PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE PRESTACIÓN, LAVADO, PLANCHADO, HIGIENIZACION, DESINFECCION Y REPARTO DE ROPA DE CAMA Y LENCERIA EN GENERAL PARA LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES DE ORDUÑA.
PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE PRESTACIÓN, LAVADO, PLANCHADO, HIGIENIZACION, DESINFECCION Y REPARTO DE ROPA DE CAMA Y LENCERIA EN GENERAL PARA LA RESIDENCIA DE PERSONAS MAYORES XX XXXXXX.
I.- OBJETO Y MARCO JURIDICO
1.1.- Objeto.
Es el objeto de este contrato el servicio de prestación, lavado, planchado, higienización, desinfección y reparto de ropa de cama y lencería en general de la Residencia de Personas Mayores xx Xxxxxx, asi como transporte, recogida y entrega.
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas contiene la relación de las actividades a realizar por la empresa adjudicataria estableciendo su frecuencia mínima y los acuerdos de nivel relativos al servicio de prestado, lavado, planchado, higienización, desinfección y reparto de ropa de cama y lencería en general de la Residencia de Personas Mayores xx Xxxxxx Urduñako Arkupea, su recogida y entrega, así como las condiciones de obligado cumplimiento que llevará a cabo la empresa adjudicataria del proceso de licitación.
El objeto del presente contrato se entenderá para toda la ropa sucia de cama y lencería en general que se genere en la Residencia de Personas Mayores, que dispone de 55 camas, ciñéndose a las necesidades que el mismo tenga durante la vigencia del mismo.
La tipologia de ropa y lenceria que la Residencia precisa para su funcionamiento ordinario es la siguiente:
Sábanas genéricas (160*290) de 112 gr./m².
Entremetidas (89*90)
Fundas de almohada (125*45)
Colchas (170*265)
Toallas de lavabo (50*90) de 450 gr./m².
Baberos de adulto (45*90)
A efectos de cuantificar las cantidades necesarias de ropa y lencería que el centro precisa, señalar que la empresa adjudicataria deberá garantizar como mínimo 4 juegos de cada tipologia de ropa por cada cama.
El precio máximo unitario del servicio de prestado, lavado, planchado, higienización, desinfección y reparto de ropa de cama y lencería, a ofertar por el licitador será el siguiente en función de la tipologia de ropa:
Tipologia | Precio Unitario Máximo |
Sábanas genéricas (160*290) de 112 gr./m². | 0,60€ |
Entremetidas (89*90) | 0,46€ |
Fundas de almohada (125*45) | 0,25€ |
Colchas (170*265) | 1,09€ |
Toallas de lavabo (50*90) de 350 gr./m². | 0,32€ |
Baberos de adulto (45*90) | 0,31€ |
Las colchas deberán tener, como mínimo, un 50% de algodón. El resto de la ropa deberá ser 100% de algodón.
En casos puntuales, de estimarlo necesario para el correcto funcionamiento de la Residencia, se podrá solicitar el lavado de otras prendas no mencionadas en el pliego y cuyo servicio se facturará según las tarifas vigentes en la empresa adjudicataria.
1.2.- Marco jurídico
La contratación a la que se refiere el presente Xxxxxx se llevará a cabo en el marco jurídico estipulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que, constituyen complemento inseparable del presente Xxxxxx, asi como en todo lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
2.- CONDICIONES DEL SERVICIO
2.1.- Condiciones generales del servicio.- El servicio de lavandería a contratar se adecuará a las siguientes especificaciones, sin perjuicio de las directrices que, por razón de las necesidades del Centro, la dirección del mismo pueda señalar en cada momento o situación:
a) La empresa adjudicataria prestará y realizará la recogida, limpieza, desinfección, planchado, doblado, embolsado y entrega de la ropa de cama y lencería de la Residencia de personas mayores xx Xxxxxx, a lo largo de los 365 días del año en horario de mañana que no perturbe en ningún caso el servicio diaria del centro, según los procedimientos operativos descritos en este pliego de condiciones técnicas.
b) El servicio de recogida, lavandería y entrega se hará como mínimo 3 días a la semana de lunes x xxxxxxx, a la hora que se convenga entre ambas partes
c) No es objeto del servicio que se contrata, las labores de reparación de la ropa deteriorada.
d) La empresa adjudicataria deberá reponer la ropa deteriorada o extraviada como mínimo en un 5% anual.
e) Será a cargo de la empresa adjudicataria el marcaje propio de la ropa de la Residencia.
f) Las tareas de manipulación, carga y descarga de la ropa serán realizadas por personal de la empresa adjudicataria, bajo la supervisión del personal designado del centro.
2.2.- Condiciones específicas del servicio 2.2.a) Recogida Ropa sucia:
. El servicio de recogida de la ropa sucia se hará en las dependencias de la Residencia para Personas Mayores xx Xxxxxx, teniendo fácil acceso desde la calle. El servicio de recogida y lavandería se hará como mínimo 3 días a la semana de lunes x xxxxxxx, a la hora que se convenga entre ambas partes. A tal efecto el adjudicatario presentará un calendario anual de funcionamiento que se ajustará a la legislación laborable vigente en el momento de prestación del servicio.
. Para su recogida, la ropa estará debidamente embolsada y cerrada, según el sistema de clasificación que para los distintos tipos de ropa y suciedad se establezcan por la Residencia.
. Los sacos contenedores de ropa sucia serán lavados al mismo tiempo que ésta.
2.2.b) Entrega Ropa limpia:
. La ropa, una vez lavada y planchada, será plegada, clasificada y embolsada para su devolución al día siguiente de su recogida. En el supuesto de que éste coincida con sábado o festivo, se entenderá que la devolución debe realizarse el primer día laborable siguiente. Si hubiera demora ésta no será nunca superior a 2 días.
. Para una efectiva entrega, la clasificación y embolsado, se establecerá según las características de la ropa.
. La ropa objeto de entrega, será depositada en las dependencias del centro que se estimen para ese fin y de fácil acceso desde la calle.
. Bajo ningún concepto la ropa limpia podrá ser transportada en un compartimento que haya transportado ropa sucia.
. Toda la ropa que sea recibida y no reúna las condiciones de idoneidad reflejadas en este Pliego, serán rechazadas, procediéndose a su devolución, sin que pueda resultar por ello coste alguno.
2.2.c) Transporte de la ropa
El transporte de la ropa se hará por el adjudicatario, siguiendo los procedimientos adecuados que garanticen que la ropa sucia y la ropa limpia no se encuentren simultáneamente en el mismo vehículo, salvo que el mismo albergue compartimentos estancos dedicados tanto a ropa sucia como a limpia.
El transporte de recogida y entrega de la ropa correrá a cargo de la empresa adjudicataria, que deberá establecer, como mínimo, 3 días de recogida y entrega de ropa a la semana.
2.2.d) Xxxxxx y desinfección
El proceso de la ropa se realizará de forma que la ropa limpia y la sucia se encuentren separadas en todo momento. Para evitar contaminación entre zona sucia y limpia, la planta xx xxxxxx dispondrá de las instalaciones necesarias para la separación fisica completa y rigurosa entre la zona contaminada y la zona limpia.
Los equipos xx xxxxxx de la ropa plana deben disponer de carga de ropa sucia y descarga de ropa limpia, en espacios fisicos independientes.
Los vehículos utilizados para el traslado de ropa serán desinfectados con el equipamiento y productos necesarios para ello.
La limpieza y desinfección de los carros y sacos de transporte será por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario tiene la obligación de lavar y desinfectar convenientemente los carros y sacos que hayan sido utilizadas para la ropa sucia, antes de volver a utilizarlos con ropa limpia.
2.2.e) Instalaciones y equipos
- El adjudicatario del contrato dispondrá de las instalaciones y maquinaria que sean necesarias para la prestación del servicio objeto de contrato.
- Las instalaciones necesarias para el cumplimiento de la "barrera sanitaria", es decir, separación física completa y rigurosa entre zona limpia y zona sucia.
- Los procesos de trabajo así como la maquinaria y los productos a emplear, garantizarán la perfecta limpieza, higienización y conservación de los tejidos.
- El adjudicatario se responsabiliza de realizar controles sobre la calidad de los procesos xx xxxxxx, sus efectos en la duración y deterioro de los tejidos, intentando siempre un equilibrio entre higiene y desinfección, deterioro de ropa y coste económico. Dichos controles se realizarán a través de los laboratorios técnicos adecuados.
- La empresa adjudicataria se responsabilizará de la selección durante el proceso xx xxxxxx, de las prendas deterioradas que serán entregadas por separado al adjudicatario.
- Se establecerá un canal de comunicación para resolver los extravíos de ropa.
- Los vehículos utilizados para el traslado de ropa serán desinfectados con el equipamiento y productos necesarios para ello.
- La empresa adjudicataria pondrá a disposición del centro 3 carros como minimo para la recogida de la ropa sucia, y entrega de la ropa limpia , asi como los sacos precisos. Dichos carros y sacos se encontrarán, en todo momento, en perfecto estado de mantenimiento.
2.2.f) Personal
Para la prestación del servicio de lavandería, la empresa adjudicataria contará con personal suficiente para el cumplimiento de este Pliego de Prescripciones.
El contratista esta obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, respecto al personal que emplee en el contrato, quedando Urduñako Arkupea, S.L. exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
El personal que el empresario destine a la ejecución del contrato no tendrá vinculación laboral ni de ningún otro tipo con Urduñako Arkupea, S.L., debiendo ser contratado en el régimen o modalidad que legalmente corresponda por el adjudicatario, sin que pueda vincular en modo alguno tal contratación a ningún servicio de Urduñako Arkupea, S.L..
La persona adjudicataria será responsable tanto de los trabajos que desarrolle para el cumplimiento del servicio, como de las prestaciones y servicios ofrecidos, así como de cualquier hecho que pudiera acontecer a consecuencia de carencias, deficiencias, uso de métodos inapropiados o decisiones erróneas.
2.2.g) Prevención de riesgos laborales
Con carácter general, la empresa adjudicataria deberá adoptar todas las medidas necesarias encaminadas al total cumplimiento de las obligaciones relativas a la Seguridad e Higiene en el trabajo, conforme a la legislación aplicable en materia de prevención de riesgos laborales.
Los productos y sustancias utilizados en el trabajo, deberán estar envasados y etiquetados de forma que se identifique claramente su contenido y los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que su almacenamiento o utilización comporte.
El contratista deberá informar a los trabajadores sobre la forma correcta de utilización de los productos y materiales usados en la prestación del servicio, las medidas preventivas adicionales que deben tomarse y los riesgos laborales que conlleva tanto su uso normal como su manipulación o empleo inadecuado.
3.- DE LOS DAÑOS DEL MOBILIARIO E INSTALACIONES
Los daños que este personal pudiera ocasionar en el mobiliario e instalaciones de la residencia de Personas Mayores, serán indemnizados por el contratista, siempre a juicio de la Dirección de la Residencia, la cual podrá detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presente el contratista.
4.- PRECIO DEL CONTRATO
El precio anual del servicio, el primer año, se fija en la cantidad máxima de 38.000€ más 7.980€ correspondiente al IVA (21%), cantidad que podrá ser mejorada a la baja por las empresas o personas licitadoras, quienes incluirán en sus ofertas el Impuesto sobre el Valor Añadido, (IVA) si estuvieran sujetos debiendo figurar, además, desglosado este concepto.
Ello no obstante, el valor estimado del contrato será de 228.000€ más 47.880€ correspondiente al IVA (21%).
Sin perjuicio del precio anual del servicio, los precios máximos unitarios del servicio que podrán ser mejorados a la baja por las empresas o personas licitadoras serán los siguientes:
Tipologia | Precio Unitario Máximo |
Sábanas genéricas (160*290) de 112 gr./m². | 0,60€ |
Entremetidas (89*90) | 0,46€ |
Fundas de almohada (125*45) | 0,25€ |
Colchas (170*265) | 1,09€ |
Toallas de lavabo (50*90) de 350 gr./m². | 0,32€ |
Baberos de adulto (45*90) | 0,31€ |
El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Sociedad Urduñako Arkupea, S.L., que no queda obligado a gastar la totalidad del presupuesto de gasto indicado inicialmente. Por tanto, dicho presupuesto anual máximo podrá finalmente ser inferior en función de la demanda real que haya del servicio, sin que tal alteración implique modificación del contrato, ni determine obligación indemnizatoria de ninguna clase a favor del adjudicatario.
A todos los efectos se entenderá que en las ofertas estarán incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transportes, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación, ensayo, tasas y toda clase de tributos, incluido el Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A.).
En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será xx xxxx euros (0 €).
Para la valoración de las ofertas económicas se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una de ellas, es decir, excluido el IVA.
5.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de CUATRO (4) AÑOS, a partir del día siguiente a la formalización del contrato, salvo que en el mismo se disponga otra cosa.
Expirado el periodo de vigencia, el presente contrato podrá prorrogarse anualmente de forma expresa y mutuo acuerdo por DOS (2) más, siendo la duración del principal y las susceptibles prórrogas de SEIS (6) AÑOS, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 303 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las prórrogas podrán realizarse por plazos parciales o por el total inicialmente previsto.
En caso de extinción normal o anormal del contrato por cualquier causa, y con la finalidad de garantizar la continuidad del servicio, el órgano de contratación podrá acordar la prórroga forzosa del contrato, hasta la adjudicación del nuevo contrato, por un período que en ningún caso será superior a seis meses en las mismas condiciones.
6.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación recaerá en el licitador que en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente.
Los criterios para la adjudicación del contrato, que están directamente vinculados a la ejecución del mismo, se recogen relacionados, con la ponderación que se indica:
A.- CRITERIOS QUE REQUIEREN UN JUICIO DE VALOR
1.- Proposición técnica: hasta 25 puntos
- Calidad de la Oferta: hasta 5 puntos.
- Plan de Gestión de Incidencias. hasta 5 puntos.
- Plan formativo y de reciclaje. hasta 5 puntos.
- Formación en prevención de riesgos laborales. hasta 5 puntos.
- Plan ambiental específico para el centro objeto del contrato. hasta 5 puntos.
(*) Para la valoración del contenido técnico de la oferta se tendrá en cuenta:
- Si se desarrolla de manera específica pero con poco grado de detalle cumpliendo unicamente con lo dispuesto en los pliegos de clásulas administrativas y prescripciones técnicas, se calificará la propuesta como suficiente.
- Si además en el desarrollo de la oferta se ha realizado un esfuerzo por concretar y detallar
con mayor alcance los aspectos propuestos, permitiendo justificar de una manera lógica, y no generalista, se considerará el contenido de la propuesta xx xxxxx.
- Asimismo, se estimará como inadecuada aquella oferta que no incluya en su propuesta lo solicitado en el pliego.
En segundo lugar, a esta aproximación cualitativa y de acuerdo con el porcentaje de ponderación que se ha dado a cada apartado, se le asignan puntos en el siguiente orden:
Bueno el máximo de los puntos
Suficiente la mitad de los puntos
Inadecuado 0 puntos
B.- CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES
a) Oferta económica anual máxima: hasta 25 puntos
La oferta más económica se puntuará con 25 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
25 x Ob
P=
Ol
P: puntuación obtenida Ob: oferta más económica
Ol: oferta correspondiente a la empresa licitadora que se valora
b) Oferta economica unitaria máxima: hasta 30 puntos
1.- Oferta económica unitaria para "Sábana generica": La oferta más económica se puntuará con 5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
2.- Oferta económica unitaria para "Entremetida": La oferta más económica se puntuará con 5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
3.- Oferta económica unitaria para "Funda almohada": La oferta más económica se puntuará con 5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
4.- Oferta económica unitaria para "Colcha": La oferta más económica se puntuará con 5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
5.- Oferta económica unitaria para "Toalla lavabo": La oferta más económica se puntuará con
5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
6.- Oferta económica unitaria para "Babero adulto": La oferta más económica se puntuará con
5 puntos. Las demás ofertas se puntuarán mediante la aplicación de la fórmula que a continuación se señala.
La fórmula a aplicar a todos los apartados anteriores será la siguiente:
5 x Ob
P=
Ol
P: puntuación obtenida Ob: oferta más económica
Ol: oferta correspondiente a la empresa licitadora que se valora
c) Valoración de prestaciones adicionales al pliego. 20 puntos.
- Por la reposición de ropa en un porcentaje superior al 5% anual. Otorgándose 2 puntos por cada 1% de incremento en el porcentaje de reposición de ropa anual sobre el porcentaje mínimo anual del 5% exigido y hasta un máximo de 10 puntos.
- Por el incremento del número de juegos de cada tipología de ropa puestas a disposición de cada cama del centro sobre el mínimo de 4 juegos exigido en el pliego. Otorgándose 5 puntos por cada juego de más sobre el mínimo exigido, hasta un máximo de 10 puntos.
En Xxxxxx, a 00 xx xxxxx xx 0000 Xxxxxxxx Arkupea, S.L.