CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
AMABLE No. 044 DE 2015
CONTRATANTE: AMABLE Empresa Industrial y Comercial del Estado
NIT 900.333.837-1
CONTRATISTA: XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Cédula 79.136.169
Entre los suscritos a saber: AMABLE Empresa industrial y Comercial del Estado del orden Municipal de Armenia, identificada con NIT N° 900.333.837-1, domiciliada en Armenia, en la Xxxxxxx 00 # 00-00 xxxx 0x xxx Xxxxxx Administrativo Municipal y representada legalmente por el ingeniero XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Armenia Q., identificado con la cédula de ciudadanía N°71.780.835, en su calidad de Gerente (E), debidamente facultado para celebrar contratos con base en lo señalado en el artículo 11 numeral 3 literal c) de la ley 80 de 1993, en concordancia con los artículos 18 y 21 de los estatutos de la Empresa Industrial y Comercial del Estado AMABLE, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE de una parte, y de la otra, XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, abogado en ejercicio, identificado con C.C. N° 79.136.169, con domicilio en la Xxxxxxx 00 Xx. 00X-00 xxxxxxxxxxx 000 XXXXXXXXX xx Xxxxxxx Xxxxxxx, quien en adelante para efectos de este contrato se llamará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales contenido en las cláusulas que a continuación se señalan, previas las siguientes consideraciones: 1) Que conforme al literal h) del numeral 4, del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, procede la contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, (...). 2) Que conforme al artículo 81 del decreto 1510 de 2013, para la prestación de servicios profesionales, la entidad estatal podrá contratar directamente con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que haya demostrado la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate, sin que sea necesario que se haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita. 3) Que la Empresa Industrial y Comercial del Estado AMABLE, requiere de los servicios profesionales jurídicos para que acompañen los diferentes procesos contractuales y convenios que allí se manejan. 4) Que en cumplimiento de lo previsto en los numerales 7 y 12 del Artículo 25 de la Ley 80 de 1993, se realizaron los estudios previos, en los cuales se analizó la conveniencia, necesidad y la oportunidad para celebrar este contrato. 5) Que en la Empresa Industrial y Comercial del Estado el orden municipal “AMABLE, no se cuenta con la planta de servidores públicos suficientes para desarrollar los componentes del sistema. 6) Que para el cumplimiento del objeto de AMABLE y del documento CONPES 3572 de 2009, es necesario contar con el apoyo profesional suficiente para el desarrollo de las actividades Jurídicas contractuales en el desarrollo del proyecto sistema estratégico de transporte público. 7) Que en virtud de lo anterior se invitó al abogado Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx a presentar oferta para la prestación del servicio. 8) Que una vez presentada la oferta y verificados los documentos aportados por el proponente se evidenció que cuenta con la idoneidad y experiencia suficientes para desarrollar el objeto del contrato, razón por la cual es pertinente suscribir el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. OBJETO: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA BRINDAR APOYO JURÍDICO EN LA ACTIVIDAD CONTRACTUAL DEL PROYECTO SETP Y EN LA DEFINICION Y SEGUIMIENTO DE LOS ACUERDOS CON LAS EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS. SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: A. DEL CONTRATISTA: 1)
Brindar acompañamiento jurídico en la formulación de los estudios previos y pliegos de condiciones de los procesos de contratación del proyecto sistema estratégico de transporte
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público. 2) Apoyar a la gerencia en el proceso de definición de requisitos habilitantes y factores de evaluación en los procesos de selección del proyecto SETP. 3) Atender jurídicamente y dentro de la oportunidad xx xxx las observaciones que se presenten a los procesos de selección, tanto en la etapa de proyecto de pliegos como en las audiencias respectivas. 4) Xxxxxxx Xxxxx jurídico en el trámite de las audiencias públicas en los procesos de selección contractual de obra pública que se adelante para el proyecto SETP. 5) Hacer parte de los comités de evaluación de propuestas para la selección de contratistas en los procesos contractuales del proyecto SETP, según designación que realice la gerencia. 6) Revisar y ajustar a la normatividad vigente y los requerimientos del proyecto SETP y de la entidad, las minutas de los contratos a suscribir para la ejecución de los componentes del SETP. 7) Aplicar los manuales de contratación del Banco Interamericano de Desarrollo, para a selección de contratistas, una vez sea obligatoria la adopción de los mismos para la ejecución del proyecto SETP. 8) Brindar apoyo jurídico en la elaboración de actos administrativos, oficios, respuestas a derechos de petición y documentos que deba emitir la entidad. SETP. 9) Atender y resolver jurídicamente las solicitudes de modificación de contratos que presenten los contratistas de AMABLE E.I.C.E. 10) Acompañar a la gerencia en las reuniones en que sea requerida asistencia jurídica y en que esta participe respecto del proyecto SETP, tanto dentro como fuera de la ciudad de Armenia. 11) Cuando con causa o con ocasión de las obligaciones contractuales, el contratista requiera desplazarse fuera de la ciudad de Armenia, deberá suministrar copia de la convocatoria y certificación de asistencia a la reunión o actividad del SETP, dentro de los tres (3) días siguientes al desplazamiento, para el reconocimiento y pago de los gastos del mismo. 12) Prestar acompañamiento jurídico en el proceso de actualización del plan de adquisiciones de la entidad.
13) Acompañar a la gerencia en el proceso de concertación de actividades de las empresas de servicios públicos domiciliarios en los sitios destinados para intervención por el SETP. 14) Emitir conceptos jurídicos que impulsen el cumplimiento de las obligaciones de reposición y renovación de redes a cargo de las empresas de servicios públicos domiciliarios (E.S.P.) 15) Asistir y convocar a reuniones con las empresas prestadoras de servicios domiciliarios para coordinar su trabajo en los sitios de intervención del SETP. 16) Presentar informes de las actividades desarrolladas durante el período ejecutado en desarrollo del objeto contractual. 17) Afiliarse al sistema de seguridad social integral, y mantener los pagos al día durante la ejecución del contrato de prestación de servicios. 18) Xxxxxxx y asumir el compromiso de aplicar en todos sus comportamientos el Código de Ética de Amable E.I.C.E. 19) Conocer e implementar los procesos que le sean aplicables al Sistema de Gestión de Calidad. B. DEL CONTRATANTE: 1) Realizar el pago oportunamente y en el término estipulado en el contrato. 2) Realizar el seguimiento al cumplimiento del objeto del contrato a través del funcionario encargado de ejercer las labores de interventoría, vigilancia y control. 3) Exigir y verificar, por intermedio del funcionario designado para ejercer la vigilancia y control de la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones del contratista frente al pago de los aportes al sistema de seguridad social en salud, pensión y riesgos profesionales, así como de los aportes parafiscales (en caso de estar obligado a ello). 4) Suministrar tiquetes aéreos al contratista cuando se requiera su presencia en otra ciudad para discusión de temas jurídicos relativos al SETP. 5) Reconocer y sufragar gastos de viaje al contratista cuando requiera desplazarse fuera de la ciudad de Armenia, con causa o con ocasión de sus obligaciones contractuales, conforme a las tarifas autorizadas por ingreso mensualizado. TERCERA. VALOR Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a la suma de VEINTISEIS MILLONES DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS MCTE ($26.016.667.oo) incluido impuestos, los cuales se cancelarán mediante mensualidades vencidas de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($3.500.000.oo) cada una incluido impuestos; previa entrega a satisfacción del informe de actividades del contratista aprobado por el interventor designado para ejercer la vigilancia y control del contrato. Cada pago se realizará dentro de los tres días (3) hábiles siguientes a la aprobación del informe respectivo, mediante transferencia bancaria a la cuenta informada para tal efecto por el contratista. PARÁGRAFO: Xxxxxx realizará los descuentos correspondientes a los tributos que cause este contrato. CUARTA. PLAZO DE EJECUCIÓN: El
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plazo de ejecución del presente contrato se estipuló por el término de siete (7) meses trece (13) días, contados a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, previa expedición del registro presupuestal. QUINTA. CAPACIDAD TÉCNICA Y CONTRACTUAL: EL CONTRATISTA
declara que tiene la capacidad legal para contratar con XXXXXX E.I.C.E., de conformidad con la Ley 80 de 1993 artículo 6°. Así mismo, que tiene la idoneidad y la experiencia suficiente para cumplir las obligaciones contempladas en el presente contrato. Se anexa al presente contrato la propuesta de servicios del contratista, en la cual se acredita su capacidad técnica para la prestación del servicio. SEXTA: TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES: En el presente contrato se entienden incluidos los principios de terminación, modificación e interpretación unilaterales en los términos de los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. SÉPTIMA. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El contratista declara bajo la gravedad del juramento que no se encuentra incurso en ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en los artículos 8, 9 y concordantes de la Ley 80/93, así como en la contemplada en el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley 1474 de 2011. OCTAVA. PRESTACIONES SOCIALES: El presente contrato no causa prestaciones sociales a cargo de la entidad contratante, de conformidad con el artículo 32 numeral 3 de la ley 80/93. NOVENA. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: El contratista no podrá ceder ni subcontratar sin previa autorización escrita del Contratante (artículo 41 Ley 80/93). DÉCIMA. MULTAS: AMABLE E.I.C.E. podrá imponer al contratista multas sucesivas diarias del uno por mil del valor total del contrato, por cada día xx xxxx, deficiencias o incumplimiento de las obligaciones que adquiere con este contrato. DÉCIMOPRIMERA: PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS PARA LA EJECUCIÓN: El presente contrato se entiende perfeccionado una vez suscrito y queda legalizado una vez expedido el correspondiente registro presupuestal. DÉCIMA SEGUNDA CONTROL Y VIGILANCIA Y/O SUPERVISION: El seguimiento de este contrato lo ejercerá quién designe la Gerencia de la Empresa, quien tendrá las siguientes funciones: a) Verificar el cumplimiento de las obligaciones, b) Verificar la afiliación al sistema de seguridad social y el correcto cumplimiento de los aportes en salud, pensión y riesgos profesionales, c) Certificar el cumplimiento a satisfacción de las obligaciones, para cada uno de los pagos. d) Enviar a Amable E.I.C.E. Copias de los aportes al sistema de seguridad social, informes de actividades y demás actas que surjan en cumplimiento del objeto del contrato. DÉCIMOTERCERA. DOMICILIO Y LEYES: Para todos los efectos legales el domicilio es la ciudad de Armenia Quindío. Este contrato se rige por las normas civiles, la ley 80 de 1993, así como por la Ley 1150 de 2007 y el decreto 1510 de 2013. DÉCIMOCUARTA: IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL. El presente contrato se cancelará con base en la disponibilidad presupuestal No. 0132 del 14 xx xxxx de 2015, correspondiente al rubro gerencia del proyecto Personal de Apoyo Técnico Nro. 230920. DÉCIMOQUINTA: CADUCIDAD: En caso de incumplimiento del contratista que pueda afectar de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie que pueda conducir a su paralización, AMABLE E.I.C.E. podrá declarar la caducidad del mismo, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 18 de la ley 80 de 1993. DÉCIMOSEXTA: AUTONOMÍA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA: EL CONTRATISTA actúa con
autonomía administrativa y financiera en el cumplimiento de sus obligaciones y, en consecuencia, no contrae relación laboral alguna con AMABLE E.I.C.E. DÉCIMOSÉPTIMA: PENAL PECUNIARIA: El incumplimiento parcial o total del contratista de las obligaciones emanadas de este contrato, tiene como sanción una pena pecuniaria equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. DÉCIMOCTAVA: AFILIACIÓN A SEGURIDAD SOCIAL. Será responsabilidad del contratista afiliarse a salud y pensión, como lo estipula la ley 797 de 2002 y sus Decretos Reglamentarios. Será afiliado por la entidad al sistema de riesgos laborales, pero en todo caso, el contratista asumirá el pago de sus aportes en los términos xx xxx. DÉCIMONOVENA LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, no es obligatoria la liquidación de este contrato. VIGESIMA. CLAUSULA DE INDEMNIDAD: El contratista se obliga a mantener indemne a AMABLE E.I.C.E. de cualquier reclamación proveniente de terceros que tengan como causa las actuaciones del contratista con
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ocasión de la ejecución de este contrato. En constancia se firma el presente contrato en Armenia Quindío, a los diecinueve (19) días del mes xx xxxx de 2015.
XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX
Gerente (E)
Contratante
XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX
Contratista
Contrato de prestación de servicios Profesionales No. 044 Proyectó y Elaboró: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Revisó parte jurídica: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
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