PROCEDIMIENTO ABIERTO 1/2018 “LICITACIÓN CONCESIÓN SERVICIO BAR EN POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
PROCEDIMIENTO ABIERTO 1/2018 “LICITACIÓN CONCESIÓN SERVICIO BAR EN POLIDEPORTIVO MUNICIPAL”.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto y calificación
El objeto del contrato es la concesión del servicio público de bar existente en las instalaciones deportivas durante la temporada estival coincidiendo con los meses de apertura de la piscina municipal, mediante la modalidad de concesión, por la que el empresario gestionará el servicio a su propio riesgo y xxxxxxx.
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de concesión de servicios públicos tal y como establece el artículo 15 de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobada por Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento de Selección y Adjudicación
La forma de adjudicación del contrato de concesión del servicio público de bar en el polideportivo municipal mediante la modalidad de concesión, será el procedimiento abierto, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, siendo el criterio de adjudicación el precio.
CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y en cumplimiento de las prescripciones legalmente establecidas, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento publicará el anuncio de licitación en el Perfil de contratante de su página web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx/?xxxx_xxxx0000
CLÁUSULA CUARTA. Tipo de Licitación
El tipo de referencia de canon global anual a satisfacer al Ayuntamiento por parte del concesionario se fija en la cantidad de mil quinientos euros, independientemente del nivel del uso del servicio, actualizándose anualmente según el Índice General de Precios al Consumo (IPC).
CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato
La duración del contrato de concesión del servicio público de bar en el polideportivo municipal, mediante la modalidad de concesión, será de un año.
Podrán existir hasta dos prórrogas siempre que las características del servicio permanezcan inalterables durante el periodo de duración de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta la duración máxima del contrato, incluidos los periodos de prórroga.
La prórroga se acordará por el órgano de contratación, previa petición del adjudicatario, por escrito, antes del uno xx xxxxx de la temporada de piscina que corresponda. En ningún caso la aceptación de las prorrogas tendrá carácter obligatorio para las partes.
CLÁUSULA
Administrativa
SEXTA.
Presentación de Proposiciones y Documentación
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Plaza Xxxx Xxxxxx, 1, en horario de atención al público, siendo la fecha límite de presentación el día 22 xx xxxx de 2018.
Las ofertas podrán presentarse igualmente, por correo o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico antes de la finalización del plazo para presentar ofertas, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.
La acreditación de la recepción del referido correo electrónico se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos 3 días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.
Cada candidato no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él suscritas.
La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las condiciones del contrato no serán negociadas.
Las ofertas para tomar parte en la licitación se presentarán en sobre cerrados, firmado por el candidato y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para participar en la licitación de la concesión del servicio público de Bar en polideportivo municipal».
En dicho sobre se incluirá la oferta económica, así como una declaración responsable, ambos documentos conforme a los modelos que aparecen en el expediente de contratación publicado en el perfil del contratante.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Prerrogativas de la Administración
El órgano de contratación, de conformidad ostenta las siguientes prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
CLÁUSULA OCTAVA. Apertura de Ofertas y Adjudicación Provisional
Las ofertas en el procedimiento abierto se abren en acto público que tendrá lugar el día 23 xx xxxx a las 10:00 en el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx Xxxxxx.
El mismo día de apertura de las proposiciones se formulará la adjudicación provisional del contrato, otorgándole, en su caso al adjudicatario un plazo de 5 días para presentar la documentación acreditativa de su solvencia, si ésta no consta ya en el Ayuntamiento y presentar la garantía definitiva.
CLÁUSULA NOVENA. Elevación a Definitiva de la Adjudicación Provisional y Formalización del Contrato.
La elevación a definitiva de la adjudicación provisional tendrá lugar en el plazo máximo de dos días desde la presentación por el adjudicatario de la documentación y la prestación de la garantía definitiva. Presentada la garantía definitiva se formalizará el contrato en el plazo máximo de 5 días desde la adjudicación provisional.
CLÁUSULA DECIMOPRIMERA. Derechos y Obligaciones
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
a) Estar en el momento de formalizar el correspondiente contrato administrativo, en alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas y en el régimen que corresponda del sistema de Seguridad Social.
b) Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
c) El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello, esta obligación se considera esencial.
d) Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que se establezcan. Deberá, el adjudicatario, mantener abierto al público el servicio de bar durante toda la temporada de apertura de piscina, todos los días y durante todo el horario señalado por el Ayuntamiento.
e) Xxxxxx el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. El adjudicatario se compromete a la observancia de las normas que para el buen uso general diere la autoridad municipal.
f) Abonar el precio del contrato en el plazo indicado y mantener en buen uso toda la instalación, maquinaria y enseres, debiendo reparar o sustituir a su xxxxx los posibles deterioros que se produjeren durante la explotación, no cabiendo ningún tipo de reclamación por este concepto al Ayuntamiento.
g) Es obligación del adjudicatario mantener en perfecto estado de uso y limpieza el recinto del bar durante los periodos de su apertura. Asimismo asume la limpieza y desinfección diaria de los servicios y vestuarios del polideportivo, así como la limpieza ordinaria y diaria de todo el recinto del bar, incluyendo el vaciado de las papeleras xxx xxxxxxx de bar.
h) Serán de cuenta del adjudicatario todos los gastos de la explotación, como electricidad, gas, etc. El día de inicio de la explotación se tomará lectura de los contadores correspondientes, y se volverá a tomar la lectura el día de cierre, para determinar el consumo de la temporada, y que el adjudicatario proceda al abono de los gastos correspondientes.
i) No podrán expedirse bebidas en envase xx xxxxxx fuera de las instalaciones de bar.
j) Deberá estar fijado en lugar visible la lista de precios sellada por el órgano competente de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha.
k) Para la realización de cualquier obra o modificación en las instalaciones, el adjudicatario deberá obtener previo permiso por escrito del Ayuntamiento, siendo de su cuenta todos los gastos que se originen, y sin que por los mismos proceda reintegro o indemnización alguna. Todas las mejoras quedarán en propiedad de la Corporación Municipal.
l) Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el año sea producido por causas imputables a la Administración.
m) Todas las demás establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
a) Poner a disposición del adjudicatario el recinto del bar con todo el mobiliario e instalaciones existentes. Por recinto de bar se entiende, además de la parte cerrada, el espacio circundante a la misma, pavimentado.
CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA. Reversión
Cuando finalice el plazo contractual, el servicio revertirá a la Administración, debiendo el contratista entregar las obras e instalaciones a que esté obligado con arreglo al contrato y en el estado de conservación y funcionamiento adecuados.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Ejecución del Contrato
El contratista está obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujeción a las características establecidas en el contrato y dentro de los plazos señalados en el mismo.
En todo caso, la Administración conservará los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate.
CLÁUSULA DECIMOCUARTA. Modificación del Contrato y Mantenimiento del Equilibrio Económico
La Administración podrá modificar por razones de interés público las características del servicio contratado.
Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
CLÁUSULA DECIMOQUINTA. Incumplimiento y Penalidades
A) Incumplimiento
Si del incumplimiento por parte del contratista se derivase perturbación grave y no reparable por otros medios en el servicio público y la Administración no decidiese la resolución del contrato, podrá acordar la intervención del mismo hasta que aquélla desaparezca. En todo caso, el contratista deberá abonar a la Administración los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.
B) Penalidades por Incumplimiento
Cuando el contratista haya incumplido la adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales suficientes para ello, se impondrán penalidades proporcionales a la gravedad del incumplimiento.
Si el incumplimiento es considerado como muy grave y atendiendo a su condición de deber esencial tal y como se establece en la cláusula relativa a las obligaciones y derechos, podrá dar lugar a la resolución del contrato.
Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente
ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido.
CLÁUSULA DECIMOSEXTA. Resolución del Contrato
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este Pliego, así como en los demás supuestos que proceda conforme a la Ley de Contratos del Sector Público.
Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista, se incautará la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía.
CLÁUSULA DECIMOSEPTIMA. Régimen Jurídico del Contrato
Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación la Ley de Contratos del Sector Público, , y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley de Contratos del Sector Público y esté vigente tras la entrada en vigor de la Ley9/2017; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
CLÁUSULA DECIMOOCTAVA. Condiciones de aptitud y solvencia.
a) Condiciones de aptitud.
Pueden presentar solicitud las personas físicas o jurídicas en quienes no concurra prohibición de contratar con la administración.
b) Condiciones de solvencia.
Comoquiera que estamos ante un contrato de concesión de servicio público, a riesgo y xxxxxxx del contratista, se exime de la acreditación de la solvencia del adjudicatario, exigiéndose tan sólo que se encuentre dado de alta en el correspondiente epígrafe del IRPF el día de formalización del contrato. Asimismo, deberá cumplir con el resto de los requisitos legales.
DILIGENCIA:
Para hacer constar que el presente Pliego ha sido aprobado por Decreto de Alcaldía de fecha 23 xx xxxxx de 2018.
En Xxxxxxxx xx Xxxxxx, a 23 xx xxxxx de 2018.
LA SECRETARIO,
Fdo. Xxxxxx X. Xxxx Xxxxxx
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX - 52446006A
Firmado digitalmente por XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX - 00000000X
Fecha: 2018.04.24
13:46:37 +02'00'