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PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS BEKOERROTA KIROLDEGIA Y ALTZATE IGERILEKUAK DE LEZO.
I. CONTENIDO DEL CONTRATO
1. OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto la GESTIÓN INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS BEKOERROTA KIROLDEGIA Y ALTZATE IGERILEKUAK DE LEZO de
conformidad con este pliego y el pliego de prescripciones técnicas.
Código CPV-2008: 92610000-0 (Servicio de explotación de instalaciones deportivas).
2. PLAZO
El plazo de duración del contrato será de UN AÑO, contado a partir del día siguiente al de la formalización del mismo, siendo susceptible de prórroga expresa y mutuamente acordada, por UN AÑO más, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dos años.
Se estima se inicie el contrato el 1 de enero de 2017.
3. TIPO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO.
La previsión para el ejercicio 2017 del importe relativo al volumen de negocio de la gestión objeto de la presente contratación es de 900.000 € (sin IVA).
Como complemento a dicha previsión, y al objeto de equilibrar el posible déficit de gestión del servicio, el Ayuntamiento consigna un importe máximo de 310.000 euros para dicho cometido.
Por ello, los licitadores en su proposición económica debidamente justificada podrán mejorar dicha cantidad de 310.000 euros como tipo de licitación, sin que se admita proposición alguna que la supere.
En caso de prórroga del contrato según la cláusula 2ª, la cantidad ofertada para la primera anualidad deberá ser revisada por el Ayuntamiento en función de los resultados obtenidos y debidamente justificados por el adjudicatario.
4. FINANCIACION
El Ayuntamiento se compromete a consignar en sus presupuestos de 2017 la cantidad de 310.000 euros y efectuará la reserva necesaria para el ejercicio 2018.
5. FORMA DE PAGO
El pago de la subvención se realizará en seis pagos fraccionados contra la presentación bimensual de las cuentas de explotación de la actividad en la Comisión de Gestión y tras el informe favorable de aquella.
6. REVISION DE PRECIOS
No se prevé.
7. GARANTIAS
El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva de 45.000 €.
El plazo para la constitución de la citada garantía será de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento a que se refiere la cláusula 25, y podrá constituirse en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 96 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP). La acreditación de su constitución podrá realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplirse este requisito por causas imputables al licitador, el Ayuntamiento no efectuará la adjudicación a su favor.
La devolución de la garantía, tanto total como parcial en su caso, se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 del TRLCSP, una vez vencido el plazo del contrato y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
8. EJECUCION DEL CONTRATO
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas contenidas en el presente pliego y, en su caso, a las especificaciones técnicas unidas al expediente, bajo la dirección, inspección y control de la Administración, quien ejercerá estas facultades tanto por escrito como verbalmente.
Cuando por actos u omisiones imputables al contratista o a personas de él dependientes se comprometa la buena marcha del contrato, la Administración podrá exigir la adopción de las medidas que estime necesarias para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución del mismo.
9. OBLIGACIONES LABORALES DEL CONTRATISTA
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento.
10. SUBCONTRATACIÓN.
En este contrato de gestión de servicios públicos, los servicios subcontratados no podrán superar en su conjunto el 15% del volumen de negocio total; y deberán ser notificadas al ayuntamiento y aprobadas por el mismo.
11. CESIÓN.
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos por el adjudicatario de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 226 del TRLCSP.
12. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del TRLCSP.
13. CLAUSULA DE SUBROGACIÓN
En el Anexo III xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas se refleja la relación del personal adscrito al servicio, al objeto de cumplir por parte del adjudicatario, distinto del anterior concesionario, las obligaciones de subrogarse como empleador en las relaciones laborales especificadas.
14. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
La Administración podrá modificar por razones de interés público y si concurren las circunstancias previstas en el Título V del Libro I del TRLCSP, las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios.
Las posibles modificaciones referidas anteriormente serán obligatorias para el contratista.
En cuanto al mantenimiento del equilibrio económico consecuencia de la modificación se estará a lo dispuesto en el art. 282 del TRLCSP.
15. RECEPCION DE LA PRESTACION Y PLAZO DE GARANTIA
Dada la naturaleza de este contrato no se prevé el establecimiento de un plazo de garantía.
16. PENALIDADES AL CONTRATISTA POR INCUMPLIMIENTO
A. CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO
En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación, el Ayuntamiento podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del volumen de negocio previsto para el ejercicio.
B. INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS DE SOLVENCIA
En caso de incumplimiento de la obligación de adscribir los medios materiales o personales señalados por el contratista en su oferta, en virtud de lo dispuesto en la cláusula 20, la Administración podrá imponer una penalidad equivalente al 10% del volumen de negocio previsto para el ejercicio.
17. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO
Constituyen causas de resolución del contrato de gestión de servicios públicos las establecidas en los artículos 223 y 286 del TRLCSP.
También podrá resolverse el contrato tras tres sanciones firmes por incumplimientos prevista en la base 16.
18. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION
Corresponden al Ayuntamiento las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el TRLCSP, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
II.- PROCEDIMIENTO PARA CONTRATAR
19. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento abierto.
Los criterios de valoración de las ofertas que han de servir de base para la adjudicación del contrato y la ponderación que se les atribuye son los siguientes:
1.- Oferta económica: Máximo 51 puntos
2.- Propuesta Técnica: Máximo 49 puntos
De los citados criterios, los dependientes de un juicio de valor y que se valorarán previamente a los de apreciación automática, son los siguientes:
- PROPUESTA TÉCNICA. Máximo 49 puntos. Se valorarán los siguientes aspectos del proyecto:
I. Plan de gestión de las instalaciones. 15 puntos
II. Proyecto y programa de actividades deportivas y de promoción de la actividad física: 12 puntos
III. Plan de mantenimiento de las instalaciones: 6 puntos
IV. Plan de limpieza de las instalaciones: 6 puntos
V. Plan de marketing y publicidad: 2 puntos
VI. Mejoras sobre las condiciones planteadas en estos pliegos: 8 puntos
1. Mejora en los horarios de apertura hasta 2’5 puntos.
2. Inversiones propuestas hasta 2’5 puntos.
3. Propuesta de nuevos servicios propiamente no deportivos hasta 2 puntos.
4. Otros hasta 1 punto.
A la hora de valorar estas mejoras se tendrá en cuenta el costo de la mejora y su atractivo de cara a los/as usuarios/as de la instalación.
Los criterios de apreciación automática, que son los que se indican a continuación, se valorarán mediante la aplicación de las fórmulas siguientes:
Precio anual ofertado por el servicio. Máximo de 51 puntos.
La valoración se realizará otorgando la máxima puntuación a la mejor de las ofertas siempre que suponga al menos una mejora de un 10% sobre la media de las ofertas admitidas.
La puntuación del resto de ofertas se hará proporcionalmente, conforme a la fórmula matemática que se describe a continuación, hasta llegar a los cero puntos en el caso en que la oferta iguale el presupuesto de licitación.
Pn = Pmax x
TL – Vn
TL – Vmin
Donde
Pn es la puntuación obtenida por la oferta.
Pmax es la puntuación máxima a asignar con el presente criterio. TL es el tipo de licitación.
Vn es el valor para el presente criterio de la oferta a evaluar.
Vmin es el valor más favorable para el Ayuntamiento, entendido como la oferta teórica o real que suponga una mejora igual o superior en un 10% a la media de las ofertas que no hayan sido excluidas de la licitación.
Se considerarán incursas inicialmente en baja temeraria las propuestas económicas aplicando lo dispuesto en el artículo 85 del RGCAP 1098/2001, según el número de ofertas admitidas.
Esta circunstancia no será motivo de exclusión siempre que el licitador justifique suficientemente que su proposición es viable (mediante la aportación de los cálculos y argumentos que se estimen oportunos), y en caso de ser debidamente justificada supondrá la adecuación de la fórmula al nuevo parámetro (mejor oferta económica), valorándose el resto de las ofertas proporcionalmente.
En el caso de no quedar acreditada la viabilidad de la proposición, ésta no será considerada y la formula no variará.
20. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
- Presidente: El alcalde del ayuntamiento
- Vocales: El Director de instalaciones deportivas del Ayuntamiento, Secretario Municipal, Interventor Municipal.
- Secretario/a de la Mesa: Un administrativo/a del ayuntamiento.
- Suplentes:
o Del Presidente: Concejal que ostenta la delegación especial de deporte.
o De los vocales: El responsable de Cultura suplente del Director; del Secretario e Interventor, aquellos que sean nombrados para su sustitución en funciones.
Del Secretario/a de la Mesa: Administrativo/a del ayuntamiento.
21. APTITUD PARA CONTRATAR
Podrán tomar parte en este procedimiento de contratación las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. La solvencia se acreditará y evaluará de acuerdo con los medios establecidos en la letra e) de la cláusula 23.
Asimismo, podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las causas de incapacidad para contratar citadas.
Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del presente contrato.
22. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
El expediente de esta contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el Departamento de Cultura de esta Administración, (Donibane Kalea, 2), de 8:30 a 13:30 horas, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de esta licitación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Las proposiciones se presentarán en la oficina de información del Ayuntamiento (Gurutze Santuaren plaza, 1) en los quince días naturales posteriores al día siguiente de la publicación de los presentes pliegos en el BOG.
En este mismo lugar se podrá tener acceso a los pliegos y a la documentación complementaria.
La información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria que, en su caso, soliciten los licitadores será facilitada en el plazo de seis días antes de la fecha límite fijada para la recepción de proposiciones, siempre que la solicitud haya sido realizada al menos ocho días antes del vencimiento del plazo de recepción de las proposiciones señalado anteriormente.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 158.3 del TRLCSP, cuando la información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria no haya podido ser facilitada en los plazos indicados, así como cuando las ofertas solamente puedan realizarse después de una visita sobre el terreno o previa consulta “in situ” de la documentación adjunta al pliego, el plazo para la recepción de ofertas se prorrogará el tiempo que se considere conveniente para que los candidatos afectados puedan tener conocimiento de toda la información necesaria para formular las ofertas.
Las proposiciones presentadas con posterioridad al plazo fijado para su recepción no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al Órgano de Contratación por télex, fax, telegrama o correo electrónico la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correo. El envío del anuncio por correo electrónico se ajustará a lo establecido en cuanto a su validez en el artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
23. FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores deberán presentar tres sobres cerrados (A, B y C) en cada uno de los cuales figurará la inscripción “PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS BEKOERROTA KIROLDEGIA Y ALTZATE IGERILEKUAK DE LEZO”.
En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados.
El sobre “A” se subtitulará “CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR” y contendrá los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del participante o su representante. Además en el caso de que se actúe en representación de otra persona o entidad, poder notarial, el cual será bastanteado por esta entidad en el proceso de calificación de la documentación aportada en este sobre.
b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal, cuando la inscripción fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse
al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de estas dos últimas circunstancias.
d) Acreditación de estar dado de alta en el I.A.E., en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato, mediante la presentación del alta, si se refiere al ejercicio corriente, o del último recibo del I.A.E, en los demás casos, acompañada en ambos supuestos de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del referido impuesto.
e) Solvencia Técnica y económica:
Justificantes de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional del licitador, por los medios establecidos en los artículos 75, letra a) y 78, letra e) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
En relación con los medios señalados, los requisitos mínimos de solvencia que deberán reunir las empresas para este contrato concreto serán los siguientes:
- En cuanto a la solvencia económica tratándose de personas jurídicas habrán de presentar las cuentas anuales individuales y, en su caso, consolidadas del licitador o de cada uno de los licitadores que conformen la agrupación, de los últimos tres (3) años, debidamente aprobadas e inscritas, en las que se ponga de manifiesto su suficiente solvencia económica. Será necesario un volumen de negocios durante los últimos tres ejercicios (2013-2014-2015) mínimo equivalente al volumen de negocio estimado para el 2017 para este servicio y tener fondos propios positivos. En el caso de que las cuentas no se encuentren auditadas por no ser requisito legal, se adjuntará un certificado del responsable garantizando que la documentación presentada es fiel reflejo de la situación de la empresa. Los empresarios no obligados a presentar cuentas anuales en Registro Oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación los libros de contabilidad debidamente legalizados.
- En cuanto a la solvencia técnica se deberá presentar relación de los principales servicios o trabajos de naturaleza análoga a los que constituyen el objeto del contrato, prestados en los últimos tres (3) años por el licitador o por cada uno de los licitadores que se integren en una agrupación (en cuyo caso, se sumarán las experiencias de todos los miembros), en la que se incluyan importe, fechas,
beneficiarios públicos o privados de los mismos, así como una breve descripción de las actividades realizadas.
- Como mínimo, será necesario acreditar una referencia en los últimos tres años de al menos el mismo importe del precio de licitación. Se acompañarán certificados de buena ejecución emitidos por la entidad u organismo para quien se realizó la prestación y, en su defecto, documentos equivalentes a los efectos de acreditar la solvencia del licitador o agrupación de licitadores.
La acreditación de la solvencia se complementará, además, con los medios materiales o personales que los licitadores especifiquen en sus ofertas, cuya adscripción al contrato tendrá carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el art. 64.2 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del mismo a los efectos señalados en el art. 223.f).
Las proposiciones deberán especificar, además, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de la ejecución del contrato.
f) En el caso de que varios empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, cada una de las que la componen deberá acreditar su capacidad y su solvencia conforme a lo establecido en los puntos anteriores, y, asimismo, aportar el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios. Igualmente, indicarán en la proposición la parte del objeto que cada miembro de la UTE realizaría, con el fin de determinar y comprobar los requisitos de solvencia de todos ellos.
g) Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
h) La dirección de correo electrónico en la que se efectuarán las notificaciones derivadas de este procedimiento, de acuerdo y con los efectos previstos en el art. 151.4 del TRLCSP.
Las circunstancias señaladas en las anteriores letras a), b) y e) podrán acreditarse mediante una certificación del Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Autónoma
Vasca, del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 84 del TRLCSP. A la referida certificación deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
El certificado mencionado en el apartado anterior podrá ser expedido electrónicamente.
El sobre “B” se subtitulará “CRITERIOS DE VALORACION QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR”
y contendrá los documentos referidos a los criterios cuya valoración depende de un juicio de valor, señalados en la cláusula 19 de este pliego (PROPUESTA TÉCNICA) tales como proyecto de programa de actividades, plan de utilización de las instalaciones y servicios, proyecto de organización de la gestión y personal de las instalaciones, planes de mantenimiento y limpieza, plan de marketing y publicidad y mejoras.
El sobre “C” se subtitulará “PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE VALORACION
AUTOMATICA” y contendrá los siguientes documentos:
I. Proposición económica ajustada al modelo establecido en el Anexo I.
II. Para ser admitida y valorada la proposición económica habrá de presentarse en el sobre C presupuesto de ingresos y gastos en los que estime incurrir la empresa derivados de la explotación de las instalaciones deportivas el año 2017. Los ingresos y gastos previstos aparecerán detallados por su naturaleza económica. A este presupuesto se adjuntarán anexos explicativos de la forma de cálculo de los principales conceptos de ingreso y gasto. La proposición del Anexo I deberá ser lógica consecuencia de este presupuesto.
La documentación exigida se podrá presentar en original o copia de la misma, debidamente compulsada o autenticada por la Administración o por notario. También se podrá presentar dicha documentación en fotocopia simple, pero en este caso el primer clasificado deberá acreditar la autenticidad de tales fotocopias mediante la aportación de los correspondientes originales.
24. APERTURA Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA Y SELECCIÓN DE EMPRESAS
Vencido el plazo de presentación de proposiciones se llevarán a cabo las siguientes actuaciones:
1. APERTURA DEL SOBRE “A” Y TRATAMIENTO DE LA DOCUMENTACION QUE CONTIENE
La Mesa calificará la documentación incluida en el sobre “A”. A tal efecto, podrán pedirse aclaraciones o documentos complementarios sobre la capacidad y solvencia de los licitadores que habrán de aportarse, tal como dispone el art. 22 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en el plazo de cinco días naturales. La solicitud de aclaraciones o información complementaria será comunicada por la Mesa verbalmente a los interesados, anunciándose, igualmente, en el tablón de anuncios del órgano de contratación y en el perfil de contratante. En la misma forma comunicará la Mesa la existencia de vicios subsanables en la documentación presentada para que en el plazo, en este caso, de tres días hábiles, según el art. 81 del citado Reglamento, los licitadores corrijan o subsanen los defectos observados.
2. SELECCIÓN DE EMPRESAS
La Mesa, una vez calificada la documentación presentada y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, determinados en la letra e) de la cláusula 23 de este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo.
3. APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “B”
La documentación presentada en el sobre “B”, comprensiva de los criterios que dependen de un juicio de valor, será abierta en acto público el día y hora que se indique en el perfil de contratante.
4.APERTURA PUBLICA DEL SOBRE “C”
Tras la apertura y valoración de la documentación contenida en el sobre “B”, se llevará a cabo la apertura pública del sobre “C” el día y hora que se indique en el perfil de contratante.
En este acto se dará a conocer la valoración asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor en cada oferta.
5. CLASIFICACION DE LAS OFERTAS
Una vez valorados todos los criterios, la Mesa procederá a la clasificación de las proposiciones presentadas por orden decreciente y elevará la propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma.
6. REQUERIMIENTO, EN SU CASO, AL PRIMER CLASIFICADO
Realizadas las actuaciones anteriores se requerirá, en su caso, al primer clasificado para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, realice las siguientes actuaciones:
a) Presentar la documentación justificativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorizar al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello. No será necesaria la presentación de esta documentación si las certificaciones las hubiese aportado junto con la proposición.
b) Presentar la documentación justificativa de disponer efectivamente de los medios que, en su caso, se hubiese comprometido a adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 23, letra e) de este pliego.
c) Presentar la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, en su caso.
d) Presentar los originales de los documentos que, en su caso, hubiese aportado en fotocopia simple en los sobres que configuran la proposición.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
25. ADJUDICACION, FORMALIZACION Y GASTOS
El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato al licitador que presente la proposición que resulte económicamente más ventajosa.
La adjudicación se realizará en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la apertura de las proposiciones, notificándose a todos los licitadores y publicándose en el perfil de contratante de esta Institución.
El contrato se perfeccionará mediante su formalización en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el plazo que se señale en la notificación de la adjudicación, que no podrá exceder de 15 días hábiles, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones:
a) Comparecer en esta Administración para formalizar el contrato en documento administrativo.
b) Pagar los gastos de publicidad oficial en un solo Boletín y por una sola vez, cuyo importe máximo será de 3.000 €
III.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE
26. NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO
El contrato resultante de la resolución del presente Concurso Público se tipifica como de gestión de servicios públicos en su modalidad de Concesión y es de naturaleza administrativa. Se regirá por las cláusulas de este Pliego y en lo no previsto se aplicarán las disposiciones de Régimen Local vigentes al celebrarse la licitación y durante el desarrollo del contrato, la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y concordantes, así como el Real Decreto 1.372/1986, de 13 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las
Entidades Locales en lo que pudiera ser de aplicación, y el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Supletoriamente regirán las restantes normas del derecho administrativo y en su defecto las del derecho privado.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación de las disposiciones xxx Xxxxxx serán resueltas, en primer lugar, por la Administración contratante contra cuyas resoluciones podrán interponerse los recursos administrativos procedentes o acudir a la jurisdicción Contencioso Administrativa.
En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.
27. PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
En el caso de que la presente contratación implique el acceso a datos de carácter personal, el contratista deberá cumplir las obligaciones derivadas de la Disposición Adicional Vigésima Sexta del TRLCSP, en relación con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.
28. JURISDICCION COMPETENTE
Las cuestiones controvertidas que se puedan derivarse del presente contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y podrán ser impugnados directamente ante la jurisdicción contencioso administrativa, o cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Lezo, a 13 de octubre de 2016.
ANEXO I. MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA A QUE SE AJUSTARAN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITADORES
D.......................................................................................................................................con domicilio
en.......................................................................................CP....................., D.N.I. nº ,
teléfono..........................e-mail.......................................................................
en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de.......................................................................................................................
con domicilio en..........................................................................................................................
CP..........................., teléfono , y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o
jurídica) nº........................................), enterado del procedimiento abierto convocado por....................................................................................................., para la contratación
de..........................................................................................................................
..................................................................................................................declaro:
1º) Que me comprometo a la gestión integral de las instalaciones deportivas de Lezo, con una aportación del ayuntamiento de Lezo a la explotación de €.
2º) Que conozco el Pliego de Prescripciones Técnicas, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En................................., a...........de.......................de 20....
Firma