CONTRATO DE SERVICIOS CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
Servicio de Planificación, Cooperación y
Contratación
ADJUNTA DEL SERVICIO DE PLANFICACIÓN, COOPERACIÓN Y CONTRATACIÓN. Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
FECHA: 29/07/2016
CONTRATO DE SERVICIOS CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS
1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO:
1. Denominación: Servicio de recogida de perros en los Municipios menores de 5.000 habitantes de la Provincia de Albacete que se adhieran al mismo. ( - 2016 – 178)
2. Codificación (CPV-2008): 85200000
3. Código expediente: 161788000
4. NECESIDADES A SATISFACER: De conformidad con lo establecido en el artículo 22 TRLCSP, De acuerdo a la Ley 7/1990 de Protección de los Animales Domésticos y al Decreto 129/1992 por el que se aprueba el Reglamento para su ejecución, corresponde a las Administraciones Locales la recogida de animales abandonados. La prestación de este servicio es necesaria para dar cumplimiento a lo regulado en la Orden de 5 xx xxxxx de 1976 y normativa vigente de Régimen Local que establecen la intervención de las Diputaciones Provinciales en esta materia como cooperación a los servicios de los Municipios de censo inferior a 5.000 habitantes.
2. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS:
5. Autor: Autor: XXXXXX XXXXXXX XXXXXX
6. Fecha de redacción: 12 de Julio de 2016
3. PRESUPUESTO DEL CONTRATO (incluido IVA): 496.585,09 €
Desglose:
-Presupuesto excluido IVA: 410.400,90
-Importe del IVA: 86.184,19
4. FINANCIACIÓN: Aportación Diputación de Albacete.
5. ANUALIDADES: 2016-2017
6. LOTES: No.
7. REVISIÓN DE PRECIOS: NO PROCEDE
8. PLAZO DE EJECUCIÓN: 24 meses
9. POSIBILIDAD DE PRÓRROGAS: Si
- Plazo total de ejecución incluidas prórrogas: 48 meses. En el supuesto de prórroga el precio será minorado de acuerdo a las cantidades indicadas en el siguiente apartado “Material y equipos que adquiere y aporta la empresa adjudicataria pero que pasarán a ser propiedad de la Diputación” mas IVA, beneficio industrial y gastos generales correspondientes.
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
Servicio de Planificación, Cooperación y
Contratación
ADJUNTA DEL SERVICIO DE PLANFICACIÓN, COOPERACIÓN Y CONTRATACIÓN. Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
FECHA: 29/07/2016
10. POSIBILIDAD DE MODIFCACIÓN DEL CONTRATO:
La empresa adjudicataria estará obligada a aceptar la posible modificación posterior de este contrato con el cese de la prestación del servicio en alguno o varios de los municipios. El contrato también podrá ser modificado, estando la empresa adjudicataria obligada a aceptar la posible inclusión o ampliación de otros municipios.
Los municipios cuya inclusión o exclusión en la prestación de este servicio está prevista son todos aquellos menores de 5.000 habitantes de la provincia de Albacete.
Las modificaciones se deben a la voluntad de los municipios por lo que no es posible concretar el número de ellos con antelación en este pliego. Las posibles modificaciones indicadas no supondrán modificación del precio de adjudicación del contrato.
11. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO - determinado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (incluidas posibles prórrogas y excluido IVA)-: 809.398,80 €
12. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO.
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: VARIOS
A) Criterios dependientes de juicio de valor (que se incluirán en el sobre B) de 0 a 8 puntos: Las empresas licitadoras podrán presentar criterios dependientes de juicio de valor en un documento que, para ser admitido, no excederá de 40 folios por ambas caras con el siguiente formato:
- Tipo de letra: Time New Xxxxx
- Tamaño de letra: 12
- Interlineado: Sencillo
- Orientación: Vertical
- Márgenes:
- superior.- 2.5 cm
- inferior.- 2.5 cm
- izquierdo.- 3 cm
- derecho.- 3 cm
Se valorarán el planteamiento técnico, los procedimientos, estrategias y métodos de trabajo ofertados por las empresas licitadoras que nos permita dar un servicio orientado al fomento de la tenencia responsable de los perros por la población, reduciendo el número de abandonos y aumentando el de adopciones, intentando reducir al máximo la necesidad de sacrificarlos, de la siguiente manera:
1.- Desarrollo del proyecto de trabajo, entendiendo como tal, la descripción exhaustiva de la metodología de trabajo y ejecución del servicio, así como de los protocolos de actuación referidos en los pliegos de condiciones técnicas: De 0 a 2 puntos, que se asignarán, a criterio del Servicio de Energía y Medio Ambiente de la Diputación de Albacete, en lo sucesivo SEMA, como sigue:
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
Servicio de Planificación, Cooperación y
Contratación
ADJUNTA DEL SERVICIO DE PLANFICACIÓN, COOPERACIÓN Y CONTRATACIÓN. Xx XXXXXX XXXXXXXX XXXXX
FECHA: 29/07/2016
- Puntuación máxima: 2 puntos. A la empresa que presente el mejor proyecto de trabajo.
- Puntuación media: 1 punto. A las empresas que presenten aquellos proyectos que, no siendo el que obtenga la puntuación máxima, resulten ser mejores a lo exigido en los pliegos de condiciones técnicas.
- Puntuación mínima: 0 puntos. A las empresas cuyos proyectos sean equiparables a lo exigido en los pliegos de condiciones técnicas.
Entre ellos, serán valorados por resultar de interés para la prestación del objeto de este contrato:
- Plan de limpieza y desinfección del albergue y medios de transporte.
- Plan de alimentación y manejo de los perros.
-Protocolo de profilaxis sanitaria, programa de desparasitaciones, programa vacunal…
-Identificación.
- Metodología esterilizaciones.
2.- Mejoras e innovaciones técnicas a lo exigido en el pliego de condiciones técnicas: De 0 a 1 puntos, que se asignarán, a criterio del SEMA, como sigue:
- Puntuación máxima: 1 punto. A la empresa que presente aquellas que resulten útiles para la realización de los trabajos.
- Puntuación mínima: 0 puntos. A las empresas que no oferten mejoras o innovaciones técnicas a lo exigido en los pliegos o bien no resulten de utilidad para la prestación del servicio. Entre ellos, serán valorados por resultar de interés para la prestación del objeto de este contrato:
- Vehículos.
3.- Presentación de un “Plan de Adopciones” que defina la línea de actuación de la empresa en fomento de las mismas: De 0 a 3 puntos, que se asignarán, a criterio del SEMA, como sigue:
- Puntuación máxima: 3 puntos. A la empresa que presente aquel mas útil para la consecución del objeto de este contrato.
- Puntuación media: 2 puntos. A las empresas que presenten aquellos, que siendo útiles no resulten ser los mejores para la consecución del objeto de este contrato.
- Puntuación media: 1 punto. A las empresas que presenten aquellos que aún resultando ser mejoras a lo exigido en los pliegos de condiciones técnicas, resulten de escasa utilidad para la consecución del objeto de este contrato.
- Puntuación mínima: 0 puntos. A las empresas que no oferten plan de adopciones o bien no resulten de utilidad para la consecución del objeto de este contrato.
Entre ellas, serán valoradas por resultar de interés para la prestación del objeto de este contrato:
- Actividades conducentes al fomento de relaciones con asociaciones protectoras de animales.
- Participación en eventos relacionados con la protección animal.
- Actividades orientadas a concienciar a la población en esta materia.
4.-Desarrollo de comunidades virtuales en nombre de nuestro servicio, hoy “emperrados”, a lo exigido en el pliego de condiciones técnicas: De 0 a 2 puntos, que se asignarán, a criterio del SEMA, como sigue:
- Puntuación máxima: 2 puntos. A la empresa que presente aquel proyecto mas útil para la consecución del objeto de este contrato.
- Puntuación media: 1 puntos. A las empresas que presente aquellos proyectos que siendo
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útiles no resulten ser los mejores para la consecución del objeto de este contrato.
- Puntuación mínima: 0 puntos. A las empresas que presenten proyectos que:
- ofrezcan escasa o nula utilidad para la consecución del objeto de este contrato.
- se comprometan a diseñarlo a partir de la adjudicación del contrato.
- no oferten mejoras a lo exigido en los pliegos.
Entre ellos, serán valorados por resultar de interés para la prestación del objeto de este contrato las conducentes a evitar el abandono animal y a potenciar:
- el voluntariado.
- las relaciones con otras administraciones públicas.
- las relaciones con asociaciones protectoras de animales y/o colectivos con intereses cercanos u orientados al objeto de este contrato.
- la adopción.
B) Criterios valorables de forma automática, a incluir en el sobre C. De 0 a 9 puntos: Precio: Se valorará hasta 9 puntos.
Se asignarán 9 puntos a la empresa cuya oferta sea más económica y a las restantes empresas se les asignará un número de puntos de manera inversamente proporcional al precio ofertado. Con independencia de ello, si una oferta es igual al presupuesto base de licitación se le asignarán 0 puntos.
Se aplicará la siguiente fórmula: Vi = 9 x Pmin / Pi Donde:
Vi es la valoración correspondiente a la oferta i, cuyo presupuesto es Pi Pmin es el presupuesto mínimo ofertado 9 es la puntuación máxima alcanzable
14. SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA O TÉCNICA:
A) Solvencia económica y financiera: Se deberá disponer de un seguro de responsabilidad civil por cuantía no inferior a 300.000 euros que cubra daños propios y a terceros como consecuencia de la actividad a desarrollar y cualquier tipo de siniestro que conlleve la actividad objeto de este contrato.
La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos en que proceda.
B) Solvencia técnica: debe de acreditarse por el siguiente medio:
-Relación de los principales servicios efectuados durante los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 248.585,09 € (50% de la anualidad media).
FIRMADO POR:
NIF: P0200000H
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C) Clasificación: No se exige.
15. HABILITACIÓN PROFESIONAL: No se exige
16. GARANTÍA PROVISIONAL: No se exige, de conformidad con el acuerdo plenario de 4- 11-10.
17. GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del precio de adjudicación (excluido el IVA).
18. PLAZO DE GARANTÍA: Dada la naturaleza del contrato no se exige.
19. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN:
1.- Se considera obligación contractual esencial el estricto cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de animales y sobre núcleos zoológicos. Su incumplimiento o cumplimiento defectuoso será causa de resolución del contrato.
2.- Se considera obligación contractual esencial el estricto cumplimiento de lo descrito en los pliegos de condiciones técnicas, en los apartados 5.2. “Actuaciones y periodicidad” y 5.3. “Personal, material, vehículos y obligaciones”, pudiendo esta Diputación optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas de conformidad a lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas.
20. POSIBILIDAD DE VARIANTES: No.
21. CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
Este contrato se resolverá por alguna de las siguientes causas:
- Por denuncia expresa de cualquiera de las partes, realizada con una antelación mínima de seis meses a la fecha de la expiración de la vigencia inicial o de su prórroga.
- Por supresión del servicio.
- Por incumplimiento, por alguna de las partes, de las obligaciones asumidas.
- Se considera obligación contractual esencial el estricto cumplimiento de la normativa vigente sobre protección de animales y sobre núcleos zoológicos, suponiendo su incumplimiento o cumplimiento defectuoso la denuncia y rescisión del contrato.
- Por las causas previstas en la legislación de contratos de las administraciones públicas que le sean de aplicación. Una vez extinguido o resuelto este contrato la empresa adjudicataria reintegrará a la Diputación las instalaciones, materiales, medios, etc. que en su día le cedió la Diputación, hallándose todo ello en adecuadas condiciones, únicamente con el deterioro propio del uso normal a que se hayan sometido. Los daños o deterioro de las instalaciones derivados de su mal uso serán valorados por el SEMA y correrán a cargo de la empresa adjudicataria, siendo
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en su caso, descontado del importe de la garantía definida.
22.- JUSTIFICACIÓN DE “NO DIVISIÓN EN LOTES DEL CONTRATO” Se considera
técnicamente improcedente la división en lotes del contrato por tratarse, de acuerdo a los objetivos del contrato, de actividades íntimamente relacionadas entre ellas que suponen la continuidad de unas sobre las otras puesto que se trata de la gestión integral de este servicio desde la recogida de los perros hasta su adopción final.
23. PERFIL DE CONTRATANTE: xxxx://xxx.xxxxxxxx.xx