Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO NO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS VARIOS PARA EL TEATRO XXXXX XX XXXXX DE BADAJOZ (EXPTE 2/2016).
CLAUSULA PRIMERA.- Objeto y Calificación.
1.- El contrato a que se refiere el presente pliego, tiene por objeto la contratación de la prestación de los servicios varios para el Teatro Xxxxx xx Xxxxx de Badajoz, por procedimiento abierto.
2.- Las necesidades que se tienen que cubrir mediante este servicio son las siguientes:
Servicio de asistencia técnica (luz, sonido, tramoya y acomodadores) Sala Principal:
1) Jefatura xx Xxxx, Tramoya, Servicio de Escena, Luz y Sonido, lo que incluye todos los servicios de tramoya, montaje y desmontaje que las compañías requieran.
2) Portería y Acomodadores/as.
Terraza xx Xxxxxx:
3) Servicio de la Terraza xx Xxxxxx: Portero/a, acomodadores/as, servicio técnico, escenario y camerinos.
Otras dependencias:
4) Servicio de asistencia técnica y vigilancia durante actividades y exposiciones en el Cafetín del Teatro y Sala de Usos Múltiples.
Prestará todo el servicio relativo a los montajes y desmontajes de los espectáculos programados que se realicen en los referidos espacios, manejando el personal encargado de ello toda la maquinaria de la tramoya del Teatro.
También será responsabilidad del contratista:
- Revisión permanente y mantenimiento del edificio y las instalaciones del Teatro.
- Realizar funciones de portería y control en los accesos al Teatro.
- Apagar las luces del teatro, tras finalizar cada representación.
- Revisar que no queda personal alguno dentro xxx xxxxxxx.
- Encender y apagar la calefacción y/o el aire acondicionado antes y después de cada espectáculo.
- Vigilar que haya agua caliente para las duchas de los artistas.
- Proveer de agua a las compañías y artistas en aquellos espectáculos organizados por el Teatro Xxxxx xx Xxxxx.
- Vigilar que quedan cerrados todos los accesos al Teatro una vez terminados los espectáculos.
- Atender los servicios de alarma por robo y de incendio del Teatro en el caso de que se produzca su activación.
- Vigilancia del correcto funcionamiento de las pantallas LED exteriores en las que se anuncia la programación del Teatro, dando aviso a la Gerencia del mismo en caso de producirse alguna incidencia.
- Permanecer en el Teatro siempre que haya personal de las compañías dentro.
- Mantener y vigilar que antes de cada representación estén encendidas las luces exteriores e interiores del edificio necesarias para los espectáculos que se lleven a cabo y apagar aquellas que sea necesario una vez finalizados los mismos.
Servicio de Iluminación y Sonido:
Se prestará en todas las actividades programadas que se realicen en los espacios referidos.
Servicio de Taquilla:
Venta de entradas de los espectáculos que se celebren en el Teatro Xxxxx xx Xxxxx, o de aquellos que se encomiende su venta al Consorcio Teatro Xxxxx xx Xxxxx, cuando así se disponga, por los distintos canales de venta habilitados en el mismo. Este servicio se prestará con el siguiente horario:
- Horario de Invierno: 12:00 a 14 horas, y de 18:00 a 21:00 horas.
- Xxxxxxx xx Xxxxxx: 12:00 a 14 horas, y de 19:00 a 21:30 horas.
- Los días de espectáculo en la Terraza, la taquilla permanecerá abierta hasta la hora de inicio de los mismos.
La persona encargada de la taquilla deberá estar siempre media hora antes de este horario en su puesto de trabajo para tenerlo todo preparado en el momento en que la taquilla se abra al público. Asimismo, al margen de los horarios arriba establecidos, la taquilla deberá permanecer abierta al público hasta transcurrida media hora desde el inicio de los espectáculos que se realicen en el Teatro, con independencia de la hora en que comiencen, y posteriormente, rendir cuentas de la recaudación obtenida a la Gerencia del Consorcio. El/la taquillero/a tendrá un día de descanso semanal que quedará supeditado a las necesidades del Teatro.
Servicios de Portería:
- Controlar de forma continua y diligente el acceso de las personas al recinto, impidiendo la entrada de toda aquella persona no acreditada, sin el correspondiente ticket justificativo o entrada.
Servicios de Acomodadores:
- Indicar al público asistente a los distintos espectáculos, la localidad que les corresponden en función de su entrada, facilitando el acceso de éstos a sus asientos.
- Resolver los conflictos que puedan suscitarse entre los espectadores por la ocupación de sus respectivas localidades.
- Hacer cumplir las normas de funcionamiento del Teatro, impidiendo cualquier alteración del orden, tanto en el interior como en el exterior de la Sala Principal, Terraza, Cafetín y Sala de Usos Múltiples. Así, será su responsabilidad el impedir la entrada de bebidas en la Sala Principal del Teatro.
Servicio de Limpieza:
Limpieza cotidiana de todos los espacios del Teatro Xxxxx xx Xxxxx.
Todas estas tareas no tienen carácter exhaustivo, comprendiendo además todas aquellas no enumeradas, que logren una prestación satisfactoria del objeto del contrato.
El servicio deberá adecuarse a los posibles cambios que se produzcan dentro de la programación de los distintos eventos que se celebren en las instalaciones del Teatro Xxxxx xx Xxxxx.
Servicio de Cafetería: Consistente en prestar servicios de cafetería al público asistente en el bar del ambigú del teatro durante las actuaciones artísticas que se celebren en la Sala Principal para su consumición en el mismo, al no poderse introducir alimentos ni bebidas en la Sala, permaneciendo cerrado el resto del tiempo, así como en prestar servicios de cafetería en las instalaciones que a tal fin dispone la terraza del Teatro durante los eventos que se celebren en la misma en la temporada xx xxxxxx, y en cualquier espacio en que eventualmente fuera necesario mediante los medios pertinentes. Todos estos servicios se prestarán en estrecha colaboración con la Gerencia del Teatro, y podrán ser prestados directamente por la empresa contratista si dispone de los medios personales y materiales, y los permisos y condiciones legal y reglamentariamente exigidas para este tipo de actividad, o ser subcontratados por ésta con otra empresa xxx xxxx de la hostelería que reúna los medios y condiciones citados. Esta será la única actividad subcontratable en el presente contrato.
Asimismo, la empresa adjudicataria vendrá obligada a reponer o reparar aquellos útiles, elementos y bienes muebles propiedad del Consorcio ubicados en los citados espacios que se inutilicen o resulten dañados. A este respecto, y dado que en la cafetería del ambigú y en el bar de la Terraza existen menajes y material propiedad del Consorcio, se
adjuntará un inventario del mismo en el momento de la formalización del contrato, debiendo reponerse en todas las piezas por la empresa adjudicataria.
En todos los servicios que integran este contrato, primará la corrección y amabilidad con el público asistente, y con las personas relacionadas con los espectáculos y actividades que se llevan a cabo en el Teatro Xxxxx xx Xxxxx de Badajoz.
3.- La ejecución del contrato se ajustaría a las condiciones expresadas en el presente pliego y en el Pliego de Cláusulas Administrativas y que conjuntamente constituyen el pliego de bases que han de regir la adjudicación y ejecución.
4.- La presentación de proposiciones presume por parte del adjudicatario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego, las contenidas en el Pliego de Cláusulas Administrativas y la declaración responsable de que reúne todas las condiciones exigidas para contratar con el Consorcio Teatro Xxxxx xx Xxxxx de Badajoz. Se tendrá por no presentados en la oferta todos aquellos aspectos que contraríen el presente Xxxxxx.
CLAUSULA SEGUNDA.- Condiciones particulares.
La ejecución del contrato habrá de ajustarse a las condiciones particulares que se establecen en el presente pliego de prescripciones técnicas. El incumplimiento de las mismas dará lugar a la rescisión del contrato.
Trabajadores:
Como mínimo los licitadores tendrán que poner a disposición del servicio:
- Un Jefe/x xx Xxxx con experiencia no inferior a tres años en teatros de similares características técnicas a las del Teatro Xxxxx xx Xxxxx, acreditada mediante certificado u otro medio considerado suficiente por la mesa de contratación.
- Tres Tramoyistas.
- Un/a Técnico/a de Iluminación, que tenga una amplia experiencia acreditada mediante certificado, u otro medio considerado suficiente, en iluminación de espacios escénicos e infraestructuras teatrales similares a las del Teatro Xxxxx xx Xxxxx, no inferior a tres años.
- Un/a Técnico/a de sonido que tenga una amplia experiencia acreditada mediante certificado, u otro medio considerado suficiente, en sonido de espacios escénicos e infraestructuras teatrales similares a las del Teatro Xxxxx xx Xxxxx, no inferior a tres años. Esta función podrá ser desempeñada por otro miembro del personal de la empresa que reúna esta misma experiencia, siempre que la organización del trabajo que realice el empresario permita satisfacer las necesidades recogidas en este contrato sin menoscabo de las mismas.