GEORGE WASHINTON UNIVERSITY, ESTADOS UNIDOS
I.2.25. Acuerdo 25/CG 31-03-17 por el que se aprueba el Convenio de colaboración con Xxxxxx Xxxxxxxxxx University para el Xxxxxx Xxxxxxxxxx Madrid Program e Intercambio de Estudiantes.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
entre
XXXXXX XXXXXXXXX UNIVERSITY, ESTADOS UNIDOS
y
LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID, ESPAÑA
para
EL INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES y EL “GW MADRID PROGRAM”
PREÁMBULO
En reconocimiento de la importancia de la colaboración en programas de educación superior y en el deseo de promover la enseñanza y la investigación en el ámbito académico y contribuir a la educación internacional, la Universidad Autónoma de Madrid, entidad de Derecho Público xxx Xxxxx de España, (en adelante la UAM), con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxx Xx 0, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 00000 xx Xxxxxx, Xxxxxx, representada por su Vicerrectora de Relaciones Internacionales, Dña. Xxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx, actuando en virtud de la delegación de competencias otorgada por Resolución Rectoral de 10 xx xxxxx de 2015, (B.O.C.M. de 17 xx xxxxx); y la Xxxxxx Xxxxxxxxxx University, (en adelante GW), una institución sin ánimo de lucro autorizada por el Congreso de los Estados Unidos, con domicilio en 000 00xx Xx., XX Xxxxx 000 Xxxxxxxxxx, XX 00000 , U.S.A representada por Xx Xxxxx Xxxxxxxx, Vicerrectora Asociada para Programas Internacionales, (denominadas a continuación de forma individual la “Parte”, y de forma conjunta las “Partes”);
CONSIDERANDO:
EN TANTO QUE GW y UAM constituyen las Partes de un Convenio de Colaboración Académico efectivo a partir del 8 de diciembre de 2003 (“Convenio del 2003”), establecido para el intercambio de estudiantes de grado, así como para la creación del GW Madrid Program en la UAM;
EN TANTO QUE GW y UAM renovaron el Convenio de 2003 en los años 2007, 2009 y 2013. EN TANTO QUE la renovación de 2013 del Convenio vencerá el 28 xx xxxxx de 2016; y
EN TANTO QUE las Partes tienen la voluntad de prorrogar el plazo de colaboración por un periodo adicional de tres (3) años de acuerdo con las cláusulas dispuestas en el presente documento;
1. OBJETO DEL CONVENIO
Debido al creciente interés de los estudiantes de EE.UU. por estudiar la lengua y cultura española, así como los continuos esfuerzos para proporcionar oportunidades de intercambio académico a los estudiantes de la UAM, la Universidad de GW y la UAM se comprometen a establecer el siguiente
Convenio de acuerdo a la descripción, programa (aplicable a cada año académico) y a las obligaciones resumidas a continuación:
2. CONSIDERACIONES GENERALES
2.1. GW y UAM desarrollarán conjuntamente un Programa de Study Abroad en Madrid (en adelante GW Madrid Program) para los estudiantes de grado de GW que incluirá cursos de lengua, literatura y cultura española, así como cursos adicionales seleccionados por las facultades de la UAM, que se impartirán en inglés o español y que estarán diseñados particularmente para los estudiantes de GW. La UAM permitirá la matriculación en sus estudios de grado a aquellos estudiantes del GW Madrid Program que muestren un nivel avanzado de la lengua española. Asimismo, la UAM cobrará a GW los gastos de gestión para el GW Madrid Program, y eximirá de pago las tasas y matrícula de todos los estudiantes de GW que cursen asignaturas oficiales de grado. Todos los demás gastos serán la responsabilidad de los estudiantes del GW Madrid Program.
2.2. La UAM recomendará los profesores para llevar a cabo los cursos de GW; no obstante, GW tendrá la autoridad final de aprobación en la selección de los profesores. La UAM proporcionará a GW el curriculum vitae de los profesores para su consideración.
2.3. El programa de estudios y la bibliografía, el criterio de calificación y otros documentos de apoyo, si fueran necesarios, así como el presupuesto del GW Madrid Program se detallará cada año en los Anexos de este Convenio (véanse anexos A y B para el año académico 2016-2017).
2.4. El GW Madrid Program se localizará en el campus de la UAM en Madrid, Facultad de Filosofía y Letras. Los cursos se realizarán durante el primer y segundo semestre.
2.5. GW seleccionará a estudiantes de grado para matricularse a tiempo completo en el GW Madrid Program según el presente Convenio. Estos estudiantes no podrán obtener un título oficial de grado en la UAM. Asimismo, dicha Universidad se reserva el derecho a emitir un dictamen final en lo que respecta a la admisión definitiva a estudios que no conlleven a la obtención de un título.
2.6. La Universidad de GW se compromete a acoger en el campus xx Xxxxxxxxxx D.C., para estudios que no conlleven a la obtención de un título, a cuatro (4) estudiantes de grado de la UAM durante un
(1) semestre académico (primero o segundo) cada uno; o bien a dos (2) estudiantes de grado de la UAM durante un año académico entero (primero y segundo), preferentemente de la Facultad de Filosofía y Letras. Los estudiantes de la UAM pagarán las tasas y la matrícula de la institución de origen. GW se reserva el derecho de admisión de cada estudiante seleccionado por la UAM. Para ser admitido como estudiante de intercambio, el estudiante debe cumplir con todos los requisitos de admisión de GW. Si la plaza para un estudiante de intercambio de la UAM quedara vacía, ésta no se podrá disfrutar en otro momento. La GW eximirá del pago de matrícula, tasas, alojamiento y manutención a los estudiantes seleccionados por la UAM. Otro tipo de gastos correrán a cargo de los estudiantes de la UAM.
2.7 Todos los estudiantes de la UAM que quieran estudiar en GW tendrán que abonar el seguro médico para estudiantes de GW y se harán responsables de cualquier gasto relacionado con el mismo. Todos los estudiantes internacionales con un visado F1 o J1, al matricularse en GW, recibirán automáticamente este seguro médico. Solo aquellos estudiantes que hayan enviado un formulario de renuncia y justificante de un seguro médico alternativo que cumple con los estándares mínimos de
GW, podrán renunciar al seguro médico de la universidad. El formulario de renuncia deberá ser entregado en los plazos que marca la universidad. Si así lo desean, los estudiantes deberán abonar su propio seguro dental.
2.8 Las Partes acuerdan que solo aceptarán a estudiantes amparados por este convenio como estudiantes de intercambio, y a su vez, rechazarán solicitudes de estudiantes procedentes de GW o UAM que solicitan estudiar como estudiantes visitantes fuera del convenio.
2.9 El idioma principal en la UAM es el español, aunque todas las facultades ofrecen alguna asignatura en inglés que podrían ser de interés para los estudiantes de GW. El idioma de GW es inglés.
3.- COORDINACIÓN DEL PROGRAMA
La UAM se compromete a:
3.1. Proporcionar profesores cualificados de la UAM que impartan sus clases en el campus de Madrid, tal y como se describe en el Anexo A. Estos cursos, impartidos en inglés o español, se destinan exclusivamente a los estudiantes matriculados en el GW Madrid Program. Asimismo, estarán aprobados por la oficina de Study Abroad de GW para cumplir con los requisitos curriculares y calificar los créditos e indicadores de calidad de los cursos GW.
3.2. Proporcionar a GW un espacio en el campus de la UAM que sirva como oficina para el GW Madrid Program.
3.3 Poner a disposición de GW aulas durante el horario habitual de la UAM, siempre que no suponga un conflicto con las necesidades de la Facultad para impartir sus clases habituales. En caso de que exista un conflicto, la UAM proporcionará un aula alternativa.
3.4. Aceptar a todos los estudiantes seleccionados por GW según el criterio desarrollado por la oficina de Study Abroad de GW, siempre y cuando estos estudiantes cumplan los estándares de admisión de la UAM.
3.5. Eximir del pago de matrícula y tasas en asignaturas de grado a los estudiantes que provengan del GW Madrid Program, y facilitarles acceso completo a todas las instalaciones del campus.
3.6. Proporcionar a GW Madrid Program el informe académico correspondiente tras la finalización de los cursos del GW Madrid Program. La aceptación de la convalidación de créditos por el trabajo desarrollado por parte de los estudiantes de GW durante su estancia en la UAM estará sujeta a la decisión discrecional de GW.
3.7 Defender y mantener indemne a GW de y contra todas y cada una de las responsabilidades u obligaciones de cualquier daño personal, muerte, pérdida o daño de la propiedad que pueda resultar de la negligencia o actos deliberados realizados por sus empleados o representantes. Los estudiantes no se consideran “representantes” o “empleados” de la Universidad, por lo que la UAM no se hará responsable de sus actos.
3.8. Seleccionar a los estudiantes de la UAM que participarán como estudiantes de intercambio en los cursos de grado de GW de acuerdo con el apartado 2.6 del presente convenio.
3.9. Supervisar que los estudiantes de la UAM poseen un seguro médico apropiado, válido para completar la duración de su programa de estudios en GW y que garantice asistencia médica en Estados Unidos, incluyendo evacuación y repatriación.
3.10. Asegurar que los estudiantes de la UAM poseen un nivel intermedio alto o xxxxxxxx xx xxxxxx (equivalente a un B2 o C1), idioma de instrucción en GW.
3.11. Asegurar que los estudiantes de la UAM obtengan su visado y cualquier otro documento relacionado que sea necesario para garantizar su participación en el programa de intercambio durante el periodo de estudios.
3.12. Administrar y coordinar el GW Madrid Program localmente a través de la unidad técnica de Study Abroad del Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad de la UAM.
La Universidad de GW se compromete a:
3.13. Abonar a la UAM los gastos generados por el GW Madrid Program, de acuerdo con lo expuesto en el Anexo B del presente Convenio. Este Anexo será modificado cada cuatrimestre, por escrito, de acuerdo con el número de estudiantes y la correspondiente oferta académica establecida por GW.
3.14. Gestionar otros aspectos administrativos del GW Madrid Program, entre ellos, la admisión al programa, visados, alojamiento y gestión académica de los estudiantes de GW durante su estancia en Madrid.
3.15. Supervisar que los estudiantes de GW estén provistos de la correspondiente póliza de seguro médico y que tenga vigencia durante todo su periodo de estudios en España.
3.16. Garantizar que los estudiantes que cursen asignaturas oficiales de grado posean un nivel intermedio o avanzado de español equivalente a B1 o B2 dependiendo del programa de estudios de la UAM.
3.17. Proporcionar a los estudiantes de la UAM matriculados en GW documentación académica completa con la mayor brevedad posible tras la finalización de sus estudios. La aceptación de la convalidación de créditos por el trabajo desarrollado por parte de alumnos UAM durante su estancia en GW estará sujeta a la decisión discrecional de UAM. GW se compromete, dentro de lo que se considera razonable, a mandar expedientes académicos de cada estudiante de la UAM amparado por este convenio en un plazo de ocho (8) semanas después de finalizar el semestre, siempre y cuando el estudiante en cuestión no tenga deudas pendientes con GW. Se puede pedir a GW que aporte información adicional sobre el método de asignación de notas para los estudiantes de la UAM.
3.18. Eximir del pago de matrícula, así como de las tasas, alojamiento y manutención a los estudiantes seleccionados de la UAM en el alojamiento asignado en GW. Si no quedaran plazas de alojamiento en el campus para los estudiantes de la UAM, GW no se ve obligado a ayudar a los estudiantes de intercambio a encontrar alojamiento fuera del campus.
3.19. Defender y mantener indemne a la UAM de y contra todas y cada una de las responsabilidades u obligaciones de cualquier daño personal, muerte, pérdida o daño de la propiedad que pueda resultar de la negligencia o actos deliberados realizados por sus empleados o representantes. Los estudiantes no se consideran “representantes” o “empleados” de la Universidad, por lo que GW no se hará responsable de sus actos.
4. ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA
4.1. Cada Parte nombrará un Coordinador del Programa para actuar como enlace oficial entre la Facultad de Filosofía y Letras de la UAM y el GW Madrid Program/Oficina de Study Abroad de GW en el campus de origen durante el periodo del presente Convenio.
4.2. Los Coordinadores del Programa serán los responsables de gestionar el staff de GW Madrid que coordinarán un programa académico coherente, así como de todas aquellas cuestiones relacionadas con la admisión al programa.
4.3 Los Coordinadores elegidos serán:
- En nombre de la UAM: El Coordinador del Programa será nombrado por el Decano de la Facultad de Filosofía y Letras a propuesta del Departamento de Filología Española, previa consulta a los responsables del GW Madrid Program/GW Office for Study Abroad.
- En nombre de GW Madrid Program/GW Office for Study Abroad: Los Coordinadores del Programa serán el coordinador de la Oficina de Study Abroad Exchange y el gerente de programas de GW Study Programs.
Los datos de las personas designadas se recogerán en los Anexos A y B (véase los Anexos A y B para el año académico 2016-2017).
4.4 Si cualquiera de las dos Partes encontrara que aparece alguna dificultad relacionada con la utilización de dichos servicios e instalaciones, se entiende que el acceso debe ser renegociado de acuerdo a las nuevas condiciones que pudieran surgir o que parezcan adecuadas en dicho momento. Cualquier modificación de las condiciones descritas en este Convenio
4.5. Todos los estudiantes que participan en el Programa (estudiantes de GW y UAM) recibirán todos los beneficios y privilegios, y tendrán todos los derechos académicos y las responsabilidades que establezca la universidad de destino para sus estudiantes a tiempo completo. Los estudiantes deberán cumplir con las normas y reglamentos de la universidad de acogida. Cualquier incumplimiento con los mismos será tratado por la universidad de acogida de acuerdo a su normativa. La universidad de destino notificará a la universidad de origen, tan pronto como le sea posible, la infracción disciplinaria en la que el estudiante de intercambio haya incurrido.
4.6. Los estudiantes que participen en el GW Madrid Program serán evaluados de acuerdo a los estándares establecidos por GW y, en caso de que cursen asignaturas oficiales de grado, su evaluación será de acuerdo a los mismos criterios y estándares que se apliquen a los estudiantes de la UAM. Los estudiantes de intercambio de la UAM serán evaluados de acuerdo a los mismos estándares que los estudiantes de la Universidad de destino, y deberán cumplir con las normativas académicas y disciplinarias de la misma. Los estudiantes participantes en el Programa deberán satisfacer los mismos
requisitos de asistencia y de evaluación, al igual que los estudiantes regulares de la universidad de destino.
4.7. La universidad de acogida proporcionará a los estudiantes de intercambio una orientación académica, ayuda con la matriculación e información sobre los cursos, así como acceso a la biblioteca e instalaciones del campus, en idénticas condiciones al resto de los estudiantes regulares de dichas instituciones. Ambas Partes reconocen que algunos de sus respectivos servicios y actividades están restringidos a estudiantes regulares.
4.8 Las Partes se comprometen a facilitar el proceso de solicitud de visados para los estudiantes de su respectiva universidad. Sin embargo, en última estancia es la responsabilidad del estudiante aportar la documentación necesaria requerida por el consulado en cuestión. Esto incluye el pago de tasas oficiales y servicios que puedan surgir durante el proceso de solicitud de visado.
5. ASPECTOS FINANCIEROS Y RESPONSABILIDADES
5.1. GW se hará cargo de todos los gastos generados por el GW Madrid Program tal y como se establece en el Anexo B del presente Convenio.
5.2. El programa objeto del presente Convenio se gestiona a través de la Unidad Técnica de Study Abroad de la UAM, que tiene suscrita una encomienda con la Fundación UAM para la gestión del Programa Study Abroad at UAM, por lo que GW abonará directamente los gastos generados a la Fundación UAM (FUAM). El pago debe realizarse en euros mediante transferencia bancaria y GW se hará responsable de todas y cada una de las posibles comisiones aplicables. GW realizará el pago en un plazo de treinta (30) días tras recibir la factura por parte de la Fundación UAM.
5.3. Los estudiantes GW se harán responsables de todos y cada uno de los gastos derivados de su estancia en la UAM, a excepción de la matrícula y tasas.
5.4. Los estudiantes de movilidad de la UAM se harán responsables de todos y cada uno de los gastos derivados de su estancia en GW a excepción de la matrícula, tasas, alojamiento y comida proporcionada por GW, como se establece en la cláusula 3.2 del presente Convenio.
5.5 Cualquier gasto adicional por servicios más allá de aquellos especificados en este Convenio deberán ser abonados por los estudiantes de intercambio. Estos gastos se calculan de forma razonable y comparable a lo que pagarían los estudiantes regulares.
6. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
6.1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de cada una de las Partes del presente Convenio. Las responsabilidades de la Comisión serán las siguientes:
- Puesta en marcha, control y seguimiento del programa según el presente Convenio.
- Aclarar y resolver cualquier duda que pueda surgir de la interpretación y ejecución del presente Convenio.
6.2. La comisión de seguimiento podrá, en cualquier momento, proponer modificaciones en las cláusulas del presente Convenio, aunque estas modificaciones solo tendrán validez por escrito y firmadas por ambas Partes.
6.3. Formarán parte de la Comisión de Seguimiento, por parte de la Universidad Autónoma de Madrid, el/la Vicerrector/a de Relaciones Internacionales o persona en quien delegue y el/la Director/a del Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad o persona en quien delegue.
Por parte del GW Madrid Program, el representante será el gerente de los programas de GW Study Program o persona en quien delegue.
7. NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones requeridas o autorizadas en virtud del presente Memorándum de Entendimiento se deberán presentar por escrito y entregar por correo electrónico confirmado, transmisión vía facsímil confirmada o por correo certificado, y en todos los casos serán debidamente consideradas tras su recepción. Todas las comunicaciones se deberán enviar a:
Para GW: | Para la UAM: |
Associate Provost for International Programs | Director del Servicio de Relaciones Internacionales y Movilidad |
The Xxxxxx Xxxxxxxxxx University | Universidad Autonóma de Madrid |
000 00xx Xx., XX Xxxxx 000 Xxxxxxxxxx, XX 00000 | X/Xxxxxxxx xx 0. Edificio Plaza Mayor. Planta Baja. 28049 Madrid, Spain |
8. VIGENCIA, TERMINACIÓN Y DURACIÓN
8.1. El presente convenio entrará en vigor tras la firma de los representantes designados por cada institución y permanecerá vigente durante un periodo de tres (3) años académicos desde la fecha de la última firma, a partir del curso 2016/2017. Este convenio se firma por duplicado en inglés y en español, siendo la versión en inglés la definitiva en caso de cualquier discrepancia entre la versión en inglés y la versión en español.
8.2. El presente convenio podrá ser renovado por un nuevo periodo de tres (3) años adicionales, por acuerdo expreso escrito entre las Partes.
8.3. Los términos/las cláusulas del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo y por escrito.
8.4. Este acuerdo podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las Partes previa comunicación por escrito con seis (6) meses de antelación.
8.5 Rescisión por causa justificada. Ambas Partes podrán rescindir el presente convenio por causa justificada en los siguientes supuestos:
i. Alguna de las Partes se disuelve, deja de existir, entra en quiebra o situación de insolvencia, o adopta medidas equivalentes en virtud de la legislación nacional aplicable; o bien
ii. Alguna de las Partes es responsable de un incumplimiento sustancial subsanable que no se subsana en el plazo de treinta (30) días siguiente a la notificación escrita del incumplimiento debido a cuestiones no financieras, y en el plazo xx xxxx (10) días siguiente a la notificación escrita del incumplimiento debido a cuestiones financieras, incluido de forma enumerativa y no taxativa, la realización de un pago dispuesto en el presente convenio. En relación con incumplimientos no subsanables razonablemente en el plazo de subsanación, el presente convenio se rescindirá con efectos desde la fecha dispuesta en la notificación de incumplimiento.
8.6 En el supuesto de rescisión anticipada, ambas Partes deberán colaborar razonablemente de buena fe para cumplir con sus compromisos frente a los estudiantes que estén participando en el programa en la fecha de rescisión, permitiéndoles a terminar su periodo de estudios tal y como lo establece este Convenio.
9. CONSIDERACIONES ADICIONALES
9.1 Ambas Partes declaran y garantizan que: (a) están debidamente autorizadas para desarrollar su actividad en virtud de la legislación aplicable en su foro correspondiente; (b) son solventes en virtud de la legislación aplicable en su foro correspondiente; (c) están expresa y debidamente autorizadas por la correspondiente institución para suscribir el presente convenio; y (d) no existen restricciones ni prohibiciones legales aplicables a ninguna de las Partes que suscriben en presente convenio.
9.2 Los títulos empleados en las cláusulas del presente convenio se usan para fines de claridad y referencia únicamente, y en ningún caso se interpretará ni regirá el fondo de las cláusulas ni la intención de las Partes mediante dichos títulos.
9.3 Ninguna de las Partes será responsable por incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del presente convenio debido a causas más allá de su control razonable, incluido de forma enumerativa y no taxativa, conflicto laboral, huelga, cierre patronal, escasez de mano de obra, energía, materias primas o suministros, o incapacidad para obtenerlos, guerra, revueltas, actos de terrorismo, disturbios, casos fortuitos (incluido de forma enumerativa y no taxativa incendio, inundación, terremoto u otras catástrofes naturales), o acciones gubernamentales (incluido de forma enumerativa y no taxativa cualesquiera leyes, reglamentos, sentencias o la denegación de visados o permisos de residencia). En el supuesto de que una de las Partes desee invocar fuerza mayor, dicha parte deberá enviar a la otra parte notificación escrita de dicho evento en el plazo xx xxxx (10) días naturales posteriores al evento. En el supuesto de que un evento de fuerza mayor impida a una de las Partes el cumplimiento durante un plazo de treinta (30) días, ambas Partes estarán legitimadas para rescindir el presente Convenio previa notificación escrita enviada a la otra parte. Las disposiciones de la presente cláusula no se aplicarán al pago de tasas o cualesquiera otros pagos debidos por cualquiera de las Partes, ni a las obligaciones de las Partes para prestar asistencia a los alumnos in situ, o bien para facilitar su regreso.
9.4 Los términos del presente convenio se regirán por las leyes vigentes que sean aplicables según las normas del Derecho Internacional.
9.5 Ambas Partes acuerdan que, en relación con el presente convenio, no harán ni omitirán nada que pueda ocasionar a la otra Parte encontrarse en situación de incumplimiento de sus respectivas legislaciones, incluida de forma enumerativa y no taxativa la legislación de los Estados Unidos sobre
no discriminación, de controles a la exportación, contra el boicot, así como la Ley sobre prácticas corruptas en el extranjero de los Estados Unidos, o la legislación aplicable española. Ambas Partes acuerdan, en relación con el presente convenio, que no ofrecerán, darán ni prometerán dar, de forma directa o indirecta nada de valor a funcionarios del gobierno, políticos, candidatos políticos o empleados de los anteriores ni a terceros con el conocimiento de que dicho elemento de valor o Partes del mismo se puedan ofrecer, dar o prometer a funcionarios del gobierno, políticos, candidatos políticos o empleados de los anteriores al objeto de obtener o conservar negocios o garantizar ventajas indebidas.
9.6 La UAM reconoce y acuerda que el ejercicio de los derechos y el cumplimiento (o bien el incumplimiento) de las obligaciones dispuestas en el presente convenio es de tipo comercial y no gubernamental, por lo que reconoce y acuerda no tener legitimación respecto de cualesquiera derechos de inmunidad en base a la soberanía u otros en relación con las actividades, recursos o procedimientos judiciales derivados del presente convenio o relativos al mismo.
9.7 No se podrá renunciar a ninguna condición, disposición o término del presente convenio excepto si dicha renuncia se plasma en documento escrito junto con la firma de la parte renunciante. Xxxxxx renuncias se interpretarán como permanentes en relación con dichas condiciones, disposiciones o términos excepto si la renuncia escrita dispone lo contrario. La renuncia realizada por cualquiera de las Partes respecto de sus derechos o recursos en virtud del presente convenio relativa a un caso concreto sólo se aplicará a cuestiones relativas al presente convenio o derivadas del mismo.
9.8 En el supuesto de que cualquier condición, disposición o término del presente convenio se considere nulo, ilegal, no ejecutable o que entra en conflicto con leyes de gobiernos competentes respecto del presente convenio, no se verá afectada la validez de las disposiciones o partes de disposiciones del presente convenio. No obstante, si dicha nulidad modifica la intención esencial de las Partes, según se dispone en el presente convenio, los derechos, deberes y obligaciones de las Partes estarán sujetos a negociación de buena fe.
9.9 Las obras intelectuales creadas por GW, o sus profesores/investigadores, personal administrativo o estudiantes serán la propiedad intelectual de GW, sus profesores/investigadores, personal administrativo o estudiantes respectivamente. Las obras intelectuales creadas por UAM, o sus profesores/investigadores, personal administrativo o estudiantes serán la propiedad intelectual de UAM, sus profesores/investigadores, personal administrativo o estudiantes respectivamente.
9.10 GW podrá supervisar el uso de los nombres y marcas registradas de la universidad “Xxxxxx Xxxxxxxxxx University” (y cualesquiera otros nombres relevantes), marcas comerciales asociadas y marcas de servicio. La UAM estará legitimada a hacer uso de dichos nombres y marcas únicamente al objeto del cumplimiento de sus obligaciones bajo el presente convenio, y únicamente contando con el consentimiento escrito previo de GW en cada ocasión.
9.11 Las Partes son contratistas independientes y en ninguna circunstancia serán empleados, socios, sociedades en participación o representantes de la otra parte. Las Partes tampoco podrán vincular a la otra parte de ningún modo, excepto si medio consentimiento escrito de la otra Parte al respecto.
9.12 Las Partes acuerdan tratar la información de identificación personal que consta en los registros académicos de los alumnos como confidencial, y no divulgarán dicha información a terceros sin consentimiento escrito del alumno correspondiente.
9.13 La versión auténtica del presente Convenio a todos los efectos será la redactada en lengua inglesa. En el supuesto de conflicto entre la versión en lengua inglesa y cualquier traducción del presente convenio, prevalecerá la versión en lengua inglesa.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia surgida de la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y ejecución del presente convenio, deberá solventarse de común acuerdo y mediante consulta o negociación entre ambas Partes, a través de la Comisión de Seguimiento o de cualquier otro mecanismo acordado por ambas Partes. Si no fuera posible alcanzar una solución por esta vía, las Partes se comprometen a someterse a un arbitraje internacional a la Corte de Arbitraje Internacional de Londres (LCIA) de acuerdo a su reglamento, reglas que se consideran incorporadas como referencia en esta cláusula. El número de árbitros será UNO. El lugar legal del arbitraje será Xxxxxxx, Xxxxx Unido. El idioma del arbitraje será el inglés.
El presente Convenio contiene el contrato completo suscrito entre las Partes y, excepto disposición expresa en contrario, sustituye cualesquiera contratos verbales o escritos, acuerdos, pactos o comunicaciones anteriores en relación con el objeto del presente convenio.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las Partes firman el presente Convenio en todas sus páginas, en el lugar y fecha indicados.
ANEXO A
OFERTA Y COORDINACIÓN ACADÉMICA DEL PROGRAMA GW MADRID CURSOS OFRECIDOS
SEMESTRES DE OTOÑO Y PRIMAVERA:
• SP 2005- 2016-3020. LENGUA ESPAÑOLA entre niveles
• HIST 3149. Historia de España
• HIST 2125. Historia de Europa del s. XX
• SPAN 3100. Introduction to Spanish Literature
• SPAN 3700. Spanish Cinema
• PSC 2330. Comparative Politics of Western Europe
• CCAS 2154 / IAFF 3195. Prácticas
• TRDA 2193. Introducción al arte y la cultura flamenca
SÓLO EN OTOÑO:
• ECON 2181. International Economics
• IBUS 3001. Introduction to International Business
•TBA Golden Age Theater (XVIIth Century)
•SPAN 4550. Literatura Española del s. XX
• AH 1135. Historia del Arte: Arte Español y portugués en los siglos XVII y XVIII.
• SOC 2168 Economic Sociology
SÓLO EN PRIMAVERA:
• SPAN 3400. Spanish Contemporary Theater
• ECON 2182. International Economics
• IBUS 3201. International Marketing
•TBA Xxxxxxxxx, Xxx Xxxxxxx de la Mancha
• AH 1136. Historia del Arte: Arte Español y portugués en los siglos XIX y XX.
• HIST 3101/ SOC 2181. El Camino de Santiago
• HIST 3725. Historia de América Latina
GW Madrid Program ofrece aproximadamente 15 cursos por semestre. Se requiere un número mínimo de estudiantes por curso para su impartición.
Los estudiantes normalmente seleccionan un total de 4-5 cursos de esta oferta.
Dependiendo del nivel de conocimiento de español de los estudiantes, al menos uno de estos cursos debe ser de Lengua española.
COORDINACIÓN ACADÉMICA
El Coordinador del Programa por parte de la UAM será el Prof. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
Departamento de Filología Española. Facultad de Filosofía y Letras. Teléfono: x00 000000000
El Coordinador del Programa por parte de GWU será Departamento . Facultad
Teléfono:
E-mail:
ANEXO B
PRESUPUESTO DEL PROGRAMA GW MADRID
Tal y como se establece en los artículos 3.14 y 5 del presente convenio The Xxxxxx Xxxxxxxxxx University se hará cargo de todos los gastos generados por el GW Madrid Program y se compromete a abonar la cantidad correspondiente a la Universidad Autónoma de Madrid a través de la Fundación de la UAM (FUAM).
Los gastos del GW Madrid Program son los siguientes:
GASTOS DE PROFESORADO | |||||
Nº de cursos | Nº de horas lectivas | Nº horas de clase/semana | Créditos | Coste por curso | TOTAL cost |
10 | 40 | 3 | 3 | 4.358,79€ | 43587,90 € |
1 | 20 | 1,5 | 3* | 2.179,4€ | 2179,40 € |
1 | 5 | 1 | 1 | 160€ | 160,00 € |
GASTOS TOTAL DEL PROFESORADO: El gasto total del profesorado dependerá de la oferta académica acordado cada semestre, que se adecuará al número de estudiantes que participen en el Programa en cada semestre, del nivel de español de estos y de la selección de los cursos realizada. GW Madrid ofrece aproximadamente 15 cursos por semestre. Los estudiantes normalmente seleccionan un total de 4-5 cursos de esta oferta. Dependiendo del nivel de conocimiento de español de los estudiantes, al menos uno de los cursos deberá ser de lengua española. |
OTROS GASTOS | |
Concepto | Importe |
Actividades culturales | 805 € |
Becario de apoyo | 1908 € |
Otros gastos | Por determinar |
Gastos totales incluye profesores | 48640,30 € |
Gastos totales incluye canon UAM y FUAM (16%) | 57905,90 € |
Canon de la UAM: • Coordinador del programa • Uso de espacios y servicios | 10% de coste • 5% (FyL) .25% para el Coordinador • 5% XXX |
Canon de la FUAM: gestión administrativa y financiera | 6% |