SOLICITUD DE COTIZACIONES
SOLICITUD DE COTIZACIONES
MÉTODO:
COMPARACIÓN DE PRECIOS
CATEGORÍA:
BIENES
EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD -ENDE PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL II CONTRATO XX XXXXXXXX N° 3725 /BL-BO | ADQUISICION DE ROPA DE TRABAJO, EQUIPO DE PROTECCION Y CALZADOS PARA EL PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL II - GESTION 2022 PER II-236-CP-B- PER II-237-CP-B- CP-BID-ENDE-2022-027 CUCE: 22-0514-00-1245113-1-1 Xxxxxxxxxx, 00 de julio de 2022 |
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
ÍNDICE GENERAL
SECCIÓN I – SOLICITUD DE COTIZACIÓN 2
SECCIÓN II – FORMULARIOS DE LA COTIZACIÓN 36
2. FORMULARIO DE LISTA DE PRECIOS 39
3. FORMULARIO DE PRECIO Y CRONOGRAMA DE CUMPLIMIENTO: SERVICIOS CONEXOS 40
4. FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LA COTIZACIÓN 41
SECCIÓN III – PAÍSES ELEGIBLES 43
2. MODELO DE CONTRATO ADQUISICIÓN DE BIENES 47
3. MODELO DE CONTRATO SERVICIOS DISTINTOS DE CONSULTORÍA 70
MODELO DE SOLICITUD DE COTIZACIÓN 71
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SECCIÓN I – SOLICITUD DE COTIZACIÓN
ÍNDICE DE LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN
4. Elegibilidad de los Bienes y Servicios. 7
5. Secciones del documento de comparación de precios. 7
6. Documentos que componen la Cotización 7
7. Precios de la Cotización y descuentos. 8
8. Moneda de la Cotización y de los pagos. 9
9. Período de validez de las Cotizaciones. 9
11. Formato y firma de la Cotización 9
12. Presentación de Cotizaciones. 10
14. Apertura de las Cotizaciones. 10
16. Aclaraciones sobre las Cotizaciones. 11
17. Determinación del cumplimiento de las Cotizaciones. 11
18. Corrección de errores aritméticos. 12
19. Evaluación de las Cotizaciones. 12
20. Derecho del Comprador/Contratante a aceptar cualquier Cotización y rechazar alguna o todas las Cotizaciones. 13
21. Criterios de Adjudicación 13
22. Derecho del Comprador/Contratante a variar las cantidades en el momento de la Adjudicación 13
24. Pago de anticipo y garantía 15
26. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios 16
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1. Alcance.
1.1 El Comprador/Contratante indicado a continuación, emite este documento de comparación de precios para la adquisición/contratación de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios especificados en el numeral 26. El nombre y número de identificación de esta Solicitud de Cotización (SDC), están especificados seguidamente, así como el nombre, identificación y número de lotes o ítems.
El nombre y número de referencia de este proceso es: CP-BID-ENDE-2022-027 El Comprador/Contratante es: EMPRESA NACIONAL DE ELECTRICIDAD -ENDE El número y la identificación de los ítems que componen este proceso son:
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | Cantidad Subcomponente I.1 | Cantidad Componente II | Total Cantidad |
ROPA DE TRABAJO | |||||
1 | PANTALON XXXX | XXX | 33 | 31 | 64 |
2 | CAMISA MANGA LARGA | PZA | 33 | 31 | 64 |
3 | CHAMARRA TERMICA | XXX | 00 | 00 | 00 |
0 | XXXXXXXX IMPERMEABLE | PZA | 19 | 18 | 37 |
5 | CHALECO | PZA | 19 | 18 | 37 |
6 | CONJUNTO PARA AGUA | CJTO | 0 | 3 | 3 |
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | XXX | 00 | 00 | 00 |
0 | XXXXXXXX LEGIONARIO | XXX | 00 | 00 | 00 |
CALZADOS DE SEGURIDAD | |||||
9 | CALZADOS DE SEGURIDAD C/PUNTERA DE MC | PAR | 19 | 18 | 37 |
10 | BOTAS IMPERMEABLES PARA USO INDUSTRIAL | PAR | 15 | 15 | 30 |
EQUIPO DE PROTECCION | |||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD | PZA | 19 | 17 | 36 |
12 | BANDAS X XXXXX PARA CASCO | 3 | 0 | 3 | |
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | PZA | 19 | 17 | 36 |
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | PZA | 9 | 15 | 24 |
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXXXXX XXXX XXXXX XX XXXXXXXXX | XXX | 0 | 00 | 00 |
(x. xxxxxxxxxx 0000) 3
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17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | PZA | 3 | 14 | 17 |
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | PZA | 19 | 28 | 47 |
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION XXXXXXX XXXXXXXXXXXX | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | PAR | 12 | 15 | 27 |
21 | GUANTE ERGONÓMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | PAR | 13 | 16 | 29 |
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | PZA | 0 | 2 | 2 |
23 | LINEA DE SUJECION ( ESLINGA Y) | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXX XX XXXXXXXX SIMPLE | XXX | 0 | 0 | 0 |
0.0 Para todos los efectos de este documento:
(a) por el término “por escrito” se entiende comunicado de manera escrita (por ejemplo, por correo postal, correo electrónico, con prueba de recibo; incluyendo, si así se especifica en el numeral 1.3, distribuido o recibido a través del SICOES – Sistema de Contrataciones Estatales) o un periódico de amplia circulación nacional;
(b) salvo en los casos en que el contexto requiera otra definición, las palabras en singular también incluyen el plural y las palabras en plural también incluyen el singular;
(c) la palabra “día” significa día calendario; y
(d) el término “Contrato”, se refiere indistintamente a “Orden de Compra” o “Contrato”;
1.3 El Comprador/Contratante usará el SICOES, para publicar los aspectos del proceso detallados a continuación.
El SICOES con dirección URL: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx.xx se utilizará para publicar los siguientes aspectos: Inicio del proceso, inspección previa (si corresponde), consultas escritas, reunión de aclaración (si corresponde), ampliación (si corresponde), presentación y apertura de cotizaciones, adjudicación, información relacionada a la firma de contrato y entrega definitiva.
En la página web de ENDE con dirección URL xxxxx://xxx.xxxx.xx/xxxxxxxx- internacional/vigentes/ se utilizará para publicar los siguientes aspectos: Inicio del proceso.
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1.4 La responsabilidad legal de las contrataciones, de los bienes/servicios adquiridos, de la ejecución del proyecto y el respectivo pago de los bienes y servicios, es exclusiva del Comprador/Contratante. El Comprador/Contratante solicita, recibe y evalúa las cotizaciones, y adjudica el contrato. El contrato que se celebre, la ejecución y su administración es entre el Comprador/Contratante y el Proveedor. El Banco no forma parte del contrato.
2. Prácticas Prohibidas.
2.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato.
2.2 Las disposiciones relativas al cumplimiento de Prácticas Prohibidas y Elegibilidad se indican en la Sección IV “Contrato”.
3. Oferentes Elegibles.
3.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes de otros países no serán elegibles para participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III, “Países Elegibles” de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el país de origen de los bienes y servicios. Los Oferentes cuya nacionalidad sea la de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados en virtud del contrato, no serán elegibles:
(a) si las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíben las relaciones comerciales con aquel país, a condición de que se demuestre satisfactoriamente al Banco que esa exclusión no impedirá una competencia efectiva respecto al suministro de los bienes de que se trate; o
(b) cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíbe la importación de bienes de ese país en cuestión o pagos de cualquier naturaleza a ese país, a una persona o una entidad.
3.2 Un Oferente, si él mismo o sus subcontratistas, proveedores, consultores, fabricantes o prestadores de servicios que intervienen en alguna parte del Contrato (incluidos, en todos los casos, los respectivos directores, personal clave, accionistas principales, personal propuesto y agentes), no deberá tener conflicto de interés a menos que haya sido resuelto a satisfacción del Banco. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflictos de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso, si ellos:
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(a) tienen control1 de manera directa o indirecta en otro Oferente, es controlado de manera directa o indirecta por otro Oferente o es controlado junto a otro Oferente por una persona natural o jurídica en común; o
(b) reciben o ha recibido algún subsidio directo o indirecto de otro Oferente; o
(c) comparten el mismo representante legal con otro Oferente para fines de este proceso; o
(d) poseen una relación con otro Oferente, directamente o a través de terceros en común, que le permite influir en la Cotización de otro Oferente o en las decisiones del Comprador/Contratante en relación con este proceso; o
(e) cualquiera de sus afiliados ha participado como consultora en la preparación de los estudios preliminares, del diseño conceptual o de las especificaciones técnicas de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios que constituyen el objeto de la Cotización; o
(f) cualquiera de sus afiliados ha sido contratado (o se propone para ser contratada) por el Comprador/Contratante o por el Prestatario como Gerente de Proyecto para la ejecución del Contrato; o
(g) proveerán bienes, obras y servicios distintos de los de consultoría resultantes de los servicios de consultoría, o directamente relacionados con ellos, para la preparación o ejecución del proyecto especificado en el numeral 1.1 que él haya provisto o que hayan sido provistos por cualquier filial que controle de manera directa o indirecta a esa firma, sea controlada de manera directa o indirecta por esa firma o sea controlada junto a esa firma por una entidad en común; o
(h) tiene una estrecha2 relación familiar, financiera o de empleo previo o subsiguiente con algún profesional del personal del Prestatario (o del organismo de ejecución del proyecto, o de un beneficiario de parte xxx xxxxxxxx) que: (i) esté directa o indirectamente relacionado con la preparación del documento de comparación de precios o las especificaciones del Contrato, o el proceso de evaluación de la Cotización de ese Contrato; o (ii) pudiera estar relacionado con la ejecución o supervisión de ese Contrato a menos que el conflicto derivado de tal relación haya sido resuelto de manera aceptable para el Banco durante el proceso de licitación y la ejecución del Contrato.
3.3 No es elegible un Oferente si él mismo o sus subcontratistas, proveedores, consultores, fabricantes o prestadores de servicios que intervienen en alguna parte del Contrato (incluidos, en todos los casos, los respectivos directores, personal clave, accionistas principales, personal
1 Por control se entenderá el poder de dirigir, directa o indirectamente, la dirección y las políticas de una firma, ya sea a través de la propiedad de acciones con derecho a voto, por contrato o de cualquier otra manera. El control puede incluir la propiedad mayoritaria de acciones con derecho a voto, otros mecanismos de control (tales como "acciones de oro", derechos de veto o acuerdos de accionistas que requieran mayorías especiales) o, en el caso de financiación por un fondo de inversiones, el control ejercido por un socio general o administrador de fondos. El control se determinará en el contexto de cada caso particular.
2 Por relación estrecha se deberá entender que abarca hasta el cuarto grado de consanguinidad o por adopción, o hasta el segundo grado de unión por matrimonio o unión xx xxxxxx de hecho (afinidad).
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propuesto y agentes) son objeto de una suspensión temporal o una inhabilitación impuesta por el BID, conforme a un acuerdo para el reconocimiento de decisiones de inhabilitación firmado por el BID y otros bancos de desarrollo. La lista de tales firmas e individuos inelegibles se facilita en el sitio virtual del Banco, xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx.
3.4 Una firma que sea Oferente (ya sea individualmente o como integrante de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (“APCA”)) no podrá participar como Oferente o como integrante de una APCA en más de una Cotización. Tal participación redundará en la descalificación de todas las Cotizaciones en las que haya estado involucrada la firma en cuestión. Una firma que no es un Oferente ni un miembro de una APCA puede participar como subcontratista en más de una Cotización. Salvo que se especifique a continuación, no existe límite en el número de miembros de una APCA.
El número máximo de integrantes de la APCA será: tres
3.5 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que
(i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Comprador/Contratante.
3.6 Un Oferente no debe estar suspendido por el Comprador/Contratante para presentar Cotizaciones como resultado del incumplimiento con una Declaración de Mantenimiento.
3.7 Los Oferentes deberán proporcionar al Comprador/Contratante evidencia satisfactoria de que continúan siendo elegibles, cuando el Comprador/Contratante razonablemente la solicite.
4. Elegibilidad de los Bienes y Servicios.
4.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos/Servicios que hayan de suministrarse de conformidad con el Contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección III, “Países Elegibles”, con la excepción de los casos indicados en el numeral 3.1 (a) y (b).
4.2 Los criterios para determinar el origen de los Bienes y Servicios Conexo/Servicios se encuentran indicados en la Sección III, “Países Elegibles”.
5. Secciones del documento de comparación de precios.
5.1 El conjunto del documento de comparación de precios, comprende las secciones que se enumeran a continuación.
Sección I. Solicitud de Cotización Sección II. Formularios de la Cotización Sección III. Países elegibles
Sección IV. Contrato
6. Documentos que componen la Cotización.
6.1 La Cotización deberá contener los siguientes documentos:
(a) Formularios contenidos en la Sección II, “Formularios de la Cotización”
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(b) Especificaciones Técnicas
(c) Prueba documental, que podrá consistir en material bibliográfico, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento [para el caso de Bienes]/cumplimiento [para el caso de Servicios] de cada ítem que demuestre conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios con las especificaciones técnicas. Estos documentos podrán estar escritos en otro idioma, siempre que vayan acompañados de una traducción fidedigna de las secciones pertinentes al español, en cuyo caso, la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la Cotización.
6.2 Además de los requisitos previstos en el numeral 6.1, la Cotización presentada por una APCA incluirá una copia del Acuerdo de APCA suscrito por todos sus miembros. Como alternativa, todos los miembros firmarán y presentarán, junto con la Cotización, una carta de intención donde conste que suscribirán un Acuerdo de APCA si la Cotización es aceptada y una copia del acuerdo propuesto. Uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA.
7. Precios de la Cotización y descuentos.
7.1 Todos los lotes y/o ítems deberán enumerarse y cotizarse por separado en la Lista de Precios.
7.2 El precio cotizado en la Carta de la Cotización deberá ser el precio total de la Cotización, excluyendo cualquier descuento que se ofrezca, éste, será cotizado de manera separada y se indicará su método de aplicación.
7.3 Si así se indica en el numeral 1.1, la Solicitud de Cotizaciones se hará por Cotizaciones para lotes individuales (contratos) o para combinación de lotes (grupo de contratos. Los precios cotizados deberán corresponder al cien por ciento (100%) de los ítems indicados en cada lote y al cien por ciento (100%) de las cantidades indicadas para cada ítem de un lote. Los Oferentes que deseen ofrecer descuentos por la adjudicación de más de un contrato deberán indicar en su Cotización los descuentos aplicables para cada grupo de contratos o, alternativamente, para contratos individuales en el grupo. Los descuentos deberán presentarse de conformidad con el numeral 7.2, siempre y cuando las Cotizaciones por todos los lotes sean presentadas y abiertas al mismo tiempo.
7.4 Los precios deberán cotizarse como se indica en la Lista de Precios incluida en la Sección II, "Formularios de la Cotización", conforme a los requisitos establecidos en el numeral 26 y si el Contrato es adjudicado, deberán considerar:
▪ en el caso de Bienes producidos en el país del Comprador/Contratante, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los Bienes;
▪ en el caso de Bienes no producidos en el país del Comprador/Contratante, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los Bienes.
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8. Moneda de la Cotización y de los pagos.
8.1 La moneda de la Cotización será la misma que la de los pagos, bolivianos.
9. Período de validez de las Cotizaciones.
9.1 Las Cotizaciones permanecerán válidas por el período mínimo de: 60 días calendarios
10. Declaración de Mantenimiento de la Cotización.
10.1 Toda Cotización que no vaya acompañada de una Declaración de Mantenimiento de la Cotización, que se ajuste sustancialmente a los requisitos pertinentes será rechazada por el Comprador/Contratante por incumplimiento.
10.2 La Declaración de Mantenimiento de la Cotización se podrá ejecutar si:
(a) un Oferente retira la Cotización durante el período de validez de la Cotización especificado por el Oferente en la Carta de la Cotización; o
(b) el Oferente seleccionado no cumple de manera injustificada, dentro del plazo estipulado con:
(i) la firma del Contrato; o
(ii) suministra una Garantía de Cumplimiento solicitada.
Si el Oferente incurre en algunas de las acciones señaladas en los incisos precedentes, el Comprador/Contratante podrá declarar al Oferente no elegible para la adjudicación de un contrato por parte del Comprador/Contratante durante el período que se establece a continuación:
El periodo por inelegibilidad es de un (1) año.
10.3 La Declaración de Mantenimiento de la Cotización de una APCA se emitirá en nombre de la asociación que presenta la Cotización. Si una APCA no se hubiera constituido formalmente como entidad jurídica al momento de presentar la Cotización, la Declaración de Mantenimiento de la Cotización se emitirá en nombre de todos los futuros miembros que figuren en la carta de intención.
11. Formato y firma de la Cotización.
11.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Cotización según se describe en el numeral 6.
11.2 El original de la Cotización deberá ser mecanografiada o escrita con tinta indeleble y deberá estar firmada por la persona debidamente autorizada para firmar en nombre del Oferente. Todas las páginas de la Cotización que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar firmadas o inicialadas por la persona que suscriba la Cotización.
11.3 Cuando el Oferente sea una APCA, la Cotización debe estar firmada por un representante autorizado de la APCA en nombre de esta, de manera que sea jurídicamente vinculante para todos los miembros, como lo demuestre un poder suscrito por sus representantes legalmente autorizados.
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11.4 Las interlineaciones, las raspaduras o las enmiendas solo serán válidas si están firmadas o inicialadas por la persona que suscriba la Cotización.
12. Presentación de Cotizaciones.
12.1 Las Cotizaciones deberán ser entregadas al Comprador/Contratante en la dirección y a más tardar en la fecha y hora, siguientes:
Atención: ENDE CORPORACIÓN
Dirección: Calle Colombia N° 655, Encargada de Recepción de Propuestas
Piso/Oficina: planta baja de ENDE
Ciudad: Cochabamba
País: Estado Plurinacional de Bolivia
La fecha límite para la presentación de las Cotizaciones es:
Fecha: 05 xx xxxxxx de 2022
Hora: 10:30 a.m.
12.2 Para que el proceso continúe, es necesaria la recepción de un mínimo de tres cotizaciones, con el objeto de obtener precios competitivos.
13. Cotizaciones tardías.
13.1 Toda Cotización que reciba el Comprador/Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Cotizaciones especificada en el numeral 12.1, será devuelta al Oferente remitente sin abrir.
14. Apertura de las Cotizaciones.
14.1 Previo cumplimiento de lo establecido en el numeral 12.2, el Comprador/Contratante abrirá las Cotizaciones en la dirección, fecha y hora siguientes:
Fecha: 05 xx xxxxxx de 2022
Hora: 11:00 a.m.
14.2 Se leerá en voz alta y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Cotizaciones, descuentos, la existencia o falta de la Declaración de Mantenimiento de la Cotización. Ninguna Cotización será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Cotizaciones tardías de conformidad con el numeral 13.1.
15. Confidencialidad.
15.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no participe oficialmente en el proceso licitatorio información relacionada con la evaluación de las Cotizaciones o con la recomendación de adjudicación del Contrato, hasta que la información sobre la notificación de adjudicación del Contrato se haya comunicado a todos los Oferentes, con arreglo al numeral 23.
15.2 Cualquier intento por parte de un Oferente de influenciar al Comprador/Contratante en la evaluación de las Cotizaciones o en las decisiones vinculadas a la adjudicación del Contrato puede motivar el rechazo de su Cotización.
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15.3 No obstante, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Oferente desea comunicarse con el Comprador/Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso deberá hacerlo por escrito.
16. Aclaraciones sobre las Cotizaciones.
16.1 Para facilitar la comparación de las Cotizaciones, el Comprador/Contratante puede, si lo estima necesario, solicitar a cualquier Oferente aclaraciones sobre su Cotización; si lo hace, debe dar a los Oferentes un plazo razonable para la respuesta. No se tendrá en cuenta ninguna aclaración presentada por un Oferente que no hubiera sido solicitada por el Comprador/Contratante. La solicitud de aclaración del Comprador/Contratante y la respuesta correspondiente deberán constar por escrito. No se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación, incluidos aumentos o reducciones voluntarios, de los precios o de la sustancia de la Cotización, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Comprador/Contratante hubiera descubierto durante la evaluación de las Cotizaciones, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 18.
17. Determinación del cumplimiento de las Cotizaciones.
17.1 Para determinar si la Cotización se ajusta sustancialmente al presente documento, el Comprador/Contratante se basará en el contenido de la propia Cotización, según se define en el numeral 6.
17.2 Una Cotización que se ajusta sustancialmente a los requisitos solicitados, es aquella que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones solicitados sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que:
(a) en caso de ser aceptada:
(i) afectaría de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios especificados en el Contrato;
(ii) limitaría de modo sustancial, incongruente con el presente documento, los derechos del Comprador/Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato, o
(b) en caso de ser rectificada, afectaría injustamente la posición competitiva de otros Oferentes que presenten Cotizaciones que se ajusten sustancialmente a lo estipulado en el presente documento.
17.3 El Comprador/Contratante examinará los aspectos técnicos de la Cotización presentada, en particular, para confirmar que se hayan cumplido todos los requisitos establecidos en el numeral 26, sin ninguna desviación, reserva ni omisión significativa.
(a) “desviación” es un apartamiento respecto de los requisitos especificados en el presente documento;
(b) “reserva” es la imposición de condiciones limitativas o la negativa a aceptar plenamente los requisitos especificados en el presente documento; y
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(c) “omisión” es la falta de presentación de parte o de la totalidad de la información o de la documentación requeridas en el presente documento.
17.4 Si una Cotización no se ajusta sustancialmente a los requisitos solicitados, será rechazada por el Comprador/Contratante y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante la corrección de las desviaciones, reservas u omisiones significativas.
18. Corrección de errores aritméticos.
18.1 Siempre y cuando la Cotización se ajuste sustancialmente a los requisitos solicitados, el
Comprador/Contratante corregirá los errores aritméticos de la siguiente manera:
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total que se ha obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad correspondientes, prevalecerá el precio unitario y se corregirá el precio total, a menos que, a juicio del Comprador/Contratante, hubiera un error evidente en la expresión del punto decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario;
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán sobre el total y este último deberá ajustarse;
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, a menos que este último corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras, de conformidad con los párrafos (a) y (b) precedentes.
18.2 Se pedirá a los Oferentes que acepten la corrección de los errores aritméticos. Si no aceptan la corrección realizada con arreglo a lo dispuesto en el numeral 18.1, su Cotización será rechazada.
19. Evaluación de las Cotizaciones.
19.1 Al evaluar las Cotizaciones, el Comprador/Contratante considerará lo siguiente:
(a) la evaluación se hará por ítem
Las Cotizaciones serán evaluadas por ítems y el Contrato comprenderá el/los ítems adjudicados al Oferente seleccionado;
(b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos, conforme a lo establecido en el numeral 18.1;
(c) el ajuste de precios debido a descuentos ofrecidos, conforme a lo establecido en el numeral 7;
19.2 Si este documento permite que los Oferentes coticen precios separados para diferentes lotes/ítems (contratos), el contrato se adjudicará a los Oferentes que presenten la/s Cotización/es que cumplan sustancialmente con los requisitos y que ofrezcan el costo evaluado más bajo al Comprador/Contratante para cada lote/ítem.
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19.3 Al evaluar una Cotización, el Comprador/Contratante tendrá en cuenta el precio final cotizado de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios, nacionales o importados, que incluye:
(a) en el caso de Bienes producidos en el país del Comprador/Contratante, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los Bienes; si el Contrato es adjudicado al Oferente;
(b) en el caso de Bienes no producidos en el país del Comprador/Contratante, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los Bienes, si el Contrato es adjudicado al Oferente.
19.4 El Comprador/Contratante comparará, conforme a lo establecido en el numeral 19.1, los costos evaluados de todas las Cotizaciones que se ajusten sustancialmente al documento, para determinar cuál es la Cotización con el costo evaluado más bajo.
20. Derecho del Comprador/Contratante a aceptar cualquier Cotización y rechazar alguna o todas las Cotizaciones.
20.1 El Comprador/Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Cotización, y de anular, cancelar el proceso y de rechazar todas las Cotizaciones, en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna frente a los Oferentes. El Comprador/Contratante devolverá prontamente a los Oferentes todas las Cotizaciones.
21. Criterios de Adjudicación.
21.1 Con sujeción a lo dispuesto en el numeral 20, el Comprador/Contratante adjudicará el Contrato al Oferente que ofrezca la Cotización Más Ventajosa, es decir, aquella que ha sido presentada por un Oferente que:
(a) se ajusta sustancialmente a los requisitos solicitados; y
(b) tiene el costo evaluado más bajo.
22. Derecho del Comprador/Contratante a variar las cantidades en el momento de la Adjudicación.
22.1 Al momento de adjudicar el Contrato, el Comprador/Contratante se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios especificados originalmente en el numeral 26 siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados a continuación, ni altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Cotización y del presente documento.
Las cantidades podrán aumentarse, como máximo, en un 100%
Las cantidades podrán reducirse, como máximo, en un 100%
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
23. Adjudicación y presentación de documentos.
23.1 A más tardar cinco (5) días hábiles posteriores al documento que contenga los resultados del proceso y antes del vencimiento del período de validez de la Cotización, el Comprador/Contratante notificará los resultados del proceso, que contendrá como mínimo la siguiente información:
(a) el nombre y la dirección del Comprador;
(b) el nombre y el número de referencia del contrato que se está adjudicando y el método de selección utilizado;
(c) los nombres de todos los Oferentes que hubieran presentado Cotizaciones, con sus respectivos precios tal como se leyeron en voz alta y tal como se evaluaron;
(d) los nombres de los Oferentes cuyas Cotizaciones fueron rechazadas o no fueron evaluadas, con los motivos correspondientes;
(e) el nombre del Oferente ganador, el precio final total del Contrato, su duración y un resumen de su alcance.
23.2 La notificación de los resultados del proceso, se realizará en el mismo medio que solicitó Cotizaciones y se comunicará a todos los Oferentes que participaron del proceso.
23.3 Al mismo tiempo, se comunicará al Oferente seleccionado, por escrito, que su Cotización ha sido aceptada y se le solicitará la presentación de documentos para la firma de Contrato, conforme al detalle descrito a continuación, incluida la Garantía de Cumplimiento de Contrato. En caso de que el Oferente seleccionado justifique, oportunamente, el retraso en la presentación de uno o más documentos requeridos para la suscripción del contrato, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por el Comprador/Contratante, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
Los documentos a presentar para proceder con la firma de Contrato, son:
• Certificado xxx XXXX que respalde la información declarada en su propuesta.
• Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un Representante Legal, no deberán presentar este Poder.
• Testimonio de Constitución de la empresa,
• Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea
• Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT), valido y activo.
• Certificado de no Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
• Certificado de Solvencia con el Fisco emitido por la Contraloría General del Estado.
• Garantía a primer Requerimiento como garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato., que cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante, cuando se tenga programados pagos parciales, en sustitución de la garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del 7% de cada pago. En caso de formalizar la contratación con Orden de Compra no se requerirá de esta garantía.
23.4 El Oferente seleccionado decidirá el tipo de garantía de cumplimiento a presentar. La forma estándar de Garantía de Cumplimiento, aceptable al Comprador/Contratante será:
(a) Boleta de Garantía; o
(b) Garantía a Primer Requerimiento; o
(c) Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
Que deberán expresar su carácter de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; por el siete por ciento (7%) del Precio del Contrato.
Esta garantía deberá ser emitida por cualquier entidad de intermediación financiera bancaria o no bancaria o por una empresa aseguradora; en cualquiera de los dos casos, estas entidades deben estar reguladas y autorizadas por la autoridad financiera competente en el país.
23.5 El incumplimiento por parte del Oferente seleccionado, de su obligación de presentar la Garantía de Cumplimiento antes mencionada o de firmar el Contrato, de manera injustificada, constituirá causa suficiente para la anulación de la adjudicación y la pérdida de la Declaración de Mantenimiento de la Cotización. En ese caso, el Comprador/Contratante puede adjudicar el Contrato al Oferente que presentó la segunda Cotización Más Ventajosa.
24. Pago de anticipo y garantía.
24.1 El Comprador/Contratante podrá, a solicitud del Oferente seleccionado, otorgar un anticipo contra presentación de una Garantía de Correcta Inversión del Anticipo. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía emitida por cualquier entidad de intermediación financiera bancaria o no bancaria, regulada y autorizada por la instancia competente establecida en el país del Comprador/Contratante. La forma estándar de esta garantía, aceptable al Comprador/Contratante será:
(a) Boleta de Garantía; o
(b) Garantía a Primer Requerimiento.
Que deberán expresar su carácter de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata; por el veinte por ciento (20%) del Precio del Contrato.
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
25. Firma del Contrato.
25.1 El Contrato se firmará sin demora antes de que expire el período de validez de la Cotización.
25.2 No obstante, lo establecido el numeral precedente, en caso de que la firma del Contrato se vea impedida por alguna restricción de importación atribuible al Comprador/Contratante, al país del Comprador/Contratante o al uso de los productos/bienes, sistemas o servicios que han de proveerse y que dichas restricciones de importación provengan de regulaciones comerciales de un país proveedor de los productos/bienes, sistemas o servicios, el Licitante no será obligado por su Cotización. Lo anterior tendrá efecto siempre y cuando el Licitante pueda demostrar, a satisfacción del Banco y el Comprador/Contratante, que la firma del Contrato no se ha visto impedida por la falta de diligencia de parte del Licitante en el cumplimiento de las formalidades tales como las solicitudes para permisos, autorizaciones y licencias necesarias para la exportación de los productos/bienes, sistemas o servicios de acuerdo con los términos del Contrato.
26. Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios.
26.1 La información concerniente a la provisión de Bienes y Servicios Conexos/Servicios y que el Oferente debe tomar en cuenta para elaborar su Cotización, se establece conforme al siguiente detalle:
(a) Lista de Bienes/Servicios y cronograma de entrega.
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
Lista de Bienes/Serv icios y cronogram a de entrega. No. DE ÍTEM/ LOTE | DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES/SERVICIOS | CANTIDAD | UNIDAD FÍSICA | LUGAR DE DESTINO CONVENIDO | FECHA LÍMITE DE ENTREGA |
ROPA DE TRABAJO | |||||
1 | PANTALON XXXX | 64 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 00 Días Calendario |
2 | CAMISA MANGA LARGA | 64 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 30 Días Calendario |
3 | CHAMARRA TERMICA | 31 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 00 Días Calendario |
4 | CHAMARRA IMPERMEABLE | 37 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 00 Días Calendario |
5 | CHALECO | 37 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 00 Días Calendario |
6 | CONJUNTO PARA AGUA | 3 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 30 Días Calendario |
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | 31 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 00 Días Calendario |
8 | SOMBRERO LEGIONARIO | 37 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 30 Días Calendario |
CALZADOS DE SEGURIDAD | |||||
9 | CALZADO DE SEGUDIDAD CON PUNTERA DE MC | 37 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
10 | BOTAS IMPERMEABLES P/USO INDUSTRIAL | 30 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL | |||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD | 36 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
12 | BANDAS X XXXXX PARA CASCO | 3 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | 36 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | 24 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | 2 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
16 | LINTERNA PARA CASCO DE SEGURIDAD | 14 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | 17 | PAR | Oficina Central Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 15 Días Calendario |
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | 47 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL TRANSPARENTE | 5 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
20 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | 27 | PAR | Oficina Central Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 15 Días Calendario |
21 | GUANTE ERGONÓMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | 29 | PAR | Oficina Central Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 15 Días Calendario |
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | 2 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
23 | LINEA DE SUJECION ( ESLINGA Y) | 2 | XXX | Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 | 15 Días Calendario |
24 | LINEA DE SUJECION SIMPLE | 2 | PZA | Oficina Central Calle Colombia N° 655 | 15 Días Calendario |
(b) Lista de Servicios Conexos y Cronograma de Cumplimiento. “No aplica”
No. DE SERVICIO | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | CANTIDAD | UNIDAD FÍSICA | LUGAR DONDE LOS SERVICIOS SERÁN EJECUTADOS | FECHA LÍMITE DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS |
[Indicar el No. Del Servicio] | [Indicar la descripción de los Servicios Conexos] | [Indicar la cantidad de rubros de servicios a proveer] | [Indicar la unidad física de medida de los rubros de servicios] | [Indicar el lugar] | [Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)] |
(c) Especificaciones Técnicas.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
ADQUISICIÓN DE ROPA DE TRABAJO, EQUIPO DE PROTECCIÓN Y CALZADOS PARA EL PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL II - GESTION 2022
1. ANTECEDENTES
Mediante D.S. Nº 3287 de 23 xx xxxxxx de 2017, se autoriza a la Ministra de Planificación del Desarrollo, suscribir con el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, el Contrato xx Xxxxxxxx N° 3725/BL-BO por un monto de hasta
$us100.000.000.- (Cien Millones 00/100 Dólares Americanos) y mediante Xxx Xx 000 xx 0 xx xxxxxxxxx de 2017 se aprueba el Contrato xx Xxxxxxxx N° 3725/BL-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 4 de septiembre de 2017, por un monto de hasta $us100.000.000.- (Cien Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a la financiación y ejecución del “Programa de Electrificación Rural II”.
El objetivo del Programa de Electrificación Rural – II (PER – II) (BO-L1117) es incrementar el acceso a la energía eléctrica en el área rural del Estado Plurinacional de Bolivia, facilitando la integración de la población a servicios públicos y sociales, contribuyendo a la reducción de los niveles de pobreza.
El mencionado programa comprende la ejecución de dos componentes:
• Componente I. Infraestructura de distribución para aumentar la cobertura de acceso a electricidad en el área rural, y fomento de sus usos productivos, a través de tres subcomponentes:
I.1. Extensión de redes de distribución; Subcomponente;
I.2. Fomento a usos productivos de la electricidad;
I.3. Pre-inversión y desarrollo de normativa para ER.
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
• Componente II. Incremento de la capacidad de transmisión hacia áreas rurales; y
• Administración, seguimiento, Monitoreo y Evaluación. Los recursos del Financiamiento también financiarán gastos de administración, seguimiento, monitoreo y auditoría necesaria para el Programa, incluyendo el financiamiento del personal mínimo necesario para la ejecución del Programa.
El personal de la Unidad Ejecutora del Programa de Electrificación Rural II (UPER), dependiente de la Gerencia de Proyectos y Mercados de Exportación (GPME) de ENDE, tiene a su cargo la ejecución del Programa de Electrificación Rural II (PER II), Subcomponente I.1. Extensión de redes de distribución, Componente II y Administración, Seguimiento, Monitoreo y Evaluación; dentro del Subcomponente I.1 se tiene inscrito el proyecto “IMPLEM. PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL PER II A NIVEL NACIONAL” entre otros y dentro del Componente II se tiene inscrito el proyecto “CONST. LÍNEA DE TRANSMISIÓN INTERCONEXIÓN DE CAMIRI AL SIN”.
De acuerdo a lo establecido en la normativa vigente de ENDE, se debe realizar la asignación y dotación de ropa de trabajo, equipo de protección personal y calzados en función a los riesgos inherentes a las actividades que desarrolla el personal, para este fin, se requiere la adquisición de Ropa de Trabajo y Equipos de Protección para el personal del PER II.
2. OBJETIVO
El objetivo del presente documento, es establecer los requisitos para la provisión de Ropa de Trabajo, Equipos de Protección Personal y Calzados que serán asignados al personal del Programa de Electrificación Rural II – PER II.
3. CANTIDAD REQUERIDA POR COMPONENTE:
En cumplimiento al Reglamento de Asignación de Ropa de Trabajo y Equipo de Protección Personal (Tercera Versión) de ENDE, se ha realizado la gestión ante la Unidad de Medio Ambiente, Gestión Social y Seguridad Industrial, emitiendo esta Unidad, los Informes Técnicos: XXXX-XX-XXXX-0/00- 00, XXXX-XX-XXXX-0/00-00 y el informe Complementario ENDE-IT-UMGS-5/2-22, elaborado por el Responsable de Seguridad Industrial de la empresa, en el que se justifica la asignación de Ropa de Trabajo y Equipos de protección para el personal del PER II – gestión 2022, en las cantidades e ítems detalladas a continuación.
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNIDAD | Cantidad Subcomponente I.1 | Cantidad Componente II | Total Cantidad |
ROPA DE TRABAJO | |||||
1 | PANTALON XXXX | XXX | 33 | 31 | 64 |
2 | CAMISA MANGA LARGA | PZA | 33 | 31 | 64 |
3 | CHAMARRA TERMICA | XXX | 00 | 00 | 00 |
0 | XXXXXXXX IMPERMEABLE | XXX | 00 | 00 | 00 |
0 | XXXXXXX | XXX | 00 | 00 | 00 |
(x. xxxxxxxxxx 0000) 19
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
6 | CONJUNTO PARA AGUA | CJTO | 0 | 3 | 3 |
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | XXX | 00 | 00 | 00 |
0 | XXXXXXXX LEGIONARIO | XXX | 00 | 00 | 00 |
CALZADOS DE SEGURIDAD | |||||
9 | CALZADOS DE SEGURIDAD C/PUNTERA DE MC | PAR | 19 | 18 | 37 |
10 | BOTAS IMPERMEABLES PARA USO INDUSTRIAL | PAR | 15 | 15 | 30 |
EQUIPO DE PROTECCION | |||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD | PZA | 19 | 17 | 36 |
12 | BANDAS X XXXXX PARA CASCO | PZA | 3 | 0 | 3 |
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | PZA | 19 | 17 | 36 |
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | PZA | 9 | 15 | 24 |
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXXXXX XXXX XXXXX XX XXXXXXXXX | PZA | 1 | 13 | 14 |
17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | PAR | 3 | 14 | 17 |
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | PZA | 19 | 28 | 47 |
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION XXXXXXX XXXXXXXXXXXX | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | PAR | 12 | 15 | 27 |
21 | GUANTE ERGONÓMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | PAR | 13 | 16 | 29 |
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | PZA | 0 | 2 | 2 |
23 | LINEA DE SUJECION ( ESLINGA Y) | XXX | 0 | 0 | 0 |
00 | XXXXX XX XXXXXXXX SIMPLE | XXX | 0 | 0 | 0 |
(x. xxxxxxxxxx 0000) 20
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
4. ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES PARA LA PROVISION DE LOS BIENES
ROPA DE TRABAJO
Características Ofertadas | Cumple | Observaciones (Especificar por qué No Cumple) | ||||||
íte m | Descripción de los Bienes | Canti dad | Unid ad | SI | NO | |||
ADQUISICION DE ROPA DE TRABAJO | ||||||||
1 | PANTALON DE TRABAJO | 64 | PZA. | |||||
Tela: Algodón Gramaje: 7 onzas / Yd2 Color: Azul. Colores firmes. Encogimiento: -2% (+/ - 2). Prelavado enzimático. Acabado: Tipo clásico Costura: La confección de la pretina y tobillos deberá realizarse con costura "overlock" de hasta 3 hilos y sobrehilado con puntada de seguridad; debiendo ser de la misma forma en el pegado de pretina, costados, entrepiernas y tobillos. Bolsillos: 2 bolsillos en la parte delantera y 2 en la parte trasera. Cinta reflectiva: Color plateado, ancho 1 pulgada, en piernas por debajo de la rodilla. Exigencia adicional: - Se requiere la presentación de certificación de: Composición de tejido: 100% Algodón con tolerancia (+/-1%) Gramaje: 12 onzas /Yd2 (+/- 25%) Considerar: Disponibilidad xx xxxxxx: 00-00-00-00-00. Ensayos de laboratorio - Composición de Tejido: UNE-EN ISO 1833-1:2011 o ASTM D629--08 - Peso de Tejido: NB/1501 3801:2013 o ASTMD3776/D3776 M - 09a Nota: Se considerará aceptable además cualquier otra norma nacional que regule estos ensayos vigentes a la fecha. | ||||||||
2 | CAMISA DE TRABAJO (MANGA LARGA) | 64 | XXX. |
(x. xxxxxxxxxx 0000) 00
XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX – BIENES/SERVICIOS
Tela: Algodón Gramaje: 7 onzas/Yd2 Color: Azul. Colores firmes. Encogimiento: -2% (+/- 2). Pre - lavado enzimático Acabado: Costuras. La confección del cuello, puños, cintura y costados deberá realizarse con máquina "overlock" de hasta: 3 hilos y con costura recta de refuerzo de hasta 2 hilos. Bolsillos: 2 bolsillos en la parte delantera con un botón (no metálicos). Cinta reflectiva: Color plateado, ancho de 1 pulgada en la espalda y de frente, en los hombros y brazos. Logotipo: Uso del logotipo de ENDE, bordado sobre bolsillo izquierdo a la altura del corazón (en color original) de medidas de 10 cm. de largo x 5 cm. de alto. Bordados: Nombre del trabajador (Inicial de primer nombre y apellido Xxxxxxxx derecho); Tipo de sangre del trabajador (Bolsillo derecho), (velcro) ; Bandera de Bolivia bordada en brazo derecho; Año en el bolsillo derecho. Exigencia adicional: - Se requiere la presentación de certificación de: Composición de tejido: 100% Algodón con tolerancia (+/- 1%) Gramaje: 7 onzas/Yd2 (+/- 25%) Considerar: Disponibilidad xx xxxxxx: L-M-XL-XXL-XXXL. Ensayos de laboratorio - Composición de Tejido: UNE-EN ISO 1833-1:2011 o ASTM 0629-08 - Peso de Tejido: NB/ISO3801:2013 o ASTMD3776/D3776 M - 09a Nota: Se considerará aceptable además cualquier otra norma nacional que regule estos ensayos vigentes a la fecha. | ||||||||
3 | CHAMARRA TERMICA | 31 | PZA. | |||||
Chamarra SOFTSHELL BLOCK FLEECE Chamarra con forro y capucha desmontable Material: Tela Softshell Color: xxxx xxxxxx Hilo: Hilo de confección 40/2 100% spum poliéster 10ppp Composición: 100% polyester – Cara exterior Poliamida (Fibra 100% sintética)/Cara interior Fleece Polar - Forro desmontable micropolar americano. Composición 100% polyester / Cierre YKK de plástico / Gramaje 330 gr/m2 +/- 5% Confección: Cortes frontales, en espalda y en mangas, con sobrecostura a 1/4 de pulgada. Dos bolsillos superiores verticales, uno en Cada frente. Dos bolsillos inferiores verticales. Un bolsillo vertical en manga izquierda |
(v. septiembre 2020) 22
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
Cierres invertidos engomados en color a contraste, colocados en todos los bolsillos exteriores. Capucha desmontable con cierre de nylon número 5. El cierre está cubierto con una solapa de 2 cm. de manera que cuando la capucha sea retirada el cierre no quede expuesto. Puño ajustable con regulador de velcro Ruedo doblez simple de 2,0 cm. Con capucha con cierre (para poner y sacar) Con scratch en mangas Interior frizado y un polar color negro manga larga que se inserte a los cierres de la chamarra. Unido a la chamarra exterior por cierre tractor MP60 reversible. Bordado logotipo El logotipo de ENDE, bordado en la parte superior izquierda (en color original) de medidas de 10 cm. de largo x 5 cm. de alto. Cinta Reflectiva: Debe ser color plateado, ancho de 1 pulgada en la espalda. Tallas: L A XXXL. FIT diferenciado para damas y varones. Se debe disponer de análisis de composición, estabilidad dimensional e Impermeabilidad (opcional) | ||||||||
4 | CHAMARRA IMPERMEABLE | 37 | PZA. | |||||
Chamarra Desmontable doble. Impermeable y térmica / Color azul con detalles amarillos (opcional variedad en color) Tela: Tazlan Tejido impermeable / Composición 100% polyester / Forro Interior: Chamarra térmica fabricada con tela Nylon (100% sintética) que repele el agua y protege del viento. Aislamiento térmico interno de tela polar Hilo: Hilo 40/2 100% Spun Polyester. 10 ppp (puntadas por pulgada) Confección: Prenda exterior: Confeccionada con costuras dobles para una mayor resistencia al movimiento. Con costura tipo cadeneta para dar flexibilidad en las áreas críticas: sisa, espalda y costuras laterales / Frentes: Cierre plástico, cubierto con una solapa de tela tazlan. La solapa se ajusta con cuatro broches metálicos colocados internamente y distribuidos en la apertura frontal / Dos bolsillos verticales colocados en los extremos inferiores. Tapa de 2 cm y cierre tractor MP60. Atraques de seguridad en extremos superiores de tapas y bolsillos. Un bolsillo vertical interno en el frente superior izquierdo con Cierre tracto Tres Ojalillos metálicos para ventilación colocados en la parte inferior de la sisa a ambos lados /Mangas: Ajuste de puños conbanda de velcro / Capucha desmontable con cierre de nylon número 5. Cordón elástico de ajuste y reguladores plásticos en los extremos Forro interior de nylon Detalles Interiores Forro interior desmontable con la funcionalidad de una chamarra liviana. |
(v. septiembre 2020) 23
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
Puede utilizarse independientemente de la chamarra exterior. Confeccionada en nylon ligero, con costura matelasse en cara externa y en el interior para fijar la tela a la manta térmica. Cierre central MP 60 Reversible, que permite el enganche a la chamarra externa. Dos bolsillos externos con cierre tractor y dos bolsillos internos (tipo bolsa). Puños falsos internos elastizados que permiten un ajuste cómodo. Ribetes a contraste cubriendo todas las costuras interiores par aun acabado limpio de la prenda. Bordado logotipo El logotipo de ENDE, bordado en la parte superior izquierdo a la altura del corazón (en color original) de medidas de 10 cm. de largo x 5 cm. de alto el Logo institucional bordado con hilo trilobal para asegurar resistencia, solidez al lavado y brillo adecuado. Tallas: L,M, XL, XXL. diferenciado para damas y varones Ensayos de laboratorio: Composición de tejido: UNE-EN ISO 1833-1:2011 o ASTM D629-08 | ||||||||
5 | CHALECO | 37 | PZA. | |||||
Tela: Algodón Color: Azul Acabado: Bolsillos: Seis bolsillos en la parte frontal, dos en la parte superior con broche, por encima de los bolsillos de la parte inferior se debe considerar dos bolsillos con cierre. Un bolsillo en la espalda con cierre. Cinta reflectiva: Color plateado, ancho de 1 pulgada en la espalda y de frente, sobre bolsillos delanteros inferiores. Loqotioo: Uso del logotipo de ENDE, bordado sobre bolsillo izquierdo a la altura del corazón (en variedad de color original) de medidas de 10 cm. de largo x S cm. de alto). Bordados: Nombre del trabajador sobre el bolsillo izquierdo (inicial nombre y apellido); tipo de sangre sobre bolsillo izquierdo. Ensayos de laboratorio (deseable) - Composición de Tejido: UNE-EN ISO 1833-1:2011 ó ASTM D629-08 Considerar: Disponibilidad xx xxxxxx M-L-XL-XXL-XXXL | ||||||||
6 | CONJUNTO PARA AGUA | 3 | PZA. |
(v. septiembre 2020) 24
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
CONJUNTO PARA AGUA Composición: Material PVC Impermeable 100%. Espesor 35 mm. Acabado/Costuras: Costuras termo soldadas. Capucha-pantalón-saco. Cierre frontal con broches en la chaqueta. Normas de Referencia: ANSI Z41, ASTM F2413-05, ASTM F1117-93, CSA Z195-02, NFS 73012 Nota: Se considerara aceptable además cualquier otra norma nacional que regule estos ensayos, vigente a la fecha. | ||||||||
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | 31 | PZA. | |||||
Poncho: - Material de PVC. - Color amarillo. - Impermeable 100% con capucha tipo capa, bolsillo en la parte delantera. Deseable con broches de nylon a ajustar. - Costura termo soldada. Normas de Referencia: ANSI Z41, ASTM F2413-05, ASTM F1117-93, CSA Z195-02, NFS 73012 Nota: Se considerara aceptable además cualquier otra norma nacional que regule estos ensayos, vigente a la fecha. | ||||||||
8 | SOMBRERO LEGIONARIO | 37 | PZA. | |||||
(TIPO SAFARI) Sombrero de tela Kaki / color azul / Gorro de safari neckflap entrada se puede desplegar y con protección de cuello Material: 65% poliéster, 35% Algodón /Agujeros de ventilación para una óptima circulación del aire. | ||||||||
CONDICIONES PARA LA PROVISIÓN DE LOS BIENES | ||||||||
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA: | ||||||||
El lugar de entrega será en la oficina central de ENDE ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxx. La verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas de los bienes se realizará en dichas oficinas. Los costos de descarguio y manipuleo de los bienes hasta la disposición final en las Instalaciones de ENDE corren por cuenta del proveedor. | ||||||||
PLAZO DE ENTREGA: | ||||||||
El plazo de entrega establecido para el presente proceso no debe exceder de los días detallados en la tabla de “PLAZOS DE ENTREGA ROPA DE TRABAJO”, computables a partir de la recepción de la Orden de proceder por parte del proveedor, pudiendo ofertar plazos menores de entrega. |
(v. septiembre 2020) 25
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
El retraso en el plazo de entrega establecido con el proponente adjudicado, que no justifique causal de fuerza mayor o caso fortuito tipificado según el Código de Comercio, será penalizado con una multa a establecerse en el Contrato. | ||||
MUESTRA DE LOS BIENES | ||||
Los proponentes, deberán adjuntar a su propuesta una muestra de los ítems a los cuales se están presentando; la misma que una vez evaluada por la comisión de revisión será devuelta. | ||||
FORMA DE PAGO | ||||
El pago se efectuará mediante Trasferencia Bancaria a cuenta del proveedor vía SIGEP, de la siguiente forma: PAGOS PARCIALES Contra entrega de los ítems adjudicados de acuerdo al plazo de entrega definido, a conformidad de ENDE en el lugar dispuesto, una vez que se haya firmado las actas de conformidad. | ||||
PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA | ||||
La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, computable a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. | ||||
PRUEBAS | ||||
ENDE, se reserva el derecho de efectuar inspecciones correspondientes y las respectivas pruebas previas a la recepción de los bienes de en el lugar de entrega: Inspección y prueba de calidad de confección, como también inspección o prueba de calidad y cumplimiento de todas las normas. | ||||
PRECIO DE LA PROPUESTA | ||||
El precio de la propuesta deberá incluir todos los costos hasta la disposición final en nuestras instalaciones de la oficina central de ENDE en la ciudad de Cochabamba, incluido todos los impuestos xx Xxx mediante la emisión de la correspondiente factura. La factura será emitida por cada proyecto (Subcomponente I.1 y Componente II) previa coordinación con ENDE. | ||||
CLASIFICACION Y LISTADO DE LAS TALLAS | ||||
Una vez que el proveedor se adjudique el proceso, ENDE deberá proporcionar las tallas de cada ítem a suministrar; cuando se tenga el relevamiento de las tallas con el Vo Bo de ENDE, se emitirá la Orden de Proceder para el suministro de los bienes. - El bordado del nombre con su apellido y el grupo sanguíneo, deberá poder ser adherido a las camisas, chamarras y chalecos mediante un parche, sistema velcro. |
PLAZOS DE ENTREGA ROPA DE TRABAJO
Ítem | Descripción | Unidad | Total Cantidad | PLAZO DE ENTREGA |
ROPA DE TRABAJO | ||||
1 | PANTALON XXXX | XXX | 64 | 30 Días Calendario |
2 | CAMISA MANGA LARGA | XXX | 00 | 00 Xxxx Xxxxxxxxxx |
0 | XXXXXXXX TERMICA | XXX | 00 | 00 Xxxx Xxxxxxxxxx |
0 | XXXXXXXX IMPERMEABLE | XXX | 00 | 00 Xxxx Xxxxxxxxxx |
5 | CHALECO | PZA | 37 | 30 Días Calendario |
6 | CONJUNTO PARA AGUA | PZA | 3 | 30 Días Calendario |
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | XXX | 00 | 00 Xxxx Xxxxxxxxxx |
8 | SOMBRERO LEGIONARIO | PZA | 37 | 30 Días Calendario |
(v. septiembre 2020) 26
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
CALZADOS DE SEGURIDAD
Características Ofertadas | Cumple | Observaciones (Especificar por qué No Cumple) | |||||||
ITEM | Descripción de los Bienes | Cantidad | Unidad | SI | NO | ||||
ADQUISICION XX XXXXXXX DE SEGURIDAD | |||||||||
9 | CALZADO DE SEGUDIDAD CON PUNTERA DE MC | 37 | PARES | ||||||
El calzado debe tener las siguientes especificaciones: - Punta xx xxxxx o material compuesto que cumpla con las normas ANSI 75. - Suela altamente antideslizante de caucho muy por encima de los estándares de la norma EN ISO 20344:2011. - Protección contra riesgo eléctrico en circuitos abiertos hasta los 14000 voltios en condiciones secas según la norma ASTM F2413-11 I/75 EH. - Resistente al agua (deseable) - Estabilidad - Flexibilidad - Confort (Muy Importante) Norma: ASTM F2413-11 / ASTM F2412-11. | |||||||||
10 | BOTAS IMPERMEABLES X/XXX XXXXXXXXXX | 00 | XXXXX | ||||||
Botas impermeable: - Caña larga hasta 40,5 cm. - Punta xx xxxxx resistente a la compresión e impacto. - Resistente a los derivados del petróleo, ácidos y álcalis. - Planta resistente a la abrasión, flexión, con diseño antideslizante. - Bota con prueba de estanqueidad. NB 144 ó ANSI Z41; ASTM-D- 471 E1 Última Versión. | |||||||||
CONDICIONES PARA LA PROVISIÓN DE LOS BIENES | |||||||||
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA: | |||||||||
El lugar de entrega será en la oficina central de ENDE ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxx. La verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas de los bienes se realizará en dichas oficinas. Los costos de descarguio y manipuleo de los bienes hasta la disposición final en las instalaciones de ENDE corren por cuenta del proveedor. | |||||||||
PLAZO DE ENTREGA: |
(v. septiembre 2020) 27
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
El plazo de entrega establecido para el presente proceso no debe exceder los días detallados en la tabla de “PLAZOS DE ENTREGA CALZADOS DE SEGURIDAD”, computables a partir de la recepción de la Orden de proceder por parte del proveedor, pudiendo ofertar plazos menores de entrega. | ||||
MUESTRA DE LOS BIENES | ||||
Los proponentes, deberán adjuntar a su propuesta una muestra xxx xxxxxxx propuesto; la misma que una vez evaluada por la comisión de revisión será devuelta. En caso de adjudicación la empresa debe presentar una muestra de todas las tallas para realizar las medidas correspondientes. | ||||
FORMA DE PAGO | ||||
El pago se efectuará mediante Trasferencia Bancaria a cuenta del proveedor vía SIGEP, de la siguiente forma: PAGOS PARCIALES Contra entrega de los ítems adjudicados de acuerdo al plazo de entrega definido, a conformidad de ENDE en el lugar dispuesto, una vez que se haya firmado las actas de conformidad. | ||||
PLAZO DE VALIDEZ DE LA PROPUESTA | ||||
La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario, computable a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. | ||||
PRUEBAS: | ||||
ENDE, se reserva el derecho de efectuar inspecciones correspondientes y las respectivas pruebas previas a la recepción de los bienes de en el lugar de entrega: Inspección y prueba de calidad y cumplimiento de todas las normas. | ||||
PRECIO DE LA PROPUESTA | ||||
El precio de la propuesta deberá incluir todos los costos hasta la disposición final en nuestras instalaciones de la oficina central de ENDE en la ciudad de Cochabamba, incluido todos los impuestos xx Xxx mediante la emisión de la correspondiente factura. La factura será emitida por cada proyecto previa coordinación con ENDE. | ||||
CLASIFICACION Y LISTADO DE LAS TALLAS | ||||
Una vez que el proveedor se adjudique el proceso de calzados de seguridad deberá contar con tallas desde el 37 hasta el 44 y botas de agua desde el 39 al 48. |
PLAZOS DE ENTREGA CALZADOS DE SEGURIDAD
Ítem | Descripción | Unidad | Total Cantidad | PLAZO DE ENTREGA |
ROPA DE TRABAJO | ||||
9 | CALZADO DE SEGUDIDAD CON PUNTERA DE MC | PZA | 37 | 15 Días Calendario |
10 | BOTAS IMPERMEABLES P/USO INDUSTRIAL | PZA | 30 | 15 Días Calendario |
(v. septiembre 2020) 28
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
Características Ofertadas | Cumple | Observaciones (Especificar por qué No Cumple) | |||||||
ITEM | Descripción de los Bienes | Cantidad | Unidad | SI | NO | ||||
EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL | |||||||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD COLOR BLANCO | 36 | Pza. | ||||||
- Fabricado en polietilieno ó policarbonato de alta densidad - Tipo II (proteger la cabeza contra impactos por golpes en la parte superior, frontal, lateral y trasera de la cabeza) - Clase E (Resistentes a 20.000 voltios. Reducen el riesgo eléctrico ante la exposición a conductores de alto voltaje) -Color blanco - 4 soportes para mejor ajuste - Ranuras laterales para montaje de protector auditivo y yugular - Debe tener grabado en el casquete la fecha de fabricación, Indicando día, mes y año. - Disponibilidad de ala frontal o ala total, a requerimiento. ANSI Z 89.1:2014 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto. | |||||||||
00 | XXXXXX X XXXXX PARA CASCO | 3 | Pza. | ||||||
ARNES PARA CASCO: Suspensión fast track Sistema rachet de facil ajuste Bandas de hilo de alta resistencia Banda de sudor reemplazable ajuste vertical para altura - Clase E - 4 soportes para mejor ajuste Normas de Referencia: ANSI Z 89.1 : 2014 Nota: Se considerara aceptable además cualquier otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto. |
(v. septiembre 2020) 29
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | 36 | Pza. | ||||||
Barbijo o yugular para casco: - Material elástico. - Acoplamiento para casco. - Tamaño estándar; para acoplamiento al casco. ANSI Z 89.1 : 2014 Nota: Se considerara aceptable además cualquier otra norma nacional vigente a la fecha. | |||||||||
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | 24 | Pza. | ||||||
Legionario para casco de protección de tela, preferible gabardina o caqui. Norma : no aplicable. -FPS >= 25 UV | |||||||||
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | 2 | Pza. | ||||||
VISERA PROTECTORA SOLAR: - Material poliuretano y en la parte frontal de Lexan con un color oscuro. - Material ABS para viseras laterales | |||||||||
16 | LINTERNA PARA CASCO DE SEGURIDAD | 14 | Pza. | ||||||
- Linterna frontal 7 LED en blíster cerrado, con vincha ajustable con las siguientes características: - Mínimo 200 LUMES -Duración 50 Hrs. - Vida útil xx xxxx: 8000 Hrs. - Funcionamiento a pilas Norma : no aplicable | |||||||||
17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | 17 | Pza. | ||||||
Protector auditivo tapón; - Polímero libre de silicona - Lavable y reutilizable - Diseño de tres aletas Norma ANSI S3;19-Ultima Versión |
(v. septiembre 2020) 30
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | 47 | Pza. | ||||||
Las gafas de seguridad de: - Policarbonato de alta resistencia (Alto impacto) - Antiempañante - Antiestática - Antirayadura - Absorción de 99.9 % rayos UV - Resistente a sustancias químicas - Marco y patilla termoplástica. Norma ANSI Z 87.1 / ANSI Z 87.1+ :2010 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto | |||||||||
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL TRANSPARENTE | 5 | Pza. | ||||||
ANTI XXXXX - Policarbonato de alta resistencia (Alto impacto) - Anti-empañante - Protección contra radiaciones UV en un 99.9%. - Resistencia a rayadura, estática y ataque químico. - Canales de ventilación indirecta superior e inferior. - Puente nasal fijo integrado con el marco. - Pestaña nasal amplia - Perfil extra xxxxxxx y excelente sello. Puente nasal, montura o armazón de PVC. NORMA DE REFERENCIA ANSI Z 87.1 / ANSI Z 87.1+ :2010 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto. |
(v. septiembre 2020) 31
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
20 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | 27 | Par | ||||||
Preferiblemente guante de cabritilla con ribete rojo. Norma boliviana – 349 ó IRAM 3600 ó Instituto nacional de Investigación Tecnologías y de acuerdo a normalización. | |||||||||
21 | GUANTE ERGONOMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | 29 | Par. | ||||||
Guante recubierto de inmersión de látex natural con acabado rugoso, puño tejido, forro de polialgodón sin costuras. Resistente a la abrasión y penetración. Norma IRAM 3600/ EN 420 / EN 388 / NB 349 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto | |||||||||
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | 2 | Pza. | ||||||
- Reata única xx xxxxx faz. Inspección visual diaria - Material poliéster 100%(poliamida virgen) Según la lista de - Resistencia a la tensión y abrasión - Resistencia para personas hasta 190 kg - Correas de resistencia a 5000 lb - Ajustable a pecho y piernas. - 4 argollas tipo D; lugares 1 espalda, frontal y 2 en caderas; con cinturón faja Herrajes de alta resistencia a la tensión de rotura y a la corrosión (aislados/ revestimiento de pvc) - Indicador de impacto. - Incluir etiqueta de registro de responsable de almacenar inspección y cumplimiento de normas. ANSI Z359.1:2014 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto |
(v. septiembre 2020) 32
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
23 | LINEA DE SUJECION (ESLINGA Y) | 2 | Pza. | ||||||
LÍNEA DE SUJECIÓN (ESLINGA Y): Eslinga de amarre doble - elastisada con amortiguador en 100 % poliéster de alta tenacidad tejido trenzado Longitud de cuerda de 1.20mt a 1.80mts. Amortiguador de caídas integrado. 1 gancho de seguridad xx xxxxx bloqueo. 2 ganchos de seguridad xx xxxxx bloqueo grandes. Resistente para personal que pese hasta 140 kg. NORMA APLICABLE: ANSI Z359.1.:2014 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto | |||||||||
24 | LINEA DE SUJECIÓN | 2 | Pza. | ||||||
- Eslinga de amarre doble - elastizada con amortiguador en 100% poliéster de alta tenacidad -Tejido trenzado - Longitud de cuerda de 1.20mt a 1.8 mts - Amortiguador de caídas integrado. - 1 gancho de seguridad xx xxxxx bloqueo - 2 ganchos de seguridad xx xxxxx bloqueos grandes - Resistente para personal que pese hasta 140 Kg. ANSI Z359.1.:2014 Nota: Se considerara aceptable otra norma nacional vigente a la fecha que regule este producto |
(v. septiembre 2020) 33
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
CONDICION PARA LA PROVISION DE BIENES | |||||
LUGAR Y CONDICIONES PARA LA ENTREGA: | |||||
El lugar de entrega será en la oficina central de ENDE ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxx Xx 000 xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxx. La verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas de los bienes se realizará en dichas oficinas. Los costos de descarguio y manipuleo de los bienes hasta la disposición final en las instalaciones de ENDE corren por cuenta del proveedor. | |||||
PLAZO DE ENTREGA: | |||||
El plazo de entrega establecido para el presente proceso no debe exceder los días detallados en la tabla de “PLAZOS DE ENTREGA EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL”, computables a partir de la recepción de la Orden de proceder por parte del proveedor, pudiendo ofertar plazos menores de entrega. | |||||
MUESTRA DE LOS BIENES | |||||
Los proponentes, deberán adjuntar a su propuesta una muestra de los bienes a los cuales se están presentando en cada lote; la misma que una vez evaluada por la comisión de revisión será devuelta. | |||||
FORMA DE PAGO | |||||
El pago se efectuará mediante Trasferencia Bancaria a cuenta del proveedor vía SIGEP, de la siguiente forma: PAGOS PARCIALES Contra entrega de los ítems adjudicados de acuerdo al plazo de entrega definido, a conformidad de ENDE en el lugar dispuesto, una vez que se haya firmado las actas de conformidad. | |||||
VALIDEZ DE LA PROPUESTA | |||||
La propuesta deberá tener una validez no menor a sesenta (60) días calendario desde la fecha fijada para la apertura de las ofertas | |||||
PRUEBAS: | |||||
ENDE, se reserva el derecho de efectuar inspecciones correspondientes y las respectivas pruebas previas a la recepción de los bienes de en el lugar de entrega: Inspección y prueba de calidad de confección, como también inspección o prueba de todos los bienes. | |||||
PRECIO DE LA PROPUESTA | |||||
El precio de la propuesta deberá incluir todos los costos hasta la disposición final en nuestras instalaciones de ENDE en la ciudad de Cochabamba, incluido todos los impuestos xx Xxx mediante la emisión de la correspondiente factura. La factura será emitida por cada proyecto previa coordinación con ENDE. |
(v. septiembre 2020) 34
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
PLAZOS DE ENTREGA EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Ítem | Descripción | Unidad | Total Cantidad | PLAZO DE ENTREGA |
ROPA DE TRABAJO | ||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD | PZA | 36 | 15 Días Calendario |
00 | XXXXXX X XXXXX PARA CASCO | PZA | 3 | 15 Días Calendario |
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | PZA | 36 | 15 Días Calendario |
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | PZA | 24 | 15 Días Calendario |
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | PZA | 2 | 15 Días Calendario |
16 | LINTERNA PARA CASCO DE SEGURIDAD | PZA | 14 | 15 Días Calendario |
17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | PAR | 17 | 15 Días Calendario |
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | PZA | 47 | 15 Días Calendario |
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL TRANSPARENTE | PZA | 5 | 15 Días Calendario |
20 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | PAR | 27 | 15 Días Calendario |
21 | GUANTE ERGONÓMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | PAR | 29 | 15 Días Calendario |
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | PZA | 2 | 15 Días Calendario |
23 | LINEA DE SUJECION ( ESLINGA Y) | XXX | 0 | 00 Xxxx Xxxxxxxxxx |
00 | XXXXX XX XXXXXXXX SIMPLE | PZA | 2 | 15 Días Calendario |
(d) Planos o diseños. Este documento de licitación incluye ningún plano o diseño.
LISTA DE PLANOS O DISEÑOS | ||
PLANO O DISEÑO NO. | NOMBRE DEL PLANO O DISEÑO | PROPÓSITO |
(e) Inspecciones y pruebas. Se realizarán Las siguientes inspecciones y pruebas: ninguno
(v. septiembre 2020) 35
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
SECCIÓN II – FORMULARIOS DE LA COTIZACIÓN
1. CARTA DE LA COTIZACIÓN
INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES: XXXXXXX ESTE RECUADRO UNA VEZ QUE HAYA COMPLETADO EL DOCUMENTO
El Oferente deberá preparar esta Carta de la Cotización en papel con membrete que indique claramente el nombre completo del Oferente y su dirección comercial.
Nota: El texto en cursiva se incluye para ayudar a los Oferentes en la preparación de este formulario.
Fecha de presentación de esta Cotización: [Indicar día, mes y año de la presentación de la Cotización]
Identificación y número de la SDC: [Indicar el número del proceso]
Para: [Indicar el nombre del Comprador/Contratante]
(a) Sin reservas: Hemos examinado el documento de comparación de precios y no tenemos reserva alguna al respecto.
(b) Elegibilidad: Cumplimos los requisitos de elegibilidad y no tenemos conflictos de intereses, de acuerdo con el numeral 3.
(c) Declaración de Mantenimiento: No hemos sido suspendidos ni declarados inelegibles por el Comprador/Contratante sobre la base de la suscripción de una Declaración de Mantenimiento en el país del Comprador/Contratante de acuerdo con el numeral 3.6.
(d) Cumplimiento de las disposiciones: Ofrecemos proveer los siguientes bienes de conformidad con el documento de comparación de precios y de acuerdo con el Cronograma de Entregas establecido en los Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios: [Proporcionar una descripción breve de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios]
(e) Precio de la Cotización: El precio total de nuestra Cotización, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el artículo (f) a continuación es:
Opción 1, en caso de un solo lote/ítem: el precio total es [Indicar el precio total de la Cotización en letras y en cifras, indicando los diferentes montos y las respectivas monedas]
O bien
Opción 2, en caso de múltiples lotes/ítems: (a) precio total de cada lote/ítem [Indicar el precio total de cada lote/ítem en letras y en cifras, indicando los diferentes montos y las respectivas monedas] y (b) precio total de todos los lotes/ítems (suma de todos los lotes/ítems) [Indicar el precio total de todos los lotes/ítems en letras y en cifras, indicando los diferentes montos y las respectivas monedas]
(v. septiembre 2020) 36
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
(f) Descuentos: Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son los siguientes:
(i) Los descuentos ofrecidos son: [Especificar cada descuento ofrecido]
(ii) El método de cálculo exacto para determinar el precio neto luego de aplicados los descuentos se detalla a continuación: [Detallar la metodología que se usará para aplicar los descuentos].
(g) Período de validez de la Cotización: Nuestra Cotización se mantendrá vigente por el período establecido en el numeral 9, a partir de la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Cotizaciones establecida en el numeral 12 y seguirá teniendo carácter vinculante para nosotros y podrá ser aceptada en cualquier momento antes del vencimiento de dicho período.
(h) Garantía de Cumplimiento: Si nuestra Cotización es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento del Contrato de conformidad con el documento de comparación de precios.
(i) Una Cotización por Oferente: No estamos presentando ninguna otra Cotización como Oferentes individuales, y no estamos participando en ninguna otra Cotización ni como miembros de una APCA ni como subcontratistas, y cumplimos con los requisitos del numeral 3.3.
(j) Suspensión e inhabilitación: Nosotros (incluidos, los directores, funcionarios, accionistas principales, personal propuesto y agentes), al igual que subcontratistas, proveedores, consultores, fabricantes o prestadores de servicios que intervienen en alguna parte del contrato, no somos objeto de una suspensión temporal o inhabilitación impuesta por el BID conforme al acuerdo para el cumplimiento conjunto de las decisiones de inhabilitación firmado por el BID y otros bancos de desarrollo.
Así mismo, no somos inelegibles en virtud de las leyes nacionales del Comprador/Contratante ni de sus normas oficiales, así como tampoco en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
(k) Empresa o ente de propiedad estatal: [Seleccione la opción correspondiente y elimine la otra]. No somos una empresa o ente de propiedad estatal / Somos una empresa o ente de propiedad estatal, pero cumplimos con los requisitos del numeral 3.5.
(l) Contrato vinculante: Entendemos que esta Cotización, junto con su debida aceptación por escrito, constituirá una obligación contractual entre nosotros hasta que las partes hayan preparado y perfeccionado un contrato formal.
(m) Comprador/Contratante no obligado a aceptar: Xxxxxxxxxx que ustedes no están obligados a aceptar la Cotización con el costo evaluado más bajo, ni ninguna otra Cotización que reciban.
(n) Prácticas Prohibidas: Por el presente, certificamos que hemos tomado las medidas necesarias para garantizar que ninguna persona que actúe en nuestro nombre o representación incurra en Prácticas Prohibidas.
Hemos leído y aceptamos cumplir y conocer las previsiones en cuanto a: i) elegibilidad y ii) disposiciones relativas a Prácticas Prohibidas descritas en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
(v. septiembre 2020) 37
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-15), disponibles en el sitio virtual del Banco xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx y descritas en la Sección IV “Contrato”.
Nombre del Oferente*: [Proporcionar el nombre completo del Oferente]
Nombre de la persona debidamente autorizada para firmar la Cotización en nombre del Oferente**: [Proporcionar el nombre completo de la persona debidamente autorizada a firmar el Formulario de la Cotización]
Cargo de la persona firmante del Formulario de la Cotización: [Indicar el cargo de la persona que firma el Formulario de la Cotización]
Firma de la persona nombrada anteriormente: [Indicar la firma de la persona cuyo nombre y capacidad se indican en los párrafos anteriores]
NIT: [Indicar el NIT válido y activo]
Fecha de la firma: El día [Indicar la fecha de la firma] del mes [Indicar mes] del año [Indicar año]
* En el caso de las Cotizaciones presentadas por una APCA, especifique el nombre de la APCA que actúa como Oferente.
** La persona que firme la Cotización deberá contar con el poder otorgado por el Oferente. El poder deberá adjuntarse a los Formularios de la Cotización.
(v. septiembre 2020) 38
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
2. FORMULARIO DE LISTA DE PRECIOS
No. DE ÍTEM/ LOTE | DESCRIPCIÓN DEL ÍTEM/LOTE | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO SIN IMPUESTOS Bs. | PRECIO UNITARIO CON IMPUESTOS Bs. | PRECIO TOTAL CON IMPUESTOS Bs. | FECHA DE ENTREGA | PAÍS DE ORIGEN |
1 | |||||||
2 | |||||||
n | |||||||
TOTALES |
Firma Autorizada: [Firma del representante autorizado]
Nombre y Cargo del Firmante: [Indicar el nombre completo del Firmante]
Nombre del Oferente: [Indicar el nombre conforme a la matrícula de comercio]
(v. septiembre 2020) 39
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
3. FORMULARIO DE PRECIO Y CRONOGRAMA DE CUMPLIMIENTO: SERVICIOS CONEXOS
[Solo para el caso de adquisición de Bienes y Servicios Conexos.]
No. DE SERVICIO | DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS | PAÍS DE ORIGEN | FECHA DE EJECUCIÓN EN EL LUGAR DE DESTINO FINAL | CANTIDAD Y UNIDAD FÍSICA | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL POR SERVICIO |
1 | ||||||
2 | ||||||
n | ||||||
TOTALES |
Firma Autorizada: [Firma del representante autorizado]
Nombre y Cargo del Firmante: [Indicar el nombre completo del Firmante]
Nombre del Oferente: [Indicar el nombre conforme a la matrícula de comercio]
(v. septiembre 2020) 40
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
4. FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE MANTENIMIENTO DE LA COTIZACIÓN
[El Oferente completará este Formulario de Declaración de Mantenimiento de la Cotización de acuerdo con las instrucciones indicadas.]
Fecha: [Indicar]
Identificación y número de la SDC: [Indicar]
Para: [Indicar el nombre completo del Comprador/Contratante]
Los suscritos declaramos que:
Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Cotizaciones deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Cotización.
Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier proceso de contrato con el Comprador/Contratante por un período de [Indicar el número de meses o años] contado a partir de [Indicar la fecha] si incumplimos nuestras obligaciones derivadas de las condiciones de la Cotización, a saber:
(a) si retiramos nuestra Cotización durante el período de vigencia de la Cotización especificado en la Carta de la Cotización, o
(b) si, una vez que el Comprador/Contratante nos ha notificado de la aceptación de nuestra Cotización dentro del período de validez de la Cotización, (i) no firmamos o nos negamos a firmar el Contrato, o (ii) no suministramos o nos negamos a suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Solicitud de Cotización.
Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Cotización, expirará en el caso de que no seamos seleccionados, y (i) si recibimos una notificación con el nombre del Oferente seleccionado, o (ii) han transcurrido siete (7) días después de la expiración de nuestra Cotización, lo que ocurra primero.
Nombre del Oferente*: [Proporcionar el nombre completo del Oferente]
Nombre de la persona debidamente autorizada para firmar la Cotización en nombre del Oferente**: [Proporcionar el nombre completo de la persona debidamente autorizada a firmar el Formulario de la Cotización]
Cargo de la persona firmante del Formulario de la Cotización: [Indicar el cargo de la persona que firma el Formulario de la Cotización]
Firma de la persona nombrada anteriormente: [Indicar la firma de la persona cuyo nombre y capacidad se indican en los párrafos anteriores]
NIT: [Indicar el NIT válido y activo]
Fecha de la firma: El día [Indicar la fecha de la firma] del mes [Indicar mes] del año [Indicar año]
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
* En el caso de las Cotizaciones presentadas por una APCA, especifique el nombre de la APCA que actúa como Oferente.
** La persona que firme la Cotización deberá contar con el poder otorgado por el Oferente. El poder deberá adjuntarse a los Formularios de la Cotización.
[Nota: En caso de que se trate de una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Cotización deberá emitirse en nombre de todos los miembros de la APCA que presenta la Cotización].
(v. septiembre 2020) 42
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
SECCIÓN III – PAÍSES ELEGIBLES
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
[Nota: Las referencias en estos documentos al Banco incluyen tanto al BID, al BID Lab como a cualquier fondo administrado por el Banco.
A continuación, se presentan dos opciones para que el Comprador/Contratante elija la que corresponda dependiendo de donde proviene el Financiamiento. Este puede provenir del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), del BID Lab u, ocasionalmente, los contratos pueden ser financiados por un fondo administrado por el Banco que podría incluir diferentes criterios para la elegibilidad a un grupo particular de países miembros, caso en el cual se deben determinar estos utilizando la última opción.]
1. Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo. Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
(a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
(b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
(c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
(d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
1. Lista de Países de conformidad con el Acuerdo del Fondo Administrado:
[Incluir la lista de países]
2. Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad.
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
(v. septiembre 2020) 43
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
(b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad conjunta y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes.
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
C) Origen de los Servicios.
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
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1. ORDEN DE COMPRA
Se formalizara el proceso de contratación de adquisición de bienes mediante Orden de Compra, sólo en casos de entrega, con un plazo no mayor a quince (15) días calendario.
El contenido mínimo de la Orden de Compra, deberá ser:
1. Nombre del Programa y proceso.
2. Datos del proceso.
3. Partes Contratantes.
4. Descripción de los Bienes/Servicios.
5. Monto y plazo contratado.
6. Lista de Cantidades.
7. Adjuntar Prácticas Prohibidas y Elegibilidad como parte de la Orden de Compra.
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MODELO DE ORDEN DE COMPRA
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2. MODELO DE CONTRATO ADQUISICIÓN DE BIENES
ÍNDICE DEL CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA. - Partes Contratantes
SEGUNDA. - Fuente de los Recursos
TERCERA. - Antecedentes Legales del Contrato
CUARTA. - Objeto y Causa del Contrato
QUINTA. - Plazo de Entrega
SEXTA. - Precio del Contrato
SÉPTIMA. - Anticipo
OCTAVA. - Garantías
NOVENA. - Domicilio a Efectos de Notificación
DÉCIMA. - Vigencia del Contrato DÉCIMA PRIMERA. - Documentos del Contrato DÉCIMA SEGUNDA. - Idioma
DÉCIMA TERCERA. - Legislación Aplicable al Contrato DÉCIMA CUARTA. - Derechos del Proveedor DÉCIMA QUINTA. - Estipulaciones Sobre Impuestos DÉCIMA SEXTA. - Protocolización del Contrato
DÉCIMA SÉPTIMA. - Subcontratos
DÉCIMA OCTAVA. - Intransferibilidad del Contrato
DÉCIMA NOVENA. - Causas de fuerza mayor y/o caso fortuito VIGÉSIMA. - Terminación del Contrato
VIGÉSIMA PRIMERA. - Solución de Controversias
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA SEGUNDA. - Forma de Pago VIGÉSIMA TERCERA. - Facturación
VIGÉSIMA CUARTA. - Modificación al Contrato VIGÉSIMA QUINTA. - Morosidad y sus Penalidades
VIGÉSIMA SEXTA. - Responsabilidad y Obligaciones del Proveedor VIGÉSIMA SÉPTIMA. - Seguros
VIGÉSIMA OCTAVA. - Suspensión Temporal de la Adquisición VIGÉSIMA NOVENA. - Normas de Calidad Aplicables TRIGÉSIMA. - Embalaje
TRIGÉSIMA PRIMERA. - Inspección y Pruebas TRIGÉSIMA SEGUNDA. - Derechos de Patente
TRIGÉSIMA TERCERA. - Manuales de Operación, Mantenimiento y Reparación TRIGÉSIMA CUARTA. - Recepción
TRIGÉSIMA QUINTA. - Liquidación de Contrato TRIGÉSIMA SEXTA. - Conformidad
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MODELO DE CONTRATO
Programa de Electrificación Rural – II (PER – II) (BO-L1117) Contrato xx Xxxxxxxx N° 3725/BL-BO
ADQUISICION DE ROPA DE TRABAJO, EQUIPO DE PROTECCION Y CALZADOS PARA EL PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL II - GESTION 2022
[Colocar estas referencias, en todas las páginas del Contrato]
I. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
PRIMERA. - (PARTES CONTRATANTES)
Dirá usted que las partes CONTRATANTES son: La Empresa Nacional de Electricidad – ENDE, con NIT 1023187029, legalmente representado por el Ing. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, mayor de edad, hábil por ley, con Cédula de Identidad Nº 0000000 expedida en Santa Xxxx, designado como Presidente Ejecutivo Interino, mediante Resolución Suprema N° 27683 de 03 xx xxxxx de 2022, con todas las atribuciones establecidas en el art. 33° de los Estatutos de ENDE, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0267 de fecha 26 xx xxxxxx de 2009, modificados por el Decreto Supremo 1691 de 14 xx xxxxxx de 2013 y Decreto Supremo N°4084 de fecha 21 de noviembre de 2019, con domicilio legal en calle Colombia Nº 000 xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxx - Xxxxxxx, y que en virtud a la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº ENDE-RES-PREJ-5/12-22 de fecha 25 xx xxxx de 2022, publicada el 27 xx xxxx de 2022, se designó como firma autorizada de Contratos, al Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, hábil por derecho, con Cédula de Identidad Nº 0000000 expedida en La Paz, que en adelante se denominará el COMPRADOR y la [Registrar la Razón Social del Oferente adjudicado], legalmente representada por [Registrar el nombre completo y número de Cédula de Identidad del representante legal habilitado para la suscripción del Contrato en representación del PROVEEDOR], en virtud del Testimonio de Poder Nº [Registrar el número] otorgado ante [Registrar el N° de Notaria de Fe Pública ante la cual fue otorgado el Poder], el [Registrar la fecha, día, mes, año] en la [Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder], que en adelante se denominará el PROVEEDOR, quienes suscriben el presente Contrato de Adquisición de Bienes.
SEGUNDA. – (FUENTE DE LOS RECURSOS)
La Empresa Nacional de Electricidad - ENDE (en adelante denominado el “Prestatario”) ha solicitado o recibido un financiamiento (en adelante denominado “fondos”) del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado “el Banco”) para sufragar el costo del proyecto Programa de Electrificación Rural II. El Prestatario destinará una porción de estos fondos para sufragar los gastos elegibles, en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx, objeto de la solicitud de cotizaciones. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato xx Xxxxxxxx. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y después que el Banco haya aprobado dichos pagos, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx entre el Prestatario y el Banco. Los pagos estarán sujetos en todo respecto a los términos y condiciones establecidos en dicho Contrato xx Xxxxxxxx. Nadie sino el Prestatario, tendrá derechos en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx para reclamar los recursos xxx xxxxxxxx.
TERCERA. - (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO)
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
Dirá usted que el COMPRADOR, mediante proceso CP-BID-ENDE-2022-027, convocó a Oferentes interesados a que presenten documentos y cotizaciones técnicas y económicas, de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en la Solicitud de Cotizaciones (SDC), aprobada mediante Resolución Administrativa u otro instrumento, proceso realizado bajo las Políticas para la Adquisición de Obras y Bienes financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Que la Comisión de Calificación del COMPRADOR, luego de efectuada la apertura de cotizaciones presentadas realizó el análisis y evaluación de las mismas, habiendo emitido el Informe de Calificación y Recomendación a la Autoridad Responsable del Proceso, de la adquisición de bienes objeto del presente Contrato, el mismo que fue aprobado y en base al cual se pronunció la Resolución Administrativa de Adjudicación u otro instrumento, resolviendo adjudicar la adquisición de bienes a [Registrar la razón social del Oferente adjudicado a la provisión de los BIENES] al cumplir su cotización con todos los requisitos de la Convocatoria y ser la que representa el costo evaluado como más bajo.
CUARTA. - (OBJETO Y CAUSA DEL CONTRATO)
El objeto del presente Contrato es la Adquisición de Ropa de Trabajo, Equipos de Protección Personal y Calzados que serán asignados al personal del Programa de Electrificación Rural II – PER II, el detalle de los bienes se encuentra en documento anexo que en adelante se denominarán los BIENES, para [Señalar la causa de la contratación], suministrados por el PROVEEDOR de conformidad con la SDC y la cotización adjudicada, con estricta y absoluta sujeción al presente Contrato.
QUINTA. - (PLAZO DE ENTREGA)
El PROVEEDOR entregará los BIENES en estricto apego a la cotización adjudicada, conforme a cronograma de entregas previsto. [Adjuntar el cronograma adjudicado.]
Los plazos señalados en el cronograma de entregas, se computarán independientes uno del otro. El(los) plazo(s) de entrega señalado(s) precedentemente será(n) computado(s) a partir de:
- La fecha establecida en la Orden de Proceder. [Cuando se trate de bienes de provisión continua.]
El(los) plazo(s) de entrega de los BIENES, establecido(s) en la presente cláusula, podrá(n) ser ampliado(s) cuando:
a) El COMPRADOR, mediante el procedimiento establecido en este mismo Contrato, incremente la cantidad de los BIENES a ser provistos y ello repercuta en el plazo de entrega;
b) Por otras causas previstas para la ejecución del presente Contrato.
SEXTA. - (PRECIO DEL CONTRATO)
El precio total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecución del objeto del presente Contrato es de: [Registrar en forma numeral y literal el monto del contrato, en bolivianos, establecido en la Resolución de Adjudicación u otro instrumento]. [Los requisitos de pago establecidos en moneda extranjera, se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizados en la cotización, con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario.]
El precio o valor final de la adquisición, será el resultante de aplicar los precios unitarios de la cotización adjudicada a las cantidades de BIENES efectiva y realmente provistas.
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Queda establecido que los precios unitarios consignados en la cotización adjudicada obligan a la provisión de BIENES nuevos y de primera calidad, sin excepción.
Este monto también comprende todos los costos de verificación, transporte, impuestos, aranceles, gastos de seguro de los BIENES a ser entregados y cualquier otro costo que pueda tener incidencia en el precio hasta su recepción de forma satisfactoria.
Es de exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR, efectuar la entrega de los BIENES contratados por el monto establecido, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por entregas que hiciesen exceder dicho monto, salvo lo establecido en la cláusula VIGÉSIMA CUARTA del presente Contrato.
[En caso de no existir anticipo, el COMPRADOR deberá reemplazar el texto de la cláusula SÉPTIMA
indicando lo siguiente: “En el presente Contrato no se otorgará anticipo.”]
SÉPTIMA. - (ANTICIPO)
El COMPRADOR, podrá otorgar un anticipo al PROVEEDOR, cuyo monto no deberá exceder el veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato, contra entrega de una Garantía de Correcta Inversión de Anticipo por el cien por ciento (100%) del monto entregado. El importe del anticipo será descontado en [Indicar el número de pagos] pagos hasta cubrir el monto total del anticipo.
OCTAVA. - (GARANTÍAS)
8.1. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El PROVEEDOR garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente Contrato en todas sus partes con la [Registrar el tipo de garantía presentada], Nº [Registrar el número de la garantía presentada] emitida por [Registrar el nombre del ente emisor de la garantía], con vigencia hasta el [Registrar día, mes y año de la vigencia de la garantía], a la orden de [Registrar el nombre o razón social del COMPRADOR], por [Registrar el monto de la garantía en forma numeral y literal], equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del Contrato.
El importe de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, será pagado en favor del COMPRADOR a su sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
La devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, procederá si el Contrato ha sido cumplido en su totalidad y se efectivice la recepción de los BIENES objeto de la contratación, hecho que se hará constar mediante el Acta de Recepción suscrita por la Comisión de Recepción y el PROVEEDOR. La devolución se efectivizará en la liquidación final del Contrato.
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera el COMPRADOR por razones justificadas. La Unidad Administrativa del COMPRADOR será quien llevará el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad.
[Incluir la siguiente redacción sólo en caso de BIENES con más de una entrega.]
Al cumplimiento de cada entrega, el PROVEEDOR podrá solicitar al COMPRADOR la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, por una garantía equivalente al siete por ciento (7%) del saldo restante del monto del Contrato; siempre y cuando el COMPRADOR haya realizado la recepción de los BIENES, en el plazo previsto de acuerdo al cronograma, no debiendo existir retraso y/o incumplimiento en las entregas previas, atribuibles al PROVEEDOR.
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En caso de que el PROVEEDOR no haya solicitado la sustitución de dicha garantía y se haya efectivizado recepciones y posteriormente sobreviniese una Resolución de Contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR, se ejecutará la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
La Comisión de Recepción deberá verificar que los BIENES, hayan sido entregados conforme la propuesta adjudicada, estableciendo en el Acta de Recepción que los BIENES han sido entregados de manera satisfactoria y dentro del plazo previsto. El PROVEEDOR con esta Acta de Recepción, podrá solicitar al COMPRADOR la autorización de sustitución la Garantía de Cumplimiento de Contrato, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles. El COMPRADOR a través de la Unidad Administrativa verificará el Acta de Recepción a efectos de autorizar la sustitución de la garantía contra entrega de una nueva garantía.
[Incluir la siguiente redacción sólo en caso de BIENES de provisión continua.]
El PROVEEDOR podrá solicitar al COMPRADOR la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, misma que será equivalente al siete por ciento (7%) del monto de ejecución restante de la provisión de los BIENES al momento de la solicitud, siempre y cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones a la fecha de la solicitud:
a) Se alcance un avance en la provisión de los BIENES de al menos setenta por ciento (70%) del monto del Contrato; [Por ejemplo, de establecerse un avance en la provisión de BIENES del 80%, el PROVEEDOR podrá solicitar el cambio de la Garantía de Cumplimiento de Contrato por un 7% del 20% del monto del Contrato que falta por proveer, que corresponde al 1,4% del monto total del Contrato]
b) La provisión de los BIENES y las condiciones del Contrato, hayan sido ejecutadas sin retraso o suspensión atribuible al PROVEEDOR de acuerdo al Cronograma de Xxxxxxxx.
La Unidad Solicitante, en base a la solicitud del PROVEEDOR, deberá emitir informe sobre la solicitud de sustitución de la garantía un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, en base a los registros o planillas de provisión de bienes, aceptando o rechazando la solicitud realizada por el PROVEEDOR. En caso de aceptar la solicitud de sustitución de la garantía, la Unidad Solicitante remitirá a la Unidad Administrativa del COMPRADOR la autorización de sustitución y antecedentes a efectos de que se realice la sustitución por única vez de la garantía contra entrega de una nueva garantía.
[En caso de convenirse el desembolso de anticipo, en la presente cláusula se deberá adicionar el siguiente texto.]
8.2. GARANTÍA DE CORRECTA INVERSIÓN DE ANTICIPO
El PROVEEDOR entregará al COMPRADOR la [Registrar el tipo de garantía presentada por el PROVEEDOR], por el cien por cien (100%) del monto del anticipo solicitado por el PROVEEDOR que corresponde a [Registrar el monto en forma numeral y literal, el mismo que no podrá exceder del 20% del monto total del Contrato], con vigencia mínima de [Registrar el plazo] días calendario y hasta la amortización total del anticipo, a la orden de [Registrar el nombre o razón social del COMPRADOR].
La solicitud del anticipo debe realizarse en el plazo de [El COMPRADOR deberá establecer el plazo] días calendario computables a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato, caso contrario se dará por Anticipo no solicitado.
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, cuantas veces lo requiera el COMPRADOR por razones justificadas.
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El importe de esta garantía podrá ser cobrado por el COMPRADOR en caso de que el PROVEEDOR no invierta el mismo en la provisión de los BIENES, dentro de los [Registrar en forma literal y numérica, el plazo que prevea al efecto el COMPRADOR] días calendario, computables a partir de la fecha de desembolso del anticipo.
Esta garantía original, podrá ser sustituida periódicamente por otra garantía, cuyo valor deberá ser la diferencia entre el monto otorgado y el monto ejecutado. Las garantías sustitutivas deberán mantener su vigencia en forma continua y hasta la amortización total del anticipo.
El COMPRADOR a través de la Unidad Administrativa llevará el control directo de la vigencia y validez de esta garantía, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliación al PROVEEDOR.
NOVENA. - (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN)
Cualquier aviso o notificación que tengan que darse las partes suscribientes del presente Contrato será enviada de manera escrita:
Al PROVEEDOR:
[Registrar el domicilio que señale el PROVEEDOR especificando calle y número del inmueble donde funcionan sus oficinas]
[Registrar la ciudad]
Al COMPRADOR:
Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0000 Telf.: 0000000 Fax 0000000
Correo electrónico oficial: xxxxxxxxxxxx.xxx0@xxxx.xx Cochabamba - Bolivia
DÉCIMA. - (VIGENCIA DEL CONTRATO)
El presente Contrato, entrará en vigencia desde el día siguiente hábil de su suscripción, por ambas partes, hasta la terminación del mismo.
DÉCIMA PRIMERA. - (DOCUMENTOS DEL CONTRATO)
Forman parte del presente Contrato los siguientes documentos:
11.1 Cotización adjudicada
11.2 Requisitos de los Bienes y Servicios Conexos: Especificaciones Técnicas, sus aclaraciones y/o sus enmiendas, si estas existiesen, Lista de Bienes y Plan de Entrega, Lista de Servicios Conexos y Cronograma de Cumplimiento, Planos o Diseños (cuando corresponda), Inspecciones y Pruebas (cuando corresponda)
11.3 Otros documentos que el COMPRADOR liste a continuación: [Listar otros documentos, si corresponde]
DÉCIMA SEGUNDA. - (IDIOMA)
El presente Contrato, toda la documentación aplicable al mismo y la que emerja de la adquisición, debe ser elaborada en idioma castellano.
En el caso de manuales de uso de los BIENES deberán estar traducidos al idioma castellano. En el caso de folletos informativos, deberán estar preferentemente en idioma castellano.
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DÉCIMA TERCERA. - (LEGISLACIÓN APLICABLE AL CONTRATO)
13.1 El presente Contrato, al ser de naturaleza administrativa, se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
a) Constitución Política del Estado.
b) Ley Nº 1178, de 00 xx xxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxxx.
x) Xxxxxxx Supremo Nº 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS) y sus modificaciones.
d) Ley del Presupuesto General del Estado aprobado para la gestión y su reglamentación.
e) Otras disposiciones relacionadas.
13.2 Prácticas Prohibidas.
13.2.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco3 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.
(a) A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes
(i) Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
3 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción, y el acuerdo que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
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(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID;
ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o
iii. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en la subcláusula 13.2.1 (f) de abajo, o sus derechos de acceso a la información;
(vi) Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la participación y/o la
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adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;
vi. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad).
vii. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida.
viii. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la subcláusula 13.2.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por
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auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
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13.2.2 El PROVEEDOR declara y garantiza:
(a) que ha leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;
(b) que no ha incurrido o no incurrirá en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este Contrato;
(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este Contrato;
(d) que ni él, ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;
(e) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y
(f) que reconoce que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la subcláusula 13.2.1 (b).
13.3 Elegibilidad.
13.3.1 El PROVEEDOR y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un PROVEEDOR o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos:
(a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si satisface uno de los siguientes requisitos:
i. es ciudadano de un país miembro; o
ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
(b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i. está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
13.3.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
13.3.3 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el Contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido
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extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, éstos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
DÉCIMA CUARTA. - (DERECHOS DEL PROVEEDOR)
El PROVEEDOR, tiene derecho a plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión del COMPRADOR, por falta de pago de la adquisición efectuada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito y con los respaldos correspondientes, al
COMPRADOR, hasta veinte (20) días hábiles, posteriores al suceso.
El COMPRADOR, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles de recibido el reclamo, deberá emitir su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, el COMPRADOR podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión.
En caso que el reclamo sea complejo el COMPRADOR podrá, en el plazo adicional de cinco (5) días hábiles, solicitar el análisis del reclamo y la emisión de informes de recomendación a las dependencias técnica, financiera o legal, según corresponda, a objeto de dar respuesta.
Todo proceso de respuesta a reclamo, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo por el COMPRADOR. En caso de que no se dé respuesta dentro del plazo señalado precedentemente, se entenderá la plena aceptación de la solicitud del PROVEEDOR considerando para el efecto el Silencio Administrativo Positivo.
El COMPRADOR no atenderá reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
DÉCIMA QUINTA. - (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS).
Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país, a la fecha de presentación de la propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
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El COMPRADOR interpondrá sus mejores oficios para que el PROVEEDOR se beneficie con el mayor alcance posible de cualquier exención impositiva, concesiones, o privilegios legales que pudiesen aplicar al PROVEEDOR en el país del COMPRADOR.
Sin perjuicio de lo anteriormente citado, si después de la fecha de catorce (14) días antes de la presentación de cotizaciones, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en el lugar del país del COMPRADOR donde está ubicado el Proyecto (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fecha de Entrega y/o el Precio del Contrato, dicha Fecha de Entrega y/o Precio del Contrato serán incrementados o reducidos según corresponda, en la medida en que el PROVEEDOR haya sido afectado por estos cambios en el desempeño de sus obligaciones en virtud del Contrato.
DÉCIMA SEXTA. - (PROTOCOLIZACIÓN DEL CONTRATO)
El presente Contrato, así como sus modificaciones, será protocolizado con todas las formalidades xx Xxx por el COMPRADOR ante la notaria de Gobierno. El importe por concepto de Protocolización debe ser pagado directamente por el PROVEEDOR, en caso que este monto no sea cancelado por el PROVEEDOR, podrá ser descontado por el COMPRADOR a tiempo de hacer efectivo el pago correspondiente.
Esta protocolización contendrá los siguientes documentos:
a) Contrato (original).
b) Documento legal de representación del COMPRADOR y poder de representación legal del
PROVEEDOR, cuando corresponda (fotocopias legalizadas).
c) Garantía(s) (fotocopia simple).
En caso de que, por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servirá a los efectos xx Xxx y de su cumplimiento, como documento suficiente entre las partes.
[En caso que el Oferente no haya declarado la subcontratación, colocar: “El presente Contrato no prevé la subcontratación.”]
DÉCIMA SÉPTIMA- (SUBCONTRATOS)
[Utilizar la presente redacción en caso de que el Oferente adjudicado sea nacional.]
El PROVEEDOR según lo ofertado en su cotización, podrá realizar las subcontrataciones del [Establecer el porcentaje ofertado en su cotización que no deberá exceder el 25% del monto total del Contrato] monto total del Contrato, que le permitan dar cumplimiento a la ejecución del Contrato, bajo su absoluta responsabilidad y riesgo, siendo directa y exclusivamente responsable por los subcontratos suscritos, así como también por los actos y/u omisiones de los subcontratistas. Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al PROVEEDOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades contraídas en el presente Contrato. Las subcontrataciones que realice el PROVEEDOR de ninguna manera incidirán en el precio cotizado y aceptado por ambas partes en el presente Contrato.
[Utilizar la redacción de los siguientes tres párrafos en caso de que el Oferente adjudicado sea extranjero.]
El PROVEEDOR según lo ofertado en su cotización, deberá realizar la subcontratación de empresas nacionales del [Establecer el porcentaje ofertado en su cotización que no deberá exceder el 25% del monto total del Contrato] monto total del Contrato, siempre y cuando éstas estén disponibles en el mercado nacional. Las subcontrataciones deberán permitir dar cumplimiento a la ejecución del
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Contrato, bajo la absoluta responsabilidad del PROVEEDOR y riesgo, siendo directa y exclusivamente responsable por los subcontratos suscritos, así como también por los actos y/o omisiones de los subcontratistas. Ningún subcontrato o intervención de terceras personas relevará al PROVEEDOR del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades contraídas en el presente Contrato. Las subcontrataciones que realice el PROVEEDOR de ninguna manera incidirán en el precio cotizado y aceptado por ambas partes en el presente Contrato.
El COMPRADOR establecerá los mecanismos de control en relación a las subcontrataciones que el
PROVEEDOR debe realizar.
El PROVEEDOR, en caso de modificación de la subcontratación, podrá justificar dicha modificación presentando los respaldos necesarios al COMPRADOR quien podrá aceptar o rechazar dichas justificaciones.
DÉCIMA OCTAVA. - (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO)
El PROVEEDOR bajo ningún título podrá ceder o subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de fuerza mayor, caso fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del Contrato, total o parcialmente, previa aprobación de la MAE del COMPRADOR, bajo los mismos términos y condiciones del presente Contrato.
DÉCIMA NOVENA. - (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO)
Con el fin de exceptuar al PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por xxxx o por incumplimiento involuntario total o parcial del presente Contrato, el COMPRADOR tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, a fin exonerar al PROVEEDOR del cumplimiento del plazo de entrega o del cumplimiento total o parcial de la entrega de los BIENES.
Se entenderá por hechos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes, haciendo imposible el cumplimiento de las obligaciones dentro de las condiciones inicialmente pactadas. Los hechos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones o cualquier otro hecho que afecte el cumplimiento de las obligaciones inicialmente pactadas.
Para que cualquiera de los acontecimientos señalados precedentemente puedan generar un impedimento total o parcial justificado en la entrega o provisión de los BIENES o demora justificada en el cumplimiento del plazo de entrega, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el PROVEEDOR deberá presentar por escrito al COMPRADOR el respaldo que acredite la existencia del hecho de fuerza mayor y/o caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho.
El COMPRADOR en el plazo de dos (2) días hábiles deberá aceptar o rechazar la solicitud. Si el COMPRADOR no diera respuesta dentro del plazo referido precedentemente, se entenderá la aceptación tácita de la existencia del impedimento, considerando para el efecto el silencio administrativo positivo. En caso de aceptación expresa o tácita y según corresponda, el COMPRADOR deberá realizar:
a) La ampliación del plazo de entrega a través de un Contrato Modificatorio; o
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b) Efectivizar la Resolución parcial o total de Contrato por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas que afecten al PROVEEDOR.
En caso de ampliación de plazo, se deberá considerar un periodo igual al tiempo durante el cual no se haya podido realizar la ejecución del Contrato como resultado del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, salvo acuerdo en contrario entre las partes.
VIGÉSIMA. - (TERMINACIÓN DEL CONTRATO)
El presente Contrato concluirá por una de las siguientes causas:
20.1 Por Cumplimiento del Contrato: Es la forma ordinaria de terminación, donde el COMPRADOR como el PROVEEDOR darán por terminado el presente Contrato, cuando ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por el COMPRADOR.
20.2 Por Resolución del Contrato: Es la forma extraordinaria de terminación del Contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:
20.2.1 Resolución a requerimiento del COMPRADOR, por causales atribuibles al PROVEEDOR. El COMPRADOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Por disolución del PROVEEDOR.
b) Por quiebra declarada del PROVEEDOR.
c) Por incumplimiento injustificado a la cláusula QUINTA (PLAZO DE ENTREGA), sin que el PROVEEDOR adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusión de la entrega.
d) Cuando el monto de la multa por atraso en la entrega de los BIENES, alcance el diez por ciento (10%) del monto total del Contrato, decisión optativa, o el veinte por ciento (20%), de forma obligatoria.
20.2.2 Resolución a requerimiento del PROVEEDOR por causales atribuibles al COMPRADOR. El PROVEEDOR, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
a) Si apartándose de los términos del Contrato, el COMPRADOR pretende realizar modificaciones al alcance, monto y/o plazo del Contrato, sin la emisión del Contrato Modificatorio correspondiente;
b) Por incumplimiento injustificado en el pago, por más de cuarenta y cinco (45) días calendario, computables a partir de la fecha de la recepción de los bienes en el lugar de destino convenido, conforme las condiciones del Contrato;
c) Por instrucciones injustificadas emanadas del COMPRADOR para la suspensión de la provisión de los BIENES por más de treinta (30) días calendario.
20.2.3 Formas de Resolución y Reglas aplicables a la Resolución: De acuerdo a las causales de Resolución de Contrato señaladas precedentemente, podrán efectivizarse la terminación total o parcial del Contrato.
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La terminación total del Contrato procederá para aquellos BIENES de una sola entrega, donde el incumplimiento no permita la ejecución de la relación contractual a través de la entrega de una parcialidad del objeto de la contratación, ya sea por falta de funcionalidad de los BIENES u otros aspectos que considere el COMPRADOR. En el caso de BIENES sujetos a provisión continua o con más de una entrega, procederá la resolución total cuando el COMPRADOR no haya realizado ninguna recepción.
La terminación parcial del Contrato procederá para aquellos BIENES sujetos a provisión continua o con más de una entrega, cuando el incumplimiento impida la continuidad de la relación contractual en relación a las obligaciones futuras, considerándose cumplidas las obligaciones ya efectuadas. En el caso de BIENES de una sola entrega, procederá la resolución parcial cuando el COMPRADOR haya efectivizado la recepción de una parcialidad de los BIENES, de manera excepcional, conforme lo establecido en la cláusula TRIGÉSIMA CUARTA.
Para procesar la resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, el COMPRADOR o el PROVEEDOR, según corresponda, notificará mediante carta notariada a la otra parte, la intención de Resolver el Contrato, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de las obligaciones y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato, la parte que haya gestionado la intención de Resolución de Contrato, notificará por escrito a la otra parte, su conformidad a la solución y retirará su intención de resolución de Contrato.
En el caso de que al vencimiento del término de los diez (10) días hábiles no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin el COMPRADOR o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la Resolución del Contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del Contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada que efectiviza la resolución de Contrato, dará lugar a que, cuando la resolución sea por causales atribuibles al PROVEEDOR, se consolide a favor del COMPRADOR la Garantía de Cumplimiento de Contrato, manteniéndose pendiente de ejecución la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, hasta que se efectué la liquidación del Contrato, si aún la vigencia de dicha garantía lo permite, caso contrario si la vigencia está a finalizar y no se amplía, será ejecutada con cargo a esa liquidación.
Una vez efectivizada la Resolución del Contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del Contrato.
20.3 Formas de Resolución y Resolución por causas de fuerza mayor, caso fortuito o en resguardo de los intereses del Estado.
La terminación total del Contrato por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, procederá para aquellos BIENES de una sola entrega, donde el
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incumplimiento no permita la ejecución de la relación contractual a través de la entrega de una parcialidad del objeto de la contratación, ya sea por falta de funcionalidad de los BIENES u otros aspectos que considere el COMPRADOR. En el caso de BIENES sujetos a provisión continua o con más de una entrega, procederá la resolución total cuando el COMPRADOR no haya realizado ninguna recepción.
La terminación parcial del Contrato por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas procederá para aquellos BIENES sujetos a provisión continua o con más de una entrega, cuando el incumplimiento no impida la continuidad de la relación contractual, en cuanto a las obligaciones futuras por ejecutarse y/o considerando cumplidas las obligaciones ya efectuadas. En el caso de BIENES de una sola entrega, procederá la resolución parcial cuando el COMPRADOR haya efectivizado la recepción de una parcialidad de los BIENES, de manera excepcional, conforme lo establecido en la cláusula TRIGÉSIMA CUARTA.
Si en cualquier momento antes de la terminación de la provisión o entrega de los BIENES objeto del Contrato, el PROVEEDOR, se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones, comunicará por escrito su intención de resolver el Contrato.
El COMPRADOR, previa evaluación y aceptación de la solicitud, mediante carta notariada dirigida al PROVEEDOR, suspenderá la ejecución y resolverá el Contrato total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el PROVEEDOR suspenderá la ejecución del Contrato de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita el COMPRADOR.
Asimismo, si el COMPRADOR se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o considera que la continuidad de la relación contractual va en contra los intereses del Estado, comunicará por escrito la suspensión de la ejecución del Contrato y resolverá el CONTRATO total o parcialmente.
Se liquidarán los saldos correspondientes para el cierre de la adquisición y algunos otros gastos que a juicio del COMPRADOR fueran considerados sujetos a reembolso al PROVEEDOR.
Una vez efectivizada la Resolución del Contrato, las partes procederán a realizar la liquidación del Contrato.
20.4 Si como consecuencia de la aplicación del sistema de sanciones del Banco, el Banco y el COMPRADOR determinan que el PROVEEDOR incurrió, durante el proceso o en la ejecución del Contrato, en Prácticas Prohibidas, establecidas en la subcláusula 13.2 de este Contrato.
20.5 Si el PROVEEDOR impide sustancialmente el ejercicio de los derechos del Banco de realizar auditorías, sin perjuicio de lo indicado en la subcláusula 13.2 de este Contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. - (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS)
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21.1 El COMPRADOR y el PROVEEDOR harán todo lo posible para resolver amigablemente, mediante negociaciones directas informales, cualquier desacuerdo o controversia que se haya suscitado entre ellos en virtud o en referencia al Contrato.
[Se seleccionará una de las siguientes dos opciones (subcláusula 21.2), para PROVEEDORES locales o extranjeros, al momento de la realización del contrato.]
[Esta subcláusula aplica únicamente para PROVEEDORES locales.]
21.2 En caso de continuar las controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente Contrato, las partes podrán acudir a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos.
[Esta subcláusula aplica únicamente para PROVEEDORES extranjeros.]
21.2 Si después de transcurridos veintiocho (28) días calendario las partes no han podido resolver la controversia o diferencia mediante las negociaciones citadas en la subcláusula 21.1, entonces el COMPRADOR o el PROVEEDOR podrá informar a la otra parte sobre sus intenciones de iniciar un proceso de arbitraje con respecto al asunto en disputa, conforme a las disposiciones que se indican a continuación; no se podrá iniciar un proceso de arbitraje con respecto a dicho asunto si no se ha emitido la mencionada notificación. Cualquier controversia o diferencia respecto de la cual se haya notificado la intención de iniciar un proceso de arbitraje de conformidad con esta cláusula, se resolverá definitivamente mediante arbitraje. El proceso de arbitraje puede comenzar antes o después de la entrega de los bienes en virtud del Contrato. El arbitraje se llevará a cabo según el reglamento de uno de los procedimientos estipulados a continuación:
“Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI): (ICC, por sus siglas en inglés)
Cualquiera controversia generada en relación con este Contrato deberá ser resuelta finalmente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros designados de acuerdo con dicho Reglamento.”
El lugar de arbitraje será: Santa Xxxx- Bolivia
21.3 No obstante, las referencias anteriores:
(a) ambas partes deben continuar cumpliendo con sus obligaciones respectivas en virtud del Contrato, a menos que las partes acuerden de otra manera; y
(b) el COMPRADOR pagará el dinero que le adeude al PROVEEDOR.
II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO
VIGÉSIMA SEGUNDA. - (FORMA DE PAGO)
• Modalidad de Xxxxx contra entrega para BIENES con más de una entrega. El monto del presente Contrato, que corresponde a [Registrar el monto en forma numérica y literal] será pagado por el COMPRADOR a favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: [El COMPRADOR deberá adecuar la redacción de la presente modalidad de pagos contra entrega, por recepciones satisfactorias
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de los bienes objeto del presente Contrato, mismos que estarán sujetos al cronograma de entregas].
Los pagos de estos montos se realizarán una vez efectuada la recepción de los BIENES objeto del presente Contrato y el pago final una vez efectuada la recepción total de los BIENES objeto del presente Contrato.
• Modalidad de Pagos por provisión continúa de bienes. El monto del presente Contrato, que corresponde a [Registrar el monto en forma numérica y literal] será pagado por el COMPRADOR a favor del PROVEEDOR de la siguiente manera: [El COMPRADOR deberá adecuar la redacción de la presente modalidad de pago al sistema de provisión y pagos previstos, pudiendo establecer periodos determinados de pago en base un cronograma de entregas].
Los pagos de estos montos se realizarán una vez efectuada la recepción de los BIENES objeto del presente Contrato y el pago final una vez efectuada la recepción total de los BIENES objeto del presente Contrato.
El COMPRADOR aplicará las sanciones por demoras en la entrega de los BIENES objeto del presente Contrato en la forma prevista en la cláusula VIGÉSIMA QUINTA del presente Contrato, sin perjuicio de que se procese la resolución del mismo por incumplimiento del PROVEEDOR.
Si el COMPRADOR incurre en la demora de pago, que supere los cuarenta y cinco (45) días calendario desde la fecha de cada recepción, el PROVEEDOR tiene el derecho de reclamar el pago de un interés equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario, del monto no pagado, valor que será calculado dividiendo dicha tasa entre trescientos sesenta y cinco (365) días y multiplicándola por el número de días de retraso en que incurra el COMPRADOR.
A este fin el PROVEEDOR deberá notificar a El COMPRADOR la demora en el pago en días de cada recepción.
VIGÉSIMA TERCERA. - (FACTURACIÓN)
El PROVEEDOR al momento de cada entrega de los BIENES o acto equivalente que suponga la transferencia de dominio del objeto de la venta (efectuada la adquisición), deberá emitir la respectiva factura oficial en favor del COMPRADOR, por el monto de la venta de cada entrega efectivizada; caso contrario dicho pago no se realizará.
VIGÉSIMA CUARTA. - (MODIFICACIÓN AL CONTRATO)
El presente Contrato podrá ser modificado conforme lo previsto en el inciso a) del Artículo 89 de las NB- SABS y en el presente Contrato, siempre y cuando exista acuerdo entre las partes. Dichas modificaciones deberán, estar orientadas por la causa del Contrato y estar destinadas al cumplimiento del objeto de la contratación, debiendo sustentarse por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento.
La modificación (incremento o disminución) al monto del Contrato se podrá realizar a través de uno o varios Contratos Modificatorios que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del Contrato principal. En caso de adquirirse cantidades adicionales, estas no darán lugar al incremento de los precios unitarios y serán pagadas según lo definido en la cotización aceptada y adjudicada.
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La modificación al plazo, permite la ampliación o disminución del mismo. En caso de BIENES con más de una entrega la modificación del plazo puede modificar el plazo de cada entrega independiente una de la otra.
La modificación al alcance del Contrato, permite el ajuste de las diferentes cláusulas del mismo que sean necesaria para dar cumplimiento del objeto de la contratación.
Sin perjuicio de lo anteriormente citado, si después de la fecha de catorce (14) días antes de la presentación de cotizaciones, cualquier ley, reglamento, decreto, ordenanza o estatuto con carácter xx xxx entrase en vigencia, se promulgase, abrogase o se modificase en el lugar del país del COMPRADOR donde está ubicado el Proyecto (incluyendo cualquier cambio en interpretación o aplicación por las autoridades competentes) y que afecte posteriormente la fecha de Entrega y/o el Precio del Contrato, dicha Fecha de Entrega y/o Precio del Contrato serán incrementados o reducidos según corresponda, en la medida en que el PROVEEDOR haya sido afectado por estos cambios en el desempeño de sus obligaciones en virtud del Contrato.
VIGÉSIMA QUINTA. - (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES)
Considerando que el plazo de cada entrega es independiente uno del otro, el COMPRADOR deberá llevar un registro de las multas por cada entrega que se encuentre con retraso, a efectos de determinar la multa acumulada en relación al monto total del Contrato, a efectos de la aplicación de las causales de Resolución de Contrato por multa acumulada de 10% y 20 %, según corresponda. La multa acumulada
𝑴𝒂 será el resultado de las sumas de las multas por el retraso de cada entrega, de acuerdo a la siguiente fórmula:
𝑴𝒂 = 𝑴𝟏 + 𝑴𝟐 + 𝑴𝟑 + ⋯ + 𝑴𝒌
En todos los casos de Resolución de Contrato por causas atribuibles al PROVEEDOR, el COMPRADOR no podrá cobrar multas que excedan el veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato.
VIGÉSIMA SEXTA. - (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR)
26.1 EL PROVEEDOR no podrá entregar bienes usados o defectuosos, debiendo en su caso ser sustituidos a su costo, dentro del plazo máximo de 15 días, impostergablemente.
Cuando el PROVEEDOR incurra en negligencia durante la adquisición de los BIENES, el COMPRADOR podrá retener el total o parte del pago para protegerse contra posibles perjuicios. Desaparecidas las causales que dieron lugar a la retención, el COMPRADOR procederá al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solución de los problemas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos.
Esta retención no creará derechos en favor del PROVEEDOR para solicitar ampliación de plazo, ni intereses.
26.2 El PROVEEDOR debe custodiar los BIENES a ser provistos, hasta la recepción de éstos por el
COMPRADOR.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - (SEGUROS). “no aplica”
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Los BIENES suministrados bajo el Contrato deberán estar completamente asegurados, en una moneda de libre convertibilidad de un país elegible, contra riesgo de extravío o daños incidentales ocurridos durante fabricación, adquisición, transporte, almacenamiento y entrega.
VIGÉSIMA OCTAVA. - (SUSPENSIÓN TEMPORAL)
El COMPRADOR podrá suspender temporalmente el computo del plazo de las entregas o provisión de los BIENES en cualquier momento por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o convenientes a los intereses del Estado, para lo cual el COMPRADOR notificará de manera expresa al PROVEEDOR, con una anticipación de quince (15) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensión puede ser parcial o total.
En este caso el COMPRADOR reconocerá en favor del PROVEEDOR los gastos en que éste incurriera justificado documentadamente, cuando el lapso de la suspensión sea mayor a los diez (10) días calendario.
También el PROVEEDOR podrá solicitar al COMPRADOR la suspensión temporal de las entregas o provisión, por causas atribuibles al COMPRADOR que afecten al PROVEEDOR en la adquisición de los BIENES. Dicha suspensión podrá efectivizarse siempre y cuando el COMPRADOR la autorice de manera expresa considerando como incumplimiento toda suspensión realizada sin autorización. De manera excepcional el COMPRADOR podrá realizar la aprobación de suspensiones que se hayan realizado sin autorización previa, siempre y cuando dichas suspensiones se hayan generado en situaciones de extrema necesidad o emergencia debidamente comprobadas por el PROVEEDOR.
VIGÉSIMA NOVENA. - (NORMAS DE CALIDAD APLICABLES)
Los BIENES suministrados de conformidad con el presente Contrato se ajustarán a las normas de calidad mencionadas en las especificaciones técnicas y, cuando en ellas no se mencionen normas de calidad aplicables, a las normas de calidad existentes o cuya aplicación sea apropiada en el país de origen de los BIENES.
TRIGÉSIMA. - (EMBALAJE)
El embalaje, las marcas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente normas internacionales, los requisitos especiales que se hayan consignado en la SDC, cualquier otro requisito, si lo hubiere, y cualquier otra instrucción dada por el COMPRADOR.
TRIGÉSIMA PRIMERA. - (INSPECCIÓN Y PRUEBAS)
[Utilizar la siguiente redacción cuando corresponda.]
El COMPRADOR de acuerdo con lo estipulado en las especificaciones técnicas, a través de instituciones oficialmente reconocidas para verificar la calidad de los bienes tendrá derecho a inspeccionar los bienes y/o someterlos a prueba, sin costo adicional alguno, a fin de verificar su conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en la SDC.
El COMPRADOR notificará por escrito al PROVEEDOR, oportunamente, la identidad de todo representante designado para estos fines.
Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del PROVEEDOR o de su(s) subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), en el lugar de entrega, de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas. Cuando sean realizadas en recintos del PROVEEDOR o de su(s)
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subcontratista(s) o proveedor(es) primario(s), se proporcionará a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables y los datos sobre producción permitidas, sin cargo alguno para el COMPRADOR.
La verificación de los BIENES por parte del COMPRADOR mediante inspecciones o pruebas se realizará en un plazo de [Definir el número de días en que se realizarán las pruebas] días calendario, [Máximo admisible de treinta (30) días calendario] debiendo estas pruebas o inspecciones iniciarse como máximo cuatro (4) días calendario después de recibidos los BIENES en el lugar de inspección. El PROVEEDOR tiene la potestad de participar en todas las pruebas e inspecciones que se realicen y tomar conocimiento si los BIENES cumplen o no lo estipulado en el Contrato.
Si los BIENES inspeccionados o probados no se ajustan a las Especificaciones Técnicas, el COMPRADOR podrá rechazarlos y el PROVEEDOR deberá, sin cargo para el COMPRADOR, reemplazarlos o incorporar en ellos todas las modificaciones necesarias para que cumplan con tales Especificaciones Técnicas. Todos los reemplazos, modificaciones o incorporaciones serán objeto de las inspecciones o pruebas a fin de verificar su conformidad con las especificaciones técnicas. Los eventuales rechazos por parte del COMPRADOR, no modifican el plazo de entrega, que permanecerá invariable.
El plazo máximo para reemplazar los BIENES o incorporar las modificaciones necesarias, es de [Registrar el plazo] días calendario [No debe exceder el plazo de entrega final], después de haber recibido la comunicación de rechazo.
La falta de rechazo de los BIENES dentro del plazo de [Registrar el plazo] días calendario, implicará aceptación de las inspecciones o pruebas por parte del COMPRADOR.
[Utilizar la siguiente redacción cuando corresponda.]
La inspección y prueba de los BIENES por el COMPRADOR o sus representantes con anterioridad a su embarque desde el país de origen no limitará ni anulará en modo alguno el derecho del COMPRADOR a inspeccionar, someter a prueba y, cuando fuere necesario y establecido en las especificaciones técnicas, rechazar los BIENES una vez que lleguen al país.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. - (DERECHOS DE PATENTE)
El PROVEEDOR asume responsabilidad de manera ilimitada y permanente en caso de reclamos de terceros por transgresiones a derechos de patente, marcas registradas, o diseño industrial causados por la adquisición y utilización de los BIENES o parte de ellos en el Estado Plurinacional de Bolivia.
TRIGÉSIMA TERCERA. - (MANUALES DE OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN)
[Esta cláusula debe aplicarse cuando por el tipo de adquisición, corresponda.]
Junto con los BIENES objeto del Contrato, el PROVEEDOR entregará al primero los correspondientes manuales de operación, mantenimiento y reparación. En lo posible, los manuales originales deberán ser escritos en idioma castellano, y cuando éstos no estuvieran disponibles en idioma castellano, el PROVEEDOR entregará un ejemplar traducido.
[Adecuar esta cláusula de acuerdo con el requerimiento de manuales indicado en las especificaciones técnicas contenidas en la SDC.]
[Usar esta cláusula para BIENES con una sola entrega o con más de una entrega.]
TRIGÉSIMA CUARTA. - (RECEPCIÓN)
Dentro del plazo previsto para la entrega o para cada entrega (según cronograma), se realizará las actividades para la Recepción de los BIENES.
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
La Comisión de Recepción debe verificar si los BIENES entregados concuerdan plenamente con las Especificaciones Técnicas de la propuesta adjudicada y el Contrato.
Si el (los) plazo (s) de entrega coincide con días xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados, la recepción de los bienes objeto del presente Contrato deberán ser trasladados al siguiente día hábil administrativo.
Del acto de recepción de cada entrega se levantará un Acta de Recepción, que es un documento diferente al registro de ingreso o almacenes.
De manera excepcional, en caso de bienes con una sola entrega, previa solicitud del PROVEEDOR, la Comisión de Recepción podrá realizar la recepción de una parcialidad de los BIENES; para tal efecto, la Unidad Solicitante deberá emitir un informe que justifique esta recepción.
La verificación de los BIENES se realizará en el plazo de [Definir el número de días calendario en la que se realizará la verificación] días calendario, computables a partir de la entrega de los BIENES en el lugar de destino convenido. Posteriormente a la verificación se emitirá el acta de Recepción. El plazo de entrega de los BIENES, no incluye el plazo de verificación de los BIENES.
El plazo de sustitución de los BIENES que se otorgue al PROVEEDOR, como resultado de la verificación, no se constituye en retraso de entrega. La sustitución que no se efectivice en el plazo establecido por el COMPRADOR, será sujeta de aplicación de multas por día de retraso desde la fecha de entrega de los BIENES.
[Se debe incorporar un párrafo que establezca claramente las actividades de verificación que debe desarrollar la Comisión de Recepción. Ej. Funcionamiento, compatibilidad, revisión, etc]
TRIGÉSIMA QUINTA. - (LIQUIDACIÓN DE CONTRATO)
Dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la fecha de Recepción de la entrega o provisión que implique el cumplimiento del objeto de la contratación o a la fecha de Resolución de Contrato, el COMPRADOR procederá a la liquidación del Contrato.
En ambos casos, el COMPRADOR procederá a establecer los saldos a favor o en contra entre las partes y según corresponda, realizará el cobro de multas, devolución o ejecución de garantías y/o la emisión de la certificación de cumplimiento de Contrato.
El certificado de cumplimiento de Contrato será emitido, siempre y cuando el proveedor haya dado fiel cumplimiento a todas sus obligaciones, previstas en el presente Contrato.
La liquidación del Contrato, tomará en cuenta:
• Reposición de daños, si hubiere.
• El porcentaje correspondiente a la recuperación del anticipo si hubiera saldos pendientes.
• Las multas y penalidades, si hubiera.
• Por la protocolización del Contrato, si este pago no se hubiere hecho efectivo oportunamente.
• Otros aspectos que considere la entidad.
Asimismo, el PROVEEDOR podrá establecer el importe de los pagos a los cuales considere tener derecho, que hubiesen sido reclamados sustentada y oportunamente dentro del plazo previsto en la cláusula de derechos del Proveedor, y que no hubiese sido pagado por el COMPRADOR.
(v. septiembre 2020) 69
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
Este proceso utilizará los plazos previstos en la cláusula DÉCIMA CUARTA del presente Contrato, para el pago de saldos que existiesen.
TRIGÉSIMA SEXTA. - (CONFORMIDAD).
En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firman el presente CONTRATO en cuatro ejemplares de un mismo tenor y validez el Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Gerente de Proyectos y Mercados de Exportación, en representación legal del COMPRADOR, y el [Registrar el nombre del apoderado legal del PROVEEDOR, habilitado para la firma del Contrato] en representación legal del PROVEEDOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
Cochabamba, dd de mm de 2022
[Registrar el nombre y cargo del Funcionario habilitado para la firma del Contrato] | [Registrar la razón social del PROVEEDOR] |
SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
MODELO DE SOLICITUD DE COTIZACIÓN
Lugar y fecha: Coxxxxxxxx, 00 xx xxxxx xx 0000
Señores
REF.: CONTRATO XX XXXXXXXX N°3725/BL-BO. PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL II. INVITACIÓN A PRESENTAR COTIZACIÓN PARA ADQUISICION DE ROPA DE TRABAJO, EQUIPO DE PROTECCION Y CALZADOS PARA EL PROGRAMA DE ELECTRIFICACION RURAL II - GESTION 2022.
De nuestra consideración:
El Estado Plurinacional de Bolivia ha recibido un financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar totalmente el Programa citado en la referencia. El La Empresa Nacional de Electricidad – ENDE es el responsable de la ejecución del Programa.
En este sentido, solicitamos presentar su Cotización para la adquisición de los Bienes y Servicios Conexos de la referencia. El precio referencial mismo que incluye impuestos y tiene un plazo de entrega de días calendario, es el siguiente:
[Determinar si la adquisición/contratación de los Bienes y Servicios Conexos/Servicios es por ítems o lotes o una combinación, y detallar claramente]
PLAZOS DE ENTREGA Y PRECIO REFERENCIAL
Íte m | Descripción | Total Cantid ad | Precio Unitario referenc ial (Bs) | Precio total Referencial (Bs) | PLAZO DE ENTREGA |
1 | PANTALON XXXX | 64 | 117,00 | 7.488,00 (Siete mil cuatrocientos ochenta y ocho 00/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
2 | CAMISA MANGA LARGA | 64 | 127,50 | 8.160,00 (Ocho mil siento sesenta 00/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
3 | CHAMARRA TERMICA | 31 | 355,00 | 11.005,00 (Once mil cinco 00/100 bolivianos) | 40 Días Calendario |
4 | CHAMARRA IMPERMEABLE | 37 | 365,00 | 13.505,00 (Trece mil quinientos cinco 00/100 bolivianos) | 40 Días Calendario |
5 | CHALECO | 37 | 147,50 | 5.457,50 (Cinco mil cuatrocientos cincuenta y siete 50/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
6 | CONJUNTO PARA AGUA | 3 | 195,00 | 585,00 (Quinientos ochenta y cinco 00/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
7 | PONCHO IMPERMEABLE PVC | 31 | 90,00 | 2.790,00 (Dos mil setecientos noventa 00/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
8 | SOMBRERO LEGIONARIO | 37 | 56,50 | 2.090,50 (Dos mil noventa 50/100 bolivianos) | 30 Días Calendario |
CALZADOS DE SEGURIDAD | |||||
9 | CALZADO DE SEGUDIDAD CON PUNTERA DE MC | 37 | 1.050,00 | 38.850,00 (Treinta y ocho mil ochocientos cincuenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
10 | BOTAS IMPERMEABLES P/USO INDUSTRIAL | 30 | 115,00 | 3.450,00 (Tres mil cuatrocientos cincuenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL | |||||
11 | CASCO DE SEGURIDAD | 36 | 94,00 | 3.384,00 (Tres mil trecientos ochenta y cuatro 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
12 | BANDAS X XXXXX PARA CASCO | 3 | 68,00 | 204,00 (Doscientos cuatro 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
13 | BARBIJO O YUGULAR PARA CASCO | 36 | 15,00 | 540,00 (Quinientos cuarenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
14 | LEGIONARIO PARA CASCO | 24 | 55,00 | 1.320,00 (Un mil trescientos veinte 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
15 | ESCUDO SOLAR PARA CASCO | 2 | 130,86 | 261,72 (Doscientos sesenta y uno 72/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
16 | LINTERNA PARA CASCO DE SEGURIDAD | 14 | 190,00 | 2.660,00 (Dos mil seiscientos sesenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
17 | PROTECTOR AUDITIVO TIPO TAPON REUTILIZABLE | 17 | 10,50 | 178,50 (Ciento setenta y ocho 50/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
18 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL OSCURAS | 47 | 32,00 | 1.504,00 (Un mil quinientos cuatro 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
19 | GAFAS DE SEGURIDAD CON PROTECCION LATERAL TRANSPARENTE | 5 | 33,50 | 167,50 (Ciento sesenta y siete 50/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
20 | XXXXXX XX XXXXX FLEXIBLE (VAQUETA) | 27 | 32,50 | 877,50 (Ochocientos setenta y siete 50/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
21 | GUANTE ERGONÓMICO FLEXIBLE X XXXXX ENGOMADA | 29 | 21,00 | 609,00 (Seiscientos nueve 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
22 | XXXXX DE SEGURIDAD | 2 | 580,00 | 1.160,00 (Un mil ciento sesenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
23 | LINEA DE SUJECION ( ESLINGA Y) | 2 | 700,00 | 1.400,00 (Un mil cuatrocientos 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
24 | LINEA DE SUJECION SIMPLE | 2 | 490,00 | 980,00 (Novecientos ochenta 00/100 bolivianos) | 15 Días Calendario |
Para la elaboración de su Cotización, adjunto a la presente invitación se remiten los siguientes documentos:
▪ Sección I. Solicitud de Cotización
▪ Sección II. Formularios de la Cotización
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SOLICITUD DE COTIZACIONES CP – BIENES/SERVICIOS
▪ Sección IV. Países Elegibles
▪ Sección V. Contrato
Los Oferentes entregarán sus Cotizaciones, en oficina planta baja de ENDE siguiente del Comprador: Empresa Nacional de Electricidad- ENDE, Xxxxx Xxxxxxxx Xx 0-000, xxxxxxxxxxxx.xxx0@xxxx.xx; hasta Hora: 10:30 a.m. del 05 xx xxxxxx de 2022. El Comprador no será responsable por el extravío o entrega tardía de las Cotizaciones, que, por tal motivo, serán rechazadas.
Finalmente, agradeceremos comunicarnos por escrito, a la brevedad, la conforme recepción de la presente invitación y si presentará o no una Cotización.
Atentamente,
Ing. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx RESPONSABLE DEL PROCESO DE CONTRATACION- RPC
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