PLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DE LOS SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS CONCIERTOS DE LA ENCINA 2018, EN EL AUDITORIO MUNICIPAL DE PONFERRADA.-
Patronato Municipal de Fiestas
CIF: P7411801-X
XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO, DE LOS SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS CONCIERTOS DE LA ENCINA 2018, EN EL AUDITORIO MUNICIPAL XX XXXXXXXXXX.-
DEFINICIÓN DEL PROCEDIMIENTO.-
La adjudicación del contrato mediante el procedimiento negociado se ampara en lo dispuesto en los artículos 138 y 169 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, concurriendo el supuesto contemplado en la cláusula 7 del presente pliego.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El contrato que en base al presente pliego se realice, tendrá como objeto la contratación mediante procedimiento negociado de la prestación del servicio de LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS CONCIERTOS DE LA ENCINA 2018, EN EL AUDITORIO MUNICIPAL XX XXXXXXXXXX.
2.- PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO.-
La duración del contrato se ajustará al siguiente calendario de actuaciones y Artistas que se proponen, para los días que se indican y que se fijan en función de la programación prevista de resto de actos de las fiestas, sin perjuicio de la adecuación del horario:
FECHA | ARTISTA | HORA ESTIMADA | LUGAR ACTUACION |
07/09/2018 | 22,00 | AUDITORIO MUNICIPAL | |
08/09/2018 | 22,00 | AUDITORIO MUNICIPAL | |
09/09/2018 | 22,00 | AUDITORIO MUNICIPAL |
3.- PRESUPUESTO.-
El precio máximo de licitación se establece en (50.000,00 €), CINCUENTA MIL EUROS, correspondiendo a la base 41.322,31, €, y al IVA 8.677,69 €.
6.- Forma de pago.- Se realizará en dos pagos, el primero a la firma del contrato y contra factura del 50% de la base de adjudicación y el segundo por el otro 50%, en el de treinta días a contar desde la entrega de los bienes o prestación de los servicios para la
comprobación y verificación de la conformidad de los mismos con lo fijado en el contrato, estableciéndose el plazo de pago en el de treinta días desde la aceptación o verificación de los bienes recibidos o prestación del servicio.
El órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública es la Intervención del Patronato Municipal de Fiestas, siendo el órgano de contratación la Sra. Presidenta y el destinatario es el, Patronato Municipal de Fiestas lo que deberá de reflejarse en la Factura.(Según dispone la disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP).
La entrega de las facturas deberá efectuarse en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx o en el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas a través de la URL: xxxxx://xxxx.xxx.xx (según proceda en función del importe y de lo que señale la normativa aplicable en cada momento), especificando:
Oficina Contable | Órgano gestor | Unidad de tramitación |
LA0001456 INTERVENCIÓN PATRONATO DE FIESTAS | LA0001456 PATRONATO MUNICIPAL DE FIESTAS | LA0001456 PATRONATO MUNICIPAL DE FIESTAS |
4.- FINANCIACIÓN. EXISTENCIA DE CREDITO.
Los contratos objeto del servicio se financiarán con cargo al Presupuesto General de 2018; sometiendo la adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en dicho ejercicio.
5.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten la correspondiente solvencia económica, profesional y técnica y no estén afectados por ninguna de las circunstancias que enumera el artº. 20 de la TRLCAP como prohibitivas para contratar.
Las referidas empresas deberán tener como finalidad realizar actividades que tenga relación directa con el objeto del contrato y dispongan de una organización dotada de elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
6.- GARANTÍA DEFINITIVA.
No se exige garantía provisional. El adjudicatario del contrato a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas, está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 5% del importe de la adjudicación, excluido el impuesto sobre el valor añadido que será constituida en la forma establecida en el artº. 96 de la L.C.S.P. La garantía depositada será devuelta a los licitadores no adjudicatarios y al que resulte adjudicatario al finalizar los servicios condicionada al cumplimiento del contrato, memoria y Pliego de Condiciones.
El plazo de constitución de la mencionada garantía será el establecido en el artº. 151.4) del Real Decreto Legislativo 3/2011 y será ingresada en la cuenta del Patronato Municipal de Fiestas, Banco Santander de la Xxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx, 0 xx XX00000 XXXXXXXXXX. Cuenta: XX00 0000 0000 00 0000000000
7.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
La adjudicación del presente contrato se realizará por procedimiento negociado sin publicidad, por razones de su cuantía de conformidad con lo establecido en el Art. 173, f) del Real Decreto Legislativo 3/2011.
8.- ASPECTOS TECNICOS Y ECONOMICOS QUE SERAN OBJETO DE NEGOCIACION.
Criterios de adjudicación.- Las ofertas presentadas se valorarán atribuyendo hasta un máximo de 100 puntos, distribuidos en la siguiente forma:
8.1.- Oferta económica: X puntos. Se otorgará máxima puntuación (30 puntos) a la oferta que presente el precio más bajo con respecto al precio de licitación, efectuándose un reparto proporcional inverso para el resto de las ofertas en función del precio ofertado. Dicho reparto proporcional inverso se realizará según la siguiente fórmula:
Puntuación a otorgar = Total puntos máximos x Menor precio ofertado
Precio de la oferta a puntuar
8.2.- Criterios técnicos: Cada licitador presentará un proyecto técnico para conforme determina el último párrafo del punto primero de la presente memoria y se valorará con un máximo de (70 puntos), distribuidos entre los siguientes apartados:
a) Inversión a realizar por el promotor, que comprenderá el cachet oficial de los artistas y memoria valorada de los equipos técnicos para una adecuada iluminación y sonorización del concierto. Para ello deberá acompañar certificación del manager del artista en el que conste el caché oficial del artista propuesto y que tiene reservada a favor del licitador la fecha propuesta para la celebración del concierto. Asimismo se aportará el raider técnico del concierto. La no acreditación de estos extremos, supondrá la no valoración de este apartado. (Hasta un máximo de 30 puntos).
b) Memoria de asistencia al equipo artístico: Xxxxxxxx, alojamiento, manutención catering, personal de apoyo de: Técnicos de Luz y Sonido, servicios auxiliares, seguridad, acomodadores de accesos y porteros. Señalética de los espacios y la circulación del público. (Hasta un máximo de 15 puntos).
c) Publicidad a realizar del evento: En radio, prensa escrita, televisión, vallas en carretera, flyers, carteleria y otros, debidamente presupuestadas. (Hasta un máximo de 10 puntos).
d) Mejoras y otras contraprestaciones al Patronato, debidamente valoradas. (Hasta un máximo de 15 puntos).
El Patronato se reserva el derecho a exigir las facturas del apartado c) Publicidad, antes del segundo y último pago del contrato, y si no se justificase el 100% de la Memoria, le será reducido del último pago.
Asimismo, el Patronato se reserva el derecho a dejar desierta la adjudicación del contrato, si a juicio de la mesa de contratación, el proyecto presentado no alcanza el objetivo exigido por el Patronato, en función del desembolso económico que este realiza.
9.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES: LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION, FORMALIDADES Y DOCUMENTACION.
9.1.- Lugar y plazo de presentación.- Las proposiciones se presentarán en la Secretaría del Patronato Municipal de Fiestas del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx en mano, de las 9:00 a las 14:00 horas, durante el plazo que se fije en la invitación que se remita o anuncio de licitación según proceda. Si el último día de plazo de presentación fuese sábado o día inhábil se trasladará al primer día hábil siguiente.
También podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar el mismo día y antes de las 14 horas del último día de presentación de ofertas, al Órgano de Contratación, por FAX, TELEX o Telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tal requisito, no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.
La sección de contratación acreditará la recepción del referido telegrama, con indicación del día de su expedición y recepción en el libro del registro correspondiente.
Las empresas interesadas podrán examinar la documentación en las dependencias de la sección de contratación, pudiendo obtener cuantas aclaraciones fueren precisas mediante llamada telefónica, consulta telegráfica, telex, fax o correo electrónico, en el número y dirección que igualmente se exprese en el anuncio. A estos efectos de obtención de información y de conformidad con lo establecido en el Art. 141.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, se establece un plazo de seis días naturales desde la primera publicación del anuncio del contrato para la presentación de la solicitud de la misma. El órgano de contratación no estará obligado a atender las solicitudes de envío de pliegos y documentación complementaria cuando ésta sea accesible a través del perfil del contratante.
Igualmente se establece un plazo de cuatro días naturales para la información prevista en el Art. 158.1 del TRLCSP, contados según proceda, desde la primera publicación del anuncio, o desde la finalización del plazo previsto en el apartado anterior. En el supuesto de que la licitación se efectuara mediante procedimiento negociado sin publicidad, los plazos señalados en los párrafos anteriores se contarán a partir de la recepción del escrito de invitación.
Si la tramitación de la adjudicación fuera por procedimiento de urgencia los plazos establecidos en los párrafos anteriores se reducirían a la mitad.
El acceso al perfil del contratante se realizará a través de la pagina web de este ayuntamiento (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.).
9.2.- F ormalidades.- Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados
denominados 1, 2 y 3 y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido en la forma que se indicará y el nombre, dirección, correo electrónico, teléfono y fax de contacto y firma del licitador.
SOBRE NUMERO 1 (cerrado)
Se denomina DOCUMENTACIÓN GENERAL. Debe figurar necesariamente inscrito el titulo del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciados.
CONTENIDO:
(Se presentará documentos originales, o copias compulsadas).
1.- Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en:
1.1.- Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales por fotocopia compulsada o, Escritura de Constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera una persona jurídica.
1.2.- Poder bastanteado por el Secretario Letrado de la Corporación, por lo Servicios Jurídicos o por Letrado con ejercicio en el ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación. Así como D.N.I. del apoderado, o administrador, debidamente compulsado en su caso.
1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente, o en la oficina consular en
cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, al que acompañará además el informe a que se hace referencia en el Art. 72 del Real Decreto Legislativo 3/2011
1.4.- En caso de concurrir a la licitación varías empresas, constituyendo una unión temporal cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombre y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración.
2.- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar,
conforme a los arts. 60 y ss., del Real Decreto Legislativo 3/2011.
La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba exigirse al adjudicatario del contrato una vez realizada la adjudicación provisional del mismo, debiendo aportarse antes de su adjudicación definitiva, juntamente con la declaración responsable. Se aportará certificación del Patronato Municipal de Fiestas acreditativa de no tener deudas con el Patronato juntamente con la declaración responsable.
3.- Certificado de alguno de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera.
3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, en su caso justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
3.2.- Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de la actividad del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente para la Administración.
4.- Certificado de alguno de los siguientes documentos acreditativos de la solvencia técnica.
4.1. Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destinos público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por este, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
4.2.- Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
4.3.- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
5.- Para las empresas extranjeras, declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera correspondientes.
6.- Resguardo de pago tasa presentación oferta (20,10 Euros).
La presentación por los empresarios de certificado de inscripción en Registros de Licitadores o mediante un certificado comunitario de clasificación conforme a lo establecido en el art. 85 del Real Decreto Legislativo 3/2011, deberá acompañarse a la misma de una declaración responsable del licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación dispensará de la presentación de la documentación que en el mismo se recoja.
SOBRE NUMERO 2.- (Cerrado, pudiendo estar lacrado y precintado)
Denominado: “PROPOSICIÓN TÉCNICA” deberá figurar necesariamente inscrito el título del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciada.
CONTENIDO: Deberá presentar la documentación a la que hace referencia el artículo 8.2) xxx Xxxxxx de Condiciones, en los apartados a, b, c, d) relativos al proyecto a presentar y Mejoras, en su caso.
SOBRE NUMERO 3.- (Xxxxxxx, pudiendo estar lacrado y precintado).
Denominado: “PROPOSICIÓN ECONOMICA” deberá figurar necesariamente inscrito el título del servicio, y los datos de la empresa anteriormente referenciada.
Proposición económica conforme al modelo que se adjunta en la cláusula final este pliego. Se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que presenten omisiones, errores o enmiendas que impidan conocer claramente la oferta, debiendo estar firmada por quien tenga poder suficiente, pudiendo ser rechazada conforme a lo establecido en el Art. 84 del Real Decreto Legislativo 3/2011. En la oferta deberá indicarse de forma independiente el importe del impuesto sobre el valor añadido que deba ser repercutido.
La oferta económica se presentará en castellano. Cada licitador no podrá presentar más que una sola oferta. No se podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros empresarios, si lo hubiesen hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo dará lugar a la desestimación de todas las proposiciones por el presentadas.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN.
No se establece Mesa de Contratación por no exigirse en la legislación vigente para los procedimientos negociados sin publicidad.
No obstante, en la invitación que se curse a las empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, se indicará el día y hora de la apertura del sobre número 1. (Documentación General). En dicho acto, se fijarán la apertura de los sobres 2) y 3), salvo que se requieran en el plazo de 3 días alguna documentación, fijándose en dicho caso, la fecha y hora de apertura de los sobres 2 y 3).
11. CALIFICACION DE DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES ECONOMICAS.
Vencido el plazo de presentación de proposiciones la Administración procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (SOBRE “1”), pudiendo conceder, si observase defectos materiales en la misma, un plazo máximo de tres (3) días hábiles para que el licitador subsane el error.
A la vista de las proposiciones admitidas, el órgano de contratación evaluará las ofertas presentadas por los licitadores en función de los criterios de adjudicación establecidos en el anuncio de licitación o en el documento descriptivo y seleccionará la oferta, teniendo en
cuenta las valoraciones técnicas y económicas presentadas. Para esta valoración habrán de tomarse en consideración, necesariamente, varios criterios, sin que sea posible adjudicar el contrato únicamente basándose en el precio ofertado. (artº. 183 del Real Decreto Legislativo 3/2011).
En aplicación de lo previsto en la disposición adicional cuarta del TRLCS)., si de dieran varias ofertas que igualen en sus términos a la más ventajosas, tendrán preferencia para dicha adjudicación las empresas y entidades que se recogen en dicha disposición adicional sexta. Si concurriesen varias con la misma preferencia, la adjudicación se decidirá mediante sorteo entre ellas. En todo caso dichas circunstancias deberán ser acreditadas.
12.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA ADJUDICACIÓN.-
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 151.2) de la TRLCSP, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus Obligaciones Tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2, y de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente, así como de estar al corriente con las obligaciones del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
13.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 151.3) del TRLCSP deberá adjudicar el contrato dentro de los CINCO DIAS HABILES siguientes a la recepción de la documentación.
En los procedimientos negociados y de diálogo competitivo, la adjudicación concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante, en la notificación y en el perfil del contratante se indicará el plazo en que debe procederse a su formalización conforme a lo establecido en el artículo 156.3) del TRLCSP.
14.- FORMALIZACION DEL CONTRATO.-
Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá acreditar ante el Ayuntamiento el pago de los anuncios de licitación y adjudicación en su caso o cualquier otro documento que se requiera por el órgano de contratación (pólizas de seguros, etc). La formalización del contrato deberá efectuarse no mas tarde de los QUINCE DIAS HABILES siguientes a aquel en que se reciba la notificación de la adjudicación de los licitadores y candidatos.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el
requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto anteriormente sin que hubiere interpuesto recurso, que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso se hubiese exigido.
15.- FORMA DE PAGO.
Se realizará en dos pagos, el primero a la firma del contrato y contra factura del 50% de la base de adjudicación, más el Iva y el otro 50%, en el plazo de un mes desde la ejecución del concierto, contra factura de la ejecución del contrato, desglosando la base del Iva en vigor en el momento de la expedición.
16. REVISION DE PRECIOS.
Al presente contrato le será de aplicación lo previsto en los arts 89 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011. En el presente contrato y dada la duración del mismo no procede la revisión de precios
17. EJECUCIÓN DEL SERVICIO.
El contratista estará obligado a prestar el servicio objeto del contrato, en los términos y plazos fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones contenidas en la Memoria Técnica y Cláusulas Administrativas. La xxxx del contratista no precisará de previa intimación por parte de la Administración.
El adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de xxxxxxx, pérdidas o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiera incurrido en xxxx al recibirlas.
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. La administración de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del Real Decreto Legislativo 3/2011, por medio de sus servicios técnicos, tendrá la facultad de inspeccionar.
El adjudicatario dispondrá de una póliza de responsabilidad civil de la cual entregará copia a la firma del contrato en la sección de contratación, junto con el recibo de pago de la misma.
18. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL.
Será de cuenta del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en el Art. 214 del Real Decreto Legislativo 3/2011. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial de los suministros que efectúe y deberá indemnizar a la Corporación todos los daños y perjuicios que para ésta puedan originarse a causa de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente puedan dirigirse contra ella.
19. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO.
Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:
- La gestión de los conciertos y de los bares. (solamente podrán utilizarse las instalaciones fijas del Auditorio para la gestión de las barras).
- Pago del cachet exigidos por los Artistas.
- Contratará a su exclusivo cargo, todo el personal necesario para el concierto: Xxxxx y descarga, limpieza, seguridad, porteros, taquilla, etc.
- Todo el personal que participe en la organización de los conciertos, deberá estar asegurado por la PROMOTORA, presentando al Patronato Municipal de Fiestas, con 24 horas de antelación, relación de todo el personal que participa en el evento y los justificantes del contrato (Sellado por la Oficina de Empleo).
- El Catering exigido por los Artistas y equipo técnico.
- La Maquinaria de trabajo producción que pudiera necesitarse (Xxxxxx, Xxxxxx de sonido conforme a material y medidas que exija el rider del Artista. Estructura GRAN SUPPORT conforme a plano xxx xxxxx del Artista).
- Vallas antiavalancha. Vallas de señalización xx xxxxxxxx de acceso puertas. Acotación de espacios según necesidades del conciertos según normativa vigente.
- Plan de Seguridad.- PRODUCTORA, (adjudicatario) se encargará de presentar el Plan de Seguridad, con la colaboración del Patronato, a través del Servicio de Extinción de Incendios, Protección Civil y Policía Municipal, al igual que el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, aportando copia del Seguro de Responsabilidad Civil, para cada concierto y Seguro de Suspensión del Espectáculo.
- Tanto los ingresos por taquilla del Concierto como los derivados de la gestión de los bares, serán para el adjudicatario, quien deberá liquidar el Iva correspondiente, así como la liquidación con la Sociedad General de Autores(S.G.A.E).
- Publicidad en radio, prensa escrita, televisión, vallas en carretera, flyers y cartelería. Se establece una Contraprestación de imagen con el logotipo del Ayuntamiento en la publicidad en los medios de comunicación, cartelería y entradas.
- El adjudicatario, asimismo, se responsabiliza de:
- La gestión como promotor del concierto, responsabilizándose de que cada grupo tenga el equipo montado y listo para la hora del comienzo del concierto en el día programado, ajustando en todo caso, la duración del concierto a las estipulaciones del contrato con cada artista.
- La limpieza diaria xxx xxxxxxx exterior y camerinos y espacios interiores utilizados.
20.- RECEPCION.-
La recepción del contrato se regulará conforme al art. 222 del Real Decreto Legislativo 3/2011. La administración comprobará, al tiempo de la recepción que la calidad objeto del contrato se ajusta a las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas. Cuando el acto formal de recepción de los bienes sea posterior a su entrega, la administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
21. PLAZO DE GARANTIA
Dado el tipo de contrato no se establece plazo de garantía alguno.
22.- MODIFICACION DEL CONTRATO.
La Administración podrá modificar el contrato de conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 3/2011, artículos 219 y 296.
23.- CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO.
Constituyen causas de resolución del contrato de suministro las establecidas en el artº.
223 y 299 del Real Decreto Legislativo 3/2011.
24.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
25. REGIMEN JURIDICO.
En lo no previsto expresamente en el presente Pliego de Cláusulas, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011 y RD 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
26. JURISDICCION COMPETENTE.
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas por los Órganos de Contratación, cuyas resoluciones agotarán la vía administrativa y abrirán la vía Contencioso-Administrativa a tenor de la Ley de dicha jurisdicción.
27. MODELO DE PROPOSICION.
Don ......................................................................................., mayor de edad, con
domicilio en ..............................................................., CP nº..................., DNI nº. ......................
expedido con fecha ......................., en nombre propio (o en representación de
.................................................................................., vecino de ......................................, con
domicilio en ....................................................., c/......................................................., invitado a
la adjudicación del contrato de SERVICIOS DE ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LOS CONCIERTOS DE LA ENCINA 2018, EN EL AUDITORIO MUNICIPAL XX XXXXXXXXXX.-
mediante Procedimiento Negociado sin publicidad, se compromete a realizarlo por el precio de:
Base Imponible:
Iva 21% :--------:
TOTAL BASE (en letra y número)
_
.-
con sujeción a la memoria técnica y Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que expresamente asumo y acato en su totalidad.