Contract
BTG PACTUAL PERU S.A. SOCIEDAD AGENTE DE BOLSA, identificada con RUC N° 20492912132, domiciliada en Av. Xxxxx Xxxxxxx 173 Edificio Real Ocho, Oficina 602, distrito de San Xxxxxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por sus apoderados que suscriben el presente contrato y cuyos poderes se encuentran inscritos en la Partida N° 12218282 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, a quien en adelante se le denominará “BTG PACTUAL SAB”; y de la otra parte
, de nacionalidad , identificada con RUC/OTRO N° , domiciliado(a) en
, distrito de , provincia y departamento/ciudad de _, debidamente representada por su(s) apoderado(s) que suscribe(n) el presente
contrato y cuyos poderes se encuentran inscritos en la Partida N° del Registro de Personas
Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, a quien en adelante se le denominara para efectos de este contrato “EL CLIENTE”, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA. - ANTECEDENTES
BTG PACTUAL SAB es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes de Perú como una sociedad agente de bolsa y opera como tal en mérito a la Resolución CONASEV N° 062-2008-EF/94.01.1 del 03 de octubre de 2008.
EL CLIENTE es una persona jurídica que solicita los servicios de intermediación de valores bursátiles y productos financieros que se negocian en la Bolsa de Valores de Lima y/o en los mercados extranjeros.
SEGUNDA. - OBJETO
Las partes, por medio del presente contrato y de conformidad con lo señalado en el artículo 31° del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución SMV N° 034-2015-SMV/01 (en adelante, el “RAI”) suscriben el presente contrato a efectos de regular los servicios de intermediación de valores bursátiles y productos financieros que se negocian en la Bolsa de Valores de Lima y/o en los mercados extranjeros que serán prestados por BTG PACTUAL SAB a favor de EL CLIENTE.
TERCERA. - DECLARACIONES Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El CLIENTE se compromete a cumplir las siguientes declaraciones:
a) Informar oportunamente a BTG PACTUAL SAB, respecto de cualquier cambio en los datos consignados en el presente contrato, así como en los anexos que forman parte del mismo.
b) EL CLIENTE acepta y se somete a la Política de Clientes de BTG PACTUAL SAB, así como el tarifario vigente de BTG PACTUAL SAB, los cuales declara haber recibido, leído y comprendido de forma previa a la suscripción del presente contrato. Los mismos que se encuentran en la página xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx a la que el cliente puede acceder.
c) EL CLIENTE declara conocer que en ningún caso ni bajo ningún concepto debe entregar dinero en efectivo a BTG PACTUAL SAB o a sus Representantes y que efectuará sus pagos únicamente a través de las cuentas de intermediación de BTG PACTUAL SAB.
d) EL CLIENTE declara que los ingresos declarados en el Anexo Nº 02 del presente contrato, así como los
valores o instrumentos financieros que transfieren a la cuenta matriz de BTG PACTUAL SAB, provienen de actividades lícitas y que estos no han sido generados por actividades ilícitas propias o de terceros. BTG PACTUAL SAB se reserva el derecho de solicitar a EL CLIENTE documentación que acredite el origen de los fondos depositados y/o valores transferidos.
e) EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB, a disponer de los fondos, valores, o instrumentos financieros, que se encuentran en las cuentas de BTG PACTUAL SAB o en su cuenta matriz de ser el caso, ante cualquier deuda o requerimiento, producto de sus operaciones en el mercado de valores, tanto local como extranjero en todas sus modalidades, ya sea a favor de BTG PACTUAL SAB, o para la contraparte en su operación; asimismo, se compromete a cubrir cualquier diferencial adicional que se genere producto de sus operaciones.
f) EL CLIENTE declara que el medio de comunicación y/o modalidad de recepción de órdenes que utilizará para instruir las órdenes a BTG PACTUAL SAB serán las que están indicadas por EL CLIENTE en el anexo Nº 01 del presente contrato.
g) EL CLIENTE acepta de manera expresa que ha sido informado previamente de las condiciones del registro de órdenes impartidas a través de medios telefónicos. Asimismo, declara conocer que toda comunicación telefónica con BTG Pactual SAB, será grabada y otorga su autorización para que dicha información esté a disposición de la SMV a su solo requerimiento para efectos de su labor de supervisión y pueda ser utilizada como medio de prueba en procesos judiciales, procedimientos administrativos o arbitrajes;
h) EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB, a cobrar sus dividendos y abonarlos en la cuenta operativa de esta.
i) En caso EL CLIENTE haya declarado que será representado en la relación con BTG PACTUAL SAB por uno o más apoderados, EL CLIENTE deberá informar de inmediato a BTG PACTUAL SAB la revocación o modificación de los poderes a dicho(s) apoderado(s) declarado(s), de ser el caso. BTG PACTUAL SAB no se hará responsable por los perjuicios que le pudieran causar a EL CLIENTE los actos realizados por los representantes y/o apoderados que han sido declarados en el Anexo Nº 04 del presente contrato, cuya modificación o revocación de poderes no haya sido informada a BTG PACTUAL SAB de forma previa a la realización de dichos actos.
j) EL CLIENTE declara que las inversiones y movimientos financieros que se efectuarán en virtud del presente contrato son compatibles con sus actividades, rendimientos y situación patrimonial.
k) EL CLIENTE declara que, para todos los efectos a que haya lugar, bajo el entendido que toda declaración falsa o inexacta puede ser sancionada de conformidad con las normas legales aplicables, que la documentación e información entregada y completada en los documentos de apertura de cuenta de BTG PACTUAL SAB es veraz, válida, correcta, completa, incluyendo los números de inscripciones para fines tributarios, así como los datos y declaraciones efectuados en los documentos que como anexos forman parte del presente contrato, respecto de las cuales EL CLIENTE reconoce su validez por la sola firma en el presente contrato y/o en los referidos anexos, comprometiéndose EL CLIENTE, ante cualquier cambio, a informar a BTG PACTUAL SAB en un plazo no superior a 10 días de producido el mismo y, además proporcionar toda la información de apoyo y/o complementaria que resulte necesaria. Hasta que no se facilite la información requerida para realizar la modificación de los datos, EL CLIENTE declara estar de
acuerdo en que BTG PACTUAL SAB empleará la información registrada por EL CLIENTE en el presente contrato y en los anexos del mismo en cualquier acto o evento, sin asumir responsabilidad en que caso la información no sea veraz, válida, correcta o completa.
l) EL CLIENTE declara conocer cuáles son los medios de comunicación por los cuales instruirá sus órdenes a BTG PACTUAL SAB, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo N° 01 del presente contrato, y reconoce que la(s) modalidad(s) seleccionadas por EL CLIENTE mediante la firma del referido anexo serán los que BTG PACTUAL SAB reputará como válidos para la ejecución de las órdenes de EL CLIENTE.
m) EL CLIENTE declara conocer cuáles son los medios por los cuales BTG PACTUAL SAB puede remitir sus estados de cuenta a EL CLIENTE, los mismos que se encuentran detallados en el Anexo N° 01 del presente contrato, y reconoce que la(s) modalidad(s) seleccionadas por EL CLIENTE mediante la firma del referido anexo será(n) los que BTG PACTUAL SAB reputará como válidos para la remisión de los estados de cuenta.
n) EL CLIENTE acepta que tiene la obligación de actualizar y remitir la información que resulte necesaria para tal efecto en la forma y plazo solicitado por BTG PACTUAL SAB, con el fin de verificar la identidad de EL CLIENTE, su perfil de inversión, procedencia de recursos, entre otros; así como la obligación de remitir a la SMV cualquier información que ésta requiera con fines de supervisión o a cualquier otra autoridad nacional con la competencia correspondiente; siempre que sea requerida, en la forma y plazo solicitado por BTG PACTUAL SAB.
o) EL CLIENTE declara estar de acuerdo en que las informaciones contenidas en este documento y en cualquier anexo, incluyendo el W8 o W9 o un documento equivalente presentado por EL CLIENTE, son parte integral de la documentación que sustenta la relación comercial con BTG PACTUAL SAB y pueden ser usadas por ésta para el propósito de su identificación para cualquier fin legal en Perú, Estados Unidos u otra jurisdicción.
p) EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB a enviar este documento y todos los anexos del mismo a las empresas del mismo grupo y autoriza a BTG PACTUAL SAB a utilizar este documento y las informaciones en este contenidas para actualizar y comprobar las informaciones de registro del cliente en relación a las cuentas o inversiones mantenidas por él en tales empresas.
q) EL CLIENTE declara conocer y estar de acuerdo con que los datos personales de sus apoderados y representantes, utilizados para la apertura de la cuenta sean incluidos en el registro de información de BTG Pactual Perú, y que sean utilizados para la mantención del registro, análisis y controles internos de BTG Pactual Perú y las demás empresas del grupo en el Perú y en el extranjero.
r) EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB a enviar este formulario, sus anexos, las informaciones en ellos contenidos, así como los datos financieros relativos a las cuentas/relaciones y las inversiones afectadas por estas informaciones a las fuentes pagadoras de ingresos o depositarios centrales o agentes de bonos o valores mobiliarios inherentes a la cuenta, a las autoridades de su país de residencia y extranjeras conforme a los exigido en los términos de la normativa aplicable, de los convenios internacionales firmados por el Perú o además de acuerdo con la normativa vigente de la(s) jurisdicción(es) en la(s) cual(es) el cliente haya nacido o de la(s) cual(es) sea ciudadano o residente.
s) EL CLIENTE declara tener conocimiento de los riesgos de sus inversiones y los asume, incluyendo aquellas realizadas a través de un apoderado.
t) EL CLIENTE declara conocer que BTG PACTUAL SAB no asume responsabilidad por la solvencia de los emisores de los Instrumentos Financieros ni garantiza ningún tipo de rentabilidad, ganancias o beneficio por las operaciones que se ejecuten a su nombre. Las decisiones que EL CLIENTE adopta sobre sus operaciones, son única y exclusivamente de su responsabilidad, por consiguiente, EL CLIENTE no podrá reclamar, demandar o requerir compensación alguna a BTG PACTUAL SAB por el resultado de sus decisiones.
u) EL CLIENTE se compromete con BTG PACTUAL SAB, a cumplir con las obligaciones que se deriven de las órdenes de operaciones que le instruya, así como librarla de toda responsabilidad en las posiciones de los valores por las operaciones que no sean liquidadas por el cliente, dentro de los plazos establecidos por ley.
CUARTA. - DECLARACIONES Y OBLIGACIONES DE BTG PACTUAL SAB
a) BTG PACTUAL SAB no asume responsabilidad por la solvencia de los emisores de los Instrumentos Financieros o por la rentabilidad de los mismos.
b) En el caso EL CLIENTE comunique sus órdenes vía internet, BTG PACTUAL SAB, establece en su Política de Clientes, sus obligaciones respecto a proveer la continuidad, soporte y seguridad de ese medio de comunicación, así como los planes de contingencia respectivos.
c) BTG PACTUAL SAB contará con los cargos respectivos de envíos electrónicos para los casos en el que el cliente haya elegido esta opción de remisión de estado de cuenta.
d) En las oficinas de BTG PACTUAL SAB, estarán a su disposición las pólizas de las operaciones del cliente, en un plazo que no será mayor a tres (03) días hábiles posteriores a la ejecución de la operación.
e) BTG PACTUAL SAB, podrá modificar sus tarifas, de manera unilateral, comunicando previamente a EL CLIENTE a través de su website, con una anticipación no menor a ocho (08) días hábiles para su aplicación; salvo que se trate de una tarifa pactada como variable o de modificaciones que signifiquen condiciones más favorables para EL CLIENTE, en cuyo caso se aplicaran de inmediato. EL CLIENTE en el caso de la comunicación previa, puede dar por concluida la relación contractual con BTG PACTUAL SAB, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente contrato, en este caso, EL CLIENTE no asumirá ningún costo por el traslado de sus valores o instrumentos financieros, salvo que se haya pactado específicamente lo contrario o que el costo lo origine un tercero. EL CLIENTE que no estuviese de acuerdo con las modificaciones en el tarifario, deberá informar a BTG PACTUAL SAB, dentro del plazo aquí establecido, mediante documento notarial.
f) BTG PACTUAL SAB, reconoce y declara que la Superintendencia xx Xxxxxxx de Valores (SMV) es el organismo del Estado Peruano que tiene por función la supervisión xxx xxxxxxx de valores y la protección de los inversionistas, cuya dirección del Portal xxx Xxxxxxx de Valores es xxx.xxx.xxx.xx, domiciliada en Av. Xxxxx Xxxx Xx 000, Xxxxxxxxxx. Teléfono: 000-0000.
g) BTG PACTUAL SAB, no actúa como asesor tributario, ni como agente retenedor, por lo que es responsabilidad exclusiva de EL CLIENTE velar por su declaración de impuestos, debiendo asesorarse sobre el particular.
h) BTG PACTUAL SAB, indica que EL CLIENTE tiene la opción de confirmar los saldos o movimientos de sus
valores e instrumentos financieros que se encuentren anotados en el Registro Único de Titulares del Registro Contable administrado por CAVALI ICLV S.A., a través de los medios habilitados para tal fin.
i) BTG PACTUAL SAB, pone a disposición de EL CLIENTE, los estados de cuentas de sus movimientos y saldos de valores, instrumentos financieros y fondos, por los medios acordados con éstos, según lo indicado en el Anexo Nº 01.
QUINTA. - INTERMEDIACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS NEGOCIADOS EN EL EXTRANJERO
EL CLIENTE indica que, mediante el presente contrato, Sí No impartirá órdenes a BTG PACTUAL SAB
para que actué como intermediario de Instrumentos Financieros negociados en el extranjero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 66 xxx XXX.
Los términos y condiciones para la intermediación de INSTRUMENTOS FINANCIEROS NEGOCIADOS EN EL EXTRANJERO, se encuentran establecidas en el Anexo Nº 03 del presente contrato, las cuales, según sea el caso, son reconocidas y aceptadas por EL CLIENTE mediante la suscripción del presente contrato y del referido anexo.
SEXTA. - SERVICIO DE ACCESO DIRECTO AL MERCADO (ADM) / DIRECT MARKET ACCESS (DMA)
EL CLIENTE indica que, mediante el presente contrato, Sí No mediante el servicio de acceso directo al mercado (ADM).
impartirá órdenes a BTG PACTUAL SAB
Los términos y condiciones para el Servicio de Acceso Directo Al Mercado (ADM) / Direct Market Access (DMA), se encuentran establecidas en el Anexo 07 del presente contrato, las cuales, según sea el caso, son reconocidas y aceptadas por EL CLIENTE mediante la suscripción del presente contrato y del referido anexo.
SÉTIMA. - CUSTODIA DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS FÍSICOS
En el caso de instrumentos financieros representados mediante certificados o títulos físicos, BTG PACTUAL SAB cumplirá con informar EL CLIENTE mediante comunicación adjunta a sus Estados de Cuenta la identificación de la(s) entidad(es) que custodiarán dichos instrumentos.
OCTAVA. - PLAZO DE VIGENCIA
Las Partes acuerdan que el presente Contrato se encontrará vigente a partir de la fecha de su suscripción y tendrá un plazo de vigencia indefinido, sujeto a lo establecido en la Cláusula Novena del presente contrato.
NOVENA. - TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
Este Contrato puede ser terminado unilateralmente por cualquiera de las Partes mediante notificación por escrito a la otra, enviada con una anticipación de treinta días (30) días a la fecha de la terminación. Siempre que El CLIENTE haya cumplido con todas sus obligaciones a su cargo, así como respecto de la entrega de pagos o fondos pendientes de pagos o de regularización a BTG PACTUAL SAB.
El contrato se dará por terminado sin que haya lugar a notificación, citación o requerimiento judicial y sin que exista derecho de retención a favor de alguna de las Partes, cuando tenga lugar cualquiera de los siguientes hechos:
a) La ocurrencia de un caso fortuito o la aparición de una fuerza mayor que haga imposible o inejecutable de manera razonable la ejecución de este Contrato por más xx xxxx (10) días hábiles;
b) La revocatoria, cancelación o expiración de las licencias o autorizaciones de todo orden que permiten a BTG PACTUAL SAB la prestación de sus servicios.
c) El incumplimiento de cualquier otra disposición de este Contrato.
d) La aprobación, modificación o emisión de dispositivo legal alguna que le impida a BTG PACTUAL SAB la prestación de sus servicios.
DÉCIMA. - PROTECCION DE DATOS PERSONALES
a) EL CLIENTE da consentimiento libre, expreso, inequívoco e informado para que BTG PACTUAL SAB pueda ejercer el derecho del tratamiento de sus datos personales que, libre y voluntariamente haya entregado al momento de firmar el contrato y demás anexos complementarios sobre sus datos personales, económicos – financieros (en adelante, los “Datos Personales”).
b) En razón de ello, por medio del presente documento EL CLIENTE declara que: i) autoriza a que sus Datos Personales puedan formar parte del Banco de Datos Personales de BTG PACTUAL SAB denominado: “Banco de Datos Personales de BTG Pactual Perú S.A. SAB”. ii) conoce que el Banco de Datos Personales de BTG PACTUAL SAB, está ubicado en Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxxx 0, xxxxxxx 000, Xxx Xxxxxx – Xxxx. iii) tiene conocimiento que la finalidad de BTG PACTUAL SAB es generar relaciones comerciales con sus clientes en el mercado financiero y bursátil, por lo cual, se encuentra facultada a implementar un envío transfronterizo de sus datos personales e información respecto de sus operaciones dentro de un sector o grupo empresarial de la misma corporación BTG Pactual en el mundo, con la finalidad de llevar a cabo las actividades a que se encuentra facultada de acuerdo con el Reglamento de Agentes de Intermediación aprobado por Resolución SMV Nº 034-2015-SMV/01 y sus modificatorias. iv) conoce que BTG PACTUAL SAB podrá implementar un envío transfronterizo de los datos personales de sus clientes dentro de un sector o grupo empresarial de la misma corporación BTG Pactual en el mundo. v) en calidad de titular de sus Datos Personales, puede Acceder, Rectificar, Cancelar y Oponerse, enviando un escrito a la dirección donde está ubicado el Banco de datos personales indicado en el punto (ii).
DÉCIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE.
Las Partes acuerdan que, si eventualmente surgiera cualquier diferencia o controversia con relación a la interpretación, ejecución, incumplimiento, o a la existencia, validez o terminación de este Contrato, será resuelta directamente entre las Partes en un plazo de quince (15) días hábiles. Este plazo será computado desde la fecha en que una de las Partes reciba una notificación escrita de la otra parte indicando la existencia de una diferencia o controversia y la materia respecto de la cual dicha parte considera que existe tal diferencia o controversia.
Si las Partes no pudieran llegar a una solución en el plazo señalado en el párrafo anterior, entonces estas serán resueltas en forma definitiva e inapelable, de conformidad con las Leyes de la República del Perú, por medio de un arbitraje de derecho, dirigido por un árbitro único, en la ciudad de Lima y en idioma español, y bajo las normas procedimentales de la Cámara de Comercio de Lima. Adicionalmente las Partes acuerdan que en caso se necesario
acudir al poder judicial peruano por alguna razón vinculada con el laudo, estas se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del Distrito Judicial xx Xxxxxxx de Lima, renunciando de esa manera a sus domicilios para efectos de determinar la competencia territorial aplicable.
El CLIENTE declara que toda la información contenida en el presente documento es completa y exacta y acepta que todos los anexos indicados en este contrato forman parte del mismo.
Las Partes se comprometen a cumplir fielmente este Contrato, el cual firman en señal de conformidad en dos
(02) copias idénticas en la fecha que se indica:
Fecha , / /
Firma del cliente
Representantes de BTG Pactual SAB
Nombres
Firmas
TERMINOS Y CONDICIONES
PRIMERA - El presente contrato establece las condiciones y responsabilidades que son asumidas por El CLIENTE, BTG PACTUAL SAB y el BROKER EXTRANJERO (empresa intermediaria de valores constituida en el extranjero).
SEGUNDA - EL CLIENTE tiene pleno conocimiento que las órdenes que imparta a BTG PACTUAL SAB, respecto a las compras y/o ventas de valores en los mercados extranjeros, se harán a través de BROKERS EXTRANJEROS quienes recibirán la respectiva orden exclusivamente de BTG PACTUAL SAB.
TERCERA - EL CLIENTE tiene pleno conocimiento y entiende que ni BTG PACTUAL SAB ni el BROKER EXTRANJERO asumen responsabilidad alguna por las decisiones que EL CLIENTE imparta a BTG PACTUAL SAB respecto de sus operaciones, siendo éstas de absoluto riesgo y responsabilidad de EL CLIENTE.
CUARTA - EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB a través del presente documento a administrar su custodia de recurso e instrumentos financieros a través de la cuenta global a nombre de BTG PACTUAL SAB. Asimismo, autoriza a que éste, dentro de su operativa y a efectos de control corporativo, pueda compartir información sobre EL CLIENTE con su casa matriz en Brasil o subsidiarias en el mundo.
QUINTA - EL CLIENTE declara conocer, comprender y brinda su conformidad respecto de los siguientes aspectos:
a) El funcionamiento de este tipo de operaciones en el mercado extranjero.
b) Que los instrumentos financieros se encuentran sujetos a las normas que regulan los mercados de valores extranjeros donde éstos se negocian.
c) Los tipos de instrumentos financieros que va a adquirir, así como su naturaleza y características.
d) Conocer los sistemas de información disponibles respecto de las cotizaciones de estos instrumentos.
e) Conocer los riesgos que asume como consecuencia de esta operativa.
f) Que no existe cobertura alguna por operaciones en el exterior, en tal sentido dichas operaciones no serán cubiertas por el Fondo de Garantía ni por la garantía a que se refieren los artículos 136 y 206 de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, Decreto legislativo Nº 861, y sus modificatorias.
g) Que BTG PACTUAL SAB no le garantiza ningún tipo de rentabilidad, garantía o beneficios por las operaciones que realice en su nombre, en el mercado extranjero.
h) Que los mercados extranjeros tienen sus propias regulaciones, normativas, costumbres y usos, sometiéndose por tanto a éstas.
i) BTG PACTUAL SAB no es un asesor tributario y, por tanto, no necesariamente conoce toda la normativa tributaria de los países donde EL CLIENTE pretende invertir.
SEXTA - EL CLIENTE se responsabiliza completamente por las decisiones tomadas por él, entendiendo que cada orden impartida a BTG PACTUAL SAB debe especificar el instrumento financiero de que se trate, la cantidad, el precio y la duración de la orden correspondiente; en ese sentido, EL CLIENTE no podrá demandar o reclamar o requerir compensación alguna a BTG PACTUAL SAB por el resultado de sus decisiones.
SETIMA - EL CLIENTE tiene pleno conocimiento y declara su conformidad, respecto de las siguientes responsabilidades de BTG PACTUAL SAB:
el tipo d
a) Que BTG PACTUAL SAB no asume responsabilidad por la solvencia de los emisores de los instrumentos financieros o por la rentabilidad de los mismos.
b) Que BTG PACTUAL SAB no se hace responsable por las variaciones que se produzcan en cambio.
1/3 e
c) Que BTG PACTUAL SAB no es responsable de retornar divisas si por disposiciones internas del país donde se encuentren los instrumentos financieros, se impide o restringe la remesa de divisas.
OCTAVA - EL CLIENTE declara que el dinero por medio del cual realiza sus operaciones en el mercado extranjero a través de BTG PACTUAL SAB, provienen de actividades lícitas, no contraviniendo el orden legal vigente, quedando a disposición de BTG PACTUAL SAB, si fuera necesario, para la presentación de la documentación que sea requerida a fin de sustentar el origen del dinero depositado en las cuentas de BTG PACTUAL SAB.
NOVENA - En el caso que EL CLIENTE se beneficie con la adquisición de instrumentos financieros sin contar con dinero suficiente para su liquidación, y BTG PACTUAL SAB le habilite dicho dinero para cubrir la operación, estando por tanto EL CLIENTE sobregirado, EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB a disponer de los ingresos que sean percibidos por EL CLIENTE o con el producto de la venta de los instrumentos financieros recibidos por éste y de los que sean custodiados por BTG PACTUAL SAB o en el extranjero, a fin de cubrir el sobregiro y deuda pendiente por la operativa de EL CLIENTE, incluyendo los intereses compensatorios a las tasas que establece el Tarifario de BTG PACTUAL SAB.
DÉCIMA - Los instrumentos financieros adquiridos a nombre de EL CLIENTE no podrán ser utilizados por BTG PACTUAL SAB o el BROKER EXTRANJERO para la realización de operaciones xx xxxxxxxx de valores o “Security Lending”, ni como garantía o colateral para operaciones de inversión o endeudamiento ajenas a EL CLIENTE, salvo decisión e instrucción expresa de EL CLIENTE.
DÉCIMA PRIMERA - El CLIENTE que tome operaciones de venta en corto u operaciones de compra con apalancamiento en el extranjero declara conocer y se obliga a reponer los márgenes respectivos cada vez que estas operaciones se desvaloricen 5% o más debiendo cubrir el diferencial total, debiendo hacerse su cobertura dentro de las 48 horas de tomar conocimiento de dicho hecho por BTG PACTUAL SAB. Caso contrario, EL CLIENTE declara conocer y otorga su autorización a BTG PACTUAL SAB para liquidar dichas operaciones.
En el caso que la venta y liquidación mencionada precedentemente no cubre la deuda de EL CLIENTE, éste autoriza a BTG PACTUAL SAB, en primer lugar, a tomar los saldos monetarios de sus cuentas en BTG PACTUAL SAB, y de no cubrir éstas, se procederá a vender sus instrumentos financieros que se encuentren en custodia en BTG PACTUAL SAB o en el extranjero, sean estas compradas en el extranjero o en el mercado peruano, hasta el monto total de su deuda.
DÉCIMA SEGUNDA - Las controversias que pudieran ocurrir respecto del presente documento, serán sometidas a arbitraje de derecho, mediante un Tribunal Arbitral por 3 expertos de la materia, uno de ellos designado de común acuerdo por las partes, quien lo presidirá, y los otros dos designados por cada uno de ellos. Si en el plazo de 10 días de producida la controversia no se logra nombrar al presidente del Tribunal
Arbitral, éste será designado por el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, cuyas reglas serán aplicables al proceso de arbitraje. El laudo del Tribunal Arbitral será definitivo e inapelable, así como de obligatorio cumplimiento y ejecución para las partes.
Fecha , / /
Firma del cliente
Representantes de BTG Pactual SAB
Nombres
Firmas
CONTRATO DE OPERACIONES DE REPORTE BURSATIL DE VALORES
El presente contrato establece las condiciones y responsabilidades que son asumidas por El CLIENTE
y BTG PACTUAL SAB, conjuntamente “Las Partes”. CLÁUSULA PRIMERA. - ANTECEDENTES
Las Partes han celebrado un Contrato de Intermediación Bursátil con fecha ______ de __________
de ________, en virtud del cual EL CLIENTE realizará operaciones bursátiles en el Mercado de
Valores Nacional y Extranjero a través de BTG PACTUAL SAB (el “Contrato de Intermediación”). CLÁUSULA SEGUNDA. - OBJETO
En virtud del Contrato de Intermediación ambas Partes convienen en realizar Operaciones de Reporte Bursátil de Valores, conforme las mismas se encuentran definidas y reguladas en el artículo 34 y siguientes del Reglamento de Operaciones xx Xxxxx de Bolsa, aprobado por Resolución CONASEV N° 021-1999 (el “Reglamento”) y sus modificatorias, y que se encontrarán sujetas, asimismo, a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato.
CLÁUSULA TERCERA. - DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL CLIENTE
Por el presente Contrato, el CLIENTE declara conocer, comprender y brinda su conformidad respecto de los siguientes aspectos:
3.1 Que BTG PACTUAL SAB no asume responsabilidad alguna por las decisiones que EL CLIENTE imparta a BTG PACTUAL SAB respecto de sus Operaciones de Reporte de Valores (“Operaciones de Reporte”) siendo éstas de absoluto riesgo y responsabilidad de EL CLIENTE.
3.2 El funcionamiento de este tipo de operaciones en el mercado bursátil, los riesgos y consecuencias que asume como resultado de la realización de operaciones como reportado, en aplicación de la normativa y procedimientos establecidos.
3.3 Que las Operaciones de Reporte se encuentran sujetos a las normas que regulan dichas operaciones en la Bolsa de Valores de Lima, incluyendo el Reglamento y las disposiciones complementarias aprobadas por la BVL.
3.4 Que el reportado deberá reponer los márgenes de garantía cuando le sean requeridos por BTG PACTUAL SAB, cuando los valores reportados registren una desvalorización en su cotización.
3.5 Que las reposiciones de los márgenes de garantía podrán ser en valores o en dinero, dentro de las 24 horas de haber sido notificado.
3.6 Que el plazo de las Operaciones de Reporte no podrá exceder los 360 días calendario.
3.7 Que para una liquidación anticipada ya sea por parte del reportante o reportado se procederá de acuerdo con lo establecido en el Reglamento y sus modificatorias.
3.8 Que, sin perjuicio de la autorización otorgada de conformidad con el numeral 4.2 de la Cláusula Cuarta del presente Contrato, BTG PACTUAL SAB tiene la facultad para disponer de sus activos en custodia, en los casos de incumplimientos de las operaciones de reporte.
3.9 Que respalda las decisiones que directamente BTG PACTUAL SAB requiera tomar en relación con sus operaciones de reporte, ante posibles incumplimientos.
3.10 Que se responsabiliza completamente por las decisiones tomadas por él, entendiendo que cada orden impartida a BTG PACTUAL SAB deberá ser a través de la Carta Orden indicada en la cláusula cuarta, en ese sentido EL CLIENTE no podrá demandar o reclamar o requerir compensación alguna a BTG PACTUAL SAB por el resultado de sus decisiones.
3.11 Que el dinero por medio del cual realiza sus operaciones a través de BTG PACTUAL SAB, provienen de actividades lícitas, no contraviniendo el orden legal vigente, quedando a disposición de BTG PACTUAL SAB, si fuera necesario, para la presentación de la documentación que sea requerida a fin de sustentar el origen del dinero depositado en las cuentas de BTG PACTUAL SAB.
CLÁUSULA CUARTA. - AUTORIZACIÓN PARA EJECUCIÓN DE INSTRUCCIONES Y DISPOSICIÓN DE FONDOS Y VALORES EN CASO DE REPOSICIÓN DE MÁRGENES DE GARANTÍA
Por el presente acto, el CLIENTE autoriza expresamente a BTG PACTUAL SAB para lo siguiente:
4.1 EL CLIENTE autoriza a BTG PACTUAL SAB a ejecutar las instrucciones mediante una Carta Orden dentro del ámbito y condiciones del presente Contrato, así como de las normas que lo regulan, tal y como expresamente han sido dadas por El CLIENTE.
En la Carta Orden se establecerán todas las condiciones requeridas para la realización de una Operación de Reporte, por nombrar algunas: Tipo de Moneda, Fecha de la Operación, Monto Inicial, Fecha de Recompra, Monto Final, Margen, Supuestos de Liquidación Anticipada y otras obligaciones que las Partes acuerden. Cada orden impartida por el CLIENTE junto con el presente Contrato integra un solo documento, para cualquier efecto.
4.2 En el caso que EL CLIENTE no pueda cubrir los márgenes de garantía y BTG PACTUAL SAB le habilite dicho dinero para cubrir la operación, estando por tanto el CLIENTE sobregirado, el CLIENTE autoriza expresamente a BTG PACTUAL SAB a disponer de los ingresos que sean percibidos por el CLIENTE, o los fondos que el CLIENTE tenga depositados en las cuentas de BTG PACTUAL SAB, o del producto de la venta de otros instrumentos financieros recibidos por éste y de los que sean custodiados por BTG PACTUAL SAB o en el extranjero, a fin de cubrir el sobregiro y deuda pendiente por la operativa de EL CLIENTE, incluyendo los intereses compensatorios a las tasas que establece el Tarifario de BTG PACTUAL SAB.
CLÁUSULA QUINTA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y LEY APLICABLE
Las Partes acuerdan que, si eventualmente surgiera cualquier diferencia o controversia con relación a la interpretación, ejecución, incumplimiento, o a la existencia, validez o terminación de este Contrato, será
resuelta directamente entre las Partes en un plazo de quince (15) días hábiles. Este plazo será computado desde la fecha en que una de las Partes reciba una notificación escrita de la otra parte indicando la existencia de una diferencia o controversia y la materia respecto de la cual dicha parte considera que existe tal diferencia o controversia.
Si las Partes no pudieran llegar a una solución en el plazo señalado en el párrafo anterior, entonces estas serán resueltas en forma definitiva e inapelable, de conformidad con las Leyes de la República del Perú, por medio de un arbitraje de derecho, dirigido por un árbitro único, en la ciudad de Lima y en idioma español, y bajo las normas procedimentales de la Cámara de Comercio de Lima. Adicionalmente las Partes acuerdan que en caso se necesario acudir al poder judicial peruano por alguna razón vinculada con el laudo, estas se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales del Distrito Judicial xx Xxxxxxx de Lima, renunciando de esa manera a sus domicilios para efectos de determinar la competencia territorial aplicable.
CLÁUSULA SEXTA. - DOMICILIO
Las Partes señalan como sus domicilios, los consignados en la introducción del presente instrumento, a donde serán remitidas todas las notificaciones y avisos a que dieran lugar el mismo, no surtiendo efecto legal cualquier cambio, si no se ha comunicado éste, mediante carta notarial remitida a la otra Parte, con por lo menos 30 días de anticipación.
Fecha , / /
Firma del cliente
Representantes de BTG Pactual SAB
Nombres
Firmas
A) DATOS DE IDENTIFICACION
(para ser llenado por BTG Pactual)
Fecha de inscripción: / /
Representantes PEP: Sí No
Identificador único de persona:
Código Cavali – RUT: Código interno:
Perfil de riesgo: A | M | B Cliente / representantes “US person”: Sí | No |
Cliente Adm: Sí | No | Fecha actualización: / / Paraíso fiscal: Sí | No |
IMPORTANTE:
Todos los campos deben ser completados sin enmendaduras, en caso alguno no aplique indicar “N/A”.
B) DATOS GENERALES DEL CLIENTE:
Denominación o razón social:
RUC N°:
Residencia: peruana
NIF (s) número TAX ID en otro país*:
Otra: País de constitución:
Fecha de constitución: / / Patrimonio autónomo: Sí No
Si es Patrimonio Autónomo, indicar el administrador: Denominación del patrimonio autónomo:
País de domicilio fiscal: Código GIIN** (en caso aplique):
Actividad económica/Objeto social:
Dirección:
Distrito/comuna: Provincia/ciudad:
Departamento/ciudad: País:
Matriz
Oficina principal
Agencia Sucursal No aplica
Número telefónico: ( ) Celular: ( )
Dirección electrónica: | ||
Experiencia en el mercado de valores: | Sí | No |
Contrato de administración de cartera: | Sí | No |
Vínculo con BTG Pactual Perú: | Sí | No |
Tipo de vínculo o nombre de vinculado a BTG Pactual Perú: |
(*) NIF: número de identificación fiscal.
Declaro que estoy exento de la presentación del NIF de acuerdo a las normas establecidas por las autoridades fiscales tributarias en el extranjero de residencia y domicilio fiscal.
(**) GIIN: “Global Intermediary Identification Number”‐Número de Identificación del Intermediario Global: código que generó la IRS para la institución financiera al momento de su inscripción. Para casos de fondos de inversión se deberá colocar el código GIIN de la administradora o gestor del fondo.
C) CUENTA(S) BANCARIAS DEL CLIENTE PARA OPERAR CON BTG PACTUAL SAB (SOLES – DÓLARES)
Moneda
Tipo de Cta.
Número del Cuenta
Nombre del Banco
D) MODALIDAD DE RECEPCIÓN DE ÓRDENES:
Ordenes escritas Ordenes vía fax Ordenes vía e‐mail Ordenes telefónicas Aplicaciones WEB (institucional) ADM (institucional) Otros (institucional)
E) MODALIDAD DE ACCESO AL ESTADO DE CUENTA Y DEMÁS CORRESPONDENCIA: Entrega en la oficina de BTG Pactual Perú SAB
Acceso a través del website de BTG Pactual Perú SAB
Envío a través de correo electrónico*
Otro (especificar)
(*) El cliente asume los riesgos de recepción de la información.
En caso la respuesta es afirmativa, informar: Nombre de la empresa: Regulador (si aplica): Bolsa (si aplica):
F) FINALIDAD DE LA RELACIÓN CON BTG PACTUAL PERÚ SAB
Operaciones xx xxxxx variable Operaciones de cambio (FX) | Operaciones xx xxxxx fija Custodia | Fondos mutuos | |
G) COMPOSICIÓN ACCIONARIA E IDENTIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS FINALES. | |||
a) Cliente es una entidad sin fines de lucro? | Sí | No | |
b) El cliente es una empresa que cotiza en bolsa? Si la respuesta es afirmativa indicar bolsa: | Sí | No | |
c) El cliente es una empresa regulada? | Sí | No | |
Si la respuesta es afirmativa indicar regulador: | |||
d) El cliente es subsidiaria exclusiva de una empresa regulada o abierta en bolsa? | Sí | No |
En el caso el cliente no clasifique en ninguna de las opciones anteriores, deberá informar su composición accionaria, es decir la participación directa o indirecta de cada uno de sus socios hasta el nivel de personas naturales. | ||
Nombre / denominación social: | Tipo de documento de identidad: | N° de identidad: |
Domicilio(s) fiscal (es)** y NIF***:
Perú: Sí
No
Nombre / denominación social: | Tipo de documento de identidad: | N° de identidad: | |||
Domicilio(s) fiscal (es)** y NIF***: | Otros domicilios fiscales y NIF: | % (Directa e indirecta): | |||
Perú: | Sí | No |
Nombre / denominación social: | Tipo de documento de identidad: | N° de identidad: | |||
Domicilio(s) fiscal (es)** y NIF***: | Otros domicilios fiscales y NIF: | % (Directa e indirecta): | |||
Perú: | Sí | No |
Nombre / denominación social: | Tipo de documento de identidad: | N° de identidad: | |||
Domicilio(s) fiscal (es)** y NIF***: | Otros domicilios fiscales y NIF: | % (Directa e indirecta): | |||
Perú: | Sí | No |
Otros domicilios fiscales y NIF:
% (Directa e indirecta):
(**) Para el correcto cumplimiento de la norma legal aplicable, puede ser necesario solicitar documentación adicional.
(***) Se entiende por domicilio fiscal al lugar fijado dentro del territorio nacional para todo efecto tributario (Definición indicada en el Capítulo I del Título II del Decreto Supremo que aprueba el Texto único Ordenado del Código Tributario (DS No. 133‐2013‐EF).
Cada país posee su propia definición del concepto de domicilio fiscal. En caso de que los beneficiarios descritos arriba posean más de un domicilio fiscal y/o cumplan con obligaciones adicionales, por favor descríbalas.
Fecha , / /
Firma del cliente
Representante de BTG Pactual Perú Gerente de Operaciones y Tecnología BTG Pactual Perú
X X
DECLARACIÓN DE ORIGEN DE FONDOS
Persona Jurídica
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27693 Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, modificada por la Ley Nº 28009 y la Ley Nº 28306, así como su Reglamento y la Resolución CONASEV Nº 033‐ 2011 – EF /94.10 modificada por Resolución SMV 007‐2013‐SMV‐01 Normas para la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo, declaro bajo juramento que de los fondos, bienes, valores o títulos que transferiré a BTG Pactual Perú para realizar operaciones en el mercado de valores son y serán de origen lícitos, así como el destino y finalidad de los mismos.
Por otro lado, me comprometo a poner a disposición de BTG Pactual Perú toda la información que sustenten la información proporcionada cuando sea solicitada.
ORIGEN DE FONDOS
Ahorros
MONTO
US $
Prestamos bancarios
US $
Venta de valores, utilidades, dividendos
US $
Venta de Bienes muebles e inmuebles |
Propios del giro del negocio |
Aportes de capital |
Aporte de afiliados |
Otros (Especifique) |
Total |
US $ |
US $ |
US $ |
US $ |
US $ |
US $ |
PAIS DE ORIGEN DE LOS FONDOS:
Declaro que la información arriba indicada es completamente verdadera, asumiendo por tanto cualquier responsabilidad al respecto y eximimos a BTG Pactual Perú de toda responsabilidad en caso de que la información sea errónea e inexacta.
Lima, de del 20
Denominación o Razón social:
Número de RUC/ NIF/NIT/Otro:
Firma del Cliente
Anexo Nº 04
FICHA DE REPRESENTANTE Y/O APODERADO
Persona jurídica
DATOS GENERALES DEL REPRESENTANTE Y/O APODERADO
(PERSONAS AUTORIZADAS A REALIZAR OPERACIONES POR CUENTA DEL CLIENTE)
Apellidos y Nombres:
Doc. Identidad:
DNI
CE
Pasaporte
Otro:
No.:
Nacionalidad:
Peruana
Otra:
Fecha Nacimiento: / /
Ficha o Partida Nº: Asiento Nº:
Estado Civil:
Xxxxxxx
Xxxxxx
Divorciado
Viudo
Sexo: Masculino Femenino
Domicilio:
Distrito/comuna: Província/ciudad:
Departamento/ciudad: País:
Número Telefónico: Casa: Celular:
Dirección Electrónica:
Grado de Instrucción:
Primaria
Secundaria
Técnica
Superior
Profesión:
Experiencia en el Mercado de Valores:
Si
No
Vínculo con BTG Pactual Perú:
Si
No
Indique tipo de vínculo o nombre del vinculado:
Firma:
X
Anexo 05
CONOZCA A SU CLIENTE – KYC (a)
Persona Jurídica
DATOS GENERALES
Denominación o Razón social:
Número de RUC/NIF/NIT/Otro:
Actividad económica:
Objeto de la Relación:
Actividad Esperada:
Origen de los Fondos:
DIRECTORES DE LA EMPRESA
Doc. Identidad Nº
Doc. Identidad Nº
Doc. Identidad Nº
PRINCIPALES GERENTES
Doc. Identidad Nº
Doc. Identidad Nº
Doc. Identidad Nº
INFORMACION FINANCIERA
Balance General y Cuadro de Resultados Al / /
; (expresado en miles de Soles/US$/) *
Total Activos:
Ventas:
Xxxxxxxxxx Xxxx *Balance adjunto:
Resultados:
Declaro que la información consignada en el presente documento es completa y veraz y que informaré a BTG PACTUAL PERÚ S.A. SAB cualquier modificación relativa a la misma. Asimismo, que los fondos con los que opero son de origen lícito y que los mismos no han sido generados por actividades ilícitas propias o de terceros.
Nombre y Apellido del Apoderado o Representante Legal:
Firma del Apoderado Fecha
X X
FORMULARIO DE BENEFICIARIO FINAL
Conocimiento del Cliente
Para ser llenado para la apertura y/o mantenimiento de una cuenta con BTG Pactual Perú, y de acuerdo con lo establecido en las normas de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y/o Financiamiento del Terrorismo (*)
Nombre del Cliente:
Número de Identificación:
El Cliente declara bajo juramento lo siguiente:
La empresa no tiene directores, accionistas, socios y/o asociados que tengan directa o indirectamente más del 5% de aporte o participación en el capital social del Cliente.
La(s) siguiente(s) persona(s) naturales y/o jurídicas mencionadas a continuación tienen directa o indirectamente más del 5% de aporte o participación en el capital social del Cliente:
Nombre:
Documento de Identidad:
Vinculación: Socio
Accionista
Asociado
Nacionalidad: País de domicilio:
Fecha de nacimiento: / / Porcentaje de participación:
Nombre:
Documento de Identidad:
Vinculación: Socio
Accionista
Asociado:
Nacionalidad: País de domicilio:
Fecha de nacimiento: / / Porcentaje de participación:
Nombre:
Documento de Identidad:
Vinculación: Socio
Accionista
Asociado:
Nacionalidad: País de domicilio:
Fecha de nacimiento: / / Porcentaje de participación:
Nombre:
Documento de Identidad:
Vinculación: Socio
Accionista
Asociado:
Nacionalidad: País de domicilio:
Fecha de nacimiento: / / Porcentaje de participación:
Nombre:
Documento de Identidad:
Vinculación: Socio
Accionista
Asociado:
Nacionalidad: País de domicilio:
Fecha de nacimiento: / / Porcentaje de participación: Declara que algún (o) de los beneficiarios finales son clasificados como Persona Expuesta Políticamente (**)?
Sí, declaro que alguno de los beneficiarios finales es una Persona Expuesta Políticamente, en conformidad con las Normas para la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo (Resolución CONASEV No. 033-2011-EF/94.01.1 y sus modificatorias).
En caso la respuesta sea afirmativa, completar la Ficha de Persona Expuesta Políticamente de BTG Pactual Perú.
Sí, declaro que alguno de los beneficiarios finales es vinculado a una Persona Expuesta Políticamente. En caso de que la respuesta sea afirmativa, por favor completar los datos solicitados a continuación:
Nombre de la Persona PEP:
Vínculo con la Persona PEP:
Institución donde labora la Persona PEP:
No, declaro que ningún beneficiario final es una Persona Políticamente Expuesta.
Finalmente declaro bajo juramento que toda la información contenida en el presente documento es completa y se ajusta a la verdad.
Lima, de de
Firma Representante Legal o Apoderado Documento de Identidad Nº
(*) Artículo 7.1 inciso (ii) 2 y 7.2 Resolución CONASEV No. 033-2011-EF/94.01.1 modificadas por la Resolución SMV No. 007-2013-SMV/01 y Resolución de Superintendente Nº 073-2018-SMV/02.
(**) Personas expuestas políticamente (PEP): Personas naturales nacionales o extranjeras que en los últimos cinco (5) años cumplen o hayan cumplido funciones públicas destacadas o funciones prominentes en una organización internacional, sea en el territorio nacional o extranjero, y cuyas circunstancias financieras puedan ser objeto de interés público.