Contract
Ref: 47/665609.9/24
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE CLIMATIZACIÓN DE LOS CENTROS DE SALUD, CONSULTORIOS LOCALES Y OTROS EDIFICIOS DE LA DIRECCIÓN ASISTENCIAL ESTE DEPENDIENTES DE LA GERENCIA ASISTENCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD.
ÍNDICE
1. OBJETO DEL CONTRATO 2
2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO 3
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN 4
4. CONFORMIDAD DE LA CALIDAD 4
5. DETALLE DEL SERVICIO 4
5.1. GMAO 4
5.2. MANO DE OBRA Y PEQUEÑO MATERIAL 6
5.3. REVISIONES INICIALES, PRESUPUESTOS E INFORMES 8
6. INSTALACIONES 10
7. DESARROLLO OPERATIVO 13
8. MANTENIMIENTO 15
8.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO 15
8.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO 17
8.3. MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL 18
8.4. GESTIÓN DE GASES REFRIGERANTES 19
8.5. TRANSPORTE Y PUESTA A DISPOSICIÓN DE EQUIPOS PORTÁTILES DE CLIMATIZACIÓN 19
9. DISPONIBILIDAD 20
10. HORARIO 20
11. COORDINACIÓN CON OTRAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO 20
12. GESTIÓN DE CONTROL CENTRALIZADO DE LAS INSTALACIONES 21
13. SERVICIOS CERTIFICABLES 21
14. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS 22
14.1. DESMONTAJE DE MATERIALES O TRABAJOS NO ADECUADOS 22
14.2. GARANTIA 22
14.3. RESPONSABILIDADES 23
15. GESTION MEDIO AMBIENTAL 23
15.1. REQUISITOS EN MATERIA DE GESTIÓN AMBIENTAL 23
15.2. INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE CONDUCCIÓN ECOLÓGICA DE LOS VEHÍCULOS 25
15.2.1. OPTIMIZACIÓN DE RUTAS 25
15.2.2. FORMACIÓN CONDUCCIÓN EFICIENTE 25
15.2.3. INDICADORES DE CAMBIO DE VELOCIDAD (ICV) 26
15.2.4. VISUALIZACIÓN DE LA ENERGÍA CONSUMIDA 26
16. PROGRAMA DE GESTIÓN ENERGÉTICA 27
16.1. EVALUACIÓN PERIÓDICA DEL RENDIMIENTO DE LOS GENERADORES DE CALOR. 27
16.2. Evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío 27
17. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. COORDINACIÓN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL 28
17.1. OBLIGACIONES GENERALES 28
17.2. ACTUACIONES A LLEVAR A CABO ANTES DEL INICIO DE LAS ACTIVIDADES 29
17.3. ACTUACIONES A LLEVAR A CABO DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES 31
17.4. ACCIÓN PREVENTIVA 31
17.5. DOCUMENTACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA 32
17.6. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 33
18. NORMATIVA TECNICA 33
1. OBJETO DEL CONTRATO
El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y
condiciones de la prestación del servicio de Mantenimiento de las instalaciones de climatización y
otras instalaciones de los Centros de Salud, Consultorios Locales y otros Edificios de la Dirección Asistencial Este (en los sucesivo “los Centros”) dependientes de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud (en adelante GAAP).
En el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, se determina pues, el contenido de alcance del servicio de mantenimiento, a realizar en sus diferentes modalidades, es decir, conductivo, preventivo, correctivo, predictivo y técnico-legal, anexándose relación orientativa de equipos incluidos.
En el ámbito de aplicación se adjunta relación de los Centros de Atención Primaria objeto, salvo error u omisión. No obstante, si durante la vigencia del mismo se produjeran modificaciones por apertura o cierre de centros, se procederá a su regularización, ajustándose en consecuencia el importe del contrato, en función del coste medio por metro cuadrado resultante de la adjudicación, independientemente del número de instalaciones de que disponga el centro.
2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SERVICIO
La finalidad de la prestación objeto del presente contrato consiste en la consecución del mejor estado de las partes y elementos componentes de los equipos e instalaciones de climatización e instalaciones de energía solar térmica, de producción de agua caliente sanitaria y equipos frigoríficos, facilitando, asimismo, la obtención de las funciones y prestaciones que deben cumplir, minimizando las posibles paradas como consecuencia de averías y realizando las acciones correctoras, llevando a cabo los planes de mantenimiento preventivo que se fijen, y las de correctivo que sean necesarias, llevando un registro con el seguimiento estadístico de las incidencias y averías de cada equipo e instalación.
Se pretende garantizar la cobertura total de los requerimientos sobre las instalaciones a mantener que existan, tanto bajo un enfoque legal como de naturaleza técnica, efectuándose para ello todas las acciones técnicas y legales necesarias en los plazos más reducidos para, de esta forma, hacer posible la normal actividad de los centros, es decir, en las mejores condiciones posibles de confort ambiental, eficacia, eficiencia, disponibilidad, fiabilidad y seguridad de las instalaciones.
Para ello, la empresa adjudicataria aportará los recursos, materiales y humanos, mínimos requeridos, así como los medios auxiliares que sean precisos. En casos puntuales de necesidad, se podría requerir la dedicación temporal de un mayor número de recursos. La GAAP podrá exigir a la empresa adjudicataria la modificación y/o ampliación de la plantilla asignada, cuando, a su juicio, la calidad del servicio no sea la idónea.
La GAAP podrá contratar con otras empresas la realización de actividades propias del servicio del mantenimiento objeto del presente contrato cuando, cualesquiera que sean las causas sobrevenidas, la adjudicataria no realice algunas de las prestaciones contratadas o no pueda resolver de forma óptima las incidencias propias del servicio y de lo que se derive perjuicio para usuarios y trabajadores del Centro.
Todos los importes y gastos ocasionados por estas contrataciones serán de cuenta de la adjudicataria, quien, igualmente, asumirá la responsabilidad que se derive de tales trabajos a los efectos contemplados en el presente contrato.
Asimismo, la GAAP podrá contratar con otras empresas habilitadas y suficientemente acreditadas, la realización de reparaciones y sustituciones, cuando las ofertas de éstas sean más ventajosas para la Administración.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
A continuación, se adjunta relación de todos los centros de Atención Primaria. El objeto del presente contrato son los centros pertenecientes a la Dirección Asistencial Este. Puede consultarse su ubicación seleccionando “Panel de Control/Puntos/Centros sanitarios/Centros de salud y consultorios” en la siguiente dirección:
xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxxxxx/xxxxxxxxxx_xxx/#/xxxxxx
El servicio objeto del contrato comprende las instalaciones que se indican en el Anexo I.
4. CONFORMIDAD DE LA CALIDAD
La empresa adjudicataria deberá estar debidamente habilitada ante el órgano competente de la
Comunidad Autónoma, en los equipos o sistemas que vayan a mantener.
Si la empresa adjudicataria subcontrata otra empresa para prestar servicio en alguna instalación, dispondrá de los mismos certificados descritos anteriormente.
Se tendrán en cuenta las habilitaciones establecidas en el PCAP.
5. DETALLE DEL SERVICIO
5.1. GMAO
La GAAP dispone de un programa de gestión de mantenimiento asistido por ordenador, en adelante
GMAO, que será herramienta de uso obligatorio por el adjudicatario.
Actualmente la GAAP gestiona todos sus servicios con GMAO. A continuación, se establecen las obligaciones del adjudicatario con este programa o con otro que pudiera entrar en servicio en el transcurso de la ejecución de este contrato. El adjudicatario tendrá acceso vía web y app móvil al programa de gestión de mantenimiento para realizar las siguientes tareas:
• Visualizar y atender las incidencias o avisos (creadas por los centros o GAAP)
• Registrar todas las operaciones realizadas, provengan de avisos o del mantenimiento
preventivo o técnico legal
• Mantener y actualizar el inventario de equipos e instalaciones
• Crear avisos ante posibles averías detectadas en instalaciones o equipos, así como problemas de conservación en los edificios.
• Aporte de documentación gráfica o escrita requerida por la GAAP
• Al inicio del contrato la empresa adjudicataria deberá actualizar e incorporar todas las zonas básicas y activos que no estén bien definidos o no existan en el correspondiente GMAO, bajo las indicaciones de la Dirección Técnica de Obras, Mantenimiento y Servicios Generales, en adelante DTOMyS.
La GAAP tendrá acceso al programa de gestión de mantenimiento para realizar las siguientes tareas:
• Comunicar las incidencias o avisos
• Seguimiento del servicio
• Gestión del estado de las órdenes de trabajo
• Valorar el nivel de cumplimiento de las órdenes de trabajo generadas.
El adjudicatario trabajará vía web o app móvil, abriendo órdenes de trabajo, como paso previo, a partir de la recepción de los avisos, al objeto de ir dejando constancia de las operaciones realizadas desde la inclusión en GMAO del aviso, y procediendo al cierre de la pertinente orden de trabajo, salvo que no se pueda cerrar la incidencia por hacerse necesaria la provisión de repuestos. En este caso se reflejará el motivo en la orden de trabajo.
SERMAS proporcionará los usuarios necesarios para su uso, tanto a nivel de encargado como de
operarios, facilitando las claves de acceso y los permisos necesarios.
Los usuarios por parte de la empresa adjudicataria deberán identificarse adecuadamente en el software, mediante el uso de los usuarios nominales creados, identificativos y específicos de cada uno de ellos y deberán de adjuntar la documentación requerida por la GAAP.
La empresa adjudicataria deberá mantener actualizada la información del software, incluyendo el inventario así y como las operaciones de mantenimiento en él incluidas, actualizando cualquier cambio en la normativa al respecto, con la aprobación por parte xx XXXXXX.
La empresa mantenedora podrá, siempre con el permiso xx XXXXXX o quien ellos designen, la modificación y actualización de los protocolos de mantenimiento actualmente presentes en el software.
La empresa adjudicataria deberá atender las incidencias creadas en el software, gestionándolas por orden de prioridad y cerrándolas una vez la incidencia esté resuelta.
Para su uso, se crearán dos tipologías de usuarios:
• Un perfil de usuario encargado del contrato, con acceso a inventario y a las gamas de mantenimiento así y como a gestión de recursos y almacén. Finalmente, también podrá extraer informes de resultado de los trabajos realizados en los centros.
• Un perfil de usuario operario para la gestión de las órdenes de trabajo creadas, con acceso
limitado al inventario y operaciones de mantenimiento.
La empresa adjudicataria deberá identificarse al comienzo de los trabajos mediante la tecnología tipo NFC (Near-Field Communication), tanto al inicio de los trabajos como al finalizar los mismos, para tener un control de la estancia de los operarios en los centros.
La empresa adjudicataria recibirá las incidencias creadas por parte de los centros en forma de órdenes de trabajo de correctivo que deberá realizar y cerrar según las especificaciones propias xx XXXXXX.
La empresa adjudicataria deberá realizar un seguimiento y cerrar las órdenes de mantenimiento presentes en el software según protocolo de la GAAP, cumplimentando todos los campos requeridos.
Deberán incluirse fotografías del antes y después de la labor, que sean claras y donde se aprecien
los trabajos realizados en el edificio.
Para poder gestionar el software y cerrar las órdenes de trabajo en el propio centro, los operarios de la empresa mantenedora deberán usar la aplicación propia del GMAO xx XXXXXX en un dispositivo móvil, a cargo de la empresa adjudicataria.
5.2. MANO DE OBRA Y PEQUEÑO MATERIAL
Queda incluido en todos los trabajos objeto del contrato la mano de obra necesaria para su
ejecución, así como los gastos de desplazamiento de todos los trabajos.
Por regla general, todos los elementos o partes de la instalación objeto del presente contrato, que no funcionen debidamente o se encuentren averiados, serán reparados. Si por decisión de la empresa adjudicataria en aquellos elementos o piezas que procede su reparación, se decide optar por el criterio de sustitución en lugar de reparación, el coste derivado de dicha sustitución correrá a cargo de la empresa adjudicataria.
Si dichos elementos o piezas no pueden ser reparados se justicará debidamente y la GAAP estudiará su posible sustitución. La GAAP podrá requerir toda la información al respecto y la empresa adjudicataria tendrá la obligación de resolver todas las dudas que puedan surgir motivadas por dicha sustitución, con el fin de que el cambio quede justificado y se pueda proceder a su aprobación.
Están incluidos en el contrato los productos fungibles, consumibles y pequeño material utilizados de reposición inmediata para el correcto funcionamiento de los equipos en instalaciones y deben ser suministrados por el contratista sin cargo adicional, debiendo tener existencia de los mismos dentro de su "stock" en almacén.
A los efectos del presente pliego estos productos se clasifican como: Materiales fungibles
Se entenderá por materiales fungibles todos aquellos que se caracterizan por poseer una duración
de vida corta, bien de forma normal o aleatoria.
El suministro de los materiales fungibles correrá a cargo el contratista.
Entre los materiales fungibles consideramos de forma no exhaustiva, los siguientes:
Guarnición, prensaestopas en calidad ordinaria para reparaciones de equipos aislados.
Juntas de estanqueidad.
Filtros de gas.
Pequeñas cantidades de aislamiento térmico.
Manta filtrante de aire acondicionado.
Pernos y tornillos ordinarios, clavos, etc.
Fusibles, pilotos.
Cinta aislante, clemas de unión, bridas, terminales.
Trapos de limpieza de piezas y equipos
Otros materiales fungibles.
Materiales consumibles
Se entenderá por productos consumibles aquellos que se utilizan en los procesos de funcionamiento o mantenimiento de las instalaciones y se consumen de forma continua.
El suministro de productos consumibles correrá a cargo del contratista a excepción de los consumibles de operación tales como combustibles, energía eléctrica, etc.
Entre los materiales consumibles consideramos de forma no exhaustiva, los siguientes:
Aceite y grasas para engrase de equipos ordinarios
Productos de limpieza de piezas y elementos de reparación
Gases necesarios para el barrido, limpieza y detección de fugas de los circuitos con fluido refrigerante, tanto en caso de avería como en el de cambio del tipo de gas refrigerante
Productos desinfectantes etc.
Productos anticorrosión y desincrustante.
Filtros, bastidores y correas.
Rodamientos.
Estopa, cinta teflón, cinta aislante.
Oxigeno, acetileno, varillas de soldadura.
Otros materiales consumibles.
También se considera la escayola, placas de escayola y pintura que sea necesario reponer con
motivo de actuaciones concretas
Queda a elección del contratista la gestión de su stock disponible, siendo este siempre el único responsable de cumplir los plazos que se estipulan para la reparación de averías, independientemente del tiempo de entrega de piezas y repuestos de cualquier fabricante.
5.3. REVISIONES INICIALES, PRESUPUESTOS E INFORMES
Las empresas licitadoras podrán asistir a las visitas organizadas por la GAAP con el fin de conocer un centro de la Dirección Asistencial Este de cara a formular una oferta coherente con el estado actual de los centros.
La empresa adjudicataria asumirá el estado de conservación de los equipos e instalaciones. La GAAP no aceptará reclamaciones del adjudicatario basadas en el desconocimiento del mencionado estado.
La empresa mantenedora emitirá un informe inicial que contemple el estado actual de los equipos e instalaciones objeto del presente contrato, a entregar durante el primer mes de contrato, y de manera proporcional.
La empresa mantenedora comprobará en su primera revisión que cualquier sistema que contenga HFC incluirá una etiqueta, al menos en castellano, que indique lo siguiente, conforme a lo establecido por el artículo 10 del Rg (UE) 517/2014 y Rg de ejecución (UE) 2015/2068
“Contiene gases fluorados de efecto invernadero regulados por el Protocolo de Kioto”.
Nombres químicos abreviados de los gases de efecto invernadero.
Cantidad de gases fluorados de efecto invernadero (en kg) y ton CO2-eq..
Si procede, los términos “Sellado herméticamente”.
Estas etiquetas figurarán junto a los puntos de servicio para recarga o recuperación de los gases, o
en la parte del producto que contenga el gas.
Si en el momento de realizar alguna operación, los equipos no disponen de esa etiqueta (por haberse comercializado antes de que fuera exigible), la empresa mantenedora colocará una etiqueta.
En el caso de equipos que contengan sustancias que agotan la capa de ozono, en el momento de
realizar alguna operación, las empresas habilitadas colocarán una etiqueta que deberá contener:
Tipo de sustancia.
Cantidad de ésta contenida en los aparatos.
Elementos de etiquetado establecidos en el anexo I del Reglamento 1272/2008, para
las sustancias o mezclas clasificadas como peligrosas para la capa de ozono.
En caso de identificarse deficiencias en el informe inicial, o recomendaciones de reparación, modificación o sustitución, el adjudicatario deberá presentar propuesta informe y presupuesto. En el caso de que las deficiencias detectadas sean consideradas de gravedad, el informe deberá realizarse con carácter urgente.
El adjudicatario estará obligado a elaborar los informes y presupuestos que le sean requeridos, con
detallada descripción de los trabajos y materiales, así como los certificados pertinentes.
Todos los informes referentes a aquellos equipos, objeto del contrato, superiores a 70 kW estarán firmados, en todo caso, por un ingeniero competente en la materia, valorado en la memoria económica.
Los inventarios e informes se presentarán en soporte digital en el formato que indique la Administración, o se cumplimentarán directamente en el GMAO, sin perjuicio de la presentación en soporte papel cuando sea obligatorio legalmente, debidamente firmado y sellado por la empresa mantenedora. Los plazos máximos para la presentación de los presupuestos e informes son los detallados en la siguiente tabla:
Documento | Plazo máximo de entrega |
Informe y certificado revisión inicial de cada instalación | Quince días después de la revisión de cada centro, que debe realizarse en el primer meses. |
Informes y certificados resto revisiones | Una semana después de la revisión de cada centro, que debe realizarse dentro del periodo establecido |
Presupuestos y otros informes | Una semana desde el hecho causante (identificación de la necesidad o solicitud de la GAAP). |
Presupuestos urgentes y otros informes urgentes | 24 horas desde el hecho causante (identificación de la necesidad o solicitud de la GAAP). |
La empresa presentará los certificados por cada uno de los centros objetos del contrato, que se atendrán a los modelos oficiales, o, en su defecto, a los establecidos por la GAAP.
En el último mes de contrato personal designado por la GAAP realizará una inspección de los centros, acompañados por representantes del adjudicatario, levantando acta de la situación. Aquellos trabajos incluidos en el contrato y no realizados por el adjudicatario serán descontados de la factura.
Además, se realizará por la empresa adjudicataria un informe final de cada uno de los centros con
el objeto de dejar constancia de la situación de estos para la próxima mantenedora.
El adjudicatario elaborará por medio de un técnico competente los informes de las instalaciones que le sean requeridos por la Administración en el plazo máximo de una semana, excepto los de carácter urgente, que se entregarán en 24 horas.
En los presupuestos figurarán, como mínimo, los siguientes datos:
Medición, descripción, precio unitario, importe (desglose del tipo impositivo aplicable e importe total).
Validez de la oferta, plazo de entrega, plazo de ejecución.
Máquina afectada (marca, modelo y número de serie), y nº de pieza
Zona del edificio afectada.
Se realizará entrega a la persona designada por la Dirección de la GAAP, la persona en que delegue o directamente en el GMAO de todos los certificados y documentos sobre las inspecciones que la
reglamentación de la normativa vigente exija en cada momento, en el mes en que debiera
producirse.
La empresa adjudicataria realizará una correcta y adecuada gestión de las garantías de la maquinaria, equipos, accesorios, etc., de las instalaciones cuyo mantenimiento sea objeto de contratación.
6. INSTALACIONES
Las instalaciones a mantener en los centros de salud, consultorios locales y otros edificios
dependientes de la GAAP serán los siguientes:
- Instalación térmica: entendiendo como tal el conjunto instalaciones de producción de agua caliente para calefacción y agua caliente sanitaria, incluyendo todos sus equipos tales como calderas, instalaciones de energía solar térmica (desde la producción hasta el intercambiador de calor, bien directo o incluido en el acumulador), sistemas de bombeo, equipos de regulación, medición de consumos, valvulería, tubos, tuberías y redes de distribución, almacenamiento y distribución de combustible, tanques de expansión, depósito de condensados, intercambiadores, redes de distribución de fluidos(excepto agua caliente sanitaria a partir de las particiones que delimitan la sala técnica donde se encuentren los equipos de generación, por tanto todas las instalaciones dentro de dicha sala serán competencia de la empresa mantenedora), cuadros eléctricos, sistema de tratamiento de agua (anti-incrustantes, acondicionantes para tuberías xx xxxxxx galvanizado, etc… , excepto tratamiento legionelosis), etc., y cualquiera otros que, aún no encontrándose en el recinto del generador, fuese necesario para el correcto funcionamiento de los equipos o maquinaria en ella instalados. También será de su competencia las revisiones de naturaleza obligatoria en las calderas. En las calderas de gas quedarán incluidos todos aquellos equipos a partir del contador de la compañía. Están excluidos del mantenimiento los termos eléctricos.
- Instalación frigorífica: entendiendo como tal la instalación de refrigeración para producción de agua fría o climatización, incluyendo todos sus equipos tales como grupo frigoríficos, bombas, condensadores, evaporadores, xxxxxx de refrigeración, tubos, tuberías y redes de distribución, equipos de sistema generador, medición de consumos, valvulería, cuadros eléctricos, etc., y cualquier otro elemento que fuese necesario para el correcto funcionamiento de las máquinas y equipos en ella instalados.
- Cámaras y equipos frigoríficos: incluidas todas las cámaras y frigoríficos cuya finalidad sea tanto la conservación o congelación de compuestos y materias propiamente sanitarias (medicamentos, vacunas, nutrición, sangre, etc.), además de los cuadros eléctricos, sondas, termógrafos, juntas de goma o cualquier otro componente específico de los mismos equipos que fuese necesario para el correcto funcionamiento de las mismas.
- Instalación de acondicionamiento, tratamiento de aire, e instalaciones extractoras de aire: incluyendo todos sus equipos tales como climatizadores, extractores, fancoils, ventiladores, inductores, equipos autónomos de tratamiento de aire, equipos xx xxxxxxxxxxxx de aire autónomos, calefactores, radiadores, recuperadores, generadores de humedad, compuertas cortafuegos, cuadros eléctricos, cortinas de aire frío y calor, aires acondicionados portátiles,
sustitución de filtros, (se sustituirán en el plazo marcado por la normativa o, en su defecto, una vez al año) y el tipo del filtro será el marcado por la normativa o por el fabricante del equipo. Estará también incluida la retirada y gestión de residuos de los mismos, etc., así como sus sistemas de control de condiciones ambientales (temperatura, humedad, renovaciones, etc.).
- Instalación de combustible: entendiendo como tal la instalación de distribución, almacenamiento, sistemas de control y medida de gas natural y gasóleo para el suministro a generadores térmicos mencionados anteriormente, incluyendo cuadros eléctricos y cualquier otro elemento necesario para su correcto funcionamiento. Están incluidos en este contrato los depósitos de cualquier combustible y las bombas de trasiego y medidores, teniendo las empresas adjudicatarias la obligación de informar anticipadamente a la Administración de la necesidad del rellenado de los mismos, para lo que deberá disponer de los medios o herramientas necesarios. El adjudicatario será responsable, realizará las gestiones y asumirá los costes de limpieza y sanciones en aquellos casos en los que se produzca desbordamiento en la carga por haber facilitado una información incorrecta causante del desbordamiento, y procederán al suministro de gasóleo si por lectura incorrecta el depósito quedara vacío.
- Sistema de control de generador térmico, frigorífico y climatización: incluyendo todas las ayudas y coordinación de trabajos, así como la mano de obra de sustitución de los sistemas de control centralizado de gestión de instalaciones, eléctricas y de datos, cuadros eléctricos, y cualquier otro elemento necesario para su correcto funcionamiento, incluyendo la asistencia a la revisión de los puntos de medida del mismo a realizar por el servicio técnico oficial del fabricante de la instalación.
- Limpieza: de equipos y locales específicamente industriales, tales como la central térmica, central frigorífica, locales de grupos de presión, locales de climatizadores y equipos de tratamiento de aire (incluidos los accesos a los locales), salas técnicas o cualquier otro de similares características sobre los que actúe el personal de mantenimiento contratado. La empresa adjudicataria deberá mantener y limpiar los equipos, rejillas, difusores y cuartos de instalaciones de climatización, al menos una vez al año. Caso de producirse una avería por la no ejecución de las actuaciones citadas (aún estando certificadas), la factura derivada de la actuación será asumida por la empresa adjudicataria, aunque la reparación la realice una empresa externa que contrate la GAAP. También deberá eliminar los elementos extraños de las entradas exteriores de aire. En el supuesto de que existan animales (roedores, aves…) muertos dentro de las máquinas o conductos, será de su responsabilidad, la búsqueda, retirada y eliminación de los mismos. Además, colaborará estrechamente con la empresa de DDD en la localización, gestión y control de plagas dentro de las instalaciones objeto del presente contrato.
- Sistemas de tratamiento de circuitos hidráulicos: filtros desmineralizadores y componentes del mismo (resinas, cartuchos, etc), máquinas de microfiltrado, equipos decantadores, dispositivos de protección electroquímica y reguladores de pH, eliminadores de oxígeno, etc.
Asimismo, se incluyen los cuadros eléctricos, las protecciones, circuitería y maniobra que influyan directamente en los equipos objeto de este pliego y los sistemas informáticos de gestión de las instalaciones.
La empresa adjudicataria asumirá a su cargo la consecución de las licencias, códigos y claves específicas necesarias de cada equipo para efectuar el adecuado acceso, así como la visualización y el control (modificación y variación) de parámetros, con el fin de conseguir un correcto y adecuado funcionamiento de los equipos e instalaciones objeto del presente pliego.
Cualquier alteración en el estado de la instalación o de los acabados de paramentos y particiones producidas por reparaciones diversas en las instalaciones objeto del siguiente contrato, será corregida y devuelta a su estado de origen, es decir, cualquier abertura o registro que deba realizarse para acceder a las instalaciones será posteriormente corregida con tareas de albañilería, reposición de placas de escayola y pintura. Del mismo modo, las partes o elementos de instalaciones que sufran daños durante el proceso de reparación, serán corregidas y subsanadas sin cargo adicional para la GAAP.
Prestará su apoyo como responsable del mantenimiento de las instalaciones y se ocupará de mantenerlas en perfecto estado de funcionamiento, seguridad y rendimiento, avisando al personal responsable de la Gerencia de Atención Primaria de las posibles averías o desperfectos en cuanto se detecten.
La empresa adjudicataria tendrá la obligación de asistir y realizar las maniobras y trabajos necesarios cuando se realicen inspecciones reglamentarias y obligatorias de las instalaciones y de aquellas en las que se haga necesaria su presencia para la realización de trabajos o maniobras, a instancia de la Gerencia, como es el caso de los tratamientos para control y prevención de la legionellosis ejecutados por la empresa contratada al efecto.
Está incluido el cambio estacional verano/invierno de las instalaciones y el ajuste de temperaturas de los distintos despachos o consultas, para lo que deberá contar con personal suficiente, por encima de la plantilla mínima establecida si fuera necesario. La empresa adjudicataria presentará un cronograma con la previsión de los cambios estacionales de las instalaciones y una vez realizados informará de las fechas concretas en las que se ha ejecutado.
Cada cambio estacional deberá documentarse con el máximo detalle en cada una de las instalaciones y equipos objeto del presente pliego.
En el cambio estacional verano – invierno, se presentará cumplimentado, en el mes siguiente al fin de la época estival un “Informe técnico detallado de la situación” de cada equipo que haya prestado servicio, en dicho periodo.
De este modo, se pretende lograr que todas las instalaciones estén puestas a punto en el momento que vayan a prestar servicio y que se disponga de tiempo suficiente para reparar o sustituir dichos equipos en una época en la que no estén en funcionamiento para no interrumpir ni alterar la actividad asistencial.
7. DESARROLLO OPERATIVO
La empresa adjudicataria deberá contar en su plantilla y poner a disposición del contrato como
mínimo, y desde el inicio del mismo, el siguiente personal con carácter fijo al mismo:
1 Jefe de Obra, responsable del contrato con titulación de Grado en ingeniería, Ingeniero Industrial, técnico o superior, con un mínimo de 5 años de experiencia en contratos similares, redacción de proyectos, cálculos, presupuestos, ejecución de obra y mantenimiento de instalaciones de climatización de edificios (al menos dos años en contratos similares). Los medios materiales (informáticos, móviles...) serán por cuenta de la empresa y deberá estar localizado 24 horas. Será el interlocutor ante la Administración, y el encargado de organizar los trabajos, presupuestos, informes y facturación.
1 Encargado, con categoría de oficial de primera Frigorista-calefactor con los correspondientes carnés de instalador-mantenedor de instalaciones térmicas o titulación oficial de Técnico Especialista. Será de carácter exclusivo para este contrato. Tendrá una experiencia mínima xx XXXX años en contratos de mantenimiento de instalaciones y equipos de climatización. Se acreditará mediante los certificados de cursos de formación y carnés, además de declaración responsable haciendo constar los contratos en los que ha estado destinado, el inventario de equipos mantenidos en cada contrato, y las funciones que han realizado sobre los mismos. La GAAP comprobará la similitud entre las características del inventario objeto del presente contrato y la relación de equipos mantenidos con anterioridad en otros contratos. Realizarán trabajos propios de oficial y, además, se encargarán de un grupo de oficiales.
3 Oficiales, con categoría de oficial de primera Frigorista-calefactor con los correspondientes carnés de instalador-mantenedor de instalaciones térmicas o titulación oficial de Técnico Especialista. Serán de carácter exclusivo para este contrato. Tendrán una experiencia mínima de CINCO años en contratos de mantenimiento de instalaciones y equipos de climatización. Se acreditará mediante los certificados de cursos de formación y carnés, además de declaración responsable haciendo constar los contratos en los que ha estado destinado, el inventario de equipos mantenidos en cada contrato, y las funciones que han realizado sobre los mismos. La GAAP comprobará la similitud entre las características del inventario objeto del presente contrato y la relación de equipos mantenidos con anterioridad en otros contratos. Al menos uno de ellos dispondrá de carné de manipulador de gases fluorados para todas las cargas. Es decir, deberá estar habilitado y con certificación para la instalación, mantenimiento o revisión y manipulación de equipos con gases refrigerantes, tal y como indica el R.D. 115/2017 de 17 de febrero.
Además, la empresa adjudicataria dispondrá en su plantilla o subcontratará, según las prescripciones establecidas, de manera puntual en aquellas instalaciones que lo requieran, un oficial instalador electricista autorizado en baja tensión, categoría especialista, además, de un instalador reparador para P.P.L. (Productos Petrolíferos Líquidos) categoría III para todas aquellas actuaciones puntuales que puedan surgir durante el contrato.
Las empresas licitadoras aportarán un compromiso declarando que el personal ofertado para la ejecución de los trabajos del presente contrato será el que realmente ejecute las funciones propias
del contrato. En caso contrario, se actuará conforme a la clausula de penalizaciones que establece
el Pliego de Clausulas Administrativas.
Si así lo requiere la Administración, el Responsable del Contrato, fijará su puesto de trabajo en las dependencias de la Administración.
Todo el personal debe presentarse a primera hora de cada jornada laboral en un punto de encuentro, a concretar durante la ejecución del contrato y que podrá ser cambiante, para encontrarse con personal responsable de la GAAP, que verificará que el desarrollo del contrato se esta ejecutando conforme a lo establecido en las prescripicones técnicas del presente pliego. En estas puestas en común diarias se informará de la planificación diaria de los trabajos preventivos y correctivos, del grado de desarrollo del contrato, imprevistos, prioridades, etc.
Todo el personal estará adscrito preferentemente al Convenio Colectivo del Sector de Industria, Servicios e Instalaciones del Metal de Madrid sin excluir otro relacionado íntimamente con el objeto del contrato.
La Gerencia Asistencial de Atención Primaria se reserva el derecho a solicitar el relevo de cualquier trabajador de los relacionados anteriormente, por causas debidamente justificadas. Así mismo, el contratista cubrirá todas las ausencias del personal asignado al contrato sustituyéndolo con otros profesionales de la misma cualificación en caso de vacaciones, enfermedad, días de libre disposición, etc., comunicándolo fehacientemente a la Gerencia Asistencial con antelación de, al menos, 48 horas.
Los gastos originados en materia de personal serán siempre a cargo del adjudicatario, obligándose a cumplir todo lo relativo a la legislación laboral vigente, relaciones humanas, prevención de riesgos laborales de acuerdo a la legislación en vigor y especialmente en materia de Seguridad Social. Asimismo, el adjudicatario dotará al referido personal de todos los medios de seguridad necesarios.
La empresa adjudicataria deberá:
Disponer de todos los medios técnicos necesarios para la ejecución del contrato, tanto ligeros (herramienta de mano y eléctricos), como pesados (grúas, etc.), así como equipos de medida y calibración (voltímetro, multiamperímetro, óhmetro, termómetros, manómetro, osciloscopio, fuente de alimentación, sonómetros, luxómetros, anemómetro generador de señales, etc.).
Disponer de los medios técnicos necesarios para realizar los trabajos objeto de este pliego cumpliendo con los requisitos establecidos por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa desarrollada a partir de esta. Es decir, ningún trabajo dejará de realizarse por falta de medidas de seguridad, pues éstas deberán ser aportadas por la empresa adjudicataria.
Proveer al personal destinado a la ejecución del contrato de un teléfono móvil tipo smartphone para gestionar las órdenes de trabajo a través del GMAO. Cada oficial dispondrá de una furgoneta ligera por oficial. La empresa adjudicataria estará obligada a facilitar los números de teléfono móvil de los operarios a la Gerencia.
Disponer de Máquinas de Recuperación para la recuperación del gas refrigerante de las instalaciones, y de Botellas de Recuperación para almacenar los gases recuperados.
Deberá mantener un stock suficiente del material más utilizado, especificado en el punto
5.2. como correas, filtros, etc en cada uno de los centros, para su rápida sustitución.
Deberá disponer de un número suficiente de equipos portátiles de calefacción o refrigeración, para paliar, en caso necesario, las deficiencias de climatización, cuando no sea posible la resolución de una determinada avería en un plazo de 24 horas. El transporte e instalación será a cargo del adjudicatario.
La empresa dispondrá de electricistas para realizar acometidas auxiliares desde el cuadro general hasta los equipos en caso de que sea necesario, e instaladores reparadores de P.P.L. categoría III para el mantenimiento o reparación en depósitos.
8. MANTENIMIENTO
El servicio a prestar por parte del adjudicatario consta de los trabajos de mantenimiento preventivo, correctivo y técnico-legal, sobre la totalidad de la maquinaria, equipos, accesorios, etc., de las instalaciones a mantener.
El adjudicatario deberá realizar las acciones necesarias con el fin de conseguir un correcto desarrollo operativo del servicio, y así poder garantizar durante el mayor tiempo posible el funcionamiento del conjunto de las instalaciones en condiciones de fiabilidad y seguridad.
Los trabajos que se efectúen deberán seguir obligatoriamente los procedimientos de mantenimiento establecidos por el fabricante y/o instalador, por la reglamentación vigente y por el plan de mantenimiento propuesto previamente aprobado por la la GAAP o la persona en que delegue.
Los daños ocasionados por el personal del adjudicatario, bien de forma intencionada o por negligencia o ignorancia injustificable, en locales, mobiliario, instalaciones o equipos, serán responsabilidad del adjudicatario, lo mismo ocurrirá por pérdida o sustracción demostrada de valores, material o efectos propiedad de la GAAP. En materia de compensaciones por daños se actuará siempre conforme a juicio de la Dirección Técnica de Obras y Mantenimiento o la persona en que delegue, la cual podrá detraer la compensación que proceda del importe de las facturas que presente el adjudicatario. La empresa adjudicataria será responsable ante los Tribunales de Justicia de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal, sea propio o subcontratado, por el ejercicio de su profesión en los Centros.
El servicio de mantenimiento se prestará observando los siguientes tipos:
8.1. MANTENIMIENTO PREVENTIVO
El mantenimiento preventivo se realizará mediante una visita mensual a cada centro y por el sistema de gamas (no códigos). El mínimo de puntos que deberán incluir las gamas de mantenimiento preventivo, serán las relacionadas en las guías técnicas de eficiencia energética en instalaciones térmicas de edificios, del IDAE y del MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO, noviembre de 2005, así como las recogidas en el RITE RD 1027/2007 20 de Julio de 2007 y sus ITC 3 e ITC 4 y posteriores modificaciones que puedan afectar a dichas instrucciones.
El calendario en el que se asignará el día de visita y el operario a cada centro para la prestación del servicio de mantenimiento preventivo podrá ser modificado por la empresa adjudicataria, previa aprobación por la Gerencia de Atención Primaria, con el fin de optimizar el servicio y siempre que se cumpla con la normativa de aplicación.
Los partes de trabajo de mantenimiento preventivo se visualizarán diariamente a través del aplicativo web de GMAO, en formato electrónico con las gamas cumplimentadas, como requisito previo para tramitar la factura mensual. Deberán cumplimentar la orden y, si fuera necesario, enviar un archivo por centro, ser legibles, firmados por el centro y se especificarán las gamas realizadas y su respectivo código. Se incluirá la documentación gráfica necesaria para justificar las operaciones que se han realizado, que será comprobada por parte de la GAAP.
También se incluye en el mantenimiento preventivo la limpieza de chimeneas y conductos de evacuación de humos, a realizar antes de la puesta en marcha de la caldera (o anualmente, cuando proceda).
Las instalaciones técnicas se mantendrán de acuerdo con un plan de mantenimiento preventivo que cumpla con lo establecido en el apartado IT 3.3. Además, la empresa adjudicataria realizará todos los tipos de mantenimiento del conjunto de las instalaciones de gas, y no solo de las calderas, ya sean para producción de calefacción como las de producción de ACS y mixtas. También será de su competencia las revisiones de naturaleza obligatoria. A tal fin, deberá enviar el informe de dicha revisión a la GAAP antes del mes de noviembre de cada año. Esta revisión, incluirá como mínimo las siguientes pruebas y datos:
Revisión general de la caldera:
- Comprobación estanqueidad del circuito de gas
- Limpieza del circuito de humos, cámara de combustión, quemador e inyectores
- Comprobación de encendido, consumo de gas, estanqueidad circuito hidráulico
- Revisión del vaso de expansión
- Comprobación de presión del circuito de calefacción
Revisión de la instalación de calefacción
- Revisión del sistema de distribución y de aislamiento térmico
- Comprobación de emisores
Revisión de la instalación de gas/gasóleo
- Comprobación de estanqueidad (desde la llave del aparato hasta la caldera)
- Comprobación y limpieza de conducto de humos y chimenea
- Comprobación del tiro de conducto de evacuación
- Comprobación de las ventilaciones del local
Análisis de combustión
- Temperatura ambiente y de humos
- Contenido % CO2
- Contenido % O2
- Contenido ppm CO
- % rendimiento
- Perdida calor gases combustión.
Del análisis de combustión, adjuntarán en cada informe la lectura de cada una de las calderas.
Para las calderas de Gas-oíl se aplicará todo lo referido en el punto anterior, aplicado a las instalaciones con este tipo de combustible. Por ello quedan incluidos en el mantenimiento los grupos de trasiego, depósitos, chimeneas y toda la instalación en general.
En el caso de la sustitución o limpieza de filtros y baterías, debido a la particularidad del horario de trabajo de los edificios, la empresa adjudicataria deberá realizar dicha actividad fuera del horario de apertura (8:00h a 21:00h) cuando sea necesario, y sin cargo alguno para la Administración.
8.2. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
La empresa adjudicataria rectificará o subsanará los defectos observados en las instalaciones que impidan su normal funcionamiento y la reparación de las averías que se detecten en las visitas de mantenimiento preventivo, o por avisos que al efecto se produzcan. También deberán estar presentes, coordinar y ejecutar, cuando sea preciso, trabajos en elementos en instalaciones de climatización que correspondan a otras instalaciones, en concreto, compuertas cortafuego, incluido su rearme.
En cuanto a los avisos de avería, éstos serán clasificados como normales, urgentes ó críticos, dependiendo de las consecuencias de la avería y en particular de los siguientes aspectos:
- Riesgo para la salud del paciente y/o usuario.
- Interrupción de la actividad asistencial.
- Mantenimiento de parámetros de confort dentro del rango indicado por la normativa.
La clasificación de los avisos será a criterio de la persona que designe la Dirección de la GAAP o la persona en que delegue, estableciéndose unos tiempos máximos de respuesta y reparación en función del tipo de avería.
En cuanto a la definición de estos tiempos y a sus máximos permitidos se establece lo siguiente:
- Tiempo de respuesta se refiere al periodo de tiempo transcurrido entre la recepción del aviso y la revisión del equipo para la realización de la oportuna valoración.
- Tiempo de reparación se refiere al periodo de tiempo transcurrido entre la recepción del aviso y la reparación total de la avería.
RESPUESTA |
REPARACIÓN | |
NORMAL | 24 HORAS | 72 HORAS |
URGENTE |
| 48 HORAS |
CRÍTICO | INMEDIATO | INMEDIATO |
Las averías cuya resolución supere los tiempos marcados en los apartados anteriores, o se vaya a producir un retraso superior a una semana para la realización de tareas programadas, deberán ser documentadas de forma inmediata, por escrito y comunicadas la persona designada por la Dirección de la GAAP o la persona en que delegue, indicando el tipo de avería, el procedimiento de resolución, material necesario, motivos del retraso, plazo previsto de ejecución, etc. En todo caso, aportará soluciones provisionales, mientras la instalación no esté disponible. El coste de dicha solución será a cargo de la empresa mantenedora.
Para averías críticas se debe definir un Plan de Emergencias que contemple soluciones temporales y efectivas ante tales averías. En todo caso, las soluciones previstas serán aprobadas por la GAAP.
La empresa adjudicataria deberá disponer de un técnico de servicio 24 horas de respuesta para incidencias los 365 días del año. La comunicación será realizará de manera directa con el técnico asignado, no se derivará a centralita.
Los avisos para incidencias se darán directamente por el personal de la GAAP a la empresa adjudicataria, mediante los medios informáticos descritos en el punto 5.1 “GMAO”. No obstante, la empresa adjudicataria deberá contar con los equipos necesarios de telefonía, fax o correo electrónico, con capacidad suficiente para atender la demanda de todos los centros.
La puesta en marcha por reparación de la máquina que incluya cambio o reparación de compresor, deberá documentarse con el máximo detalle, presentando cumplimentado un “protocolo de puesta en marcha”.
8.3. MANTENIMIENTO TÉCNICO-LEGAL
El mantenimiento técnico legal será realizado de acuerdo a las especificaciones de los Reglamentos y Normas de aplicación, tanto de carácter general, comunitario, nacional, autonómico o local de obligado cumplimiento.
Se velará por el cumplimiento de la normativa legal aplicable a instalaciones y equipamiento en general, así como gestionar todos los libros de obligado cumplimiento, así como los informes reglamentarios. Será responsabilidad y a cargo del adjudicatario el control, conducción y ejecución del mantenimiento legal y la revisión de los circuitos de los equipos con gases refrigerantes según Reglamento (CE) 1005/2009 y RD 115/2017.
Los técnicos de la empresa adjudicataria presentarán los oportunos informes para el asesoramiento de la Administración, a efectos del cumplimiento de la legislación actual, así como de los cambios en la misma que afecten a las instalaciones y que se deban tener en cuenta.
Será la GAAP quien contratará los Organismos de Control Autorizado para llevar a cabo las inspecciones, siendo obligación de la empresa adjudicataria su acompañamiento y apoyo en las visitas reglamentarias para realizar las distintas maniobras y trabajos necesarios, ocupándose de mantener las instalaciones en perfecto estado y dar aviso a la DTOMyS de posibles averías o desperfectos en cuanto se detecten, con el fin de que dichas inspecciones tengan resultado positivo. La empresa mantenedora deberá llevar el control del calendario de revisiones a realizar por OCA
y/o empresas suministradoras, informando con la suficiente antelación a la GAAP de las próximas
inspecciones.
8.4. GESTIÓN DE GASES REFRIGERANTES
La empresa mantenedora debe prestar especial atención a las instalaciones que empleen gases fluorados y cumplir con lo establecido en los Reales Decretos 795/2010 y 138/2011 y en el RITE. Además, llevarán un registro de las cantidades y de los distintos tipos de gases instalados, de cualquier cantidad añadida y de la cantidad recuperada y eliminada, así como mantener registros de las operaciones.
El coste de la recarga de gas refrigerante producido por fugas reiteradas en circuitos, (producidas
dos o más veces posteriores a su última reparación), será asumido de la siguiente manera:
- El 50 % del coste será asumido por la GAAP.
- El 50 % del coste será asumido por la empresa adjudicataria.
Todas las reparaciones de pérdida de gas vendrán acompañadas de un informe técnico de la propia reparación, con ubicación exacta de la fuga, prueba de presurización y tipo y carga, especificada en Kg., del gas aportado, con documentación gráfica sufiente para justificar la reparación en su plenitud.
La empresa adjudicataria presentará mensualmente ante la Gerencia los certificados y registros
correspondientes por cada fuga que se produzca.
8.5. TRANSPORTE Y PUESTA A DISPOSICIÓN DE EQUIPOS PORTÁTILES DE CLIMATIZACIÓN
La empresa mantenedora, ante situaciones temporales de avería, indisponibilidad o falta de medios en las instalaciones de climatización, deberá aportar el número solicitado de equipos portátiles de generación de refrigeración o calefacción con el fin de reestablecer las condiciones de confort de la estancia o edificio.
A su vez, será responsable del traslado de dichos equipos desde el lugar donde se encuentren almacenados hasta los centros especificados en el ámbito de aplicación, así como entre los anteriores en función de las necesidades que vayan surgiendo, y correrá a cuenta de la adjudicataria.
Todo el material necesario que pueda ser utilizado para la correcta instalación y puesta en marcha de cada uno de estos equipos en las dependencias de la GAAP, estará incluido en el contrato, como pueden ser: mangueras de escape, elementos amortiguadores, cableado eléctrico, regletas, tubos flexibles, fijaciones, conectores, adaptadores, elementos de sellados, uniones, soportes, desembocaduras, etc. En cualquier caso, la instalación se considera “llave en mano”.
9. DISPONIBILIDAD
Como criterio general de calidad se establece un tiempo de disponibilidad (uptime) de los equipos cubiertos por este contrato del 95%, descontando el tiempo correspondiente a los mantenimientos preventivos programados.
DISPONIBILIDAD (UPTIME): tiempo en que el equipo está disponible para ser usado con todas sus funciones operativas, al margen de las horas xx xxxxxx por actuaciones de mantenimiento preventivo y programado, que en ningún caso será superior al 1,5 % del tiempo considerado como disponible. Se expresará en porcentaje, y deberá ser mayor o igual al 95%. Este indicador se marcará para un seguimiento trimestral por equipo.
La fórmula para dicho cálculo será:
Disponibilidad: D%= (HTDR/ HTD) x 100 Donde:
HTD = horas totales disponibles del equipo:
HTDR =Horas totales de disponibilidad real
HTD= 8.629= 8.760 horas (365 días x 24 horas al día) – 131 (1.5 % de 8.760).
10. HORARIO
La prestación del servicio se realizará durante el horario de apertura de los centros de Atención Primaria. El horario de los centros de salud y consultorios es, con carácter general, de 8:00 a 21:00 horas de lunes a viernes no festivos.
El horario del resto de centros (Puntos de Atención Continuada, etc.) es de 24 horas los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos y de 21:00 a 8:00 de lunes a viernes, excepto algunas instalaciones con horario ampliado.
La empresa adjudicataria deberá adecuar el horario para la realización de los trabajos si estos interfiriesen con la actividad sanitaria de los centros. Por ello, los trabajos a ejecutar fuera del horario de funcionamiento de los Centros, deberán ser informados a la Gerencia de Atención Primaria con un mínimo de 48 horas de antelación para autorizar la actuación y coordinar la apertura de los centros.
11. COORDINACIÓN CON OTRAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO
Se considera obligación del adjudicatario la coordinación con otras empresas de mantenimiento de
instalaciones de los centros (mantenimiento general, legionelosis, DDD, etc.), para resolver los
avisos urgentes que se produzcan fuera del horario de prestación ordinaria del servicio objeto de este contrato y en los que se requiera su intervención.
Estos avisos urgentes que se efectuarán al Servicio 24 horas, podrán ser cursados: por el propio responsable del centro sanitario, si se produce la incidencia en el horario de funcionamiento del mismo, por las empresas de seguridad, tras la constatación de la misma por el servicio de acuda ante una señal de alarma, o por los propios responsables de la GAAP directamente.
La GAAP, facilitará al adjudicatario las referencias de las otras empresas de mantenimiento, y en particular los teléfonos de sus propios servicios 24 horas.
La empresa adjudicataria recibirá en primera instancia todos los avisos de avería y en caso necesario transmitirá el aviso a la empresa correspondiente efectuando el oportuno seguimiento hasta la resolución del incidente.
En los centros e instalaciones objeto de este contrato se realizan numerosos trabajos por parte de otras empresas, en el horario de funcionamiento de los centros y, frecuentemente, fuera de ese horario, por las noches o en festivos y fines de semana.
12. GESTIÓN DE CONTROL CENTRALIZADO DE LAS INSTALACIONES
Dentro del mantenimiento preventivo, se tendrá especial cuidado en los equipos de control de gestión centralizada que comandan las instalaciones objeto del presente pliego. Se realizarán las operaciones de mantenimiento especificadas en el RITE, para sistemas generadores inferiores o iguales a 70 kW una vez por temporada, y para aquellos de más de 70 kW dos veces por temporada, cuando proceda.
La Gerencia facilitará al adjudicatario acceso remoto a los controles que dispongan de este tipo de acceso, excepto de aquellos que estén gestionados por terceras empresas contratadas por la Gerencia, en cuyo caso el adjudicatario deberá colaborar con ellas.
En Anexo II se relacionan los controles de sistema de climatización.
13. SERVICIOS CERTIFICABLES
El precio del servicio de mantenimiento de las instalaciones de climatización contempla la ejecución de la totalidad de las actuaciones recogidas en este pliego y demás documentos contractuales, por lo que la no ejecución por parte del contratista de alguna de sus obligaciones, repercutirá en el precio final abonado.
Dentro de las acciones a desarrollar en el servicio de mantenimiento se han identificado una serie de actuaciones que, por su singularidad, sumadas a una serie de obligaciones contractuales requieren el seguimiento de su ejecución.
Las empresas adjudicatarias descontarán mensualmente y de forma automática de la factura los
importes correspondientes a la parte variable por:
Las horas no prestadas, aplicando el concepto DESCUENTO POR ABSENTISMO NO CUBIERTO.
El importe de los mantenimientos preventivos o técnico legales recogidos en las
planificaciones que no hayan sido efectuadas.
Las discrepancias con los servicios no prestados a descontar de la facturación, se analizarán previamente a la emisión de cada factura, correspondiendo a la GAAP dar el visto bueno a la cuantificación y comprobación de la exactitud de los datos aportados por las empresas adjudicatarias y decidir, a la vista de los medios de prueba que se aporten, sobre la veracidad de esos datos y, en consecuencia, de los descuentos que se deben aplicar por servicios no realizados.
Todas las operaciones no registradas en el sistema GMAO, se entenderán como no prestadas y por lo tanto se tendrán que descontar de la factura variable de cada mes, por lo que las empresas deberán asegurarse de que todo su personal está adiestrado en su manejo y que lo utilizan correctamente.
Corresponde al adjudicatario acreditar la realización de las actuaciones, debiendo para ello aportar documentos acreditativos, según el modelo facilitado por la GAAP. Dichos documentos formarán parte de la documentación que deberá aportar con la factura y servirán de base para la conformidad de los pagos.
Para facilitar el control de la ejecución de estas actuaciones el adjudicatario estará obligado a planificar su realización de manera conjunta con la GAAP. Será esta última quien autorice la ejecución de los trabajos en las fechas propuestas, pudiendo aportar según su criterio, el momento cuando se realizarán, pudiendo ser en cualquier horario y cualquier día de la semana.
La singularidad de los trabajos permite la comprobación fehaciente de su realización por parte de la GAAP, durante su ejecución o con carácter posterior a la misma. La GAAP podrá informar negativamente o condicionalmente. En este último caso se dará un nuevo plazo de 10 días para aportar la documentación requerida.
14. INSPECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
14.1. DESMONTAJE DE MATERIALES O TRABAJOS NO ADECUADOS
La GAAP, durante la ejecución de los trabajos, tendrá la capacidad de ordenar al contratista por escrito el desmontaje y retirada de cualquier material que en opinión de aquélla no sea conforme con los requisitos del contrato, y sustituirlo con el adecuado dentro del período de tiempo que determine esta. En ningún caso la empresa queda liberada de ninguna responsabilidad u obligación que pueda ser aplicable conforme a las condiciones del contrato.
14.2. GARANTIA
El contratista garantizará el correcto funcionamiento de los materiales sustituidos y reparaciones
por un período de 6 meses.
14.3. RESPONSABILIDADES
En el caso en que se efectúen operaciones de mantenimiento inadecuadas, que provoquen daños en las instalaciones y equipos, la reparación correrá íntegramente por cuenta del adjudicatario. Si los daños se produjeran por omisión o negligencia de las operaciones necesarias de mantenimiento preventivo o normativo, la responsabilidad en las reparaciones de daños correrá a cargo igualmente del adjudicatario.
15. GESTION MEDIO AMBIENTAL
15.1. REQUISITOS EN MATERIA DE GESTIÓN AMBIENTAL
Uno de los objetivos marcados por la Gerencia Asistencial de Atención Primaria es el desarrollo de un sistema de gestión medioambiental en los centros sanitarios. Para dar cumplimiento al mismo la empresa adjudicataria se obliga a:
Responder de cualquier incidente medioambiental por ella causado, liberando a la Gerencia de cualquier responsabilidad sobre el mismo. El contratista cumplirá la legislación ambiental vigente, tanto comunitaria, como estatal, autonómica y local, relacionada con la gestión de residuos y aquella aplicable al desarrollo de sus actividades en el Centro de Salud. Será responsable de la gestión de todos los residuos que se generen como consecuencia de los trabajos, así como de los gastos de dicha gestión.
En el caso de que el adjudicatario abandone residuos en el recinto del Centro de Salud, y la GAAP deba gestionar la retirada de los mismos, el coste de dicha gestión se detraerá de la facturación de obra o bien del aval presentado, como penalidad por ejecución defectuosa del contrato. Si existen residuos generados anteriores al contrato y pasados 3 meses desde el inicio del contrato no existe notificación al respecto, correrán a cargo de la nueva empresa adjudicataria.
Para evitar tales incidentes, el adjudicatario adoptará las medidas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión, en especial las relativas a evitar vertidos líquidos indeseados, emisiones contaminantes o no contaminantes a la atmósfera y el abandono de cualquier tipo de residuos, con extrema atención en la correcta gestión de los residuos peligrosos generados por su actividad en las instalaciones de la GAAP.
El adjudicatario no podrá verter ningún residuo líquido prohibido a la red de saneamiento, según se establece en la Ley 10/93 de Vertidos al Sistema Integral de Saneamiento de la Comunidad de Madrid. Igualmente, no podrá ser el causante de emisiones contaminantes a la atmósfera, ni abandonar cualquier tipo de residuo; extremando la atención en la correcta manipulación de los residuos peligrosos.
La empresa adjudicataria adoptará las medidas oportunas que dictan las buenas prácticas de gestión de residuos no peligrosos que genere su actividad.
Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la correcta segregación y gestión de
los residuos derivados de su actividad.
El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que sea de aplicación al trabajo realizado, servicio prestado y materiales entregado.
La empresa adjudicataria deberá suministrar información inmediata a la Gerencia o a la autoridad competente sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca en el curso de la ejecución del contrato en vigor
Para la consecución de una buena gestión medioambiental, el adjudicatario se compromete a la limpieza y retirada final de envases, embalajes, basuras, chatarra y todo tipo de residuos generados por su actividad.
El adjudicatario perfeccionará la competencia profesional del personal que realice actividades con incidencia ambiental mediante la formación en materia de buenas prácticas ambientales y comunicando las instrucciones específicas sobre las tareas a realizar, observando con carácter general todos los procedimientos preventivos oportunos, como el ahorro de agua, el uso de productos biodegradables para la limpieza, reducción del número de envases y utilización de materiales reciclables.
Colaborar en la aplicación de los requisitos del Sistema de Gestión Ambiental de la Comunidad de Madrid y atender los requerimientos que desde los Responsables de gestión Ambiental de las distintas Áreas sujetas al contrato se pudieran hacer.
Llevar a la práctica las normas de actuación de gestión de energía eléctrica, gases y líquidos combustibles y de productos primarios que se dicten, y en general, una política de gestión global del ahorro y la eficiencia energética.
En cumplimiento de la Ley 1/2024, de 17 xx xxxxx de Economía Circular de la Comunidad de Madrid se fomentará:
El uso de subproductos, materiales valorizados, incluida la reutilización, así como las
materias primas secundarias.
El uso de materiales, productos, servicios, procesos, métodos o técnicas que cuenten con algún sistema de etiquetado o certificado ecológico, declaración ambiental de producto (DAP) y de reducción de huella ambiental, en los términos de la legislación de contratos.
La aplicación de criterios de durabilidad, funcionabilidad, reparación y extensión de la vida útil de los bienes, productos y materiales objeto del contrato, demostrable mediante herramientas de Análisis de Ciclo de Vida (ACV)
Para la consecución de los objetivos anteriores, aplicables al objeto del presente contrato, se tendrán en cuenta las normas de calidad y las mejores técnicas disponibles en materia medioambiental y se adoptarán las siguientes medidas:
a) Medidas de reducción de los consumos de suministros cuando la ejecución del contrato conlleve consumo de agua o energía. La GAAP verificará en el seguimiento del contrato que no existe derroche injustificado de energía, especialmente combustibles y electricidad, y la utilización injustificada de dispositivos de baja eficiencia energética tanto en la validación de la adscripción de medios materiales como durante la ejecución del contrato.
b) Utilización productos procedentes de la valorización de residuos de construcción y demolición o de la valorización de otros residuos inertes, siempre que el material alcance las condiciones técnicas adecuadas de conformidad con la normativa específica aplicable. La GAAP verificará en el seguimiento del contrato las fichas técnicas de los elementos y materiales utilizados, así como sus certificados ecológicos y declaraciones ambientales de producto (DAP) y dará conformidad de los mismos, si procede.
15.2. INFORMACIÓN ESPECÍFICA SOBRE CONDUCCIÓN ECOLÓGICA DE LOS VEHÍCULOS.
Los vehículos deberán estar equipados con información o instrucciones sobre conducción ecológica.
En el caso de los vehículos de motor de combustión interna, el manual del usuario del vehículo deberá incluir directrices sobre cambio rápido de velocidad, mantenimiento de una velocidad constante a bajas revoluciones por minuto (r.p.m.) y previsión de flujos de tráfico.
En el caso de los vehículos híbridos y eléctricos, se deberá incluir información sobre el uso del frenado regenerativo con el fin de ahorrar energía.
En el caso de los vehículos híbridos eléctricos enchufables y los vehículos eléctricos con extensores de autonomía, las instrucciones deberán incluir información específica sobre cómo maximizar el número de kilómetros recorridos en modo eléctrico. Esta información e instrucciones se podrán proporcionar en forma de sesiones de formación.
15.2.1. OPTIMIZACIÓN DE RUTAS
Existen sistemas de optimización de rutas que incorporan tecnología computarizada de programación de rutas capaces de reducir el consumo de combustible entre un 5 % y un 15 %.
Los vehículos deberán estar equipados con sistemas de información del tráfico y optimización de rutas capaces de interactuar con el conductor y de proporcionarle servicios de información previa al desplazamiento, con el fin de evitar atascos y de tomar otras decisiones que le permitan optimizar la ruta.
15.2.2. FORMACIÓN CONDUCCIÓN EFICIENTE
Todos los conductores que presten el servicio durante la vigencia del contrato deberán recibir formación periódica en una institución reconocida sobre conducción respetuosa con el medio ambiente, a fin de mejorar la eficiencia en el consumo de combustible. Se deberá proporcionar una formación adecuada, con una duración mínima de 5 horas, a todo el personal nuevo contratado para la prestación del servicio en el marco del contrato.
Esta formación deberá realizarse en el plazo máximo de cuatro semanas desde el inicio de la relación laboral y, al menos una vez al año, se deberá impartir una formación de actualización de los puntos anteriores, con una duración mínima de 2 horas, a todos los demás empleados. El proveedor del servicio deberá documentar e informar anualmente de la cantidad (horas) y del contenido de la formación proporcionada a cada miembro del personal que trabaje en el marco del contrato formalizado con el poder adjudicador.
Todos los conductores implicados en la prestación del servicio durante la vigencia del contrato deberán recibir periódicamente información sobre su nivel de eficiencia en el consumo de combustible (al menos una vez al mes).
El contratista mantendrá registros anuales de la formación impartida al personal, que deberá poner a disposición del poder adjudicador a efectos de verificación. El poder adjudicador podrá establecer normas para la aplicación de sanciones en caso de incumplimiento.
15.2.3. INDICADORES DE CAMBIO DE VELOCIDAD (ICV)
Los vehículos comerciales ligeros deberán estar equipados con un indicador de cambio de velocidad, es decir, un testigo visible que recomiende al conductor que cambie de velocidad.
15.2.4. VISUALIZACIÓN DE LA ENERGÍA CONSUMIDA
Los vehículos deberán estar equipados con un mecanismo que muestre al conductor los datos de energía consumida.
La empresa adjudicataria deberá firmar la declaración responsable establecida en nuestro sistema de Gestión Ambiental.
Los licitadores deberán contar con procedimientos escritos para:
Llevar a cabo un seguimiento y registro de las emisiones de gases de efecto invernadero y de contaminantes atmosféricos del servicio. Los indicadores utilizados deben ser el nivel de emisiones, número de litros/kw consumidos, km realizados entre cada repostaje/recarga, el consumo de energía del servicio, es decir, consumo tanto en L/km como en Kw/km. Todo ello en cifras mensuales.
Implantar un plan de reducción de las emisiones con medidas dirigidas a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de contaminantes atmosféricos.
Llevar a cabo un seguimiento y registro de los residuos generados en su actividad.
Evaluar el despliegue del plan de reducción de las emisiones mediante el seguimiento de cualquier variación registrada en los indicadores y la aplicación de las medidas previstas en el plan.
x Ejecutar las acciones que sean necesarias para corregir cualquier desviación respecto al plan previsto o cualquier incremento de los indicadores y, si es posible, evitar que vuelvan a producirse en el futuro.
Prestación de colaboración en lo relativo a la implantación de la ISO 14001:2015 y auditorías.
El licitador deberá presentar:
El procedimiento de seguimiento y registro de los indicadores enumerados en los puntos anteriores.
El plan de reducción de las emisiones.
El procedimiento de evaluación utilizado para garantizar la aplicación del plan de reducción de las emisiones.
El procedimiento de corrección empleado para corregir las desviaciones detectadas en la evaluación y, si es posible, evitar que ocurran en el futuro.
El proveedor del servicio deberá documentar y notificar durante la vigencia del contrato:
Los registros indicados en los párrafos anteriores.
Los resultados del seguimiento de los indicadores.
Los resultados de la evaluación y de las medidas correctoras y preventivas aplicadas,
cuando proceda.
16. PROGRAMA DE GESTIÓN ENERGÉTICA.
16.1. EVALUACIÓN PERIÓDICA DEL RENDIMIENTO DE LOS GENERADORES DE CALOR.
La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de calor en función de su potencia térmica nominal instalada, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y periodicidades indicadas en la tabla
3.2. que se deberán mantener dentro de los límites de la IT 4.2.1.2 a).
Tabla 3.2.-Medidas de generadores de calor y su periodicidad.
Medidas de generadores de calor | Periodicidad | ||
20 kW < P 70 kW | 70 kW < P 1000 kW | P > 1000 kW | |
1. Temperatura o presión del fluido portador en entrada y salida del generador de calor | 2a | 3m | m |
2. Temperatura ambiente del local x xxxx de máquinas | 2a | 3m | m |
3. Temperatura de los gases de combustión | 2a | 3m | m |
4. Contenido de CO y C02 en los productos decombustión | 2a | 3m | m |
5. Índice de opacidad de los humos en combustiblessólidos o líquidos y de contenido de partículas sólidasen combustibles sólidos | 2a | 3m | m |
6. Tiro en la caja de humos de la caldera | 2a | 3m | m |
16.2. Evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío
La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío en función de su potencia térmica nominal, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y periodicidades de la tabla 3.3.
Tabla 3.3.-Medidas de generadores de frío y su periodicidad.
Periodicidad
Medidas de generadores de frío
70 kW < P | P> 1.000 kW | |
1. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador | 3m | m |
2. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del condensador | 3m | m |
3. Pérdida de presión en el evaporador en plantas enfriadas por agua | 3m | m |
4. Pérdida de presión en el condensador en plantas enfriadas por agua | 3m | m |
5. Temperatura y presión de evaporación | 3m | m |
6. Temperatura y presión de condensación | 3m | m |
7. Potencia eléctrica absorbida | 3m | m |
8. Potencia térmica instantánea del generador, como porcentaje de la carga máxima | 3m | m |
9. CEE o COP instantáneo | 3m | m |
10. Caudal de agua en el evaporador | 3m | m |
11. Caudal de agua en el condensador | 3m | m |
17. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. COORDINACIÓN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL
La empresa adjudicataria queda obligada al más estricto cumplimiento de la Normativa vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, y Prevención de Riesgos Laborales.
El adjudicatario deberá contar con un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y el R.D.39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y con toda normativa vigente relativa a esta materia, de manera que se garantice la seguridad y salud de los trabajadores.
Además, de conformidad con el artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, y con el Real Decreto 171/2004, por el que se desarrolla dicho artículo en materia de coordinación de actividades empresariales, la empresa adjudicataria deberá ajustarse al procedimiento desarrollado por la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, así como a los medios de coordinación que se establezcan.
17.1. OBLIGACIONES GENERALES
El adjudicatario, en cumplimento con las obligaciones de coordinación de actividades empresariales, una vez formalizado el contrato contactará con la unidad de CAE del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (xxx.xx@xxxxx.xxxxxx.xxx) para que le informe del procedimiento a seguir.
Entre sus responsabilidades se encuentran las siguientes:
- Colaborar con la GAAP en la efectiva Coordinación de Actividades Empresariales.
- A efectos de la preceptiva Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención de riesgos, el adjudicatario designará un Técnico Responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales como interlocutor válido en los temas relacionados con las condiciones de trabajo y la actividad preventiva de las tareas y actividades objeto del contrato, estableciéndose esta interlocución entre dicho Técnico y el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP.
- Cumplir con todas las exigencias establecidas en el Marco legal de Prevención de Riesgos Laborales que le sea de aplicación durante el tiempo en que desarrollen tareas en el centro de trabajo.
- Cumplir con las normas de seguridad y de régimen interior establecidas por la GAAP que le sean de aplicación, en orden a prestar la mejor calidad y a alcanzar el mejor nivel de seguridad, tanto para usuarios como para los trabajadores. Así mismo, en caso de reclamaciones de usuarios en relación a los trabajos realizados, dará respuesta con carácter inmediato a las mismas, siguiendo los procedimientos establecidos por la GAAP a este respecto.
- Difundir la información preventiva recibida de la GAAP entre sus trabajadores y entre
las empresas y trabajadores autónomos que subcontrate.
- Además de cumplir la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud, el Adjudicatario está obligado a colaborar en las medidas de seguridad y planes de emergencia vigentes en el Centro.
- El adjudicatario vendrá obligado a adiestrar a todo su personal en los Planes de Emergencia y actuación en caso de emergencia de los centros incluidos en el ámbito de actuación del contrato.
- Las máquinas y equipos utilizados por el adjudicatario para el desarrollo del contrato, deberán cumplir con lo establecido en los reglamentos vigentes de seguridad en máquinas, así como, contar con el preceptivo marcado CE de conformidad de acuerdo con lo especificado en el R.D. 1644/2008 y los manuales de instrucciones de funcionamiento y seguridad.
Cualquier incumplimiento con relación a las normas y obligaciones descritas en este apartado dará lugar a falta muy grave.
17.2. ACTUACIONES A LLEVAR A CABO ANTES DEL INICIO DE LAS ACTIVIDADES
El adjudicatario deberá contar con un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales, a efectos de cumplimiento con lo establecido en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el R.D. 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el resto de normativa vigente relativa a esta materia, de manera que se garantice la seguridad y salud de los trabajadores.
Se podrán establecer tantas reuniones como se consideran oportunas, quedando abierto a las necesidades y/o requerimiento de las partes (Empresa adjudicataria – GAAP-SPRL).
Una vez realizada la primera reunión de Coordinación y establecidos los criterios generales de coordinación, la empresa adjudicataria, deberá establecer cauces de comunicación y
coordinación con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP, debiendo regirse la actividad preventiva y el desarrollo de la prestación de la ejecución de obras en lo referente a la Prevención de los Riesgos Laborales a lo establecido desde las SPRL.
La empresa adjudicataria, en cumplimiento de sus obligaciones de coordinación de las actividades empresariales estará obligado contractualmente a:
Comunicar mediante la cumplimentación del apartado que le corresponde del documento oportuno cuando le sea entregado tras la adjudicación del concurso y previo al inicio del contrato, donde especificará:
· La información básica de la empresa.
· Modalidad preventiva.
· Interlocutor en materia de prevención de riesgos laborales.
· Designación de recurso preventivo en caso necesario (art.32 bis Ley 31/1995).
· Duración estimada de los trabajos (fecha prevista de inicio/fin).
· Cualquier subcontratación de empresa o autónomo que realice y siempre de
forma previa al inicio de las actividades subcontratadas.
· Relación de trabajadores propios, subcontratados o autónomos que efectuarán
los trabajos.
· Actividades a desarrollar en el centro de trabajo.
· Factores de riesgos específicos de las actividades que desarrollen que puedan afectar tanto a los profesionales de GAAP como al resto de los trabajadores de las empresas concurrentes en el centro, en particular sobre aquellos que puedan verse agravados o modificados por circunstancias derivadas de la concurrencia de actividades, así como de las medidas preventivas a adoptar.
Entregará además la siguiente documentación en relación a los trabajadores que
prestarán el servicio adjudicado en los centros adscritos a la GAAP:
· Acreditación de entrega de información y formación en PRL.
· Documento acreditativo de entrega de Equipos de Protección Individual.
· Documento acreditativo de autorización de equipos de trabajo.
· Certificados de aptitud médica.
· Toda aquella documentación que de forma independiente el SPRL de la GAAP
considere oportuna y necesaria.
Deberán tener en cuenta la información recibida por la GAAP en sus evaluaciones
de riesgo y en las planificaciones de la actividad preventiva.
Comunicarán a los trabajadores a su cargo, empresas y/o trabajadores autónomos que subcontrate la información y las instrucciones recibidas de la GAAP.
Recopilará la documentación de toda la cadena de contratación y la enviará a la
GAAP.
17.3. ACTUACIONES A LLEVAR A CABO DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES
Cumplirán las instrucciones dadas por la GAAP en orden a prestar la mejor calidad y a alcanzar el mejor nivel de seguridad, tanto para usuarios como para los trabajadores.
Comunicarán a la GAAP los accidentes de trabajo, incidentes ocasionados y situaciones de riesgo detectadas mediante la cumplimentación del documento oportuno cuando le sea entregado tras la adjudicación del concurso.
17.4. ACCIÓN PREVENTIVA
La prevención de riesgos laborales se realizará por parte del adjudicatario, mediante la planificación de la acción preventiva de la empresa, para ello el adjudicatario deberá realizar la evaluación inicial de los riesgos derivados de la prestación de los trabajos contratados, que tendrá en cuenta, entre otras cosas, la naturaleza de la actividad, las condiciones de trabajo existentes y la posibilidad de que el trabajador sea especialmente sensible frente a determinados riesgos.
Esta evaluación se deberá repetir cuando cambien cualquiera de estas condiciones o en cumplimiento de los preceptos de revisión y modificación establecidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención.
La Planificación de la acción preventiva, deberá ser entregada y aprobada por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP, estableciéndose un plazo de un mes para su presentación, desde la fecha de inicio del contrato.
Se establecerán controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores, debiéndose modificar las medidas de prevención cuando, como resultado de estos controles, se aprecie por el adjudicatario o por la GAAP que son inadecuadas a los fines de protección requeridos, pudiéndose llegar a paralizar los trabajos si se observase riesgo grave o inminente.
El adjudicatario deberá asegurarse que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que vaya a realizarse, y utilizados según las instrucciones del fabricante.
Frente a la aparición de riesgos específicos en el uso de los equipos de trabajo, el adjudicatario, deberá realizar la correspondiente evaluación de dichos riesgos, así como la implantación de las medidas correctivas y/o preventivas oportunas que, preferentemente eliminarán o, si esto no fuera posible, minimizarán al máximo la posibilidad de que se produzca el accidente o la magnitud de los daños producidos a los trabajadores. Será preceptivo el Vº Bº del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP previa a la realización de los trabajos.
Se priorizarán las medidas preventivas de carácter colectivo a las individuales.
El adjudicatario deberá proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual
adecuados, certificados como aptos tras realizar las revisiones periódicas correspondientes,
comprobando que se encuentran dentro de su vida útil, frente a aquellos riesgos que no se hayan podido evitar, y vigilará que sean efectivamente utilizados por éstos.
El adjudicatario deberá garantizar que cada trabajador que ejecuta los trabajos en los centros incluidos en el ámbito de actuación del contrato, reciba una formación adecuada en materia preventiva, medioambiental, de calidad en la realización de las obras y de ejecución correcta de metodologías y procedimientos de trabajo, prevención de riesgos especiales, gestión ambiental, etc…, tanto cuando se le contrata como cuando cambien los equipos de trabajo, o se introduzcan nuevas tecnologías.
En este sentido, el adjudicatario establecerá anualmente un programa de formación y reciclaje de todo el personal, que deberá ser supervisado por la GAAP y abordará temas relacionados con las actividades específicas realizada por y en el Servicio Madrileño de Salud, y en especial relacionado con la mejora de procedimientos de trabajo, mejoras tecnológicas en tareas de vigilancia y seguridad, prevención de riesgos laborales específicos en centros sanitarios, formación específica en actuaciones en caso de emergencia, así como cualquier otra formación relacionada de forma específica con la ejecución de los trabajos.
La empresa facilitará a la GAAP y al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP, relación nominal del personal que asista a los diferentes cursos de formación, con indicación expresa del personal docente, horas lectivas y contenidos de los cursos.
El adjudicatario garantizará la vigilancia periódica de la salud de los trabajadores, en función de los riesgos inherentes al trabajo, en los términos establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como el marco normativo legal aplicable en materia preventiva.
En este sentido, el personal perteneciente al adjudicatario, deberá ser objeto de reconocimiento médico a cargo de este y de acuerdo con la legislación vigente.
Los resultados de dichos exámenes serán puestos, necesariamente, en conocimiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP.
Si en los exámenes realizados se descubriera la presencia de algún proceso patológico transmisible o la aparición de alguna susceptibilidad muy acusada a agentes morbígenos que condicionará la presencia en el centro de la persona afectada, ésta deberá ser sustituida por el adjudicatario.
17.5. DOCUMENTACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA
El adjudicatario deberá elaborar y conservar la documentación relativa a sus obligaciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y mantenerla a disposición de la GAAP, de la Autoridad Laboral y de la Autoridad Sanitaria en su caso, llevando a cabo las notificaciones necesarias.
Copia de toda la documentación generada en el desarrollo de la actividad preventiva por parte del adjudicatario (controles periódicos, investigaciones de accidente, certificados de formación y/o información de los trabajadores, certificados de aptitud, entrega de EPI´s, etc.) deberá ser remitida al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP.
17.6. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
La empresa adjudicataria deberá aportar al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP, la documentación relativa a la prevención de los riesgos laborales que a continuación se indica:
Documento acreditativo de la modalidad organizativa en materia de prevención de
riesgos laborales.
Evaluación de los riesgos de las actividades a realizar en el SERMAS.
Planificación de la actividad preventiva.
Certificado de aptitud emitido por su servicio de Vigilancia de la Salud.
Documento acreditativo de la Formación e Información de los riesgos en los puestos de trabajo, en especial con los riesgos específicos que pudieran presentarse durante la prestación de los trabajos.
Documento acreditativo de la entrega de los equipos de protección individual
adecuados a los riesgos existentes en los trabajos a desarrollar.
Listado de equipos de trabajo a utilizar en el desarrollo de las tareas objetos del contrato y su correspondiente marcado CE y declaración de conformidad (si procediera).
Listado de trabajadores autorizados para la realización de las obras y los trabajos
adjudicados.
Comunicación de cualquier subcontratación, si procediera, de forma previa al inicio
de los trabajos.
Toda aquella otra documentación que de forma independiente el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la GAAP considere oportuna y necesaria.
18. NORMATIVA TECNICA
La empresa adjudicataria deberá cumplir la legislación vigente y que le sea de aplicación en cada
una de las materias a que se refiere este contrato de servicio. Entre otras:
R.D. 1027/2007 Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios y sus ITC, y posteriores modificaciones.
R.D. 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para
instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias.
R.D. 842/2002 por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión
ITC-BT anexas al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y su guía de aplicación, así como modificaciones posteriores.
R.D. 314/2006, de 17 xx xxxxx, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
Parte I. Código Técnico de Edificación.
Parte II. Documentos Básicos.
Documento Básico HE. Ahorro de energía
Documento Básico HR: Protección frente al ruido
Documento Básico HS. Salubridad
Documento Básico SI. Seguridad en caso de incendio
Documento Básico SU. Seguridad de utilización
Criterios para la interpretación y aplicación de los Documentos Básicos DB SI y DB SU
R.D. 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones
Petrolíferas.
R.D. 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre.
R.D. 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11.
Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de
equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.
R.D. 39/97, de 17 de enero, por el que se aprueba el REGLAMENTO DE LOS
SERVICIOS DE PREVENCIÓN
R.D. 780/98, de 30 xx xxxxx, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de
enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
LEY 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
R.D. 604/2006, de 19 xx xxxx, por el que se modifican el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
R.D. 286/2006, de 10 xx xxxxx, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
LEY 31/95, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (incluye las modificaciones realizadas por la LEY 54/03 de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales).
CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 286/2006, de 10 xx xxxxx, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. (BOE num. 71 de 24 xx xxxxx de 2006) CORRECCIÓN de erratas del Real Decreto 286/2006, de 10 xx xxxxx, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. (BOE num. 62 de 14 xx xxxxx de 2006)
R.D. 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura.
R.D. 614/2001, de 8 xx xxxxx, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
R.D. 1215/97, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
R.D. 773/97, 30 xx xxxx, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
R.D. 486/1997, de 14 xx xxxxx, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Modificado por: R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura.
Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas 92/42/CEE relativa a los requisitos de rendimiento de las calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos, modificada por la Directiva 93/98/CEE del Consejo.
Real Decreto 1826/2009 de 27 de noviembre de 2009 por el que se modifica el
Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios, aprobado por RD 1027/2007.
Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11
Orden de 31 xx xxxx de 1985, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE-AP-12, del Reglamento de Aparatos a Presión, referente a calderas de agua caliente.
Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano del Ayuntamiento de Madrid (Calefacción, Aire acondicionado y Ventilación) y de todos los ayuntamientos donde se ubiquen los centros.
Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorados.
Reglamento (UE) nº 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 xx xxxxx de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 842/2006.
Reglamento (CE) nº 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de
septiembre de 2009, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono.
Recomendaciones del IDAE
Pliego De Condiciones De Instalaciones De Energía Solar Térmica (IDAE)
Real Decreto 238/2013, de 5 xx xxxxx, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio
Toda la reglamentación aplicable a los trabajos a los que se refiere este pliego.
Madrid,
POR EL ADJUDICATARIO
Fecha y firma:
LA VICECONSEJERA DE SANIDAD
Por Resolución 457/2023, 29 de diciembre Designa suplente por vacante de la GAGySG de Atención
Primaria xxx XXXXXX
A LA GERENTE ASISTENCIAL DE ATENCIÓN PRIMARIA
Firmado digitalmente por: XXXXXXX XXXXX XXXXX XXXXXXX Xxxxx: 2024.07.03 16:33
ANEXO I: RELACIÓN ESTIMADA DE CENTROS E INSTALACIONES
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | XXXXXXX xx XXXXX | X/ Xxxxxxxx, 0 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXXXXX XX XXXXX • 1 Ud. Multi 3x1, para CIRCUITO E, sala de espera pe diatria, Samsung inverter B. C. tipo casette de techo Pot. 6 KW. • 2 Uds. Multi 2x1, para CIRCUITO E, pediatria cuatro salas de pediatria, Samsung inverter B. C. tipo casette de techo Pot. 4 KW • 1 Ud. 3x1, CIRCUITO E, extracciones, Samsung inverter B. C. casette P. 6 KW • 1 Ud. 3x1, CIRCUITO C, xxxx y fisio, Samsung inverter B.C. casette P. 6 KW • 2 Uds. 2x1, CIRCUITO H, espera 1ª plta. Samsung inverter B. C. casette Pot. 4 KW • 1 Ud. 2x1, CIRCUITO K, espera 1ª plta. Samsung inverter B. C. casette Pot 4 KW • 2 Uds. 2x1, CIRCUITO consultas 1ª plta, Samsung inverter B. C. casette Pot. 4 KW. CONSULTAS 1-8 • 2 Uds. B. C. 4X1 HITACHI, Inverter B. C. R- 410A, , P. F. 9,00 KW. CONSULTAS 9 y 10 • 1 Ud. B. C. 2x1 HITACHI, Inverter B. C. R- 410A, P. F. 5,2KW 2 Uds. Int. tipo cassette. 1 Ud. Ext. : RAM-52QH5 y 2 Uds. int. RAI-35NH5A BIBLIOTECA • 2 Uds. 1 x 1CASSETTE Daikin mod. FQS 60 C, P. F. 5,7 KW, P. C. 7,0 KW. Mando a distancia mod. BRC7F530W, panel BYFQ60CW. SALAS 3,4 Y ESPERAS (sustituye a un 3x1 Samsung) • 1 Ud. Ext. 3x1 Fujitsu multi mod. AOY80UIM14 7 Kw - 1 Ud. Int. Fujitsu tipo cassette mod. AUY35UI-M12 3,5 Kw - 2 Uds. Int. Fujitsu tipo cassette mod. AUY50UI-M12 2,5 Xx |
XX | XXXXX | X/ Xxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. ALPES • 1 Ud. Caldera gas natural XXXXXXXX RONDOMAT (Climat.) Pot. 230 Kw • 1 Ud. Enfriadora CIAT MOD: LN900 • 12 Uds. Climatizador KOOLCLIMA NB • 3 Uds. Autónomas Mitsubishi |
CL | ANCHUELO | C/ Del Coso, s/n | ANCHUELO | Madrid | C. L. ANCHUELO SALA DE ESPERA Y CONSULTAS DE MEDICINA Y ENFERMERIA • 2 Uds. Ext. 2x1 marca General AOHG18LAC2 MULTI INV. Pot. Frig. 5 Kw Pot. Cal. 5,6 Kw R410A. - 4 Uds. Int. marca General ASG9MI-LM PARED MULTI INV. Frio: 2.150 Fg/h. Calor: 2.752 Kcal/h. R410A SALA DE URGENCIAS Y ESPERA • 2 Uds. Ext. 2x1 B.C.marca Mitsubishi mod. SCM48ZG-S Pot. Frig. 4,8 Kw Pot. Cal. 6 Kw - 3 Uds. Int. marca Mitsubishi Pot. Frig 2,2, Kw Pot. Xxx 0,0 Xx |
XX | XXXXXXXXX | X/ Xxxxxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. AQUITANIA • 1 Ud. Caldera gas natural AROACE YAZAKI CH V80 (Climat.) Pot. 300 Kw • 1 Ud. Enfriadora Trane mod. CGAM 110 Pot. Frig. 295 Kw scroll R-410-A (Con apantallamiento acústico) • 5 Uds. Climatizador KOOLCLIMA NB • 1 Ud. Autónoma 3x1 climatización tipo Cassette Maquina HITACHI: -1 Ud. Ext. gama UTOPIA IVX, mod. RAS-6HNCE 48 KW. ubicado en cubierta -3 Ud. Int. de cassette 4 vías 600x600, gama SYSTEM FREE, mod. RCIM-2.0FSN2 -3 Ud. Mando cableado multifunción, mod. PC-ART • 4 Uds. Grupo de bombas gemelas. • 1 Ud. Torre de refrigeración APAREL TC-226 INOX C/A - Pot.702 KW |
CS | AVDA. XX XXXXXX | X/ Xxxxxx, 000 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. AVENIDA XX XXXXXX • 2 Uds. Equipo compacto horizontal aire-aire B.C. xxxxx Xxxxxx mod. FAMH020SM1M Pot.(Min/Max)frio 6,2/20,5 Kw Calor 6,7/21,4 Kw R-410-A • 1 Uds. Cortina de aire S&P COR 3.5 |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | XXXXXXX | Avda. Logroño, 319 | Madrid | Madrid | C. S. BARAJAS • 1 Ud. Caldera gas natural ROCA NG100 (Climat. y ACS) X 2 Pot. 23/126Kw • 2 Uds. B. C. DAIKIN RMX140 • 1 Ud. Enfriadora CIAT • 3 Uds. Climatizador AIROTEC CHA • 1 Ud. Cortina de aire eléctrica Sodeca Mod. AC20 E. Pot. 10 KW. |
CS | XXXXXX xx XXXXX | X/ Xxxxxx xx Xxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C.S. XXXXXX XXXXX • 2 Uds. EXT. REFRIG. VARIABLE. TOSHIBA. SUPER MMS 6HP. MMY-MAP0601HT8. • 10 Uds. INT. REFRIG. VARIABLE. TOSHIBA. MMU.MMU- AP0091H. • 1 Ud. INT. REFRIG. VARIABLE. TOSHIBA. MMU.MMU-AP0121H. • 11 Uds. CONTROL. TOSHIBA. N/A. RBCAMT21 • 1 Ud. B. C. CIATESA XXXXXX IN 250 • 3 Uds. B. C. MITSUBISHI SRC25ZD-S • 1 Ud. B. C. DAIKIN RXH35CVMB7 • 5 Uds. B. C. HITACHI RAS 3HGV7E • 3 Uds. B. C. HITACHI RAS 5FSVG • 2 Uds. B. C. MITSUBISHI SRC40CDS • 1 Ud. B. C. CARRIER 38MHJ212A7 • 1 Ud. Ext. VRF, gama SET FREE MINI, mod. RAS-5FSVN2E • 2 Uds. EQUIPOS SPLIT Int. mural, gama SYSTEM FREE, mod. RPK-2.5FSN3M • 1 Ud. Cortina de aire S&P COR-6 |
CS | BRUJULA | C/ BRÚJULA 1 | TORREJON DE ARDOZ | Madrid | C. S. BRUJULA • 11 Uds. Autónoma HAIER / ROCA / HITACHI. • 1 Ud. Cortina de aire eléctrica Sodeca Mod. AC20 E. Pot. 10 KW. • 1 Ud. SPLIT-CONDUCTOS POWER INVERTER, B. C., gama INDUSTRIAL . (R410a) ,MITSUBISHI ELECTRIC, Pot. Frig.44,0 KW Pot. Cal. 54,0 kW Mod. SPEZ-500YKA (PEA-RP500GAQ / PUHZ-RP250YKA x2 / PAR-31MAA). • 1 Ud. Recuperador de calor aire-aire,con intercambiador de flujo cruzado, caudal máximo de 1900 m³/h SALA 16 • 1 Ud. DAIKIN mod. TXB25C tipo Split B. C. Pot. Frig. 2.150 Kcal/h. - Pot. Cal. 2.410 Kcal/h. R-410-X XXXX 3 Y 4 • 1 Ud. 2x1 Split B.C. Daikin mod FTXS35K(2X)+2MXS50H Pot. Frig. 3,8 Kw Pot. Cal. 4,8 Kw R-410-A |
CL | CAMARMA DE ESTERUELAS | X/ XXXXXXX 00 (NO ES LA DIRECCIÓN CORRECTA) | CAMARMA DE ESTERUELAS | Madrid | C. L. CAMARMA DE ESTERUELAS • 2 Uds. X. X. XXXXXX VRV REYQ10M8W1B • 4 Uds. Climatizador. • 1 Ud. Cortina de aire MUNDO CLIMA COR - LG 943 XL Pot. 9 KW. • 1 Ud. Central de control. |
CS | CANAL de PANAMA | X/ Xxxxxxxxx x Xxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. CANAL DE PANAMA • 2 Ud. B. C. CIATESA IWA 740 • 1 Ud. Climatizador Temoven Xxx.XX 2080(1 Zonas comunes y salas de espera) • 2 Uds. Bomba Willo mod. DPN 100/125-412 • 4 Uds. Extractores - garaje • 1 Ud. Vaso expansión Xxxxxxx • 29 Uds. Fancoil (Consultas) |
CS | CANILLEJAS | X/ Xxxxxxx, 0 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. CANILLEJAS • 1 Ud. Caldera gas natural FERROLI PEGASUS F3 187000 KCAL (CALEFACCION).Pot.200 Kw • 1 Ud. Caldera Gas natural XXXX POT. 30000 KCAL (ACS). Pot. 24 Kw • 1 Uds. Enfriadora CIAT RZ-800-2 194300 FRIG/H. • 2 Uds. Climatizador KOOLAIR NE-18. • 2 Uds. KOOLAIR NE-3. • 2 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SIM 80/260. • 2 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SIM 65/190. • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI M4HA094V POT. 2,5KW • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI MUH-V07YV-POT. 2,5KW • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI MUH-A09YV-POT. 3,05KW • 1 Ud. CORTINA AIRE HORIZONTAL VISTA TECNA RM125-15- 3D/Y-B1-S Pt. 6/9 KW |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | XXXXXX XXXXXXX | x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXXXX XXXXXXX • 1 Ud. Ext. B. C. INTERCLISA CARRIER mod. 38VQ008A9C Frio. 21,9 Kw Calor: 25,7 Kw • 1 Ud. 3X1 B. C. SAMSUNG Inverter Cassette techo Pot. 7000W. Consultas 1, 2 y 3. . ZONA DE RECEPCIÓN Y SALA DE EXTRACCIONES • 2 Uds. B. C. SAMSUNG Inverter Split pared Pot. 4000 W . • 2 Uds. B. C. 1X1 SAMSUNG Inverter Pot. 4500 X. Xxxx de espera PRIMERA PLANTA (SUSTITUYE A UNA CARRIER) • 1 Ud. Ext Mini-VRF SMMS-E Toshiba B.C. Pot Frig. 15,5 Kw Pot. Cal. 18 Kw • 1 Ud. Recuperador de calor • 3 Uds. Int. VRF Toshiba B.C. tipo cassete mod. MMU-AP0057MH- E 1,7 Kw • 2 Uds. Int. VRF Toshiba B.C. tipo cassete mod. MMU-AP0077MH- E 2,2 Kw • 3 Uds. Int. VRF Toshiba B.C. tipo cassete mod. MMU-AP0097MH- E 2,8 Kw |
OTROS | CASA DE XXXXXXX XXXXXX DE HENARE | X/ XXXXXXXX 00 | XXXXXX XX XXXXXXX | MADRID | - |
CL | CORPA | Plaza de España, s/n | CORPA | Madrid | - |
CS | DOCTOR XXXXXXX | X/ Xxxxxx Xxxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. DOCTOR XXXXXXX • 1 Ud. B.C. CARRIER mod. 30 BQ 070-900. • 1 Ud. B.C. reversible aire marca Carrier mod. 30RQP -0180-A Pot. Frig. 167,7 Kw Pot. Cal. 185,5 Kw R-410-A • 6 Uds. Climatizador. • 1 Ud. Autónoma DAIKIN RMXS160, MULTI • 19 Uds. Autónoma. Varias marcas. • 4 Uds. Cortina de aire autónoma S&P, mod. COR.3500 • 40 Ud. Fancoil • 5 Uds. Extractores • 5 Uds. Bombas • 1 Ud. Int. Mitsubishi Electric, mod. MSZ-HJ25VA, Pot. Frig. 2,5 KW • 1 Ud. Equipo aire -aire split 1x1 mod. SRK 35 ZJ MITSUBISHI : - 1 Ud. Int. SRK 35 ZJ 1 Ud. Ext. SRK 35 ZJ Pot. Frig. 3,5 KW Pot. Cal. 4 KW • 1 Ud. split B.C. Mitsubishi Electric INVERTER Mod. MSZ HJ35VA Pot. Frig. 3010 Kcal/h Pot. Cal. 3526 Kcal/h R-410A |
CS | EL XXXXXX | AVDA. DE MADRID, 39 | TORREJON DE ARDOZ | Madrid | C. S. XXXXXX • 1 Ud. Caldera gasoil ROCA CPA 100 Pot. 116 KW climat. • 1 Ud. B. C. CARRIER 50 QF008K9 Pot. 22 KW. • 1 Ud. Enfriadora CARRIER 30 RBS 140B Pot. Frig. 135 Kw R-410- A • 4 Uds. Grupo de bombas GRUNDFOS IP40 200/250 - 65 125/147. • 1 Ud. Multisplit 2x1 HITACHI CASET. • 1 Ud. Cortina de aire MUNDO CLIMA COR - LG 943 XL Pot. 9Kw. • Control REGIN EXOscada centralizado |
CS | ESTRECHO xx XXXXX | X/ Xxxxxxxx xx Xxxxx, 0 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. ESTRECHO XX XXXXX • 1 Ud. Caldera gas natural ROCA, CRONO 15G climatización Pot. 150 Kw. • 1 Ud. Enfriadora FAKLIMA EAF-22-140-B. • 7 Uds. Climatizador KOOLCLIMA NB. • 37 Uds. Fancoil. • 2 Uds. Grupo de bombas gemelas. • 2 Uds. A/A autónomo Mitsubishi. |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | FRONTERAS | C/ PUERTO DE NAVACERRAD A, 4 | TORREJON DE ARDOZ | Madrid | C.S. FRONTERAS DESPACHOS ZONA NORTE • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 120HEE R410A Pot. Frig. 35,1 Kw Pot. Cal. 36,2 Kw CONSULTAS ZONA ESTE • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 120HEE R410A Pot. Frig. 34,2 Kw Pot. Cal. 30,2 Kw CONSULTAS ZONA SUR • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 180HEE R410A Pot. Frig. 56,7 Kw Pot. Cal. 50,3 Kw VESTIBULOS PLANTA BAJA • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 120HEE R410A Pot. Frig. 36,8 Kw Pot. Cal. 37,1 Kw VESTIBULOS PLANTA PRIMERA • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 120HEE R410A Pot. Frig. 37,6 Kw Pot. Cal. 37,8 Kw VESTIBULOS PLANTA SEGUNDA • 1 Ud. ROOFTOP CIAT mod. SPACE IPF 180HEE R410A Pot. Frig. 56,1 Kw Pot. Cal. 58,4 Kw • 6 tarjetas MODBUS • 1 Ud. Cortina de aire SP, Mod,COR-12-1500 N • Equipo 1x1 tipo Split de cassette marca DAIKIN mod. ACQS71B formado por : -1 Ud. Ext mod. AZQS71B -1 Ud. Int. mod. ACQ71C Pot. Frig. 6,8 KW Pot. Cal. 7,5KW • 1 Ud. Equipo 1x1 tipo Split de cassette DAIKIN mod. FQ25C formado por : -1 Ud. Ext. mod. RXS25L -1 Ud. Int. mod. FFQ25C Pot. Frig. 2,5 KW Pot. Cal. 0,0XX |
XX | XXXXXX | X/ Xxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXXXX • 2 Uds. Caldera gas natural ROCA G400 - (calefacción). Pot. 206 Kw • 1 Ud. Enfriadora TRANE ECGAL700. • 5 Uds. Climatizador KOOLCLIMA NB. • 4 Uds. Grupo de bombas gemelas. • 2 Uds. Daikin VRV • 1 Ud. Ext. VRF SMMS-e B.C. marca Toshiba mod. MMY- MAP1006HT8P-E Pot. Frig. 28 Kw Xxx.Xxx. 31,5 Kw con: - 1 Ud. Int. VRF B.C. Toshiba tipo mural compacta mod. MMK- AP0054HT8P-E Pot. Frig. 1,7 Kw Pot. Cal. 1,9 Kw - 7 Uds. Int. VRF B.C. Toshiba tipo mural compacta mod. MMK- AP0074MH1-E Pot. Frig. 2,2 Kw Pot. Cal. 2,5 Kw - 3 Uds. Int. VRF B.C. Toshiba tipo mural compacta mod. MMK- XX0000XX0-E Pot. Frig. 3,6 Kw Pot. Cal. 4 Kw |
CS | XXXXXX XXXXXXXX | C/ Hnos. Xx. Xxxxxxxx, 168 | Madrid | Madrid | C. S. XXXXXX XXXXXXXX • 2 Uds. Caldera de gas ADISA 81DM Pot. 102 KW (ACS y Calefacción). • 2 Uds. X. X. XXXXXX RMX140. • 1 Ud. Enfriadora TOPAIR RAE-513 EA-C-90-1H Pot.186 KW. R- 22 48 KG • 1 Ud. Climatizador TECNIVEL PHF - 13 – MDE. • 1 Ud. Climatizador TECNIVEL PHF - 6 – ME. • Todo el sistema con fancoils de agua en consultas • 2 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SIP 50/16. • 2 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SA 25/4 – B. • 4 Uds. Autónoma SAMPO AUE 632-BM (6200kc) • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI M4GA50VB (5 KW) • 1 Ud. Cortina de aire S&P COR 12Kw 1500 N • 1 Ud. Cortina de aire PREMIENTD Pot.12 KW • 1 Ud. tipo split Mitsubishi, mod. MSZ-HJ50VA |
CS | JAZMIN | X/ Xxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. JAZMIN • 1 Ud. B. C. CIAT ILD 753Z 179,7 KW resistencias de apoyo. • 1 Ud. Climatizador TERMOVEN MN 150 • 84 Uds. Climatizador. • 4 Uds. Grupo de bombas EMICA EL 50-160 • 2 Uds. Grupo de bombas EMICA EL 80-200 • 2 Uds. Cortina de aire. • 1 Ud. Extractor Termovenm mod. Tume-5 |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | XXXX XX XXXXXXX | X/ XXXX XX XXXXXXX, 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXX XX XXXXXXX • 1 Ud. Caldera de gas DUPLEX 399 Climat. • 1 Ud. Enfriadora CARRIER 30GX-112-A0480 aire/agua. • 10 Uds. Climatizador TERMOVEN CLA 1012/2010/2012/2007. • 40 Uds. Fancoil TERMOVEN techo. • 6 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SDM 80/270 SPD 50/12B. • 1 Ud. Autónoma CARRIER. • 1 Ud. Central de control HONEYWELL. |
CS | LA GARENA | X/ XXXXXX XXXXX, 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | C. S. LA GARENA • 1 Ud. Enfriadora agua CLIMAVENETAN Mod. FOCS-CA/B 3152 R-134A • 3 Uds. Bomba WILO Modelos: IL 100/170-3/4 - IPL 40/90-0,37/2 - IL 100/250-7,5/4 - IPL 80/115-2,2/2 - IPL 40/90-0,37/2 • 2 Ud. Vaso de expansión IBAIONDO Modelos: 100CMF - 500CMF • 1 Ud. Caldera gas ADISA Mod. EUROBONGAS 13BT • 1 Ud. Climatizador TERMOVEN Mod. CLA2018/1 • 6 Uds. Fan - Coil TERMOVEN Mod. FCS-90 4T • 18 Uds. Fan – Coil TERMOVEN Mod. FCS-30 4T • 1 Ud. B. C. Ext.split ROCA Mod. DBO-540 AG R-407 • 1 Ud. B. C. Int. split ROCA Mod. DBM-540 AG • 1 Ud. B. C. Ext. split HITACHI Mod. RAC-25NH5 R-410A • 1 Ud. B. C. Int. splits HITACHI Mod. RAI-25NH5 INSTALACIONES SOLARES • 1 Uds. Panel de solar ADISOL BLUE200N 2m2 • 1 Ud. Disipador de calor SADECA Mod. HS-4-4T/L/UL-214 • 1 Ud. Interacumulador BSS/500 • 1 Ud. Vaso de expansión WAFT G-SUN002103 • 2 Uds. Bomba WILO STAR-RS25/7 230V • 1 Ud. Control Ordenador METASYS |
CS | LA PLATA | Avda. Unión Europea, 4 | TORREJON DE ARDOZ | Madrid | C. S. LA PLATA • 1 Ud. Caldera de gas ROCA CPA 250 290 KW climat. • 1 Ud. Caldera de gas FERROLI M30ELPV 32 KW ACS • 1 Ud. Enfriadora CLIMAVENETA WRAT/B 1202 128 KW aire/agua. • 4 Uds. Climatizador TERMOVEN CL 2007/2009/2012. • 55 Uds. Fancoil TERMOVEN CF 10/20/30/ FL 300. • 1 Ud. Grupo de bombas WILO DPN 50/000-000-000 65/200. • 1 Ud. INTERCAMBIADOR MV 200S 2000 l. • 1 Ud. Cortina de aire MUNDO CLIMA COR – LG 943 XL Pot. 9KW. • 1 Ud. Central de control XXXXXXX CONTROL METASIS. |
CS | LA VEREDILLA | x/ Xxxxx, 00 xxxxxxx Xxxx. xx Xxxxxx | XXXXXXXX XX XXXXX | Xxxxxx | C. S. LA VEREDILLA • 1 Ud. Caldera gas natural FERROLI A95.03A07 Pot. 102 KW climat. • 1 Ud. Enfriadora TOPAIR RAE 642 aire/agua. • 1 Ud. Climatizador TERMOVEN. • 35 Uds. Fancoil. • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI DAIYA 20. • 1 Ud. Grupo de bombas GRUNDFOS UPSD 65 / 180. • 1 Ud. Cortina de aire MUNDO CLIMA COR - LG 943 XL Pot. 9 KW |
CS | LOS FRESNOS | C/ ZEUS 1 | TORREJON DE ARDOZ | Madrid | C. S. LOS FRESNOS • 1 Ud. VRV MITSUBISHI VRV PUHZ – PURY (18 uds. interiores). • 1 Ud. Central de control MITSUBISHI |
XX | XXX XXXXXX | X/ Xxxxx, 00 xxxxxxxxx | XXXXXX, XXX | Xxxxxx | C. L. LOS HUEROS • 8 Uds. X. X. XXXXXX RMX 140JZVMB / TOSHIBA RAV464 |
CL | LOS XXXXXX DE LA HUMOSA | x/ Xxxxx, 0 | XXXXXX XX XX XXXXXX, XXX | Xxxxxx | C. L. LOS XXXXXX DE LA HUMOSA • 1 Ud. Caldera de gasoil ROCA CPA 50 Pot. 68 KW GASOIL climat./ a.c.s. • 1 Ud. Enfriadora CIATESA RWA 315 aire/agua. • 2 Uds. Climatizador TECNIVEL CHF 1-B / CHF 5-E. • 5 Uds. Grupo de bombas SEDICAL SPD 40 / 10B 30 / 7B. • 2 Uds. Intercambiador. |
CS | XXXX XXXXX | x/ Xxxx Xxxxx, 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXX XXXXX • 5 Uds. X. X. XXXX BCVO 45 Pot. 40 KW. • 1 Ud. Cortina de aire MUNDO CLIMA COR – LG 943 XL Pot. 9 KW. |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | XXXXXX XXXXXX | x/ Xxxxxx Xxxxxx, 0 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXXXX XXXXXX • 2 Uds. B. C. INTERCLISA SCAV-164B Pot. 46 KW • 1 Ud. Multisplit 2x1 HITACHI. |
CS | MAR BALTICO | X/ Xxx Xxxxxxx, 0 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. MAR BALTICO • 2 Uds. Caldera de gas SADECA, ELCO 260000KCAL. • 1 Ud. B. C. LG LS-T186AAL. • 2 Uds. B. C. DAIKIN RXYQ10P7W1B. • 1 Uds. B. C. DAIKIN RXYSQ5TV1. • 1 Ud. B. C. MITSUBISHI SRC35GZ-L1. • 2 Uds. B. C. CONFORMARKET HMH02YWA. • 3 Uds. X. X. XXXXXX RMXS140E8V1B. • 24 Uds. B. C. DAIKIN FFQ25. • 6 Mandos infrarrojos modelo BRC7F530W • 1 Uds. Enfriadora HITSA EA140 2D Pot. 307KW. • 1 Ud. Enfriadora TRANE, Mod. CGAM 110 SE CPCT, Pot. 295,34 KW, R410A • 2 Uds. Climatizador TERMOVEN CL2020. • 40 Uds. Fancoil. • 5 Uds. Grupo de Bombas BOMBA EMIKA. • 1 Ud. Depósito de gasóleo C enterrado en exterior edificio xx xxxxx de simple pared -25.000 l calefacción legalizado. MAGNA COOL • 1 Ud. Ext. condensadora DAIKIN mod. RXYSQ5TV1 • 6 Uds. Int.evaporadoras DAIKIIN mod.: FFQ25C • 6 Paneles para Ud. Int. DAIKIN FFQ C, mod. BYFQ60CW • 6 Uds. Mandos infrarrojos mod. BRC7F530W • 1 Ud. de junta, mod. KHRQ22M20T |
CS | XXXXX xx XXXXXX | X/ XXXX XX XXXXXXX, 0 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Xxxxxx | - |
CS | MECO | Xxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx, 0 | XXXX | Xxxxxx | C. S. MECO • 2 Uds. B. C. CIATESA IPC 315 Pot. 75 KW / IPC 185 Pot. 43 KW. • Resistencias de apoyo. |
CS | XXXXXX xx XXXXXXXXX | C/ XXXXX XXXXX XXX XXXXX XXXXXX, 2 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Madrid | C. S. XXXXXX XX XXXXXXXXX • 1 Ud. Caldera de gas natural XXXXXXX EUROBLOC 296 Pot . 295 KW, climat. • 1 Ud. Caldera de gas natural XXXXXXX SUPERX A.C.S.O Pot. 87 Kw • 1 Ud. Enfriadora CARRIER 30RB0302-0095 aire/agua. • 9 Uds. Climatizador KOOLCLIMA NB 8/5/2/3. • 50 Uds. Fancoil TERMOVEN suelo / techo. • 9 Uds. Grupo de Bombas WILO NP 80/315 DL 32/150. • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI ELECTRIC. • 1 Ud. Intercambiador de placas SUICALSA DV. |
CS | MONOVAR | X/ Xxxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. MONÓVAR • 1 Ud. B. C. TOPAIR CAM PC 1602 Pot. 50,9 KW. • 2 Uds. B. C. TOPAIR CAM PC 501 Pot. 16,9 KW. • 1 Ud. B. C. TOPAIR RTO PC 1001 Pot. 32,9 KW. • 1 Ud. X. X. XXXXXX RMXS160E8. • 8 Uds. B. C. DAIKIN FFQ25. • 1 Ud. B. C. LG LS-L1260CL. • 1 Ud. B. C. MITSUBISHI SRC40CDS. • 1 Ud. B. C. PANASONIC CU-A120KE. • 2 Uds. B. C. MITSUBISHI SRC25ZD-S. • 1 Ud. B. C. MITSUBISHI SRC408-HENF. • 1 Ud. B. C. Toshiba mod. AVANT 13 Pot. 3,1 KW SALA 7 |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | NTRA. XXX. xxx XXXXX | Avda. Ntra Xxx xxx Xxxxx, s/n | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Madrid | C. S. NUESTRA XXXXXX XXX XXXXX • 1 Ud. Ext. Toshiba mod. RAV-SP1104ATEU Pot. Frig. 10KW Pot. Cal. 11,2 KW • 1 Ud. Int. Toshiba mod. RAV-SP1104UTEU Pot. Frig. 10KW Pot. Cal. 11,2 KW • 8 Uds. Int. Toshiba mod. RAS-13SKV2-E Pot. Frig. 3,5 KW Pot. Cal. 4,2 KW R-410A • 8 Uds. Ext. Toshiba mod. RAS-13SAV2-E Pot. Frig. 3,5 KW Pot. Cal. 4,2KW R-410A • 18 Uds. Int. Toshiba mod. RAS-10SKV2-E Pot. Frig. 2,5KW Pot. Cal. 3,2KW R-410A • 18 Uds.Ext. Toshiba mod. RAS-10SAV2-E Pot. Frig. 2,5KW Pot. Cal. 3,2KW R-410A • 8 Uds. Int. Toshiba mod. RAS-B18UFVE Pot. Frig. 5 KW Pot. Cal. 5,8 KW R-410A • 2 Uds. Int. Toshiba mod.18SKV2-E Pot. Frig. 5 KW Pot. Cal. 5,8 KW R-410A • 10 Uds. Ext. Toshiba mod. 18SAV2-E Pot. Frig. 5 KW Pot. Cal. 5,8 KW R-410A • 8 Uds. Ext. Toshiba mod. RAV-SP1104ATEU Pot. Frig. 10 KW Pot Cal. 11,2 KW • 8 Uds. Int. Toshiba mod. RAV-SM1104UTEU Pot. Frig. 10 KW Pot. Cal. 11,2 KW • 4 Split de su propiedad • 2 Uds. Autónoma HITACHI CASET. • 2 Uds. Depósito de inercia DEPOSITOS INERCIA frio/calor. • Caldera gas mixta ROCA calefacción de aseos y vestuarios. • 1 Ud. Cassett, Panasonic, mod. 71PUY1E5 INVERTER P. F. 7,1 KW P. C.. 8 KW • 3 Uds. Equipo 1x1 residencial Toshiba, gama Monza Plus de 3,50 Kw : -1 Ud. Int. mod. RAS-B13N3KV2-E -1 Ud. Ext. mod. RAS-13N3AV2-E |
CL | PEZUELA DE LAS XXXXXX | C/ La Ronda 6 | PEZUELA DE LAS XXXXXX | Madrid | C. L. PEZUELAS DE LAS XXXXXX • 2 Uds. Ext. split HITACHI mod. 40QH5 R410A. • 4 Uds. Int. split HITACHI mod. RAK 25NHY |
CS | PUERTA de MADRID | Avda. xxx Xxxxxxxx, 00 | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Madrid | C. S. PUERTA DE MADRID • 2 Uds. Caldera gas natural ROCA G- 400/140 Pot. 160 KW climat. • 1 Ud. Enfriadora FAKLIMA EAF-3-180-B aire/agua. • 1 Ud. Climatizador TERMOVEN CL 2012/1. • 24 Uds. Fancoil TERMOVEN CF 20/30/FLI 650/450. • 10 Uds. Grupo de Bombas GRUNDFOS UPKD 65/120 UPS 80/125. • 1 Ud. Autónoma MITSUBISHI DAIYA 50. • 6 Uds. Radiador ROCA 800/600 - 500/450. • 1 Ud. Central de control HONEYWELL. • 1 Ud. 1x1 MITSUBISHI ELECTRIC mod. MSZ-FH25VE P. F. 2,5 KW P. C. 3,2 KW |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | REJAS | X/ Xxxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. REJAS • 1 Ud. Caldera gas natural ACS: CALDERA XXXXXXX SADECA 100, Pot. 116KW. • 1 Ud. Quemador XXXXXXXXX WG 20N/1-C ZM LN 35-Pot. 200KW. • 1 Ud. Caldera gas natural CALEFACCION: XXXXXXX SADECA 200, Pot. 232KW. • 1 Ud. Quemador XXXXXXXXX WG 30N/1-C ZM LN. • 1 Ud. Enfriadora XXXXXX WA 270 DK LN Pot. Frig. 244KW. • 1 Ud. Climatizador AP FANCOILS TERMOVEN CLA-2012/1 Pot. Frig. 69 KW. • 1 Ud. Climatizador GIMNASIO TERMOVEN CLA 2010/1 Pot. Frig. 27 KW. • 1 Ud. Climatizador PASILLOS TERMOVEN CLA 2020/1 Pot. Frig. 85 KW. • 25 Uds. Fancoil CWC 030-4P 2700W XXXXXX. •1 Ud. B. C. Pot. Frig. 2,5 KW Pot. Cal. 3,2 KW • FRIO UTAS KSB 0606/1015703-006-7. • FRIO FANCOILS KSB 4D 0606/1015703-004-33. • FRIO PRIMARIO KSB 4D 0606/1018830-004-46. • 2 Uds. Grupo de bombas CALOR UTAS 1LA7096-4AA11-ZX77A. • 2 Uds. Grupo de bombas CALOR RADIADORES 1LA7080-4AA11- ZX77A. • 2 Uds. Grupo de bombas CALOR FANCOILS 1LA7090-4AA11- ZX77A. • 2 Uds. Grupo de bombas PRIMARIO CALEFACCION KSB 1LA7083-4AA11-ZX77A. • 2 Uds. Grupo de bombas PRIMARIO CALDERA KSB 1LA7080 - 4AA11-ZX77A. • 1 Ud. Grupo de bombas LLENADO SOLARES GRUNDFOSS JP5- 8-ACUBP. • 1 Ud. Depósito exp. PRIMARIO CALEFACCION PNFUMATEX 200 LTS CH 200,6 • 1 Ud. Depósito exp. PRIMARIO CALDERA CALEFACCION 140 LTS • 1 Ud. Depósito exp. PRIMARIO CALDERA ACS 140 LTS • 1 Ud. Depósito exp. SOLARES SECUNDARIOS 140 LTS • 1 Ud. Depósito exp. GP AGUA POTABLE 350LTS • 1 Ud. Depósito exp. PRIMARIO FRIO PNFUMATEX 200 LTS • 14 Uds. Radiador. • 1 Ud. Central de control METASYS XXXXXXX. • 1 Ud. Autonoma Xxxxxx • 1 Ud. Autonoma Hisense INSTALACIONES SOLARES • 6 Uds. Placas solares • 1 Ud. Bomba WILO STAR-RS 15/16 • 1 Ud. Intercambiador de placas INDEACASA SB 20H/20 • 1 Ud. Vaso de expansión 250 L • 1 Ud. Depósito acumulador 750 L |
CS | XXXXX XXXXX | Avda. Xxxxx Xxxxx, s/n | Xxxxxx xx Xxxxxxx | Madrid | XXXXX XXXXX (Sustituyen a 3 B.C Topair) • 2 Uds. Equipo compacto Roof-Top mod. Key CR2060I Pot. Frig. 60,1 Kw Pot. Cal. 62,1 Kw R-410-A • 1 Ud. Equipo compracto Roof Top Key CR1041I Pot. Frig. 41,6 Kw Pot. Cal. 42 Kw R-410-A (Sustituye a 1 B.C. Topair) • 1 Ud. Equipo compacto Roof Top Kwy CR2060I Pot. Frig. 60,1 Kw Pot. Cal. 62 Kw R-410-A (Sustituye a 2 B.C. Topair) • 2 Ud. Equipo Roof top Space IPF 0240HEE MS11 Pot. Fri g. 60,1 Kw Pot. Cal. 60,1 Kw R-410-A (Sustituye a 1 B.C. Topair) • 1 Ud. Equipo Roof Top Space IPF 180HEE MS11 Pot. Frig. 43,7 Kw Pot. Cal. 40,9 Kw R-410-A • Control Centralizado REGIN EXOscada |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
CS | SANCHINARRO | X/ Xxx xx Xxxxxxx, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. SANCHINARRO • 1 Ud. Caldera gas natural CALEFACCION: XXXX MKS420, Pot. 360KW-460KW. • 1 Ud. Quemador CUENOD C43/54 GX 507/0 000-000/310-540KW • 1 Ud. Caldera Gas natural ACS: XXXX CSK25,, P-20-25KW. • 1 Ud. QUEMADOR CUENOD NC4 14,5-40KW. • 47 Uds. Fancoil FANOILS CWC 030-4P 2700W XXXXXX. • 2 Uds. Grupo de bombas IMPO AF FANCOILS WILO NP40 . • 2 Uds. Grupo de bombas AC SUELO RADIANTE WILO NF80. • 2 Uds. Grupo de bombas IMP AC FANCOILS NF 80. • 2 Uds. Grupo de bombas SECUNDARIO CALOR CLIMA WILO NP40. • 2 Uds. Grupo de bombas PRIMARIO CALOR WILO NP65/125. • 1 Ud. Grupo de bombas PRIMARIO SOLARES WILO SDR ST 20/11. • 1 Ud. Grupo de bombas SECUNDARIO SOLARES WILO TOP Z25/6. • 1 Ud. Grupo de bombas PANELES JPS-B-A-CVBP GRUNDFOSS FRIO UTA KSB 0606/1015703-006-7 • 1 Ud. Central de control METASYS XXXXXXX. • Instalación completa de energía solar térmica para producción de ACS. • 2 Uds. Grupo de bombas AF secundario Climatizadores NP65/200V-3/4-05 • 2 Uds. Grupo de bombas AF primario NP80/200V • 2 Uds. Grupo de bombas AC primario TOP-SD 72/7 • 1 Ud. Vaso de Expansión VECF tipo-300 CMF para ACS solar • 1 Ud. Vaso de Expansión IBAIONDO tipo-80 SMF • 1 Ud. Vaso de Expansión IBAIONDO tipo-80 CMF • 1 Ud. Vaso de Expansión IBAIONDO tipo-140 CMF • 1 Ud. Interacumulador agua fría paneles Vitocell 100 • 1 Ud. Acumulador agua caliente paneles BASSINOX NF. 261005 • 1 Ud. Acumulador ACS GEISER-GX-300 • 1 Ud. Vaso de Expansión IBAIONDO tipo-140 CMF • 3 Uds.Equipos de A/A Mitsubishi Electric mod. SUZ-KA71VAZ • 1 Ud. Equipos de A/A Fujitsu mod. AOY9FSBC • 1 Ud. Enfriadora Climaveneta mod. FOCS/LN-2642 p. 240Kw • 1 Ud. Climatización KOOLCLIMA mod. NB-18(Lado Izq) • 1 Ud. Climatización KOOLCLIMA mod. NB-15(Lado Izq) • 2 Ud. Climatización KOOLCLIMA mod. NB-15(Lado Dcha) • 1 Ud. Cortina de aire, Marca Mundo Clima. Pot.12 Kw, |
XX | XXXXXXXXX | Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxxxx, 0 | XXXXXXXXX | Xxxxxx | C. L. SANTORCAZ • 1 Ud. B. C. SAMSUNG mod. AQV12NSAX. Gas-R-410 A. Pot. Frig. 3,3 Kw Pot. Cal. 4 KW. • 1 Ud. Ud. Int. mod. AQV12NSAN. • 1 Ud. X.X. XXXXXXXX Type CKP40EB05EXU. PF. 4986w PC. 5580w. R 407 c Nº 6322300878 • 1 Ud. Ud. Int.mod. CKP 40EB05INU. |
CS | XXXXXXX | Avda. Machupichu, 58 | Madrid | Madrid | C. S. SILVANO • 32 Uds. B. C. TOSHIBA MMD -APO361BH. • 38 Uds. B. C. TOSHIBA MMD -APO121BH. • 2 Uds. B. C. TOSHIBA MMY -MAP1201HT8. • 5 Uds. B. C. TOSHIBA MMY -MAP1101HT8. • 3 Uds. B. C. TOSHIBA MMY -MAP1002FT8. • 6 Uds. B. C. TOSHIBA MMY -MAP0802FT8. • 1 Uds. Cortina de aire INSTALACIONES SOLARES • 10 Uds. Paneles Solares SCHÜCO SHÜCOSOL S • 1 Ud. Centralita control SCHÜco MW>10MW • 1 Ud. Bomba GUNDFOS UPS 00-00 00 000 • 1 Ud. Acumulador 1000L |
CS | XXXXXX de la ALAMEDA | Pza. Juego de la Pelota, 6 | XXXXXX DE LA ALAMEDA | Madrid | C. S. XXXXXX DE LA ALAMEDA • 1 Ud. Caldera Calefacción Gasoil ROCA mod. NTD-100 Nº 29200083. • 1 Ud. Quemado ROCA mod. CRONO 10-L Nº 200126224 • 1 Ud. Vaso de Expansión Caldera ROCA mod. VASO FLEX 50L CAP. 50L. Nº 23.3006607. • 1 Ud. Bomba anticondensados ROCA mod. PC 1025 Nº 220414923 T. 230v 50Hz. • 1 Ud. Bomba Ret. Inst. Calefacción ROCA mod. MC 50 Nº 227023876 T. 230v-400v. • 2 Uds. Termos ACS XXXXXXXX Tipo 90803000 GTV 150, 1800w |
Tipo | Nombre | Dirección | Localidad | Provinci a | Inventario |
230v CAP. 150L Nº 111910482 Nº 111910484. • 1 Ud. Bomba Ret. ACS BAXI ROCA mod. SB-10YA Nº 220 13w 49, 230v 50Hz. • 1 Ud. Grupo Presión Gasoil INPRO mod. GP-30 NW Nº 22890-193 T. 220v.• 2 Ud. Ext. Toshiba mod. MMY-MAP1204HT8 P. F. 33,5 KW P. C. 37,5 KW R-410A • 1 Ud. Int. Toshiba MMK-AP0183H Pot. Frig. 5,6 KW Pot. Cal. 6,3KW R-410A • 1 Ud. Int. Toshiba MMK-AP0153H Pot. Frig. 4,5 KW Pot. Cal. 5 KW R-410A • 6 Ud. Int. Toshiba MMK-AP072H Pot. Frig. 2.2 KW Pot. Cal 2,5 KW R-410A • 3 Ud. Int. Toshiba MMK-AP0122H Pot. Frig. 3,6 KW Pot. Cal. 4 KW R- 410A • 14 Ud. Int. Toshiba MMK-AP0092H Pot. Frig. 2,8 KW Pot. Cal. 3,2 KW R- 410A | |||||
OTROS | UNIDAD DE FORMACION | C/ Xxxx Xxxxxxx Xxx, 11 | Madrid | Madrid | UNIDAD DE FORMACIÓN • 2 Uds. B. C. CIATESA KLYTR ISR - 75 Pot. (23,6 KW) • 2 Uds. Fancoil. Pot. 5000W. • 8 Uds. Fancoil. Pot. 8000W. • 1 Ud. Grupo de bombas GRUNDFOS UPS 40/120F. • 1 Ud. Intercambiador ONDA TERMOMECANICA MOD TE53/2. |
CL | VALDEAVERO | CASTILLA LA MANCHA, 2 | VALDEAVERO | Madrid | C. L. VALDEAVERO • 1 Ud. Ext. Split MITSUBISHI HEAVY Mod. SRC35ZD-S R 410A • 1 Ud. Int. Split MITSUBISHI HEAVY Mod. SRK 35 ZD |
CL | XXXXXXXX XX XXXXXX | Plaza Mayor, s/n | XXXXXXXX XX XXXXXX | Madrid | |
CS | XXXXXXX XXXXX | X/ Xxxxxxx Xxxxx, 0 | Xxxxxx | Xxxxxx | C. S. XXXXXXX XXXXX • 1 Ud. Caldera de gas ADISA DUPLEX 290 Kw(Calefacción). • 1 Ud. Enfriadora XXXXXXXXXXXX WRDT/B 1002. • 7 Uds. Climatizador TERMOVEN CL. • 5 Uds. Fancoil. • 1 Ud. Grupo de bombas Gemelas. • 1 Ud. Cortina eléctrica S&P mod. COR-6-1000 N Pot. 6 KW • 4 Ud. Bombas Willo |
CL | VILLALBILLA | X/ Xxxxxxxxxxxx, 0 | XXXXXXXXXXX | Xxxxxx | - |
CS | XXXXXX xxx XXXXXXX | XXXX.XX XXXXXXXXX, 00 | Xxxxxx | Xxxxxx | - |
ANEXO II. RELACIÓN DE CONTROLES DE SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN
NOMBRE DEL CENTRO | DIRECCION | C.P. | LOCALIDAD | MARCA CONTROLADOR CENTRALIZADO |
C. L. CAMARMA DE ESTERUELAS | X/ Xxxxxxx x/x X/X X/ Xxxxxxxxx | 00000 | CAMARMA DE ESTERUELAS | DAIKIN VRV |
C. S. XXXXXXXXX | X/ Xxxxxxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX | XXXXXX-XXXXXXX 00 |
C. S. XXXXXX xx XXXXX | X/ Xxxxxx xx Xxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX | TREND IQ 241 |
C. S. CANILLEJAS | X/ Xxxxxxx, 0 | 00000 | XXXXXX | SIEMENS PXM20 |
C. S. XXXX XX XXXXXXX | x/ Xxxx xx Xxxxxxx, 00 | 28804 | XXXXXX XX XXXXXXX | HONEYWELL Xl 50 MODELO OPTIPLEX 320-DELLl |
C. S. XXXXXX | Xxxx. xx Xxxxxx, 00 x/x Xxxx. xx Xxxxxx | 00000 | XXXXXXXX de ARDOZ | REGIN, MODELO EXO COMPACT |
C. S. LA GARENA | x/ Xxxxxx Xxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX XX XXXXXXX | XXXXXXX CONTROL METASYS SIMATIC 55 |
C. S. LA PLATA | Avda. Unión Europea, 4 | 28850 | TORREJÓN de ARDOZ | XXXXXXX CONTROLS METASYS N30 |
C. S. LOS FRESNOS | c/ Xxxx, s/n c/v c/ Xxxxxxx Xxxxx | 28850 | TORREJÓN DE ARDOZ | MITSUBISHI |
C. S. MAR BÁLTICO | X/ Xxx Xxxxxxx, 0 | 00000 | XXXXXX | TERMOVEN CL2020 |
C. S. XXXXXX XX XXXXXXXXX | c/ Xxxxx Xx Xxxxx Xxxxxx | 28806 | XXXXXX XX XXXXXXX | CONTROL REGIN EXOSCADA 2013 BASE |
C. S. PUERTA DE MADRID | Avda. xxx Xxxxxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX XX XXXXXXX | HONEYWELL XL50-MMI, 2 SEDICAL MCR56 |
C. S. REJAS | X/ Xxxxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX | XXXXXXX CONTROL METASYS |
C. S. XXXXX XXXXX | Avda. Xxxxx Xxxxx, s/n | 28806 | XXXXXX XX XXXXXXX | CONTROL REGIN EXOscada |
C. S. SANCHINARRO | X/ Xxx xx Xxxxxxx, 00 | 00000 | XXXXXX | XXXXXXX CONTROL METASY |