PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MEDIACION PREPARATORIO PARA LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE, ASI COMO LA POSTERIOR ASISTENCIA PARA LA GESTION DE RIESGOS Y EJECUCION DE...
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO DE MEDIACION PREPARATORIO PARA LA FORMALIZACION DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS DEL AYUNTAMIENTO DE PORTUGALETE, ASI COMO LA POSTERIOR ASISTENCIA PARA LA GESTION DE RIESGOS Y EJECUCION DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS.
1- OBJETO DE CONTRATO
La prestación de un servicio por parte de un corredor o correduría de seguros, de los servicios de mediación y asesoramiento preparatorios de la formalización de contratos de Seguros Privados del Ayuntamiento de Portugalete, así como la posterior asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, en los términos y condiciones recogidos en la Ley 26/2006 de 17 de Julio, de Mediación de seguros y reaseguros Privados y en el presente Pliego y en el de condiciones administrativas particulares.
2- PLAZO
Comenzará la vigencia del contrato a partir de la firma del mismo por parte del Ayuntamiento y el adjudicatario ( previsto para septiembre del 2010), finalizando el día 31 de Diciembre del año 2012 .
El contrato, podrá prorrogarse anualmente y hasta un máximo de TRES años más, por mutuo acuerdo entre las partes, mediante solicitud expresa del adjudicatario, con una antelación mínima de tres meses al vencimiento del contrato . La prórroga precisará de acuerdo expreso al efecto.
No obstante, dado que existen pólizas de distintos xxxxx de seguro que se encuentran en vigor hasta el día 31 de diciembre de 2011, no se prestarán los servicios de mediación objeto del presente Pliego respecto a dichas pólizas en curso, y por tanto, tampoco se devengará la comisión por corretaje respecto de las mismas.
3- LUGAR DE EJECUCION
La prestación del servicio deberá realizarse en dependencias ajenas a esta Administración .
4- PRECIO DEL CONTRATO
Este contrato no genera gasto directo al Ayuntamiento, dado que el corredor o correduría que resulte adjudicataria, será retribuida a través de las primas satisfechas por el Ayuntamiento de Portugalete a las Entidades aseguradoras con las que se concierten los contratos de seguros privados. Estas abonarán como precio, el resultado de aplicar a las primas netas de los seguros ( entendiéndose por rima neta la prima total menos los impuestos, recargos y tasas del Consorcio de Compensación de Seguros), el porcentaje
correspondiente que se determine en el contrato entre al Ayuntamiento y la Correduría x xxxxxxxx de seguros.
Las primas totales satisfechas por los seguros del Ayuntamiento en el año 2011 ascienden a los siguientes importes:
Seguro de Responsabilidad Patrimonial | 100.539,24 € / año |
Seguro de Riesgos Patrimoniales | 25.446,34 €/ año |
Seguro de vehículos | 16.212,11 €/ año |
Seguro de vida | 85.710,64 €/ año |
Seguro de defensa jurídica | 3.294,11 €/ año |
Varios ( cancelación actuaciones musicales, cucaña, exposiciones ) | 6.000,00 €/año |
TOTAL | 237.202,44 €/año |
No obstante, a los efectos de los establecido en el artículo 76 de la ley 30/2007, de 30 de Octubre de contratos del Sector Público, el valor estimado del contrato se establece en
140.000 €.
5- REVISION DE PRECIOS
No procede dada la naturaleza del contrato.
6- SERVICIOS A PRESTAR POR EL ADJUDICATARIO
6.1 El mediador deberá informar al Ayuntamiento, sobre las condiciones de los contratos de seguros que haya de suscribir, definir la cobertura que mejor se adapte a sus necesidades y velar por la concurrencia de los requisitos que ha de reunir la póliza, para su eficacia y plenitud de efectos.
6.2 Estará obligado durante la vigencia del contrato de seguro en que haya intervenido, a facilitar la información que se le reclame sobre cualquiera de las cláusulas de las pólizas y , en caso de siniestro, a prestar su asistencia, asesoramiento y seguimiento hasta la total resolución del mismo.
6.3 El mediador llevará de forma informatizada una relación detallada y estadística de la siniestralidad de las diferentes pólizas de seguro contratada por el Ayuntamiento. En éste sentido deberá elaborar trimestralmente un informe detallado de los siniestros de cada una de las pólizas, con indicación de la situación de cada uno de ellos.
6.4 El adjudicatario facilitará cuantos servicios profesionales de su ramo se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del objeto del servicio, como
asistencia a reuniones de trabajo explicativas, suministro de información sobre el ramo de seguros, sesiones formativas etc….
6.5 El adjudicatario estará obligado a prestar su asistencia en todas las gestiones o derivaciones que se imputen a los contratos de seguro privado formalizados bajo su mediación, independientemente de la fecha en que se originen las referidas gestiones.
6.6.El mediador será responsable ante el Ayuntamiento, de las deficiencia e imperfecciones que reduzcan o anulen los efectos de la póliza concertada con su intervención y que le sean imputables, por lo que el Ayuntamiento podrá exigir del adjudicatario el resarcimiento de los daños y perjuicios que su actuación haya causado.
6.7 El contratista tramitará todos los partes de siniestros que se produzcan ante las compañías aseguradoras, y realizará el seguimiento de los mismos, controlando el cumplimiento de las obligaciones de las compañías aseguradoras y exigiendo su cumplimiento cuando sea preciso.
6.8 El contratista entregará al Ayuntamiento anualmente una memoria en la que haga constar, como mínimo , la siguiente información:
- coste de las pólizas ( agrupadas por tipos)
- siniestros tramitados
- análisis de la siniestralidad
- compensaciones recibidas por las compañías
- estado de la tramitación de los siniestros
6.9 El contratista deberá confeccionar los pliegos de condiciones técnicas para contratar las pólizas, cuando ello sea preciso, y elaborar posteriormente informe sobre las ofertas recibidas de las compañías aseguradoras.
6.10 El adjudicatario se compromete, en la tramitación de siniestros cubiertos por la póliza de responsabilidad civil, a que se respeten los trámites y los plazos en cuanto a su resolución , establecidos en la normativa que rige el procedimiento administrativo.
6.11 El adjudicatario prestará sus servicios bajo la dirección y control del Ayuntamiento de Portugalete. La toma de decisiones finales en cuanto a la contratación o no de las pólizas de seguro y la elección de la compañía de seguros, será del Ayuntamiento.
7- REQUISITOS LEGALES PARA PARTICIPAR EN LA CONTRATACION
Los licitadores deberán reunir los requisitos legales establecidos para actuar como corredor de seguros de conformidad con lo establecido en la Ley 26/2006 de 17 de Julio, de Mediación de seguros y reaseguros Privados. Por lo que deberán acreditar para participar en la licitación:
1- Estar inscritos en el Registro correspondiente de corredores de seguros o de sociedades de correduría, así como no haber sido sancionado , ni tener incoado expediente de sanción administrativa conforme a dicha ley de mediación de seguros, ni estar incurso en incompatibilidad o prohibición prevista en dicha ley.
2- Tener suscrita una póliza de responsabilidad civil que ampara los riesgos derivados de su actividad.
8- REQUISITOS DE SOLVENCIA TECNICA
1- El licitador deberá presentar relación de los principales servicios de correduría realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad pública, y un certificado o declaración del empresario, cuando el destinatario sea una entidad privada.
Será requisito mínimo de solvencia técnica para participar en la presente licitación, haber prestado los servicios de mediador de seguros dentro de los tres últimos años para un Ayuntamiento , con población igual o superior a los
30.000 habitantes.
Aquellos licitadores que no reúnan la solvencia mínima exigida en este punto, serán excluidos de la licitación .
2- Las titulaciones académicas y profesionales de la persona o personas responsables de la ejecución del contrato.
Será requisito mínimo de solvencia técnica para participar en la presente licitación, que al menos una de las personas adscritas a la ejecución del contrato, tenga una experiencia mínima de tres años en la gestión y mediación de seguros.
Aquellos licitadores que no reúnan la solvencia mínima exigida en este punto, serán excluidos de la licitación
9- CRITERIOS DE ADJUDICACION
Criterios sujetos a fórmula
1- Las comisiones sobre las primas netas del coste de los seguros, que se deberán ofertar para cada tipo de seguro.
Este apartado se puntuará hasta 52 puntos, utilizando un factor de ponderación que será la importancia cuantitativa de cada una de las primas satisfechas por los seguros del Ayuntamiento en el año 2011 señalados en la cláusula cuarta del presente pliego y que es la siguiente
Tipo de Seguro | Ponderación |
Seguro de Responsabilidad Patrimonial | 42,39 % |
Seguro de Riesgos Patrimoniales | 10,73% |
Seguro de vehículos | 6,83 % |
Seguro de vida | 36,13 % |
Seguro de defensa jurídica | 1,39 % |
Varios ( cancelación actuaciones musicales, cucaña, exposiciones ……..) | 2,53 % |
Se otorgará 52 puntos a oferta que presente la comisión total ponderada más baja, y el resto conforme a la siguiente fórmula:
Importe mejor oferta
Puntos = ———————————— x 52
Importe oferta a valorar
Regla de temeridad: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 136.2º de la Ley 30/2007, de 00 xx Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx, se considerarán desproporcionadas o anormales aquellas en las que las comisiones propuestas sean inferiores a :
Tipo de Seguro | Comisión Propuesta |
Seguro de Responsabilidad Patrimonial | 8% |
Seguro de Riesgos Patrimoniales | 8% |
Seguro de vehículos | 4% |
Seguro de vida | 4% |
Seguro de defensa jurídica | 3% |
Varios ( cancelación actuaciones musicales, cucaña, exposiciones ……..) | 5% |
Criterios sujetos a juicio de valor
1- Programa de trabajo en el que se concrete la forma de llevar a cabo los servicios requeridos hasta 30 puntos.
1.1- Metodología para la tramitación de los siniestros en general y su seguimiento hasta 10 puntos
1.2 - Metodología para la tramitación, en especial, de los siniestros de responsabilidad civil y su seguimiento para dar cumplimiento a los plazos establecidos en el procedimiento administrativo hasta 10 puntos
1.3- Acciones realizadas por el corredor para la elección y propuesta al Ayuntamiento de las pólizas a suscribir hasta 10 puntos
2- Mejoras en la asistencia técnica hasta 18 puntos
2.1- Tramitación informatizada de los siniestros y su seguimiento ( en la relación Corredor-Ayuntamiento) hasta 10 puntos
2.2- Asistencia jurídica y elaboración de informes en materia de responsabilidad patrimonial hasta 5 puntos
2.2- Plan específico de formación al personal del Ayuntamiento de Portugalete
hasta 3 puntos
A efectos de poder valorar la tramitación informatizada de los siniestros que presente el licitador, referida como se ha indicado a la relación entre éste y el asegurado, así como su adecuación e idoneidad con los programas y los medios informáticos que dispone el Ayuntamiento de Portugalete, el órgano de contratación podrá requerir a los licitadores para que realicen una demostración del sistema del tratamiento informatizado de los siniestros y su seguimiento .
Portugalete a 7 de Julio de 2011
La Directora de Contratación y compras
Xxxxx Xxxxx