ANEXO J – FORMULARIO DE GARANTÍA DE INSTALACIONES Y MATERIALES
ANEXO J – FORMULARIO DE GARANTÍA DE INSTALACIONES Y MATERIALES
CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE
Fecha: _, 20 1 Carta de Crédito No.
Beneficiario: Xxxxxxxxx xxx Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx
Xxxxxx
Xxxxxxxxx xx Xxxxxx
Como Empleador del Contrato referido a continuación
Solicitante: [DIRECCIÓN]
Cantidad Máxima Estipulada: [ ] ([ ] en Dólares de los Estados Unidos de América) 2
Fecha de Expiración: , 20 3
A solicitud y por cuenta del [SOLICITANTE], (el “Solicitante”), el suscrito [inserte el nombre del banco emisor] (el Banco) por este medio establece esta nueva Carta de Crédito Irrevocable (esta “Carta de Crédito”) a su favor como el Beneficiario (“Beneficiario”) para retirar hasta la Cantidad Máxima Estipulada antes referida, efectivo el , 20 .4 Tal como se usa en esta Carta de Crédito, “Dólares” y “$” significan la moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.
Esta Carta de Crédito es emitida, presentada y pagadera en la oficina del Banco
localizada en [dirección], Panamá, Atención: y expira al cierre del
Banco el día , 20 .5 No se puede modificar o revocar esta Carta de Crédito sin su autorización por escrito.
Se emite esta Carta de Crédito en conexión con el contrato con fecha del
, 20 , entre Usted, como el Empleador (el “Empleador”) y [el Solicitante] como el Contratista (el “Contratista”), con referencia al Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas (con todas sus enmiendas, suplementos o, de lo contrario, modificaciones del “Contrato”), suscrito por el Empleador y el Contratista de acuerdo con su Solicitud para la Presentación de Propuestas del Diseño y Construcción del Tercer Juego de Esclusas, numero 76161.
1 Inserte una fecha no posterior a 7 días antes del primer Estado del Contratista de acuerdo con la Subcláusula 14.3 de las Condiciones del Contrato.
2 Si se dan Cartas de Crédito Parciales de Seguridad del Contratista, esta cantidad puede variar sujeto a y de acuerdo con los términos de la Subcláusula 4.2E del Contrato.
3 Se puede emitir esta Carta de Crédito por el (los) periodo(s) especificado(s) en la Subcláusula 14.5 de las Condiciones del Contrato.
4 Inserte la misma fecha de la nota 1.
5 Inserte la misma fecha de la nota 2.
Esta Carta de Crédito es válida y efectiva inmediatamente y en o luego de la fecha estipulada en la misma, Usted puede hacer los retiros que resulten de la misma de vez en cuando mediante la presentación de su giro a la vista emitido por el Banco en nuestras oficinas antes especificadas en o antes de la fecha de expiración estipulada en el Formulario del Anexo I aquí adjunto (cada uno, una “Notificación de Reclamo”), en cada caso terminado y pretendido apropiadamente firmado por uno de sus oficiales autorizados. No estaremos obligados a verificar la autenticidad de dicha firma. Nuestra única obligación con referencia a un retiro hecho de acuerdo con esta Carta de Crédito será examinar el certificado presentado y pagar de acuerdo al mismo y no estaremos obligados a hacer una investigación en conexión con la presentación de dicho certificado. Se permiten retiros múltiples y parciales.
Usted puede hacer los retiros como se establece aquí de vez en cuando antes de la expiración de la misma en cualquier momento durante nuestro horario de trabajo en la dirección antes citada en Panamá, en cualquier Día Laborable (tal como se define a continuación). Si Usted presenta un retiro como se establece aquí (a) en o antes de las 11:00 a.m., hora de la ciudad de Panamá, o en cualquier Día Laborable, nosotros por este medio acordamos aceptar cada uno de dichos retiros a o antes de las 3:00 p.m., hora de la ciudad de Panamá, en el mismo día y (b) luego de las 11:00 a.m., hora de la ciudad de Panamá, en cualquier Día Laborable, nosotros por este medio acordamos aceptar cada uno de dichos retiros a o antes de las 10:00 a.m., hora de la ciudad de Panamá, del siguiente Día Laborable; siempre que, en caso de la cláusulas (a) y (b) antes descritas, se haga dicho retiro de acuerdo con la oración precedente y los documentos presentados en conexión con el mismo se adhieren a los términos y condiciones de esta Carta de Crédito. Un “Día Laborable” significa un día en el cual estemos abiertos en la dirección antes descrita con el propósito de hacer negocios bancarios comerciales.
Si una petición de pago hecha por Usted de acuerdo con esto, en cualquiera instancia, no se adhiere a los términos y condiciones de esta Carta de Xxxxxxx, le avisaremos prontamente (pero en cualquier caso, no más de un (1) Día Laborable luego de dicha petición) que no se aceptó la petición de pago de acuerdo con los términos y condiciones de esta Carta de Crédito, listando las razones del mismo y que una vez recibidas sus instrucciones, nos quedaremos con cualquier documento que estará a su disposición o le regresaremos los mismos a Usted. Una vez se le notifique que la petición de pago no se hizo efectiva de conformidad con esta Carta de Crédito, Usted puede tratar de corregir la no conformidad antes de las 11:00 a.m., hora de la ciudad de Panamá, el día de la Fecha de Expiración antes especificada.
Todas las cantidades pagadas por el Banco bajo esta Carta de Crédito se pagaran con fondos inmediatamente disponibles, mediante transferencia electrónica a la cuenta especificada por Usted en el certificado a la vista en el Formulario del Anexo I aquí adjunto, libre de y sin deducir cualquier impuesto, carga, honorario, embargo, compensación u otra deducción de cualquier clase y sin importar cualquiera objeción por parte de cualquier tercero.
Esta Carta de Crédito especifica completamente los términos de nuestra garantía y esta garantía no podrá ser modificada, enmendada, ampliada o limitada, de ninguna manera, por la referencia a cualquier documento, instrumento o acuerdo referido a o con el cual se relaciona esta Carta de Crédito, excepto los Anexos adjunto al mismo. La obligación del Banco de acuerdo con esta Carta de Crédito es la obligación individual del Banco y no depende o está condicionada al desembolso por el Solicitante o cualquiera otra parte con respecto al mismo, o a la habilidad del Banco para obtener, perfeccionar o realizar sobre cualquier embargo o garantía intereses sobre cualquier colateral, o cualquier otro desembolso.
Esta Carta de Crédito está sujeta y regida por las leyes de la República de Panamá y los Usos Internacionales relativos a los Créditos Contingentes ISP98 de la Cámara de Comercio Internacional (Publicación No. 590) y en caso de cualquier controversia, las leyes de la República de Panamá prevalecerán.
Atentamente, [BANCO EMISOR]
Por: Nombre:
Cargo:
ANEXO I
NOTIFICACIÓN DE RECLAMACIÓN
, 20
[NOMBRE DEL BANCO EMISOR] [DIRECCION]
Todos los términos usados aquí que son definidos en la Carta de Crédito No.
con fecha del , 20 emitida por Usted tienen los mismos significados cuando se usen aquí. Todos los términos en letras mayúsculas usados en esta Notificación de Reclamos que son definidos en la Propuesta o el Contrato tendrán el mismo significado que se les da en los mismos.
El suscrito por este medio certifica y establece que: [escoja el párrafo que aplica]
1. El Contratista ha dejado de extender la validez de la Garantía de Planta y Material tal como es estipula en el subpárrafo (a) de la Subcláusula 14.5.7 de las Condiciones del Contrato. En concordancia, el suscrito por este medio demanda el pago por la cantidad total debida de la Carta de Crédito, la cual es de
$ (la “Cantidad Demandada”).
[o]
2. El Contratista ha dejado de pagar al Empleador una cantidad debida tal como se estipula en el subpárrafo (b) de la Subcláusula 14.5.7 de las Condiciones del Contrato. En concordancia, el suscrito por este medio demanda el pago por la cantidad de $ (la “Cantidad Demandada”}.
[o]
3. El Contratista ha dejado de corregir una falta tal como se estipula en el subpárrafo
(c) de la Subcláusula 14.5.7 de las Condiciones del Contrato. En concordancia, el suscrito por este medio demanda el pago por la cantidad de $ (la “Cantidad Demandada”).
[o]
4. El Empleador tiene derecho a terminar el derecho del Contratista de completar el Contrato de acuerdo con la Subcláusula 15.2 de las Condiciones del Contrato. En concordancia, el suscrito por este medio demanda el pago por la cantidad total
debida de la Carta de Crédito, la cual es de $
Demandada”).
(la “Cantidad
El Beneficiario hace un retiro de acuerdo con la Carta de Crédito por la cantidad de la Cantidad Demandada antes descrita. Por este medio, a Usted se le pide que haga el pago del retiro pedido a la Autoridad del Canal de Panamá; [detalles de la cuenta].
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ
Por: Nombre:
Cargo: