PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO CON INCORPORACIÓN DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO...
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO CON INCORPORACIÓN DE CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB- JOVE
Aprobado por Resolución de expediente, gasto y pliegos de día 14 de febrero de 2018 con el informe jurídico favorable de día 9 de febrero de 2018
CONTRATO DE SUMINISTRO
Procedimiento de adjudicación: ABIERTO Tramitación: ORDINARIA URGENTE Mesa de Contratación: SÍ NO
Contrato sujeto a regulación armonizada: SÍ NO
DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Órgano de contratación: Presidente del Instituto Balear de la Juventud (IB-Jove) Departamento o servicio: Área de Instalaciones, Participación y Formación
Responsable del contrato: Responsable del área de Instalaciones, Participación y Formación
OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la adquisición y suministro de los siguientes productos necesarios para el funcionamiento de las instalaciones que gestiona el IB-Jove (albergue y campamento de La Victoria): - Lote 1. Productos de limpieza - Lote 2. Suministro de gasóleo - Lote 3. Ropa de cama - Lote 4. Uniformes de personal y camisetas de actividades - Lote 5. Suministro de agua potable - Lote 6. Suministro y mantenimiento de máquinas de zumos y café - Lote 7. Suministro de maquinaria y utensilios de cocina y lavandería |
La adquisición y suministro de los productos que antes se exponen son necesarios para el funcionamiento de las instalaciones que gestiona el IB-Jove. Las empresas licitadores podrán presentar ofertas para uno o más lotes incluidos en esa contratación. - CPV (Vocabulario común de contratos) - Lote 1: 39830000-9 - Lote 2: 09134100-8 - Lote 3: 39512000-4 - Lote 4: 18331000-8 / 18222000-1 - Lote 5:: 41110000-3 - Lote 6: 15894500-6 - Lote 7:: 42000000-6 CPA (Clasificación de productos por actividades) Nomenclatura principal Nomenclatura complementaria (si procede) |
Número expediente : 715/2018 |
Contrato reservado: NO SÍ |
Necesidades administrativas a satisfacer: Adquisición y suministro de productos necesarios para el funcionamiento correcto de las instalaciones gestionadas por el IB-Jove que ofrecen un servicio público muy demandado para el ámbito juvenil de las Islas Baleares |
Perfil de contratante: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx / xxxx://xxxxxx.xxxx.xx |
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
A.1 Precio a tanto alzado:
Importe (IVA incluido) un máximo de 161.380 € |
IVA: 10% (lote 5), 21% resto de lotes; Un máximo de 27.644,47 € |
Total: un máximo de 133.735,53 € (IVA excluido) |
A.2 Otros sistemas de determinación del precio (especificar lo que sea de aplicación):
Precio unitario: Otros sistemas: | Presupuesto de gasto máximo (IVA excluido): |
IVA: | IVA: |
total: | total: |
A.3 Lotes
Presupuesto de gasto máximo de cada lote (IVA excluido): Lote 1: Productos de limpieza; un máximo de 20.000 € Lote 2: Suministro de gasóleos; un máximo de 5.000 € Lote 3: Material ropa de cama; un máximo de 10.500 € Lote 4: Uniformes personal y camisetas de actividades; un máximo de 9.000 € Lote 5: Suministro agua potable; un máximo de 4.000 € Lote 6: Suministro y mantenimiento de máquinas de jugos y café; un máximo de 6.500 € Lote 7: Suministro de maquinaria y utensilios de cocina y lavandería; un máximo de 78.735,53 € | Presupuesto de gasto máximo de la totalidad de los lotes (IVA excluido): 133.735,53 € |
21% de IVA Lote 1: un máximo de 4.200 € 21% de IVA lote 2: un máximo de 1.050 € 21% de IVA lote 3: un máximo de 2.205 € 21% de IVA lote 4: un máximo de 1.890 € 10% IVA lote 5: un máximo de 400 € 21% de IVA lote 6: un máximo de 1.365 € 21% de IVA lote 7: un máximo de 16.534,47 € | IVA de la totalidad de los lotes: 27.644,47 € |
Total Lote 1: un máximo de 24.200 € (IVA incluido) Total Lote 2: un máximo de 6.050 € (IVA incluido) Total Lote 3: un máximo de 12.705 € (IVA incluido) Total Lote 4: un máximo de 10.890 € (IVA incluido) Total Lote 5: un máximo de 4.400 € (IVA incluido) Total Lote 6: un máximo de 7.865 € (IVA incluido) Total Lote 7: un máximo de 95.270 € (IVA incluido) | Importe de la totalidad de los lotes: un máximo de 161.380 € (IVA incluido) Los importes máximos señalados han calculado de acuerdo con el consumo de temporadas anteriores. |
A.4 Valor estimado del contrato
Importe IVA excluido: un máximo de 133.735,53 €
B. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y ANUALIDADES
B.1 Distribución por anualidades:
año | Total (IVA incluido) | partida presupuestaria |
2018 | 161.380 € | Presupuesto IB Joven 2018 |
B.2 Lotes
año | lotes | Total (IVA incluido) | partida presupuestaria |
2018 | lote 1 | Un máximo de 24.200 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 2 | Un máximo de 6.050 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 3 | Un máximo de 12.705 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 4 | Un máximo de 10.890 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 5 | Un máximo de 4.400 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 6 | Un máximo de 7.865 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
2018 | lote 7 | Un máximo de 95.270 € | Presupuesto IB-Joven 2018 |
B.3 Financiación conjunta
C. DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN
Duración del contrato: Desde la firma del contrato hasta 31 de diciembre de 2018 Plazo de ejecución total: Desde la firma del contrato hasta 31 de diciembre de 2018 Plazos de ejecución parciales:
Fecha de inicio del suministro: Desde el primer pedido de los productos objeto de esta contratación
D. ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. Art. 23.2 y 290 TRLCSP
NO SÍ
Condiciones en las que se llevará a cabo la prórroga (plazo, preaviso, etc.):
E. PLAZO DE GARANTÍA
Tres meses desde la finalización del suministro
F. SOLVENCIA. HABILITACIÓN
F.0 Obligación de acreditar la solvencia
SÍ NO
F.1 Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera. Art. 75 TRLCSP
Medios:
Se debe acreditar un volumen de negocios, o bien un volumen anual de negocios en el ámbito de esta contratación durante los tres últimos ejercicios por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en cada uno de los lotes de este procedimiento y en los pliegos de esta contratación o en su defecto a lo establecido reglamentariamente. Los importes son los siguientes:
- Lote 1. Productos de limpieza: 20.000 € (IVA excluido)
- Lote 2. Suministro de gasóleos: 5.000 € (IVA excluido)
- Lote 3. Material ropa de cama: 10.500 € (IVA excluido)
- Lote 4. Uniformes personal y camisetas de actividades: 9.000 € (IVA excluido)
- Lote 5. Suministro agua potable: 4.000 € (IVA excluido)
- Lote 6. Suministro y mantenimiento de máquinas de jugos y café: 6.500 € (IVA excluido)
- Lote 7. Suministro de maquinaria y utensilios de cocina y lavandería: 78.735,53 € (IVA excluido)
En defecto de lo expuesto, también se puede acreditar cualquiera de los otros requisitos del artículo 75 del TRLCSP.
Criterios de selección y requisitos mínimos: cantidad igual o superior al importe anual máximo de licitación de cada lote
F.2 Medios de acreditación de la solvencia técnica. Art. 77, 80 y 81 TRLCSP
Medios:
De acuerdo con el artículo 77 del TRLCSP se aportará una relación de los principales suministros de cada lote efectuados durante los cinco últimos años, indicando su importe, fechas y destinatarios públicos o privados de los mismos. Los importes son los siguientes:
- Lote 1. Productos de limpieza: 24.200 € (IVA incluido)
- Lote 2. Suministro de gasóleos: 6.050 € (IVA incluido)
- Lote 3. Material ropa de cama: 12.705 € (IVA incluido)
- Lote 4. Uniformes personal y camisetas de actividades: 10.890 € (IVA incluido)
- Lote 5. Suministro agua potable: 4.400 € (IVA incluido)
- Lote 6. Suministro y mantenimiento de máquinas de jugos y café: 7.865 € (IVA incluido)
- Lote 7. Suministro de maquinaria y utensilios de cocina y lavandería: 95.270 € (IVA incluido)
En defecto de lo expuesto, también se puede acreditar cualquiera de otros requisitos incluidos en el artículo 77 del TRLCSP.
Criterios de selección y requisitos mínimos: cantidad igual o superior al importe anual máximo de licitación de cada lote
F.3 Concreción de las condiciones de solvencia
Además de la solvencia indicada, se exige la adscripción a la ejecución del contrato, como mínimo, de los medios personales y / o materiales siguientes:
Especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación. Art. 64.1 TRLCSP
SÍ NO
Compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales indicados. Art. 64.2 TRLCSP
SÍ NO
Carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el art. 223.f: SÍ
NO
F.4 Habilitación empresarial o profesional exigida
Declaración responsable debidamente cumplimentada y firmada
G. REVISIÓN DE PRECIOS
no procede Sí procede. términos: |
H. GARANTÍAS
H.1 Garantía provisional: Máximo 3% del presupuesto de licitación (IVA excluido)
Importe: No procede
H.2 Garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación (o del presupuesto de licitación cuando la cuantía del contrato se determina en función de precios unitarios; o del precio máximo fijado, en el caso de los contratos con precios provisionales) (IVA excluido)
Importe: No procede
Forma de prestar la garantía:
En cualquiera de las formas reguladas en el art. 96.1 TRLCSP
Mediante retención de precio (art. 96.2 TRLCSP) No procede
Acreditación de la constitución de la garantía por medios electrónicos:
No se prevé
H.3 Garantía complementaria: Máximo 5% del importe de adjudicación (IVA excluido)
NO SÍ
Porcentaje:
I. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Lugar: Sede del IB-Jove (Edificio Palma Arena); xxxxx xxx Xxxxxxx, x/x, 00000 Xxxxx. Fecha límite: 25 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la licitación en el BOIB. En caso de que este día fuera xxxxxx, xxxxxxx o festivo en las Islas Baleares, el plazo se prorrogará al primer día hábil siguiente. Hora límite: 14.00 h. Si se envía la oferta o cualquiera de las informaciones complementaria por correo postal, se debe enviar la copia del justificante del envío al fax 000 00 00 00, o en la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxx@xxxxxx.xxxx.xx , siempre antes de la finalización de dicho plazo. |
J. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES O MEJORAS
NO SÍ Elementos y condiciones sobre los que se aceptan: |
K. PARÁMETROS OBJETIVOS PARA APRECIAR VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS. Art. 152 TRLCSP
Se entenderán como valores anormales o desproporcionados un descenso en la oferta económica global de más del 30% respecto a los precios máximos de licitación de acuerdo con el punto 15.5 de las cláusulas particulares de este Pliego. |
L. CIRCUNSTANCIAS DETERMINANTES DE LA ADJUDICACIÓN EN LOS CASOS DE IGUALDAD DE PROPOSICIONES (Cláusula 15.6 y DA 4ª TRLCSP)
Cuando se estime conveniente, a efectos de la solución de empates, y cuando proceda según la cláusula 15.6, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del empresario que acredite la circunstancia siguiente (indicar una o el orden de preferencia): Número de trabajadores con discapacidad superior al 2% en los términos de la DA 4ª.2 Empresas de inserción (DA 4a.3) Entidades sin ánimo de lucro en los términos de la DA 4a.4 Entidades reconocidas como organizaciones de comercio justo en los términos de la DA 4a.5 |
M. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Art. 118 TRLCSP
Condiciones especiales de ejecución del contrato:
Carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el art. 223.f): SÍ
NO
Carácter de infracción grave a los efectos establecidos en el artículo 60.2.c) de la LCSP en caso de incumplimiento (cláusula 27.5):
SÍ NO
Condiciones especiales de ejecución de carácter social:
a) Derechos laborales y calidad en el empleo:
- El contratista deberá cumplir a lo largo de toda la ejecución contractual todas las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales en vigor en materia laboral, de seguridad social, y de seguridad y salud en el trabajo que sean aplicables a las personas trabajadoras vinculadas a la ejecución del contrato.
- El contratista aplicará a la plantilla que ejecutará el contrato las condiciones de trabajo establecidas por el último convenio colectivo sectorial y territorial vigente en que se encuadra y desarrolla la prestación contractual, sin perjuicio de mejoras sobre el mismo se dispone.
- En caso de que no haya convenio colectivo o norma que lo regule, el contratista deberá abonar el salario debido en los primeros cinco días de mes a todo el personal que participe en la ejecución del contrato.
- El contratista mantendrá la plantilla adscrita a la prestación a lo largo de toda la ejecución del contrato. A tal efecto, y al inicio del contrato, el contratista deberá manifestar, mediante declaración responsable, el número de personas trabajadoras que ocupará para la ejecución del contrato y su jornada laboral expresada en horas de trabajo al año. Si la plantilla no fuera homogénea a lo largo del contrato, se deberá presentar un calendario con indicación concreta del número de personas e individualizando su jornada anual de trabajo en horas de trabajo por persona, así como las fechas de inicio y final del contrato.
b) Discapacidad:
Las empresas que dispongan de 50 o más personas trabajadoras en el total de su plantilla deberán acreditar que está compuesta al menos por un 2% de personas con una discapacidad igual o superior al 33%. Complementariamente o subsidiariamente podrá acreditarse mediante el cumplimiento de las medidas alternativas previstas en la legislación vigente.
c) Igualdad entre mujeres y hombres:
- Las empresas con más de 250 trabajadores / as deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan de Igualdad previsto en la Ley orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- El contratista deberá establecer medidas que garanticen la igualdad en el acceso al empleo, la retribución, la promoción, la formación y la permanencia, así como la prevención del acoso sexual en el trabajo, ya establecer medidas que favorezcan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras adscritas a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
En toda la documentación, publicidad, imagen o material que se genere con motivo de la ejecución del contrato, la empresa o entidad adjudicataria deberá hacer un uso no sexista del
lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
d) "Inserción laboral de personas con dificultades de acceso al mercado laboral",
"El contratista, en caso de tener que contratar nuevo personal, deberá adscribirse y contratar para la ejecución del contrato al menos un 10% de personas con dificultades de acceso al mercado laboral, y establecer el porcentaje mencionado como cómputo medio de la plantilla a lo largo de toda la ejecución del contrato, sin perjuicio de lo previsto en el punto 5 del apartado tercero de este acuerdo "
e) Cumplimiento de criterios éticos:
El contratista aportará o fabricará todos sus productos o suministros, y ejecutará sus obras o servicios, respetando los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y con estricto cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo, de conformidad con la Directiva 2014/24 / UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18 / CE.
f) Transparencia y justicia fiscal
El contratista ejecutará el contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, por lo que los ingresos o beneficios procedentes del presente contrato público serán íntegramente declarados y liquidados de conformidad con la legislación fiscal vigente, sin que en ningún caso puedan utilizarse domicilios fiscales incluidos en algún territorio o país que, de acuerdo con la normativa tributaria legal o reglamentaria del Estado español, tengan el carácter de paraísos fiscales, bien sea de forma directa o mediante empresas filiales o integrantes de un mismo grupo societario.
N. IMPORTE MÁXIMO GASTOS DE PUBLICIDAD
Un máximo de 300 € a cargo del adjudicatario |
O. PROGRAMA DE TRABAJO EN CONTRATOS DE TRACTO SUCESIVO
SÍ. Plazo de presentación para su aprobación: NO |
P. PAGO DEL PRECIO. Art. 216 TRLCSP Pago del precio:
Se pagará el servicio, una vez se hayan entregado al IB-Jove las facturas debidamente conformadas por el área de Participación, Instalaciones y Formación. |
Órgano con competencias en materia de contabilidad pública (cláusula 26.2):
Q. SUBCONTRATACIÓN. Art. 227 TRLCSP
No se permite Se permite en las condiciones siguientes: De acuerdo con lo establecido en el artículo 227 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público, el contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación. El adjudicatario deberá comunicar al IB-Jove, anticipadamente y por escrito, la intención de celebrar subcontratos, indicando la parte de la prestación que se pretende subcontratar y la identidad del subcontratista, y justificando suficientemente la aptitud de éste para ejecutarla teniendo en cuenta los elementos técnicos y humanos de que dispone ya su experiencia. Se exige la presentación de una declaración sobre la parte del contrato que el licitador tenga previsto subcontratar en los términos del artículo 227.2.a del TRLCSP Se exige la subcontratación con empresas especializadas. Partes del contrato a subcontratar y habilitación profesional exigida: |
R. LUGAR DE ENTREGA O PRESTACIÓN
La prestación objeto de esta contratación se desarrollará en el albergue y / o campamento de la Victoria según la necesidad del suministro de cada instalación
S. PENALIDADES ESPECÍFICAS PARA ESTE CONTRATO NO INCLUIDAS EN EL ART. 212 TRLCSP
En caso de incumplimiento de plazos parciales: |
En caso de incumplimiento del plazo total: Se penalizará en base a la factura por un importe del 0,2% por cada día de retraso según el plazo acordado. |
En caso de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la prestación: |
En caso de incumplimiento parcial de la ejecución del objeto del contrato: En el caso de incumplimientos parciales de las obligaciones que se relacionan a la letra u) y en caso de que el órgano de contratación no haya optado por la resolución del contrato, éste podrá imponer penalidades diarias de hasta un máximo del 60% del importe de garantía definitiva para cada incumplimiento. Se pueden aplicar penalidades de forma acumulada. En el caso de incumplimientos parciales de obligaciones distintas a las que se relacionan a la letra u), el órgano de contratación podrá imponer penalidades diarias de hasta un máximo del 50% del importe de garantía definitiva para cada incumplimiento, cuando no atienda a los requerimientos del órgano de contratación. Se pueden aplicar penalidades de forma acumulada. En caso de que el incumplimiento afecte características tenidas en cuenta para definir los criterios de adjudicación (art. 150.6): |
En caso de incumplimiento de los compromisos o de las condiciones especiales de ejecución del contrato (arts. 64.2, 118 y 228 bis): |
Otros: |
T. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Se permite en las condiciones siguientes: no procede Alcance y límites de la modificación:
Porcentaje sobre el precio del contrato al que puede afectar como máximo:
U. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Causas especiales de resolución del contrato: |
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato a las que se atribuye carácter de obligación contractual esencial a los efectos del art. 223.f (art. 118 TRLCSP): sí |
Incumplimientos de la prestación que afecten a características que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación, a los que se atribuye carácter de obligación contractual esencial a los efectos del art. 223.f (art. 150.6 TRLCSP): sí |
Incumplimientos parciales que pueden suponer causa de resolución del contrato: La aplicación de las penalidades por encima de un 5% del presupuesto del contrato, podrán suponer la resolución del contrato |
V. PLAZO ESPECIAL DE RECEPCIÓN. Art. 222.2 TRLCSP
W. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
SÍ NO
X. INFORMACIÓN DE CARÁCTER CONFIDENCIAL
Tal como se señala en el artículo 140 de la LCSP, el licitador podrá presentar declaración en la que se especifique qué documentos y/o datos son, a juicio de la empresa de carácter confidencial. No tendrán en ningún caso, carácter confidencial los documentos que sean de acceso público. |
Y. OBSERVACIONES
De acuerdo con los Pliegos de Condiciones Particulares que rigen esta contratación, las empresas podrán optar a presentarse a todos los lotes de esta licitación. En el caso que dos o más ofertas una vez valoradas, tengan igual puntuación, se adjudicará el lote a la empresa que tenga el nombre de trabajadores con discapacidad superior al 2% según el apartado L de este pliego. Si aún así, hubiera un empate en la puntuación, se decidirá la adjudicación a la oferta económica más ventajosa. Los sobres deben estar cerrados y deben estar identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurre, el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, el NIF, el nombre y los apellidos del representante, en su caso, los números de teléfono y de fax, y la dirección electrónica, en caso de disponer de ellos. El sobre debe estar firmado por el licitador o la persona que lo represente. Las entidades licitadoras en el caso de que presenten más de una oferta, deberán presentar debidamente firmado y cumplimentado por cada uno de los lotes, el Anexo V (Presupuesto Base del listado de productos de cada lote). |
Será suficiente presentar un ejemplar del Anexo I (Solicitud), el Anexo II (Oferta económica), el Anexo III (Declaración responsable), el Anexo IV (Autorización de uso de medios electrónicos para efectuar notificaciones), el Anexo VI (Criterios evaluables susceptibles de valorar mediante fórmulas o porcentajes) , el Anexo VII (Criterio de calidad social) y el Anexo VIII (Declaración responsable relativa a las circunstancias determinantes de la adjudicación en los casos de igualdad de proporciones. |
Las entidad, deberá presentar los anexos debidamente cumplimentados y firmados de la siguiente manera: |
Sobre núm. 1 documentación general ANEXO I: La solicitud de participación ANEXO III: Declaración responsable de no estar incursa la empresa o la entidad en prohibición de contratar, de acuerdo al artículo 60 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y donde también se exprese la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la CAIB y con la Seguridad Social. En la declaración responsable, también se hará constar que la empresa o la entidad no está incursa en ninguno de los supuestos a que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB y que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente correspondientes a la solvencia, entre otras obligaciones ANEXO IV: Autorización de uso de medios electrónicos para efectuar notificaciones ANEXO VIII: Modelo de declaración responsable relativa a las circunstancias determinantes de la adjudicación en las casos de igualdad de proposiciones |
Sobre núm. 2 proposición económica ANEXO II: Oferta económica. La entidad licitadora deberá presentar el Modelo de oferta económica debidamente firmado y cumplimentado, indicando el lote y expresando claramente en letras y en números del importe de licitación. |
Sobre núm. 3 Proposición técnica relativa a los criterios evaluables susceptibles de valorar mediante fórmulas o porcentajes Anexo V: Presupuesto Base del listado de productos de cada lote. Anexo VI: criterios evaluables susceptibles de valorar mediante fórmulas o porcentajes (sólo Lote 1,2 y 5) Anexo VII: Criterio de calidad Social |
Z. DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (Deuc) (Cláusula 14.1.1.b)
Información que se debe rellenar:
Lugar donde se puede obtener el Deuc:
A. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN Y VALORACIÓN DEL CONTRATO
El IB-Jove adjudicará los siete lotes entre las ofertas presentadas, en forma y plazo, de acuerdo con los criterios adjudicados que se valorarán dentro un máximo de 100 puntos.
A.1 Criterios adjudicación
Los criterios que se tendrán en cuenta para la adjudicación del contrato del lote 1 son los que especifica este cuadro:
LOTE 1 | ||
Criterio de valoración | Ponderación sobre la valoración final | criterios |
Oferta económica | Un máximo de 60 puntos | La oferta económica se valorará con un máximo de 60 puntos que se darán a la oferta más barata. El resto de ofertas se puntuarán inversamente proporcionalmente de acuerdo con este criterio. |
Criterios evaluables | Un máximo de 30 puntos | Tiempo de respuesta: (Un máximo de 15 puntos) Se valorará ante una necesidad urgente, el tiempo de respuesta para la ejecución del suministro del pedido. Planificación del reparto: (Un máximo de 15 puntos) Se valorará los días de reparto semanal del suministro. |
Oferta carácter social | Un máximo de 10 puntos | Se valorará con un máximo de 10 puntos a los licitadores que incluyan en el contenido de su oferta, productos de carácter biodegradable de acuerdo con la tabla especificada en el apartado. (A.2.3) |
Los criterios que se tendrán en cuenta para la adjudicación del contrato del lote 2 y lote 5 son los que especifica este cuadro:
LOTE 2 - LOTE 5 | ||||
Criterio de valoración | Ponderación sobre la valoración final | criterios | ||
Oferta económica | Un máximo puntos | de | 60 | La oferta económica se valorará con un máximo de 60 puntos que se darán a la oferta más barata. El resto de ofertas se puntuarán inversamente proporcionalmente. |
Criterios evaluables | Un máximo puntos | de | 30 | Tiempo de respuesta: (Un máximo de 30 puntos) Se valorará ante una necesidad urgente, el tiempo de respuesta para la ejecución del suministro del pedido. |
Oferta carácter social | un máximo puntos | de | 10 | Se valorará la proporción de personas trabajadoras fijas de la empresa licitadora respecto del total de trabajadores. La puntuación se obtendrá de la siguiente manera: Las personas trabajadoras fijas superan el 75% del total de trabajadores |
Las personas trabajadoras fijas superan el 50% hasta un 75% del total de trabajadores Las personas trabajadoras fijas no superan el 50% del total de trabajadores |
Los criterios que se tendrán en cuenta para la adjudicación del contrato del lote 3, lote 4, lote 6 y lote 7 son los que especifica este cuadro:
LOTE 3 - LOTE 4 - LOTE 6 - LOTE 7 | ||
Criterio de valoración | Ponderación sobre la valoración final | criterios |
Oferta económica | Un máximo de 90 puntos | La oferta económica se valorará con un máximo de 90 puntos que se darán a la oferta más barata. El resto de ofertas se puntuarán inversamente proporcionalmente. |
Oferta carácter social | un máximo de 10 puntos | Se valorará la proporción de personas trabajadoras fijas de la empresa licitadora respecto del total de trabajadores. La puntuación se obtendrá de la siguiente manera: Las personas trabajadoras fijas superan el 75% del total de trabajadores Las personas trabajadoras fijas superan el 50% hasta un 75% del total de trabajadores Las personas trabajadoras fijas no superan el 50% del total de trabajadores |
A.2 Valoración y devengo de los criterios de adjudicación
Los criterios se puntuarán de la siguiente manera:
A.2.1 Oferta económica
LOTES 1, 2 y 5 | |
puntos | criterios |
60 | Se valorará la oferta más barata con la puntuación máxima |
A la oferta más económica correspondiente al listado base de productos de cada lote (Anexo V) se le asignarán 60 puntos. En el resto de ofertas se le asignará una puntuación inversamente proporcional a la oferta más económica de la siguiente manera:
Valor de la oferta más económica x 60 Puntos de la oferta = -------------------------------------------- -------------
Valor de la oferta a puntuar
LOTES 3, 4, 6 y 7 | |
puntos | criterios |
90 | Se valorará la oferta más barata con la puntuación máxima |
A la oferta más económica correspondiente al listado base de productos de cada lote (Anexo V) se le asignarán 90 puntos. En el resto de ofertas se le asignará una puntuación inversamente proporcional a la oferta más económica de la siguiente manera:
Valor de la oferta más económica x 90 Puntos de la oferta = -------------------------------------------- ------------------
Valor de la oferta a puntuar
A.2.2. criterios evaluables Lote 1
Criterio 1. Respecto al criterio del tiempo de respuesta se tendrán en cuenta los siguientes criterios: | |
puntos | criterios |
15 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 12 horas el pedido |
10 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 24 horas el producto |
5 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 48 h el producto |
Criterio 2. Respecto al criterio de la planificación del reparto se tendrán en cuenta los siguientes criterios: | |
puntos | criterios |
15 | Reparto a diario |
10 | Reparto tres días por semana |
8 | Reparto dos días por semana |
5 | Reparto un día por semana |
Lotes 2 y 5
Criterio. Respecto al criterio del tiempo de respuesta se tendrán en cuenta los siguientes criterios: | |
puntos | criterios |
30 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 12 horas el pedido |
20 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 24 horas el producto |
10 | Ante una necesidad el proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 48 h el producto |
A.2.3. Criterio de calidad social Criterio social (sólo Lote 1)
Se valorará con un máximo de 10 puntos a los licitadores que en el Anexo V del listados de productos de limpieza incluyan productos de carácter biodegradable que no perjudiquen el medio ambiente, de acuerdo con la siguiente tabla:
LOTE 1 | |
puntos | criterios |
10 | Suministro de 10 ó más productos biodegradables |
8 | Suministro entre 5 y 9 productos biodegradables |
5 | Suministro entre 3 y 4 productos biodegradables |
Esta característica debe estar indicada en la etiqueta o el envasado del producto y se deberá especificar por parte de las empresas licitadoras en el mismo listado.
Criterio social (Lotes 2, 3, 4, 5, 6 y 7)
Se valorará con un máximo de 10 puntos a los licitadores que tengan la proporción de personas trabajadoras fijas de la empresa licitadora respecto del total de trabajadores. DAcuerdo con la siguiente tabla:
LOTE 2, 3, 4, 5, 6 Y 7 | |
puntos | criterios |
10 | Las personas trabajadoras fijas superan el 75% del total de trabajadores |
6 | Las personas trabajadoras fijas superan el 50% hasta un 75% del total de trabajadores |
0 | Las personas trabajadoras fijas no superan el 50% del total de trabajadores |
PLIEGO DE CLÁUSULAS PARTICULARES PARA CONTRATOS DE SUMINISTRO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato
2. Órgano de contratación
3. Régimen jurídico. Recursos
4. Capacidad para contratar
5. Solvencia. Habilitación
6. Presupuesto de licitación
7. Existencia de crédito
8. Plazo de ejecución
9. Revisión de precios
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10. Procedimiento de adjudicación y tramitación
11. Escrito de invitación
12. Garantía provisional
13. Proposiciones de los interesados
14. Documentación que debe acompañar las proposiciones
15. Calificación de la documentación general. Examen de las ofertas y negociación
16. Requerimiento previo a la adjudicación.
17. Constitución de la garantía definitiva
18. Documentación que debe presentar el licitador seleccionado para la adjudicación
19. Adjudicación
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20. Formalización del contrato
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
21. Responsable del contrato
22. Obligaciones del contratista
23. Gastos e impuestos por cuenta del contratista
24. Pago del precio
25. Incumplimiento del contrato
26. Cesión del contrato y subcontratación
27. Modificación del contrato
28. Suspensión del contrato
V. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
29. Cumplimiento del contrato
30. Resolución y extinción del contrato
31. Plazo de garantía
32. Devolución o cancelación de la garantía definitiva
ANEXO I: SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN ANEXO II: MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
XXXXX XXX: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
ANEXO IV: AUTORIZACIÓN DE USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA LAS NOTIFICACIONES ANEXO V: PRESUPUESTO BASE DEL LISTADO DE PRODUCTOS DE CADA LOTE
ANEXO VI: CRITERIOS EVALUABLES SUSCEPTIBLES DE VALORAR MEDIANTE FÓRMULAS O PORCENTAJES ANEXO VII: CRITERIO DE CALIDAD SOCIAL
ANEXO VIII: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LAS CIRCUNSTANCIAS DETERMINANTES DE LA ADJUDICACIÓN EN LOS CASOS DE IGUALDAD DE PROPOSICIONES
CLÁUSULAS PARTICULARES PARA CONTRATO DE SUMINISTRO MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato
1.1 El objeto del contrato es la realización del suministro que se indica en la portada y en el Cuadro de características del contrato de este Pliego, comprendido en el artículo 9 de la LCSP.
1.2
Cuando la contratación se fraccione en lotes, el objeto de cada lote constituye una unidad funcional susceptible de realización independiente.
La ejecución del objeto del contrato debe adecuarse a las condiciones que figuran en el contrato, en este Pliego y en el Pliego de prescripciones técnicas, en su caso, documentos que tienen carácter contractual.
El objeto corresponde a los códigos de la nomenclatura Vocabulario común de contratos (CPV) de la Comisión Europea y de la nomenclatura de la Clasificación de productos por actividades (CPA) que, en su caso, se indican en la portada de este Pliego.
1.3 Cuando así se indique en la letra J del Cuadro de características del contrato, se admitirá la presentación de variantes o mejoras sobre los elementos y en las condiciones que en el cuadro se determinan.
2. Órgano de contratación
2.1 El órgano de contratación es el que se indica en la portada de este Pliego.
2.2 El órgano de contratación tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, tiene las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que al respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente.
3. Régimen jurídico. recursos
3.1 La contratación que se debe llevar a cabo se tipifica como contrato de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 del texto refundido de la Ley de contratos del sector público (en adelante TRLCSP) , aprobado por Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando sometida a dicha ley, así como al Reglamento general de la Ley de contratos de las administraciones públicas, aprobado por Real decreto 1098/2001, de 12 de octubre, en tanto continúe vigente, y al Real decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, Las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo de la LCSP), ya las cláusulas contenidas en este Pliego de cláusulas administrativas particulares.
Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en el marco de las competencias respectivas.
En caso de discordancia entre este Pliego y el Pliego de prescripciones técnicas o cualquier otro documento contractual, prevalece este Pliego.
3.2 Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación y resolución del contrato, y los efectos de ésta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos. Se pueden recorrer en vía administrativa o ser impugnados mediante recurso contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
3.3 El recurso en vía administrativa contra los actos relativos a la preparación, la adjudicación, los efectos, el cumplimiento y la extinción del contrato es el que corresponda en función de lo indicado a continuación.
Cuando se trate de un acto incluido en el artículo 40 de la LCSP se puede interponer el recurso especial en materia de contratación a que se refiere este precepto ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en el plazo de quince días hábiles a contar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.2 del TRLCSP y de acuerdo con el procedimiento que se establece.
El recurso se presentará necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el registro electrónico del Ministerio al que esté adscrito el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, órgano al que debe dirigirse. En este último caso, el recurso se presentará por vía electrónica.
Si se trata de un acto no incluido en el artículo 40 de la LCSP, se puede interponer, según proceda en cada caso, un recurso de alzada o el recurso especial en materia de contratación a que se refiere el artículo 66 de la Ley 3/2003, de 26 xx xxxxx, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de conformidad con este precepto y con la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El recurso especial en materia de contratación es potestativo, y alternativamente se puede acudir a la vía contencioso administrativa.
4. Capacidad para contratar
4.1 Pueden contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de actuar, no se encuentren comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 de la LCSP.
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, de acuerdo con los estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, y deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Acreditación de la capacidad de actuar en los términos establecidos en las cláusulas 14.1.1.a) y 18.2 de este Pliego.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea tienen capacidad para contratar siempre que, de acuerdo con la legislación del Estado en el que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato.
Pueden contratar con la Administración las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización en escritura pública hasta que se haya adjudicado el contrato a su favor.
En caso de que este contrato sea un contrato reservado de conformidad con la disposición adicional quinta de la LCSP, que se reserva el derecho a participar en el procedimiento de adjudicación del contrato o de determinados lotes en centros especiales de empleo ya empresas de inserción o para que se reserva un porcentaje mínimo de la ejecución del contrato en el marco de programas de empleo protegido, se indicará así en la portada de este Pliego.
4.2 Para contratar con la Administración, las personas físicas o jurídicas deben acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, salvo que en el Pliego se establezca que esta acreditación no es obligatoria.
4.3 Los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato.
4.4 No pueden concurrir a la licitación las empresas que han participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
4.5 Las personas que contraten con la Administración podrán hacerlo por sí mismas o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
4.6 Si durante la tramitación del procedimiento y antes de la adjudicación se produce la extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, le sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que cumpla las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en este Pliego para participar en el procedimiento de adjudicación.
5. Solvencia. habilitación
5.1 La solvencia económica, financiera y técnica o profesional exigible, en su caso, en este contrato se acreditará por los medios que se indican en la letra F del Cuadro de características del contrato, en la que constan los criterios de selección y los requisitos mínimos para acreditarla.
En la letra F.0 del Cuadro de características del contrato se indica si en este contrato la acreditación de la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional es obligatoria o no lo es.
5.2 Además de la solvencia exigida, en su caso, en las letras F.1 y F.2, el órgano de contratación puede exigir la adscripción a la ejecución del contrato, como mínimo, de los medios personales y / o materiales que indican en la letra F.3. Si no se indica nada, se entiende que no existen exigencias adicionales.
En los supuestos en los que se haya indicado alguna exigencia en la letra F.3 del Cuadro de características del contrato, y se indique expresamente, en este contrato se exige, de conformidad con el artículo 64 de la LCSP, que los licitadores concreten las condiciones de solvencia mediante:
- Especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.
- El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para llevarlo a cabo adecuadamente. En este caso, el órgano de contratación puede atribuir a estos compromisos el carácter de obligaciones esenciales a los efectos previstos en el artículo 223.f del TRLCSP o establecer penalidades de conformidad con el artículo 212.1 de la LCSP y la cláusula 25.5 de este Pliego.
La especificación de los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación se detallarán en la oferta y deben presentarse junto con la documentación acreditativa de la solvencia. El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes se presentará en el sobre de la documentación general del licitador.
5.3 Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, a través de los medios de justificación que figuran en los apartados 1 y 2 de la letra F del Cuadro de características del contrato.
La acreditación de la solvencia puede hacerse o completarse con los medios que constan en el certificado de inscripción del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o del Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que aporte el licitador.
5.4 Los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 84.1 de la LCSP.
5.5 Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
5.6 En el supuesto de que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada, el órgano de contratación podrá exigir, en la letra
F.2 del Cuadro de características del contrato, la acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental, de conformidad con los artículos 80 y 81 de la LCSP.
5.7 En el supuesto en que se exija una habilitación empresarial o profesional para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato, se podrá especificar en la letra F.4 del Cuadro de características del contrato, no obstante, el licitador ha acreditar que dispone de las habilitaciones exigidas por la normativa que sea de aplicación.
5.8 El órgano de contratación o la Mesa de contratación podrá recabar de los licitadores las aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados que estime pertinentes, o requerirles para la presentación de otros complementarios.
6. Presupuesto de licitación
6.1 El presupuesto máximo de licitación de esta contratación, excluido el IVA, que debe soportar la Administración, figura en la letra A del Cuadro de características del contrato y podrá ser modificado a la baja como consecuencia de la negociación. Se indica, asimismo, el importe correspondiente al IVA y el importe total del contrato, IVA incluido.
6.2 En el supuesto de precio a tanto alzado, la letra A.1 indicará el presupuesto máximo de licitación.
6.3 En el supuesto de precio unitario e importe total indeterminado, la letra A.2 indicará los precios máximos unitarios de licitación, así como el presupuesto de gasto máximo o indicativo que se prevé para el contrato. El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no está obligada a llevar a cabo una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del importe indicado. Además, como se trata de un importe meramente indicativo, las necesidades reales podrán determinar un incremento; en este caso en los contratos a que se refiere la disposición adicional trigésima cuarta del TRLCSP se debe tramitar la modificación correspondiente del contrato.
En el supuesto en que, con motivo de la baja en el precio unitario de los bienes a suministrar ofertado por el adjudicatario, se produzca un ahorro respecto del presupuesto de licitación, el importe de este ahorro podrá ser destinado, a criterio del órgano de contratación, a incrementar el número de unidades a suministrar, hasta que se iguale el presupuesto máximo de licitación, lo que se concretará en el momento de la adjudicación.
6.4 En el supuesto de que se utilice otro sistema de determinación del precio del contrato, se indicará dicho sistema en la letra A.2, así como el presupuesto de xxxxx xxxxxx que se prevé para el contrato.
6.5 En el supuesto de licitación por lotes, la letra A.3 desglosará el presupuesto máximo de licitación para cada uno de los lotes, e indicará el presupuesto de gasto máximo de la totalidad de los lotes.
6.6 En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, está incluida la totalidad de los gastos que pueda producir al adjudicatario la realización de este contrato, de acuerdo con lo previsto en la cláusula 23 de este Pliego. Del mismo modo, se incluyen los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de estos bienes.
6.7 Las anualidades en que se distribuye el gasto, así como la financiación del contrato, en el caso de financiación conjunta, constarán en la letra B del Cuadro de características del contrato.
El órgano de contratación tiene la facultad de reajustar las anualidades cuando las exigencias de ejecución presupuestaria lo aconsejen.
6.8 En el supuesto de cofinanciación con fondos europeos, este contrato se someterá a las disposiciones del Tratado de la Unión Europea y los actos fijados en virtud del mismo, y debe ser coherente con las actividades, políticas y prioridades comunitarias en pro de un desarrollo sostenible y de una mejora del medio ambiente, debiendo promover el crecimiento, la competitividad, la empleo y la inclusión social, así como la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, el Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento ( CE) núm. 1083/2006 del Consejo.
6.9 El valor estimado del contrato, calculado de conformidad con el artículo 88 de la LCSP, es el que figura en la letra A.4 del Cuadro de características del contrato.
7. Existencia de crédito
Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión.
En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para afrontar las obligaciones derivadas del contrato.
La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.
8. Duración del contrato. Plazo de ejecución
8.1 La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos parciales, en su caso, o la fecha de inicio del suministro son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, si caso, como consecuencia de la negociación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 213.2 de la LCSP, el plazo de ejecución podrá prorrogarse cuando el contratista no pueda cumplir por causas totalmente imprevistas y que no le sean imputables, siempre que las justifique debidamente.
8.2 Se puede admitir la prórroga de los contratos adjudicados por precios unitarios, de conformidad con lo establecido en la letra D del Cuadro de características del contrato. La prórroga será obligatoria para el contratista.
9. Revisión de precios
La procedencia o no la revisión de precios de este contrato y, en su caso, los términos en que puede efectuarse indican en la letra G del Cuadro de características del contrato.
Cuando proceda, la revisión de precios tendrá lugar de conformidad con lo previsto en el capítulo II del título III del libro primero del TRLCSP.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
10. Procedimiento de adjudicación y tramitación
La adjudicación del contrato se llevará a cabo mediante procedimiento negociado sin publicidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 169 a 178 de la LCSP.
La tramitación del procedimiento será ordinaria o urgente, según lo indicado en la portada de este Pliego. Cuando la tramitación utilizada sea de urgencia, los plazos para la licitación, la adjudicación y la formalización del contrato se reducirán a la mitad, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la LCSP.
El órgano de contratación podrá articular el procedimiento de adjudicación en fases sucesivas, a fin de reducir progresivamente el número de ofertas a negociar mediante la aplicación de criterios de adjudicación. Se entiende que en esta contratación existirán fases sucesivas cuando en la letra L del Cuadro de características del contrato se indiquen las fases y los criterios de adjudicación que se deben utilizar.
En caso de que en este procedimiento se realicen notificaciones electrónicas, se indicará así en la letra Z del Cuadro de características del contrato. En este caso, los interesados deberán presentar un documento en el que se identifique el dispositivo electrónico o la dirección de correo electrónico en el que se han de recibir los avisos de las notificaciones electrónicas. En cualquier momento del procedimiento los interesados podrán solicitar la modificación del sistema de notificación.
11. Escrito de invitación
11.1 El órgano de contratación, a través de la unidad administrativa de contratación, cursará una petición de ofertas al menos a tres empresas capacitadas para la realización del objeto del contrato, si es posible, con las que negociará los aspectos técnicos y económicos señalados en la letra K del cuadro de características del contrato.
La invitación puede limitarse a una única empresa cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 170, apartados dif, o en el artículo 173, apartados a, cye del TRLCSP.
11.2 La comunicación con cada empresario se hará mediante un escrito de invitación que, como mínimo, debe tener la siguiente información:
- Objeto del contrato.
- Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, en su caso, o indicación de la forma de acceso a estos documentos.
- Lugar y plazo de presentación de sus proposiciones.
12. garantía provisional
12.1 Los licitadores deberán constituir una garantía provisional por el importe fijado en letra H.1 del Cuadro de características del contrato, que corresponderá como máximo al 3% del presupuesto de licitación (IVA excluido), salvo que en el Cuadro se indique que no procede.
12.2 En caso de existir lotes y así se indique expresamente, los licitadores deberán constituir una garantía provisional por el o los importes fijados en la letra H.1 del Cuadro de características del contrato, que corresponderá, como máximo, al 3% del presupuesto establecido para el lote o lotes a que se licite, IVA excluido, en la letra A.3 del Cuadro de características del contrato.
12.3 En los supuestos en que no haya previa fijación del presupuesto de licitación y así se indique expresamente, los licitadores deberán constituir una garantía provisional por el importe fijado en letra H.1 del Cuadro de características del contrato, que corresponderá, como máximo, 3% del presupuesto de xxxxx xxxxxx, IVA excluido, previsto en la letra A.2 del Cuadro de características del contrato.
12.4 La garantía provisional podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 de la LCSP.
La garantía provisional deberá constituirse de acuerdo con las normas establecidas en el artículo 103 de la LCSP, así como en la normativa de desarrollo y la normativa autonómica que sea de aplicación.
No se exige la validación de las garantías. No obstante, cuando la garantía se constituya mediante aval o seguro de caución se exige la verificación de la representación, efectuada por la Dirección de la Abogacía la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
12.5 En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía exigida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.
12.6 La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los licitadores inmediatamente de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición haya sido seleccionada para la adjudicación hasta que constituya la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
13. Proposiciones de los interesados
13.1 Las proposiciones se presentarán en el lugar y plazo señalados en el escrito de invitación o en el anuncio publicado al efecto. Si el día indicado es sábado o festivo, pasará al primer día hábil siguiente.
13.2 La documentación que se presente debe ir acompañada de una relación de todos los documentos que se adjuntan.
Este documento debe estar suscrito por el licitador o por el representante de la empresa interesada, y debe incluir la denominación de la empresa, el NIF, el nombre y los apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace , así como el número de teléfono y el fax de contacto. Si se trata de una unión temporal de empresas, se indicarán los datos de cada uno de los empresarios.
13.3 En caso de que el licitador considere que su proposición contiene datos y documentos que son susceptibles de ser considerados confidenciales, de acuerdo con el artículo 140 del TRLCSP puede presentar una declaración en la que indique qué datos y qué documentos son de carácter confidencial y lo justifique adecuadamente.
Además, esta circunstancia se reflejará claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.
Los documentos y los datos que presenten los licitadores pueden ser considerados de carácter confidencial cuando la difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la competencia xxxx entre las empresas del sector. Si no se aporta esta declaración se considerará que no existe ningún documento o dato que tenga este carácter.
No se considerarán confidenciales los documentos que tengan el carácter de documentos de acceso público. Se entienden así los depositados en archivos y registros oficiales y los publicados en boletines oficiales de cualquier ámbito. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta.
En caso de que el órgano de contratación considere que los datos y los documentos calificados de confidenciales no tienen este carácter, puede determinar cuáles tienen carácter confidencial, lo cual se motivará en el expediente.
13.4 La presentación de la proposición presupone la aceptación incondicionada por el interesado del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego y, en su caso, xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
13.5 El importe de la proposición económica no deberá superar el presupuesto de licitación establecido en la letra A del Cuadro de características del contrato.
13.6 Los interesados deben presentar sus ofertas referidas a la totalidad de los bienes objeto del suministro. No obstante, si hay lotes, los interesados pueden presentar ofertas referidas a uno, a varios, La totalidad de los lotes, a menos que en la letra BB del Cuadro de características del contrato se limite el número de lotes a los que se pueden presentar. Los interesados deberán especificar, en su caso, la oferta correspondiente a cada lote.
13.7 Cada interesado podrá presentar sólo una oferta en relación con el objeto del contrato, o del lote o lotes a los que licite. Cuando se permita la presentación de variantes o mejoras en la letra J del Cuadro de características del contrato, las variantes o mejoras que incluya en su oferta deberán sujetarse a las condiciones establecidas.
13.8 El empresario que haya presentado oferta en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar oferta individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. En el supuesto de que haya lotes esta prohibición también es de aplicación en relación con cada lote de la licitación.
13.9 El incumplimiento de las normas contenidas en los dos apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las ofertas suscritas.
13.10 Las oficinas receptoras darán recibo de cada proposición al presentador, en el que constará el nombre del licitador, la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y hora de la presentación. Una vez entregada o remitida la proposición, no podrá ser retirada.
13.11 Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta en el mismo día, mediante cualquier los medios permitidos, de acuerdo con lo previsto en la letra I del Cuadro de características del contrato. Sólo se admitirá la comunicación por correo electrónico cuando esté indicado; de lo contrario, se entiende que no se admite.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo.
No obstante, si durante los diez días naturales siguientes a la fecha indicada no se ha recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
13.12 Una vez adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación general de los licitadores o candidatos que no hayan resultado adjudicatarios quedará a su disposición en las oficinas del órgano de contratación. En caso de que la documentación no se retire en el plazo de seis meses, se entenderá que el interesado ha renunciado y el órgano de contratación quedará facultado para destruirla.
14. Documentación que debe acompañar las proposiciones
14.1 Los empresarios invitados que quieran participar en el procedimiento deberán presentar el documento a que se refiere la cláusula
13.2 de este Pliego, junto con la documentación general, la proposición económica y, en su caso, la proposición técnica, en los términos que se establecen a continuación.
14.1.1 documentación general
a) Declaración responsable (debe presentar sólo en el caso de que se trate de un contrato no sujeto a regulación armonizada, sin perjuicio de la posibilidad de presentar, alternativamente, el Documento europeo único de contratación).
El licitador deberá presentar una declaración responsable según el modelo del anexo 1 de este Pliego en la que debe indicar que cumple los requisitos de capacidad, representación y, en su caso, solvencia que exige este Xxxxxx, y se ha comprometerse, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga en su favor, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos que exige la cláusula 18.2 de este Pliego.
Esta declaración incluirá la manifestación de no estar sometido a las prohibiciones para contratar con la Administración de conformidad con el artículo 60 de la LCSP, con la mención expresa de no estar sometido a ninguno de los supuestos a que se refieren la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la CAIB, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 250 / 1999, de 3 de diciembre.
Esta declaración incluirá la manifestación expresa de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, el empresario a favor del se efectúe.
Esta declaración incluirá la manifestación de disponer de la habilitación empresarial o profesional exigida para llevar a cabo la actividad o la prestación objeto del contrato.
Esta declaración debe incluir también la declaración expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración debe identificar el grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento, las debe identificar todas.
Debe firmar la declaración quien tenga poder suficiente para ello.
En el caso de unión temporal de empresarios, se presentarán tantas declaraciones como empresas integren la unión, cada una firmada por los representantes respectivos.
b) Documento europeo único de contratación (Se debe presentar obligatoriamente en caso de que se trate de un contrato sujeto a regulación armonizada, y voluntariamente, a elección del licitador -en sustitución de la declaración responsable-, en el caso que se trate de un contrato no sujeto a regulación armonizada).
El licitador deberá presentar el Documento europeo único de contratación (Deuc), que consiste en una declaración formal por la que declara que no se encuentra en ninguna de las situaciones en las que deba ser excluido de participar en este procedimiento de contratación, o pueda serlo, que cumple los criterios de selección establecidos en este Pliego y que se compromete a presentar la documentación pertinente.
Debe firmar esta declaración quien tenga poder suficiente para ello.
En caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, debe presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos que exige la cláusula 18.2 de este Pliego.
La declaración se presentará de conformidad con el formulario normalizado del Documento europeo único de contratación que establece el Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016.
La información que se cumplimentará en el Deuc es la que indica la letra CC del Cuadro de características del contrato.
Para rellenar el Deuc es conveniente seguir las instrucciones que figuran en el anexo I del Reglamento de ejecución (UE) 2016/7 y las orientaciones de la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de contratación Administrativa sobre la utilización del Documento europeo único de contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública.
Los licitadores pueden obtener el formulario Deuc en el lugar indicado en la letra CC del Cuadro de características del contrato.
Si el contrato está dividido en lotes y los criterios de selección varían de un lote a otro, el Deuc se rellenará para cada lote o grupo de lotes al que se aplican los mismos criterios de selección.
En caso de que el licitador recurra a la capacidad de otras entidades para acreditar los criterios de selección, debe presentar su propio Xxxx y tantos Deuc como entidades de que se trate.
En el caso de unión temporal de empresarios, se presentarán tantos Deuc como empresas integren la unión, cada uno firmado por los representantes respectivos.
c) El compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso.
En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal si resultan adjudicatarios del contrato. Este documento, será firmada los representantes de cada una de las empresas que integran la unión.
Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la forman y la participación de cada uno, y deben designar un representante o apoderado único.
d) La acreditación de la garantía provisional, en su caso.
Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores.
Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro, con la diligencia de verificación previa de la representación de la Dirección de la Abogacía la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita.
e) El compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para llevarlo a cabo adecuadamente a los que hace referencia la cláusula 5.2 de este Pliego en los casos en que se exija en la letra F.3 del Cuadro de características del contrato para concretar las condiciones de solvencia.
f) La declaración sobre la intención de celebrar subcontratos a la que se refiere el artículo 227.2.a) del TRLCSP cuando se exija en la letra S del Cuadro de características del contrato. El licitador deberá indicar en la declaración la parte del contrato que haya previsto subcontratar, con indicación del importe y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que se n haya de encargar la realización. Esta declaración no debe contener información que permita conocer el importe de la oferta económica.
g) El compromiso de subcontratar con empresas especializadas cuando así se haya exigido en la letra S del Cuadro de características del contrato, de conformidad con la cláusula 26.2 de este Pliego.
h) La acreditación de las circunstancias a que se refiere la cláusula 15.10 de este Pliego y, en su caso, la letra N del Cuadro de características del contrato, cuando la empresa pretenda acogerse al sistema de solución de empates previsto en la cláusula
15.10 de este Pliego.
i) Una declaración sobre los documentos y los datos de carácter confidencial, en su caso, de conformidad con la cláusula 13.3 de este Pliego.
j) La declaración expresa relativa al grupo empresarial al que pertenece la empresa y que comprenda todas las sociedades pertenecientes a un mismo grupo, en los términos que establece el artículo 42 del Código del comercio, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento y el licitador presente el Documento europeo único de contratación a que se refiere la cláusula 14.1.1.b) de este Pliego. En caso de no pertenecer a ningún grupo empresarial, la declaración se debe hacer en este sentido. Véase, a modo de ejemplo, el contenido del apartado 5 del anexo I de este Pliego.
k) Un documento en el que se identifique el dispositivo electrónico o la dirección de correo electrónico en el que se han de recibir los avisos de las notificaciones electrónicas, en caso de que en la letra Z del Cuadro de características del contrato se indique que en el procedimiento se llevarán a cabo notificaciones electrónicas, de conformidad con la cláusula 10 de este Pliego.
l) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier tipo, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pueda corresponder al licitador.
m) Xxxxxxxxx otro documento que según este Xxxxxx deba incluirse en este sobre.
14.1.2 proposición económica
El licitador debe presentar su oferta económica según el modelo del anexo 2 de este Pliego. La oferta debe ir firmada por quien tenga poder suficiente para hacerlo, y no debe contener errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta.
El importe debe expresarse claramente en números y letras. Se indicará el importe IVA excluido y, a continuación, como partida independiente, el importe del IVA que deba ser repercutido. También debe indicarse el tipo impositivo de IVA aplicable a la prestación y el importe total de la oferta.
Esta misma información se hará constar, de forma desglosada, en el caso de que haya lotes o que se trate de una licitación con precios unitarios.
En el supuesto en que, de conformidad con la cláusula 24.5 de este Pliego y el artículo 294 de la LCSP, se permita que el abono de una parte del precio total de los bienes a suministrar se haga en especie, la proposición económica deberá consignar el importe que del precio total del suministro corresponda a los bienes entregados por la Administración.
Se entiende que la oferta económica incluye todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato.
14.1.3 proposición técnica
El licitador debe presentar una memoria técnica de realización del objeto del contrato y todos los documentos exigidos en este Pliego o en el Pliego de prescripciones técnicas, que permitan conocer el contenido de los aspectos técnicos de la proposición. Esta documentación debe estar firmada.
14.2 El momento decisivo para apreciar si concurren los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración es el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
En todo caso el órgano de contratación, con el fin de garantizar el buen fin del procedimiento, podrá, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
14.3 Toda la documentación que debe presentar el licitador debe ser original o copias auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que se ha de aportarse en original.
Los documentos se presentarán en lengua catalana x xxxxxxxxxx. La documentación redactada en otra lengua se acompañará de la correspondiente traducción oficial a la lengua catalana x xxxxxxxxxx.
15. Calificación de la documentación general. Examen de las ofertas y negociación
15.1 Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la unidad administrativa de contratación o la Mesa de Contratación, si ésta se ha constituido, calificará la documentación general que han presentado los licitadores.
Si observa defectos u omisiones subsanables en la declaración responsable, en el Deuc o en el resto de la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, y se le concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane.
15.2 La presentación por parte del licitador de los documentos acreditativos de la capacidad, la representación y / o la solvencia a los que hace referencia la cláusula 18.2, en lugar de la declaración responsable o junto con esta declaración o el Deuc, no da lugar a la calificación de la Mesa de Contratación, que, en consecuencia, no debe otorgar ningún plazo para subsanar los defectos u omisiones subsanables que, en su caso, se observen.
Sin embargo, si en lugar de la declaración responsable o el Deuc se presentan únicamente aquellos documentos, la enmienda debe consistir en presentar la declaración responsable o el Deuc, según corresponda.
Si se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada y se presenta la declaración responsable en lugar del Deuc, la enmienda debe consistir en presentar el Deuc.
No se puede otorgar un nuevo plazo de subsanación si la declaración responsable o el Deuc que el licitador presenta durante el plazo de subsanación contiene defectos u omisiones, aunque sean subsanables.
15.3 En caso de que el órgano de contratación haga uso de la facultad que le otorga la cláusula 14.2 de este Pliego, esta documentación se presentará en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente que el licitador haya recibido el requerimiento.
Una vez presentada la documentación, se calificará en la forma establecida en la cláusula 15.1 de este Pliego.
A efectos de completar la acreditación de la capacidad y la solvencia del licitador, se le pueden pedir las aclaraciones que se consideren oportunas sobre los certificados y documentos presentados, y también se le puede requerir que presente otros documentos complementarios.
15.4 La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico.
La documentación que presente el licitador en este momento debe estar a disposición de la unidad administrativa de contratación o de la Mesa de Contratación antes de que termine el plazo para subsanar.
La falta de subsanación en el plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión.
Si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
15.5 Una vez calificada la documentación general y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones observados, el órgano de contratación negociará con los interesados los términos de sus ofertas y velará para que todos reciban el mismo trato y, en particular, no facilitará de forma discriminatoria información que pueda dar ventajas a determinados interesados respecto del resto.
El órgano de contratación negociará con los licitadores las ofertas que éstos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos indicados en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación, en su caso, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta más ventajosa.
15.6 Las negociaciones se podrán realizar vía fax, teléfono, por escrito, por correo electrónico, o por comparecencia, y se deberá dejar constancia en el expediente.
15.7 Para valorar las proposiciones y determinar la oferta más ventajosa se tendrán en cuenta los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, basados en los previstos en el artículo 150.1 de la LCSP, que se indican en la letra K del Cuadro de características del contrato como aspectos objeto de negociación.
En el supuesto de que a lo largo de la negociación se pongan de manifiesto nuevos aspectos que sea conveniente incorporar, se informará a todos los empresarios participantes para que puedan, en su caso, incluirlos en las ofertas o en las negociaciones.
En caso de que el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, la letra L del Cuadro de características del contrato indicará en cuales de ellas aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
15.8 El órgano de contratación puede establecer en la letra M del Cuadro de características del contrato los parámetros objetivos en virtud de los cuales se ha de entender que las ofertas presentadas no se pueden cumplir porque se consideran desproporcionadas o anormales.
Cuando se identifique una proposición que puede ser considerada desproporcionada o anormal, se dará audiencia al licitador afectado y se debe tramitar el procedimiento previsto en los apartados 3 y 4 del artículo 152 de la LCSP.
15.9 El órgano de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime convenientes, clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo al resultado de la negociación realizada.
En caso de que se haya constituido Mesa de Contratación, esta elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada.
15.10 En el supuesto en que se produzca igualdad en las proposiciones más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado que dispone de un plan de igualdad visado previamente por el Instituto Balear de la Mujer o con el distintivo empresarial, o bien la acreditación equivalente en materia de igualdad, expedido por un órgano competente estatal o autonómico.
En su defecto o si persiste la igualdad, en la misma forma y condiciones, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del licitador que haya acreditado el cumplimiento de las circunstancias que se indican en la letra N del Cuadro de características del contrato, de conformidad con la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
Si aún así persiste la igualdad, la adjudicación recaerá en la oferta que en su conjunto se considere más beneficiosa para el interés público, teniendo en cuenta, en su caso, el orden de prelación de los aspectos objeto de negociación o, en su caso, de los criterios de adjudicación.
Si a pesar de todo ello aún persiste la igualdad, el adjudicatario será seleccionado mediante un sorteo, que se llevará a cabo en un acto público.
15.11 En el expediente deberá dejarse constancia de las invitaciones cursadas, de las ofertas recibidas y de las razones por las que se aceptan o se rechazan.
16. Requerimiento previo a la adjudicación
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa que, en el plazo xx xxxx días hábiles a contar desde el día siguiente de haber recibido el requerimiento, presente la documentación que se especifica en las cláusulas 17 y 18, a menos que la haya presentado con anterioridad.
Una vez presentada la documentación, la Mesa de Contratación o la unidad que gestiona el expediente de contratación debe calificar.
Si observa defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará al licitador, de lo que debe dejar constancia en el expediente, y le concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane.
La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se puede hacer por teléfono, por fax o por correo electrónico.
La documentación que presente el licitador en este momento debe estar a disposición de la Mesa de Contratación o la unidad que gestiona el expediente de contratación antes de que termine el plazo para subsanar.
A efectos de completar la acreditación de la capacidad y la solvencia del licitador, se le pueden pedir las aclaraciones que se consideren oportunas sobre los certificados y documentos presentados, y también se le puede requerir que presente otros documentos complementarios.
Si no cumple el requerimiento en el plazo señalado o si no enmienda en plazo los defectos u omisiones advertidos, o en caso de que la documentación del licitador contenga defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, y en este caso se pedirá la misma documentación al licitador siguiente , por el orden que se hayan clasificado las ofertas e incautada la garantía provisional que, en su caso, el licitador haya constituido.
17. Constitución de la garantía definitiva
17.1 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente del día en que haya sido requerido para ello, la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 % del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA, o del presupuesto de licitación, cuando la cuantía del contrato se determine en función de precios unitarios; o del precio máximo fijado, en el caso de los contratos con precios provisionales (letra H.2 del Cuadro de características del contrato). Este porcentaje se calculará sobre la base de los importes con exclusión del IVA.
No será necesaria la constitución de esta garantía cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 98 de la LCSP, y se acredite su existencia y suficiencia de conformidad con el artículo 98.4 de la LCSP.
17.2 Si se hace constar en la letra H.3 del Cuadro de características del contrato, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 95.2 de la LCSP, será obligatorio constituir una garantía complementaria de un máximo del 5% del importe de adjudicación del contrato, por el porcentaje indicado en el Cuadro.
17.3 La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 de la LCSP, en la normativa de desarrollo y en la normativa autonómica que sea de aplicación, y depositarse en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma. La garantía debe contener la verificación previa de la representación, hecha por la Dirección de la Abogacía la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En caso de que así se indique en la letra H.2 del Cuadro de características del contrato, la garantía se puede constituir, a instancias del licitador, mediante retención en el precio. Esta retención se llevará a cabo en el primer abono y en los sucesivos si es necesario o, en su caso, en el pago del importe total del contrato.
La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse por medios electrónicos, a menos que se indique lo contrario en la letra H.2 del Cuadro de características del contrato.
17.4 Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, el valor de este experimente variación, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 de la LCSP.
17.5 En caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, éste deberá reponer o ampliar, en la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución, y, en caso contrario, incurre en causa de resolución.
17.6 En los supuestos en los que la naturaleza del objeto del contrato permita la comprobación inmediata de su correcta ejecución en el momento de la recepción, si así se hace constar expresamente en la letra H.2 del Cuadro de características del contrato, no exige la prestación de la garantía definitiva.
18. Documentación que debe presentar el licitador seleccionado para la adjudicación
18.1 El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar, en el plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que se le haya requerido hacerlo, que cumple las condiciones de capacidad, representación y, en su caso, solvencia que exige este Xxxxxx, y que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y conla Seguridad Social.
18.2 Para acreditar el cumplimiento de las condiciones de capacidad, representación y, en su caso, solvencia que exige este Xxxxxx, el licitador deberá presentar los documentos que se indican a continuación, y puede sustituir algunos por el certificado a que se refiere la cláusula 18.4 de este Pliego:
a) La acreditación de la personalidad del empresario.
Cuando se trate de un empresario individual se ha de presentar el documento nacional de identidad, el NIF o, en su caso, el pasaporte, o bien la autorización al órgano de contratación para que verifique los datos de identidad mediante el sistema de verificación de datos de identidad.
Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y / o modificación en su caso, debidamente adaptada a la Ley e inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo es, debe presentar la escritura o el documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, se procede, en el registro público correspondiente.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de actuar mediante un certificado de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además, deberán acreditar que están habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato de acuerdo con la legislación del estado en el que estén establecidas, cuando este estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización.
El resto de empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de actuar mediante un informe emitido por la misión diplomática permanente de España en el Estado correspondiente o por la oficina consular en el ámbito de la que esté situado el domicilio de la empresa. Asimismo, tienen que aportar un informe de la Misión Diplomática Permanente española correspondiente relativo a que el estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
Si varios empresarios acuden a la licitación con una unión temporal, cada uno tiene que acreditar su personalidad y capacidad, y deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban y la participación de cada uno, y también deben designar un representante o apoderado único.
Si en la portada de este Pliego se ha indicado que se trata de un contrato reservado, el licitador deberá acreditar, según cada caso, que se trata de un centro especial de empleo o una empresa de inserción, o que el contrato se ejecutará efectivamente en el marco de programas de empleo protegido, mediante la presentación de los documentos acreditativos correspondientes.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante un representante.
Cuando el licitador actúe mediante representante, se debe aportar el DNI del representante o bien la autorización al órgano de contratación para que verifique los datos de identidad mediante el sistema de verificación de datos de identidad, así como el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de las sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil.
Este documento debe estar validado por el servicio jurídico del órgano de contratación o por el servicio jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En el caso de unión temporal de empresarios, se designará un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) La acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, de conformidad con lo establecido en la cláusula 5 de este Pliego y la letra F del Cuadro de características del contrato.
Además, y el licitador, en su caso y de acuerdo con lo previsto en la cláusula 5.2 y la letra F.3 del Cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx, debe especificar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación, y también debe presentar los documentos que acrediten la efectiva disposición de los medios personales o materiales que se haya comprometido a adscribir a la ejecución del contrato.
Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia mediante la solvencia y medios de otras entidades, de conformidad con el artículo 63 del TRLCSP y la cláusula 5.5 de este Pliego, deberá justificar la suficiencia de estos medios externos y presentar el documento correspondiente de compromiso de disposición. Este compromiso debe hacer referencia expresa al contrato objeto del procedimiento de adjudicación.
A efectos de determinar la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de una unión temporal de empresas, se acumularán las características acreditadas por cada una de las empresas que la integran.
d) La habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para llevar a cabo la actividad o la prestación objeto del contrato.
e) Cualquier otro documento que según este Xxxxxx se tenga que presentar en este momento.
18.3 El licitador debe acreditar que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social de conformidad con las reglas que se indican a continuación.
18.3.1 La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación, original o copia auténtica o compulsada, de acuerdo con la normativa de desarrollo de la LCSP:
a) Último recibo del impuesto sobre actividades económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del impuesto. En el supuesto de que el licitador esté incluido en alguno de los supuestos de exención del impuesto, deberá presentar el documento de alta y una declaración responsable en la que se acredite esta circunstancia.
b) Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, con respecto a las obligaciones tributarias con este último o autorización al órgano de contratación para que solicite en su nombre este certificado.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que sean exigibles, deberá acreditar esta circunstancia mediante declaración responsable.
La Administración debe comprobar de oficio que el licitador está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
18.3.2 La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Socialse realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. Este certificado se puede sustituir por una autorización al órgano de contratación para que solicite en su nombre este certificado. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
18.3.3 Los certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social deberán ser expedidos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación que sea de aplicación y, en su caso, podrán ser remitidos al órgano de contratación por vía electrónica, de acuerdo con la normativa vigente aplicable al respecto.
18.3.4 Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europeaque no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por la autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa
de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes. Asimismo, deberán presentar certificación, también expedida por la autoridad competente en la que se acredite que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación mencionada en este apartado deberá referirse a los doce últimos meses.
18.4 Si el licitador presenta el certificado de estar inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares , queda eximido de aportar la documentación relativa a la personalidad y la capacidad de actuar, y la representación, así como la habilitación profesional o empresarial y, en su caso, la solvencia económica y financiera que se requieran en este contrato, sin perjuicio de la obligación de presentar la documentación exigida que no conste en el certificado.
Este certificado debe ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas no han variado. Esta manifestación deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario, en el documento en el que se formalice el contrato, sin perjuicio de que el órgano de contratación, si lo considera conveniente, efectuar una consulta al Registro.
En caso de que el certificado se pueda obtener por medios electrónicos, el licitador puede autorizar al órgano de contratación para que la obtenga de oficio.
18.5 El licitador deberá acreditar el abono de los anuncios de esta licitación en los boletines oficiales y en la prensa, si los hubiera, hasta el límite máximo indicado en la letra P del Cuadro de características del contrato.
18.6 Toda la documentación que debe presentar el licitador debe ser original o copias auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.
Los documentos se presentarán en lengua catalana x xxxxxxxxxx. La documentación redactada en otra lengua se acompañará de la correspondiente traducción oficial a la lengua catalana x xxxxxxxxxx.
18.7 el licitador puede no aportar los documentos cuando estén en poder de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o de las entidades que integran su sector público instrumental, o cuando la información requerida se pueda comprobar por técnicas telemáticas.
En este caso, el licitador deberá presentar, de conformidad con los artículos 4 y 10 del Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, una comunicación en la que, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 1 de este Decreto, se identifique el documento no presentado, el expediente, el registro, la base de datos o similar en el que está el documento no presentado, con indicación del número o la referencia concretos o, en su caso, el código seguro de verificación del documento, y el órgano que custodia el registro o el expediente en el que consta. En esta comunicación debe autorizar el órgano de contratación para obtener la documentación mencionada mediante una transmisión telemática.
Esta facultad puede ejercerse siempre que, respecto de los documentos que el licitador decida no aportar y se conserven sólo en papel, no hayan transcurrido más de cinco años desde que terminó el procedimiento del que forman parte.
En caso de que los documentos que el licitador decida no aportar estén incorporados a un expediente de contratación, sólo puede hacer uso de la facultad de no aportarlos cuando haya resultado adjudicatario del contrato y no hayan transcurrido más de cinco años desde que se formalizó , o cuando no haya resultado adjudicatario y el licitador no haya retirado la documentación general o ésta no haya sido destruida una vez transcurridos los plazos para la interposición de recursos, en los términos que, en su caso, se hayan establecido en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares.
19. adjudicación
19.1 El órgano de contratación adjudicará el contrato en los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Este plazo quedará suspendido hasta que no haya transcurrido el plazo concedido, en su caso, para subsanar.
19.2 La adjudicación del contrato, que en todo caso debe ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
Es aplicable a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 de la LCSP.
19.3 El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de dos meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las ofertas, al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa económicamente. La adjudicación debe concretar y fijar los términos definitivos del contrato.
19.4 Transcurrido este plazo sin que se haya producido la adjudicación, los licitadores podrán retirar sus ofertas y, en su caso, las garantías provisionales constituidas.
19.5 La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las ofertas presentadas reúna los requisitos que exige el Pliego de cláusulas, y en este caso no se puede declarar desierta la licitación.
Sin embargo, en los términos que prevé el artículo 155 de la LCSP, el órgano de contratación, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando tenga defectos no subsanables.
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20. Formalización del contrato
20.1 El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo establecido en el artículo 156 de la LCSP, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal y el NIF asignado.
El contrato se celebrará en la sede del órgano de contratación o en el lugar que éste indique. El contrato se perfecciona con su formalización.
20.2 El documento en el que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público.
No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento.
20.3 Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso, haya exigido.
Si las causas de no formalización son imputables a la Administración, se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar.
20.4 Cuando el contrato implique el acceso del contratista a ficheros que contengan datos de carácter personal de cuyo tratamiento éste no sea responsable en el sentido del artículo 3.d dela Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, el contratista tendrá la consideración de encargado del tratamiento, a los efectos establecidos en esta Ley Orgánica y su normativa de desarrollo.
El acceso no se considerará comunicación de datos, ya que es necesario para la realización de la prestación del objeto del contrato.
En todo caso y cuando el contratista tenga acceso a ficheros en los que consten datos de carácter personal, cuyo tratamiento no sea responsable, será necesario que en el contrato, o en un documento independiente, se incluyan las cláusulas necesarias para regular dicho acceso, en los términos y con el contenido previstos en la LO 15/1999 y su normativa de desarrollo, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos en la disposición adicional 26 de la LCSP.
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
21. Responsable del contrato
El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del contrato, quien supervisará la ejecución y comprobará que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y adoptará las decisiones y dará al contratista las órdenes e instrucciones necesarias a fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
El responsable del contrato es el que figura, en su caso, en la portada de este Xxxxxx, a quien corresponde, por tanto, la dirección e inspección de la ejecución del contrato, y puede ser auxiliado por colaboradores que integrarán el equipo de dirección.
22. Obligaciones del contratista
22.1 El contratista está obligado a entregar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato, ya ejecutar el contrato con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en este Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le dé por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación, el cual podrá, asimismo, ajustar el ritmo de entrega de los bienes que se vayan a suministrar.
22.2 El contratista está obligado a cumplir el plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en la cláusula 8 de este Pliego.
22.3 El contratista está obligado a llevar a cabo todas las operaciones que sean necesarias para instalar, poner en funcionamiento o poner en marcha los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas. El coste de estas operaciones se considera incluido en el precio del contrato.
22.4 La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. Este responderá de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía.
Quedan exceptuados de lo dispuesto en el párrafo anterior los defectos que se puedan apreciar que sean consecuencia directa e inmediata de una actuación u orden de la Administración.
El contratista no tiene derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega al órgano de contratación, a menos que éste haya incurrido en xxxx en el momento de recibirlos.
Es obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
22.5 El contratista es responsable de obtener las cesiones, permisos y autorizaciones de los titulares de las patentes, los modelos y las marcas de fabricación que, en su caso, sean necesarios, y correrá a cargo del abono de las indemnizaciones que puedan corresponder por estos conceptos. Asimismo, será responsable de cualquier reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial, y deberá
indemnizar, en su caso, la Administración, de todos los daños y perjuicios que puedan derivarse con motivo de la interposición de reclamaciones.
22.6 El contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato , respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
22.7 El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
22.8 En los supuestos en que proceda, la Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración de los bienes a suministrar. Asimismo, el órgano de contratación podrá efectuar por sí mismo, u ordenar al contratista, a cargo de éste, la realización de análisis, ensayos y pruebas de los materiales empleados y de los bienes a suministrar, con el fin comprobar que se adecuan a la calidad e idoneidad ofertadas por el adjudicatario.
22.9 En los casos en que la naturaleza del objeto del contrato lo permita, la Administración adquirirá la propiedad intelectual del trabajo objeto del contrato desde el inicio, siendo responsabilidad del contratista los perjuicios que se puedan derivar contra este derecho de propiedad por actuaciones imputables a él.
22.10 En el supuesto en que el contrato tenga por objeto desarrollar y poner a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, la ejecución del contrato conlleva la cesión a la Administración contratante del derecho de uso de dichos productos , pudiendo ésta, además, autorizar su uso a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a previstas en el artículo 3.1 de la LCSP.
22.11 El contratista deberá respetar el carácter confidencial de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a que se hubiera dado el carácter mencionado en la letra AA del Cuadro de características del contrato de este Pliego o en el contrato , o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que en el Cuadro o en el contrato se establezca un plazo más amplio.
22.12 El contratista está obligado a cumplir las condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato que, de conformidad con el artículo 118 de la LCSP, se hayan establecido en la letra O del Cuadro de características del contrato de este Pliego.
22.13 Con el requerimiento previo de la Administración, el contratista está obligado a suministrarle toda la información necesaria para poder cumplir las obligaciones previstas en el título II de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
23. Gastos e impuestos por cuenta del contratista
23.1 Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, las veces que determine el órgano de contratación y hasta la cantidad máxima especificada en la letra P del Cuadro de características del contrato.
23.2 Tanto en las ofertas presentadas por los interesados, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo laIVA que deba ser repercutido y soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente.
Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resulten necesarias para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.
24. Pago del precio
24.1 El contratista tiene derecho al abono de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por la Administración.
El pago del precio se realizará de acuerdo con los plazos previstos en la cláusula 8 de este Pliego y con la letra R del Cuadro de características del contrato, y previo informe favorable o conformidad del funcionario u órgano directivo que reciba o supervise el trabajo, o en su caso, del designado por el órgano de contratación como responsable del mismo.
24.2 El pago se realizará contra factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, debidamente conformada por la Unidad u órgano directivo que reciba o supervise el trabajo, o en su caso, por el designado como responsable del contrato.
El contratista deberá presentar las facturas ante el registro administrativo del destinatario de la prestación contratada. Las facturas deben contener los siguientes datos:
- La identificación del órgano de contratación, señalado en la portada de este Pliego.
- La identificación del órgano con competencias en materia de contabilidad pública, señalado en la letra R del Cuadro de características del contrato.
- La identificación del destinatario de la prestación contratada, señalado en la portada de este Pliego (responsable del contrato, departamento o servicio).
24.3 El contratista podrá ceder a un tercero, por cualquiera de los medios legalmente establecidos, su derecho a cobrar el precio del contrato, pero para que dicha cesión surta efectos, y la Administración expida el mandamiento de pago a favor del cesionario, es necesario que se notifique fehacientemente a ésta última el acuerdo de cesión.
24.4 El contratista tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto en las condiciones señaladas, en su caso, en la letra R del Cuadro de características del contrato , debiéndose asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía.
24.5 En el supuesto en que se establezca en la letra R del Cuadro de características del contrato, se permite que el pago del precio total de los bienes a suministrar consista parte en dinero y parte en la entrega de otros bienes de la misma clase. En este supuesto, se ha de atender a lo que dispone el artículo 294 de la LCSP, así como la letra R o el Pliego de prescripciones técnicas en cuanto a la determinación de los bienes y su valoración.
25. Incumplimiento del contrato
25.1 Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total del contrato, la Administración podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato, con pérdida, en su caso, de la garantía constituida, o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, o por las penalidades que se hayan establecido en la letra V del Cuadro de características del contrato.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para resolverlo o para acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
Esta misma facultad tendrá la Administración respecto al incumplimiento del contratista de los plazos parciales o cuando la demora en el cumplimiento de aquéllos haga presumir razonablemente la imposibilidad del cumplimiento del plazo total.
25.2 La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho la Administración por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al contratista.
25.3 La constitución en xxxx del contratista no requerirá intimación previa por parte de la Administración.
25.4 Si hay retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al contratista, la Administración podrá, a petición de éste o de oficio, conceder la prórroga adecuada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 213.2 de la LCSP.
25.5 En caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, a que se refieren las cláusulas 5.2 y 18.2.c ) y la letra F.3 del Cuadro de características del contrato de este Pliego, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10% del presupuesto del contrato.
Cuando el incumplimiento o el cumplimiento defectuoso de la prestación afecte características que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación, el órgano de contratación puede, de conformidad con el artículo 150.6 de la LCSP, establecer penalidades o atribuir a la puntual observancia de estas características el carácter de obligación contractual esencial a los efectos del artículo 223.f de la LCSP. Se hará lo indicado en las letras V y X del Cuadro de características del contrato.
En caso de que el contratista incumpla lascondiciones especiales de ejecución del contrato establecido en la cláusula 22.12 y la letra O del Cuadro de características del contrato de este Pliego, el órgano de contratación, de conformidad con el artículo 118 de la LCSP, establecer penalidades o atribuir al mismo el carácter de obligación contractual esencial a los efectos del artículo 223.f) del TRLCSP. El incumplimiento de las condiciones mencionadas puede ser considerado infracción grave a los efectos del artículo
60.2.c) de la LCSP si así se indica en la letra O del Cuadro de características del contrato. Se estará a lo que se indique en las letras V y X del Cuadro de características del contrato.
25.6 Cuando el contratista, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades previstas en la letra V del Cuadro de características del contrato.
26. Cesión del contrato y subcontratación
26.1 La cesión del contrato se regirá por lo dispuesto en el artículo 226 de la LCSP.
26.2 Salvo que en la letra S del Cuadro de características del contrato se prohíba la subcontratación, el contratista podrá subcontratar con terceros la ejecución parcial del contrato en las condiciones que se indiquen en el Cuadro, de conformidad con el artículo 227 del TRLCSP .
El importe total de las prestaciones subcontratadas no debe superar el porcentaje indicado, en su caso, en la letra S o, si no se indica nada, el 60% del importe de adjudicación del contrato.
Cuando así se haya indicado en la letra S del Cuadro de características del contrato, el licitador debe presentar una declaración sobre la parte del contrato que tenga previsto subcontratar, en los términos del artículo 227.2.a de la LCSP.
Cuando así se haya indicado en la letra S del Cuadro de características del contrato, el adjudicatario deberá subcontratar determinadas partes de la prestación de acuerdo con el artículo 227.7 de la LCSP. El licitador deberá presentar el compromiso de subcontratación de la parte de la prestación que señala la letra S mencionada.
En todo caso, el adjudicatario deberá comunicar anticipadamente y por escrito a la Administración la intención de celebrar los subcontratos, de conformidad con el artículo 227.2.b de la LCSP. Asimismo, deberá presentar una declaración responsable del subcontratista, otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de no estar sometido a las prohibiciones para contratar con la Administración de acuerdo con el artículo 60 de la LCSP.
26.3 La Administración podrá comprobar el cumplimiento estricto de los pagos que el contratista tenga que hacer a los subcontratistas o los suministradores que participen en el contrato.
En este caso, el contratista debe enviar a la Administración, cuando se lo solicite, una relación detallada de los subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione la participación, junto con las condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de estos que tengan una relación directa con el plazo de pago.
Asimismo, a solicitud de la Administración, debe aportar un justificante del cumplimiento de los pagos a los subcontratistas o suministradores una vez terminada la prestación en los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 del TRLCSP y en la Ley 3 / 2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en lo que sea aplicable.
Estas obligaciones se consideran condiciones especiales de ejecución, el incumplimiento de las cuales, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permite la imposición de las penalidades que al efecto se establecen, en su caso, en la letra V del Cuadro de características del contrato. Si no se le indica cabeza, se aplicará lo previsto en la cláusula 25.1 de este Pliego.
27. Modificación del contrato
El contrato se podrá modificar por razones de interés público en las condiciones y con el alcance y los límites expresados, en su caso, en la letra W del Cuadro de características del contrato, de conformidad con los artículos 210, 219 y 296 y la disposición adicional trigésimo cuarta del TRLCSP. Sin embargo, el contrato también podrá modificarse cuando concurran las circunstancias previstas expresamente en el TRLCSP, siempre que con ello no se alteren las condiciones esenciales de la licitación y la adjudicación. La modificación del contrato se hará de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211 de la LCSP y deberá formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 156 del TRLCSP.
28. Suspensión del contrato
Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 de la LCSP, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución.
Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, que se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 300 de la LCSP.
V. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
29. Cumplimiento del contrato
29.1 El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado la totalidad del objeto, de conformidad con lo establecido en este Pliego, y en su caso, el de prescripciones técnicas ya satisfacción de la Administración, la conformidad de la que se hará constar de forma expresa en el plazo de un mes de haberse entrega o realización del objeto del contrato, o en el plazo que se determine en la letra Y del Cuadro de características del contrato. En su caso, se comunicará a la Intervención General de la
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el día del acto de entrega, para la asistencia en sus funciones de comprobación de la inversión.
29.2 Si los bienes objeto del contrato no se encuentran en condiciones de ser recibidos, se dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados, o una nueva ejecución de acuerdo con lo pactado. Si pese a ello, los bienes suministrados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al contratista, la Administración podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
29.3 Podrá realizarse recepción parcial de las partes del contrato susceptibles de ser ejecutadas por fases y de ser utilizadas de forma separada o independiente.
29.4 Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que transcurra entre uno y otro.
29.5 Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos.
29.6 En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y se le abonará, en su caso, el saldo que resulte.
30. Resolución y extinción del contrato
30.1 Además de los supuestos de cumplimiento, el contrato se extinguirá por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las causas previstas en los artículos 223 y 299 de la LCSP dando lugar a los efectos previstos en los artículos 225 y 300 de la LCSP .
En los casos en que se exija el deber de guardar sigilo, producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el contratista la obligación de guardar sigilo a que se refiere la cláusula 22.7, respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
30.2 También serán causas especiales de resolución del contrato, las especificadas en la letra X del Cuadro de características del contrato.
Además, podrán ser causa de resolución los incumplimientos de carácter parcial indicados en la letra X del Cuadro.
31. Plazo de garantía
31.1 El objeto del contrato quedará sujeto al plazo de garantía que se indica en la letra E del Cuadro de características del contrato, o lo que, en su caso, se haya establecido en el contrato por mejora del adadjudicatario, a contar desde la fecha de recepción o conformidad del suministro, plazo durante el cual la Administración podrá comprobar que el suministro realizado se ajusta a lo contratado ya lo estipulado en este Pliego y en el de prescripciones técnicas.
Si en el Cuadro no se indica nada, se entiende que no procede establecer el plazo de garantía, de acuerdo con la justificación que consta en el expediente.
Si transcurre el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, la responsabilidad del contratista quedará extinguida.
31.2 Durante el periodo de garantía, el contratista estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en los bienes suministrados, con independencia de las consecuencias que se puedan derivar de las responsabilidades en que haya podido incurrir, de acuerdo con lo establecido en este Pliego y el TRLCSP.
31.3 Si durante el plazo de garantía se acredita la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tiene derecho a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si es suficiente.
31.4 Durante este plazo de garantía, el contratista tiene derecho a conocer la aplicación de los bienes suministrados y ser escuchado sobre este hecho.
31.5 Si el órgano de contratación considera, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para la finalidad pretendida, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y existe la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, puede, antes de que expire el plazo, rechazar los bienes y dejarlos a cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o tener derecho , en su caso, a la recuperación del precio satisfecho.
31.6 Si el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.
32. Devolución o cancelación de la garantía definitiva
32.1 Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no hay responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación, con el informe previo favorable del responsable del contrato o de quien ejerza la dirección del contrato.
32.2 En el supuesto de recepción parcial se autorizará la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía, previa solicitud del contratista.
32.3 Transcurrido el plazo de un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, siempre que no se hayan producido las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 de la LCSP. Cuando el importe del contrato sea inferior a 100.000 euros, o cuando las empresas licitadoras cumplan los requisitos de pequeña o mediana empresa, definida según lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 xx xxxxx de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y no estén controladas directa o indirectamente por otra empresa que no cumpla estos requisitos, el plazo se reducirá a seis meses.
ANEXO I (SOBRE 1)
SOLICITUD PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS LOTES
DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB-JOVE
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
Datos de la entidad
Denominación CIF Dirección CP Localidad
teléfono Fax
A / e
Datos del representante
Nombre y apellidos
DNI CP
Teléfono
A/e
Dirección
Localidad
Fax
Propuestas que se presentan / Lotes al que se concurre
Lote 1: Productos de limpieza. Lote 2: Suministro de gasóleo. Lote 3: Ropa de cama.
Lote 4: Uniformes de personal y camisetas de actividades.
Lote 5: Suministro de agua potable.
Lote 6: Suministro y mantenimiento de máquinas xx xxxx y café.
Lote 7: Suministro de maquinaria y utensilios de cocina y lavandería.
Declaro que la entidad solicitante conoce y acepta el contenido de los Pliegos que regulan esta contratación.
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD; CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES.
XXXXX XX (SOBRE 2) MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
.. ......... .. ............ ............................ ................................. ....................................... .. (nombre y apellidos),
con DNI ...... .............. ........................., con domicilio en ............ ................ ... ...... .................., c / ...... ...
................... .. ........................... .. .................. número ...... .., CP ..............., y teléfono ,
DECLARO:
Que estoy informado / a de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario / a del LOTE / LOTES DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS POR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB JOVEN
Que se compromete, en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa
....................... .............................. ........................................................................... .. ...... .... con NIF / CIF
.................................), a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y condiciones estipulados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato, los importes siguientes:
LOTE 1: PRODUCTOS DE LIMPIEZA.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 2: SUMINISTRO DE GASOIL.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 3: ROPA DE CAMA.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 4: UNIFORMES DE PERSONAL Y CAMISETAS DE ACTIVIDADES.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 5: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 6: SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS DE JUGOS Y CAFÉ.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
LOTE 7: SUMINISTRO DE MAQUINARIA Y ÚTILES DE COCINA Y LAVANDERÍA.
Calculado en el Anexo 5
Precio (IVA excluido): ..... ...... euros (en números) euros (en letras).
IVA: .. ...... euros (en números); euros (en letras).
Tipos impositivos de IVA aplicables: ...... ......................................... ......... ....
Precio total (IVA incluido): ................. euros (en números); euros (en letras).
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD; CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES.
ANEXO III (SOBRE 1)
Modelo de declaración responsable
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
.. ......... .. .................................................................................... ......... (nombre y apellidos), con XXX
................................, con domicilio a efectos de notificaciones en (calle / plaza) ...
.................................................. .................................................. ........, núm. .................., localidad
.............................. ............................, CP ................, teléfono .. ....................., fax ........................... ., en
nombre propio o en representación de la persona física / jurídica: .........................
................................. ... ........................ ... ... ........................ ... ... ... ............. ............ ......................, con NIF.
....................................... y con domicilio en (calle / plaza) .. ........................................... .......
.................................................. ......................, núm. ..............., localidad ,
CP .................. y teléfono ............ ..........., en calidad de ...................................
................................................
Con el fin de participar en el procedimiento para adjudicar el LOTE / LOTES DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB-JOVEN
DECLARO:
1. Que cumplo/Que la empresa que represento cumple los requisitos de capacidad, representación y, en su caso, solvencia exigidos en este Pliego, y que se compromete, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga en mi favor / a favor la empresa que represento, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos exigidos en la cláusula 18.2 de este Pliego.
2. Que no estoy incurso / Que ni la persona física / jurídica que represento ni sus administradores o representantes están incursos en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 60 del Texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni a ninguno de los supuestos a que se refieren la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de incompatibilidades de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 250/1999, de 3 de diciembre.
3. Que estoy / Que la persona física / jurídica que represento está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Que dispongo / Que la empresa que represento dispone de la habilitación empresarial o profesional exigida para llevar a cabo la actividad o la prestación objeto del contrato
5. Que yo / Que la empresa que represento (Indicar lo que corresponda):
a) No pertenece a ningún grupo de empresas.
b) Pertenece al grupo de empresas denominado: .......................................... .................
................................................................................................... ..
Y que:
No se presentan a la licitación otras empresas del grupo que están en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
Se presentan en la licitación otras empresas del grupo que están en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, en concreto, las empresas siguientes:
...................................................
6. Que cumplo / Que la empresa que represento cumple las condiciones especiales de ejecución de carácter social incluidas en las condiciones especial de ejecución de esta contratación según el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 xx xxxxx de 2016 por el que se establecen las directrices para la inclusión de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y su sector público instrumental.
7. Que cumplo / Que la empresa que represento cumple la normativa regulada en el Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero relativo a la información alimentaria de los alimentos y que todas las materias proceden de empresas inscritas en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) de los establecimientos de productos de origen animal de CCAA, en su caso.
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD; CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES.
ANEXO IV (SOBRE 1)
AUTORIZACIÓN DE USO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS PARA EFECTUAR NOTIFICACIONES
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
declarando | ||||
Nombre y apellidos .................................................. .................................................. ....................... | ||||
DNI ................................................. | ||||
En nombre propio En representación de: .................................................. .................................................. .......... | ||||
DNI / NIF: .................................................. ............ | ||||
Dirección: .................................................. .................................................. .................................. | ||||
Localidad: ......................................... Código postal: .................... Municipio: ............................... | ||||
Provincia: .................................................. ........ País: .................................................. ........... | ||||
Teléfono: ................... Fax: .................... Correo electrónico: .................................................. ... | ||||
Todos estos datos quedan protegidos en aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y de la normativa de desarrollo. | ||||
Declaro: Que, en relación con el procedimiento de contratación para la adjudicación DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS POR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB-JOVE No autorizo que el IB-Jove utilice medios electrónicos para efectuar las notificaciones referentes a este procedimiento de contratación. Autorizo 2que el IB-Jove utilice medios electrónicos para efectuar las notificaciones referentes a este procedimiento de contratación. Las personas autorizadas para recibir estas notificaciones son (máximo dos): | ||||
Nombre y apellidos | NIF | correo electrónico | ||
.............................. ..................... ... ......., ..... de ............. ... ... ... ...... ... de .........
[Firma] [Sello de la entidad]
1 La opción de comunicarse por unos medios u otros no vincula los licitadores, que en cualquier momento pueden optar por un medio distinto del elegido inicialmente, presentando nuevamente esta autorización.
2 Las personas autorizadas se pueden sustituir en cualquier momento del procedimiento mediante un escrito del licitador dirigido al órgano de contratación en el que se hagan constar los nuevos datos.
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ANEXO V (SOBRE 3)
PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 1: PRODUCTOS DE LIMPIEZA
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
PRODUCTOS LIMPIEZA (LOTE 1) | ||||
Indicar el precio por la medida indicada de cada producto o equivalente | Medida | Precios sin IVA | Tipo IVA | Precios con IVA |
HC25 Detergente máquina dura | Garrafa 25 litros | |||
Abrillantador máquina dura | Garrafa 25 litros | |||
Eco-Red Vajillas manual neutro | Garrafa 25 litros | |||
Servilletas 1C 30x30 Cielo. Blanca | Caja de 30 paquetes con 100 unidades por paquete | |||
Bobina aluminio | unidad | |||
Bobina film | unidad | |||
Vaso NK blanco plástico 200 cc | 100 unidades | |||
Cucharillas café eco | 100 unidades | |||
Estropajo 7,5x15 cm | Paquete de 12 unidades | |||
"Fregona" algodón | unidad | |||
"Ballet" microfibra azul multiuso | Paquete de 12 unidades | |||
Bolsa basura 20 serv. 52x58 blanca | Caja de 30 unidades | |||
Bolsa basura 10 serv. 90x110 negra | Caja de 30 unidades | |||
Bobina secamanos 2C ecopasta | unidad | |||
Rollo hig. doméstico 2C pasta | Paquete de 6 unidades | |||
Rollo hig. industrial | unidad | |||
Amoniaco perfumado E-1LT C-15P.L. | unidad |
Lejía concen Ecomón | Garrafa de 5 litros | |||
Eco-Desinscrustante WC | Botella de 1 litro | |||
Hipoclorito sódico 120CL S | Garrafa 25 litros | |||
Guante vinilo azul | Paquete de 100 unidades | |||
Bolsa basura 10 serv. 90x110 negra | Caja de 30 unidades | |||
estropajo aluminio | Caja de 12 unidades | |||
detergente lavadora | Garrafa de 5 litros | |||
Tapers ops con tapa 750cc | 1 caja de 50 unidades | |||
Bolsa con asa 35x50 | 1 caja de 100 unidades | |||
bolsa bocadillo | 1 caja de 500 unidades | |||
LC70 suavizante Xxxxxxxx E-20k | Garrafa de 5 litros | |||
ambientador activa | Garrafa de 5 litros | |||
Desincrustante global gl 130 | Garrafa de 5 litros | |||
Botella plástico (pistola) | 1 caja de 10 unidades | |||
Vaso de plástico 200 cc | 1 caja de 100 unidades | |||
Rasqueta para cristales | 1 caja de 10 unidades | |||
desengrasante sg20 | Garrafa de 5 litros | |||
Rollo de Valleta | 1 unidad | |||
Escoba | 1 caja de 10 unidades | |||
recogedor | 1 caja de 10 unidades | |||
sal descalcificador | 1 saco de 25 kg | |||
delantales cocina | 1 caja de 10 unidades | |||
Rollo paño cocina | 1 unidad | |||
TOTAL | € | € |
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 2: SUMINISTRO DE GASOIL
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
SUMINISTRO DE GASOIL (LOTE 2) | ||||
Indicar el precio por la medida indicada | medida | precios sin IVA | tipo IVA | precios con IVA |
gasóleos calefacción | 1 tonelada | |||
TOTAL | € | € |
Consumo orientativo de anteriores temporadas: 6 toneladas
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 3: ROPA DE CAMA
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
ROPA DE CAMA (LOTE 3) | ||||
productos | cantidades | precios sin IVA | tipo IVA | precios con IVA |
Fundas colchones ignífugas | 70 | |||
Fundas cojines | 250 | |||
sábanas | 300 | |||
Sábanas 4 puntos ( "bajeras") | 300 | |||
cojines | 90 | |||
Colchones (190x90cm) | 120 | |||
Pack toallas (una pequeña más una de baño) | 200 | |||
mantas | 300 | |||
TOTAL | € | € |
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 4: UNIFORMES DE PERSONAL Y CAMISETAS DE ACTIVIDADES
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
UNIFORMES DE PERSONAL Y CAMISETAS DE ACTIVIDADES (LOTE 4) | ||||
Indicar el precio del producto | Cantidad | Precios sin IVA | Tipo IVA | Precios con IVA |
Camisetas manga corta algodón color + logos campamentos | 650 | |||
Camisetas Campos de Trabajo manga corta algodón color + logotipo | 160 | |||
Camisetas técnicas campamentos | 300 | |||
Camisetas técnicas campos de trabajo | 72 | |||
Calzones largos aux. de apoyo | 12 | |||
Calzones cortos aux. de apoyo | 12 | |||
Calzones largos para recepción y guardas | 12 | |||
Sudadera con cremallera | 30 | |||
Sudaderas (logotipo 2 colores) | 300 | |||
TOTAL | € | € |
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 5: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
SUMINISTRO DE AGUA POTABLE (LOTE 5) | ||||
Indicar el precio por la medida indicada de cada producto o equivalente | medida | precios sin IVA | tipo IVA | precios con IVA |
agua potable | 1 tonelada | |||
TOTAL | € | € |
Consumo orientativo de anteriores temporadas: 225 toneladas
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 6: SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS DE JUGOS Y CAFÉ
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS DE JUGOS Y CAFÉ (LOTE 6) | ||||
Indicar el precio por la medida indicada de cada producto o equivalente | cantidades | precios sin IVA | tipo IVA | precios con IVA |
Suministro de máquinas zumos | 2 | |||
Suministro de máquinas de café | 3 | |||
Mantenimiento máquina de café (recambios) | ||||
Mantenimiento máquina de zumos (recambios) | ||||
TOTAL | € | € |
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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PRESUPUESTO BASE CON EL LISTADO DE PRECIOS - LOTE 7: SUMINISTRO DE MAQUINARIA Y ÚTILES DE COCINA Y LAVANDERÍA
La entidad o empresa licitadora deberá presentar el anexo V del lote o lotes a que concurre.
La descripción de cada producto incluye los requisitos mínimos a satisfacer, por lo que las empresas licitadoras podrán ofertas de calidad superior, siempre y cuando incluyan las características mínimas establecidas de cada producto.
SUMINISTRO DE MAQUINARIA Y ÚTILES DE COCINA Y LAVANDERÍA (LOT 7) | ||||
Indicar el precio por cada producto | cantidad | precios sin IVA | tipo IVA | precios con IVA |
Secadora industrial con capacidad superior a los 16 kg de carga por ciclo, con calentamiento eléctrico, xxxxxx xx xxxxx inoxidable, control de humedad residual y función antiarrugas | 1 | |||
Sistema de cocción Selfcooking Center 5 Senses, Modelo 202 con capacidad de cocina por unos 300- 500 comida / día. marca Rational | 1 | |||
Armario de refrigeración ARCO 1002 EST COMERSA de 1400x707x1981 con rango de temperatura de + 2 / + 6 | 3 | |||
Armario de congelación ARCO 1.002 EST COMERSA de 1400 x 707 x 1.981 mm (largo x fondo x alto), Volumen Cámara (L.): 980 L., NºPortes: 2, Estantes: 6, estante intermedio: 3, Potencia frigorífica (w): 650 W (a - 30ºC) Consumo (w): 705 W, Compresor (HP): 5/8, Régimen de Temperatura a 32ºC: -17ºC a -22ºC, Tensión Monofásica 230 V-50 Hz | 2 | |||
Plancha de rodillo PRIMER Mod. PS140 / 25 L1400x250MM | 1 |
Estanterías de Duraluminio, de aluminio anodizado de 15 micras, palanganas en polipropilenos para lavavajillas, carga de 150 kg y altura regulable de los estantes de 15 en 15 cm. 1 estantería de 1455 x 570 mm de 4 niveles 1 estantería de 1291 x 570 mm de 4 niveles 1 estantería de 1734 x 570 mm de 4 niveles 1 estantería de 1.045 x 570 mm de 4 niveles 3 estanterías de 799 x 570 mm de 4 niveles | 7 | |||
Dispensadores de pie de pan, cubiertos y bandejas. En acero inoxidable, recipiente para cubiertos, en tubo redondo de 50mm y de dimensiones 720x700x1550mm | 2 | |||
Self Service caliente con puertas traseras correderas, con compartimento caliente o neutro compuesto por: Self xx xxxx xxxxx seco abierto de medidas 1600x700x850 capacidad 4 GN 1 / 1x150, Self de pantalla de luz y calor simple de medidas 1549x120x440 y potencia 800 W, Vidrio simple de protección de 1549x330x130, Correpalanganes self service de tamaños 1600x 330x130, fabricado en acero inoxidable AISI-304 08/18 satinado, con cuba caliente con cantos sanitarios redondos y capacidad para cubetas GN con una profundidad máxima de 150 mm, aislamiento de poliuretano ecológico e ignífugo, calentamiento de la cuba por resistencias blindadas protegidas mediante | 2 |
fondo perforado, temperatura de la cuba regulable + 30º C / + 90ºC, encimera xx xxxxxx frontales de 50mm en punto redondo, todo soldado, piernas regulables en altura mediante rosca escondida, Panel frontal decotatiu en acero inoxidable, tensión monofásica 230v / 50Hz | ||||
Recipientes GN 1/1 x 200 mm en acero inoxidable K918 | 16 | |||
Tapaderas herméticas GN 1/1 en polipropileno GD 814 | 16 | |||
Self service frío con puertas traseras correderas, con compartimento frío, compuesto por: self cuba fría abierto de medidas 1600x700x850 de capacidad 4 GN 1 / 1x200, con self de pantalla de luz simple de medidas 1549x120x440 potencia 21 w, Vidrio simple self tamaños 1423x380x90, Correpalanganes self service de tamaños 1600x 330x130, fabricado en acero inoxidable AISI 304 18/8, satinado, Cuba fría con cantos satinados redondos y capacidad para cubetas GN de profundidad máxima de 200 mm, Aislamiento mediante poliuretano ecológico inyectado de densidad 40kg / m3, serpentín de cobre en fondo y paredes laterales, unidad condensadora de gas R-134a y control termostático digital, intervalo de temperatura en la cuba + 4ºC / + 10ºC, unidad condensadora extraíble mediante guías para facilitar en mantenimiento y la limpieza, encimera xx xxxxxx frontales de 50mm en punto redondo, | 2 |
totalmente soldados, Piernas regulables en altura mediante rosca escondida, tensión monofásica 230v / 50Hz, panel frontal decotaiu en acero ino xidable | ||||
Recipientes GN 1/1 x 150 mm en acero inoxidable K924 | 32 | |||
Tapadera hermética GN 1/1 en polipropileno GD 814 | 32 | |||
Recipientes GN 1/1 x 40mm en acero inoxidable K924 | 4 | |||
Lavavajillas de arrastre con salida izquierda + recuperar + secado. Temperatura xx xxxxxx 63º. Temperatura de aclarado 82º. Productividad 120 bandejas xx xxxxxx por hora. Consumo de aclarado. Potencia total de agua caliente 22,2 kw. Potencia total agua fría con recuperador de calor 400 v - 50 HZ-3ph, 24,9 Potencia total agua fría 31,7 kw- Altura útil de carga 45 cm. Fabricado con doble pared. Xxxxxxx xx xxxxx pared aisladas. Cuba estampada. Cámaras xx xxxxxx sin tubos internos. Filtros de cuba integrales. Prefiltro de cajón a cada cuba. Filtrado secuencial de seguridad por aspiración. Módulo de aclarado integrado. Bombas xx xxxxx flujo. Funcionamiento de cepillo hidráulico, Arrastre de cestas mediante guías laterales. Tunel de secado en angular. Aclarado integrado Isyrinse. Aclarado constante Prorinse Alim. Brazos de aclarado con sistema de recuperación de calor. Economizador de aclarado. Cuatro programas xx xxxxxx. Reductor de presión con manómetro interruptor | 1 |
de emergencia. | ||||
Módulo de secado con toberas de impulsión y laberintos laterales para las salidas de aire caliente. Control termostático de la temperatura. Potencia ventilador 1 HP / 0,75 kw. R. Calentamiento 6 kw. Aire circulante m3h: 1300 Longitud + 600mm | 1 | |||
Fabricación y colocación tabla entrada lavavajillas en acero inoxidable de tamaño 1200x750x850 con cuba soldada de 400 x 400 + aro de desbarrace con estantería inferior en zona de cuba | 1 | |||
Fabricación y colocación tabla salida de lavavajillas en acero inoxidable de tamaño 1200x750x850 | 1 | |||
Tabla acero inoxidable de medidas 800x700x850 sin estante inferior | 1 | |||
Palanganas para lavado de platos y / o palanganas para lavavajillas | 7 | |||
Palanganas para xxxxxx xx xxxxx para lavavajillas | 7 | |||
Palanganas o cestas para la limpieza de cubiertos en lavavajillas | 10 | |||
Palangana color azul con compartimentos DL129 de policarbonato de alta graduación y apta para lavavajillas | 300 | |||
Cuencos color azul de policarbonato CE276 de capacidad 190 ml y de tamaños 102mm diámetro apto para lavavajillas, congelador y microondas. | 300 | |||
Grifo de sobremesa con grifo intermedia para dos aguas. | 1 | |||
Fregadero con bastidor de dos xxxxx (50 x 50 x 30) + dos escurridores 2200 x 70 | 1 |
Mesas xx xxxxx inoxidable con puertas traseras correderas, frontal y lados cerrados de 1400x700x850 | 2 | |||
Fuente de agua fría de osmosis inversa con grifo de 280 l de producción aprox. Con reserva de agua fría de 4 l. Entre los 3º y los 8º y con una reserva de agua natural de 8 l. De medidas 110 x 30 x 43 en acero inoxidable | 2 | |||
Descalcificador volumétrico - estadístico - electrónico con un caudal máximo de 6000 l. Hora, con válvula clack impresión plus WS 1 "volumétrica electrónica, con luces pilotos indicadores de funcionamiento, programación electrónica simple, ciclos ajustables de proceso de regeneración, botella de 100 l. de resinas de intercambio iónico con junta antibacterianos. Boya de seguridad incorporada al depósito de sal Filtro de 10 "standart con rosca de metal de 1" y cartucho de sedimentos de 50 micras | 1 | |||
TOTAL | € | € |
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
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ANEXO VI (SOBRE 3)
CRITERIOS EVALUABLES SUSCEPTIBLE DE VALORAR MEDIANTE FÓRMULAS O PORCENTAJES
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
.................................................. ..................................... (nombre y apellidos), con XXX .....
.........................., con domicilio en ... ................... ......................, c / .................................... .............
.................................. número ............... .., CP .........................., y teléfono ,
DECLARO:
Que estoy informado / a de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario / a del CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB- JOVEN
Que se compromete en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa) ...
................................ .................................................. .................................................. ........................... con
NIF / CIF ................... ............., a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y condiciones estipulados en los pliegos de cláusulas particulares y de prescripciones técnicas del contrato, y que presente el siguiente criterio evaluable susceptible de valorar mediante fórmulas o porcentajes por los lotes a que concurro.
LOTE 1: PRODUCTOS DE LIMPIEZA.
Criterio evaluable 1
Se valorará el tiempo de respuesta ante una necesidad imprevista de la siguiente forma:
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 12 h.
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 24 horas. El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 48 h.
Criterio evaluable 2
Se valorará la planificación del reparto de la siguiente forma: Reparto a diario.
Reparto tres días por semana. Reparto dos días por semana. Reparto un día por semana.
LOTE 2: SUMINISTRO DE GASOIL.
Criterio evaluable 1
Se valorará el tiempo de respuesta ante una necesidad imprevista de la siguiente forma:
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 12 h.
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 24 horas. El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 48 h.
LOTE 5: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.
Criterio evaluable 1
Se valorará el tiempo de respuesta ante una necesidad imprevista de la siguiente forma:
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 12 h.
El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 24 horas. El proveedor se compromete a suministrar los productos en menos de 48 h.
.... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD; CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES.
ANEXO VII (SOBRE 3) CRITERIO DE CALIDAD SOCIAL
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
(Nombre y apellidos) , con XXX
......................................... , en nombre propio o en representación de la persona física / jurídica:
.................................... .......................... ........................ .............................................. con NIF ..
......................................... y con domicilio en (calle) ,
número ..................., población. ........................................, CP y teléfono
................................ .., en calidad de ............................................ .......................
DECLARO:
Que estoy informado / a de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario / a DEL CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB-JOVEN
LOTE 1: PRODUCTOS DE LIMPIEZA.
Suministro de productos locales incluido cada oferta:
Suministro de 10 ó más productos biodegradables. Suministro de 5 a 9 productos biodegradables.
Suministro de 3 a 4 productos biodegradables.
LOTE 2: SUMINISTRO DE GASOIL.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
LOTE 3: ROPA DE CAMA.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
LOTE 4: UNIFORMES DE PERSONAL Y CAMISETAS DE ACTIVIDADES.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
LOTE 5: SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
LOTE 6: SUMINISTRO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS DE JUGOS Y CAFÉ.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
LOTE 7: SUMINISTRO DE MAQUINARIA Y ÚTILES DE COCINA Y LAVANDERÍA.
1. El número total de trabajadores de la empresa es de trabajadores.
2. Que el número total de trabajadores de la empresa con contrato indefinido es de trabajadores.
3. Que el porcentaje de contratación indefinida sobre el total de la plantilla es de %.
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)
INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD; CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓN Y DEPORTES.
ANEXO VIII (SOBRE 1)
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL HECHO DE TENER UN 2% DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ADOPTAR LAS MEDIDAS ALTERNATIVAS CORRESPONDIENTES
La entidad o empresa licitadora deberá presentar un solo ejemplar de este anexo.
.................................................. ....................................... (nombre y apellidos), con XXX ...
..............................., dirección electrónica ................ .................................................. .......... a efectos de
notificaciones (o si no, lugar físico donde quiere que se practique la notificación), en nombre propio o en representación de la persona física/jurídica ..................................................
............................, con NIF ................... .................., con el fin de participar en la licitación del CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN Y SUMINISTRO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES GESTIONADAS POR EL IB-JOVEN
DECLARO, bajo mi responsabilidad:
1. Que yo / Que la empresa que represento:
(Marque la casilla que corresponda.)
Ocupo / Ocupa menos de 50 trabajadores.
Ocupo / Ocupa 50 o más trabajadores y cumplo / cumple la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en aplicación del artículo 42 del Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Ocupo / Ocupa 50 o más trabajadores y estoy exento / está exenta de la obligación de la reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, por haber adoptado las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
2. Que se compromete, en caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a favor mío / a favor de la empresa que represento, a presentar, previamente a la adjudicación del contrato, los documentos que exija el órgano de contratación.
...... ...... ... ............. ......... ... ......... ... .. de / de de 2018
(Lugar, fecha y firma del licitador)