ADENDA
INSTITUTO DE INFORMACiÓN ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA
ADENDA
AL CONTRATO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS POR HONORARIOS IIEG/DG/UAJ/CONT/124/2015 QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE, EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL PODER EJECUTIVO, SECTORIZADO A LA SECRETARíA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACiÓN y FINANZAS, DENOMINADO INSTITUTO DE INFORMACiÓN ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA DEL ESTADO DE JALISCO, POR QUIEN COMPARECEN LOS CC. MTRO. XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX, DIRECTOR GENERAL, Y EL Uc. XXXXXXX XXXxXXX XXXXXXXX, DIRECTOR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURíDICOS, EN LO SUCESIVO"IIEG", Y POR OTRA PARTE LA uc. XXXxX DEL Xxxxx Xxxx XXXXXXX, EN LO SUBSECUENTE"EL PROFESIONISTA"; A QUIENES EN FORMA CONJUNTA SE DENOMINARÁN "LAS PARTES"; AL TENOR DE LOSANTECEDENTESY CLÁUSULASSIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. Que en fecha 01 de Diciembre de 2015, "LAS PARTES" celebraron un contrato de prestación de servicios, cuyo objeto se estableció en la cláusula primera, que a continuación se transcribe:
PRIMERA. El presente instrumento tiene por objeto que "EL PROFESIONISTA" realice las las siguientes tareas:
• Las tareas que le sean encomendadas par el Director de la Coordinación del Sistema.
11. Que la vigencia de dicho contrato se pactó entre "LAS PARTES" del día 24 de noviembre de 2015 al 06 de diciembre de 2015, pudiendo ampliarse de manera determinada en caso de que continúen las incapacidades del titular de la plaza de Técnico Especializado con adscripción a la Coordinación del Sistema.
111. Que en virtud de que la titular de la plaza de Técnico Especializado adscrito a la Coordinación del Sistema continúa incapacitada para laborar, se requiere prolongar la vigencia del contrato en mención.
IV. En razón de lo anterior "LAS PARTES" acuerdan someterse a lo establecido en el presente instrumento, acorde a las siguientes:
cLÁUSULAS
Primera. "LAS PARTES" convienen en modificar los alcances de la CLÁUSULA QUINTA del contrato de mérito referente a la vigencia del mismo, prorrogándose ésta por 03 tres días naturales contados a partir del 07 de diciembre de 2015, finalizando el día 09 de noviembre de 2015.
Segunda. "LAS PARTES" son conscientes, que únicamente y exclusivamente se realiza la presente adenda en los términos descritos en la cláusula anterior, subsistiendo en todos sus demás términos el contrato base, incluida la cantidad de honorarios a percibir por "EL PROFESIONISTA", siendo ésta la cantidad de $501.50 (quinientos un pesos 50/100 M.N) por día, menos los impuestos correspondientes al ser bajo la modalidad de honorarios asimilables alanos, los
C)
-. Ao:::O'
•
INSTITUTO DE INFORMACiÓN ESTADíSTICA Y GEOGRÁFICA
JALISCO
pagos se harán los días de pago de quincena, cubriéndose lo correspondiente a los días laborados dentro de la misma.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcance legal, declaran expresamente que en el mismo no existe error, dolo, lesión o vicio de consentimiento alguno y lo suscriben ante la presencia del testigo que al calce firma, en la ciudad de Zapopan, Jalisco, el día 07 de diciembre del año 2015.
DIRECTOR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURíDICOS DEL"IIEG"
M
EL PROFESIONISTA"
L1C.XXXxX DEL Xxxxx Xxxx XXXXXXX
LIC. XXXXXXX XXXXXXX XXXX ERA
TESTIGO DIRECTORA DE LA UNIDAD
DE ADMINIST CIÓN DEL "IIEG"
la presente hoja de firmas corresponde a la NO.2 del Adenda al contrato de Prestación de Servicios por honorarios numero IIEG/DG/UAJ/CONT/0124/2015, que celebran por una parte el Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo denominado Instituto de Información Estadistica y Geográfica del Estado de Jaliscoy por otra parte la Lic. Xxxxx xxx Xxxxx XxxxXxxxxxx, con fecha de 07 de diciembre de 2015.
Página 2 de 2