CONTRATO DE SERVICIO Nº 094-2007 CMISA/LOG
CONTRATO DE SERVICIO Nº 094-2007 CMISA/LOG
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA PRIVADA
Conste por el presente documento, UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA, que celebramos:
I. LOS OTORGANTES.
1.1 La CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA S.A., con RUC Nº 20104888934 con domicilio en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xx 000 xx xx xxxxxx xx XXX, a quien en lo sucesivo se llamará CMAC ICA S.A, debidamente representada por su Gerente de Administración Señor Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx identificado con DNI Nº 00000000 y su Gerente de Ahorro y Finanzas Señor Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, identificado con DNI Nº 00000000; según poderes inscritos en la partida Nº 00000000 del registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos de ICA
1.2. LA EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA ELITE R&C SRL, con RUC Nº 20365271616, con domicilio real en Xx Xxx Xxxxxx Xx 000- Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, inscrita en la Partida Nº 11000266 de la Oficina Registral Libertadores Wari Ayacucho, debidamente representada por su Representante Legal Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, identificado con DNI Nº 00000000, con poder inscrito en la partida Nº 00000000 de la Oficina Registral Libertadores Wari Ayacucho a quien se denominará: EL CONTRATISTA.
II. LOS ANTECEDENTES.
La CMAC ICA S.A. – ICA convocó a un Concurso Público para contratar a la Empresa que ofrezca las mejores condiciones técnicas y económicas para prestarle el servicio complementario de Vigilancia Privada de sus diferentes locales.
La CMAC ICA S.A. – ICA otorgó la Buena Pro a la Empresa DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA ELITE R&C SRL, para la prestación del servicio objeto del proceso de la adquisición convocado.
EL CONTRATISTA ha entregado a la CMAC ICA S.A. – ICA:
- Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
- Póliza de Caución como garantía de fiel cumplimiento del contrato
Forma parte del presente contrato, con el mismo carácter obligacional, la oferta técnica y económica de EL CONTRATISTA presentada en el marco del Concurso Público convocado por la CMAC ICA S.A. – ICA.
III. REGIMEN LEGAL DEL CONTRATO.
3.1 La relación contractual se regula por los siguientes normas legales:
1. Código Civil
2. Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada según D.S. Nº 083-2004-PCM.
3. Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias.
4. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
5. Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2007.
6. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General
7. Ley Nº 27143 Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional
8. Ley Nº 27633.- Ley Complementaria a la Ley Nº 27143 - Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional
9. Directivas y Acuerdos del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE
10. Bases del Proceso
11. Ley Nº 27626, Ley que regula la actividad de las Empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 003-2002-TR.
12. Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-94-IN del 9.MAY.94, modificado con Decreto Supremo Nº 006-94-IN del 22.JUL.94.
13. Ley N° 28879 Ley de Servicios de Seguridad Privada 17 Ago 2,006
14. Resolución Ministerial 0689-2000 IN 1701 R. D. Que modifica el reglamento de requisitos mínimos obligatorios de seguridad que deben adoptar las instituciones cuyo control ejerce la SBS. 11-06-2000
IV. DEL OBJETO.
4.1 En virtud del presente Contrato, EL CONTRATISTA se obliga ante la CMAC ICA S.A. a prestarle servicio complementario de VIGILANCIA PRIVADA de los locales de la CMAC ICA S.A. y que son los siguientes:
ICA (Principal) : Xx. Xxxxxxxxxxxxx 000 – Ica – Galerías y Centro
de Negocios
AG. Parcona : Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx 000 – Parcona – Ica
AG. San Xxxxxx : Xx. Xxx Xxxxxx Xxxx. 00 Xxx., Xxx Xxxxxx X-0
XX. Xxxxxxx : Xx. Xxxxxxxxx 000 - Xxxxxxx
AG. Imperial : Xx. Xxxxx Xx. 000- x – Xx
XX. Xxxxx : Xxxxx Xxxx Xx 000 – Xxxxx
XX. Xxxxxx : Xx Xxxxxxxx Xx 000- Xxxxxx
XX. Xxxxxxxx: Portal Independencia Nº 63-64 Huamanga
AG. Lurin : Xxxxx Xxxxxxxxx Xx 000, Xxxxx- Xxxx-
Xx. Xxxxxxxx Xxx Xxxxxxx: Jr. Bellavista Nº 176 – Xxxxxx
Of. Especial Mala: Xx Xxxx Xx 000 – Mala
Of. Especial Palpa: Portal Escribanos Nº 131 – Palpa
4.2 El servicio de Vigilancia y Protección de las instalaciones en los locales de la CMAC ICA S.A., comprende la integridad de sus oficinas, mobiliario, equipos, vehículos, valores materiales y en general todos los bienes de propiedad de la CMAC ICA S.A. y de terceros que se encuentren en el interior de los locales cuya vigilancia es responsabilidad de EL CONTRATISTA.
V. DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
5.1 DE LA CMAC ICA S.A.
Otorgar las facilidades que sean necesarias para la prestación del servicio.
Pagar el costo del servicio de acuerdo a las bases del proceso de selección en forma mensual contra la presentación del Comprobante de Pago, el mismo que contará con el Visto Bueno dela Unidad de Seguridad Interna , Logística y de la Gerencia de Administración de la CMAC ICA S.A..
La CMAC ICA S.A. en todo caso podrá solicitar, sin invocación de causa, el cambio del personal de EL CONTRATISTA.
5.2. DEL CONTRATISTA
5.2.1 Pagar la remuneración a los agentes de seguridad ( de acuerdo a su propuesta técnica del postor)
5.2.2 Prestar el servicio mediante personal capacitado, técnico, profesional idóneo que cumpla los requisitos legales para el mismo, que deberá estar dotado de un adecuado uniforme e identificación y con los implementos de seguridad para ejecutar el servicio, conforme a su oferta técnica.
5.2.3 Cumplir en todo momento y en forma constante, como requisito de validez de este contrato el D.S. Nº 005-94-IN, en consecuencia tener vigente su inscripción y autorización en el Registro Especial de Empresas de Servicios de Vigilancia.
5.2.4 Prestar el servicio con estricta observancia de las normas de seguridad. En consecuencia está en la obligación de difundir e instruir a su personal en el cumplimiento de las normas correspondientes.
5.2.5 Tomar las medidas de seguridad necesarias para el efectivo cumplimiento de su labor, proteger y cautelar el patrimonio de la CMAC ICA S.A. contra robos, daños, actos de espionaje, sabotaje, terrorismo, o cualquier otro acto que pudiera suscitarse contra sus locales, instalaciones y personal.
5.2.6 Asumir la total responsabilidad civil por los daños que ocasionasen sus dependientes, en el patrimonio y personal de la CMAC ICA S.A., en la persona de terceros o el patrimonio de los mismos.
5.2.7 La selección de personal corresponde exclusivamente a EL CONTRATISTA, en el caso de cambiar un trabajador, deberá de comunicar el hecho previamente a la CMAC ICA S.A. con una anticipación de 48 hrs. indicando el motivo, debiéndose tener previamente el consentimiento del responsable de la supervisión del presente contrato.
5.2.8 Cambiar de inmediato a su personal que incurra en las siguientes faltas:
a) Que no cumpla con los requisitos y con las obligaciones de acuerdo x Xxx.
b) Presentarse con síntomas de haber ingerido sustancias alucinógenas y/o bebidas alcohólicas.
c) Faltar el respeto, de palabras u obra, a los trabajadores de la CMAC ICA S.A. y al público en general.
5.2.9 Garantizar que su personal no tenga antecedentes policiales, judiciales y/o penales.
5.2.10 Reportar de inmediato cualquier irregularidad u ocurrencia que pudiera presentarse en los locales vigilados, en el término más breve después que se produzcan, bajo su responsabilidad.
5.2.11 Cumplir con el pago oportuno de todos los conceptos laborales a su personal encargado de custodiar las instalaciones de la CMAC ICA S.A.; debiendo exhibir en forma obligatoria y automática la siguiente documentación, correspondiente al mes inmediato anterior al de pago:
a) Copia de las Boletas de Pago y Planillas, en las que conste la firma de los trabajadores. En los meses de julio y diciembre, deberá acreditarse el pago de las gratificaciones legales ordinarias, con los mismos documentos indicados.
b) Planilla de Sueldos y Salarios debidamente visados por ESSALUD y el Ministerio de Trabajo, en el cual esté comprendido el personal de seguridad que presta servicio en CMAC ICA S.A. (en las que conste la firma de recepción de los trabajadores).
c) Copia de los Recibos de Pago a ESSALUD y/o AFP e Impuesto Extraordinario de Solidaridad.
d) Copia de los documentos que acrediten el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios individuales en los que conste su depósito. Si el contrato de trabajo entre EL CONTRATISTA y uno o más de sus trabajadores, fuera un contrato a plazo fijo menor a 6 meses, estará obligado a presentar a la CMAC ICA S.A. copia de la liquidación de beneficios en la que conste el pago de la compensación correspondiente, con la firma de su trabajador.
e) En general, la CMAC ICA S.A. estará facultada para solicitar a EL CONTRATISTA, en cualquier momento y sin expresión de causa, la información y/o documentación necesaria para verificar que cumple satisfactoriamente con las obligaciones laborales respecto de los trabajadores que destaca a la CMAC ICA S.A..
f) EL CONTRATISTA acepta y confiere a la CMAC ICA S.A. el derecho de retener todo o parte de cualquier pago laboral que pudiera estar pendiente a su personal, mientras no demuestre, a satisfacción de la CMAC ICA S.A., haber cumplido íntegramente con sus obligaciones laborales.
5.2.12 Asumir la plena y total responsabilidad laboral, como empleador, del personal a su cargo con el cual se ejecutará el servicio.
5.2.13. Tener contratada una Póliza de Seguro que cubra los riesgos del trabajo, invalidez y fallecimiento de sus vigilantes.
5.2.14 Tener contratada y endosada a la CMAC ICA S.A.-ICA una Póliza de Responsabilidad Civil por un valor de US$ 100,000.00. Este hecho debe de acreditarse y verificarse a la firma de este contrato.
5.2.15.Tener contratada y endosada a la CMAC ICA S.A.-ICA una Póliza de Deshonestidad por un valor de US$ 50,000.00. Este hecho debe de acreditarse y verificarse a la firma de este contrato.
5.2.16. Entregar a la CMAC ICA S.A. una garantía del fiel cumplimiento del Contrato.
VI. DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO
6.1. El monto total del contrato es S/.1,029,599.04 (Un millón veintinueve mil quinientos noventa y nueve y 04/ NUEVOS SOLES) INCLUIDO IMPUESTOS, el cual se pagara en forma mensual a razón de e S/.42,899.96 (Cuarenta y dos mil ochocientos noventa y nueve CON 96/100 NUEVOS SOLES) incluido impuesto, y cualquier concepto que incida en el precio del servicios que brinda
6.2 El precio indicado es único e invariable durante la duración del contrato y comprende todos los costos establecidos en el anexo de la propuesta económica de EL CONTRATISTA.
6.3 La CMAC ICA S.A. pagará los comprobantes de pago por el servicio prestado dentro del plazo de 10 días calendarios de presentado el mismo, que será emitido al finalizar el mes. La CMAC ICA S.A. pagará el costo mensual del servicio de acuerdo a la propuesta presentada en el proceso de selección
6.4 Si posteriormente a la suscripción de este contrato se expidan normas que reajusten la RMV, éstas serán sólo de aplicación si la RMV superase el monto consignado como Remuneración Básica en la estructura de costos de EL CONTRATISTA.
6.5. EL CONTRATISTA deberá abonar las remuneraciones y de beneficios sociales de su personal según corresponda en las cuentas de ahorro personal que se abrirá en la CMAC ICA S.A. por cada trabajador.
VII. DEL PLAZO.
El plazo de ejecución del presente contrato es de 24 meses, iniciando el 01 xx Xxxxx del 2007 y culminando el 01 xx Xxxxx del 2009.
VIII. DEL PRECIO Y LA FORMA DE PAGO.
El monto total del servicio es S/.1,029,599.04 (Un millón veintinueve mil quinientos noventa y nueve y 04/ NUEVOS SOLES), incluido el IGV y cualquier concepto que incida sobre el costo del servicio que brinda.
El precio indicado es único e invariable hasta el cumplimiento cabal y total del contrato y la forma de pago será en forma mensual conforme a la liquidación que se presente de acuerdo al personal destacado.
La única causa de reajuste que reconocerá la CMAC ICA S.A., es la que se derive de la modificación del monto de la RMV (actualmente S/.500,00) siempre y cuando la oferta de el CONTRATISTA haya estado basada y referida a la misma y supere a la asignada; en todo caso, no tendrá incidencia alguna en conceptos de la estructura de costos que no sean aquellos que estén directamente basados y calculados en función de la RMV.
Todo pago se hace contra la presentación del comprobante de pago correspondiente con las formalidades xx xxx, que deberá contar además con la visación a conformidad del área usuaria del servicio.
EL CONTRATISTA cobrará mensualmente sólo lo que corresponda a las remuneraciones de su personal destacado. Cuando corresponda pagarlos, cobrará el monto de la CTS, gratificaciones y otros derechos.
IX DE LAS GARANTIAS.
El CONTRATISTA, a la firma del presente contrato, entregó a la CMAC ICA S.A., una Póliza de Caución Nº 6817818-00 afianzando al CONTRATISTA y como asegurado la CMAC-ICA SA, emitida por La Compañía de Seguros “Latina Seguros y Reaseguros SA”, por un monto de S/. 102,959.90 (ciento dos mil novecientos cincuenta y nueve y 90/100), póliza solidaria solidaria, incondicional, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la CMAC ICA S.A., por un plazo de hasta el 19 xx xxxxx del 2009.
El CONTRATISTA declara bajo juramento, mediante el representante que firma el presente contrato, que se compromete a cumplir las obligaciones derivada del mismo, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
X. DE LAS PENALIDADES.
La demora injustificada en la ejecución de cualquiera de las prestaciones a cargo de EL CONTRATISTA, generará automáticamente, sin que haga falta requerimiento intimación alguna, una penalidad hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto contractual; la penalidad se calculará por cada día de atraso en la entrega total o parcial según lo establecido en el Artículo 222 del D.S. 084-2004-PCM. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante del la ejecución de las garantías cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la CMAC ICA S.A. podrá resolver el contrato por incumplimiento del mismo.
Siendo el presente contrato uno de prestaciones parciales, es potestad de la CMAC ICA S.A., aplicar las penalidades, no sobre el valor total del contrato, sino únicamente sobre la parte del valor proporcional que le corresponda conforme a la oferta a la que se adjudicó la buena pro; siempre y cuando el CONTRATISTA previamente consienta, por escrito, que la demora o resolución parcial se produjo por causa imputable a él y/o se desista del recurso o proceso que se hubiera iniciado sobre el particular.
XI. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Este contrato podrá ser resuelto por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de las partes. También lo podrá ser por aquellas causas que no estando pactadas en este contrato, sean inherentes o naturales a la prestación del servicio contratado.
El procedimiento a seguir para la resolución de contratos será el establecido en el Artículo 144 del D.S. N° 084- 2004-PCM.
XII. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR
A la firma del contrato EL CONTRATISTA, presentó la Constancia Vigente de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado emitido por CONSUCODE Nº 02760.
XIII. CLAUSULAS FINALES.
De conformidad con el art 53º de la Ley y el Capitulo IV, articulo 272, artículo 273º al 292º del Reglamento, en caso de producirse diferencias, desavenencias y controversias entre las partes, derivadas de este contrato, las mismas procurarán solucionarlas mediante conciliación que se realizara en un Centro de Conciliación de la ciudad de ICA, y deberán realizarse de acuerdo con las disposiciones de Reglamento de Conciliación de dicho Centro. Si la conciliación concluye en un acuerdo parcial o sin acuerdo, las partes deberán someter a arbitraje las diferencias no resueltas. El arbitraje será de derecho y será resuelto por un tribunal arbitral, el mismo que será colegiado. La designación de los árbitros y mas aspectos del tribunal arbitral serán regulados por el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado).
Domicilios.
Para cualquier notificación notarial, administrativa o judicial que pudiera generarse en la presente relación contractual, las partes declaran tener sus domicilios en los inmuebles consignados en el presente contrato, cualquier cambio de domicilio se deberá comunicar a las 48 horas de realizado en mismo.
Las partes señalan que en la celebración del presente Contrato no ha mediado ningún vicio de voluntad que lo pudiera invalidar de manera posterior. En señal de conformidad lo firmamos ratificando su contenido y comprometiéndonos a su fiel cumplimiento.
ICA, 00 xx Xxxxxxx xxx 0000
XXXX XXX S.A. CONTRATISTA