MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO
EL PRESENTE DOCUMENTO ES UNA TRADUCCIÓN AL ESPAÑOL DEL CONVENIO (MOU) ORIGINAL EN INGLÉS FIRMADO POR LAS PARTES.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO
ENTRE LA
RED DE FISCALES MILITARES
DE LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FISCALES Y LA
SOCIEDAD INTERNACIONAL PARA EL DERECHO MILITAR Y ELDERECHO DE LA GUERRA
La Red de Fiscales Militares (“NMP" por sus siglas en inglés), un grupo de interés especial de la Asociación Internacional de Fiscales ("IAP" por sus siglas en inglés) y de la Sociedad Internacional para la Ley Militar y la Xxx xx Xxxxxx ("ISMLLW" por sus siglas en inglés) (en adelante las denominados individualmente como la "Parte" y conjuntamente como los "Participantes"),
Contemplando los respectivos objetivos de los Participantes; Considerando el interés compartido en la cooperación entre los Participantes; Han llegado al siguiente acuerdo:
Apartado 1 - Objetivo
Los Participantes tienen la intención de facilitar los intercambios en áreas de interés y preocupación mutua, y de fomentar la colaboración en el ámbito del derecho militar y penal, incluso en la formación y en la difusión de sus respectivas publicaciones.
Apartado 2 - Principio fundamental
El presente Memorándum de Entendimiento ("MDE") está destinado a
llevarse a cabo de acuerdo con las normativas, reglamentos y políticas aplicables de los Participantes y según los fondos disponibles para cada uno de ellos.
Apartado 3 - Planificación
En el contexto de sus respectivos procesos de planificación, ambos Participantes se comprometen a explorar cualquier oportunidad de actividades de colaboración,como se establece en el apartado 4 del presente MDE, y otras formas de colaboración con vistas a determinar un calendario de actividades conjunto.
Apartado 4 - Posibles actividades de colaboración
Las actividades de colaboración pueden incluir, entre otras, las siguientes:
- La organización de eventos conjuntos;
- La participación de representantes de cada participante en los eventos, especialmente como ponentes o presidentes de sesión;
- La promoción de la organización, actividades y publicaciones del otro Participante, especialmente mediante la distribución de resúmenes de dichos objetivos, actividades y publicaciones y de los links al sitio web de la otra Parte.
Apartado 5 - Costes
Todos los costes asociados a la ejecución del presente MDE, incluidos los gastos de viaje y las tasas de inscripción en relación con las conferencias, correrán a cargo de la Parte remitente.
Apartado 6 - Confidencialidad
Los Participantes no deben divulgar, distribuir o poner a disposición de terceros, ni utilizar para fines distintos de la ejecución del presente Memorándum de Entendimiento, ninguna información de la otra Parte obtenida al celebrar o ejecutar el presente Memorándum de Entendimiento sin el consentimiento previo de la otra Parte.
Apartado 7 - Modificación del Memorando de Entendimiento
El presente MDE sólo podrá ser modificado mediante el consentimiento escrito mutuo de los representantes debidamente autorizados de cada uno de los participantes al presente.
Apartado 8 - Solución de conflictos
El presente MDE no constituye un documento jurídicamente vinculante. Cualquier disputa entre los Participantes relacionada con el presente MDE se resolverá amistosamente mediante consultas mutuas entre los Participantes únicamente, sin recurrir a ningún tribunal externo.
Apartado 9 - Plazo de cooperación
La cooperación conforme al presente MDE comenzará el día de su suscripción por parte de los representantes debidamente autorizados de cada uno de los Participantes y permanecerá en vigor hasta que sea rescindido por cualquiera de los Participantes. Cualquiera de los Participantes podrá rescindirlo al cabo de un año con un aviso previo de tres meses, o con el consentimiento mutuo por escrito de ambos participantes.
Firmado por duplicado, en ingles, en la fecha y lugar indicados a continuación.
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