Telefax: (076) 34-3757 Torre de Control: (076) 36-9812 CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES NO PERSONALES Nº 003-2008-CONT
CORPORACION
PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A.
CAJAMARCA - PERU
Telefax: (076) 34-3757 Torre de Control: (076) 36-9812
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES NO PERSONALES Nº 003-2008-CONT
Conste por el presente documento el Contrato de Locación de Servicios Profesionales No Personales, que celebran de una parte la CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A., con RUC. Nº 20100004675, representada por su Apoderado Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, identificado con D.N.I. N° 25609898, según Poder Inscrito en la Partida Registral N° 70201195 Asiento C00126 de la Oficina Registral de Lima – Callao, quien en adelante se denominará CORPAC S.A. y de la otra parte, el Abogado Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, identificado con D.N.I. N° 18179238, y RUC. Nº 10181792383, con Domicilio en Xx. Xxxxxxxx Xx 000 Xxxx. 000, Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, a quien en adelante se le denominará El ASESOR LEGAL, en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA.- ANTECEDENTES.
CORPAC S.A. es una empresa estatal de Derecho Privado organizada como Sociedad Anónima, que tiene a su cargo la administración de la totalidad de los Aeropuertos a Nivel Nacional.
CORPAC S.A. ha convocado al proceso de selección mediante Adjudicación de Menor Cuantía N° AMC-0027-2008-SPHI-CORPAC S.A. PRIMERA CONVOCATORTIA para el SERVICIO “Asesor Legal Externo del Aeropuerto xx XXXXXXXXX”, con un valor referencial de S/. 6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluidos los Impuestos xx Xxx, bajo el Sistema de SUMA ALZADA, de conformidad con los requerimientos establecidos por las Bases, que en Anexo I forma parte integrante del presente Contrato.
Conforme al Acta N° 104 de fecha 27 de Octubre de 2008, el Comité Especial xx XXXXXX S.A. otorgó la Buena Pro al Postor Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, por la suma de S/. 6,000.00 (Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los Impuestos xx Xxx, bajo el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo a su Propuesta Económica, la que en Anexo III forma parte integrante del presente Contrato.
SEGUNDA.- OBJETO.
Asimismo, CORPAC S.A. contrata los servicios de EL ASESOR LEGAL para la defensa de todos los Procesos Judiciales y Administrativos, en los cuales CORPAC S.A. Intervenga como demandante, demandada, parte civil agraviada y otras formas de representación procesal; incluyendo el agotamiento de la vía Judicial hasta la Corte Superior de Justicia xx XXXXXXXXX.
EL ASESOR LEGAL deberá presentar mensualmente un informe detallado del estado de los Procesos Judiciales y/o Administrativos a la Jefatura de Aeropuerto xx XXXXXXXXX conforme al formato de ficha que como modelo remitirá a CORPAC S.A., a efectos de ser remitidos a la Oficina de Asesoría Legal xx XXXXXX S.A., para fines de control y seguimiento de los resultados y avances.
TERCERA.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ASESOR LEGAL.
Las Obligaciones asumidas por EL ASESOR LEGAL mediante el presente contrato son entre otras las relativas a:
Elaboración y presentación de las denuncias y/o demandas que se le encomienden. Para efectos, el Jefe del Aeropuerto xx XXXXXXXXX y la Oficina de Asesoría Legal comunicarán a EL ASESOR LEGAL la decisión xx XXXXXX S.A., de accionar contra determinadas personas, remitiéndole los documentos necesarios para la preparación y presentación de la denuncia y/o demanda.
Participar en todas las diligencias que se ordenen en el trámite de la denuncia y/o demanda del Proceso Judicial respectivo, entre ellas deberá asistir al representante xx XXXXXX S.A., en su declaración preventiva, testimonial o confesión, y en todas las diligencias en las que se requiere su presencia.
Solicitar y participar en los Informes orales en las diversas instancias en que esto proceda, participar en las inspecciones oculares, en las declaraciones preventivas, testimoniales del Representante Legal xx XXXXXX S.A. en las confrontaciones, presentar alegatos, presentar conclusiones, informes escritos, quejas de hecho y de derecho cuando corresponda, informes escritos x xxxx, presentar recursos de apelación, nulidad y casación siempre y cuando la sentencia de primera o segunda instancia haya sido desfavorable a la Corporación.
Gestionar, coordinar y ejecutar todas las medidas judiciales necesarias para recuperar el dinero adeudado a CORPAC S.A., o aprobado por terceros. Para estos efectos deberá solicitarse las medidas cautelares de embargo y otras pertinentes al caso concreto.
Interposición de todos los medios impugnatorios que permite la Ley, entre ellos apelación, nulidad, queja, etc., cuando así lo exija el curso del Proceso y el interés perseguido por CORPAC S.A.
Velar por la no paralización del trámite de la denuncia, demanda o del Proceso Judicial. En razón a ello deberá presentar todo los recursos que fueran necesarios, tanto en el expediente principal como en los incidentes que se pudieran derivar del mismo, para darle el impulso correspondiente.
Informar mensualmente a la Jefatura de Aeropuerto xx XXXXXXXXX, sobre el avance de cada denuncia, demanda o proceso judicial o administrativo, debiendo adjuntar a su informe copia de los recursos presentados y de las piezas procesales actuadas. Estos informes deberán ser presentados dentro de los primeros cinco días de cada mes.
Actualizar semanalmente la información del estado procesal de cada acción judicial cuyo patrocinio se le encomiende.
Presentar los informes situacionales que requiere CORPAC S.A., sin que este informe genere costo adicional para CORPAC S.A.
Los informes producidos por EL ASESOR LEGAL bajo las presentes estipulaciones contractuales tienen el carácter de reservados y son de uso exclusivo xx XXXXXX S.A., salvo autorización expresa.
Interponer Todas aquellas acciones legales y administrativas que permitan la mayor eficacia y celeridad en el trámite de los procesos encomendados.
Producido el apersonamiento, EL ASESOR LEGAL comunicará inmediatamente mediante carta a CORPAC S.A., el estado en que asume el proceso adjuntando el mencionado cargo de recepción.
Aperturar Falsos Expedientes de cada uno de los procesos encargados, los mismos que deberán ser actualizados periódicamente por EL ASESOR LEGAL y permanecer en la sede del Aeropuerto xx XXXXXXXXX
Actualizar permanentemente el software legal ingresando la información proveniente de los diferentes órganos jurisdiccionales; esto cuando el Aeropuerto tenga instalado el software.
CUARTA.- DE LA VIGENCIA.
La vigencia del presente Contrato, es de un (01) año; empezará a regir a partir del 01 de Enero del 2009 hasta el 31 de Diciembre del 2009.
QUINTA.- DE LA FORMA DE PAGO DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES
Los pagos se efectuaran de acuerdo al avance de cada proceso judicial, en las etapas y los porcentajes especificados en los términos de Referencia.
Asimismo, el honorario será aplicable en función del estado procesal en que el Asesor Legal Externo asuma el proceso.
PROCESOS CIVILES: se cancelará la cantidad de S/.2,100.00 por proceso, de acuerdo al siguiente detalle.
Honorario fijo por expediente:
15% al interponer o contestar la demanda, contra entrega del cargo de presentación.
15% al realizarse la audiencia de conciliación, contra entrega del cargo de realización de la misma.
15% con la resolución que declara la conclusión de la etapa probatoria o que disponga que el proceso se encuentre expedido para sentenciar, contra entrega del acta de audiencia o resolución que así lo disponga.
15% al momento de expedirse sentencia en primera instancia, contra prestación de dicha resolución.
15% al momento de expedirse sentencia de segunda instancia, contra prestación de dicha resolución.
b) La diferencia entre lo pagado y lo que faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga la conclusión del proceso con resultado totalmente favorable a CORPAC S.A.- contra presentación de la sentencia o resolución judicial que así lo disponga.
PORPROCESOS LABORALES: Se cancelará la cantidad de S/. 1,700.00 por proceso, de acuerdo al siguiente detalle.
Honorario Fijo por expediente.
15% por la elaboración e interposición de la demanda o contestación de demanda, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
15% al momento de concluir la etapa de pruebas, contra entrega del cargo donde conste la realización de la misma.
15% a momento que se expida la sentencia de primera instancia, contra entrega de dicha resolución.
15% a la presentación oportuna del recurso de apelación, contra entrega del cargo de presentación del mismo.
15% al momento que se expida la sentencia de segunda instancia, contra entrega de dicha resolución.
La diferencia entre lo pagado y lo faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga la conclusión del proceso con resultado totalmente favorable a CORPAC S.A. contra presentación de la sentencia o resolución judicial que así lo disponga.
POR PROCESOS PENALES: se cancelará la cantidad de S/. 2,100.00 por proceso, de acuerdo al siguiente detalle.
Honorario Fijo por expediente
15% por la elaboración e interposición de la denuncia, contra entrega del cargo de presentación de la misma.
15% al momento de dictarse el auto apertorio de instrucción, contra presentación de copia de la resolución que lo contiene.
15% a momento de dictarse el informe final de instrucción o la sentencia de primera instancia, contra presentación de dicho informe o de la sentencia del Juzgado.
15% a momento de dictarse la sentencia de la Sala Penal contra presentación de dicha resolución.
La diferencia entre lo pagado y lo faltaría para completar el 100% del monto ofertado por expediente; siempre y cuando se obtenga el archivamiento definitivo de la denuncia o la conclusión definitiva del proceso con resultados totalmente favorables a los funcionarios de la empresa denunciados o procesados; o también procederá este pago cuando tratándose de procesos iniciados y/o impulsados por CORPAC S.A. se logré sentencia condenatoria definitiva contra los procesados
SEXTA.- DE LA ACUMULACION DE PROCESOS.
Cuando existan procesos que tengan conexión entre sí, EL ASESOR LEGAL está obligado a solicitar la acumulación de los procesos, bajo responsabilidad.
Cuando por orden del Poder Judicial se produzca la acumulación de dos o más procesos que tengan conexión, CORPAC S.A., abonará el honorario correspondiente a una sola acción legal.
Es obligación de EL ASESOR LEGAL comunicar a la Oficina de Asesoría Legal respecto de las acumulaciones que se produzcan.
SETIMA.- DE LA EJECUCION DE SENTENCIA.
En caso que EL ASESOR LEGAL logre efectivizar la reparación civil o la restitución de lo ilícitamente apropiado, ya sea a través del remate de los bienes embargados o por cualquier otro medio, ambas partes contratantes acordarán los honorarios profesionales aplicables a dichas gestiones.
OCTAVA.- DE LAS SENTENCIAS DESFAVORABLES.
Los Informes Finales y/o Sentencias desfavorables a CORPAC S.A., sólo serán cancelados en los casos que EL ASESOR LEGAL demuestre haber ejercido una cabal defensa. Ello lo acreditará con copia de todos los recursos presentados al Juzgado o a la Fiscalía. Así también, deberá alcanzar a CORPAC S.A., el cargo de presentación del correspondiente Recurso de Apelación o Nulidad, o del Recurso que sustente la posición xx XXXXXX S.A., según sea el caso.
NOVENA.- DE LAS OBLIGACIONES XX XXXXXX S.A.
CORPAC S.A., se obliga a asumir el compromiso de pago que se establece en las Cláusulas Quinta y Sexta de este Contrato, así como también a proporcionar a El ASESOR LEGAL toda la información necesaria y disponible con relación a las actividades a desarrollar, la cual tiene el carácter de reservada.
DECIMA.- DE LAS RELACIONES XX XXXXXX S.A. CON EL CONTRATADO
El presente Contrato no genera vinculo laboral entre CORPAC S.A., y EL ASESOR LEGAL.
Para los efectos de una eficaz presentación de los servicios, EL ASESOR coordinará y presentará todo sus informes directamente a la Jefatura del Aeropuerto xx XXXXXXXXX, quién los elevará a la Oficina de Asesoría Legal.
DECIMA PRIMERA.- DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
En caso que EL CONTRATISTA falte al cumplimiento de sus obligaciones establecidas en el presente Contrato, así como de sus Bases Administrativas Integradas, Absolución de Consultas, Propuesta Técnica y Económica, CORPAC S.A. de conformidad con lo establecido en el Artículo 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. N° 084-2004-PCM, requerirá mediante Carta Notarial para que cumpla, en un plazo no mayor a cinco (05) días, bajo apercibimiento de que el Contrato quede resuelto de pleno derecho.
En caso que, vencido dicho plazo EL CONTRATISTA persista en el incumplimiento, CORPAC S.A. resolverá el Contrato manifestando esta decisión y el motivo que la justifica, mediante Carta Notarial.
El presente Contrato quedará resuelto de pleno derecho a partir de la recepción de la Carta Notarial remitida al CONTRATISTA, sin perjuicio de iniciársele las acciones pertinentes para el reconocimiento de una indemnización por los daños y perjuicios ulteriores que pudieran existir.
Sin perjuicio de las causales de resolución establecidas en el párrafo anterior, EL CONTRATISTA también considerará como causales de resolución lo siguiente:
Cuando se llegara a cubrir el monto máximo de la penalidad.
DECIMA SEGUNDA.- DISPOSICIONES GENERALES.
Al finalizar el presente contrato, ya sea por vencimiento, resolución, imposibilidad de ejecución o por cualquier otra causa debidamente justificada no atribuible a EL ASESOR, éste está obligado a entregar a CORPAC S.A., bajo cargo, todos los documentos relativos a los procesos que se encuentran en su poder.
EL ASESOR LEGAL reconoce a favor xx XXXXXX S.A., el derecho de retener el pago de sus honorarios hasta en tanto cumpla con la entrega de los documentos remitidos en el párrafo que antecede y/o con la retención de cuentas documentadas de los importes que hubiera recibido xx XXXXXX S.A., para el patrocinio de las acciones judiciales que se encuentran fuera del Departamento xx XXXXXXXXX.
EL ASESOR LEGAL declara bajo Juramento no tener impedimento alguno para contratar con el Estado, ni juicio en trámite con el mismo, lo cual es determinante para la celebración del presente Contrato.
DECIMA TERCERA: Son partes integrantes del contrato
Anexo I Bases Administrativas
Anexo II Propuesta Técnica
Anexo III Propuesta Económica
Anexo IV Acta Adjudicación de la Buena Pro.
DECIMA CUARTA: CONFLICTOS
Todos los conflictos que se deriven de la ejecución e interpretación del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de manera definitiva e inapelable mediante arbitraje de derecho a través de un árbitro único, de conformidad con lo establecido en la normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado.
Para todos los efectos del presente contrato, las partes señalan como sus domicilios los especificados en la introducción del presente Contrato, donde deberán cursarse las notificaciones a que hubiera lugar.
Conforme a lo expresado, las partes suscriben el presente Contrato por triplicando en la ciudad xx Xxxxxxxxx a los (04) días del mes de Noviembre del año 2,008.
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CORPAC S.A. ASESOR LEGAL
Administrador de Aeropuerto
“DESDE EL 25 XX XXXXX DE 1943 AL SERVICIO DE LA AVIACIÓN COMERCIAL”