Acuerdo de Producción Limpia
Acuerdo de Producción Limpia: Prevención y Valorización de Neumáticos Fuera de Uso
Acuerdo de Producción Limpia
Prevención y Valorización de Neumáticos Fuera de Uso
Santiago, 12 xx Xxxxxx 2009
En Santiago, a 12 xx xxxxxx de 2009, comparecen por una parte, XXX XXX XXXXXXX X., Ministra Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, XXXXXX XXXXXXX X., Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante CORFO, XXXX XXXXXXX XXXXXXXX X., Subsecretario de Obras Públicas en representación del Ministerio de Obras Públicas, en adelante MOP, XXXXXXXX XXXX X., Subsecretaria de Salud Pública, en representación del Ministerio de Salud, en adelante MINSAL, XXXX XXXXX X., Subsecretario de
Transporte, en representación del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en adelante MTT, XXXXXX XXXXX X., Director Ejecutivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, en adelante CONAMA, XXXXXX XXXXXX X., Director Nacional de Aduanas y XXXXXX XXXXXXXXX X., Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Producción Limpia, en adelante CPL y por la otra, XXXXXXX XXXXXXXXX X.,
Presidente de la Cámara de la Industria del Neumático de Chile, en adelante CINC y las empresas del sector neumáticos, quiénes adherirán al presente Acuerdo en los plazos estipulados.
Los anteriormente citados, concurren a la firma del “Acuerdo de Producción Limpia Prevención y Valorización de Neumáticos Fuera de Uso”, cuyo texto se desarrolla a continuación.
PRIMERO: CONSIDERANDO
• El Decreto Supremo N° 156/2007 del Ministerio de Economía, que establece la Política Nacional de Producción Limpia al 2010 y el Instructivo del Gabinete Presidencial Nº004 de 25 xx xxxxx de 2007 que “Imparte Instrucciones para la Masificación de los Acuerdos de Producción Limpia.
• Lo dispuesto en las Normas Chilenas Oficiales: NCh2797.Of2003: "Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Especificaciones"; la NCh2807.Of2003: "Acuerdos de Producción Limpia (APL) – Diagnóstico, Seguimiento y Control, Evaluación Final y Certificación de Cumplimiento"; la NCh2796.Of2003: “Acuerdos de Producción Limpia (APL) – Vocabulario; y la NCh2825.Of2003: ”Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Requisitos para los Auditores y Procedimiento de la Auditoria de Evaluación de Cumplimiento”.
• Los principios básicos que rigen los “Acuerdos de Producción Limpia” a saber: a) Cooperación público-privada, b) Voluntariedad, c) Gradualidad, d) Autocontrol, e) Complementariedad con las disposiciones obligatorias consideradas en el APL, f) Prevención de la contaminación, g) Responsabilidad del productor sobre sus residuos o emisiones, h) Utilización de las mejores tecnologías disponibles, i) Veracidad de la información, j) Mantención de las facultades y competencias de los órganos del Estado y k) Cumplimiento de los compromisos de las partes.
• El “Documento Xxxxx para el Desarrollo e Implementación de los Acuerdos de Producción Limpia: Rol de los Servicios Públicos”, aprobado en sesión del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Producción Limpia con fecha 17 de diciembre de 2008. Este documento explicita la vinculación y acción de los organismos fiscalizadores que participan y suscriben Acuerdos de Producción Limpia, definiendo los criterios respecto de las distintas etapas de desarrollo de un Acuerdo.
• La Política de Gestión Integral de Residuos Sólidos, que tiene como objetivo “Lograr que el manejo de residuos sólidos se realice con el mínimo riesgo para la salud de la población y para el medio ambiente, propiciando una visión integral de los residuos, que asegure un desarrollo sustentable y eficiente del sector”. La Política señala los siguientes fundamentos: 1) distintos tipos de residuos requieren de instrumentos específicos, 2) los residuos requieren de una gestión integral, 3) los instrumentos de gestión promueven la estrategia jerarquizada, 4) los intereses xxx xxxxxxx orientan el manejo de residuos, dentro del marco regulatorio, y 5) el manejo eficiente de los residuos sólidos domiciliarios requiere de una visión regional.
• El Proyecto “Gestión Integral de Residuos Sólidos en Chile”, aprobado por el Comité Coordinador del “Fondo de planificación estratégica e implementación de reformas autofinanciadas en Chile”, creado en el marco de la cooperación técnica y económica de los gobiernos de la República Federal de Alemania y de la República de Chile, tiene como objetivo “Lograr el acuerdo con los actores relevantes de los sectores privados y públicos y de la sociedad civil para poner en marcha la incorporación de la REP en el ciclo de vida de productos”. Este proyecto considera dos grandes componentes: la elaboración de un proyecto de marco jurídico que incorpore la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) y la implementación de la Responsabilidad Extendida del Productor en forma voluntaria en al menos dos rubros. El rubro de la industria del neumático es uno de cuatro rubros que ha tomada la iniciativa para la elaboración de un proyecto piloto.
• El Acuerdo Marco entre el Consejo Nacional de Producción Limpia, la Comisión Nacional de Medio Ambiente y la Cámara de la Industria del Neumático de Chile A.G., suscrito el 29 xx xxxxxx de 2008, el cual tiene por objetivo incorporar la Responsabilidad Extendida del Productor (REP) en el rubro neumáticos, a través del desarrollo de un Acuerdo de Producción Limpia para el sector.
• El presente Acuerdo de Producción Limpia servirá de base para el futuro Reglamento sobre la Gestión de los Neumáticos Fuera de Uso, con la participación voluntaria de los Asociados de CINC, y con la expectativa que la mayoría de los actores del Rubro también lo haga.
SEGUNDO: FUNDAMENTOS Y ANTECEDENTES
En Chile se generan un poco menos de 3 millones de neumáticos fuera de uso cada año, cantidad equivalente a unas 42.000 toneladas de residuo. El diagnóstico sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso (NFU) ha identificado que 2,5 millones de neumáticos provienen de vehículos livianos, generando 22 mil toneladas de residuo; 85 mil de transporte público, que corresponden a 4 mil toneladas de residuo; 300 mil neumáticos de vehículos de carga, con 14 mil toneladas de residuo; y 3 mil de vehículos agrícolas, cercano a 300 toneladas de residuo. Adicionalmente se estima una generación de neumáticos desechados por la industria minera, de alrededor de
12.000 toneladas anuales.
Incluyendo solo los neumáticos hasta un tamaño usados en camiones, la distribución geográfica de los NFU determina que la Región Metropolitana concentra casi el 40% de la generación nacional, las otras regiones de la zona centro (Valparaíso, O’Xxxxxxx) el 10%, la zona norte (hasta la Región de Coquimbo), un 14,5%, la zona sur (de la Región xxx Xxxxx hasta los Lagos) el 33,5% y las regiones del extremo sur un 2%.
El diagnóstico determinó que anualmente 2000 toneladas se destinan a la coincineración en hornos cementeros como combustible alternativo, otras 1500 toneladas a usos tales como estabilización de laderas de rellenos sanitarios y uso agrícola. Estos datos revelan que más del 90% de los NFU generados en el país, tienen un vertido desconocido.
A fin de determinar las alternativas de valorización para los NFU, posibles de aplicar a las condiciones del país, se revisaron las diversas tecnologías aplicadas a nivel mundial. Entre las alternativas de valorización se encuentran la utilización material y el aprovechamiento energético del caucho. Dentro de las opciones de utilización material, coexisten una serie de alternativas de reciclaje, ya sea en obras de infraestructura con neumáticos enteros, o bien, la utilización del granulo, previa trituración del NFU, para la fabricación de productos moldeados, carpetas e incluso mezclas de asfalto y caucho.
La experiencia en países con una gestión de NFU más eficiente, ha demostrado que se requiere la coexistencia de varias alternativas de valorización, la cooperación de todos los actores económicos del sector y una normativa que regule las responsabilidades y alcances de cada uno y la interacción sinérgica correspondiente.
A nivel nacional, además de los actores formales en la cadena económica del neumático, que incluye a fabricantes, importadores, distribuidores, talleres automotrices y empresas de recauchaje entre otros, coexiste un mercado informal que le otorga una percepción de valor al NFU, que afecta el éxito en la recolección. Para lograr un buen desarrollo en la gestión de los NFU, deberá tenerse presente este problema socioeconómico, a fin de incluir acciones y normativas a una propuesta integral a desarrollar, que permita eliminar las prácticas actuales que atenten con la eficiencia de la gestión. Por otro lado, la dispersión de los generadores de NFU, propia de la geografía física y económica de nuestro país, y las diferencias en los tamaños de los neumáticos, presentan un obstáculo importante respecto a la cantidad efectiva de NFU que puedan recolectarse, y por ende dificulta la creación simultanea de empresas destinatarios dentro de un sistema de gestión integral de los NFU a nivel nacional. Se agrega a este análisis, la importancia de generar una conciencia social del usuario, para que sea responsable en exigir su derecho a que sus NFU sean correctamente reciclados por el sistema que se implementará bajo la gestión de los productores en colaboración con los esfuerzos estatales.
Para lograr la correcta valorización de los NFU, muchos países cuentan con legislación específica en la materia y otros, que se encuentran en proceso de desarrollar sistemas de gestión, están en etapa de la generación de estas regulaciones.
Actualmente, en nuestro país, la falta de una legislación especial para la gestión de los NFU, así como la inexistencia de una reglamentación que ayude a la minimización en la generación de estos residuos, desde el momento de la producción o de la importación al país, generan otra barrera para implementar un efectivo sistema de gestión integral de los NFU. Desde la carencia de normativas orientadas a controlar la calidad del neumático que hoy ingresa al mercado nacional, debido a la falta de un sistema de homologación de importación que permita no solo garantizar la calidad y seguridad del neumático, mediante el respaldo del productor e importador, sino también para aplicar sistemas que prolonguen la vida útil del neumático, los cuales son utilizados comúnmente en países más desarrollados, sumando la participación activa de los actores de la cadena económica y la complementación con los sistemas públicos, todos éstos son aspectos claves para poner en marcha un sistema de Gestión Integral del NFU.
Por otra parte, la percepción de conciencia ambiental y de calidad se debe desarrollar en los distintos niveles de la cadena, desde el usuario, distribuidor, punto de venta hasta el importador o productor.
Se propone aplicar el concepto de responsabilidad extendida al productor, para proteger el medio ambiente, el cual se centra principalmente en el ciclo de vida del producto e intenta que fabricantes, distribuidores, intermediarios, usuarios, y grandes empresas usuarias compartan, junto al Estado, la responsabilidad de reducir los impactos que el producto ocasiona al medioambiente. Este concepto sustentable se aplica en la mayoría de los países miembros de la OCDE.
Para implementar la responsabilidad extendida del productor para los NFU deben establecerse a lo menos los siguientes aspectos claves:
a) La participación activa de los productores y/o importadores junto a su cadena comercial, para incentivar a los usuarios, a la entrega de los NFU al sistema para una correcta gestión del residuo.
b) El compromiso de los distribuidores y grandes clientes de participar en el
proceso mediante un adecuado almacenamiento temporal, un aviso programado para el retiro de sus NFU, no fomentar un mercado informal, evitando la venta de neumáticos usados y una entrega al organismo recolector organizada y controlada.
c) El compromiso de los usuarios, ya sea, personas naturales o jurídicas dejando
sus neumáticos en los puntos de venta al momento de realizar sus recambios o en el caso de empresas, disponer de una bodega temporal para el retiro de sus NFU, sin ingresarlos a un sistema informal de disposición.
d) La implementación, por parte de los organismos de la Administración del
Estado competentes, de las regulaciones necesarias para sustentar y enmarcar los esfuerzos y responsabilidades en un entorno sustentable, libre de ambigüedades, y que determinan claramente los derechos y obligaciones de las partes.
Cualquier sistema de gestión a nivel nacional, debe ser implementado de manera gradual debido a las características geográficas y densidades de generación de NFU. Esto último impide la creación de puntos de valorización distribuidos equidistantes a lo largo del país, por lo tanto se debe estudiar detenidamente como se implementara una logística adecuada para los puntos lejanos o con bajas tasas de generación. Por ello se propone realizar, inicialmente, y de manera voluntaria, un sistema de gestión que abarque la Región Metropolitana, Valparaíso y O’Xxxxxxx, donde se concentra cerca del 45% del parque generador de NFU, cantidad que permitiría la puesta en marcha de uno de los proyectos de valorización analizado. A partir de esta primera etapa, el sistema se podría extender a otras regiones y, en el futuro, extender el alcance a NFU de tamaños mayores al contar con una tecnología más abordable por potenciales inversionistas.
Se considera posible recuperar y redireccionar entre un 30 y 40% del total del NFU generado en la zona propuesta (10 mil a 14 mil toneladas), lo cual permitiría aumentar la tasa actual de valorización. Además, incentivar el recauchaje, aumentando su utilización en un 20% mediante la implementación de un sistema de certificación de calidad de las plantas que ofrecen este servicio. Junto con estas metas, gestionar mediante acuerdos económicos privados la creación e implementación de proyectos de valorización con mayor probabilidad de éxito, ligado al resultado del sistema de gestión al que apunta este documento.
La implementación del sistema de gestión propuesto sería respaldada, en primera instancia, por la Comisión Nacional de Medio Ambiente por la participación como proyecto piloto en el proyecto ‘Gestión de Residuos Sólidos en Chile’ y por el Consejo de Producción Limpia bajo el desarrollo de un Acuerdo de producción Limpia, junto con la Cámara de la Industria del Neumáticos de Chile, el cual permitirá generar un modelo de gestión, que proporcione las bases de desarrollo para la ley de residuos especifica del sector basados en un modelo de responsabilidad extendida al productor.
El modelo de responsabilidad extendida aplicado en la mayoría de los países miembros de la OCDE postula dos premisas principales:
• Incentivar al productor a la creación de productos con diseños más ecológicos, que permitan una mayor reutilización, mayor vida útil y mejores condiciones de reciclaje, una vez que terminen su utilización, basados en un modelo de beneficios que incentiven su desarrollo.
• Ampliar al productor y a los agentes económicos, la responsabilidad del Estado, el gestionar mediante la recolección y valorización sustentable, los residuos que se generen una vez que termina la vida útil de sus productos, basados en un modelo de incentivos y un marco regulatorio específico.
TERCERO: DEFINICIONES
Para los efectos del presente acuerdo se entenderá por:
a. Agentes económicos: productores, importadores, distribuidores y puntos de venta de neumáticos, cámaras, válvulas, llantas, bandas de rodamiento. Así también, talleres de cambio, reparación de neumáticos y plantas de recauchaje.
b. Almacenamiento: acumulación temporal de neumáticos fuera de uso
c. Cantidad de NFU generados: equivale a la cantidad de neumáticos nuevos de reposición que ingresan al mercado.
d. Centro de acopio: instalación autorizada, donde se descargan y almacenan los neumáticos fuera de uso para su posterior gestión.
e. Destinatario: persona natural o jurídica debidamente autorizada que realiza operaciones de valorización de neumáticos fuera de uso.
f. Generador de NFU: persona física o jurídica que, como consecuencia de su actividad empresarial o de cualquier otra actividad, genere neumáticos fuera de uso. Queda excluido de tal condición el usuario o propietario del vehículo que los utiliza.
g. Gestión de NFU: Recolección, el almacenamiento, el transporte, la valorización, incluida la vigilancia de estas actividades, así como la de los lugares de depósito o vertido después de su cierre.
h. Gestor de NFU: Persona física o jurídica que realice cualquiera de las operaciones de gestión de neumáticos fuera de uso y que esté autorizado para tal efecto,
cuando corresponda.
i. Neumáticos Fuera de Uso (NFU): Aquellos neumáticos que según su estado no son apto para su uso seguro según las Normas Chilenas. Asimismo, se considerarán como tales las cámaras y neumáticos de rechazo de fabricación. Incluye aquellos neumáticos de los que se desprenda su poseedor en el sistema de gestión, aun cuando en ellos no concurran los requisitos arriba descritos.
j. Neumáticos nuevos: Producto no rodado, destinado a la reposición de los neumáticos que ya han terminado su vida útil, ya sea por desgaste o por perder sus características físicas necesarias para ser rodado con seguridad.
k. Neumáticos usados: Producto con rodado, pero que mantiene los requerimientos necesarios para seguir siendo utilizado sin afectar la seguridad del usuario.
l. Poseedor: Generador de neumáticos fuera de uso o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y no tenga la condición de generador de Neumáticos fuera de Uso. Queda incluido en tal condición el usuario o propietario del vehículo que los utiliza.
m. Pretratamiento: Proceso mediante el cual se modifican las características físicas de los Neumáticos Fuera de Uso y que contemple acciones como separación, corte, trituración, compactación, entre otros, con el objeto de facilitar su transporte y manipulación para su posterior valorización. Dicho proceso no es considerado una valorización del residuo, sino solo un paso intermedio para llegar a una posible valorización.
n. Prevención: Conjunto de medidas destinadas a evitar la generación de neumáticos fuera de uso o a conseguir su reducción o la cantidad de sustancias contaminantes o peligrosas presentes en ellos.
o. Productor: Persona natural o jurídica que fabrique, importe o adquiera neumáticos que sean por primera vez puestos en el mercado nacional, mediante un acto de enajenación debidamente documentado.
p. Recauchaje o recauchutado: Proceso que consiste principalmente en sustituir, por una nueva, la banda de rodamiento del neumático gastado, debido a que la carcasa aún conserva las condiciones suficientes para permitir su utilización, basado en la legislación y normas técnicas en vigor, con el fin de prolongar la vida útil del neumático y disminuir la tasa de generación de NFU.
q. Reciclaje: Recuperación de NFU o de materiales presentes en ellos, para ser utilizados en su forma original o previa transformación, como materia prima en procesos productivos distintos al que los generó. No se incluye en este concepto la incineración con recuperación de energía ni las tareas de pretratamiento de los neumáticos fuera de uso
r. Recogida: Conjunto de operaciones que permitan traspasar los NFU de los poseedores a un acopio autorizado como generador de NFU para luego ser incorporados al sistema de recolección perteneciente al sistema de gestión de NFU.
s. Recolección: Conjunto de operaciones que permitan traspasar los neumáticos fuera de uso de los generadores a los gestores autorizados o entre gestores autorizados. Las operaciones de recolección podrán incluir el transporte y un
almacenamiento transitorio, para terminar siempre el circuito, en la entrega a un valorizador autorizado
t. Reutilización: Empleo de un residuo en forma directa o previa transformación como materia prima en el proceso productivo que le dio origen o el empleo de un producto previamente usado, sin que medie un proceso de transformación.
u. Sistema de gestión integral de NFU: Conjunto de relaciones, procedimientos, mecanismos y actuaciones que, previa autorización por las autoridades en cuyo ámbito territorial se implanten, y sujeto a supervisión por éstas, ponen en práctica los productores de neumáticos junto a otros agentes económicos interesados, mediante acuerdos voluntarios u otros instrumentos de responsabilidad compartida, con la finalidad de garantizar la correcta recolección, acopio y valorización de los neumáticos fuera de uso.
v. Tasa de recauchaje: Cuociente entre la cantidad de neumáticos que se repongan en el comercio que se aplicó efectivamente el recauchaje y la cantidad de neumáticos nuevos que acepten el recauchaje en sus diferentes posibilidades
w. Tasa de recogida de NFU: Cuociente entre la cantidad de NFU recogidos y la cantidad de NFU generados
x. Tasa de recolección de NFU: cuociente entre la cantidad de NFU recolectadas y la cantidad de NFU generados.
y. Tasa de valorización de NFU: cuociente entre la cantidad de NFU valorizadas y la cantidad de NFU generados.
z. Transporte: La operación de traslado sucesivo de los NFU desde un generador de NFU, o centro de acopio autorizado hasta su lugar definitivo de valorización.
aa. Valorización: Conjunto de acciones asociadas cuyo objetivo es recuperar un producto, uno o varios de los materiales que lo componen.
CUARTO: ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN
El presente Acuerdo está dirigido a los fabricantes, importadores, distribuidores, puntos de venta, destinatarios, plantas recauchadoras, productores de bandas de rodamiento de neumáticos y otros agentes pertenecientes o ligados a la industria del neumático o productos complementarios; y organismos de la administración del estado, con el objetivo de mejorar la gestión de los neumáticos fuera de uso (NFU). Este Acuerdo aplica a todos aquellos NFU con un diámetro menor o igual a 1200 mm y un peso hasta 100 Kilos, y que se generen en la Región Metropolitana, Valparaíso y Libertador Xxxxxxxx O’Xxxxxxx.
QUINTO: OBJETIVOS
Objetivo General
El presente Acuerdo tiene por objeto incorporar en los agentes económicos del rubro neumáticos el concepto de responsabilidad extendida del productor con la finalidad de prevenir la generación de NFU, garantizar una gestión sustentable de los mismos y servir como base para el futuro reglamento de REP para el sector.
Objetivos específicos del APL
1. Aumentar la vida útil de los neumáticos y disminuir la tasa de generación de NFU
2. Implementar un sistema de gestión integral de NFU
3. Promover el desarrollo de nuevos proyectos de valorización de NFU
4. Elaborar una reglamentación que impulse mejoramientos en la gestión de NFU
5. Promover la participación de la sociedad en el buen manejo de sus NFU
6. Crear un sistema de información del manejo de NFU
7. Establecer indicadores y metas para medir el mejoramiento en el manejo de los NFU.
SEXTO: METAS, ACCIONES Y PLAZOS DE CUMPLIMIENTO
Las empresas que suscriban el presente Acuerdo, deberán cumplir con las metas y acciones específicas que se declaran a continuación, según los plazos establecidos y en las etapas del proceso en que participen.
1. Aumentar la vida útil de los neumáticos
Aumentar la vida útil de los neumáticos a través de la mayor utilización de sistemas efectivos, ya sea por recauchaje, reesculturado, buenos hábitos del usuario, sistemas de prevención y educación al usuario.
Meta N°1: Aumentar la tasa de vida útil de los neumáticos, tomando como base los años 2007 y 2008, el alcance y campo de aplicación del APL.
Acción 1.1: Los proveedores xx xxxxx de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, generarán un sistema de acreditación del proceso de recauchaje, que incluya el procedimiento de acreditación y el estándar técnico a cumplir
Plazo: mes 6
Indicador de desempeño: documento que establezca el procedimiento de acreditación disponible en la página web de CINC
Acción 1.2: Los proveedores xx xxxxx de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, capacitarán a las plantas de recauchaje a fin de lograr incorporar las metodologías y procedimientos necesarios para alcanzar la acreditación.
Plazo: mes 9
Indicador de desempeño: Registro que evidencia que plantas de recauchaje, que adhirieron al APL, fueron capacitadas.
Acción 1.3: Las plantas de recauchaje se acreditarán en la calidad del proceso de recauchaje, a través del sistema de acreditación.
Plazo: mes 12
Indicador de desempeño: certificado de acreditación
Acción 1.4: Los proveedores xx xxxxx de recauchaje y plantas de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, promoverán el “recauchaje acreditado” entre los usuarios correspondientes
Plazo: mes 18
Indicador de desempeño: documento que especifica el plan de promoción y los medios de prueba de su implementación.
Acción 1.5: Los productores, coordinados por CINC, presentarán a la Subsecretaría de Transporte un estudio de nuevas tecnologías disponibles para disminuir la generación de NFU, con el fin de evaluar la adaptación de la reglamentación correspondiente.
Plazo: mes 18
Indicador de desempeño: Estudio presentado a la Subsecretaría de Transporte
Acción 1.6: Los productores, junto a los distribuidores y puntos de venta, coordinados por CINC, generarán un plan de buenos hábitos (manual, divulgación, campañas) para el usuario en la adquisición y utilización de neumáticos y la entrega de sus NFU al momento de la reposición de uno nuevo, con el fin de aumentar la vida útil, la seguridad del usuario y la eficiente valorización del residuo.
Plazo: mes 15
Indicador de desempeño: documento que especifica el plan de buenos hábitos y los medios de prueba de su implementación
2. Implementar un sistema para la gestión de los NFU
Meta N° 2: Aumentar la tasa de recolección y valorización de los NFU de 5 a 20%, tomando como base los años 2007 y 2008, el alcance y campo de aplicación del APL.
Acción 2.1: Los productores, coordinados por CINC desarrollarán un sistema de gestión integral de los NFU, desde su generación hasta su valorización por un destinatario autorizado y la generación de los respectivos certificados de valorización, contemplando estadísticas y sistemas de informe.
Plazo: mes 8
Indicador de desempeño: documento que especifica el sistema de gestión.
Acción 2.2: Los generadores de NFU implementarán un lugar de almacenamiento en transito, según volumen de recepción y frecuencia de retiro, de acuerdo a condiciones establecidas en el Anexo N°1
Plazo: mes 10
Indicador de desempeño: lugar de almacenamiento en tránsito para NFU, según condiciones establecidas.
Acción 2.3: Los generadores de NFU implementarán el sistema de recepción y entrega de los NFU al productor, y llevarán un registro según formato CINC.
Plazo: mes 10
Indicador de desempeño: registro que evidencia que el sistema de recepción y entrega está operativo
Acción 2.4: Los productores recolectarán los NFU en cada punto de generación, con la frecuencia acordada, y los transportarán a un destinatario autorizado, de acuerdo al sistema de gestión integral de NFU propuesto en la acción 2.1.
Plazo: mes 12
Indicador de desempeño: registro que evidencia que el sistema de recolección está operando
Acción 2.5: Los destinatarios contarán con un sistema de recepción y valorización continua de NFU, acorde a su proceso industrial
Plazo: mes 12
Indicador de desempeño: registro que evidencia que el sistema de recepción continua está operativo
Acción 2.6: Los destinatarios contarán con un sistema de registro y certificación de valorización de los NFU, según lo estipule el sistema de gestión integral.
Plazo: mes 12
Indicador de desempeño: sistema de registro y certificación implementado
3. Promover el desarrollo de nuevos proyectos de valorización de NFU
Para ampliar el mercado de valorización de NFU se promoverá el desarrollo de nuevos proyectos
Meta N°3: Aumentar la capacidad y alternativas de valorización
Acción 3.1: CINC evaluará proyectos de valorización de NFU y fomentará la puesta
en marcha de a ol Acuerdo.
Plazo 1: mes 3 Plazo 2: mes 24
menos un nuevo proyecto durante la implementación de este
Indicador de desempeño 1: firma de un contrato privado entre CINC y un nuevo destinatario
Indicador de desempeño 2: puesta en marcha de una nueva planta de valorización durante la implementación del Acuerdo.
Acción 3.2: El MOP evaluará la factibilidad técnica económica y social del uso de mezclas asfalto caucho en Chile e informará al Comité Coordinador del APL los resultados de su evaluación, en la búsqueda de implementar, si es pertinente, las medidas más efectivas para su uso en pavimentación.
Plazo: mes 12 verificar plazo
Indicador de desempeño: Oficio MOP con resultados de la evaluación dirigido al Comité Coordinador del APL.
4. Elaborar reglamentación, normas e instructivos que impulse mejoramientos en la gestión de NFU
Para prevenir la generación y mejorar la gestión de los NFU se elaborarán nuevos instrumentos de gestión.
Meta N° 4: desarrollar instrumentos normativos con el objetivo de garantizar seguridad, calidad y aumentar la vida útil de los neumáticos
Acción 4.1: CINC elaborará una propuesta de norma de referencia para los neumáticos que incorpore estándares de calidad del neumático, redibujado y recauchaje, entre otros.
Plazo: mes 6
Indicador de desempeño: propuesta de norma entregada al Comité Coordinador del APL
Acción 4.2: La Subsecretaría de Transporte evaluará la actualización de su reglamentación de neumáticos en base a propuesta de norma CINC
Plazo: mes 10
Indicador de desempeño: Oficio de la Subsecretaría de Transporte dirigido al Comité Coordinador del APL informando la decisión de actualizar o no la reglamentación de neumáticos.
Acción 4.3: CONAMA elaborará un Reglamento para la aplicación de la REP para el sector neumático, basado en el proyecto xx Xxx de Residuos
Plazo: mes 24
Indicador de desempeño: proyecto de reglamento presentado al Comité Coordinador del APL
Acción 4.4: El Servicio Nacional de Aduanas entregará mensualmente al Comité coordinar del APL las estadísticas de importación con indicación del importador, con el fin de contar con información fidedigna que apoye la aplicación de la REP.
Plazo: mes 1
Indicador de desempeño: Informes estadísticos mensuales del Servicio Nacional de Aduanas dirigido al Comité Coordinador del APL.
5. Promover la participación de la sociedad en el buen manejo de sus NFU
Meta N° 5: Aumentar la tasa de recolección de los usuarios privados y públicos al sistema de gestión
Acción 5.1: Los productores, distribuidores, gestores, centros de acopio y destinatarios, coordinados por CINC, realizarán, con el apoyo de la Subsecretaría de Transporte, CONAMA y CPL, una campaña de concientización del consumidor para promover la entrega de los NFU al momento de la reposición de sus neumáticos, a los distribuidores o puntos de venta.
Plazo: mes 19
Indicador de desempeño: registro que evidencia que la campaña fue realizada e impacto medido.
Acción 5.2: CONAMA elaborará un estudio de evaluación del impacto económico, ambiental y social de la implementación de la REP.
Plazo: mes 9
Indicador de desempeño: estudio realizado y en conocimiento del Comité Coordinador del APL.
Acción 5.3: Los productores con el apoyo de los distribuidores, coordinados por CINC, capacitarán a los encargados de los puntos de venta, sobre el sistema de gestión de NFU y sus responsabilidades inherentes.
Plazo: mes 8
Indicador de desempeño: Registro que evidencia que un 90% de los encargados de puntos de venta, que adhirieron al APL y con antigüedad laboral a lo menos de 1 año, fueron capacitados.
Acción 5.4: Los productores, en coordinación con CINC, capacitarán a los usuarios empresa, sobre el sistema de gestión de NFU.
Plazo: mes 9
Indicador de desempeño: Registro que evidencia que a lo menos 40 usuarios empresa fueron capacitados.
Acción 5.5: CONAMA y CPL, junto a CINC capacitarán a los productores, sobre el sistema de gestión de NFU y sus responsabilidades
Plazo: mes 6
Indicador de desempeño: Registro que evidencia que un 100% de los productores, que adhirieron al APL fueron capacitados.
Acción 5.6: CINC, CONAMA y CPL, capacitarán a lo menos a 30 municipalidades que se encuentren dentro del alcance del APL, sobre el sistema de gestión de NFU.
Plazo: mes 12
Indicador de desempeño: Registro que evidencia que los encargados del Departamento de Aseo y Ornato, de 30 Municipalidades, fueron capacitados.
6. Crear un sistema de información del manejo de NFU
Meta N° 6: Contar con un sistema de información fidedigna del manejo de los NFU
Acción 6.1: CINC elaborará una metodología para estimar la cantidad de NFU que el país genera anualmente.
Plazo: mes 3
Indicador de desempeño: documento entregado al Comité Coordinador del APL para su revisión y validación.
Acción 6.2: CINC implementará un sistema de información pública de manejo de NFU, que incluirá todas las etapas del sistema de gestión, desde su recepción hasta su valorización.
Plazo: mes 15
Indicador de desempeño: sistema disponible en plataforma web de CINC
7. Establecer indicadores y metas para medir el mejoramiento en el manejo de los NFU.
Meta 7: Definir Indicadores para el futuro reglamento REP y evaluarlos durante la implementación del presente APL
Acción 7.1: CONAMA y CINC elaborarán indicadores y establecerán metas periódicas para medir el mejoramiento en la gestión de los NFU
Plazo: mes 6
Indicador de desempeño: Documento con metas e indicadores consensuados
Acción 7.2: CONAMA y CINC evaluarán los indicadores utilizados y el grado de cumplimiento de las metas. En base a dicha evaluación se definirán indicadores y metas a utilizar en el futuro reglamento de REP para NFU.
Plazo: mes 24
Indicador de desempeño: Metas e indicadores definidos en el proyecto de reglamento de REP para NFU.
SEPTIMO: SISTEMA DE SEGUIMIENTO, CONTROL Y EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LAS METAS Y ACCIONES DEL ACUERDO
El sistema de seguimiento y control contempla las siguientes etapas:
1. Diagnóstico Consolidado
La Cámara de la Industria del Neumático de Chile (CINC) al término del mes uno (1) contado desde el término del periodo de adhesión, entregará al CPL, un informe consolidado con la totalidad de las empresas adherentes, según actividad y región. Los registros se deben llevar en archivos digitales para hacer más fácil su manejo y distribución.
2. Seguimiento y control del avance en la implementación del Acuerdo
El seguimiento y control debe ser realizado para cada instalación a través de auditorias con personal propio o contratado para tal efecto, que den cuenta del estado de avance de metas y acciones establecidas en el APL.
Las instalaciones deberán realizar un informe de auditoría de seguimiento y control en el mes trece (13), contado desde el término del período de adhesión del APL.
Los informes de auditoria deben ser realizados en el formulario de seguimiento y control del APL indicado en el Anexo N°2 y ser enviados a CINC, para que ésta elabore el informe consolidado correspondiente.
El informe consolidado deberá ser enviado por la Cámara al CPL en el mes catorce
(14) , contado desde el término del período de adhesión al APL, conjuntamente con los informes de cada instalación y empresa, para verificar que cumplen con todos los requisitos formales establecidos en la NCh2807.Of2003, para luego distribuirlos a los otros organismos públicos firmantes del APL.
Ésta fase de seguimiento y control será monitoreada por el Comité Coordinador del Acuerdo, conforme a la NCh2797 Of2003.
3. Evaluación Final de Cumplimiento
Transcurrido el plazo establecido en el Acuerdo para dar cumplimiento a las metas y acciones, se procede a realizar la evaluación final de los resultados obtenidos, a través de la auditoria correspondiente. Esta se realiza según los criterios y requisitos de la NCh2807.Of2003 y la debe realizar un auditor registrado cumpliendo los requerimientos establecidos en la NCh2825.Of2003.
Las empresas deberán remitir los resultados de las auditorias finales a CINC, dos meses después de alcanzado el plazo de termino de las acciones comprometidas, es decir, mes veinte (20), contado desde el término del periodo de adhesión del APL.
La Cámara elaborará un “Informe consolidado final” de todas las auditorias finales, el cual debe contener:
▪ Cumplimiento promedio por acción y por meta de cada instalación, cada empresa y del sector.
▪ Contener observaciones específicas y objetivas relacionadas con el proceso de auditoria.
▪ Información relativa a los costos y beneficios de la implementación del Acuerdo que entreguen las empresas.
La Cámara remitirá dicho informe al CPL, quien verificará si cumple con los requisitos mínimos establecidos en la NCh2807.Of2003, para luego remitirlos a los organismos públicos correspondientes, para su validación. La Cámara entregará este informe al CPL al mes veintiuno (21) contados desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL.
4. Evaluación de Impactos del APL
CINC debe elaborar un informe con indicadores de impacto económico, ambiental y social, en relación con los objetivos y metas comprometidas y otras mejoras o información, que permitan cuantificar el grado de mejoramiento del sector obtenido con el APL una vez que éste haya finalizado, sobre la base de la información que entreguen al respecto los auditores acreditados y las empresas. El informe debe ser remitido al CPL.
Las instalaciones adheridas al presente Acuerdo y los organismos de la administración del estado, deberán colaborar con los antecedentes necesarios para el buen desarrollo del informe.
El plazo de entrega del estudio de evaluación de impacto es de veintiséis meses (26), contado desde la fecha de finalización del período de adhesión del APL.
5. Certificado de Cumplimiento del APL
Finalizada la auditoria final de cumplimiento del Acuerdo, se emite un informe que señala el porcentaje de cumplimiento final alcanzado por la instalación. En caso de obtener un 100% de cumplimiento la empresa puede acceder al otorgamiento de un certificado de cumplimiento del APL.
Previo a la entrega del Certificado respectivo el CPL solicitará un informe a los servicios fiscalizadores correspondientes, respecto del cumplimiento satisfactorio de
aquellas metas y acciones que se encuentren en el ámbito de su competencia. El ente fiscalizador puede realizar inspecciones o visitas para validar el informe, y tendrá un plazo de 90 días para entregar su evaluación.
Aquellas instalaciones que no hubieren obtenido el 100% en la auditoría final, pero que hayan alcanzado más de un 75%, podrán acceder a dicho certificado siempre y cuando corrijan los incumplimientos detectados, en el plazo propuesto por el auditor que hubiere realizado la evaluación y que cuente con la validación del CPL.
El certificado es otorgado por el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL).
El certificado dará cuenta en forma individual que la instalación cumplió con el 100% de las metas y acciones comprometidas en el presente Acuerdo.
6. Mantención del Cumplimiento del APL
Una vez certificada una empresa y/o instalación en el cumplimiento del respectivo Acuerdo de Producción Limpia, éste tendrá una duración de tres años, no obstante que se deberán realizar supervisiones y re-evaluaciones anuales según se establece en NCh2807.Of2003.
OCTAVO: ROLES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES ASOCIADOS AL SEGUIMIENTO, CONTROL EVALUACIÓN Y MANTENCIÓN POSTERIOR DEL ACUERDO
1. Empresas Suscriptoras
Responsabilidades:
▪ Suscribir el Acuerdo de Producción Limpia en los formularios de adhesión y entregárselo a CINC, la que deberá remitir copia al CPL.
▪ Ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo de Producción Limpia, a fin de alcanzar las metas y acciones comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente Acuerdo.
▪ Realizar la auditoria de seguimiento y control con personal propio o contratado al
efecto.
▪ Realizar la auditoria final con un auditor registrado.
▪ Entregar información de los resultados de las auditorias de seguimiento y control y la auditoria final a CINC, en los plazos convenidos.
▪ Entregar como parte de la auditoria final información relativa a costos y beneficios de la implementación de las acciones comprometidas en el APL a CINC, que permitan realizar una evaluación de impactos ambientales, productivos y seguridad, del conjunto de empresas suscriptoras del APL.
2. Asociación Gremial: Cámara de la Industria del Neumático de Chile
Responsabilidades:
▪ Difundir el APL en el sector de neumáticos con el fin de promover la suscripción por parte de los productores, importadores, distribuidores, recauchadores y en
general en todos aquellos asociados y no asociados que puedan apoyar el éxito del Acuerdo.
▪ Promover el cumplimiento del acuerdo, apoyar a las empresas en la realización de las auditorias.
▪ Elaborar los consolidados de los informes de diagnóstico, seguimiento y control, con la información que les envíen las empresas.
▪ Elaborar el Informe consolidado final, que contenga los informes de auditoria de evaluación final de las empresas.
▪ Elaborar el informe de evaluación de impactos del APL.
▪ Participar en el Comité Coordinador del Acuerdo.
▪ Fomentar el cumplimiento de los compromisos del Acuerdo.
▪ Designar a un responsable de evaluar, inspeccionar, consolidar y distribuir la información referente al proceso de implementación del Acuerdo.
3. Los Organismos de la Administración del Estado Participantes del APL
Responsabilidades:
▪ Ejecutar las acciones específicas que se estipulan en el Acuerdo de Producción Limpia, a fin de alcanzar las metas comprometidas dentro de los plazos establecidos en el presente acuerdo.
▪ Participar del Comité Coordinador del Acuerdo.
▪ Recibir, analizar, validar y almacenar la información agregada relativa a la implementación de las acciones que son de su competencia exclusiva, contenidas en el Acuerdo que entregue la asociación empresarial respectiva, y orientar a las empresas al cumplimiento de las metas.
▪ Emitir un informe a solicitud del CPL, en un plazo de noventa (90) días, del cumplimiento de una instalación específica, respecto del cumplimiento de las metas y acciones comprometidas relacionadas con las materias de su competencia.
▪ Ejercer su rol fiscalizador y considerar en la fiscalización los compromisos
adquiridos en el Acuerdo de Producción Limpia.
▪ Apoyar el monitoreo, evaluación y verificación el cumplimiento de las acciones y metas comprometidas en el acuerdo, a través de la designación de un responsable al interior del servicio.
▪ Difundir el APL al interior de su Institución.
4. Consejo Nacional de Producción Limpia
Responsabilidades:
▪ Coordinar el Comité Coordinador del Acuerdo
▪ Fomentar el cumplimiento del Acuerdo.
▪ Cumplir los compromisos que se hayan declarado en el Acuerdo
▪ Coordinar el flujo de información entre CINC y los órganos de Administración del Estado participantes del APL, para los fines correspondientes
▪ Otorgar el certificado de cumplimiento del APL
NOVENO: COMITÉ COORDINADOR DEL ACUERDO
El Comité Coordinador del Acuerdo es el encargado de monitorear el avance en la implementación del Acuerdo y solucionar los problemas y diferencias que surjan durante su desarrollo. Tiene además competencia para establecer las medidas aplicables en los casos de incumplimiento respecto de aquellas metas y acciones que no se encuentren normadas.
El Comité será integrado por un representante de CINC, los representantes de los
Órganos de Administración del Estado que tengan competencia en las materias del Acuerdo y un representante del Consejo Nacional de Producción Limpia.
En el caso de surgir controversias relativas a la interpretación, implementación o grado de cumplimiento del Acuerdo, y que no se hubiere resuelto por otras vías, las partes deben recurrir al Comité Coordinador del Acuerdo. Las decisiones que adoptará este Comité serán por consenso.
DÉCIMO: DIFUSIÓN, PROMOCIÓN Y ACCESO A FINANCIAMIENTO
1. Difusión y promoción
Las instalaciones suscriptoras que hayan cumplido con los compromisos establecidos y hayan sido certificadas, podrán utilizar el acuerdo como un mecanismo de promoción comercial de sus productos y servicios.
Las instituciones promotoras del Acuerdo, podrán proponer, consensuar y llevar a cabo otras actividades e iniciativas.
2. Acceso a financiamiento
Para efectos de apoyar el cumplimiento de las metas del presente Acuerdo, el Consejo Nacional de Producción Limpia (CPL), la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) e INNOVA CHILE, se comprometen en los siguientes términos:
CPL
Apoyar, en el marco del presupuesto y normativa vigente, con los recursos para el cumplimiento de los compromisos emanados del presente acuerdo. Ello considera el instrumento Fondo de Promoción de PL, a través de sus Líneas 1, 2, 3 y 4, que tienen como objetivo apoyar a las empresas, a través de las asociaciones gremiales, en diversas actividades ligadas a la producción limpia y a los APL, como en la implementación, evaluación, formación de conocimientos y competencias, misiones público-privadas y difusión de resultados.
CORFO
Apoyar, en el marco del presupuesto y normativa vigente, con los recursos para el cumplimiento de los compromisos emanados del presente acuerdo. Xxxx considera los instrumentos dirigidos a fomentar la asociatividad, la contratación de asistencia técnica, la innovación y transferencia tecnológica, así como las líneas de crédito que CORFO intermedia a través de la banca.
Hacer expedita la tramitación técnica y administrativa de los instrumentos de fomento, para agilizar la asignación de recursos.
Los instrumentos de fomento disponibles son:
▪ Fomento a la Calidad APL (FOCAL APL)
▪ Fondo de Asistencia Técnica en Producción Limpia (FAT PL)
▪ Programa de Preinversión en Medio Ambiente
▪ Proyectos Asociativos de Fomento (PROFO)
▪ Programa de Preinversión en Eficiencia Energética
▪ Programa de Desarrollo de Proveedores (PDP)
▪ Crédito CORFO Inversión
▪ Crédito CORFO Medioambiental
▪ Crédito CORFO Regional
Estas actividades corresponden a las acciones mínimas a realizar dentro del marco del Acuerdo. Las instituciones promotoras del Acuerdo, podrán proponer, consensuar y llevar a cabo otras actividades e iniciativas, durante la ejecución del acuerdo.
INNOVA
Orientar y apoyar la participación de las empresas suscriptoras del APL en el uso de los instrumentos de innovación y transferencia tecnológica disponibles.
Los instrumentos de fomento disponibles son:
▪ Consultoría Especializada
▪ Innovación Empresarial Individual
▪ Misiones tecnológicas
▪ Pasantías tecnológicas
▪ Programa de Difusión y Transparencia Tecnológica
▪ Innovación Pre competitiva
Estas actividades corresponden a las acciones mínimas a realizar dentro del marco del Acuerdo. Las instituciones promotoras del Acuerdo, podrán proponer, consensuar y llevar a cabo otras actividades e iniciativas, durante la ejecución del Acuerdo.
DÉCIMOPRIMERO: SANCIONES
Las sanciones por incumplimiento de los contenidos del acuerdo que se procede a detallar son complementarias entre ellas, y consisten en:
▪ CINC establecerá sanciones a las empresas asociadas, en función de lo que señalen los estatutos de la organización. Estas pueden ir desde amonestación, multa, hasta expulsión de la Cámara dependiendo de la gravedad.
▪ En caso que el acuerdo tenga asociado instrumentos de fomento del Estado, el incumplimiento de los contenidos del mismo, hará aplicable las sanciones establecidas en el contrato del instrumento de fomento respectivo.
▪ Un componente del seguimiento y control de los acuerdos es la publicación de los resultados del mismo. En tal sentido, el CPL podrá publicar en su página web u otro medio, la lista de instalaciones que cumplen el Acuerdo y la lista de las que no lo cumplen.
DECIMOSEGUNDO: ADHESIÓN AL ACUERDO
Las empresas tendrán un plazo de tres (3) meses para adherir al Acuerdo, contados en días corridos, desde la fecha de firma del mismo por parte de las autoridades de los Órganos de la Administración del Estado y de la Cámara de la Industria del Neumático de Chile.
DÉCIMOTERCERO: PLAZO
El plazo de duración del presente Acuerdo es de veinte y cuatro (24) meses, contados desde el término del periodo de adhesión, el que se ha individualizado en la cláusula anterior. Sin perjuicio de esto, cada una de las acciones establecidas en el presente Acuerdo define un plazo específico para ser implementada, el que deberá ser cumplido.
DÉCIMOCUARTO: FIRMANTES
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Fomento de la Producción
Xxx Xxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Ministra Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
Subsecretario de Obras Públicas
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx
Subsecretaria de Salud Pública
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
Director Ejecutivo
Comisión Nacional del Medio Ambiente
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxxx
Subsecretario de Transporte
Xxxxx Xxxxxx
Director Ejecutivo INNOVA Chile
Xxxx Xxxxxxx Xxxxx
Director Nacional de Xxxxxxx Xxxxxxx
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Presidente de la Cámara de la Industria del Neumático de Chile
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
Director Ejecutivo
Consejo Nacional de Producción Limpia
ANEXO N°1
Condiciones mínimas para el almacenamiento de NFU en Puntos de Venta
Los establecimientos que generen Neumáticos Fuera de Uso los almacenarán en instalaciones especialmente acondicionadas para ello. Las condiciones de infraestructura y operación serán las siguientes:
1. La instalación será de acceso restringido.
2. La instalación estará dotada de iluminación.
3. El suelo de la zona de almacenamiento no tendrá pendiente.
4. El acceso y vías de circulación estarán, al menos, debidamente compactadas y acondicionadas para realizar su función específica.
5. En caso de bodegas, los muros divisorios deberán contar con cortafuegos y tener una resistencia al fuego de 60 minutos (RF60).
6. Los neumáticos podrán almacenarse enteros o trozados.
7. La altura máxima de los apilamientos de los NFU almacenados en pilas libres, será de dos metros (2 m) y deberán apilarse de manera tal que se asegure la estabilidad de la pila.
8. Las instalaciones contarán con medidas de control de incendio, extintores: PQS
4A 10BC, en cantidad de acuerdo a los m2 que considere el almacenamiento.
ANEXO N°2
Formulario de Seguimiento y Control del Acuerdo
Formulario Diagnóstico, Seguimiento y Evaluación Final de Cumplimiento de APL Neumáticos | ||||||||||||||||||||||||||||
Datos Empresa | ||||||||||||||||||||||||||||
Nombre de la Empresa: | Rut: | |||||||||||||||||||||||||||
Datos Instalación | Nombre Comercial de la Instalación : Dirección: | Datos Auditoría | ||||||||||||||||||||||||||
Fecha: | ||||||||||||||||||||||||||||
Calle: | Diagnóstico | |||||||||||||||||||||||||||
Nº: | Auditoría Nº 1 | |||||||||||||||||||||||||||
Teléfono: | ||||||||||||||||||||||||||||
Auditoría Final | ||||||||||||||||||||||||||||
Fax: | Nombre Auditor o Responsable de la Auditoría: | |||||||||||||||||||||||||||
e-mail: | ||||||||||||||||||||||||||||
1 | 2 | 3 | Valores | |||||||||||||||||||||||||
Nº | Metas y/o Acciones comprometidas | Fecha de cumplimiento de la meta o acción ( meses ) | Aplica | Factor de Importancia | Evaluación de Cumplimiento de las Acciones | Valor Parcial | Valor Final | |||||||||||||||||||||
2009 | 2010 | 2011 | Evaluación Total | |||||||||||||||||||||||||
NOV 1 | DIC 2 | ENE 3 | FEB 4 | MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SEP 11 | OCT 12 | NOV 13 | DIC 14 | ENE 15 | FEB 16 | MAR 17 | ABR 18 | MAY 19 | JUN 19 | JUL 20 | ||||||||
5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | si /no | Nº asignado | Cumple = 100% | No Cumple = 0% | Evaluar según plazos | ||||||||||||||||||
1 | Aumentar la vida útil de los neumáticos y disminuir la tasa de generación de NFU | |||||||||||||||||||||||||||
Acción 1.1: Los proveedoresde banda de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, generarán un sistema de acreditación del proceso de recauchaje. | x | Auditoria N°1 | Auditoria FINAL | si | 1,3 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||
Acción 1.2: Los proveedores xx xxxxx de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, capacitarán a las plantas de recauchaje | x | si | 2,5 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 1.3: Las plantas de recauchaje se acreditarán en la calidad del proceso de recauchaje | x | si | 3,8 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 1.4: Los proveedores xx xxxxx de recauchaje y plantas de recauchaje, bajo la coordinación de CINC, promoverán el “recauchaje acreditado” | x | si | 3,8 | No se Evalúa en esta auditoría | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 1.5: Los productores, coordinadospor CINC, presentarán a la Sub. de Transporte un estudio de nuevas tecnologías | x | si | 6,3 | No se Evalúa en esta auditoría | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 1.6: Los productores, junto a los distribuidores y puntos de venta, coordinadospor CINC, generarán un plan de buenos hábitos para el usuario | x | si | 7,5 | No se Evalúa en esta auditoría | 0 | |||||||||||||||||||||||
2 | Implementar un sistema para la gestión de los NFU | |||||||||||||||||||||||||||
Acción 2.1: Los productores, coordinadospor CINC desarrollarán un sistema de gestión integral de los NFU , desde su generación hasta su valorización por un destinatario autorizado | x | si | 10,0 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 2.2: Los generadore de NFU implementará un lugar de almacenamiento en transito, | x | si | ||||||||||||||||||||||||||
según volumen de recepcióny frecuencia de retiro, de acuerdo a condiciones establecidas en el Anexo N°1 | 10,0 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||||
Acción 2.3: Los generadores de NFU implementarán el sistema de recepción y entrega de los NFU al productor, y llevarán un registro según formato CINC . | x | si | 10,0 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 2.4: Los productores recolectarán los NFU en cada punto de generación, con la frecuencia acordada, y los transportarán a un destinatario autorizado, | x | si | 15,0 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 2.5: Los destinatarios contarán con un sistemade recepción y valorización continua de NFU, acorde a su proceso industrial | x | si | 2,5 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
Acción 2.6: Los destinatarios contarán con un sistemade registro y certificación de valorización de los NFU , según lo estipule el sistema de gestión integral. | x | si | 2,5 | 0 | 0 | |||||||||||||||||||||||
5 | Promover la participación de la sociedad en el buen manejo de sus NFU | |||||||||||||||||||||||||||
Acción 5.1: Los productores, distribuidores, gestores, centros de acopio y destinatarios, coordinados por CINC, realizarán, una campaña de concientización del consumidor | x | si | 17,5 | No se Evalúa en esta auditoría | ||||||||||||||||||||||||
Acción 5.3: Los productores con el apoyo de los distribuidores, coordinados por CINC, capacitarán a los encargados de los puntos de venta, | x | si | 3,8 | 0 | ||||||||||||||||||||||||
Acción 5.4:Los productores, en coordinación con CINC, capacitarán a los usuarios empresa, sobre el sistema de gestión de NFU . | x | si | 3,8 | 0 | ||||||||||||||||||||||||
Total | 14 | 100,0 | 0 | 0 | 0 | 0 | ||||||||||||||||||||||
Firma del Auditor o Responsable | 0,0 | 0,0 | ||||||||||||||||||||||||||
Nº | Instrucciones: | |||||||||||||||||||||||||||
1 | Fecha de Cumplimiento de la Meta o Acción: | En el cronograma, la "X" ( sin comillas ) indica el mes en que se debe dar cumplimiento a la acción y no deben ser movidas. Se sacarán 2 porcentajes, el primero referido a | ||||||||||||||||||||||||||
2 | Aplicable o No: | Coloque "si" o "no" ( sin comillas) según corresponda. Las metas y acciones no aplicables no se consideran en el proceso de evaluación. Acción no aplicable se define | ||||||||||||||||||||||||||
a- No es asociable a un proceso productivo de la instalación respectiva | ||||||||||||||||||||||||||||
b- Se trata de una acción que no corresponde ejecutar. Debido a que no está dentro de los impactos o acciones incluidas o generadas por el proceso productivo ; y | ||||||||||||||||||||||||||||
c- Los que definan las partes en el APL. | ||||||||||||||||||||||||||||
3 | Factor de Importancia: | considera igual a | 1) | |||||||||||||||||||||||||
4 | Evaluación de Cumplimiento: | Cada acción se debe considerar cumplida o no cumplida, no se debe establecer cumplimientos parciales para cada acción. (Coloque una "X" (sin comillas ) en la celda según |