CPI-CREE-05-2024
CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL (CPI)
Contratación de Consultoría:
CPI-CREE-05-2024
Dirigido a: FIRMAS CONSULTORAS
Financiamiento: FONDOS PROPIOS
JULIO 2024
“CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS”
CONTENIDO
Aviso o llamado al Concurso Pag. 4
Introducción ……………………………………………………………...Pag. 5 PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO
Seccion I
Instrucciones a los Oferentes (IAO) ..…………………………………Pag. 7 Seccion II
Datos del Concurso (DDC) ….…………………………………………Pag. 20 Seccion III
Criterios de Evaluacion y Calificacion ………………………………..Pag. 32 Seccion IV
Terminos de Referencia ……………………………………………….Pag. 36
Seccion V
Formularios del Concurso ……………………………………………..Pag. 41 Seccion VI
Modelo de Contrato …………………………………………………….Pag. 50
Resumen Descriptivo del Procedimiento de Concurso
Aviso o Llamado a Concurso
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Esta sección proporciona información a los Oferentes sobre las disposiciones de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento que rigen un proceso de concurso. Este marco regulatorio permite a los Oferentes conocer lo establecido para preparar sus Ofertas, como presentarlas, cómo serán evaluadas y en caso de ser adjudicatario; que documentación debe presentar y como procede la adjudicación y formalización de su contratación. Las disposiciones de esta Sección son generales para todo concurso.
Sección II. Datos del Concurso (DDC)
Esta sección contiene las disposiciones específicas de un concurso que corresponden a cláusulas estipuladas en la Sección I.
Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación
Esta sección detalla los criterios que se utilizarán para evaluar las capacidades del Oferente, las ofertas técnicas y las ofertas económicas para determinar la oferta más conveniente.
Sección IV. Términos de Referencia
Esta sección contiene el detalle de los trabajos requeridos, su alcance, objetivos, resultados esperados, actividades a realizar, informes y productos esperados como resultado de la consultoría con toda la información técnica que se requiere para preparar la oferta.
Sección V. Formularios del Concurso
Esta sección contiene los formularios que deberá utilizar el Oferente para presentar sus capacidades, su oferta técnica y su oferta económica.
Sección VI. Modelo de Contrato
Aviso a Concurso Público Internacional
REPUBLICA DE HONDURAS
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
“ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS”
No. CPI-CREE-05-2024
1. La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) invita a Firmas Consultoras, interesadas en participar en este proceso de concurso, a presentar sus ofertas para realizar los trabajos requeridos.
2. El financiamiento para el presente proceso proviene de Fondos Propios, por lo que se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Internacional (CPI) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
3. Determinar la o las metodologías de valoración de activos no amortizados más adecuadas y aplicables al contexto social y regulatorio nacional para empresas distribuidoras que operan sistemas aislados al término de licencia de operación o concesión, asimismo, desarrollar la valoración de los activos no amortizados del operador de distribución saliente en la isla de Guanaja en aplicación de metodologías identificadas anteriormente y presentar propuestas del mecanismo para que el Estado recupere mediante tarifas el pago de las inversiones no amortizadas del operador saliente, a su vez, para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el nuevo operador.
4. Todos los interesados que decidan participar deberán remitir nota de solicitud de inscripción en el proceso por medio de la dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dirigida al Abogado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Comisionado Presidente de la CREE; igualmente los documentos estarán publicados en el portal web de “HonduCompras”: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx
5. Para aclaraciones y enmiendas que se generen en el proceso, la comunicación únicamente será a través de la siguiente dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
6. Las Ofertas deberán presentarse a más tardar el día xxxx 2024 hasta las 3:00 p.m. en la siguiente dirección: Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
7. Las ofertas que se presenten fuera de plazo indicado serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto de recepción y apertura que se llevará a cabo quince minutos después del plazo de recepción ofertas, en la misma dirección donde se presenten dichas propuestas.
Tegucigalpa M.D.C., xxxx de 2024.
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Comisionado Presidente
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica
MARCO LEGAL
En esta sección se enuncian el marco legal asociado a la consultoría objeto de los presentes términos de referencia que son la base para su ejecución:
1. Mediante del Decreto Legislativo número 404-2013 se aprobó la Ley General de la Industria Eléctrica (“LGIE” o “Ley”), publicada en el diario oficial “La Gaceta” en fecha 20 xx xxxx del 2014 y reformada mediante Decreto Legislativo No. 46-2022. El objeto de dicha Ley es regular las actividades de generación, transmisión y distribución de electricidad en el territorio de la República de Honduras y deroga la Xxx Xxxxx del Subsector Eléctrico y todas las disposiciones contenidas en otras leyes y decretos que se opusieran a lo establecido en la Ley, exceptuando la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable.
2. El artículo 3, literal D de la referida Ley define que la CREE tiene la facultad de: D) “Contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones.”
3. El artículo 7 de la referida Ley establece que Las licencias de operación para transmisión y para distribución serán otorgadas por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), previa verificación de la capacidad técnica y financiera del solicitante. Asimismo, establece que cuando se prevea que una licencia de operación de transmisión o de distribución terminará, por cualquier causa, sin renovación o prórroga, el Estado debe convocar con anticipación suficiente a una licitación pública internacional para adjudicar la licencia a una nueva empresa. En este caso, el Estado deberá pagar al licenciatario saliente el valor aún no amortizado de sus inversiones, como lo prevé la licencia de operación.
4. En el artículo 8, literal B, se establece el procedimiento para la intervención de las empresas del subsector eléctrico cuando estas incumplen las condiciones prestablecidas en la Ley para el suministro eléctrico y su interacción con mercado eléctrico, la cual es una facultad otorgada a la SEN, previa opinión del regulador.
5. El artículo 14 de la referida Ley define que las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados, que son aquellas que no se encuentran conectadas al Sistema Interconectado Nacional, tienen la facultad de tener sus propias centrales generadoras, asimismo poseen la obligación de llevar contabilidades separadas para las actividades de generación y de distribución. Cabe mencionar, que en la Ley en cuestión fuera de las disposiciones mencionadas anteriormente, las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados y las que participan en el Sistema Interconectado Nacional tienen las mismas obligaciones y requisitos para su operación y funcionamiento.
PROCEDIMIENTOS DEL CONCURSO
Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO)
A. GENERALIDADES | |
1. Alcance | En la Sección II. Datos del Concurso (DDC), se definen los datos específicos del concurso que se realiza, entre ellos: a. el nombre y número del concurso, b. el nombre del Contratante, c. una breve descripción de la consultoría, y x. duración estimada del contrato |
2. Definiciones | Para los fines del concurso se presentan los términos y definiciones contenidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, que se relacionan con un proceso de concurso para la contratación de consultorías: x. Xxx: Ley de Contratación del Estado; b. Reglamento: Reglamento de la Ley de Contratación del Estado; c. Contratante: La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica; d. Oferente: Toda persona jurídica (Empresa o Firma Consultora, sola o en consorcio) que, cumpliendo los requisitos legales y reglamentarios, participe en un proceso de concurso presentando su oferta técnica y económica; e. Consultor: persona jurídica (Empresa o Firma Consultora, sola o en consorcio) a quien se adjudica una consultoría en el marco de un proceso de concurso y para cuyo desarrollo se suscribirá un contrato de consultoría; f. Contrato de consultoría: Contrato por el cual un Consultor a cambio de un precio, se obliga a prestar sus servicios para efectuar trabajos requeridos en los que predominan las prestaciones de carácter intelectual; g. Concurso: Procedimiento que consiste en la invitación privada o pública a potenciales interesados para que presenten ofertas técnicas y económicas para la adjudicación de contratos de consultoría, sujetándose a los términos de referencia y demás condiciones establecidas por el órgano responsable de la contratación; h. Capacidad de ejercicio: Aptitud legal para obligarse y contratar que corresponde a las personas jurídicas constituidas o autorizadas legalmente; i. Formalización del contrato: Suscripción de un contrato y su aprobación posterior cuando proceda; j. Empresa o Firma consultora: Es aquella sociedad mercantil o comerciante individual, legalmente constituida, integrada o que cuente principalmente con personal profesional que ofrece servicios de consultoría, asesoría, dictamen de expertos y servicios profesionales de diversa índole; |
k. Garantías: Se entenderá por garantías las fianzas y las garantías bancarias emitidas por instituciones debidamente autorizadas, cheques certificados u otras análogas que establezca la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento; l. Día: En todos los casos cuando se mencionen días se referirá a días hábiles, salvo en aquellos que específicamente se indique “Días Calendario” | |
3. Fuente de fondos | La contratación a que se refiere este concurso se financiará exclusiva y totalmente con recursos nacionales. |
4. Fraude y corrupción | El Gobierno de Honduras requiere que cualquier oferente, licitante, proveedor, contratista, subcontratista, consultor y subconsultor, observen los más altos estándares de ética durante la adquisición y la ejecución de dichos contratos. En cumplimiento con esta política, se aplicarán las siguientes estipulaciones: (a) Para los fines de estas estipulaciones, los términos en cuestión se definen de la siguiente manera: (i) “práctica coercitiva” significa impedir, dañar o amenazar con impedir o dañar, directa o indirectamente, a cualquier parte o a su propiedad, para influir en sus acciones vinculadas con la implementación de cualquier contrato incluyendo aquellas acciones relacionadas con un proceso de adquisición o con la ejecución de un contrato; (ii) “práctica de colusión” significa un acuerdo tácito o explícito entre dos o más partes para realizar una práctica coercitiva, corrupta, fraudulenta, obstructora o prohibida, incluido cualquier acuerdo planeado para establecer precios a niveles artificiales y no competitivos o para privar de algún modo al Contratante de los beneficios derivados de una competencia libre y abierta; (iii) “práctica corrupta” significa ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, algo de valor para influir en las acciones de un funcionario público, personal del Contratante, personal del Gobierno, consultores o empleados de otras entidades que participan en un trabajo, incluido trabajo relacionado con la toma o la revisión de decisiones de selección, la promoción de otro modo en el proceso de selección o en la ejecución del contrato o la realización de cualquier pago a terceros en relación con un contrato o para promoverlo; (iv) “práctica fraudulenta” significa cualquier acto u omisión, incluyendo cualquier falsedad que engaña o intenta engañar a una parte para obtener beneficios económicos u otro beneficio en conexión con la implementación de un contrato, incluyendo cualquier acto u omisión diseñado para influir (o tratar de influir) en un proceso de selección o en la ejecución de un contrato o para evitar (o tratar de evitar) cumplir con una obligación; (v) “práctica obstructora” significa cualquier acción que se lleva a cabo en conexión con la implementación de algún contrato: (aa) que culmina con la destrucción, la falsificación, o el ocultamiento de pruebas o con la declaración de falsos testimonios a los investigadores o a cualquier funcionario para impedir una investigación sobre alegatos |
de prácticas coercitivas, de colusión, corruptas, fraudulentas o prohibidas; (bb) que amenaza, acosa o intimida a una parte para impedir que revele información sobre asuntos concernientes a una investigación o a que prosiga con la investigación; y/o (cc) que trata de impedir una inspección y/o el ejercicio de derechos de auditoría. (b) El Contratante rechazará una Propuesta si determina que el Oferente ha participado, directamente o por medio de un agente, en prácticas coercitivas, de colusión, corruptas, fraudulentas u obstructoras. | |
5. Explotación y Trata de Personas | El Gobierno de Honduras apoya una política xx xxxx tolerancia respecto a la explotación y trata de personas, la cual consiste en usar fuerza, fraude y/o coerción para explotar a otra persona y puede consistir en servidumbre doméstica, peonaje, trabajos forzados, servidumbre sexual, servidumbre por deudas y uso de niños soldados. Estas prácticas despojan a las personas de sus derechos humanos y libertades, aumentan los riesgos de salud globales, impulsan las crecientes redes de crimen organizado y pueden perpetuar los niveles de pobreza e impedir el desarrollo. La Explotación y Trata de Personas es una práctica prohibida para cualquier Oferente o Contratista que pretenda establecer relaciones contractuales con el Estado de Honduras. |
6. Elegibilidad, Oferentes elegibles | Capacidad para contratar. Podrán participar en este Concurso las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidos en alguna de las prohibiciones o inhabilidades establecidas en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, lo que será evidenciado mediante la presentación de una Declaración Jurada. |
7. Participación en Consorcio | Dos o más Oferentes podrán presentar una sola Propuesta en consorcio siempre que cumplan con los siguientes requisitos: a. la Propuesta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; b. todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; c. uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros del Consorcio; |
d. los representantes legales de los Oferentes que se unen en consorcio para presentar la Propuesta firmarán el contrato de consultoría; e. la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado; f. con la Propuesta se deberá presentar el Acuerdo de Consorcio firmado por todas las partes. | |
8. Ofertas Alternativas | Cada Oferente presentará una sola oferta, si presentare más de una no se considerarán y será descalificado. La inclusión de una o varias alternativas en la oferta estará sujeta estrictamente a lo que se establezca en los DDC. |
9. Ofertas tardías | El Contratante no considerará ninguna oferta que llegue con posterioridad al plazo límite para la presentación de ofertas establecido en los DDC. Estas ofertas serán declaradas tardías y serán rechazadas y devuelta al Oferente remitente sin abrir. |
10. Concurso desierto o fracasado | El Contratante declarará desierto el concurso cuando no se hubieren presentado ofertas o no se hubiese satisfecho el mínimo de oferentes previsto en los DDC. Declarará fracasado el concurso si no hubiere propuestas satisfactorias o si en la negociación prevista no se llegare a un resultado igualmente satisfactorio. Cuando se declare desierto o fracasado un concurso se procederá a realizar uno nuevo previa revisión y ajustes necesarios a las condiciones originalmente establecidas que pudieran haber provocado dichos resultados. |
11. Confidencialidad | No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de concurso, información relacionada con la revisión de capacidades de los Oferentes, evaluación y comparación de ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión de capacidades de los Oferentes, evaluación y comparación de ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta y sujetar al Oferente a las disposiciones de las políticas contra fraudes y corrupciones del Gobierno así como la aplicación de otras sanciones y soluciones en la medida que proceda. No obstante, lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de concurso, deberá hacerlo por escrito a la dirección indicada en los DDC. |
12. Aclaraciones al Oferente | Los oferentes podrán solicitar aclaraciones dentro del plazo que para tal efecto se establezca en los DDC. |
13. Enmiendas | Si como resultado de las aclaraciones y consultas el Contratante considera necesario enmendar los documentos de concurso, podrá hacerlo a más tardar ocho (08) días antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, mediante la emisión de una enmienda. Toda enmienda emitida formará parte integral de los Documentos de Concurso y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los documentos de concurso y enviado sus datos al Contratante notificando su interés en participar. Las enmiendas se publicarán igualmente en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx). El Contratante podrá, a su discreción, prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta las enmiendas en la preparación de sus ofertas. En los DDC se establecen las condiciones sobre la emisión de enmiendas en el proceso de concurso. |
B. CONTENIDO DE LOS DOCUMENTOS DE CONCURSO | |
14. Secciones de los Documentos de Concurso | Los Documentos de Concurso están compuestos por las secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda que se emita en el proceso de concurso. PROCEDIMIENTO DE CONCURSO Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos del Concurso (DDC) Sección III Criterios de Evaluación y Calificación |
Sección IV Terminos de Referencia Sección V Formularios del Concurso Sección VI Formato / Modelo de Contrato El Aviso o llamado a concurso emitido por el Contratante que se publique en los diarios, no forma parte de los Documentos de Concurso. El Contratante no se responsabiliza por la integridad de los Documentos de Concurso y sus enmiendas, de no haber sido obtenidos directamente de la fuente de información oficial del proceso que se establece en los DDC. Es responsabilidad del Oferente examinar todas las instrucciones, formularios, términos y especificaciones de los Documentos de Concurso. La presentación incompleta de la información o documentación requerida en los Documentos de concurso puede constituir causal de rechazo de la oferta. | |
C. PREPARACIÓN DE LAS OFERTAS | |
15. Costo de la Oferta | El Oferente deberá sufragar los costos asociados con la preparación y la presentación de su Propuesta. El Contratante en ningún caso, será responsable ni estará obligado a asumir esos costos, independientemente del desarrollo o el resultado del proceso de concurso. |
16. Idioma de la Oferta | La Oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a la oferta intercambiados entre el Oferente y el Contratante deberán ser escritos en español. Los documentos de soporte y material impreso que formen parte de la Oferta pueden estar en otro idioma con la condición de que los apartes pertinentes estén acompañados de una traducción fidedigna al español. Para efectos de interpretación de la oferta, dicha traducción prevalecerá. |
17. Documentos que componen la Propuesta | La Oferta estará compuesta, generalmente, por al menos los siguientes documentos: a. Documentos legales y Formularios de la Oferta b. Confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al Oferente, c. Declaración Jurada que evidencie que el Oferente es elegible para presentar una oferta; d. Evidencia documentada que establezca que el Oferente está calificado para ejecutar el contrato en caso de que su oferta sea aceptada; y Todos los documentos adicionales que sean requeridos se detallan en los DDC |
18. Moneda de la Oferta y Forma de Pago | El Oferente cotizará en dólares de los Estados Unidos de América. En todo caso, cuando los Oferentes deseen que se les pague en varias monedas y así se establezca la modalidad en los DDC, deberán cotizar su oferta en esas monedas. Pago en moneda extranjera. Atendiendo a la naturaleza de la prestación, en los DDC se establecerá la modalidad como se realizarán los pagos. El monto, requisitos y demás condiciones establecidas para el pago en moneda extranjera en cada Contrato, será igual para todos los licitantes y se sujetará a las regulaciones que establezca el Banco Central de Honduras. En el caso de Oferentes nacionales la moneda de pago será Lempira. Las condiciones del proceso de concurso se detallan en los DDC de cada caso. |
19. Período de Validez de las Ofertas | Las ofertas se deberán mantener válidas por el período determinado en los DDC a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Contratante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. En circunstancias excepcionales y antes de que expire el período de validez de la oferta, el Contratante podrá solicitarle a los Oferentes que extiendan el período de la validez de sus ofertas. Las solicitudes y las respuestas serán por escrito. Un Oferente puede rehusar a tal solicitud. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas. |
20. Formato y firma de la Oferta | El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la oferta que se indica en los DDC y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. El original y todas las copias de la oferta deberán estar escritos por computadora utilizando los formatos de la Sección IV y deberán estar firmadas por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente. Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o las iniciales de la persona que firma la Oferta. La propuesta técnica no deberá incluir información sobre la oferta económica. |
D. Presentación y Apertura de las Ofertas | |
21. Plazo para presentar las Ofertas | Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección y no más tarde que la fecha y hora que se indican en los DDC. |
El Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Concurso, de conformidad con lo dispuesto en los DDC. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha prorrogada. | |
22. Presentación de la Oferta | Las ofertas deberán presentarse en paquete sellado en el lugar, fecha y hora indicadas en los DDC. Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: a. llevar el nombre y la dirección del Oferente; b. estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección que se indica en los DDC; c. llevar la identificación específica del proceso de concurso y cualquier otra identificación que se indique en los DDC; y d. llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas, que se indica en los DDC Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. Los Oferentes siempre podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. |
23. Número de Ofertas mínimo aceptable para el Concurso | En los DDC se definirá el número mínimo de ofertas que deberán recibirse para proceder con la apertura de ofertas. |
24. Apertura de las Ofertas | La apertura de los sobres que contienen las ofertas se hará en audiencia pública en el lugar, día y hora señalados en el aviso de concurso y en los DDC, incluyendo cualquier prórroga que se hubiere comunicado; los oferentes o sus representantes podrán asistir al acto pudiendo verificar que los sobres no hayan sido objeto de violación o hayan sido abiertos de alguna forma. La reunión será presidida por el responsable del proceso que designe el Contratante. Solamente se considerarán para la evaluación los sobres que se abren y xxxx en voz alta durante la reunión de apertura de propuestas. Ninguna propuesta será rechazada durante la reunión de apertura, excepto las ofertas tardías. |
El Contratante preparará un acta de la reunión de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo, y será publicado en xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx | |
E. Evaluación de las Ofertas | |
25. Método de Selección | En los DDC se define cuál de las dos formas será la que se utilizará en el proceso de concurso. a. Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado técnicamente en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se repetirá el procedimiento; si fuere necesario se continuará con el siguiente proponente, hasta obtener un resultado satisfactorio. b. Se establece un sistema de ponderación para asignar un valor a la oferta técnica y un valor a la oferta económica. La sumatoria de ambos valores determina la oferta mejor calificada, el Oferente que tenga la oferta mejor calificada será el que tiene la oferta mas conveniente para ser contratado. Se realiza la Evaluación técnica, para calificar técnicamente además del cumplimiento de los requisitos obligatorios, la oferta técnica debe alcanzar un puntaje mínimo de 80 puntos de los 100 que se establecen en la matriz de evaluación. El Contratante establecerá el puntaje mínimo aceptable para que la oferta técnica califique y se pueda proceder a abrir la Oferta económica. Se califican las ofertas técnicas, se abren los sobres de las ofertas económicas de los Oferentes cuyas ofertas técnicas obtuvieron al menos la calificación mínima aceptable. Se otorga la ponderación más alta a la oferta económica más baja y así proporcionalmente las demás. Se suman los totales ponderados de las ofertas técnicas y las económicas y se obtiene el orden de prelación. La oferta con el puntaje ponderado total más alto es la mejor calificada para ser contratada. Se procede a negociar con el Oferente que tiene la oferta mejor calificada, aspectos generales para su contratación, de no llegar a un acuerdo favorable se procede a negociar con quien se ubica en el segundo lugar y así sucesivamente hasta alcanzar una negociación favorable. Los valores ponderados y puntaje mínimo para calificar técnicamente se establecen en los DDC en cada caso. |
26. Evaluación técnica | La evaluación de las ofertas técnicas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, la cual llevará a cabo la evaluación de las ofertas considerando factores como los siguientes: a. formación académica; b. experiencia en la especialidad del trabajo de que se trate; c. antecedentes en el cumplimiento de Contratos anteriores; d. conveniencia del plan de trabajo y el enfoque propuesto en relación con los términos de referencia; e. capacidad, idoneidad y disponibilidad apropiada del personal propuesto; y, f. capacidad financiera del oferente si se tratare de supervisión de obras o de otros contratos en que fuere requerido. g. volumen de trabajos en ejecución a la fecha del concurso que pudieran limitar su capacidad para ejecutar satisfactoriamente los servicios requeridos. Los factores a ser considerados en cada concurso y como serán calificados de acuerdo con criterios de evaluación y ponderación, se establecen en los DDC. Los sobres o paquetes que contengan las ofertas económicas permanecerán sin abrirse, en debida custodia, hasta que concluya la evaluación de las ofertas técnicas. |
27. Plazo para brindar aclaraciones al Comité de Evaluación | Cuando el Comité de Evaluación requiera aclaraciones y/o subsanaciones de errores u omisiones no subsanables sobre su Propuesta para continuar con la evaluación de las ofertas, los Oferentes deberán responder y facilitar lo solicitado en el tiempo que se establezca en los DDC. Cuando el Oferente no responda dentro del plazo establecido, el Comité calificará al Oferente conforme la información con la que cuenta y éste no podrá en ningún momento reclamar puntajes que no le fueron otorgados por la falta de claridad o información que no proporcionó al Comité. Cualquier aclaración o subsanación presentada por un Oferente que no sea en respuesta a una solicitud del Contratante no será considerada. La solicitud de aclaraciones y subsanaciones del Contratante y la respuesta del Oferente deben presentarse por escrito. El plazo máximo para responder a las solicitudes aclaraciones y subsanaciones será de 5 (cinco) días hábiles. |
28. Evaluación económica y negociación | 36.1 Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, dentro del plazo que se fije en los DDC. Si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se repetirá el procedimiento; si fuere necesario se continuará con el siguiente proponente, hasta obtener un resultado satisfactorio. |
36.2 Cuando se establezca en los DDC una evaluación técnica y económica con puntajes y sumatoria para definir la oferta más conveniente, se procederá a negociar con el Oferente cuya sumatoria de puntajes obtenidos en oferta técnica y económica, sea la más alta. Si no se llegare a acuerdo se procederá a negociar con quien haya obtenido el segundo lugar y así sucesivamente hasta obtener un resultado satisfactorio. | |
F. ADJUDICACIÓN Y REQUISITOS PREVIO A CONTRATACIÓN | |
29. Adjudicación | Una vez que el Contratante ha logrado una negociación satisfactoria con el Oferente y una vez adoptada la resolución correspondiente, se adjudica la consultoría y se notifica a todos los Oferentes. |
30. Requerimientos al Adjudicatario | El Adjudicatario deberá presentar las correspondientes constancias acreditando, entre otros, lo siguiente: a. No haber sido objeto de sanción administrativa firme en dos o más expedientes por infracciones tributarias durante los últimos cinco años; b. No haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración; c. Encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 párrafo segundo, literal b) reformado de la Ley del Seguro Social. (Aplica si el adjudicatario es nacional). Dichas constancias deberán ser expedidas por el Servicio de Administracion xx Xxxxxx (SAR). Procuraduría General de la República y el Instituto Hondureño de Seguridad Social u otras autoridades competentes. En los DDC se establece en detalle las constancias que se requieren en cada proceso específico. |
G. FORMALIZACIÓN DE CONTRATO | |
31. Formalización del contrato | Decidida la adjudicación se formalizará el contrato mediante la suscripción del documento correspondiente, entre el Contratante y quien ostente la representación legal del adjudicatario. Se procederá a la firma de contrato dentro de los treinta días calendario siguiente a la notificación de la adjudicación, a menos que se disponga otro plazo en los DDC. Las cláusulas del contrato no deberán ser contrarias a las bases previstas en el pliego de condiciones. |
32. Garantía de cumplimiento | Esta garantía de cumplimiento se constituirá mediante retenciones equivalentes al diez por ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios. |
H. OTRAS CONDICIONES | |
El Contratante definirá en la Sección II Datos de Concurso, cualquier otra condición específica del proceso que no esté contenida en las cláusulas anteriores, conforme dicta su propio Reglamento. |
En cualquier caso, los procesos de concurso se rigen por lo dispuesto en la Ley de Contratación del Estado, su Reglamento, las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República de Honduras vigente en lo pertinente y demás regulaciones vigentes en la República de Honduras.
Sección II.
Datos del Concurso (DDC)
A continuación, se indican los datos específicos del proceso en relación con las cláusulas que, sobre concursos para consultorías, dispone la legislación nacional incluyendo las disposiciones propias del Reglamento del Contratante.
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
A. Generalidades | |
1 | Nombre y número del concurso: “ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS” CPI-CREE-05-2024 Objetivo: Determinar la o las metodologías de valoración de activos no amortizados más adecuadas y aplicables al contexto social y regulatorio nacional para empresas distribuidoras que operan sistemas aislados al término de licencia de operación o concesión, asimismo, desarrollar la valoración de los activos no amortizados del operador de distribución saliente en la isla de Guanaja en aplicación de metodologías identificadas anteriormente y presentar propuestas del mecanismo para que el Estado recupere mediante tarifas el pago de las inversiones no amortizadas del operador saliente, a su vez, para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el nuevo operador. La duración del contrato se estima en: La consultoría tendrá una duración de tres (03) meses. |
11 | Si durante el plazo transcurrido entre el Acto de Apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de concurso, deberá hacerlo por escrito a la siguiente direccion de correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx |
12 | Los Oferentes podrán solicitar aclaraciones para la preparación de sus Propuestas hasta 10 días antes de la fecha de presentación de Propuestas a la siguiente dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx El Contratante responderá a las aclaraciones solicitadas al menos 8 días antes de la fecha de presentación de Ofertas, publicando estas en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx y remitiendo por correo electrónico a los Oferentes. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
13 | El Contratante emitirá enmiendas a los documentos de concurso a más tardar 8 días antes de la fecha final de recepción de Ofertas, las enmiendas se publicarán en el sitio de Honducompras: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx y se remitirán por correo electrónico a los Oferentes. B. Contenido de los documentos |
14 | Los Documentos de Concurso están compuestos por las secciones que a continuación se indican y deben ser leídas en conjunto con cualquier enmienda que se emita en el proceso de concurso. PROCEDIMIENTO DE CONCURSO Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos del Concurso (DDC) Sección III Criterios de Evaluación y Calificación Sección IV Términos de Referencia Sección V Formularios del Concurso Sección VI Formato / Modelo de Contrato |
C. Preparación de las Ofertas | |
15 | Los Oferentes deberán calcular sus costos y honorarios para una oferta de suma alzada, es decir que no habrá ajustes ni gastos reembolsables durante la realización del contrato resultante de este proceso. |
17 | La Propuesta estará compuesta por tres sobres conteniendo lo siguiente: SOBRE No.1 DOCUMENTOS PARA CALIFICAR AL OFERENTE ORIGINAL Y COPIA: a) Formulario de Carta de Presentación de la Propuesta b) Formulario de Información del Oferente c) Fotocopia autenticada de escritura pública de constitución de sociedad y sus reformas debidamente inscritas en el Registro Mercantil correspondiente; d) Fotocopia autenticada del poder de Representación del representante legal de la Firma debidamente inscrito en el Registro Mercantil; e) Fotocopia autenticada de identificación fiscal de la Firma; f) Fotocopia autenticada de documentos personales del Representante Legal (documento de identificación y Pasaporte); g) Formulario de promesa de conformación de Consorcio (cuando aplique) h) Declaración jurada autenticada de no estar comprendidos ni como Firma ni su representante legal, en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, ni en ninguno de los casos señalados en los |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
artículos 37,38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos; i) Fotocopia de la Constancia de la certificación de Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, extendida por la ONCAE de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado o en su defecto la fotocopia de estar en trámite dicha certificacion. “la solicitud de inscripción deberá realizarse a más tardar el día calendario anterior a la fecha prevista para la presentación de la oferta …” En caso de Oferentes en Consorcio cada una de las firmas o empresas que lo conformen deben presentar todos los documentos anteriores. Solamente los formatos a) y g) deberán presentarse de forma única, es decir un solo formato como un solo Oferente con las firmas de los representantes legales de cada una de las empresas o firmas que se unen en consorcio para presentar la propuesta. Respecto a la inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado extendida por ONCAE, es obligatorio que una de las empresas unidas en consorcio esté inscrita en dicho registro SOBRE No. 2 OFERTA TÉCNICA ORIGINAL Y COPIA: a) Formulario para evidenciar experiencia general y específica de la Empresa o Firma Consultora b) Formulario para evidenciar capacidades de PERSONAL CLAVE (Formación Académica: Educación formal y Competencias, experiencia general y específica) c) Enfoque Técnico y Metodología *Toda la documentacion deberá ser presentada foliada y anillada Descripción del Personal Clave: La firma consultora deberá contar al menos con tres consultores especialistas, correctamente identificados, los cuales serán evaluados tal como se establece en la Sección III: Evaluación Técnica. Para el desarrollo adecuado de las actividades de la consultoría, la oferta técnica podrá contemplar consultores especialistas adicionales sin que ello influya en su evaluación técnica. SOBRE No. 3 OFERTA ECONÓMICA: d) Presentación de Oferta Económica | |
18 | El valor estimado de la Consultoría es por una suma presupuestada de US$60,800.00, lo cual incluye todos los gastos y honorarios profesionales de la consultoría. La cotización (oferta económica) deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
La forma de pago para adjudicatario nacional será en Lempira al tipo de cambio establecido por el Banco Central de Honduras tres días antes de que se realice el pago; en caso de adjudicatario internacional, el pago será en dólares de los Estados Unidos de América mediante transferencia bancaria del Sistema de Administración Financiera (SIAFI) a través del Banco Central de Honduras. (Art. 130 RLCE) Producto Descripción Tiempos de Monto (%) del entrega Contrato Informe de revisión de El contenido de este 2 semanas 10 % información clave, plan deberá apegarse a la después de la de trabajo y subsección 4.1 de la firma del cronograma sección de las actividades contrato por realizar. Informe de análisis El contenido de este 4 semanas 15 % comparativo de deberá apegarse a la después de la metodologías para la subsección 4.2 de la firma del valorización de activos sección de las actividades contrato y determinación de por realizar. activos no amortizados Informe de valoración El contenido de este 8 semanas 40 % de activos no deberá apegarse a la después de la amortizados del subsección 4.3 de la firma del sistema eléctrico de la sección de las actividades contrato isla de Guanaja, por realizar. incluyendo verificación de activos de red de distribución del sistema eléctrico de la isla de Guanaja Informe contentivo de El contenido de este 10 semanas 20 % propuestas de pago de deberá apegarse a la después de la activos no amortizados subsección 4.4 de la firma del al operador saliente del sección de las actividades contrato sistema eléctrico de la por realizar. isla de Guanaja Instructivo para El contenido de este 12 semanas 15 % aplicación de la deberá apegarse a la después de la metodología propuesta subsección 4.5 de la firma del en los demás sistemas sección de las actividades contrato aislados de Honduras e por realizar. informe de capacitación y socialización |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
Para el pago de la consultoría se utilizarán fondos del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2024 asignados a la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica para tal fin, a través de la siguiente estructura presupuestaria: Inst: 153; G.A.: 01; U.E.: 001; Prog: 11; Sub.Prog.: 00; Proy: 000; Act/Obra: 001; Obj. Gto.: 24710: SERVICIO DE CONSULTORIAS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, de cada pago se retendrá el 25% si el Consultor es extranjero (art. 5 de dicha ley); si es nacional se le retendrá el 15% de impuesto sobre venta y si no acredita que está sujeto al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá el 1% por Impuesto sobre la Renta Acuerdo DEI-217-2010. El costo por transferencia en el caso de consultor extranjero o internacional es responsabilidad de dicho consultor. Asimismo, el Consultor al ser contratado estará sujeto a una retención del 10% de cada pago, mismo que constituirá la Garantía de Cumplimiento que se estipula en el artículo 106 de la Ley de Contratación del Estado. La devolución correspondiente procederá con la liquidación final del contrato. La forma de pago del contrato se hará contra la entrega a satisfacción de la CREE de los productos esperados establecidos en la tabla presentada anteriormente, así mismo, contra la entrega del recibo bajo el régimen de facturación de la SAR en el caso de adjudicatario nacional, en caso de que el adjudicatario sea internacional deberá de presentar sus documentos de fiscalización correspondientes. En las tablas a continuación se establecen los Productos esperados que generarán los pagos en el marco de la consultoría, así como el porcentaje de pago correspondiente por cada uno de dichos productos. El Consultor someterá a aprobación de las autoridades de la CREE cada uno de los productos esperados definidos en la Sección IV TERMINOS DE REFERENCIA, en el orden que allí se establece, cada uno de estos deberá contar con el Acuerdo de Aprobación por parte del Directorio de Comisionados aún cuando no se trata de productos sujetos directamente a la generación de pagos. SOBRE RETENCIONES: De conformidad con lo establecido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, de cada pago se retendrá el 25% si el consultor adjudicatario es una firma o empresa extranjera (artículo 5 de dicha Ley); Si el consultor adjudicatario es empresa o firma nacional se le retendrá el 15% de impuesto Sobre Ventas y Si no acredita que esta sujeta al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá 1% por Impuesto sobre la Renta según Acuerdo DEI-217-2010. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
19 | El período de validez de las Propuestas deberá ser de ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha de presentación de Propuestas. |
20 | El Oferente preparará el original de su Propuesta, no se requerirán copias adicionales; utilizando para ello los formatos disponibles en la Sección IV FORMULARIOS. Todas las páginas debidamente foliadas y firmadas por quien presenta la propuesta. La Propuesta deberá estar firmada por el Representante Legal, persona autorizada para firmar en nombre del Oferente. |
D. Presentación y Apertura de Ofertas | |
21 | El plazo para la presentación de Propuestas es de 30 días calendario a partir del día siguiente a la recepción de la invitación y la publicación en HONDUCOMPRAS. Se recibirán Propuestas hasta las 11:00 a.m. del último día del plazo para recepción establecido en la invitación y publicación en HONDUCOMPRAS Dirección de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica donde se deben presentar las Propuestas en sobre o paquete sellado y debidamente rotulado: Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C. |
22 | Las Propuestas deberán presentarse en sobre o paquete sellado en el lugar, fecha y hora indicadas en párrafo anterior. Los sobres interiores y exterior deberán estas rotulados con los datos siguientes: a) Nombre y la dirección del Oferente; b) Dirigido al Contratante, de la siguiente forma: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C. c) ldentificación específica del nombre y número del concurso d) Llevar una advertencia de no abrir antes de la hora y fecha de apertura de ofertas. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
Si los sobres no están sellados e identificados como se requiere, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. | |
23 | Para que en este concurso se proceda con la apertura y evaluación de Propuestas, deberá recibirse al menos dos (02) propuestas. |
24 | El Contratante recibirá y dará apertura a las Propuestas, abriendo únicamente el sobre No.1 que contiene la documentacion para calificar al oferente y el sobre No. 2 que contiene la oferta Tecnica. Se realizará dicha apertura en presencia de los Oferentes que deseen asistir a la reunión que se llevará a cabo 15 minutos después de cerrado el plazo de recepción de propuestas y en el mismo lugar. El sobre No. 3 que contienen las ofertas económicas permanecerán sin abrir y en custodia hasta que concluya la evaluación técnica. |
E. Evaluación de las Ofertas Técnicas y Económicas | |
25 | El método de Selección del Oferente será con base en la evaluación de la Oferta Técnica. Se establece la matriz de evaluación con dos tipos de criterios de evaluación, esto es: 1) Calificación con Cumple/No cumple para requisitos de cumplimiento obligatorio, y 2) Calificación con puntajes que suman 100 puntos. Se realiza la Evaluación técnica, para calificar técnicamente además del cumplimiento de los requisitos obligatorios, la oferta técnica debe alcanzar un puntaje mínimo de 80 puntos de los 100 que se establecen en la matriz de evaluación. La propuesta que ocupe el primer lugar en prelación por obtener el puntaje más alto en la evaluación técnica se abrirá su oferta económica y se invitará para negociar el contrato, en caso de no lograrse acuerdo para dicha contratación, se procederá con la apertura de oferta económica del Oferente que ocupe el segundo lugar y así sucesivamente hasta lograr la contratación para la ejecución de la consultoría. |
26 | Los criterios definidos de obligatorio cumplimiento y los criterios de evaluación con puntajes para calificación técnica se establecen en la matriz de evaluación de la Sección III CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN |
27 | Cuando el Comité de Evaluación requiera aclaraciones y/o subsanaciones de errores u omisiones no subsanables al Oferente en relación con su propuesta para continuar con la evaluación del caso, otorgará un plazo de hasta cinco (05) días hábiles en los que los Oferentes deberán responder y facilitar lo solicitado. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
28 | Concluida la evaluación de las ofertas técnicas se abrirá la oferta económica del calificado en primer lugar y se le invitará a negociar el precio, dentro de un plazo máximo de (03) días hábiles. Si no se llegare a acuerdo se abrirá la oferta económica del calificado en segundo lugar y se repetirá el procedimiento hasta obtener un resultado satisfactorio. |
F. Adjudicación | |
30 | 1) El adjudicatario nacional deberá presentar previo a la firma de contrato, las correspondientes constancias acreditando, entre otros, lo siguiente: a) No haber sido objeto de sanción administrativa firme en dos o más expedientes por infracciones tributarias durante los últimos cinco años; b) No haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración; c) Encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el artículo 65 párrafo segundo, literal b) reformado de la Ley del Seguro Social. Dichas constancias deberán ser expedidas por el Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR), Procuraduría General de la República (PGR) y el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) u otras autoridades competentes. 2) El adjudicatario internacional previo a su contratación deberá presentar la información que se detalla a continuación para efectos de pago: a) Nombre del Beneficiario de la Cuenta. b) Número de Cuenta del Beneficiario. c) Tipo de cuenta. d) Nombre del Banco del Beneficiario. e) Dirección del Banco del Beneficiario. f) Ciudad. g) País. h) Número Swift o ABBA de Banco del Beneficiario. i) Banco Intermediario. j) Dirección del Banco Intermediario. k) Ciudad. l) País. m) Número de Cuenta entre Bancos. n) Número Swift o ABBA de Banco intermediario. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
El plazo máximo para la presentación de los documentos previo a formalizar la contratación es de quince (15) días calendario. DOCUMENTACION REQUERIDA PARA EFECTOS DE PAGOS: a) Recibos (A nombre de la Tesorería General de la República) y Facturas originales (A nombre de la Comision Reguladora de Energía Electrica) b) Si es Consultor nacional constancias de Solvencia Fiscal y de Pagos a Cuenta del SAR vigente. | |
G. Formalización del Contrato | |
31 | El Contratante remitirá vía correo electrónico el borrador de contrato al Consultor seleccionado quien tendrá un plazo máximo de (03) días hábiles para devolver con sus comentarios y observaciones. Posteriormente, en un plazo máximo de (03) días hábiles, ambas partes llegarán a un acuerdo con respecto a los comentarios y observaciones del Consultor, para proceder a la suscripción de contrato antes que se cumplan los treinta (30) días previstos en la IAO para la firma de contrato. |
32 | El Adjudicatario está en la obligación de presentar Garantía de Cumplimiento, para ello se utilizará la modalidad que establece la Ley de Contratación del Estado y que literalmente dispone lo siguiente: “Esta garantía se constituirá mediante retenciones equivalentes al diez por ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios”. La devolución correspondiente procederá con la liquidación final del contrato. |
H. OTRAS CONDICIONES | |
A | OBLIGACIONES DE LAS PARTES UNA VEZ CONTRATADA LA CONSULTORÍA Obligaciones del Consultor: 1. Cumplir con los Términos de Referencia, oferta técnica, oferta económica y demás condiciones que queden expresadas en el contrato correspondiente. 2. Aceptar la supervisión y vigilancia de la CREE según corresponda, y atender las observaciones y/o recomendaciones de la CREE. 3. Se compromete a adoptar las medidas de bioseguridad necesarias para garantizar el acceso a las instalaciones de la CREE (en caso de que aplique). 4. Asegurarse de conocer la normativa vigente asociada al desarrollo de las actividades descritas en los presentes términos de referencia. 5. Seguir y cumplir los parámetros contractuales. 6. Garantizar que el proceso de consultoría se ejecute dentro del alcance, cronograma, costo y calidad acordados. |
Referencia de Cláusula en Sección I | Datos del Concurso |
7. Apoyar a la CREE en otras tareas que le sean requeridas que estén asociadas al desarrollo de las actividades descritas en los presentes términos de referencia. Obligaciones de la CREE: 1. Supervisar las actividades del equipo consultor. 2. Brindar acceso a toda la documentación relacionada con la consultoría motivo de los presentes términos de referencia. 3. Concertar reuniones que el Consultor pueda requerir con entidades del subsector eléctrico, autoridades del gobierno, entre otros, con la finalidad de obtener insumos que aporten al trabajo de la consultoría. 4. Coordinar con la empresa que será objeto de inspección el acceso a sus instalaciones físicas, así como también brindar colaboración en todo lo que necesite el Consultor para el mejor desempeño de sus funciones. 5. Pagar cada producto presentado por el Consultor una vez estos hayan sido revisados por el personal asignado por la CREE y cuenten con la aprobación del Directorio de Comisionados. | |
B | Derechos sobre la información relacionada y productos de la consultoría. El Contratante facilitará al Consultor todos los documentos e información que considere pertinentes para el desarrollo de su trabajo, así mismo, los estudios, reglamentos, normas, cualquier informe y cualquier producto que resulte de la consultoría serán propiedad del Contratante. El Consultor se obliga a guardar total confidencialidad sobre toda la información y documentación a la que tenga acceso para el desarrollo de su trabajo. |
C | Derechos del Contratante. La CREE se reserva en todo caso, el derecho a no adjudicar o suscribir contrato cuando por razones justificadas considere que no es conveniente a los intereses de la Institución, proseguir con el presente proceso de concurso. |
Sección III.
Criterios de evaluación y Calificación
El Oferente que no cumpla los criterios de obligatorio cumplimiento (documentos en debida forma), no pasará a la evaluación de la Oferta Técnica. Cada uno de los integrantes de un consorcio debe cumplir los requisitos. Respecto a la inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado extendida por ONCAE, es obligatorio que una de las empresas unidas en consorcio esté inscrita en dicho registro.
REVISIÓN DE CUMPLIMIENTO -DOCUMENTOS DEL SOBRE No.1
Documentos que debe presentar el Oferente | |
Evaluación | Evidencia Presentada |
Cumple / No Cumple | 1. Carta de Presentación de la Propuesta |
Cumple / No Cumple | 2. Información del Oferente (en caso de consorcio se presenta una por cada miembro) |
Cumple / No Cumple | 3. Fotocopia autenticada de escritura pública de constitución de sociedad y sus reformas debidamente inscritas en el Registro Mercantil correspondiente |
Cumple / No Cumple | 4. Fotocopia autenticada del poder de Representación del representante legal de la Firma debidamente inscrito en el Registro Mercantil. |
Cumple / No Cumple | 5. Fotocopia autenticada de identificación fiscal de la Firma. |
Cumple / No Cumple | 6. Fotocopia autenticada de documentos personales del Representante Legal (documento de identificación y Pasaporte, (este ultimo cuando aplique) |
Cumple / No Cumple | 7. Formulario de promesa de conformación de Consorcio (cuando aplique) |
Cumple / No Cumple | 8. Declaración jurada autenticada de no estar comprendidos ni como Firma ni su representante legal, en ninguno de los casos señalados en los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, ni en ninguno de los casos señalados en los artículos 37,38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos; |
Cumple / No Cumple | 9. Fotocopia de la Constancia de la certificación de Inscripción en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, extendida por la ONCAE de acuerdo con el artículo 57 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado o en su defecto la fotocopia de estar en trámite dicha certificacion. “la solicitud de inscripción deberá realizarse a más tardar el día calendario anterior a la fecha prevista para la presentación de la oferta …” |
*Estos documentos deberán presentarse autenticados si es Oferente Nacional y debidamente autenticados y apostillados si es Oferente Internacional
EVALUACIÓN TÉCNICA -DOCUMENTOS SOBRE No.2
Evaluación de la Oferta Técnica.
El Oferente que no alcance el puntaje mínimo establecido no calificará para ser incluido en el orden de mérito o de prelación que dará paso a la apertura de ofertas económicas.
La oferta técnica será evaluada de la siguiente manera:
1. Puntaje proporcionado a la experiencia por parte de la firma consultora: 10 %
2. Puntaje proporcionado a la propuesta de proyecto presentado por la firma consultora conforme a lo establecido en los presentes términos de referencia: 30 %
3. Puntaje proporcionado al cumplimiento por parte de los perfiles profesionales para el proyecto: 60
%
El resultado se obtendrá mediante la ponderación de los resultados obtenidos según la siguiente fórmula:
𝑝𝑝𝑝1 + 𝑝𝑝𝑝2 + 𝑝𝑝𝑝3
Dónde:
pt: Puntaje total
𝑝𝑡 = (𝑝𝑒𝑓𝑐 + 𝑝𝑝𝑝𝑟 + ( )) 3
pefc: Puntaje experiencia de la firma consultora pppr: Puntaje de la propuesta de proyecto ppp1: Puntaje perfil profesional 1
ppp2: Puntaje perfil profesional 2 ppp3: Puntaje perfil profesional 3
El puntaje mínimo para aprobación de la firma consultora (experiencia de la firma y propuesta de proyecto) es de: 32 pts
El puntaje mínimo para aprobación de cada uno de los perfiles profesionales es de: 48 pts
Criterios Técnicos para evaluar a la Firma Consultora
Experiencia de la firma consultora | |||
N ° | Criterios de Evaluación | Puntaje | Puntaje Máx. |
Experiencia de la Firma Consultora | 10 | ||
1 | Participación en el desarrollo de al menos tres (3) procesos similares a lo expuesto en los presentes términos de referencia, incluyendo países de Latinoamérica | 10 | |
2 | Participación en el desarrollo de al menos dos (2) procesos similares a lo expuesto en los presentes términos de referencia, incluyendo países de Latinoamérica | 7 | |
3 | Participación en el desarrollo de al menos un (1) proceso similar a lo expuesto en los presentes términos de referencia, incluyendo países de Latinoamérica | 4 | |
4 | No cumple con ninguno de los mencionados anteriormente | 0 | |
Propuesta de proyecto | |||
N ° | Criterios de Evaluación | Puntaje | Puntaje Máx. |
1 | Metodología y enfoque técnico propuesto por la Firma Auditora La metodología y enfoque técnico propuesto se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos; facilitando alcanzar los objetivos establecidos. | 10 | |
Se ajusta al cien por ciento | 10 | ||
Se ajusta sustancialmente | 7 | ||
Se ajusta pero tiene debilidades | 5 | ||
La metodología propuesta NO se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos | 0 | ||
2 | Plan de trabajo El plan de trabajo propuesto se ajusta con el alcance, objetivos y las responsabilidades del contratista, abarcando además los demás criterios establecidos en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos; facilitando alcanzar los objetivos establecidos: | 10 | |
Se ajusta al cien por ciento | 10 | ||
Se ajusta sustancialmente | 7 | ||
Se ajusta pero tiene debilidades | 5 |
La metodología propuesta NO se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos | 0 | ||
3 | Cronograma de ejecución Cronograma de ejecución propuesto se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos; facilitando alcanzar los objetivos establecidos: | 7 | |
Se ajusta al cien por ciento | 7 | ||
Se ajusta sustancialmente | 4 | ||
Se ajusta pero tiene debilidades | 2 | ||
La metodología propuesta NO se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos | 0 | ||
4 | Organización Técnica – Administrativa La organización técnica administrativa propuesta se ajusta a lo expuesto en los presentes términos de referencia para el logro de cada uno de los Productos; facilitando alcanzar los objetivos establecidos | 3 | |
Se ajusta al cien por ciento | 3 | ||
Se ajusta sustancialmente | 2 | ||
Se ajusta pero tiene debilidades | 1 | ||
La metodología propuesta NO se ajusta a lo expuesto en los Términos de Referencia para el logro de cada uno de los Productos. | 0 |
Criterios Técnicos para evaluar al Director del Proyecto
Profesionales clave | ||||
N ° | Criterios de Evaluación | Puntaje | Puntaje Máx. | |
1 | Formación académica | 15 | ||
1.1 | Profesional universitario en Ingeniería Eléctrica, Economía x xxxxxxxx afines | 10 | ||
1.2 | Maestría en economía, regulación de mercados eléctricos o gestión de proyectos | 5 | ||
2 | Experiencia General | 20 | ||
2.1 | Debe contar con experiencia comprobable de al menos ocho (8) años en la dirección de proyectos o consultorías | 10 | ||
2.2 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de desarrollo o revisión de procedimientos y regulación del subsector eléctrico, durante los últimos diez (10) años | 10 | ||
3 | Experiencia Específica | 25 | ||
3.1 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de avalúo de redes de distribución para fines de cálculo tarifario u otorgamiento de concesiones o licencias de operación, durante los últimos diez (10) años | 10 |
3.2 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de elaboración de instructivos, procedimientos, guías o elementos normativos del subsector eléctrico, durante los últimos diez (10) años | 10 | ||
3.3 | Conocimiento de la regulación del subsector eléctrico de Honduras, aplicable a la consultoría en cuestión. | 5 |
Criterios Técnicos para evaluar al Especialista técnico en verificación y avalúo de redes eléctricas
Profesionales clave | ||||
N ° | Criterios de Evaluación | Puntaje | Puntaje Máx. | |
1 | Formación académica | 20 | ||
1.1 | Profesional universitario en Ingeniería Eléctrica x xxxxxxxx afines | 7 | ||
1.2 | Maestría en ingeniería eléctrica | 3 | ||
1.3 | Certificado de peritaje o documento de inscripción / registro vigente en el organismo competente en su país de origen | 10 | ||
2 | Experiencia General | 20 | ||
2.1 | Cuenta con experiencia comprobable de al menos diez (10) años en el subsector de energía eléctrica | 10 | ||
2.2 | Participación en el desarrollo de al menos cinco (5) procesos de diseño, construcción o mantenimiento de sistemas de distribución avalúo de redes de distribución, durante los últimos diez (10) años | 10 | ||
3 | Experiencia Específica | 20 | ||
3.1 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de avalúo de redes de distribución para fines de cálculo tarifario u otorgamiento de concesiones o licencias de operación, durante los últimos diez (10) años | 8 | ||
3.2 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de levantamiento e inspección de redes de distribución, durante los últimos diez (10) años | 7 | ||
3.3 | Conocimiento de la regulación del subsector eléctrico de Honduras, aplicable a la consultoría en cuestión. | 5 |
Criterios para evaluar al Especialista Financiero
Profesionales clave | ||||
N ° | Criterios de Evaluación | Puntaje | Puntaje Máx. | |
1 | Formación académica | 20 | ||
1.1 | Profesional Universitario en Finanzas, Economía o ramas afines | 10 |
1.2 | Maestría en Finanzas, MBA o licencia o certificación en valoración de activos | 10 | ||
2 | Experiencia General | 20 | ||
2.1 | Más de (diez) 10 años de experiencia en el ámbito del sector eléctrico y su regulación | 20 | ||
2.2 | Al menos (diez) 10 años de experiencia en el ámbito del sector eléctrico y su regulación | 15 | ||
2.3 | No cumple con la experiencia general como consultor | 0 | ||
3 | Experiencia Específica | 20 | ||
3.1 | Participación en la realización de más de tres (3) procesos de cálculo del valor de activos fijos del sector eléctrico y su metodología de traslado a tarifas eléctricas, durante los últimos diez (10) años | 20 | ||
3.2 | Participación en la realización de al menos tres (3) procesos de cálculo del valor de activos fijos del sector eléctrico y su metodología de traslado a tarifas eléctricas, durante los últimos diez (10) años | 15 | ||
3.3 | No cumple con la experiencia específica como consultor | 0 |
SECCIÓN IV. TERMINOS DE REFERENCIA
1. Objetivos de la Consultoría
1. Presentar un análisis comparativo de metodologías de valoración de activos no amortizados de empresas distribuidoras al término de su periodo de concesión, determinando la o las más adecuadas y aplicables al contexto social y regulatorio nacional.
2. Desarrollar la valoración de los activos no amortizados del operador de distribución saliente en la isla de Guanaja, en aplicación de metodologías identificadas en el proceso en cuestión, verificando las bases de datos georreferenciados de la red de distribución del operador saliente en la isla de Guanaja.
3. Presentar propuestas del mecanismo para que el Estado recupere mediante tarifas el pago de las inversiones no amortizadas del operador saliente, a su vez, para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el nuevo operador.
4. Desarrollar un instructivo para aplicación de la metodología propuesta en los demás sistemas aislados de Honduras.
5. Capacitar al personal de la CREE sobre el uso de las metodologías analizadas en el proceso en cuestión para valoración de activos no amortizados.
2. Marco Legal
En esta sección se enuncia el marco legal asociado a la consultoría objeto de los presentes términos de referencia que son la base para su ejecución:
1. Mediante del Decreto Legislativo número 404-2013 se aprobó la Ley General de la Industria Eléctrica (“LGIE” o “Ley”), publicada en el diario oficial “La Gaceta” en fecha 20 xx xxxx del 2014 y reformada mediante Decreto Legislativo No. 46-2022. El objeto de dicha Ley es regular las actividades de generación, transmisión y distribución de electricidad en el territorio de la República de Honduras y deroga la Xxx Xxxxx del Subsector Eléctrico y todas las disposiciones contenidas en otras leyes y decretos que se opusieran a lo establecido en la Ley, exceptuando la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable.
2. El artículo 3, literal D de la referida Ley define que la CREE tiene la facultad de: d) “Contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones.”
3. El artículo 7 de la referida Ley establece que Las licencias de operación para transmisión y para distribución serán otorgadas por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), previa verificación de la capacidad técnica y financiera del solicitante. Asimismo, establece que cuando se prevea que una licencia de operación de transmisión o de distribución terminará, por cualquier causa, sin renovación o prórroga, el Estado debe convocar con anticipación suficiente a una licitación pública internacional para adjudicar la licencia a una nueva empresa. En este caso, el Estado deberá pagar al licenciatario saliente el valor aún no amortizado de sus inversiones, como lo prevé la licencia de operación.
4. En el artículo 8, literal B, se establece el procedimiento para la intervención de las empresas del subsector eléctrico cuando estas incumplen las condiciones prestablecidas en la Ley para el suministro eléctrico y su interacción con mercado eléctrico, la cual es una facultad otorgada a la SEN, previa opinión del regulador.
5. El artículo 14 de la referida Ley define que las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados, que son aquellas que no se encuentran conectadas al Sistema Interconectado Nacional, tienen la facultad de tener sus propias centrales generadoras, asimismo poseen la obligación de llevar contabilidades separadas para las
actividades de generación y de distribución. Cabe mencionar que en la Ley en cuestión fuera de las disposiciones mencionadas anteriormente, las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados y las que participan en el Sistema Interconectado Nacional tienen las mismas obligaciones y requisitos para su operación y funcionamiento.
3. Antecedentes
Esta sección describe los hechos relevantes asociados al proceso en cuestión en el orden siguiente:
1. La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) en 2022 realizó una serie de inspecciones a los sistemas aislados del departamento de las Islas de la Bahía en atención a la solicitud de la Secretaría de Energía (SEN) y en 2023 inspecciones de fiscalización de oficio a los sistemas aislados del departamento de Gracias a Dios.
2. De manera general, mediante las inspecciones la CREE ha identificado una brecha en cuanto al cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley por parte de las empresas que operan en estos sistemas eléctricos, primeramente, relacionada a los procesos de habilitación legal de dichas empresas para realizar la actividad regulada de distribución según lo establece la Ley. Es posible determinar que aspectos tales como los contratos de operación o de concesión otorgadas por las alcaldías municipales de las diferentes localidades para la prestación del servicio eléctrico sin que dichos arreglos fueran congruentes con los mecanismos regulatorios vigentes para garantizar la determinación y cobro de los costos reales de la presentación del servicio eléctrico, así como la falta de procesos claros y efectivos de transición desde el modelo regulatorio establecido en la Xxx Xxxxx del Subsector Eléctrico al nuevo esquema definido por la Ley General de la Industria Eléctrica, han afectado la aplicación integra de la nueva Ley.
3. A falta de un procedimiento específico, algunas empresas que actualmente se encuentran operando dichos sistemas aislados han solicitado su registro público y licencia de operación de distribución.
4. Que mediante el Acuerdo SEN-41-2024 la Secretaría de Energía acordó intervenir integralmente el sistema eléctrico administrado y operado -de hecho- por parte de la sociedad mercantil Xxxxxxx Electric Company (BELCO), por la mala calidad del servicio público de energía eléctrica y los altos costos ofrecidos a la población y en consecuencia porque su situación de desempeño amenaza afectar la continuidad o seguridad del servicio eléctrico; sin que hasta la fecha dicha empresa haya implementado acciones de calidad del servicio y asequibilidad conforme a los estándares requeridos y normas regulatorias aplicables para garantizar el servicio eléctrico en la Isla de guanaja. Asimismo, mediante el acuerdo en cuestión la SEN instruyó a la CREE a designar un perito técnico para que realice el avalúo de las inversiones no amortizadas y establezca un monto a pagar, si corresponde, por el valor de dichas inversiones no amortizadas, en consonancia con el artículo 7, literal C de la Ley General de la Industria Eléctrica.
4. Actividades por realizar
4.1. Revisión de información clave y plan de trabajo
El consultor deberá familiarizarse con el marco legal y realidad del subsector eléctrico de Honduras y otros temas específicos de la consultoría. Para lo cual el consultor deberá realizar un análisis de información clave relacionada con el objeto de la consultoría.
Con respecto al marco legal, deberá revisar como mínimo:
1. Ley General de la Industria Eléctrica (Decreto Legislativo 404-2013) y sus reformas;
2. Ley Especial (Decreto Legislativo 46-2022);
3. Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica (Acuerdo CREE-073, 2020) y sus reformas;
4. Reglamento de Tarifas (Resolución CREE-148, 2019);
5. Norma Técnica de Calidad de la Distribución (Acuerdo CREE-50-2021);
6. Cualquier otra que se considere pertinente o relevante.
Asimismo, el consultor deberá revisar las bases de datos de los activos regulatorios presentados por empresas que operan sistemas aislados contenidos en los expedientes de la CREE, con énfasis en la revisión de los activos del sistema eléctrico aislado de la isla de Guanaja, a fin de identificar oportunidades de mejora en cuanto a los modelos y volumen de datos asociados a los activos, así como elaborar los requerimientos de información pertinentes.
En función de lo antes expuesto, el consultor deberá elaborar un informe de revisión de la información clave y presentar un plan de trabajo con su respectivo cronograma, describiendo su metodología y enfoque técnico para el desarrollo de la consultoría en cuestión.
4.2 Análisis comparativo de metodologías para la valorización de activos y determinación de activos no amortizados
El consultor deberá realizar un análisis comparativo de metodologías aplicadas para la valoración de activos regulatorios y para la determinación de activos no amortizados en sus respectivos periodos de concesión aplicables a empresas distribuidoras, para lo cual deberá realizar un benchmarking que identifique las metodologías que sean aplicables a la realidad socioeconómica y legal de Honduras, determinando las ventajas y desventajas de cada una de las metodologías analizadas.
Para tal fin, el consultor deberá elaborar un informe que describa los resultados del análisis comparativo de metodologías para la valorización de activos y determinación de activos no amortizados.
4.3 Valoración de activos no amortizados del sistema eléctrico de la isla de Guanaja
El consultor deberá realizar la valoración de los activos no amortizadas del sistema eléctrico de la isla de Guanaja utilizando la o las metodologías más aplicables al contexto social y regulatorio nacional, según lo indicado en el informe del análisis comparativo de las metodologías.
Para tal fin, el consultor deberá realizar como mínimo: la revisión de estados financieros y archivos contables correspondientes al sistema aislado de Guanaja; la determinación de factores de depreciación que incidan en los modelos contables y financieros del sistema eléctrico en cuestión; una visita en campo para la verificación de la información técnica asociada tanto a la red de distribución aérea y submarina como a los equipos de generación, desarrollando bases de datos con información georreferenciada.
En seguimiento a lo anterior, el consultor deberá elaborar un informe que describa los resultados de la valoración de activos no amortizados el cual deberá ser acompañado con la documentación de soporte y memorias de cálculo correspondientes.
4.4 Desarrollo de propuestas de pago de activos no amortizados al operador saliente del sistema eléctrico de la isla de Guanaja
El consultor deberá desarrollar una propuesta de alternativas regulatorias aplicables a la realidad legal para que el Estado de Honduras pueda pagar las inversiones no amortizadas al operador saliente del sistema eléctrico de la isla de Guanaja, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley General de la Industria Eléctrica. La propuesta deberá definir el mecanismo para que el Estado recupere mediante tarifas el pago de las inversiones no amortizadas del operador saliente, a su vez, deberá proponer la metodología para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el nuevo operador.
En seguimiento a lo anterior, el consultor deberá elaborar un informe que presente las propuestas de pago de activos no amortizados al operador saliente del sistema eléctrico de la isla de Guanaja.
4.5 Desarrollo de instructivo y capacitación para aplicación de la metodología propuesta en los demás sistemas aislados de Honduras
El consultor deberá desarrollar y presentar un instructivo para aplicación de la metodología propuesta en los demás sistemas aislados de Honduras, con base en los resultados obtenidos en los productos previamente presentados y aprobados.
Asimismo, el consultor deberá llevar a cabo una capacitación en modalidad presencial/virtual para el equipo designado por la CREE sobre las metodologías para la valorización de activos y determinación de activos no amortizados aplicables a los sistemas aislados en Honduras y sobre las propuestas de pago de activos no amortizados a operadores salientes. Para tal fin el consultor deberá elaborar las presentaciones, poner a disposición otros documentos y materiales requeridos, con el fin de asegurar un proceso de aprendizaje efectivo para todos los involucrados, asimismo, deberá elaborar un informe de la capacitación impartida.
Calificaciones Requeridas
Idioma
El consultor debe tener dominio del idioma español (hablado, leído y escrito), en caso, de que su lengua materna no sea el idioma español debe presentar certificación que ampare su dominio avanzado, lo cual debe incluirse en el curriculum vitae.
Responsabilidades del Contratista
1. Cumplir con los Términos de Referencia, oferta técnica, oferta económica y demás condiciones que queden expresadas en el contrato correspondiente.
2. Aceptar la supervisión y vigilancia de la CREE según corresponda, y atender las observaciones y/o recomendaciones de la CREE.
3. Se compromete a adoptar las medidas de bioseguridad necesarias para garantizar el acceso a las instalaciones de la CREE (en caso de que aplique).
4. Asegurarse de conocer la normativa vigente asociada al desarrollo de las actividades descritas en los presentes términos de referencia.
5. Seguir y cumplir los parámetros contractuales.
6. Garantizar que el proceso de consultoría se ejecute dentro del alcance, cronograma, costo y calidad acordados.
7. Apoyar a la CREE en otras tareas que le sean requeridas que estén asociadas al desarrollo de las actividades descritas en los presentes términos de referencia.
Responsabilidades del Contratante
1. Supervisar las actividades del equipo consultor.
2. Brindar acceso a toda la documentación relacionada con la consultoría motivo de los presentes términos de referencia.
3. Concertar reuniones que el Consultor pueda requerir con entidades del subsector eléctrico, autoridades del gobierno, entre otros, con la finalidad de obtener insumos que aporten al trabajo de la consultoría.
4. Coordinar con la empresa que será objeto de inspección el acceso a sus instalaciones físicas, así como también brindar colaboración en todo lo que necesite el Consultor para el mejor desempeño de sus funciones.
5. Pagar cada producto presentado por el Consultor una vez estos hayan sido revisados por el personal asignado por la CREE y cuenten con la aprobación del Directorio de Comisionados.
Confidencialidad
El “CONSULTOR” y su personal, excepto previo consentimiento por escrito del contratante (CREE), no podrán revelar en ningún momento a cualquier persona o entidad ninguna información confidencial adquirida en el curso de la prestación de los servicios; ni el “Consultor” ni su personal podrán publicar las recomendaciones formuladas en el curso de la auditoría técnica.
Sección V Formularios del Concurso
Sobre No.1 : DOCUMENTOS PARA CALIFICACIÓN DEL OFERENTE
Formulario No.1 Carta de Presentación de la Propuesta
Formulario No.2 Información del Oferente
Formulario No.3 Promesa de Consorcio (En caso que aplique)
Formulario No.4 Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Formulario No.5 Declaración Jurada de Conflicto de Interés
Sobre No.2 : DOCUMENTACIÓN DE OFERTA TÉCNICA
Formulario No.6 Experiencia de la Firma (general y específica)
Formulario No.7 Formación Académica, Experiencia (General y Específica) del Personal Clave propuesto
Formulario No.8 Enfoque Técnico y Metodológico de Trabajo
Sobre No.3: DOCUMENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
Formulario No.9 Presentación de Oferta Económica
Formulario No. 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA SIN INFORMACIÓN DE OFERTA ECONOMICA
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
Señores
Comisión Evaluadora
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1.1 Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos del proceso de cotización.
1.2 Ofrecemos proveer los servicios de consultoría requeridos de conformidad con los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia.
1.3 Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a cumplir con los requisitos para el consultor y paraformalización de contrato conforme establecido en los Términos de Referencia.
1.4 La nacionalidad del Consultor(a) es: [indicar la nacionalidad del(la) Consultor(a)]
1.5 No tenemos conflicto de intereses para participar y todos los subcontratistas o proveedores que en cualquier caso se requiera de nuestra parte para ejecutar cualquier parte del contrato son elegibles deconformidad con lo dispuesto por la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
1.6 Entendemos que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la notificación deadjudicación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
1.7 Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna Oferta ni a contratar a ningún Consultor, mientras que no se enmarquen en el proceso de cotización y la evaluación correspondiente.
Firma: [firma del Consultor) Autenticada por Notario Público
En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta]Nombre: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta] El día del mes
del año 2024.
Formulario No. 2
INFORMACIÓN DEL OFERENTE
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos. En caso de consorcio se debe presentar uno por cada integrante del mismo]
Fecha de presentación de la Oferta: (día, mes y año)
CPI No.: [indicar el número del proceso]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Si se trata de un Consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del Consorcio o decir NO APLICA] |
3. País donde está constituido o incorporado el Oferente en la actualidad o País donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del Oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse] |
4. Año de constitución o incorporación del Oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del Oferente] |
5. Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado] |
7. Se adjuntan copias de los documentos originales de: [marcar la(s) casilla(s) de los documentos originales adjuntos] Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo1 anterior Si se trata de un Consorcio, carta de intención de formar el Consorcio, o el Convenio de Consorcio |
Formulario No. 3
Señores
Comisión Evaluadora
PROMESA DE CONSORCIO
(En caso que aplique)
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
(indicar nombre y número de proceso)
De nuestra consideración:
Por la presente declaramos la promesa de consorcio bajo las siguientes consideraciones: Nombre del Consorcio:
Empresa líder del Consorcio Fecha de Organización: Nombre del representante legal propuesto para el consorcio: Identificado con
Nombre de las empresas/firmas consultoras que forman el consorcio y su participación porcentual en este consorcio.
Empresa/Firma consultora Participación (%)
Total 100 %
Atentamente,
Representante Legal (Empresa 1) Representante Legal (Empresa 2)…n
Representante Legal Designado
(Firmas de los representantes legales de las empresas en consorcios y del representante legal designado)
Formulario No. 4
DECLARACIÓN JURADA SOBRE PROHIBICIONES O INHABILIDADES
Yo , mayor de edad, de estado civil , de
nacionalidad , con domicilio en y con Tarjetade Identidad/ tarjeta de
residencia/pasaporte No. actuando en mi condición de Representante Legal de la Firma
,
por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que no me encuentro comprendido en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Así mismo, declaro que no me encuentro comprendido en ninguno de los casos señalados en los artículos37, 38, 39, 40 y 41 de la Ley Especial Contra Lavado de Activos.
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de
, a los días de mes de de _.
Firma de Consultor
Formulario No. 5
DECLARACIÓN JURADA DE CONFLICTO DE INTERÉS
YO , mayor de edad, de estado civil , de nacionalidad , con domicilio en y con Documento Nacional de Identidad/Cédula de Identidad/Pasaporte No. , actuando en mi condición de Representante Legal de (indicar el nombre de la empresa oferente/ en caso de Consorcio indicar el nombre de las empresas que lo integran), por la presente DECLARO bajo juramento que: Al presentar una oferta en respuesta a este Concurso, el proponente declara que no existe ningún conflicto de intereses real o potencial en relación con su participación en este proceso. El proponente se compromete a informar inmediatamente a la entidad convocante en caso de que surja algún conflicto de intereses en cualquier etapa del proceso del Concurso. A los efectos de esta cláusula, se entiende por conflicto de intereses cualquier situación en la cual los intereses personales, financieros, comerciales o de cualquier otra naturaleza del proponente o de sus representantes puedan influir de manera indebida en la imparcialidad o la objetividad en cualquier etapa del proceso del Concurso en las decisiones tomadas por la entidad convocante. El proponente se compromete a divulgar de manera completa y transparente cualquier relación, interés financiero, vínculo o cualquier otra circunstancia que pueda dar lugar a un conflicto de intereses en relación con este Concurso. Esta divulgación debe ser realizada tanto en el momento de presentar la oferta como en cualquier etapa posterior del proceso del Concurso si surgen nuevas circunstancias que puedan dar lugar a un conflicto. En caso de que la entidad convocante determine que existe un conflicto de intereses real o potencial que pueda afectar la imparcialidad o la objetividad del proceso del Concurso, la entidad se reserva el derecho de tomar las medidas necesarias para garantizar la transparencia y la integridad del proceso, incluyendo la exclusión del proponente del proceso del Concurso si así se considera apropiado. El proponente acepta que cualquier declaración falsa, engañosa u omitida en relación con un conflicto de intereses puede dar lugar a la descalificación de su oferta y a las acciones legales o sanciones correspondientes según lo permita la ley.
Al presentar su oferta y firmando la presente Declaración Jurada, el proponente reconoce haber leído y entendido los términos y condiciones de esta cláusula de conflicto de intereses y acepta cumplir con todas las disposiciones establecidas en ella.
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA SOCIEDAD MERCANTIL O CONSORCIO
Formulario No.6
EXPERIENCIA DE LA FIRMA
Describir la información detallada de cada uno de los contratos, ya sea solo de la firma en forma individualocomo integrante de un consorcio.
Nombre legal del oferente: (indicar nombre completo) Fecha: (indicar día, mes y año)
Nombre legal del miembro del consorcio: (indicar nombre completo)
(Identificar los contratos que demuestran continuidad de operación)
Inicio Mes/año | Fin Mes/año | Años* | Identificación del contrato | Función del Oferente |
(indicar mes/año) | (indicar mes/año) | (indicar número de años) | Nombre del contrato: (indicar nombre completo) Breve descripción del alcance: (describir el objeto del contrato en forma breve) Nombre del contratante:(indicar nombre completo) Dirección: (indicar calle/número/ciudad/país) | (indicar función del oferente o principales actividades relacionadas con el objeto del proceso de cotización) |
* Indicar años calendario en los años con contratos con actividades, comenzando por el año de inicio de las actividades.
** La información aquí suministrada debe completarse para cada una de las experiencias presentadas ydebeestar respaldada por la copia de los comprobantes de la realización de estas.
Formulario No. 7
HOJA DE VIDA DE PERSONAL CLAVE
DATOS GENERALES, FORMACIÓN ACADÉMICA, OTROS CONOCIMIENTOS, HABILIDADES Y COMPETENCIAS, HISTORIAL LABORAL Y CONSULTORÍAS O ASESORÍAS REALIZADAS
DEBE PRESENTAR LA HOJA DE VIDA DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL CLAVE PROPUESTO FIRMADA Y CON LOS ANEXOS QUE RESPALDEN LO DESCRITO.
I | Datos generales |
1. Nombre del (la) Consultor(a): | |
2. Nacionalidad: | |
II | Educación Pregrado (Título Universitario) |
Indicar educación superior universitaria: Título de Pregrado obtenido, nombre de universidad, fecha en que se obtuvo título | |
Posgrado | |
Indicar postgrado en temática requerida, nombre de universidad, fecha en que se obtuvo título | |
III | Otros conocimientos |
Indicar los otros conocimientos requeridos para el perfil que aplica en este proceso | |
VI | Historia laboral Detallar experiencia general y/o específica que demuestre cumplimiento con el perfil requerido |
Empezando con el cargo actual, enumere en cronológico los cargos que ha desempeñado desde que se graduó, indicando detalladamente para cada uno, las actividades realizadas que se relacionan directamente con lo requerido en el marco de este proceso, fechas de empleo,nombre de la organización y cargos desempeñados. Cargo: Funciones desempeñadas: Experiencia: Otros: Desde (Año y mes): Hasta (Año y mes) Institución: |
Tegucigalpa [XX] de [XXXXX] 2024
Firma de Consultor
P á g i n a 46 | 52
Formulario No. 8
ENFOQUE TÉCNICO Y METODOLOGÍA DE TRABAJO
El Oferente presentará como parte de su Propuesta el Enfoque Técnico y Metodología que aplicará para desarrollar la consultoría.
En el caso de ser contratado, esto deberá ser congruentes con lo que será el Plan de Trabajo y el Cronograma de Ejecución, los cuales se presentarán como parte de los productos iniciales de la consultoría.
Se presenta una guía para la preparación de la información requerida:
Metodología y Enfoque técnico. Se deberá explicar entre otros:
Comprensión de los objetivos del trabajo.
Enfoque de los servicios, lógica de las actividades propuestas.
Métodos y técnicas a emplear para obtener el producto esperado. resaltando la consistencia con el enfoque y plan de trabajo propuesto.
Responsables de las actividades por parte del consultor Detalle productos a entregar
Formulario No. 9
PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
Fecha: de del
Señores
Comisión Evaluadora
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
De conformidad con la documentación recibida para presentar la oferta para la consultoría (indicar el nombre del
concurso), nosotros (Firma/consorcio) ofrecemos llevar a
cabo la ejecución de la consultoría, por una suma cerrada total de (Escribir el monto en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América. Nuestra oferta permanecerá vigente por ciento veinte días a partir de la fecha de presentación de la Oferta.
En caso de ser elegido como consultor para el desarrollo de la consultoría (nombre del concurso), nos comprometemos a desarrollar los trabajos requeridos y cumplir con todos los alcances solicitados en las cláusulas del contrato, de acuerdo con los requerimientos técnicos establecidos en los términos de referencia.
Entendemos y aceptamos que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), no está obligada a aceptar la oferta más baja o cualquier oferta que puedan recibir.
Atentamente,
Oferente: (indicar nombre completo del oferente)
Nombre: (indicar el nombre completo de la persona que firma la oferta)
Cargo: (del firmante)
Firma: (firma de la persona cuyo nombre y cargo aparecen arriba indicados)
Fecha: (día, mes y año en que se firma la oferta)
Sección VI. Modelo del Contrato
CONTRATO DE SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA “ ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS”
El presente contrato es celebrado el día de de 2024 entre datos del Representante Legal dela COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (CREE), facultado para realizar este acto mediante , quien para los efectos legales correspondientes se denominará “el Contratante”; y, nombre completo del consultor, datos generales del consultor: mayor de edad, casado/soltero, profesión, nacionalidad, domicilio, quien en adelante se denominará “el Consultor”. POR CUANTO el Contratante ha llamado a un proceso de concurso público internacional para llevar a cabo el proceso de consultoría CPI-CREE-05-2024 - “ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN
SISTEMAS AISLADOS.” y ha aceptado una oferta del Consultor para dicha consultoría por la suma de XXXXX DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EXACTOS (US$ XXXX), suma que constituye el Precio del Contrato, las partes convienen en el presente contrato al tenor de las estipulaciones siguientes:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que se les asigne en el Documento contentivo de las Bases del Concurso para el proceso de contratación de consultoría por concurso CPI-CREE-05- 2024 - “ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS”.
2. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Contratante y el Consultor, y serán leídos e interpretados como parte integral del Contrato:
a. Este Contrato;
b. Bases de Concurso para el proceso de contratación de consultoría CPI-CREE-05-2024 - “ELABORACIÓN Y APLICACIÓN DE METODOLOGÍAS PARA LA VALORACIÓN DE ACTIVOS NO AMORTIZADOS DE EMPRESAS DISTRIBUIDORAS QUE OPERAN SISTEMAS AISLADOS.”
c. La oferta del Consultor y las Listas de Precios originales;
d. La Notificación de Adjudicación del Contrato emitida por el Contratante.
3. Este Contrato prevalecerá sobre todos los otros documentos contractuales. En caso de alguna discrepancia o inconsistencia entre los documentos del Contrato, los documentos prevalecerán en el orden enunciado anteriormente. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Consultor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Consultor se compromete a proveer los Servicios al Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad en todo respecto con las disposicionesdel Contrato.
4. El plazo de ejecución de la consultoría será́ de tres meses calendario, contados a partir de la orden de inicio.
5. Que el objetivo general es determinar la o las metodologías de valoración de activos no amortizados más adecuadas y aplicables al contexto social y regulatorio nacional para empresas distribuidoras que operan sistemas aislados al término de licencia de operación o concesión, asimismo, desarrollar la valoración de los activos no amortizados del operador de distribución saliente en la isla de Guanaja en aplicación de metodologías identificadas anteriormente y presentar propuestas del mecanismo para que el Estado recupere mediante tarifas el pago de las inversiones no amortizadas del operador saliente, a su vez, para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el nuevo operador.
6. El Contratante se compromete a pagar al Consultor como contrapartida del suministro de los servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato de conformidad con las sumas que resulten pagaderas según lo dispuesto en el Contrato en el plazo y en la forma estipulados en éste y sus documentos.
7. El pago se hará una vez presentados los productos esperados por parte del consultor y los mismos sean aprobados por la CREE. El desembolso de los pagos, una vez aprobados por la CREE, se hará en la forma siguiente:
Producto | Descripción | Tiempos de entrega | Monto (%) del Contrato |
Informe de revisión de información clave, plan de trabajo y cronograma | El contenido de este deberá apegarse a la subsección 4.1 de la sección de las actividades por realizar. | 2 semanas después de la firma del contrato | 10 % |
Informe de análisis comparativo de metodologías para la valorización de activos y determinación de activos no amortizados | El contenido de este deberá apegarse a la subsección 4.2 de la sección de las actividades por realizar. | 4 semanas después de la firma del contrato | 15 % |
Informe de valoración de activos no amortizados del sistema eléctrico de la isla de Guanaja, incluyendo verificación de activos de red de distribución del sistema eléctrico de la isla de Guanaja | El contenido de este deberá apegarse a la subsección 4.3 de la sección de las actividades por realizar. | 8 semanas después de la firma del contrato | 40 % |
Informe contentivo de propuestas de pago de activos no amortizados al operador saliente del sistema eléctrico de la isla de Guanaja | El contenido de este deberá apegarse a la subsección 4.4 de la sección de las actividades por realizar. | 10 semanas después de la firma del contrato | 20 % |
Instructivo para aplicación de la metodología propuesta en los demás sistemas aislados de Honduras e informe de capacitación y socialización | El contenido de este deberá apegarse a la subsección 4.5 de la sección de las actividades por realizar. | 12 semanas después de la firma del contrato | 15 % |
8. De conformidad con las leyes nacionales, el presente contrato estará́ sujeto a las siguientes retenciones:
A. Se retendrá el 25% si el adjudicatario es extranjero (art. 5 de la Ley de Impuesto sobre la Renta); si el adjudicatario es nacional se le retendrá el 15% de impuesto sobre venta y si no acredita que está sujeto al Régimen de Pagos a Cuenta se le retendrá el 1% por Impuesto sobre la Renta.
9. Para efecto del presente contrato, la dirección de las oficinas del contratante es: Anexo Edificio Interamericana, Primer Piso, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Colonia Castaños SurTegucigalpa, M.D.C.
10. Los derechos y obligaciones del Consultor están estrictamente limitados a las cláusulas y condiciones del presente Contrato, cuya suscripción no genera ninguna relación empleado-empleador con la Comisión. En ningún momento
el Consultor será considerado funcionario del Gobierno, ni tendrá derecho a prestaciones, bonos, aguinaldos, subsidios, indemnizaciones u otros pagos de ninguna naturaleza que no estén expresamente previstos en este Contrato.
11. Los derechos de propiedad, derechos de autor y demás derechos de la naturaleza que fueren sobre cualquier material y documentación producida en el desarrollo de la consultoría, correspondenexclusivamente al Contratante. El Consultor no podrá utilizar los materiales y/o la documentación para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo del Contratante.
12. El Consultor guardará completa confidencialidad y reserva sobre los documentos y la información a los que pueda tener acceso durante el desarrollo de la presente consultoría, por lo que su divulgación,publicación, reproducción y difusión es absolutamente prohibida sin autorización expresa del Contratante. El Consultor se compromete a seguir todas las normas, políticas, disposiciones, reglas y demás instrucciones que emita el Contratante con respecto a la reserva o confidencialidad de la información que maneje la Institución. Cualquier información o documentación que “El Consultor recibadel Contratante durante la vigencia de este contrato, será tratada con absoluta discreción y no podrá serrevelada a otras personas naturales o jurídicas fuera de la Institución, salvo en los casos que lo indiquenlas leyes y demás normas, políticas, reglas e instrucciones que emita el Contratante. En el caso que el Consultor revelase o divulgase información o documentación en relación con los asuntos de la Institución o se aproveche de la misma para fines propios o en daño de la Institución, el Estado o terceros, dará lugar a la resolución del contrato sin responsabilidad del Contratante y en los términos que los dispone esteContrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda reclamar. El Contratante podrá solicitar una pronta devolución de toda la información o documentación provista previamente y podrádemandar por los daños y perjuicios ocasionados.
13. El Consultor reconoce al Contratante el derecho de efectuar inspecciones sobre la labor que realiza y de pedir informes especiales cuando lo requieran, sin que esta facultad signifique un incremento en laremuneración fijada en el presente Contrato.
14. El Contratante se reserva el derecho de resolver el Contrato, si el Consultor incumple las obligaciones señaladas en este documento y los términos de referencia contractuales o incurre en violaciones y/o prohibiciones de las normas legales vigentes en el país. La resolución del Contrato se verificará mediante un aviso previo cursado por escrito con cinco (05) días calendario de anticipación.
15. Las controversias relativas a la interpretación o a la ejecución del presente Contrato deberán ser resueltas por la vía administrativa. Agotada la vía administrativa, los actos administrativos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación del presente contrato, podrán ser impugnados ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
16. Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremosapoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a:
a. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: integridad, lealtad contractual, equidad, tolerancia, imparcialidad y discreción con la información confidencial que manejamos, absteniéndonos de dar declaraciones públicas sobre la misma. b. Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales bajos los cuales se rigen los procesos de contratación y adquisiciones públicas establecidos en la Ley de Contratación del Estado, tales como: transparencia, igualdad y libre competencia. c.- Que durante la ejecución del Contrato ninguna persona que actúe debidamente autorizada en nuestro nombre y representación y que ningúnempleado o trabajador, socio o asociado, autorizado o no, realizar: Prácticas Corruptivas: entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; y/o, Prácticas Colusorias:
entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre doso más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. d.Revisar y verificar toda la información que deba ser presentada a través de terceros a la otra parte, para efectos del Contrato ydejamos manifestado que durante el proceso de contratación o adquisición causa de este Contrato, la información intercambiada fue debidamente revisada y verificada, por lo que ambas partes asumen y asumirán la responsabilidad por el suministro de información inconsistente, imprecisa o que no corresponda a la realidad, para efectos de este Contrato. e. Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del Contrato, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos de utilizarla para fines distintos. f. Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta cláusula por tribunal competente, y sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en la que se incurra. g. Denunciar en forma oportuna ante las autoridadescorrespondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los proveedores con los cuales tenga relaciónel Consultor, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. El incumplimientode cualquiera de los enunciados de esta cláusula dará Lugar: de parte del Consultor:
(i) a la inhabilitación para contratar con el Estado, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren deducírsele, y (ii) a la aplicación al trabajador, ejecutivo, representante, socio, asociado o apoderado que haya incumplido esta cláusula, de las sanciones o medidas disciplinarias derivadas del régimen laboral y, en su caso entablar las acciones legales que correspondan; y, de parte del Contratante: (i) ala eliminación definitiva del Consultor y a los responsables o que no denunciaron la irregularidad, de su Registro de Proveedores y Contratantes que al efecto llevare para no ser sujeto de elegibilidad futura en procesos de contratación, y (ii) a la aplicación al empleado o funcionario infractor, de las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar.
17. En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia, podrá dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado, que al pago correspondiente a los bienes o servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato.
18. El Consultor deberá entregar los productos esperados a entera satisfacción del Contratante y de conformidad con el lugar de entrega, forma, procedimiento y demás condiciones de contratación contenidas en el Contrato y sus documentos.
EN TESTIMONIO de lo cual las partes han suscrito el presente Contrato de conformidad con la legislación hondureña, incluyendo la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, en el día, mes y año antes indicados.
Representante de CREE | Nombre completo del Representante Legal del Consultor |