Región de Murcia Consejería de Sanidad y Política Social CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL PLIEGO TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO. DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE...
Región xx Xxxxxx Consejería de Sanidad y Política Social |
|
|
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. |
DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD |
2.- REFERENCIA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN. |
Nº expediente: CS/9999/1100302828/11/PA |
3.1. Objeto: Suministro de gas natural con destino a diferentes Centros sanitarios del Servicio Murciano de Salud. 3.2. Codificación CPA : 46.71.13 Codificación CPV : 09123000-7 3.3. Lotes: |
Suministro de gas natural a distintos Centros sanitarios dependientes del Servicio Murciano de Salud. |
5.1. Plazo de ejecución del contrato: UN AÑO, desde la formalización del correspondiente contrato. 5.2. Plazo de las entregas sucesivas: 5.3. Previsión de prórroga: SI [ X] En su caso, plazo previsto: El contrato podrá ser prorrogado por un período igual al de su duración inicial, previo mutuo acuerdo de las partes. NO [ ] |
El gas natural será suministrado a los distintos puntos de suministro relacionados en el Apartado 1 de la Memoria complementaria al Pliego de Prescripciones Técnicas. |
7.1. Importe del contrato (sin IVA): 1.761.350,00 € % IVA: 18. Importe del IVA: 317.043,00 € Precio total del contrato: 2.078.393,00 Valor estimado del contrato : 3.522.700,00 € 7.2. Anualidades: Anualidad Importe (IVA excluido) 2012 1.761.350,00 € 7.3. Lote 7.4. Presupuesto máximo de licitación por unidad4 Identificación del bien Nº unidades Precio ud. (IVA no incluido) IVA % 7.5 Sistema de determinación del precio5 Precio unitario [ ] Precio tanto alzado [ ] Administración [ ] Tarifas [X] Conforme a lo indicado en el Apartado 6 de la Memoria complementaria al Pliego de Prescripciones Técnicas. |
Tramitación del expediente: Ordinaria [X] Urgencia [ ] Emergencia [ ] |
9.1. Revisión de Precios: SI [ ] NO [X] Justificación de la no procedencia de revisión : Dada la naturaleza del suministro, los precios de adjudicación no se hallan sujetos a revisión de precios, en los términos establecidos en el artículo 77 de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público. 9.2. Fórmula de Revisión de Precios: |
10.2. Lugar de presentación: Las facturas serán presentadas en el correspondiente Registro de Facturas del Área de Salud al que pertenezca el punto de suministro. 10.3. Momento de presentación: Mensualmente, por cada uno de los puntos de suministro. 10.4. Pagos parciales: SI [ ] Especificar condiciones: NO [X] 10.5. Posibilidad de pago en metálico : SI [ ] Especificar condiciones: NO [X] |
11.- GARANTÍA PROVISIONAL. |
11.1. Constitución de la Garantía Provisional: SI [ ] Justificación de su exigencia : NO [X] 11.2. Importe de la garantía provisional: €, equivalente al % del presupuesto del contrato. 11.3. Importe de la garantía provisional por lotes, en su caso. Nº de lote Importe de la garantía provisional (€) (%) 1. 2. 3. |
12.1. Constitución de la garantía definitiva: SI [ ] NO [X] Justificación sobre su improcedencia : Conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley de Contratos del Sector Público. 12.2. Importe total de la garantía definitiva : 12.3. Importe de la garantía definitiva por lotes, en su caso. Nº de lote Importe de la garantía definitiva (€) (%) 1. 12.4. Posibilidad de constitución de la garantía mediante retención en el precio : SI [ ] NO [ ] 12.5. Devolución o cancelación parte proporcional del importe de la garantía . SI [ ] NO [ ] |
13.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y SU PONDERACION. EVALUACION AUTOMATICA O POR JUICIOS DE VALOR. |
13.1. Identificación de los criterios, su ponderación y mecanismos de evaluación. Al tratarse del suministro de un producto perfectamente definido por estar normalizado y no ser posible variar el plazo de entrega ni introducir modificación alguna en el contrato, el único factor determinante de la adjudicación del suministro objeto del contrato será el precio. 13.2. Fases/Umbral mínimo. 13.3. Aplicación del criterio de preferencia en la adjudicación conforme lo previsto en la Disposición Adicional Sexta LCSP . SI [ ] NO [ ] |
14.- LUGAR PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES, TELÉFONO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO Y SERVICIO DE CONTACTO PARA REALIZAR CUALQUIER ACLARACIÓN SOBRE EL EXPEDIENTE. |
14.1. Registro para presentar las proposiciones: Registro General del Servicio Murciano de Salud. 14.2. Dirección para envío de correo: Xxxxx Xxxxxxx, 0. Xxxxxxxx XXXXXXXXX – Xxxxxx Xxxx. 00000 Espinardo – Murcia. 14.3. Nº de Fax: 968 288424 14.4. Dirección de correo electrónico: 14.5. Nº de Teléfono: 968 288035 14.6. Perfil del contratante: xxx.xxxxxxxxxxx.xx |
15.-PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION. CONTENIDO DE LOS SOBRES Y VARIANTES. |
15.1. Numero y contenido de los sobres a presentar por los licitadores : 15.1.1. SOBRE A, denominado “CAPACIDAD PARA CONTRATAR”. Además del contenido previsto en la Cláusula 12.2 xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas, deberá incluirse acreditación de encontrarse la empresa inscrita en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados de gas natural, como empresa comercializadora, según la normativa vigente. 15.1.2. SOBRE B, denominado “OFERTA ECONÓMICA”. - Proposición económica, que se ajustará al modelo establecido en el Anexo VI xxx Xxxxxx Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares. 15.2. Admisión de variantes: SI [ ] NO [X] En su caso, indicar condiciones y elementos sobre los que se admiten variantes:
|
16.1. Solvencia exigida : · Solvencia económica y financiera: · Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios, con un volumen medio mínimo equivalente a la meda anual del contrato. · Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, que deberá contar con una garantía adecuada al servicio a prestar, y que será como mínimo la que establezca la normativa vigente. · Solvencia técnica: Relación de los principales suministros similares efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre los mismos. |
17.- CRITERIOS OBJETIVOS PARA DECLARAR PROPOSICIONES TEMERARIAS O DESPROPORCIONADAS. |
17.2. Otros: |
Publicación B.O.R.M. _________ euros. Publicación B.O.E. 900,00 euros. Publicación en prensa _________ euros. |
Los precios de adjudicación de la presente contratación, serán actualizados de acuerdo con las especificaciones recogidas en el Apartado 6 de la Memoria complementaria al Pliego de Prescripciones Técnicas que rige la contratación. |
20.- REGIMEN DE MODIFICACION DEL CONTRATO. |
20.1. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: 20.2. Porcentaje máximo: 20.3. Procedimiento: |
21.1. Posibilidad de recepciones parciales: SI [ ] En su caso, especificar las condiciones: NO [X] 21.2. Plazo de recepción : |
22.1. Plazo de garantía: SI [ ] Plazo : NO [X] Justificación de la no imposición de plazo de garantía : Dada la naturaleza del contrato, su actividad se agota en sí misma. 22.2. Plazo de caducidad bienes suministrados: |
23.1. Partes o porcentaje del contrato susceptibles de subcontratación: 23.2. Obligatoriedad de subcontratar: SI [ ] Partes del contrato cuya subcontratación es obligatoria: NO [ ] |
24.1. Por incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. Especificar, en su caso : 24.2. Otras causas de resolución. Especificar, en su caso : |
Murcia, 23 de noviembre de 2011
LA JEFA DE SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN,
Fdo.: Xxxxxxx Xxxxxx Xxx.
PLIEGO-TIPO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, CON DESTINO A LOS CENTROS DEPENDIENTES DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD.
I.- DISPOSICIONES GENERALES.
1. OBJETO DEL CONTRATO.
1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles conforme lo indicado en el art.9 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP) y especificado en el Apartado 3.1 del Cuadro de Características que forma parte de este Pliego, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV, y recogido en el Apartado 3.2 del Cuadro de Características.
En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.3 del Cuadro de Características con la identificación y la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de ellos.
1.2. El objeto del presente contrato va dirigido a satisfacer las necesidades de los Centros dependientes del Servicio Murciano de Salud que se establecen en el Apartado 4 de dicho Cuadro de Características.
1.3. La ejecución del contrato se realizará conforme a las condiciones que figuran en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el cuadro de Características y el Pliego de prescripciones Técnicas, los cuales tendrán carácter contractual.
2. PLAZO DEL CONTRATO Y PRORROGA.
El plazo general de ejecución del contrato será el que se fija en el Apartado 5.1 del Cuadro de Características que se adjuntan a este Pliego.
El adjudicatario vendrá obligado a realizar la entrega, de una sola vez o de forma sucesiva, de los bienes que componen el suministro en el plazo establecido en el Apartado 5.2.
En aquellos contratos de suministro en los que proceda la prórroga, esta posibilidad aparecerá reflejada en el Apartado 5.3 del Cuadro de Características. Dicha prórroga será obligatoria para el adjudicatario, salvo que se establezca lo contrario.
3.- LUGAR DE EJECUCION.
Las entregas se llevarán a cabo en el/los lugar/es determinado/s en el Apartado 6 de Cuadro de Características que se adjuntan al presente Pliego.
4.- PRESUPUESTO.4.1. El precio total previsto por la Administración para este contrato, sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido, asciende a la cantidad indicada en el Apartado 7.1 del Cuadro de Características. El porcentaje e importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la Administración por la prestación objeto del contrato, así como el valor estimado del mismo, es el que figura en el citado Apartado 7.1.
4.2. La distribución de anualidades es la que se indica en el Apartado 7.2 del Cuadro de Características.
4.3. En el caso de que la licitación se efectúe por lotes, el desglose del precio para cada uno de ellos, será el que figura en el Apartado 7.3 del Cuadro de Características, no siendo obligatorio licitar a la totalidad de los lotes que componen el suministro, pudiendo ofertar a lotes individuales.
4.4. En aquellos contratos en los que el adjudicatario venga obligado a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva, las necesidades que se especifican para cada uno de los bienes o productos, tienen un carácter de previsión orientativa y en consecuencia el presupuesto es estimado, estando subordinado a las necesidades reales del Servicio Murciano de Salud y no existiendo obligación de adquirir un número determinado de unidades.
Para este supuesto, los precios máximos unitarios de licitación, IVA no incluido, serán los establecidos en el Apartado 7.4 del Cuadro de Características
Los precios unitarios que en su caso se establezcan para formular el presupuesto total, en función de los diferentes artículos que constituyan el objeto del contrato, no podrán ser superados en ningún caso por los licitadores al hacer sus respectivas ofertas.
4.5. El sistema de determinación del precio del presente contrato será el establecido en el Apartado 7.5 del Cuadro de Características.
4.6. La tramitación del expediente, a los efectos de lo regulado en el art. 93 y ss LCSP, será el que figure en el Apartado 8 del Cuadro de Características.
Salvo que en el Apartado 9.1 del Cuadro de Características se establezca que no proceda la revisión de precios en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el art. 77 de LCSP, ésta se realizará cuando el contrato se hubiere ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación, de tal modo que ni el porcentaje del 20 por 100, ni el primer año de ejecución, contando desde dicha adjudicación puede ser objeto de revisión.
En todo caso el derecho a la revisión está condicionado al estricto cumplimiento del plazo total y de los plazos parciales que se pudieran aprobar por el Servicio Murciano de Salud.
La fórmula o índice de revisión indicado en el Apartado 9.2 del Cuadro de Características será invariable durante la vigencia del contrato. Determinará la revisión de precios en cada fecha respecto a la fecha de adjudicación del contrato, siempre que ésta se produzca en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de ofertas, o respecto a la fecha en que termine dicho plazo de tres meses si la adjudicación se produce con posterioridad.
Serán de aplicación todo lo regulado por la LCSP en su artículo 77 y siguientes, en relación a la revisión de precios,
6.1. El pago del precio se efectuará previa presentación de la correspondiente factura con las condiciones, en el momento y lugar que se indica en el Apartado 10 del Cuadro de Características.
En cualquier caso, el contratista tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y totalmente recibidos por la Administración, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato, conforme lo previsto en el art. 269 LCSP.
6.2. El Servicio Murciano de Salud tendrá la obligación de abonar el precio dentro del plazo establecido en el art.200 LCSP, a partir de la fecha de la expedición de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato y sin perjuicio del abono de intereses de demora y de la indemnización por los costes de cobro.
6.3. El pedido no se considerará cumplimentado hasta que se haya entregado no sólo todos los bienes solicitados en el mismo, sino también todos los documentos, instrucciones, certificados, etc., que figuren en el Pliego de Prescripciones Técnicas. No se dará conformidad al mismo hasta ese momento.
6.4. Se autoriza la realización de pagos parciales contra la recepción de la mercancía y facturación del suministro entregado, siempre y cuando los productos se entreguen en los plazos previstos en el contrato y en la forma y con el contenido indicado en Apartado 10.4 del Cuadro de Características.
6.5. En aquellos contratos de pluralidad de bienes, en los albaranes de entrega el contratista estará obligado a especificar el número de unidades que contiene, la unidad de venta del producto suministrado, así como el lote y fecha de caducidad de la unidad de venta del producto suministrado en el caso de que proceda. A estos efectos se entenderá por Unidad de Venta, envase que contiene las unidades del producto contratado, por ejemplo, bolsa, caja, paquete, etc.
6.6. Cuando razones técnicas o económicas lo aconsejen, podrá establecerse que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase, sin que, en ningún caso, el importe de éstos pueda superar el 50 por 100 del precio total, conforme establece el art. 270 LCSP. Tal circunstancia y sus condiciones específicas se indicarán, en su caso, en el Apartado 10.5 del Cuadro de Características.
Para tomar parte en el presente concurso, el Órgano de Contratación podrá exigir a los licitadores la constitución de una garantía provisional, en cuyo caso, deberá justificar suficientemente en el expediente las razones de su exigencia para ese concreto contrato y por el importe que se fija, circunstancias que se recogerán en el Apartado 11 del Cuadro de Características, y que no podrá ser superior al 3 por 100 del presupuesto del contrato, art. 91.2 LCSP.
Cuando dos o más empresarios acudan a la licitación constituyendo una Unión Temporal de Empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la U.T.E., siempre que en su conjunto se alcance la cuantía requerida.
7.1.2. Forma de constitución y devolución.Para la constitución, en su caso, de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el art. 91.3 de LCSP, debiendo ser depositada, cuando se trate de garantías en metálico o valores, en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, acreditándose su constitución mediante entrega al Órgano de Contratación de la Carta de Pago expedida por aquella.
Cuando se trate de aval bancario o seguro de caución, el documento acreditativo de la constitución de la garantía será presentado directamente ante el Órgano de Contratación junto con el resto de la documentación administrativa.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-A y II-A del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
7.2. Garantía definitiva.
El licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar la constitución, a disposición del órgano de contratación, de una garantía definitiva; para el supuesto de que el órgano de contratación exima al adjudicatario de su constitución, deberá acreditarse tal circunstancia en el Apartado 12.1 del Cuadro de Características, conforme establece el art.83.1 LCSP. La garantía definitiva constituida será equivalente al 5% bien del importe de adjudicación del contrato, excluido IVA, bien del presupuesto base de licitación cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios, art.83 LCSP. El importe total de la garantía definitiva -incluida la posibilidad de constitución de una garantía complementaria- se indicará en el Apartado 12.2 del Cuadro de Características.
La posibilidad de constitución de la garantía mediante la retención de precio o la devolución proporcional de la misma, se indicarán en el Apartado 12.4 y Apartado 12.5 del Cuadro de Características, respectivamente.
El plazo para la constitución de la garantía definitiva será xx XXXX DIAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento.
La garantía definitiva deberá ser depositada en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sita en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda, Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx, x/x xxxxxx xxxx, xx Xxxxxx, a nombre del SERVICIO MURCIANO DE SALUD (NIF Q8050008E) con independencia de la forma utilizada (metálico, aval bancario o seguro de caución), debiendo presentar el adjudicatario ante la Administración la Carta de Pago emitida por aquella.
De conformidad con el art. 58 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos del Sector Público (RGLCAP), el poder de las personas que firmen avales y certificados de seguros de caución deberá ser bastanteado previamente por la Caja General de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
La constitución de la garantía se ajustará a los modelos que figuran en los ANEXOS I-B y II-B del presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
La devolución de la garantía definitiva se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90 LCSP y art. 65 RGLCAP, una vez vencido el plazo de garantía y cumplidas por el adjudicatario todas sus obligaciones contractuales.
II.- SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y ADJUDICACION DEL CONTRATO.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION Y SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO.
8.1. La adjudicación del presente contrato, se realizará mediante procedimiento ABIERTO, de conformidad con el art. 122 en relación con el art.141 LCSP.
8.2. De acuerdo con el artículo 134 de la citada Ley, para la selección del adjudicatario del presente contrato, podrán tenerse en cuenta bien un solo criterio, bien distintos criterios de adjudicación, sistema este que será el que proceda con carácter general, salvo que los productos a adquirir estén perfectamente definidos por estar normalizados y no sea posible variar los plazos de entrega ni introducir modificaciones de ninguna clase en el contrato, siendo por consiguiente el precio el único factor determinante de la adjudicación, conforme establece el art.134.3.f) LCSP.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
9.1. Para la adjudicación del contrato se tendrán en cuenta los criterios y sus correspondientes ponderaciones que serán evaluables, bien por criterios automáticos (cifras o porcentajes obtenidos por la mera aplicación de fórmulas), bien por medio de un juicio de valor, y que se indican en el Apartado 13.1 del Cuadro de Características que encabeza este Pliego, de conformidad con lo previsto en el art. 134.1 LCSP.
En el caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en cuales de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo, extremo que se reflejará en el Apartado 13.2 del Cuadro de Características.
9.2. Para los suministros de productos envasados, cuyo contenido en número de unidades pudiera no ser igual entre los diferentes licitadores, se utilizará como criterio de valoración a efectos del precio, el precio de la unidad de consumo
9.3. Los órganos de contratación podrán señalar en los pliegos de cláusulas administrativas particulares la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, circunstancia que se señalará en el Apartado 13.3 del Cuadro de Características.
10.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
10.1. Podrán concurrir a la adjudicación del contrato, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que además de plena capacidad de obrar, desarrollen una actividad que tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica como se indica en el presente Pliego y no se encuentren incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar que menciona el art. 49 LCSP.
No podrán concurrir a la licitación las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas relativas al contrato objeto de la adjudicación, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, art. 45 LCSP.
10.2. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado y su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, deberán justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
10.3. La Administración podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. A efectos de la acreditación de la solvencia, las uniones temporales de empresas acumularán las características acreditadas por cada uno de los integrantes de las mismas, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
11. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
11.1. El expediente de contratación, así como la documentación técnica unida al mismo, podrá ser examinado en el lugar indicado en los anuncios de licitación, todos los días hábiles a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado el anuncio de licitación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, en el Boletín Oficial del Estado o en Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx, según proceda, y hasta el vencimiento del plazo de presentación de proposiciones.
Los interesados podrán retirar copia de los Pliegos que rigen la presente contratación en el lugar indicado en el anuncio de licitación, previo pago de la correspondiente tasa en concepto de precio público por realización de fotocopias en centros gestores de la Administración Regional. También podrá obtenerse información gratuita sobre el expediente y sus Pliegos, a través de Internet.
11.2. Las proposiciones se presentarán en el Registro indicado en el Apartado 14 del Cuadro de Características, de 9 a 14 horas, dentro del plazo señalado en los anuncios de licitación publicados, y hasta las 14 horas del último día.
Podrán enviarse proposiciones por correo. En este caso, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante telex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día. A estos efectos en el Apartado 14 del Cuadro de Características se indican el número de fax y dirección de correo electrónico, en su caso, para realizar el citado anuncio.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, justificante y anuncio, no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad al día de terminación del plazo señalado en el anuncio. En todo caso, se abrirá un plazo xxxxxx xx xxxx días naturales para la recepción de la documentación, transcurrido el cual sin que se hubiera recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
12.1. Los licitadores deberán presentar tantos sobres como se indique en el Apartado 15 del Cuadro de Características. Los sobres se presentarán cerrados y en cada uno de los cuales figurará el título del expediente, denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, teléfono y fax de contacto, debiendo estar cada uno de los sobres firmados.
12.2. El sobre A, que se denominará CAPACIDAD PARA CONTRATAR, tal y como se indica en el Apartado 15.1.1 del Cuadro de Características, conteniendo los documentos que a continuación se relacionan:
a) Documento Nacional de Identidad de la persona que suscriba la oferta. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra persona, natural o jurídica, deberán presentar, además, escritura de poder, debidamente bastanteada por el Servicio Jurídico de la Secretaría General Técnica del Servicio Murciano de Salud, sito en xxxxx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx XXXXXXXXX X – 0x xxxxxx, Xxxxxxxxx-Xxxxxx (Tfno.: 968 288061/63). Surtirá igualmente efecto, el bastanteo de poder efectuado por cualquiera de los Servicios Jurídicos de las distintas Consejerías, Organismos Autónomos y Empresas Públicas Regionales de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
b) Cuando se trate de licitadores que fueren personas jurídicas, la capacidad para contratar se acreditará mediante la escritura de constitución, los estatutos o acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica del que se trate.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, se acreditará mediante su inscripción en el Registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
La capacidad de las empresas extranjeras no comprendidas en el punto anterior, se acreditará con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
c) Declaración expresa responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumerados en el artículo 49 LCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. (ANEXO III).
d) Certificado acreditativo, expedido por el órgano de representación de la empresa, de que no forma parte de sus Organos de Gobierno y Administración persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/94, de 1 xx xxxxxx, del Estatuto Regional de la Actividad Política (ANEXO IV).
e) Documento acreditativo de haber constituido, en su caso, la garantía provisional exigida para tomar parte en la licitación.
f) Acreditación de la solvencia exigida a las empresas en la forma establecida en el Apartado 16.1 del Cuadro de Características. Para el caso de que por el órgano de contratación se exija a los licitadores la concreción de condiciones de solvencia o el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato otros medios personales o materiales para ello, conforme el art. 53 LCSP, se hará constar en el Apartado 16.2 del Cuadro de Características.
g) En el caso de que varios empresarios constituyan una Unión de Empresas para acudir a la licitación, cada una de las empresas que compongan dicha unión deberá acreditar su capacidad y solvencia para contratar del mismo modo que lo indicado para las empresas individuales. Para que sea eficaz la agrupación de empresarios frente a la Administración, bastará que en el escrito de proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y que se designe la persona o entidad que durante la vigencia del contrato haya de ostentar la plena representación de todos ellos ante la Administración. También deberá indicar que asumen el compromiso de constituirse en unión temporal en caso de resultar adjudicatario del contrato.
h) Para las empresas extranjeras, la declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.
i) Datos del licitador (ANEXO V) que incluirá en su caso una dirección de correo electrónico para efectuar las notificaciones.
j) Cuando el objeto del contrato sean productos sanitarios regulados por el R.D. 1591/2009, de 16 de octubre, los licitadores deberán presentar declaración expresa responsable sobre el marcado CE de los productos ofertados.
k) Xxxxxxxxx otra documentación que se haya exigido atendiendo a las condiciones y particularidades propias del presente contrato.
De los documentos anteriores podrán presentarse originales, copia compulsada, autenticada ante notario o copia simple de los mismos. En este último caso, los licitadores propuestos como adjudicatarios del contrato deberán aportar, previamente a la adjudicación del mismo, los documentos originales para la compulsa de las copias presentadas.
Las empresas que presenten Certificado de estar inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, quedarán exentas de presentar cualquier documento que haya sido confiado al Registro. Para ello, deberán aportar, junto con el Certificado, una declaración responsable de la persona con capacidad para ello, en la que se acredite la validez y vigencia de los datos registrales.
Cuando se hubieran producido alteraciones en los testimonios registrales, deberán aportar la documentación por la que se rectifique o actualice la anteriormente depositada.
12.3. El sobre B que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES POR JUICIOS DE VALOR y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.2 del Cuadro de Características comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de cuantificación por medio de un juicio de valor, pudiendo incluir, además, cuanta otra documentación consideren oportuna para la evaluación de sus ofertas.
En el caso de que se exija la entrega de muestras, se presentarán tal y como vaya a suministrarse a los Centros, perfectamente identificadas con el nombre la empresa licitadora y el número de orden a que corresponden, con indicación, en su caso, de su correspondencia con la oferta base o las variantes ofertadas.
La Mesa de Contratación no considerará las ofertas de los bienes o productos de los cuales no se presente muestras, cuando así se exija, o aún presentándose éstas no respondan a lo solicitado.
12.4. El sobre C que se denominará CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA y que se presentará con el contenido que se indique en el Apartado 15.1.3 del Cuadro de Características, comprensivo de aquellos criterios de adjudicación que serán objeto de valoración objetiva mediante cifras o porcentajes obtenidos de forma automática por aplicación de meras fórmulas, art.134 LCSP.
(En todo caso, la oferta económica se ajustará al modelo que figura como ANEXO VI al presente Xxxxxx y deberán expresar separadamente el precio ofertado y el importe correspondiente a la aplicación sobre dicho precio del Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente. Las proposiciones que no se ajusten a dicho modelo podrán no ser tenidas en cuenta por la Mesa de Contratación. Los licitadores podrán acompañar el citado Anexo de cuantas aclaraciones sobre su oferta deseen realizar.
(No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que se consigne en letra.
Las ofertas que excedan del presupuesto total máximo serán rechazadas.
(Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición económica en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones en las que figure.
(La oferta económica tiene carácter global, por lo que en la misma se entienden incluidos todos los factores de valoración de gastos e impuestos, arbitrios o tasas exigibles que se devenguen por razón del contrato.
(En su caso, los criterios objetivos que deban ser valorados para determinar si las proposiciones no pueden ser cumplidas, por ser consideradas temerarias o desproporcionadas figurarán en el citado Apartado 17 del Cuadro de Características.
(En el supuesto de que se admitan variantes, se indicará en el Apartado 15.2 del Cuadro de Características y en el anuncio de licitación. No se admitirán variantes sobre extremos no indicados en el citado apartado.
El licitador que opte por presentar variantes, en el supuesto de que se admitan, identificará claramente en su proposición la oferta base de las variantes ofertadas.
No serán consideradas las variantes presentadas por los licitadores, cuando no se admitan expresamente en este Pliego, o cuando aún admitiéndolas superen el límite de las permitidas o no se refieran a elementos y condiciones señalados en el Apartado 15.2 citado.
El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 7/2004, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación.
En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, podrá ser designada una Comisión Técnica o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, encargada de elaborar los correspondientes informes técnicos en relación con la documentación contenida en los sobres B y C.
14.- CALIFICACION DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
14.1. Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre “A”), pudiendo, si observase defectos materiales en la misma, conceder un plazo inferior a siete días (art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la LCSP) para que el licitador subsane el error.
14.2. Si hubiera criterios de valoración subjetivos, cuya evaluación no sea cuantificable mediante la aplicación de fórmulas, porcentajes o cualquier otro criterio objetivo, la apertura de los sobres que contengan esta documentación (sobre “B”) se llevará a cabo en acto público, en un plazo no superior a SIETE DÍAS desde al apertura de la documentación administrativa, en el lugar y fecha indicados en el correspondiente anuncio de licitación, celebrándose con posterioridad la apertura de las proposiciones económicas y criterios de valoración objetivos (sobre “C”), que será avisada con la suficiente antelación a los licitadores.
14.3. Posteriormente, y obtenida la puntuación total alcanzada por cada una de las empresas licitadoras, la Mesa de Contratación elevará la propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación, a favor del licitador que haya efectuado la oferta económicamente más ventajosa, en atención a que se empleen uno o varios criterios.
14.4. En el caso de haberse empleado un solo criterio de adjudicación para determinar qué oferta es la más ventajosa económicamente, este ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo.
15.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
15.1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
15.2. El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá presentar dentro del plazo xx XXXX DIAS HABILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la siguiente documentación:
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensivas de las circunstancias recogidas en el art. 13 del RGLCAP.
- Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del art. 13 del citado Reglamento.
- Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el art. 14 de RGLCAP.
- Alta o último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto de este contrato y declaración de no haber formulado baja en la actividad correspondiente.
- Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, salvo que se establezca otra cosa en los pliegos, pudiendo autorizar al órgano de contratación para que, en su nombre, obtenga de forma directa la acreditación de ello, a cuyos efectos se completará el modelo de autorización recogido en los ANEXOS VII-A, B y C que acompaña al presente Pliego.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
15.3. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
15.4. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante e incluirá el contenido a que se refiere el art. 135.4 LCSP.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario y, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 xx Xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; en todo caso, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días.
16.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.16.1. Tiempos y requisitos.
16.1.1. El contrato se formalizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, dentro de los plazos a los que se refiere el artículo 140 LCSP que se pondrá en conocimiento del adjudicatario en el momento de la notificación de la adjudicación.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
16.1.2. Los gastos de publicidad originados en el expediente, tanto en boletines oficiales como en prensa, correrán por cuenta del adjudicatario, debiendo presentar con anterioridad a la firma del contrato justificante del pago de los correspondientes anuncios. El importe máximo de los gastos previstos en publicidad es el que se indica en el Apartado 18 del Cuadro de Características que encabeza el presente Pliego.
16.1.3. Cuando lo solicite el contratista, podrá elevarse a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento. El contratista quedara obligado a entregar al Organismo contratante copia simple de la escritura del contrato en el plazo de veinte días contados a partir de su otorgamiento.
16.1.4. Al contrato que se formalice, se unirá como anexo, un ejemplar de este Pliego de Cláusulas, con su Cuadro de Características y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, que será firmado, en prueba de su conformidad, por el adjudicatario.
16.1.5. Si una Unión de Empresas resultase adjudicataria, deberá acreditar ante el órgano de contratación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación, la constitución de la unión, mediante la presentación de la pertinente escritura pública y el nombramiento en igual forma, de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejecutar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa; todo ello, se entiende sin perjuicio de la responsabilidad solidaria, ante la Administración, de todos las empresarios que integren la Unión de Empresas.
16.1.6. Cuando la naturaleza del contrato lo requiera podrá exigirse al adjudicatario el cumplimiento de CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION, incluido la presentación o constitución de un seguro de responsabilidad civil. En este caso el contratista deberá presentar ante la Administración contratante antes de la firma del contrato, un certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente autorizada que acredite la contratación de una póliza de seguro de responsabilidad civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la contratada. Esta póliza cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a terceros y siempre derivados de la ejecución del contrato durante el tiempo de duración.
En el supuesto de que el contrato se prorrogara o ampliara el plazo de ejecución, la vigencia de la póliza alcanzará al nuevo periodo.
En el Apartado 19 del Cuadro de Características se establecerá el límite de indemnización de la póliza, caso de exigirse seguro de responsabilidad civil.
La Administración contratante podrá en cualquier momento durante la vigencia del contrato requerir al contratista para que acredite la vigencia de la citada póliza.
17.- NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
17.1. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido.
17.1. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.
18.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
A los efectos de lo previsto en el art.202 de LCSP, el órgano de contratación podrá modificar el presente contrato por razones de interés público, a cuyos efectos en el Apartado 20 del Cuadro de Características se determinarán las condiciones en que podrá realizarse tal modificación, el alcance y límites con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse, todo ello sin perjuicio de las competencias que pueda corresponder al Consejo Jurídico de la Región xx Xxxxxx.
Para el supuesto de realizar modificaciones no previstas en los Pliegos, se aplicará lo dispuesto en el art.92 quáter LCSP con los límites y requisitos ahí regulados sin que se pueda alterar las condiciones esenciales de licitación y adjudicación.
Para este supuesto, el procedimiento de modificación será el previsto en el art.92 quinquies LCSP.
III.- EFECTOS, CUMPLIMIENTO Y EXTINCION DEL CONTRATO.
En el Apartado 21 del Cuadro de Características se relacionan las recepciones parciales de partes del contrato susceptibles de ser entregadas a la Administración.
La entrega y recepción de los bienes suministrados se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 205 y 268 y ss LCSP.
En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de recepción o conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato; en caso de fijar un plazo diferente de recepción de los bienes en atención a su naturaleza y especificidades, se hará constar dicho plazo en el Apartado 21.2 del Cuadro de Características.
20.- PLAZO DE GARANTIA DE LOS BIENES SUMINISTRADOS.
Conforme lo prevenido en el art.205.3 LCSP se fijará un plazo de garantía a contar de la fecha de recepción o conformidad, transcurrido el cual sin objeciones por parte de la Administración, salvo los supuestos en que se establezca otro plazo, quedará extinguida la responsabilidad del contratista. El plazo de garantía se indicará en el Apartado 22.1 del Cuadro de Características que se incorpora a este Pliego.
Se exceptúan del plazo de garantía aquellos contratos en que por su naturaleza o características no resulte necesario, lo que deberá justificarse debidamente en el expediente de contratación en el Apartado 22.1 del Cuadro de Características.
Cuando la naturaleza de los productos lo requiera, se establecerá un plazo mínimo de caducidad que será el señalado en el Apartado 22.2 del Cuadro de Características de este Pliego.
Si durante el plazo de garantía establecido se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, el órgano de contratación tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos.
El plazo de garantía, en el supuesto de que se prevean recepciones parciales, comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas de conformidad.
21.- CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION.
21.1. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
Para que los adjudicatarios puedan ceder sus derechos y obligaciones a terceros deberán cumplirse los requisitos recogidos en el art. 209 de LCSP, quedando el cesionario subrogado en todos los derechos y obligaciones que corresponderían al cedente.
21.2. Salvo que el contrato disponga lo contrario o que por su naturaleza y condiciones se deduzca que ha de ser ejecutado directamente por el adjudicatario, éste podrá concertar con terceros la realización parcial del mismo. En el Apartado 23.1 del Cuadro de Características se indica la parte o tanto por ciento de las prestaciones susceptibles de ser subcontratadas. En el supuesto de que en dicho Apartado no se indique un límite especial, el importe máximo de las prestaciones objetos de ser subcontratadas no podrá exceder del 60 por 100 del precio de adjudicación del contrato. En el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se señala, en su caso, la obligatoriedad de la subcontratación con terceros no vinculados al mismo, de determinadas partes de la prestación que no excedan en su conjunto del 50 por 100 en del importe del presupuesto del contrato, de conformidad con el artículo 210.7 de LCSP.
Si en el Apartado 23.2 del Cuadro de Características se indicara la obligatoriedad de la subcontratación y la parte del contrato a la que afectara, los licitadores deberán indicar en su oferta la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, señalando su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización.
El adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla por referencia a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
La infracción de las condiciones establecidas para proceder a la subcontratación, establecidas en el artículo 210.2 de la citada Ley, podrá dar lugar, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 % del importe del subcontrato.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en los arts. 206 y 275 de LCSP y se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia a éste y con los efectos previstos en los arts. 208 y 276 de LCSP.
En el supuesto de que se incluyeran en el Pliego causas de resolución por incumplimiento de las obligaciones contractuales calificadas como esenciales o se especificaran expresamente otras causas de resolución, se indicarán en el Apartado 24 del Cuadro de Características.
23.- PENALIDADES ADMINISTRATIVAS.
23.1. Incumplimiento de los plazos.
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales que, en su caso, queden fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas en la cuantía establecida en el art. 196 de LCSP, salvo que en se establezcan otras distintas en el Apartado 25 del Cuadro de Características.
El adjudicatario incurrirá en xxxx, en el caso de incumplimiento de los plazos previstos, sin que requiera la interpelación o la intimación previa por parte de la Administración.
23.1.2. Otros incumplimientos.
El importe de las penalidades por demora se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las facturaciones que se produzcan. En todo caso la garantía definitiva responderá de la efectividad de aquellas, de acuerdo con lo establecido en el art. 88 LCSP. En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
Las reducciones y penalidades referidas en los párrafos anteriores no excluyen la indemnización a que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios, ocasionados por el retraso imputable al adjudicatario.
En el caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del mismo o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato que se hubiesen establecido conforme a los artículos 53.2, 102.1 y 134.6, de LCSP, podrá preverse un régimen de penalidades Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato.
24.- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA EJECUCION DEL CONTRATO.24.1. De conformidad con el art. 41.1 LCSP, el órgano de contratación podrá designar un representante para el seguimiento de la ejecución del contrato. Cuando la ejecución del contrato así lo aconseje, la Administración podrá recabar del contratista, la designación de una persona que actúe como delegado suyo para organizar la realización del contrato e interpretar y poner en práctica las observaciones que para el exacto cumplimiento del mismo le fuesen formuladas por el órgano de contratación.
24.2. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen inadecuados. En este caso, podrán retenerse hasta que se produzca y se reciba de conformidad el nuevo suministro, los artículos defectuosos previamente entregados. El plazo para la reposición citada, será como máximo la mitad del establecido como plazo de entrega de los bienes en el contrato. Serán por cuenta del contratista todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada o reposición de los artículos defectuosos.
Si se estima con presunción fundada, que los citados bienes no iban a ser aptos para el fin que se adquirieron, ni aún después de su reposición por el adjudicatario, podrán rechazarse los bienes, dejándolos de cuenta del adjudicatario y quedando exenta la Administración en este caso de la obligación de pago y por lo tanto, con derecho a la devolución del precio satisfecho.
24.3. No se harán por el contratista alteraciones, correcciones, omisiones o variaciones en los bienes o productos objeto del suministro contratado, salvo aprobación expresa del órgano de contratación.
La Administración, en virtud del contrato adjudicado y durante el plazo de ejecución del mismo, podrá obtener los suministros especificados y previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el presente Pliego a los precios señalados en las proposiciones de los adjudicatarios, según los modelos y marcas que oferten.
24.4. El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del contratista, con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación dé la Administración al Contratista.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los bienes o productos suministrados, así como de los daños y perjuicios que se deduzcan para la Administración contratante o para terceros como consecuencia de defectos, omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la calidad del producto o en la ejecución del contrato, debiendo indemnizar en este caso a la Administración y/o a terceros perjudicados. El contratista garantizará a la Administración cualquier reclamación xx xxxxxxx fundada en los motivos anteriormente señalados.
El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 198 de LCSP.
24.5. Los gastos de transporte y entrega de los bienes objeto de suministro al lugar de ejecución serán de cuenta del adjudicatario.
24.6. El órgano de contratación, directamente o a través de la entidad que considere más idónea por su especialización, tiene la facultad de inspeccionar, de establecer sistemas de control de calidad y de ser informado del proceso de fabricación o elaboración del producto objeto del presente contrato, pudiendo ordenar análisis, ensayos y pruebas de los materiales a emplear, dictando cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. El coste de estos trabajos, con el límite del 2% del presupuesto contractual será de cuenta del adjudicatario/s afectado/s.
24.7. La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso de los bienes correrá siempre a cargo del adjudicatario quien deberá pedirlas en su propio nombre.
24.8. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo a la vez que responderá de todos los daños y perjuicios causados a terceros y a la Administración dentro del proceso contractual, siendo exigible por la vía de apremio administrativo el cobro de los citados daños.
25.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION.
Corresponden a la Administración las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
Los acuerdos dictados al efecto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.
La empresa adjudicataria se compromete a tratar los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la ejecución del contrato, observando los principios exigibles por la legislación en materia de protección de datos, en particular los relativos a la calidad de los datos, seguridad de los mismos y deber xx xxxxxxx, así como conforme a las concretas instrucciones recibidas del SERVICIO MURCIANO DE SALUD, no utilizando los datos para ningún otro propósito distinto a la prestación de los servicios a favor del citado organismo.
Asimismo, la empresa se compromete a observar el secreto profesional respecto de los datos personales objeto de tratamiento, manteniendo absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento de los servicios prestados, de acuerdo al nivel de protección establecido en la normativa correspondiente, no comunicando a ningún tercero, ni siquiera para su conservación, los datos facilitados por el SERVICIO MURCIANO DE SALUD como responsable del fichero. Esta obligación subsistirá aún después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.
La empresa asegurará y se responsabilizara de que sus empleados y/ o colaboradores, reciban los datos únicamente en la medida en que sea necesario su conocimiento para la prestación del suministro o servicio pactado
En el supuesto de que la empresa, destine los datos a finalidad distinta de la estipulada, los comunique o utilice incumpliendo las instrucciones fijadas en el presente contrato, será considerada también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido.
El Servicio Murciano de Salud se reserva el derecho de comprobar e inspeccionar en cualquier momento, durante la vigencia del contrato, el cumplimiento de lo aquí expuesto siempre que medie un preaviso de 15 días. La Empresa se compromete a facilitar la inspección, poniendo a disposición de SERVICIO MURCIANO DE SALUD sus instalaciones y/ o todos aquellos datos, información, documentación que sea necesaria para la realización de la misma. Si fruto de dicha comprobación fuese necesario implantar medidas de seguridad adicionales a las previamente acordadas, la Empresa estará obligada a la implantación de dichas medidas a su cargo.
La empresa se compromete a devolver al SERVICIO MURCIANO DE SALUD los datos objeto de tratamiento, soportes o documentos en que estos consten, así como a destruir aquellos según las instrucciones del responsable del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual.
IV.- NATURALEZA, REGIMEN JURIDICO Y JURISDICCION COMPETENTE.
27.- NATURALEZA Y REGIMEN JURIDICO DEL CONTRATO.
El contrato que se regula por el presente Xxxxxx es de naturaleza administrativa y se regirá por las Cláusulas contenidas en el mismo.
Para todo lo no previsto en presente Pliego, se aplicarán las disposiciones de la legislación vigente en material de contratación administrativa, en especial en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por el Decreto 3850/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueban los Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras en lo que esté vigente y demás normas de desarrollo y modificaciones procedan.
En caso de discrepancia entre el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas o el contrato formalizado, predominará el primero de ellos.
La empresa acepta de forma expresa su sumisión a la Legislación, al Pliego y a la jurisdicción contencioso-administrativa en cuestiones litigiosas que pudieran derivarse el contrato.
28.- RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN.
Las personas físicas o jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones que se adopten, podrán interponer contra los actos de los contratos a que se refiere el artículo 310 LCSP, recurso especial en materia de contratación ante el órgano de contratación, en el plazo de QUINCE DIAS HABILES, contados a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. Dicho recurso deberá presentarse necesariamente en el Registro General del órgano de contratación.
No obstante, todo aquel que se proponga interponer el citado recurso, deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, escrito que deberá ser presentado dentro del plazo indicado en el apartado anterior, conforme lo establecido en el artículo 314 LCSP.
El recurso especial en materia recontratación será previo a la interposición del contencioso-administrativo y tendrá carácter potestativo y, en el caso, de que el acto recurrido sea el de la adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
Los actos que se dicten en procedimientos de adjudicación de contratos en que no sea susceptible la interposición del recurso especial, podrán ser objeto de recurso de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las cuestiones litigiosas que se deriven del contrato se entenderán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
ANEXO I-A
Modelo de Aval para GARANTIA PROVISIONAL
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)...........................................................................................................NIF ..........................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en calle/plaza/avenida.............................................................................................. C.P. ............................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ........................................................................................................................
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado).....................................................................................................................................................................................NIF...................................en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el avalado) .................................................. ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD por importe de: (en letras) ...................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en………………………………. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
(lugar y fecha)
(razón social de entidad)
(firma de los Apoderados)
ANEXO I-B
Modelo de Aval para GARANTIA DEFINITIVA
La Entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)........................................................................................................... NIF ..........................................con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ...................................................................... en la calle/plaza/avenida .................................................................................... C.P. ............................ y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ......................................................................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A V A L A
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado) ....................................................................................................................NIF ..................................... en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que imponen la constitución de esta garantía)..................................................... para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)........................................ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, por importe de: (en letras)...........................................................................................................
Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en…………………………….. (norma en virtud de la cual se deposita la garantía), en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación.
.................................................................(lugar y fecha)
....................................................(razón social de entidad)
.................................................(firma de los Apoderados)
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO II-A
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA PROVISIONAL
Certificado número......................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF.....................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad (nombre)…………………………………………... NIF.............................., en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de………………… euros, en concepto de GARANTIA PROVISIONAL para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) …………………………………………………….
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) ……………………………………………….en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En .................., a .......... de ......................... de ...................
ANEXO II-B
Modelo de certificado de seguro de caución para GARANTIA DEFINITIVA
Certificado número ...........................................................
La entidad aseguradora (nombre)………………………………. (en adelante asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle/plaza/avenida ..................................................................................... C.P.............................y CIF......................................debidamente representada por don ............................................................................... con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación realizada el día ................. por el Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquella cumple los requisitos establecidos en los artículos 19 y 20 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
A S E G U R A
A la entidad......................................................... NIF ................................... en concepto de tomador del seguro, ante el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, en adelante asegurado, hasta el importe de…………………… euros, en concepto de GARANTIA DEFINITIVA para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar frente al asegurado de (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado)
La falta de pago de la prima, sea única primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, con sujeción a los términos previstos en (norma en virtud de la cual se deposita la garantía) en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el SERVICIO MURCIANO DE SALUD, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación devolución, de acuerdo con la normativa arriba citada.
En ......................................, a .......... de ................................. de ...................
Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria
Murcia, a ....................................................
El Jefe de la Unidad
(firma y sello)
Fdo.: ...........................................................
ANEXO III
D ................................................................................................................
......................................................., con D.N.I ........................................, en representación de la empresa ........................................................................, con domicilio social en ..............................................................................., C.P. ..........................
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que la empresa que representa, no está incursa en prohibición de contratar, conforme al artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Igualmente, declara responsablemente, que la empresa que representa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como no tener deudas de naturaleza tributaria con la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, comprometiéndose, en caso de resultar adjudicatario, a presentar los siguientes documentos:
a) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Certificación administrativa expedida por órgano competente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, acreditativa de no tener la empresa deudas de naturaleza tributaria con la Administración Autonómica en las condiciones fijadas en el apartado e) del artículo 13 del citado Real Decreto.
c) Certificación administrativa de encontrarse la empresa al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social comprensiva de las circunstancias recogidas en el artículo 14 del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre.
d) Alta y último recibo del Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda al objeto del contrato.
Y para que conste, firmo la presente declaración responsable
en .............................., a ............de .....................................de 2011
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
A N E X O IV
D. ...................................................................................................., con D.N.I. ................................, en nombre y representación de la empresa ........................................................................., entidad con domicilio social en...................................., calle ......................................................, nº ........, C.P. ................................ y C.I.F. nº ....................................
CERTIFICA:
Que no forma parte de los órganos de gobierno y administración de la empresa, persona alguna de aquellas a que se refiere la Ley 5/1994, de 1 xx xxxxxx del Estatuto Regional de la Actividad Política.
Y para que así conste, ante el Servicio Murciano de Salud, en el expediente número .................., se expide la presente
en ...................................., a .......... de .............................. de 2011
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
ANEXO V
NOMBRE DE LA EMPRESA:
DIRECCIÓN COMPLETA:
TELÉFONO:
FAX:
CORREO ELECTRÓNICO:
PERSONA DE CONTACTO:
ANEXO vi
OFERTA ECONÓMICA
D.________________________________________________________________, con domicilio en __________________________________________________, D.N.I. nº _______________________, teléfono ___________________, en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de ______________________________________________, con domicilio en ___________________________________________________, C.P. ____________, teléfono ___________________, y D.N.I. o C.I.F. (según se trate de persona física o jurídica) nº ______________) enterado de la licitación convocada por el Servicio Murciano de Salud, para la contratación de SUMINISTRO DE GAS NATURAL CON DESTINO A DIFERENTES CENTROS SANITARIOS DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD
DECLARO:
1º) Que me comprometo a la ejecución del contrato por los precios que se detallan en anexo.
2º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad, reservándome el derecho de poder mejorar lo indicado en la proposición inicial presentada.
3º) Que la empresa a la que represento, cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
Firma,
SR. DIRECTOR GERENTE SERVICIO MURCIANO DE SALUD
|
| PROPOSICIÓN ECONÓMICA | |||||||||
|
| ESTIMACIÓN CONSUMO ANUAL | COSTE TOTAL (€/año) | ||||||||
|
| 40.898.000 kwh /año |
| ||||||||
GRUPO 1- TARIFA 2.3 | |||||||||||
PUNTO SUMINISTRO | CUPS | Estimación kwh/año | QDC kwh/día | Precio Unitario T.FIJO (€/kwh/día/mes) | Precio Unitario T.ENERGÍA (€/kwh) | Alquiler Equipos (€/mes) Medida Telemedida | TOTAL T.FIJO (€/año) | TOTAL T. ENERGÍA (€/año) | TOTAL E. M. (€/año) | IMPORTE TOTAL €/AÑO | |
X.X. XXXXXX DE LA ARRIXACA | ES 0222 9010 0002 5909 YX | 16.000.000 | 98.000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
H.U. SANTA XXXXX XXXXXXXXX | ES 0225 9010 0002 6618 FE | 11.500.000 | 50.000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Fórmula para obtención del precio variable del término de energía: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Descripción de los términos que intevienen en la fórmula: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| |||||||||||
GRUPO 2 - TARIFA 2.2 | |||||||||||
PUNTO SUMINISTRO | CUPS | Estimación kwh/año | QDC kwh/día | Precio Unitario T.FIJO (€/kwh/día/mes) | Precio Unitario T.ENERGÍA (€/kwh) | Alquiler Equipos (€/mes) Medida Telemedida | TOTAL T.FIJO (€/año) | TOTAL T. ENERGÍA (€/año) | TOTAL EQUIPOS (€/año) | IMPORTE TOTAL €/AÑO | |
H.U. LOS ARCOS DEL MAR MENOR | ES 0229 0100 1050 2865 YX | 4.800.000 | 5.800 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Fórmula para obtención del precio variable del término de energía: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Descripción de los términos que intevienen en la fórmula: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| |||||||||||
GRUPO 3 - TARIFA 3.4 | |||||||||||
PUNTO SUMINISTRO | CUPS | Estimación kwh/año | QDC kwh/día | Precio Unitario T.FIJO (€/mes) | Precio Unitario T.ENERGÍA (€/kwh) | Alquiler Equipos (€/mes) Medida Telemedida | TOTAL T.FIJO (€/año) | TOTAL T. ENERGÍA (€/año) | TOTAL E. M. (€/año) | IMPORTE TOTAL €/AÑO | |
H. G. U. XXXXX XXXXX-XXXXXXX | ES 0225 9010 0002 2182 EW | 5.000.000 | 27.000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
H. G. U. XXXXX XXXXX-COCINA | ES 0225 1100 1681 2539 SH | 170.000 | 000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
X. XXXXXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX | XX 0225 1100 0879 8766 VC | 425.000 | 1.164 |
|
|
|
|
|
|
|
|
X. XXXXXX XXX XXXXXXXX-XXXXXXX | XX 0000 9010 00002 0884 JA | 2.800.000 | 11.000 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||
|
| ||||||||||
Fórmula para obtención del precio variable del término de energía: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Descripción de los términos que intevienen en la fórmula: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||
GRUPO 4 - TARIFA 3.3 | |||||||||||
PUNTO SUMINISTRO | CUPS | Estimación kwh/año | QDC kwh/día | Precio Unitario T.FIJO (€/mes) | Precio Unitario T.ENERGÍA (€/kwh) | Alquiler Equipos (€/mes) Medida Telemedida | TOTAL T.FIJO (€/año) | TOTAL T. ENERGÍA (€/año) | TOTAL E. M. (€/año) | IMPORTE TOTAL €/AÑO | |
X. XXXXXX XXX XXXXXXXX-XXXXXX | XX 0000 9010 0002 1949 BE | 80.000 | 550 |
|
|
|
|
|
|
|
|
C.S. XXXXXXX XXXX | ES 0225 1100 1293 0000 XX | 98.000 | 650 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Fórmula para obtención del precio variable del término de energía: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Descripción de los términos que intevienen en la fórmula: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
GRUPO 5 - TARIFA 3.2 | |||||||||||
PUNTO SUMINISTRO | CUPS | Estimación kwh/año | QDC kwh/día | Precio Unitario T.FIJO (€/mes) | Precio Unitario T.ENERGÍA (€/kwh) | Alquiler Equipos (€/mes) Medida Telemedida | TOTAL T.FIJO (€/año) | TOTAL T. ENERGÍA (€/año) | TOTAL E. M. (€/año) | IMPORTE TOTAL €/AÑO | |
ANATOMÍA PATOLÓGICA-H.XXXXX XXXXX | ES 0225 1100 0100 7085 QA | 25.000 | 650 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Fórmula para obtención del precio variable del término de energía: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
Descripción de los términos que intevienen en la fórmula: |
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
| ||||||||
NOTAS: | |||||||||||
Para el cálculo del término fijo en tarifas 2.2 y 2.3, se utilizará Qd.aplicada = Qd.contratada | |||||||||||
Precios unitarios del término fijo para tarifas 2.3 y 2.2 el precio vendrá expresado con precisión de 6 decimales y para el resto de tarifas con precisión de 2 decimales. | |||||||||||
Precios unitarios del término variable vendrá expresado con precisión de 6 decimales, precio obtenido de la fórmula propuesta. | |||||||||||
Los precios no incluirán IVA | |||||||||||
ANEXO VII-A
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL ESTADO.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artº. 13 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA TRIBUTARIA SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-B
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS A LA SEGURIDAD SOCIAL RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON DICHA ENTIDAD.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Seguridad Social, información a los efectos previstos en el artº. 14 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
INFORMACIÓN AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 14 DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
ANEXO VII-C
MODELO DE AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PUEDA RECABAR DATOS TRIBUTARIOS A LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN RELATIVOS AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
La/s persona/s abajo firmante/s autoriza/n al Servicio Murciano de Salud, a solicitar de la Agencia Regional de Recaudación, información de naturaleza tributaria, a los efectos previstos en el artículo 13 e) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre y en el artículo 2 de la Orden de 1 xx xxxxx de 2008.
INFORMACIÓN TRIBUTARIA AUTORIZADA: DATOS QUE POSEA LA AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN SOBRE LAS OBLIGACIONES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTº. 13 E) DEL REAL DECRETO 1098/2001, DE 12 DE OCTUBRE Y EL ART. 2 DE LA ORDEN DE 1 XX XXXXX DE 2008.
A.- DATOS CONTRATISTA PERSONA FISICA
NOMBRE Y APELLIDOS/RAZON SOCIAL:
| |
NIF: | FIRMA
|
B.- DATOS CONTRATISTA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA
NOMBRE DE LA EMPRESA/RAZON SOCIAL: CIF: | |
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE:
| |
NIF: | CALIDAD EN LA QUE ACTUA:
|
FIRMA:
|
En ................................, a ....... de ................................... de ......................
NOTA: La Autorización concedida por cada firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido al Servicio Murciano de Salud.
� REGLAMENTO (CE) 451/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 xx xxxxx de 2008.
� REGLAMENTO (CE) 213/2008 DE LA COMISIÓN de 28 de noviembre de 2007.
� Valor estimado según los términos establecidos en el art.76 y art.92 ter. LCSP.
� Art.77.2 LCSP.
� Art.270 LCSP.
� Art.91.1 LCSP
� Art.83.1 LCSP
� En su caso, incluir también % garantía complementaria.
� Art.84.2 LCSP.
� Art.90.3 LCSP. Solo cuando se admitan recepciones parciales según Apartado 21 Cuadro de Características.
� Vid Cláusula 9.3 del PCAP.
� Conforme los medios previstos en el art. 64 (solvencia económica y financiera) y art.66 (solvencia técnica) LCSP.
� Art.53 LCSP.
� Incluir, en su caso, exigencia de póliza de seguro de responsabilidad civil. Cláusula 16.1.6 PCAP.
� Art.205.2 LCSP.
� Meses/años
� Art.205.3 LCSP
� Art.206.f) LCSP
� Art.206.h) LCSP
PAGE
2