CONDICIONES CONTRACTUALES PARA CLIENTES DE NOBILIS CORREDOR DE BOLSA S.A.
CONDICIONES CONTRACTUALES PARA CLIENTES DE NOBILIS CORREDOR DE BOLSA S.A.
Cuenta NOBILIS:
En la ciudad de Montevideo, en el día de la fecha indicada al pie del presente documento, comparecen: POR UNA PARTE: NOBILIS Corredor de Bolsa S.A., RUT N º 213546720018, representada por los abajo firmantes, con facultades suficientes para el otorgamiento del presente (en adelante, "NOBILIS"); y POR OTRA PARTE quienes se indican al pie del presente documento (en adelante, el "Cliente", denominados conjuntamente con NOBILIS las "Partes"), quienes convienen celebrar el presente contrato (en adelante, el "Contrato"), que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en las siguientes cláusulas:
1. Objeto.
1.1. Por el presente NOBILIS se constituye como comisionista del Cliente, para que actuando a nombre propio, pero por cuenta y orden del Cliente: (i) invierta las sumas de dinero, valores, títulos y demás bienes depositados en su cuenta por el Cliente ejecutando dichas operaciones; y/o (ii) instruya u ordene la ejecución de dichas ope- raciones a las entidades nacionales o extranjeras en las cuales el Cliente tenga sus valores custodiados o con las cuales NOBILIS tenga un acuerdo (en adelante, las "Entidades de Custodia"). Dichas operaciones serán realizadas en instrumentos financieros, que comprenden, a modo de ejemplo pero sin limitación alguna, accio- nes, bonos, obligaciones, obligaciones negociables, cuotas de fondos de inversión, valores, títulos públicos o privados, opciones en general, fondos de inversión regidos por ley uruguaya x xxx extranjera, así como cual- quier otra modalidad de inversión colectiva, fondos de fondos, cualquier clase de activos o valores, valores estructurados, notas, índices, hedge funds, securitizaciones, títulos públicos o privados, depósitos, certificados de depósito de cualquier institución bancaria nacional o extranjera, cualquier otro instrumento estructurado, valor o instrumento en general. Todo lo expresado con independencia de que los valores adquiridos coticen o no en alguna bolsa de valores, tengan o no calificación de riesgo, tengan o no existencia física (es decir sean escriturales) se comercialicen o no en cualquier sistema de transferencia de valores, se encuentren o no regis- trados en alguna jurisdicción, e independientemente de si son de oferta pública o de oferta privada ni de la juris- dicción x xxx bajo las cuales éstos o sus emisores se encuentren constituidos, sin restricción alguna, o en cual- quier otro valor o instrumento en general, así como a realizar otras operaciones e inversiones que NOBILIS considere conveniente y que resulten acordes a la calidad de NOBILIS xx Xxxxxxxx de Bolsa registrado ante el Banco Central del Uruguay (en adelante, los "Instrumentos Financieros"). El Cliente también contrata a NOBILIS para que el mismo le preste servicios de asesoramiento en inversiones respecto de dichos Instrumen- tos Financieros, así como el servicio de referenciamiento a otras instituciones, tanto locales como del exterior, y el servicio de canalización de órdenes previamente recibidas por el Cliente en caso que el Cliente haya optado por actuar mediante instrucciones particulares.
1.2. Las inversiones en Instrumentos Financieros se realizarán:
(i) en forma discrecional, es decir, gestionando el portafolio del Cliente mediante una administración discre- cional e individualizada de las tenencias de valores y fondos del Cliente, tomando, en nombre del Cliente, decisiones que mejor se adapten a sus objetivos y necesidades, cuando el Cliente en la Ficha, haya optado por establecer que no son necesarias órdenes, dado que existe un poder general de administración. En dichos casos, NOBILIS podrá tomar decisiones respecto a las inversiones del Cliente ejecutando las opera- ciones en su calidad de comisionista y/u ordenar operaciones a otros intermediarios de valores actuando en nombre y representación del Cliente, en cuyo caso las inversiones se realizarán por el plazo, modalidad, términos y condiciones que NOBILIS estime conveniente a su exclusivo saber y entender dentro del "perfil de inversión" y "estrategia de inversión" del Cliente que se le asignaron en el documento que se adjunta como Anexo 1 (en adelante, el "Perfil"), y sin requerir instrucciones particulares del Cliente en ningún caso, ni ratificación posterior de ningún tipo. Se deja constancia que cada Cliente tendrá un solo Perfil, indepen- dientemente de la cantidad de titulares y apoderados autorizados a operar que tuviera un Cliente. A tales efectos, si el Cliente en documento por separado optó por actuar de esta forma, se entiende que el Cliente en este acto le otorga poder de administración a
favor de NOBILIS, para que NOBILIS tome decisiones respecto a sus inversiones. De esta manera, en nombre y representación del Cliente, NOBILIS podrá ejecutar directamente las operaciones u ordenar la ejecución de dichas operaciones a las Entidades de Custodia; o
(ii) mediante instrucciones particulares impartidas por el Cliente de tanto en tanto a NOBILIS para su ejecución por Nobilis en su calidad de comisionista y/o para que NOBILIS ordene la ejecución de dichas operaciones a otros intermediarios de valores actuando en nombre y representación del Cliente cuando el Cliente en la Ficha, haya optado por la actuación mediante órdenes. En estos casos, el Cliente reconoce y acepta que NOBILIS podrá en algunos casos ejecutar él mismo la operación que le fuere instruida en la instrucción particular o cana- lizar dicha orden para que la operación la ejecuten las Entidades de Custodia. En este último caso, el Cliente desde ya solicita a NOBILIS la canalización de órdenes por el plazo, modalidades, términos y condiciones que el Cliente indique en sus instrucciones particulares. Las instrucciones particulares impartidas por el Cliente podrán ser tanto escritas como verbales, reservándose NOBILIS el derecho de no aceptar órdenes impartidas a través de un determinado medio, en cuyo caso el Cliente deberá cursar su instrucción mediante el medio que sea aceptado por NOBILIS. A tales efectos, si el Cliente en documento por separado optó por actuar de esta forma, se entiende que el Cliente en este acto le otorga poder a favor de NOBILIS para la canalización de órdenes en su nombre y representación a las Entidades de Custodia; todo lo anterior según los términos y condiciones que se dirán a continuación en el presente.
1.3. En la ejecución de las decisiones de inversión, ya sea bajo la modalidad de gestión de portafolios o de acuerdo a instrucciones particulares, NOBILIS podrá disponer de las sumas de dinero, valores, títulos, Instru- mentos Financieros y demás bienes depositados en la cuenta por el Cliente y/o que se adquieran por cuenta, orden y riesgo del Cliente. Asimismo, ya sea bajo la modalidad de gestión de portafolios o cuando se actúe de acuerdo a instrucciones particulares, el Cliente acepta desde ya y de forma irrevocable y definitiva que NOBILIS
-para mitigar los riesgos derivados del mantenimiento de dinero en efectivo en cuentas bancarias- pueda, (pero no estará en ninguna medida obligado a ello) en cualquier momento utilizar las sumas de dinero propiedad del Cliente que se encuentren depositadas en la cuenta, así como las sumas de dinero que se obtengan de cual- quier enajenación de Instrumentos Financieros del Cliente, o aportes en efectivo de éste o cobros por concepto de amortizaciones de Instrumentos Financieros, cupones o dividendos, en adquirir Letras xxx Xxxxxx de Esta- dos Unidos de América ("Treasury Bill" o "T-Bill") de certísimo plazo y de altísima liquidez, debiendo informar en los estados de cuenta únicamente que el Cliente mantiene dinero en efectivo o equivalentes. A los efectos de instrumentar lo dispuesto en la presente cláusula, Nobilis podrá transferir los dineros que el Cliente tenga en su cuenta hacia cuentas denominadas "sweep account", mediante las cuales Nobilis invertirá dichos dineros de acuerdo a lo aquí dispuesto. Se aclara que para realizar la colocación en T-Bills mencionada, NOBILIS no requerirá solicitar ningún tipo de autorización o ratificación por parte del Cliente ni contar con instrucciones parti- culares del Cliente. Sin perjuicio de lo anterior, si NOBILIS no convirtiera dinero en efectivo en T-Bills y tuviera lugar la insolvencia del banco donde la cuenta de NOBILIS estuviera localizada, NOBILIS no tendrá responsabi- lidad alguna por el incumplimiento del banco en cuestión. Finalmente, ya sea bajo la modalidad de gestión de portafolios o de instrucciones particulares, el Cliente acepta desde ya que si NOBILIS lo considera conveniente o ajustado a los factores de seguridad, rentabilidad, diversificación, liquidez, tolerancias a riesgos o cualquier otra instrucción o restricción especial que se haya indicado en el Perfil, podrá incluso resolver que en la cuenta se mantengan posiciones en dinero efectivo sin invertir ni obtener ninguna remuneración, por el período que NOBILIS considere conveniente u oportuno.
1.4. En caso de que el Cliente quiera modificar en cualquier momento la modalidad de actuación bajo gestión de portafolios o instrucciones particulares indicada en la Ficha, deberá el Cliente comunicar la modificación y la nueva modalidad de forma inmediata y por escrito a NOBILIS mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21 ("Comunicación Modalidad") bajo su exclusiva responsabilidad. Hasta tanto no se haga dicha Comunicación Modalidad, NOBILIS continuará actuando por cuenta y orden y riesgo del Cliente en la modali- dad que se haya indicado inicialmente en el documento por separado firmado por cualquiera de los
titulares de la cuenta y el Cliente no podrá reclamar a NOBILIS, no teniendo NOBILIS, responsabilidad alguna por dichos conceptos. NOBILIS comenzará a actuar conforme a la nueva modalidad dentro de los 1O días corri- dos de recepción de dicha Comunicación Modalidad. Todas aquellas inversiones que se encuentren en proceso de ser ejecutadas al momento de recibir la Comunicación Modalidad y dentro de los 10 días corridos de recep- ción de dicha Comunicación Modalidad continuarán su curso bajo la modalidad anterior, no pudiendo el Cliente reclamar por dichos conceptos.
2. Gestión de Portafolios.
2.1. En caso de que el Cliente haya optado por la modalidad de actuación de gestión de portafolios en documento por separado, NOBILIS podrá (pero no estará obligado a ello), directamente o a través de terceros, actuando a nombre propio, por cuenta y orden del Cliente, adoptar discrecionalmente, y con las más amplias facultades de admi- nistración y disposición, decisiones de inversión, adquirir, enajenar y/o canjear, libremente a cualquier título, Instru- mentos Financieros sin necesidad de recibir instrucciones particulares ni ratificación alguna de parte del Cliente para la realización de dichas transacciones, tomando sus decisiones en virtud de su Perfil. Al tratarse de una adminis- tración discrecional, no es obligación de NOBILIS solicitar en ningún caso autorización, instrucción, confirmación o ratificación alguna por parte del Cliente de forma previa ni posterior, sin que ello suponga responsabilidad de su parte. No obstante ello, el Cliente tiene acceso a toda la información sobre las inversiones realizadas por Nobilis en su cuenta a la que puede tener acceso a través del sitio web de Nobilis.
2.2. En caso que en cualquier momento el Perfil sea modificado, será exclusiva responsabilidad del Cliente comuni- car la modificación y el nuevo perfil del mismo de forma inmediata y por escrito a NOBILIS mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21 (en adelante, la "Comunicación Perfil"). Hasta tanto no se haga dicha Comunicación Perfil, NOBILIS continuará actuando por cuenta y orden y riesgo del Cliente en forma discrecional conforme al Perfil y el Cliente no podrá reclamar a NOBILIS, no teniendo NOBILIS, responsabilidad alguna por dichos conceptos. NOBILIS comenzará a actuar conforme al nuevo perfil del Cliente dentro de los 1O días corridos de recepción de dicha Comunicación Perfil. Todas aquellas inversiones que se encuentren en proceso de ser ejecu- tadas al momento de recibir la Comunicación Perfil y dentro de los 1O días corridos de recepción de dicha Comunica- ción Perfil continuarán su curso, no pudiendo el Cliente reclamar por dichos conceptos.
2.3. NOBILIS adoptará decisiones de inversión respecto del Cliente en función del Perfil, actuando de forma discrecional y con las más amplias facultades de administración y disposición. Sus decisiones de inversión serán aquellas que NOBILIS entienda que sean convenientes a su exclusivo saber y entender conforme al Perfil y la infor- mación pública disponible sobre los Instrumentos Financieros y emisores de los mismos, reconociendo el Cliente que para analizar el cumplimiento de su Perfil por parte de NOBILIS, deberá tenerse en cuenta el conjunto o combi- nación de todas las decisiones de inversión sobre Instrumentos Financieros que NOBILIS resuelva por cuenta y riesgo del Cliente, así como otras decisiones de no inversión o de inversión de las sumas de dinero en Instrumentos Financieros que NOBILIS resuelva por cuenta y riesgo del Cliente, reconociendo el Cliente que uno o más Instru- mentos Financieros que NOBILIS hubiera resuelto invertir para el Cliente considerados de forma separada o aislada respecto del conjunto de todos los Instrumentos Financieros adquiridos por NOBILIS, pueden eventualmente no reflejar adecuadamente el Perfil, sin que por ello NOBILIS pueda ser responsabilizado.
2.4. Si bien NOBILIS actuará en forma discrecional sin requerir instrucciones del Cliente, en caso que el Cliente curse instrucciones a NOBILIS, NOBILIS podrá (pero no estará obligado) a cumplirlas, y podrá negarse a ello aún sin expresión de causa, sin incurrir en responsabilidad alguna a su respecto. NOBILIS comunicará al Cliente su negativa a proceder según lo instruido; si lo creyese conveniente; además, NOBILIS podrá solicitar aclaraciones a las instruc- ciones recibidas. Para el caso de cambio de instrucciones por parte del Cliente, las órdenes que ya se hubiesen com- prometido lo obligan en los términos resultantes de las instrucciones anteriormente recibidas.
2.5. En caso de que bajo el convenio de gestión de portafolios NOBILIS resuelva adquirir para el Cliente notas u otros productos o Instrumentos Financieros en los que NOBILIS u otras entidades actúen también como admi- nistradores de portafolio de inversiones (en adelante, el "Portfolio Manager") de los valores que respalden el pago de las referidas notas, productos o Instrumentos Financieros, el Cliente reconoce y acepta desde ya que en dichos casos, NOBILIS u otras entidades podrán administrar y gestionar la compra, venta y/o inversión de activos (tales como, pero sin limitación, valores y otros Instrumentos Financieros) conforme a lo dispuesto en los documentos y contratos relacionados con dichas notas, productos o Instrumentos Financieros. En particular, el Cliente reconoce y acepta que NOBILIS o las entidades podrán llevar a cabo cualquier acto o actividad tendiente al cumplimiento de su actuación como Portfolio Manager si correspondiere (asumiendo los riesgos que ello implique). El Cliente reconoce y acepta que las decisiones de NOBILIS o las entidades de comprar, vender y/o invertir en los activos subyacentes -actuando en carácter de Portfolio Manager- podría ser sobre cualquier Instrumento Financiero y no requerirán en ningún caso de instrucciones particulares del Cliente ni de quien sea el tenedor de las notas, productos u Instrumentos Financieros al momento de llevar adelante dicha decisión, no requiriéndose por tanto ninguna autorización o instrucción en forma previa, ni tampoco la confirma- ción o aceptación posterior. En virtud de la adquisición de las notas, productos u otros Instrumentos Financie- ros, el Cliente reconoce y acepta que NOBILIS o las entidades tendrán amplísimas facultades para decidir en forma discrecional qué activos subyacentes comprar, vender y/o invertir en función de su actuación como Portfolio Manager, actuando siempre en el xxxxx xxx xxxxxxx correspondiente.
3. Instrucciones Particulares
3.1. En caso de que el Cliente haya optado por la modalidad de actuación bajo órdenes en documento por separado, esto es, que haya decidido actuar a través de instrucciones particulares, éstas deberán emitirse conforme lo estable- cido a continuación. En aquellos casos en que el Cliente no haya optado por dicha modalidad, pero que el mismo imparta órdenes a Nobilis, será igualmente de aplicación la presente cláusula respecto a dichas instrucciones parti- culares.
3.2. Las instrucciones escritas de inversión, deberán detallar como mínimo el tipo, nombre del emisor, cantidad de valores o activos a adquirir o vender, el precio máximo o mínimo de la operación y el plazo de validez de la orden, entre otros datos e información que NOBILIS y/o la normativa vigente pudieran requerir. En caso de no mencionar alguno de los aspectos señalados, se entenderá que se concede a NOBILIS la facultad de decidir por cuenta, orden y riesgo del Cliente, las condiciones faltantes, actuando en este caso y únicamente respecto de los datos faltantes en la modalidad de gestión de portafolios, lo que el Cliente declara aceptar desde ya.
3.3. La comunicación de las instrucciones será realizada por el Cliente (o por cualquier persona que tenga facultades para ello) únicamente de forma escrita. Se admite que se impartan las instrucciones escritas mediante la presenta- ción por el Cliente del formulario adjunto al presente Contrato como Anexo 11 (en adelante, el "Formulario") y mediante correo electrónico remitido por el Cliente desde cualquiera de las direcciones de correo electrónico estable- cidas por cualquiera de los titulares, representantes y/o apoderados en el presente documento (en adelante, el "Correo Electrónico") así como los cambios posteriores realizados a través de dichas casillas de correo. Tanto para el envío del Formulario como para el envío del Correo Electrónico será de aplicación lo establecido en la Cláu- sula 21 del presente Contrato, de corresponder. En ningún caso será necesario la investigación, autorización, confir- mación, ratificación por parte de NOBILIS, de la autoridad, facultades y/o identidad de la(s) persona(s) que establez- ca(n) o intente(n) establecer la comunicación antes referida, sin perjuicio de los mecanismos previstos en las cláusu- las siguientes. En cualquier caso NOBILIS podrá, pero no estará obligado a, controlar que no exista un uso abusivo del nombre del Cliente, o que la(s) persona(s) que instruya(n) a NOBILIS no tuviere(n) la autoridad, facultades y/o autorización para hacerlo. En caso de existir instrucciones del Cliente, si hubiera duda respecto de las facultades de quién o quiénes imparten las instrucciones, o en caso de instrucciones contradictorias, NOBILIS podrá negarse a cumplir- las, solicitar su aclaración, o exigir la confirmación con las firmas de todos o alguno de los integrantes del Cliente.
3.4. NOBILIS podrá negarse a cumplir las instrucciones recibidas de parte del Cliente por cualquier motivo y en cualquier momento. La negativa en la ejecución de las instrucciones del Cliente por parte de NOBILIS podrá deberse a la inexistencia de fondos suficientes en la cuenta objeto de la instrucción al momento de impartirse y/o ejecutarse las instrucciones, o a que la instrucción se aparte del Perfil, u otros motivos. NOBILIS no será responsable en ningún caso. En caso que NOBILIS hiciera uso de la facultad prevista en la presente cláusula, NOBILIS deberá comunicar su negativa a cumplir con la instrucción dentro de los 3 días hábiles siguientes de recibida la instrucción y mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21. En caso de que el Clien- te solicite a NOBILIS, a través de una instrucción particular, la realización de una actividad que se aleje del Perfil, NOBILIS ejecutará dicha instrucción, no asumiendo responsabilidad de clase alguna en relación a la misma. No obstante, NOBILIS podrá negarse a cumplir las instrucciones particulares, aún sin expresión de causa, sin incurrir por ello en responsabilidad alguna si, a su arbitrio, entendiera que la misma se aparta del Perfil del Cliente. NOBILIS, podrá solicitar todas las aclaraciones a las instrucciones recibidas que entienda pertinente.
3.5. Las instrucciones dadas a NOBILIS serán válidas, siempre y cuando se hayan cursado en la forma prevista en el presente, hasta tanto no sean revocadas mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21, y siempre que las mismas estén pendientes de cumplirse.
3.6. El Cliente por el presente autoriza y se compromete a ratificar y confirmar (por escrito o verbalmente), si NOBILIS así lo solicita, todas y cada una de las transacciones ordenadas por NOBILIS en nombre del Cliente respecto de la cuenta de conformidad con los términos del presente.
4. Declaraciones del Cliente.
El Cliente declara que conoce y acepta que:
4.1. Este Contrato no implica exclusividad para ninguna de las Partes;
4.2. NOBILIS, sus directores y/o asesores financieros: (i) participan o pueden participar en el asesoramiento, negociación, comercialización y/o ejecución de Instrumentos Financieros idénticos o similares a los selecciona- dos por NOBILIS como opción de inversión conforme al Perfil en su actuación de gestión de portafolios a los seleccionados por el Cliente como opción de inversión en sus instrucciones particulares impartidas, según corresponda; (ii) tienen o pueden tener, por cuenta propia o de terceros, Instrumentos Financieros idénticos o similares a los seleccionados por NOBILIS como opción de inversión conforme al Perfil en su actuación de gestión de portafolios o a los seleccionados por el Cliente como opción de inversión en sus instrucciones parti- culares impartidas, según corresponda; (iii) están o pueden estar relacionados o vinculados con entidades, financieras o no (o con sus respectivas autoridades, empleados o asesores), emisoras de los valores seleccio- nados por NOBILIS como opción de inversión conforme al Perfil en su actuación de gestión de portafolios o a los seleccionados por el Cliente como opción de inversión en sus instrucciones particulares impartidas, según corresponda, o que comercialicen dichos Instrumentos Financieros o los custodien; y/o (iv) en caso que el Clien- te hubiera optado por la modalidad de gestión de portafolio, podrán actuar como Portfolio Manager con todas las facultades previstas en el presente Contrato.
4.3. Se le ha informado de la existencia del Código de Ética, Conducta y Buenas Prácticas; y del Procedimiento de Atención de Reclamos, los que se encuentran a disposición del Cliente, junto con el certificado de la Bolsa de Valores que los habilita como tales, así como de la Comunicación de inscripción en el Registro xxx Xxxxxxx de Valores emitida por la Superintendencia de Servicios Financieros y el formulario para efectuar dichos recla- mos, en las oficinas de NOBILIS o bien en la página web de NOBILIS. En tal sentido, el Cliente declara que tuvo a su disposición dichos documentos.
4.4. Se le ha informado del objeto y alcance de las modalidades de actuación bajo gestión de portafolios o instrucciones particulares dispuesta en el presente, aceptando el Cliente el objeto, alcance y el contenido del presente en todos sus términos, liberando a NOBILIS de cualquier tipo de responsabilidad por el cumplimiento del objeto y alcance de las modalidades de actuación bajo gestión de portafolios o instrucciones particulares dispuestas en el presente.
4.5. El manejo de fondos será realizado por NOBILIS y el producido de la venta o liquidación de Instrumentos Financieros se acreditará directamente en la cuenta del Cliente en NOBILIS. En caso de corresponder, dicho producido será acreditado en la cuenta en la cual el Cliente mantiene activos custodiados a su nombre por parte de una entidad financiera o intermediario de valores nacional o extranjero.
4.6. NOBILIS queda autorizado, pero no obligado, a realizar cuanto acto o negocio jurídico sea necesario para cumplir con el encargo (arts. 309 y 344 del Código de Comercio), así como para deducir las cantidades que fueran necesarias para cubrir los gastos que puedan originarse con motivo de la realización del encargo y el importe de las retribuciones que le correspondan a NOBILIS por el desempeño del presente.
4.7. NOBILIS queda especialmente autorizado, pero no obligado, para adquirir para sí a precio xx xxxxxxx, los Instrumentos Financieros que por las inversiones realizadas le pertenezcan al Cliente, así como a enajenar, en el ejercicio de las instrucciones particulares o bajo la actuación de gestión de portafolios, bienes de propiedad de NOBILIS o que se encuentren en poder de NOBILIS (artículos 367 y 368 del Código de Comercio).
4.8. La relación del Cliente con NOBILIS es independiente de la cuenta que el Cliente pudiera tener con las Entidades de Custodia, por lo que en caso de rescisión del presente Contrato, la transferencia de los activos de dicha cuenta a la institución que el Cliente le indique a NOBILIS deberá cursarse por separado respetando los procedimientos de las Entidades de Custodia. El Cliente reconoce y acepta que NOBILIS no tendrá responsabi- lidad por cualquier circunstancia ajena a NOBILIS que afecte a las Entidades de Custodia o a los Instrumentos Financieros por ellos custodiados. En todo caso la responsabilidad inherente a la custodia recaerá sobre la entidad que efectivamente realice la misma.
4.9. NOBILIS podrá percibir de la entidad que ofrezca Instrumentos Financieros una retribución por la coloca- ción o venta de los mismos, la que será de propiedad de NOBILIS independientemente (y adicional) de cual- quier comisión que NOBILIS pueda cobrar al Cliente por la adquisición o venta de dichos Instrumentos Finan- cieros.
4.1O. Las instrucciones particulares (en caso de corresponder) así como también todos los registros que obren en poder de NOBILIS, constituirán prueba suficiente de la validez de las instrucciones transmitidas.
4.11. Los perjuicios o daños que resulten del atraso, error, falla mecánica, falla informática, falla de cualquier otra naturaleza, ya sea en el sistema, software, hardware, equipos, y/o una falla o mal funcionamiento de cual- quier medio de comunicación, sin importar la razón que lo motivó, y/o extravíos que se puedan producir en la trans- misión de las instrucciones, por cualquiera de los medios establecidos en este Contrato, serán en cualquier caso de cargo del Cliente, quedando exonerado NOBILIS de toda responsabilidad por los perjuicios o daños que pudieran ocasionarse.
4.12. Todas las cuentas bancarias así como las cuentas custodias en otros intermediarios de valores que se utilicen en su vínculo con NOBILIS estarán a nombre de alguno o todos los titulares de la cuenta, y en ningún caso estarán a nombre de terceros.
5. Información previa y sobre las inversiones realizadass.
5.1. El Cliente declara conocer y aceptar que en caso que NOBILIS actúe bajo la modalidad de gestión de portafolios, no se le entregará información ni documentación alguna sobre cada negocio con relación a los Instrumentos Financieros, ni la especificación de costos en que incurrirá el Cliente en los diferentes tipos de operaciones ofrecidas, ni tampoco sobre las instituciones referenciadas, emisoras, o de dónde se mantendrán custodiados los Instrumentos Financieros. En tal sentido, el Cliente reconoce y acepta que si optó por actuar bajo la modalidad de gestión de portafolios es su responsabili- dad informarse sobre los Instrumentos Financieros, los costos en que incurrirá, sobre las instituciones en las que se man- tendrán sus activos e inversiones en custodia, entre otros, no teniendo NOBILIS responsabilidad alguna en entregar dicha información o documentación. No obstante ello, el Cliente tendrá acceso a toda la información sobre las inversiones realizadas por Nobilis, ya sea a través de la página web de Nobilis mediante un usuario y contraseña del Cliente, o median- te su puesta a disposición en caso que el Cliente así se lo solicite a Nobilis. En caso que el Cliente no cuente con acceso a dicha página web, entonces el Cliente declara y reconoce que la información estará a su disposición en las oficinas de NOBILIS en el horario de atención a clientes.
5.2. En los casos en que NOBILIS actúe bajo instrucciones particulares del Cliente, NOBILIS pondrá a disposición del Cliente la documentación y/o información y/o especificación de costos en que incurrirá el Cliente que la normativa vigente a ese momento exija a NOBILIS. En caso que sea aplicable lo anterior, el Cliente desde ya acepta que dicha información y/o documentación sea puesta a su disposición por cualquiera de los medios establecidos en la cláusula 21, sin responsa- bilidad alguna para NOBILIS.
5.3. NOBILIS pondrá a disposición del Cliente la información sobre las inversiones realizadas en los estados de cuenta siempre y cuando ello sea exigido por la normativa vigente a ese momento. En caso de que sea aplicable lo anterior, el Cliente desde ya acepta que dicha información sea puesta a su disposición en su estado de cuenta en el sitio web de NOBILIS, sin responsabilidad alguna para NOBILIS. En caso que el Cliente no cuente con acceso a dicha página web, entonces el Cliente declara y reconoce que dichos estados estarán a su disposición en las oficinas de NOBILIS en el hora- rio de atención a clientes. NOBILIS no estará obligada a brindar otra información que la aquí prevista y la exigida por la normativa vigente a cada momento. Cualquier información fuera de la aquí prevista que NOBILIS proporcione al Cliente, aún en forma regular, no importa obligación para NOBILIS de seguir proporcionándola.
5.4. La obligación de NOBILIS de poner a disposición del Cliente los estados de cuenta, no será de aplicación en aquellos casos en que el Cliente opere con una cuenta abierta a su nombre en una Entidad de Custodia. En dichos casos, el Cliente reconoce y acepta desde ya que dichos estados de cuenta serán emitidos directamente por la Entidad de Custodia.
6. Fuerza mayor o causa extraña.
Los riesgos o perjuicios causados por medidas legales, fiscales u otras medidas adoptadas por las autoridades de este país o de otros países que pudieran afectar la operativa, así como cualquier efecto derivado de conflictos nacio- nales o internacionales, actos de violencia, conflictos laborales ajenos a NOBILIS, y cualquier otra circunstancia o caso fortuito o de fuerza mayor, serán de cargo del Cliente, quedando NOBILIS exonerado de responsabilidad ante cualquiera de estas eventualidades. Lo anterior, incluye a modo de ejemplo pero sin que ello implique limitación alguna, en caso xx xxxxxx, estado de conmoción interna, golpe de estado, en caso de crisis local y/o internacional financiera, bancaria y/o política, perturbación xxx xxxxxxx, crisis o dificultades, o cualquier otro acontecimiento que implique un estado grave de incertidumbre de las variables económicas del país o del exterior, o de incertidumbre en la situación institucional, financiera o económica del emisor de los Instrumentos Financieros, prolongado feriado bancario cambiario o bursátil, o cualquier otro evento que implique, entre otros, dificultades y/o imposibilidad de asegurar liquidez y/o pago de los Instrumentos Financieros, y/o aplicar el criterio de valuación definido y/o el criterio de valuación alternativo, y/o que dichos criterios resulten ser inapropiados para reflejar razonablemente el precio de los Instrumentos Financieros, o cualquier medida de gobierno, control de cambios, etc.
7. Exoneración de Responsabilidad.
7.1. NOBILIS asume una obligación de medios, y no asume obligación alguna de resultado. En consecuencia, NOBILIS no será en ningún caso responsable por el resultado de las inversiones realizadas. Tampoco será responsable por haber- se debido apartar de las decisiones de inversión adoptadas por NOBILIS o por el Cliente (según sea el caso), ya sea por sucesos imprevistos, o motivados en causas de fuerza mayor o caso fortuito conforme lo establecido en la cláusula ante- rior, hechos de terceros, errores informáticos o de otra índole, o cualquier otro hecho, o circunstancia. NOBILIS será responsable únicamente por los medios empleados, debiendo actuar con la diligencia debida.
7.2. En consecuencia de lo anterior, el Cliente por la presente reconoce, declara y asume, en forma exclusiva, los riesgos de incumplimiento total o parcial de los emisores o comercializadores de los Instrumentos Financieros elegidos como inversión por parte de NOBILIS o por el Cliente (según sea el caso), exonerando a NOBILIS de responsabilidad por el no pago de los Instrumentos Financieros, siguiendo lo establecido en la presente cláusula.
7.3. En ningún caso NOBILIS será responsable frente al Cliente en sus actuaciones bajo este Contrato por: (i) el resultado de las inversiones realizadas, ni por cualquier error de apreciación o de inversión en que hubiera incurrido, siempre que hubiera actua- do diligentemente; (ii) la acción o inacción, incumplimiento, fraude, liquidación, insolvencia total o parcial, concurso o quiebra o procedimiento similar de los emisores o custodios de los Instrumentos Financieros en los que NOBILIS hubiera invertido o de las entidades en las que se encuentre depositado el dinero y/o los Instrumentos Financieros; (iii) la volatilidad, cotización, rendimien- to, pago o cumplimiento de cualesquiera de los Instrumentos Financieros, comprendiendo el Cliente que como parte del objeto de este Contrato existen riesgos ciertos de pérdida total del capital invertido; ni (iv) el atraso, incumplimiento, no pago o suspen- sión de pagos por el tercero u emisor que corresponda al momento de su vencimiento o rescate anticipado u otro motivo, o cuando no sea posible la transferencia a la cuenta del Cliente por cualquier motivo que fuere.
7.4. Por su parte NOBILIS en ningún caso estará obligado a iniciar acción judicial o extrajudicial, o a efectuar gestión de especie alguna a los efectos de conservar y/o evitar perjuicios que recaigan sobre los activos del Cliente depositados en las cuentas, o bien sobre cualesquiera de los derechos que de éstos se deriven, todo lo cual será de exdusiva responsabilidad del Cliente.
7.5. El Cliente exonera expresamente a NOBILIS de toda responsabilidad o garantía derivada del endoso de los Instru- mentos Financieros que adquiera en el ejercicio del presente Contrato, no estando NOBILIS obligado a iniciar acción legal alguna para la cobranza de los mismos, ni por la conservación de los derechos emergentes de los Instrumentos Financie- ros, lo que será de exclusiva responsabilidad del Cliente (artículos 365 y 366 del Código de Comercio). Ante la falta de pago en plazo de cualquiera de los Instrumentos Financieros NOBILIS hará sus mayores esfuerzos para comunicárselo al Cliente mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21, no estando NOBILIS obligado a dar avisos con posterioridad al antes referido (art. 349 del Código de Comercio).
7.6. El Cliente reconoce que en caso de que el emisor o entidad administradora de los Instrumentos Financieros deje de pagar total o parcialmente cualquier cantidad (interés o capital o ganancia o cualquier otra suma) o si declarara una moratoria (o cualquier instituto similar) en el pago de sus deudas o adoptara medidas que de alguna manera pudieran afectar las condiciones de adquisición, rescate o emisión de los Instrumentos Financieros, o por cualquier daño o perjuicio que sufra el Cliente causado por las resoluciones o conductas del emisor o entidad administradora de los Instrumentos Financieros, NOBILIS no estará obligada a tomar acción de clase alguna ni a realizar gestiones de cobro, tanto judiciales como extrajudiciales, o a iniciar procedimientos contra el emisor o entidad administradora de los Instrumentos Financieros en relación a ello, incluyendo pedidos de quiebra. En dichos casos, la responsabili- dad de NOBILIS será únicamente la de hacer sus mayores esfuerzos para realizar las gestiones de cobro de los Instrumentos Financieros de que se trate, la de hacer sus mayores esfuerzos para comunicar al Cliente tal circuns- tancia y la de entregarle los Instrumentos Financieros al Cliente, en caso de corresponder siempre que ello fuera posible. Todos los gastos y costos que se originen en las gestiones de cobro realizadas por Nobilis serán de cargo del Cliente. Cumplido ello NOBILIS no tendrá ninguna obligación adicional para con el Cliente en relación con los Instrumentos Financieros.
8. Rescisión unilateral.
Cualquiera de las Partes podrá rescindir el presente Contrato, sin explicación de motivos sin incurrir en respon- sabilidad, mediante un preaviso de 30 días. Las Partes expresamente acuerdan que el plazo de rescisión de 30 días corridos de anticipación es razonable y que en tal caso, no se considerará intempestiva la rescisión ni acarreará a la Parte que ejerció el derecho a rescindir otorgando tal preaviso ningún tipo de responsabilidad (lo que incluye a daños, perjuicios, multas, penalidades, indemnizaciones de cualquier naturaleza, etc.). La volun- tad de rescindir el Contrato únicamente podrá manifestarse mediante los medios de notificación previstos en la cláusula 21. En caso de terminación del Contrato, el Cliente deberá asumir el pago de cualquier comisión que se haya devengado y esté pendiente de pago hasta la fecha de terminación. En caso que cualquiera de las Partes ejerza la facultad de rescisión antes mencionada, Nobilis transferirá los Instrumentos Financieros y demás dineros y valores que mantenga a nombre del Cliente, a la cuenta bancaria que el Cliente hubiere comu- nicado a Nobilis o a la cuenta bancaria que el Cliente indique. En caso de que el Cliente no realice la referida indicación, ya sea por omisión, negativa o retraso en brindar las instrucciones, NOBILIS podrá (pero no estará obligado) proceder a iniciar las correspondientes acciones judiciales, consignando los Instrumentos Financieros en una cuenta bajo el rubro de autos y a orden del juzgado competente si correspondiere. En este último caso, antes de realizar la transferencia de los Instrumentos Financieros, y previo descuento de los costos, gastos, comisiones y remuneraciones a los que refiere la cláusula 9, NOBILIS tendrá derecho a descontar y cobrarse hasta un 10% del valor total estimado de los Instrumentos Financieros depositados en la cuenta, por concepto de multa, pudiendo NOBILIS disponer de los mismos a fin de obtener la liquidez de las sumas debidas por el Cliente, en virtud de lo dispuesto en la presente. El Cliente declara que es el beneficiario final de la cuenta ban- caria a la cual se transferirán los Instrumentos Financieros, dineros y valores del Cliente. En caso que existieran Instrumentos Financieros o títulos que no fueran transferibles, Nobilis procederá a liquidar dichos Instrumentos Financieros y títulos, transfiriendo luego los fondos correspondientes. En caso que los Instrumentos Financieros fueran liquidados en una moneda extranjera, Nobilis procederá a convertir dichas monedas al tipo de cambio dólar billete interbancario publicado por el Banco Central del Uruguay del día de la transferencia.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, el Cliente por el presente autoriza a NOBILIS a bloquear y/o rete- ner los valores y dineros depositados en la cuenta, así como a suspender la ejecución de cualquier instrucción, y/o suspender la prestación de los servicios, cuando NOBILIS considere que:
i. Existen dudas o conflictos respecto de la legalidad de la procedencia de los fondos depositados en la cuenta y/o de las actividades generadoras de estos fondos,
ii. Existen dudas o falta documentación sobre los titulares, y/o apoderados, y/o beneficiario/s final/es de una cuenta o transacción,
iii. Existen dudas respecto de la legitimidad, vigencia o alcance de las facultades de sus representantes,
iv. Existe saldo deudor pendiente de pago,
v. Si no se presenta de forma completa la documentación o información solicitada por NOBILIS,
vi. Si la información y/o documentación proporcionada por el Cliente a NOBILIS resulta falsa, inexacta, inconsistente o incompleta en forma total o parcial,
vii. Existe cualquier otra circunstancia que justifique estas acciones a criterio exclusivo de NOBILIS.
En todos los casos antes mencionados, NOBILIS le comunicará al Cliente la realización de estas acciones, debiendo el Cliente proporcionar la información necesaria y/o tomar las acciones correspondientes, de lo contrario NOBILIS podrá, sin responsabilidad alguna, cerrar la cuenta y consignar el saldo acreedor, quedando automáticamente resuelto el servicio correspondiente a la cuenta.
9. Retribución.
9.1. Los servicios que NOBILIS preste al Cliente son de carácter oneroso, debiendo el Cliente pagar una comisión así como otros costos, gastos, remuneraciones, comisiones, tributos y demás conceptos que pudieren corresponder. El Cliente manifiesta que la solicitud de los servicios objeto del presente implica la aceptación de todos los conceptos referidos. Las comisiones y demás conceptos referidos se encuentran detallados en el tarifario de NOBILIS.
9.2. El Cliente podrá optar por pagar una única comisión denominada "Comisión Integral" en contraprestación de los servicios prestados por NOBILIS, la cual se detalla en el Anexo 111. En caso que el Cliente no opte por la Comisión Integral o en caso que no complete la totalidad de los datos necesarios para el cobro de la Comisión Integral, enton- ces el Cliente deberá pagar las comisiones y demás conceptos que surgen del tarifario, tal cual se detalla en la cláu- sula 9.1 anterior.
9.3. En caso que el Cliente actuare mediante instrucciones particulares y si así lo dispusiera en ese momento la normativa vigente, los conceptos referidos en el cláusula 9.1 anterior, así como cualquier modificación a los mismos, serán puestos a disposición del Cliente por NOBILIS en su página web conforme lo establecido en la cláusula 21.2.
9.4. El lugar de pago de todas las obligaciones del Cliente para con NOBILIS es el domicilio de esta última indicado en la cláusula 30 del presente Contrato. Sin perjuicio de ello, NOBILIS podrá debitar de la cuenta del Cliente los importes necesarios para cubrir las comisiones devengadas por los servicios prestados así como los gastos, costos, tarifas, tributos, presentes o futuros, remuneraciones, cobrados por servicios prestados en virtud de este Contrato, siendo aplicable lo establecido en la presente cláusula 9. A tales efectos, el Cliente desde ya acepta la liquidación hecha por NOBILIS como líquida y exigible.
1O. Tributos.
Los tributos de toda clase que graven los rendimientos de capital o incrementos patrimoniales, derivados de la tenen- cia o transferencia de los activos del Cliente así como los que graven dichos activos, serán imputados a los titulares de la cuenta, aún si su pago fuera exigible después del cierre de la misma. Todos los tributos o prestaciones pecunia- rias legales o reglamentarias que admitan traslado se trasladarán al Cliente a la tasa que fuere aplicable conforme a la normativa vigente, siendo por ende de su costo y cargo, quedando NOBILIS facultado a debitar el importe de los mismos de cualquier cuenta o inversión del Cliente. Asimismo y en todos los casos en que NOBILIS revista la calidad de responsable tributario del Cliente, cualquiera fuere su modalidad o especie, NOBILIS tendrá derecho de reten- ción, deducción, repetición y resarcimiento íntegro sobre los haberes y activos del Cliente, por el monto total a ser abonado en virtud del tributo del que se trate. En aquellos tributos que graven los rendimientos de capital o incremen- tos patrimoniales, derivados de la tenencia o transferencia de los activos del Cliente así como los que graven dichos activos, y por los cuales NOBILIS no tenga la calidad de responsable tributario, será de exclusiva responsabilidad del Cliente el pago de esos tributos, salvo que NOBILIS y el Cliente hayan acordado que NOBILIS le retenga aplicando el régimen general.
11. Garantía.
Todos los créditos, Instrumentos Financieros y activos que existan a nombre del Cliente, serán garantía de las obliga- ciones de éste con NOBILIS y estarán sujeto a prenda de primer grado constituida por el Cliente a favor de NOBILIS en garantía del pago de todas las comisiones, gastos, tributos y demás costos adeudados a NOBILIS quien está habilitado a realizar esta prenda libremente, compensar, retener y/o disponer de los bienes a fin de lograr la efectiva cancelación de las deudas. A tales efectos, el Cliente acepta desde ya que NOBILIS podrá debitar de la cuenta del Cliente los importes necesarios para cubrir las comisiones devengadas por los servicios prestados, así como los gastos, costos, tarifas, tributos, presentes o futuros, remuneraciones, entre otros conceptos.
12. Custodia de valores.
12.1. NOBILIS será responsable de custodiar los Instrumentos Financieros (solo cuando actúa como Comisionista), así como los documentos e instrumentos representativos de las operaciones realizadas, por cuenta y orden del Cliente. No obstante ello, NOBILIS subcontratará para la custodia de dichos Instrumentos Financieros y documen- tos, instituciones de intermediación financiera, bolsas de valores, sociedades de bolsa, corredores de bolsa, cajas de valores y demás instituciones habilitadas, nacionales o extranjeras, siendo que el Cliente autoriza a que sean deposi- tados en cualquier entidad o institución de cualquier naturaleza en el país o en el extranjero que NOBILIS entienda pertinente. La custodia de valores físicos sólo se realizará a través de terceros.
12.2. NOBILIS sólo responderá por la autenticidad y validez jurídica de los Instrumentos Financieros que custodie cuando él los haya recibido directamente del emisor, no siendo responsable NOBILIS cuando la entrega sea realiza- da por el Cliente o terceros (exceptuando al emisor) en cumplimiento de instrucciones dadas por el Cliente. Tampoco habrá responsabilidad por imperfecciones o defectos en los Instrumentos Financieros que NOBILIS reciba para su custodia.
12.3. No existirá responsabilidad en caso de que los Instrumentos Financieros sean denunciados como robados o extraviados. El Cliente será responsable en todo caso por cualquier perjuicio que la tenencia de los Instrumentos Financieros cause a NOBILIS.
13. Custodia de valores escriturales.
El depósito de los valores escriturales se realizará por acreditación en la cuenta que NOBILIS tenga o abra en deter- minadas instituciones. El Cliente instruye irrevocablemente a que NOBILIS o cualquier tercero que NOBILIS estime conveniente sea registrado como titular de los mismos actuando por cuenta y orden del Cliente en cualquier entidad registrante de cualquier país.
14. Separación de contabilidad.
NOBILIS discriminará en sus libros y registros separadamente cualquier Instrumento Financiero que tenga en custo- dia a nombre propio pero por cuenta y orden del Cliente, de acuerdo con el artículo 103 de la Ley Nº 18.627. Lo dispuesto en la presente no será aplicable a los casos de entidades financieras nacionales o extranjeras en las cuales el Cliente tenga custodiados sus valores a su nombre.
15. Transferencias.
15.1. Todas las transferencias serán realizadas por NOBILIS a cualquiera de las cuentas bancarias indicadas en el presente documento, salvo que el Cliente comunique más adelante que agrega otras cuentas bancarias y/o modifica las indicadas, lo cual podrá hacerlo por cualquiera de los medios de comunicación establecidos en la cláusula 21. En particular, Nobilis podrá transferir de forma automática a las cuentas denunciadas por el Cliente las sumas de capital y/o intereses, salvo que el Cliente decida algo distinto, en cuyo caso se lo comunicará a NOBILIS mediante cualquie- ra de los medios de comunicación previstos en la cláusula 21.
15.2. NOBILIS queda autorizado para realizar cualquier operación de retiro, traspaso, transferencia, órdenes de venta, instrucciones, etc., de los Instrumentos Financieros mantenidos en custodia, de acuerdo a las facultades otorgadas en este Contrato.
15.3. El Cliente por el presente autoriza y se compromete a ratificar y confirmar (por escrito o verbalmente), si NOBI- LIS así lo solicita, todas y cada una de las transferencias ordenadas por NOBILIS en nombre del Cliente respecto de la cuenta de conformidad con los términos del presente.
16. Retiro de títulos.
Cuando el Cliente lo solicite, NOBILIS procederá a transferir los Instrumentos Financieros al Cliente de acuerdo a las instrucciones dadas por el Cliente a tal efecto. En caso de que el Cliente quiera que la entre- ga de los Instrumentos Financieros sea mediante el traspaso a otra cuenta, el Cliente debe indicar por escrito a NOBILIS los datos identificatorios de la cuenta a donde se transferirán los Instrumentos Financie- ros, bajo su entera responsabilidad.
17. Plazo del Contrato. Modificaciones.
17.1. El presente Contrato tendrá una duración de 1 (un) año, renovándose automáticamente por iguales periodos de tiempo, salvo que cualquiera de las Partes comunique a la otra su voluntad de terminarla, con una anticipación no menor de 30 días por escrito y mediante los medios de notificación establecidos en la cláusula 21. Sin perjuicio de lo anterior, las Partes podrán rescindir en forma unilateral el presente confor- me lo establecido en la cláusula 8. Lo anterior es sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula 19.
17.2. Cualquier modificación a las condiciones establecidas en el presente, así como cualquier cambio en las casillas de correo electrónico indicadas en el presente por cualquiera de los titulares y/o apoderados, y/o cualquier cambio en las cuentas bancarias indicadas en el presente, y/o cualquier cambio en el Perfil, se hará previa comunicación por escrito al Cliente mediante cualquiera los medios de notificación previstos en la cláusula 21, con una anticipación no menor a 1O días hábiles anteriores a la fecha de su entrada en vigencia. Si dentro de dicho plazo el Cliente no observa las modificaciones planteadas por NOBILIS, las modificaciones planteadas por NOBILIS se considerarán aceptadas en todos sus términos por el Cliente. Sin perjuicio de las modificaciones al presente permanecerán válidas y vigentes en todos los casos aque- llas disposiciones del presente que no formen parte de la referida modificación así como toda la informa- ción brindada por el Cliente al momento de la apertura de la cuenta.
18. Solidaridad e indivisibilidad.
Las obligaciones que se asumen en virtud del presente Contrato, son solidarias e indivisibles, y salvo que se establezca lo contrario se entenderá que los activos que conforman la cartera, pertenecen por partes iguales a todos los firmantes.
19. Incapacidad o fallecimiento del Cliente. Cuentas inactivas.
19.1. En caso de incapacidad o fallecimiento de alguno de los titulares que forman parte del Cliente, el cual haya sido comunicado por escrito a NOBILIS acreditando dicho fallecimiento o incapacidad a criterio de NOBILIS, no se dará por terminado el presente Contrato en virtud de lo dispuesto por el artículo 342 del Código de Comercio. En tal sentido, el Cliente acepta y consiente desde ya que NOBILIS continuará dispo- niendo de los fondos y/o Instrumentos Financieros pertenecientes al fallecido o incapacitado obrando como un buen hombre de negocios y conforme a los usos de comercio en cumplimiento de la obligación de con- servación de dichos fondos y/o Instrumentos financieros. Asimismo, NOBILIS continuará percibiendo la remuneración prevista en el presente Contrato. Lo dispuesto precedentemente será de aplicación hasta tanto los sucesores del Cliente no comuniquen a NOBILIS por escrito que los mismos han sido declarados tales mediante sentencia ejecutoriada pasada en autoridad de cosa juzgada emitida por el Juez competen- te a ésos efectos, acreditando dichos extremos a criterio de NOBILIS. Ello sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 330 del Código de Comercio, en lo que pudiera corresponder.
19.2. Los titulares que formen parte del Cliente tendrán la carga de comunicar en forma inmediata a NOBILIS por escrito el acaecimiento de cualquiera de estas circunstancias (incapacidad, fallecimiento, declaración de sucesores) quedando liberado NOBILIS de toda responsabilidad por cualquier acto o gestión que realice hasta tanto no se le haga efectiva tales comunicaciones por parte de alguno de los restantes integrantes del Cliente, o alguno de sus herederos o sucesores a cualquier título. No obstante lo anterior, si NOBILIS recibiera información confiable acerca de la incapacidad o fallecimiento de un Cliente, entonces NOBILIS podrá proceder de acuerdo a lo dispuesto en la presente cláusula. En la medida que la relación del Cliente con NOBILIS es independiente de la cuenta, en caso de fallecimiento o incapacidad, los sucesores o representantes deberán proporcionar todos los documentos y constan- cias requeridos a la entidad financiera nacional o extranjera en la cual el Cliente mantiene custodiados sus valores
19.3. Los fondos y/o Instrumentos Financieros correspondientes al fallecido o incapacitado, una vez que NOBILIS haya dado por terminado este Contrato conforme lo establecido en el presente Contrato, serán entregados a quienes acrediten fehacientemente ser sus sucesores a criterio de NOBILIS en el momento y la forma que NOBILIS establez- ca.
19.4. Si la intención de los sucesores fuera mantener la relación contractual con NOBILIS, deberán firmar un nuevo contrato que tendrá como partes a NOBILIS por un lado y a los sucesores por otro, en caso que NOBILIS así lo esta- blezca.
19.5. En las cuentas en las que no se verifique actividad del Cliente por un plazo de doce meses y que además no se pueda identificar el titular de la misma mediante notificación de acuerdo a los medios previstos en la cláusula 21 del presente Contrato, NOBILIS cobrará una comisión adicional la cual se determinará de acuerdo al tarifario, paga- dera en forma trimestral adelantada, pudiendo NOBILIS establecer una tarifa integral por dicho concepto. A los efec- tos de la presente cláusula se entiende como actividad del Cliente el curso de instrucciones u órdenes, pedidos de información, intercambio de comunicaciones, entre otros. El cobro automático de intereses y/o capital no será consi- derado como actividad del Cliente.
19.6. Sin perjuicio de lo establecido en la presente cláusula 19, tanto en el caso de fallecimiento del Cliente cuando no se identificaren o existieren sucesores de éste, así como en el caso de cuentas que se encuentren inactivas y/o paralizadas, siempre que la normativa vigente aplicable lo admitiera y cumpliendo con los plazos que establezca, NOBILIS podrá optar (pero no estará obligado) por (i) transferir los fondos y/o valores del Cliente al Juzgado compe- tente y/o la entidad gubernamental o estatal que corresponda, o (ii) iniciar un procedimiento de herencia yacente, ausencia u otro que correspondiere.
20. Mandato.
En caso de que el Cliente esté compuesto por dos o más personas, (y salvo que se establezca otra forma que fuere oportunamente indicada a NOBILIS por escrito por parte de todos los titulares mediante los medios de notificación establecidos en la cláusula 21, con la firma de todos los integrantes del Cliente), cada persona otorga en este acto mandato y poder de representación recíproco a los demás integrantes del Cliente para que en nombre y representa- ción de los otros pueda realizar todos los actos que se requieren por este Contrato, incluyendo, entre otros, instruir a NOBILIS para que en forma discrecional o bajo la modalidad de instrucciones particulares, actuando por cuenta y orden del Cliente, ejecute órdenes para la compra o venta de Instrumentos Financieros. La revocación por parte de cualquier integrante del Cliente del mandato aquí otorgado provocará automáticamente la revocación de todos los mandatos recíprocos, actuando de ahí en más NOBILIS exclusivamente contra la firma conjunta de todos los integrantes del Cliente. Asimismo, en dicho caso los integrantes del Cliente deberán firmar una nueva Ficha. Recono- ce y acepta que NOBILIS no tendrá responsabilidad por cualquier circunstancia ajena a NOBILIS que afecte a las Entidades de Custodia o a los Instrumentos Financieros por ellos custodiados. En todo caso la responsabilidad inhe- rente a la custodia recaerá sobre la entidad que efectivamente realice la misma.
21. Comunicaciones.
21.1. Toda comunicación a la otra Parte será cursada por "escrito". Las Partes acuerdan que toda referen- cia a "escrito", "por escrito" y palabras similares que sean usadas en este documento, refieren a papel, ya sea papel por entrega personal, por correo certificado, telegrama colacionado o vía facsímil, así como a medios electrónicos, tales como pero no limitado a, correos electrónicos, imágenes digitales, pdfs, notifica- ciones electrónicas que sean capaces de ser guardadas y/o impresas y otras versiones electrónicas de cualquier tipo. Todas las comunicaciones por escrito deberán ser dirigidas al domicilio legal denunciado por el Cliente en la cláusula 30 del presente Contrato y a las direcciones de correo electrónico denunciadas por cada uno de los titulares y/o apoderados, así como a la dirección de correo electrónico de NOBILIS indica- da en la cláusula 30 del presente Contrato, o a aquel domicilio o dirección de correo electrónico que fuera luego denunciado por escrito por las Partes a través de cualquiera de los medios previstos en la presente cláusula o por cualquier otro medio fehaciente. Adicionalmente, el Cliente acepta y consiente que todas las comunicaciones a ser cursadas por NOBILIS al Cliente podrán ser realizadas por escrito mediante la red social y aplicación digital de mensajería instantánea y de comunicaciones “Whatsapp”, propiedad de WhatsApp LLC y sus afiliadas.
21.2. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente manifiesta que en su vínculo con NOBILIS, el envío de la infor- mación y documentación que NOBILIS deba necesariamente enviar al Cliente conforme la normativa vigente a dicho momento, estarán a disposición del Cliente en la página web de NOBILIS mediante su ingreso con usuario y contraseña del Cliente, con la periodicidad que NOBILIS entienda pertinente a su solo criterio, salvo que la normativa vigente aplicable establezca una determinada periodicidad.
21.3. En particular, en cuanto a los estados de cuenta (siempre y cuando la normativa vigente estableciera que NOBILIS debe necesariamente emitir estados de cuenta y en aquellos casos en que el Cliente tenga una cuenta con una tercera institución -en cuyo caso corresponderá a ésta última la emisión de los estados de cuenta-) el Cliente acepta por la presente que los mismos estarán a disposición en la página web de NOBILIS mediante su ingreso con usuario y contraseña del Cliente.
21.4. El Cliente declara y reconoce que una vez asignado el Perfil inicial e indicada la modalidad de actua- ción mediante órdenes o sin el uso de órdenes, en caso que tanto el Perfil como la modalidad de actuación se modifiquen de tanto en tanto, dichas modificaciones podrán informarse a través del envío de correos electrónicos a las casillas de correo electrónico indicadas en el presente por cualquiera de los titulares y/o apoderados y por NOBILIS. Siendo a los efectos del Perfil, suficiente una confirmación del Cliente de que consiente dicho Perfil mediante el envío de dicha confirmación a través un correo electrónico, no requirién- dose en ningún caso una ratificación firmada por el Cliente.
21.5. El Cliente manifiesta conocer que NOBILIS dejará de poner a disposición del Cliente cualquier infor- mación o documentación que no le sea requerida por la normativa vigente, no debiendo comunicar dicho hecho al Cliente. En tal caso, el Cliente no podrá reclamar a NOBILIS por dichos conceptos.
21.6. En caso que el envío de cualquier comunicación sea mediante correo electrónico o mediante el acceso a la página web de NOBILIS, las Partes acuerdan que las computadores o dispositivos electrónicos de NOBILIS serán prueba suficiente de la recepción de los correos electrónicos por parte del Cliente o de su acceso a la página web de NOBILIS, según corresponda. En caso que en cualquier momento la direc- ción de correo electrónico sea modificada, será exclusiva responsabilidad del Cliente comunicar dicha modificación de forma inmediata y por escrito a NOBILIS. Hasta tanto no se haga dicha comunicación, NOBILIS continuará enviando los correos electrónicos a las direcciones de correo electrónico indicadas en el presente, aceptando el Cliente que NOBILIS ha cumplido con su obligación al efectuar dicha comunica- ción y liberándolo de toda responsabilidad por los eventuales perjuicios que la no recepción de la comuni- cación le pudiera ocasionar al Cliente.
22. Jurisdicción y ley aplicable
Las Partes sujetan el presente Contrato a las Leyes de la República Oriental del Uruguay y a la Jurisdicción de los Tribunales Uruguayos.
23. FATCA. Secreto bancario y datos personales. Common Reporting Standard (CRS)
El Cliente autoriza a NOBILIS a divulgar información sobre su persona y estados financieros a autoridades impositivas nacionales y/o extranjeras cada vez que a su criterio resulte aplicable la normativa americana denominada Foreign Account Tax Compliance Act ("FATCA") y/o normas similares (tal como el Common Reporting Standards), relevándolo para tal supuesto de la obligación de guardar el secreto profesional dispuesto por el artículo 25 del Decreto-Ley 15.322 en la redacción dada por la Ley 18.627, y lo exonera de toda responsabilidad por la difusión de dicha información. El relevamiento contempla el requerimiento de FATCA, de cualquier legislación similar de otro país o bajo legislación local. Asimismo, el Cliente autori- za a NOBILIS a efectuar las retenciones de fondos que le sean requeridas en aplicación de la normativa FATCA y/u otras disposiciones dispuestas por autoridades extranjeras o locales, y que NOBILIS se vea obligado a cumplir.
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 17 y 23 de la Ley 18.331 de Protección de Datos Personales y Habeas Data, mediante la firma del presente documento, el Cliente presta su consentimiento inequívoco, libre, expreso e informado para que NOBILIS transmita la informa- ción antes mencionada a las autoridades impositivas correspondientes y para que realice transferencias de datos, incluidas transferencias internacionales, de conformidad con las normas citadas.
Asimismo, el Cliente reconoce y acepta que en el marco de la prestación del servicio que se describe en el presente Contrato, NOBILIS podrá divulgar cierta información del Cliente a instituciones financieras o a cualquier tercero con el que NOBILIS entre en contacto ya sea de Uruguay o del exterior, relativa a sus operaciones (tanto activas como pasivas), números de cuenta, saldos, movimientos, colocaciones, inver- siones, operaciones con derivados financieros, compra o venta de valores, y toda información vinculada con dichas operaciones, información relacionada al análisis que NOBILIS pueda haber realizado respecto del Cliente sobre el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo y temas impositivos, y todos sus datos personales y/o societarios, así como cualquier otra información que NOBILIS tenga relacionada con el Cliente. A su vez, el Cliente reconoce y acepta que NOBILIS pueda dar a conocer sus datos u otra informa- ción a terceros en casos en que el suministro de información sea necesario a efectos de prestar servicios en forma más eficiente, por razones de seguridad del Cliente así como para ofrecerle otros productos o servicios y en caso de solicitudes de información efectuadas por autoridades judiciales o administrativas nacionales o del exterior.
Adicionalmente, en caso que el Cliente utilizara y/o aceptara la firma electrónica (art. 5, Ley No 18.600) frente a NOBILIS, entonces el Cliente presta su consentimiento inequívoco, libre, expreso e informado para que NOBILIS transfiera al proveedor o prestador de servicio de firma electrónica de que se trate los datos personales que sean necesarios para la ejecución y la correcta prestación de los servicios de firma electrónica, tales como nombre, dirección de correo electrónico y teléfono. Los datos del Cliente serán tratados con el grado de protección adecuado, tomándose las medidas de seguridad técnicas y organizativas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros. Se deja expresa constancia que serán de aplicación, en lo pertinente, las disposiciones de la Ley Nº 18.331, sus modificativas, reglamentaciones y concordantes (incluyendo en lo que corresponda el Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea).
Asimismo, el Cliente declara conocer que Nobilis, en virtud de lo dispuesto por la Ley 19.484 de Transpa- rencia Fiscal, se encuentra obligada a reportar a la Dirección General Impositiva determinada información respecto de las cuentas y activos del Cliente en el marco del sistema implementado para cumplir con la normativa denominada Common Reporting Standard ("CRS"), impuesto para sujetos comprendidos en la normativa, consistente en el reporte y la recopilación de información con el propósito de ayudar a evitar la evasión fiscal y proteger la integridad de los sistemas tributarios fiscales.
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24. Adhesión a las políticas en materia de prevención xxx xxxxxx de activos y manejo de información de clientes.
El Cliente manifiesta su adhesión a las políticas y procedimientos adoptadas por NOBILIS, tanto en materia de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo, como de manejo de información de clientes, de acuerdo con las normas generales e instrucciones particulares emitidas por el Banco Central del Uruguay y las disposiciones del presente Contrato. En todos los casos en los que NOBILIS tercerice cualesquiera de los servicios permitidos por la normativa vigente en la materia, la presente adhesión incluirá asimismo una autorización expresa del Cliente a la institución tercerizada habilitándola a solicitarle toda la documentación e información que entienda pertinente a los efectos de realizar un adecuado procedimiento de debida diligencia de clientes relevándola, a su vez, en todos los casos de la obligación de guardar secreto en los términos del presente Contrato, y/o a fin de poder dar fiel cumplimiento al servicio para la que fue contratada por NOBILIS, sin perjuicio de toda aquella información que corresponda solicitar a NOBILIS en virtud de sus propias obligaciones legales y reglamentarias que sean de aplica- ción. La empresa tercerizada, mantendrá la responsabilidad final, tal como si los procedimientos hubieran sido reali- zados directamente por NOBILIS. En virtud de lo aquí dispuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 17 y 23 de la Ley 18.331, mediante la firma del presente documento, el Cliente presta su consentimiento inequívo- co, libre, expreso e informado para que NOBILIS transmita la información mencionada en los artículos precedentes. A su vez, independientemente de la tercerización de los procedimientos de debida diligencia, el Cliente acepta que NOBILIS sea quien monitoree las cuentas y transacciones a los efectos de detectar patrones inusuales o sospecho- sos. NOBILIS queda facultada para solicitar al Cliente toda la información que sea necesaria a fin de cumplir con las disposiciones sobre prevención de los delitos xx xxxxxx de activos provenientes de actividades ilícitas y de financia- miento del terrorismo, asegurando al Cliente en estos casos, la confidencialidad necesaria sobre los informes o actuaciones que deriven de ello.
25. Origen de fondos.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula anterior, el Cliente declara que los fondos e Instrumentos Financieros objeto del presente son de procedencia lícita, en los términos dispuestos por las leyes y reglamentaciones vigentes en la República Oriental del Uruguay, en materia de prevención del delito xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Ley Nº 19.574 y normas concordantes y complementarias e instrucciones particulares emitidas por el Banco Central del Uruguay).
En tal sentido, y sin que implique limitación de los delitos precedentes que en un futuro puedan adicionar las leyes, el Cliente manifiesta que los fondos/Instrumentos Financieros objeto del presente Contrato no provienen ni se vincu- lan directa o indirectamente con:
- Narcotráfico.
- Delitos de corrupción pública.
- Terrorismo y su Financiamiento.
- Contrabando superior a 200.000 Unidades Indexadas.
- Tráfico ilícito xx xxxxx, explosivos, municiones o material destinado a producción.
- Tráfico ilícito de órganos, tejidos, medicamentos sustancias nucleares, obras de arte, animales o materiales tóxicos.
- Tráfico ilícito y trata de personas.
- Secuestro, extorsión, proxenetismo.
- Estafa superior a 200.000 Unidades Indexadas.
- Delitos contra la propiedad intelectual.
- Delitos marcarios.
- Apropiación indebida superior a 200.000 Unidades Indexadas.
- Falsificación y alteración de moneda.
- Conductas vinculadas a venta, prostitución infantil, utilización de pornografía; o sobre trata, tráfico o explotación sexual de personas.
- Quiebra o insolvencia fraudulenta; insolvencia societaria fraudulenta.
- Fraude concursal, defraudación tributaria (cuando el monto de los tributos defraudados sea mayor
a 2.500.000 Unidades Indexadas para ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2018 o 1.000.000 Unidades Indexadas para ejercicios iniciados a partir de 1º de enero de 2019).
- Defraudación aduanera superior a 200.000 Unidades Indexadas.
- Homicidio muy especialmente agravado y lesiones graves y gravísimas cometidos por precio o promesa remuneratoria.
- Hurto, rapiña, copamiento y abigeato de valores superiores a 100.000 Unidades Indexadas cuando sea cometido por grupo delictivo organizado.
- Asociación para delinquir.
- Crimen de genocidio, crímenes xx xxxxxx, crímenes de lesa humanidad.
NOBILIS queda facultada a solicitarle al Cliente la documentación necesaria para justificar el origen de los fondos manejados, a modo de ejemplo, deberá brindarle estados contables con informe de Xxxxxxxx Xxxxx- co, declaraciones de impuestos, estados de responsabilidad, actas de distribución de utilidades, contratos de compraventa.
NOBILIS se reserva el derecho de aceptar o rechazar a su solo criterio la recepción y custodia de determi- nados Instrumentos Financieros que considere pudieren provenir xx xxxxxxx ilícitas, en cumplimiento de las observaciones impuestas por el Banco Central del Uruguay. El Cliente se responsabiliza ante NOBILIS y los futuros titulares de los Instrumentos Financieros por el origen de los mismos y por todo embargo, gravamen o traba de cualquier naturaleza que los afecte, debiendo en su caso proceder a sólo requeri- miento de NOBILIS al reemplazo de los mismos. Ante cualquier incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones asumidas, NOBILIS queda facultada para retener la cantidad de Instrumentos Financieros necesarios para compensar una suma equivalente a las sumas reclamadas, sin perjuicio del derecho de exigirle al Cliente el pago de los daños y perjuicios ocasionados.
El Cliente estará obligado a entregar a NOBILIS la información necesaria para cumplir con los procedimien- tos de debida diligencia establecidos en la Ley Nº19.574, normas concordantes y complementarias.
26. Xxxx Automática.
Las Partes caerán en xxxx de forma automática, produciéndose la misma de pleno derecho por el venci- miento de los plazos o por el incumplimiento total o parcial de cualesquiera de sus respectivas obligaciones asumidas en este Contrato, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial ni gestión alguna.
27. Independencia entre las Partes.
Este Contrato regula un contrato de prestación de servicios, caracterizado por la total independencia jurídi- ca y financiera de las Partes. Cada Parte actúa por su exclusiva cuenta y riesgo.
28. Recibo de Copia.
El Cliente declara por la presente que ha leído detenidamente y aceptado la totalidad de los términos y con- diciones estipulados en el presente, y que ha recibido una copia del presente y del tarifario vigente a la fecha.
29. Uso de Firma Electrónica Común y del Correo Electrónico. Contrato de Servicios Web.
29.1. Las Partes acuerdan por la presente que será válido el uso de la firma electrónica o firma digital común, así como el uso de los correos electrónicos a las casillas de correo indicadas por los titulares y/o apoderados en el presente. El Cliente declara y reconoce que a través de la presente cláusula otorga su consentimiento previo, conforme lo establecido en Ley Nº 18.600 de Documento Electrónico y Firma Elec- trónica y sus modificativas o cualquier ley que la sustituya en el futuro, para admitir en forma expresa la validez de la firma electrónica o digital en cualquier contrato y/o documento en su vínculo con NOBILIS, incluyendo cualquier sistema de firma electrónica a ser adoptado por NOBILIS.
29.2. Para poder hacer uso de los servicios web prestados por Nobilis a través de su sitio web mediante usuario y contraseña, el Cliente deberá suscribir el Contrato de Servicios Web que se adjunta el presente como Anexo IV.
30. Domicilios.
El Cliente constituye domicilio legal a todos los efectos a que pudiere dar lugar el presente Contrato, en el denunciado en la Ficha completada por el Cliente. NOBILIS constituye domicilio legal a todos los efectos que pudiere dar lugar el presente Contrato en Xxxxxx 000, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx. NOBILIS constituye domi- cilio electrónico en la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx.
31. Referencias.
Las Partes declaran que todas las referencias a "el presente" o al "presente documento" refieren no solo al presente Contrato sino a toda la información que los titulares de la cuenta han completado y que se encuentra comprendida en la Ficha de acuerdo a lo previsto en la cláusula 32 del presente Contrato. A tales efectos, las Partes declaran y reconocen que la información que los titulares de la cuenta han completado y que surge de la Ficha, es parte integrante de este Contrato. Así también, las Partes declaran y reconocen que el Perfil, la estrategia de inversión, y la indicación de si se actuará mediante órdenes o sin necesidad de órdenes, que se establecen en documentos por separado y que pueden modificarse también mediante los medios de comunicación de la cláusula 21, serán siempre parte integrante de este Contrato.
32. Ficha de Cliente.
Conjuntamente con la suscripción del presente el Cliente suscribe una ficha (en adelante, la "Ficha"), en la cual ingresará todos sus datos identificatorios, así como los datos identificatorios de cada uno de los titula- res que conforman el Cliente. Asimismo, el Cliente deberá comunicar en la Ficha el correo electrónico, domicilio y cuenta bancaria, entre otros datos. Asimismo, los titulares de la cuenta del Cliente (en caso que sean más de una persona) declaran y reconocen que se les asignará un único Perfil y una única estrategia de inversión a cada cuenta. A tales efectos, los titulares de la cuenta del Cliente autorizan a que, tanto el Perfil como la estrategia de inversión, puedan ser firmados de tanto en tanto, por cualquiera de los titulares en forma indistinta, obligando al resto de los titulares de la cuenta.
El(Los) titular(es) de la cuenta manifiesta/n, en carácter de DECLARACIÓN JURADA, que:
1) Las informaciones aportadas son exactas y verdaderas y autorizan a NOBILIS Corredor de Xxxxx S.A. a verificar la misma y obtener información respecto a su persona. Asimismo, se declara conocer y aceptar las provisiones y estipulaciones establecidas precedentemente.
2) El(Los) titular(es) de la cuenta, se obliga(n) a informar a NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. cualquier cambio en la información establecida precedentemente. Mientras dichos cambios no sean informados en forma fehaciente, NOBI- LIS Corredor de Bolsa S.A. tendrá por válida la última información proporcionada.
3) Los fondos a operar a través de vuestra Institución son de procedencia lícita, en los términos dispuestos por las leyes y reglamentaciones vigentes en la República Oriental del Uruguay, en materia de prevención del delito xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo (principalmente la Ley Integral xx Xxxxxx de Activos Nº 19.574, y demás normas reglamentarias, concordantes y complementarias, así como la regulación emitida por el BCU). En tal sentido, se manifiesta que los fondos/valores aportados no provienen ni se vinculan directa o indirectamente con ninguno de los delitos precedentes xxx Xxxxxx de Activos y/o Financiamiento del Terrorismo.
4) Están al día con las obligaciones tributarias para con las autoridades del país de residencia fiscal oportuna- mente informado, y asimismo que los fondos o activos invertidos en NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. se encuentran debidamente declarados ante dichas autoridades.
Fecha:
Nombre:
Firma:
Fecha:
Nombre:
Firma:
Aclaración: Aclaración:
Por Nobilis Corredor de Bolsa S.A:
Firma:
Aclaración:
ANEXO 1 - Perfil de inversión
NOBILIS busca ofrecerle el mejor asesoramiento patrimonial para que pueda alcanzar sus objetivos personales. Para logarlo, es clave conocer sus objetivos, preferencias, experiencias previas de inversión, y también su tolerancia al riesgo. Esta información nos permitirá diseñar una estrategia personalizada con sugerencias de diferentes opciones que se ajusten a sus necesidades, evitando asumir riesgos mayores a los que usted pueda o desee tomar.
Indique en que rango de edad se encuentra
18 a 40
40 a 60
mas 60
menos de 5%
mas de 5%
¿Cual es su horizonte de inversión expresado en años?
menos 5
5 a 10
mas 10
¿Cual es el principal objetivo que busca lograr con sus inversiones?
Apreciación de Capital Ingresos Ambas
Retorno menor a 3% con pérdidas de hasta 5% Retorno entre 3% y 4,5% con pérdidas entre 5% y 10%
Retorno entre 4,5% y 6% con pérdidas entre 10% y 14%
Retorno entre 6% y 7,5% con pérdidas entre 14% y 20% Retorno superior a 7,5 % con pérdidas de mas de 20%
¿Que espera de un activo de riesgo?
Maximizar seguridad mayormente seguridad seguridad y retorno mayormente retorno maximizar retorno
¿Cuál es su nivel general de conocimiento sobre finanzas e inversiones?
Nulo
Mínimo Medio Alto
Muy alto
¿Que instrumentos ha operado en el pasado (experiencia naturaleza)??
Ninguno Fondos/ETFs bonos
Fondos/ETFs bonos o bonos individuales Fondos/ETFs de bonos o bonos individuales o Fondos/ETFs de acciones Fondos/ETFs de bonos o bonos individuales o Fondos/ETFs de acciones o acciones individuales
¿Cuantas operaciones ha realizado en los últimos 12 meses (experiencia frecuencia)?
menos 3
3 a 6
6 a 12
12 a 18
mas 18 No aplica
¿Cuánto ha sido el importe de las operaciones realizadas en el punto anterior (en USD)?
1.000
5.000
10.000
15.000
mas de 20.000 No aplica
¿En el pasado, cuando ha enfrentado caídas en el mercado que hizo ?
Vendió No hizo nada Compró mas No aplica
A su juicio, que tan riesgoso es el mercado financiero
Muy riesgoso Algo riesgoso Neutral Algo seguro Muy seguro
¿Cuál es su volumen de ingresos anuales expresado en USD?
de 0 a USD 20,000
de USD 20,001 a USD 50,000
de USD 50,001 a USD 120,000
mas de USD 120,000
Estrategia de inversión:
La estrategia de inversión dependerá de su tolerancia al riesgo. Si bien estará ampliamente determinada por los productos en los que invierte, lo más importante es la proporción en la que se distribuyen los mismos.
A continuación, detallamos una lista indicativa de los instrumentos típicos para los distintos perfiles de inversión:
Exposición al riesgo bajo
Letras de tesorería del gobierno americano, letras de regulación monetaria del BCU, fondos de liquidez, fondos de bonos de corta duración, productos estructurados con capital protegido y bonos grado inversor.
Exposición al riesgo medio
Acciones, fondos mutuos, ETFs comunes, productos estructurados con características para la mejora del rendimiento, bonos de alto rendimiento, emisiones de oferta privada, fideicomisos de oferta pública y privada.
Exposición al riesgo alto
Concentración en acciones, bonos de alto rendimiento y productos privados. A su vez podrá invertir en valores sofisticados con apalancamiento y derivados financieros.
Por este medio, confirmo haber evaluado la estrategia con mi Asesor Financiero, acepto que soy capaz de hacer frente a la opción seleccionada en relación al riesgo asumido y que esta estrategia representa los intereses de todos los titulares de la cuenta.
Nombre:
Fecha:
Firma:
Se deja constancia que el presente documento es un Anexo que forma parte de las Condiciones Contractuales para Clientes de NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. las cuales fueran oportunamente suscriptas por parte del Cliente.
Cuenta NOBILIS:
ANEXO II - Modelo de instrucción
Instrucción particular de Compra o Venta
Por intermedio de la presente,solicito a Nobilis Corredor de Bolsa se realice la siguiente operación
Compra Venta
Descripción de los Valores:
Valor Nominal Valor Efectivo
Valor Nominal o Valor Efectivo a invertir
ISIN:
*Días hábiles xx xxxxxxx de validez de la orden:
**Precio/tasa:
Otras aclaraciones que se consideren necesarias para evitar confusión en la negociación
Código del Cliente / Nro de Cuenta:
Nombre del Cliente:
Fecha y hora exacta de la recepción de la orden (favor completar con día, hora, minutos y segundos): dd/mm/yyyy hh:mm:ss
dd/mm/yyyy hh:mm:ss
*De no completarse se considera válida por 30 días corridos.
**Compras: Precio máximo o rentabilidad mínima en términos de tasa o tasa interna de retorno de las órdenes de compra desde el punto de vista del cliente. Ventas: Precio mínimo o rentabilidad en términos de tasa o tasa interna de retorno de las órdenes de venta desde el punto de vista del cliente. Todas: de no especificar el precio, se considera como a precio xx xxxxxxx.
Dejo constancia que recibo copia de las presentes instrucciones.
Dejo constancia de haber recibido la información/documentación respecto de los Valores conforme lo estableci- do en la normativa vigente.
Declaro conocer que Nobilis Corredor de Bolsa se encuentra habilitado como Corredor de Bolsa por la Bolsa de Valores de Montevideo y el Banco Central del Uruguay.
Asimismo, declaro haber sido correctamente informado sobre la totalidad de los costos asociados a la presente operación.
La presente instrucción se regirá por lo aquí previsto y el contrato oportunamente suscrito por mí.
Información/ Documentación entregada al cliente.
a. Con relación a valores de oferta pública emitidos localmente: el prospecto de emisión o, en su defecto, el sumario de los términos y condiciones de la emisión y una indicación de dónde se puede obtener el prospecto, y toda otra información relevante posterior a la emisión, en particular la referente a eventuales modificaciones en los términos y condiciones originales de la emisión, así como las modificaciones en la calificación de riesgo de los valores, si así correspondiere.
b. Con relación a valores de oferta privada emitidos localmente: - prospecto de emisión, de existir, o en su defecto términos y condiciones de la emisión, incluyendo identificación y domicilio del
emisor, la jurisdicción aplicable en caso de controversia y la indicación o la declaración expresa de que el valor que se ofrece es de oferta privada y no se encuentra registrado en la Superintendencia de Servicios Financie- ros, conforme a lo dispuesto por el artículo 2 de la Recopilación de Normas xx Xxxxxxx de Valores ("RNMV").
- estados contables del emisor o indicación de dónde puede consultarlos el cliente, en caso de que el emisor los haya hecho públicos, indicando si se encuentran o no auditados por una firma de reconocido prestigio;
- informe de calificación de riesgo del valor o en su defecto del emisor. en caso de que ni el valor ni el emisor se encuentren calificados, se deberá informar al respecto al inversor;
- información disponible en la Central de Riesgos Crediticios del Banco Central del Uruguay acerca del emisor, o informar al usuario que no existe información sobre el emisor en la referida Central de Riesgos;
- entidad registrante, en caso de valores escriturales;
- garantías ofrecidas por los emisores y la entidad depositaria de los documentos constitutivos de dichas garantías, en caso de existir;
- toda otra información relevante posterior a la emisión;
- en el caso de los fideicomisos financieros: que se ha cumplido con la inscripción del contrato de fideicomiso en la Dirección General de Registros del Ministerio de Educación y Cultura (artículo 6 de la Ley Nro. 17.703 del 27 de octubre de 2003) y que el mismo cuenta con la constancia del Banco Central del Uruguay de que se trata de un fideicomiso de oferta privada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 108 de la RNMV.
c. Con relación a valores de oferta pública o privada emitidos en el exterior:
- el sumario de los términos y condiciones de la emisión y - en caso de que exista prospecto de emisión - la indicación de que el mismo se encuentra a su disposición;
- lugar de radicación de la institución emisora del instrumento, indicando que es regida y controlada por autoridades de ese país y no por el Banco Central del Uruguay;
- calificación de riesgo del valor, expresada en escala internacional, indicando la institución calificadora; si no existiera tal calificación, se deberá prevenir al inversor acerca de tal situación y, en caso de títulos de deuda, proporcionar como elemento de referencia la calificación del emisor o del país en que está radicado, explicitando el alcance de dicha calificación;
- garantías ofrecidas por los emisores;
- toda otra información relevante posterior a la emisión. Sin otro particular saluda atentamente,
Firma cliente: -
Aclaración de firma:
Recibida por:
Firma:
Se deja constancia que el presente documento es un Anexo que forma parte de las Condiciones Contractuales para Clientes de NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. las cuales fueran oportunamente suscriptas por parte del Cliente.
ANEXO III - Comisión integral
Acepto pagar una comisión anual en las siguientes condiciones:
% Anual de Comisión: Fecha de inicio:
El Cliente autoriza a que estas comisiones sean debitadas de forma trimestral de la cuenta de custodia que mantiene a su nombre en Nobilis o en la entidad que corresponda a:
Trimestre adelantado Trimestre vencido
Se deja constancia que el presente documento es un Anexo que forma parte de las Condiciones Contractuales para Clientes de NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. las cuales fueran oportunamente suscriptas por parte del Cliente.
ANEXO IV - Contrato de servicios web
En la ciudad de Montevideo, en el día de la fecha, comparecen: POR UNA PARTE: NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. (RUT Nº 213546720018), con facultades suficientes para el otorgamiento (en adelante "NOBILIS"); y POR OTRA PARTE los que se indican al pie del presente documento, (en adelante el "Cliente", y conjunta- mente con NOBILIS las "Partes"), quienes convienen celebrar el presente contrato de prestación de servicios web (en adelante el "Contrato"), de acuerdo a lo dispuesto en las siguientes cláusulas:
Primero. Definiciones.
A los efectos del presente Contrato se entiende por:
Cliente: toda persona física o jurídica que mantiene una o más cuentas a su nombre en NOBILIS, figurando como titular, ca-titular o incluso como apoderado en la(s) ficha(s) de apertura de cuenta(s), y que asimismo ha firmado el presente Contrato a fin de utilizar los servicios que se detallan en la cláusula 3.2.
Usuario: todo titular o apoderado de una o más cuentas que opera en la página web de NOBILIS, utilizando para ello un nombre de usuario y una clave, otorgados por NOBILIS.
Clave: número de identificación personal y de acceso a la página web de NOBILIS, el cual permite autenticar y/o validar cualquiera de las actuaciones ejecutadas por el Cliente.
Segundo. Antecedentes.
2.1 El Cliente es titular o apoderado de una o más cuentas en NOBILIS (en adelante la "Cuenta");
2.2 A efectos de facilitar la vinculación comercial que el Cliente mantiene con NOBILIS, es de su interés poder utilizar los servicios que se detallan seguidamente, por lo que las Partes acuerdan firmar el presente Contrato.
Tercero. Objeto.
3.1 El presente Contrato regulará los servicios prestados por NOBILIS al Cliente, vía Internet, a través de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx o cualquier otro sitio web que NOBILIS implemente en el futuro, el cual será comunicado al Cliente a través de correo electrónico (en adelante, la "Página Web"}.
3.2 Los servicios prestados serán los siguientes (en adelante indistintamente el "Servicio" o los "Servicios"):
a) consultas respecto de la Cuenta, así como de las operaciones realizadas en la misma; b} recabar información histórica sobre la Cuenta;
c) solicitar transferencias de fondos; d} acceder a estados de cuenta;
e) consultas sobre todos los movimientos de la Cuenta, tanto en valores como en fondos;
f) futuros servicios que NOBILIS pueda llegar a disponer a través de su Página Web.
3.3 El Cliente deberá disponer de un dispositivo personal conectado a Internet y al menos de una dirección de correo electrónico válida, que deberá especificar en la cláusula octava.
Cuarto. Usuario/Clave.
4.1 A efectos de acceder al Servicio, NOBILIS asignará al Cliente un Usuario y una Clave, los que serán de su único y exclusivo conocimiento. El Cliente acepta que el ingreso a la Página Web bajo dicho Usuario/Clave será suficiente para que NOBILIS entienda que es él mismo quien ha ingresado al sistema. En el primer acceso a la Página Web el Cliente deberá cambiar dicha Clave para su mayor seguridad.
4.2 El Cliente es personalmente responsable por cualquier acto u omisión realizado en la Página Web mediante el uso de su Usuario/Clave, aun cuando alguno de ellos haya sido usado por otra persona, en forma fraudulenta y/o sin su autorización. El Cliente acepta que las presentes condiciones serán aplicables a los apoderados del Cliente, en lo pertinente, siendo éste responsable por las instrucciones que sus apoderados impartan y las obligaciones que xxxxxx (en tanto que estos actúan en nombre y representación del Cliente), según lo que se establece a continua- ción, considerándose a todos los efectos como si hubiera actuado el Cliente personalmente.
4.3 En caso de descubrir, o tener razones para sospechar, que una Clave ha sido conocida o utilizada indebidamente, sin la debida autorización, el Cliente deberá comunicar dicha circunstancia inmediatamente a NOBILIS en forma fehaciente.
4.4 En caso de olvido o bloqueo de la Clave, el Cliente podrá solicitar el envío de una nueva Clave a través de la página Web y NOBILIS enviará una nueva al correo electrónico declarado como válido en la cláusula octava del presente.
4.5 La baja del Usuario/Clave deberá ser solicitada por escrito, mediante carta o a través de la casilla de correo declarada en la cláusula octava del presente, en cuyo caso operará la rescisión del presente Contrato.
Quinto. Limitación de responsabilidad por el Servicio.
5.1 NOBILIS no garantiza que los Servicios brindados serán ininterrumpidos, libres de error, así como tampoco que los defectos serán corregidos, o bien que la Página Web o el servidor que la hace disponible, estará libre de virus o cualquier otro componente nocivo. El Cliente declara que los mensajes por e-mail no están encripta- dos y no son un medio seguro de transmisión, por consiguiente el Cliente acepta expresamente que dicho modo de transmisión involucra riesgos de posibles alteraciones, modificaciones, eliminaciones y/o uso no autorizadas de la información cualquiera sea el fin o propósito.
5.2 Asimismo, NOBILIS no será responsable por las interrupciones o fallas en la prestación de los Servicios, que se deriven de casos de fuerza mayor. Tampoco será NOBILIS responsable por cualquier error, demora, problema en la transmisión o cualquier inconveniente causado por el uso de internet o el uso del correo electró- nico como medio de transmisión.
5.3 En consecuencia, el Cliente conoce y asume los daños y perjuicios que pueden derivarse de las hipótesis previstas en los incisos anteriores.
Sexto. Plazo.
6.1 El presente Contrato tendrá una duración de 1 (un) año, renovándose automáticamente por iguales periodos de tiempo, salvo que cualquiera de las Partes comunique a la otra su voluntad de terminarla, con una anticipa- ción no menor de 30 días por escrito y mediante los medios de notificación establecidos en el presente.
6.2 Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, el Contrato finalizará de pleno derecho cuando se extinga la relación comercial que vincula a NOBILIS con el Cliente, y que dio mérito a la firma del presente.
Séptimo. Domicilios.
El Cliente constituye domicilio legal a todos los efectos a que pudiere dar lugar el presente documento, en el que surge al pie del presente documento.
NOBILIS constituye domicilio legal a todos los efectos a que pudiere dar lugar el presente documento, en el siguiente:
Xxxxxx 000, Xxxx 0, Xxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
Ambas Partes acuerdan asimismo dar validez a las comunicaciones que se efectúen por correo electrónico a las direcciones indicadas en la cláusula siguiente.
Octavo. Correo Electrónico.
El Cliente declara como válidas a todos los efectos las direcciones de correo electrónico detalladas al pie del presente documento.
NOBILIS declara como válidas a todos los efectos las siguientes direcciones de correo electrónico: xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
Noveno. Nombre de Usuario.
El nombre de "Usuario" del Cliente para utilizar en la Página Web será su propio documento de identidad, sin puntos ni guiones.
Décimo. Xxxx Automática.
Las Partes caerán en xxxx de forma automática, produciéndose la misma de pleno derecho por el vencimiento de los plazos o por el incumplimiento total o parcial de cualesquiera de sus respectivas
obligaciones asumidas en este Contrato, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, ni gestión alguna.
Se deja constancia que el presente documento es un Anexo que forma parte de las Condiciones Contractuales para Clientes de NOBILIS Corredor de Bolsa S.A. las cuales fueran oportunamente suscriptas por parte del Cliente.
Montevideo, ...... de ...... de .........
Montevideo,
Firma de(los) titular(es) y beneficiario(s) final(es):
Nombre:
Firma:
Nombre:
Firma:
Correo electrónico: C.I.:
Correo electrónico: C.I.:
Nombre:
Firma:
Nombre:
Firma:
Correo electrónico: C.I.:
Correo electrónico: C.I.: