivas de bienes y/o servicios no financieros, en la medida que estén constituidas en países o territorios cooperadores a los fines de la transparencia fiscal en función de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº589/13 y complementarios; (m) financiación de proyectos de inversión, incluido su capital de trabajo, que permitan el incremento de la producción del sector energético y cuenten con contratos de venta en firme y/o avales o garantías totales en moneda extranjera; (n) suscripción primaria de instrumentos de deuda en moneda extranjera del tesoro nacional, por hasta el importe equivalente a 1/3 del total de las aplicaciones realizadas conforme lo previsto en esta sección; (ñ) financiaciones de proyectos de inversión destinados a ganadería bovina, incluido capital de trabajo, sin superar el 5% de los depósitos en moneda extranjera del Banco; (o) Financiaciones a importadores del exterior para la adquisición de bienes y/o servicios producidos en el país, ya sea de manera directa o a través de líneas de crédito a bancos del exterior.; (p) Financiaciones a residentes del país que se encuentren garantizadas por cartas de crédito ("stand-by letters of credit") emitidas por bancos del exterior que cumplan con lo previsto en el punto 3.1. de las normas sobre "Evaluaciones crediticias", requiriendo a ese efecto calificación internacional de riesgo "investment grade", en la medida en que dichas cartas de crédito sean irrestrictas y que la acreditación de los fondos se efectúe en forma inmediata a simple requerimiento de la entidad beneficiaria.
El Banco Central provee una fórmula específica para calcular la capacidad de las entidades financiera para otorgar préstamos en moneda extranjera para las importaciones (correspondientes a los puntos (e) y (f) y, según corresponda, los puntos (g) y (h) del párrafo anterior).