CUADRO RESUMEN
CUADRO RESUMEN
DATOS PARA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
1.- | Órgano de Contratación: | CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA. CIF: X0000000X |
2.- | Número de Expediente: | Expediente nº IC 01/2020 |
3.- | Objeto del contrato: | Contratación y selección de la persona física o jurídica, que prestará el Servicio de “Apoyo a la ejecución de acciones del Programa Comercio Minorista 2020” enmarcado en el “Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020”, aprobado por la Comisión Europea en la Decisión de ejecución de 19.12.2017, C (2017) 8950 final. |
4.- | Gastos de anuncios oficiales: | No aplica |
5.- | Presentación de los sobres | Horario Oficial de Registro: de 8:30 a 14:30 horas. Fecha límite de Presentación: hasta el día 21 xx xxxxxx de 2020 a las14:30 horas (15 días a partir de su publicación en el Perfil de Contratante de la CÁMARA). SÓLO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE TRES SOBRES, en los que se señalará: 1. La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC 01/2020) 2. El nombre del participante. 3. Su dirección, teléfono y correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones. En cada uno de los sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención: • En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico). • En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (Conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico). • En el sobre número 3: “PROPUESTA ECONÓMICA” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico) |
6.- | Garantía Provisional/Definitiva | No aplica |
7.- | Responsable Contratación | Xxxxxx Xxxx Email: xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx Teléfono: 000000000 |
8.- | Tipo de contrato: | Contrato no sujeto a regulación armonizada |
9.- | Clasificación del contrato: | Contrato de suministro y servicios por Procedimiento GENERAL, con selección de oferta económicamente más ventajosa, atendiendo a varios criterios de valoración. |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020
(EXPEDIENTE Nº IC 01/2020)
Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería
Almería, 7 xx xxxxxx de 2020
ÍNDICE
CAPÍTULO I. GENERAL
Sección 1ª. Descripción del Servicio
CLÁUSULA 1ª. Introducción.
Sección 2ª. Características básicas del procedimiento de contratación
CLÁUSULA 2ª. Objeto.
CLÁUSULA 3ª. Prestaciones que deben facilitarse. CLÁUSULA 4ª. Duración de la contratación.
CLÁUSULA 5ª. Presupuesto. Valor estimado. CLÁUSULA 6ª. Régimen jurídico.
CLÁUSULA 7ª. Documentos contractuales. CLÁUSULA 8ª. Publicidad.
CAPÍTULO II. NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Órgano competente
CLÁUSULA 9ª. Definición del Órgano competente.
Sección 2ª. Forma y procedimiento de la contratación
CLÁUSULA 10ª. Procedimiento de licitación.
Sección 3ª. Capacidad para concurrir al procedimiento CLÁUSULA 11ª. Situación personal del candidato. CLÁUSULA 12ª. Uniones Temporales de Empresas.
CAPÍTULO III. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Sección 1ª. Modalidades de recepción de ofertas
CLÁUSULA 13ª. Lugar y plazo.
CLÁUSULA 14ª. Presentación de proposiciones. CLÁUSULA 15ª. Efectos de la entrega de proposiciones.
Sección 2ª. Requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 16ª. Contenido.
Sección 3ª. Sobre 1
CLÁUSULA 17ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
Sección 4ª. Sobres 2 y 3
CLÁUSULA 18ª. Contenido: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. CLÁUSULA 19ª. Contenido: PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
Sección 5ª. Otros requisitos de las proposiciones
CLÁUSULA 20ª. Confidencialidad. CLÁUSULA 21ª. Propiedad Intelectual. CLÁUSULA 22ª. Protección de datos.
CAPÍTULO IV. DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
Sección 1ª. Apertura de proposiciones
CLÁUSULA 23ª. Apertura y calificación de sobres. CLÁUSULA 24ª. Subsanación de errores.
Sección 2ª. Valoración de las proposiciones presentadas
CLÁUSULA 25ª. Criterios para la contratación. CLÁUSULA 26ª. Metodología de valoración de criterios.
Sección 3ª. Contratación de licitadores
CLÁUSULA 27ª. Propuesta de adjudicación y adjudicación del contrato. CLÁUSULA 28ª. Garantía definitiva.
CLÁUSULA 29ª. Contrato y gastos.
CLÁUSULA 30ª. Falta de formalización del Contrato. CLÁUSULA 31. Garantía de lo suministrado.
Sección 4ª Otras cuestiones
CLÁUSULA 32ª. Cesión de la contratación. CLÁUSULA 33ª. Subcontratación.
CLÁUSULA 34ª. Precio del contrato. CLÁUSULA 35ª. Resolución de la contratación.
Anexo I: Modelo de Declaración responsable. Anexo II: Modelo de presentación de oferta. Anexo III: Modelo de oferta económica.
Anexo IV: Prescripciones Técnicas de Ejecución
CAPÍTULO I GENERAL
SECCIÓN 1ª. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y ELEMENTOS QUE LO COMPONEN CLÁUSULA 1ª. INTRODUCCIÓN
1.1. Introducción
LA CÁMARA DE COMERCIO DE ESPAÑA, junto con las Cámaras de Comercio de regiones Convergencia, han puesto en marcha el Programa Comercio Minorista 2020 en el marco operativo FEDER de “Crecimiento Inteligente”, cuyo nuevo título es “Programa Operativo Plurirregional de España FEDER 2014-2020”, aprobado por la Comisión Europea en la Decisión de ejecución de 19.12.2017, C (2017) 8950 final, estando cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER); y por la dirección general de política comercial y competitividad.
El Programa, al que se ha adscrito la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA (en adelante LA CAMARA), forma parte del marco de la actuación “003 - InnoCámaras - Acciones de Sensibilización y Promoción y Apoyo a la incorporación de la Innovación en la Pyme” y corresponden a la categoría de intervención 064 “Procesos de investigación e innovación en las PYME (incluyendo sistemas xx xxxxx, procesos, diseño, servicios e innovación social)”, conforme al Reglamento 288/2014 y establecida en Fondos 2020.
Las actividades de apoyo a la ejecución de acciones del programa comercio minorista 2020 contemplan una serie de actuaciones cuyo objetivo es el fomento de la innovación empresarial y la adaptación a las nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo, la capacitación en habilidades comerciales, la dinamización de las ventas en las zonas y actividades comerciales, la revitalización comercial de áreas y equipamientos comerciales, la promoción del turismo de compras y el impulso a la digitalización y al comercio electrónico. Algunas de estas actuaciones estarán influenciadas por la situación del COVID-19.
En estas actuaciones se contemplan:
• El desarrollo de un conjunto de talleres y/o jornadas en la provincia
• La creación de un catálogo con soluciones para “el Comercio Conectado”.
• El mantenimiento y soporte de la Plataforma AlComercio (ALCOM), y su mejora con la implantación de nuevas funcionalidades.
• La difusión y posicionamiento de los servicios que ofrece la Plataforma AlComercio a través de los medios digitales.
• La dinamización a traves de medios sociales y plataformas ads, para generar acciones de consumo (sorteos, rebajas, bonos descuentos, ...) a los comercios de proximidad del conjunto de Asociaciones y Centros Comerciales Abiertos de la provincia que son objetivo de la edición de este programa.
1.2. Contenido del Servicio
El objeto del presente procedimiento consiste en la selección de la empresa que prestará los servicios de apoyo a la ejecución de las actuaciones enumeradas con anterioridad del programa comercio minorista 2020.
Los resultados que se esperan conseguir son el impulso a la adopción, por parte de las pymes comerciales participantes, de metodologías y soluciones que permitan mejorar su situación competitiva y su grado de digitalización, adaptándose a las nuevas soluciones tecnológicas al alcance de pymes del sector comercio y a las nuevas formas y hábitos de consumo, ayudándoles en el planteamiento de estrategias de negocio que incorporen la internacionalización y a la adaptación de comercios con venta on line para que ofrezcan procesos de compra sencillos que atraigan a personas mayores, con un enfoque “age- friendly”.
El uso de la Plataforma ALCOM servirá para capacitarse en la digitalización de su establecimiento y en favorecer el conocimiento de los consumidores.
1.3. Naturaleza de la Cámara de Comercio
El artículo 2.1 de la Ley 4/2014, de 2 xx xxxxx, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación configura a la CÁMARA como, una Corporación de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines
La CÁMARA está integrada por representantes de la totalidad de las empresas y es el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas.
El régimen de contratación de la CÁMARA, en la medida en que viene integrado por representantes de las Cámaras, es el propio de Derecho Privado en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014.
SECCIÓN 2ª. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL CONTRATO CLÁUSULA 2ª. OBJETO
2.1. Objeto
El objeto del presente procedimiento consiste en la selección de la empresa que prestará los servicios de “apoyo a la ejecución del programa comercio minorista 2020”
2.2. Código del contrato
El código que corresponde al contrato, seguirá la nomenclatura el Reglamento (CE) nº 2151/2003 de la Comisión de 16 de diciembre de 2003.
Este contrato se rige por los Contratos de Suministro y Servicios por Procedimiento Normal no sujeto a regulación armonizada.
CLÁUSULA 3ª. PRESTACIONES QUE DEBEN FACILITARSE
La prestación que debe facilitarse es la de servicios de “apoyo a la ejecución del programa comercio minorista 2020”, teniendo en consideración las líneas desarrolladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Los servicios a los que se refiere el procedimiento son los siguientes:
• Servicios para el desarrollo de ponencias, presentaciones y apoyo a la difusión de las Jornadas-Talleres de información y capacitación digital en los comercios.
• Servicios profesionales para el análisis, estudio y elaboración del catálogo "Comercio Conectado" en diferentes formatos.
• Servicios profesionales para la dinamización a traves de medios digitales y tradicionales de acciones para que los consumidores puedan acercarse a los comercios de proximidad del conjunto de Asociaciones y Centros Comerciales Abiertos identificados en esta edicicón del programa (2020).
• Servicios técnicos para el mantenimiento, soporte e implantanción de mejoras (y/o nuevas funcionalidades) en la plataforma AlComercio (ALCOM)
• Servicios para el posicionamiento y difusión de la Plataforma Alcomercio y los comercios adheridos a través de medios digitales.
El contrato a que se refiere el presente procedimiento es de carácter privado y se regirá por lo establecido en este pliego y para lo no previsto en él, serán de aplicación la legislación civil y mercantil vigente, a excepción del procedimiento de adjudicación en lo que se refiere a los principios de publicidad, concurrencia y transparencia que se ajustarán a los propios de la contratación administrativa.
El candidato será responsable de la realización de estos servicios que cumplan con las especificaciones mínimas requeridas y de aquellas características adicionales a las que se comprometa en la propuesta que plantee como respuesta al presente pliego.
CLÁUSULA 4ª. DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contrato durará hasta el 30 de noviembre de 2020 (o hasta que terminen las actuaciones), y se iniciará desde la fecha de formalización del contrato, de acuerdo con el programa de trabajos incluidos en la propuesta de la empresa adjudicataria.
Dicho plazo de ejecución no podrá prorrogarse bajo ninguna circunstancia.
CLAUSULA 5º PRESUPUESTO. VALOR ESTIMADO
El presupuesto máximo de licitación es de 35.000,00 € (TREINTA Y CINCO MIL EUROS) sin IVA incluido.
Quedan incluidos dentro del presupuesto los gastos relacionados con herramientas o servicios que el adjudicatario considere necesarios para la prestación del servicio.
El pago se hará efectivo por servicio prestado, en función de las facturas presentadas por el contratista una vez realizado el servicio que las originó. En las facturas debe hacerse constar cada uno de los servicios que la configuren de forma separada, con fechas y los datos necesarios para reflejar las activiaddes y acciones.
La prestación de los servicios se entenderá como cumplida por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del presente pliego y a satisfacción de la Cámara de Comercio su objeto.
Para atender a las obligaciones económicas que se derivan del presente procedimiento de contratación existe crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos de la CÁMARA. No obstante, la realización de las actividades en concreto estará supeditada a la disponibilidad presupuestaria del mismo y a la obtención de los correspondientes medios financieros para su ejecución.
CLÁUSULA 6ª. RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Ley 4/2014, de 2 xx xxxxx, la contratación y el régimen patrimonial de las Cámaras se regirá por el Derecho privado
Por otra parte, dado el origen comunitario de los fondos aplicables al Programa Comercio Minorista 2020, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y desarrollado en el Área de Innovación y Competitividad de la CÁMARA, de conformidad con lo recogido en las cláusulas anteriores, se cumplirá con la normativa europea en materia de gestión y ejecución de programas cofinanciados con Fondos Estructurales, y específicamente aquélla recogida en:
Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, de 11 xx xxxxx de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1260/1999.
Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1783/1999.
Reglamento (CE) nº 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, el Reglamento (CE) nº 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.
Directiva Comunitaria 2004/18/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 xx xxxxx de 2004 sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.
Durante todo el período de ejecución del Programa Operativo, la CÁMARA dispondrá de los procedimientos internos para cerciorarse de que las operaciones respetan las normas comunitarias, nacionales y regionales que, en su caso, sean aplicables en la materia
En consecuencia, dicho Reglamento (así como lo previsto en la normativa española en materia de subvenciones) determina que el procedimiento de contratación debe
garantizar el respeto a los principios de publicidad, transparencia y libre concurrencia de ofertas, a fin de observar en sus actuaciones el mayor grado posible de eficacia, eficiencia y economía.
En su virtud y para cumplir con dichas exigencias, este procedimiento se sujeta a las instrucciones internas de contratación adoptadas voluntariamente por la CÁMARA para garantizar el debido respeto a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación publicadas en el “Perfil de contratante” de la CÁMARA (página Web: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx) y asimismo, está a disposición de todos los interesados que lo soliciten.
En todo caso, el Contrato que la CÁMARA suscriba con el contratista tendrá carácter privado.
CLÁUSULA 7ª. DOCUMENTOS CONTRACTUALES
En relación con la ejecución del presente contrato, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
El presente Pliego de Cláusulas Particulares y Técnicas El Contrato
La oferta presentada por el contratista.
En caso de discrepancia entre lo recogido en algunos de los anteriores documentos, tendrá prioridad lo que se disponga en este Pliego de Cláusulas Particulares.
CLÁUSULA 8ª. PUBLICIDAD
El presente procedimiento de contratación se ha anunciado en la sección “Perfil de contratante” de la CÁMARA (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx), en la que están disponibles los documentos de cláusulas particulares y prescripciones técnicas que rigen el procedimiento. Durante el plazo de quince días naturales desde la fecha de publicación del anuncio en la web.
CAPÍTULO II
NORMAS APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SECCIÓN 1ª. ÓRGANO COMPETENTE
CLÁUSULA 9ª. DEFINICIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE
El responsable del procedimiento de contratación será la CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ALMERÍA.
El encargado de gestionar el procedimiento y proponer la selección del adjudicatario será la Dirección de la Cámara conjuntamente con la Mesa de Contratación específica que se cree para analizar las ofertas presentadas.
El COMITÉ EJECUTIVO de la CÁMARA será el encargado de realizar la adjudicación del
contrato, una vez recibida la propuesta de adjudicación del responsable del contrato, y con el visto bueno de la Mesa de Contratación creada para este fin.
SECCIÓN 2ª. FORMA Y PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN CLÁUSULA 10ª. PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
El procedimiento se licitará por procedimiento abierto, y se adjudicará a la oferta técnica y económicamente más ventajosa, según una serie de criterios establecidos en el siguiente pliego y de acuerdo con las reglas y principios establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público para la adjudicación de contratos que no estén sujetos a regulación armonizada.
Se considera que éste es el procedimiento que mejor garantiza la publicidad, transparencia y libre concurrencia al permitir valorar otras cualidades de las entidades participantes, aparte de las meramente económicas e, igualmente, el más adecuado para la finalidad pretendida pues se intenta obtener no sólo el mejor precio sino las mejores características de los servicios ofertados.
SECCIÓN 3ª. CAPACIDAD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO CLÁUSULA 11ª. SITUACIÓN PERSONAL DEL CANDIDATO
11.1. De conformidad con lo dispuesto en las disposiciones generales de la Ley de Contratos del Sector Público, podrán tomar parte en el presente procedimiento las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que tengan capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las causas de prohibición de contratar previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
11.2. Las empresas licitadoras deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
11.3. Del mismo modo, se exigirá que quienes concurran se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La concurrencia de estos requisitos se demostrará mediante la realización de una declaración responsable, sin perjuicio de que la empresa seleccionada deberá presentar las correspondientes certificaciones expedidas por los organismos competentes, según señala en el apartado 5 de la cláusula 17ª de este Pliego.
11.4. Quienes acudan al presente procedimiento de selección podrán hacerlo por sí mismos o representados por persona autorizada que justifique documentalmente que está facultada para ello, mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad o aquel que legal o reglamentariamente lo sustituya, así como del correspondiente poder
o copia previamente autentificada del mismo.
CLÁUSULA 12º. UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Podrán concurrir al presente procedimiento las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato en su favor.
Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de que puedan otorgarse poderes mancomunados para la gestión de cobros o pagos de cuantía significativa.
A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación en cada caso, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar seleccionados como empresa contratada. Asimismo, cada una de las empresas participantes deberá acreditar individualmente las circunstancias descritas en la cláusula 17ª referidas a personalidad del empresario y a su solvencia económica y financiera, así como las que justifiquen su solvencia técnica.
Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La duración de las uniones temporales de empresarios deberá extenderse hasta cubrir la totalidad de las actividades realizadas al amparo del presente procedimiento.
CAPÍTULO III PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
SECCIÓN 1ª. MODALIDADES DE RECEPCIÓN DE OFERTAS CLÁUSULA 13ª. LUGAR Y PLAZO
Las solicitudes podrán entregarse en el registro de la sede de la CÁMARA, en la calle Avda. Cabo de Gata, 29 – 04007 (Almería) a la atención de “SECRETARÍA GENERAL XX XXXXXX DE COMERCIO DE ALMERÍA”, hasta las 14:30 horas del 21 xx xxxxxx de 2020
No obstante, el apartado anterior, las solicitudes podrán igualmente enviarse dentro del mismo plazo por correo certificado a la dirección indicada, debiéndose en este caso justificar la fecha de imposición del envío y anunciar a la CÁMARA tal circunstancia mediante correo electrónico a xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xx
En el supuesto de recibir anuncio por correo electrónico de presentación de solicitud por correo certificado, transcurridos los tres días siguientes a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes sin haberse recibido en la sede de la CÁMARA la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
CLÁUSULA 14ª. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Cada empresa interesada sólo podrá presentar una propuesta, que deberá ser determinada y concreta, sin incluir opciones o alternativas.
Quienes opten por concurrir en unión temporal de empresas:
a. No podrán presentar su proposición más que en una unión temporal.
b. No podrán presentar su proposición individualmente.
CLÁUSULA 15ª. EFECTOS DE LA ENTREGA DE PROPOSICIONES
La presentación de las proposiciones conlleva la aceptación incondicionada, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y el conocimiento xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna. Asimismo, las ofertas presentadas vincularán a los licitadores hasta la finalización del procedimiento de contratación.
Asimismo, al presentar sus propuestas, todas las empresas candidatas garantizan al órgano de contratación que:
a. Son titulares de los derechos, autorizaciones y poderes necesarios para el desarrollo y ejecución de los servicios objeto del presente procedimiento.
b. En todo lo relacionado con el objeto del presente procedimiento, no se encuentran incursas en ningún litigio en cuanto a derechos de uso, licencias, patentes, utilización de marcas o nombres comerciales, u otro tipo de propiedades industriales o intelectuales.
c. La prestación de los servicios que, como empresas contratadas, deberán garantizar el cumplimiento de todas las condiciones técnicas establecidas y los restantes requisitos establecidos en los Pliegos.
d. Procederán a subsanar, por su cuenta y riesgo, los errores y/o defectos que sean imputables a su actuación, sin cargo alguno a la empresa contratada, la CÁMARA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto.
e. Se encuentran al día del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
SECCIÓN 2ª. REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES CLÁUSULA 16ª. CONTENIDO
Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno de ellos se señalará:
1. La referencia del procedimiento (“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC 01/2020)
2. El nombre del participante.
3. Su dirección, teléfono y correo electrónico a efectos de notificaciones y comunicaciones.
4. Finalmente, en cada uno de los sobres deberá constar, respectivamente, la siguiente mención:
• En el sobre número 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
• En el sobre número 2: “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
• En el sobre número 3: “PROPOSICIÓN ECONÓMICA” (conteniendo un ejemplar en papel y uno en formato electrónico).
La CÁMARA se reserva el derecho a exigir a los licitadores que presenten documentación que acredite la veracidad de la información presentada en las proposiciones, o bien información adicional sobre el contenido de las mismas, siempre que sea meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada, estando el licitador obligado a ello.
En todo caso, la documentación presentada será original o copia de carácter auténtico conforme a la legislación vigente. Sin excepción, las declaraciones o relaciones que se mencionan en las cláusulas del siguiente Xxxxxx serán firmadas en todas sus páginas por el representante de la empresa licitadora que formula su oferta.
SECCIÓN 3ª: SOBRE 1
CLÁUSULA 17ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN GENERAL
El sobre número 1 deberá contener los siguientes documentos:
a. Aquellos que acrediten la personalidad del empresario y, en su caso, su representación.
b. Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera en los términos señalados en los Pliegos.
c. Los que justifiquen la solvencia técnica o profesional en los términos previstos en los Pliegos.
d. Una declaración responsable de no estar el licitador incurso en prohibición de contratar.
e. Otros documentos.
17.1. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y capacidad para contratar
En la forma siguiente:
• Cuando se trate de empresarios individuales: copia legitimada del Documento Nacional de Identidad.
• Si el empresario fuese persona jurídica: La escritura o documento de
constitución, los estatutos o el acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
• La capacidad de obrar de los empresarios no españoles de Estados miembros
de la Unión Europea se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezca reglamentariamente, de acuerdo con las
disposiciones comunitarias de aplicación.
• Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad con informe de la Misión Diplomática de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
• Si el firmante de la proposición actúa en nombre y representación del licitador, aquel que acredite su personalidad (Documento Nacional de Identidad, o aquel que legal o reglamentariamente le sustituya, para los españoles; pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo, para los extranjeros de Estados no pertenecientes a la Comunidad Europea; aquel que acredite su personalidad, conforme a la legislación del respectivo país, para los extranjeros nacionales de Estados miembros de la Comunidad Europea).
Igualmente deberá aportarse, poder bastante en derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, si actúa en representación de personas jurídicas, por imperativo de la legislación mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración del contrato.
17.2. Documentos que acrediten la solvencia económica y financiera
Por uno o varios de los medios siguientes:
• Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
• Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
• Declaración sobre el volumen global de negocios referidos a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario.
Si, por alguna razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado o suficiente por el órgano de contratación.
17.3. Documentos que acrediten la solvencia técnica
Adecuado al art 66 LCSP, se pueden exigir todos o algunos de los requisitos mencionados)
• Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos dentro del ámbito de programas y proyectos de asistencia, organización de reuniones empresariales, foros de conocimiento y cualquier actividad relacionada con el asesoramiento a empresas en el ámbito de la digitalización. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario
• Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la
empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, con una experiencia mínima de tres años.
• Descripción de las instalaciones técnicas, y de los medios disponibles por parte de la empresa
17.4. Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
• Declaración responsable, realizada conforme al Anexo I del presente Pliego, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar previstas en el Real Decreto Legislativo 3/2011 Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
17.5. Otros documentos
• Al licitador que resulte seleccionado para su contratación se le concederá un plazo xx xxxx días hábiles para que acredite hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, estatales y con la Seguridad Social, mediante aportación de los correspondientes certificados administrativos, emitidos por las autoridades respectivas.
• Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir de las relaciones jurídicas derivadas del presente procedimiento, tanto frente a la CÁMARA o cualquiera de los agentes ejecutores del proyecto a desarrollar, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
• Presentación del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o, en su caso, del último recibo del impuesto o justificación de estar exento, mediante la correspondiente certificación.
• Los licitadores extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea, que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por Autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exigen en el país de su nacionalidad.
Los documentos que se presenten deberán ser originales o copias previamente autentificadas.
SECCIÓN 4ª: SOBRES 2 Y 3 CLÁUSULA 18ª. CONTENIDO: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En el sobre número 2, como justificación de la propuesta técnica se incluirán, debidamente ordenados y relacionados según los casos, los documentos acreditativos de los elementos distintos del precio que constituyen criterios de selección de las empresas contratadas, explicando el contenido y alcance de cada uno de ellos, a fin de poder asignar a cada propuesta la puntuación que corresponda.
En todo caso, las proposiciones abarcarán la totalidad de los servicios y compromisos requeridos en el Pliego de Prescripciones Técnicas; el incumplimiento de este requisito será causa de desestimación definitiva de la propuesta.
Con independencia de que pueda adjuntarse cuanta información se estime de interés, y de que la estructura de la oferta sea la que el ofertante considere más adecuada, las propuestas deberán comprender al menos los siguientes elementos de un modo expreso:
• Características técnicas generales del servicio ofertado
• Medios específicos que se destinan para la prestación del servicio
• Metodología que pretende emplearse para la prestación del servicio
• Planificación para la realización de los trabajos necesarios
• Propuesta de mejoras en función de los criterios de valoración
• Cuantos otros datos técnicos se consideren necesarios para informar convenientemente sobre la propuesta de servicios que realiza el candidato.
En general, la descripción de las propuestas que se presenten debe incluir, junto con los puntos reseñados anteriormente, cualquier documentación adicional que desarrolle aspectos relevantes, y su descripción se realizará a un nivel suficientemente detallado para que ésta pueda ser evaluada con detenimiento por técnicos competentes. Con carácter general la información presentada en la propuesta debe estar estructurada y expuesta de forma clara y concisa, y no deben contenerse referencias a documentos externos relevantes que no se adjunten a la misma.
Los documentos podrán presentarse en original o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente y en lengua castellana o mediante traducción oficial, prevaleciendo ésta en caso de discrepancias.
Tal y como se indica, deberán entregarse un ejemplar de la oferta técnica en papel, además de una copia en formato electrónico (soporte USB o similar).
CLÁUSULA 19ª: CONTENIDO: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
El sobre número 3 deberá contener un ejemplar en papel y uno en formato electrónico (en soporte USB o similar) de la proposición económica formulada conforme al modelo que figura en el Anexo III del presente Xxxxxx. En caso de discrepancia entre las cifras indicadas (en letra y número) en la proposición económica, se tendrá siempre en cuenta el importe más elevado.
En todo caso se hará constar el precio que se proponga, calculado y con dos decimales y sin IVA o su equivalente.
SECCIÓN 5ª. OTRAS CONDICIONES CLÁUSULA 20ª. CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario ejecutará el contrato en los términos previstos en el presente Pliego de cláusulas particulares y en el de prescripciones técnicas y en el contrato, realizando de manera competente y profesional el objeto de éste, cumpliendo los niveles de calidad exigidos.
El adjudicatario se obliga al cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, y en particular a lo dispuesto en el artículo 12 de dicho texto legal, y del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley Orgánica.
Toda la información o documentación que el adjudicatario obtenga de la CÁMARA para la ejecución del Contrato, y en ejecución del mismo, tendrá carácter confidencial y no podrá ser comunicada a terceros sin el consentimiento previo y por escrito. Se excluye de la categoría de información confidencial toda aquella información que sea divulgada por los agentes responsables de la acción o aquella que haya de ser revelada de acuerdo con
las leyes.
El adjudicatario será responsable del cumplimiento de las obligaciones de confidencialidad del personal a su servicio y cualesquiera personas o entidades que sean colaboradoras o subcontratadas por él.
El adjudicatario se compromete a mantener durante la vigencia del contrato y tras la finalización del mismo, el secreto y la confidencialidad de cuantos datos e informaciones tenga acceso en virtud de los servicios que le son contratados, asumiendo dicha responsabilidad ante la CÁMARA y respecto de todo el personal que intervenga en los mismos. Asimismo, se compromete a cumplir las exigencias que impone la Ley 15/1999 Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.
A tal efecto, el adjudicatario informará a su personal y colaboradores de las obligaciones de confidencialidad y protección de datos, que serán de obligado cumplimiento para aquellos, quienes suscribirán los compromisos necesarios con el fin de asegurar el cumplimiento de tales obligaciones.
CLÁUSULA 21ª. PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de Propiedad Intelectual sobre las obras de todo tipo que resulten de la ejecución del contrato pertenecerán a la CÁMARA en exclusiva para todo el mundo y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia.
La CÁMARA será la titular exclusiva de las guías, materiales, documentos, metodologías, sitios Web, soportes informáticos y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos.
El adjudicatario reconoce expresamente que la CÁMARA es titular exclusivo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial derivados de los trabajos encomendados por virtud del contrato a excepción de los que con anterioridad ya sean propiedad del adjudicatario, y como tal, todos los derechos de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la CÁMARA, con carácter mundial, quien podrá ejercerlos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen. En consecuencia, el adjudicatario se abstendrá de comercializar, publicar o difundir, o comunicar de cualquier forma, total o parcialmente el contenido de los citados materiales y trabajos sin el consentimiento previo expreso de la CÁMARA.
El adjudicatario se compromete, al extinguirse el contrato por cualquier causa, a entregar a la CÁMARA cualquier material que, como consecuencia de la prestación de servicios obre en su poder o de su personal.
CLÁUSULA 22ª. PROTECCIÓN DE DATOS
De acuerdo al REGLAMENTO (UE) 2016/679, Reglamento Europeo de protección de datos de carácter personal no será considerado comunicación ni cesión de datos el
acceso por parte del adjudicatario a los datos de carácter personal de LA CÁMARA, ya que dicho acceso, y el correspondiente tratamiento, en necesario para realizar la prestación del servicio contratado.
Es por ello que, a todos los efectos de normativa de protección de datos, el adjudicatario será considerado como “encargado del tratamiento” de los datos de los ficheros a los que tenga acceso y, de acuerdo con ello se establece expresamente que el adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de LA CÁMARA y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en lo pactado entre las partes, ni los comunicará, no siquiera para su conservación, a otras personas.
El adjudicatario se compromete a tratar los datos conforma los previsto en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 y a adoptar, implementar y evaluar las medidas que en particular correspondan a los datos objetos de tratamiento y a la ejecución de las actividades y servicios.
Si el interesado o afectado ejercitara sus derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación de tratamiento, portabilidad de los datos, oposición, y a no ser objeto de decisiones automatizadas, ante la empresa éste dará cuenta inmediata a LA CAMARA y, en todo caso, antes del cumplimiento del plazo legalmente previsto.
Una vez cumplida la prestación de servicios pactada, y cuando ya no sean necesarios para continuar con el encargo realizado, los datos de carácter personal serán destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
En virtud del artículo 28 del RGPD, el encargado del tratamiento no recurrirá a otro encargado sin la autorización previa por escrito, específica o general, del responsable. En este último caso, el encargado informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así al responsable la oportunidad de oponerse a dichos cambios.
En el caso de que el adjudicatario destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del Contrato, será considerado, también, responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
CAPÍTULO IV
DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
SECCIÓN 1ª. APERTURA DE PROPOSICIONES CLÁUSULA 23ª. APERTURA Y CALIFICACIÓN DE SOBRES
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, se calificarán, previamente a la valoración de las ofertas, los documentos presentados en tiempo y forma por las empresas interesadas. A estos efectos, la Mesa de Contratación, en acto público
ordenará la apertura del Sobre nº 1, indicando los licitadores excluidos y las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a formular observaciones que recogerán en el acta. La documentación aportada será calificada por el responsable del contrato (y/o la Comisión), acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante.
A continuación, se procederá por la Mesa de Contratación al acto de apertura del Sobre nº 2 para la valoración de los criterios no cuantificables. El responsable del contrato (y/o la Comisión) podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del procedimiento de contratación.
La Mesa de Contratación, en 2º acto público dará cuenta del resultado de la evaluación de los criterios de selección de ofertas no evaluables, presentados por los licitadores en el Sobre nº 2, realizados por el responsable del Contrato. A continuación, la Mesa de Contratación procederá a la apertura del Sobre nº 3 y dará lectura de las proposiciones económicas.
CLÁUSULA 24ª. SUBSANACIÓN DE ERRORES
Si, antes de la apertura del Sobre nº 1, el responsable del contrato (y/o la Comisión) observare defectos materiales subsanables en la documentación presentada por alguno de los ofertantes, concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el interesado subsane el error bajo apercibimiento de su exclusión definitiva si, en el plazo concedido, no lo lleva a cabo.
En el supuesto del citado requerimiento, el candidato deberá presentar la documentación requerida en el citado plazo en la sede de la CÁMARA (Avda. Cabo de Gata, 29 -04007 Almería-).
SECCIÓN 2ª. VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS CLÁUSULA 25ª. CRITERIOS PARA LA CONTRATACIÓN
El órgano encargado de gestionar el procedimiento, una vez aceptada la solvencia del interesado, propondrá la selección basándose en la calidad de la propuesta presentada. Ésta se acreditará mediante el ajuste de los contenidos de la propuesta a los presentes Pliegos.
Las propuestas se valorarán xx xxxx (0) a cien (100) puntos conforme a los criterios que se indican a continuación, por orden decreciente de importancia y con la ponderación que se señala.
CRITERIOS NO ECONÓMICOS: Hasta 40 puntos
ASPECTO VALORADO | PUNTUACIÓN |
Documentación y oferta técnica | Hasta 40 puntos |
Para la aplicación de la puntación se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: - La calidad de los servicios propuestos (programa y planificación) - El personal técnico y conocimiento para desarrollo y presentación de las ponencias - El conocimiento de la Plataforma AlComercio, el servicio de soporte técnico y las funcionalidades a implementar - El plan de dinamización presentado con las propuestas de acciones de apoyo a los comercios de proximidad - El plan de difusión y posicionamiento de la Plataforma AlComercio y los comercios adheridos 35 puntos si la propuesta es considerada “muy interesante” 20 puntos si la propuesta es considera “interesante” 10 puntos si la propuesta es considerada “aceptable” | hasta 35 puntos |
Disponibilidad de personal para el desempeño de las actividades y servicios | Hasta 5 puntos |
CRITERIOS ECONÓMICOS: Hasta 60 puntos.
ASPECTO VALORADO | PUNTUACIÓN |
Oferta económica - precio global - incluyendo todos los servicios solicitados en los pliegos | Hasta 60 puntos |
El criterio del precio ofertado se acreditará por la simple expresión en la oferta, respetando lo establecido en la Cláusula nº 19 del presente Pliego y siguiendo la regla de valoración establecida en la Cláusula nº 26, apartado 26.1, del presente Pliego.
CLÁUSULA 26ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
Obtendrá la mejor puntuación la propuesta que mayor número de puntos acumule, de acuerdo a los criterios establecidos en la Cláusula 25 del presente pliego técnico. En todo caso, la CÁMARA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de
contratación.
26.1. Regla para la valoración del precio.
Para la valoración del precio se aplicará la siguiente fórmula:
P= | X * min | |
Of |
Donde P es la puntuación obtenida.
X es la máxima cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado
min es la oferta más baja de entre todas las presentadas.
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora.
26.2. Ofertas anormales o desproporcionadas.
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o anormales. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas. La documentación que se aporte debe ser meramente aclaratoria y no susceptible de ampliar, modificar o sustituir la propuesta realizada.
En estos supuestos, la CÁMARA, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada.
Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la CÁMARA podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigiría al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva por la adjudicación (ver en su cláusula específica).
Si el responsable del contrato (y/o la Mesa) considera que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, propondrá la adjudicación a favor de la siguiente proposición más ventajosa.
SECCIÓN 3ª. CONTRATACIÓN DE LICITADORES CLÁUSULA 27ª. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Tras el análisis de la información facilitada y su valoración conforme a las cláusulas anteriores, para consignar la selección de la empresa contratada, el responsable del contrato recibirá de la Mesa de Contratación la propuesta de adjudicación.
La Mesa de Contratación de la CÁMARA valorada la propuesta, adoptará el acuerdo de propuesta de adjudicación del contrato que contendrá, como mínimo, la siguiente información:
a. Nombre y dirección del Consejo, objeto e importe del procedimiento de contratación.
b. Nombre del candidato empresa contratada y motivos que justifican su selección. Importe de la adjudicación.
c. Nombres de los candidatos excluidos y motivos que justifican su exclusión.
d. En su caso, motivos por los que se hayan rechazado ofertas que se consideren anormalmente bajas.
e. En su caso, motivos por los que se haya renunciado a seleccionar los licitadores previstos en el presente Xxxxxx.
El acuerdo de adjudicación se deberá adoptar por el Órgano de Contratación en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de apertura de las proposiciones presentadas. Transcurrido dicho plazo sin que la CÁMARA hubiese dictado acuerdo, los candidatos que lo deseen podrán retirar sus ofertas.
La CÁMARA se reserva el derecho a declarar desierto el procedimiento de contratación.
El acuerdo de adjudicación se publicará en el “Perfil de contratante” de la página Web de la CÁMARA (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx).
Efectuada la selección de la empresa que será contratada, se notificará el acuerdo a todos los interesados. Al mismo tiempo se requerirá a la empresa seleccionada para que aporte los certificados administrativos de acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones tributarias y sociales, tal como se señala en el apartado 5 de la cláusula 17ª. Igualmente, en caso de que proceda, se les requerirá para que constituyan la garantía definitiva conforme se expone en la cláusula siguiente.
CLÁUSULA 28ª. GARANTÍA DEFINITIVA
28.1. Importe de la Garantía definitiva
No se requerirá a la empresa seleccionada al ser servicios de consultoría y asistencia.
28.2. Duración de la garantía definitiva
No se aplica.
CLÁUSULA 29ª. CONTRATO
Formalización del Contrato
Una vez constituida la garantía definitiva, en el caso de aplicarse, del modo previsto en la cláusula anterior, será preceptiva la formalización escrita de un Contrato mediante documento que, en unidad de acto, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, será suscrito, por una parte, por un representante de la CÁMARA y, por la otra, por un
representante de la empresa contratada, en el plazo de treinta días naturales desde la adjudicación definitiva.
El Contrato tendrá por objeto regular los derechos y obligaciones que, han de corresponder a la CÁMARA y a la empresa contratada.
Al propio tiempo, la empresa contratada suscribirá una copia de este Pliego de Cláusulas Particulares, en prueba de su conocimiento y aceptación.
Serán por cuenta del adjudicatario todos los gastos e impuestos. Estos comprenderán en concreto los de formalización del contrato en supuestos de elevación a escritura pública; así como cuantos gastos procedan en orden a la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 30ª. FALTA DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Si una empresa seleccionada no aportase los certificados administrativos requeridos en tiempo y forma, o no constituyera la garantía prevista por causa imputable a ella, o se negare a suscribir el Contrato en los términos que han sido indicados, la CÁMARA ordenará la resolución de la contratación acordada, previa audiencia del interesado, reservándose el derecho de reclamar la indemnización de los daños y perjuicios causados.
En la citada situación, el órgano de contratación, sin necesidad de convocar un nuevo procedimiento de contratación, podrá adjudicar el contrato a la siguiente oferta en orden de clasificación, siempre que el nuevo adjudicatario manifieste su conformidad, o sucesivamente en caso contrario, concediendo un nuevo plazo para cumplimentar las condiciones de formalización del contrato.
CLÁUSULA 31ª. GARANTÍA DE LO SUMINISTRADO
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de acuerdo a este tipo de servicios y bajo el amparo de las leyes que los regulan, o al señalado por el adjudicatario en su oferta si fuere mayor, a contar desde la fecha de recepción o conformidad de los trabajos entregados, plazo durante el cual la CÁMARA podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente Xxxxxx y en el de prescripciones técnicas. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos entregados, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los entregables, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir, de acuerdo a lo establecido en el presente Xxxxxx y en el artículo 208.4 de la LCSP.
Si se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos realizados, la CÁMARA podrá exigir al contratista la reposición de los que resulten inadecuados, o la reparación de los mismos, si ésta fuese suficiente.
Durante el plazo de garantía el contratista podrá conocer y manifestar lo que estime oportuno sobre la utilización de los bienesentregados.
Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no será bastante para lograr el fin podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
SECCIÓN 4ª. OTRAS CUESTIONES CLÁUSULA 32ª. CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
En ningún caso será posible ceder la condición de empresa contratada, resultante de la terminación del presente procedimiento.
CLÁUSULA 33ª. SUBCONTRATACIÓN
Las empresas que pretendan subcontratar parte de las prestaciones reguladas en el presente Xxxxxx deberán hacer constar dicha circunstancia en su propuesta, indicando la parte de las prestaciones que se propongan subcontratar a terceros, así como los subcontratistas propuestos, que deberán certificar documentalmente la existencia de tales acuerdos.
En todo caso, los licitadores deberán aportar la documentación que estimen conveniente para acreditar que tienen efectivamente a su disposición los medios de los subcontratistas que hubiere indicado.
La sustitución por la empresa contratada de tales subcontratistas deberá ser autorizada previamente por la CÁMARA.
En ningún caso podrán ser objeto de subcontratación la prestación de los servicios descritos en el presente Pliego, en un porcentaje superior al sesenta por ciento (60%).
CLÁUSULA 34ª. REVISIÓN DE PRECIOS
El importe de los servicios que, en su caso, vayan a ser prestados por la empresa contratada, no podrá ser objeto de revisión.
CLÁUSULA 35ª. RESOLUCIÓN DE LA CONTRATACIÓN
35.1. Causas de Resolución de la contratación
La CÁMARA resolverá el Contrato cuando (sin ánimo exhaustivo o excluyente) concurra alguna de las circunstancias siguientes:
• La muerte o incapacidad sobrevenida de la empresa contratada (si ésta es un empresario individual) o la extinción de su personalidad jurídica, excepto los supuestos de transformación o fusión.
• La declaración de concurso o insolvencia de la empresa contratada.
• Si la empresa contratada incumple las características de prestación de sus servicios o, en su caso, las condiciones de calidad establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
• El incumplimiento por la empresa contratada de cualquier otra obligación que se
derive de los Pliegos o del resto de documentos con carácter contractual descritos en la cláusula 7ª.
De producirse la resolución del Contrato por una causa imputable a la empresa contratada, ésta estará obligada a indemnizar todos los daños y perjuicios que su conducta hubiera causado.
35.2. Cláusula Penal
Si por cualquier motivo el adjudicatario incurriera en un incumplimiento grave de sus obligaciones, la CÁMARA tendrá derecho a percibir una cantidad equivalente al 5% del importe de adjudicación del contrato. En ningún caso, el cumplimiento de la pena será sustitutivo de la obligación del adjudicatario de resarcir a la CÁMARA de todos los daños y perjuicios que le hubieren sido causados por su incumplimiento, en los términos que establece el Código Civil y demás normativa aplicable.
ANEXOS AL PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO I: Modelo de Declaración responsable ANEXO II: Modelo de presentación de oferta ANEXO III: Modelo de oferta económica
ANEXO IV: Prescripciones Técnicas de Ejecución
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don/Dña....................................., con D.N.I. núm ............. , mayor de edad, en nombre y representación de con C.I.F
núm.…………..……..y domicilio en… , en su
calidad de… ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de este “PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC
01/2020,según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos,
DECLARA, BAJO SU RESPONSABILIDAD
1. Que ni la Sociedad , a la que representa, ni
ninguno de sus administradores ni apoderados se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades establecidas en la legislación vigente.
2. Que la Sociedad ……………………………………………….……… se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado e, igualmente, está al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social, impuestas por la las disposiciones vigentes.
3. Que la Sociedad ………………………………………………..……… no ha sido adjudicatario o no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por si o mediante unión temporal de empresas.
Y para que así conste, firmo esta declaración,
En………………………………….., a …. de ………………….… de ….…
[Firma y rubrica]
ANEXO II
MODELO DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Don/Dña......................................................, con D.N.I. núm , mayor de edad,
en nombre y representación de ……………………………………………………..con C.I.F núm.……………………...y domicilio en
…………………….…………………………………………, en su calidad de ,
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación de este “PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC 01/2020)
”, según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos:
Asimismo, declara, que los documentos aportados son originales o copias auténticas de los mismos.
a) Presenta la documentación exigida por los Pliegos, en dos sobres cuyo contenido es el siguiente:
i. Sobre 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL [Índice del Sobre 1]
ii. Sobre 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA [Índice del Sobre 2]
iii. Sobre 3: PROPOSIÓN ECONÓMICA [Índice del Sobre 3]
b) Solicita que se tenga por presentada dicha documentación y por reconocida la condición de participante en este proceso de selección [a él mismo / a la sociedad……………………………………………………………….….
En …………………………, a ...… de …………………………………… de …. [Firma y rúbrica]
Datos de contacto:
Teléfono: .........................................................................................................
Dirección: .........................................................................................................
E-mail: .........................................................................................................
ANEXO III
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
Don/Dña.............................................., con D.N.I. núm..................... , mayor de edad, en
nombre y representación de …………………………………..……………….con C.I.F número………..……..y domicilio en………………, en su calidad de………................……
Declara que es conocedor/a de los Pliegos que han de regir la contratación del“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC 01/2020),
según procedimiento aprobado por la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería, y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, se compromete a prestar los servicios objeto del procedimiento de contratación, por el precio,
IVA excluido (o su equivalente), de Euros [importe en euros, con dos decimales]
A esta cantidad le corresponde un IVA de………… €, por lo que el importe total, IVA incluido, asciende a la cantidad de...……… €. Sobre el cual se efectuará la correspondiente valoración
Importe base: ……… Euros (IVA excluido) Importe IVA (…%) Euros
Importe Total: ……… Euros (IVA incluido)
Todo ello de acuerdo con lo establecido en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente.
Dicho importe incluye además todos los tributos, tasas, cánones y gastos de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el Documento de requisitos y condiciones de la contratación (denominado el Documento) que rige el contrato.
En…………………, a…………de………………de……….
FDO:
ANEXO IV PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE EJECUCIÓN
“PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA COMERCIO MINORISTA 2020” y ref. IC 01/2020)
La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Almería ejecuta el programa comercio minorista 2020 entre los días 1 xx xxxxxx y 30 de noviembre de 2020.
Este programa está cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), y por la dirección general de política comercial y competitividad.
Los objetivos específicos perseguidos son:
• Fomento de la innovación empresarial y la adaptación a las nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo
• Capacitación en habilidades comerciales
• Dinamización de las ventas en las zonas y actividades comerciales
• Revitalización comercial de áreas y equipamientos comerciales
• Promoción del turismo de compras
• Impulso a la digitalización y al comercio electrónico
El siguiente procedimiento establece las prescripciones técnicas para la contratación del servicio (o servicios) de apoyo a la ejecución del programa comercio minorista 2020, para lo que se requiere el cumplimiento de los siguientes actuaciones:
1. Servicos de Talleres y Jornadas. Se precisan las siguientes actividades, para la ejecución de un máximo de 6 eventos (talleres y/o jornadas) en la provincia de Almería:
• Elaboración y desarrollo de las ponencias y conferencias sobre el uso de las tecnologías en el comercio, apoyando la digitalización de los establecimientos.
• Presentación de las ponencias a comercios y empresas del sector durante el evento.
• Asesoramiento a los comercios que asistan al evento
• Apoyo a la difusión de estos eventos
• Conocimiento de los servicios y palataforma AlComercio.
2. Servicios profesionales para la elaboración del catalogo "Comercio Conectado". Se precisa:
• El análisis, investigación y conocimiento de soluciones tecnológicas actuales que pueden aplicarse al comercio de proximidad.
• Evaluación de soluciones actuales y posibles proveedores (incluidas las oferecidas por la Plataforma AlComercio)
• Elaboración y presentación del Catálogo de soluciones y servicios para el “Comercio Conectado”.
• Generación del catálogo en formato digital y con información de sus soluciones en otros formatos (fichas, etc).
• Presentación del catálogo de soluciones a comercios, Instituciones y Asociaciones.
• Presentación en talleres y jornadas.
• Atención y assoramiento a comercios que precisedn información.
3. Servicios profesionales para la dinamización a traves de medios digitales y tradicionales de acciones de apoyo a comercios y consumidores. Se precisa de las siguientes actividades:
• Desarrollo de al menos dos acciones de dinamización de comercios (agrupados o adheridos a Asociaciones y Centros Comerciales Abiertos). Estas acciones contemplan la generación de sorteos para que los consumidores puedan incentivar el consumo.
• Difusión y promoción en plataformas ads y otros medios digitales
4. Servicios técnicos para la Plataforma AlComercio (ALCOM). Incluyen:
• El soporte técnico y el mantenimiento de la solución actual (incluido el coste del alojamiento),
• El desarrollo de mejoras y nuevas funcionalidades, con su implantanción. Algunas de estas funcionalidades se han podido detectar con la situación del COVID 19:
▪ Buscador de comercios y cupones por municipios.
▪ Filtro que permita realizar el filtrado de cupones por:
✓ Categorías
✓ Precio
✓ Geolocalización.
▪ Admitir la inclusión de teléfonos con prefijos.
▪ Admitir la inclusión de teléfonos móviles con icono wasap.
▪ Inscripción fácil e intuitiva de los comercios a la plataforma.
▪ Incorporar pago por bizum o similar.
▪ Herramienta para poder generar informes de comercio (mensuales).
▪ Dotación de acceso independiente a una sección de información, noticias y todo tipo de anuncios o promociones que se quieran implementar
• Disponibilidad de personal antes incidencias o problemas en la plataforma.
5. Servicios para el posicionamiento de la plataforma Alcomercio.
• Apoyo en la difusión y posicionamiento de la plataforma Alcom a través de pàgina web de terceros.
• Apoyo en acciones de comunicación de la plataforma y comercios adheridos (su escaparate, sus cupones, etc)
• Asistencia a comercios que soliciten el alta en la plataforma
• Asesoramiento a comercios que soliciten información, asi como a Instituciones y Asociaciones.
Los servicios requeridos precisan de conocimiento y experiencia en las tecnologías y en el uso de los medios digitales.