CONTRATO N° 0179
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CONTRATO N° 0179
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N° 0014-2006-CE/MSI
“ADQUISICIÓN DE SEIS MOTOCICLETAS PARA LA SUBGERENCIA DE SERENAZGO Y CONTROL DE TRANSITO”
Conste por el presente documento, el Contrato de Adquisición de Bienes que celebran, de una parte, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN XXXXXX con RUC Nº 20130534211 con domicilio en la Xx. Xxx Xxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx, representada por el Gerente Municipal, Xx. XXXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX identificado con DNI N° 00000000, con domicilio en Xx. Xxx Xxxxx Xx 000 Xxx Xxxxxx, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y de la otra parte, YAMAHA MOTOR DEL PERU SA con RUC N° 20383929050, con domicilio en Xx. Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000-Xx Xxxxxxxx, representada por XXXXXX XXXXXXXXX XxXXXXXX XXXXXX identificado con DNI.N° 00000000, con poder inscrito en la localidad de Lima, en la Partida Nº 0000000 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES CONTRATANTES
LA MUNICIPALIDAD, regida por la Ley Orgánica de Municipalidades, está facultada para efectuar las Adquisiciones de Bienes y Servicios de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento aprobados por D.S. N° 083-2004-PCM y N° 084-2004-PCM respectivamente, dentro de lo márgenes establecidos por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el ejercicio fiscal del año 2006.
EL CONTRATISTA es una persona jurídica debidamente constituida e inscrita en los Registros Públicos, su objeto es el definido en su Estatuto; y como consecuencia de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0014-2006-CE/MSI se le ha otorgado la Buena Pro, para la Adquisición de Seis (06) Motocicletas para la Subgerencia de Serenazgo y Control de Tránsito de la Municipalidad de San Xxxxxx.
CLAUSULA SEGUNDA: DEL OBJETO
El objeto del presente Contrato, es la Adquisición de Seis (06) Motocicletas para la Subgerencia de Serenazgo y Control de Tránsito de la Municipalidad de San Xxxxxx, el mismo que debe reunir las condiciones establecidas que figuran en las Especificaciones Técnicas de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0014-2006-CE/MSI, la Propuesta Técnica y Económica de EL CONTRATISTA, que forman parte integrante del presente Contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA TERCERA: DEL MONTO DEL CONTRATO
LA MUNICIPALIDAD, abonará al EL CONTRATISTA por la Adquisición de Seis (06) Motocicletas, la suma de S/ 114,600.00 (Ciento Catorce Mil Seiscientos y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV.
La forma de pago será a los 10 días, previa conformidad otorgada por el Encargado xxx Xxxxxxx Central de la Subgerencia de Logística, y de la Subgerencia de Serenazgo y Control de Tránsito, de acuerdo al detalle indicado en la Propuesta Económica (Sobre Nº2) presentada por EL CONTRATISTA y lo estipulado en las Bases Integradas, que forman parte del Contrato, en todos sus términos.
CLAUSULA CUARTA: DEL PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del Contrato es de catorce días calendario, contados a partir de la recepción de la orden de compra.
Son de aplicación supletoria el Artículo 183 ° y 184 ° del Código Civil, pudiendo prorrogarse de acuerdo a las Normas de Contratación y Adquisición del Estado.
CLAUSULA QUINTA: DE LA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO.
En garantía del resarcimiento proveniente del eventual incumplimiento en la entrega de los Bienes adquiridos, EL CONTRATISTA entrega a la suscripción del presente Contrato, una CARTA FIANZA N° 8606199003, incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática emitida por el Banco Citibank, por la cantidad de S/. 11,460.00 (Once Mil Cuatrocientos Sesenta y 00/100 Nuevos), cantidad equivalente al Diez Por Ciento (10%) del monto total del contrato y tiene vigencia hasta el 04 de setiembre del 2006, el texto en copia forma parte como Anexo del presente Contrato; el original estará bajo custodia en la Subgerencia de Tesorería de LA MUNICIPALIDAD.
Así mismo presentó la Constancia de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado expedido por el CONSUCODE N° 12672
CLAUSULA SEXTA: DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
Por el presente EL CONTRATISTA, declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente instrumento contractual, bajo sanción de quedar Inhabilitado para Contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
Tienen la responsabilidad total sobre la ejecución y el cumplimiento del Contrato, de acuerdo a su Propuesta Técnica – Económica, no pudiendo ceder o transferir total o parcialmente las obligaciones que son materia de la misma.
Se obliga a cumplir con toda fidelidad y exactitud:
Las características Cualitativas y Cuantitativas, descritas en las Bases Integradas de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0014-2006-CE/MSI y/o la que LA MUNICIPALIDAD requiera, de conformidad con el Artículo 50° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850-Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Las características de su Propuesta Técnica – Económica, comprometiéndose expresamente a no alterarlos, modificarlos ni sustituirlos durante la vigencia y ejecución del presente Contrato, sin autorización escrita de la Municipalidad.
EL CONTRATISTA, garantiza a la Municipalidad que los bienes adjudicados se ajustan a las Especificaciones Técnicas y Anexos de las Bases Integradas, por lo tanto es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes adquirido, por el plazo de 36 meses ó 30,000 Km (lo que ocurra primero), contados a partir de la conformidad otorgada por LA MUNICIPALIDAD.
CLAUSULA SÉPTIMA: DE LAS ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD
Son atribuciones, obligaciones y en su caso responsabilidad de LA MUNICIPALIDAD las siguientes:
7.1 Proporcionar a EL CONTRATISTA, las facilidades que las circunstancias ameritan y toda información disponible que se requiera para una correcta entrega de los Bienes adquiridos.
7.2 Efectuar el pago oportuno de acuerdo a la Cláusula Tercera.
7.3 LA MUNICIPALIDAD para el seguimiento del cabal cumplimiento de la ejecución del presente Contrato, designa a la Subgerencia de Serenazgo y Control de Tránsito, para que a través del encargado xxx Xxxxxxx Central efectué las coordinaciones con respecto a la entrega y conformidad de los Bienes entregados por EL CONTRATISTA y la Subgerencia de Serenazgo y Control de Tránsito, para la conformidad de la recepción de los bienes adjudicados.
7.4 LA MUNICIPALIDAD a través de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, ejercerá una permanente supervisión y evaluación del cumplimiento del Contrato, de conformidad con el Artículo 48° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA OCTAVA: DE LAS PENALIDADES
EL CONTRATISTA se obliga a asumir las penalidades previstas en el Artículo 222° del D.S. 084-2004-PCM Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA NOVENA: DE LAS CAUSALES DE RESOLUCION
LA MUNICIPALIDAD, resolverá unilateralmente el Contrato si se presentara cualquiera de las siguientes causales:
a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato sólo si habiéndolo requerido veces, EL CONTRATISTA no ha verificado su cumplimiento;
b) No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar la ejecución de la prestación a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación;
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo.
EL CONTRATISTA podrá resolver el contrato:
Ante el incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de sus obligaciones esenciales referidas específicamente al pago de la contraprestación económica señalada en la Cláusula Tercera, así como aquellas condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del presente contrato.
Del mismo modo, ambas partes podrán resolver el contrato por causa fortuita, o de fuerza mayor, en cuyo caso se procederá a culminar el contrato hasta la parte efectivamente ejecutada.
CLAUSULA DECIMA: DE LA RESOLUCION DE CONTRATO
Para efecto de la resolución contractual por causas imputables a cualquiera de las partes, se observará el procedimiento establecido en los Artículos 225 y 226° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA PRIMERA: DE LA EXIGIBILIDAD DE OBLIGACIONES
Las sanciones Administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones del Contrato.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA: DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del contrato, será resuelta mediante Arbitraje, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El Arbitraje será resuelto por Arbitro Único según lo dispuesto en el Artículo 278° y designado conforme al procedimiento establecido por el Artículo 280°, ambos disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El Laudo es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia, conforme lo establece el artículo 289º del citado Reglamento.
CLAUSULA DECIMA TERCERA: DE LAS CONDICIONES FINALES
Forman parte integrante del presente Contrato, las Bases Integradas de la Adjudicación Directa Selectiva N° 0014-2006-CE/MSI el contenido de las propuestas que EL CONTRATISTA presentó, así como los Anexos previstos en el presente Contrato.
En todo lo no previsto, son de aplicación las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado por el D.S. N° 084-2004-PCM, y supletoriamente por las Normas del Código Civil.
En señal de conformidad, las partes suscriben el presente Contrato a los veinticuatro días, del mes de julio de 2006.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA
Gerencia de Logística y Servicios Generales Teléfono N° 000-0000 Anexo 0000- 0000
Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xx 000 Xxxx 0
Xxx Xxxxxx.
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