Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación del servicio de desarrollo de nuevas funcionalidades, soporte y mantenimiento en portales web sectoriales
Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación del servicio de desarrollo de nuevas funcionalidades, soporte y mantenimiento en portales web sectoriales
(Expte.: 2017/PA/0079)
Tabla de contenidos
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3 DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A REALIZAR
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4.1.2 Requisitos generales del equipo de trabajo 7
4.1.3 Marco específico del equipo de trabajo 7
4.1.4 Parámetros técnicos de los medios físicos y lógicos 7
4.2 Lugar de la prestación del servicio 8
4.3 Dirección, planificación y seguimiento de los trabajos 8
4.4 Seguimiento del proyecto 9
4.5 Propiedad de los trabajos y productos 10
4.6 Confidencialidad de la información 10
4.7 Metodología en la elaboración de los trabajos 11
4.7.1 Formato de la documentación 12
4.9 Acuerdos de niveles de servicio 13
4.10 Condiciones de inicio del servicio 15
4.11 Condiciones de finalización del servicio 15
4.12 Transferencia de conocimiento 15
5 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
16
6 ANEXO I: PLATAFORMA TÉCNICA DE SOFTWARE
17
6.1. Arquitectura actual de los portales sectoriales del Lote 1 17
6.2. Arquitectura actual de los portales sectoriales del Lote 2 17
6.3. Arquitectura corporativa xx xxxxxxxx de la Xunta de Xxxxxxx 00
0 XXXXX XX: ALCANCE FUNCIONAL DEL PROYECTO
19
7.1 Portales web sectoriales del Lote 1 19
7.2 Portales web sectoriales del Lote 2 19
1 INTRODUCCIÓN
[1] La Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia (en adelante Amtega) es una agencia pública autonómica, creada por el Decreto 252/2011 de 15 de diciembre, que tiene como objetivos básicos la definición, el desarrollo y la ejecución de los instrumentos de la política de la Xunta de Galicia relativa a tecnologías de la información y comunicaciones, así como innovación y desarrollo tecnológico.
[2] La Amtega aglutina las competencias que correspondían a la Secretaría Xeral de Modernización e Innovación Tecnolóxica y concentra los recursos humanos, materiales y presupuestarios asociados a las actuales estructuras TIC dispersas en el sector público autonómico. De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, la Amtega está adscrita a la Presidencia de la Xunta de Galicia.
[3] La Amtega tiene entre sus competencias el diseño y ejecución, en todas las Consellerías y organismos dependientes de la Xunta, de los proyectos de sistemas y tecnologías de la información que dan soporte a su operativa. Resultado de los distintos planes de modernización tecnológica sectoriales elaborados por la Amtega en colaboración con las Consellerías y organismos surgen una serie de proyectos de desarrollo de nuevos sistemas de información. Este pliego recoge las condiciones para el desarrollo de nuevas funcionalidades e implantación de estas en varios sistemas de información de tipo sectorial.
[4] En particular la Amtega da soporte a los distintos portales web de distintos ámbitos sectoriales: Medio Rural, Mar, Política Social, Empleo, Medio Ambiente, Transporte, Infraestructuras y Vivienda, Educación...
[5] El presente procedimiento tiene como objeto la contratación del servicio de desarrollo de nuevas funcionalidades, soporte y mantenimiento en portales web sectoriales, gestionados por el Área de Soluciones Tecnológicas Sectoriales de la Axencia de Modernización Tecnolóxica de Galicia.
[6] El objeto de la contratación se divide en 2 lotes atendiendo al ámbito de los portales a desarrollar:
◦ Lote 1: Portales web del ámbito de Empleo
◦ Lote 2: Portales web de los ámbitos de Medio Rural, Mar, Política Social, Medio Ambiente, Transporte, Infraestructuras y Vivienda, Educación.
[7] Las tareas incluidas en este servicio son:
• Desarrollo de los portales descritos en cada uno de los lotes, incluidas las modificaciones, mantenimiento evolutivo o nuevas funcionalidades que pudieran surgir a lo largo de la ejecución del presente procedimiento derivadas de nuevas necesidades funcionales o de cambios normativos.
• En el caso de prórroga del contrato, desarrollo de nuevas funcionalidades, que se concretarán
en la formalización de la correspondiente prórroga, así como mantenimiento evolutivo, correctivo y adaptativo de lo desarrollado en la ejecución del servicio.
• Desarrollo y adecuación de la capa de presentación adaptada a la estética corporativa.
• Desarrollo y adecuación de los flujos de trabajo en los sistemas de información derivados de las mejoras de usabilidad requeridas en los sistemas.
• Adecuación de lo construido a las normas de calidad que estén en vigor. La adjudicataria tiene
la obligación de acatar todas las normas de calidad que se implanten y de adecuar todo lo ya desarrollado a las normas de calidad en vigor.
• Puesta en funcionamiento de los portales y soporte a los usuarios sobre el funcionamiento de estos una vez puestos en producción hasta la finalización del contrato.
• Explotación y obtención de informes analíticos de los sistemas de información
• Propuesta de mejora y optimización de los sistemas existentes
3 DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A REALIZAR
[8] El conjunto de servicios de los que se hará cargo la empresa adjudicataria, y que constituyen el objeto del presente contrato son los siguientes:
1. Identificación detallada en colaboración con los órganos administrativos competentes de los requerimientos (funcionales y no funcionales), casos de uso, clases de alto nivel, secuencias funcionales de alto nivel, interfaces de usuario, estructura de la información, plan de pruebas y riesgos.
2. Diseño de las interfaces de usuario para todos los roles y casos de uso identificados. Diseño de otros elementos con los que se relacionan los casos de uso como pueden ser documentos de todo tipo, interfaces con elementos externos y con otros sistemas externos.
3. Creación de productos de todos los elementos diseñados y realización y aprobación de pruebas unitarias y funcionales según el plan de pruebas y los procedimientos de calidad de software.
4. Formación de usuario, según el plan de formación a elaborar durante la ejecución del servicio. La adjudicataria también realizará un manual para usuarios de la aplicación, el cual vendrá como una parte más de cada entrega de una versión del software y de acuerdo con las políticas de entrega de documentación establecidas por la Amtega.
5. La licitadora entregará con cada versión toda la documentación del proyecto actualizada de acuerdo con las guías de calidad. Además indicará (según proceda) la relación de cambios, el procedimiento de instalación desde la versión anterior, el procedimiento de instalación completa, el proceso de migración de datos entre versiones. Estos manuales estarán organizados según afecten a las áreas de producción, explotación, desarrollo, usuario final, CAU, etc.
6. Soporte, asistencia a la puesta en funcionamiento y a producción, y mantenimiento desde la puesta en producción y hasta la finalización temporal del contrato. Este soporte a puesta en funcionamiento (técnico y funcional) incluirá los niveles uno y dos, e integrará un servicio de soporte telefónico y contemplará la resolución de incidencias y el soporte a la puesta en funcionamiento y operación, incluyendo soporte in situ, tanto centralizadamente como a nivel territorial, en situaciones o períodos puntuales que así lo requieran. El soporte tendrá la intensidad adecuada a la demanda de cada fase de proyecto, y según los condicionantes que puedan derivar de los procesos de implantación.
7. Migración a los nuevos sistemas construidos, si fuese el caso, de los datos y expedientes obrantes en los sistemas que sean sustituidos, tanto en el caso de aplicaciones como de registros mantenidos en archivos ofimáticos.
8. Dicho soporte incluye las cuatro tipologías señaladas en la metodología Métrica V3: correctivo, evolutivo, adaptativo y perfectivo.
[9] La metodología de desarrollo seguirá un ciclo de vida iterativo incremental, para cada uno de los portales definidos en cada uno de los lotes. El adjudicatario entregará al inicio del contrato un plan de
proyecto con un cronograma donde se hayan reflejado todos los hitos de desarrollo establecidos, incluyendo nuevos requisitos en cada nuevo hito hasta completar el conjunto de los mismos definido en el catálogo de requisitos. La metodología sucesiva en cada una de las fases o hitos definidos en el plan de proyecto podrá ser variable, aunque acorde a los xxxxxx metodológicos más comunes (PMBOK, CMMI, Métrica V3, etc.).
[10] Para las nuevas funcionalidades a desarrollar, se establece un primer hito obligatorio a los 2 meses de comienzo del proyecto que llevará asociado un despliegue de una versión Beta en el entorno de pruebas de los servidores de Amtega que incluya, además del esqueleto de la aplicación ya desarrollado (autenticación y autorización, look&feel, gestión de auditoría, gestión de ayudas, etc.), un porcentaje de los requisitos implementados que se definirá en el Plan de Arranque del Proyecto; estos requisitos a implementar en este primer hito obligatorio estarán claramente identificados en el plan de proyecto entregado al inicio del contrato.
[11] A partir del primer hito con despliegue Beta en el entorno de pruebas Amtega se establecerá una política de entregas de versiones Beta incremental. El tiempo entre entregas sucesivas deberá establecerse en el cronograma inicial, no siendo nunca superior a 1 mes.
[12] Para aquellos portales ya existentes que requieran de mantenimiento evolutivo, se definirá una política de entregas y despliegues acorde al Plan de Implantación a definir, basada en un ciclo de vida iterativo incremental.
[13] Para nuevas funcionalidades a desarrollar, el adjudicatario deberá hacer entrega del portal con las funcionalidades completas establecidas como escenario inicial en el Plan de Arranque del Proyecto en un plazo inferior al que será definido, para cada proyecto, en dicho plan. Si bien este plazo podrá ser variable según la complejidad del sistema, se establece con carácter general en 6 meses. Esta primera versión de la aplicación deberá ser completa, entendiendo por completa que dé soporte a la totalidad de los requisitos identificados en la fase de análisis, y que haya superado las pruebas de integración, carga, velocidad y usabilidad.
[14] Además de la documentación resultante del desarrollo de los trabajos y de las actividades realizadas se entregará la siguiente documentación:
1. Plan de proyecto.
2. Documentación técnica del portal (en adelante portal, aplicación o sistema): análisis, diseño funcional, diseño técnico y plan de pruebas.
3. Manual de usuario de las aplicaciones y módulos (internos/externos).
4. Manuales de explotación de las aplicaciones y módulos.
5. Plan de formación.
6. Guías de usuarios (con ejemplo(s) práctico(s) que cubran todos los procesos para la formación de usuarios).
7. Planes de implantación: paso a producción y marcha atrás, resultados de las pruebas de aceptación, de carga y de seguridad, procedimientos de soporte.
8. Códigos fuente, librerías, objetos y demás componentes de la aplicación.
9. Procedimientos, scripts y cualquier elemento necesario para la construcción o recopilatorio del proyecto o sistema a partir de los códigos fuente indicados en el punto anterior.
10. Ejecutables compilados de las aplicaciones.
11. Licencias, en caso de que se utilice dentro de la solución software licenciable. En este caso se suministrarán las licencias necesarias para la operación, y soporte por un período de tres años desde la puesta en funcionamiento del sistema (incluyendo las actualizaciones que puedan darse de las mismas y del software referido). Esta particularidad debe hacerse constar expresamente en la oferta o, si es una decisión adoptada posteriormente, contar con la aceptación formal y por escrito del Director Técnico del Proyecto. Al mismo tiempo se suministrará el código fuente y toda la documentación requerida por la Dirección del Proyecto de todos los productos, incluido el software licenciado si lo hubiese, estableciendo los acuerdos jurídicos oportunos que garanticen que la Xunta de Galicia no podrá comercializar ni ceder a terceros dicho software licenciado si así se requiere, pero sí mantener, evolucionar y/o integrar el software recibido, por sí misma o a través de terceros.
[15] La documentación se subirá al repositorio de documentación que la Amtega disponga a tal efecto. Deberá adaptarse a las plantillas para cada tipo de documento definidas por el departamento de calidad de la Amtega y publicadas en xxxxx://xxxxxxxx.xxxxx.xx.
4 CONDICIONES DE EJECUCIÓN
4.1.1 MARCO GENERAL
[16] Para la realización de estas actividades el equipo de trabajo estará formado por un mínimo de perfiles que figuren en la oferta y deberá necesariamente cumplir los requisitos específicos del equipo de trabajo definido en cada lote. La empresa adjudicataria deberá determinar en la propuesta la dedicación de cada uno de los miembros del equipo de forma que cubran como mínimo la franja de servicio normal especificada en el apartado correspondiente y garanticen los acuerdos de nivel de servicio demandados y ofertados y los requisitos de desarrollo fijados en el pliego.
[17] El adjudicatario deberá determinar en su propuesta el número de integrantes del equipo de trabajo que garanticen los requisitos de las prestaciones demandadas, entendiendo como responsabilidades del adjudicatario garantizar las tareas prestadas. En todo caso es responsabilidad de la empresa garantizar la adecuada prestación de servicios y consecución en plazo de los resultados especificados en el pliego, por lo que estará en la obligación de organizar la prestación del servicio y de dimensionar y reforzar el equipo de trabajo asignado al proyecto en aquellas situaciones o períodos que lo precisen.
[18] De modo orientativo, la Amtega considera necesario un equipo de personas que pueda realizar un esfuerzo durante la vigencia del contrato (24 meses) de como mínimo:
◦ Lote 1: mínimo 1.450 horas
◦ Lote 2: mínimo 7.250 horas
[19] Sirve esto como orientación mínima en cuanto al alcance del esfuerzo en horas de los trabajos que se demandan en cada lote. Esta referencia de dedicación corresponderá a personal experto con amplios conocimientos técnicos y funcionales y con elevada experiencia en este entorno de negocio. La dedicación real de los recursos con toda seguridad superará estos mínimos, en función de parámetros como la formación y experiencia del personal que preste el servicio.
[20] Las horas de esfuerzo representan horas de un perfil medio calculado con los perfiles tipo que participan en las fases de desarrollo de un proyecto software tipo y los porcentajes medios de participación de cada perfil.
4.1.2 REQUISITOS GENERALES DEL EQUIPO DE TRABAJO
[21] Los perfiles integrantes del equipo de trabajo dispondrán de conocimientos técnicos suficientemente elevados en las plataformas tecnológicas –detalladas en el Anexo I– y funcionales para poder responder de modo satisfactorio y ágil con los requisitos de proyecto y con las tareas encomendadas. En ese sentido los perfiles del equipo de trabajo propuesto deben garantizar que en su conjunto aseguran el conocimiento de todas y cada una de las tecnologías indicadas en dicho Anexo I. En el consumo de horas no se computarán las horas derivadas de la formación, adaptación tecnológica y de negocio, malas prácticas, errores o cualquier otra circunstancia, siendo solo computable el tiempo necesario para cumplir con las tareas encomendadas de un modo óptimo. El desconocimiento técnico por parte del equipo de trabajo podrá generar un incumplimiento reiterado de los acuerdos de nivel de servicio con las sanciones pertinentes, incluida la rescisión del contrato en casos de incumplimiento graves.
[22] Los conocimientos técnicos del equipo de trabajo tienen condición de obligación contractual esencial, y de acuerdo con el artículo 223 punto f del TRLCSP, la falsedad o incumplimiento será causa de resolución.
[23] Los recursos del equipo de trabajo deberán manejar los idiomas xxxxxxx y castellano. Asimismo, los recursos deberán disponer de conocimientos xx xxxxxx suficientes como para manejar y comprender en este idioma documentación técnica relacionada con el objeto del servicio.
[24] El equipo de trabajo deberá estar formado, como mínimo por los recursos relacionados en la oferta adjudicataria. La realización de cambios en la composición del mismo requerirá la notificación previa con un mínimo de 1 mes de antelación al responsable del área, estando la modificación además condicionada a los siguientes requisitos:
▪ Justificación detallada y suficiente, en la que se explique el motivo del cambio y su temporalización.
▪ Presentación de posibles candidatos con un perfil de cualificación técnica y funcional igual o superior al de la persona que se pretende sustituir.
▪ Aceptación del candidato por parte de la Dirección Técnica del proyecto (Amtega).
▪ Por cada recurso sustituido, existirá un mínimo de 200 horas de penalización que no computarán en el consumo del equipo de trabajo
4.1.3 MARCO ESPECÍFICO DEL EQUIPO DE TRABAJO
[25] El equipo de trabajo estará formado como mínimo por los perfiles indicados en el apartado P – Compromiso de adscripción de medios del PCAP.
[26] Durante todo el período de ejecución del servicio, el equipo de trabajo deberá cumplir los requerimientos recogidos en el apartado P – Compromiso de adscripción de medios del PCAP.
4.1.4 PARÁMETROS TÉCNICOS DE LOS MEDIOS FÍSICOS Y LÓGICOS
[27] Durante las fases de los trabajos que se desarrollen en las dependencias de la Xunta de Galicia, se cumplirán las siguientes condiciones:
a. Con la finalidad de garantizar los mecanismos de seguridad y los estándares corporativos, la Amtega le proporcionará a los recursos responsables de la ejecución del servicio los equipos informáticos necesarios para el desarrollo de las actividades objeto del servicio.
b. Todos los elementos tecnológicos utilizados por la empresa adjudicataria para el desarrollo del servicio deberán configurarse según los estándares y las medidas de seguridad que la Amtega
determine, permitiendo la instalación de los productos que la Amtega considere necesarios para la vigilancia y control.
c. En caso de que para el desarrollo de las tareas la empresa adjudicataria requiriera la instalación de hardware o software adicional en las instalaciones o en el equipamiento propiedad de la Amtega, esta deberá ser solicitada por escrito y autorizada por el responsable del equipamiento o instalación. La empresa adjudicataria pondrá a disposición del proyecto los recursos que considere necesarios, con una formación técnica y organizativa suficiente para la realización de las tareas descritas.
[28] La formación del personal del adjudicatario correrá por cuenta de este, no asumiendo la Amtega en ningún caso cualquier coste derivado de la formación.
4.2 Lugar de la prestación del servicio
[29] Los trabajos serán realizados desde las dependencias de la empresa adjudicataria, salvo aquellos específicos que para tareas de coordinación o seguimiento, fundamentalmente reuniones para la identificación de contenidos o reuniones periódicas de seguimiento, deban hacerse donde establezca la Amtega.
[30] El adjudicatario deberá contar con los medios propios, de toda índole, necesarios para llevar a cabo con éxito los trabajos objeto del contrato.
[31] Dada la necesidad continua de toma de requisitos, evaluación de los mismos e interrelación con las unidades técnicas y funcionales de la Xunta de Galicia implicadas en esta contratación, se considera necesario que la empresa adjudicataria pueda atender peticiones de presencia en las instalaciones de la Xunta de Galicia, en un tiempo no superior a 2 horas desde la comunicación de esta.
[32] El horario de prestación de la asistencia es el necesario para cumplir el nivel de servicio establecido, con independencia de festivos locales, vacaciones o licencias de cualquier naturaleza.
[33] En los casos de contingencia o en situaciones puntuales la asistencia se prestará en las dependencias que para tal efecto designe el área responsable de empleo de la Xunta de Galicia. La empresa contratista podrá solicitar en situaciones puntuales la prestación de las tareas desde instalaciones adecuadas de la Xunta de Galicia. Este permiso podrá denegarse. Todos los costes correrán a cargo del contratista.
[34] La empresa contratista facilitará el acceso a las instalaciones donde sea realizada la prestación del servicio al personal autorizado por el responsable del contrato, para tareas de inspección y comprobación de lo exigido en el presente pliego y ofertado por la empresa.
[35] En caso de que las instalaciones estuviesen fuera de la Comunidad Autónoma, la Administración repercutirá los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención a la empresa contratista.
4.3 Dirección, planificación y seguimiento de los trabajos
[36] La Amtega nombrará un responsable TIC del contrato en cada uno de los lotes, que realizará las funciones de Dirección del Proyecto y que será el interlocutor con el adjudicatario. El adjudicatario de cada uno de los lotes deberá nombrar para ese lote un jefe de proyecto, para que coordine el equipo que realice los trabajos recogidos al amparo de esta contratación y sea el interlocutor con la Dirección del Proyecto.
[37] El jefe de proyecto designado por la empresa adjudicataria deberá realizar informes periódicos, y todos aquellos informes que, a petición de la Amtega, pudiesen servir para la óptima consecución de los objetivos previstos.
[38] Mediante el jefe de proyecto designado por la empresa adjudicataria se notificarán a la Amtega los resultados de la gestión interna de todas aquellas actuaciones intransferibles en relación al equipo de trabajo e inherentes a la entidad empleadora (selección de personal, fijación del precio de la contrata, conformación de la ejecución de prestación contratada, condiciones de trabajo, horario de los trabajadores, etc.).
[39] Para el desarrollo de los trabajos, se mantendrán las reuniones de trabajo precisas con los agentes, instituciones, empresas, y los centros directivos de la Xunta de Galicia con el fin de obtener toda la información requerida para la correcta ejecución de los trabajos.
[40] Se establecerán reuniones periódicas frecuentes del jefe del proyecto y, en su caso, de los miembros del equipo de la empresa adjudicataria, con el personal que la Amtega designe al efecto, para un correcto seguimiento y dirección de los trabajos.
[41] La empresa adjudicataria deberá facilitar al área competente de la Amtega la siguiente relación de informes periódicos:
a. Informe de seguimiento y evaluación del progreso de los trabajos objeto del contrato, tareas y actividades planificadas para la realización de los trabajos.
b. Coordinación de las reuniones e informes del proyecto.
c. Verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para la prestación del servicio.
[42] El área competente de la Amtega podrá requerir en cualquier momento a la empresa contratista los informes que considere necesarios para el seguimiento de su actividad, o bien convocar las reuniones que considere oportunas con el coordinador de los trabajos del adjudicatario u otros responsables de la empresa contratista para analizar la información facilitada durante el desarrollo del proyecto.
[43] La Amtega podrá realizar en cualquier momento una auditoría de seguridad sobre los proyectos objeto de este pliego. La empresa contratista está en la obligación de facilitar en tiempo y forma cuanta información le sea requerida. En caso de que hayan sido detectados problemas de seguridad en la aplicación, procedimientos o configuración, el adjudicatario tiene obligación de solventarlos, no pudiendo computarse estas tareas como carga de trabajo.
[44] Periódicamente se realizará una reunión de seguimiento. La empresa contratista enviará 24 horas antes de la reunión un informe de base para dicha reunión. Los despliegues de versiones Beta de la aplicación en el entorno de pruebas tienen que llevar necesariamente asociada una reunión de seguimiento. Los informes de seguimiento tendrán como mínimo los siguientes apartados:
a. Resumen de actividades realizadas desde el último hito.
b. Resumen de actividades previstas hasta el próximo hito.
c. Resumen del esfuerzo en horas (tipificado o no) desde el hito anterior.
d. Resumen de las peticiones de cambio realizadas desde el hito anterior.
e. Desviaciones de plazo con respecto al cronograma inicial derivadas de las peticiones de cambio y plan de proyecto modificado
f. Métricas de control de calidad establecidas y tomadas desde el hito anterior.
g. Riesgos identificados
[45] Las reuniones de seguimiento se realizarán con la periodicidad establecida por la Amtega en cada uno de los lotes.
[46] Posteriormente a la reunión, el jefe de proyecto de la empresa adjudicataria elaborará un acta de la reunión que enviará para su aprobación a todos los asistentes a la reunión de seguimiento. Las actas, una vez aprobadas, deben subirse al gestor documental del proyecto.
[47] El director técnico o responsable TIC del proyecto designado por la Amtega podrá modificar las fechas, lugar y horas de reunión mediante un correo electrónico al responsable del proyecto en la empresa adjudicataria con antelación de una semana. El director técnico podrá aumentar o disminuir la frecuencia de las reuniones de seguimiento según la evolución del proyecto. Las reuniones de seguimiento tendrán lugar en las dependencias de la Amtega en Santiago de Compostela.
4.5 Propiedad de los trabajos y productos
[48] Todos los informes, estudios y documentos elaborados por la empresa adjudicataria como consecuencia de la ejecución del presente contrato, serán propiedad exclusiva de la Amtega, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin necesidad de la aprobación del adjudicatario.
[49] Todos los informes, código fuente, estudios y documentos, o productos derivados, obtenidos como consecuencia de la ejecución del presente contrato por cualquier actor participante en el mismo, serán propiedad, tanto física como intelectualmente, exclusiva de la Amtega, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente o liberarlos, sin necesidad de la aprobación del actor participante, con independencia de la naturaleza de la relación del actor con el proyecto.
[50] Asimismo, en caso de que la adjudicataria deseara utilizar código fuente, librerías o componentes de cualquier otra naturaleza que esté protegido por sus derechos de autor, deberá solicitarlo expresamente en la oferta e indicar en qué afectan estos elementos a la titularidad de los derechos de los productos resultantes de este contrato. El uso de estos elementos podrá rechazarse y en consecuencia rechazarse la oferta.
[51] Asimismo la empresa adjudicataria no podrá conservarlos, ni facilitarlos a terceros sin expresa autorización de la Amtega.
[52] La empresa contratista estará obligada a seguir los protocolos existentes de liberación de software en caso de que la Amtega decidiera liberar cualquier elemento, total o parcialmente, que haya sido obtenido como resultado de este procedimiento. El proceso de liberación y la liberación final no supondrán un aumento de coste del contrato, mientras esta sea indicada al principio de la ejecución del contrato o del elemento a liberar.
4.6 Confidencialidad de la información
[53] La empresa adjudicataria queda expresamente obligada a realizar sus trabajos bajo las cláusulas xxx xxxxxxx profesional y, en consecuencia, a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre la totalidad de los documentos que le sean confiados o que sean elaborados en el transcurso del proyecto. Está terminantemente prohibido extraer información de los sistemas, excepto en los casos estrictamente necesarios para la realización de tareas asignadas, previo consentimiento formal y documentado del responsable del servicio.
[54] La empresa adjudicataria deberá firmar un acuerdo de confidencialidad y no revelación de la información a la que pueda tener acceso al ejecutar este contrato. Igualmente será responsable de que los empleados que tengan acceso a la información relacionada con el proyecto firmen el correspondiente acuerdo de confidencialidad y no revelación.
[55] Esta confidencialidad es extensible a cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con un fin distinto al
que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. Asimismo, la empresa adjudicataria no podrá utilizar las redes de comunicaciones ubicadas en las dependencias de la Xunta de Galicia para transmitir datos procedentes de los archivos de esta última con destino a terceros y, en caso de que dichas redes sean de la titularidad de la empresa adjudicataria, esta adoptará sobre las mismas las medidas de seguridad necesarias para evitar el acceso de terceros no autorizados.
[56] La empresa adjudicataria tratará los datos de carácter personal única y exclusivamente conforme a las instrucciones de la Amtega, comprometiéndose a dar traslado al personal que presta el servicio de su obligación xx xxxxxxx profesional respecto de los mismos y de su deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aún después de finalizar su relación con el servicio a prestar.
[57] Asimismo, el adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, en todo lo que sea de aplicación al presente proyecto, debiendo declarar documentalmente que se responsabiliza de que el tratamiento de datos de carácter personal que se pueda realizar en el marco de la prestación del servicio se realizará conforme a lo dispuesto en las leyes y decretos que se relacionan a continuación:
▪ Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
▪ Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
▪ Las disposiciones de desarrollo de las normas anteriores en materia de protección de datos que estén en vigor en la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
[58] En caso de incumplimiento de lo estipulado, la entidad contratante y los técnicos destacados serán responsables de las infracciones que se deriven.
4.7 Metodología en la elaboración de los trabajos
[59] Todas las actividades, operaciones y productos del servicio deberán realizarse bajo los siguientes parámetros de acuerdo con el contrato y los pliegos, conforme a la metodología y estándares definidos, aprobados y publicados por la Amtega y según las instrucciones que para su interpretación esta proporcione.
[60] En particular se hace referencia a las siguientes herramientas:
a. Registro de tareas y planificación de las mismas utilizando la herramienta de gestión de tareas
Redmine del Área de Soluciones Tecnológicas Sectoriales.
i. El control y el seguimiento de las tareas técnicas asociadas al proyecto se hará a través de Redmine, siendo necesario reflejar todas las tareas técnicas asociadas al desarrollo del proyecto, así como el registro de las horas imputadas a cada tarea.
ii. Redmine debe reflejar la planificación del proyecto con las sucesivas versiones o hitos del mismo.
iii. Se actualizará el progreso de las tareas registradas en el Redmine con una periodicidad mínima semanal.
iv. Todos los nuevos requisitos o modificación de los existentes deben estar estimados previamente al inicio de las tareas técnicas asociadas a los mismos.
v. Las estimaciones se reflejarán y se justificarán utilizando las tareas correspondientes en el Redmine.
vi. La imputación de horas en el Redmine se utilizará como única prueba documental para justificar el consumo de horas.
b. Repositorio de código
i. La empresa adjudicataria utilizará la herramienta Subversion del Área de Soluciones Tecnológicas Sectoriales como repositorio de código durante el desarrollo.
ii. Las entregas del código fuente se harán en el Subversion utilizando la política de etiquetado y versionado del Área de Soluciones Tecnológicas Sectoriales.
iii. Todos los miembros del equipo de trabajo de la empresa adjudicataria que hagan cambios en el código fuente asociado al proyecto apuntarán sus herramientas de desarrollo contra el SVN corporativo, y registrarán en el mismo todos los cambios en el código que hagan durante el proceso de desarrollo.
iv. Todos los “commits” al repositorio del proyecto (Subversion) se asociarán como mínimo con la tarea técnica correspondiente en el Redmine.
4.7.1 FORMATO DE LA DOCUMENTACIÓN
[61] En relación con el formato de la documentación resultado del servicio, la empresa adjudicataria deberá realizar sus actividades de acuerdo con las siguientes normas:
a. Toda la documentación deberá realizarse en formato ODF (OASIS Open DocumentFormat, norma ISO/IEC 26300). En caso de que la empresa adjudicataria solicitase entregar la documentación en otro formato, deberá ser solicitado por escrito y autorizado por el Director Técnico del proyecto. Si la solicitud fuese autorizada, los costes de adquisición de las licencias necesarias correrán por cuenta del contratista.
b. El Director Técnico del proyecto podrá solicitar a la empresa adjudicataria que entregue la documentación en otro formato de amplia difusión.
c. Toda la documentación técnica referente al proyecto seguirá las plantillas aprobadas y publicadas por el departamento de seguridad y calidad de la Amtega. No se admitirá ningún documento técnico que no se ajuste a dichas plantillas.
4.7.2 HORAS DE FORMACIÓN
[62] Las actividades formativas irán dirigidas al personal responsable de la ejecución del servicio, tanto desde un punto de vista funcional como técnico. La formación comprenderá un número variable de módulos de formación dirigidos a los distintos perfiles que participen en la aplicación, tanto desde un punto de vista técnico como funcional (no inferior a las 50 horas anuales durante el período de ejecución del contrato).
[63] El plan de formación contendrá necesariamente los siguientes elementos:
▪ Planificación de los módulos a impartir (fecha de comienzo, fecha de fin y número de horas)
▪ Dependencias donde se imparte el módulo
▪ Número máximo de alumnos por módulo
▪ Perfiles de usuario a los que va dirigido cada módulo
▪ Contenidos docentes de cada módulo
▪ Actividades de cada módulo
▪ Breve CV del formador o formadores
[64] El plan de formación deberá ser comunicado y aprobado previamente por el director técnico del proyecto en Amtega.
[65] Todas las actividades, operaciones y productos del servicio deberán realizarse bajo los siguientes parámetros:
a. Durante la ejecución del servicio, la Amtega podrá establecer las acciones de aseguramiento de la calidad sobre la actividad desarrollada y los productos que estime necesarios. A tal fin se podrán incorporar a la realización de las tareas encomendadas al contratista los recursos que se estimen oportunos para garantizar su correcta ejecución.
b. Deberán ser seguros, y no comprometer la seguridad, integridad y confidencialidad de los sistemas informáticos y de los datos manejados. En caso de que hayan sido detectados problemas de seguridad en los sistemas informáticos objeto del servicio, la empresa adjudicataria estará en la obligación de solventarlos en el menor tiempo posible.
c. Deberán ser óptimos y eficientes en términos de rendimiento y uso de recursos.
d. Deberán encuadrarse bajo criterios adecuados de disponibilidad, escalabilidad, mantenibilidad y gestionabilidad.
e. No tendrán coste adicional para la Amtega.
[66] Cuando el proyecto sea incluido en el servidor de integración continua, el adjudicatario deberá presentar un plan de adecuación del proyecto al sistema de integración continua.
[67] El adjudicatario realizará un cometido de mejora continua de la calidad del código y adecuación a las buenas prácticas, según lo indicado en los documentos de normas y estilos. Con la obligación de actualizarse de forma continuada a las buenas prácticas publicadas por el departamento de calidad de la Amtega.
[68] El software a desarrollar en el transcurso del contrato cumplirá con las normas de calidad establecidas en la gerencia de proyectos del área sectorial competente según el lote.
[69] La empresa adjudicataria propondrá las mejoras de calidad que estime oportunas, para optimizar la actividad desarrollada durante el tiempo de ejecución del presente contrato.
4.9 Acuerdos de niveles de servicio
4.9.1 NIVEL DE SERVICIO
[70] A continuación, se indican los valores que representan el menor nivel de servicio admitido para los diferentes parámetros de servicio:
Parámetro | Tiempo máximo |
Resolución de incidencias de prioridad baja | 48 horas |
Resolución de incidencias de prioridad normal | 24 horas |
Resolución de incidencias de prioridad alta | 8 horas |
Resolución de incidencias de prioridad muy alta | 4 horas |
Presentación en las dependencias de la Xunta de Galicia | 2 horas |
[71] Esta tabla muestra los valores máximos admitidos para los diferentes parámetros del servicio. Se indica el tiempo máximo en que la empresa adjudicataria deberá solucionar una incidencia atendiendo a su prioridad, a contar a partir del momento de comunicación de las mismas y dentro de la franjas de servicio normal o especial establecidas.
[72] Se define una incidencia como cualquier reducción de los parámetros medios de rendimiento o bien la interrupción no planificada de cualquier proceso, funcionalidad o servicio asociada a las aplicaciones objeto del servicio, y que se encuentren en producción.
[73] La Amtega definirá la prioridad de las incidencias atendiendo a la gravedad del servicio, proceso o funcionalidad interrumpido o de la pérdida de calidad del mismo.
4.9.2 FRANJA DE SERVICIO NORMAL
[74] A efectos de valorar el cumplimiento de los acuerdos de nivel de servicio, se considera como franja de servicio normal el tramo horario en el cual se desarrollará el servicio habitualmente. Este tramo horario se desarrollará de 8:00 a 20:00 de lunes a viernes, excluidos los días festivos de ámbito nacional, autonómico y local.
4.9.3 FRANJA DE SERVICIO ESPECIAL
[75] La franja de servicio especial conforma tramos horarios singulares no fijos, fuera de la franja del servicio normal, y establecidos a discreción por la Amtega, en función de la planificación de los trabajos, de cargas puntuales o de incidencias que precisen una atención especial. Esta franja de servicio especial operará en función de los siguientes criterios:
a. La Amtega comunicará con un margen de 5 días el establecimiento o alteración de la distribución de las horas de la franja de servicio especial.
b. Las horas de servicio semanales medias incluidas en la franja de servicio especial podrán ser anticipadas o atrasadas en función de la planificación de la Amtega según los requisitos de servicio.
c. Se considerará que se ejecutan dentro de la franja de servicio especial todas aquellas tareas que se desarrollen fuera de los tramos horarios descritos en el apartado 4.9.2 para la franja de servicio normal.
d. La Amtega comunicará al jefe de proyecto con una antelación de 4 horas, salvo causas de fuerza mayor o eventos sobrevenidos, aquellos servicios que modifiquen lo establecido para un día concreto dentro de la franja de servicio especial.
e. La Amtega comunicará al jefe de proyecto con una antelación de 48 horas, salvo causas de fuerza mayor o eventos sobrevenidos, aquellos servicios que, dentro de la franja de servicio especial, deban prestarse en xxxxxx, xxxxxxx, o días festivos de ámbito nacional, autonómico y local.
4.9.4 CONSUMO DE HORAS
[76] El consumo de horas semanal podrá variar según las necesidades del servicio, atendiendo al cumplimiento de las fechas de los hitos marcados por la gestión administrativa, o contingencias puntuales.
[77] La Amtega comunicará al jefe de proyecto, con una antelación mínima de 3 días, las variaciones en el número de horas semanales a consumir.
[78] De acuerdo con el nivel de servicio indicado en el apartado 4.9.1, la empresa deberá disponer de los recursos suficientes para poner a disposición de la Amtega el número mínimo de horas semanales ofertadas.
4.10 Condiciones de inicio del servicio
[79] Una vez formalizado el contrato, la empresa adjudicataria deberá comenzar con la prestación del servicio.
4.11 Condiciones de finalización del servicio
[80] Durante el mes último de vigencia del contrato, la Amtega podrá establecer un período transitorio de ejecución en condiciones especiales, de modo que se garantice la prestación del servicio de forma ininterrumpida, comprometiéndose el adjudicatario a colaborar con la Amtega y, si es el caso, con las personas que esta designe a tal efecto, en aquellas actividades necesarias, encaminadas a la planificación y ejecución del cambio.
[81] El adjudicatario deberá garantizar por el período indicado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares los productos derivados de la presente contratación, contando desde la fecha de finalización del contrato, obligándose a realizar durante el período los cambios necesarios para solucionar las deficiencias detectadas imputadas al adjudicatario si la Amtega lo solicita.
[82] La garantía incluirá la solución de errores ocultos que se pongan de manifiesto en el funcionamiento de las aplicaciones o que se encuentren mediante pruebas o cualquier otro medio, así como la conclusión de la documentación incompleta y reparación de la que contenga deficiencias. Los productos originados como consecuencia de las reparación de errores deberán entregarse de conformidad con lo exigido en este pliego.
[83] El tiempo de respuesta ante una solicitud de asistencia por error en los productos obtenidos durante la ejecución del presente contrato será de como máximo 24 horas.
4.12 Transferencia de conocimiento
[84] En relación con la transferencia del conocimiento, la empresa adjudicataria deberá realizar sus actividades de acuerdo con las siguientes normas:
a. Se considerarán susceptibles de la transferencia de conocimiento todos aquellos elementos de ingeniería, componentes software, acciones, razonamientos, habilidades, procesos y documentos desarrollados como parte de las actividades objeto del servicio.
b. El plazo de transferencia de conocimiento comprende la duración del contrato y los 6 meses siguientes una vez finalizado.
c. A petición de la Amtega, y durante el plazo de transferencia de conocimiento, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de realizar transferencias de conocimiento sobre los productos y actividades objeto del servicio.
d. La transferencia de conocimiento podrá realizarse mediante medios telemáticos siempre y cuando la naturaleza de la misma lo permita.
e. La transferencia de conocimiento se realizará a personal de la Xunta de Galicia o a personal perteneciente a terceras partes que requieran de ese conocimiento para desarrollar sus actividades para la Xunta de Galicia.
f. Durante el plazo de transferencia la Amtega podrá solicitar la modificación de la documentación entregada en caso de que sea insuficiente o incorrecta.
g. Las tareas de transferencia de conocimiento una vez finalizado el contrato estarán sujetas a los mismos niveles de servicio que durante la ejecuciones del mismo. Una vez finalizado el contrato
la empresa licitadora será responsable de los perjuicios ocasionados por la incorrecta transferencia de conocimiento o errores/omisiones en la documentación entregada.
5 CONTENIDO DE LA PROPUESTA TÉCNICA
[85] Con independencia de que el licitador pueda adjuntar cuanta información complementaria considere de interés, se recomienda que la propuesta, en su parte técnica, tenga el siguiente esquema:
▪ Índice
▪ Identificación y alcance de la oferta
o Identificación (definirá los objetivos y el alcance de la propuesta)
o Datos de la empresa
▪ Oferta técnica
o Propuesta funcional
o Propuesta tecnológica
o Plan y organización de proyecto
▪ Otros Santiago de Compostela,
Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Directora de la Axencia para a Modernización Tecnolóxica de Galicia
6 ANEXO I: PLATAFORMA TÉCNICA DE SOFTWARE
Se detalla en primer lugar la tecnología básica actual de los portales existentes en cada uno de los lotes; y a continuación se establecen los elementos de la arquitectura corporativa para portales de la Xunta de Galicia.
6.1. XXXXXXXXXXXX XXXXXX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXX 0
a. Joomla
b. Liferay
c. Apache
d. Glashfish & openESB
e. PHP
f. JAVA
g. Jboss
h. MySQL
i. Oracle
6.2. XXXXXXXXXXXX XXXXXX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XXXX 0
a. DRUPAL 7
b. Wordpress
c. Typo3
d. Apache
e. PHP
f. JAVA
g. OpenCMS
h. Liferay
i. Jboss
j. MySQL
6.3. ARQUITECTURA CORPORATIVA XX XXXXXXXX DE LA XUNTA DE GALICIA
a. Balanceadores y proxies: Apache 2.2
b. Contenedores web para PHP: Apache 2.2
c. PHP v. 5.3.X y 5.6.X
d. Servidores de aplicaciones: Jboss EAP 6.2
e. Servidores de base de datos: MySQL 5.7.x
f. Gestores de contenidos: Drupal 7, Liferay 6.2, OpenCMS v9
O cualquier otra versión de las anteriores tecnologías que la Amtega determine en cada momento.
7 ANEXO II: ALCANCE FUNCIONAL DEL PROYECTO
7.1 PORTALES WEB XXXXXXXXXXX XXX XXXX 0
◦ Oficina virtual de Empleo (portal público de información y portal de servicios)
7.2 PORTALES WEB XXXXXXXXXXX XXX XXXX 0
◦ Portal Consellería de Medio Rural
◦ Portal EVEGA
◦ Portal xx XXXXXX
◦ Portal del FOGGA
◦ Portal Lourizán
◦ Intranet Medio Rural
◦ Portal de la Consellería do Mar
◦ Portal temático de la marca Pescaderías
◦ Portal de Gardacostas
◦ Portal de la Comisión do Mexilón
◦ Portal de la Consellería de Política Social
◦ Portal temático de Voluntariado
◦ Portal de la Consellería de Medio Ambiente e Ordenación do Territorio
◦ Portal de la Consellería de Infraestruturas e Vivenda
◦ Portal del Instituto Galego da Vivenda e Solo.
◦ Portal del Xurado de Expropiación de Galicia.
◦ Portal de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU).
◦ Portal temático de la marca Galicia natural e única.
◦ Portal del Área de Rehabilitación Integral dos Camiños de Santiago
◦ Portal temático del transporte metropolitano
◦ Portal del Sistema de Información de Residuos de Galicia
◦ Portal del Sistema de Información Ambiental de Galicia
◦ Portal temático del cambio climático
◦ Portal y subportales Educativos
◦ Portal del proyecto Abalar
◦ Portal temático de Traballo
◦ Portal del ISSGA