PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO SIC No. 59 DE 2011 - CONCUROS DE MERITOS
PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES
PROCESO SIC No. 59 DE 2011 - CONCUROS DE MERITOS
La Superintendencia de Industria y Comercio, requiere contratar la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato que resulte adjudicado en el proceso de Licitación pública N° 51 de 2011, de conformidad con los requerimiento técnicos, metodología, plan y cargas de trabajo establecidas en el anexo técnico.
Bogotá D.C Septiembre de 2011
NOTA IMPORTANTE
Este pliego de condiciones ha sido elaborado siguiendo los postulados señalados por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, Decreto 2474 de 2008, Decreto 4828 modificado por el 2493 de
2009, el 1464 de 2010, el decreto 3806 de 2009, el decreto 2473 de 2010 y demás normas que la modifican, complementan o adicione y con arreglo a los principios consagrados en el artículo 209 de la Constitución Política, en el Código Contencioso Administrativo, en la Ley 489 de 1998, las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio que le sean aplicables; para tal efecto, se han realizado los estudios previos con base en los requerimientos de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, los cuales se plasman en las condiciones del presente pliego.
Teniendo en cuenta el objeto y la cuantía del proceso, la presente convocatoria se desarrollará a través de la modalidad de Licitación Pública.
En cuanto sean compatibles con la finalidad y los principios de la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, las normas que rigen los procedimientos y actuaciones en la función administrativa serán aplicables en las actuaciones contractuales y a falta de éstas, regirán las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.
Se solicita seguir en la elaboración de la propuesta la metodología señalada en este pliego, con el objeto de obtener claridad y ofrecimientos de la misma índole que permitan una selección objetiva, transparente y responsable y así evitar la declaratoria de desierta de esta selección.
Se recuerda a los proponentes, que de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el particular que contrata con el Estado adquiere la calidad de colaborador del mismo, en el logro de sus fines y por lo tanto, cumple una función social que implica obligaciones, sin perjuicio de los derechos que la misma ley le otorga.
Igualmente, para efectos de la responsabilidad penal, los contratistas se consideran particulares que cumplen actividades de carácter público en todo lo concerniente a la celebración, ejecución y liquidación del contrato, razón por la cual están sujetos a la responsabilidad que en esta materia señala la ley para los servidores públicos.
Por lo anteriormente expuesto, se recomienda a los aspirantes para participar en esta selección, leer debidamente el presente pliego de condiciones y seguir las instrucciones en él consagradas.
RECOMENDACIONES INICIALES
1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento.
2. Verifique, en forma exhaustiva, que no esté incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades generales ni específicas para contratar.
3. Cerciórese que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados.
4. Proceda a reunir la información y documentación exigida
5. Tenga en cuenta el presupuesto oficial establecido para esta selección.
6. Cumpla las instrucciones que en este pliego de condiciones se imparten para la elaboración de su propuesta.
7. Revise la póliza de seriedad de la propuesta y verifique que:
7.1 Sea otorgada a favor de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
7.2 Como tomador, que figure su razón social completa, e incluir la sigla; siempre y cuando ésta también figure en el correspondiente certificado de existencia y representación legal.
7.3. El valor asegurado corresponda al fijado en este documento.
7.4. La vigencia corresponda a lo estipulado en este documento.
7.5. El OBJETO y EL NÚMERO de esta selección, coincida con el de la propuesta que presente.
7.6. Esté suscrita por el TOMADOR – PROPONENTE – AFIANZADO.
8. Identifique su propuesta, tanto el original como las copias en la forma indicada en este documento.
9. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre de la presente Licitación Pública, EN NINGÚN CASO SE RECIBIRÁN PROPUESTAS RADICADAS FUERA DEL TÉRMINO PREVISTO.
10. Toda consulta debe formularse por escrito radicada en el Centro de Documentación e Información Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xxxx 0 o enviada vía e-mail a través de los correos, cuya direcciones electrónicas son xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y/o xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xxx.xx. No se atenderán consultas telefónicas ni personales. Ningún convenio verbal con el personal de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, antes, durante o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos o condiciones y obligaciones aquí estipuladas.
11. Toda comunicación enviada por los proponentes debe ser dirigida a nombre de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Dirección Administrativa y Financiera- Grupo de Contratación y radicada en la Carrera 13 No. 27-00 piso 3, dentro del horario comprendido entre las 8:00 a.m. y 4:30 p.m.
12. Los proponentes, con la sola presentación de su propuesta, AUTORIZAN A LA SUPERINTENDENCIA
DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PARA VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN SUMINISTREN.
QUE EN ELLA
13. Cuando se presente una presunta falsedad, en la información suministrada por el proponente, o en la de uno de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal, acorde con las exigencias o requisitos establecidos en el pliego de condiciones, la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO podrá rechazar la propuesta y/o dar aviso a las autoridades competentes, previa evaluación de la Entidad.
14. El contenido xxx xxxxxx de condiciones debe ser interpretado integralmente.
DEFINICIONES, SIGNIFICADO DE TÉRMINOS PARA EL PRESENTE PROCESOS DE SELECCION
Donde quiera que, en los documentos del presente proceso de selección y del contrato, se encuentren los siguientes términos, tendrán el significado que se les asigna a continuación:
Superintendencia de Industria y Comercio: Organismo de carácter técnico con personería
jurídica, que goza de autonomía administrativa, financiera, presupuestal y cuenta con patrimonio propio.
Proponente: Es la persona natural, persona jurídica que en forma individual o en Consorcio o Unión Temporal, presenta dentro de la oportunidad señalada para el efecto, una oferta.
Documentos del proceso de selección: Son los que contienen la información general y particular y las instrucciones para los proponentes.
Pliegos de condiciones: Los pliegos de condiciones y los demás documentos expedidos por la
Superintendencia en desarrollo de la presente convocatoria, conforman las disposiciones de
obligatorio cumplimiento para los proponentes, el contratista y la entidad. Vencida la oportunidad para la modificación o aclaración de dichos documentos, los mismos serán aplicables tal y como fueron expedidos.
Adenda: Es el documento que se expedirá con el fin de aclarar, modificar o precisar los pliegos de condiciones de esta convocatoria, que se emitan con posterioridad a su expedición, y que formarán parte del mismo.
Verificación de cumplimiento de Requisitos Habilitantes: Para efectos del pres nte proceso de
selección se entiende por verificación de requisitos habilitantes, el estudio y demás actividades mediante las cuales se comprueba el cumplimiento de la propuesta en relación con las exigencias jurídicas, financieras y técnicas establecidas en los pliegos de condiciones, las cuales no se les otorga puntaje.
Ponderación: Para efectos del presente proceso de selección se ponderarán las ofertas habilitadas en el análisis jurídico, financiero y técnico, según sea el caso. La ponderación se efectuará aplicando las fórmulas o puntajes establecidos en el capítulo respectivo.
Propuesta Rechazada: Es la propuesta que carece de los requisitos habilitantes y en consecuencia no puede ser ponderada o aquella que fue presentada extemporáneamente.
Contratista: Es el proponente cuya propuesta ha sido adjudicada por la Superintendencia y con quien se ha celebrado el contrato.
Contrato: Es el instrumento legal convenido y aceptado tanto por la Superintendencia como por el contratista, para ejecutar el objeto y obligaciones del mismo, el cual será Ley para las partes.
Documentos del contrato:
independientemente que estén
Son aquellos que forman parte integrante contenidos en otros documentos y que por
del contrato su naturaleza
complementen, aclaren o particularicen condiciones especiales a tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato.
Modificación del Contrato: Es todo cambio que se presente en la ejecución del contrato sobre:
especificaciones, cantidades, plazos, valor, o cualquier otro aspecto fundamental ejecución.
Adición:Cuando la modificación implique la adición en el valor.
que afecte su
Prórroga: Cuando la modificación implique aumento en el plazo.
Aclaraciones: Cuando las modificaciones no afecten el valor o el plazo del contrato estas se
consignarán en actas suscritas por las partes, salvo en el caso de errores mecanográficos, de
trascripción o de copia, debidamente comprobados, donde la aclaración la firmará únicamente la Superintendencia y podrá colocarse como nota marginal de la minuta que contenga el texto a aclarar.
Supervisor: Para el presente proceso de selección la Superintendencia de Industria y Comercio nombrará como supervisor del contrato de prestación de servicios, la Coordinadora del Grupo de Trabajo de Administrativo o la persona que la ordenadora del gasto designe.
Quien vigilará, controlará, verificará y colaborará en la ejecución del contrato y tiene el propósito de asegurar al máximo el cumplimiento del objeto contractual, los fines de la contratación y la satisfacción de los intereses de la Entidad mediante la obtención del fin perseguido.
De conformidad con la Resolución interna de la entidad número 14261 del 02 xx xxxx de 2008, por
la cual se establecen las funciones de los supervisores y/o interventores de los contratos y
convenios que celebre la Superintendencia de Industria y Comercio, modificada por la Resolución 41576 del 24 xx xxxxxx de 2009.
Propuesta económica: Es el resultado de la sumatoria de los valores totales de cada uno de los ítems de la convocatoria, incluido el IVA y los demás valores y costos directos e indirectos causados. Es el valor total de la propuesta.
Valor del contrato: El valor total del contrato será igual al de la oferta seleccionada.
Certificación: Todo documento escrito expedido por una persona competente que da fe de algo que se pretende probar.
Adjudicación: Es la decisión emanada de la Superintendencia por medio de la cual determina
el(los) adjudicatario(s) del(los) contrato(s), y quien(es) en consecuencia corresponderá, como
derecho y obligación la suscripción del(los) mismo(s).
Adjudicatario: Es el proponente(s) que resulte(n) favorecido(s) de la adjudicación.
Día(s) corriente(s) o Día(s) calendario: Es cualquier día del calendario, entendido como el espacio de tiempo de 24 horas, sin tener en cuenta si se trata de un día hábil o inhábil. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes pliegos de condiciones resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
Día(s) hábil(es): Es cualquier día comprendido entre el lunes y el viernes de cada semana entre las
8:00 a.m. y las 5:00 p.m., excluyendo de éstos los días festivos determinados por Ley en la
República de Colombia. En el evento en que la fecha en que finalice un plazo establecido en los presentes pliegos de condiciones resulte ser un sábado x xxxxxxx u otro día inhábil, el último día de tal período o la fecha correspondiente, se trasladará al día hábil siguiente.
Cómputo de términos: Para efectos de la presente convocatoria, se aclara que los términos
expresados en días y horas se computarán desde la hora en que inicia el término y vencerán el último segundo de la hora inmediatamente anterior a la fecha y hora fijada para la respectiva actuación.
Cuando la prórroga de los términos conlleve fracciones de día, se tendrá en cuenta que éstas se
contarán a partir del segundo
siguiente al vencimiento del respectivo término y
que cada día
calendario conlleva 9 horas hábiles, entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m.
Inconsistencia: Falta de consistencia entre la información, manifestación o documentos
presentados en la propuesta, frente al estudio que realice directamente la entidad de la información, manifestación o documentos aportados con la propuesta.
Inexactitud: Falta de exactitud en algún dato contenido en un documento o información aportada por el proponente.
Propuesta total: Se tendrá como tal, la que se refiera a la totalidad del objeto de la presente convocatoria y se ajuste a las especificaciones y requerimientos mínimos.
Propuestas parciales y adjudicación parcial: No se aceptarán propuestas parciales y la
adjudicación igualmente no será
Costos de la preparación de
parcial.
la propuesta: Serán de cargo del Proponente todos los costos
asociados a la preparación y presentación de su propuesta, la Superintendencia en ningún caso será responsable de los mismos.
Costos de copias: La Superintendencia expedirá las copias de los pliegos de condiciones, que cualquier persona le solicite, x xxxxx del interesado, de igual forma podrá acceder a ellos mediante su consulta e impresión de las páginas WEB xxx.xxx.xxx.xx y/o en el portal unico de contratacion xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
Anexos al pliego de condiciones
Los formatos y/o anexos del presente pliego de condiciones, son los siguientes: ANEXO N° 1 Carta de presentación de la propuesta.
ANEXO N° 2A Requerimientos técnicos mínimos ANEXO N° 2B Técnico Económico
ANEXO N° 3 Factores Técnicos Ponderables ANEXO N° 4 Experiencia Técnica
ANEXO N° 7 Apoyo a la Industria Nacional
ANEXO N° 9 Conformación de Consorcio /Conformación Uniones Temporales ANEXO N° 10 Capacidad de Contratación
ANEXO N° 11 Certificación de pagos de seguridad social y aportes parafiscales ANEXO N° 12 Transparencia
ANEXO N° 13 Minuta del Contrato
No obstante, si el proponente considera que es conveniente para complementar su propuesta anexar
otra información adicional a la solicitada por la Superintendencia en los Anexo y/o formatos
establecidos, podrá anexarla haciendo referencia al formato que complementa.
CAPITULO 1
CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
1.1. OBJETO: La Superintendencia de Industria y Comercio, requiere contratar la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato que resulte adjudicado en el proceso de Licitación pública N° 51 de 2011, de conformidad con los requerimiento técnicos, metodología, plan y cargas de trabajo establecidas en el anexo técnico, y el presente pliego de condiciones
1.2 OBLIGACIONES CONTRACTUALES:
1.2.1 OBLIGACIONES GENERALES:
GENERALES
1. Realizar la Interventoría del contrato que resulte adjudicatario de la Licitación Pública N° 51 de 2011. mediante la cual se pretende contratar el diseño, adecuación, remodelación y puesta en funcionamiento de los puestos de trabajo requeridos en la planta física donde se ubica la Entidad, de conformidad con lo ofrecido en su propuesta.
2. Dar cumplimiento a las normas y procedimientos establecidos en el manual de Interventoría de la SIC o en su caso por el supervisor del contrato de la SIC
3. Aprobar el cronograma de trabajo presentado por el contratista que resulte adjudicatario de la Licitación Pública N° 51 de 2011, de acuerdo con los lineamientos establecido para este.
4. Organizar los comités técnicos de obra y/o administrativos periódicamente y citar a estos al
Contratista y al Supervisor del contrato de interventoría de sic, así como elaborar ls actas que resulten de los mismos.
5. Asistir a una reunión de diseño con el fin de fijar criterios y recomendaciones alcanzar parámetros y metas de diseño y construcción.
con el objeto de
6. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias que programe la SIC, para el desarrollo de la ejecución de las obra
7. Conceptuar dentro de los cinco (5) días siguientes a la iniciación de la obra, la documentación presentada por el contratista sobre el programa de ejecución de obra, y demás programas que sea necesario aprobar
8. Controlar el avance de los trabajos de acuerdo con el programa y efectuar las evaluaciones
periódicas correspondientes. Establecer los incumplimientos y recomendar las sanciones y correctivos que a ellos corresponden
9. Realizar la aprobación de la totalidad de los análisis de precios unitarios (APU) de los elementos ofertados. Si durante la ejecución del contrato resultaren elementos adicionales, deberá presentar para cada uno de ellos el análisis de precios unitarios.
10. Verificar la aprobación de la garantía del programa preliminar de obra.
11. Elaborar y presentar conjuntamente con el contratista de la obra, actas parciales, final de obra y liquidación.
12. Presentar de acuerdo con lo que se convenga con el supervisor del contrato de la sic, los informes escritos sobre el desarrollo de los trabajos, problemas presentados, soluciones y determinaciones, avances, actividades de la interventoría, etc. En forma tal que permita una visión clara y completa del estado de los trabajos.
13. Aprobar el manual de operación y mantenimiento, en el cual el contratista de la obra deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (pisos, muros, cubiertas, aparatos y demás, así como de los equipos instalados) como funcionan, como es su mantenimiento y anexar el original de las garantías de todos los bienes y equipos. Este manual contendrá en una escala reducida, pero legible, planos arquitectónicos, estructurales hidrosanitarias y de equipos especiales.
14. Ordenar en cualquier momento, que se suspenda la construcción de una obra o las obras en general, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad o de las instrucciones del Interventor a este respecto, sin que el Contratista tenga derecho a reclamo o a la ampliación del plazo de ejecución.
15. Mantener durante la ejecución del contrato, al personal que presentó en su propuesta. El cambio de cualquiera de las personas que conforman el equipo de trabajo propuesto debe ser autorizado previamente por el supervisor del contrato. Su reemplazo solo se podrá realizar por profesionales de igual o superior perfil.
16. Responder civil y penalmente tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables.
17. Liquidar el contrato de llave en mano dentro del tiempo establecido en el contrato.
18. Presentar informe final por escrito, por lo menos diez (10) días antes de la fecha de vencimiento de la interventoría.
19. Estudiar y realizar la recomendación respectiva, en caso de solicitud de prórroga del plazo del contrato, la posibilidad de concesión de la misma, con o sin aplicación de la sanción establecida, y remitir el estudio respectivo para la revisión del supervisor de Interventoria de la sic, con una anticipación mínima xx xxxx (10) días calendario antes del vencimiento del plazo inicialmente establecido. Esta prórroga se entenderá efectuada una vez el ordenador del gasto suscribas la minuta correspondiente.
20. Suscribir junto con el ordenador del gasto, en caso de ser necesario, por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, el acta de Suspensión Temporal del contrato, que deberá ser avalada con el visto bueno del supervisor del contrato de interventoria de la sic.
21. Suscribir, una vez superadas las condiciones que generaron la suspensión del contrato, el Acta de Reiniciación respectiva, conjuntamente con el Contratista y el supervisor del contrato de Interventoria de la SIC, dejando constancia del tiempo total de suspensión temporal y del vencimiento final del contrato.
22. Requerir al contratista para que modifique la garantía única constituida para amparar el contrato en caso de suspensión, suscripción de prórrogas, adiciones o modificaciones al mismo.
23. Dar cumplimiento a los requerimientos técnicos mínimos
24. Todas las demás derivadas del objeto del contrato.
1.2.2 OBLIGACIONES ESPECIFICAS DE TIPO LABORAL
1. Cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios y la Ley 789 de 2002. También deberá suministrar al supervisor por parte de la SIC. la información que éste requiera al respecto.
2. Cumplir las disposiciones legales sobre contratación del personal colombiano y extranjero y pagar por su cuenta, de todos los salarios y prestaciones sociales xx Xxx.
3. Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su cargo o servicio y de los transeúntes, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
4. Revisar la planilla sobre los pagos de salud, pensión, y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución de la obra.
5. Realizar informes de accidentes de trabajo, si a ello hubiere lugar
6. Verificar y controlar la vinculación del personal propuesto para la ejecución de toda la obra, de acuerdo con la calidad requerida, y solicitar los cambios que fuesen necesarios, así como el mayor número de personal para el normal desarrollo de los contratos.
7. Conceptuar sobre los cambios en el personal ofrecido, verificando que los reemplazos propuestos mantengan las mismas condiciones académicas y profesionales pactadas o superen las mismas
DE TIPO TÉCNICO
1. Tener conocimiento completo y detallado xxx Xxxxxx de Condiciones de la Licitación Pública N°51 de 2011, y la propuesta presentada por el proponente adjudicatario de la misma
2. Verificar que la ejecución de los trabajos y actividades se realicen en atención al pliego de
condiciones del proceso de Licitación Pública N° 51 de 2011 y la propuesta presentada por el proponente adjudicatario de la misma
3. Supervisar y velar por el estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas y diseños por parte del contratista de obra, incluyendo la supervisión a las diligencias que ejecute el contratista para verificar la capacidad de la subestación de Energía del Edificio Bochica donde funciona a SIC.
4. Establecer que las cantidades de obra del contrato y las especificaciones particulares del proyecto estén debida y completamente definidas. En el evento de no presentarse igualdad entre las
especificaciones particulares establecidas en las cantidades de obra y las fijadas en las
especificaciones generales de construcción establecidas por la administración, primarán aquellas que figuren en los respectivos diseños. De presentarse dudas sobre este particular, deberá formularse consulta por escrito a la supervisión del contrato por parte de la sic, para efectos de clarificación escrita por parte de ésta.
5. Tomar los datos y hacer los cálculos necesarios para cuantificar el avance de los trabajos realizados y compararlos con los previstos en el cronograma contractual como justificación para la autorización de los pagos establecidos.
6. Consignar en la respectiva acta todos los convenios, acuerdos y pactos que sean necesarios y convenientes para el normal desarrollo de lo contratado y en defensa de los intereses de la Entidad .
7. Coordinar de común acuerdo con el supervisor del contrato de la sic sobre los cambios necesarios en los Diseños y especificaciones de las obras y suministros.
8. Verificar que el director de obra, el residente y demás especialistas de la misma, indicados en su oferta desarrollen a cabalidad la actividad y especificidad para la cual fueron contratados. En el evento de requerir cambio de este personal deberá tener previa aprobación de las SIC
9. Abrir y llevar conjuntamente con el Contratista, una memoria diaria de la obra en un tomo
denominado “Bitácora o Libro de Obra”, en donde se harán constar las acciones realizadas
diariamente en ella, así como las actas de los comités técnicos de obra o administrativos que periódicamente deben realizarse y las observaciones que de parte de alguno de los participantes de la obra se hagan constar. Este libro formará parte integral de los documentos del contrato. Aquí
también podrán constar conceptos técnicos de consultores externos a la obra, y deberá ser
entregado por la Interventoría, al finalizar el contrato. Este libro debe ser firmados por personal representante de la interventoría, del contratista
10. Verificar la ubicación de los sitios de almacenamiento de materiales de obra y en general en todas las actividades preliminares de la construcción.
11. Verificar los cerramientos y el trámite de los permisos correspondientes por parte del contratista, antes del inicio de la obra.
12. Efectuar dentro del transcurso de la ejecución de la obra, mediciones diarias o periódicas de los
ítems ejecutados, las cuales deberán hacer constar en formatos diseñados para el efecto,
discriminando fechas, especificación del ítem medido, su ubicación en la obra (identificando ejes de construcción), unidad y cantidad de medida. Con base en estas medidas deberá efectuar los cortes mensuales de obra, haciéndolos constar en el formato respectivo, contados a partir de la fecha del Acta de Iniciación del contrato de llave en mano
13. Remitir al supervisor del Contrato de Interventoría de la sic., en forma semanal copias de los
formatos de medidas y de los cortes de obra; así como un informe detallado de la obra ejecutada, del personal y materiales en ella, junto con una reseña fotográfica que deberá entregar el interventor, para efectos de llevar un control de la obra en esa oficina.
14. Elaborar, con base en los cortes semanales de obra, las Actas de Recibo Parcial de Obra, las cuales
suscribirá conjuntamente con el Contratista. El valor de estas actas no podrá ser inferior al
porcentaje estipulado en contrato y las copias de estas actas deberán ser remitidas a la supervisión del contrato de Interventoría de la sic.
15. Exigir para la ejecución de la obra, materiales, mano de obra y elementos de pr mea calidad que estén conformes con las normas y especificaciones establecidas en los planos, cantidades de obra y pliegos de condiciones de la nombrada Licitación, que hayan servido de base para la adjudicación del contrato.
16. Exigir la aplicación estricta de todas las normas técnicas establecidas en el Código Colombiano de Construcciones Sismoresistentes NSR-98, del RETIE y las normas técnicas que cobijan la calidad y
funcionamiento de los demás bienes y servicios que son objeto del contrato interventoría.
al que se hará
17. Exigir el total cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones de construcción para todos los ítems de la obra así como las que aparezcan en los planos o las requeridas por la supervisión del contrato de Interventoría de la sic.
18. Exigir buena calidad de obra para todos y cada uno de los ítems de construcción, considerando que obra mal ejecutada, no podrá ser recibida en ninguna de las actas del contrato.
19. Aprobar o improbar la iniciación o terminación de los ítems contratados, teniendo en cuenta además la programación establecida para los trabajos.
20. Ordenar la remoción y el reemplazo de obra mal ejecutada o no aprobada, fijando para el efecto un plazo determinado mediante comunicación escrita.
21. Verificar que el Contratista cuente en la obra con el equipo y la maquinaria necesarios, los cuales cual deberán estar en perfectas condiciones de servicio, exigiéndolos si faltaren o si se hallaren en mal estado que sean reparados o cambiados en el menor tiempo posible para permitir una correcta ejecución de la obra.
22. Verificar que el Contratista tenga previsto en la obra todos los medios y los recursos para mantener la seguridad dentro de ella y que permitan mantener y favorecer, durante todo el tiempo de la ejecución de la obra, la integridad personal de quienes laboran o permanecen en ella.
23. Exigir el total cumplimiento de la programación de la obra, pudiendo modificarla cuando por razón técnica o dada la naturaleza de la obra, esto se haga necesario, pero sin modificación al plazo inicial
o adicionalmente pactado remitida a la Supervisión
en el contrato. Cualquier modificación que sea realizada deberá ser del contrato la supervisión del contrato de Interventoria de la sic.
adjuntando la respectiva reprogramación de la obra y el flujo de caja correspondiente a esta.
24. Resolver las consultas que presente el Contratista y hacer las observaciones que estime
convenientes. Si durante la marcha de la obra se presentan dudas o diferencias que no puedan ser resueltas en la obra de acuerdo con los planos constructivos y las especificaciones de construcción,
deberán ser remitidas para la consulta y decisión, mediante oficio al superviso Interventoria de la sic. con la anticipación suficiente a fin de no entorpecer la obra
del contrato de
25. Remitir al supervisor del contrato de Interventoria de la sic, para el trámite de aprobación ante el ordenador del gasto, y con la anticipación suficente, los estudios correspondientes, en caso de
presentarse durante la
marcha de la construcción, mayores cantidades
de obra, obras
complementarias, adicionales o suprimidas, contemplando, si hubiere lugar a ello, el plazo adicional
que pueda ser requerido para la ejecución de las tres primeramente citadas. Estos estudios
corresponden a modificaciones al valor o al plazo de los contratos.
26. Suscribir, en el evento de requerirse obras complementarias o adicionales, en forma conjunta con el Contratista y de forma previa a que se eleve la solicitud respectiva ante el ordenador del gasto y comité de obra, las Actas de Precios no pactados, para los ítems cuyos valores no aparezcan en el presupuesto inicial, respaldadas por los respectivos análisis de precios unitarios y remitirlos como parte integral de los estudios que presente para la aprobación del ordenador del gasto, por intermedio de la supervisión del contrato de Interventoria de la sic.
27. Ordenar la ejecución de las obras que hayan sido contratadas adicionalmente previo perfeccionamiento y legalización del Contrato Adicional o la orden escrita del Ordenador del Gasto, Para estas obras se deberá seguir exactamente el mismo procedimiento descrito para las obras inicialmente contratadas, es decir se hará el control de calidad de los materiales, mano de obra y de los elementos que se vayan a utilizar en su construcción y serán medidas y recibidas, previa
elaboración de los diarios de medidas y cortes, en Actas de Recibo; estas actas deberán ser
enumeradas en forma independiente a las actas de Recibo Parcial de obra del Contrato Inicial o Principal, llevando además un orden consecutivo para cada uno de los tipos descritos de obras (mayor cantidad de obra, obra complementaria o adicional). Copia de todos los formatos de Diario de Medidas, Cortes de Obra, Actas de Recibo, etc., deberán ser remitidas al supervisor del contrato de Interventoria de la sic.
28. Elaborar durante la marcha del contrato, el cuadro de liquidación de obra discriminando los ítems y las cantidades de obra recibidas en cada una de las actas del contrato. Copias de estos formatos deberán ser remitidas por la Interventoría al supervisor del contrato de Interventoría de la sic, una vez se suscriba el Acta de Recibo Final de Obra.
29. Constatar, una vez recibida la comunicación del Contratista sobre la fecha de entrega final de la obra, el estado de la misma y ordenar el arreglo o reconstrucción de toda la obra o montaje que
encuentre deficiente o defectuoso. Deberá remitirla copia de esta comunicación contrato de Interventoría de la SIC.
al supervisor del
30. Elaborar y firmar conjuntamente con el Contratista y el supervisor del contrato de interventoría de la SIC, el Acta de Recibo Final de Obra. En esta Acta se hará constar el estado en que se recibe la obra contratada, el valor final del contrato incluyendo los reajustes o revisiones de precios y los datos que exija el Estatuto contractual vigente.
31. Exigir al Contratista la modificación xxx xxxxxx de estabilidad de obra a la fecha de recibo a satisfacción de la misma.
32. Elaborar, una vez sea recibida la obra, un Acta de Preliquidación Final del Contrato, basada en un cuadro general de liquidación de obra en donde aparezcan todas las cantidades de obra recibidas y
remitirlos a la supervisión del contrato de Interventoria de la SIC . En esta acta se deberán
discriminar todos los valores del contrato, por actas incluyendo las de reajustes o revisiones de precios.
33. Elaborar, con base en el acta de preliquidación aprobada y aceptada, el acta de liquidación del contrato, suscrita por el contratista, el Interventor.
34. Recomendar la adopción de medidas legales en caso de incumplimiento del contratista, previo agotamiento del debido proceso frente al mismo.
35. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las adiciones o modificaciones al contrato, solicitadas por el contratista o requeridas por la entidad.
36. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las solicitudes de reajuste o revisión de precios del contrato.
37. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las solicitudes de restablecimiento del equilibrio económico del contrato.
38. Aprobar las facturas o sus similares, que sean emitida por el contratista, para que la entidad proceda al pago correspondiente.
39. Apoyar técnica y económicamente a la entidad en la proyección de los actos administrativos que deban expedirse en ejecución del contrato.
40. Verificar la correcta instalación, configuración y puesta en funcionamiento del sistema de oficina abierta, aire acondicionado, cableado estructurado, redes eléctricas reguladas y no reguladas e instalaciones eléctricas e iluminación.
DE TIPO FINANCIERO
1. Velar por el mantenimiento de la ecuación financiera del contrato, efectuando las acciones encaminadas a evitar el menoscabo de los derechos del contratista o de la entidad.
2. Verificar y aprobar las actividades que soportan cada uno de los pagos del contrato de llave en mano
DE TIPO ADMINISTRATIVO
1. Disponer y administrar los recursos de personal, equipos, implementos y demás servicios necesarios para el normal desarrollo de la interventoría.
2. Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de carácter laboral vigentes y exigir que se apliquen las normas de seguridad industrial que sean de cumplimiento obligatorio.
3. Elaborar las siguientes actas, en las fechas en que realmente se produzcan los hechos a los que se refiere el contrato que resulte de la licitación citada, copia de estas actas deberán ser remitidas a la Secretaría General, y a la supervisión del contrato de Interventoría de la sic
• Acta de Iniciación
• Actas de recibo parcial de obra
• Acta de recibo final de obra
• Actas de comités de obra
• Acta de suspensión
• Acta de reiniciación
• Acta de liquidación del contrato
• Acta de convenios, modificaciones, imprevistos y reuniones
4. Verificar que la Entidad esté amparada por las garantías contractuales establecidas. Así mismo exigir con la debida anticipación su renovación o modificación si a ello hubiere lugar
5. Descripción del avance (con diagramas) de la programación física y económica del contrato y demás labores contenidas en el objeto del mismo.
6. Descripción de los atrasos con su respectiva justificación, en relación con el desarrollo de los trabajos conforme al programa aprobado por la interventoría y la sic.
7. Descripción de las medidas preventivas y correctivas en los aspectos técnicos, administrativos y legales, que deben implementarse para evitar futuros atrasos.
8. Verificar en los diferentes talleres de los proveedores, la buena calidad de la producción de los bienes que el contratista debe suministrar, conforme al contrato.
9. Resumen consolidado del avance general tanto físico, económico, financiero y legal, del contrato.
10. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic. a más tardar den ro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que sucedieron los hechos, reuniones o comités, las Actas respectivas, debidamente suscritas, tanto impresas, como en medio magnético.
11. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic por escrito durante el desarrollo de su contrato de interventoría, la solución a las dificultades que eventualmente pudieran presentarse en el desarrollo del contrato de obra.
12. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic. para su trámite, todas las actas contractuales debidamente revisadas y firmadas por parte del contratista y el interventor.
1.3. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD CONTRATANTE Y DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD
De conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto 2153 de 1992 y el artículo 71 de la Ley 1151 de 2007, la Superintendencia de Industria y Comercio es un organismo de carácter técnico con personería jurídica, que goza de autonomía administrativa, financiera, presupuestal y cuenta con patrimonio propio, denominada entidad estatal para efectos contractuales de acuerdo con lo señalado en el literal b) del numeral 1 del artículo 2 de la Ley 80 de 1993.
De conformidad con las atribuciones conferidas por mandato legal a la Superintendencia de Industria y Comercio, en especial en la Ley 1341 de 2009, los Decretos 1130 de 1999, 3144 de 2008 y 3523 de 2009, corresponde a esta Entidad, entre otras funciones, las de velar por la observancia de las disposiciones sobre promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas en los mercados nacionales; administrar el sistema nacional de la propiedad industrial y tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma; proteger los derechos de los consumidores cuando se presenten asomos de información engañosa de producto y/o servicio, ordenar la suspensión de la comercialización de un determinado producto o servicio cuando se tengan indicios graves de que se pone en riesgo el objetivo legítimo que se pretende proteger con el reglamento técnico o que atenta contra la vida o la seguridad de los consumidores; proteger los derechos
de los usuarios de servicios de
telecomunicaciones, telefonía móvil celular (TMC),
los sistemas de
comunicación personal (PCS), telefonía pública básica conmutada local y de larga distancia nacional e internacional, trunking e Internet, en virtud de lo cual podrá adelantar las investigaciones a los proveedores u organizaciones de consumidores por violación de cualquiera de las disposiciones legales so re protección del consumidor e imponer las sanciones que corresponda.
La SIC apoya el fortalecimiento de los procesos de desarrollo empresarial y los niveles de satisfacción del consumidor colombiano, para lo cual reconoce los derechos de propiedad industrial; propicia la adecuada prestación de los servicios de los registros públicos, cuya administración ha sido delegada a las cámaras de
comercio; vigila el cumplimiento de los derechos de los consumidores; aplica las normas sobre libre
competencia y mantiene los patrones nacionales de medida para garantizar el nivel metrológico que requieren los agentes económicos.
Por tal motivo y con el fin de brindar un mejor servicio que satisfaga las expectativas de los usuarios y partes interesadas a si como el logro de los fines del Estado con idoneidad y competencia técnica y legal, es
necesario mejorar la planta física de la Entidad, realizando la reubicación del área correspondiente a
correspondencia y digitalización, y demás áreas que se considere necesario para cumplir a cabalidad con las actividades de atención al usuario, y en consecuencia es indispensable que el contrato de llave en mano adjudicado en virtud de la Licitación Publica N° 51 de 2011, tenga una interventoría técnica, Administrativa y Financiera en su ejecución, esto con el fin de llevara a cabalidad el cumplimiento real de la obr
1.4 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
las normas contenidas en la Constitución Política y leyes de la República de Colombia, y
en especial por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 de 2008 reglamentarios.
y sus decretos
Todas las propuestas presentadas válidamente se analizarán bajo los mismos parámetros, dando cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 29 de la ley 80 de 1993, de manera motivada, detallada y precisa, procurando con ello una selección objetiva que permita asegurar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad y que permita prever la cabal realización de los fines que se buscan. De acuerdo con lo
dispuesto por el Decreto 2474 de
propuesta técnica simplificada.
2008, el proceso a realizar es un concurso de méritos abierto y
Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Reglamentario No. 2474 de 2008, la oferta más favorable para la Entidad, en el concurso de méritos “será aquella que presente mejor calidad, de acuerdo con los criterios señalados en el pliego de condiciones, con independencia del precio, que no será factor de calificación o evaluación”.
También le son aplicables las demás normas concordantes con la materia, que rijan o lleguen a regir los aspectos del presente proceso de selección. En lo que no se encuentre particularmente regulado, se aplicarán
las normas de la función pública, vigentes.
los códigos contencioso administrativo, comercial y civil colombianos
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el proponente y el futuro contratista, tanto para la presentación de la oferta como para la suscripción del
contrato, su ejecución y pagos, deberá cumplir, a tiempo, con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, (Cajas de compensación Familiar, SENA e ICBF).
Las normas actualmente vigentes en la República de Colombia, que resulten pertinentes al presente proceso de selección, se presumen conocidas por todos los proponentes.
1.4.1. Modalidad del Proceso de Selección
La naturaleza jurídica del contrato objeto del presente proceso de selección corresponde a los denominados Contratos de Consultoría de conformidad con el numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80 de 1 93. Para elegir a los Consultores, el numeral 3 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, establece que corresponde emplear la modalidad denominada Concurso de méritos, de manera que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 54, 55 y 61 del Decreto 2474 de 2008, el proceso a realizar es un concurso de méritos abierto con propuesta técnica simplificada, en el cual la oferta más favorable será aquella que presente la mejor calidad, de acuerdo con los criterios señalados en pliego de condiciones con independencia del precio que no será factor de calificación o evaluación.
1.4.2 Quién puede participar
Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras, públicas o privadas, individualmente en consorcios o uniones temporales legalmente constituidos y domiciliados en Colombia o cualquier otra forma de asociación permitida por la ley Colombiana, cuyo objeto social este directamente relacionado con el objeto de esta contratación, y en la cual la responsabilidad de
sus integrantes sea solidaria y
que a la fecha de presentación de la propuesta
se encuentren
debidamente inscritas, calificadas y clasificadas en el Registro Único de Proponentes de la Cámara respectiva como proveedores. La entidad aceptará la inscripción en cualquiera de las especialidades con sus grupos, que se describen a continuación: en aquellas actividades, especialidades y grupo que se establecen a continuación:
ACTIVIDAD: CONSULTOR ESPECIALIDAD 10 OTROS
GRUPO 4 Servicios de gestión Gerencia de proyectos.
Asistencia técnica y asesoría en servicios. Operación llave en mano.
Gestión de arranque de proyectos. Evaluación ex-post de proyectos. Seguimiento y evaluación de proyectos. Manejo de riesgos.
Asesoría en financiación de proyectos. Interventoría.
Cuando el oferente sea una persona jurídica extranjera sin domicilio en Colombia, que no tenga establecida sucursal en Colombia, debe presentar el documento que acredite la inscripción de la personería jurídica en el registro correspondiente del país donde tenga su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y representación legal, debidamente consularizados en la forma en que lo establece el artículo 480 del Código de Comercio.
Adicionalmente deberá acreditar
un apoderado domiciliado en Colombia debidamente
facultado para
presentar oferta y celebrar el contrato, así como para representar a la sociedad judicial o extrajudicialmente.
1.5. Publicidad
La SIC será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados al presente proceso de selección objetiva, salvo los asuntos sometidos a reserva. La información contenida en los actos del proceso se considera oponible en el momento en que aparece publicados en la página del Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx.
La publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente proceso de licitación pública deberá hacerse a la fecha de su expedición, o, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. El acto general de su permanencia se extenderá hasta dos años después de la fecha de liquidación del contrato, o de la ejecutoria del acto de declaratoria desierta según corresponda.
1.6. Comunicaciones
Para efectos del envío y recibo de cualquier tipo de documentos se describen a continuación los datos de contacto de la Superintendencia de Industria y Comercio
1. Domicilio: Xxxxxxx 00 Xx 00-00 Xxxxxxxx Xxxxxxx. 2. Teléfono: 0000000 Ext. 1153
3. Fax: 0000000
4. Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx
5. Portal único de contratación -SECOP: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
1.7 Lucha Contra la Corrupción
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción a los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico (0) 000 00 00; la línea transparente del programa, a los
números telefónicos 9800-9130 40 o (0) 0 00 00 00; correo electrónico, en la dirección:
xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx;
al sitio de denuncias del programa en la
página Web
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx. 0-00, Xxxxxx, X.X.
También puede reportar el hecho por medio del Portal de Contratación a la Vista xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx. En todas las actuaciones derivadas de las estipulaciones del presente pliego de condiciones y el contrato que forma parte del mismo, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las Leyes consagran.
1.8 Convocatoria Veedurías Ciudadanas, Asociaciones Cívicas, Comunitarias, De Profesionales, Benéficas Y De Utilidad Común
De conformidad con la ley, podrán desarrollar su actividad durante el presente proceso de selección objetiva, etapa precontractual, contractual y postcontractual, para lo cual podrán consultar este proceso por medio del Portal Único de Contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o xxx.xxx.xxx.xx.
Cualquier inquietud presentada por parte de las veedurías ciudadanas les será contestada por escrito por parte de la Entidad a la dirección y/o fax que aparezca en la comunicación respectiva, copia de la cual será enviada a los proponentes y será publicada en las páginas Web citadas.
1.9. Control Social
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, la Ley 850 de 2003 y del numeral 5 del artículo 5 del decreto 2474 de 2008, se convoca públicamente a las veedurías ciudadanas que estén interesadas en realizar control social al presente proceso de contratación, con el fin de que formulen, de considerarlo procedente, las recomendaciones escritas que consideren necesarias para buscar la eficiencia institucional, señalándoles que puedan intervenir en todas las audiencias que se realicen dentro del proceso de selección.
1.10. Responsabilidad del oferente
El PROPONENTE responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (Ley 80 de 1993, artículo 26, numeral 7).
1.11 Eximente de responsabilidad a la superintendencia de industria y comercio.
Cuando el proponente no llenare los requisitos para participar o no reúna las condiciones exigidas para contratar, es entendido que no adquiere derecho alguno, ni la Nación – Superintendencia de Industria y Comercio asume responsabilidad alguna.
El proponente debe elaborar su oferta por su cuenta y riesgo, de acuerdo con lo solicitado en el presente Pliego de Condiciones y sus modificaciones e incluir dentro de ésta toda la información exigida. La oferta junto con los ajustes que se puedan presentar por solicitud de la Superintendencia formará parte integral del contrato, en las partes aceptadas por éste.
1.12 Confidencialidad de la oferta
Los oferentes deberán indicar en
su propuesta cuáles de los documentos aportados
son de carácter
reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva, para así dar cumplimiento a lo estipulado en el
numeral 4º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Si el oferente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la oferta es pública.
1.13. Condiciones mínimas de celebración del contrato
1.13.1 Interpretación del contrato
Si durante la ejecución del contrato surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo, interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas objeto de la diferencia.
1.13.2. Plazo de ejecución del contrato producto del proceso de selección El término de ejecución del presente contrato corresponde a setenta y cinco (75) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del mismo.
1.13.3. . PRESUPUESTO OFICIAL : De conformidad con el Factor Multiplicados efectuado por la SIC el valor estimado del contrato asciende a la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($38.500.000)
El presupuesto de la presente contratación, está respaldado por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° xxx del xx de xxx del 2011 expedido por la Directora Administrativa y Financiera cuyo valor asciende a la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL DE PESOS M/CTE ($ 38.500.000)
1.13.4 FORMA DE PAGO: El valor del contrato se pagara de la siguiente manera:
PRIMER PAGO: Se cancelaran en mensualidades vencidas, contadas a partir de la suscripción del acta de inicio, previo perfeccionamiento y legalización del contrato, aprobación de la garantía de
cumplimiento por parte de la Dirección Administrativa y Financiera, y certificación de interventor
actividades del
SEGUNDO PAGO: Se cancelaran en mensualidades vencidas, contadas a partir de la suscripción del acta de inicio, previa certificación de actividades del interventor
TERCER PAGO: El último pago corresponde a quince (15) días laborales, se cancelara una vez se haya finalizado el objeto contractual y suscrito el acta de liquidación del contrato.
NOTA: Para la realización de cada pago deberá acreditar el contratista que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.
1.13.5 LUGAR DE EJECUCIÓN: El lugar de ejecución del contrato es la Superintendencia de Industria y
Comercio ubicada en la xxxxxxx 00 Xx 00-00 Xxxxxx X.X, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
1.13.6. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La supervisión, control y seguimiento del desarrollo y ejecución de las obligaciones contempladas en el contrato será realizada por LA SUPERINTENDENCIA a través del Contratista y/o funcionario designado para el efecto, quien tendrá a cargo las establecidas para el efecto en la Resolución N° 14261 del 2 xx xxxx de 2008 "MANUAL DE FUNCIONES SUPERVISORES Y/O INTERVENTORES" como son::
a) Xxxxxxxxx con el contratista con miras a la correcta ejecución del contrato.
b) Exigir el cumplimiento del contrato y de sus especificaciones en todas y cada una de sus partes.
c) Autorizar los pagos que deban efectuarse al contratista.
d) Verificar como requisito para el pago, que el contratista se encuentra x xxx y salvo en sus aportes frente a los sistemas de seguridad social en pensión, salud y parafiscales y que los pagos correspondan a lo exigido legalmente.
e) Todas las demás atribuciones que en el contrato y sus anexos se contemplen.
f) Elaborar y suscribir el acta de liquidación del contrato, dentro del plazo establecido legalmente. entre otras.
1.14 DETERMINACIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO
De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el numeral 6 del artículo 3º del Decreto 2474 de 2008 y el artículo 88 del Decreto 2474 de 2008, en el Pliego de Condiciones se deberán incluir la estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles que se deriven de la contratación, con el fin de establecer su distribución definitiva.
Se identifican dentro del presente proceso de contratación los siguientes riesgos que pueden afectar el
equilibrio económico del contrato: Como en cualquier negocio, la propuesta presentada por quien decida participar en la contratación del asunto debe estar precedida de un análisis juicioso de las posibilidades y riesgos involucrados en la operación, teniendo en cuenta para el efecto, que la existencia de riesgos es connatural al negocio. Para una mejor determinación de los riesgos existentes es importante tener claro el concepto de riesgos como aquel daño potencial que puede surgir por un suceso presente o futuro y puede generarse en el desarrollo de un contrato en cualquiera de sus etapas (precontractual, contractual)., el riesgo es la posibilidad de que un peligro pueda llegar a materializarse dentro de un período determinado, como también es la probabilidad de que un resultado esperado no ocurra, en el periodo de tiempo de ejecución del contrato y con las obligaciones del mismo.
El principio básico de asignación de riesgos consiste en que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos, consecuente con lo anterior, los riesgos que a continuación se mencionan, serán asumidos por la empresa que resulte adjudicataria del presente contrato. Es de precisar que dicha enumeración no es taxativa sino meramente enunciativa, por lo tanto si se presenta algún riesgo o riesgos no enunciado(s), deberá seguir la regla general de que éstos deben ser asumidos por la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos o administrarlos.
Se clasifican y tipifican los riesgos según su procedencia, así:
• Riesgos de carácter jurídico
• Riesgos de carácter financiero
R
Ó
• Riesgos de carácter técnico
RIESGOS | TIPIFICACIÓN | ASIGNACI | N |
A. RIESGOS DE CARACTE | JURIDICOS | ||
Riesgo por cambio del régimen de contratación que afecte el contrato y las condiciones pactadas en èl. | Toda norma de obligatorio cumplimiento para la sic que modifique las condiciones pactadas en el contrato, sobre todo en cuanto a las cláusulas que contienen obligaciones del contratista, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que la sic no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento. | Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. En el caso de que afecte el equilibrio económico del contrato, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el 10% de la oferta económica. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, al contratista, por ser la parte afectada. | |
Riesgo por cambios en el régimen laboral colombiano | Toda norma de obligatorio cumplimiento para la sic que modifique las condiciones pactadas en el contrato, y afecte con las condiciones laborales que el contratista proyectó en su oferta, serán introducidas al contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que la sic no tiene la facultad de negociar apartes normativos de obligatorio cumplimiento. | Este riesgo y sus consecuencias serán asumidos en su totalidad por el contratista. En el caso de que afecte el equilibrio económico del contrato, serán objeto de modificación de las condiciones económicas siempre y cuando la afectación supere el 10% de la oferta económica y la norma NO especifique la forma de evitar esta situación. La carga de la prueba le corresponde, en este caso en particular, al contratista, por ser la parte afectada | |
Si la norma afecta a la sic como contratante, se proyectarán las modificaciones al contrato para garantizar la continuidad y calidad en la prestación del servicio contratado. Si las modificaciones afectan el equilibrio económico del contrato podrá ser objeto de negociación, siempre y cuando el valor de la afectación supere el 10% de la oferta económica. | |||
Riesgo por el régimen de salubridad Colombiano | Cualquier modificación general al régimen de salubridad que rige en Colombia y afecte la prestación del servicio, por cambio o anulación de las condiciones en las que pueden | Será responsabilidad total del contratista la ejecución del contrato, en cuanto a los productos que ofertó como insumos y que deben aplicarse en el desarrollo del contrato. Si el cambio del régimen de salubridad obliga |
aplicarse o productos incluidos dentro del contrato, como insumo, o de las técnicas y restricciones de uso, que conlleven al cambio de los productos ofertados o en la forma, cantidad y/o técnica de aplicación. Esta modificación será introducida en el contrato, sin que medie negociación alguna con el contratista, toda vez que estas normas son de obligatorio cumplimiento y la sic no tiene facultad para negociar tales aspectos. | al cambio deproductos o a aumentar la cantidad en que debe aplicarse algún producto, la sic no reconocerá ningún tipo de ajuste económico | |
B) | RIESGOS DE CARÁCTER FINANCIERO | |
Se consideran como riesgos de carácter financiero aquellos que se producen por modificaciones del régimen de impuestos, de las condiciones cambiarias, siempre y cuando los productos incluidos como insumos sean importados, o por circunstancias xxx xxxxxxx bancario que afecten el equilibrio contractual. | ||
Riesgos por modificación del régimen de impuestos | Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, siempre y cuando sean aplicables al contrato. | Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, generando desequilibrio económico por un valor superior al establecido, se modificará el contrato, adicionando el valor faltante para que el equilibrio económico se mantenga. |
Modificación del régimen de impuestos aplicables a terceros | Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de losimpuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, no aplicables al contrato, pero si aplicables a las relaciones con terceros, como proveedores. | Cuando, en el desarrollo del contrato, se modifican las tarifas de los impuestos o se crean nuevos impuestos o eliminan los ya existentes, y esto aumenta el valor transaccional entre el contratista y sus proveedores, la sic no reconocerá reajuste en el valor inicial del contrato, toda vez que estas relaciones son responsabilidad total y absoluta del contratista. |
Riesgo por cambio xxx xxxxxxx bancario | Cuando, en el desarrollo del contrato, se expidan normas o se produzcan circunstancias que afecten el mercado bancario aumentando o bajando las tasas de interés o el costo neto de la carga transaccional. | La sic no reconocerá reajuste alguno al valor del contrato cuando se produzca este tipo de riesgo. |
Riesgo precio unitario ofertado | Durante la ejecución del contrato no habrá variaciones en el precio de los elementos porque la Superintendencia de Industria y Comercio contratará bajo la modalidad | Por lo tanto, el Contratista deberá asumir el riesgo de cotizar bajo la modalidad de precios unitarios fijos. |
de precios unitarios fijos. | ||
c) RIESGOS DE CARÁCTER TÉCNICO | ||
Se consideran riesgos de carácter técnico, aquellos contemplados por la aplicación de conocimientos y maquinaria específica para la prestación del servicio. Estos son | ||
RIESGO HUMANO: Se considera riesgo humano, todo aquello que pueda provocar perjuicio a la integridad física y mental de los seres humanos que visiten o laboren en la sic y que provenga directamente de la actividad de los funcionarios del contratista que prestan el servicio. | ||
Riesgo Humano por Accidente Laboral sin perjuicio a terceros | Tipificación: Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato. | Será responsabilidad y competencia total y absoluta del contratista asegurar a su personal por accidentes laborales en la prestación del servicio |
Riesgo Humano por Accidente Laboral con perjuicio a terceros | Cuando se produzca un accidente dentro de la ejecución del contrato con afectación a funcionarios o visitantes de la sic | Será responsabilidad total y absoluta del contratista cubrir a terceros por accidentes producidos en ocasión a la prestación del servicio o ejecución del objeto deberá responder ante el tercero afectado, a lo cual se compromete con la simple suscripción del contrato |
1.15 MECANISMOS DE COBERTURA
EL CONTRATISTA se compromete a tomar a favor de la SIC una póliza de seguros expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada, domiciliada en el país, que deberá ajustarse a las normas que rigen la materia aprobadas por la Superintendencia Financiera y deberá amparar:
1. Cumplimiento del contrato: Por valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del mismo con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.
2. Calidad del servicio: Calidad de los servicios suministrados: Por valor equivalente al veinte por Ciento (20%) del valor del mismo, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.
3. Salarios y prestaciones sociales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y tres (3) años más.
4. Responsabilidad civil extracontractual: Por un valor equivalente a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes ( 72 SMLMV), por el término de ejecución del contrato.
CAPÍTULO II.
ETAPAS Y TÉRMINOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN OBJETIVA
2. Etapas y términos del proceso de selección
2.1. Proyecto xx xxxxxx de condiciones
La SIC, publicará en el portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o Portal Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx el proyecto xxx xxxxxx de condiciones del presente proceso de contratación, por un término mínimo de cinco (5) días hábiles de conformidad con el cronograma de actividades, con el propósito de que los interesados presenten las observaciones a las condiciones de contratación establecidas en el presente proyecto xx xxxxxx de condiciones.
Las observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones deberán ser presentadas con anterioridad a la fecha del acto que ordena la apertura. Los pliegos de condiciones definitivos podrán incluir los temas planteados en
las observaciones, siempre que se estimen relevantes. En todo caso, la aceptación o observaciones se hará de manera motivada.
rechazo de las
En la fecha establecida en el cronograma se publicará el proyecto xx Xxxxxx de Condiciones en el portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o Portal Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx, sobre el mismo y su documentación soporte (estudios previos), se podrán presentar observaciones escritas, las cuales deberán ser dirigidas al Grupo de Trabajo de Contratación - Dirección Administrativa y Financiera de la Entidad, ubicado en la xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xxxx 0, xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx X.X., Fax 0000000 y/o a los correos electrónicos: xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xxx.xx y/o xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx, por el término establecido en el cronograma.
Ninguna aclaración verbal afectará el pliego de condiciones y sus adendas, ni se absolverán consultas efectuadas telefónicamente o en forma personal.
2.2 Acto administrativo de apertura
La Superintendencia de Industria y Comercio proferirá el acto administrativo de apertura indicando el
objeto, modalidad, cronograma, lugar de consulta y retiro de pliegos de condiciones y estudios
previos y definitivos, la convocatoria para la veedurías ciudadanas y el certificado de disponibilidad presupuestal.
2.3 Consulta xx xxxxxx de condiciones definitivo
El pliego de condiciones no tiene ningún valor.
Los pliegos de condiciones del presente proceso se podrán consultar y adquirir gratuitamente desde la apertura del proceso y los días subsiguientes, hasta el día hábil inmediatamente anterior a aquel en que se cierre el presente proceso de selección, en la página Web: del sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o en el Portal Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx, y en el Grupo de Trabajo de Contratos - Dirección Administrativa y Financiera de la Superintendencia de Industria y Comercio, (Carrera 13 No. 27-00 piso 3, edificio Bochica, Bogotá, D.C.), el pliego de condiciones (ver numeral 3.1).
2.4. Modificación xxx xxxxxx de condiciones
Las consultas o preguntas que se deriven del presente proceso de selección se podrán realizar durante toda la etapa pre-contractual.
Las consultas, preguntas y las correspondientes respuestas formarán parte de los documentos del proceso y de los documentos contractuales. Las respuestas serán remitidas por con el apoyo de las áreas competentes en lo que les corresponda.
Cualquier modificación xxx xxxxxx de condiciones o adición a los documentos del proceso será comunicada por escrito mediante Adendas numeradas, las cuales formaran parte integral de los
pliegos de condiciones. La información sobre preguntas y respuestas y las Adendas serán
publicadas en la página web: sistema electrónico para la contratación pública (SECOP) xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y/o en el Portal Web de la entidad xxx.xxx.xxx.xx y deberán tenerse en cuenta para la elaboración de la propuesta, por lo tanto, las mismas se entienden comunicadas de conformidad con lo establecido en este numeral.
Los proponentes contarán con el tiempo suficiente que permita ajustar las propuestas a las
modificaciones realizadas. En ningún caso podrán expedirse y publicarse el mismo día en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para la adición del término previsto para ello.
El plazo máximo dentro del cual pueden expedirse la(s) adenda(s) es de tres (3) días antes del cierre del proceso.(Ley 1474 de 2011)
Las aclaraciones y respuestas a las observaciones presentadas por los proponentes durante el
proceso de selección tendrán únicamente valor interpretativo.
2.5 Audiencia de aclaración y precisión del contenido xxx xxxxxx de condiciones.
En la fecha y hora señaladas en el cronograma se llevará a cabo una audiencia pública con el fin de aclarar y precisar el contenido xxx xxxxxx de condiciones. En el evento en que los proponentes detecten discrepancias, contradicciones, vacíos u omisiones en los documentos del proceso o tengan cualquier duda en relación con
el Pliego de Condiciones o el alcance del mismo, deberán informarlo en la audiencia pública, o por escrito dentro del término señalado para el efecto.
Si como resultado de lo debatido en la audiencia de aclaraciones la entidad lo considera conveniente, expedirá por medio de adenda las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones y prorrogará, si fuere necesario, el plazo del cierre del proceso.
La realización de la audiencia de aclaraciones no impide que los proponentes, si necesitan aclaraciones adicionales sobre el pliego de condiciones, puedan formular consultas dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la celebración de la citada audiencia, mediante escrito dirigido a la Dirección Administrativa y
Financiera - Grupo de Trabajo de Contratación o enviarse al fax No.0000000 o por medio del Portal Único de Contratación xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx y/o xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xxx.xx.
Las consultas y respuestas no producirán efecto suspensivo sobre el plazo para la presentación de las propuestas ni constituirán modificación al Pliego de Condiciones, las mismas tendrán únicamente valor interpretativo.
Lo anterior conforme con las especificaciones técnicas mínimas requeridas y de acuerdo con establecido en el artículo 30 numeral 4 de la ley 80 de 1993.
2.6. Presentación de las propuestas
El hecho de que los oferentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo las cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones.
El oferente deberá informarse de todas las regulaciones tributarias vigentes en Colombia; por lo tanto, al preparar la oferta deberá tener en cuenta todos los gastos legales, retención en la fuente, derechos e impuestos a que haya lugar por ley, que puedan afectar sus precios y ha an de causarse durante la ejecución del contrato.
La oferta deberá ser completa, concisa, clara, concreta, incondicional y basada en este documento correspondiente a los pliegos de condiciones, y deberá contener toda la información solicitada en el Capítulo III sobre SELECCIÓN OBJETIVA y en los anexos técnicos.
Las propuestas deberán venir escritas a máquina o computador, foliadas1 en orden consecutivo en su totalidad, es decir, en todas las páginas útiles o escritas, y con un índice (este último no deberá foliarse) donde se relacione el contenido total de la propuesta; deberán entregarse en la SIC, hasta la hora y fecha establecida en el cronograma de actividades
• Todos los folios de la propuesta deberán venir numerados. En caso de que las propuestas no se presenten debidamente numeradas, este riesgo será asumido por el proponente.
1 Una hoja es igual a un folio, una hoja tiene dos páginas pero corresponde solo a un folio
• Todas las páginas de la propuesta que tengan modificaciones o enmiendas, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrario se tendrán por no escritas, deberán ser debidamente salvadas.
• Las propuestas deberán tener una vigencia mínima de noventa (90) días calendario contada a partir de la fecha de cierre de la convocatoria. En el caso que el proponente no indique en el texto de la propuesta el tiempo de validez de la misma, se entenderá que ésta es por noventa (90) días calendario la SIC, podrá solicitar a los proponentes extender el periodo de validez de la misma, en razón de la prórroga en los plazos de la convocatoria, adjudicación o firma del contrato según sea el caso
• En acatamiento a la Ley 2ª de 1979 – Defensa del Idioma – y de su Decreto Reg amentario 2744 de 1980, todos los documentos de la propuesta, correspondencia y todos los documentos intercambiados entre los proponentes y la sic, deberán estar escritos en cualquier medio mecánico o digital y en idioma castellano.
Todos los documentos otorgados en el exterior, deberán presentarse debidamente traducidos al idioma castellano, consularizados y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (artículo 259, 260 del Código de Procedimiento Civil, modificados por el Decreto 2282 de 1989, artículo 1º, numeral 118 y 119), con excepción de los documentos públicos de conformidad con la Ley 455 de 1998 por medio de la cual se aprueba la convención sobre la abolición del requisito de legalización para los documentos públicos extranjeros, suscrita en la Haya el día 05 de octubre de 1961.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico o fax, puesto que la SIC no cuenta con los recursos tecnológicos que provean una adecuada conectividad para el recibo de propuestas de esta manera. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijadas para su entrega serán consideradas como propuestas extemporáneas, lo que originará su devolución inmediata.
LAS PROPUESTAS DEBEN SER RADICADAS EN EL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO UBICADO EN LA XXXXXXX 00 Xx. 00 - 00 XXXX 0x X XXXXXXXXXXXXXX DEBEN SER ENTREGADAS A LA MANO POR EL PROPONENTE AL GRUPO DE TRABAJO DE CONTRATACIÓN - DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE CONFORMIDAD CON EL CRONOGRAMA DEL PRESENTE PLIEGO
LA PROPUESTA DEBERA SER RADICADA CON EL NÚMERO XXX
Las propuestas se deberán presentar así:
Un (1) sobre que contenga la propuesta ORIGINAL completa, con todos los documentos, anexos relacionados en los pliegos de condiciones y,
b. Un (1) sobre que contenga la PRIMERA COPIA, exacta a la propuesta original.
c. Un (1) sobre que contenga la SEGUNDA COPIA, exacta a la propuesta original.
Y el sobre contentivo de la propuesta económica deberá presentarse en UN (1) ORIGINAL La propuesta deberá contener todos los documentos señalados en el presente Pliego de condiciones. Cada sobre deberá estar cerrado y rotulado de la siguiente manera:
PROCESO SIC No. 59 - CONCURSO DE MERITOS OBJETO:
NOMBRE DEL OFERENTE: IDENTIFICACIÓN DEL CONTENIDO DEL SOBRE (ORIGINAL O COPIA)
En caso de discrepancias entre el original y las copias prima el contenido de la propuesta original.
Se entenderán presentadas dentro del término previsto en el pliego de condiciones, todas las propuestas que se entreguen oportunamente en la SIC.
Para efectos de verificar la hora señalada, se tendrá en cuenta la hora legal para la República de Colombia que indique la División de Metrología de Superintendencia de Industria y Comercio, la cual se consultará en la página de Internet xxx.xxx.xxx.xx, conforme lo dispuesto en la Circular No. 13 de 2005 expedida por la Procuraduría General de la Nación.
No se aceptarán propuestas presentadas con posterioridad a la fecha y hora señaladas para el recibo de las propuestas en el proceso de selección, ni en sitios o condiciones diferentes de los que se han previsto. En tal evento, la sic no será responsable de la apertura de una propuesta, por no abrirla en caso de no haber sido entregada en el recinto correspondiente y en la hora fijada.
De la diligencia de recepción
de propuestas se dejará constancia en un acta,
en la cual se
relacionarán las propuestas presentadas, indicando su fecha y hora.
La presentación de la propuesta constituye un compromiso entre el proponente y la sic, según el cual dicha propuesta, permanece abierta para su evaluación y aceptación durante la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, so pena de hacerla efectiva si el proponente la retira, salvo
que este retiro obedezca a la sobreviniente.
configuración de una causal de inhabilidad o
ncompatibilidad
El contenido de las propuestas es de carácter reservado en la forma que la ley lo determina.
Después de entregadas las propuestas y cerrado el proceso, no se permitirá el retiro total o parcial de los documentos que las componen, hasta tanto no se haya legalizado el respectivo contrato.
Una vez radicadas las propuestas, no se podrán efectuar modificaciones, ni entregar documentos adicionales, salvo cuando sean consecuencia de las adendas o modificaciones al pliego de condiciones comunicados con posterioridad a la entrega de la propuesta y en todo caso antes del cierre del proceso.
2.7 Apertura de las propuestas
La apertura de las propuestas, se efectuará en presencia de los proponentes que deseen asistir al acto de cierre del proceso o recibo de propuestas. De lo anterior, se levantará un acta donde se consignará de cada una de las propuestas los siguientes datos:
• Número de ofertas recibidas.
• Nombre de cada proponente.
• Valor de cada propuesta.
• Número de folios de la propuesta.
• Póliza de seriedad de la propuesta y nombre de la compañía aseguradora.
• Retiros de propuestas recibidas por el proponente que así lo solicite.
La entidad levantará un acta, suscrita por los servidores públicos o contratistas que asistan l acto de cierre y
anexará un control de asistencia
de quienes participen en este acto. Los asistentes
podrán dejar las
constancias que estimen pertinentes.
Cuando lo considere conveniente la entidad o cuando lo soliciten un número plural de oferentes se podrá prorrogar el plazo de presentación de las propuestas, antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, para lo cual se expedirá una Adenda (artículo 89 de la Ley 1474 de 2011).
Ninguna de dichas actas podrá ser utilizada por los asistentes para dejar consta cias de alguna
naturaleza, y sólo dará cuenta de la apertura de las propuestas, en los términos previstos en el presente numeral.
Cuando lo estime conveniente la SIC, o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas
que hayan retirado el Pliegos
de Condiciones, se podrá prorrogar el plazo de
resentación de
ofertas, antes de su vencimiento, por un término no superior a la mitad del inicialmente fijado, para lo cual se expedirá una Adenda, de conformidad con el artículo 30, numeral 5, de la Ley 80 de 1993.
Conforme a lo estipulado en el parágrafo 2 del artículo 7 del decreto 2474 de 2008, se entenderá que han retirado el respectivo pliego de condiciones quienes hayan presentado observaciones al proyecto xx xxxxxx de condiciones o hayan asistido a la audiencia de reparto de riesgos.
2.8 RETIRO DE PROPUESTAS.
Los proponentes podrán solicitar a la entidad el retiro de sus propuestas, mediante escrito radicado en el Centro de Documentación e Información y presentado en la Dirección Administrativa y Financiera, antes de la
fecha y hora previstas para el cierre del proceso y apertura de las propuestas. La propuesta será devuelta sin abrir, al momento del acto de apertura, al proponente o a la persona autorizada para el efecto por el mismo.
2.9 UNA PROPUESTA POR PARTICIPANTE.
Cada proponente podrá presentar solamente una propuesta, ya sea por sí solo o como integrante de un consorcio o unión temporal.
2.10 PROPUESTAS ALTERNATIVAS Y CONFORMACIÓN DINÁMICA DE LA PROPUESTA.
Los proponentes podrán presentar, adicionalmente a la propuesta básica, propuestas alternativas, siempre y cuando ello no signifique condicionamiento para la adjudicación y cumplan con el objeto de este proceso. En este evento deberá indicar clara y detalladamente en qué consiste la alternativa y cuáles son sus ventajas.
Las propuestas alternativas deben acompañarse de los documentos que las sustenten, siempre y cuando la
propuesta básica cumpla con lo
establecido en el pliego de condiciones. Sólo serán
consideradas las
propuestas alternativas del proponente elegible en primer lugar.
En el presente proceso de selección no se aceptan propuestas parciales como tampoco conformación dinámica de ofertas de manera parcial o total.
2.11 INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA EN LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
2.11.1 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Todos los documentos otorgados o expedidos en el exterior, deberán presentarse traducidos al idioma
castellano, legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
CONSULARIZACIÓN (DOCUMENTOS PRIVADOS)
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del código de comercio, “Los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de este por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes”.
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del código de comercio que “Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme las leyes del respectivo país” (C. de P. C., artículo 65).
Surtido el trámite señalado en este numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones – Xxxxxxxxxxx 00 Xx. 00 – 00 Xxxxxx) para la correspondiente legalización de la firma del Cónsul y demás trámites pertinentes.
APOSTILLE (DOCUMENTOS PÚBLICOS)
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de Octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso sólo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y la calidad con que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Si la apostille está dada en idioma distinto al idioma castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
2.12.2 RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
Los proponentes no podrán encontrarse incursos dentro de alguna de las causales de inhabilidad o
incompatibilidad para contratar a que se refieren la Constitución Política, artículo 8 de la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, la Ley 1150 de 2007 y normas concordantes en general, así mismo, no debe estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del Artículo 38 de la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único), en concordancia con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
El Proponente declarará en la Carta de Presentación de la propuesta que no se encuentra ncurso dentro de dichas inhabilidades e incompatibilidades.
NOTA: Los interesados en participar en este proceso deberán tener en cuenta el contenido del Artículo 5o. de la Ley 828 de 2003 “Sanciones Administrativas”, en cuyo tercer inciso se establece: “El no pago de las multas aquí señaladas inhabilitará a la persona natural o jurídica para contratar con el Estado mientras persista tal deuda, salvo que se trate de procesos concursales y existan acuerdos de pago según la Ley 550 de 1999”.
2.13 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El Comité de Evaluación conformado para el efecto, tendrá un término de hasta tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente al cierre para elaborar los estudios jurídicos, técnicos y económicos necesarios para la evaluación de las OFERTAS y para solicitar a los OFERENTES las aclaraciones y explicaciones que se estimen indispensables, sin que por ello el OFERENTE pueda adicionar, modificar, completar o mejorar SU OFERTA. Tanto la solicitud de la SIC, como la respuesta de los proponentes deberán constar por escrito.
En dicho período, se podrá solicitar a los proponentes la aclaración de sus propuestas o la presentación de los documentos, es decir, aquellos que no sean necesarios para la comparación objetiva de la propuesta
o asignación de puntajes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán modificar o mejorar sus ofertas.
El proponente deberá dar respuesta a las solicitudes de aclaración a la propuesta dentro de un plazo máximo que se fijará en la comunicación mediante la cual se solicita las aclaraciones, en ejercicio de esta facultad, los oferentes NO podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
Las propuestas que se presenten deberán referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos en los pliegos de condiciones (numeral 6 artículo 30 Ley 80 de 1993).
Cuando a juicio de la SIC el plazo para la verificación y evaluación de las propuestas, no garantice el deber de selección objetiva, ésta podrá prorrogarlo hasta por un término igual al inicialmente señalado.
2.14. PUBLICACIÓN DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN
Los informes de verificación de los documentos y evaluación de las propuestas se pondrán a disposición de los interesados por tres (3) días hábiles, a partir de la fecha indicada en el cronograma del proceso, del
presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, con el fin de que los proponentes en dicho término formulen sus
observaciones a tales informes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
El pronunciamiento que se haga por los proponentes al informe de evaluación de las ofertas se debe tramitar por escrito ante la sic mediante correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
2.15. AUDIENCIA DE VERIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
En este proceso de selección se llevará a cabo la audiencia de verificación de la propuesta económica para determinar la consistencia con la oferta técnica, en la hora y fecha señalada en el cronograma de actividades, de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del Decreto 2474 de 2008.
2.16 Adjudicación
Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término de traslado del Informe de
Evaluación, se llevará a cabo la adjudicación del presente proceso de selección en la fecha y hora señalada en el cronograma de actividades, en la carrera 45 Nº 26-33, Bogotá, D.C. Cuando el anterior plazo, a juicio de la sic no sea suficiente, éste podrá prorrogarlo antes de su vencimiento hasta por un término igual a la mitad del inicialmente señalado.
2.18 Declaratoria de desierta.
La SIC declarará desierta la presente Licitación cuando:
• No se presenten ofertas.
• Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a lo establecido en el pliego de condiciones.
• Cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva de la propuesta más favorable para la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 num. 18 de la Ley 80 de 1993.
2.17 Suscripción del Contrato.
El Contrato que resulte adjudicado como resultado del presente proceso deberá suscribirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación.
Si por renuencia injustificada del adjudicatario no se perfecciona el contrato correspondiente dentro del plazo establecido en el pliego de condiciones quedará establecido en el pliego de condiciones quedará a favor de
Radio Televisión Nacional de Colombia, en calidad de sanción el valor de la garantía responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía.
constituida para conducentes al
2.18 Consecuencias de la no suscripción del contrato
A. Efectividad de la garantía de Seriedad
Salvo fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, si el adjudicatario no cumpliere
las condiciones y obligaciones
establecidas en la presente Licitación pública y en
especial la de
suscribir oportunamente el contrato, constituir la garantía única, efectuar la legalización del mismo dentro del término señalado o mantener lo ofrecido en su propuesta, la garantía de seriedad se hará efectiva a favor de la SIC a título de indemnización anticipada de perjuicios, pudiendo recurrir a las demás acciones civiles o penales que puedan ser instauradas. Se aplicará lo previsto en el Artículo 8º, literal e. de la Ley 80 de 1993.
Sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de daños y perjuicios causados y no cubiertos por el valor de la garantía constituida
B. suscripción de contrato con el proponente calificado en segundo lugar
En este evento, la Entidad mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del término para suscribir el mismo o cumplir dichos requisitos, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para la Entidad, conforme con el numeral 12 artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
2.19 Devolución de las Propuestas
Una vez legalizado el contrato producto del presente proceso de selección, los proponentes no favorecidos podrán solicitar la devolución de las copias de sus propuestas, de lo contrario la ENTIDAD dentro del mes siguiente a la legalización del contrato, las devolverá por correo a la dirección registrada.
2.20. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA Y HORA | ||||||
PUBLICACIÓN PÚBLICA | DEL | AVISO | DE | CONVOCATORIA | El día 1 de septiembre de 2011 | ||
PUBLICACIÓN DE: • ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD • PROYECTO XX XXXXXX DE CONDICIONES EN LA PÁGINA DEL PORTAL ÚNICO DE CONTRATACIÓN | El día 1 de septiembre de 2011 | ||||||
OBSERVACIONES AL CONDICIONES | PROYECTO | XX | XXXXXX | DE | Se reciben observaciones y/o sugerencias al proyecto xx xxxxxx, desde el 25 xx xxxxxx hasta el 12 de septiembre de 2011 | ||
PUBLICACIÓN DE: • RESOLUCIÓN DE APERTURA DEL PROCESO • PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO • ESTUDIO DE CONVENIENCIA DEFINITIVO EN LA PÁGINA DEL PORTAL ÚNICO DE CONTRATACIÓN | El día 7 de septiembre de 2011 | ||||||
AUDIENCIA DE ACLARACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES | El día 9 de septiembre de 2011 a las 10:00 a.m., en la Carrera 13 No. 27-00 Piso 3. | ||||||
PRESENTACIÓN DE OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO | Se reciben observaciones y/o sugerencias al p iego de condiciones, desde el 7 de septiembre hasta el 12 de septiembre de 2011 | ||||||
AUDIENCIA DE CIERRE Y APERTURA DE PROPUESTAS DEL PROCESO | El día 14 de septiembre de 2011, hasta las 3:00 p.m. | ||||||
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS | Entre los 3 días hábiles siguientes al cierre del proceso. Entre el 15 y 19 de septiembre de 2011 | ||||||
PLAZO PARA PRESENTAR OBSERVACIONES A LA EVALUACIÓN | Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la publicación de la evaluación preliminar. Entre el 20 y 22 de septiembre de 2011 | ||||||
APERTURA DE SOBRE ECONOMICO Y ADJUDICACION | Entre el 23 y el 29 de septiembre de 2011.. | ||||||
FIRMA DEL CONTRATO | Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación del proceso. |
NOTA: El cronograma a que se refiere el presente numeral, en el evento de ser necesario, será modificado mediante Adenda, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.
CAPITULO III
FACTORES DE SELECCION OBJETIVA
En el presente proceso de selección objetiva se escogerá el ofrecimiento más favorable para la Superintendencia de Industria y Comercio y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
Todas las propuestas presentadas válidamente se analizarán bajo los mismos parámetros, dando cumplimiento al principio de selección objetiva para garantizar la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad y la realización de los fines que se buscan.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas No servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje o que no constituyan requisitos mínimos de la oferta, podrán ser solicitados por las entidades en cualquier momento hasta la adjudicación.
A continuación se menciona el proceso y criterios de verificación y evaluación, de las propuestas, con su correspondiente asignación en calificación si es del caso, así como el orden de cada criterio.
Las propuestas se evaluarán de acuerdo con la distribución de puntajes indicados en la siguiente tabla:
FACTORES DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN | |||
PARAMETRO | VERIFICACION | EVALUACION | PUN AJE |
CONFORMACIÓN DE LA LISTA CORTA | |||
Evaluación jurídica | Habilitante | Habilitante | |
Evaluación financiera | Habilitante | Habilitante | |
Evaluación técnica | Habilitante | Habilitante | |
FACTORES DE PONDERACION | |||
EVALUACIÓN TÉCNICA | Ponderable | 900 puntos | |
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL | Ponderable | 100 puntos | |
TOTAL: 1000 PUNTOS |
3.1 REQUISITOS HABILITANTES PARA LA ELABORACION DE LA LISTA CORTA
Se aceptarán expresiones de interés presentadas por personas naturales, jurídicas, consorcios o uniones temporales legalmente constituidas y facultadas para ser intermediarios de seguros, que ofrezcan adecuadas condiciones de capacidad jurídica, financiera y técnica. Los interesados deberán cumplir con los requisitos establecidos en este numeral para ser integrantes de la lista corta y hacerse acreedores a la invitación de la Superintendencia de Industria y Comercio para presentar la propuesta técnica del concurso de méritos.
La SIC evaluará los requisitos habilitantes de acuerdo con el artículos 5 de la ley 1150 de 2007, en relación con los factores Jurídicos, financieros y técnicos de verificación de requerimientos mínimos.
ASPECTO | CRITERIO DE VERIFICACION |
JURÍDICO | Cumple/No Cumple |
FINANCIERO | Cumple/No Cumple |
TÉCNICO | Cumple/No Cumple |
3.1.1.REQUISITOS DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
Se efectuará una verificación jurídica al proponente, de conformidad con los documentos y criterios establecidos en el presente acápite.
Los documentos aquí exigidos se verificarán para determinar su cumplimiento o no. El proponente individual y/o todos los miembros de la unión temporal o consorcio deberán cumplir con la presentación del documento aquí exigido, a continuación:
3.1.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN
El proponente deberá diligenciar el Formato No. X del presente pliego de condiciones, modelo de carta de presentación de la propuesta, en el cual se indica la información que cada proponente debe manifestar en la misma y cumplir en caso de ser favorecido con el contrato correspondiente.
En esta carta el proponente deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que él o sus integrantes si el mismo es un consorcio o una unión temporal no se encuentra(n) incurso(s) en las causales de inhabilidades o incompatibilidades, prohibiciones o conflictos de intereses establecidas en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás normas pertinentes.
Igualmente deberá manifestar que se conocen y aceptan todas las especificaciones y condiciones consignadas en el presente documento, el plazo de ejecución del contrato y las demás manifestaciones señaladas en el formato de carta de presentación de la propuesta. Si estas manifestaciones no se realizan en
la carta de presentación, las mismas se entenderán efectuadas con la presentación respectiva.
de la propuesta
La carta de presentación de la propuesta debe estar debidamente firmada por el proponente cuando se trate de una persona natural o por el representante legal de la sociedad cuando se trate de una persona jurídica, consorcio o unión temporal.
3.1.1.2 ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
3.1.1.2.1 PERSONAS NATURALES NACIONALES Y EXTRANJERAS
Si el proponente es persona natural nacional deberá anexar los siguientes documentos básicos:
a. Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
b. Certificado de Inscripción en el Registro Mercantil, si tiene esta obligación de acuerdo con el artículo 19 del Código de Comercio.
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país, deberán aportar el documento que acredite la inscripción correspondiente en el país donde tienen su domicilio principal. A falta de dicho documento, deberán presentar la certificación de inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio.
Adicionalmente, deberán además acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarlas judicial y extrajudicialmente.
El Registro Mercantil deberá haber sido expedido con fecha no mayor a dos (2) meses, anteriores a la fecha de cierre.
3.1.1.2.2 PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES Y EXTRANJERAS
Podrán participar las personas jurídicas nacionales, constituidas conforme a la legislación colombiana y con domicilio en Colombia, que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio social, con fecha de expedición no superior a un (1) mes anterior a la fecha de presentación de la propuesta.
b. Acreditar la duración de la persona jurídica por el plazo del contrato, su liquidación y un (1) año más, contado a partir de la fecha de cierre del presente proceso.
c. Acreditar que el objeto social principal de la sociedad se encuentra directamente relacionado con el objeto del contrato, de manera que le permita a la persona jurídica la celebración y ejecución del mismo, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere.
Las personas jurídicas de origen extranjero, tengan o no domicilio en Colombia a través de sus sucursales, se someterán en todo caso a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones:
Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia deberán acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Xxxxxx de Condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente
3.1.1.3 PROPUESTAS CONJUNTAS (CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES)
Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio o unión temporal.
En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas y no las personas que lo conforman individualmente consideradas.
Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Acreditar la existencia del consorcio o de la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, diligenciando el formato XX xxx xxxxxx, según corresponda, en el que conste de manera expresa en el acuerdo correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido.
Para efectos de lo previsto en el artículo 7º de la Ley 80 de 1993, el Proponente deberá indicar en la carta de presentación y en el documento de conformación si su propuesta se formula a título de Consorcio o Unión Temporal, para lo cual deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
• Indicar el tipo de asociación de que se trate: Consorcio o Unión Temporal.
• Si se trata de Unión Temporal, sus miembros deberán señalar en la Propuesta la extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la misma y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la Entidad.
• Acreditar que la duración del consorcio o unión temporal debe extenderse por el plazo del contrato, su liquidación y un (1) año más, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso.
• La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del Consorcio o Unión Temporal. Igualmente deberá designar un suplente que lo reemp ace en los casos de ausencia temporal o definitiva.
• LOS REQUISITOS RELACIONADOS CON LA EXISTENCIA, REPRESENTACIÓN Y CAPACIDAD
JURÍDICA DE CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL, RESPECTO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS O NATURALES QUE SE ASOCIEN EN CONSORCIO O EN UNIÓN TEMPORAL PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DEBERÁN ACREDITARSE CONFORME SE INDICA EN LOS NUMERALES RESPECTIVOS XXX XXXXXX.
3.1.1.4. AUTORIZACION ÓRGANO SOCIAL COMPETENTE O ACTUACIÓN POR APODERADO
Cuando el representante legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades
MEDIO DE
para contratar y
comprometer a la sociedad, deberá acreditar que ha sido facultado por el órgano competente para presentar la oferta y firmar el contrato hasta por el valor de la misma en caso de adjudicación, mediante fotocopia simple y legible del acta o del extracto del acta del órgano directivo de la sociedad que autorice a su representante legal para participar en el presente proceso y suscribir el contrato, autorización que debe haberse conferido con anterioridad a la presentación de la propuesta.
En el evento en que el certificado de la Cámara de Comercio remita a los estatutos de la sociedad para efectos de determinar las limitaciones al representante legal, se debe anexar fotocopia de dichos estatutos.
Cuando el(los) proponente(s) nacional(es) actúe(n) por medio de un representante o apoderado, deberá(n) presentar el original del documento legalmente otorgado en el que conste tal circunstancia y las facultades conferidas, especialmente que se halla facultado para presentar la propuesta, suscribir el contrato y adelantar los trámites requeridos para la legalización del contrato, ejecución y liquidación del mismo, según sea el caso.
3.1.1.5 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CALIFICACIÓN Y CLASIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
3.1.1.5.1 PERSONAS NACIONALES
El Proponente debe presentar con su propuesta el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia, como se describe a continuación.
ACTIVIDAD: CONSULTOR ESPECIALIDAD 10 OTROS
GRUPO 4 Servicios de gestión Gerencia de proyectos.
Asistencia técnica y asesoría en servicios. Operación llave en mano.
Gestión de arranque de proyectos. Evaluación ex-post de proyectos. Seguimiento y evaluación de proyectos. Manejo de riesgos.
Asesoría en financiación de proyectos. Interventoría.
De conformidad con el art. 6 numeral 6.3 de la ley 1150 de de 2007 y el Artículo 8 del Decreto 1464 de 2010 El Certificado de Registro Único de Proponentes que adjunte el proponente con su propuesta, deberá estar vigente y en firme a la fecha de cierre del presente proceso y expedido dentro de los TREINTA (30) días hábiles anteriores a la fecha de presentación de la propuesta.
El proponente y todos los miembros del consorcio o unión temporal, que vayan a prestar el servicio y/o proveer los bienes objeto del presente proceso de selección, trátese de personas naturales o jurídicas, deben encontrarse registrados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, de acuerdo con el artículo 22, numerales 22.1, 22.2 y 22.3 de la Ley 80 de 1993, y el decreto No. 1464 de 2010.
De conformidad con el Artículo 8 del Decreto 1464 de 2010, cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que se modifica estará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme. (subrayado y negrilla fuera de texto)
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. Lo mismo ocurre en relación con la información que proviene del registro mercantil o del registro de entidades sin ánimo de lucro para los efectos de lo previsto en los numerales 1, 3 y 6 del artículo 10 del presente decreto.
NOTA: Las propuestas cuyo Certificado de Registro Único de Proponentes aportado no se encuentre vigente y su información en firme a la fecha del cierre del proceso, NO será objeto de evaluación.
3.1.1.5.2 PERSONAS EXTRANJERAS
Las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán aportar el documento que acredite la EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL respectiva el cual deberá contener como mínimo: La designación del representante legal y sus facultades y que el término de duración de esta no sea inferior al plazo de ejecución del contrato y un año más. Así mismo, su objeto social debe corresponder al desarrollo de actividades relacionadas directamente con el objeto del presente proceso de selección.
En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, se debe presentar copia del
documento respectivo válido en el país de origen de la sociedad, en el que se señale que ha sido facultado por el órgano social competente, para comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada y en el contrato que se derive de este proceso de selección.
3.1.1.6 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA.
El proponente deberá constituir a su xxxxx, a favor de la Entidad NIT 800.176.089-2 y presentar con su propuesta, una garantía de seriedad de la oferta expedida por una compañía de se uros legalmente establecida en Colombia o una Entidad Bancaria autorizada para expedir la póliza de cumplimiento y seriedad de la oferta, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial, con vigencia de tres meses a partir de la fecha y hora fijadas para el cierre del proceso.
En las propuestas presentadas por personas jurídicas la póliza o garantía debe ser tomada a nombre de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, sin utilizar sigla, a no ser que en el Certificado de la Cámara de Comercio se establezca que la sociedad podrá identificarse con la sigla.
En las propuestas presentadas en Consorcio o Unión Temporal la póliza deberá tomarse a nombre de la totalidad de los integrantes del mismo, enunciando e identificando a todos sus integrantes. Una vez firmado y legalizado el contrato, la entidad devolverá la garantía de seriedad de las propuestas, a los proponentes que así lo soliciten.
De conformidad con el artículo 1º del Decreto 2493 de 2009, la no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de esta última.
NOTA: EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en los siguientes eventos:
a. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado.
b. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el término previsto en los pliegos para la adjudicación del contrato se prorrogue o cuando el término previsto para la suscripción del contrato se prorrogue, siempre y cuando esas prórrogas no excedan un término de tres meses.
c. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del contrato.
d. El retiro de la oferta después de vencido el término fijado para la presentación de la propuestas.
e. La falta de pago de los derechos de publicación en el Diario Único de Contratación previstos como requisitos de legalización del contrato.
En el evento señalado en el literal a., el valor asegurado de la garantía quedará a favor de la entidad contratante en calidad de sanción, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la misma. Ante tal situación, la Entidad mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento del término para suscribir el mismo o cumplir dichos requisitos, al proponente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su propuesta también sea igualmente favorable para la Entidad, conforme con el numeral 12 artículo 30 de la Ley 80 de 1993.
En los eventos señalados b., c., d. y e., la garantía de seriedad de la oferta cubrirá los perjuicios que los mismos ocasionen, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por la misma.
3.1.1.7 CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES
Los proponentes presentarán con su propuesta la certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando exista, de acuerdo con los requerimientos xx Xxx o por el representante legal, del pago de sus obligaciones en cuanto a los aportes a sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones, y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante los seis (6) meses inmediatamente anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, Para el efecto deberá diligenciar el Formato No. X. xxx xxxxxx
En el evento en que la sociedad tenga menos de seis (6) meses de constitución, deberá acreditar los pagos mencionados a partir de la fecha de su constitución. Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos).
Cuando el proponente sea una persona natural, deberá certificar el pago de sus aportes y el de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, para el efecto deberá diligenciar el Formato X xxx xxxxxx.
Dicho documento debe certificar que a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses del calendario que legalmente sean exigibles en la citada fecha, (o sea, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos).
En caso que el proponente no tenga personal a cargo y por ende no esté obligado a efectuar al pago de aportes parafiscales y seguridad social por personal debe, también bajo la gravedad de juramento, indicar esta circunstancia.
El adjudicatario del proceso de selección, trátese de persona natural o jurídica, debe tener en cuenta que para la suscripción del contrato, así como para cada uno de sus pagos, debe acreditar estar al día en sus aportes parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar cuando corresponda. (Artículo 23 Ley 1150 de 2007).
3.1.1.8 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN TANTO DEL REPRESENTANTE LEGAL COMO DE LA SOCIEDAD.
El Proponente deberá aportar con la propuesta la certificación de antecedentes disciplinarios, expedida por la Procuraduría General de la Nación de que trata la Ley 734 de 2002. ESTA CERTIFICACIÓN DEBE ESTAR EXPEDIDA A NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA PROPONENTE Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL.
Cuando el proponente sea un Consorcio o una Unión Temporal, cada uno de los miembros deberá presentar la certificación de que trata este numeral.
3.1.1.9 FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA.
El oferente persona natural o el representante legal en caso de persona jurídica, deberá diligenciar y anexar en la oferta el Formato Único de Hoja de Vida de persona jurídica y/o persona natural del Departamento Administrativo de la Función Pública debidamente diligenciado.
NOTA: El Formato Único de Hoja de Vida lo puede obtener visitando la siguiente dirección del Departamento Administrativo de la Función Pública: xxx.xxxx.xxx.xx, Publicaciones, Formatos.
• El objeto social del proponente o de los miembros del proponente si acuden bajo cualquiera de las figuras asociativas autorizadas por la ley 80 de 1993, debe ser acorde con el objeto de la presente convocatoria.
• Las personas jurídicas deben acreditar que su duración es, como mínimo, igual a la del contrato y un
(1) año más.
• El representante legal del proponente debe estar autorizado para presentar la propuesta y suscribir el contrato.
• Los proponentes no deben estar reportados en el boletín de responsables fiscales de la Controlaría General de la República, de acuerdo con lo previsto en la Ley 610 de 2000, para lo cual deben aportar el certificado de responsabilidad fiscal de la empresa y del representante legal.
• Las propuestas deben ser presentadas en la fecha y hora señaladas en el cronograma del presente pliego de condiciones.
• La propuesta se deberá ajustar a las especificaciones técnicas y económicas mínimas del presente Pliego de Condiciones. Para tales efectos, la oferta deberá referirse a todos y cada uno de los puntos contenidos en este Pliego de Condiciones y sujetarse a ellos. El proponente deberá explicar clara y concisamente su entendimiento xxx Xxxxxx de Condiciones.
• El proponente deberá presentar certificación expedida por contador o revisor fiscal, cuando se trate de una Mipyme, en la que se señale el rango en el que se encuentre la empresa proponente de conformidad con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 905 de 2004 y decreto 3806 de 2009.
• El proponente deberá examinar el Pliego de Condiciones y todos los documentos anexos a estas instrucciones. Cualquier omisión del proponente en proporcionar la información requerida es de su
propio riesgo y podría generar rechazo de su propuesta; siempre y cuando comparación objetiva de las propuestas.
sea vital para la
• La propuesta deberá tener una vigencia de noventa (90) días calendario contados desde la fecha de cierre de la licitación. Los proponentes deberán extender el período de validez, en razón de la prórroga en los plazos de adjudicación o firma del contrato; so pena de que se entienda que desisten de la misma.
3.1.2 REQUISITOS DE VERIFICACION FINANCIERA
Para determinar las propuestas hábiles financieramente, se revisará, que las propuestas contengan todos los documentos financieros solicitados en el presente capítulo del presente pliego de condiciones.
La revisión de los documentos presentados para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje
alguno, solamente determinará si condiciones.
la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de
DOCUMENTOS DE CARÁCTER FINANCIERO
3.1.2.1 LOS DOCUMENTOS QUE CONFORMAN ESTE NUMERAL SON VERIFICABLES Y COMO TAL SE CONSTITUYEN EN UN REQUISITO HABILITANTE PARA LA PARTICIPACIÓN EN ESTE PROCESO DE SELECCIÓN
La verificación financiera se efectuará con base en la capacidad financiera presentada en el Registro Único de Proponentes cuya información debe encontrarse con corte al 31 de diciembre de 2010 y teniendo como base los indicadores señalados a continuación, su resultado determinará la solidez de la empresa a contratar y el nivel de riesgo de los oferentes. Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 1464 de 2010.
La revisión de dicho documento para la verificación de la capacidad financiera no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con lo requerido en el presente pliego de condiciones.
De conformidad con el art. 6 numeral 6.3 de la Ley 1150 de de 2007 y el artículo 8 del Decreto 1464 de 2010, las propuestas cuyo Certificado de Registro Único de Proponentes aportado NO se encuentre EN FIRME a la fecha del cierre del proceso, NO SERÁ OBJETO DE EVALUACIÓN.
3.1.2.2 INDICADORES
• Patrimonio: El patrimonio mínimo requerido para participar en el presente proceso equivale a 80
SMMLV, quienes presenten un patrimonio inferior serán INHABILITADOS y su rechazada.
propuesta será
• Índice de Liquidez: Capacidad del proponente para cumplir con el pago de las deudas de corto plazo (pasivo corriente) a partir de los recursos disponibles y circulantes (activo corriente), se requiere un índice de liquidez mínimo del 1.0, por lo tanto la propuesta cuyo Índice de liquidez sea igual o superior a 1.0 será HABILITADA financieramente para participar en el proceso, si por el contrario el indicador mencionado es inferior a 1.0 será INHABILITADADO financieramente y su propuesta será rechazada.
• Endeudamiento: Representa el grado en que se encuentran comprometidos los activos del
proponente (corriente y no corriente) para cubrir la totalidad de las deudas reveladas en sus estados financieros, se requiere un nivel de endeudamiento máximo del 65,00%, por lo t nto la propuesta cuyo resultado sea inferior o igual al 65,00% será HABILITADA financieramente para participar en el proceso, si por el contrario el resultado del indicador es mayor al 65,00%, será INHABILITADO financieramente y su propuesta será rechazada.
INDICE | FORMULA | VALORES ACEPTABLES |
PATRIMONIO | ACTIVO TOTAL – PASIVO TOTAL | Igual o mayor a 80 SMMLV |
INDICE DE LIQUIDEZ | ACTIVO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE | Igual o mayor a 1.0 |
INDICE DE ENDEUDAMIENTO | PASIVO TOTAL ACTIVO TOTAL | Igual o menor al 65,00% |
Para el caso de los indicadores, cuando son Consorcios (responsabilidad solidaria), será el promedio de los indicadores el que se tome. En el caso de Uniones Temporales, se tomará el indicador de cada uno ponderado por el porcentaje de participación en la Unión temporal.
6.1.2.3 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN
La Capacidad Residual establecida debe ser igual o mayor al valor del presupuesto estimado para el presente proceso, este valor se deberá presentar en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, para lo cual deberá diligenciar el Formato No. X - CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN. xxx xxxxxx de condiciones
Para establecer la capacidad residual se deberán considerar todos los contratos que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta.
Así mismo, el Decreto 1464 de 2010 en el artículo 2 numeral 2, establece que:
“Capacidad residual: Es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la sumatoria de los valores de los contratos que tenga en ejecución el contratista. El cálculo de la capacidad residual se exigirá por las entidades estatales para el momento en que se presente la propuesta, cualquiera que sea la modalidad del contrato.
Para establecer la capacidad residual del proponente o K de contratación, la entidad contratante deberá considerar los contratos relevantes que tenga en ejecución el proponente al momento de presentar la oferta,
de acuerdo con lo señalado en el respectivo pliego de condiciones, incluyendo los que tenga por su
participación en sociedades, consorcios o uniones temporales. El pliego también definirá la forma en que se tendrá en cuenta el porcentaje de ejecución de contratos no finalizados que se consideren en el cálculo de la capacidad residual para obtener su resultado".
Para el caso de consorcios o uniones temporales la capacidad de contratación residual será la del integrante que esté inscrito, clasificado y calificado, en la actividad(es), especialidad(es) y grupo(s) exigidos en el pliego de condiciones o la sumatoria de las capacidades individuales de contratación residual de los integrantes del consorcio o unión temporal, que estén inscritos clasificados y calificados, en la actividad(es), especialidad(es) y grupo(s) exigidos en el pliego de condiciones, en todo caso, esta debe ser mayor o igual en SMMLV al presupuesto estimado para el presente proceso, para lo cual cada uno de los integrantes de la asociación deberá diligenciar el Formato No. xxx xxxxxx
3.1.2.4 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN.
En el caso que el proponente a la fecha de entrega de la propuesta no posea contratos en ejecución ni suspendidos ni contratos adjudicados o suscritos sin acta de iniciación, deberá marcarlo en la casilla
correspondiente para tal efecto CONTRATACION, xxx xxxxxx
en el FORMATO No. 0X - FORMATO CAPACIDAD
RESIDUAL DE
El Formato No. 0X - FORMATO CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACION, deberá ser presentado en físico debidamente suscrito por el Representante Legal y Contador Público y en medio magnético en formato Excel en los CD empleados para la presentación de las copias de la propuesta.
3.1.2.5 CERTIFICACIÓN BANCARIA Y AUTORIZACIÓN
A la propuesta se debe acompañar una certificación expedida por la entidad financiera en donde el proponente posea cuenta corriente o de ahorros, en donde se indique el número de la cuenta, clase, nombre del titular y su número de identificación, a través de la cual la Superintendencia efectuará el pago del contrato.
Así mismo el oferente debe acompañar una autorización por escrito para que se le consigne o se le
transfieran los recursos producto propiedad.
de los pagos del contrato, a la cuenta corriente o de ahorros de su
3.1.3 FACTORS TECNICOS:
3.1.3.1 EXPERIENCIA ACREDITADA
En concordancia con el Parágrafo 1 del artículo 18 del decreto 1464 de 2010. “DOCUMENTOS DE SOPORTE SOBRE EXPERIENCIA PROBABLE” Señala que “En los procesos de selección, las entidades podrán solicitar a los proponentes información adicional sobre su experiencia, relacionada con asuntos no
contemplados en el registro único de proponentes.” En consecuencia la sic contempla como requisito
habilitante adicional a la experiencia probable el siguiente:
A. GENERAL
EL OFERENTE debe anexar como requisito técnico mínimo a su OFERTA para acreditar la experiencia general, con dos (2) certificaciones o actas de liquidación de contratos ejecutados cuyo objeto sea o haya sido la Interventoría técnica, administrativa y financiera de proyectos de obra, o Administración de proyectos de obra, desde el 1° de enero de 2006, por un valor mínimo de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ( $30.000.000) cada uno.
B. ESPECIFICA:
El oferente deberá anexar adicionalmente una (1) certificación o acta de liquidación de contratos en los cuales se hayan realizado actividades de Interventoría técnica, administrativa y financiera de proyectos de obra cuyo objeto haya sido el mejoramiento o adecuación de espacios físicos, en los cuales se hayan desarrollado actividades de oficina abierta por un valor no inferior o igual a CUARENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ( $40.000.000) y dos (2) certificaciones de contratos ejecutados en los cuales haya realizado actividades que incluyan actividades de obra civil, instalaciones eléctricas y cableado estructurado por un valor de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE. ( $20.000.000) cada una. Dichos contratos deben haber sido celebrados y ejecutados en los últimos cinco años, contados desde del 1 de enero de 2006.
Todas las certificaciones de experiencia general y especifica, deberán contar con la siguiente información EL documento que acredite la experiencia general y especifica debe contar con la siguiente información:
• Nombre del Proponente
• Entidad que certifica
• Valor del contrato
• Objeto del contrato
• Funcionario que certifica
• Fecha de Inicio y Terminación
El proponente deberá diligenciar el Anexo No 4 y la información que contenga debe corresponder a las certificaciones anexadas.
En caso de que la experiencia a acreditar del proponte haya sido como integrante de un consorcio o unión temporal. En el mismo debe identificarse el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes (para efectos de calificación se tendrá en cuenta únicamente el porcentaje de la participación del oferente que conforme el consorcio o unión temporal que presente oferta).
3.1.3.2 EXPERIENCIA PROBABLE
La experiencia probable de los proponentes se verificará con base en la información consignada en el Registro Único de Proponentes de conformidad con el artículo 31 del Decreto 1464 de 2010, y se calculará como la suma de puntos por antigüedad, por el contrato de consultoría de mayor valor y puntaje por número de contratos de consultoría, así:
ITEM. | CRITERIO | PUNTAJE MINIMO |
1. | Antigüedad medida en número de años de ejercicio profesional | 60 Puntos |
2. | Valor máximo del contrato en consultoría | 80 Puntos |
3. | Número de contratos de consultoría | 30 Puntos |
3.1.3.3 PERSONAL BÁSICO
Con el fin de hacer la revisión de la experiencia mínima del personal básico es necesario que en la oferta se anexe la hoja de vida de cada uno de los profesionales propuestos para los perfiles exigidos, con los soportes correspondientes.
Las hojas de vida deberán tener los datos generales del profesional, formación académica, copia de la tarjeta profesional con certificación de vigencia expedida por el órgano competente, la relación detallada en día, mes y año de inicio y finalización de cada experiencia específica acreditada con su soporte respectivo.
Con fundamento en los soportes presentados con la hoja de vida la entidad verificará la experiencia mínima requerida al personal básico ofertado por el proponente. Esta verificación no otorga puntaje.
LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO considera como experiencia mínima del personal básico para el desarrollo de proyecto la siguiente:
PERSONAL | PERFIL |
Un (1)Director de Interventoría | Deberá ser un Ingeniero Civil o Arquitecto, con experiencia profesional general no menor a diez (10) años a partir de 1 de Enero de 2001, de los cuales debe tener como mínimo siete (7) años de experiencia específica demostrable en supervisión de proyectos de obra y/o interventoria de obra que incluyan actividades de carpintería metálica, oficina abierta e instalaciones eléctricas y cableado estructurado. De dichas experiencias especificas el profesional deberá demostrar que cuenta con experiencia de dos (2) años en cableado estructurado y tres en las demás actividades requeridas. Dedicación del 50% de la duración del Contrato. |
Un (1) Residente de Interventoría: | Deberá ser un Ingeniero Civil o arquitecto con experiencia profesional general no menor a seis (6) años a partir de 1 de Enero de 2005 de los cuales debe tener como mínimo cuatro (4) años de experiencia específica demostrable en supervisión de proyectos de obra que incluyan actividades de carpintería metálica y oficina abierta Dedicación: 100% de la duración del contrato |
Un (1) Residente de interventoría para las actividades de cableado estructurado: | Deberán ser Ingeniero eléctrico, electricista o de sistemas con experiencia General no menor de seis (6) años, a partir de 1 de Enero de 2005 de los cuales debe tener como mínimo cuatro (4) años de experiencia específica demostrable en proyectos de cableado estructurado. Dedicación: 25% de la duración del contrato |
Notas:
1. Experiencia general, es el tiempo demostrable laborado en ejercicio de la profesión transcurrido a partir de la fecha de la expedición o confirmación de la matrícula o tarjeta profesional.
2 Experiencia específica, se determina como la práctica adquirida en el ejercicio de las funciones de un cargo en particular o en una determinada área de trabajo o área de la profesión. También se cuenta a partir de la expedición o confirmación de la matricula o tarjeta profesional.
Para cada uno de los profesionales antes mencionados, se deberá anexar fotocopia de la Tarjeta Profesional con certificación de vigencia expedida por el órgano competente y diligenciar para cada uno de ellos la información solicitada en el ANEXO No. 3. Los estudios de pregrado y postgrado que se exijan como requisito
mínimo, se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificado de obtención del título correspondiente.
El proponente debe presentar certificaciones de la información de experiencia general y específica que consigna en el anexo No.3., para efectos de su verificación y ponderación.
Para efectos de la ponderación de la experiencia no se valdrán traslapos en los tiempos de ejecución para el residente de interventoría cuya dedicación sea del 100%. Para los cargos de Director y Residente de interventoría para cableado estructurado, se valdrán traslapos, siempre y cuando la certificación laboral especifique el tiempo de dedicación, en cada uno de los contratos aportados como experiencia.
De igual forma el proponente deberá anexar las certificaciones con fecha de inicio y fecha de terminación en la cual se informe en forma expresa días mes y año.
La experiencia como profesor de cátedra, Director de Proyectos de Tesis o Asesor de Proyectos de tesis no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
El Contratista está obligado a emplear en la ejecución de los trabajos el personal profesional y de
especialistas aprobados, quienes deberán suscribir con el número de su Tarjeta Profesional todos los
informes, estudios, diseños y planos en sus respectivas áreas.
3.2. FACTORES DE PONDERACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas serán evaluadas sobre un total de mil (1000) puntos, resultantes de la sumatoria de los puntajes otorgados a los parámetros de ponderación de conformidad con lo establecido en la siguiente tabla:
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA | |||
ITEM | FACTOR DE EVALUACION TECNICA | PUNTAJE | |
A | Experiencia Especifica del Proponente | 300 | |
• Ponderación de la experiencia por precio | 150 Puntos | ||
• Ponderación de la experiencia por tiempo | 150 Puntos | ||
B. | Experiencia del Personal Básico Propuesto | 600 | |
• Director | 300 puntos | ||
• Residente de Interventoría | 150 puntos | ||
• Residente de Ingeniería Eléctrica | 150 puntos | ||
C. | Apoyo a la Industria Nacional | 100 | |
TOTAL: | 1000 |
3.2.1 EVALUACIÓN TÉCNICA (HASTA 300 PUNTOS)
Los factores técnicos de ponderación técnica son los que a continuación se relacionan y el puntaje se otorgará de conformidad con las tablas descritas a continuación:
ITEM. | CONCEPTO | PUNTAJE (MAXIMO 100 PUNTOS) |
1. | Experiencia especifica del proponente | 300 PUNTOS |
2. | Experiencia del personal propuesto | 600 PUNTOS |
3.2.1.1 EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE (150 puntos máximo)
La experiencia especifica del proponente se evaluara de la siguiente manera:
A. PONDERACION DE LA EXPERIENCIA -VALOR DE CONTRATOS
La Superintendencia de Industria y Comercio con fundamento en la experiencia acreditada (General y Especifica) por los proponentes, otorgara el máximo puntaje de este ítem aquel oferente que cuente con el mayor valor de contratos ejecutados.
se evaluara dicho item sumando el valor de cada uno de los contratos con los cuales el proponente acredito la experiencia acreditada (General y Especifica) establecida en el numeral 6.1.3.1 del presente estudio de conveniencia y oportunidad, y a los demás proponentes se asignará el puntaje en forma proporcional aplicando una regla de tres simple.
No se tendrá en cuenta la experiencia en la cual el supervisor o contratante informe el no cumplimiento o cumplimiento tardío de las obligaciones.
B. PONDERACION DE LA EXPERIENCIA POR TIEMPO (Hasta 150)
La Superintendencia de Industria y Comercio con fundamento en la experiencia acreditada (General y Especifica) por los proponentes, otorgara el máximo puntaje de este ítem aquel oferente que cuente con el mayor tiempo de contratos ejecutados, de tal manera que las propuestas que acrediten un tiempo igual o superior a 60 meses del mínimo requerido, obtendrán el mayor puntaje posible para este ítem (150 puntos).
A las propuestas que acrediten un tiempo inferior al anteriormente descrito, se les asignarán puntos de manera proporcional mediante la aplicación de una regla de tres, de acuerdo a la siguiente fórmula:
P = {Tiempo acreditado/T.T certificaciones} x p
Donde:
P = Puntaje de la Oferta
TIEMPO TECHO A ACREDITAR: T.T. certificaciones
T. T. = 60 meses
Tiempo certificaciones = Tiempo acreditado en las certificaciones
p = puntaje máximo (150 PUNTOS)
Para efectos de ponderar los criterios anteriormente planteados, el proponente deberá diligenciar el Anexo N° 3 xxx xxxxxx de condiciones. De igual forma, esta información debe estar debidamente soportada con las certificaciones de experiencia de la empresa.
La información de este anexo debe diligenciarse de manera separada a la que se consigne para acreditar los requisitos habilitantes técnicos.
En caso de que acrediten experiencia de participación bajo la figura de Consorcios y Uniones Temporales, el tiempo de las certificaciones que se aporten se considerarán teniendo en cuenta todo
3.2.1.2 EXPERIENCIA DEL PERSONAL BÁSICO PROPUESTO: 600 PUNTOS
La evaluación de la experiencia del personal propuesto para la Interventoría se realizará a partir de la información contenida en los Formatos del Anexo 3.
Para asignarle el puntaje correspondiente a la experiencia del personal, acreditada en meses se hará de acuerdo con la siguiente distribución como puntajes máximos:
En todo caso solo se dará puntaje hasta máximo 10 años de experiencia en cualquiera de los sectores (público o privado) de cada uno de los profesionales, no se tomara en cuenta el tiempo de experiencia mínimo requerido:
ITEM | PERSONAL BÁSICO | PUNTAJE |
A. | Director | 300 Puntos |
B. | Residente de Interventoría | 150 Puntos |
C. | Residente de Ingeniería Eléctrica | 150 Puntos |
Aplicando las siguientes Fórmulas:
A. DIRECTOR:
De acuerdo a la siguiente formula
P =
m.oferta
× p
Donde:
P = Puntaje de la Oferta
m.m.oferta
m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta a evaluar
m. m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta con la mayor cantidad de meses de experiencia del Director p = puntaje máximo (300 puntos)
B. RESIDENTE DE INTERVENTORIA
De acuerdo a la siguiente formula
P =
m.oferta
× p
Donde:
P = Puntaje de la Oferta
m.m.oferta
m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta a evaluar
m. m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta con la mayor cantidad de meses de experiencia del Director p = puntaje máximo (150 puntos)
C. RESIDENTE DE INGENIERIA ELECTRICA
De acuerdo a la siguiente formula
P =
m.oferta
× p
Donde:
P = Puntaje de la Oferta
m.m.oferta
m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta a evaluar
m. m. Oferta = número de meses acreditados por la oferta con la mayor cantidad de meses de experiencia del Director p = puntaje máximo (150 puntos)
El puntaje total de cada oferta respecto del personal resultará de la sumatoria de los puntajes que obtenga cada uno de los miembros de su equipo y se sumará con los demás criterios.
3.2.2 VERIFICACIÓN PROPUESTA ECONÓMICA
En Audiencia Pública se dará a conocer el orden de elegibilidad definitivo, teniendo en cuenta el análisis y estudio de las observaciones presentadas, y procederá a abrir el sobre de la propuesta económica de quien ocupó el primer lugar en el orden de elegibilidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 del decreto 2474 de 2008.
Si el valor de la propuesta excede la disponibilidad presupuestal, la misma será rechazada y se procederá a abrir la propuesta económica del siguiente oferente según el orden de calificación, y así sucesivamente.
La entidad verificará la consistencia de la propuesta económica respecto de las actividades descritas en la propuesta técnica, con el fin de efectuar las clarificaciones y ajustes que sean necesarios. Como resultado de estos ajustes no podrán modificarse los requerimientos técnicos mínimos.
Si de la verificación de la propuesta económica del proponente se identifica que la misma no es consistente con su propuesta técnica, se dará por terminada la revisión, se rechazará y se procederá a abrir el sobre económico de la ubicada en el siguiente orden de elegibilidad, y se repetirá el procedimiento indicado en el párrafo anterior.
La entidad y el proponente elaborarán un acta de los acuerdos alcanzados en esta revisión, con el fin de que se incluyan en el respectivo contrato.
En esta audiencia, solamente intervendrán los miembros del Comité Asesor y Evaluador, para manifestar su
posición sobre la consistencia de
la propuesta económica respecto de las actividades
descritas en la
propuesta técnica. En ningún caso, los oferentes que ocuparon otros lugares de elegibilidad, diferentes del primero y que hayan asistido a la Audiencia podrán intervenir.
En todo caso, la respuesta a las observaciones presentadas serán plasmadas en el Acto Administrativo de Adjudicación, con el fin de darles la publicidad correspondiente.
Señor proponente tenga en cuenta al elaborar su propuesta económica que debe incluir en lo que haya lugar cada uno de los puntos previstos por el artículo 71 del Decreto 2474 de 2008.
3.2.3 APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 puntos)
En desarrollo de lo establecido en la Ley 816 de 2003 y con la finalidad de apoyar la industria nacional, ste factor se calificara de la siguiente manera:
ITEM | PUNTAJE (MAXIMO 100 PUNTOS) |
Proponente certifique que ofrece servicios 100% nacional en el presente proceso | 100 P NTOS |
Cuando el proponente certifique servicios nacionales y extranjeros ofrecidos en el presente proceso. | 50 PUNTOS |
Nota: Si una vez efectuada la calificación correspondiente, la oferta de un proponente extranjero se encuentra en igualdad de condiciones con la de un proponente nacional, se adjudicará a la nacional.
La Superintendencia de Industria y Comercio se reserva el derecho de verificar la información presentada. En caso de que sea inexacta, el proponente será descalificado y su propuesta no será tenida en cuenta.
En este factor de calificación, se otorgará el mismo tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales a las ofertas de servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus servicios nacionales.
En este caso se demostrará con informe de la respectiva Misión Diplomática Colombiana en el Exterior, que se acompañará a la oferta, sin el cual no se considerará este tratamiento en la presente selección.
Se reitera que dicha manifestación debe presentarse con la oferta, so pena de no otorgarse el respectivo puntaje.
3.3. CRITERIOS DE DESEMPATE
En el caso en que dos o más propuestas, luego de aplicados los criterios de ponderación arrojen un mismo resultado, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
1. PRIMER CRITERIO: En caso de empate se preferirá a aquel que en la propuesta hábil haya obtenido el mayor puntaje en la experiencia especifica del proponente.
2. SEGUNDO CRITERIO: En caso de empate se preferirá a aquel que en la propuesta hábil haya obtenido el mayor puntaje en la experiencia del personal básico ofertado
3. TERCERO CRITERIO Si persiste el empate y si a ello hubiera lugar, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
4. CUARTO CRITERIO: Si el empate persiste y entre los empatados se encuentren Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales, siempre y cuando cumplan con los requisitos contemplados en el artículo 2 de la Ley 905 de 2004.
5. XXXXXX XXXXXXXX: Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
6. SEXTOCRITERIO: En caso de que después de aplicar los anteriores criterios, los proponentes aún sigan empatados, la entidad procederá a comunicar esta circunstancia a los proponentes, para realizar el desempate mediante sorteo.
Este sorteo se realizará en forma pública, el día y hora fijada por la sic con anterioridad y debidamente comunicada a los proponentes mediante un aviso que será publicado en la página web del portal único de contratación xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx , el cual se llevará a cabo en la sede de la SIC
Dicho sorteo se hará por el sistema de balotas en el cual se colocarán tantas balotas como proponentes empatados haya y éstas estarán numeradas del acuerdo al número de proponentes empatados.
Las balotas previamente verificadas por los proponentes, se introducirán en una bolsa negra y se procederá a hacer un primer sorteo para determinar el orden en que los proponentes sacarán la balota definitiva que determinen el orden de ubicación en la lista de interesados.
Posteriormente, y conforme al orden obtenido en el primer sorteo, procederán a sacar una El proponente que saque la balota con el numero 1 será el adjudicatario
3.4 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
una las balotas.
Las propuestas serán rechazadas cuando se presente cualquiera de las siguientes situaciones:
a) Cuando el proponente se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar establecidas en la Constitución o en la Ley.
b) La presentación de varias propuestas por parte del mismo proponente por sí o por interpuesta persona o la participación de una misma persona en más de una propuesta.
c) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse.
d) Cuando la carta de presentación de la propuesta, se omita o se presente sin la respectiva firma de la persona natural o del representante legal de la sociedad o de la unión temporal o consorcio.
e) Cuando el Representante Legal de la sociedad o de la unión temporal o consorcio, no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales.
f) Cuando falte el documento de integración del Consorcio o Unión Temporal o su firma, o cuando alguno de sus miembros, tratándose de personas jurídicas no se encuentre debidamente autorizado.
g) Cuando existan evidencias de que el proponente ha tratado de interferir o influenciar indebidamente en el análisis de las propuestas, o la decisión de adjudicación.
h) Cuando se evidencie que la información presentada por el proponente no se ajusta a la realidad.
i) Cuando la propuesta se presente en forma parcial o extemporánea, se envíe por correo, fax ó correo electrónico ó se deje en un lugar distinto al indicado en este pliego.
j) Cuando no cotice la totalidad de los ítems requeridos, modifique o altere la descripción de los mismos correspondiente a CUADRO ESPECIFICACIONE TECNICAS.
k) Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta.
l) Cuando la propuesta no cumpla con los índices financieros, ni con los requisitos técnicos mínimos o jurídicos habilitantes.
m) Cuando el(los) proponente(s) no cumpla(n) con las Especificaciones Técnicas Mínimas requeridas de acuerdo con lo establecido en el presente proceso.
n) Cuando sobrepase el presupuesto oficial.
o) Cuando condicione su propuesta
p) Cuando el proponente no se encuentre debidamente inscrito, clasificado y calificado en la actividad, especialidad y grupo requerido por la entidad; o cuando no cumpla con la capacidad residual de contratación requerida en el pliego de condiciones.
q) Cuando el proponente NO SUBSANE LA INFORMACIÓN REQUERIDA POR LA ENTIDAD, EN LA ETAPA EVALUATIVA, EN EL TÉRMINO PERENTORIO PREVISTO Y DADO EN IGUALDAD DE CONDICIONES PARA TODOS LOS PROPONENTES.
Nota: En observancia de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2474 de 2008, la administración podrá solicitar a los proponentes los documentos referentes a la futura contratación que no constituyan los factores de escogencia establecidos en este Pliego de Condiciones hasta el término establecido por la entidad, igualmente para que subsanen la ausencia de requisitos o la falta de documentos habilitantes, so pena del rechazo definitivo de sus propuestas.
CAPÍTULO IV CONDICIONES DE CELEBRACION DEL CONTRATO
4.1. OBJETO
La Superintendencia de Industria y Comercio, requiere contratar la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato que resulte adjudicado en el proceso de Licitación pública N° 51 de 2011, de conformidad con los requerimiento técnicos, metodología, plan y cargas de trabajo establecidas en el anexo técnico, y el presente pliego de condiciones
4.2 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Para desarrollar el objeto del contrato y dar cumplimiento cabal al mismo, el contratista se compromete a: De conformidad con las especificaciones técnicas y el numeral 1.2 del presente pliego de condiciones .
4.3 PLAZO DE EJECUCION
El término de ejecución del presente contrato corresponde a setenta y cinco (75) días calendario, contados a
partir de la suscripción del acta legalización y ejecución del mismo.
4.4 VALOR DEL CONTRATO
de inicio previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento,
De conformidad con el estudio xx xxxxxxx efectuado por la SIC el valor estimado del contrato asciende a la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($ 38.500.000)
4.5 FORMA DE PAGO
El valor del contrato se pagara de la siguiente manera:
PRIMER PAGO: Se cancelaran en mensualidades vencidas, contadas a partir de la suscripción del acta de inicio, previo perfeccionamiento y legalización del contrato, aprobación de la garantía de
cumplimiento por parte de la Dirección Administrativa y Financiera, y certificación de interventor
actividades del
SEGUNDO PAGO: Se cancelaran en mensualidades vencidas, contadas a partir de la suscripción del acta de inicio, previa certificación de actividades del interventor
TERCER PAGO: El último pago corresponde a quince (15) días laborales, se cancelara una vez se haya finalizado el objeto contractual y suscrito el acta de liquidación del contrato.
NOTA: Para la realización de cada pago deberá acreditar el contratista que se encuentra al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.
4.6. ADICIONES
El contrato que se celebre se podrá adicionar de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del parágrafo del artículo 40 de la ley 80 de 1993.
4.7. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO Y OTROS AMPAROS A EXIGIR EN EL CONTRATO.
El proponente seleccionado, deberá constituir una garantía única a favor de Entidades Estatales, a su elección, en cualquiera de las modalidades que describe el artículo 3 del Decreto 4828 de 2008 (esto es póliza de seguros, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de título valores, depósito de dinero en garantía) en la forma indicada a continuación, con el cubrimiento que indica el artículo 7 del Decreto 4828 de 2008:
La garantía deberá estar expresada en la misma moneda del contrato y deberán amparar los siguientes riesgos:
1. Cumplimiento del contrato: Por valor equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del mismo con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.
2. Calidad del servicio: Calidad de los servicios suministrados: Por valor equivalente al veinte por Ciento (20%) del valor del mismo, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.
3. Salarios y prestaciones sociales: Por un valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al término de ejecución del contrato y tres (3) años más.
4. Responsabilidad civil extracontractual: Por un valor equivalente a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes ( 72 SMLMV), por el término de ejecución del contrato
4.8 PUBLICACIÓN EN EL DIARIO UNICO DE CONTRATACIÓN ESTATAL.
El contratista deberá pagar la publicación en el Diario Único de Contratación Estatal, requisito que se entiende cumplido con el pago de los respectivos derechos y la presentación del correspondiente recibo de pago.
4.9 JURISDICCIÓN NACIONAL
El contrato que se suscriba como consecuencia de la presente selección abreviada, estará sujeto a la
jurisdicción nacional y a las leyes colombianas.
4.10. TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN O INTERPRETACIÓN UNILATERAL
De conformidad con lo establecido en el numeral segundo del artículo 14 de la ley 80 de 1993, el presente contrato, además de sus estipulaciones, se rige por lo previsto en los artículos 15, 16 y 17 del citado estatuto contractual.
4.11. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONFLICTOS
Antes de acudir a la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, las partes intentarán solucionar las controversias surgidas con ocasión del contrato a través de la utilización de mecanismos de solución de conflictos como el acuerdo, la transacción, la conciliación o la amigable composición, de conformidad con lo señalado en el artículo 68 de la ley 80 de 1993.
4.12. CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización LA CONTRATANTE podrá declarar la caducidad del contrato.
4.13. RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO
El contrato a celebrar se somete a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, sus decretos Reg amentarios, sus normas complementarias y a las disposiciones del Código Civil, en lo pertinente, Ley 1150 de 2007, Decreto 2474 de 2008 y demás decretos reglamentarios y normas que le sean concordantes.
4.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 y artículo 11 de la ley 1150 de 2007.
4.15. DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Los siguientes son los documentos del contrato y a éste se consideran incorporados:
El estudio previo de oportunidad y conveniencia El certificado de disponibilidad presupuestal
El Pliego de Condiciones y sus Anexos Las Adendas
La propuesta técnica y económica en todas sus partes y aceptada por el Superintendencia Los estudios de evaluación elaborados por las áreas correspondientes
La Resolución de Adjudicación
El Registro Presupuestal de Compromiso
La Garantía aprobada por la Superintendencia Las Actas que se produzcan
Las modificaciones, prórrogas y adiciones
En caso de discrepancias entre los documentos del contrato se atenderá a lo dispuesto en ellos en el siguiente orden: El contrato con actas bilaterales, el Pliego de Condiciones con sus anexos, Adendas, y la propuesta presentada por el contratista.
4.16. MULTAS
En caso xx xxxx o incumplimiento parcial de las obligaciones por parte del CONTRATISTA, se generará a cargo de la misma a partir del momento en que la entidad tenga conocimiento de la ocurrencia del hecho de acuerdo con el informe presentado por el supervisor del contrato y hasta tanto se dé el cumplimiento de tales obligaciones, multas diarias y sucesivas equivalentes al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor del presente contrato, sin sobrepasar el 10% de su valor.
Para hacer efectivas las multas se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
4.17. PENAL PECUNIARIA.
En caso de incumplimiento total se hará exigible a cargo del CONTRATISTA, a título xx xxxx, una multa
equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato.
Para hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria se observará el proceso señalado en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
4.18. SUPERVISION DEL CONTRATO
Desde el momento de la adjudicación y hasta que se suscriba el acta de liquidación del contrato, la
Coordinación del Grupo de Trabajo de Administrativo o la persona que la ordenadora del g sto designe para tal fin.
4.19. EXCLUSIÓN DE TODA RELACIÓN LABORAL
De conformidad con lo señalado en el inciso 2 del numeral 3 del artículo 32 de la ley 80 de 1993, este contrato no implica relación laboral alguna entre EL CONTRATISTA y LA CONTRATANTE.
4.20. CESIÓN
EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar la ejecución del presente contrato, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de LA CONTRATANTE.
4.21 IMPUESTOS
El PROVEEDOR pagará todos los impuestos, tasas y similares que se deriven de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley colombiana.
4.22. INDEMNIDAD DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
La Superintendencia en ningún caso será responsable por los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por el adjudicatario con quien llegare a celebrar el contrato objeto de este proceso de selección, como tampoco de los actos, incumplimientos de contratos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que dependan del mismo. Por lo tanto, la relación contractual de la SIC será única y exclusivamente con el proponente favorecido y la fuente de sus obligaciones serán las que se originen en la Ley y el contrato que se celebre como resultado de este proceso de selección y de la oferta que presente.
ANEXOS
ANEXO N° 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha Señores
Superintendencia de Industria y Comercio Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxx. Xxxxxx X.X.
REFERENCIA: PROCESO SIC NO. XX DE 2011 – CONCURSO DE MERITOS
El suscrito
obrando en su calidad de ,
en nombre y
representación de con domicilio en , debidamente autorizado, de conformidad con las condiciones que se estipulan en los documentos del presente proceso, someto a consideración de la entidad, la siguiente propuesta para contratar la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato que resulte adjudicado en el proceso de Licitación pública N° 51 de 2011, de conformidad con los requerimiento técnicos, metodología, plan y cargas de trabajo establecidas en el anexo técnico,de acuerdo
con las condiciones y características técnicas, exigidas por la entidad, y en caso de ser adjudicación, suscribiré el contrato respectivo dentro del término fijado para tal efecto.
Manifestamos bajo la gravedad del juramento lo siguiente:
avorecida con la
1.- Que contamos con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte del presente proceso. 2.- Que adjunto la garantía de seriedad de la propuesta.
3.- Que no nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para licitar o contratar consagradas en las disposiciones contenidas en la Constitución Política, en el artículos 8º de la Ley 80 de 1993, ley 1474 de2011, en el artículo 4º del Decreto 679 de 1994, el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, artículo 5 de la Ley 828 de 2004, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia. (En caso de tratarse de un consorcio o unión temporal deberá manifestarse que ninguno de sus integrantes se encuentra en dicha situación).
4.- Que ni el representante legal ni ninguno de los miembros que conforman la junta directiva del mismo
tienen parientes en la planta interna y/o externa en los cargos directivo, ejecutivo y/o asesor de La
Superintendencia de Industria y Comercio, para tal efecto, hemos tenido en cuenta el Concepto emitido por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el día doce (12) xx xxxxxx de 2003, radicación Nº 1.578, Consejero Ponente: Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.
5.- Que la información dada en los documentos y anexos incluidos en esta propuesta me (nos)
compromete(n) y garantizan la veracidad de las informaciones y datos de la propuesta.
6.- Que los siguientes documentos de nuestra propuesta cuentan con reserva legal: , según las siguientes normas:
7.- Que el régimen tributario al cual pertenecemos es .
8.- Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
9.-Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta, ni en el contrato probable que de ella se derive.
10.-Que conocemos en su totalidad el pliego de condiciones y demás documentos y aceptamos los requisitos en ellos contenidos, de igual forma avalamos con la firma de éste documento, toda la información contenida en el pliego de condiciones y en sus diferentes formatos, salvo que en el respectivo formato se requiera expresamente de su suscripción.
11.-Que hemos recibido los documentos que integran el pliego de condiciones y sus modificaciones y aceptamos su contenido.
12.-Que nos comprometemos a ejecutar el contrato por el término establecido a partir del cumplimiento del último de los requisitos de ejecución.
13.-Que la presente propuesta consta de (folios).
15.- Que el término de validez de la propuesta es de tres (3) meses.
16.- Que el proponente (ni los miembros que lo integran si fuere el caso) no está (n) reportado (s) en el Boletín de Responsables Fiscales, expedido por la Contraloría General de la República. Además, manifestamos:
En la eventualidad de que nos sea adjudicado el proceso de la referencia, me comprometo a realizar todos los trámites necesarios para la legalización del respectivo contrato, dentro del plazo máximo que fije la entidad, de conformidad con el pliego de condiciones.
Que conozco y acepto que en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad toda la información incluida en la propuesta y en especial la incluida para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los términos de referencia será pública y cualquier proponente o persona interesadas, podrán obtener copia de la misma.
De igual manera me(nos) obligo(amos) para con la Entidad a informar todo cambio de mi(n estra) residencia o domicilio que ocurra durante el proceso de selección y el desarrollo del contrato que se suscriba como resultado de este proceso de selección abreviada de menor cuantía , hasta su liquidación final.
Atentamente:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL NIT NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DOCUMENTO DE IDENTIDAD
CIUDAD DIRECCIÓN
TELÉFONO FAX
CORREO ELECTRÓNICO FIRMA
ANEXO N° 2 TECNCO
OBJETIVOS, PLAN DE CARGAS Y METODOLOGIA DE TRABAJO PARA LA EJECUCION DE LA INTERVENTORIA DE LA SIC
1. METODOLOGIA
Con el fin de obtener resultados y objetivos, la Interventoría técnica, administrativa y financiera se hará de manera presencial
En esta, se debe ofrecer además de la aplicación de todos los recursos y sistemas utilizados para la ejecución del tipo de trabajos inicialmente citados y ejecutados, la implementación del plan de trabajo y cronograma de obra.
La ejecución de la obra se llevará acabo contando con el presupuesto y los análisis de precios unitarios aprobados por la entidad
1.1 ACTIVIDADES A DESARROLLAR
A. GENERALES
25. Realizar la Interventoría del contrato que resulte adjudicatario de la Licitación Pública N° 51 de 2011. mediante la cual se pretende contratar el diseño, adecuación, remodelación y puesta en funcionamiento de los puestos de trabajo requeridos en la planta física donde se ubica la Entidad, de conformidad con lo ofrecido en su propuesta.
26. Dar cumplimiento a las normas y procedimientos establecidos en el manual de Interventoría de la SIC o en su caso por el supervisor del contrato de la SIC
27. Aprobar el cronograma de trabajo presentado por el contratista que resulte adjudicatario de la Licitación Pública N° 51 de 2011, de acuerdo con los lineamientos establecido para este.
28. Organizar los comités técnicos de obra y/o administrativos periódicamente y citar a estos al
Contratista y al Supervisor del contrato de interventoría de sic, así como elaborar ls actas que resulten de los mismos.
29. Asistir a una reunión de diseño con el fin de fijar criterios y recomendaciones alcanzar parámetros y metas de diseño y construcción.
con el objeto de
30. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias que programe la SIC, para el desarrollo de la ejecución de las obra
31. Conceptuar dentro de los cinco (5) días siguientes a la iniciación de la obra, la documentación presentada por el contratista sobre el programa de ejecución de obra, y demás programas que sea necesario aprobar
32. Controlar el avance de los trabajos de acuerdo con el programa y efectuar las evaluaciones
periódicas correspondientes. Establecer los incumplimientos y recomendar las sanciones y correctivos que a ellos corresponden
33. Realizar la aprobación de la totalidad de los análisis de precios unitarios (APU) de los elementos ofertados. Si durante la ejecución del contrato resultaren elementos adicionales, deberá presentar para cada uno de ellos el análisis de precios unitarios.
34. Verificar la aprobación de la garantía del programa preliminar de obra.
35. Elaborar y presentar conjuntamente con el contratista de la obra, actas parciales, final de obra y liquidación.
36. Presentar de acuerdo con lo que se convenga con el supervisor del contrato de la sic, los informes escritos sobre el desarrollo de los trabajos, problemas presentados, soluciones y determinaciones, avances, actividades de la interventoría, etc. En forma tal que permita una visión clara y completa del estado de los trabajos.
37. Aprobar el manual de operación y mantenimiento, en el cual el contratista de la obra deberá especificar los materiales de obra de permanente uso (pisos, muros, cubiertas, aparatos y demás, así como de los equipos instalados) como funcionan, como es su mantenimiento y anexar el original de las garantías de todos los bienes y equipos. Este manual contendrá en una escala reducida, pero legible, planos arquitectónicos, estructurales hidrosanitarias y de equipos especiales.
38. Ordenar en cualquier momento, que se suspenda la construcción de una obra o las obras en general, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de los requisitos generales de seguridad o de las instrucciones del Interventor a este respecto, sin que el Contratista tenga derecho a reclamo o a la ampliación del plazo de ejecución.
39. Mantener durante la ejecución del contrato, al personal que presentó en su propuesta. El cambio de cualquiera de las personas que conforman el equipo de trabajo propuesto debe ser autorizado
previamente por el supervisor del contrato. Su reemplazo solo se podrá realizar por profesionales de igual o superior perfil.
40. Responder civil y penalmente tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, como por los hechos u omisiones que le fueren imputables.
41. Liquidar el contrato de llave en mano dentro del tiempo establecido en el contrato.
42. Presentar informe final por escrito, por lo menos diez (10) días antes de la fecha de vencimiento de la interventoría.
43. Estudiar y realizar la recomendación respectiva, en caso de solicitud de prórroga del plazo del contrato, la posibilidad de concesión de la misma, con o sin aplicación de la sanción establecida, y remitir el estudio respectivo para la revisión del supervisor de Interventoria de la sic, con una anticipación mínima xx xxxx (10) días calendario antes del vencimiento del plazo inicialmente establecido. Esta prórroga se entenderá efectuada una vez el ordenador del gasto suscribas la minuta correspondiente.
44. Suscribir junto con el ordenador del gasto, en caso de ser necesario, por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, el acta de Suspensión Temporal del contrato, que deberá ser avalada con el visto bueno del supervisor del contrato de interventoria de la sic.
45. Suscribir, una vez superadas las condiciones que generaron la suspensión del contrato, el Acta de Reiniciación respectiva, conjuntamente con el Contratista y el supervisor del contrato de Interventoria de la SIC, dejando constancia del tiempo total de suspensión temporal y del vencimiento final del contrato.
46. Requerir al contratista para que modifique la garantía única constituida para amparar el contrato en caso de suspensión, suscripción de prórrogas, adiciones o modificaciones al mismo.
47. Dar cumplimiento a los requerimientos técnicos mínimos
48. Todas las demás derivadas del objeto del contrato.
B. ESPECÍFICAS DE TIPO LABORAL
8. Cumplir estrictamente todas las obligaciones establecidas en la Ley 100 de 1993, sus decretos reglamentarios y la Ley 789 de 2002. También deberá suministrar al supervisor por parte de la SIC. la información que éste requiera al respecto.
9. Cumplir las disposiciones legales sobre contratación del personal colombiano y extranjero y pagar por su cuenta, de todos los salarios y prestaciones sociales xx Xxx.
10. Tomar las precauciones necesarias para la seguridad del personal a su cargo o servicio y de los transeúntes, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes en el país.
11. Revisar la planilla sobre los pagos de salud, pensión, y parafiscales mensuales del personal que presta los servicios en la ejecución de la obra.
12. Realizar informes de accidentes de trabajo, si a ello hubiere lugar
13. Verificar y controlar la vinculación del personal propuesto para la ejecución de toda la obra, de acuerdo con la calidad requerida, y solicitar los cambios que fuesen necesarios, así como el mayor número de personal para el normal desarrollo de los contratos.
14. Conceptuar sobre los cambios en el personal ofrecido, verificando que los reemplazos propuestos mantengan las mismas condiciones académicas y profesionales pactadas o superen las mismas
DE TIPO TÉCNICO
41. Tener conocimiento completo y detallado xxx Xxxxxx de Condiciones de la Licitación Pública N°51 de 2011, y la propuesta presentada por el proponente adjudicatario de la misma
42. Verificar que la ejecución de los trabajos y actividades se realicen en atención al pliego de
condiciones del proceso de Licitación Pública N° 51 de 2011 y la propuesta presentada por el proponente adjudicatario de la misma
43. Supervisar y velar por el estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas y diseños por parte del contratista de obra, incluyendo la supervisión a las diligencias que ejecute el contratista para verificar la capacidad de la subestación de Energía del Edificio Bochica donde funciona a SIC.
44. Establecer que las cantidades de obra del contrato y las especificaciones particulares del proyecto estén debida y completamente definidas. En el evento de no presentarse igualdad entre las
especificaciones particulares establecidas en las cantidades de obra y las fijadas en las
especificaciones generales de construcción establecidas por la administración, primarán aquellas que figuren en los respectivos diseños. De presentarse dudas sobre este particular, deberá formularse consulta por escrito a la supervisión del contrato por parte de la sic, para efectos de clarificación escrita por parte de ésta.
45. Tomar los datos y hacer los cálculos necesarios para cuantificar el avance de los trabajos realizados y compararlos con los previstos en el cronograma contractual como justificación para la autorización de los pagos establecidos.
46. Consignar en la respectiva acta todos los convenios, acuerdos y pactos que sean necesarios y convenientes para el normal desarrollo de lo contratado y en defensa de los intereses de la Entidad .
47. Coordinar de común acuerdo con el supervisor del contrato de la sic sobre los cambios necesarios en los Diseños y especificaciones de las obras y suministros.
48. Verificar que el director de obra, el residente y demás especialistas de la misma, indicados en su oferta desarrollen a cabalidad la actividad y especificidad para la cual fueron contratados. En el evento de requerir cambio de este personal deberá tener previa aprobación de las SIC
49. Abrir y llevar conjuntamente con el Contratista, una memoria diaria de la obra en un tomo
denominado “Bitácora o Libro de Obra”, en donde se harán constar las acciones realizadas
diariamente en ella, así como las actas de los comités técnicos de obra o administrativos que periódicamente deben realizarse y las observaciones que de parte de alguno de los participantes de la obra se hagan constar. Este libro formará parte integral de los documentos del contrato. Aquí
también podrán constar conceptos técnicos de consultores externos a la obra, y deberá ser
entregado por la Interventoría, al finalizar el contrato. Este libro debe ser firmados por personal representante de la interventoría, del contratista
50. Verificar la ubicación de los sitios de almacenamiento de materiales de obra y en general en todas las actividades preliminares de la construcción.
51. Verificar los cerramientos y el trámite de los permisos correspondientes por parte del contratista, antes del inicio de la obra.
52. Efectuar dentro del transcurso de la ejecución de la obra, mediciones diarias o periódicas de los
ítems ejecutados, las cuales deberán hacer constar en formatos diseñados para el efecto,
discriminando fechas, especificación del ítem medido, su ubicación en la obra (identificando ejes de construcción), unidad y cantidad de medida. Con base en estas medidas deberá efectuar los cortes mensuales de obra, haciéndolos constar en el formato respectivo, contados a partir de la fecha del Acta de Iniciación del contrato de llave en mano
53. Remitir al supervisor del Contrato de Interventoría de la sic., en forma semanal copias de los
formatos de medidas y de los cortes de obra; así como un informe detallado de la obra ejecutada, del personal y materiales en ella, junto con una reseña fotográfica que deberá entregar el interventor, para efectos de llevar un control de la obra en esa oficina.
54. Elaborar, con base en los cortes semanales de obra, las Actas de Recibo Parcial de Obra, las cuales
suscribirá conjuntamente con el Contratista. El valor de estas actas no podrá ser inferior al
porcentaje estipulado en contrato y las copias de estas actas deberán ser remitidas a la supervisión del contrato de Interventoría de la sic.
55. Exigir para la ejecución de la obra, materiales, mano de obra y elementos de pr mea calidad que estén conformes con las normas y especificaciones establecidas en los planos, cantidades de obra y pliegos de condiciones de la nombrada Licitación, que hayan servido de base para la adjudicación del contrato.
56. Exigir la aplicación estricta de todas las normas técnicas establecidas en el Código Colombiano de Construcciones Sismoresistentes NSR-98, del RETIE y las normas técnicas que cobijan la calidad y
funcionamiento de los demás bienes y servicios que son objeto del contrato interventoría.
al que se hará
57. Exigir el total cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones de construcción para todos los ítems de la obra así como las que aparezcan en los planos o las requeridas por la supervisión del contrato de Interventoría de la sic.
58. Exigir buena calidad de obra para todos y cada uno de los ítems de construcción, considerando que obra mal ejecutada, no podrá ser recibida en ninguna de las actas del contrato.
59. Aprobar o improbar la iniciación o terminación de los ítems contratados, teniendo en cuenta además la programación establecida para los trabajos.
60. Ordenar la remoción y el reemplazo de obra mal ejecutada o no aprobada, fijando para el efecto un plazo determinado mediante comunicación escrita.
61. Verificar que el Contratista cuente en la obra con el equipo y la maquinaria necesarios, los cuales cual deberán estar en perfectas condiciones de servicio, exigiéndolos si faltaren o si se hallaren en mal estado que sean reparados o cambiados en el menor tiempo posible para permitir una correcta ejecución de la obra.
62. Verificar que el Contratista tenga previsto en la obra todos los medios y los recursos para mantener la seguridad dentro de ella y que permitan mantener y favorecer, durante todo el tiempo de la ejecución de la obra, la integridad personal de quienes laboran o permanecen en ella.
63. Exigir el total cumplimiento de la programación de la obra, pudiendo modificarla cuando por razón técnica o dada la naturaleza de la obra, esto se haga necesario, pero sin modificación al plazo inicial
o adicionalmente pactado remitida a la Supervisión
en el contrato. Cualquier modificación que sea realizada deberá ser del contrato la supervisión del contrato de Interventoria de la sic.
adjuntando la respectiva reprogramación de la obra y el flujo de caja correspondiente a esta.
64. Resolver las consultas que presente el Contratista y hacer las observaciones que estime
convenientes. Si durante la marcha de la obra se presentan dudas o diferencias que no puedan ser resueltas en la obra de acuerdo con los planos constructivos y las especificaciones de construcción,
deberán ser remitidas para la consulta y decisión, mediante oficio al superviso Interventoria de la sic. con la anticipación suficiente a fin de no entorpecer la obra
del contrato de
65. Remitir al supervisor del contrato de Interventoria de la sic, para el trámite de aprobación ante el ordenador del gasto, y con la anticipación suficente, los estudios correspondientes, en caso de
presentarse durante la
marcha de la construcción, mayores cantidades
de obra, obras
complementarias, adicionales o suprimidas, contemplando, si hubiere lugar a ello, el plazo adicional
que pueda ser requerido para la ejecución de las tres primeramente citadas. Estos estudios
corresponden a modificaciones al valor o al plazo de los contratos.
66. Suscribir, en el evento de requerirse obras complementarias o adicionales, en forma conjunta con el Contratista y de forma previa a que se eleve la solicitud respectiva ante el ordenador del gasto y comité de obra, las Actas de Precios no pactados, para los ítems cuyos valores no aparezcan en el presupuesto inicial, respaldadas por los respectivos análisis de precios unitarios y remitirlos como parte integral de los estudios que presente para la aprobación del ordenador del gasto, por intermedio de la supervisión del contrato de Interventoria de la sic.
67. Ordenar la ejecución de las obras que hayan sido contratadas adicionalmente previo perfeccionamiento y legalización del Contrato Adicional o la orden escrita del Ordenador del Gasto, Para estas obras se deberá seguir exactamente el mismo procedimiento descrito para las obras inicialmente contratadas, es decir se hará el control de calidad de los materiales, mano de obra y de los elementos que se vayan a utilizar en su construcción y serán medidas y recibidas, previa
elaboración de los diarios de medidas y cortes, en Actas de Recibo; estas actas deberán ser
enumeradas en forma independiente a las actas de Recibo Parcial de obra del Contrato Inicial o Principal, llevando además un orden consecutivo para cada uno de los tipos descritos de obras (mayor cantidad de obra, obra complementaria o adicional). Copia de todos los formatos de Diario de Medidas, Cortes de Obra, Actas de Recibo, etc., deberán ser remitidas al supervisor del contrato de Interventoria de la sic.
68. Elaborar durante la marcha del contrato, el cuadro de liquidación de obra discriminando los ítems y las cantidades de obra recibidas en cada una de las actas del contrato. Copias de estos formatos deberán ser remitidas por la Interventoría al supervisor del contrato de Interventoría de la sic, una vez se suscriba el Acta de Recibo Final de Obra.
69. Constatar, una vez recibida la comunicación del Contratista sobre la fecha de entrega final de la obra, el estado de la misma y ordenar el arreglo o reconstrucción de toda la obra o montaje que
encuentre deficiente o defectuoso. Deberá remitirla copia de esta comunicación contrato de Interventoría de la SIC.
al supervisor del
70. Elaborar y firmar conjuntamente con el Contratista y el supervisor del contrato de interventoría de la SIC, el Acta de Recibo Final de Obra. En esta Acta se hará constar el estado en que se recibe la obra contratada, el valor final del contrato incluyendo los reajustes o revisiones de precios y los datos que exija el Estatuto contractual vigente.
71. Exigir al Contratista la modificación xxx xxxxxx de estabilidad de obra a la fecha de recibo a satisfacción de la misma.
72. Elaborar, una vez sea recibida la obra, un Acta de Preliquidación Final del Contrato, basada en un cuadro general de liquidación de obra en donde aparezcan todas las cantidades de obra recibidas y
remitirlos a la supervisión del contrato de Interventoria de la SIC . En esta acta se deberán
discriminar todos los valores del contrato, por actas incluyendo las de reajustes o revisiones de precios.
73. Elaborar, con base en el acta de preliquidación aprobada y aceptada, el acta de liquidación del contrato, suscrita por el contratista, el Interventor.
74. Recomendar la adopción de medidas legales en caso de incumplimiento del contratista, previo agotamiento del debido proceso frente al mismo.
75. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las adiciones o modificaciones al contrato, solicitadas por el contratista o requeridas por la entidad.
76. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las solicitudes de reajuste o revisión de precios del contrato.
77. Conceptuar sobre la viabilidad técnica y económica de las solicitudes de restablecimiento del equilibrio económico del contrato.
78. Aprobar las facturas o sus similares, que sean emitida por el contratista, para que la entidad proceda al pago correspondiente.
79. Apoyar técnica y económicamente a la entidad en la proyección de los actos administrativos que deban expedirse en ejecución del contrato.
80. Verificar la correcta instalación, configuración y puesta en funcionamiento del sistema de oficina abierta, aire acondicionado, cableado estructurado, redes eléctricas reguladas y no reguladas e instalaciones eléctricas e iluminación.
DE TIPO FINANCIERO
3. Velar por el mantenimiento de la ecuación financiera del contrato, efectuando las acciones encaminadas a evitar el menoscabo de los derechos del contratista o de la entidad.
4. Verificar y aprobar las actividades que soportan cada uno de los pagos del contrato de llave en mano
DE TIPO ADMINISTRATIVO
13. Disponer y administrar los recursos de personal, equipos, implementos y demás servicios necesarios para el normal desarrollo de la interventoría.
14. Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de carácter laboral vigentes y exigir que se apliquen las normas de seguridad industrial que sean de cumplimiento obligatorio.
15. Elaborar las siguientes actas, en las fechas en que realmente se produzcan los hechos a los que se refiere el contrato que resulte de la licitación citada, copia de estas actas deberán ser remitidas a la Secretaría General, y a la supervisión del contrato de Interventoría de la sic
• Acta de Iniciación
• Actas de recibo parcial de obra
• Acta de recibo final de obra
• Actas de comités de obra
• Acta de suspensión
• Acta de reiniciación
• Acta de liquidación del contrato
• Acta de convenios, modificaciones, imprevistos y reuniones
16. Verificar que la Entidad esté amparada por las garantías contractuales establecidas. Así mismo exigir con la debida anticipación su renovación o modificación si a ello hubiere lugar
17. Descripción del avance (con diagramas) de la programación física y económica del contrato y demás labores contenidas en el objeto del mismo.
18. Descripción de los atrasos con su respectiva justificación, en relación con el desarrollo de los trabajos conforme al programa aprobado por la interventoría y la sic.
19. Descripción de las medidas preventivas y correctivas en los aspectos técnicos, administrativos y legales, que deben implementarse para evitar futuros atrasos.
20. Verificar en los diferentes talleres de los proveedores, la buena calidad de la producción de los bienes que el contratista debe suministrar, conforme al contrato.
21. Resumen consolidado del avance general tanto físico, económico, financiero y legal, del contrato.
22. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic. a más tardar den ro de los dos (2) días siguientes a la fecha en que sucedieron los hechos, reuniones o comités, las Actas respectivas, debidamente suscritas, tanto impresas, como en medio magnético.
23. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic por escrito durante el desarrollo de su contrato de interventoría, la solución a las dificultades que eventualmente pudieran presentarse en el desarrollo del contrato de obra.
24. Entregar a la supervisión del contrato de Interventoria de la sic. para su trámite, todas las actas contractuales debidamente revisadas y firmadas por parte del contratista y el interventor.
2. PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES
Con el fin de diagramar los procedimientos de las principales actividades que la interventoría debe cumplir durante la obra, estas se clasifican de la siguiente manera:
A. Actividades Técnicas.
B. Actividades Administrativas y Financieras.
C. Actividades de Control.
Las tres (3) anteriores divisiones de las actividades se deben cumplir en las tres fases de la construcción:
a) DISEÑO
b) PRELIMINARES E INCIACION DEL CONTRATO
c) DESARROLLO Y EJECUCION DE LA OBRA
d) RECIBO Y ENTREGA DE LA OBRA Y LIQUIDACION.
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS | |||
a) | DISEÑO | • Realizar la verificación del diseño arquitectónico, eléctrico, voz y datos, hidráulico y sanitario, mobiliario, sistema de ventilación, y de señalización, los cuales deberán cumplir las especificaciones técnicas descritas en el anexo técnico de requerimientos técnicos mínimos de la obra • Realizar una reunión de diseño con el fin de fijar criterios y recomendaciones por parte de la SIC, con el objeto de fijar parámetros y metas de diseño y construcción. • Verificar que el contratista de obra antes de presentar el diseño a SIC, haya verificado la capacidad energía, hidráulica, voz y datos del lugar a intervenir, para que los equipos, bienes y diseño arquitectónico correspondan a las necesidades de la entidad. | |
b) | PRELIMINARES INICIACION CONTRATO | E DEL | ACTIVIDADES TECNICAS El interventor deberá hacer una revisión cuidadosa de todos los documentos suministrados por la sic., que sirven para adelantar la intervención de las obras de Mejoramiento y adecuación de las áreas del edificio. Deberá ejecutar todas las actividades necesarias para garantizar todo lo ofertado por el contratista de obra en su oferta. • Programación y Presupuesto Analizar el programa de trabajo con el fin de verificar los diferentes sistemas de intervención constructivos que permitan cumplir con el tiempo contractual. Analizar cuidadosamente el presupuesto de la obra, las especificaciones |
técnicas de construcción, los detalles y el diseño de los planos definitivos El interventor buscará la forma de adelantar los diferentes frentes de trabajo causando el menor efecto negativo en el funcionamiento de las áreas ya activas en el edificio. • Escogencia y coordinación de formatos Es necesario que la interventoría coordine: la presentación de informes, aplicación de controles, avances de la obra, las condiciones de seguridad industrial, el movimiento de personal, las liquidaciones parciales de subcontratistas si ha ello hubiere lugar, el registro de planillas sobre pagos de parafiscales, las formas de pago, entre otras adelantadas para la ejecución de la obra. Los formatos necesarios serán incluidos dentro del sistema de calidad y su diligenciamiento se constituirá en un registro. | |
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS • Análisis del contrato de construcción de la obra Se debe efectuar una revisión de los documentos jurídicos del contrato del contratista de modo que sea conocido a fondo por el personal vinculado y responsable de su ejecución. El interventor deberá elaborar todas las actas requeridas en el desarrollo del contrato. • Verificación Revisión de pólizas Se debe mantener un control y seguimiento estricto a la vigencia de las pólizas, en concordancia con lo establecido en el contrato del contratista. Se verificara, revisará y avisará a la sic. oportunamente sobre las condiciones y vencimiento de las pólizas en relación con la obra. • Revisión de Reglamentos Seguridad, Higiene y Manejo Ambiental La interventoría vigilará para que las actividades se desarrollen de acuerdo con las normas existentes sobre la materia y así se evitarán las demoras ajenas a la obra. De trabajo. Igualmente verificará el estricto cumplimiento de las normas del Código |
Laboral y de afiliaciones a la seguridad social, cajas de compensación, entre otros. Salud Ocupacional De conformidad con lo establecido en la Resolución 1016 de 1989, expedida por el Ministerio de Protección Social , el contratista que ejecutará las obras debe presentar al interventor un Programa de Salud Ocupacional actualizado, elaborado dentro de los parámetros establecidos por la Ley, motivo por el cual el interventor debe velar que esta obligación la cumpla el contratista antes de iniciar el contrato y además hacer un estricto control y seguimiento para que este programa se cumpla durante la ejecución de todo el contrato. Si el constructor cuenta con más de 10 trabajadores a su servicio, deberá dar cumplimiento a lo ordenado por el Decreto Ley 1295 de 1994 y por la Resolución No. 2013 de 1986, expedida por el Ministerio de Protección Social en lo referente a la conformación del Comité Paritario de Salud Ocupacional, del cumplimiento de estas obligaciones deberá estar muy pendiente la interventoría. Por otra parte la interventoría debe realizar las recomendaciones del caso en lo relacionado con las condiciones del trabajo, seguridad industrial, manejo ambiental y revisar y avisar oportunamente sobre las condiciones y vencimiento de las pólizas y/o aportes sobre vinculación al régimen de seguridad social de los trabajadores. • Definición, flujo de documentos y correspondencia La interventoría deberá acordar los procedimientos y trámites que deberán seguir los documentos que afecten el desarrollo del contrato y las relaciones entre las partes que en él intervienen. Elaborará y registrará en estricto orden cronológico las actas de comité de obra, donde se consignen los criterios, razones y/o conveniencia para las decisiones tomadas | |
C. DE CONTROL Con el fin de identificar posibles inconsistencias que pudieran dar origen a futuros reclamos o controversia, se deberá efectuar: • Control y Análisis ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS. Con antelación al inicio del contrato de obra, el interventor efectuará la revisión y aprobación completa de los análisis de precios unitarios, tanto rendimientos, componentes y aritméticamente y los confrontará con el presupuesto y |
contrato principal, así como los precios de los mismos componentes. PRESUPUESTO Y CANTIDADES DE OBRA. Después del análisis detallado de los planos, se verificarán en conjunto con el contratista y en el sitio de las obras, las cantidades de obra para registrar posteriormente, las variaciones entre el proyecto inicial y lo realmente ejecutado en la obra. • Escogencia y coordinación de formatos La Interventoría definirá y aplicará el tipo de formatos a utilizar, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte técnica y la implementación del plan de trabajo y cronograma de actividades | |
c) DESARROLLO Y EJECUCION DE LA OBRA | ACTIVIDADES TECNICAS • Análisis de especificaciones Verificará el estricto cumplimiento de los diseños, especificaciones y procedimientos constructivos recomendados en los proyectos arquitectónicos y de instalaciones técnicas propuestos por la sic. • Análisis , cambios, ampliación, especificaciones, planos del contratista Tomando como base los pliegos de condiciones y el contrato, cuando sean requeridas en el transcurso de la obra modificaciones a las especificaciones o cambios en los diseños, el interventor hará los estudios del caso para solicitar la autorizaciones respectivas a la SIC. de las variaciones pertinentes, acompañando las justificaciones correspondientes y coordinando los planos de detalles que resulten de dichos cambios, dejando constancia por escrito de las variaciones aprobadas y de las modificaciones en costo que estas impliquen. Sin embargo ninguna de estas modificaciones podrá ejecutarse hasta tanto no se tenga aprobación previa de la SIC Se prepararán y revisarán los cuadros comparativos para cambios de especificaciones, para la aprobación por parte del comité de obra y ordenar la reconstrucción o eliminación de obras defectuosas, o que no cumplan con los requerimientos de la SIC • Confirmación de recursos mínimos El Interventor debe presentar periódicamente un informe del cumplimiento del programa de recursos mínimos de personal, materiales y equipos, de tal manera que colabore en la identificación oportuna, especialmente de alteración del programa de tiempo de ejecución y costos de obra y |
suministros. Así mismo podrá solicitar cambio de personal en caso de ser necesario para garantizar la correcta ejecución de la obra Se efectuará el control de la obra en aspectos tales como: seguimiento y resultados; aprobación de trazados, ejes, control de niveles, plomos, distribuciones sanitarias hidráulicas, diseño y distribución eléctrica, entre otras actividades que sera del desarrollo contractual de la obra • Confirmación de rendimientos, proyecciones periódicas Como complemento del punto anterior, y en función del programa de obra, se deberá efectuar una confirmación permanente de los rendimientos propuestos por el programa, presentando un informe mensual con las pr yecciones de los rendimientos reales, de modo que se logre una idea actualizada de cuáles serán los resultados finales de la obra. Con esto se buscará correctivos oportunos y evitar "los hechos cumplidos" que afecten los intereses de la sic • Control de mediciones y revisiones de cantidades de obra Conjuntamente entre el Residente de la obra y de la Interventoría y bajos la supervisión de los Directores de Interventoría y de la Obra, se efectuarán las mediciones y las recepciones parciales de obra que servirán de base para las Actas de Recibo Parcial de Obra. De éstas se llevará una relación basada en el seguimiento de los formatos que se deben llenarse para el efecto. • Control de programación, de presupuesto y avance de obra Se llevará un control interno del programa y de costos, dando además los informes que la entidad requiera sobre el particular. | |
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS • Seguimiento y Control del contrato La interventoría deberá atender la correspondencia y documentación que xxxxx durante la ejecución del contrato, dándole atención inmediata a las inquietudes y problemas que surjan, en estrecha colaboración con el contratante y el supervisor del contrato de Interventoria de la SIC. a través de los comités de obra. • Análisis Seguimiento y control del anticipo A través del procedimiento planteado en esta fase de preliminares y previa información de la SIC , se llevará el control correspondiente a los preliminares |
que se contemplan dentro de las actividades iniciales de la obra como son las demoliciones desmontes retiros compra de insumos propios que se deben adquirir para el inicio de toda obra, asi como los correspondientes a carpintería metálica , obra civil y cableado estructural e instalaciones elé tricas., De esta forma el interventor Verificara el pago de las actividades de conformidad con loe establecido en lña forma de pago del contrato. La Interventoría verifica el traslado de efectivo, la relación de cheques girados y copias de las órdenes de pago con sus respectivos soportes • Control y Seguimiento a proveedores Se podra efectuar visitas periódicas a los proveedores y subcontratistas de la obra, con el ánimo de verificar la atención y cumplimiento de las obligaciones contraídas, para evitar sorpresas de atrasos o cambios de especificaciones. Este mecanismo de control contribuye además a evitar dificultades en los suministros. Informes INFORME SEMANAL A los Comités de Obra, que deben efectuarse cada 8 días, el interventor presentará informes sobre el estado de la obra en aspectos técnicos, económicos y contractuales; además es obligación del interventor ser secretario de estos comités y será quien elabores las respectivas actas para cada uno de los que allí intervienen, aprobadas y firmadas por los anteriores. . INFORME MENSUAL Presentará informes mensuales a el supervisor del contrato de Interventoría de la SIC sobre el desarrollo de las actividades contract ales, incluyendo reseña fotográfica. Estos informes deberán presentar en forma detallada el avance de obra, control de presupuesto, control de calidad, recomendaciones de obra, manejo ambiental, seguridad industrial y la demás información que se requiera para el correcto avance del proyecto INFORME FINAL La interventoría levantará y entregará a el supervisor del contrato de Interventoria de la SIC. el informe final de obra que contenga entre otros los siguientes documentos: Memorias descriptivas, reseña fotográfica, presupuesto real, cuadro de relación de obras ejecutadas con sus respectivas especificaciones técnicas y recomendaciones técnicas y administrativas, planos de obra ejecutada, pólizas actualizadas, manuales de operación y |
mantenimiento y las respectivas certificaciones y pruebas de las redes lógicas (voz y datos). • Tramite de cuentas de pago La interventoria, deberá tramitar todas las cuentas de pago ante las dependencias competentes, elaborando y suscribiendo las certificaciones que sean necesarias, así como toda la documentación solicitada por la oficina de cuentas de la SIC, para iniciar los trámites correspondientes. También es deber del interventor velar por el pronto trámite de las cuentas y estar pendiente de cada uno de los pasos y revisiones que se hagan en cada una de las dependencias respectivas. El interventor deberá solicitar al contratista todos los documentos que sean necesarios, como facturas, actas xx xxxxxx parciales de obra, certificaciones de pago de aportes parafiscales y seguridad social, copia de la tarjeta profesional del contador que certifique los pagos de los aportes, copia del RUT, y los demás que se requieran para poder radicar las cuentas correspondientes. | |
DE CONTROL De acuerdo con el requerimiento de la entidad, el interventor presentará los informes complementarios a los ya anotados para dar a con cer los acuerdos de aprobación de cambios, obras adicionales, etc. | |
d) RECIBO ENTREGA DE LA OBRA Y LIQUIDACION | ACTIVIDADES TECNICAS • Análisis y Revisiones finales A la terminación de cada uno de las actividades, se debe efectuar una inspección final a la obra, que servirá para elaborar el Acta de Recibo Final de entrega de la Obra. • Coordinación de planos finales de detalles y de instalaciones Se debe efectuar la revisión y la aprobación de todos los planos para que estos incluyan las descripciones finales y reales de las características técnicas y físicas de los bienes y acabados finalmente instalados en la obra. • Entrega de obra al contratante Una vez que hayan ejecutado las reparaciones y ajustes resultantes de las observaciones de la SIC, el interventor efectuará el Recibo Final de las obras al contratista, recibiendo las llaves de las oficinas y dejando las constancias que sean necesarias en Actas, si fuere necesario. El inmueble o la sede respectiva, junto con todos los bienes instalados, quedará a cargo del interventor del contrato, hasta tanto se haga la entrega formal a la SIC |
Se debe entregar a la XXX.xx obra y el informe final con los documentos y actas estipuladas en el contrato. | |
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS • Revisión y aprobación de acta final de obra Se revisará y aprobará el Acta Final de Obra, en el cual se presentará el balance final de la misma, dejando constancia de aspectos que lo ameriten. • Verificación y Revisión de pólizas La interventoria verificara y revisará y solicitará al contratista la actualización de las pólizas que el contrato exija, mantener vigente los amparos, conforme a los términos del mismo y el valor final de la obra. De la misma manera el Interventor deberá actualizar las pólizas de su contrato y mantener vigente los amparos, conforme a los términos del mismo. • Coordinación y entrega de manuales de mantenimiento y operación Con base en los manuales de instalación y mantenimiento proporcionados por el contratista, las casas proveedoras de los equipos instalados y con los planos definitivos, la interventoría deberá coordinar la elaboración y se entregará el manual mencionado a la SIC • Trámite de la cuenta final de pago La interventoria, deberá tramitar la cuenta final de pago de la obra, ante las dependencias competentes, elaborando y suscribiendo las certificaciones, actas de recibo final y comunicaciones que sean necesarias, así como toda la documentación que se requiera para iniciar los trámites correspondientes. También es deber del interventor velar por el pronto trámite de la cuenta y estar pendiente de cada uno de los pasos y revisiones que se hagan en cada una de las dependencias respectivas. El interventor deberá solicitar al contratista todos los documentos que sean necesarios, como facturas, actas, certificaciones de pago de aportes parafiscales y seguridad social, copia de la tarjeta profesional del contador que certifique los pagos de los aportes, copia del RUT, copia del registro presupuestal, pólizas aprobadas por el ordenador del gasto actualizando vigencias con base en el acta de recibo final, copia del contrato, y los demás que se requieran para poder radicar la uenta. Para ingresar las obras, muebles y equipos, ante la jefatura de Servicios Generales e Inventarios, el interventor deberá elaborar y suscribir una comunicación anexando listado de equipos, muebles y enseres con sus características, números de serie de poseerlos , especificando las áreas y |
dependencias donde fueron instalados con el fin de poder el borar las bajas y entradas correspondientes. | |
DE CONTROL Liquidación final del contrato Se levantará y entregará a la SIC el proyecto de Acta de Liquidación del Contrato de Obra y de Interventoría dentro del plazo contractual establecido, dentro de la cual se deberá incluir el Balance Financiero del contrato y demás información que comúnmente la SIC. relaciona en este tipo de actas. Una vez se suscriba esta acta de liquidación final de la obra, se procederá a tramitar el pago final del contrato de interventoria. | |
PROCEDIMIENTO PARA ATEND R SOLICITUDES DE LA SIC. | |
1. CONTROL DEL PROCESO DE ATENCION | OBJETIVO Este procedimiento tiene por objetivo establecer el control ejercido por la Interventoría, encaminado a atender oportunamente los requerimientos de la entidad. |
RESPONSABILIDAD: Del Director de Interventoría designado para el desarrollo del contrato : • Coordinar las actividades relacionadas en la propuesta. • Manejar los aspectos administrativos del contrato. • Mantener las relaciones con los funcionarios designados por la SIC para el manejo del contrato y su supervisión. • Mantener oportunamente informado al representante designado por la SIC. sobre las dificultades que se presentan en el desarrollo del contrato. • Tramitar ante la entidad las recomendaciones referentes a aspectos económicos, administrativos, técnicos y/o contractuales. • Coordinar la preparación de los informes sobre el resultado de las actividades para la revisión y aprobación por parte del representante de la SIC. • Presentar oportunamente a la entidad los informes y toda la documentación que se produzca en cumplimiento del contrato y que sea necesaria para la ejecución de los trabajos y control de los seguimientos del anticipo. • Verificar la entrega del inventario de los equipos, mobiliario y enseres con el valor unitario, con el fin de ser incorporados a los inventarios de la entidad. |
E
• Asistir al comité de obra | |
El Residente de interventoría es responsable de: • Manejo y cumplimiento de las obligaciones contractuales y administrativas, como también la coordinación, la ejecución, la evaluación y el control de las actividades relacionadas con la supervisión y control de calidad de las obras, materia del área a su cargo. • Revisar los planos del proyecto y sus obras complementarias, lo mismo que su localización y replanteo. • Ejercer las labores que se llevarán a cabo durante la prestación del servicio, de acuerdo con lo indicado en los procedimientos preestablecidos. • Verificar el cumplimiento de las funciones establecidas al personal asignado a la obra. • Elaborar los informes tanto técnicos como administrativos y vigilar el cumplimiento del programa de inversión. • Vigilar que los procedimientos de construcción y sus resultados cumplan con las normas y especificaciones establecidas. • Verificar las cantidades de obra ejecutadas, revisar y aprobar las actas de recibo de obra. • Asistir al comité de obra | |
Las responsabilidades para los otros cargos, son las afines a su profesión y son las establecidas en la propuesta de servicio y/o en los procedimientos aplicables y/o plan de calidad. El Residente de actividades de cableado estructurado es responsable de : • Manejo y cumplimiento de las obligaciones contractuales y administrativas, como también la coordinación, la ejecución, la evaluación y el control de las actividades relacionadas con la supervisión y control de calidad de las actividades de clabeado estrcuturado e instalaciones eléctricas. • Revisar los planos del proyecto en lo concerniente a instalaciones eléctricas y cableado estructurado y sus obras complementarias, lo mismo que su localización y replanteo. • Ejercer las labores que se llevarán a cabo durante la prestación del servicio, de acuerdo con lo indicado en los procedimientos preestablecidos. • Verificar el cumplimiento de las funciones establecidas al personal asignado a la obra. • Elaborar los informes tanto técnicos como administrativos y vigilar el |
cumplimiento del programa de inversión. • Vigilar que los procedimientos de cableado estructurado e instalaciones eléctricas y sus resultados cumplan con las normas y especificaciones establecidas. • Verificar las cantidades de obra ejecutadas, revisar y aprobar las actas de recibo de obra. • Verificar y controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas requerida en el pliego de condiciones. • Certificar el buen estado, calidad y concordancia de los equipos ofrecidos de acuerdo con la propuesta y las especificaciones técnicas xxx xxxxxx de condiciones. • Garantizar el control del fluido eléctrico durante la ejecución de las obras con el fin de evitar la paralización del servicio de radio y televisión. • Las demás responsabilidades para los otros cargos, son las afines a su profesión y son las establecidas en la propuesta de servicio y/o en los procedimientos aplicables y/o plan de calidad. | |
PROCEDIMIENTO • ELABORACION DE LA PROPUESTA DE SERVICIO La propuesta de servicio de interventoría debe ser elaborada teniendo en cuenta las condiciones técnicas del la ejecución del contrato de obra • EVALUACION DE LA CALIDAD DEL SERVICIO Generalidades Durante la prestación del servicio de interventoría , se desarrollarán las actividades especificadas en la propuesta para el tipo de servicio requerido por la SIC | |
ESTADO DEL SERVICIO En el informe mensual que la Interventoría debe entregar a la SIC, se registrará el avance del programa de construcción de la obra previamente aprobado por la entidad. El desarrollo general de la obra y aspectos específicos serán tratados en las reuniones de comité de obra, conformado por el representante de la SIC el constructor y el interventor, sobre lo cual se levantará una acta, en la cual se dejará constancia de las determinaciones adoptadas. |
Obligatoriamente se llevará el libro de obra o bitácora en donde se consignarán las novedades que se presentan en el desarrollo de las diferentes actividades de la obra. • REVISION Este procedimiento será revisado por el Director de Interventoría a petición del representante de la entidad. | |
2. SISTEMA DE COMUNICACION | OBJETIVO Este procedimiento tiene por objetivo establecer el sistema de comunicación que se genera en la prestación del servicio de interventoría. |
ALCANCE Cubre el sistema de comunicación entre el representante de la SIC, el Interventor, el Director y Residente de Interventoría y demás grupo de intervención de la interventoría. | |
DEFINICIONES • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Aquellas actividades necesarias para la prestación del servicio de interventoría. • RESPONSABILIDADES DIRECTOR DE INTERVENTORIA • Mantener oportunamente informado al personal de Interventoría sobre la comunicación que recibe de el supervisor del contrato de la SIC • Mantener oportunamente informado al representante de la entidad sobre las dificultades que se presentan en el desarrollo de la obras. • Mantener oportunamente informado al Contratista sobre las decisiones tomadas por la entidad. • Ordenar el envío de la documentación que requiere la entidad | |
RESIDENTES DE INTERVENTORIA DESIGNADO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA. • Mantener oportunamente informado al Director de Interventoría sobre el desarrollo de la obra. • Mantener la comunicación con los representantes de la entidad para el manejo del contrato. • Mantener constantemente la comunicación con el contratista en |
aspectos relacionados con la obra o las actividades de cableado estructurado e intalaciones eléctricas. PROCEDIMIENTO SISTEMA DE INFORMACION El Archivo de correspondencia procesado durante el desarrollo del Contrato en ejecución, será centralizado en las oficinas de la interventoría. • # Recibo de correspondencia del contratista La correspondencia será recibida y radicada con únicamente en las oficinas de obra de la interventoría. Las comunicaciones que no cumplan con este procedimiento se darán por no recibidas. Esta correspondencia se registrará en un formato diseñado por el interventor De acuerdo con la naturaleza de la comunicación recibida, el Director de Interventoría después de evaluarla y analizarla, procederá a dar respuesta por escrito y por vía telefónica cuando lo amerite. • # Emisión y remisión de correspondencia al contratista La correspondencia de la interventoría al contratista será dirigida con la firma del Director de Interventoría. Esta correspondencia se registrará en un formato igualmente diseñado por el interventor. De manera adicional, podrá ser enviada esta correspondencia por E-mail o vía fax o por cualquier otro medio. La información que requiera ser enviada al contratista por pa te del Residente, deberá seguir el procedimiento único de remisión de correspondencia. Se podrá desarrollar el envío de correspondencia entre estos y el Director de Interventoría con el manejo de un consecutivo individual realizado por el Residente. • # Recopilación de la información Toda la documentación que se genere en el desarrollo del servicio de interventoría será archivada en forma ordenada atendiendo este procedimiento por el Residente, bajo la supervisión del Director de Interventoría. SISTEMA DE CORRESPONDENCIA • Generalidades |
Cada carta que se emita tendrá un número de referencia para facilitar el control y respuesta de la misma. Una copia de los originales de la correspondencia del Interventor irá al representante de la SIC Toda instrucción o información relacionada con la obra que se haga vía telefónica o verbalmente en reuniones deberá ser confirmada por escrito. La comunicación interna se puede efectuar mediante memorandos, telefónicamente o reuniones. • DOCUMENTACION Las actas de las reuniones entre el Interventor, y la SIC. o su representante y el Contratista serán elaboradas por el Interventor, salvo que la entidad especifique otra cosa y se identificarán como Actas de Reunión o de Comité de Obra y se enumerarán de manera consecutiva, de acuerdo al tipo de reunión. | |
3. PROCEDIMIENTO PARA IMPLEMENTACION DE NORMAS DE SEGURIDAD | Las normas de seguridad tienen como fin conservar la vida y la integridad física de los trabajadores y tendientes a conservar los materiales e instalaciones exentos de peligro, deterioro, en las mejores condiciones de servicio. Se deberán analizar los factores que puedan amenazar las condiciones normales de trabajo del personal y el equipo a emplear. • La interventoría entonces deberá velar por el cumplimiento de las normas de seguridad industrial y de salud ocupacional de manera preventiva, garantizando que los encargados de la obra dispongan de los recursos necesarios en la misma y velando porque cada actividad a desarrollar aplique las medidas adoptadas con la implementación del sistema para tal `propósito. • Se deberán realizar reuniones con el personal de obra con el fin de educarlos en todos los aspectos relacionados con la prevención de accidentes. • Se exigirán todos los equipos de protección personal, cascos, monogafas, narigueras, guantes de cuero y caucho, cuerdas de seguridad, elementos de botiquín y primeros auxilios. • La interventoría hará respetar las normas establecidas en el reglamento de Higiene y Seguridad en la ejecución de la obra relativo a: servicios públicos para el personal de trabajadores, protección de riesgos de accidentes, manejo de andamios, protecciones de transeúntes, equipos de protección persona y los demás necesarios para la correcta seguridad durante la ejecución de la obra en un todo |
de acuerdo con las resoluciones y normas vigentes para tal fin. | |
4. DESCRIPCION DE LA DOTACION E IDENTIFICACION DEL PERSONAL | • El personal de interventoría en obra se dispondrá de todos los equipos necesarios para protección personal tales como: cascos, monogafas, narigueras, guantes de cuero y caucho, cuerdas de seguridad, elementos de botiquín y primeros auxilios. • Se carnetizará el personal de interventoría en obra. • Se velará porque el personal cuente con la debida documentación actualizada que certifique su incorporación al Sistema de Aportes a la Seguridad Social. |
5. METODOLOGIA, PROCEDIMIENTO Y CONTROL PARA EJECUTAR LA SUPERVISION DEL RECURSO HUMANO | • SUBCONTRATACION OBJETIVO Estos requerimientos tienen por objetivo describir las disposiciones que el contratista ha establecido para la evaluación y selección de los subcontratistas. |
ALCANCE Estos requerimientos se aplican a cualquier subcontratista bajo los términos en los cuales una persona natural o jurídica externa realiza parte de un contrato. | |
DEFINICIONES SUBCONTRATACION Ha de entenderse, por medio de un contrato, se asigna la ejecución de una actividad parcial o total a una persona natural o jurídica externa, con los métodos indicados por el contratista de la obra. | |
RESPONSABILIDADES El Director de Interventoría designado para la obra , con la asistencia del Residente, es responsable del control de los subcontratistas, cuyos servicios utiliza el contratista para el desarrollo de la obra. El contratista o sus representantes en la obra, si así los delega el primero son responsables de seleccionar a los subcontratistas y de mantener la lista de subcontratistas aprobados y verificados con el aval de la SIC | |
PROCEDIMIENTO | |
• SUBCONTRATISTAS APROBADOS Una vez evaluados y seleccionados los subcontratistas or el respectivo contratista se establecerá una lista de subcontratistas aprobados. | |
El archivo del subcontratista aprobado debe contener mínimo su nombre, identificación, dirección y teléfono. |
Y una vez aprobado el archivo del subcontratista se entregara una copia a quien representa a la SIC • SUBCONTRATISTAS OCASIONALES El Director de interventoría hace la solicitud para que subcontrate los servicios de un subcontratista ocasional, en caso de que sea necesario. La persona autorizada para ordenar los servicios de un subcontratista ocasional es responsable de la obtención de los datos necesarios para justificar su selección. Tal información comprende: Experiencia, Reputación Recursos (humanos y/o materiales) disponibles para el servicio subcontratado, en caso de que se requiera. • CONTROL DE LOS SUBCONTRATISTAS El Director de Interventoría o quien éste delegue ejercerá el control sobre los subcontratistas, con el fin de observar el nivel de desempeño durante la prestación del servicio. |
El/Los suscrito (s) en Legal de manifiesto que he comprendido las
Representación specificaciones
descritas en el presente Anexo No. 2 capitulo 1 y me comprometo a tener disponible y cumplir con la totalidad de Los requerimientos técnicos y obligaciones y actividades allí descritas. Y LAS ESPECIFICACIONES QUE SE GENEREN DEL DISEÑO DEFINITIVO APROBADO POR EL INTERVENTOR DEL CONTRATO Y/O LA SIC
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL C.C..
ANEXO 3
E
FACTORES TECNICOS DE PONDERACIÓN EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE
A. PONDERACION DE LA EXPERIENCIA -VALOR D CONTRATOS | VALOR DE CONTRATOS EJECUTADOS ADICIONAL | N°FOLIO |
B. PONDERACION DE LA EXPERIENCIA POR TIEM O | TIEMPO DE CONTRATOS EJECUTADOS ADICIONAL | N°FOLIO |
P
EXPERIENCIA DEL PERSONAL BÁSICO PROPUESTO
ITEM | PERSONAL BÁSICO | EXPERIENCIA PROFESIONAL ADICIONAL | EXPERIENCIA PROFESIONAL ADICIONAL | N° FOLIO |
A. | Director | |||
B. | Residente de Interventoría | |||
C. | Residente de Ingeniería Eléctrica |
Firma Representante Legal del Proponente Nombre:
Documento Identidad:
Numero de NIT :
ANEXO N° 4
EXPERIENCIA ACREDITADA GENERAL
No. | NOMBRE DEL PROPONENTE | FORMA DE EJECUCION I, C, UT (1) | OBJETO DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO día -mes - año) | FECHA DE TERMINACION (día -mes - año) | VALOR DEL CONTRATO | Duración (Meses) |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 |
(1) Indicar únicamente si fue ejecutado en forma Individual (I), en Consorcio (C) o Unión Temporal (UT); en estos dos últimos casos, indicar el porcentaje de participación del proponente.
NOTAS:
1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad.
2. La información incluida en el presente formulario es de responsabilidad del proponente.
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL CC
EXPERIENCIA ACREDITADA ESPECIFICA
No. | NOMBRE DEL PROPONENTE | FORMA DE EJECUCION I, C, UT (1) | OBJETO DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO día -mes - año) | FECHA DE TERMINACION (día -mes - año) | VALOR DEL CONTRATO | Duración (Meses) |
1 | |||||||
2 | |||||||
3 |
(1) Indicar únicamente si fue ejecutado en forma Individual (I), en Consorcio (C) o Unión Temporal (UT); en estos dos últimos casos, indicar el porcentaje de participación del proponente.
NOTAS:
1. El contenido del presente formulario no podrá ser modificado o alterado y deberá ser diligenciado en su totalidad.
2. La información incluida en el presente formulario es de responsabilidad del proponente.
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL CC
ANEXO N° 7
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Yo en calidad de representante legal de la
empresa o de la unión temporal o consorcio denominado
, ofrezco el servicio de la siguiente manera:
Marque con una “x” el tipo de servicio que ofrece para el cumplimiento del objeto del presente proceso de Licitación Pública N° 51 de 2011
BIENES Y SERVICIOS OFRECIDO
BIEN OFRECIDO | SI | NO |
Servicio con personal 100% nacional para el cumplimiento del contrato objeto del proceso de selección | ||
Servicio con personal nacional y extranjero para el cumplimiento del contrato objeto del proceso de selección |
NOTA: Si este formato no se diligencia o se diligencia marcando las dos posibilidades, el Oferente obtendrá cero (0) puntos en este factor.
Firma Representante Legal del Proponente Nombre:
Documento Identidad: Numero de NIT :
Ciudad y fecha Señores
ANEXO No. 9
MODELO DE CONFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORALY/O CONSORCIO
Superintendencia de Industria y Comercio Xxxxxxx 00 Xx. 00-00 xxxx 0x Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx X.X.
REFERENCIA: PROCESO SIC NO 37 DE 2011 -LICITACIÓN PÚBLICA
Los suscritos, _ (nombre del Representante Legal) y (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para asociarnos y actuar en nombre y representación de
(nombre o razón social del integrante y (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en Unión Temporal para participar en el proceso de la referencia, cuyo objeto es
, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:
1. La duración de la Unión Temporal será igual al término de duración del contrato, su liquidación y un (1) año más
2. La Unión Temporal está integrada por:
NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN
EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO (1)
(1) Discriminar en función de la ejecución total del contrato.
(2) El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los inte rantes, debe ser igual al 100%.
3. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL .
4. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria.
5. El representante de la Unión Temporal es (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. , de , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.
6. La sede de la Unión Temporal es:
Dirección de correo
Fax
Ciudad
Dirección electrónica
Teléfono
En constancia, se firma en , a los días del mes de de 200 .
(Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes) (Nombre y firma del Representante Legal de la Unión Temporal)
FORMATO No. 4
CERTIFICACIÓN DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES (NOTA: CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL CONSORIO O UNION TEMPORAL EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA DEBERA DILIGENCIAR ESTE FORMATO).
PERSONAS JURÍDICAS
[Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal]
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrita en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los siguientes aportes a mis empleados, correspondientes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de mi propuesta para el presente proceso de selección.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la
Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la
compañía) identificada con Nit , debidamente inscrita en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los siguientes aportes, correspondientes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de mi propuesta para el presente proceso de selección. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Dada en , a los ( ) del mes de de
FIRMA ---------------------------------------------------
FORMATO NO. 4 PERSONAS NATURALES
(NOTA. EL PROPONENTE PERSONA NATURAL O CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL CONSORCIO O UNION TEMPORAL EN CASO DE SER PERSONA NATURAL DEBERA DILIGENCIAR ESTE FORMATO).
Yo identificado (a) con c.c de , de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2003, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, y con
sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su artículo 442, que he efectuado el pago por concepto de mis aportes y el de mis empleados (si aplica) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de mi propuesta para el presente proceso de selección.
Dada en a los ( ) _ del mes de de
FIRMA -----------------------------------------------------------
ANEXO No.10
CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACION
1.CAPACIDAD RESIDUAL: Es la capacidad real de contratación que resulta de restarle a la capacidad máxima de contratación, la senumejaetcouricaiódne elol scovnatlroarteistda.e los contratos que tenga
(1) PROPONENTE:
1
CONTRATOS EN EJECUCION - KC
(2)
(3)
(4)
(5)
Forma de
(6)
c
M
Plazo de Ejecución
(7)
(8)
Valor
(9)
( 0)
(11)
Saldo x
No.
Participación
Saldo porEjecutar de Valor delFacturadSoaldo por
No.
Contratante
Obj to
Contrato enen el
Eje utar eAncuerdo con la
Contrato
e
Forma (i%)
Fecha InicFieocha FinalPesos
Ejecutar S
Contrato(en Pesos)
MLV
Forma de
(dd-mm-a(ad)d-mm-aa)
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
(En Pesos)
2011
Participación
en SMMLV 2011
o
Valor T tal Contratos en Ejecución y Suspención en SMMLV - (KC)
(12) KM = Capacidad Máxima de Contratación Certificada por la Camara de Comercio - RUP en SMMLV
(13) KC = Menos Capacidad Comprometida (Contratos en Ejecución y en Suspensión)
(14) KR = Capacidad Residual de Contratación en SMMLV (KM - KC)
(i) C = Consorcio, UT = Unión Temporal, I = Individual
(15)Manifiesto que a la fecha de entrega de la propuesta no poseemos contratos en ejecución ni contratos adjudicados
Nombre y Firma del Proponente o Representante Legal Nombre y Firma del Contador Público
No. T.P.
NOTA: ESTE FORMATO DEBE SER PRESENTADO EN MEDIO MAGNÉTICO EN FORMATO EXCEL
INSTRUCCIONES ELABORACION FORMATO CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACION
(1)
(2)
(3)
(4)
(5)
(6)
PROPONE: NToEmbre del proponente completo.
No. ContrCatoor:responde al número del los contratos que se encuentre suspendidos o en ejecución
ContratanNtoem: bre de la empresa con la cual tiene contratos en suspensión o ejecución
ObjetoE:n este campo se debe relacionar el objeto del contrato suscrito.
Forma de ParticipEancieósnte: campo se debe indicar la forma como suscribio el contrato, es decir de manera individual o a través de Consorcio o Unión Temporal, por lo tanto para la columna''iFdoenrmtifaica(side)'a'dceobmeno emplear las convenciones presentadas en la parte inferior del formato clasificadas así:
C = Consorcio, UT = Unión Temporal, I = Individual
Asi mismo en la columna iden't'i%fics'a'edadecboemiondicar el porcentaje de participación en la Unión Temporal o Consorcio, si el contrato lo suscribio de forma individual el % debe ser 100%.
Plazo de EjecuEcniólans: columnas respectivas registrar la fecha de inicio y fecha final de los contratos relacionados en el siguiente orden día, mes, año (dd -
aa) mm -
(7)
Valor del Contrato enRePgeisstorasr: el valor total en pesos del contrato suscrito con sus adiciones en caso de que existan, en el evento de que el contrato se encuentre suscrito en dolares este debe ser convertido a pesos colombianos a la tasa representativa xxx xxxxxxx vigente a la fecha de
Pági(n8)a 9aVpa6elortdruFreaacd1teu0l rp0ardooceesno el ContratoCo(ErrnesPpeosnodse):al total cancelado del respectivo contrato a la fecha de apertura del presente proceso
(9) Saldo por Xxxxxxxx (enCoPrreessopso):nde a la diferencia entre el valor del contrato en pesos menos e(7l V-a8lo) r Facturado en el Contrato
(10) Saldo por Ejecutar en SMCMoLrrVes2p0o1n0d: e al valor de la casilla (9) - Saldo por Ejecutar dividido sobre el SMMLV de la presente vigencia
(11) Saldo de Acuerdo con el % de ParticipaciónCoernreSspMoMndLeV l2a0v1a0lo: r de la casilla (10) multiplicado por el porcentaje definido en la casilla (5).
KM = Capacidad Máxima de Contratación Certificada por la Camara deEnCeosmtaerccaisoill-aRrUegPisetrne SlaMCMáLpVa:cidad Máxima de
ANEXO No. 11
CERTIFICACIÓN CUMPLIMIENTO APORTES PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL
, identificado con la cédula de ciudadanía No.
expedida en , actuando en calidad de
_(Representante Legal o Revisor Fiscal) de
, manifiesto que:
En los términos del artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la entidad que represento ha efectuado durante los últimos 6 meses oportunamente los aportes a su cargo, y a la fecha se encuentra al día en sus obligaciones parafiscales y de seguridad social.
Bogotá D.C., Fecha:
Cordialmente,
ANEXO No. 12
PACTO DE TRANSPARENCIA
El(los) suscrito(s) a saber: (Nombre del representante legal de la sociedad, asociación o persona
jurídica o persona natural o
nombre del representante legal del consorcio o
Unión Temporal
proponente) domiciliado en (Domicilio de la persona firmante), identificado con (Documento de
Identificación de la persona
firmante. y lugar de expedición), quien obra
en calidad de
(Representante legal de la Sociedad, del Consorcio, de la Unión Temporal, o de la Asociación proponente, si se trata de persona jurídica, caso en el cual debe identificarse de manera completa dicha Sociedad, Consorcio, Unión Temporal, o Asociación, indicando instrumento de constitución y haciendo mención a su registro en la Cámara de Comercio del domicilio de la persona jurídica), que en adelante se denominará EL PROPONENTE, manifiesta(n) su voluntad de asumir, de manera
unilateral, el presente PLIEGO DE CONDICIONES, teniendo en cuenta consideraciones:
las siguientes
PRIMERO: Que la Superintendencia de Industria y Comercio adelanta un proceso de selección para la celebración de un contrato estatal, cuyo objeto es “---------------------------------------------------------------
------------------------------------“
SEGUNDO: Que es interés de EL PROPONENTE apoyar la acción del Estado colombiano, y de la
Superintendencia de Industria y Comercio para fortalecer la transparencia en los procesos de
contratación, y la responsabilidad de rendir cuentas;
TERCERO: Que siendo del interés de EL PROPONENTE participar en el presente proceso de selección aludido en el considerando primero precedente, se encuentra dispuesto a suministrar la información propia que resulte necesaria para promover o garantizar la transparencia del proceso, y
en tal sentido suscribe el presente compromiso unilateral anticorrupción, que se siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA. COMPROMISOS ASUMIDOS.
regirá por las
EL PROPONENTE, mediante compromisos:
suscripción del presente documento, asume
los siguientes
EL PROPONENTE no ofrecerá ni dará sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta;
EL PROPONENTE se compromete a no permitir que nadie, bien sea empleado de la compañía o un agente comisionista independiente, o un asesor o consultor lo haga en su nombre;
EL PROPONENTE se compromete a denunciar o informar a la administración de la Superintendencia de Industria y Comercio cualquier solicitud que reciba de funcionarios de la entidad a cambio de favorecimientos de su propuesta o con el fin de perjudicar las propuestas de terceros.
EL PROPONENTE se compromete formalmente a impartir instrucciones a todos sus empleados, agentes y asesores, y a cualesquiera otros representantes suyos, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia, especialmente de aquellas que rigen el
presente proceso de contratación y la relación contractual que podría derivarse impondrá las obligaciones de:
de ella, y les
No ofrecer o pagar sobornos o cualquier halago a los funcionarios de la Superintendencia de
Industria y Comercio, ni a cualquier otro servidor público o privado que pueda influir en la adjudicación de la propuesta, bien sea directa o indirectamente, ni a terceras personas que por su influencia sobre funcionarios públicos, puedan influir sobre la aceptación de la propuesta;
No ofrecer pagos o halagos a los funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio
durante el desarrollo del contrato que se suscriba si llegase a ser aceptada su propuesta.
Denunciar o informar cualquier solicitud que reciba de funcionarios de la Superintendencia de
Industria y Comercio a cambio de favorecimientos de su propuesta o con el fin de perjudicar las propuestas de terceros.
EL PROPONENTE se compromete formalmente a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación. EL PROPONENTE asume a través de la suscripción del presente compromiso, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, si se verificare el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
En el evento de conocerse casos especiales de corrupción en las Entidades del Estado, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha Contra la Corrupción” a través de alguno de los siguientes medios: los números telefónicos (0) 000 0000, (0) 000 00 00, (0) 000 00 00; vía fax al
número (0) 000 00 00; la Línea Transparente del Programa, a los números: 0000-000 000 o (0) 000 00 00; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del Programa, en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección Xxxxxxx 0 Xx. 0-00, Xxxxxx, X.X.. También puede reportar el hecho a la Secretaria General de la Superintendencia de Industria y Comercio, Lo anterior, sin perjuicio de denunciar el hecho ante las autoridades competentes.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos unilaterales incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de (Ciudad donde se firma el presente documento) a los (Día del mes en letras y números, días del mes de del año).
EL PROPONENTE:
(Nombre, número del documento de identificación y firma del proponente o su representante)
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DE LA PARTE PROPONENTE SI
ES PLURAL (CONSORCIO O LEGALES.
UNION TEMPORAL), A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTES