CONVENIO DE ADHESIÓN DE CAIXABANK, S.A. AL FORO DE EMPRESAS POR MADRID
CONVENIO DE ADHESIÓN DE CAIXABANK, S.A. AL FORO DE EMPRESAS POR MADRID
REUNIDOS
De una parte, el Ayuntamiento de Madrid, CIF X0000000X, y con domicilio a los efectos del presente Convenio en la xxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 0, 00000 xx Xxxxxx, representado por D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Concejal Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, conforme al Decreto xxx Xxxxxxx de 15 xx xxxxx de 2019 por el que se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, a los Tenientes xx Xxxxxxx, a los titulares de las Áreas de Gobierno y a los Concejales Presidentes de los Distritos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el apartado 3º, punto 1.8 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 27 xx xxxxx de 2019, por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo y se delegan competencias en su titular.
De otra parte, la Compañía mercantil CAIXABANK S.A., con domicilio social Valencia, xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxx 0 x 0, y con CIF X00000000, constituida con la denominación inicial de “Grupo de Servicios, S.A.” mediante escritura pública otorgada ante el Notario de Barcelona D. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx con número 2375 de su protocolo, el día 12 de diciembre de 1.980. Dicha Sociedad, tras varios cambios de denominación, en fecha 19 de julio de 2.007, adoptó la denominación de “CRITERIA CAIXACORP, S.A.” como consecuencia de la fusión por absorción de MICROBANK DE LA CAIXA, S.A.U. por CRITERIA CAIXACORP, S.A. mediante
escritura de fusión otorgada el 30 xx xxxxx de 2.011, ante Notario de Barcelona D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, con nº 2.685 de su protocolo, cambiando su denominación social por la actual, en la misma escritura, siendo inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona. Esta sociedad está representada por Xxx
…………………………………………………., mayor de edad, con NIF nº …………………………………..
en su condición de Apoderado por escritura ante el Notario de Barcelona D. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el 20 de julio de 2012 nº de protocolo 2.936, cuyas facultades representativas declara expresamente vigentes por no haber sido modificadas, revocadas ni suspendidas.
Ambas partes en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan se reconoce mutuamente la capacidad legal suficiente y la competencia para la celebración de este acto y a tal efecto:
EXPONEN
I. Que el Ayuntamiento de Madrid por Decreto de la Alcaldesa de 22 xx xxxxx de 2013 ha creado el Foro de Empresas por Madrid como órgano de asesoramiento y coordinación entre el Ayuntamiento de Madrid y el tejido empresarial de la Ciudad de Madrid.
II. Que la misión del Foro de Empresas por Madrid es la de compartir conocimientos, intercambiar ideas, potenciar sinergias, sumar recursos y unir fuerzas entre el Ayuntamiento de Madrid y el tejido empresarial comprometido con la Ciudad de Madrid, para incentivar, estructurar y coordinar la participación empresarial como elemento impulsor en el desarrollo de una estrategia de ciudad que redunde en la creación de valor añadido para ambas partes y que tenga como beneficiario final al ciudadano en un marco sostenible.
III. Que el Ayuntamiento de Madrid junto con las empresas que participan en el Foro de Empresas por Madrid y en el seno de éste, ha establecido los necesarios valores de estabilidad y continuidad y ha fomentado la interlocución entre el Ayuntamiento y las empresas, siendo éste Foro el instrumento de diálogo en el que se comparten y aportan soluciones y mejoras al modelo de participación empresarial, profundizando así en la innovación y mejora constante del modelo.
IV. Que la empresa CAIXABANK, S.A. ha manifestado al Ayuntamiento de Madrid el interés en suscribir el presente convenio de adhesión, acreditando las exigencias establecidas en el artículo 14 del Decreto de creación y funcionamiento del Foro de Empresas por Madrid.
V. Que dada la coincidencia de intereses, las partes firmantes acuerdan la suscripción del presente convenio de adhesión de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO.
El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la adhesión de CAIXABANK,
S.A. al Foro de Empresas por Madrid (en adelante el Foro de Empresas) y especificar los derechos y obligaciones de las partes, con la finalidad de garantizar el cumplimiento del Decreto de la Alcaldesa de Madrid de 22 xx xxxxx de 2013 de Creación y Funcionamiento del Foro de Empresas por Madrid (en adelante el Decreto).
SEGUNDA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
Son derechos del Ayuntamiento de Madrid conforme al artículo 16.1 del Decreto los siguientes:
1. Establecer la aportación anual inicial y las siguientes a que se refiere el artículo 17.
2. Percibir la aportación.
3. Admitir a las empresas que soliciten formar parte del Foro de Empresas.
4. Proponer los proyectos de Ciudad para su estudio, asesoramiento o materialización en el ámbito del Foro de Empresas.
Son obligaciones del Ayuntamiento de Madrid conforme al artículo 16.2 del Decreto las siguientes:
1. Aplicar las aportaciones a las funciones del Foro de Empresas y a la financiación de los proyectos aprobados por el Pleno.
2. Velar por el correcto cumplimiento de los objetivos del Foro de Empresas.
3. Facilitar los medios necesarios para el funcionamiento del Foro de Empresas.
TERCERA. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA.
Son derechos de la Empresa conforme al artículo 15.1 del Decreto los siguientes:
1. Participar con voz y voto en las sesiones del Foro de Empresas.
2. Acceder a la documentación que obre en poder del Foro de Empresas.
3. Disponer de los documentos y trabajos correspondientes, así como de los estudios realizados por los Grupos de Trabajo del Foro de Empresas.
4. Participar en acciones de asesoramiento y de promoción.
5. Participar de forma directa en proyectos de ciudad a través de acciones específicas.
6. Hacer uso de los retornos de imagen, retornos en publicidad y comunicación y retornos institucionales provenientes de la actividad del Foro.
Son obligaciones de la Empresa conforme al artículo 15.2 del Decreto las siguientes:
1. Abonar las aportaciones que se establezcan para el funcionamiento del Foro de Empresas y actuaciones aprobadas por su Pleno. Dichas aportaciones tendrán carácter finalista afectadas a estos destinos.
2. Aportar al Foro de Empresas información, documentación, estudios y cualquier otra documentación que pueda servir a los fines del mismo.
3. Comunicar al Foro de Empresas cualquier modificación que se produzca en la empresa (fusión, absorción, cambios de domicilio social, etc…).
4. Cumplir lo establecido en este Decreto y en las normas de funcionamiento interno que se aprueben.
CUARTA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES SOBRE EL USO DE MARCAS Y LOGOTIPOS.
CAIXABANK, S.A. podrá usar la marca o logotipo “Foro de Empresas por Madrid” conforme al Manual de Marca elaborado por el Ayuntamiento de Madrid, que se adjunta como Anexo I.
CAIXABANK, S.A. se compromete asimismo a no usar la marca o logotipo “Foro de Empresas por Madrid” de manera que perjudique el prestigio y la buena imagen del mismo.
El Ayuntamiento de Madrid podrá usar las marcas o logotipos propiedad de CAIXABANK, S.A., que figuran recogidos en el Anexo II del presente convenio para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este convenio.
El Ayuntamiento de Madrid se compromete asimismo a no usar la marca o logotipo de CAIXABANK, S.A. de manera que perjudique el prestigio y la buena imagen de la misma.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, ninguna de las partes podrá utilizar ningúna marca o logotipo que no haya sido autorizada por la otra parte en la difusión de los programas.
Los anteriores derechos terminarán en la fecha de finalización del Convenio.
QUINTA. APORTACIÓN
La aportación se fija en 35.000 euros IVA exento (artículo 20.1.12 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) para su pago.
Las aportaciones se incluirán en el estado de ingresos del Ayuntamiento de Madrid en la aplicación presupuestaria 001/140/924.02/470.01 “Foro de Empresas” del Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento de Madrid para el ejercicio 2020 y financiaran el funcionamiento del Foro de Empresas.
Estas aportaciones tendrán la consideración y naturaleza de ingreso no tributario de derecho privado de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales y el artículo 43 del Real Decreto 500/90 de 20 xx xxxxx, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos
SEXTA. PAGO
La aportación tendrá carácter anual y se ingresará en metálico y en un único pago dentro de los treinta primeros días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha del convenio de adhesión al Foro de Empresas, en la Tesorería del Ayuntamiento de Madrid mediante transferencia bancaria al nº de cuenta IBAN: XX00 0000 0000 0000 0000 0000 a nombre del Ayuntamiento de Madrid.
SEPTIMA.- INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y COMPROMISOS.
El presente convenio se extinguirá por incumplimiento de las obligaciones asumidas por cada una de las partes y lleva consigo la pérdida de la condición de miembro del Foro.
Asimismo, el incumplimiento de las condiciones establecidas para el pago de la aportación dará lugar al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la xxxx mediante la liquidación de los intereses que se generen liquidados al tipo vigente del interés legal del dinero.
OCTAVA.- SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL.
La secretaría técnica del Foro asumirá las funciones de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio conforme a lo dispuesto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en relación con el artículo 9 del Decreto de creación y funcionamiento del Foro de Empresas, siendo el Pleno del Foro el órgano de control mediante la aprobación del estado anual de las cuentas representativo del resultado de la gestión económica realizada en relación las aportaciones satisfechas por todos los miembros adheridos.
Las cuestiones de interpretación y cumplimiento se resolverán conforme a lo previsto en la Disposición Final primera del Decreto de creación y funcionamiento del Foro de Empresas.
NOVENA. VIGENCIA Y CAUSAS DE EXTINCIÓN.
El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el día de su firma y se extenderá hasta el 31 de diciembre del año 2020, pudiéndose prorrogar de forma expresa hasta un máximo de cuatro años adicionales.
El Convenio se extinguirá por las siguientes causas de resolución y previa denuncia:
- El incumplimiento de las obligaciones asumidas por cada una de las partes.
- Por cualquiera de las causas de resolución previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y por la pérdida de la condición de miembro recogida en el artículo 18 del Decreto.
- Por la desaparición del Foro de Empresas por Madrid.
La extinción del convenio lleva consigo la pérdida de la condición de miembro del Foro, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto.
DÉCIMA.- MODIFICACION DEL CONVENIO.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquier modificación que afecte al contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
UNDÉCIMA.- NATURALEZA JURÍDICA Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El presente Xxxxxxxx se encuentra excluido del ámbito de aplicación xxx Xxx 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo previsto en el artículo 6.2 de dicho texto legal.
Le será de aplicación el régimen jurídico establecido en la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local; en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid. No obstante, las dudas y lagunas que pudieran surgir en su ejecución se resolverán de acuerdo a los principios establecidos en la misma, de acuerdo con lo previsto en su artículo 4.
Para cuantas cuestiones litigiosas puedan surgir en su interpretación y cumplimiento, las partes se someten, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
5.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a dicha Jurisdicción que será la competente para resolver.
Y en prueba de conformidad se firma por duplicado ejemplar en el lugar y fecha indicados
Por el Ayuntamiento de Madrid Por la Empresa
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx ………………………………………….