PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE LA OBRA CONSISTENTE EN LA ADECUACIÓN DE CAMINOS RURALES SITOS EN EL T.M. DE SALOBREÑA (GRANADA)
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DE LA OBRA CONSISTENTE EN LA ADECUACIÓN DE CAMINOS RURALES SITOS EN EL T.M. DE SALOBREÑA (GRANADA)
1ª.- OBJETO Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la realización de las obras consistentes en asfaltado de los CAMINOS RURALES DE LAS XXXXXX, MATAGALLARES Y DEL CURA en el término municipal de Salobreña (Granada) de acuerdo con el proyecto redactado por el ingeniero X. Xxxxx X. de la X Xxxxxx (colegiado 1736), visado por el C.O.A.A.T.G.R con fecha 10 de febrero de 2.011 y aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 17 de febrero de 2011. Codigo: CPV 45233160-8
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras tal y como establece el artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2ª.- FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
En función del precio, la forma de adjudicación del contrato se efectuará por Procedimiento Abierto con publicidad, anunciándose la licitación en el BOP en base en las determinaciones de los artículos
126.4 y 161.2 de la Ley 30/07. Tramitación por urgencia debido a la necesidad de iniciar la ejecución de las obras en el plazo de 60 días naturales desde la recepción de la aprobación del proyecto por la Consejería de Agricultura para la percepción de la subvención que dicha Consejería a concedido para financiar el presente contrato.
3ª.- EL PERFIL DE CONTRATANTE
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxx://xxx.xxxx-xxxxxxxxx.xxx
4ª.- IMPORTE DEL CONTRATO
El importe del presente contrato asciende a las siguientes cuantías:
Presupuesto de ejecución material: 175.099,10 € Presupuesto de Contrata: 208.367,93 €
IVA (18 %): 37.506,22 €
El importe de Ejecución por Contrata incluye:
-La ejecución material
-El 6% de Beneficio Industrial
-El 13% de Gastos Generales.
Las proposiciones deberán indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) detallándolo expresamente en la forma establecida por la Ley 37/1.992 de 28 de diciembre y Real Decreto 1624/1.992 de 29 de diciembre.
Para determinar si las ofertas son consideradas anormales o desproporcionados se estará a lo determinado por el Artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Revisión de Precios.- El contrato no estará sometido a revisión de precios en virtud de su duración.
Riesgo y xxxxxxx.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista salvo supuestos de fuerza mayor descritos en el artículo 214 de la Ley 30/07
5ª.- PAGOS.-
El pago de las obras se hará mediante certificaciones mensuales suscritas por el Director de las mismas, informadas por los Servicios Técnicos Municipales y aprobadas por la Junta de Gobierno Local. Se acompañará factura extendida en forma por igual importe al de la certificación presentada reflejándose el IVA como partida independiente.
El importe se abonará con cargo a la partida presupuestaria 414.619.00 del vigente Presupuesto Municipal para el ejercicio de 2011 dentro del plazo de 50 días siguientes a la fecha de expedición de las certificaciones de las obras siendo de aplicación, en caso de demora, lo regulado en el artículo 200 de la Ley 30/07
En todo caso el abono de las certificaciones tienen el concepto de “pagos a cuenta” sujetos a rectificaciones y/o variaciones que se produzcan en la medición final.
Se admite el “abono a cuenta” por las operaciones preparatorias (instalaciones y acopios de materiales o equipos de maquinaria pesada) siempre que el contratista preste la garantía correspondiente.
6ª.- DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE GARANTÍA. LIQUIDACIÓN.
La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo en el plazo xx XXXX días desde la fecha de formalización del contrato.
El plazo de ejecución de las obras será de TRES MESES a contar desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo que se redactará dentro del plazo de una mes a contar de la fecha del contrato.
La duración del contrato lo será desde la fecha de su firma y hasta la fecha del Acta de Recepción Formal de las obras que se levantará dentro del plazo de un mes a contar desde su terminación y de conformidad con lo regulado en el artículo 218 de la Ley 30/07.
El plazo de garantía será de un año contado desde el Acta de Recepción Formal quedando el contratista obligado a la conservación de las obras y reparación de los daños derivados de defectos en la construcción. De incumplirse esta obligación el Ayuntamiento podrá ejecutar los trabajos necesarios con cargo a la Fianza Definitiva.
La liquidación de las obras se efectuará dentro del plazo de tres meses contados desde la Recepción Formal se aprobará la certificación final de las obras ejecutadas.
7ª.- GARANTÍAS.-
Garantía Provisional.- Exenta
Garantía Definitiva.- El adjudicatario del contrato estará obligado a constituir una garantía definitiva del 5 % del precio de adjudicación, excluido el IVA. Esta garantía se devolverá aprobada la liquidación final del contrato y dentro del plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía de las obras.
Ambas se constituirán en la Caja de la Corporación Municipal, admitiéndose las modalidades del artículo 84 de la Ley 30/07. (metálico, aval, seguro de caución)
La garantía responderá por los conceptos referidos en el artículo 88 de la Ley 30/07
8ª.- REQUISITOS DE LOS OFERTANTES.-
Sólo podrán participar las personas naturales o jurídicas que tengan capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las causas de prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
No se exige Clasificación al ser el importe del contrato inferior a 350.000 euros.
Capacidad de Obrar.- No podrán contratar con el Sector Público las personas naturales que carezcan de capacidad de obrar a la que se refiere el Código Civil y, en el supuesto de personas jurídicas, las que carezcan de Escritura de Constitución, de Estatutos o de Acto fundacional, debidamente inscritos en el Registro Público. En el supuesto de empresarios no españoles se acreditará por algunas de las formas establecidas en el artículo 61.2 y 3 de la Ley 30/07.
Prohibición de Contratar.- No podrán contratar con el Sector Público las personas en las que concurra algunas de las circunstancias relacionadas en el artículo 49 de la Ley 30/07.
Solvencia Económica y financiera.- Podrán participar en la licitación los empresarios que acrediten solvencia económica y financiera aportando declaraciones apropiadas de entidades financieras. En su defecto se admitirán alguno otro de los medios señalados por el artículo 64 de la Ley 30/07.
Solvencia Técnica.- Podrán participar los empresarios que acrediten el siguiente medio:
-Relación de obras similares en naturaleza a la del objeto del presente Pliego y de igual o superior importe al previsto en la cláusula 4ª ejecutadas en los últimos cinco años y avaladas por certificaciones indicando importe, fechas y lugar de ejecución de las obras. Dichos certificados los remitirán directamente a este Ayuntamiento la autoridad competente en su emisión o el licitador en el Sobre correspondiente.
La solvencia económico-financiera y técnica puede sustituirse con la acreditación de Clasificación del empresario para celebrar contratos del mismo tipo objeto del presente Pliego, según admite el artículo
51.1 y artículo 63.2, ambos de la Ley 30/07.
A su vez, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas acreditará la aptitud del empresario a todos los efectos supliendo cualquier requisito de los anteriormente señalados, incluida la Clasificación. La prueba se efectuará mediante certificación del Órganos
encargado del registro (Estatal o Autonómico)
9ª.-PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.-
Los interesados podrán presentar sus ofertas en el plazo de 13 días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el “Perfil del Contratante en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 horas a 14:00 horas. Si el último día coincide con sábado x xxxxxxx se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Si la proposición se envía por correo, el interesado deberá remitir un justificante al FAX municipal nº 000-000000. El justificante deberá obrar en el Ayuntamiento, como máximo, el último día de presentación de ofertas. En caso contrario la proposición quedaría desechada.
10ª.- DOCUMENTACIÓN.-
Los licitadores presentarán, simultáneamente, dos sobres cerrados. En cada uno figurará el nombre del licitador y el título de la obra, y la identificación de SOBRE Nº 1 y SOBRE Nº 2 con el siguiente contenido:
Sobre nº 1 (DOCUMENTACIÓN). Incluirá:
-Copia D.N.I. y Escritura de Poder (si actúa por representación).
-Escritura de Constitución de la Sociedad, con datos de inscripción en el Registro Mercantil.
-Justificante de Alta Censal (o I.A.E.) en el Epígrafe que le faculte para contratar
-Declaración responsable de no hallarse incurso en causas de prohibición para contratar señaladas en el art. 49 de la vigente Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
-Declaración responsable de hallarse al corriente en sus obligaciones tributarias, ante la Administración del Estado, Comunidad Autónoma Andaluza y Ayuntamiento de Salobreña.
-Declaración responsable de estar al corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social
-Acreditación de la Solvencia Económico-Financiera (cláusula 7ª)
-Acreditación de la Solvencia Técnica cláusula 7ª)
La acreditación de la Solvencia puede ser sustituida por la Clasificación o Inscripción referida al final de la Cláusula 7ª
La prueba de no estar incurso en prohibición de contrata podrá realizarse por cualquiera de las formas de las señaladas en el artículo 62 de la Ley 30/07.
Sobre nº 2 (PROPUESTA ECONÓMICA).- Se formalizará en el siguiente modelo, debidamente fechado y firmado
MODELO DE PROPOSICIÓN
D. _, con D.N.I. núm. , en nombre propio o representación de ( ), enterado de la Contratación de las obras de asfaltado de los CAMINOS RURALES DE LAS XXXXXX, MATAGALLARES Y DEL CURA publicadas en el BOP nº _de fecha y en el “Perfil del Contratante” de la página WEB del Ayuntamiento de Salobreña, se compromete a su ejecución en la cantidad de (letra y número) más el 18 % de IVA y todo ello con arreglo al Proyecto técnico de las obras y Pliego de Cláusulas que manifiesta conocer,
aceptando su contenido de forma incondicionada y sin reservas. Lugar, fecha y firma.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición ni participar en Unión Temporal con otros si lo hace individualmente
11ª.- MESA DE CONTRATACIÓN.-
De conformidad con lo regulado en el artículo 295 de la Ley 30/07 y artículo 21 del R.D. 817/2009 de 8 xx xxxx que la desarrolla, se constituye la Mesa de Contratación formada por:
Presidente: Alcalde o concejal en quien delegue
Vocales: El Secretario de la Corporación, el Interventor municipal, el Arquitecto supervisor del Área de Obras y Urbanismo y Concejala de Economía.
Secretario: El responsable del Negociado de Contratación.
12ª.- APERTURA DE LOS SOBRES Y REQUERIMIENTO
La Mesa de Contratación calificará la documentación presentada en los Sobres Nº 1 a las 12:00 horas del tercer día hábil (excluidos sábados) a contar de la finalización del plazo de presentación de proposiciones y, a continuación, procederá a la apertura de los Sobres Nº 2 que contienen la oferta económica.
La falta de documentación, que no sea subsanable, supondrá el rechazo del licitador sin necesidad de abrir el sobre nº 2. Al efecto no será subsanable:
-La no acreditación de la solvencia económica-financiera y técnica.
La Mesa levantará Acta de lo actuado y declarará la oferta más ventajosa propondrá a la Junta de Gobierno Local (J.G.L.), como Órgano de Contratación, la Adjudicación del Contrato.
La J. G.L., en la primera sesión que celebre, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar del siguiente al del recibí del requerimiento, aporte:
-La garantía definitiva de 5 % del precio de adjudicación, excluido el IVA
-Documento justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias ante Hacienda (Estatal y Autonómica) y Ayuntamiento de Salobreña
-Documento justificativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
13ª.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y OBLIGACIONES.-
a) Adjudicación del contrato:
En el plazo máximo de 5 días hábiles siguientes al de la recepción de la documentación presentada por el adjudicatario, la Junta de Gobierno Local acordará la adjudicación del contrato.
Caso contrario, de conformidad con lo regulado en el artículo 135 de la Ley 34/2010 de 5 xx xxxxxx, la adjudicación definitiva recaerá en el siguiente licitador, con mejor oferta, si presta su conformidad y
aporta los documentos preceptivos antes señalados.
Si la oferta se declara desproporcionada o anormal la adjudicación recaerá en la siguiente proposición más ventajosa.
La adjudicación se notificará a todos los licitadores y se publicará en el “Perfil del Contratante” del Ayuntamiento de Salobreña y BOP .
b) Obligaciones del adjudicatario:
La adjudicación definitiva obliga al contratista al cumplimiento de los siguientes requisitos:
I) Presentar el Plan de Seguridad y Salud con informe del Coordinador de seguridad salud designado por la empresa.
II) Comunicar a la Autoridad Laboral la “Apertura del Centro de Trabajo” acompañado del Plan de Seguridad y Salud y el Acta de Comprobación del Replanteo, antes del plazo de un mes a contar del comienzo de las obras.
14ª.- FORMALIZACIÓN.-
El contrato se formalizará en documento administrativo en un plazo no superior a 15 días hábiles, contados desde el siguiente al de la notificación del acuerdo de adjudicación. El adjudicatario podrá proponer la formalización en escritura pública corriendo con los gastos.
De no formalizarse el contrato dentro del plazo por causa imputable al contratista podrá acordarse la resolución del mismo con incautación de la garantía. Caso contrario se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le haya ocasionado.
No se podrá iniciar la ejecución de las obras antes de la formalización del contrato, del levantamiento del Acta de Comprobación del Replanteo y de la presentación de los documentos I), II) y III) exigidos en la Cláusula 13ª b).
15ª.- PENALIDADES.-
Para los supuestos de incumplimientos defectuosos o incumplimiento de los compromisos y condiciones de la ejecución del contrato el Ayuntamiento se reserva el aplicar las penalidades previstas en el artículo 196 de la Ley 30/07.
16ª.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-
Las causas de resolución serán las previstas en los artículos 206 y 284 de la Ley 30/07 de Contratos del Sector Público.
17ª.- CARÁCTER CONTRACTUAL.- Tienen carácter contractual además del presente Pliego, el Pliego de Prescripciones técnicas del Proyecto de Obras, los Planos y los Cuadros de Precios.
18ª.- LEYES ESPECIALES.- El contratista viene obligado, bajo su responsabilidad, a cumplir lo dispuesto por la legislación vigente en materia laboral sobre contratación de personal, salarios mínimos y normativa sobre Seguridad Social.
19ª.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA.- En lo no previsto en el presente Pliegos será de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 30/07 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, Ley 34/2010 de 5 xx xxxxxx que la modifica y R.D. 1098/2.001 que aprueba el Reglamento de Contratos de las Administraciones Públicas.
20ª.- TRIBUNALES.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por el Órgano de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa, a tenor de la Ley de dicha Jurisdicción.
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DILIGENCIA: Para hacer constar que el presente borrador xx Xxxxxx de Cláusulas fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 26 xx xxxx de 2011 con rectificaciones propuestas por la Consejería de Agricultura y Pesca.
EL SECRETARIO