Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE RIGE LOS CONTRATOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DEL ÁREA TERRITORIAL DE MADRID-NORTE DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
1. OBJETO DEL CONTRATO Y RÉGIMEN JURÍDICO
1.1 Es objeto del contrato la explotación del servicio de cafetería del IES XXXXXX XXXXX situado en la xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx 0 x 0, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxxxx).
1.2 El servicio de cafetería se ejecutará según las prescripciones consignadas en este Pliego y en las especificaciones que se detallan en las correspondientes prescripciones técnicas que figuran en el ANEXO I de este documento.
Para lo no previsto en él se aplicará lo dispuesto en la legislación vigente en materia de contratación administrativa.
2. VALORACION DEL SERVICIO Y PRESUPUESTO MINIMO DE LICITACION
2.1. El canon por la contraprestación del servicio de cafetería deberá cubrir como mínimo los gastos de funcionamiento que serán atendidos con cargo al presupuesto del Centro (agua, gas, electricidad, conservación, etc.) sin que su importe pueda considerarse especulativo.
2.2. El canon mínimo de la licitación será de MIL VEINTE EUROS AL AÑO y se abonarán al Centro docente por el adjudicatario del servicio en doce mensualidades.
Los indicados fondos se ingresarán en la c/c del Centro y formarán parte de su presupuesto de ingresos en el epígrafe: Recursos por autonomía de gestión (Decreto 149/2000, art. 7.1.4.)
3. DURACION DEL CONTRATO
3.1. La duración del contrato será de 1 año desde el 16 xx xxxxx de 2.016 hasta el 15 xx xxxxx de 2.017. La empresa adjudicataria estará obligada a prestar el servicio, como mínimo, en los días hábiles señalados por el calendario escolar vigente.
3.2. El servicio contratado objeto de este Pliego podrá ser prorrogado tácitamente por períodos anuales hasta un máximo de tres años, incluidas las prórrogas, siempre que llegado el vencimiento del contrato ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con tres meses de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo o modificarlo.
4. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION
4.1. La adjudicación del contrato requerirá la instrucción previa de un expediente que se impulsará por el Centro docente recabando las ofertas cuando menos de tres empresas, haciéndolo público en el tablón de anuncios del Centro y fijando el plazo de presentación.
Recibidas las ofertas el Director propondrá su aprobación al Consejo Escolar del Centro y remitirá el expediente a la Dirección del Área Territorial de Madrid-Norte para su conformidad o reparos.
5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES
Los licitadores presentarán su oferta en sobre cerrado en la secretaría del IES XXXXXX XXXXX situado en la calle Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, 3 y 5, 28108 Alcobendas (Madrid) en el plazo xx xxxx días hábiles a partir de la fecha fijada para la presentación de ofertas, acompañada de los siguientes documentos:
a) Instancia solicitando tomar parte en la contratación del servicio (ANEXO II xxx xxxxxx).
b) Documentación que acredita la identidad del oferente y la representación con que actúe, incluyendo documento nacional de identidad, no caducado, del empresario individual. Si se trata de una Sociedad, escritura de constitución de la misma debidamente inscrita en el Registro Mercantil y poder con facultades suficientes para contratar con la Administración del Estado otorgado a favor de quien firme la proposición.
c) Declaración por la que el oferente se obligue al cumplimiento de todas las disposiciones vigentes sobre Protección a la Industria Nacional, Legislación Social, Estatutos de los Trabajadores y demás normas sobre la materia.
d) Recibo o fotocopia legalizada del mismo que acredite estar al corriente, en la fecha de la licitación, en el pago de la licencia fiscal del Impuesto de Actividades Económicas, correspondiente a la actividad concreta sobre la que se ofrece.
e) Certificación administrativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social de acuerdo con las disposiciones vigentes, expedidas por la correspondiente Agencia Tributaria y la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
f) Relación de servicios realizados durante los últimos cinco años para Servicios, Organismos o Entidades del Estado o particulares.
g) Declaración del oferente de no incurrir en las prohibiciones de contratar con la Administración establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
6. INSPECCION Y PENALIDADES
6.1 A los efectos previstos en las bases anteriores, la Dirección del Centro podrá levantar, cuando lo estime oportuno, las correspondientes actas de comprobación a fin de garantizar que tanto los medios personales como instalaciones del servicio de cafetería reúnen las condiciones óptimas de sanidad, salubridad e higiene, así como de la calidad de los productos alimenticios utilizados por la contrata.
6.2 Si por causas imputables al contratista, éste no cumpliera con sus contraprestaciones, el órgano de contratación podrá optar por imponer las penalidades previstas en la legislación vigente de contratos de las Administraciones Públicas o acordar la resolución a que se refiere la cláusula siguiente.
7. RESOLUCION DEL CONTRATO
7.1 Son causas de resolución del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor del contratista por el tiempo que reste de prestación del contrato, además de las previstas en el artículo 206 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (B.O.E. del 3/10/2007), la no prestación del servicio de forma unilateral durante dos días lectivos consecutivos o más, sin causa justificada que apreciará el órgano de contratación.
7.2 Acordada la resolución del contrato, previa audiencia del contratista, se dispondrá a la exigencia de una indemnización por los daños y perjuicios, que en su caso, se hayan causado a la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, salvo los casos de mutuo acuerdo y muerte del empresario individual.
8. JURISDICCION COMPETENTE
8.1 Se estará a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (B.O.E. del 3/10/2007).
Conocido y aceptado en su totalidad
En (lugar y fecha)
El CONTRATISTA
Fdo.
ANEXO I
CONDICIONES TECNICAS Y PARTICULARES
1. El servicio de cafetería se ajustará al horario que al efecto se establezca por la Dirección del Centro.
2. Queda prohibida la venta de tabaco y bebidas alcohólicas, según indica la Orden Ministerial de 7-11-89 (B.O.E. del 13).
3. La prestación del servicio de cafetería se destinará a profesores y alumnos del Centro, así como a las personas que para una gestión directa o personal acudan al mismo.
4. La prestación de los servicios de cafetería se ajustará, en cuanto a los precios de los desayunos y restantes artículos, a la lista de precios que, formulada por el concursante, acompañará a la oferta que haya servido de base a la adjudicación y se considerarán máximos sin que puedan ser objeto de revisión durante el plazo de vigencia del contrato.
A estos efectos las ofertas contendrán como mínimo los precios de los siguientes productos: (Relacionar infusiones, cafés, bebidas, bollería, bocadillos, etc..)
5. Los productos que se incluyan en las listas de oferta del servicio de cafetería por parte de los concursantes deberán ser de calidad normal-media en el mercado, así como ser suficientes en cuanto a cantidad.
6. La lista de precios de cafetería deberá estar expuesta a la vista del público en las instalaciones de aquella.
7. La limpieza de las dependencias e instalaciones de la cafetería, que corre por cuenta del adjudicatario, deberá realizarla después de que se haya cerrado al público y dentro del horario que la Dirección del Centro señale al efecto.
8. Respecto al personal que emplee el adjudicatario en la prestación del servicio objeto del contrato, está obligado, en su condición de Patrono, a dar cumplimiento a las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, y de seguridad e higiene en el trabajo, así como en materia de accidentes de trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, no implica responsabilidad alguna para la Administración.
9. El contratista se compromete a estar al corriente en el pago de todas las cargas laborales, sociales y fiscales derivadas de su condición de empresario, debiendo tener en todo momento a disposición del Centro los documentos que así lo acrediten y en concreto los impresos TC-1 y TC-2 de la Seguridad Social, sellados por la correspondiente oficina recaudadora.
10. Corresponderá al adjudicatario el abono de toda clase de impuestos, tasas, arbitrios y demás exacciones, debiendo dar cumplimiento a las disposiciones de carácter fiscal de todo orden.
11. Al momento de formalizarse el contrato, el adjudicatario firmará el inventario de los diversos elementos, aparatos y menaje de que consta la cafetería, asumiendo el compromiso de conservar todos ellos en perfectas condiciones de servicio, correspondiendo a su cargo todas las reposiciones y reparaciones a que hubiere lugar, así como los gastos de mantenimiento.
De no contar con el equipamiento, la aportación de los elementos antes relacionados correrán de cuenta del contratista.
12. El contratista deberá prestar el servicio de cafetería con un mínimo de personas. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de patrono, cumpliendo las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, referido al propio personal a su cargo.
13. El contratista será responsable del uso inadecuado de las llaves que se le entreguen para acceso a la cafetería.
14. En el supuesto de no prorrogarse el servicio o al transcurrir el plazo indicado en la Cláusula 3ª, el adjudicatario deberá retirar los enseres de su propiedad en un plazo máximo de 15 días.
Conocido y aceptado en su totalidad En (Lugar y fecha)
EL CONTRATISTA
Fdo.
ANEXO II
PROPOSICION ECONÓMICA
Don/Doña con N.I.F. natural de Mayor de edad y con domicilio en teléfono
actuando en nombre , conociendo las condiciones y requisitos para ofertar a la contratación del servicio de cafetería del , se encuentra en situación de acudir como ofertante a la misma.
A este efecto hace constar que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas que sirven de base a la contratación, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración y se compromete en nombre
a tomar a su cargo el mencionado servicio de cafetería, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por el precio total de Euros, y
SOLICITA le sea aceptada esta oferta según lista de precios que se adjunta.
Y a tal efecto acompaña la siguiente documentación:
1.-
2.-
3.-
4.-
En
FIRMA Y SELLO
CONTRATO DE CAFETERIA
En
Reunidos:
de una parte D/Xx en su calidad de Director del Área Territorial de Madrid-Norte.
De otra parte D/Xx , con N.I.F. y en representación de la Empresa con domicilio en , C.I.F. / N.I.F.
, quien declara no estar incurso en ninguna prohibición para contratar de las establecidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (B.O.E. del 3/10/2007), cumpliendo cuantos requisitos exige el citado texto legal.
CONVIENEN
1.- Que la empresa Asume la obligación de prestar el servicio de cafetería en el desde el día de de 20 hasta el de 20 , con arreglo a las previsiones del calendario escolar aprobado para el curso 20 / .
2.- El canon a pagar por el adjudicatario será de euros/anuales, a abonar (indicar la cantidad y el período o fechas concretas)
3.- El servicio se prestará con arreglo a las estipulaciones que se contienen en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que figuran como anexo a este contrato.
4.- En este documento se formaliza el contrato de prestación de este servicio, con las características reseñadas.
Y para que conste, se expide el presente documento, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.
LA CONSEJERA DE EDUCACION
(P.D.F. ORDEN 11634/2012 de 27 de noviembre
B.O.C.M. 3 de diciembre de 2012)
EL DIRECTOR DEL AREA TERRITORIAL POR LA EMPRESA DE MADRID NORTE
Fdo.: Fdo.:.