INDICE
PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGULARÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL CIRCUITO DE VELOCIDAD XX XXXXX.
INDICE
RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y FUERO 3
PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CREDITO E IMPUESTOS 4
OBLIGACIONES DEL ADJUDICTARIO 15
CESIÓN, SUBCONTRATACIÓN Y MODIFICACIÓN 16
Circuito xx Xxxxx, S.A., es una empresa del Ayuntamiento de Jerez de la frontera y de la Junta de Andalucía, con forma de sociedad anónima, personalidad jurídica propia y capacidad de obrar.
En este sentido, la especialización, experiencia y disponibilidad de medios que se requieren para la oferta de los presentes suministros y servicios complementarios adecuados hacen necesaria la contratación de una empresa especializada que pueda dar respuesta de la forma más eficaz a las necesidades de Circuito xx Xxxxx, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El presente pliego tiene por objeto la contratación de una POLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL CIRCUITO DE
VELOCIDAD XX XXXXX conforme a lo establecido en los Pliegos de Condiciones Técnicas.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y FUERO
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx es de naturaleza privada, y se regirá por el presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, por el de Prescripciones Técnicas, por el contrato que se firme y oferta del adjudicatario, en todo cuanto no contradiga las condiciones establecidas. En caso de discrepancias entre los documentos descritos, la prevalencia de unos sobre otros se establece en el mismo orden en que han sido relacionados.
El contrato se regulará por la legislación civil y mercantil, y por el Real Decreto 3/2011 de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) el Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y por las instrucciones internas de contratación aprobadas por acuerdo del Consejo de Administración el 28-03-12 y publicadas en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx en cuanto a su preparación y adjudicación.
La legislación específica es la siguiente:
Ley de contrato de seguros 50/80 de 8 de octubre.
Este contrato de Servicio se adjudicará por el procedimiento abierto ordinario mediante varios criterios de adjudicación.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos sujetos al presente contrato serán resueltas por los órganos jurisdiccionales correspondientes al lugar de celebración del contrato, es decir la ciudad de Jerez de la Frontera.
3. PRESUPUESTO, EXISTENCIA DE CREDITO E IMPUESTOS.
El presupuesto de licitación máximo por anualidad, que engloba prima neta, consorcio y demás tributos que le sean de aplicación, según las disposiciones vigentes, es de 62.000 €.
Para años sucesivos se dotará suficientemente en los presupuestos de los respectivos ejercicios.
4. ABONO DEL PRECIO
La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio convenido, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso.
La prima total anual convenida se abonará por trimestres anticipados debiendo Circuito xx Xxxxx, S.A. abonar el primer trimestre incluidos los impuestos de la totalidad de la anualidad en el momento de entrada en vigor del contrato.
5. DURACIÓN DEL CONTRATO
Este contrato tendrá una duración de 24 meses desde la fecha de firma del contrato, no pudiendo ser prorrogado.
La fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio es las 00:00 horas del 1 de Julio de 2014. El adjudicatario dispondrá lo suficiente para permitir la operatividad del servicio en dicha fecha.
6. EMPRESAS PROPONENTES
6.1 Capacidad para Contratar
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que señala el artículo 60 del TRLCSP, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Los Licitadores deberán acreditar, además, que su actividad tiene relación directa con el objeto del Contrato, según resulte (en el caso de personas jurídicas), de los respectivos Estatutos o reglas fundacionales y disponer, en su caso, de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del Contrato.
Podrán concurrir a la presente contratación las Uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de la misma en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios debe ser coincidente con la del contrato hasta su extinción. El licitador que concurra en unión temporal con otros no podrá
hacerlo además individualmente, ni podrá figurar en más de una unión temporal. La contravención de esta disposición supondrá la no admisión de todas las ofertas en la que figure el empresario.
La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Xxxxxx y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
6.2 Documentación a Presentar
Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados, en los que se indicarán además de la razón social y denominación de la entidad licitadora, el título de la contratación y contendrán:
Sobre A: Documentación Administrativa.
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos originales o fotocopias debidamente compulsadas. Así mismo deberá incluirse en el sobre copia de todos los documentos en soporte CD, con formato pdf.
1. Acreditación de la personalidad jurídica, capacidad de obrar y, en su caso, de la representación.
La documentación relativa a este punto, deberá ser original o mediante copias que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente.
a) Personalidad jurídica y capacidad de obrar.
Escritura o documento de constitución: Para el caso de empresarios españoles que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, o los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Documento Nacional de Identidad: Para los empresarios individuales españoles será obligatoria la presentación de una copia del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Dirección Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social, donde se vaya a realizar la actividad o acreditar estar de alta en la mutualidad correspondiente.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, de que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga. No será necesario el citado informe si la empresa pertenece a un Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
b) Representación.
Poder general mediante escritura pública: si el empresario fuera persona jurídica acreditará su poder de representación, el cual deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para esta licitación no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación, deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán Poder de representación que acredite el carácter con que actúan, así como copia de su Documento Nacional de Identidad.
2. Declaración responsable. Conforme al modelo fijado en el Anexo 6.1, declarando que el licitador, si se tratare de persona física, o la empresa, sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 del TRLCSP, en los términos y condiciones previstas en el mismo. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma prevista en los art. 13 y 14 del RLCAP.
En caso de resultar propuesto como adjudicatario deberá acreditar estos extremos mediante la aportació de los certificados pertinentes.
3. Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, con los medios señalados en los art. 75.1 a) y c) y 78 a), b) y c) del TRLCSP.
Para acreditar los citados extremos de solvencia el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo acreditar documentalmente la conformidad expresa de las referidas entidades en cuanto a la adscripción de los medios de su titularidad, que en dicho documento se especifiquen, para la ejecución del presente contrato. En este supuesto, de resultar adjudicatario, se incluirá en el contrato que se formalice el compromiso expreso del mismo de utilizar los citados medios durante toda la ejecución del contrato.
4. Empresas extranjeras.
Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al Licitador.
5. Dirección de correo electrónico en el que autorice a Circuito xx Xxxxx S.A. a remitir las notificaciones referentes a este procedimiento de contratación.
6. Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
Sobre B. Proposición Técnica y Económica.
Contendrá todos aquellos documentos acreditativos de las circunstancias a tener en cuenta en la valoración, además de la oferta económica.
Si se considera oportuno, se podrá solicitar a las empresas licitadoras una presentación y defensa pública de su oferta.
La falta de presentación de toda o parte de la documentación necesaria indicará, a los efectos de evaluación, la nula calificación del criterio de adjudicación no justificado documentalmente.
6.3 Lugar y plazo de Presentación de Proposiciones.
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados cerrados en las oficinas sitas en Jerez de la frontera, carretera Jerez – Arcos, km.6 (oficinas de Administración) en horario de 09:00 a 14:00 horas y de lunes a viernes.
El plazo de presentación será de siete días naturales desde la publicación en el perfil de contratante, o enviados por correo dentro de dicho plazo. Una vez
presentada una proposición, solo podrá ser retirada justificadamente.
7. MESA DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación será asistido, para la adjudicación del contrato, por una Mesa de Contratación, cuyo funcionamiento será acorde a lo previsto en las instrucciones internas de contratación de esta empresa y propondrá la adjudicación tras la valoración de los criterios que se relacionan a continuación.
7.1. Criterios de Adjudicación.
Los criterios objetivos de valoración que servirán a Circuito xx Xxxxx, S.A. para adjudicar esta contratación serán los siguientes:
a) Criterios de valoración.
Puntos | |
Mejoras en la cobertura: En capitales asegurados. En ampliación de garantías aseguradas. | 10 10 |
Precio: | 55 |
Mejoras en los procedimientos de gestión del contrato: Desarrollo de programa específico de actuación en caso de siniestros. | 5 |
Reducción o Eliminación de franquicia | 20 |
TOTAL PUNTOS | 100 |
(1) Mejoras en la cobertura:
(a) En capitales asegurados de 0 a 10 puntos
Se dará la máxima puntuación a la compañía que ofrezca mejor oferta en cuanto al límite por siniestro y al límite por víctima en el caso de la Responsabilidad Patronal, y las demás se valorarán proporcionalmente.
Límite por siniestro: Puntuación 5 puntos. P = (5 x OF) / OM.
P: Puntuación obtenida.
OF: Oferta del concursante a valorar.
OM: Oferta máxima entre todas las presentadas.
Límite por víctima: Puntuación 5 puntos. P = (5 x OF) / OM.
P: Puntuación obtenida.
OF: Oferta del concursante a valorar.
OM: Oferta máxima entre todas las presentadas.
(b) En ampliación de garantías aseguradas de 0 a 10 puntos
(2) Precio:
Prima total anual que se oferta se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula:
P = 55 x (OF mín / OF). Siendo,
P: Puntuación obtenida.
OF: Oferta del concursante, expresada en euros. OF min: Oferta más baja, expresada en euros.
(3) Mejoras en los procedimientos de gestión del contrato:
Desarrollo de programa específico de actuación en caso de siniestro: de 0 a 5 puntos
(4) Reducción o Eliminación de franquicia :
Puntuación máxima de 20 puntos.
Se dará la máxima puntuación a la compañía que presente la mejor oferta en cuanto a la franquicia propuesta, valorándose proporcionalmente el resto de las ofertas.
P = 20 x (OF / OM).
P: Puntuación obtenida por el licitador.
OM: Oferta mínima entre todas las presentadas, expresada como el descuento en Euros respecto de la franquicia de referencia establecida en los Pliegos de Condiciones Técnicas.
OF: Oferta del licitador, expresada como el descuento en Euros respecto de la franquicia de referencia establecida en los Pliegos de Condiciones Técnicas.
7.2. Procedimiento de Adjudicación.
Finalizado el plazo de presentación de ofertas, una vez recibidos los sobres, se iniciará el estudio pormenorizado de la Documentación Administrativa.
Si se observaran defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, podrá CIRJESA comunicarlo a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para la subsanación, sin perjuicio de que se puedan solicitar aclaraciones sobre los documentos presentados o requerir a los licitadores para la presentación de otros complementarios.
Una vez finalizado el examen de la documentación anterior, se emitirá el correspondiente informe motivado en el que se relacionarán las proposiciones
rechazadas y las admitidas
Realizada la valoración a que se refiere el apartado anterior, se llevará a cabo la valoración de aquellos aspectos de las ofertas cuya evaluación resulte automáticamente, de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos en este Pliego y los datos aportados.
Determinada la oferta económicamente más ventajosa, se formulará expresamente por la Mesa la Propuesta de Adjudicación.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la desviación de la oferta y precise las condiciones de la misma a los efectos de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 152 del TRLCSP, como requisito previo necesario para que pueda ser propuesta como adjudicataria. Recibida esta justificación, se dará traslado de la misma a la unidad técnica competente a fin de que emita informe sobre si se entiende debidamente justificada o no la desviación de la proposición. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y el informe evacuado, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, acordará la adjudicación, en su caso, a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa.
En caso de igualdad de la valoración de las proposiciones presentadas, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional 4ª del TRLCSP.
7.3 Adjudicación
A la vista de los informes referidos y de la propuesta efectuada, el órgano de contratación de CIRJESA procederá a la adjudicación del contrato a la oferta económicamente más ventajosa, sin atender exclusivamente al precio de la misma, o a declarar desierta la contratación, motivando en todo caso su
resolución con referencia a los criterios de adjudicación establecidos.
CIRJESA estará facultada en todo momento para anular la licitación o incluso la adjudicación, siempre antes de la adjudicación, si por cualquier causa no pudiera formalizar el contrato, sin que los licitadores o el adjudicatario, conocedores de esta circunstancia, puedan exigir indemnización por daños y perjuicios.
La selección realizada en estos términos no supone aceptación irrevocable de la oferta por parte de CIRJESA, ni la adquisición de los derechos derivados de la misma por el Licitador seleccionado.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo xx xxxx días, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente (en caso de no haberla aportado en el Sobre A):
1 Documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
2 Acreditación de que dispone de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
3 Garantía definitiva por 5% del presupuesto anual a favor de CIRJESA. Esta garantía responderá de las obligaciones derivadas del contrato, de los gastos originados por demora de la empresa adjudicataria en el cumplimiento de sus obligaciones, y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o en el supuesto de incumplimiento del mismo.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a
recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
7.4 Formalización del Contrato
Una vez culminado lo referido en la cláusula anterior se procederá a la firma del Contrato.
El plazo para la formalización del contrato será de quince días a contar desde el requerimiento al adjudicatario.
El contrato se formalizará en el correspondiente documento contractual y, en su caso, en Escritura Pública, si así lo estima conveniente, al menos una de las partes, siendo a cargo y de cuenta del que lo exija, todos los gastos derivados del otorgamiento de la misma. La parte que la obtenga se compromete a facilitar a la otra una copia autorizada de la correspondiente escritura.
En el contrato constará la fecha de inicio de la ejecución del servicio que será el 1 de Julio de 2014.
8. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Los requisitos exigidos para presentarse a la licitación habrán de mantenerse durante toda la vida del contrato, reservándose CIRJESA el derecho a exigir en cualquier momento, la presentación de algunos de los documentos.
La empresa adjudicataria llevará a cabo la prestación de las actuaciones de la forma y en los plazos relacionados en los Pliegos de Condiciones Técnicas, siendo su responsabilidad la organización, dirección, ejecución y supervisión de los actos necesarios para la operación técnica, mantenimiento y asesoramiento para el servicio objeto del presente contrato.
Asimismo se compromete a hacer un seguimiento y control de las reclamaciones que pudieran existir en relación con el servicio así como a tomar las medidas pertinentes para que estas no se produzcan. En este sentido, deberá dar traslado inmediato a CIRJESA, S.A. de las reclamaciones efectuadas por cualquier incidencia relativa a la prestación del servicio, así como las medidas adoptadas y las comunicaciones que se hagan a los usuarios en respuesta a las reclamaciones presentadas.
9. CESIÓN, SUBCONTRATACIÓN Y MODIFICACIÓN Cesión
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que CIRJESA lo autorice. Para ello el adjudicatario deberá solicitarlo, facilitándole todos los datos de la nueva empresa, quien deberá cumplir los mismos requisitos de capacidad en su día solicitado en el pliego de condiciones.
Subcontratación
La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a la autorización de XXXXXXX, quien teniendo en consideración la capacidad de la empresa y la serie de trabajos a subcontratar podrá autorizarlo.
Modificación
Si con posterioridad al otorgamiento del contrato, como consecuencia de necesidades nuevas o imprevistas, debidamente justificadas, surgiese la necesidad de introducir modificaciones en el contenido del mismo, se procederá a elaborar la nueva documentación contractual, que deberá ser suscrita por las partes a través de sus representantes.
Serán obligatorias para el adjudicatario aquellas modificaciones que no sobrepasen el veinte por ciento (20%) del importe anual del contrato. Si sobrepasase esa cantidad las partes podrán decidir su resolución.
10. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato además de las previstas en el art. 223 del TRLCSP, las siguientes:
1. La necesidad de introducir modificaciones en el contrato que supongan un incremento del presupuesto superior al cincuenta (50%) del mismo.
2. El desistimiento unilateral del Contratista cuando las modificaciones a introducir en el contrato supere el veinte por ciento 20% del importe del mismo sin sobrepasar el cincuenta por ciento 50%.
3. Razones de urgencia y/o imprevisibles.
4. El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las normas laborales referente al personal del presente servicio.
5. Las reiteradas deficiencias en la ejecución del contrato.
En dichos supuestos según se hayan iniciado o no los trabajos se procederá a la liquidación definitiva del contrato, sin que proceda la ejecución de la fianza ni indemnización alguna por daños y perjuicios.
MODELO DE PROPOSICIÓN
«Don. como
representante de la empresa ................................................................con CIF
........................ domiciliada en .................................................................
de……………….……………….. provincia de ,
manifiesta que, enterado del anuncio publicado al efecto para la licitación del contrato de POLIZA DE SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL
CIRCUITO DE VELOCIDAD XX XXXXX, conforme con todos los requisitos y condiciones que se exigen en el Pliego de Cláusulas Administrativas y el Pliego de Condiciones Técnicas que ha de regir y en la representación que ostenta se compromete a asumir el cumplimiento del contrato en los precios que se ofertan en el presente documento.
Lugar, fecha, firma y sello.»
(*) Los precios ofertados son sin I.V.A. y expresados en Euros.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Da. , con DNI/NIF en nombre propio o en representación de la empresa , con C.I.F n° , en calidad de
DECLARA:
1º) Que la empresa a la que represento, ostenta plena capacidad de obrar y no esta incursa en las prohibiciones e incompatibilidades contenidas en los artículos 54 a 61 del TRLCSP y me comprometo, en caso de resultar adjudicatario de este contrato, a justificar documentalmente esta circunstancia.
2º) Que la empresa a la que represento está al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
Y para que conste y surta efectos donde proceda, firmo la presente declaración en prueba de conformidad de todo lo anteriormente expuesto.
En , a de de 2014
Fdo.: