Contract
De conformidad con lo señalado en los numerales 7 y 12 del artículo 25 xx Xxx 80 de 1993 modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, concordante con el artículo 2.1.1 del Decreto 734 de 2012; el Centro de Tecnologías Agroindustriales, requiere contratar por medio del procedimiento de Mínima Cuantía reglamentado por el capitulo V del Decreto 734 de 2012 lo siguiente:
1. Descripción de la necesidad que se pretende satisfacer
Con el fin de la continuidad de las funciones y compromisos misionales, el Centro requiere efectuar diferentes desplazamientos para brindar apoyo a las actividades de formación profesional y para las labores cotidianas propias del área administrativa en lo concerniente con el cumplimiento de las funciones y compromisos institucionales que implican la movilización de instructores, aprendices, funcionarios, correspondencia y materiales de formación profesional.
Dada la necesidad de dar cumplimiento a las actividades de apoyo se requiere contratar el suministro de aceites, combustible, servicios de engrase, parcheo, lavada para el parque automotor del Centro de Tecnologías Agroindustriales, para lo cual se abrirá un proceso de contratación de mínima cuantía.
El Centro de Tecnologías Agroindustriales, requiere la contratación, con empresas o personas especializadas en este tema.
2. Descripción del objeto a contratar
Objeto: Contratar el suministro de aceite, combustible, servicios de engrase, parcheo, lavada, incluyendo materiales y aditivos para los vehículos que prestan servicios al SENA.
3. Condiciones técnicas y de experiencia:
El contratista deberá atender las siguientes especificaciones técnicas:
VEHICULO | MODELO | PLACA |
CENTRO DE TECNOLOGIAS AGROINDUSTRIALES | ||
CAMIONETA | CHEVROLET LUV DIMAX 4X4 | ONK285 |
XXXXXXX | MITSUBISHI | ONI 224 |
AULA MOVIL | CAMIONETA FURGON HYUNDAI | OBI201 |
MOTOCICLETA | QJIANG 100B | ZRV31 |
El precio máximo a ofertar será establecido por el Gobierno Nacional el oferente deberá determinar el porcentaje que descontará al Centro por debajo del precio oficial o por sí lo contrario se acoge al valor máximo ofertado por el gobierno.
El SENA designara la persona autorizada para hacer uso del servicio.
Prestar el servicio de suministro las 24 horas del día, durante todos los días del mes incluido domingos y festivos.
Presentar mensualmente los comprobantes del consumo de combustible detallado por cada vehículo: Kilometraje, placa, tipo de combustible, cantidad de galones, precio unitario, valor total del tanqueo y fecha.
Garantizar el cumplimiento de las características técnicas de operación y seguridad de los equipos de suministros de gasolina motor instalados en cada una de las estaciones de servicios ofrecidas, los cuales se deben ajustar a los requerimientos y disposiciones legales vigentes.
Cumplir con la norma Técnica Colombiana No.1380 acogida por el Consejo Nacional de Normas mediante Resolución No. 025 de 1995, acogida por el ICONTEC o por las disposiciones que la modifiquen o complementen. Cumplir con la Ley 693 de 2001.
Ofrecer el suministro de combustible a vehículos xxx XXXX que ocasionalmente brindan apoyo al cumplimiento misional de la entidad, para ello el supervisor del contrato emitirá la autorización escrita respectiva, la cual debe llevar: Placa del vehículo, nombre del conductor.
4. Valor estimado del Contrato, forma de pago y Plazo de Ejecución
Valor: Establecidos precios xx xxxxxxx y pre cotizaciones, se tuvo en cuenta como valor estimado el valor de veinte millones quinientos setenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro pesos ($20.579.754), Incluido el IVA del 16%.
Nota: Teniendo en cuenta que este es un suministro que se encuentra regulado por el Gobierno Nacional, los precios ofertados pueden variar mensualmente y las cantidades están supeditadas al nuevo valor. Todos los servicios adicionales están sujetos al presupuesto y/o a la necesidad de los vehículos.
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD |
1 | GASOLINA CORRIENTE | GALON | 720 |
2 | DIESEL | GALON | 1.200 |
A | CEITE MOTOR | |
DESCRIPCION | DENSIDAD | CANTIDAD |
DIMAX | 15W40 | 6. 5/4 |
XXXXXXX | SAE50 | 6. 5/4 |
AULA MOVIL | 15W40 | 10/4 |
ACEITE DIRECCION | ||
DESCRIPCION | DENSIDAD | CANTIDAD |
DIMAX | 140 | 1/4 |
AULA MOVIL | TA | 1/4 |
ACEITE TRASMISION | ||
DESCRIPCION | DENSIDAD | CANTIDAD |
DIMAX | 140 | 4/4 |
XXXXXXX | 140 | 4/4 |
AULA MOVIL | 140 | 4/4 |
ACEITE CAJA | ||
DESCRIPCION | DENSIDAD | CANTIDAD |
DIMAX | 80W90 | 4/4 |
XXXXXXX | 80W90 | 4/4 |
AULA MOVIL | 80W90 | 4/4 |
MOTOCICLET | 4T | 1/4 |
DESCRIPCION | XXXXXX | XXXXXX XX XXXXXX |
XXXX XX XXXXXXX | XXXXXX | 0 |
REFRIGERANTE | GALON | 2 |
LIQUIDO DE FRENOS | PINTA | 6 |
CREMA DESMANC HADORA Y BRILLADORA | UNIDAD | 2 |
ESTOPA | UNIDAD | 3 |
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD |
1 | GASOLINA CORRIENTE | GALON | 720 |
2 | DIESEL | GALON | 1.200 |
VEHICULO | DESCRIPCION | UNIDAD DE MEDIDA | NUMERO DE BIENES |
CAMIONETA | GRAFITADAS | UNIDAD | 9 |
ACEITE (DIRECCION, CAJA, TRANSMISION) | UNIDAD | 2 | |
ACEITE (MOTOR, CAMBIO DE FILTRO DE ACEITE, FILTRO DE COMBUSTIBLE, FILTRO TRAMPA) | UNIDAD | 5 | |
CAMBIO DE FILTRO DE AIRE | UNIDAD | 3 | |
PARCHEO | UNIDAD | 10 | |
LAVADA | UNIDAD | 10 | |
XXXXXXX | GRAFITADAS | UNIDAD | 3 |
ENGRASE | UNIDAD | 8 | |
ACEITE (DIRECCION, CAJA, TRANSMISION) | UNIDAD | 2 | |
ACEITE (MOTOR, CAMBIO DE FILTRO DE ACEITE, COMBUSTIBLE, FILTRO PRINCIPAL) | UNIDAD | 6 | |
CAMBIO DE FILTRO DE AIRE | UNIDAD | 3 | |
PARCHEO | UNIDAD | 10 | |
LAVADA | UNIDAD | 10 | |
AULA MOVIL | GRAFITADAS | UNIDAD | 3 |
ENGRASE | UNIDAD | 6 | |
ACEITE (DIRECCION, CAJA, TRANSMISION) | UNIDAD | 2 | |
ACEITE (MOTOR, CAMBIO DE FILTRO DE ACEITE Y COMBUSTIBLE) | UNIDAD | 2 |
CAMBIO DE FILTRO DE AIRE | UNIDAD | 2 | |
PARCHEO | UNIDAD | 6 | |
LAVADA | UNIDAD | 6 | |
MOTOCICLETA JIANG | CAMBIO DE ACEITE | UNIDAD | 6 |
GASOLINA CORRIENTE | UNIDAD | 720 | |
DIESEL | UNIDAD | 1200 | |
AGUA DE BATERIA | UNIDAD | 6 | |
REFRIGERANTE | GALON | 2 | |
LIQIUIDO DE FRENOS | PINTA | 6 | |
CREMA DESMANCHADORA Y BRILLADORA | UNIDAD | 2 | |
ESTOPA | UNIDAD | 3 |
Forma de pago: EL SENA pagará mediante actas parciales, mes vencido y según los requerimientos del servicio, previo cumplimiento del respectivo trámite administrativo y la certificación de recibo a satisfacción del objeto contratado emitida por el supervisor del contrato, previa verificación del cumplimiento del pago de aportes parafiscales relativo al sistema de seguridad social integral así como, los propios xxx XXXX, ICBF y cajas de compensación familiar cuando corresponda en los términos del art. 23 de la ley 1150 de 2007.
En todo caso, los pagos antes previstos se sujetarán a los montos aprobados en el programa anual mensualizado de caja (PAC), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 74 del Decreto 111 de 1996, y a la verificación de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Plazo: Desde la legalización y perfeccionamiento del contrato, sin sobrepasar el 31 de diciembre del 2013 y/o hasta agotar presupuesto.
5. CDP
Este proceso está respaldado por le CDP No. 4813 del 5 de febrero de 2012 por valor de veinte millones quinientos setenta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro pesos ($20.579.754); como presupuesto para la presente contratación.
6. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
El proponente seleccionado se compromete a constituir a favor del SERVICIO NACIONA DE APRENDIZAJE- SENA, unas garantía, en los términos señalados en el Titulo V Capitulo I del Decreto 734 de 2012 para amparar loas obligaciones surgidas en el contrato, las cuales se mantendrán vigentes durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustara a los limites, existencia y extensión de los siguientes riesgos:
a. Cumplimiento: En cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, la cual permanecerá vigente por el término de ejecución del contrato y cuatro
(4) meses más.
b. Calidad del Servicio: En cuantía equivalente al diez (10%) del valor del contrato la cual permanecerá vigente por el término de ejecución del contrato y un (1) año más.
La póliza debe especificar el número de la aceptación de la oferta, la fecha del mismo, el nombre del Centro de Tecnologías Agroindustriales, Cartago Valle Xxxxxxx 0 Xx. 00-000 y el objeto de la aceptación de la oferta. El contratista deberá acreditar en original el comprobante de pago de la póliza.
Tal garantía deberá constituirse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al registro presupuestal del contrato. En caso de prorroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de la garantía. El CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestos o siniestro ocurridos, estas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, el CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los cinco (5) días calendario, siguientes a la firma del acta.
Clausula penal pecuniaria: En caso de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del contratista, el SENA recibirá una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, a título de sanción por incumplimiento, dejando a salvo la posibilidad en cabeza de EL SENA de reclamar por la vía judicial o extrajudicial, los perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato. Esta cláusula penal pecuniaria se aplicará sin perjuicio de las demás sanciones establecidas en el presente documento, de conformidad con la normatividad aplicable a la materia.
El contratista autoriza expresamente a el SENA con la simple suscripción del contrato, para descontar y tomar el valor de la cláusula penal pecuniaria de que trata esta cláusula, de cualquier suma que se adeude por concepto de este contrato, sin perjuicio de hacerla efectiva a través de la garantía constituida.
Indemnidad: El Contratista se obliga de mantener al SENA indemne de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones del contratista.
Cartago Valle, febrero 27 de 2013
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
Subdirector del Centro de Tecnologías Agroindustriales
Elaboro: Xxxxx Xxxxx – Xxxxxx L Aprobó: Xxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx