Contract
PLIEGO CONDICIONES TÉCNICAS | 2013 |
Para la contratación mediante concurso por procedimiento abierto del la prestación del servicio de “mantenimiento, conserjería – recepción – atención al público, limpieza, socorrismo acuático y personal técnico” de las Instalaciones Deportivas, que se relacionan en el presente pliego, propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. |
ÍNDICE:
I. Objeto del contrato.
II. Duración del contrato.
III. Instalaciones deportivas propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx objeto del contrato, características esenciales, mantenimiento y limpieza.
1. Complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx y pista de atletismo de la Ciudad Deportiva La Xxxxxxxxxx. Ficha Nº1
2. Complejo Deportivo San Xxxxxxx. Ficha Nº2
3. Pabellón Municipal de San Xxxx. Ficha Nº3
4. Pabellón Municipal Las Alamedas. Ficha Nº4
5. Pabellón Municipal de La Hoya. Ficha Nº5
6. Pabellón Municipal de Almendricos. Ficha Nº6
7. Campo de Fútbol Xxxxxxx Xxxxxxx. Ficha Nº7
8. Aclaraciones Complejo Deportivo Europa.
8.1 Complejo Deportivo Europa. Ficha Nº8
IV. Retribución del adjudicatario.
V. Presupuesto.
VI. Gestión y planificación de eventos y programas deportivos en las Instalaciones Deportivas Objeto del Contrato.
VII. Limpieza y mantenimiento de las instalaciones deportivas.
VIII. Plan de mantenimiento.
IX. Recursos materiales.
X. Recursos humanos.
10.1 Sobre las funciones a desempeñar.
XI. Vestuario.
XII. Prevención de riesgos laborales.
XIII. Plan de Formación RR.HH del servicio.
XIV. Obligaciones del ayuntamiento.
XV. Requisitos de clasificación.
XVI. Criterios de Adjudicación.
XVII. Aclaraciones a las ofertas.
XVIII. Comisión de gestión y seguimiento.
XIX. Régimen de infracciones y sanciones.
XX. Obligaciones del contrato.
XXI. Aumento de las necesidades del contrato.
XXII. Disposiciones Finales.
XXIII. Anexos: I, II, III, IV y V.
I. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto de este contrato es la prestación de los servicios auxiliares de mantenimiento, limpieza, socorrismo acuático, conserjería - recepción – atención al público y personal técnico cualificado en las instalaciones deportivas propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, así como otras prestaciones complementarias de conformidad con lo previsto en el presente pliego.
Se definirán aquellas tareas necesarias que posibiliten mantener y conservar las instalaciones deportivas municipales en perfecto estado y como consecuencia de ello se puedan desarrollar las actividades, programas y eventos organizados por la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
Además de las tareas de mantenimiento general y especifico existirán otra serie de actuaciones por parte del personal dirigidas a la limpieza, socorrismo acuático, conserjería – recepción – atención al público y estudio y tareas de carácter técnico.
Todos los servicios se prestarán bajo la dirección y supervisión de la Comisión de Control y Seguimiento nombrada por la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx y en su defecto por el director técnico de la concejalía con arreglo a los detalles especificados en el presente pliego de prescripciones técnicas.
La gestión de las instalaciones objeto del contrato será realizada directamente por la administración, salvo los servicios auxiliares descriptos en el presente pliego.
La prestación de los servicios auxiliares descriptos en el pliego será objeto de un estricto control por parte de la Dirección Técnica, el Coordinador de Área de Instalaciones Deportivas y los técnicos municipales de la Concejalía de Deportes, para garantizar los niveles de calidad que se desean.
Las Instalaciones Deportivas Municipales objeto del contrato son las que se relacionan a continuación:
1. Complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx y pista de atletismo de la Ciudad Deportiva La Xxxxxxxxxx.
2. Complejo Deportivo San Xxxxxxx.
3. Pabellón Municipal de San Xxxx.
4. Pabellón Municipal Las Alamedas.
5. Pabellón Municipal de La Hoya.
6. Pabellón Municipal de Almendricos.
7. Campo de Fútbol Xxxxxxx Xxxxxxx.
8. Complejo Deportivo Europa
II. URACIÓN DEL CONTRATO.
El plazo del contrato tendrá una vigencia de CUATRO años, a contar desde la firma del mismo, pudiéndose prorrogar anualmente y expresamente de mutuo acuerdo por ambas partes, sin que dicha prórroga pueda exceder de dos años. Por tanto la duración del contrato incluidas las prórrogas no podrá exceder de seis años. Las posibles prorrogas deberán ser acordadas por resolución del Órgano de Contratación.
III. INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES, PROPIEDAD DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO XX XXXXX, OBJETO DEL CONTRATO: CARACTERÍSTICAS ESENCIALES, MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA.
Independientemente de lo especificado en este apartado, se tendrá que poner especial atención en los apartados VII, VIII y IX del presente pliego, donde se específica el suministro de productos de limpieza y productos químicos, además será de obligado cumplimiento la aportación del plan de mantenimiento, en los términos exigidos.
En los siguientes apartados y fichas técnicas quedan definidas cada una de las instalaciones objeto del contrato, la prestación del servicio en qué términos viene referida y las posibles observaciones.
FICHA Nº1 | |
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx y Pista de Atletismo del Complejo Deportivo La Xxxxxxxxxx. | |
DIRECCIÓN: Dip. De La Xxxxxxxxxx S/N. Junto Hospital Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx. | |
Instalaciones Deportivas que dispone: | |
1 Campo de Fútbol 11 de césped natural. Dimensiones del rectángulo de juego: 110 m x 73 m. Terreno de Juego de 105 m x 68 m. (Estadio de Fútbol Artes Xxxxxxxx). | |
2 Campos de Fútbol 11 de césped artificial. Dimensiones de los rectángulos de juegos de: |
106 m. x 66 m. (Campos de Fútbol Xxxx Xxxxxxxx “Xxxxxx” y Xxxx Xxxxxxx Xxxxx. | |||
1 Campo de Fútbol 7 de césped natural. Dimensiones del rectángulo de juego de 00 x x 00 x. | |||
Xxxx xxxxxxxx xxxx de atletismo Complejo Deportivo La Xxxxxxxxxx. Césped natural, dimensiones del terreno o campo de juego de 102 m x 62 m. | |||
Zonas Incluidas en la prestación del Servicio. | |||
Terrenos de juego de césped natural. | |||
Terrenos de juegos de césped artificial. | |||
Jardinería exterior de todo el Complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx. | |||
Zonas perimetrales de los campos. | |||
Horario de Apertura al Público. | |||
Campos de Fútbol Anexos: Xxxx Xxxxxx y Xxxx Xxxxxxx. | |||
Lunes a Xxxxxxx | Xxxxxx | Xxxxxxx. | |
Mañana | 8:00 h a 14:00 h. | 8:00 h a 14:00 h. | 8:00 h a 14:00 h. |
Tarde | 17:30 h a 23:30 h. | 16:00 h a 22:30 h. | Cerrado* |
Observaciones. | |||
En esta instalación no es objeto xxx xxxxxx el servicio auxiliar de limpieza. VER ANEXO X XXX XXXXXX.* |
FICHA Nº2 | ||||||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Complejo Deportivo San Xxxxxxx. | ||||||
DIRECCIÓN: Barrio de San Xxxxxxx. Junto IES San Xxxx Xxxxx. Teléfono: 000000000 | ||||||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | ||||||
- Pabellón Cubierto (Xxxx xx Xxxxxx. SB). Destinado para el entrenamiento y competición de ámbito regional del deporte federativo, el deporte escolar y el deporte recreativo. Dispone de espacios auxiliares para deportistas. Grada supletoria para espectadores.75 personas. - Piscinas Cubiertas. | ||||||
Nomenclatura | Longitud | Ancho | Profundidad Mínima | Profund. Máxima | ||
PPOL-2 | 25 m | 16,50 m | 1.20 m | 1.60 m. | ||
VENS-3 | 16.50 m. | 6 m. | 0.60 m | 0.90 m | ||
Espacios o Áreas del Complejo. Primera Planta: - Cafetería. - Gradas en recinto de piscinas (168 asientos) - Nº de aseos: 3. Planta Baja: - Vestíbulo/Control – recepción. - Almacén recepción. - Sala de maquinas pabellón. - Ascensor. - Cuarto de material y productos de limpieza. - Sala auxiliar pabellón. - Grada supletoria en pabellón (75 espectadores). |
- Nº de módulos, vestuarios en pabellón: 4 ( 2 para deportistas y 2 para monitores) - Nº de aseos pabellón: 2 - Nº de módulos, vestuarios en piscina: 5 (3 para deportistas, 2 para monitores) - Nº de aseos piscina: 2 - Botiquín. - Sala de maquinas piscina. - Zonas comunes y circulación. - Despacho coordinación técnica. Plata sótano. - Zona preparada para posible ampliación de zonas deportivas. - Salas de instalaciones. Zona de maquinaria de la instalación. ACS. Apoyo solar térmico – acumuladores. Calderas de gas. Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria, de calefacción, climatización, ventilación, grupo electrógeno, etc. - Almacén productos de limpieza y productos químicos. - Almacén material deportivo y otros. - Zonas exteriores dentro perímetro xxx xxxxxxx. | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
Todo el conjunto de la instalación. Zonas exteriores e interiores. - Mantenimiento – conservación. - Socorrismo acuático. - Recepción – Información – Atención al Público. - Limpieza. | |||
Horario de Apertura al Público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes a Viernes. | Sábados. | Domingos. | |
Mañana | 8:00 h a 14:00 h. | 10:30 h a 14:00 h. | 9:00 h a 14:00 h. |
Tarde. | 16:45 a 23:45 h. | 15:30 h a 21:30 h. | Cerrado. |
Recinto Piscinas. | |||
Lunes a Viernes. | Sábados. | Domingos. | |
Mañana. | 8:00 h a 14:15 h. | 9:00 h. a 14:30 h. | Cerrado. |
Tarde. | 16:30 a 23:00 h. | 17:00 h a 20:00 h. | Cerrado. |
FICHA Nº3 | |||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Xxxxxxxx xx Xxx Xxxx. | |||
XXXXXXXXX: Xxxxxx xx Xxx Xxxx. C/ Benemérita. | |||
Teléfono: 000000000 | |||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | |||
- Pabellón Cubierto (PB). Destinado para el entrenamiento y competición de ámbito regional del deporte federativo, el deporte escolar y el deporte recreativo. Dispone de espacios auxiliares para deportistas y de instalaciones para espectadores en número superior a 500. - Sala de musculación. (SM) - Sala de usos múltiples / Sauna. | |||
Espacios o Áreas del Complejo. - Vestíbulo/Control – recepción. |
- Gradas en pabellón. (500 – 750 espectadores) - Nº de módulos de vestuarios en pabellón: 6 (4 de deportistas más 2 de árbitros). - 2 módulos de aseos en gradas. - Zonas comunes y circulación. - 4 Almacenes a píe de pista pabellón. (Material deportivo, productos químicos, productos de limpieza, etc) - Sala monitores. - 1 Sala – Oficina. - Botiquín. - Salas de Instalaciones: Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria (Calentadores eléctricos). | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
- Mantenimiento – conservación. - Recepción – Información – Atención al Público. | |||
Horario de apertura al público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | Domingos. | |
Mañana. | 9:00 h a 14:00 h. | 9:30 a 14:00 h. | 9:00 h a 14:00 h. |
Tarde. | 16:45 a 23:30 h. | 15:00 a 22:00 h. | Cerrado. |
Observaciones. | |||
- No se incluye el servicio auxiliar de limpieza, pero si el suministro de productos de limpieza y productos químicos. |
FICHA Nº4 | |||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Pabellón Municipal Las Alamedas. | |||
DIRECCIÓN: Barrio de San Xxxx. C/ Benemerita. | |||
Teléfono: 000000000 | |||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | |||
- Pabellón. (Sala Escolar, SB). Destinado para la educación física, el deporte escolar, deporte recreativo para todos y competición de ámbito regional del deporte federativo. Dispone de espacios auxiliares para deportistas y no dispone de instalaciones para espectadores. | |||
Espacios o Áreas del Complejo. - Vestíbulo/Control – recepción. - Nº de módulos de vestuarios en pabellón: 4 (2 para deportistas más 2 para árbitros). - 2 módulos de aseos. - Zonas comunes y circulación. - 1 Almacén a píe de pista pabellón. (Material deportivo y otros). - 1 Cuarto material y productos de limpieza. - Salas de Instalaciones: Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria. (Calentadores eléctricos). | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
- Mantenimiento – conservación. - Recepción – Información – Atención al Público. | |||
Horario de apertura al público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | Domingos. | |
Mañana. | 9:00 h a 14:00 h. | 9:30 a 14:00 h. | Cerrado |
Tarde. | 16:00 a 23:30 h. | 17:00 a 21:00 h. | Cerrado |
Observaciones. | |||
- No se incluye el servicio auxiliar de limpieza, pero si el suministro de productos de limpieza y productos químicos. |
FICHA Nº5 | |||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Pabellón Municipal de La Hoya | |||
DIRECCIÓN: Pedanía de La Hoya. Ctra. antigua xx Xxxxxx. Junto Colegio Público Xxxx Xxxxxxx. | |||
Teléfono: 000000000 | |||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | |||
- Pabellón. (Sala Escolar, SB). Destinado para la educación física, el deporte escolar, deporte recreativo para todos y competición de ámbito regional del deporte federativo. Dispone de espacios auxiliares para deportistas y dispone de grada supletoria para 75 espectadores. | |||
Espacios o Áreas del Complejo. - Vestíbulo/Control – recepción. - Nº de módulos de vestuarios en pabellón: 6 (4 para deportistas más 2 para árbitros). - Zonas comunes y circulación. - 1 Almacén a píe de pista pabellón. (Material deportivo y otros). - 1 Cuarto material y productos de limpieza. - 1 Botiquín. - Salas de Instalaciones: Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria, grupo electrógeno, etc. | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
- Mantenimiento – conservación. - Recepción – Información – Atención al Público. | |||
Horario de apertura al público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | Domingos. | |
Mañana. | Cerrado. | 9:00 a 14:00 h. | Cerrado. |
Tarde. | 17:30 a 23:30 h. | 17:00 a 21:00 h. | Cerrado. |
Observaciones. | |||
- No se incluye el servicio auxiliar de limpieza, pero si el suministro de productos de limpieza y productos químicos. |
FICHA Nº6 | |||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Pabellón Municipal de Almendricos. | |||
DIRECCIÓN: Pedanía de Almendricos. | |||
Teléfono: | |||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | |||
- Pabellón. (Sala Escolar, SB). Destinado para la educación física, el deporte escolar, deporte recreativo para todos. Dispone de espacios auxiliares para deportistas. | |||
Espacios o Áreas del Complejo. - Vestíbulo/Control – recepción. - Nº de módulos de vestuarios en pabellón: 4 (2 para deportistas más 2 para árbitros). - 3 Módulos de aseos. - Zonas comunes y circulación. - 1 Almacén a píe de pista pabellón. (Material deportivo y otros). - 1 Cuarto de material y productos de limpieza. - Sala de instalaciones: Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria, | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
- Mantenimiento – conservación. - Recepción – Información – Atención al Público. | |||
Horario de apertura al público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | Domingos. | |
Mañana. | Cerrado. | 10:30 a 14:00 h. | Cerrado. |
Tarde. | 18:00 a 22:00 h. | 17:00 a 20:00 h. | Cerrado. |
Observaciones. | |||
- No se incluye el servicio auxiliar de limpieza, pero si el suministro de productos de limpieza y productos químicos. |
FICHA Nº7 | |||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Campo de Fútbol Xxxxxxx Xxxxxxx. | |||
DIRECCIÓN: Ramblilla xx Xxxxxxx. Cañada xx Xxxxxxx S/N. | |||
Teléfono: | |||
Instalaciones Deportivas que dispone: (NIDE) | |||
- Campo de césped artificial. Terreno de juego de 102 m x 60 m. | |||
Espacios o Áreas del Complejo. - Nº de módulos de vestuarios: 5 (4 para deportistas y 1 para árbitros). - Nº de aseos: 3. - 1 Oficina. - 1 Lavandería. - 1 Almacén. (Material deportivo y otros) - 1 Cuarto de material de limpieza y otros productos. - Salas de Instalaciones: Equipos de producción y almacenamiento de agua caliente sanitaria. Calderas a gasoil, bombas de agua, cuadros eléctricos, etc. | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
- Mantenimiento – conservación. - Recepción – Información – Atención al Público. - Limpieza. | |||
Horario de apertura al público. | |||
Lunes x Xxxxxxx | Xxxxxxx | Domingos. | |
Mañana. | Cerrado | 9:00 h a 14:00 h. | 8:00 h a 14:00 h. |
Tarde. | 17:00 h. a 23:30 h. | 16:00 h a 22:30 h. | |
Observaciones. | |||
- VER ANEXO X XXX XXXXXX. |
8. Aclaraciones Complejo Deportivo Europa.
El 00 xx xxxx xx 0000 xx xxxxxx xx Xxxxx sufrió la fatal desgracia de un terremoto de magnitud 5.1. en la xxxxxx xx Xxxxxxx, precedido por otro movimiento sísmico de 4.5. La intensidad de este fenómeno causó numerosas consecuencias, destacando especialmente el fallecimiento de nueve personas e innumerables daños materiales.
Entre estos bienes o edificios públicos se encuentra la principal instalación deportiva del municipio, el Complejo Deportivo Europa, que sufrió graves daños en sus equipamientos y en su estructura. Hoy día se encuentra cerrada al público ya que su recuperación integral supone una inversión que supera los 3.000.000 €.
Este gran complejo deportivo, que cuenta con un recinto próximo a los 17.000 m2, es posiblemente el centro deportivo más importante de la Región xx Xxxxxx, dando servicio a miles de ciudadanos. Su reapertura es vital para la práctica físico – deportiva de la comarca del Guadalentín.
Nuestra intención es mejorar notablemente la instalación haciéndola más eficiente, mejorando sus instalaciones, sus recursos, sus equipamientos, su accesibilidad, ofreciendo programas novedosos y últimas tendencias, mejorando el mantenimiento integral de la instalación.
Se refleja a continuación las consideraciones a tener en cuenta sobre esta instalación dentro del objeto xxx xxxxxx y que serán íntegramente tenidas en cuenta por los posibles adjudicatarios, asumiendo obligatoriamente la empresa adjudicataria las mismas condiciones existentes con respecto a los trabajadores. (Ver apartado X del presente pliego)
a). Actualmente el personal de la instalación, se encuentra en un ERE, amparado y regulado por el Real Decreto 6/2011 de 13 xx xxxx, aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en el BOE del 14 xx xxxx de 2011. (XXXXX XX, resolución de 20 de noviembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo – Dirección General de Trabajo).
b). Con respecto al presupuesto máximo de licitación, especificado en el apartado IV del presente pliego, se aclara la facturación a presentar mientras los trabajadores se encuentran en situación de suspensión temporal (Costes de Seguridad Social).
c). Una vez se reabra la instalación deportiva y los trabajadores se incorporen a la actividad, se actualizará la facturación, según la oferta presentada por el adjudicatario.
En la ficha Nº9 se especifican las características esenciales de la instalación. Como se menciona anteriormente y debido a que se encuentra realizándose el proyecto “Obras de restitución del Complejo Deportivo Europa”, es posible que exista alguna modificación final en los espacios deportivos y espacios auxiliares facilitados, pero que no afectaran en ningún caso en las obligaciones del adjudicatario.
FICHA Nº8 | ||||||
INSTALACIÓN DEPORTIVA: Complejo Deportivo Europa. | ||||||
DIRECCIÓN: C/ Xxxx Xxxxxxx Xxxxx S/N. Teléfono 000000000 | ||||||
Descripción del Edificio: Se trata de un edificio destinado a diversas actividades deportivas: pabellón polideportivo, piscinas cubiertas, Salas para actividades dirigidas, pistas de squash, sala de musculación, saunas, etc. Así como todos los elementos auxiliares necesarios para el desarrollo de las actividades. Se trata de un edificio distribuido en tres plantas. Perímetro del todo el recinto: edificio y zonas exteriores: 17.000 m2. Edificio. 11.179,28 m2. | ||||||
Instalaciones Deportivas. | ||||||
Planta Alta. | ||||||
Sala Polivalente. | 275,26 m2 | |||||
Planta Baja. | ||||||
Gran Pabellón (GP2). Permite en sentido longitudinal la práctica de todos los deportes xx xxxxxx pequeños (Balonmano, Fútbol- Sala, Hockey-Sala, Baloncesto, Badminton, Tenis, Voleibol), la gimnasia deportiva y rítmica y los deportes de combate. En sentido transversal permiten la práctica de Badminton, Voleibol, Baloncesto y Minibasket. | 1840 m2 | |||||
Sobreancho Pabellón. | 139,70 m2 | |||||
Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0 * (NIDE) | 932 m2 | |||||
Xxxxxxxx Xxxxxxxx 0 ** (NIDE) | 893,94 m2 | |||||
Nomenclatura | Longitud | Ancho | Profundidad Mínima | Profund. Máxima | ||
PPOL-1** | 25 m | 16,50 m | 1.40 m | 2,20 m | ||
VENS-1** | 12,50 m. | 6 m. | 0.70 m | 0.90 m | ||
PPOL-1* | 25 m | 16,50 m | 1.20 m | 1,40 m | ||
VENS-1* | 12,50 M | 6 m | 0.65 m | 0.85 m | ||
Planta Semisotano. | ||||||
Sala de musculación. | 662,95 m2 | |||||
Xxxx xx xxxxxxx. | 242,89 m2 | |||||
Squash. Nº1 | 62,40 m2 | |||||
Squash. Nº2 | 62,40 m2 | |||||
Sauna Nº1 | 15 m2 | |||||
Sauna Nº2 | 15 m2 | |||||
Sala polivalente Nº1 | 91,44 m2 | |||||
Sala polivalente Nº2 | 134,66 m2 | |||||
Sala polivalente Nº3 | 164,61 m2 | |||||
Espacios Auxiliares o Áreas del Complejo. | ||||||
Planta Alta. | ||||||
Sala maquinaria industrial cafetería. | 14,60 m2 | |||||
Despacho Club Natación Lorca. | 14.60 m2 | |||||
Despacho administración. | 27.05 m2 | |||||
Aula de Formación | 90.54 m2 | |||||
Vestíbulo. | 4.65 m2 | |||||
Aseo minusválido 1. | 3.37 m2 | |||||
Aseo minusválido 2. | 3.37 m2 |
Aseo Femenino | 30.88 m2 |
Aseo Masculino | 21.15 m2 |
Vestíbulo y cafetería – restaurante. | 448.49 m2. |
Xxxxxxxx Xxxxxxxx (GP2). Entre 1900 y 2100 espectadores. | 718 m2 |
Planta Baja. | |
Vestíbulo principal acceso. | 36.88 m2 |
Acceso minusválidos. | 16.94 m2 |
Vestíbulo entrada. | 33.55 m2 |
Paso | 47.06 m2 |
Recepción | 119.37 m2 |
Acceso vestuarios piscina masculino | 6.91 2 |
Acceso vestuarios piscina niños. | 6.91 m2 |
Acceso vestuarios piscina femenino. | 7.24 m2 |
Xxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxx 0 x 0 xxxxxxxx. | 13.16 m2 |
Xxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxx 0 x 0 xxxxxxxx. | 13.64 m2 |
Vestuario árbitros 1 | 10.64 m2 |
Vestuario 1 pabellón. | 54.28 m2 |
Vestuario 3 pabellón. | 56.98 m2 |
Acceso a pabellón de vestuarios1-3. | 15.87 m2 |
Acceso a pabellón de vestuarios 2-4. | 15,91 m2 |
Vestuario árbitros 2. | 10.68 m2 |
Vestuario 2 pabellón. | 54,28 m2 |
Vestuario 4 pabellón. | 56,98 m2 |
Vestuario piscinas masculino. | 184.36 m2 |
Vestuario piscinas niños. | 97,34 m2 |
Vestuario piscinas femenino. | 181,46 m2 |
Limpieza | 19,49 m2 |
Vestuario monitores 1 | 19,55 m2 |
Paso vestuarios a piscina | 41.54 m2 |
Vestuario monitores 2 | 27,65 m2 |
Acceso 1 paso vestuarios playas. | 19.97 m2 |
Acceso 2 paso vestuarios playas. | 16.45 m2 |
Botiquín. | 17.80 m2 |
Vestíbulo salas técnicas. | 9.22 m2 |
Xxxx xx Xxxxxxx BT | 12.94 m2 |
Sala Técnica | 45.09 m2 |
Almacén | 17.99 m2 |
Planta Semisotano. | |
Despacho monitores | 20.78 m2 |
Espectadores Squash | 69.26 m2 |
Vestíbulos generales. | 342.442 |
Vestuario masculino 1 | 148.26 m2 |
Vestuario masculino 2 | 90.63 m2 |
Vestuario monitores 1 | 8.45 m2 |
Vestíbulo ascensores | 12.64 m2 |
Paso ascensores sótano | 28.98 m2 |
Vestuario monitores 2 | 8.45 m2 |
Vestuario femenino 2 | 90.63 m2 | ||
Vestuario femenino 1 | 148.26 m2 | ||
Xxxx xx xxxxxxxx | 160.25 m2 | ||
Vestíbulo xxxx xx xxxxxxxx | 3.85 m2 | ||
Zona taller 1 | 549.14 m2 | ||
Zona taller 2 | 184.39 m2 | ||
Zona instalaciones piscinas fase I | 433.61 m2 | ||
Zona instalaciones piscinas fases II | 430.61 m2 | ||
Xxxx xx xxxxxxxx 0 | 00.00 x0 | ||
Xxxx xx xxxxxxxx 2 | 13.47 m2 | ||
Xxxx xx xxxxxxxx 0 | 00.00 x0 | ||
Xxxx xx xxxxxxxx 4 | 13.47 m2 | ||
Almacén 1 | 14.37 m3 | ||
Almacén 2 | 14.01 m2 | ||
Vestíbulo independencia escalera 1 | 3.99 m2 | ||
Vestíbulo escalera 1 | 30.79 m2 | ||
Sala técnica bombeo aguas residuales. | 48.49 m2 | ||
Zonas Exteriores dentro del perímetro de Complejo Deportivo. | |||
Jardinería y Ornamentación. | |||
Zonas aparcamiento. | |||
Otros espacios. | |||
Zonas incluidas en la prestación del servicio. | |||
Todo el conjunto de la instalación. Edificio y zona exteriores. - Mantenimiento – conservación. - Socorrismo acuático. - Recepción – Información – Atención al Público. - Limpieza. - Servicios técnicos. | |||
Horario de Apertura al Público. | |||
Pabellón. | |||
Lunes a Viernes. | Sábados. | Domingos. | |
Mañana | 8:00 h a 14:00 h. | 9:00 h a 14:00 h. | 9:00 h a 14:00 h. |
Tarde. | 16:45 a 23:45 h. | 15:00 h a 22:00 h. | Cerrado. |
Recinto Piscinas. | |||
Lunes a Viernes. | Sábados. | Domingos. | |
Mañana. | 8:00 h a 14:30 h. Fase I 8:00 h a 14:30 h. Fase II | 9:00 h. a 14:00 h. Fase I y Fase II | 10:00 h a 13:30 h. Fase I |
Tarde. | 14:30 h a 23:00 h. Fase I 16:30 h a 23:00 h. Fase II | 17:00 h a 20:00 h. Fase I | Cerrado. |
Planta Semisotano. Salas Polivalentes. | |||
Lunes a Viernes. | Sábados. | Domingos. | |
Mañana. | 7:15 h a 14:30 h. | 9:00 h. a 14:00 h. | 9:00 h a 13:30 h. |
Tarde. | 14:30 a 23:00 h. | 16:00 h a 22:00 h. | Cerrado. |
IV. RETRIBUCIÓN DEL ADJUDICATARIO. PRESUPUESTO.
De acuerdo con lo establecido en el art. 87 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el pago al adjudicatario por la prestación de los servicios objeto del presente contrato será mediante retribución con cargo a los presupuestos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, cuyo importe irá destinado a resarcir al adjudicatario de los costes de prestación de los servicios contratados.
El importe de la retribución, definitivamente aprobado en la adjudicación, será abonado por el ayuntamiento al adjudicatario prorrateado en doce pagas mensuales de idéntico importe cada uno, salvo disposición de la bolsa establecida para horas extraordinarias autorizadas previamente por la dirección técnica de la Concejalía de Deportes. Será imprescindible acreditación por el adjudicatario del puntual cumplimiento de sus obligaciones tributarias y laborales.
V. PRESUPUESTO.
El presupuesto total del contrato, los cuatro años más los dos años de prórroga, sin incluir el IVA, se estima en OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA Y TRES EUROS. (8.471.352,43
€), y que incrementado en el importe maximo que las posibles modificaciones del contrato puedan suponer (20%), queda concretado en la cantidad xx XXXX MILLONES CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE Y DOS EUROS CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (10.165.622,92 euros).
El presupuesto máximo para el primer año de licitación se fija en un MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SEIS CON VEINTE CENTIMOS (1.293.306,20 €) Y DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON TREINTA CENTIMOS DE 21 % DE IVA (271.594,30 €).
Total IVA incluido, UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMOS (1.564.900,51 €).
Dadas las circunstancias actuales de la instalación deportiva denominada “Complejo Deportiva Europa” aclaradas en el punto III del presente pliego, partiendo del presupuesto máximo de licitación se establece para la presentación de las correspondientes ofertas los siguientes apartados para la formulación de las propuestas económicas:
a). Se presentará una primera oferta para el conjunto de las instalaciones deportivas, exceptuando el Complejo Deportivo Europa, el precio máximo de licitación para este apartado se establece en SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (668.566,42 €) Y CIENTO
CUARENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON NOVENTA Y CINCO DE 21% DE IVA (140.398,95 €).
Total IVA incluido, para el apartado a, OCHOCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO CON TREINTA Y SEIS. (808.965,36 €).
b). Se presentará una segunda oferta para únicamente el Complejo Deportivo Europa, el precio máximo de licitación para este apartado será de SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (624.739,79 €) Y CIENTO TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON TREINTA Y SEIS CENTIMOS DE 21 % DE IVA (131.195,36 €).
Total IVA incluido, para el apartado b, SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 14 CENTIMOS. (755.935,14 €).
Se recuerda expresamente que la facturación correspondiente al apartado b, oferta del Complejo Deportivo Europa, solo será efectiva una vez se ponga de nuevo en funcionamiento está instalación o finalice o no sea prorrogado el ERE en el que se encuentran los 18 trabajadores afectados. De igual modo y por necesidades del servicio se podrán ir incorporando progresivamente los trabajadores a las tares de puesta en marcha del Complejo Deportivo Europa, facturando la empresa adjudicataria, en este caso, la parte proporcional correspondiente, del apartado b.
Por lo tanto y aclarado este aspecto, la empresa adjudicataria mientras no se reinicie la actividad del Complejo Deportivo Europa, solo liquidaría el importe exacto de los Seguros Sociales de los Trabajadores que estén en el ERE.
Se aclara que dentro del presupuesto máximo de licitación, se incluye un bolsa de horas extras, que deberá ser tenida en cuenta por la empresa adjudicataria ya que no será efectiva en términos de facturación, (la cantidad especificada en el cuadro siguiente deberá ser restada de la oferta final de adjudicación) salvo utilización de la misma, por autorización expresa de la Dirección Técnica de la Concejalía de Deportes. Se específica a continuación el detalle de esta partida:
• Para el “Convenio Colectivo de Piscinas e instalaciones Acuáticas de Madrid”, el cálculo de las horas extras se aplicará según convenio: (salario total anual / número de horas trabajadas al año = X + 75% = precio hora. Se establece una bolsa de 4752.65 €
• Para el “II Convenio Estatal de Instalación Deportivas” se establece el siguiente cuadro.
BOLSA DE HORAS EXTRAORDINARIAS | Nº HORAS | Precio Base Hora Extra. Ordinaria | Precio Base Hora Extra Festiva | Total Extra Ordinarias | Total Extras Festivas. | |
GRUPO 1 | 10 | 9,88 € | 15,67 € | 98,80 € | 156,70 € | |
GRUPO 2 | 15 | 9,88 € | 15,67 € | 148,20 € | 235,05 € | |
GRUPO 3 | 80 | 9,88 € | 15,67 € | 790,40 € | 1.253,60 € | |
GRUPO 4 | 90 | 8,22 € | 12,92 € | 739,80 € | 1.162,80 € | |
GRUPO 5 | 100 | 187,22 € | 12,92 € | 822,00 € | 1.292,00 € | |
2.599,20 € | 4.100,15 € | 6.699,35 € |
Para el segundo año de contrato y posteriores, se establece que el incremento anual del precio de adjudicación, será el IPC interanual, más los complementos especificados, si los hubiera o hubiese en los convenios laborales de aplicación referidos al salario del personal subrogado del servicio.
Por último dado que el cálculo del presupuesto máximo de licitación por anualidad ha sido realizado con el mayor rigor y precisión posible, partiendo de los costes por productos de limpieza y productos químicos, (que como se indicará en el apartado correspondiente deberán ser suministrados por la empresa adjudicataria) según precios xx xxxxxxx, pero en particular, los costes laborales que, al estar determinados por los correspondientes convenios colectivos de aplicación, no son susceptibles de minoración e implican el porcentaje más significativo con mucha diferencia de los costes del adjudicatario, e incluidos los correspondientes márgenes del adjudicatario por beneficio industrial y gastos generales; se entenderá que una proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 8 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 6 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres o mas licitadores, las que sean inferiores en más de 4 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 4 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 8 unidades porcentuales.
En caso de existir propuestas anormales o desproporcionados, no se admitirá para su justificación costes laborales inferiores a los determinados por los correspondientes convenios colectivos de aplicación.
VI. GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN DE EVENTOS Y PROGRAMAS DEPORTIVOS y FISCALIZACIÓN EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS OBJETO DEL CONTRATO.
La gestión, coordinación de programas y eventos deportivos en las instalaciones deportivas objeto del contrato será por cuenta de la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, no teniendo el adjudicatario derecho a ningún tipo de explotación de las instalaciones.
La empresa adjudicataria y la comisión de gestión se reunirán tantas veces sea necesario para clarificar y puntualizar las necesidades de las instalaciones en función de la oferta deportiva dispuesta por la concejalía.
Los precios y tarifas serán aquellos que determine el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, quien se encargará directamente de la recaudación y fiscalización del servicio, no teniendo la empresa ningún tipo de derecho.
VII. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS: PABELLONES, COMPLEJOS DEPORTIVOS y CAMPO DE FÚTBOL XXXXXXX XXXXXXX.
7.1 Mantenimiento:
El servicio de mantenimiento consistirá en asegurar el perfecto estado de funcionamiento de todos los elementos, tanto de la obra civil como de las instalaciones fijas y mecánicas mediante la realización de los trabajos de mantenimiento preventivo de las instalaciones de calefacción, climatización, agua caliente sanitaria, equipos de tratamiento, depuración y filtrado de agua de las piscinas, instalaciones eléctricas, carpintería, cerrajería, fontanería y otras reparaciones ordinarias. Para ello se deberá contar con los servicios de personal técnico adecuado, sin perjuicio de que pueda ser supervisado por el técnico competente de la Concejalía de Deportes xx Xxxxx, cuando así se estime conveniente.
El adjudicatario se encargará del control higiénico – sanitario del agua y el mantenimiento térmico de la misma, de tal forma que en todo momento se cumpla los dispuesto en el Decreto 58/92 de 28 xx xxxx Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público de la Región xx Xxxxxx.
De igual modo la empresa adjudicataria tendrá la obligación de tomar las medidas necesarias, con personal externo o propio del servicio, para la prevención y control de la legionelosis, cumpliendo totalmente con lo estipulado el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
A modo enunciativo y con carácter mínimo, los trabajos a realizar serán los siguientes:
a) Control y corrección de la calidad sanitaria de las aguas de los vasos, que se efectuará al menos tres veces al día, una en el momento de apertura de las piscinas y otra en el momento de máxima concurrencia, realizando en el vaso las determinaciones analíticas de los parámetros que definen la calidad sanitaria del agua en los términos señalados en el Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias en piscinas de uso público en la Región xx Xxxxxx.
b) Control y corrección de la temperatura del agua tanto de los vasos como del sistema de agua caliente sanitaria, calderas, acumuladores y conducciones.
c) Control y corrección de los sistemas de climatización temperatura y grado de humedad ambiental de las instalaciones y dependencias.
d) Control del sistema de depuración del agua de las piscianas: vigilancia y cambio de filtros, control de válvulas, dosificación de productos, etc.
e) Revisión general preventiva de las instalaciones: mantenimiento, conservación y pequeñas reformas, o en su defecto para informar a la Concejalía de Deportes de los deterioros. Se especifica:
• Electricidad: Reconocimiento de las instalaciones, revisión de circuitos eléctricos, y puntos de luz, reparación de averías eléctricas menores y comunes. Se deberá cumplir con el Reglamento electrotécnico para baja tensión aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx.
• Fontanería: Revisión de aparatos sanitarios, revisión de circuitos (tuberías, desagües, sifones, etc), reparación xx xxxxxxxxx, accesorios de baño, grifería en general, válvulas, etc.
• Albañilería: Revisión de alicatados, reparación de pequeños desperfectos producidos por el uso diario, repaso de juntas y suelos, revisión de bordillos.
• Carpintería: Revisión de juntas y dilataciones, reparaciones menores de puertas, ventanas, techos y elementos xx xxxxxx o derivados.
• Agua Caliente: Cuidado de quemadores, revisión del ciclo funcional, limpieza de filtros, control de termostatos, medición de combustible, repaso de circuitos revisión y limpieza periódica.
• Bombas de drenaje: Vigilancia de los niveles de agua de la sala de máquinas, mantenimiento de bombas.
f) Reunir y recoger la información especificada en el Decreto 58/92 de 28 xx xxxx Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias de las piscinas de uso público, para la cumplimentación del correspondiente libro de registros de las piscinas, previsto en el citado decreto.
7.2. Limpieza.
Consistirá en mantener en perfecto estado de limpieza y decoro todas las instalaciones adscritas al servicio, cumpliendo en todo momento con las diferentes normativas aplicables de cualquier tipo establecidas sobre higiene y salud.
La limpieza se extenderá a la totalidad de las instalaciones deportivas, incluyéndose suelos, vasos, pavimentos horizontales y verticales, puertas, ventanas, mobiliario y demás utensilios, servicios higiénicos, duchas o cualquier otro análogo existente.
La ejecución de los trabajos de limpieza se regirá por las siguientes reglas en cuanto a la forma, medios a utilizar y a la periodicidad en su ejecución.
Deberá prestarse un servicio de limpieza de mantenimiento diario, encargándose de mantener limpias, preferentemente las zonas utilizadas por los usuarios: vestuarios, cabinas, zonas de pies descalzos, servicios higiénicos, lavabos y todas aquellas dependencias que por su uso lo necesiten.
Independientemente de lo expuesto en esta apartado y con el fin de establecer una mejora sustancial en el mantenimiento de las instalaciones objeto del contrato, será una obligación esencial lo descrito y especificado en el apartado VIII del presente pliego.
VIII. PLAN DE MANTENIMIENTO.
El mantenimiento es una función que produce un bien real, que puede resumirse en: capacidad de producir con calidad, seguridad y rentabilidad. Es un servicio que agrupa una serie de actitudes cuya ejecución permite alcanzar un mayor grado de satisfacción en las
instalaciones. El mantenimiento adecuado tiende a prolongar la vida útil de los bienes, a obtener un rendimiento aceptable de los mismos durante más tiempo.
Desde la Concejalía de Deportes xx Xxxxx nos planteamos la restructuración de todo nuestro plan de mantenimiento con el fin único de alcanzar una serie de objetivos:
• Mejorar la calidad del servicio prestado a los ciudadanos.
• Mejorar los costes de producción.
• Contribuir a la seguridad e higiene de las instalaciones deportivas.
• Conseguir capacidad operacional y de respuesta como un ente organizado e integrado.
• Evitar, reducir, y en su caso, reparar las incidencias sobre las instalaciones y equipamientos y materiales.
• Evitar detenciones y retrasos en la maquinaria de las instalaciones.
• Evitar accidentes y aumentar la seguridad para las personas.
• Analizar el coste del mantenimiento.
• Alcanzar y prolongar la vida útil del los bienes.
• Reducir el coste del mantenimiento de las instalaciones.
Entendemos que el Plan de Mantenimiento de nuestras instalaciones deportivas, debe convertirse en uno de los pilares de nuestra gestión.
Por tales razones y con el fin de actualizar todas nuestras acciones con respecto al mantenimiento de las instalaciones deportivas, objeto del contrato, será una obligación esencial del adjudicatario redactar y presentar un nuevo plan de mantenimiento. Este nuevo plan de mantenimiento deberá seguir la siguiente metodología:
1º Análisis de la situación actual (auditoria de cada una de las instalaciones deportivas). Se deberá incluir en este primer paso todo aquello que sea conveniente: características especificas de mantenimiento de cada material o equipo, edificios, maquinaria, manuales de programación, esquemas de instalaciones, etc. Este primer paso deberá estar finalizado en los tres meses siguientes a la adjudicación del servicio.
2º Se establecerán y definirán las necesidades de mantenimiento de cada una de las instalaciones deportivas. Se dará el plazo de un mes para este proceso.
3º Una vez que se tengan todos los datos, se ordenaran y se generará un documento único por instalación deportiva. Se dará de plazo de un mes para este proceso.
4º Finalmente y en un plazo de dos meses se implantará y difundirá el nuevo plan de mantenimiento. La empresa se encargará de que todo el personal a su cargo cumpla estrictamente con el nuevo plan de mantenimiento, estableciendo los correspondientes protocolos de actuación y rutinas. El documento final será de obligado conocimiento por todo el personal que presta los servicios en las instalaciones deportivas.
El plan de mantenimiento resultante deberá incluir como mínimo los siguientes aspectos:
a) Mantenimiento Preventivo: Operaciones encaminadas a prevenir el deterioro de los equipamientos o materiales de la instalación deportiva, incluyendo el mantenimiento técnico legal y la limpieza.
b) Se deberán establecer las operaciones de mantenimiento de cada material, equipo o instalación, con su descripción y protocolo de actuación, su frecuencia, los recursos materiales y humanos necesarios y por supuesto su registro. La descripción, frecuencia
y recursos de cada una de estas operaciones deben sintetizarse en unas fichas técnicas de mantenimiento, de fácil compresión y uso.
c) Se deberá hacer una programación de las tareas, distribuidas diariamente, semanalmente, cada mes, cada varios meses, cada año e incluso en periodos más largos sobre cada uno de los materiales o equipos de las instalaciones deportivas.
d) Deberán existir fichas de seguimiento y control de estas operaciones, así como fichas de incidencias, y se creará para todo ello un registro de operaciones de mantenimiento
En la fase de implantación y su posterior seguimiento se deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:
a) Se realizará la formación necesaria del personal encargado de realizar las operaciones de mantenimiento.
b) Los protocolos de actuación establecidos se orientarán para reducir el tiempo que se invierte, pero siempre garantizando la realización adecuada de las mismos.
c) Durante el plan de seguimiento, que se establezca, deberá estar previsto la readaptación del sistema hacia la mejora continua.
Anualmente la empresa adjudicataria estará obligada a realizar una auditoría interna sobre el mantenimiento de las instalaciones deportivas y de las acciones correctoras asociadas.
Integrado en el del plan de mantenimiento y atendiendo a los recursos humanos disponibles se deberán establecer las funciones de cada una de las personas que integran el equipo de mantenimiento, teniendo en cuenta horarios, turnos de trabajo, etc.
Es importante destacar que para el desarrollo del plan de mantenimiento y su implantación, en ningún caso la empresa adjudicataria contará directamente con los recursos humanos del servicio, solamente en calidad de apoyo en información. Serán técnicos externos al servicio y propios de la empresa. De igual modo intervendrán en todo el proceso los técnicos de la Concejalía de Deportes, con el fin de realizar un seguimiento del proceso y se cumplan los plazos marcados, de igual modo podrán ser una herramienta de apoyo para la redacción del plan de mantenimiento.
A continuación se detalla, como mínimo, que referencias debe tener el plan de mantenimiento, por supuesto el mantenimiento debe tener en cuenta la normativas especificas establecidas.
- Mantenimiento de Pavimentos:
o De césped natural.
o De césped artificial.
o Pavimentos de materiales plásticos.
o Pavimentos xx xxxxxx: natural y sintética.
o Pavimentos pétreos.
o Pavimentos cerámicos.
- Mantenimiento de Piscinas: (Decreto 58/92 e 28 xx xxxx Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias de la Región xx Xxxxxx)
o Vasos.
o Bombas centrífugas de filtrado.
o Sistemas de recirculación y tratamiento de aguas.
▪ Filtros de arena.
▪ Equipos de lectura y control.
▪ Depósitos de almacenamiento de productos químicos.
▪ Cloradores.
▪ Bombas dosificadoras de impulsos.
▪ Etc.
- Prevención y Control de legionelosis: (Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por los que se establecen los criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
- Mantenimiento de equipamiento deportivo.
o Equipamiento deportivo genérico.
o Equipamiento deportivo xx xxxx.
o Equipamiento piscinas.
- Mantenimiento de Vestuarios.
o Distribución interior de agua fría y ACS.
o Sistemas de descarga de agua
- Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas.
- Emergencias.
- Red de Saneamiento.
- Mantenimiento de las superficies no deportivas de las instalaciones (limpieza, desinfección y control microbiológico).
o Zonas interiores.
o Zonas exteriores.
- Mantenimiento del ambiente: (limpieza, desinfección y control microbiológico).
- Mantenimiento de las instalaciones generales, mobiliario y accesorios.
- Mantenimiento de la maquinaría.
Dentro del plan de mantenimiento, se deberá incluir un apartado específico, donde la empresa adjudicataria, señale, organice y resalte las actuaciones – procedimientos encaminados a colaborar y participar en la eficiencia energética de las instalaciones, mediante control del encendido y apagado de las máquinas, iluminación de las instalaciones, temperaturas de los diferentes espacios, etc. Utilización racional del combustible, energía eléctrica, agua, etc.
IX. RECURSOS MATERIALES.
En la prestación de los servicios, el adjudicatario, empleará la maquinaria, materiales y productos adecuados que estime pertinentes. La composición de los productos, líquidos, detergentes que utilicen serán de los habitualmente utilizados en los servicios de esta naturaleza, prohibiéndose el empleo de aquellos que por su composición o concentración dañen, produzcan corrosión o perjudiquen las superficies sobre las que se apliquen. Los
productos deberán ser aprobados por el personal técnico designado por la Concejalía de Deportes.
Todos los materiales, útiles de limpieza, herramientas y medios necesarios para la realización de los trabajos de mantenimiento serán por cuenta de la empresa, incluyendo el suministro del material de reposición de los aseos (consumibles), siendo la empresa adjudicataria responsable de su compra, colocación y reposición diaria de celulosa y jabones. En el plan de mantenimiento se deberá planificar la frecuencia de reposición.
Dentro de la aportación, por parte de la empresa adjudicataria, de los productos de limpieza, también deben incluirse los productos químicos necesarios para el mantenimiento tanto preventivo como correctivo. En este sentido es necesario puntualizar que se deben incluir los productos necesarios para el mantenimiento del agua de las piscinas y los consumibles necesarios para el control y medición de los parámetros de las aguas de las piscinas, según normativa reglamentaria.
La empresa adjudicataria dotará al personal del servicio de los medios de seguridad laboral adecuados y establecidos por la legislación vigente, tales como guantes, mascarillas recomendadas para los productos químicos a tratar (limpieza y mantenimiento), botas, gafas protectoras, prendas y/o monos de trabajo, etc.
X. RECUROS HUMANOS.
Según lo previsto en el art. 120 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, además de lo estipulado en los convenios colectivos de referencia el adjudicatario vendrá obligado a cubrir su plantilla con el personal, que, en el momento de hacerse cargo del servicio objeto del concurso, figure en la plantilla del contratista anterior. A dichos efectos se acompaña como anexo relación nominal del personal actual con la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación que resulta necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implica tal medida. En este sentido se recuerda que los trabajadores afectados por el ERE, durante la suspensión de sus contratos, verán incrementadas sus retribuciones, tanto en el salario base y los complementos del mismo, según regule el convenio colectivo que les afecta.
En lo especificado en al apartado anterior, se ha de tener en cuenta la actual situación de los trabajadores (ERE, desarrollado en apartados anteriores) que desempeñaban sus funciones en el Complejo Deportivo Europa, y que por tanto una vez realizada la adjudicación deberán ser subrogados en las mismas condiciones en las que se encuentren, realizando la empresa adjudicataria los trámites oportunos y necesarios en la Consejería de Educación, Formación y Empleo – Dirección General de Trabajo de la Región xx Xxxxxx.
Se deberá tener en cuenta que los convenios de referencia y que afectan al conjunto del personal son los siguientes:
a) II Convenio colectivo estatal de instalaciones deportivas y gimnasios.
a. Nota: Según su art. 35. Paga Extras. Hace referencia a salario base y mejora voluntaria. Esta mejora voluntaria corresponde a todos los complementos salariales.
b) Convenio colectivo del sector de piscinas e instalaciones acuáticas de la Comunidad Autónoma de Madrid.
La empresa adjudicataria se responsabilizará de la aplicación de las medidas de formación de su personal en materia de prevención de riesgos laborales.
Los equipos humanos estarán dotados de todos los medios técnicos que sean necesarios para poder realizar los trabajos previstos.
El adjudicatario deberá tener en cuenta que una vez se reabra el Complejo Deportivo Europa, deberá incorporar al contrato y específicamente para esta instalación un Director de Actividades Técnicas. Aclarar que en el presupuesto máximo de licitación para el apartado del Complejo Deportivo Europa está incluido en los costes de personal esta figura profesional y por tanto no se facturará nada por la incorporación de este recurso.
El adjudicatario nombrará un responsable de la empresa para que forme parte de la comisión de control y seguimiento, siendo está la persona de referencia con la Concejalía de Deportes y a todos los efectos el interlocutor habitual entre empresa y ayuntamiento, con el fin de mantener la relaciones oportunas que se derivan de la prestación del servicio adjudicado.
Se adjunta anexo, con los documentos facilitados por la empresa saliente:
- Certificado del organismo competente de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
- Información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida.
Se facilita a continuación relación y número de trabajadores, con su grupo profesional o que realizan sus funciones actualmente en esa categoría, además del convenio colectivo al que pertenecen.
Trabajadores que pertenecen al “Convenio Colectivo del Sector de Piscinas e Instalaciones Acuáticas de la Comunidad Autónoma de Madrid”
Nº | TIPO DE JORNADA. | SITUACIÓN. | CATEGORIA O GRUPO PROFESIONAL. |
1 | JORNADA COMPLETA | ALTA | ENCARGADO GENERAL. |
2 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | OFICIAL DE OFICIO. |
3 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | OFICIAL DE OFICIO. |
4 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | AYUDANTE DE MAQUINISTA |
5 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | AYUNDANTE MAQUINISTA |
6 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | SOCORRISTA. |
7 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | SOCORRISTA |
8 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | SOCORRISTA |
9 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | SOCORRISTA |
10 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | SOCORRISTA |
11 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | LIMPIADORA |
12 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | LIMPIADORA |
13 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | LIMPIADORA |
14 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | LIMPIADORA |
15 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN2E5RE | XXXXXXXXX XX XXXXXXX. |
00 | XXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXXXX XXX | XXXXXXXXX XX XXXXXXX. |
00 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | AYUNDANTE DE OFICIOS. |
18 | MEDIA JORNADA. | SUSPENSIÓN ERE | MONITOR |
trabajadores que pertenecen al “II Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios”.
19 | JORNADA COMPLETA | SUSPENSIÓN ERE | OFICIAL DE 2ª MANTENIMIENTO INSTAL. |
20 | JORNADA COMPLETA | ALTA | JEFE DE MANTENIMIENTO |
21 | JORNADA COMPLETA | ALTA | OFICIAL DE 2ª MANTENIMIENTO INSTAL. |
22 | JORNADA COMPLETA | ALTA | OFICIAL DE 2ª MANTENIMIENTO INSTAL. |
23 | JORNADA COMPLETA | ALTA | OFICIAL DE 2ª MANTENIMIENTO INSTAL. |
24 | JORNADA COMPLETA | ALTA | SOCORRISTA |
25 | JORNADA COMPLETA | ALTA | SOCORRISTA |
26 | JORNADA COMPLETA | ALTA | SOCORRISTA |
27 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
28 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
29 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
30 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
31 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
32 | 30 HORAS SEMANA. | ALTA | CONSERJE |
33 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
34 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
35 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
36 | JORNADA COMPLETA | ALTA | CONSERJE |
37 | JORNADA COMPLETA | ALTA | LIMPIADORA |
38 | JORNADA COMPLETA | ALTA | LIMPIADORA |
39 | 30 HORAS SEMANA. | ALTA | LIMPIADORA |
40 | JORNADA COMPLETA | ARTES CARRASCO | JARDINERO |
41 | JORNADA COMPLETA | ARTES CARRASCO | JARDINERO |
42 | MEDIA JORNADA. | ARTES XXXXXXXX | OFICIAL DE 1ª MANTENI. |
Teniendo en cuanta los RR.HH existentes y que tienen que ser subrogados, se valoraran los siguientes aspectos:
a) Dado que se ha facilitado en las correspondientes fichas técnicas de instalaciones el horario de apertura y también el conjunto de personal existente se pide:
1. Propuesta de distribución de personal en las instalaciones, con horario laboral para cada uno de ellos, teniendo en cuenta por la lado los horarios de apertura facilitados y también la puesta a punto previa a la apertura diaria, así como el cierre de las instalaciones.
2. Se deben excluir de esta propuesta el personal que figura en la tabla con números 40, 41 y 42, ya que son trabajadores destinados específicamente al Complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx – Artes Xxxxxxxx.
3. La propuesta debe respetar los convenios colectivos existentes, con respecto a las jornadas de Trabajo, descanso, permisos y vacaciones.
4. Se facilita un anexo (Anexo V), con los días festivos, señalando los días de cierre total de las instalaciones, los días de cierre parcial (apertura solo mañanas) y periodo de cierre de las instalaciones por vacaciones.
5. Para la propuesta, y siempre con el fin de prestar un servicio más eficaz y de calidad, cubriendo todas las franjas horarias y necesidades, se podrá modificar algún grupo profesional. Por ejemplo que un trabajador con categoría de socorrista pase a ser oficial de 2ª de mantenimiento.
En caso de I.T, por baja médica y/o accidente laboral, la empresa adjudicataria queda sujeta a la inmediata provisión del personal en un plazo máximo de tres días.
Por último todo el personal que preste los servicios objeto del presente pliego de condiciones, pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
10.1 Sobre las funciones a desempeñar por el personal.
Para garantizar la prestación del servicio, en todo momento, en unas condiciones idóneas de calidad, se deberá presentar un dossier puntualizando para cada una de las categorías o grupos profesionales existentes, las funciones o tareas a realizar generales y especificas.
XI. VESTUARIO.
La empresa adjudicataria del servicio, deberá entregar a todo el personal contratado el vestuario adecuado para el desempeño de sus funciones, manteniendo en todo momento una uniformidad que los distinga.
En los uniformes deberá exponerse los logotipos de la empresa y del Ayuntamiento xx Xxxxx – Concejalía de Deportes.
La empresa contratada deberá proporcionar uniformes tanto para la temporada de invierno como la temporada xx xxxxxx.
Los modelos y colores del vestuario serán previamente aprobados por la Dirección Técnica de la Concejalía de Deportes.
Todos los trabajadores deberán ir obligatoriamente con una tarjeta identificativa, con su nombre, puesto de trabajo y el logotipo de la empresa.
XII. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
El adjudicatario de la contratación, una vez formalizado y previamente al inicio y
ejecución de la actividad deberá presentar, una declaración responsable del representante legal de la empresa mediante la cual ponga de manifiesto que han realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su acción preventiva, así como que han cumplido sus obligaciones en
materia de formación e información respecto a los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, en cualquier caso se deberá cumplir siempre con lo establecido en la normativa vigente sobre Prevención de Riesgos Laborales.
Se detalla a continuación la documentación técnica a aportar en materia de Prevención de Riesgos Laborales:
a). Evaluación de riesgos en los puestos de trabajo que aporta la empresa, según siniestralidad.
b). Planificación de la acción preventiva.
c). Formación a trabajadores en Prevención de Riesgos Laborales.
d). Reconocimiento / Aptitud médica de los trabajadores para el desempeño de sus funciones.
XIII. PLAN DE FORMACIÓN RR.HH DEL SERVICIO.
Las personas en las organizaciones deportivas deben constituir el eje estructural por el que circulen los aspectos estratégicos clave pensados para cumplir la misión empresarial. Desde un planteamiento general, son el capital más valioso, esta afirmación viene dada por las siguientes consideraciones:
- Los servicios que presta la Concejalía de Deportes, son servicios pensados por personas y para las personas.
- Un aspecto clave en la organización son las funciones y misiones que desarrollan las personas.
- La formación y la implicación de los RR.HH en el proceso de gestión es de vital importancia para el éxito de la organización.
En consecuencia y para la mejora continua de los servicios auxiliares que se concretan en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, se valorará las propuestas referidas a un plan de formación del personal contratado para la prestación del servicio, que deberá recoger los siguientes aspectos:
- Objetivos del plan. Qué es lo que se pretende conseguir.
- Destinatarios. Categorías o Grupos profesionales.
- Descripción de cada acción formativa. Para ello se atenderá:
• Denominación de la acción, (tipología de cursos) lo más conciso y breve posible.
• Objetivos (generales y específicos).
• Descripción del formador.
o Formador interno (propio de la empresa)
o Formador externo (por medio de otros organismos o empresas)
• Duración y Periodo.
• Planificación del conjunto de acciones.
• Presupuesto.
XIV. OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.
El Ayuntamiento xx Xxxxx – Concejalía de Deportes, estará sujeto al cumplimiento de las siguientes obligaciones generales:
a) Abonar las retribuciones a la empresa concesionaria en los términos, plazos y condiciones previstos en el apartado 4.
b) Recaudación y fiscalización del servicio, mediantes los controles e inspecciones oportunas por medio de técnicos y personal competente habilitado por la tesorería municipal para ello.
c) Planificación deportiva y gestión integral de las instalaciones objeto del contrato.
d) Tramitará con diligencia y rapidez cuantos trámites administrativos sean necesarios para la prestación del servicio.
e) Aportará los espacios necesarios: almacenes – despachos, dentro de las instalaciones deportivas, para que la empresa adjudicataria pueda realizar correctamente las labores de organización y mantenimiento.
f) Asimismo serán por cuenta del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx los siguientes gastos:
• Luz, agua y combustible para las instalaciones.
• Reparación de maquinaria propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx.
XV. REQUISITOS DE CLASIFICACIÓN.
Grupo L Subgrupo 06 Categoría D. Grupo O Subgrupo 01 Categoría D.
XVI. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.
Los criterios y de adjudicación y la ponderación atribuida es la siguiente:
A) CRITERIOS NO VALORABLES EN CIFRAS O PORCENTAJES. 30 Puntos.
a.1. Valor técnico de la oferta:
• Se valorará la organización propuesta y la estructura propuesta por la empresa para el estudio, desarrollo e implantación del nuevo plan de mantenimiento de las instalaciones deportivas objeto del contrato. Se valorará el número y cualificación del personal que se adscribirá al contrato, así como las posibles aportaciones técnicas. Para lo cual se deberá describir el equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, referidas al organigrama global de la empresa, y materiales, útiles de limpieza, herramientas y medios necesarios para la realización de los trabajos de mantenimiento.
• Se valorará propuesta de distribución del personal en las instalaciones, con horario laboral para cada uno de ellos, teniendo en cuenta, como mínimo, los horarios de apertura
indicados en las fichas técnicas de las instalaciones y la puesta a punto previa a la apertura diaria. Las funciones mínimas a realizar generales y específicas.
• Se valorará la propuesta referida a un plan de formación del personal contratado para la prestación del servicio según los términos recogidos en el apartado XIII del presente pliego.
Para la valoración de este apartado se aportara Memoria Técnica comprensiva de los aspectos anteriores.
B) CRITERIOS VALORABLES EN CIFRAS Y PORCENTAJES 70 PUNTOS.
b.1. Oferta económica: 40 puntos, dividida:
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más económica, puntuándose las demás ofertas de forma proporcional según la siguiente fórmula:
Máxima puntuación X Mejor oferta Puntuación de la oferta X=
Oferta Considerada
b.2 Propuestas de mejoras: 30 puntos.
• Se podrán ofrecer mejoras por los licitadores sobre los siguientes elementos:
o Patrocinio deportivo de pruebas organizadas en las instalaciones deportivas objeto del contrato. (10 puntos)
o Suministro de material, equipamientos, vehículos, etc. teniendo en cuenta precios xx xxxxxxx, para la mejora de la prestación del servicio. (10 puntos)
o Propuestas técnicas para que las realice la empresa adjudicataria, deben estar valoradas económicamente, y destinadas a una mejor eficiencia y eficacia y control de accesos en la gestión del Complejo Deportivo Europa. (10 puntos).
La mejoras que se presentan deberán estar valoradas económicamente. Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la mejor oferta, puntuándose proporcionalmente al resto, según el siguiente ejemplo de formula.
Mejor oferta: 15 €
Puntos para la mejor oferta: 30 puntos.
Otra oferta presentada: 8 €. Puntos obtenidos para esta oferta:
8 x 30
X (será los puntos de la otra oferta presentada)=---------------= 16 puntos.
15
XVII. ACLARACIONES A LAS OFERTAS.
El Ayuntamiento xx Xxxxx, a través del Director Técnico de la Concejalía de Deportes, podrá pedir aclaraciones a las ofertas presentadas para una mejor compresión y valoración de las mismas. La aclaración del licitador no podrá variar, en ningún caso, el contenido sustancial de la oferta.
XVIII. COMISIÓN DE CONTROL Y SEGUIMIENTO.
Los servicios técnicos de la Concejalía de Deportes, independientemente de la supervisión diaria, realizará un control del cumplimiento xxx xxxxxx y de la oferta presentada por el adjudicatario, mediante una serie de revisiones especiales que se establecerán con carácter periódico y siguiendo unas frecuencias determinadas. Dichas revisiones se comunicarán a la empresa adjudicataria, a fin de que pueda asistir con la persona responsable de la ejecución del servicio y facilitar las observaciones que sean necesarias.
Los servicios técnicos podrán hacer todas las indicaciones que estimen convenientes para el buen desarrollo del servicio objeto de este concurso, debiendo emitirlas por escrito o email, en función de su importancia.
Se entiende que la gestión deportiva y dirección de las instalaciones deportivas objeto del contrato depende del Ayuntamiento xx Xxxxx – Concejalía de Deportes y que por tanto el acceso de los técnicos y personal municipal es ilimitado a cada uno de los espacios y áreas de la instalaciones, para una inspección y control de las mismas, toma de muestras y la verificación del cumplimiento de las obligaciones especificadas en la oferta presentada. Se extiende este requisito a toda la documentación que, en cualquier soporte, esté en posesión del adjudicatario relativa a los servicios objeto xxx xxxxxx.
La empresa adjudicataria deberá presentar a la comisión de control y seguimiento, con la frecuencia que se determine, la información sobre las actuaciones, acciones, seguimiento del
plan de mantenimiento correctivo y preventivo y cualquier otro dato de interés que se
determine.
El Órgano de contratación, a propuesta de la comisión de control y seguimiento, (formada
por técnicos municipales y el concejal de deportes), en caso de incumplimiento de los
obligaciones y servicios objeto del contrato, previa tramitación del reglamentario expediente y con audiencia del contratista, podrá imponer las sanciones especificadas en el presente pliego, en base a las penalidades señaladas por la Dirección Técnica, las cuales se especifican en el siguiente apartado.
XIX. RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES.
A. INFRACCIONES:
x. Xxxxxx leves:
.- El trato no respetuoso e indebido hacia los usuarios o personal de la instalación.
.- La falta de uniformidad e identificación del personal obligado a ello.
.- Descontrol y falta de conservación y cuidado con el material deportivo proporcionado.
.- La manipulación inadecuada de productos, maquinaria, fuentes de energía, etc, que por su importancia no sea susceptible de ser considerada grave o muy grave por los técnicos de la Concejalía de Deportes.
.- Cualquier otro incumplimiento de sus obligaciones que no tengan la consideración de falta grave o muy grave.
x. Xxxxxx graves.
.- No acatar las normas, instrucciones o indicaciones emanadas de la Concejalía de Deportes, para el correcto funcionamiento del servicio.
.- El incumplimiento de las obligaciones recogidas en el presente pliego y en la oferta presentada por la propia empresa.
.- No realizar las sustituciones oportunas del personal de la instalación.
.- La no contratación o cancelación de las pólizas de seguro a las que está obligado a contratar.
.- La deficiencia en las tareas y cometidos del personal contratado para los servicios en las instalaciones deportivas.
.- La obstrucción por el adjudicatario de la labor de control e inspección municipal siempre que se trate de actos reiterados que no tengan la consideración de falta muy grave.
.- La reiteración, concurrencia y acumulación xx xxxxxx leves, (un total xx xxxx faltas leves en un periodo anual) implicará una falta grave.
x. Xxxxxx muy graves.
.- La prestación del servicio por menos personal del concretado y exigido en el presente
pliego o que no esté contratado legalmente.
.- La responsabilidad directa, por negligencia grave e inexcusable del adjudicatario que
ocasionara daños físicos de manifiesta gravedad a los usuarios.
.- El incumplimiento reiterado de los horarios, así como otras similares que supongan un perjuicio grave al servicio.+
.- Cualquier conducta constitutiva de delito.
.- La reiteración, concurrencia y acumulación xx xxxxxx graves, (un total de cinco implicará un muy grave en un periodo anual).
Las faltas no contempladas en este pliego se clasificarán por su analogía con las anteriores desde el punto de vista de su incidencia en la prestación del servicio.
B. SANCIONES.
a) Infracciones leves: apercibimiento y sanción económica entre 750 € y 1500 €.
b) Infracciones graves: apercibimiento y sanción económica entre 1501 € y 3000 €.
c) Infracciones muy graves: apercibimiento y sanción económica entre 3001 y 6000 €. El importe a la que ascienda la sanción podrá ser descontado de la facturación.
Además de los apercibimientos y sanciones, la empresa adjudicataria, con independencia del tipo de falta cometida, deberá, dependiendo de cada caso:
a) Reparar, subsanar y resarcir los daños ocasionados.
b) Resarcir económicamente los gastos ocasionados por la no prestación del servicio.
c) Resarcir los costes ocasionados si otra empresa tuviera que prestar el servicio debido a la dejación de la empresa adjudicataria.
El Órgano de contratación, a propuesta de la comisión de control y seguimiento, previos los trámites oportunos, tras una falta muy grave podrá dar lugar a la resolución del contrato, si así es considerado por el órgano competente de la administración local.
XX. OBLIGACIONES DEL CONTRATO.
Se consideraran esenciales todas las obligaciones estipuladas en los siguientes puntos:
a) La empresa adjudicataria se situará en la posición del anterior prestador del servicio quedando subrogada en los derechos y obligaciones laborales de aquel, con respecto al personal que trabaje en las instalaciones deportivas, objeto del contrato, en el momento de producirse el cambio de adjudicatario. Quedando obligada a mantener la antigüedad y categoría de todos y cada uno de los trabajadores. Se adjunta en el Anexo III relación nominal de los trabajadores. Esta apartado que definido y ampliado en el apartado X del presente pliego.
b) La empresa adjudicataria aplicará los mismos convenios colectivos por los que se rigen los recursos humanos dispuestos en el anterior contrato: II Convenio Colectivo Estatal
de Instalaciones Deportivas y Gimnasios y Convenio Colectivo del Sector de Piscinas e
Instalaciones Acuáticas de Madrid, salvo acuerdo de empresa aprobado por ambas partes.
c) Desde el momento en que se inicie el vinculo contractual, en su calidad de patrono, la empresa estará obligada al pago de los salarios antes del día 5 del mes posterior a la realización de los trabajos, la seguridad social, así como cualquier otro gasto o seguro que actualmente fuera obligatorio o en lo sucesivo lo fuera.
d) Todo el personal que preste los servicios objeto del presente pliego de condiciones pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento xx Xxxxx, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
e) El adjudicatario dispondrá del personal necesario para cubrir bajas por enfermedad, permisos, etc. Debiéndose sustituir de forma inmediata una persona por otra de igual perfil profesional y capacitación.
f) El adjudicatario no podrá emplear en ningún caso menos RR.HH de los estipulados en el presente pliego. Comunicará por escrito cualquier variación de la plantilla tanto si es baja o alta, como si se trata de una sustitución.
g) De darse el caso, cualquier incremento, disminución o modificación contractual de la plantilla, en parte o en su totalidad, deberá tener la autorización expresa por parte del Concejal de Deportes, para lo cual el adjudicatario realizará la propuesta correspondiente. Del darse el caso de una disminución o reducción de la plantilla, el precio de adjudicación del contrato
será actualizado teniendo en cuenta la parte proporcional de los costes de personal a los que se vea afectada esa reducción.
h) Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa adjudicataria, y el adjudicatario deberá poner a disposición de la Concejalía de Deportes los documentos mensuales que lo certifiquen. El adjudicatario estará obligado, si así se lo solicita la Dirección Técnica, a acompañar, junto con la factura mensual, copias de los TC1 y TC2, debidamente diligenciados, en especial, en lo que se refiere a la justificación del abono correspondiente a la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos y cada uno de los trabajadores adscritos a la prestación del servicio, así como acreditación del pago de las nóminas correspondientes que constaten el abono de los salarios, a efectos de comprobación del cumplimiento de obligaciones legales por parte del contratista.
Además los técnicos municipales realizaran el seguimiento y evaluación del servicio
durante el plazo de vigencia del contrato, y en caso de apreciarse anomalías e
incumplimientos se dará cuenta a las autoridades y órganos competentes, incoando expediente administrativo de carácter informativo que recoja los incumplimientos detectados, disponiendo la empresa de 10 días hábiles para presentar alegaciones a los mismos, paralizándose automáticamente las facturas y los correspondientes abonos hasta la resolución del expediente.
i) El adjudicatario deberá velar por el cumplimiento de la normativa vigente de Seguridad y Salud Laboral.
j) La falta de decoro profesional, uniformidad en el vestir, y de la descortesía o mal trato que el personal de la empresa preste al usuario de las dependencias y público en general, será responsable el adjudicatario. La Concejalía de Deportes pondrá en conocimiento de la empresa las reclamaciones de los usuarios hacia el personal que presta los servicios objeto xxx xxxxxx, para la xxxxxxxx de las medidas disciplinarias correspondientes y establecidas.
k) Todo el personal de la empresa adjudicataria tendrá conocimiento de los planes de emergencia de cada instalación en las que desarrollen sus tareas.
l) La empresa adjudicataria redactará, presentará y pondrá en marcha el nuevo de plan de mantenimiento de instalaciones deportivas objeto del contrato según lo especificado en el apartado VIII del presente pliego.
m) La empresa adjudicataria, una vez implantado el nuevo plan de mantenimiento estará obligada al cumplimiento de todas las acciones previstas en el mismo, responsabilizándose de los resultados del mismo.
n) Anualmente la empresa adjudicataria realizará una auditoría interna sobre el mantenimiento de las instalaciones deportivas y de las acciones correctoras asociadas.
o) La empresa adjudicataria aportará todos los productos químicos y de limpieza, incluidos los necesarios para el mantenimiento del agua de las piscinas y consumibles, para que las instalaciones objeto del contrato estén en perfecto estado según las normativas vigentes en materia de sanidad, higiene y salud.
p) La empresa adjudicataria tendrá la obligación de tomar las medidas, con personal externo o propio del servicio, para la prevención y control de la legionelosis, cumpliendo
totalmente con lo estipulado el Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénicos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
q) La empresa adjudicataria deberá cumplir fielmente con los estipulado en el Decreto 58/92 e 28 xx xxxx Reglamento sobre condiciones higiénico sanitarias de la Región xx Xxxxxx.
r) La empresa adjudicataria aportará los utillajes, herramientas y medios necesarios para la realización del mantenimiento preventivo.
s) La empresa adjudicataria del servicio deberá entregar a todo el personal del servicio el vestuario adecuado para el desempeño de sus funciones, manteniendo en todo momento una uniformidad que los distinga. De igual modo estará obligada a dotar a los RR.HH de tarjeta identificativa.
t) La empresa adjudicataria, como sus trabajadores, deberán colaborar en la medida que se les requiera, para cuidad el servicio, en relación con los usuarios, para que se realice con eficacia y celeridad.
u) La empresa adjudicataria, como sus trabajadores, deberán colaborar con la Concejalía de Deportes, para el correcto desarrollo de los servicios deportivos prestados en cada una de las instalaciones deportivas objeto del contrato.
v) La empresa adjudicataria contratará una póliza de responsabilidad civil por daños
ocasionados a terceros que puedan derivarse del desarrollo de los servicios objeto xxx xxxxxx. El mencionado seguro deberá tener una cobertura mínima establecida en el Pliego de Condiciones Administrativas.
w) El adjudicatario queda obligado al mantenimiento del seguro durante la vigencia del
contrato, y a tal efecto acreditará ante la dirección técnica de la Concejalía de Deportes
anualmente el pago de la correspondiente prima.
x) Todos los trabajos para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el adjudicatario utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna de la prestación o prestaciones contratadas sin autorización escrita de la administración, estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado. En todo caso, el adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
y) Será obligación de la empresa adjudicataria y del personal adscrito a la misma involucrarse en los principios que orienten la política deportiva del Ayuntamiento xx Xxxxx – Concejalía de Deportes.
z) Cumplir con las instrucciones, órdenes y recomendaciones impartidas por los órganos municipales competentes encaminadas a la ordenación de la política deportiva municipal, y al mantenimiento y conservación adecuada de sus instalaciones.
aa) Cumplir exacta y escrupulosamente con cuantas obligaciones concretas vienen detalladas en este pliego, así como en el pliego administrativo para la prestación objeto del contrato.
bb) La empresa adjudicataria deberá cumplir lo estipulado en el Reglamento
Electrotécnico para baja tensión aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx.
XXI. AUMENTO DE LAS NECESIDADES DEL CONTRATO.
De conformidad con el artículo 106 del R.D.Leg. 3/2011, de 14 de noviembre, se advierte expresamente que el presente contrato podrá ser modificado en función del aumento de las necesidades, justificadas por la creación y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones deportivas municipales. En cualquier caso esta modificación no podrá afectar a un porcentaje del precio de contrato de 20%. El procedimiento que se seguirá se el determinado 211, 219 y 306, y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
En caso de creación y puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones deportivas municipales, se aplicara los mismo valores tenidos en cuenta en el pliego de prescripciones técnicas para el calculo del precio base de licitación, teniendo en cuenta así mismo, las posibles revisiones que corresponda, y todo ello en función de los medios materiales y personales que en funciones de las características de la instalación, sean necesarios.
XXII. DISPOSICIONES FINALES.
a) Las órdenes que para atender situaciones extraordinarias o imprevistas, respecto al objeto del servicio dicte el Concejal de Deportes o en su defecto el Director Técnico de la Concejalía de Deportes.
b) El contratista quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de la administración.
c) El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, con arreglo en lo establecido en el TRLCSP.
d) Será por cuenta del adjudicatario indemnizar, conforme a lo dispuesto en el TRLCSP, los daños que se originen a terceros. Si por cualquier causa fuera impuesta al Ayuntamiento xx Xxxxx responsabilidad principal o subsidiaria derivada de relación laboral por autoridad, organismo o tribunal, la empresa vendrá obligada a resarcirle del importe económico de dicha responsabilidad; en tal caso el Ayuntamiento xx Xxxxx, previa notificación, procederá a deducir la cantidad a resarcir de la facturación pendiente de abono.
e) El contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que ellos hubiere.
Lorca, 10 xx xxxxx de 2.013 DIRECTOR TÉCNICO
CONCEJALÍA DE DEPORTES.
Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx
XXIII. ANEXOS.
Anexo I: Mantenimiento de los Campos de Fútbol Natural y Artificial. Complejo Futbolístico Artes Xxxxxxxx, Pista de Atletismo del Complejo Deportivo La Xxxxxxxxxx y Campo de Fútbol Alfonso Embarre.
El complejo Futbolístico Ciudad xx Xxxxx está ubicado en la pedanía de La Xxxxxxxxxx, junto el hospital Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxx y el Complejo Deportivo La Xxxxxxxxxx (en esta instalación está la pista de atletismo incluida en este apartado xxx xxxxxx).
Se trata de un recinto deportivo xx xxxxxx de fútbol de césped natural y artificial, características:
- Campo de fútbol del Estadio Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx:
• Campo de césped natural, dotado de sistema de xx xxxxx por aspersión y drenaje.
• Terreno de juego de 105 m. x 68 m.
• Medidas rectángulo de juego 110 m x 73 m.
- Campos de fútbol anexos al Estadio Artes Xxxxxxxx.
• Campo de fútbol Xxxx Xxxxxxxx “Xxxxxx”. Césped artificial, rectángulo de juego de 106 m x 66 m.
• Campo de fútbol de Xxxx Xxxxxxx Xxxxx. Césped artificial, rectángulo de juego de 98 m x 60 m.
• Campo de fútbol 7. Terreno de césped natural con rectángulo de juego de 60 m x 40 m.
- Pista de Atletismo. Zona interior.
• Césped natural, dimensiones del terreno o campo de juego de 102 m x 62 m.
Las obligaciones con respecto a esta instalación por parte del adjudicatario será el
mantenimiento integral de los xxxxxx xx xxxxxx artificial y natural, que englobará los
siguientes conceptos, de obligado cumplimiento.
1. Asesoramiento Técnico:
a)- Analítica de tierras y xxxxx xxx xxxxx del campo hierba, inicialmente (dentro de los primeros 15 días naturales desde la firma del contrato), para determinar sus propiedades más relevantes en cuanto a su mantenimiento posterior, PH, C.E., salinidad, textura, etc., reflejándose los resultados en los informes correspondientes que se remitirán a los técnicos designados por la Concejalía de Deportes.
Posteriormente y durante el mes de enero de cada año, se realizaran nuevos análisis relativos a todos los aspectos anteriores y de acuerdo con lo especificado en el plan de mantenimiento especificado por el adjudicatario, remitiéndose los informes a los técnicos designados por la Concejalía de Deportes.
b).-Plan de mantenimiento anual de los campos, tanto de hierba artificial como natural, que será entregado dentro de los primeros 15 días naturales, a partir de la firma del contrato, y reflejará como mínimo las actuaciones relacionadas con los siguientes aspectos:
- Abonados
- Tratamientos fitosanitarios
- Altura de siega
- Labores especiales
- Labores de acondicionamiento diario
- Mantenimiento de los sistemas xx xxxxxx y drenajes
- Resiembras y labores de reposición de daños por eventos desarrollados en los campos.
c).- Una visita técnica mensual al campo de hierba natural , para realizar un seguimiento de
la totalidad de las labores contenidas en el plan de mantenimiento, dentro de los quince
primeros días naturales del mes en curso, tomando como fecha de referencia para la primera y sucesivas visitas, el primero de mes, siguiente a la firma del contrato.
De los resultados de las visitas se emitirán informes técnicos por escrito, analizando todos los aspectos que sean relevantes para su mantenimiento, a saber (fertilización, tratamientos,
xxxxx, xxxxx, trabajos de acondicionamiento, etc.), y recomendando en su caso las
modificaciones adecuadas de los planes de mantenimiento anuales que correspondan, que serán entregados a los técnicos designados por la Concejalía de Deportes, dentro los quince días naturales posteriores a la fecha de visita.
El horario de visitas habrá de ser compatible con el de los técnicos municipales designados por la Concejalía de Deportes.
d).- Atención permanente del ingeniero técnico y técnicos especialistas de la empresa adjudicataria, para atender cualquier consulta relacionada con el objeto del contrato. Dicha atención no podrá demorarse más de 24 horas y las respuestas, en el caso de no ser inmediatas, no podrán demorarse por un espacio superior de 72 horas desde el momento de la consulta, y en el caso de que así sea requerido, serán remitidas a los responsables del Ayuntamiento por los medios que sean indicados (postal, Mail, fax, etc.).
e).- Garantía de contacto directo y permanente con la tecnología más avanzada en
materiales, productos y maquinaria para el mantenimiento xx xxxxxxxx deportivos,
concretándola en la elaboración de documentos y su posterior entrega a los técnicos municipales designados por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de información sobre ello.
f).- Realización de los seguimientos estadísticos de mantenimiento, que habrán de ser
puestos a disposición de los técnicos municipales designados por la Concejalía de Deportes.
g) La empresa adjudicataria emitirá un informe inicial del estado de las instalaciones, dentro de los quince primeros días a partir de la fecha de formalización del mismo, recogiéndose las actuaciones necesarias para su puesta en funcionamiento.
2.- Regeneración otoñal anual del césped natural de los campos, incluyendo maquinaria, productos y mano de obra, que incluirá:.
Cada otoño se realizará una labor de regeneración de los campos de hierba natural, corriendo todos los gastos que se originen (maquinarias, semillas, abonos, arenas, descompactadores, deshumectantes, productos fitosanitarios, etc.) por parte de la empresa adjudicataria, así como los herbicidas sistémicos y de contacto especiales para xxxxxxxx, que serán usados bajo la dirección técnica de la empresa adjudicataria, antes y después de realizar y finalizar los trabajos de regeneración.
Esta regeneración constará de las siguientes actuaciones: a).- Aireado de profundidad.
b).- Escarificado y recogida de restos. c).- Resiembra
d).- Recebado
Todas estas labores se realizarán con las maquinarias pertinentes (aireadores suspendidos para xxxxxxxx con ruedas de alta flotabilidad, escarificadores con sistemas de recogida de restos, resembradoras de precisión con las mezclas oportuna xx xxxxxxxx, recebadoras- enarenadoras, etc.), y serán complementadas con los tratamientos descompactantes mediante la adición de los humectantes y aportes nutricionales específicos mediante abonos de liberación para xxxxxxxx a través de abonadoras.
3.- Suministro
El adjudicatario vendrá obligado a suministrar los productos fitosanitarios, semillas, fertilizantes, liquido de marcaje, etc., durante el resto del periodo de mantenimiento anual, así como los lubricantes y combustibles necesarios para desarrollar las labores diarias de mantenimiento en los campos de hierba artificial y natural, incluyendo cualquier producto o elemento necesario para el correcto mantenimiento, y como mínimo los productos que se indican a continuación:
- Semillas de césped deportivo para resiembras.
- Semillas de césped deportivo para siembras.
- Fertilizantes de lenta liberación específicos para xxxxxxxx deportivos.
- Fertilizantes de liberación controlada específicos para xxxxxxxx deportivos.
- Fertilizantes minerales de absorción rápida de formulaciones especificas para césped deportivo.
- Fertilizantes líquidos especiales.
- Fertilizantes foliares.
- Insecticidas.
- Fungicidas.
- Herbicidas selectivos.
- Bioestimulantes enraizantes.
- Bioestimulantes foliares.
- Arena de recebo.
- Turbas para recebo.
- Quelatos.
- Agentes complejantes.
- Surfactantes no iónicos.
- Fijadores de nutrientes.
- Productos para la limpieza de la cuba de pulverización.
- Líquido de marcaje.
- Lubricantes.
- Combustibles para la maquinaria necesaria.
- Caucho granulado para recebo de césped artificial.
4.- Trabajos de mantenimiento.
Las labores básicas del mantenimiento del césped tanto natural como artificial, serán como mínimo las siguientes:
- Segar.
- Abonar.
- Arreglar restregones.
- Resembrar calvas.
- Recebar
- Realizar tratamientos fitosanitarios
- Realizar tratamientos especiales
- Xxxxxx xxxxxx
- Limpiar la maleza de los campos
- Mantener el césped limpio de restos, etc.
- Cepillar y recebar cuando sea necesario el césped artificial
- Controlar el riego de todos los campos de fútbol tanto de césped artificial como natural.
5.- Realización de aquellos trabajos de mantenimiento puntuales
Serán los no realizados en las labores de regeneración ni en las básicas de mantenimiento, tales como aireados, escarificados o resiembras puntuales, para estas labores, la empresa dispondrá de los técnicos necesarios en la dirección.
6.- Maquinaria esencial y utillajes para el mantenimiento de todos los campos
Las empresa adjudicataria aportará los utillajes y maquinarias necesarias para el perfecto
desarrollo de la labores de presentación de las ofertas.
7.- Personal
mantenimiento, concretándolas en una relación dentro de la
Independientemente de los horarios de apertura de la instalación, para el desarrollo de actividades deportivas determinadas por la Concejalía de Deportes, y que serán especificados en otro apartado de este pliego, debido a las características particulares de estas instalaciones,
ya que su mantenimiento ha de ser continuado, la empresa adjudicataria dispondrá los
horarios de actuación y tareas de tal manera que durante los periodos vacacionales, días
festivos, eventos especiales, días de liga, etc, al menos este en la instalación uno de los
operarios para garantizar la resolución de problemas durante estos eventos o vacaciones.
Concretamente y de forma dispondrá de:
específica para esta instalación la empresa adjudicataria
- Un oficial especialista en mantenimiento de áreas verdes a jornada completa.
- Un oficial especialista en mantenimiento de instalaciones a jornada completa.
- Un peón de mantenimiento a media jornada; al servicio de las instalaciones objeto de este pliego, debiendo estar lo suficientemente preparado y adiestrado en el manejo de la maquinaria esencial para realizar su trabajo.
Por último se deberá tener en cuenta, una bolsa de 15 horas semanales, entre mañanas y competiciones, de atención a los equipos que usan el estadio de césped natural.
Anexo II: Resolución ERE trabajadores Complejo Deportivo Europa “Consejería de Educación, Formación y Empleo – Dirección General de Trabajo”.
Anexo III: Relación nominal de los trabajadores afectados por el ERE y retribuciones a aplicar una vez incorporados al servicio.
Nota: Para los trabajadores afectados por el ERE, se presenta el cuadro siguiente, ya que en la última nómina que tuvieron antes del ERE, no están actualizadas, en base a su convenio de aplicación.
Cuadro a tener en cuenta en las retribuciones salariales.
Trabajadores que pertenecen al "Convenio Colectivo del Sector de Piscinas e Instalaciones Acuáticas de la Comunidad de Madrid" | |||||||||||
Nº | T.JOR. | PERSONAL | SITUACIÓN. | CATEGORIA O GRUPO PROFESIONAL. | Salario Base | Antigüedad | P.Convenio | Gratificación | Plus de Transporte | Total Devengado (Bruto) | Antigüedad. |
2 | JOR.COMP | R.F.C | ERE | OFICIAL DE OFICIO. | 965,06 € | 468,07 € | 170,28 € | 138,05 € | 0,00 € | 1.741,46 € | 27/10/1995 |
3 | JOR.COMP | JJ.G.A | ERE | OFICIAL DE OFICIO. | 965,06 € | 449,66 € | 170,28 € | 138,05 € | 0,00 € | 1.723,05 € | 02/11/1995 |
4 | JOR.COMP | JF.G.S | ERE | AYUDANTE DE MAQUINISTA | 935,95 € | 149,76 € | 165,24 € | 110,32 € | 0,00 € | 1.361,27 € | 09/03/2006 |
5 | JOR.COMP | C.M.M | ERE | AYUNDANTE MAQUINISTA | 935,95 € | 149,76 € | 165,24 € | 110,32 € | 0,00 € | 1.361,27 € | 01/09/2005 |
6 | JOR.COMP | R.T.M | ERE | SOCORRISTA. | 984,35 € | 157,48 € | 173,70 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.425,71 € | 01/08/2005 |
7 | JOR.COMP | R.B.L | ERE | SOCORRISTA | 984,35 € | 157,48 € | 173,70 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.425,71 € | 01/02/2006 |
8 | JOR.COMP | AB.B.I | ERE | SOCORRISTA | 984,35 € | 236,24 € | 173,70 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.504,47 € | 01/04/2003 |
9 | JOR.COMP | A.L.J | ERE | SOCORRISTA | 984,35 € | 236,24 € | 173,70 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.504,47 € | 01/04/2003 |
10 | JOR.COMP | L.S.C | ERE | SOCORRISTA | 984,35 € | 157,48 € | 173,70 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.425,71 € | |
11 | JOR.COMP | M.S.M | ERE | LIMPIADORA | 859,94 € | 137,58 € | 151,77 € | 130,08 € | 0,00 € | 1.279,37 € | 01/09/2005 |
12 | JOR.COMP | D.J.M | ERE | LIMPIADORA | 859,94 € | 68,79 € | 151,77 € | 130,08 € | 0,00 € | 1.210,58 € | 01/04/2011 |
13 | JOR.COMP | J.H.E | ERE | LIMPIADORA | 859,94 € | 206,38 € | 151,77 € | 130,08 € | 0,00 € | 1.348,17 € | 18/08/2003 |
14 | JOR.COMP | MJ.M.S | ERE | LIMPIADORA | 859,94 € | 343,97 € | 151,77 € | 130,08 € | 0,00 € | 1.485,76 € | 10/03/1997 |
15 | JOR.COMP | V.P.S | ERE | AYUNDANTE DE OFICIOS. | 906,03 € | 362,41 € | 164,66 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.543,28 € | 02/10/1995 |
16 | JOR.COMP | MD.C.M | ERE | AYUNDANTE DE OFICIOS. | 906,03 € | 286,24 € | 164,66 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.467,11 € | 24/06/1998 |
17 | JOR.COMP | M.C.P | ERE | AYUNDANTE DE OFICIOS. | 933,22 € | 367,42 € | 164,66 € | 110,18 € | 0,00 € | 1.575,48 € | 03/03/1997 |
18 | MEDI JOR | M.G.C | ERE | MONITOR DEPOR. | 561,63 € | 89,85 € | 105,14 € | 0,00 € | 0,00 € | 756,62 € | 01/12/2006 |
Trabajadores que pertenecen al " II Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios" | |||||||||||
Nº | TIPO DE JORNADA. | PERSONAL | SITUACIÓN. | CATEGORIA O GRUPO PROFESIONAL. | Salario Base | Antigüedad | P.Convenio | Gratificación | Plus de Transporte | Total Devengado | |
19 | JOR.COMP | F.M.R. | ERE | OFICIAL DE 2ª MANTENIMIENTO INSTAL. | 935,95 € | 74,88 € | 165,24 € | 110,32 € | 0,00 € | 1.286,39 € | 19/04/2010 |
Anexo IV: Documentos facilitados por la empresa saliente con el fin de hacer una correcta valoración de los costes de personal.
Anexo V: Tratamiento de festivos en las instalaciones deportivas objeto del contrato.
DÍAS DE CIERRE TOTAL DE LAS INSTALACIONES:
En los siguientes días todas las instalaciones permanecerán cerradas todo el día:
- Año nuevo (1 de enero).
- Día xx xxxxx (6 de enero).
- Jueves santo. * (Excepto Complejo Deportivo Europa)
- Xxxxxxx xxxxx.
- Fiesta del trabajo (1 xx xxxx). * Excepto Complejo Deportivo Europa.
- Día de la Región xx Xxxxxx (9 xx xxxxx). *Excepto C. Deportivo Europa.
- Asunción de la virgen (15 xx xxxxxx).
- Navidad (25 de diciembre). Nota: * Abrirá en horario de mañana.
DÍAS DE CIERRE PARCIAL DE LAS INSTALACIONES:
En los siguientes días las instalaciones abrirán por la mañana y cerrarán por la tarde:
- San Xxxx (19 xx xxxxx).
- Xxxxxxx xx xxxxxxx
- Virgen de las huertas (8 de septiembre).
- Fiesta nacional (12 de octubre).
- Todos los xxxxxx (1 de noviembre).
- San xxxxxxxx (23 de noviembre).
- Día de la constitución (6 de diciembre).
- Día de la xxxxxxxxxx (8 de diciembre).
- Nochebuena (24 de diciembre).
- Nochevieja (31 de diciembre).
PERIODO DE CIERRE DE LAS INSTALACIONES POR VACACIONES:
- COMPLEJO DEPORTIVO DE SAN XXXXXXX:
Permanecerá cerrado julio y agosto
- PABELLÓN MUNICIPAL DE LAS ALAMEDAS
Permanecerá cerrado Julio y Agosto
- PABELLÓN MUNICIPAL DE LA HOYA
Permanecerá cerrado julio y agosto
- PABELLÓN MUNICIPAL DE ALMENDRICOS
Permanecerá cerrado en agosto
- CAMPO DE FÚTBOL XXXXXXX XXXXXXX
Permanecerá cerrado la primera xxxxxxxx xx xxxxxx.
Xxxxx, 3 de enero de 2.013 DIRECTOR TÉCNICO CONCEJALÍA DE DEPORTES.
Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxx
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