Condiciones Generales
Condiciones Generales
Actualización diciembre 2018
ÍNDICE
2. VIGENCIA Y TERRITORIALIDAD 3
3.3 ASESORÍA TELEFÓNICA PENAL Y CIVIL 5
3.4 ASISTENCIA EN VIAJES NACIONALES. 6
3.5 ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALES. 8
3.6 SERVICIOS ESPECIALIZADOS. 10
3.8 ASISTENCIA EN TRÁMITES FUNERARIOS. 14
1. INTRODUCCIÓN
En + Para Ti by Aon, ofrecemos una amplia gama de servicios de asistencia especializados en brindar ayuda oportuna en sitio o telefónica como complemento a su protección de seguro de auto. Nosotros te atenderemos en diversas situaciones, principalmente viales, en las cuales, sin haber propiamente un accidente de tránsito, pudieras requerir contactarnos.
IMPORTANTE: En caso de tener un siniestro o accidente automovilístico, llama de inmediato a tu aseguradora con póliza en mano.
A continuación te describimos el alcance de tus servicios en asistencia.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
DEFINICIONES:
a) Usuario: Toda persona que tenga contratada la asistencia + PARA TI BY AON para autos motocicletas, pick-ups y vehículos de hasta 3.5 toneladas, siendo el uso de los vehículos mencionados personal y/o familiar, que tendrán acceso a los Servicios de Asistencia descritos en el presente documento.
b) Beneficiario/s: En singular y/o en plural. Usuario, Asegurado o cualquier tercero distinto al Asegurado que por virtud de la Póliza y/o Condiciones Generales de “EL ASEGURADO”, tenga derecho a solicitar los Servicios.
c) Servicios de Asistencia: Los Servicios Asistenciales que brinda + PARA TI BY AON a LOS USUARIOS en los términos del presente documento.
d) Coordinador: Persona que forma parte de la Cabina de Atención Telefónica.
e) Situación de Asistencia: Todo accidente o enfermedad del BENEFICIARIO ocurrido en los términos y con las limitaciones establecidas en el presente documento, así como las demás situaciones descritas que dan derecho a la prestación de los Servicios de Asistencia.
f) Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del BENEFICIARIO que suceda, se origine o se manifieste durante la vigencia del presente contrato.
g) Enfermedad Grave: Se define como la aparición súbita e inesperada de manifestaciones con o sin pérdida de la conciencia cuya gravedad da la impresión de muerte inminente.
h) Urgencia: Se considera urgencia a toda situación que, en opinión del BENEFICIARIO, su familia o quien quiera que tome la decisión, requiera una atención médica inmediata.
i) Emergencia: Definida como una lesión o enfermedad que plantean una amenaza inmediata para la vida de una persona y cuya asistencia no puede ser demorada.
j) Referencias Médicas con Descuento: Todo aquella información o dato proporcionado a un BENEFICIARIO de la red de proveedores médicos de + PARA TI BY AON con descuento o costo preferencial.
k) Especialistas: Persona que práctica una rama determinada de una ciencia.
l) Cabina de Atención Telefónica: Espacio físico en donde los Coordinadores atienden los Servicios de Asistencia.
m) Vehículos Arrendados de Uso Comercial: El transporte en arrendamiento comercial como servicio de pasajeros, transporte público y de mercancías.
n) Deudos. Familiares directos en primer grado, por consanguinidad en línea directa: padres e hijos; por afinidad en línea colateral: cónyuge.
2. VIGENCIA Y TERRITORIALIDAD
Todos los Servicios de asistencia se prestarán durante las 24 horas, los 365 días del año posteriores al alta del servicio y serán brindados estando vigente la póliza únicamente dentro del territorio de la República Mexicana a excepción de las coberturas aplicables a viajes internacionales.
3. SERVICIOS
3.1 ASISTENCIA VIAL.
Arrastre xx Xxxx.
En caso de avería o falla mecánica que no permita la movilización por sus propios medios del vehículo conducido por el Usuario, + PARA TI BY AON coordinará y cubrirá el costo del remolque o traslado en grúa al taller de servicio más próximo dentro de la ciudad donde tenga lugar el evento.
Este Servicio no tiene límite de eventos, sin embargo, cada evento está limitado a un monto de $6,000.00 (seis mil pesos 0/100 M.N.).
EXCLUSIONES:
• Vehículos con capacidad de carga de 3.5 toneladas en adelante.
• Vehículos destinados al transporte de carga, taxis, microbuses, colectivos, autobuses, vehículos arrendados de uso comercial y de uso servicio privado de transporte de personas. Este servicio no incluye el pago de casetas, maniobras, abanderamientos y tiempo de espera.
• EL USUARIO deberá estar presente en todo momento mientras se realiza el arrastre y/o asistencia.
• Queda excluida la carga, en caso de ser necesario el traspaleo será a cargo del usuario.
• Queda excluido el blindaje.
Suministro de Gasolina
En caso de que el vehículo del USUARIO se quedara sin gasolina, se enviará un proveedor que suministre hasta 5 litros de gasolina para que pueda llegar a la siguiente gasolinera. El costo de la gasolina la cubre el Asegurado.
Sin límite de eventos
Paso de Corriente
En caso de que el vehículo del USUARIO se quedara sin batería, se enviará a un operador para pasar corriente al vehículo.
Sin límite de eventos
Cambio de Llanta
En caso de que alguna llanta del vehículo del USUARIO llegara a pincharse, se dará asistencia para cambiar la llanta por la de refacción para que pueda continuar con el viaje. El USUARIO debe contar con una llanta de refacción en buenas condiciones.
Sin límite de eventos
Al no contar con llanta de refacción o birlo, da derecho a solicitar servicio xx xxxx.
Cerrajería Vehicular
Apertura de puertas de automóviles, siempre y cuando sea por olvido de llaves dentro del auto y el USUARIO se encuentre presente durante la realización del servicio de asistencia. Sin límite de eventos.
Referencias Mecánicas.
El Usuario podrá solicitar apoyo telefónico las 24 horas los 365 días del año, para obtener referencias de la agencia o taller autorizado más cercano.
Sin límite de eventos.
EXCLUSIONES:
Servicios sujetos a disponibilidad. Todos los gastos que se originen serán a cargo del USUARIO y + PARA TI BY AON no tendrá ninguna responsabilidad con respecto al servicio recibido por parte de las referidas compañías.
Los servicios de Suministro de Gasolina, Paso de Corriente, Cambio de Llanta y Cerrajería Vehicular no tienen límite de eventos, sin embargo, están limitados, en su conjunto, a
$6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.) por vigencia. Una vez alcanzado dicho límite, el excedente en cualesquiera de los servicios mencionados, deberá ser cubierto por el Asegurado.
3.2 ASISTENCIA MÉDICA
Consultoría Médica Telefónica.
El equipo médico de + PARA TI BY AON orientará al USUARIO sobre las medidas que se deberán tomar en caso de Emergencia, sin emitir un diagnóstico e interpretación de resultados de laboratorios.
A solicitud del USUARIO, se facilitarán los medios necesarios para la obtención de un diagnóstico, ya sea mediante la visita a domicilio de un médico o concertando una cita en el consultorio. El costo generado por dicho servicio correrá a cargo del USUARIO.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
Ambulancia.
Si el USUARIO sufre un accidente y/o enfermedad que le provoque lesiones o traumatismos tales que el equipo médico de PRESTADOR, en contacto con el médico que los atienda
recomienden su hospitalización, se organizará y cubrirá el costo del traslado del asegurado al centro hospitalario más cercano o apropiado, en ambulancia terrestre sin limitación.
Si fuera necesario por razones médicas se realizará dicho traslado, bajo supervisión médica.
Quedan excluidos los traslados en caso de enfermedades mentales y a pacientes en estado de ebriedad o con abuso de alguna droga que se encuentren en estado agresivo o no deseen ser trasladados.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
Referencias Médicas.
A solicitud del USUARIO, + PARA TI BY AON le informará en caso de ser necesario, sobre los médicos residentes en la localidad en que se encuentre.
+ PARA TI BY AON no asume ninguna responsabilidad ni por los costos ni por la calidad de los servicios profesionales que contrate EL USUARIO, así como de las consecuencias que de estos se deriven.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
3.3 ASESORÍA TELEFÓNICA PENAL Y CIVIL.
Asesoría Legal Telefónica.
Se brindará consultoría legal las 24 horas, durante los 365 días del año, a través de abogados titulados, respecto de los siguientes aspectos:
• Penal: Asesoría sobre lesiones, privación de la libertad, abuso sexual, fraude, abuso de confianza, etc.
• Civil: Orientación legal sobre la familia, el matrimonio, el divorcio, la tutela, la patria potestad, la adopción, pensión alimenticia, etc.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
Gestoría.
EL USUARIO podrá solicitar los servicios de un Gestor de + PARA TI BY AON para realizar cualquiera de los siguientes trámites:
I. Trámites vehiculares (únicamente particulares):
• Alta de vehículos nuevos.
• Baja del vehículo.
• Xxxxxx de propietario.
• Reposición de placas por pérdida o robo.
• Reposición de tarjeta de circulación por pérdida o robo.
• Expedición de permiso provisional para circular sin placas en traslado para vehículos nuevos.
• Pago de impuestos sobre tenencia o uso de vehículos.
EXCLUSIONES:
Estos Servicios de Asistencia no serán brindados cuando la información proporcionada por EL USUARIO no corresponda a la realidad, sea falsa o no permita la debida atención de estos.
La duración de cada trámite será conforme a lo establecido por la legislación, usos, costumbre, así como por las autoridades administrativas y recaudadoras de cada Entidad.
+ PARA TI BY AON no cubre el pago de derechos, contribuciones, multas y/o montos requeridos por cualquier autoridad por ningún concepto, quedando estos a cargo del USUARIO.
Antes de comenzar el trámite vehicular, EL USUARIO deberá entregar al PRESTADOR la documentación que establezca cada autoridad administrativa y/o recaudadora y en su caso el pago de derechos, multas o el que la autoridad requiera para la realización del trámite requerido, en caso de no entregar dicha documentación no podrá realizarse el trámite.
Este Servicio está limitado a 2 (dos) eventos durante la vigencia de la póliza.
3.4 ASISTENCIA EN VIAJES NACIONALES.
Pago de Hotel por Robo o Avería.
A solicitud del USUARIO, cuando el taller informa que el auto debe permanecer en revisión
+ PARA TI BY AON organizará y cubrirá el costo por la estancia en un hotel, en caso de robo o avería del automóvil, cuando el taller informa que el automóvil debe permanecer en revisión.
Este Servicio está limitado a $1,500.00 (mil quinientos pesos 00/100 M.N), por noche, con un máximo de dos noches y con un límite de 2 (dos) eventos durante la vigencia de la Póliza.
Hotel por Convalecencia.
+ PARA TI BY AON gestionará los gastos necesarios para la prolongación de la estancia en un hotel escogido por EL USUARIO, inmediatamente después de haber sido dado de alta del hospital, si esta prolongación ha sido prescrita por el médico tratante y el personal médico de + PARA TI BY AON.
Este Servicio está limitado a $1,500.00 pesos (mil quinientos pesos 00/100 M.N.), por noche con un máximo de 3 (tres) noches y con un límite de 1 (un) evento durante la vigencia de la Póliza.
Conductor o Chofer por Robo o Avería.
Una vez recuperado o reparado el vehículo de uso particular, + PARA TI BY AON proporcionará al USUARIO un chofer para recoger y trasladar el vehículo reparado hasta su lugar de residencia. Este Servicio aplica por cualquier motivo por el que el automóvil hubiera ingresado a un taller o agencia.
El límite de responsabilidad será el traslado hasta el lugar donde el vehículo haya sido reparado.
Si EL USUARIO optara por esta opción será importante:
• No tener pagos pendientes con el taller.
• Tarjeta de circulación debe estar en el vehículo.
• Enviar carta poder con la autorización correspondiente.
• Indicar el origen, destino y cilindraje de la unidad.
EXCLUSIONES:
Servicio sujeto a disponibilidad, términos y condiciones de los proveedores. Sujetos a las legislaciones locales.
Para vehículos con capacidad de carga mayor a 3.5 toneladas este Servicio queda excluido.
Este Servicio no tiene límite de eventos, sin embargo, está limitado por un monto de 3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) por vigencia.
Interrupción del Viaje.
+ PARA TI BY AON Gestionará y cubrirá los gastos para el regreso anticipado del asegurado por avión de línea turista, o bien en autobús, en caso de fallecimiento de un familiar en primer grado o por siniestro en el hogar, en la ciudad de residencia permanente del USUARIO, siempre que éste no pueda utilizar su boleto original para el regreso.
Este servicio está limitado a 1 evento al año, boleto clase turista o de autobús.
Traslado de Cuerpo
Si el USUARIO O BENEFICIARIO falleciera estando de viaje, + PARA TI BY AON realizarán todas las formalidades necesarias (incluyendo cualquier trámite legal) y se hará cargo de los gastos inherentes al traslado de sus restos mortuorios al sitio de inhumación o cremación indicado por el beneficiario.
Si el beneficiario decide que los restos mortuorios del USUARIO sean inhumados o cremados en el lugar donde se haya producido el deceso, la asistencia se hará cargo de los gastos que resulten de dicha inhumación o cremación.
El límite máximo de responsabilidad a cargo de la asistencia será; el monto de los gastos de transporte de los restos mortuorios, así como los gastos legales en que se incurra por motivo del trámite o gestión correspondiente, considerando como tales: honorarios por la gestión e impuestos según aplique la legislación de la ciudad donde ocurra el deceso.
En caso de que la inhumación o cremación se realice en el lugar del deceso del USUARIO, el límite máximo de responsabilidad a cargo será el equivalente al costo que tendría el traslado de los restos mortuorios tal como se describe en los párrafos anteriores.
Importante: no se incluye cripta ni fosa y corresponderá a un servicio básico. Aplica por muerte natural, enfermedad o accidente.
Un evento sin costo para el beneficiario
Renta de Auto por Robo o Avería Mecánica del Automóvil.
En caso de Robo o Avería del Automóvil y la reparación de este demore más de 36 (treinta y seis) horas naturales, y siempre que exista una compañía dedicada al alquiler de autos en la zona de inmovilización del vehículo, EL USUARIO podrá optar por el alquiler de otro vehículo de características similares al descompuesto, debiendo devolverlo en la
ciudad de origen donde lo rentó, en caso de requerir dejar el vehículo en su ciudad destino, la tarifa por ese Drop- Off, correrá a costo del USUARIO.
Este Servicio está limitado a $1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) por día, con un máximo 3 (tres) días y con un límite de 1 (un) evento durante la vigencia de la Póliza.
Traslado de un Familiar por Convalecencia.
En caso de hospitalización del USUARIO y de que ésta se prevea de una duración superior a diez días naturales, + PARA TI BY AON pondrá a disposición de una persona designada por EL USUARIO, un boleto de avión ida y vuelta en clase económica con origen en la ciudad de residencia permanente del USUARIO, a fin de que acuda a su lado.
Este Servicio no tiene límite de eventos y sin costo para el USUARIO. Viaje redondo.
Transmisión de Mensajes Urgentes.
+ PARA TI BY AON se encargará de transmitir por su cuenta, los mensajes urgentes o justificados de LOS USUARIOS, relativos a cualquiera de los acontecimientos objeto derivados de las Situaciones de Asistencia.
Este Servicio no tiene límite de eventos y sin costo para el USUARIO.
Transportación.
En caso de avería del automóvil y a solicitud del USUARIO, + PARA TI BY AON gestionará y cubrirá el costo de los gastos de autobús, tren o cualquier otro medio autorizado de transporte, que requiera el asegurado y/o sus familiares, para la continuación de su viaje.
Sin límite de eventos y sin costo para el asegurado. Viaje redondo.
Línea Telefónica de Información.
A solicitud del USUARIO, + PARA TI BY AON le brindará información de casetas de peaje, cuotas, carreteras, teléfonos, dirección de corralones, y delegaciones políticas de la CDMX.
3.5 ASISTENCIA EN VIAJES INTERNACIONALES.
Repatriación.
Si el USUARIO falleciera estando de viaje, + PARA TI BY AON realizarán todas las formalidades necesarias (incluyendo cualquier trámite legal) y se hará cargo de los gastos inherentes a la repatriación de sus restos mortuorios al sitio de inhumación o cremación indicado por el beneficiario, incluyendo los gastos inherentes al traslado desde el aeropuerto hasta el lugar de residencia del asegurado.
Si el beneficiario decide que los restos mortuorios del USUARIO sean inhumados o cremados en el lugar donde se haya producido el deceso, la asistencia se hará cargo de los gastos que resulten de dicha inhumación o cremación.
El límite máximo de responsabilidad a cargo de + PARA TI BY AON será el monto de los gastos de transporte de los restos mortuorios, así como los gastos legales en que se incurra por motivo del trámite o gestión correspondiente, considerando como tales: honorarios por la gestión e impuestos según aplique la legislación de la ciudad y/o país donde ocurra el deceso.
En caso de que la inhumación o cremación se realice en el lugar del deceso del USUARIO, el límite máximo de responsabilidad a cargo será el equivalente al costo que tendría la repatriación de los restos mortuorios tal como se describe en los párrafos anteriores. Importante: no se incluye cripta ni fosa y corresponderá a un servicio básico.
Aplica por muerte natural, enfermedad o accidente. Limitado a Un evento por póliza sin costo para los deudos.
Pago de Fianza
En caso de arresto o detención del USUARIO ocurrido en un viaje internacional con motivo de un Accidente Automovilístico como Conductor del Vehículo Asegurado + PARA TI BY AON depositará la fianza que la autoridad imponga al Asegurado para garantizar su libertad provisional.
La fianza que deposite + PARA TI BY AON por cuenta del Asegurado sólo garantizará el beneficio de la libertad provisional del Asegurado, por lo que en caso de que la autoridad requiera de la garantía por la reparación del daño o alguna similar o correlativa, la misma correrá a cargo del Asegurado.
Para hacer uso de Servicio de Asistencia, es necesario que el USUARIO o su representante:
a) Firmen un reconocimiento de adeudo a favor de + PARA TI BY AON por la cantidad que fije la autoridad para garantizar la libertad provisional del Asegurado, cantidad que posteriormente deberá reembolsar el Asegurado a + PARA TI BY AON.
b) El reembolso de la cantidad depositada por + PARA TI BY AON para garantizar la libertad provisional del Asegurado, deberá ser cubierto por el Asegurado en cualquiera de las oficinas de + PARA TI BY AON.
+ PARA TI BY AON deberá recibir previamente al pago de la fianza, autorización general o específica por parte del Asegurado, para que dicha cantidad pueda ser cargada en la cuenta del Asegurado.
Está excluida cualquier reclamación debida a la actividad profesional del Asegurado por implicaciones en tráfico y/o posesión de drogas, estupefacientes o enervantes.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
Gastos Dentales por Emergencia
En el caso de que el USUARIO sufra problemas agudos que requieran tratamiento odontológico de urgencia, + PARA TI BY AON gestionará y cubrirá los costos de los servicios odontológicos de urgencia.
Hasta por $2,000 USD. (dos mil dólares americanos, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) por evento, y limitado a 1 (un) evento durante la vigencia de la póliza.
Gastos Médicos por Emergencia
En caso de que el USUARIO sufra un accidente o repentina enfermedad durante el viaje, + PARA TI BY AON gestionará y cubrirá los costos de los servicios médicos necesarios hasta el límite máximo.
Hasta USD$10,000.00 (diez mil dólares americanos, moneda de curso legal en los Estados Unidos de América) por evento, y limitado a 1 (un) evento durante la vigencia de la póliza.
3.6 SERVICIOS ESPECIALIZADOS.
Asesoría Administrativa.
En el caso de robo o pérdida de documentos esenciales para la continuación del viaje del USUARIO, tales como pasaporte, visa, boletos de avión, etc., se proporcionará la asesoría sobre el procedimiento a seguir para la recuperación o reexpedición de los documentos perdidos o robados. Cualquier gasto ocurrido por reexpedición será cubierto por EL USUARIO.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
Conserjería.
El servicio de Concierge podrá proporcionar información y realizar la gestión de compra y/o reservación de lo siguiente:
• Boletos de cualquier medio de transporte como: aviones, autos, trenes, cruceros o helicópteros.
• Hoteles y renta de autos en las principales ciudades del mundo.
• Restaurantes, eventos culturales o deportivos, teatros, conciertos en las principales ciudades del mundo.
• Asistencia en la compra y entrega de regalos, arreglos florales y enseres varios en las principales ciudades del mundo.
• Proporcionar información sobre el estado del tiempo, apoyo para localizar artículos de difícil ubicación, referencia de mudanzas, aeropuertos y centrales camioneras.
• El asegurado podrá tener información referente a: visas, vacunas y demás requerimientos para viajar a países extranjeros.
• Teléfonos, direcciones y horarios de servicio de las Embajadas y Consulados Mexicanos en todo el mundo.
• Adicionalmente el servicio brindará asistencia personal alrededor del mundo, reservaciones a la carta, información financiera, transportación ejecutiva, salones V.I.P., programa gourmet, programa para expertos conocedores de vino.
• Referencias de realizadores de eventos, boletos preferenciales a exclusivos espectáculos, renta de autos exclusivos como limousine, actividades en los diversos destinos, tours.
• La asistencia apoyará en la búsqueda, coordinación y proporcionará información que el asegurado requiera previa a la realización de un viaje o durante el mismo.
El límite máximo de responsabilidad a cargo de la asistencia será únicamente la comunicación de la información y la gestión y/o reservación de compra del servicio solicitado.
Todos los gastos generados de los servicios antes mencionados serán a cargo del asegurado.
Será requisito indispensable para que esta cobertura surta efecto, que el asegurado realice la solicitud del servicio requerido a la asistencia
+ PARA TI BY AON únicamente realizará la comunicación de la información y la gestión y/o reservación de compra del servicio solicitado. Todos los gastos generados de los servicios antes mencionados serán a cargo del USUARIO.
Este Servicio no tiene límite de eventos.
EXCLUSIONES:
A. El costo que se genere para la adquisición de los productos o servicios deberá de ser cubierto en su totalidad por el USUARIO.
B. Por ningún motivo los Concierges se prestarán a peticiones fuera de la ley, quedan excluidas las peticiones como compra, monitoreo o cualquier tipo de información acerca de narcóticos, masajes eróticos, armas, o cualquier tipo de información fraudulenta o ilícita que afecte la integridad del servicio.
C. Peticiones fuera del marco ético y legal.
D. Servicio sujeto a disponibilidad, términos y condiciones de los proveedores.
E. Cuando el USUARIO no proporcione información veraz y oportuna que nos permita prestar debidamente la asistencia.
3.7 ASISTENCIA FUNERARIA.
Pago de Gastos Funerarios.
El pago de gastos funerarios ofrece una solución integral al beneficiario en caso de presentarse el fallecimiento del USUARIO. Proporciona beneficios las 24 horas, los 365 días del año. Con sólo una llamada se pondrá a su disposición los recursos necesarios para prestar la totalidad del servicio de asistencia funeraria. El pago de gastos funerarios es únicamente para el USUARIO, siendo un beneficio intransferible.
Para hacer uso de esta asistencia es necesario que el deudo la solicite directamente al PRESTADOR para que se coordine, ya que no aplica por reembolso.
a) El Servicio se proporcionará las 24 horas, los 365 días del año.
b) El Servicio de Asistencia Funeraria se proporciona únicamente dentro del territorio nacional.
c) El Servicio de Asistencia Funeraria se otorgará a través de una red de agencias funerarias definidas.
d) El Servicio de pagos de gastos funerarios aplica por muerte accidental y únicamente para muerte del USUARIO.
Servicio de Asistencia Telefónica Funeraria.
El Servicio de Asistencia Funeraria que se incluye consiste en acceso telefónico para los USUARIO o los deudos a los centros operativos las 24 horas, los 365 días del año para:
a) La obtención de información acerca del Servicio de Asistencia Funeraria.
b) Proporcionar el Servicio de Asistencia Funeraria Básico y la coordinación de este.
Servicio de Asistencia Funeraria para Inhumación.
i) Recolección del Cuerpo. Este servicio consiste en recolectar el cuerpo del difunto del lugar de fallecimiento y trasladarlo a una agencia funeraria dentro de la localidad donde haya ocurrido el deceso, siempre y cuando se cuente con el certificado de defunción correspondiente. En caso de que el fallecimiento del USUARIO ocurra fuera de su lugar de residencia y dentro de la República Mexicana, la recolección no incluye el traslado de los restos desde el lugar de fallecimiento hasta el lugar de residencia habitual del USUARIO, en caso de que así lo requieran se ofrecerá el servicio con costo preferencial.
ii) Ataúd Básico. Se proporcionará un receptáculo para restos mortuorios, las características del ataúd son definidas por la funeraria, + PARA TI BY AON proporcionará un ataúd básico y si la familia quisiera otro sólo tendría que pagar la diferencia.
iii) Servicio de Tanatoestética. Este servicio consiste en maquillar el cuerpo con el objeto de mejorar su imagen, de cara a un proceso de velación. Proceso básico, no aplica en casos de reconstrucción o cualquier otro proceso complicado o como sustitución del embalsamado.
iv) Sala de Velación. Se proporcionará un espacio dentro de la agencia funeraria disponible, destinado a velar el cuerpo del difunto por un período de hasta 24 horas con capacidad para 20 personas en circulación. En caso de que la velación sea en un domicilio pactado por los familiares del fallecido, se llevarán a dicho domicilio los materiales mínimos necesarios para realizar la velación estándar del cuerpo.
v) Gestión de Trámites. Este servicio consiste en gestionar los trámites necesarios para llevar a cabo un servicio mortuorio en el lugar en el que se haya producido tal evento, entre los trámites incluidos se encuentran los de: obtener los permisos de transporte de un cuerpo, obtener los permisos de cremación o de inhumación y el pago de derechos municipales. Este servicio no incluye la realización de las declaraciones ministeriales en las que los familiares tengan que presentarse, ni la obtención del certificado de defunción.
vi) Traslado en Carroza para Inhumación. Este servicio consiste en el traslado del cuerpo del lugar de velación hasta el panteón o cementerio en donde se vaya a inhumar, dentro de la misma área geográfica en que se realizó la velación.
Servicio de Asistencia para Cremación.
i) Recolección del Cuerpo. Este servicio consiste en recolectar el cuerpo del difunto del lugar de fallecimiento y trasladarlo a una agencia funeraria dentro de la localidad donde haya ocurrido el deceso, siempre y cuando se cuente con el certificado de defunción correspondiente. En caso de que el fallecimiento del USUARIO ocurra fuera de su lugar de residencia y dentro de la República Mexicana, la recolección no incluye el traslado de los restos desde el lugar de fallecimiento hasta el lugar de residencia habitual del USUARIO, en caso de que así lo requieran se ofrecerá el servicio con costo preferencial.
ii) Ataúd para Velación. Se proporcionará un ataúd para la velación del cuerpo.
iii) Servicio de Tanatoestética. Este servicio consiste en maquillar el cuerpo con el objeto de mejorar su imagen, de cara a un proceso de velación. Proceso básico, no aplica en casos de reconstrucción o cualquier otro proceso complicado o como sustitución del embalsamado.
iv) Sala de Velación. Se proporcionará un espacio dentro de la agencia funeraria seleccionada destinado a velar el cuerpo del difunto por un período de hasta 24 horas con capacidad para 20 personas en circulación. En caso de que la velación sea en un domicilio pactado por los familiares del fallecido, se llevarán a dicho domicilio los materiales mínimos necesarios para realizar la velación estándar del cuerpo.
v) Servicio de Cremación. Este servicio consiste en llevar a cabo el proceso mediante el cual un cuerpo es sometido a temperaturas suficientes para reducirlo a cenizas.
vi) Gestión de Trámites. Este servicio consiste en gestionar los trámites necesarios para llevar a cabo un servicio mortuorio en el lugar en el que se haya producido tal evento, entre los trámites incluidos se encuentran los de: obtener los permisos de transporte de un cuerpo, obtener los permisos de cremación o de inhumación y el pago de derechos municipales. Este servicio no incluye la realización de las declaraciones ministeriales en las que los familiares tengan que presentarse, ni la obtención del certificado de defunción.
vii) Urna. Se proporcionará un receptáculo mortuorio especial para alojar las cenizas con una volumetría de un mínimo de dos litros de capacidad.
EXCLUSIONES:
- No cubre embalsamamientos salvo que sea requerido por ley.
- No incluye nichos ni fosa.
- Servicio sujeto a los términos y condiciones de los proveedores al igual que la disponibilidad, excedentes y/o servicios adicionales deberán ser cubiertos por los familiares del USUARIO.
- El servicio de asistencia no se proporcionará en situaciones xx xxxxxx, huelgas, invasión, o donde las condiciones internas no permitan la prestación de dichos servicios.
- Cuando los deudos no proporcionen información veraz y oportuna que nos permita prestar debidamente la asistencia.
- No se cubren traslados fuera de la localidad.
- No incluye muerte por suicidio, homicidio, enfermedad, muerte natural.
Este Servicio está limitado sólo para la muerte del USUARIO y hasta por $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.)
3.8 ASISTENCIA EN TRÁMITES FUNERARIOS.
Si es necesario se le enviará al asegurado a uno de los abogados de la red para asesorar y ayudar a los deudos a realizar trámites legales que procedan relacionados con el servicio funerario, tales como:
• Asistencia para obtener el acta de defunción ante el registro civil.
• Dispensa de la necropsia cuando las circunstancias y la ley lo permitan.
• Permisos y autorizaciones oficiales para sepelio e incineración.
• Notificación a acreedores para la liberación de deudas.
• Los gastos generados por pago de derechos, contribuciones, etc. serán a cargo de los familiares del Asegurado.
En caso de muerte violenta y a petición de los deudos, + PARA TI BY AON realizará ante el Ministerio Público y el médico forense los trámites necesarios para la liberación del cuerpo del asegurado, y en su caso la demanda inicial en contra del responsable.
1 evento sin costo para los deudos.
EXCLUSIONES EN LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA.
1. Las situaciones de Emergencia ocurridas durante viajes o vacaciones realizadas por EL USUARIO en contra de prescripción médica o durante viajes en el extranjero superiores a 60 (sesenta) días naturales, no dan derecho a los Servicios de Asistencia.
2. Cuando por una acción intencional del USUARIO resulte la comisión de un delito.
3. Cuando EL USUARIO no proporcione información veraz y oportuna, o que incurra en falsedad de información en relación con el tipo de lesiones, mecanismo o parentesco.
4. Cuando EL USUARIO incumpla cualesquiera de las obligaciones indicadas en las presentes Condiciones Generales.
5. También quedan excluidas las Situaciones de Asistencia que sean consecuencia directa o indirecta de:
a) Xxxxxxx, guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (se haya declarado la guerra o no), rebelión, guerra civil, insurrección, terrorismo, pronunciamientos, manifestaciones, movimientos populares, radioactividad o cualquier otra causa de fuerza mayor y/o caso fortuito.
b) Autolesiones o participación del USUARIO en actos delictivos intencionales.
c) La participación del USUARIO en cualquier clase xx xxxxxxx, competición o exhibición (automóviles, caballos, bicicleta).
d) Suicidio o enfermedades y lesiones resultantes del intento de suicidio.
e) Enfermedades mentales o alienación, cualquier tipo de accidente o enfermedad causada por radiaciones nucleares; cualquier enfermedad
preexistente, crónica o recurrente y la convalecencia se consideran como parte de la enfermedad.
f) Embarazos en los últimos tres meses antes de la fecha probable del parto, así como éste último y los exámenes prenatales; trasplantes o traslados de órganos de cualquier tipo.
g) Exámenes de la vista, con el fin de conseguir o corregir una graduación, así como procedimientos quirúrgicos como queratotomías radiales u otro tipo de cirugías con el fin de modificar errores refractarios; Enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión intencionada o administración de tóxicos (drogas), narcóticos o por la utilización de medicamentos sin prescripción médica.
h) Las lesiones o enfermedades sobrevenidas en el ejercicio de deportes extremos, o en el ejercicio como deportista amateurs o profesionales.
i) Quedan excluidos los costos generados por prótesis, aparatos de ortodoncia, lentes de contacto, aparatos auditivos, dentaduras, cirugías plásticas, revisiones de salud periódicas “check-up” o rutinarias, gastos de hospitalización realizados fuera del país de residencia cuando hayan sido prescritos antes de comenzar el viaje x xxxxxxxxx xxxxxxx xxx xxxxxxx xxx XXXXXXX.
4. SOLICITUD DE ASISTENCIA
Recuerda que en caso de tener un siniestro, choque o accidente automovilístico debes xx xxxxxx primero a tu aseguradora con póliza en mano.
1. En caso de una Situación de Asistencia. Antes de iniciar cualquier acción, el USUARIO deberá llamar al número 5809 4825 facilitando los datos siguientes:
a) Nombre completo y número de póliza
2. En caso de peligro de la vida.
En situación de peligro de muerte, EL USUARIO o su Representante deberán actuar siempre con la máxima celeridad, para organizar el traslado del herido o enfermo al hospital más cercano del lugar donde se haya producido el Accidente o Enfermedad, con los medios más inmediatos y apropiados o tomar las medidas más oportunas, y tan pronto como les sea posible contactarán con + PARA TI BY AON para notificar la situación.
A falta de dicha notificación, + PARA TI BY AON considerará al USUARIO como responsable de los costos y gastos ocurridos.