Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO – ADMINISTRATIVAS PARA CONTRATAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD, TRAMITACIÓN URGENTE, EL SUMINISTRO DE MATERIALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA PLAN PROFEA 2010 “RENOVACIÓN SERVICIOS URBANÍSTICOS XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX”.-
0. XXXXXX XXX XXXXXXXX
Xx objeto del contrato la realización de los servicios descritos en el Anexo I “Cuadro de características” y Anexo IV Pliego de Prescripciones Técnicas, en el que asimismo se especifican la necesidad e idoneidad del contrato para el cumplimiento de fines institucionales.
La clasificación del servicio a contratar (CPV) es la que se refleja en el Anexo I (cuadro de características del contrato)
El órgano de contratación será el indicado en el Anexo I.
2. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y TIPO DE LICITACIÓN
Se señala como tipo máximo de licitación el importe que figura en el Anexo I “Cuadro de características del contrato”, que se financiará con cargo a la partida presupuestaria que asimismo se indica.
En la contratación de este servicio se entenderá que los contratistas, al formular sus propuestas económicas, han incluido dentro de las mismas el importe del IVA, sin perjuicio de que el importe de este impuesto se indique como partida independiente, de conformidad con el art. 75.2.
3.- FINANCIACIÓN
Para atender las obligaciones económicas que se derivan para este Ayuntamiento del cumplimiento del contrato existe crédito suficiente en el Presupuesto con cargo a la partida señalada en el Anexo I a este Pliego.
4.- RÉGIMEN JURÍDICO CON CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENEN CARÁCTER CONTRACTUAL.-
Su régimen jurídico viene dado, además por de por el presente pliego, por lo establecido en la legislación vigente que a continuación de detalla:
- Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP),
- Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (RGCAP), en cuanto alo que no se encuentre derogado por aquélla
- RD 817/09 de 8 xx xxxx por el que se desarrolla la LCSP.
- Ley 7/85 de 2 xx xxxxx, reguladora de las bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del gobierno Local y RDL 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
- Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y normativa complementaria.
Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- El pliego de prescripciones técnicas, en su caso.
- El documento en que se formalice el contrato.
5.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será el que se indique en el Anexo I (cuadro ce características
anexo).
6. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de adjudicación del contrato será negociado con publicidad, con varios criterios de valoración de ofertas, conforme al artº. 157 Ley 30/2007, de 30 de Octubre LCSP.
7.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente clasificación o, en su defecto, solvencia económica, financiera o técnica en los términos de los artículos 43 a 48 de la Ley de Contratos del Sector público y, no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el art. 49 como prohibitivas para contratar.
8.- GARANTÍAS
Garantía Provisional
No se requiere.
Garantía definitiva
Esta será del 5% del precio de adjudicación, excluido el IVA, o en su caso del presupuesto base de licitación, según lo previsto en el cuadro de características anexo. Dicha fianza deberá constituirse por el adjudicatario en el plazo de 5 días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
La forma de constitución de ambas fianzas podrá ser en cualquiera de las formas a que se refiere el art. 84 de la LCSP.
Al terminar el contrato, si no existieran responsabilices exigibles y, terminado, en su caso, el plazo de garantía, se procederá a la devolución de la fianza definitiva constituida.
9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
1) Las proposiciones deberán presentarse en sobres cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente e indicando el nombre, apellidos o razón social de la empresa; debiendo constar en cada uno el nombre del mismo, e indicando el objeto del contrato. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
2) Los sobres se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, situado en Plaza de España, núm. 6, durante el plazo indicado en el cuadro de características anexo, dando al presentador como acreditación recibo de su presentación.
3) De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
4) Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
10.- FORMA EN QUE DEBEN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES.-
La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento negociado con publicidad, configurado en dos fases.
La primera fase tiene por objeto la selección de candidatos, previa solicitud de participación de éstos, debiendo presentar la documentación suficiente para acreditar el cumplimiento de los mismos a través de uno o varios de los medios establecidos en los artículos 64 y 66 de la Ley de Contratos del Sector Público:
Se proyecta invitar, siempre que cumplan con los criterios exigidos de selección, un número no inferior a tres candidatos ni superior a cinco.
La segunda fase tiene por objeto la presentación de ofertas y la adjudicación del contrato, lo que se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios: el precio, el plazo de entrega y la cumplimiento de criterios medioambientales.
Para participar en la primera fase del procedimiento, los candidatos deberán presentar un sobre cerrado en el que figurará la inscripción "SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE materiales para la
ejecución de obras de “Renovación Servicios Urbanísticos Plaza Doctor Xxxxxx Xxxxxxx” El referido sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Una solicitud firmada por el candidato o personas que le represente redactada conforme al siguiente modelo:
D. ...................., provisto del Documento Nacional de Identidad n.º , en nombre propio o en
representación de ...................., con domicilio en ...................., y C.I.F. n.º , según acredita con
poder bastanteado que acompaña, enterado del procedimiento negociado convocado por el Ayuntamiento de .La Rinconada y que tiene por objeto la contratación del suministro de ...................., solicita ser admitido a la licitación e invitado a presentar oferta en base a los criterios objetivos de solvencia exigidos para la primera fase.
b) Declaración responsable del licitador en la que afirme no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, comprendiendo esta declaración expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (anexo III)
c) Documentos que acrediten la personalidad jurídica y la capacidad de obrar. Documento Nacional de Identidad del firmante, escritura de constitución de la Sociedad y Poder bastanteado en su caso.
d) Documentación acreditativa de solvencia económica y financiera y técnica o profesional (arts. 64 y 66 de la Ley de Contratos del Sector Público), incluido la acreditación de tener un centro de negocios en la Provincia xx Xxxxxxx, conforme a lo establecido en el Anexo I.
Las solicitudes de participación se presentarán en la forma y con la documentación señalada y se entregarán en el Servicio de Contratación durante las horas de 9 a 14, en la forma que especifica la Ley de Contratos del Sector Público y Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en el plazo xx xxxx días naturales a partir del siguiente al de inserción del anuncio de la licitación en el perfil de contratante del órgano de contratación.
En el supuesto de presentarse las proposiciones por correo se establece el mismo plazo (día y hora) señalado anteriormente.
El siguiente día hábil al en que finalice el de presentación de solicitudes de participación, por la Mesa de Contratación se calificará la documentación presentada.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo hará público a través de anuncio en el Perfil del Contratante de La Rinconada, a la vez que se comunicará
verbalmente a los candidatos que se interesen en el Servicio de Contratación en horario de atención al público, concediéndose un plazo de dos días hábiles para que los candidatos corrijan o subsanen las deficiencias observadas.
La Mesa de Contratación, una vez comprobada la personalidad y solvencia de los solicitantes, propondrá al órgano de contratación la selección de los que deban pasar a la siguiente fase.
Seleccionados los candidatos, se invitará a los admitidos a presentar sus proposiciones en el Servicio de Contratación de este Ayuntamiento, durante las horas de 9 a 14, dentro del plazo xx xxxx días naturales a contar del siguiente al del envío de la invitación escrita.
Los candidatos seleccionados deberán presentar en dicho plazo un único sobre titulado "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA SEGUNDA FASE DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO CON PUBLICIAD
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE materiales para la ejecución de obras de “Renovación Servicios Urbanísticos Plaza Doctor Xxxxxx Xxxxxxx ".
El referido sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo del anexo I.
b) En su caso, documentación que ha de servir a la valoración en función de los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego (anexo I al pliego) oferta económica, Gestión de residuos y protección del Medio Ambiente, y el plazo de entrega)
En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa.
11.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación serán los determinados en el cuadro de características anexo.
12.- CONFIDENCIALIDAD.-
Sin perjuicio de las disposiciones de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
13.- REVISIÓN DE PRECIOS
La revisión de precios podrá realizarse en los términos del art. 77 de la LCSP, según lo indicado en el cuadro de características anexo.
14.- APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN, MESA DE CONTRATACIÓN Y COMITÉ DE EXPERTOS
La calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas se realizará por la Mesa de Contratación, cuya composición se señala en el Anexo I.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público se efectuará al siguiente día hábil siguiente al de la terminación del plazo de presentación de proposiciones, a las 9:00 horas.
b) Si la Mesa de contratación observase defectos u omisiones subsanables en la documentación que se incluye en el sobre nº 1, lo comunicará verbalmente a los interesados, sin perjuicio de que estas circunstancias se hagan públicas a través de anuncios del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a dos días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación.
b) De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
c) Una vez calificada la documentación diferente de la que se acompañó a la solicitud de participación, y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarará admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el artículo 130 de la Ley haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
d) La apertura del sobre nº 2 tendrá lugar en acto publico, en el lugar y días indicados en el acto de apertura del sobre nº 1, observándose, asimismo, en dicho acto las formalidades previstas en el artículo 83 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En dicho acto se procederá a la apertura de los sobres y se hará público su contenido.
La Mesa de Contratación podrá rechazar las proposiciones que no se ajusten a los modelos anexos a estos pliegos de cláusulas administrativas particulares, así como aquellas que adolezcan de algunos de los defectos previstos en el artículo 84 del Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.- ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento presente la siguiente documentación:
a) Constituir la garantía definitiva por un importe del 5% del presupuesto de adjudicación.
b) Documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
c) Documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que se hubiere comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al art. 53.2 de la Ley, en su caso.
Si en el plazo anteriormente señalado no se recibiese la documentación o el licitador no justificase que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, el órgano de contratación, previo informe de la unidad administrativa de tramitación del contrato, acordará la adjudicación a favor del licitador siguiente por el orden establecido en el Acta de la Mesa de Contratación.
Por el órgano de contratación se procederá a adjudicar el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación anteriormente señalada.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
Transcurridos tres meses desde que se firme el acuerdo de adjudicación, sin requerimiento previo, el Ayuntamiento podrá destruir la documentación presentada por los licitadores que no la hubieran retirado. Hasta dicho momento y, durante dicho plazo de tres meses, podrán los licitadores solicitar la devolución de la documentación aportada, a excepción de la oferta económica, siendo de su cargo los costes que se ocasionen.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante el órgano gestor haber abonado el importe total de los anuncios de licitación y, en su caso, el de la publicación en otros medios de difusión, dentro de los límites máximos de posible repercusión establecidos en el anexo I.
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de adjudicación definitiva.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el supuesto de resultar adjudicataria una Unión Temporal de Empresarios, deberá estar constituida mediante escritura pública y designar representante o apoderado ante el Ayuntamiento, así como presentar el correspondiente C.I.F.
17.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Responsable municipal
El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución de la prestación pactada. El responsable del contrato podrá ser una persona física o jurídica.
El responsable y sus colaboradores, acompañado por el delegado del contratista, tendrá libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
Ejecución del contrato
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
Este Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración y para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista no podrá sustituir al personal facultativo adscrito a la realización de los trabajos, sin la expresa autorización del responsable del contrato.
El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos y antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Entrega de bienes
El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con este Pliego y el de Prescripciones Técnicas, en su caso.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnizar por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
Los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido, serán de cuenta del contratista, salvo pacto en contrario.
Modificación del contrato
Se podrá modificar el contrato en los términos del art. 202 LCSP.
Ni el contratista ni el responsable del suministro podrán introducir o ejecutar modificación alguna en el objeto del contrato sin la debida aprobación previa y, en su caso, del presupuesto correspondiente por el órgano de contratación. Las modificaciones que no estén debidamente autorizadas por la Administración originarán responsabilidad en el contratista, el cuál estará obligado a rehacer la parte de los mismos que resulte afectada por aquéllas sin abono alguno.
Los posibles aumentos de duración del contrato producidos por modificación, no pueden acumularse de manera que se supere el plazo máximo de duración del contrato, incluida sus prórrogas, previsto normativamente.
18.- PAGO DEL PRECIO
El contratista tiene derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
El pago se efectuará previa presentación de factura, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido en el documento que se presente para el cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento alguno.
19.- REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
20.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cuál tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratista y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismo competentes.
En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa.
Corresponderá y será a cargo del contratista:
a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del suministro.
b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respecto plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiere lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse.
c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1%del precio total del contrato.
d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración.
e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimiento y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudiera derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los garos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.
21. SEGUROS.-
El contratista deberá tener suscritos los seguros obligatorios, así como un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, en los términos que, en su caso, se indique en el pliego de prescripciones técnicas.
22.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS
1.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato dentro del plazo total fijado para su realización en el anexo I.
2.- La constitución en xxxx por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación.
Si llegado el término del plazo, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el art. 196 de la LCSP, por la resolución del contrato con pérdida de garantía definitiva o por la imposición de las penalidades establecidas en el citado artículo.
En el caso de que el contrato incluyera cláusula de revisión de precios y el incumplimiento del plazo fuera imputable al contratista, se procederá en la forma y en los términos previstos en el artículo 81 de la LCSP.
El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados pro la demora del contratista.
Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el art.
197.2 de la LCSP.
3.- El anexo podrá incluir penalidades para el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las obligaciones esenciales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 53.2 y 102.1 de la LCSP. Estas penalidades serán proporcionales a la gravedad del cumplimiento, y su cuantía no podrá ser superior al 10%del presupuesto del contrato.
Par la imposición de este tipo de penalidades se sustanciará un procedimiento en el que necesariamente tendrá lugar trámite de alegaciones al contratista.
23.- RECEPCIÓN
La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los artículos 205 y 268 de la LCSP.
Si los bienes no se hayan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
El plazo de garantía del presente contrato será fijado en el anexo I, y comenzará a contar desde la fecha de recepción o conformidad. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resultan inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 88.d) y 274 de la LCSP.
Transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades, se devolverá o cancelará la garantía constituida de conformidad con lo establecido en el art. 90 de la LCSP.
24.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los artículos 206, 220 y siguientes de la Ley de Contratos del Sector Público.
25.- PRERROGATIVAS DE LAS ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN.-
La Administración ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar y acordar su resolución, dentro de los trámites y con supresión de los requisitos señalados en la LCSP.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos procederá el recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Regidora de dicha jurisdicción.
Si el contrato estuviera sujeto a regulación armonizada, podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación previsto en el art. 37 de la LCSP, con carácter previo a la interposición del recursos contencioso administrativo, contra los acuerdos de adjudicación provisional, los pliegos reguladores de la licitación y los que establezcan las características de la prestación, así como, contra los actos de trámite adoptados en el procedimiento, siempre que estos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos.
ANEXO I
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
OBJETO DEL CONTRATO
1. Es objeto de este contrato, el suministro de materiales necesario para la ejecución de la obra “Renovación Servicios Urbanísticos Plaza Doctor Xxxxxx Xxxxxxx”. Se incluye en el objeto del contrato, los medios auxiliares necesarios para la ejecución de determinadas partidas que se ejecuten con medios mecánicos.
Las ofertas deberán indicar en todo caso el precio unitario de cada uno de los artículos o efectos indicados, reservándose la Administración la facultad de determinar las entregas de dichos artículos o efectos en razón a sus necesidades a lo largo de la vigencia del contrato.
Se debe licitar por la totalidad del suministro.
Código CPV
Código | Descripción |
44110000-4 | Materiales de construcción |
ORGANO DE CONTRATACIÓN
Junta de Gobierno Local
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Se fija como presupuesto máximo del contrato la cantidad de SETENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y SEIS EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS, IVA EXCLUIDO ( 79.036,82€ IVA
excluido). Las ofertas deberán incluir directamente en el precio, el Importe del Valor Añadido (IVA), si bien deberá detallarse expresamente, en la forma establecida por la Ley 37/ 1.992, de 28 de diciembre y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre.
Las ofertas deberán indicar en todo caso el precio unitario de cada uno de los artículos o efectos indicados, reservándose la Administración la facultad de determinar las entregas de dichos artículos o efectos en razón a sus necesidades a lo largo de la vigencia del contrato.
Se debe licitar por la totalidad del suministro.
PARTIDA PRESUPUESTARIA
La financiación del suministro se efectuará con cargo a la partida presupuestaria nº 61117.
RÉGIMEN DE PAGOS
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo al precio convenido en el contrato, del suministro realizado y en condiciones de uso a satisfacción de la Administración, previa comprobación del cumplimiento del contrato que se expresará por el técnico municipal correspondiente.
El suministro efectuado por el adjudicatario será abonado previa presentación de la factura en el Registro General del Ayuntamiento.
La factura deberá ser conformada por la persona responsable del Área de Vía Pública.
En todo caso, la factura se ajustará a los requisitos establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto aprobadas por el Ayuntamiento de La Rinconada.
COMPOSICIÓN MESA DE CONTRATACIÓN
Presidente: Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue. Vocales: Sr. Secretario General de la Corporación
Sr. Interventor Sr. Tesorero
Sr. Arquitecto Municipal
Secretario: Técnico de Administración General de la Corporación.
PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
Negociado sin publicidad
TRAMITACIÓN
Del expediente de contratación: Urgente
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Se presentarán, previa invitación, en el plazo xx xxxx días naturales a partir del recibí de la
misma.
PLAZO DEL CONTRATO Y LUGAR DE ENTREGA
El plazo de entrega de los bienes objeto de suministro no podrá exceder de 30 días, computándose a partir del día siguiente al de la petición formal del suministro por parte de la Dirección Facultativa.
El lugar de entrega será el designado por el Ayuntamiento. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibido, se hará constar expresamente en Acta levantada al efecto, y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro.
La realización de pedidos se deberá realizar por vía telefónica, fax o por internet.
En todo caso el responsable del Ayuntamiento al respecto, deberá confirmar los pedidos que se efectúen
SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA Y PROFESIONAL.- CRITERIOS DE SELECCIÓN, CLASIFICACIÓN REQUERIDA.-
- Informe de instituciones financieras, del que se desprenda que a la vista de la capacidad económica del licitador, éste podrá hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato que se licita, de carácter positivo y reciente, emitido con una antelación máxima de 2 meses a la finalización del plazo de presentación de ofertas.
- Relación de los principales trabajos de similar naturaleza realizados en los últimos tres años, incluyendo importe, fechas y beneficiarios de los mismos. El licitador deberá haber desempeñado servicios similares para entidades públicas y/o privadas durante cada uno de esos años.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de valoración que han de servir para la adjudicación son el precio, el plazo de entrega y la calidad:
-. Menor precio ofertado: hasta 40 puntos.
-. Mejor plazo de entrega: hasta 40 puntos.
-. Gestión de residuos y protección del Medio Ambiente: hasta 20 puntos.
Certificado de calidad: hasta 10 puntos.
Certificados de cumplimiento de normas medioambientales: hasta 10 puntos.
Para la valoración final de los aspectos económicos de la oferta, se procederá del siguiente modo: Oferta más ventajosa: A€
Resto de Ofertas, B,C,D, A <B<C<D...
A, es la oferta más ventajosa, y se le da la máxima puntuación: a = 40 A/B
A los mismos efectos, se considera “oferta más económica, la oferta más baja de las presentadas, siempre que su puntuación haya alcanzado el umbral mínimo y no hubiera sido rechazada por presentar valores anormales o desproporcionados.
La valoración final de los aspectos económicos de la oferta (PE), se redondeará al segundo decimal.
La valoración final del criterio del menor plazo de entrega del suministro se procederá del siguiente modo:
Se asignará la mayor puntuación a la oferta que presente menor plazo de entrega del suministro, y el resto de ofertas se valorará conforme a una regla de tres inversa.
El Ayuntamiento se reserva el derecho de declarar desierta la licitación si, en su apreciación libre, ninguna de las proposiciones presentadas resultase conveniente a sus fines, sin que por ello se pueda exigir por parte del contratista indemnización.
CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El contratista estará obligado a entregar los bienes en el plazo establecido en contrato. El lugar de entrega será el designado por el Ayuntamiento dentro del término municipal. Cuando el suministro no se halle en condiciones de ser recibidos se hará constar expresamente en acta levantada al efecto y se darán instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos o proceda a un nuevo suministro.
La xxxx del contratista no necesitará intimación previa por parte del Ayuntamiento de La Rinconada.
El contratista responderá de la calidad de los bienes suministrados. Solo estará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen sean consecuencia directa de una orden de la corporación o de las condiciones por ésta indicadas.
Si se observasen defectos en los bienes suministrados o se tuviesen fundadas razones para
creer que puedan existir vicios ocultos en los bienes, el Ayuntamiento ordenará que se corrijan los vicios observados o se ejecuten las acciones necesarias para la comprobación de los vicios ocultos y en su caso sustitución de los badenes.
PLAZO DE GARANTÍA
Se establece un plazo de garantía de doce meses a contar de la fecha de la ejecución y entrega del suministro de conformidad con la Corporación.
Durante dicho plazo la Corporación, si estimase que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios y defectos observados imputables al adjudicatario, podrá antes de expirar el plazo de garantía, rechazar los bienes, dejándolos de cuenta del adjudicatario y quedando exento de la obligación de pago, teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía, sin que se hayan formulado reparos, a que se refiere el párrafo anterior, el adjudicatario quedará exonerado de responsabilidad por razón de la cosa vendida
GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
1.- Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato.
2.- Asumir el pago del IVA, que se entenderá incluido dentro del precio de adjudicación. 3.- Los de formalización pública del contrato de adjudicación.
4.- Importe de los anuncios y de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios.
REVISIÓN DE PRECIOS
No procede.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR XXXXXX O DEFECTOS
La Administración, durante el plazo de garantía, tendrá derecho a la reposición o reparación, si ello fuera suficiente, de los bienes suministrados que presenten vicios o defectos.
Si la Administración constatase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista y fuera presumible que su reposición o reparación no son suficientes para conseguir aquel fin, podrá, dentro de aquel plazo, rechazarlos o dejarlos a cuenta del contratista.
ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
D....................., con D.N.I. núm actuando en nombre propio (o en representación de
...................., con domicilio en ...................., y CIF ............, conforme se acredita con poder bastante que acompaña), toma parte en la contratación convocada por el Ayuntamiento de
...................., para el suministro de , comprometiéndose a suministrar lo ofertado con
sujeción a los requisitos y condiciones xxx Xxxxxx. PROPUESTA ECONÓMICA:
IVA 18%
TOTAL, IVA INCLUIDO:
Asimismo se compromete al cumplimiento del contrato en el plazo de , a contar del
siguiente al de notificación de la demanda del suministro del material.
....................,a .... de ............ de ....
SERVICIO DE CONTRATACIÓN,
ANEXO III
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN PARA CONTRATAR A EFECTOS DE CONTRAR CON EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA.-
D/Xx con D.N.I. nº , y domicilio a efecto de notificaciones en , en nombre propio o en representación de la empresa , con N.I.F. , en calidad de , DECLARA y CERTIFICA bajo su personal responsabilidad:
Tener el licitador plena capacidad de obrar, hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con el Ayuntamiento de La Rinconada) y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes, y no encontrarse incurso en las prohibiciones de contratar con la Administración previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, y en particular, que no está incursa la persona física o los administradores de la persona jurídica en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 xx xxxxx, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas ni cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma.
Y para que así conste y a los efectos de concurrir en la presente licitación, expide la presente declaración, En , a de de 20 .
SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA
FDO.: …………………………………………….