Contract
DOCUMENTO DESCRIPTIVO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y CONTROL DE ACCESO DE LAS PISCINAS MUNICIPALES DE EL TORMILLO Y EXPLOTACIÓN DEL BAR, DURANTE LA TEMPORADA ESTIVAL DE 2019
I.- OBJETO.-
Tiene por objeto la adjudicación del contrato de servicios para la limpieza, mantenimiento y control de acceso de las piscinas municipales de El Tormillo y explotación del bar durante la temporada estival de 2019; la persona que resulte adjudicataria deberá hacerse cargo de la limpieza y vigilancia de las instalaciones, así como de su mantenimiento y el control de acceso de la piscina.
II.- FORMA DE ADJUDICACION.-
La adjudicación se realizará por procedimiento abierto, adjudicándose el contrato a la oferta más ventajosa, único criterio de adjudicación, a la baja, siempre que reúna los requisitos legales para contratar con el Ayuntamiento.
III.- CELEBRACION.-
La apertura de proposiciones tendrá lugar en la Casa Consistorial del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Alcofea, al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de ofertas.
IV.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES.-
Las proposiciones se presentarán en dos sobres en la Secretaría General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Alcofea, en días y horas hábiles, dentro de los ocho días hábiles desde el día la publicación del anuncio en el Perfil del Contratante.
El sobre A contendrá las referencias del licitador con:
- Fotocopia del documento de identidad (DNI, CIF, NIE).
- Declaración de no hallarse incurso en causa alguna de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración.
- Justificante de alta en autónomos.
El sobre núm. B comprenderá la oferta económica, según proposición que deberá ajustarse al MODELO que se incluye al final de este documento.
V.- APERTURA DE PLICAS.-
Una vez transcurrido el plazo de presentación de proposiciones, y previo examen de la documentación contenida en el sobre núm. A, el Ayuntamiento resolverá sobre la admisión o exclusión de los licitadores y acto seguido procederá a la apertura del sobre núm. B de los licitadores admitidos.
Se acordará la adjudicación provisional del contrato a la oferta que resulte más ventajosa. De dicho acto se levantará Acta con la adjudicación provisional, y el órgano de contratación acordará la resolución sobre la adjudicación definitiva, la cual será notificada directamente al adjudicatario.
En la propia notificación al adjudicatario se le citará para que el día y hora que se le indique concurra a la formalización del oportuno contrato.
En el supuesto de no resultar admitida ninguna proposición o ser declarado desierto el procedimiento, cuyos acuerdos deberán estar debidamente justificados por consideraciones referentes a la plena garantía de capacidad y solvencia que el Ayuntamiento debe asegurar para el buen ejercicio y funcionamiento del servicio objeto del contrato, quedará expedita la contratación de este servicio y por el mismo período y condiciones establecidas en este Documento mediante una negociación y una adjudicación directa.
VI.- PLAZO DEL CONTRATO.-
El plazo de vigencia de este contrato comprenderá el período que va del 15 xx xxxxx al 8 de septiembre de 2.019 (incluidos).
El licitador que resulte adjudicatario se compromete a mantener abiertas al público las instalaciones durante el período de tiempo indicado, en horario de 10:30 a 20:30 h.
En el supuesto de que las inclemencias climatológicas o la ausencia total de usuarios aconsejaran el cierre de las instalaciones en cualquier momento o con anterioridad al 8 de septiembre, deberá ser el Ayuntamiento quién así lo acuerde.
VII.- PRECIO DE LICITACION.-
El precio del contrato será de 5000,00 euros iva incluido, pudiendo ser mejorado dicho tipo A LA BAJA por los licitadores, como criterio de la adjudicación.
El Adjudicatario recibirá además el 20 por 100 de la cantidad que resulte de la venta de entradas y abonos, de acuerdo a la tasa aprobada.
VIII.- CONDICIONES DE LOS LICITADORES.-
Podrán tomar parte en el concurso las personas que tengan más de 18 años y no excedan la edad de jubilación, dadas de alta como autónomas.
No podrán realizarse las tareas objeto de este contrato por personas distintas al adjudicatario, salvo autorización expresa del Ayuntamiento en este sentido, que en ningún caso será referida a personas no incluidas en las edades a que se ha hecho referencia.
IX.- CONDICIONES ESPECIALES DE GESTIÓN.-
A) Tener en pleno funcionamiento y en perfecto estado de conservación la maquinaria e instalaciones. A la conservación del material depositado. A tener en las debidas condiciones higiénico-sanitarias el conjunto xxx xxxxxxx, siendo de su cuenta sólo el material de limpieza necesario. Y a mantener el orden y hacer cumplir las normas de régimen interno destinadas a los usuarios de las Piscinas.
A) Llevar todos los controles de la cloración y depuración del agua, sus debidas condiciones en todo momento. Llevar todas las anotaciones necesarias en los Libros de Registro. Y realizar la limpieza diaria de las instalaciones.
B) El adjudicatario, durante la duración del contrato y para garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones, responderá de cuantos desperfectos pudieran causarse por negligencia o falta de vigilancia, debiendo hacerse cargo de los mismos, salvo en los supuestos de fuerza mayor que vienen contemplados en la normativa vigente de contratación de las Entidades Locales.
C) El Ayuntamiento se reserva la potestad de rescindir el contrato por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en este Pliego o en el mismo contrato para el debido funcionamiento del servicio, pudiendo contratar directamente el resto del período. En el supuesto de rescisión del contrato el
adjudicatario deberá revertir en el Ayuntamiento las cantidades que hasta la fecha hubiera percibido por los conceptos de entradas y abonos.
D) El adjudicatario deberá justificar y poner en conocimiento del Ayuntamiento el número de entradas y abonos vendidos a efectos del seguimiento del servicio y liquidación de los derechos establecidos en este Documento.
E) El adjudicatario efectuará diariamente los análisis del agua, procediendo a su anotación en los Libros de Registro, y deberá facilitar los datos relativos al control de calidad de las aguas cuando le sean solicitados por personal competente.
F) Serán a cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Alcofea los gastos de cloración y tratamiento de las aguas, así como la compra de recibos para entradas y abonos.
G) El Adjudicatario podrá EXPLOTAR EL SERVICIO DE BAR e instalar máquinas frigoríficas sin rebasar nunca la potencia contratada disponible en las instalaciones.
H) El adjudicatario dispondrá de un plazo de SIETE DIAS desde el cierre de las instalaciones al público para devolver las llaves de las mismas. Dichas instalaciones deberán estar en perfecto estado por lo que, transcurrido el plazo anterior, el Ayuntamiento procedería al acondicionamiento y la limpieza, siendo los gastos por cuenta del adjudicatario.
X.- FORMA DE PAGO.-
El adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento el importe de la venta de entradas y abonos cada QUINCE DÍAS, recibiendo en cada entrega el 20 por 100.
El Ayuntamiento abonará al adjudicatario en tres pagos el importe del contrato formalizado.
XI.- JURISDICCION.-
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Documento, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las
Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxx Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y esté vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 817/2009; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En Xxxxxxx de Alcofea, a 29 xx xxxx de 2.019.
LA ALCALDESA,
Firmado por 17997739D XXXXX XXXXXXX XXXXXX
(R: P2224200B) el día 29/05/2019 con un certificado emitido por AC Representación
Xxxxxxx Xxxxxx Alós
MODELO DE PROPOSICION
D. , mayor de edad, vecino
de con domicilio en Cl/Pl
nº , con DNI/NIF/NIE nº , actuando en nombre propio, Teléfono , mail ,
DECLARA, bajo su personal responsabilidad, no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración, estar al corriente de sus obligaciones tributaria o de Seguridad Social, no ser deudor del Ayuntamiento xx Xxxxxxx de Alcofea.
Y en virtud a ello
SOLICITA se le tenga por licitador en la licitación anunciada por el Ayuntamiento de Peralta de Alcofea para el Servicio de las Piscinas Municipales de El Tormillo, campaña 2.019, aceptando todas y cada una de las condiciones señaladas en el Pliego y se compromete a ser contratado por la cantidad de
euros (en número y letra)
En , a de de 2.01 .- El/La Proponente,
Fdo: .-