PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
Servicio Integral de Vigilancia, Seguridad y Servicios Auxiliares para el Hospital Vital Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx.
CONTRATACIÓN:
PA206/18
NÚMERO DE EXPEDIENTE:
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - 09388591Z
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX - 09388591Z
Fecha: 2018.11.27
13:18:21 +01'00'
ÍNDICE
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 1
1 OBJETO. 3
2 ALCANCE DEL CONTRATO. 3
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD 3
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA 3
- MANTENIMIENTO PREVENTIVO 3
- MANTENIMIENTO CORRECTIVO 4
SUMINISTRO, INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE VIDEOVIGILANCIA 4
3 CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO. 4
SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA y SEGURIDAD 4
3.1.1 CONFIGURACION DEL SERVICIO. 4
3.1.2 BOLSA DE HORAS EXTRAORDINARIAS 5
3.1.3 FUNCIONES A REALIZAR. 5
3.1.4 REQUISITOS DEL SERVICIO 6
3.1.1 INFORME TRIMESTRAL 12
MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA 12
3.1.2 DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE GRABACIÓN DE IMÁGENES Y VIDEOWALL. 13
3.1.3 MANTENIMIENTO PREVENTIVO 13
3.1.4 MANTENIMIENTO CORRECTIVO. 14
3.1.5 INFORME TRIMESTRAL 15
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE VIDEOVIGILANCIA 15
3.1.6 SISTEMA DE GRABACIÓN CENTRALIZADO. 15
3.1.7 SUMINISTRO, INSTALACIÓN DE PC PARA GESTIÓN 16
3.1.8 AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA EN LENCERIA Y EDIFICIO INDUSTRIAL 16
BOLSA DE COBERTURA DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y AMPLIACION DE ELEMENTOS DEL SISTEMA 17
4 NORMATIVA DE APLICACIÓN 17
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS.
1 OBJETO.
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
El objeto del presente pliego es la definición de las Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación de la prestación del Servicio Integral de Vigilancia, Seguridad y Servicios Auxiliares para el Hospital Vital Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx (en adelante HVAB), estableciendo una políticas generales de funcionamiento y organización, y definiendo las relaciones contractuales entre GISPASA y el adjudicatario del contrato.
2 ALCANCE DEL CONTRATO.
El alcance del presente contrato es el Servicio Integral de Vigilancia, Seguridad y Servicios Auxiliares en el HVAB que supondrá garantizar la seguridad y protección de los usuarios e instalaciones hospitalarias mediante un dispositivo de vigilancia que conllevará el mantenimiento, y en su caso, la ampliación de los elementos de seguridad instalados.
2.1 SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
Servicio integral de vigilancia y seguridad 24 horas al día y 365(6) días al año para garantizar la seguridad y protección de todos los pacientes, el personal y las visitas que acudan al nuevo Hospital Vital Xxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, así como la integridad de todos los bienes muebles e inmuebles del complejo hospitalario. Se deberá contar con el dispositivo y la configuración del servicio descrita en la cláusula 3.1 del presente Xxxxxx.
Estas funciones incluirán todas aquellas actuaciones complementarias y necesarias para esa vigilancia – respuesta ante catástrofes o emergencias, prevención del delito, custodia de objetos de valor y objetos perdidos y aquellas otras incluidas en el presente pliego de forma expresa o que pudieran derivarse de las funciones del vigilante.
2.2 MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA
Constituye asimismo el alcance del presente contrato el servicio de Mantenimiento de las instalaciones de video vigilancia existentes en el hospital y que se detallan el la Cláusula 3 del presente pliego, así como aquellas que con arreglo al presente contrato habrá de suministrar y gestionar para una mejor eficacia del servicio.
El mantenimiento abarcará las siguientes actuaciones, que se llevarán a cabo, conforme el esquema de funcionamiento descrito en la Cláusula 3 del presente pliego.
MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo supone llevar a cabo aquellas actuaciones que tiendan a asegurar un estado óptimo de los equipos y sistemas de videovigilancia instalados en el hospital, incluyendo tanto las cámaras de video vigilancia, video wall, grabadoras y demás elementos que constituyen el sistema global de video vigilancia instalado.
El Mantenimiento preventivo se llevará a cabo de forma programada e incluirá todas las actividades de limpieza, comprobaciones, regulaciones, chequeos, ajustes, tal y como se describe en la Cláusula 3.
Formarán necesariamente parte de dichas actuaciones aquellas expresamente recomendadas por el fabricante.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
El mantenimiento correctivo supone la ejecución de un servicio integral de reparaciones correctivas teniendo en cuenta el origen de las averías o daños de las instalaciones conforme a lo previsto en la cláusula 3 del presente pliego y el carácter rutinario, urgente o de emergencias de éstas, sobre las instalaciones objeto del contrato.
Este servicio incluye un servicio de asistencia y asesoramiento técnicos y de gestión inmediata.
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Este mantenimiento será realizado sobre la totalidad de las instalaciones y equipos y sistemas instalados y sus componentes, realizándose sobre los mismos todo tipo de actuaciones tendentes a su reparación y puesta en servicio en los plazos más exiguos posibles.
Las actuaciones de mantenimiento correctivo serán asumidas por el adjudicatario, con independencia de que el origen de las mismas hubiera podido ser previo al inicio de su actividad en el centro.
Merecen tratamiento especial, que se desarrolla en la cláusula 3.2 del presente pliego, aquellas actuaciones de mantenimiento correctivo que puedan suponer la Sustitución de equipos obsoletos o la ampliación de los asistentes, para estos casos la xxxxxxxx xx xxxxxx en lo que respecta a materiales y mano de obra se describe en la cláusula 3.2 y 3.4 del presente pliego.
2.3 SUMINISTRO, INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE VIDEOVIGILANCIA
El adjudicatario llevará a cabo las inversiones detalladas en la Cláusula 3.3, como soporte a las tareas de vigilancia y seguridad contratadas que quedan afectas a la actividad de mantenimiento de las instalaciones descrita en el apartado anterior.
3 CONDICIONES TÉCNICAS DEL SERVICIO.
Los servicios a prestar por el adjudicatario habrán de cumplir las especificaciones y características establecidas como mínimas en el presente Pliego.
3.1 SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA y SEGURIDAD.
3.1.1 CONFIGURACION DEL SERVICIO.
El servicio de vigilancia y seguridad se llevará a cabo sobre el Hospital a través del siguiente dispositivo de seguridad:
Tipo de Servicio | Horario | Calendario |
1 Vigilantes Sin Arma | 00:00 H a 24:00 H | Lunes x Xxxxxxx |
1 Vigilante Sin Arma | 7:00 H a 15:00 H | Lunes a Viernes |
La prestación del servicio, tomando como base el calendario natural para 2019 y 2020 en la localidad xx Xxxxxx supone un número total de 10.752 Horas, pudiendo sufrir pequeñas variaciones en función de la fecha de inicio y fin de contrato y festividades locales y nacionales. El número de horas totales previstas en caso de prórroga será de 10.792 horas. Asimismo el calendario de dias y horas podrá adaptarse según necesidades del servicio.
3.1.2 BOLSA DE HORAS EXTRAORDINARIAS
Para la realización de refuerzos y servicios extraordinarios no modificativos del contrato y al margen del operativo de seguridad anterior, se podrá a disposición de GISPASA una bolsa de 131 horas que se abonarán al precio unitario de adjudicación del contrato.
La Bolsa de horas extraordinarias se hará efectiva siempre que sea necesaria la prestación de un servicio extraordinario, una ampliación del servicio o su refuerzo, siempre que existan causas objetivas autorizadas por el Responsable del contrato.
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Autorizada la petición de refuerzo, ampliación o servicio extraordinario, se comunicará a la empresa quien estará obligada a llevar a efecto lo solicitado.
3.1.3 FUNCIONES A REALIZAR.
El Adjudicatario prestará un Servicio de Seguridad global 24 horas al día 365(6) días al año para garantizar la seguridad y protección de todos los pacientes, el personal y las visitas que acudan al HVAB, así como todos los bienes muebles e inmuebles de estos.
Las funciones a realizar por el personal de vigilancia serán establecidas en la Ley 5/2014, de
4 xx xxxxx, de Seguridad Privada, y demás normativa de desarrollo y se llevará a cabo mediante vigilantes de seguridad con la correspondiente habilitación profesional en vigor.
Teniendo en cuenta las instalaciones a vigilar y proteger y el marco normativo de seguridad privada, los/las vigilantes de seguridad desarrollarán las siguientes funciones específicas:
Proteger las dependencias hospitalarias y sus bienes muebles e inmuebles, contra los robos y hurtos, el vandalismo, la manipulación maliciosa y los daños dolosos e intrusiones no autorizadas;
Controlar los accesos, vigilar puertas y accesos a los recintos del hospital, así como salas de espera, colaborando especialmente con los responsables designados por la Gerencia del hospital, en el control de las visitas. El control de accesos se llevará a cabo mediante el sistema de control de accesos proporcionado por GISPASA, en caso de existir.
Custodia especial de zonas como Vestuario, Farmacia, Almacenes de medicamentos, Depósitos de gases, CPD, Gabinetes, Unidades de Hospitalización, y cualquier otra que sea designada instalación de atención especial por parte de los responsables designados por el Hospital. Ello incluye controlar y restringir el acceso de personas no autorizadas en general y limitar el acceso a las zonas reservadas exclusivamente al personal autorizado;
Mantener la seguridad de todas las personas, así como de sus pertenencias en el hospital. Ello incluye la protección contra actos violentos o abusos de los pacientes y usuarios, el personal, los proveedores de servicios y las visitas. Control especial en zonas como Urgencias, Área Pediátrica, Zona de Atención Ambulatoria, Farmacia, y cualquier otra que sea designada como de atención especial por parte de los responsables designados por GISPASA/HVAB;
Vigilancia, protección y control de la documentación recibida, así como la revisión de bultos, paquetes, maletas, etc., de toda persona que se considere oportuno realizar, incluido el personal laboral y funcionario que trabaje en los mimos;
Vigilancia y, en su caso, custodia, de todo el material que entre o salga del hospital;
Control de las zonas de aparcamiento, velando por el cumplimiento de las normas de estacionamiento de vehículos en los centros sanitarios, con especial referencia a zonas de acceso y tránsito de ambulancias, vías y espacios destinados a evacuación y áreas de carga y descarga;
Velar por el orden y normal desarrollo de las actividades del hospital, mantenimiento del orden interno, ateniéndose a las normas y protocolos que en su caso es establezcan;
Responder ante incidentes que afecten a la seguridad;
Llevar a cabo rondas de vigilancia interiores y exteriores, incluso aparcamientos, control y protección de bienes muebles e inmuebles conforme a lo previsto en el presente pliego;
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Responder ante planes de contingencia de catástrofe o emergencia ante cualquier contingencia (incendios, alarmas, detectores de presencia, alarmas contra ataques personales,.) conforme a lo previsto en el presente pliego y al Plan de Autoprotección del Hospital que GISPASA proporcionará. Planificar y asesorar a GISPASA coordinadamente con los responsables designados por la Gerencia del Hospital, sobre las actividades de seguridad;
Colaborar en la implantación del Plan de Autoprotección del Hospital dentro del ámbito propio de sus funciones en coordinación con los responsables de GISPASA y del Hospital;
Notificar cualquier incidente grave de forma simultánea a GISPASA y a los responsables designados por la Gerencia del Hospital, para la gestión de la seguridad con el conjunto de la misma;
Formar al personal de vigilancia y seguridad, y asistir a los cursos de formación que GISPASA organice dentro de la implantación y mantenimiento del Plan de Autoprotección del Centro Hospitalario;
Prevención de los delitos e infracciones, poniendo a disposición de las fuerzas de seguridad del estado a quienes las cometan; vigilar cumplimiento normativa anti tabaco, infracciones de vehículos mal aparcados, etc.
Custodiar los objetos de valor entregado por pacientes hospitalizados, usuarios y Dirección del Hospital y de objetos perdidos, incluyendo la instalación xx xxxxx de seguridad para la guarda y custodia de dichos elementos, todo ello con la supervisión de los responsables designados desde la Gerencia del Hospital;
Realizar cualquier otra misión o función relacionada con las labores contratadas que por razón del servicio se les hubiere encomendado o que su propio trabajo exija.
Para el desarrollo de estas funciones, la empresa de vigilancia y seguridad contará con los medios personales suficientes y comprometidos en el presente contrato y podrá utilizar el videowall y cámaras de videovigilancia instaladas en las dependencias hospitalarias, siendo objeto del presente contrato, la gestión de los datos de visionado, así como del resto de sistemas electrónicos de vigilancia y seguridad y anti-incendios, que en su caso se encuentren instalados en el edificio, o que GISPASA instale una vez iniciada la prestación del servicio;
3.1.4 REQUISITOS DEL SERVICIO.
3.1.4.1 Requisitos generales del Servicio.
El Adjudicatario designará un interlocutor permanente con GISPASA y el Hospital en materia de seguridad, con el que se tratarán cuantas cuestiones surjan relacionadas con la prestación del servicio de seguridad.
El adjudicatario realizará un plan de vigilancia, que será presentado a GISPASA y a la Gerencia del Hospital, para su aprobación. Este plan de seguridad será acorde con las normas y procedimientos de GISPASA y el HVAB. Este plan será revisado y actualizado
periódicamente tanto por GISPASA como por la Gerencia del Hospital en base a sus diferentes protocolos y objetivos finales.
Este plan deberá cumplir al menos las necesidades de seguridad de las siguientes áreas:
Centro de control (24 horas).
Urgencias (24 horas).
Hospitalización (24 horas).
Área Ambulatoria (Horario de apertura)
Áreas críticas (Farmacia y Archivo Clínico entre otras) (Horario de apertura).
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Área servicios Centrales (Horario de atención al paciente).
Accesos y viales.
Las cámaras de seguridad existentes, así como las que se instalen se podrán utilizar como soporte visual al servicio de vigilancia.
Este sistema de vigilancia y control será una de las herramientas que desde el centro de control que se establezca por GISPASA y la Gerencia del Hospital servirá para registro, control y detección de incidencias que permitirán al servicio de seguridad la actuación con mayor inmediatez y seguridad.
La empresa de seguridad será el Responsable de Tratamiento de los datos derivados de sus cometidos (datos de usuarios, visionados, grabaciones, etc..), con arreglo a los protocolos que se determinen y deberá firmar un Acuerdo de confidencialidad en el que asuma expresamente sus funciones conforme a la normativa legal de aplicación así como el hecho de que no aplicará o utilizará los datos con fin distinto al que figure en dicho acuerdo, ni los comunicarán, ni siquiera para su conservación a otras personas, así como el resto de medidas a que se refiere el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y la normativa nacional de desarrollo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional vigésima quinta de la ley 9/2017.
Se llevará a cabo un control de presencias automatizado por cuenta de la empresa adjudicataria que permita llevar un seguimiento de la realización de las rondas preceptivas. Los datos se trasladarán a los informes de seguimiento que con arreglo al contrato se deberán entregar al Responsable del mismo.
3.1.4.2 Requisitos del personal de seguridad.
El servicio se prestará de modo planificado, preventivo y correctivo y su personal será en todo momento personal formado, cualificado y competente para la ejecución de las prestaciones objeto del presente contrato, acreditando en cada caso su categoría profesional como Vigilante de Seguridad según establece la ley.
Todas las Solicitudes de Servicio se encauzarán a través de un local de seguridad central que proporcionará y coordinará las Respuestas de Servicio a todas las solicitudes de emergencia, urgentes, de rutina, y planificadas dentro de los Plazos de Respuesta del Servicio descritos en la cláusula 3.1.4.10.
Las comunicaciones interiores mediante radioteléfono serán breves, claras y concisas; no haciendo mal uso de los aparatos y no empleándolos para conversaciones particulares ajenas al servicio.
Los Vigilantes entrantes de Servicio, efectuarán el relevo con la suficiente antelación, con el fin de poder recibir novedades del turno saliente.
Los Vigilantes procederán con extrema educación, evitando posturas y formas que puedan ser interpretadas como indolentes, indiferencia desgana, etc.
La empresa de seguridad asegurará que los vigilantes cuenten con todos los medios materiales y equipos que estos necesiten para la prestación del servicio, que como mínimo y sin limitarse a ello, será:
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Una central de control y de atención permanente que permita la interlocución con la empresa durante las 24 horas y a través de la cual se pueda dar respuesta y movilizar el personal necesario para atender situaciones de urgencia y emergencia. Esta central de control será propuesta por parte de la Gerencia de cada hospital en coordinación con GISPASA en la línea de aprovechamiento de los dispositivos e infraestructuras disponibles tales como sistema de CCTV, centro de control de instalaciones generales, etc.
Dotación reglamentaria para los vigilantes. Uniforme completo: Invierno – Verano.
Medios informáticos para la emisión de partes diarios por turno. Semanalmente incluirán la tarea de revisión general de funcionamiento de cámaras.
Otros que se designen por parte de GISPASA/HVAB.
3.1.4.3 Rondas de Vigilancia.
El adjudicatario, pondrá en práctica y realizará en el HVAB rondas de vigilancia, frecuentes pero aleatorias.
El programa para estas se basará en datos históricos en función de los incidentes de frecuencia que requieren respuesta de seguridad.
Dichas rondas de vigilancia incluyen rondas del perímetro y otras zonas públicas del HVAB, que proporcionen un elemento de disuasión de elevado perfil. Debe prestarse una atención especial a todas las ventanas exteriores, a las zonas de aparcamientos y a otras zonas sensibles o vulnerables designadas por el Representante de GISPASA.
En el Plan de Seguridad se deberá indicar los espacios, frecuencia, y metodología de realización de las rondas.
El Personal de Seguridad desempeñará los siguientes cometidos durante las rondas de vigilancia y tomará las medidas necesarias a los fines de mantener la seguridad de los usuarios y de sus propiedades, así como de las de GISPASA y del hospital
dar parte al Servicio de Mantenimiento de GISPASA/HOSPITAL inmediatamente:
- de todo daño observado o interferencia para las medidas protectoras de seguridad física p. ej. las vallas perimetrales o las cerraduras de las puertas;
- de cualquier daño que se observe en cualquier propiedad p. ej. grafiti, daños en los vehículos de las visitas, etc.
- cualquier avería que se observe referente al agua, vapor, gas, combustible, de tipo eléctrico o de gas médico sin imponer ninguna obligación particular de inspeccionar ni localizar dichas averías;
asegurar toda puerta o ventana que se hayan dejado abiertas en instalaciones vacías sin causa aparente que puedan producir un riesgo para la seguridad y desconectar las xxxxxxx xx xxx que no se necesiten;
asegurarse de que todos los equipos de extinción de incendios estén en sus ubicaciones asignadas y que no se impida que puedan usarse inmediatamente, y asimismo que las salidas de incendios no estén obstruidas;
dar aviso a las fuerzas del orden (policía) para acompañar fuera xxx xxxxxxx del HVAB a toda persona que merodee de manera itinerante o no tengan un motivo suficiente de permanecer en el centro.
Remitir partes diarios por turno a GISPASA y semanales incluyendo éstos últimos la tarea de revisión general de funcionamiento de cámaras. Las comunicaciones se realizarán mediante correo electrónico.
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El adjudicatario proporcionará el refuerzo de Personal de Seguridad necesario en aquellas circunstancias en que sea requerido por causas especiales (por ejemplo: traslado de metadona). En dichos casos las solicitudes serán realizadas a través del Representante de GISPASA.
En caso de precisarse refuerzos para atender necesidades puntuales o extraordinarias o su prestación en horas o días que excedan las necesidades expresadas en este Pliego, el Adjudicatario deberá poner a disposición de Gispasa/ HVAB el personal y medios adicionales que se precisen para su desarrollo. El tiempo de respuesta para atender peticiones de refuerzo o servicio extraordinario será de dos horas en situaciones normales y 30 minutos en situaciones de emergencia. Las horas de refuerzo o de servicio extraordinario serán facturadas a precio hora normal, salvo que el Adjudicatario haya comprometido la puesta a disposición de una bolsa de horas adicionales sin cargo.
3.1.4.4 Respuesta ante catástrofes o emergencias.
El Adjudicatario proporcionará Personal de Seguridad convenientemente formado 24 horas al día 365(6) días al año para responder a las solicitudes o situaciones de emergencia, a medida que vayan produciéndose.
El Adjudicatario garantizará que todo el Personal de Seguridad en servicio atienda y proporcione la asistencia necesaria en todos los avisos de incendio en cualquier zona del HVAB tal y como lo indique el Representante de GISPASA designado, la gerencia del HVAB en su servicio de supervisión y control y el plan de autoprotección. Ello incluirá los siguientes puntos, aunque no de manera única:
Conocer los protocolos de aviso y actuación ante un incendio, o emergencia.
Avisar al personal designado en el Plan de Autoprotección del Hospital de las rutas de acceso que hayan quedado bloqueadas por incendio;
Asistir al personal de transporte y traslado para limitar el acceso no autorizado a la escena del incendio;
Asistir en la evacuación de las zonas afectadas en caso de incendio, bajo la dirección de Personal del HVAB y GISPASA designado en el Plan de Autoprotección.
Coordinarse con los bomberos/protección Civil como parte de su respuesta con relación a un incidente.
Cumplir todas las acciones que le sean designadas en el plan de autoprotección
El adjudicatario asegurará que los vehículos de emergencia tengan acceso al HVAB y a las fachadas de este. El Servicio asegurará que se utilicen caminos de bomberos allí donde las carreteras no den el acceso requerido.
El servicio asegurará que todos los accesos de bomberos se hayan acordado con el Oficial de Bomberos/Protección Civil y estén de acuerdo con las normas del Código Técnico de protección Contra Incendios.
3.1.4.5 Notificación de incidentes.
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El adjudicatario garantizará que el Personal de Seguridad debidamente preparado tome las medidas oportunas y razonables para aprehender, contener o tomar otras medidas razonables, según sea lo apropiado, respecto a cualquier persona que esté cometiendo o esté a punto de cometer un delito o cualquier tipo de perturbación o alteración del orden público, procurando que dicho Personal de Seguridad emplee el mínimo grado de fuerza.
El adjudicatario implementará y mantendrá sistemas y procedimientos para notificar, registrar y recopilar correctamente todos los incidentes de seguridad, con precisión y de una calidad adecuada para alegarlos en los tribunales u otros foros judiciales.
Al final de cada turno se cumplimentará un parte con todos los incidentes acaecidos y se entregará al/los responsables designados de la gerencia/GISPASA (a diario vía correo electrónico) con excepción de los incidentes graves, en cuyo caso debe contactarse inmediatamente con el representante de GISPASA y la Gerencia del hospital, respectivamente.
En los casos en que se cometa un delito o se sospeche que se haya cometido un delito, el adjudicatario dará aviso a la policía de conformidad con las normas de GISPASA/ HVAB para contactar y actuar de enlace con la policía.
En todo momento el adjudicatario debe considerar las implicaciones con respecto a las relaciones públicas y los procedimientos disciplinarios.
3.1.4.6 Prevención del delito.
El adjudicatario en asociación con el Representante designado de GISPASA, el HVAB y la policía, desarrollará e implementará planes de acción para ocuparse de los delitos que puedan ocurrir en el HVAB a cualquier usuario o a sus propiedades.
El adjudicatario colaborará con GISPASA/HVAB a promover una conciencia de seguridad y protección de todo el Personal mediante el desarrollo y la difusión de información relativa a la seguridad y protección a través de una diversidad de medios, entre ellos reuniones informativas y carteles.
3.1.4.7 Custodia de Objetos de Valor y Objetos perdidos.
El adjudicatario proporcionará y gestionará un sistema de custodia de objetos de valor y objetos perdidos. Xxxx incluye sin ser una lista exhaustiva:
Custodia de objetos de valor, propiedad de los usuarios o del propio hospital que les serán entregados, según el procedimiento que a tal efecto sea establecidos por el Hospital y por GISPASA, y que conllevará la entrega al adjudicatario, para su custodia, y devolución posterior al paciente. A tal efecto el adjudicatario habilitará un sistema xx xxxxx de seguridad que permita la custodia de dichas pertenencias.
Custodia de objetos “perdidos” Encargarse de un punto de recogida de objetos perdidos en un horario preestablecido.
Xxxxxse en contacto con los propietarios de los objetos perdidos cuando se conozcan;
Deshacerse de dichos objetos al cabo de un periodo de tiempo preestablecido y acordado con GISPASA.
3.1.4.8 Gestión de Tráfico.
El adjudicatario asegurará que se gestiona el tráfico para que haya una mínima interferencia de las rutas de acceso a los diferentes servicios: servicios de emergencia, suministradores de gases, proveedores de farmacia, cocinas almacén, etc.
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El adjudicatario debe mantener todas las entradas, salidas y calzadas internas dentro HVAB libres de obstrucciones de vehículos y de otro tipo, manteniendo así la libre circulación del tráfico en todo momento. Se deberán realizar las siguientes acciones:
Retirada de dichos obstáculos x xxxxx de el adjudicatario;
Abordar las reclamaciones de los clientes según los reglamentos de reclamaciones del HVAB/GISPASA;
Aviso a la policía local o grúa para que actúe;
Actuar en todo momento de modo xxxxxx y amable.
3.1.4.9 Necesidades de Personal.
El adjudicatario asegurará que se dispone del personal necesario para cumplir los servicios que se exigen en este pliego. El número de este personal no podrá ser menor de lo especificado en el plan de seguridad aprobado por GISPASA.
Además, el Adjudicatario deberá asignar el personal necesario para la realización de inspecciones de servicio, que como mínimo serán:
Una inspección semanal, en turno de mañana o tarde, de lunes a viernes.
Una inspección semanal, en turno nocturno, de lunes a viernes.
Una inspección quincenal en turno de mañana/tarde en fines de semana y festivos.
Una inspección quincenal en turno nocturno en fines de semana y festivos.
El horario de las inspecciones se deberá acordar con el representante designado por el HVAB para evitar interferencias en el normal desarrollo del servicio.
La frecuencia y el horario de las inspecciones podrá ser modificado por GISPASA en función de las necesidades.
Se entregará un informe mensual al representante designado por el HVAB del resultado de las inspecciones realizadas, con descripción de las incidencias observadas durante las inspecciones y las acciones correctoras puestas en marcha para la subsanación de las mismas.
3.1.4.10 Plazos de respuesta al servicio.
En la siguiente tabla se determinan los plazos de respuesta previstos como mínimos para la resolución de incidentes y prestación del servicio
Categoría | Tiempo de Respuesta | Tiempo de rectificación |
Emergencia | 5 minutos (inmediato) | 10 minutos |
Urgente | 10 minutos | 20 minutos |
Rutina | 30 minutos | 30 minutos |
Planificada | En el plazo de 10 minutos desde el momento de inicio acordado. |
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Emergencia: solicitud de actuación por el personal de seguridad en la que la no actuación impide el uso de una parte o la totalidad de un Área Funcional o permanece in operativa hasta su rectificación.
Urgente: solicitud de actuación por el personal de seguridad en la que la no actuación afecta a la operativa de una parte o la totalidad de un Área Funcional pero no se impide su uso hasta su rectificación.
Xxxxxx: solicitud de actuación por el personal de seguridad en la que la no actuación no repercute como las descritas en “emergencias” o “urgente”
3.1.5 INFORME TRIMESTRAL
El Adjudicatario realizará y dará a la propiedad para su aprobación, un Informe TRIMESTRAL de servicio y mantenimiento por cada trimestre de contrato dentro de los 10 días siguientes a la finalización del mismo. Ello sin perjuicio a la obligatoria remisión de partes diarios y en su caso semanales conforme a lo dispuesto en el presente pliego.
Este informe que si bien recoge de forma mayoritaria los aspectos vinculados al servicio e incorporará asimismo la actividad llevada a cabo respecto del resto de aspectos que configuran el objeto del contrato, debiendo entregarse en un formato acordado con GISPASA.
3.2 MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA
Se describen a continuación las prescripciones técnicas mínimas particulares de que conforman el Servicio de Mantenimiento del Sistema de videovigilancia del HVAB.
En cualquier caso, el nivel de servicio requerido será análogo, con cumplimiento de los protocolos, procedimientos, actividades y frecuencias especificados por los fabricantes y con exigencia al adjudicatario de las prescripciones recogidas en el presente pliego.
El Adjudicatario deberá entregar, en el primer mes de contrato un plan general de mantenimiento de las instalaciones de videovigilancia que incorporará a su vez los planes de mantenimiento preventivo conforme a lo dispuesto en la presente cláusula.
Este plan, que tomará como base el ofertado, y será aprobado por GISPASA/HVAB y recogerá el alcance (número de elementos y tareas a realizar sobre el mismo) y frecuencias sobre un mismo elemento.
3.2.1 DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE GRABACIÓN DE IMÁGENES Y VIDEOWALL.
El sistema de grabación de imágenes actual está formado por los siguientes elementos:
- Videowall configurado por dos pantallas.
- PC
- 42 Camaras de videovigilancia
- 8 Grabadores
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El adjudicatario habrá de llevar a cabo el mantenimiento de todos los elementos instalados, INCLUIDA LA EXTRACCIÓN DE IMÁGENES de cuyo tratamiento es encargado y aquellos con arreglo a lo dispuesto en el presente contrato se habrán de instalar conllevando en su caso la sustitución de elementos si la intervención lo requiere. Para el acceso la infraestructura tecnológica del hospital (racks, grabadoras), en caso de ser necesario, se requerirá coordinación con el Departamento de Informática del Hospital.
3.2.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El adjudicatario deberá aportar un plan de mantenimiento preventivo planificado, dentro del primer mes de cada anualidad, con el objetivo fundamental de:
• Reducir activamente el riesgo de reparaciones correctivas y trabajos de mantenimiento, que puede afectar al funcionamiento de la instalación.
• Aumentar los valores de eficiencia de los elementos instalados
El plan de mantenimiento mínimo comprenderá las siguientes tareas principales, estableciendose un sistema de revisiones mínimo:
Tareas | Revisión |
Tarea semanal de revisión de funcionamiento de cámaras | Semanal |
Comprobación del correcto visionado atendiendo a nitidez, claridad y otros factores de las cámaras. | Semestral |
Comprobación del correcto funcionamiento del grabador, realizando entre otras pruebas de correcta grabación. | Semestral |
Comprobación del correcto estado de los discos duros, verificando el correcto estado físico del mismo y comprobando la ausencia de errores en sus sectores. | Semestral |
Comprobación del correcto estado de las pantallas del video wall verificando la captacion de imágenes rotatoria de cada una de las cámaras yel correcto visionado atendiendo a nitidez, claridad y otros factores. | Semestral |
Limpieza física de las ópticas de las cámaras y pantallas de TV. | Anual |
El régimen a aplicar a las tareas de mantenimiento preventivo será de mano de obra y materiales incluidos sin límite (incluso mano de obra subcontratada, pruebas necesarias para el cumplimiento del objeto, etc.). Las acciones correctivas que se generen de dichas revisiones serán asumidas conforme a lo previsto en este pliego para las tareas de mantenimiento correctivo.
3.2.3 MANTENIMIENTO CORRECTIVO.
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
La metodología para la prestación del servicio el mantenimiento correctivo se acordará con el Responsable del contrato y deberá ser adoptada por el adjudicatario, aportando para ello los medios que sean necesarios para su buen cumplimiento.
El servicio se prestará de forma sistemática, sensible a las necesidades del edificio y sus diferentes áreas y con capacidad de responder a las exigencias cambiantes que genera el conjunto del edificio.
Se informará a GISPASA en el parte diario de trabajo de las tareas de mantenimiento correctivo que sea necesario realizar, y se incluirán en el informe mensual del mes que corresponda.
Con el fin de limitar el riesgo del contrato y no sobredimensionar el coste del mantenimiento correctivo , y sin perjuicio de lo expuesto en el pliego de cláusulas jurídicas, el régimen a aplicar a las tareas de mantenimiento correctivo será de mano de obra y materiales parcialmente incluidos conforme a lo siguiente:
3.2.3.1 Reparaciones Ordinarias.
Para dichas reparaciones el adjudicatario asumirá los siguientes costes.
o Mano de obra y conceptos adicionales tales como dietas, km, etc. de todas aquellas intervenciones en las instalaciones objeto del contrato .
o Herramientas.
o Resto de equipamiento, medios materiales y auxiliares
El resto de materiales, se facturarán a traves de la bolsa de cobertura del servicio para averas y ampliaciones descrita en el apartado 3.3.4.
Persistiendo la obligacion en el adjudicatario de suministrar los mismos , y realizar la totalidad de la reparacion , GISPASA dispondrá de la opción de poder adquirir directamente estos materiales y facilitárselos al proveedor .
3.2.3.2 Reparaciones extraordinarias
Quedarían excluidos expresamente del coste del contrato todos los daños provocados por actos vandálicos y aquellos motivados por causas de fuerza mayor conforme a lo descrito en la presente cláusula.
Se consideran daños por actos vandálicos aquellos que sean objeto de denuncia policial que deberán justificarse con la correspondiente remisión de ésta a GISPASA.
Se considerarán daños por causa de fuerza mayor los daños causados directa o indirectamente por causas naturales como tormentas, condiciones climáticas adversas o catástrofes de índole mayor como incendios.
Estos daños serán asumidos íntegramente por GISPASA.
Todos los demás daños serán considerados ordinarios, y por tanto conllevarán una reparación ordinaria, que será asumida por el adjudicatario con el alcance descrito en la claúsula 3.2.3 ( mano de obra incluida y materiales excluidos ) .
3.2.3.3 Sustitución de equipos
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
En aquellos casos que la importancia de la reparación requiriese la sustitución de equipos bien por obsolescencia o por que el coste de la reparación pudiera ser superior que la adquisición de un equipo nuevo y por lo tanto requiriera una nueva inversión de sustitución por parte de GISPASA, se propondrá la misma por parte del adjudicatario y deberá ser aprobada por GISPASA.
Se establece como límite de coste máximo admisible de una reparación, el 80% del precio de sustitución por el mismo equipo nuevo y colocado. Por ejemplo, si la reparación de un equipo fuese 700€ IVA incluido, y el coste de 1.000€, este deberá repararse siguiendo las reglas del mantenimiento correctivo de este pliego, no así si la reparación fuese de 810 €. GISPASA podrá solicitar ofertas para contrastar estos valores y aplicarlas, en su caso.
En caso de sustitución, el importe se facturará de forma separada con cargo a la bolsa a la que hace referencia la cláusula 3.3.4.
3.2.4 INFORME TRIMESTRAL
El Adjudicatario realizará y dará a la propiedad para su aprobación, un Informe TRIMESTRAL de servicio y mantenimiento por cada trimestre de contrato dentro de los 10 días siguientes a la finalización del mismo.
Este informe que si bien recoge de forma mayoritaria los aspectos vinculados al servicio e incorporará asimismo la actividad llevada a cabo respecto del resto de aspectos que configuran el objeto del contrato, debiendo entregarse en un formato acordado con GISPASA.
3.3 SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE VIDEOVIGILANCIA
El adjudicatario llevará a cabo las inversiones detalladas en la presente Cláusula, para la gestión del contrato que se abonarán al adjudicatario conforme a lo previsto en el Pliego de Clausulas Jurídicas, pasando a ser propiedad de GISPASA y a ser mantenidas con el alcance descrito en la claúsula 3.2.
3.3.1 SISTEMA DE GRABACIÓN CENTRALIZADO.
El adjudicatario, dentro del primer mes del contrato, suministrará e instalará los elementos necesarios para la ampliación de almacenamiento del sistema de grabación centralizado en el mismo y único punto del edificio (CPD).
El sistema de grabación centralizado para 30 días estará compuesto al menos de los siguiente elementos:
Grabador IP NVR de 128 canales 12MP con 15 discos duros de 6 TB cada unidad H.265/H264/MJPEG con audio bidireccional, reproducción hasta 16 canales 1080P en
tiempo real. 12MP, 4K/8MP, 6MP, 5MP, 4MP, 3MP, 1080P, 720P, etc para grabación de hasta 384 Mbps. con 2 salidas HDMI (4K) y 1 VGA (1080p) con 16 entradas / 8 salidas de alarma. apacidad de 16 HDD SATA III. 1 eSATA, 1 miniSAS, 4 RJ45 Gigabit. 4 USB 3.0, 1 RS485, 1 RS485, 1 RS232. 220V CA. 3U, o similar.
El adjudicatario instalará el grabador con sus discos en el local designados por GIPASA.
3.3.2 SUMINISTRO, INSTALACIÓN DE PC PARA GESTIÓN
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
El adjudicatario, dentro del primer mes del contrato, suministrará e instalará un PC para la gestión de videograbadores y videowall existente en el hospital.
El PC para esta gestión estará compuesto de los siguiente elementos:
Estación de trabajo al menos CORE i7 DE 16 GB de RAM, HD de 1 Tb con procesador i7 8700 3.2 ghz placa base gigabyte h310m-s2h memoria 16 gb ddr4 2400 mhz disco duro wd caviar blue 1 Tb tarjeta xxxxxx gtx 1050 4 gb caja coolbay sx usb 3.0 fuente de alimentación nox urano 500 w.
Todos aquellos otros elementos necesarios para una mejor prestación del servicio de gestión de videowall y cámaras.
El adjudicatario instalará la estación de trabajo en el local de seguridad (localizador P- 1.N.07) designado por GIPASA .
3.3.3 AMPLIACIÓN DE SISTEMA DE VIDEOVIGILANCIA EN LENCERIA Y EDIFICIO INDUSTRIAL
El adjudicatario, dentro del primer mes del contrato, suministrará e instalará una nueva cámara de videovigilancia en el servicio de lencería, así como el sistema completo para CCTV del edificio industrial.
La ampliación del sistema CCTV de lencería y edificio industrial estará compuesto al menos de los siguiente elementos:
LENCERÍA:
- Domo fijo HDCVI serie ULTRAVPRO con iluminación IR de 50 m. para exterior. CMOS 1/3" de 4MP. Salida dual (HDCVI / 960H). Óptica fija 2,8 mm (99,7º). Filtro ICR. OSD, AWB, AGC, 2D/3D-NR, BLC, HLC, WDR real 120 Db, o similar
- Fuente de alimentación para 220V CA de entrada con protección de sobreintensidad, sobrepresión y cortocircuito.
EDIFICIO INDUSTRIAL:
- Grabador DVR HD-CVI tríbrido de 8 canales analógicos y/o HD-CVI 4K/8MP + 4 canales IP 4k/8MP. H264 +/H.264. Audio bidireccional. Reproducción simultánea de 8 canales. Grabación 4K/8MP, 4MP, 1080P, 720P, 960h. etc. llegando a full 4MP a 25 ips en todos los canales. Salidas HDMI (4K) y vga con función SPOT. Funciones inteligentes de video (IVS). Detección facial. 1 puerto SATA. RJ45 Gigabit. 2 USB 3.0, 1 RS485. 12V CC. Mini 1U, o similar
- 6 ud. domo fijo HDCVI serie ULTRAVPRO con iluminación IR de 50 m. para exterior. CMOS 1/3" de 4MP. Salida dual (HDCVI / 960H). Óptica fija 2,8 mm (99,7º). Filtro ICR. OSD, AWB, AGC, 2D/3D-NR, BLC, HLC, WDR real 120 Db,
o similar.
- Fuente de alimentación hasta 9 cámaras para 220V CA de entrada con protección de sobreintensidad, sobrepresión y cortocircuito.
Todos aquellos otros elementos necesarios para una mejor prestación del servicio de ampliación de cámaras y sistema de CCTV en lencería y edificio industrial.
GISPASA, con CIF X00000000 e inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxxxxx al Tomo 3225, Libro 0, Folio 000, Xxxx XX-00000, inscrip. 1
El adjudicatario instalará la nueva cámara en el servicio de lencería, así como el sistema CCTV para el edificio industrial en los locales designados por GISPASA.
3.4 BOLSA DE COBERTURA DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y AMPLIACION DE ELEMENTOS DEL SISTEMA .
Se incorpora como parte del precio del contrato una “Bolsa de cobertura de mantenimiento correctivo y ampliación de elementos del sistema”.
Esta bolsa se destinará a:
‐ Cubrir las necesidades que en el transcurso del contrato puedan surgir para ampliar el sistema de CCTV existente o sustitución de elementos obsoletos.
‐ Aquellos supuestos previstos en el pliego en los que las reparaciones no sean de cuenta del adjudicatario y sean autorizados por GISPASA.
El adjudicatario llevará, en todos los casos, un control presupuestario de dicho gasto, incluyendo dentro de sus tareas reportes MENSUALES (u otra frecuencia que se establezca) de control, en el formato que se acuerde con la dirección económica de GISPASA y que se incorporará en el informe mensual de seguimiento.
2.500 euros
Bolsa de cobertura
4 NORMATIVA DE APLICACIÓN
Será de aplicación al presente contrato con la obligación de cumplimiento por la empresa adjudicataria de aquellas disposiciones que fueran de aplicación, la siguiente normativa, sin perjuicio de aquella otra que pudiera ser exigida o fuera legalmente de obligado cumplimiento:
Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada, y demás normativa de desarrollo.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de los datos de carácter personal (LOPD).
Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. (Texto consolidado. Última modificación: 8 xx xxxxx de 2012).
Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras.
Oviedo, a 30 de Octubre de 2018