MEMORIA JUSTIFICATIVA CONTRATO PARA EL SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS, MEDIANTE RENTING, PARA LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS. PROCEDIMIENTO 09/2018
MEMORIA JUSTIFICATIVA CONTRATO PARA EL SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS, MEDIANTE RENTING, PARA LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS. PROCEDIMIENTO 09/2018
1.- PROCEDIMIENTO: Abierto
2.- DENOMINACIÓN DEL CONTRATO: Procedimiento para la Contratación del suministro y mantenimiento de equipos informáticos, mediante renting.
3.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO: Contrato de suministro art. 16 LCSP
4.- TRAMITACIÓN: Ordinario.
5.- DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO: El contrato tiene por objeto el suministro de los equipos informáticos de la FEMP por el sistema de arrendamiento financiero (renting) por un período de 36 meses. Estarán incluidos en el mismo los gastos derivados de su envío a la sede de la FEMP, su mantenimiento (asistencia técnica obligatoria) in situ y su seguro durante los 36 meses.
Se trata de suministrar en un solo pedido y envío el siguiente conjunto de equipos informáticos:
105 equipos de sobremesa
5 equipos portátiles
2 equipos Tablet PC (2 en 1) o similar
Todos los suministros entregados en cada grupo serán iguales en componentes (placa, tarjeta gráfica, procesador, disco duro, etc.) y ensamblado (ubicación de las tarjetas y conectores).
Todos los suministros entregados serán nuevos, sin piezas ni accesorios utilizados o reconstruidos.
Los equipos informáticos ofertados deberán ser equipos montados íntegramente por el fabricante, con placa base y software propio. Se podrá pedir acreditación al respecto.
Los equipos informáticos ofertados deberán ser conformes con la normativa vigente de la Unión Europea y española en lo referente a sus aspectos ergonómicos, medioambientales, de ahorro energético, de compatibilidad electromagnética y de reducción de radiación emitida.
Así lo deberá reflejar claramente la oferta en una tabla que lo detalle.
El adjudicatario está obligado a asumir el mantenimiento de todos los dispositivos o elementos suministrados, incluso en los casos que no sean de su fabricación o de fabricación de la empresa que representa, durante toda la duración del contrato.
El mantenimiento consistirá en la reparación de averías o funcionamientos defectuosos del hardware arrendado e implica la obligación de reparar o reemplazar, si fuera necesario, los componentes o piezas defectuosas, incluye la mano de obra, las piezas de recambio necesarias y los desplazamientos precisos.
Dicho mantenimiento se llevará a cabo en la dependencia donde se encuentre en ese momento el equipo.
6.- MOTIVACIÓN DE LA NECESIDAD Y JUSTIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTO: En cumplimiento
de lo establecido en los arts. 28, 116, 63 y D.A.3ª LCSP se informa lo siguiente:
Se promueve el siguiente contrato para proceder a la renovación del parque informático de la Federación Española de Municipios y Provincias, con motivo de la finalización del contrato que está en vigor.
La Federación Española de Municipios y Provincias tiene un firme compromiso con la modernización de las Administraciones Públicas. Convencidos de que el avance de las Tecnologías de la Información y la Administración Electrónica son dos de las actuaciones claves, en el camino hacia el nuevo modelo de crecimiento económico.
Por tanto, el personal de la Federación debe disponer de unos equipos de alto rendimiento que cuenten con los últimos avances en tecnología y con la potencia suficiente para soportar las aplicaciones de software que se utilizan en el trabajo diario.
Estos equipos deben garantizar una eficiencia energética con un consumo mínimo y aportar seguridad de forma que se mejore la productividad a lo largo de un ciclo de vida mínimo de 54 meses.
Que tratándose de un contrato de suministro cuyo valor estimado es superior a 100.000.- € e inferior a 221.000.-€, de conformidad con los artículos 131 y ss. de la LCSP, su adjudicación puede tramitarse por el procedimiento abierto, garantizado así los principios de publicidad, concurrencia y transparencia.
7.- INFORME LOTES: La realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultará la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico, al implicar la necesidad de coordinar la ejecución de las diferentes prestaciones, cuestión que podría verse imposibilitada por su división en lotes y ejecución por una pluralidad de contratistas diferentes.
8.- CÓDIGO CPV
Código CPV: 66114000-2 Servicios de Arrendamiento Financiero
9.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN, VALOR ESTIMADO, FORMA DE CÁLCULO Y JUSTIFICACIÓN:
El valor estimado del presente contrato, se fija en CIENTO SESENTA Y CINCO MIL EUROS (165.000.-
€), XXX excluido.
En cumplimiento de lo establecido en el art. 101 LCSP y 116, el precio xx xxxxxxx actual del objeto del suministro se ha obtenido del siguiente modo mediante un estudio xx xxxxxxx confrontando los precios de diferentes empresas calculado a tanto alzado y asciende a:
Importe todas las anualidades sin IVA: 110.000.- € Posibles prórrogas: 55.000.- € Total valor estimado contrato: 165.000.- €
El presupuesto base de la presente licitación, comprensivo de los costes directos e indirectos y demás gastos necesarios para la correcta ejecución de las prestaciones requeridas incluido el IVA correspondiente, asciende a la cantidad de CIENTO TRENTA Y TRES MIL CIEN EUROS (133.100 €) para los 3 años de duración del contrato, desglosada de la siguiente forma:
Presupuesto base licitación sin IVA: 110.000.- € IVA: 23.100.- €
Total presupuesto base licitación: 133.100.- €
En cuanto al precio de adjudicación del presente contrato, el abono del mismo se hará en 36 mensualidades por el mismo importe cada una de ellas.
Para el abono de los trabajos efectuados, el adjudicatario, mediante persona responsable con funciones directivas en la materia objeto del contrato, expedirá informe justificativo al que unirá un informe acreditativo y comprensivo de que los mismos se han realizado de conformidad con las prescripciones establecidas en el contrato y que será, si procede, aprobado por la Dirección de la FEMP.
10.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:
Las ofertas candidatas a la contratación serán seleccionadas en base a los siguientes criterios de valoración:
Criterios de valoración de la oferta técnica (evaluable mediante juicios de valor)
CRITERIO | VALORACIÓN MÁXIMA |
Valoración características hardware de los equipos A continuación detallamos la ponderación de los equipos por perfiles: • Grupo 1: 25 puntos • Grupo 2: 10 puntos | Hasta 40 puntos |
• Grupo 3: 5 puntos | |
Valoración garantía, soporte y/o mantenimiento servicio técnico propio* | Hasta 5 puntos |
Valoración tiempo de respuesta resolución incidencias | Hasta 5 puntos |
Valoración experiencia en proyectos similares | Hasta 5 puntos |
Valoración de mejoras sobre el pliego | Hasta 5 puntos |
TOTAL | 60 PUNTOS |
(*)Se entenderá por servicio técnico propio de la empresa, aquél en el que tanto los servicios como el personal que los presta están en nómina de la empresa adjudicataria (no subcontratación). La valoración a la que hace referencia este punto se hará sobre el catálogo de servicios técnicos propios que la Empresa adjudicataria documente en su propuesta.
Criterios de valoración de la oferta económica (evaluable mediante fórmula)
CRITERIO | VALORACIÓN MÁXIMA |
Valoración económica (según condiciones correlativas) | 40 puntos |
TOTAL | 40 PUNTOS |
Las condiciones de asignación de puntos para la valoración económica son las siguientes:
Se asignarán 40 puntos a la oferta más baja (más ventajosa) y 5 puntos a la oferta más alta (menos ventajosa). El resto de ofertas se valorarán de manera proporcional conforme a la siguiente fórmula:
Mayor oferta - Ofertada a valorar | ||
Puntuación empresa = | 35 x | + 5 |
Mayor oferta – Menor oferta |
Si la diferencia entre la mayor y la menor oferta es inferior al 3%, se asignarán 40 puntos a la oferta más baja (más ventajosa) y 30 puntos a la oferta más alta (menos ventajosa). El resto de ofertas se valorarán de manera proporcional conforme a la siguiente fórmula:
Mayor oferta - Ofertada a valorar | |||
Puntuación empresa = | 10 x | +30 | |
Mayor oferta – Menor oferta |
El empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación se resolverá mediante la aplicación, por orden, de los siguientes criterios:
a) Contar en la plantilla con un número de trabajadores con discapacidad que represente más de un dos por ciento (2 %) del número total de los trabajadores de la plantilla.
b) Disponer del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
c) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
11.- PLAZA DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato es de 36 meses pudiéndose prorrogar hasta un máximo de 54 meses.
Una vez adjudicado el suministro, la entrega de los bienes objeto del contrato deberá realizarse en un periodo no superior a 30 días.
El lugar de entrega de los equipos es en la calle Nuncio, 8 de Madrid.
12.- PENALIDADES ESPECÍFICAS: En caso de incumplimiento imputable al contratista del plazo total fijado o de los plazos parciales establecidos en la oferta técnica del adjudicatario, la FEMP podrá imponerle penalidades diarias en la proporción de 0,60 euros por cada 1000 euros del importe total del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, la FEMP estará facultada para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la FEMP.
En todo caso, la cuantía total de las penalidades apuntadas con anterioridad, no podrá ser superior al 10% del importe total del contrato.
Sin perjuicio de las penalidades fijadas anteriormente, la FEMP podrá reclamar la indemnización a que pudiera tener derecho por los daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.
Para el caso de cumplimiento defectuoso del objeto de la prestación del contrato, por incumplir o cumplir defectuosamente el compromiso de adscripción de medios personales y materiales u otras condiciones especiales de ejecución, podrá imponerse una penalidad equivalente a un 1 por ciento del precio del contrato, salvo que motivadamente el órgano de contratación estime que el incumplimiento es grave o muy grave, en cuyo caso podrá alcanzar hasta un 5 %, en el primer caso, y hasta un 10% en el segundo. La reiteración en el incumplimiento se tendrá en cuenta para valorar la gravedad del mismo
Por infracción de las obligaciones, condiciones y demás requisitos exigidos para la subcontratación la FEMP podrá imponer una penalidad de hasta un 50 por ciento del importe del subcontrato.
Todas las penalidades establecidas en la presente cláusula se harán efectivas mediante deducciones de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía constituida a tal efecto, conforme al artículo 194.2 de la Ley de Contratos del Sector Público.
13.- SUBCONTRATACIÓN: Dadas las especiales condiciones técnicas exigidas a los adjudicatarios en la ejecución del contrato, no se admitirá ni la cesión del mismo ni la subcontratación sin autorización expresa de la FEMP.
14.- RÉGIMEN DE PAGOS: El abono del precio se hará en 36 mensualidades que comenzarán el mismo mes de entrega de los equipos y tras la recepción y verificación por parte del Coordinador del Proyecto de que todo el pedido está correcto y en perfecto estado, emitida la recepción conforme por el órgano correspondiente y siempre contra factura.
El importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba soportar la FEMP, se desglosará y consignará en las facturas de forma distinta y separada de la base imponible, con expresión del tipo impositivo correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Ley Reguladora y Reglamento de dicho Impuesto.
15.- REVISIÓN DE PRECIOS: No procede la revisión de precios
16.- RESPONSABLE DEL CONTRATO: La gestión del contrato corresponde a la Subdirección de Recursos Humanos y Organización en el marco de la estructura de la Secretaria General de la FEMP.
17.-PLAZO DE GARANTÍA: 36 meses
18.- GARANTIA PROVISIONAL: No
19.- GARANTÍA DEFINITIVA: SI por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato,
I.V.A. Excluido.
Madrid 27 xx xxxxxx de 2018