CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL PROYECTO PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO PARA LOS DISTRITOS DEL SUR DE LIMA - PROVISUR
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL
BASES
CONCURSO PÚBLICO NO 000l-2014-ELC-SEDAPAL-APP
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SUPERVISIÓN DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DEL PROYECTO PROVISIÓN DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO PARA LOS DISTRITOS DEL SUR DE LIMA - PROVISUR
SUPERVISIÓN DEL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LAS OBRAS DEL PROYECTO PROVISUR
(ESCALA DE PRODUCCIÓN 1)
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1. ANTECEDENTES
1.1 Con fecha 12 xx xxxx de 2014 se suscribió el Contrato de Concesión del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesión del Proyecto "Provisión de servicios de Saneamiento para los distritos del Xxx xx Xxxx - XXXXXXXX" xxxxx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx, representado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A. contando con la intervención de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL.
1.2 El Proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima" comprende los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales y disposición final, bajo responsabilidad de SEDAPAL, en los distritos de Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxx xxx Xxx.
1.3 El Contrato de Concesión, en su Capítulo VI, Numeral 6.1, establece que el Concedente seleccionará y contratará las funciones de supervisión de las actividades de diseño, de la elaboración del Expediente Técnico, de la ejecución de las obras, Puesta en Marcha, incluyendo la supervisión de los seis (6) primeros meses de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora del Proyecto PROVISUR - Escala de Producción I.
2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
2.1 Mediante aviso publicado el 18 xx xxxx de 2014 en el diario El Comercio, servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL convocó a empresas interesadas a presentar expresiones de interés hasta xxxxx xxxxx de 2014, para la prestación del Servicio de Supervisión del Diseño y Obras del Proyecto "Provisión de servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima" (Escala de Producción 1).
2.2 Con fecha 15 de julio de 2014 se publicó la convocatoria del Concurso en los diarios de circulación El Comercio y La República, así como en la página web de SEDAPAL: xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx
2.3 El objeto de la convocatoria es seleccionar a la persona jurídica que realizará las labores de Supervisión del Diseño y Obras del Proyecto "Provisión de servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima" (Escala de Producción 1).
2.4 Las Bases se encuentran publicadas en la página web de SEDAPAL y los interesados deberán registrarse como Postores, para lo cual abonarán el derecho de participación por el monto ascendente a 5/. 100,00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles) más IGV.
DEFINICIONES
Los siguientes ténminos tendrán los significados que a continuación se indican:
• Bases: Es el presente documento, incluidos sus formularios, anexos y circulares que emita el Comité, fijando los términos bajo los cuales se desarrollará el Concurso.
• Circulares: Son todas las directivas por escrito emitidas por el Comité Especializado, sean de efectos específicos o generales, con el fin de completar, aclarar, interpretar o modificar el contenido de estas Bases, otra Circular o absolver consultas fonmuladas por quienes estén autorizados para ello confonme a estas Bases. Estas Circulares fonmarán parte Integrante de estas Bases.
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• Concedente: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
• Concesionario: Empresa denominada Concesionaria Desaladora del Sur S.A.
• Concurso: Es el Concurso Público NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP.
• Contrato de Concesión: Contrato de Concesión del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesión del Proyecto "Provisión de servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR" suscrito el 12 xx xxxx de 2014.
• Contrato de Supervisión: Es el documento y sus anexos donde obran las obligaciones previstas para el cumplimiento de las actividades de supervisión, a celebrarse entre el adjudicatario de la Buena Pro del Concurso y el Concedente, representado por SEDAPAL.
• Comité Especial o Comité: Es el integrado por las personas naturales designadas por SEDAPAL mediante la Designación de Comité Especial NO 075-2014-GG del 00 xx xxxxx 0000.
• Credenciales o Sobre N° 1: Documentación enumerada en el Numeral 11 que debe ser presentada por los Postores conforme a los requisitos establecido en el Numeral 10.
• Días: Son los días hábiles, es decir, aquellos que no sean xxxxxx, xxxxxxx o feriado no laborable en la provincia de Lima. También se consideran feriados los días que no sean laborables para el sector público.
• Días calendario: Son los días hábiles, no hábiles y feriados.
• Fecha de Cierre: Es el día, lugar y hora en que se llevarán a cabo los actos previstos para la firma del Contrato de Supervisión.
• Oferta Económica: Es el monto total del servicio propuesto por el postor por todo concepto conforme al Numeral 13.
• Propuesta: Es la Propuesta Técnica y/o la Propuesta Económica, indistintamente.
• Propuesta Técnica o Sobre NO 2: Documentación que debe ser presentada por los Postores conforme a lo establecido en el Numeral 12.
• Propuesta Económica o Sobre NO 3: Documentación que debe ser presentada por los Postores conforme a lo establecido en el Numeral 12.
• Proyecto PROVISUR: Proyecto "Provisión de servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR", Escala de Producción 1
• SEDAPAL: Empresa denominada Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima.
4. MARCO LEGAL
El Concurso se rige por las disposiciones de las normas legales que se enuncian a continuación, así como por sus respectivas normas modificatorias, reglamentarias, complementarias y conexas, sin perjuicio de los documentos específicos que se mencionan expresamente.
• Decreto Legislativo NO 1012, Xxx Xxxxx de Asociaciones Público Privadas y sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
• Decreto Supremo NO 146-2008-EF Y sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
• Numeral 3.2 del Artículo 30 del Decreto Legislativo NO 1017, Ley de Contrataciones del Estado.
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• Contrato de Concesión.
5. ÁMBITO Y ALCANCEDEL SERVICIO
Las actividades de supervisión, objeto del Concurso, deberán ejecutarse de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referenciacontenidos en el Anexo N° 1 de las Bases.
6. COMPETENCIAS DEL COMITÉ
6.1 El Comité se encuentra facultado para promover, programar, regular, modificar, dirigir, supervisar, controlar y dictar todas las disposiciones que resulten pertinentes o que sean requeridas para la ejecución del Concurso, así como para resolver todo lo que no se encuentre previsto en las Bases.
6.2 El Comité puede prorrogar los plazos previstos en las Bases. Asimismo, el Concurso puede ser suspendido, dejado sin efecto o cancelado cuando así lo estimare conveniente, sin expresión de causa alguna y sin incurrir en responsabilidad alguna como consecuenciade ello.
6.3 El Comité desestimará las Propuestas,descalificandoa los Postores,en caso:
a) Las Credenciales o alguna Propuesta omita la presentación de algún documento requerido en las Bases.
b) La Propuesta presentara condicionamientostécnicos o económicos.
c) La PropuestaTécnica no hubiere alcanzadoel puntaje mínimo requerido.
d) Se corrobore que el Postor hubiera prestado, directa o indirectamente, en el Perú o en el extranjero, algún tipo de servicio al Concesionario, sus accionistas o empresa(s) vinculada(s) en el último año contado a partir del momento en que se realice la contratación.
e) Se corrobore, en cualquier estado del Concurso, la falta de veracidad de la documentación presentada.
7. CONDICIONES GENERALES
7.1 Los Postores deberán presentar copia del comprobante de pago por derecho de participación junto con la Declaración de Confidencialidad de acuerdo al Anexo N°2, a fin de tener acceso a la información relacionada al Concurso, la misma que se encuentra disponible en las oficinas de SEDAPALubicadas en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xx 000, Xx Xxxxxxxx, Xxxx 00 - Xxxx.
7.2 Se considera, sin admitirse prueba en contrario, que los Postores conocen el contenido de las Bases. Por ende, la sola presentación del Postor al Concurso implica el pleno conocimiento, aceptación y sometimiento incondicional a las disposiciones contendidas en las Bases.
7.3 Los Postores deberán basar su decisión de presentar sus Credencialesy Propuestas en sus propias investigaciones, exámenes, inspecciones, visitas, entrevistas, análisis y conclusiones sobre la información disponible y la que de manera particular haya procurado, a su propio y entero riesgo.
7.4 Los documentos deberán ser presentados por los Postores en idioma español, y acompañados de traducción simple al idioma español, de corresponder. En caso se advierta alguna discrepancia de textos en diferentes idiomas, prevalecerá el texto en español.
7.5 Los Postores aceptan poner a disposición del Comité los documentos que le sean solicitados por este, a su sólo requerimiento, a fin de comprobar la veracidad de la
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7.6 El Comité tendrá la facultad de dirigirse a las empresas o clientes que el Postor haya referenciado, así como a cualquier fuente de información que considere pertinente, con la finalidad de confirmar o corroborar aspectos relacionados con la documentación presentada en el presente Concurso.
7.7 Una empresa, directa o indirectamente, individualmente o a través de un consorcio, no podrá integrar más de un Postor. En caso no resultare adjudicada con la buena pro, no pOdrá incorporarse al adjudicatario de la buena pro.
7.8 No podrán participar en el Concurso las empresas que hayan prestado, directa o indirectamente, algún tipo de servicio al Concesionario, sus accionistas o empresas vinculadas en el último año contado a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Supervisión.
7.9 Las empresas que integran un consorcio Postor son, para efectos del Concurso y eventual adjudicación de la buena pro, responsables solidarias, sin que su responsabilidad se limite o restrinja al porcentaje de su participación.
7.10 El consorcio adjudicatario de la buena pro deberá estar formalmente constituido a la fecha prevista para la firma del Contrato de Supervisión, debiendo suscribirlo con los mismos integrantes y respectivos porcentajes de participación, conforme a su promesa formal de consorcio.
7.11 En caso de consorcio, los porcentajes de participación de los integrantes del Postor adjudicatario de la buena pro del Concurso deberán mantenerse inalterables durante el plazo de vigencia del Contrato de Supervisión.
cada integrante del consorcio debe precisar las obligaciones que asume en la ejecución del objeto de la convocatoria.
7.12 El Concurso será declarado desierto en caso no exista una Propuesta, o, habiéndose presentado alguna, no haya satisfecho las condiciones establecidas en las Bases.
7.13 El Concurso pOdrá ser suspendido, cancelado o dejado sin efecto en cualquier momento, sin necesidad de expresar causa alguna, si así lo estimare conveniente el Comité, sin incurrir en responsabilidad. Esta decisión no es impugnable.
8. ETAPAS DEL CONCURSO
Son etapas del presente Concurso, las que se mencionan a continuación:
• Convocatoria y registro
• Consultas a las Bases y sugerencias al proyecto de Contrato de Supervisión
• Presentación de Credenciales, Propuestas, apertura de sobres y evaluación
• Adjudicación de la buena pro del Concurso
• Firma del Contrato de Supervisión
9. CONSULTAS A LAS BASES Y SUGERENCIAS AL PROYECTO DE CONTRATO DE SUPERVISIÓN
9.1 Los Postores pOdrán presentar consultas, sugerencias y observaciones a las Bases, por escrito o vía correo electrónico, dentro de los plazos previstos en el cronograma contenido en el Anexo N° 3.
9.2 Las consultas se formularán por escrito y en idioma español, debiendo estar dirigidas con atención al:
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Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx
9.3 La presentación de consultas y/u observaciones que tengan relación con las Bases conlleva la obligación del Comité de absolverlas, sin revelar la identidad de quien formuló las consultas. Por otro lado, el Comité no se encuentra obligado a absolver ni acoger las sugerencias que los Postores formulen al proyecto de Contrato de Supervisión.
9.4 Toda comunicación relacionada al Concurso se realizará a través de circulares, las cuales una vez publicadas en la página web de SEDAPAL y remitidas a los Postores vía correo electrónico, pasarán a formar parte integrante de las Bases.
9.5 Cualquier deficiencia o defecto en las Propuestas, atribuible o no a la falta de consultas y/u observaciones, no podrá ser invocada como causal de impugnación.
10. PRESENTACIÓN DE CREDENCIALES Y PROPUESTAS
10.1 La presentación de las Credenciales, Propuestas Técnicas y Propuestas Económicas se llevará a cabo ante el Comité en presencia xx Xxxxxxx Público en los locales, días y horas señalados en el cronograma del Concurso.
10.2 Los sobres deberán ser presentados cerrados y marcados como "Sobre N° 1", "Sobre N° 2" o "Sobre N° 3", según corresponda, consignando el nombre del Concurso y la denominación del Postor.
10.3 Las Credenciales y Propuestas Técnicas deberán ser presentadas en original y dos (2) copias simples. La Propuesta Económica será presentada únicamente en original.
10.4 La documentación contenida en cada uno de los sobres deberá ser legible, foliada y rubricada por el representante legal del Postor en cada página de manera correlativa. Asimismo, deberá contener un índice de los documentos incluidos en cada sobre.
10.5 El representante legal del Postor deberá contar con facultades de representación y disposición suficientes para vincular a su representada en todos los actos relacionados al Concurso. En caso de consorcio, el representante legal del Postor será el que conste debidamente identificado en la promesa formal de consorcio, de acuerdo al Anexo N° S.
10.6 En caso exista cualquier discrepancia entre una cifra expresada en números y en letras, prevalecerá el monto expresado en letras.
10.7 Transcurrido el plazo para la evaluación de Credenciales y Propuestas Técnicas, se convocará a un nuevo acto público, en el cual se dará a conocer los resultados de la evaluación, procediendo a evaluar la Propuesta Económica de los Postores que hayan alcanzado el puntaje mínimo requerido.
10.8 Las Propuestas Técnicas que no hubieren superado el puntaje mínimo requerido, serán devueltas en el acto antes referido, junto con sus respectivas Propuestas Económicas, éstas últimas sin abrir.
10.9 se adjudicará la buena pro del Concurso aun cuando se haya declarado válida una sola oferta económica.
CONTENIDO DEL SOBRE N° 1 - CREDENCIALES
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1. Copia del comprobante de pago por derecho de participación.
2. Compromiso de presentación de información fidedigna, de acuerdo al Anexo N° 4.
3. Original, copia certificada o copia legalizada del documento constitutivo del Postor, o, en caso de consorcio, original, copia certificada o copia legalizada de la promesa formal de consorcio de acuerdo al Anexo N° 5.
4. Original, copia certificada o copia legalizada del poder o documento donde obren las facultades del representante legal del Postor.
5. Copia del Documento Nacional de Identidad o carné de Extranjería del representante legal del Postor.
6. Copia de la vigencia del Registro Nacional de Proveedores (RNP) del Postor donde conste no estar impedido, sancionado ni inhabilitado para contratar con el Estado. En caso el Postor no domicilie en el Perú, la presentación de ésta constancia será requerida para la firma del Contrato de Supervisión, en caso resulte adjudicatario de la buena pro del Concurso.
7. Declaración Jurada Persona Jurídica, de acuerdo al Anexo N° 6.
8. Declaración Jurada Disposición para Contratar, de acuerdo al Anexo NO7.
9. Copia simple de los Estados Financieros (completos) correspondientes a los años 2012 y
2013 del Postor o de cada uno de sus integrantes en caso de consorcio.
10. Copia simple de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta correspondiente a los años fiscales 2012 y 2013, presentados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) con la constancia de su presentación, o documento equivalente en su país de origen.
11. Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta Económica, de acuerdo al Anexo N°
8.
12. Declaración Jurada Participación Directa ni Indirecta, de acuerdo al Anexo N° 9.
12. CONTENIDO DEL SOBRE N° 2 - PROPUESTA TÉCNICA
12.1 El Postor deberá presentar, de conformidad con lo establecido en los Términos de Referencia del Anexo N° 1, la siguiente documentación:
i. En relación al Postor, la experiencia general y específica, de acuerdo a los Anexos N° 10 Y N° 11.
ii. En relación al personal requerido para la prestación del servicio, presentará la conformación del equipo mínimo propuesto para la ejecución del servicio de acuerdo al Anexo N° 12, adjuntando para tal fin los Currículum Vitae de cada uno de ellos según el Anexo N° 13 Y declaración jurada de Permanencia según Anexo N° 14.
iii. Plan general de trabajo, incluirá propuesta de organización y personal asignado, enfoque metodológico.
iv. Propuesta de capacitación, incluirá un plan general de capacitación que deberá contener como mínimo el número de horas de capacitación, los temas, enfoque metodológico, de acuerdo al Anexo N° 15.
12.2 Para sustentar la experiencia del Postor se adjuntarán copias de los contratos, junto con sus correspondientes certificados de conformidad o constancias de servicios realizados emitidos por el respectivo cliente.
13. CONTENIDO DEL SOBRE N° 3 - PROPUESTA ECONÓMICA
13.1 El Postor deberá presentar:
1. Carta de presentación de la Oferta Económica, de acuerdo al Anexo N° 16.
La Oferta Económica deberá presentarse en soles e indicará el monto propuesto por el Postor como contraprestación por los servicios indicados en el Contrato de
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Las ofertas económicas deberán permanecer vigentes por lo menos noventa (90) Días calendario después de la fecha de presentación de propuestas, aun cuando no hubieren sido adjudicadas con la buena pro del Concurso.
El Comité podrá disponer la prórroga obligatoria de la vigencia de las Ofertas Económicas de los Postores, bajo apercibimiento de quedar descalificados y excluidos del Concurso, sin perjuicio de la ejecución de su Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta Económica en caso de incumplimiento, conforme a lo previsto en el Numeral 17.
2. Estructuras de Presupuesto como parte integrante de su oferta económica, son:
a) Estructura de presupuesto A, relacionada al plazo del Contrato de Supervisión y a la Propuesta Económica de acuerdo al Anexo N° 17.
b) Estructura de presupuesto B, referida al desarrollo de obligaciones estrictamente necesarias para el cumplimiento de los objeto del Contrato de Supervisión, como consecuencia de la suspensión del plazo del Contrato de Concesión, de acuerdo al Anexo N° 18.
Nota:
1. El Postor deberá .tener en cuenta que, en caso de presentarse eventuales suspensiones del plazo del Contrato de Concesión, el Supervisor deberá considerar la reducción de sus prestaciones, lo cual significa que realizará actividades mínimas, debiendo adecuarseal ritmo de trabajo del COncesionario.
2. Tanto la Estructura de Presupuesto A como la Estructura de Presupuesto B presentada por los Postores en su Propuesta Económica, tendrán carácter vinculante, permaneciendo vigentes durante el plazo de vigencia del Contrato de Supervisión.
13.2 Los criterios de evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas se definen el Anexo N° 19.
14. APERTURA DE SOBRES
14.1 El Comité, en presencia xx Xxxxxxx Público, recibirá las Credenciales y Propuestas en el local, día y hora señalados en el cronograma. El plazo de tolerancia será de quince (15) minutos, vencido el cual se procederá a dar inicio al acto.
14.2 Recibidas las Credenciales y Propuestas en mesa, se procederá a la apertura del Sobre NO 1 Y SObre NO 2 en el mismo orden en que fueron recibidos, verificando que la documentación se encuentre completa.
14.3 Una vez presentadas en mesa las Credenciales y Propuestas, no se aceptará la entrega de documentos adicionales.
14.4 Los SObres NO 1 Y NO 2 que omitieran algún documento requerido en las Bases serán desestimados, quedando el Postor automáticamente descalificado. Las Propuestas que no hubieren sido abiertas serán devueltas en dicho estado al momento.
14.5 Si al momento de la verificación del contenido de las Credenciales y Propuestas Técnicas se advirtiera que alguno de los documentos requeridos adolece de defecto subsanable, que implica un error no sustancial, se otorgará al Postor un plazo máximo de dos (2) Días Hábiles para la correspondiente subsanación. Vencido el plazo sin que
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14.6 Culminado el acto de apertura de Credenciales y Propuestas, y luego de la verificación completa de su contenido, se levantará un acta de lo acontecido, procediéndose a la evaluación de las Propuestas Técnicas por parte del Comité dentro del plazo previsto en el cronograma.
14.7 En la fecha establecida en el Cronograma se dará inicio al acto público de apertura de los Sobres NO 3, con la presencia xxx Xxxxxxx Público que custodió las Propuestas Económicas, comunicándose los puntajes alcanzados por los Postores como resultado de la evaluación de las Propuestas Técnicas, procediéndose a la devolución de los Sobres NO 3, sin abrir, respecto de aquellos que no hubiesen alcanzado el puntaje mínimo exigido en el Anexo N° 19, quedando automáticamente descalificados.
14.8 Seguidamente, se abrirán los Sobres NO 3, dándose lectura a las ofertas económicas e indicándose el orden de méritos, procediéndose luego a adjudicar la buena pro del Concurso al Postor que hubiese alcanzado la mejor calificación final conforme a lo previsto en el Numeral 3 del Anexo N° 19, levantándose el acta correspondiente.
15. ADJUDICACIÓN DE LABUENA PRO
La Buena Pro quedará consentida en caso exista un solo Postor con propuesta económica válida.
16. PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACIÓN
16.1 Sólo los Postores cuyas ofertas técnicas hubieren superado el puntaje mínimo podrán interponer recurso de impugnación ante el Comité contra la adjudicación de la buena pro. Dicha impugnación deberá constar en el acta como una observación del acto de apertura de Propuestas Económicas, debiendo constar por escrito y estar debidamente sustentada, dentro del plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de la adjudicación de la buena pro.
16.2 La Gerencia General de SEDAPAL tendrá un plazo de hasta (7) siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación del escrito para resolver el recurso impugnativo.
16.3 Para ser admitida a trámite la impugnación, el Postor presentará una carta fianza bancaria conteniendo los mismos requerimientos del Anexo N° 20.
17. FIRMA DE CONTRATO DE SUPERVISIÓN
17.1 El adjudicatario de la buena pro entregará los siguientes documentos:
a) Documento constitutivo del consorcio.
b) Original, copia certificada o copia legalizada del poder o documento donde obren las facultades del representante legal del consorcio que suscribirá el Contrato de Supervisión.
c) Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión de acuerdo al Anexo N° 21 Y Anexo NO 22.
17.2 El Comité devolverá al Postor la Garantía de Xxxxxxx, Vigencia y seriedad de la oferta económica una vez suscrito el Contrato de Supervisión con el adjudicatario de la buena pro, según Anexo N° 23.
17.3 El Comité tendrá la facultad, pero no la obligación, en caso de incumplimiento del
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17.4 Sin perjuicio de lo dispuesto en este numeral, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y/o SEDAPAL podrán iniciar las acciones legales como consecuencia directa o indirecta del incumplimiento del adjudicatario de la buena pro original.
Ejecución de la Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de Oferta Económica
17.5 SEDAPAL ejecutará, en forma inmediata y sin necesidad de aviso previo, la Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta Económica en caso el Postor incumpla con:
a) Prorrogar la vigencia de su Oferta Económica.
b) Prorrogar la vigencia de su Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta Económica.
17.6 Asimismo, XXXXXXX ejecutará, en forma inmediata y sin necesidad de aviso previo, la Garantía de Validez, Vigencia y Seriedad de la Oferta Económica del Postor adjudicatario de la buena pro del Concurso en caso incumpliera cualquiera de sus obligaciones previstas para la Fecha de Cierre señaladas en el presente numeral por razones a él imputables.
17.7 La ejecución de dicha garantía no limita o restringe cualquier otro derecho que pudiera tener SEDAPAL frente al adjudicatario de la buena pro que incumpliera con sus obligaciones.
18. DISPOSICIONES FINALES
18.1 Las Bases, los documentos que la integran y el Contrato de Supervisión se regirán e interpretarán de acuerdo a las normas legales de la República del Perú.
18.2 El sóio hecho de participar en el Concurso supone el sometimiento de los Postores a la legislación de la República del Perú, sometiéndose a los jueces y Tribunales de la ciudad de Lima, Perú, los que serán competentes para conocer cualquier controversia relacionada con el Concurso.
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ANEXO N° 1
Términos de Referencia
Contratación del servicio de supervisión especializada para el diseño, construcción y puesta en marcha de las obras del proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para 105 distritos del Sur de Lima" - PROVISUR (Escala de Producción I)
1. Antecedentes y Justificación
Mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en su sesión de fecha 19.01.2012, se acordó la incorporación del Proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR" (en adelante Proyecto PROVISUR) al proceso de Promoción de la Inversión Privada a cargo de PROINVERSION, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° OS9-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 Y normas reglamentarias. Dicho Proyecto se encuentra enmarcado en los objetivos del Plan Nacional de Saneamiento 2006 - 201S del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, destinado a incrementar el abastecimiento de Agua Potable y la cobertura de tratamiento de aguas residuales en Lima y caUao.
Mediante Resolución Suprema N° 045-2012-EF de fecha 06.07.2012, se ratificó el acuerdo a que se refiere el numeral precedente.
Mediante Acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en su sesión de fecha 10.02.2012, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto PROVISUR.
Con fecha 21.12.2012, en el marco del proceso de promoción de la inversión privada para la entrega en concesión al sector privado de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, la Agencia de Promoción de Inversión Privada - PROINVERSIÓN convocó a Concurso de Proyectos Integrales para la ejecución y puesta en marcha del Proyecto PROVISUR.
En marzo de 2013, PROINVERSION publicó las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión al sector privado del Proyecto PROVISUR, a fin de propiciar la competencia entre postores y posterior selección del Concesionario.
El 17 de diciembre de 2013, PROINVERSION adjudicó la buena pro del Concurso a la empresa Técnicas de Desalinización de Aguas S.A., la cual constituyó una sociedad de propósito exclusivo para que se conduzca como empresa concesionaria del Proyecto PROVISUR, denominada Concesionaria Desaladora del Sur S.A.
El 00 xx xxxx xx 0000 xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx representado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y saneamiento, suscribió el Contrato de Concesión con la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A.
El Proyecto PROVISUR comprende el diseño, financiamiento, construcción de la infraestructura Sanitaria y la operación y mantenimiento de la Infraestructura sanitaria a cargo del Concesionario.
El Contrato de Concesión en la Cláusula 6.1 del capítulO VI, establece que el Concedente seleccionará y contratará a una empresa que realice las funciones de supervisión especializada de las actividades de diseño, de la elaboración del Expediente Técnico, de la ejecución de las obras, Puesta en Marcha y seis meses de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora del Proyecto PROVISUR - Escala de Producción I. Asimismo, establece que tal contratación deberá efectuarse en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados desde la Fecha de Cierre.
La Cláusula 6.2 del mismo capítulo establece que durante el periodo de selección y contratación del SUPERVISOR de Diseño y Obra el Concesionario podrá, previa autorización del Concedente, iniciar la elaboración del expediente técnico, debiendo asumir SEDAPAL las labores como SUPERVISOR de Diseño y Obra.
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Para estos efectos, SEDAPAL se encargará del control y seguimiento del Contrato de Concesión y las facultades de supervisión delegadas. Ello se efectivizará de manera indirecta sin interferir en las relaciones de la Supervisión Especializada con el Concesionario.
2. Objeto de la contratación de la Supervisión de diseño, construcción de obra y puesta en marcha
El objeto del proceso de selección es la contratación de una Empresa que realice las funciones de Supervisión Especializada de las actividades de diseño, de la elaboración del Expediente Técnico, de la ejecución de las obras, de la Puesta en Marcha y de los seis primeros meses de iniciado el Período de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora del Proyecto PROVISUR, Escala de Producción 1 (en adelante EL SUPERVISOR).
El objetivo general de la Supervisión Especializada es:
a. Supervisar el desarrollo de los estudios preliminares, ingeniería de detalle, expediente técnico y la construcción de las sucesivas fases de las Obras propuestas por el Concesionario en su oferta técnica y económica; verificando que estos documentos cumplan con los requisitos técnicos, autorizaciones y estándares internacionales generalmente utilizados para los trabajos contemplados.
b. Supervisar la correcta ejecución de las Obras concesionadas y las instalaciones y montajes de equipos tecnológicos en función a las Especificaciones Técnicas y a los plazos y montos del Contrato de Concesión; así mismo, cubrir todas las labores de control técnico y económico que devengan de la aplicación del Contrato de Concesión, de las prácticas de supervisión especializada de obras similares y de las Leyes Aplicables.
c. Complementariamente, EL SUPERVISOR considerará como mínimo las funciones y actividades obligatorias establecidas en la Cláusula 6.5 del Capítulo VI y los requisitos técnicos mínimos establecidos en el Contrato de Concesión y la propuesta técnica del Concesionario.
Las actividades de EL SUPERVISOR cubrirán desde la elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de las Obras de acuerdo con el Calendario de Ejecución de Obras, Puesta en Marcha y hasta los seis primeros meses de iniciado el Período de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora.
Se deberá realizar una coordinación general permanente con los especialistas del Concesionario en cada fase, acompañando las actividades de Diseño y Construcción, de los diferentes componentes del sistema de agua potable y alcantarillado a diseñar y construir, además de coordinar con el equipo técnico de SEDAPAL.
La descripción preliminar de las obras y del procedimiento constructivo que desarrollará el Concesionario y que son objeto de la supervisión, se encuentran detalladas en el Anexo No. 4 "Especificaciones Técnicas Mínimas" y Anexo No.5 "Requerimientos Mínimos del Proyecto" y relacionados, que forman parte del Contrato de Concesión, en los documentos que contienen las precisiones y aclaraciones surgidas del proceso de evaluación de dicha propuesta y la propuesta técnica presentada por el Concesionario.
Los componentes del sistema de tratamiento propuestos por el Concesionario, los cuales son referenciales y que serán diseñados en detalle como cumplimiento en la preparación del Expediente Técnico del proyecto, han sido divididos en los siguientes componentes: a) Captación, estación de 'ombeo y línea de impulsión de agua de mar. b) Planta Desaladora de Agua de Mar. c) Disposición final de la Salmuera de la Planta Desaladora. d) Estación de Bombeo. Líneas de Conducción y
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3. Base legal
Decreto Legislativo NO 1012, Xxx Xxxxx de Asociaciones Público Privadas y sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
Decreto Supremo NO 146-200B-EF, Reglamento del Decreto Legislativo NO 1012 Y sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
Para efectos de la interpretación de las Bases, disposiciones que rigen el presente concurso y ejecución del contrato de supervisión, se considerarán los términos y disposiciones previstas en el Contrato de Concesión del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesión del Proyecto "Provisión de Servicios de saneamiento para los Distritos del Sur de Lima - PROVISUR".
En todo lo no previsto expresamente en las Bases, se aplicará, de manera supletoria, las disposiciones pertinentes del Código Civil.
Conforme a lo establecido en el Numeral 3.2 del Artículo 30 del Decreto Legislativo NO 1017, no son de aplicación a los Concursos y a la ejecución del contrato de supervisión, las normas contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado ni sus normas modificatorias, complementarias y conexas, ni su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO OB4-200B-EF ni sus normas modificatorias, complementarias y conexas.
4. Ubicación y límite del área de influencia del Proyecto
El Proyecto PROVISUR comprende los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales y Disposición Final, bajo la responsabilidad de SEDAPAL, que se desarrollará en el ámbito de los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra, san Xxxxxxx y santa Xxxxx del Mar, considerando el Anexo 2 y apéndices 1 y 0 xxx Xxxxx 0 del Contrato de Concesión y la propuesta técnica del Concesionario.
5. Alcances de los servicios
El alcance de la Supervisión Especializada comprende la supervisión de la elaboración del expediente técnico, de la construcción y equipamiento de las obras, de la Puesta en Marcha y de la Operación y Mantenimiento de los seis (6) primeros meses de la Planta Desaladora del Contrato de Concesión, los cuales deben cumplir con las exigencias técnicas establecidas en el mismo y sean compatibles con los estándares básicos nacionales e internacionales y con las buenas prácticas de ingeniería que garanticen su funcionalidad, economía, seguridad y durabilidad así como la optimización del plazo de ejecución. Los servicios que a continuación se describen no son limitativos, pudiendo El SUPERVISOR, ampliarlos o profundizarlos, en cuanto sea imprescindible para cumplir con el objeto del Contrato de Concesión .
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Con la finalidad de poder llevar una supervisión apropiada y por el tiempo que demandará realizar la misma, sus actividades se han dividido en tres etapas, las cuales deberán ser consideradas en la elaboración de su propuesta:
i. La primera etapa, comprende desde la suscripción del Contrato de Supervisión Especializada hasta antes de la fecha inicio de la ejecución de las obras. Esta supervisión incluye la aprobación del Expediente Técnico por parte de Concedente.
ii. La segunda etapa, comprende desde la fecha de inicio de la ejecución de obra, hasta la emisión del certificado de Puesta en Marcha.
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El SUPERVISOR realizará una coordinación general permanente con los especialistas del Concesionario en cada etapa, acompañando las actividades de Diseño y Construcción, Puesta en Marcha y Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora, compatibilizando las obras civiles, equipamiento electromecánico y especialmente de automatización y control para que el sistema integral opere correctamente y a satisfacciónde SEDAPAL.
5.1 Alcances generales
En concordancia con la Cláusula 6.5 del Contrato de Concesión, el SUPERVISOR deberá adicionalmente considerar las siguientes actividades:
a. EL SUPERVISORdeberá velar por el cumplimiento del Contrato de Concesión, actuando en todo momento como asesor de SEDAPALe informando prontamente la ocurrencia de cualquier evento o condiciones que puedan atrasar cualquier parte del Proyecto de acuerdo con los cronogramas. Asimismo deberá recomendar las accionesa seguir coadyuvando a la solución de problemas para enfrentar dicha situación y lograr el cumplimiento del objeto del Contrato de Concesión. Asimismo, deberá prever las acciones necesarias para la terminación del Proyecto en sus diferentes etapas. Para ello, deberá considerar en su propuesta un plan de mitigación de los riesgos que se puedan presentar durante la construcción y operación del Proyecto.
b. EL SUPERVISOR,tendrá a su cargo las actividades propias de la Supervisión Técnica del Expediente Técnico y la Ingeniería de Detalle en sus diferentes fases, así como supervisión de construcción de las Obras y el suministro de equipos e instalaciones, y su montaje, verificando que se ciñan estrictamente a las Normas técnicas sobre la ejecución y Conservaciónde las Obras.
c. El Proyecto Definitivo (Expediente Técnico Aprobado) a supervisar, comprenderá todas las condiciones y principales aspectos de diseño y operación del conjunto de obras, incluyendo planos, metrados, memorias y procedimientos de cálculo, así como las normas y recomendacionesaplicadas; el proceso constructivo con detalle de la tecnología constructiva y de la organización de la construcción; materiales, equipos hidromecánicos e instrumentación por emplear; metrados de obras; presupuestos definitivos de obras y calendario de Inversiones; programa de actividades preparatorias de construcción, y de equipamiento, incluyendo el calendario de trabajo; el programa de pruebas tecnológicas, y la versión preliminar del manual de Operación y Mantenimiento. El SUPERVISORdebe asegurar que el Expediente Técnico esté conforme a las EspecificacionesTécnicas Mínimas y los Requerimientos Mínimos del Proyecto indicados en el Contrato de Concesióny de conformidad con la Oferta Técnica del Concesionario.
d. El SUPERVISOREspecializado, autorizará la ejecución de Obras cuyo Proyecto Definitivo se encuentre debidamente terminado y aprobado a satisfacción de SEDAPALy cuente con las autorizaciones y permisos pertinentes de acuerdo a lo previsto en el Contrato de Concesión y normativa vigente.
e. El SUPERVISOREspecializadoverificará permanentemente los procedimientos de ejecución de las obras, y las instalaciones y calendarios de ejecución que formule el Concesionario para asegurar la ejecución de las obras subsiguientesen los plazos previstos y con la calidad requerida.
f. El SUPERVISOREspecializadoverificará que todo cálculo, aseveración, estimación o dato, que presente el Concesionario, esté justificado conceptual y analíticamente. No se aceptará estimaciones o apreciaciones sin el debido respaldo técnico y económico en caso se requiera.
g. Controlará el cumplimiento de los Parámetros de Condición, calidad de los procedimientos constructivos y de sus resultados a la culminación de las obras.
Controlará el cumplimiento de los compromisos de inversión de acuerdo a la propuesta del Concesionario.
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j. Velará por el cumplimiento de todas las demás obligaciones de las Partes contenidas en el Contrato de Concesión.
k. Solicitará al Concesionario, con conocimiento de SEDAPAL, la renovación de la Garantía de Fiel Cumplimiento y pólizas de obra en el momento oportuno, ello en función a las reglas establecidas en el Contrato de Concesión, asimismo, asesorará a SEDAPAL para disponer su ejecución según sea el caso.
l. El SUPERVISOR Especializado cumplirá con la revisión y aprobación de los avances e inversiones mensuales del Concesionario e informará a SEDAPAL. Asimismo, preparará informes anuales que incluyan la evaluación de los Informes Anuales Auditados que presente el Concesionario a SEDAPAL.
m. Desarrollará sus informes en programas MSWORD para textos, Excel para hojas de cálculo, Microsoft Project o similar para la programación de los recursos, Autocad para esquemas y planos, y otros programas actualizados para la verificación de parámetros geológicos, de diseño y de simulación. El SUPERVISOR Especializado tendrá las atribuciones que se establecen en el Contrato de Concesión, en los presentes Términos de Referencia, y las Bases.
n. Verificará el cumplimiento del Plan de Comunicaciones e Intervención Social, propuesto por el Concesionario.
5.2 Alcances específicos
5.2.1 Acciones Previas
a. El SUPERVISOR Especializado efectuará una reVISlon minuciosa de todos los documentos generados por el Concesionario hasta la fecha del inicio de sus funciones.
b. Efectuará un recorrido integral de las zonas donde se construirán las Obras, y de las áreas de influencia, a fin de conocer cabalmente las condiciones de éstas y prever las dificultades que pudieran presentarse en el futuro, haciendo de conocimiento de SEDAPAL las sugerencias que estime pertinente.
c. Realizará un reconocimiento de las canteras identificadas para la construcción de las Obras, para verificar la calidad de los agregados y analizar la influencia que tendrá su explotación en la calidad de la construcción de las Obras, así como en las diferentes fases de desarrollo del Proyecto.
d. Revisará, estudiará, aprobará o rechazará, y elevará a SEDAPAL para su aprobación o rechazo según sea el caso y por escrito, la Ingeniería de Detalle que elabore el Concesionario en sus diferentes fases.
e. Verificará que el expediente técnico que desarrolle el Concesionario, que incluye el Proyecto Definitivo y la Ingeniería de Detalle, así como las obras, montajes, instalaciones, pruebas y otros procedimientos del proceso constructivo se ejecuten ciñéndose en todo lo que sea aplicable, a las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el Anexo 4 del Contrato de Concesión.
5.2.2 ETAPA 1: SUPERVISIÓN DE ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE
.2.2.1 ACTIVIDADES DE SUPERVISION DEL EXPEDIENTE TECNICO y ESTUDIO DEFINrnVO
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El SUPERVISOR asesorará a SEDAPAL en la solución de problemas de servidumbres de uso y servidumbres de paso, emitiendo sus recomendaciones correspondientes.
EL SUPERVISOR deberá dar cumplimiento y supervisar que las obras proyectadas, que contenga el Expediente Técnico se ciñan a lo establecido en el Anexo 5 Requerimientos Mínimos del Proyecto, por lo que deberá verificar que el Concesionario diseñe para las siguientes condiciones:
• Producir agua potable hasta un caudal máximo diario de 2S0 Iitros/seg hasta el Inicio de la Operación de la Escala de Producción II, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios.
• Disponer la Salmuera generada por la Planta Desaladora en el mar, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente.
• Bombear, conducir y almacenar el agua potable en el reservorio(s) previsto(s).
• Distribuir el agua potable desde el(los) reservorio(s) hasta las conexiones domiciliarias.
• Colectar las aguas residuales desde las conexiones domiciliarias y conducirlas hasta las respectivas Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.
• Tratar las aguas residuales recolectadas en cada una de las PTAR Existentes con un caudal promedio de 24 litros/seg yen la PTAR Proyectada para un caudal promedio de 13S Iitros/seg hasta el Inicio de la Operación de la Escala de Producción II, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Contrato de Prestación de Servicios.
• Disponer las aguas residuales tratadas por las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, de acuerdo a la normatividad ambiental vigente.
Asimismo deberá considerar la supervisión de las siguientes actividades:
Topografía
Efectuará un control permanente para garantizar el correcto levantamiento topográfico de los distintos elementos del sistema a diseñar, verificando que los trabajos se realicen con los equipos e instrumental topográfico propuesto y en óptimas condiciones. Este deberá ser registrado por el SUPERVISOR con el control de avance.
Libre Disponibilidad de los Terrenos
EL SUPERVISOR deberá verificar que el Concesionario desarrolle adecuadamente el mecanismo legal necesario destinado a la obtención de la libre disponibilidad de los predios requeridos para la ejecución de las obras propias del Proyecto PROVISUR, garantizando que se haya realizado, oportunamente, el diagnóstico y consecuente saneamiento físico legal.
Asimismo, el SUPERVISOR revisará los documentos a través de los cuales se constituyan los derechos requeridos a que hubiera lugar.
Geotecnia y Mecánica de Suelos
EL SUPERVISOR deberá comprobar que el Concesionario efectué la investigación del suelo mediante calicatas y análisis físico - químicos para determinar la calidad del terreno en los lugares donde se instalarán las tuberías, estimándose una densidad de por lo menos una exploración del terreno en función a la propuesta del Concesionario que servirán además para revisar posibles interferencias. Así
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• Una (01) calicata localizada en el eje de la estructura
• Dos (02) calicatas diametralmente opuestas en la proyección del perímetro de la estructura.
Para las estructuras existentes también se determinará la calidad físico - química del suelo en el área donde está ubicada dicha estructura. También se determinará la estabilidad de la cimentación mediante un estudio geotécnico del área que compromete la estructura.
EL SUPERVISOR deberá garantizar el cumplimiento de la ejecución de las pruebas propuestas por el Concesionario y lo enmarcado dentro de los términos de referencia del Expediente Técnico, se deberá supervisar el cumplimiento de la determinación de:
La capacidad portante del terreno en aquellas zonas en las que se localizarán las estructuras del Sistema a las profundidades de cimentación prevista y de la instalación de las tuberías.
La calidad fíSica - química de cada tipo de suelo, por donde atravesarán las tuberías y en donde se localicen las estructuras, tales como: nivel de Cloruros, Sulfatos, PH, Conductividad, etc., determinando la agresividad del terreno, al material de las tuberías, concreto, xxxxxx y otros materia les de la obra.
Profundidad y características del basamento rocoso en caso de ser necesario.
Las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuará las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras (tuberías y cámara).
EL SUPERVISOR revisará el volumen correspondiente al Estudio de Suelos a presentar por el Consultor, que incluirá referencialmente como mínimo:
• Descripción y objetivo
• Ubicación del área en estudio (especificando la ubicación de cada una de las estructuras y líneas proyectadas)
• ca racterísticas del proyecto
• Investigaciones realizadas:
• Antecedentes geológicos de la zona: Geomorfología y geología
• Trabajos de campo: calicatas, densidad natural y muestreos y registros de exploración
• Ensayos de laboratorio: Ensayos estándares y ensayos especiales
• Reconocimiento petrográfico macroscópico
• calificación de suelos
• Perfiles Estratigráficos
• Descripción de la conformación del subsuelo del área en estudio (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas)
• Análisis de la cimentación
• Tipo y profundidad de cimentación (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas)
• Cálculo de la capacidad portante admisible (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas)
• Determinación de asentamientos (especificando para cada una de las estructuras y líneas proyectadas)
• Aspectos sísmicos
• Análisis químico de sales agresivas al concreto: agresividad de los sulfatos al concreto y agresividad de los cloruros al xxxxxx.
• Conclusiones y Recomendaciones
Intervención Social
EL SUPERVISOR deberá velar por el cumplimiento del Plan de Comunicaciones e Intervención Social propuesto por el Concesionario en su Propuesta Técnica y según lo establecido en el Anexo 5 Requerimientos Mínimos del Proyecto del Contrato de Concesión.
Sitios y Evidencias Arqueológicas
EL SUPERVISOR deberá verificar la obtención por parte del Concesionario el certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA), a través de la identificación, diagnóstico y evaluación de la presencia de restos arqueológicos en el área donde se ejecutarán las infraestructuras de
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Estudios Oceanográficos Batimetría
a) Efectuará con el Concesionario en forma permanente un control topográfico de los trabajos en ejecución, a fin de establecer que los alineamientos y niveles sean los correctos, velando en ambos casos que estos trabajos se realicen con los equipos e instrumental topográfico adecuado y en óptimas condiciones. Este control deberá ser registrado y actualizado periódicamente.
b) Verificará que la triangulación para la Batimetría esté correlacionada con los puntos de control geográfico utilizados para el Estudio Definitivo.
c) Verificará periódicamente los equipos de control del Concesionario, de tal manera de obtener las precisiones adecuadas.
d) Todas estas acciones deben efectuarse en coordinación con el Concesionario
Estudio de Corrientes
a) Efectuará con el Concesionario la determinación del área y alcances específicos para el estudio de corrientes en la zona de descarga del efluente mediante el emisario submarino.
b) Llevará a cabo el control y verificación de los trabajos de determinación de velocidad y rumbo de las corrientes marinas, verificando la profundidad adecuada de los instrumentos de registro y la ubicación geográfica del rastreo respecto de los puntos de control en tierra así como los tiempos y momento de toma de las muestras.
Análisis de agua de mar
a) Efectuará con el Concesionario, la frecuencia, profundidad y parámetros a determinar en las muestras de agua de mar para el área de influencia de difusión de los desagües descargados.
b) Verificará la profundidad de toma de muestras y la ubicación geográfica relacionada con los puntos de control de tierra.
c) Controlará la protección de las muestras, su transporte oportuno y la idoneidad de los laboratorios de procesamiento.
d) Solicitará aleatoriamente la toma de muestras adicionales para ejercer análisis comprobatorios.
e) Estos controles serán llevados a cabo en la etapa de diseño y en la etapa de operación inicial.
Plan de Manejo Ambiental
El SUPERVISOR verificará que el Concesionario formule y realice un Plan de Manejo Ambiental de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia tanto en las Obras de la PTAR como en la descarga de los efluentes. En tal sentido:
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5.2.3 ETAPA 11: SUPERVISIÓN DE EJECUCIÓNDE OBRA Y PUESTA EN MARCHA
5.2.3.1 ACTIVIDADES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
EL SUPERVISOR velará por la correcta ejecución de las Obras y las instalaciones y montajes de equipos electromecánicos y de automatización y control en función a las Especificaciones Técnicas y a los plazos y montos del Contrato; así mismo, cubrir todas las labores de control técnico y económico que devengan de la aplicación del Contrato de las prácticas de supervisión de obras similares y de las Leyes Aplicables.
La Supervisión velará para que la ejecución de las obras, montajes, instalaciones, pruebas y otros procedimientos del proceso constructivo se ejecuten ciñéndose en todo lo que sea aplicable, a las especificaciones establecidas, por los códigos y normas indicadas en el Anexo 4 "Especificaciones Técnicas Mínimas" del Contrato de Concesión.
Asimismo, El SUPERVISOR velará por la continuidad de las actividades de construcción del Concesionario, apoyando en la resolución de problemas de interferencia con otros servicios que puedan servir, haciendo precisiones respecto al expediente técnico aprobado, coordinando entre los especialistas del Concesionario y SEDAPAL, de tal forma que no se interrumpa el servicio y se cumplan con las metas y plazos previstos.
El SUPERVISOR revisará los procedimientos de ejecución de las obras y calendarios de ejecución que formule el Concesionario para asegurar durante la ejecución de las obras los plazos previstos y con la calidad requerida.
Igualmente el SUPERVISOR deberá asegurar que todo cálculo, aseveración, estimación o dato, que presente el Concesionario, esté justificado conceptual y analíticamente. No se aceptará estimaciones o apreciaciones sin el debido respaldo técnico y económico en caso se requiera.
El SUPERVISOR deberá participar durante el período de Puesta en Marcha asegurando la ejecución de los procedimientos necesarios para verificar el correcto funcionamiento de las Obras, y los requisitos de calidad y volumen establecidos en el contrato de Prestación de Servicios. De ser necesario, deberá realizar las observaciones y recomendaciones a fin de lograr el correcto funcionamiento de las Obras.
Topografía
Efectuará muestras para garantizar el control topográfico de los trabajos en ejecución, verificando que los trabajos se realicen con los equipos e instrumental topográfico adecuado y en óptimas condiciones, de acuerdo a lo especificado en los Diseños y Estudios Definitivos. Este control deberá ser registrado por el SUPERVISOR y actualizado periódicamente.
El SUPERVISOR revisará los puntos de control que se obtuvieron durante la triangulación efectuada en la ejecución del Estudio Definitivo.
Control de Calidad
Supervisar las pruebas de control de calidad estipuladas en las Especificaciones Técnicas del Proyecto Definitivo del Expediente Técnico, en el laboratorio de campo del Concesionario de acuerdo a la responsabilidad de éste.
La labor del laboratorio de campo incluirá no solamente la verificación de la calidad de los materiales y acabados, sino la evaluación de los materiales y equipos de la Obra, comprobación de los diseños de mezclas, control de obras de arte, inspección de canteras, control de sondeos, análisis de estabilidad y en general todas las acciones que se requieran para asegurar un adecuado control de calidad de la obra.
Revisar la influencia del correcto almacenamiento de los materiales de construcción sobre las dosificaciones de las mezclas de concreto, shotcrete e inyecciones y proponer los correctivos correspondientes.
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Comunicar al Concesionario sobre las medidas correctivas que éste deberá adoptar, si a consecuencia de las verificaciones efectuadas hubiese encontrado defectos o anomalías, las mismas que deben ser presentadas por escrito y con copia a SEDAPAL, previo asiento en el Cuaderno de Obras.
Apoyar en la solución de los problemas creados por discrepancias (si se presentaran) entre los planos y las especificaciones técnicas.
Mantener archivos completos y actualizados donde se indique modificaciones, cambio de Especificaciones Técnicas, Expediente Técnico de la Obra, controles topográficos, de laboratorio y fotográfico, así como la correspondencia con XXXXXXX y el Concesionario, cuadros de avance y en general toda la información relacionada con la marcha de las obras.
Organizar reuniones en obra conjuntamente con el Concesionario, a fin de evaluar el avance de la obra. Recibir, analizar y disponer su cumplimiento por el Concesionario de las observaciones, sugerencias y/o disposiciones emanadas de SEDAPAL respecto a la obra, en el marco del Contrato de Concesión.
El SUPERVISOR para los Reportes de Avance de Obra deberá ceñirse a lo establecido en la Cláusula 6.27 a la 6.28 del Contrato de Concesión y en el Anexo 10 "Mecanismos de Control y certificación de los Avances de Obra" del citado Contrato.
El SUPERVISOR para la Aprobación de las Obras deberá ceñirse a lo establecido en la Cláusula
6.31 a la 6.40 del Contrato de Concesión.
El SUPERVISOR para el Periodo de Xxxxxx en Xxxxxx deberá ceñirse a lo establecido en la Cláusula 6.41 a la 6.43 del Contrato de Concesión.
Revisar, verificar y dar su conformidad a los Planos de Obra según construido (as built) elaborados por el Concesionario.
Control Económico de Avances y Compromisos de Inversión
El SUPERVISOR deberá controlar permanentemente el avance en la ejecución de las obras del contrato con respecto al calendario de Inversiones vigente del Concesionario. En caso de atrasos del calendario, deberá notificar al Concesionario, con la finalidad de revertir la situación; dando cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones efectuadas, con el seguimiento respectivo.
El SUPERVISOR llevará un detallado control y registro de las Fianzas y Seguros, de forma de garantizar que estos además de cumplir con las exigencias contractuales se mantengan vigentes. Deberá informar las fechas de renovación a SEDAPAL.
El SUPERVISOR mantendrá registros de pagos y descuentos discriminados por categoría de gasto.
El SUPERVISOR preparará los informes de avance financiero y los ajustes correspondientes en concordancia con lo establecido en el Contrato de Concesión, para ser remitidos a SEDAPAL, de acuerdo a los formatos que se haya establecido para este fin. Igualmente, preparará documentación o presentación que sea solicitada por XXXXXXX en relación a los avances del Proyecto.
Solicitar la presentación de calendarios acelerados que permitan recuperar retrasos injustificados mayores de 10% en las fechas dispuestas como límites para los avances que propone el Concesionario en su Cronograma de Actividades Preparatorias, de Construcción y Equipamiento.
Participar conjuntamente con el Concesionario en la medición y cálculo en obra de los metrados realmente ejecutados, o en todo caso verificar en obra dichos metrados.
Control Organizacional
Inspeccionar las instalaciones del Concesionario, tales como: plantas, campamentos, talleres, así como sus unidades de equipo mecánico, almacenes, depósitos de materiales, materiales en cancha, a fin de determinar si el sistema de abasteCimiento es el adecuado y constatar la calidad de los materiales en mención.
Informar a SEDAPAL sobre cualquier alteración de los recursos ofertados que afecten la calidad de la obra.
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Seguridad
Verificar que el Concesionario haya adoptado las medidas idóneas para garantizar la seguridad en obra.
Igualmente el SUPERVISOR velará que el Concesionario cumpla con las normas de protección y seguridad, propia y de terceros de acuerdo a la normativa que rige la materia.
Otros
Remitir a SEDAPAL los inventarios previstos en el Contrato de Concesión.
Verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y afines que el Concesionario haya contraído. Revisar y aprobar el Manual de Operación y Mantenimiento de las Obras ejecutadas, así como la Memoria Descriptiva que presente el Concesionario.
El SUPERVISOR está obligado a participar, en toda función que no esté explícitamente enunciada en los presentes Términos de Referencia y que se deriven del Contrato de Concesión y de la Propuesta Técnica del Concesionario.
5.2.4 ETAPA 111: SUPERVISIÓN DE LOS SEIS (06) PRIMEROS MESES DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA PLANTA DESALADORA
Durante los seis (06) primeros meses de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora, el SUPERVISOR deberá verificar el correcto funcionamiento de las obras, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión y los Anexos que lo componen; informando sin ser limitativo, en los siguientes aspectos:
Desempeño del Equipamiento Electromecánico, Automatización e Instrumentación. ".~ Desempeño de los distintos elementos del proceso de desalación
Cumplimiento del régimen de producción.
Cumplimento de la calidad de agua producida y entregada ofertada por el Concesionario Verificación del Cumplimiento de las obligaciones del Concesionario
Verificación del cumplimiento de la obligación del Concesionario de proveer el servicio de acuerdo a los estándares y niveles de calidad, previstos en el Contrato de Concesión y el Contrato de Prestación de Servicios.
Supervisión y aprobación del Manual de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora
6. PLAZO Y PROGRAMACIÓN DE LA SUPERVISIÓN DE DISEÑO Y OBRA
Las actividades del SUPERVISOR se extenderán durante los cuarenta y ocho meses (48) meses establecidos en el Calendario de Trabajo del Concesionario, que incluye la supervisión de la Ingeniería de Detalle y Expediente Técnico, supervisión de la ejecución de obra y puesta en marcha y los seis
(06) primeros meses de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora. Este plazo podrá extenderse, en función de las prórrogas y/o suspensiones del plazo de la Concesión que sean aprobados por el Concedente.
6.1 Respecto a la programación del servicio el Postor presentará la siguiente documentación técnica:
a) Un Plan General de Trabajo en el cual se indicará el enfoque y conceptuación del Postor de cómo interpretará y ejecutará el servicio materia de la convocatoria. El Plan general de Trabajo se elaborará sobre la base de los presentes Términos de Referencia y en general sobre las pautas relacionadas con las actividades de supervisión contenidas en el Contrato de Concesión y las Leyes Aplicables.
b) Un Calendario de Trabajo con la descripción de cada tarea y la presentación de la sustentación, secuencia, relación y enlace de las diferentes actividades, tareas y metas a cumplir, lo que se reflejará complementariamente en los diagramas de bloques y xx xxxxxx respectivos. El calendario de trabajo deberá considerar la propuesta técnica del Concesionario, y las etapas descritas en el numeral 5 de los presentes términos de referencia.
c) Un programa de asignación de recursos tanto del personal como de los recursos asignados a cada actividad, mostrando el tiempo y oportunidad de utilización de cada uno de ellos, el cual incluirá el detalle de las actividades a realizar, distribución del personal por actividad, horas hombre asignadas por tarea o actividad. La programación se efectuará utilizando el Software MS
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Treinta (30) días antes de la aprobación del Expediente Técnico elaborado por el Concesionario, el SUPERVISORpresentará a SEDAPALla actualizaciónde la documentación referida a las características de la Supervisión de Obra.
6.2 Actividades durante el período de suspensión V/o prórrogas del Contrato de Concesión.
En caso de producirse la suspensión del plazo de la Concesión, el Contrato de Supervisión Especializadaquedará suspendido respecto a todas aquellas obligaciones que no sean estrictamente necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Contrato de Concesión, en tanto perdure dicha situación.
En dicho supuesto, el SUPERVISORdeberá adecuar su desempeño al ritmo de actividades del Concesionario, designando al personal mínimo indispensable para el desarrollo de las obligaciones que no hubieren quedado suspendidas.
El SUPERVISORjustificará ante SEDAPALla necesidad de reactivar alguna de las obligaciones inicialmente suspendidas o incrementar las existentes; en este supuesto, SEDAPALbrindará su conformidad en caso la situación así lo amerite.
7. REQUISITOS MINIMOS DEL SUPERVISOR Y DEL PERSONAL
7.1 Del Supervisor
El servicio de consultoría deberá ser realizado por una empresa especializada en ingeniería con experiencia en supervisión de la elaboración de expedientes técnicos y ejecución de obras de infraestructura en saneamiento, Plantas Desaladoras, Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, instalación de emisarios submarinos, la cual deberá contar con los siguientes requisitos mínimos:
• Experiencia comprobada en el desarrollo o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos; y supervisión de ejecución de obras de proyectos de infraestructura hidráulica, sustentada en un mínimo de tres (03) estudios en los últimos diez (10) años, cuyo monto de contratación acumulado no sea menor a cinco (05) millones de dólares americanos o su equivalente en otra moneda, y por lo menos uno de ellos no menor a uno y medio (1.5) millones de dólares americanos o su equivalente en otra moneda.
• Experiencia comprobada en el desarrollo de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y supervisión de ejecución de obras de proyectos de infraestructura hidráulica, en los últimos diez
(10) años, que incluya:
i. Plantas Desaladoras de agua para consumo humano que totalicen una capacidad de tratamiento de por lo menos setenta y cinco mil m3/día (75,000 m3/día). Una de las plantas deberá tener una capacidad de operación de por lo menos quince mil m3/día (15,000 m3/día).
ii. Planta(s) de tratamiento de aguas residuales mecanizada(s), que en conjunto totalice(n) una capacidad de tratamiento de por lo menos sesenta mil m3/día (60,000 m3/día). El proceso de tratamiento de las plantas acreditadas deberá ser por lo menos de tipo de tratamiento secundario. Una de las plantas deberá tener una capacidadde tratamiento de por lo menos diez mil m3/día (10,000 m3/día);
¡ji. Instalación de emisarios submarinos con una longitud acumulada de por lo menos dos mil (2,000) metros y uno de ellos de al menos quinientos (500) metros y diámetro mínimo de quinientos milímetros (500 mm).
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7.2 Del Equipo Profesional
El equipo de trabajo debe estar compuesto por lo menos por los siguientes perfiles profesionales:
1. Un (01) Director de la Supervisión Especializada:Ing. Sanitario o Civil o afines, con estudias de Post Grado relacionados a la dirección, o gerencia de proyectos o equivalente, con experiencia no menor de lS años como ingeniero o equivalente en su país de origen, y experiencia no menor de S años ejerciendo la dirección Ylo jefatura ylo gerencia de proyectos ylo supervisión de proyectos
Ylo supervisión de obra de infraestructura hidráulica.
2. Un (01) Experto en Plantas Desaladoras: Ing. sanitario o Civil o afines, con estudios de Post Grado en sistemas de tratamiento de agua para consumo humano, con experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, y no menor de 5 años en la elaboración ylo supervisión de estudios definitivos Ylo expedientes técnicos Ylo supervisión de
obra de plantas de tratamiento de agua potable del tipo planta desaladora para consumo humano, así como una experiencia no menor de 6 mesesen la operación de las mismas.
3. Un (01) Experto en Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales: Ing. Sanitario o afines, con estudios de Post Grado en sistemas de tratamiento de aguas residuales, profesional con experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, y experiencia no menor de 5 años en elaboración ylo supervisión de estudios definitivos ylo
expedientes técnicos ylo supervisión de obra de plantas de tratamiento de aguas residuales, del
tipo de tratamiento secundario.
4. Un (01) Experto en Emisores Submarinos: Ing. sanitario o Civil o afines, profesional con experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, experiencia
no menor de 5 años en elaboración ylo supervisión de estudios definitivos Ylo expedientes
técnicos Ylo supervisión de instalación de emisores submarinos, al menos uno de ellos de longitud mínima sea de 500 m y diámetro mínimo de 500mm.
5. Un (01) Experto en Equipamiento Electromecánico: Ingeniero Mecánico Eléctrico o afines, con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en el país de origen y experiencia mínima de 5 años en elaboración ylo supervisión
de estudios definitivos ylo expedientes técnicos Ylo supervisión de obra relacionado al componente de equipamiento electromecánicode proyectos de saneamiento.
6. Un (01) Especialista en Diseño Hidráulico de Agua Potable: Ing. Sanitario o Civil o afines, profesional con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 5 años en la elaboración ylo supervisión de estudios definitivos Ylo expedientes técnicos Ylo supervisión de obra, relacionado al componente de agua potable de proyectos de saneamiento.
7. Un (01) Especialista en Diseño Hidráulico de Alcantarillado: Ing. sanitario o Civil o afines, profesional con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de 12 años
como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 05 años en la elaboración Ylo supervisión de estudios definitivos Ylo expedientes técnicos ylo supervisión de obra relacionado al componente de alcantarillado de proyectos de saneamiento.
8. Un (01) Ingeniero Especialista en Obras Civiles: Ingeniero Civil o afines, profesional con experiencia no menor de 8 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 4 años en la elaboración Ylo supervisión de estudios definitivos Ylo expedientes técnicos Ylo supervisión de obra relacionado a estructuras de obras civiles de proyectos de saneamiento.
CONCURSO PÚBLICO !>JO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 23 de 70
10. Un (01) Ingeniero Especialista en Automatización: Ingeniero Electrónico, Mecánico Eléctrico o afines, con estudios de Post Grado en su especialidad, profesional con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 5 años en elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de automatización en Sistema SCADA de proyectos de saneamiento.
11. Un (01) Ingeniero Especialista en Impacto Ambiental: Ingeniero Sanitario, Ambiental o afines, profesional con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de S años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Impacto Ambiental de proyectos de saneamiento.
12. Un (01) Ingeniero de Seguridad e Higiene Industrial: Ingeniero Civil, Industrial, Higiene y Seguridad Industrial o afines, profesional con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Seguridad e Higiene Ocupacional de proyectos de saneamiento.
13. Un (01) Ingeniero de Costos, Presupuestos y Valorizaciones: Ingeniero Civil o Sanitario o afines, profesional con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Costos, Presupuestos y Valorizaciones de proyectos de saneamiento.
14. Un (01) Especialista en Contratos de Supervisión: Ingeniero Administrativo, Civil, Industrial o afines, profesional con experiencia mínima de 5 años en la administración y/o manejo de contratos de supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra.
15. Un (01) Ingeniero Especialista en Topografía: Ingeniero Civil o afines, profesional con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Topografía de proyectos de saneamiento.
16. Un (01) Especialista en Intervención Social: Licenciado en Sociología, Trabajo Social, Antropología, Educación o Comunicación Social o afines, profesional o equivalente en su país de origen con 5 años de experiencia mínima como Coordinador de Intervención Social de proyectos de saneamiento.
17. Un (01) Especialista en Arqueología: Licenciado en Arqueología, profesional o equivalente en su país de origen con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra y/o ejecución de obra relacionada al componente de Arqueología de proyectos de saneamiento.
8. INFORMES A PRESENTAR POR EL SUPERVISOR
El SUPERVISOR presentará a SEDAPAL en original y dos (02) copias, los siguientes informes:
8.1 INFORMES MENSUALES
El SUPERVISOR presentará a SEDAPAL en versión física y digital, al final de cada mes, en función a los avances en la ejecución de: los expedientes técnicos e Ingeniería de Detalle y de las Obras, en los
ue se detallará, sin ser limitativo, por componentes del Proyecto, lo siguiente:
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b) Situación entre Avance Físico y Avance Programado.
Adjuntando:
Originales de los Planos de Ejecución de Obra aprobados y las memorias descriptivas correspondientes.
Copias del Cuaderno de Obra.
Los Informes Mensuales llevarán un Anexo indicando como mínimo lo siguiente:
1. Relación del personal y equipo del SUPERVISOR asignados al proyecto en términos de horas hombre por actividad. Comparación con el diagrama xx xxxxxx, programación PERT-CPM y el programa de asignación de recursos vigente.
2. Relación de todos los profesionales responsables en cada actividad del proyecto, mostrando la especialidad, nombre, registro profesional y firma.
3. Informe sobre las dificultades encontradas y las que puedan anticiparse en el futuro, y medidas a tomar para minimizar sus efectos con relación al avance del Proyecto.
4. Registros Geológico-Geotécnicos y planos rebatidos de los tramos Y/o áreas excavadas.
5. Recomendaciones Técnicas a la Ingeniería de Detalle de acuerdo a las fases subsiguientes de construcción. .
6. Planos parciales y acumulados de los avance de obra.
7. Recomendaciones a las metodologías constructivas del Concesionario.
8. Recomendaciones a las medidas de seguridad de las Obras.
9. Recomendaciones y sugerencias para la optimización del manejo del Contrato.
10. Análisis comparativo de las condiciones geológicas pronosticadas por el Concesionario y las condiciones reales encontradas.
11. Seguimiento de Licencias, aprobaciones y autorizaciones respectivas
Asimismo, durante el Período de Puesta en Marcha y los primeros seis meses de la etapa de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora, el informe mensual deberá contener la descripción de las actividades realizadas, análisis de las pruebas efectuadas y recomendaciones en relación a las implementaciones realizadas por el Concesionario durante dichas etapas.
La estructuración de estos Informes será presentada a SEDAPAL para su revisión previa a su aprobación, y se adecuará a las necesidades del Proyecto.
8.2 INFORMES ESPECIALES Y DE COYUNTURA
Además de los informes considerados en la cláusula 6.5 del Contrato de Concesión, el SUPERVISOR deberá presentar los siguientes informes:
Cuando sea necesario, por propia iniciativa o a solicitud de SEDAPAL o del Concedente, Informes Técnicos Especiales sobre aspectos específicos o condiciones especiales que por sus efectos sean de
importancia, para el desarrollo del expediente técnico y/o ejecución de la obra y/o puesta en marcha,
Y/o los primeros seis (06) meses de la operación y mantenimiento de la Planta Desaladora.
En caso que el Proyecto sufra atrasos, al extremo de poner en peligro su culminación, EL SUPERVISOR deberá efectuar Informes Especiales a SEDAPAL, donde indique claramente las razones que han llevado a esta situación; así mismo deberá recomendar las acciones que se deben tomar para revertir dicha situación.
Asimismo emitirá opinión sobre los informes que emita el Concesionario, entre ellos informes ambientales, informes de cobertura, informes de inventario, manuales de operación y mantenimiento, entre otros, conforme a los requisitos establecidos en el Contrato de Concesión y sus anexos.
INFORME FINAL
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El SUPERVISOR deberá entregar los siguientes informes finales:
1. Informe Final de Expediente Técnico previo a la aprobación del Expediente técnico por parte del Concedente,
2. Informe Final de Obra, al término de Obra y antes de la emisión del Certificado de Puesta en Marcha.
3. Informe de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora, al finalizar el periodo de (06) meses de Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora.
4. Informe Consolidado Final, al término de los servicios de la supervisión,
Cada Informe que se presente tendrá como contenido el consolidado general de los Informes Mensuales e Informes Especiales. Para el caso del Informe Final de Obra, se deberá considerar la Memoria Descriptiva presentada por el Concesionario, inCluyendo planos como construido (as built), debidamente revisados y aprobados, el Acta de Terminación de las Obras, Certificado de Puesta en Marcha, Manuales de Operación y Mantenimiento, de ser el caso.
Con anticipación a la presentación del Informe Consolidado Final, se presentará el Borrador del mismo para su evaluación preliminar por parte del Concedente o de quien éste delegue. Las observaciones y/o correcciones que se hagan a este Borrador, deberán considerarse en la presentación del Informe Consolidado Final.
Toda la documentación que se presente deberá tener un índice y numeración de páginas, asimismo, mostrarán el sello y visado del Jefe de la Supervisión Especializada. cada Especialista visará en señal de conformidad, los documentos de su especialidad. En la Memoria Descriptiva, se incluirá una relación de todos los profesionales responsables en cada actividad del proyecto; esta relación mostrará especialidad, nombre, registro profesional y firma.
El SUPERVISOR deberá entregar en forma ordenada y en CD los archivos correspondientes al contenido del Informe Final, en formatos pdf, Word, Excel, Autocad, entre otros programas de manera que sean editables.
Se incluirá una relación de todos los profesionales responsables en cada actividad del proyecto, esta relación mostrará especialidad, nombre, registro profesional y firma. Además todas las páginas del Informe final contarán con el visado y sello del Jefe de la Supervisión Especializada.
8.4 REVISIÓN DE INFORMES
Para cada informe descrito en la Cláusula 8, se seguirá el siguiente procedimiento de aprobación:
8.4.1 El Concedente, a través de SEDAPAL, revisará los Informes dentro de los siete (7) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos y comunicará al SUPERVISOR, de ser el caso, sus observaciones. El SUPERVISOR tendrá cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación de SEDAPAL para subsanar o aclarar las observaciones, si las hubiere.
8.4.2 se dará por aprobado cada Informe, una vez que SEDAPAL revise y emita su pronunciamiento de aprobación.
8.4.3 Al presentar el Informe Consolidado Final, el SUPERVISOR entregará a SEDAPAL toda la documentación recibida para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
8.4.4 Toda la documentación e información que se genere durante la ejecución de la Supervisión del Expediente Técnico, Obra, Puesta en Marcha y los seis (06) primeros meses de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora constituirán propiedad del Concedente y no podrá ser utilizada para fines distintos a los de la Concesión, sin el consentimiento por escrito de SEDAPAL.
8.4.5 Los Consultores y su personal, no deberán divulgar ninguna información relativa al Proyecto, en tanto dure el periodo de supervisión y luego de dos (02) años de culminados los servicios de onsultoría, sin el previo consentimiento escrito del Concedente
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9. PROCEDIMIENTO DE PAGOS
Los pagos al SUPERVISOR, se realizarán en cuotas mensuales, tomando como base la Oferta Económica del Postor Adjudicatario. Los pagos se realizarán al final de cada mes y estarán sujetos a la aprobación, por parte de SEDAPAL, del cumplimiento de las actividades de Supervisión Especializada y la presentación del informe mensual correspondiente.
Excepcionalmente y a solicitud del SUPERVISOR, se realizará el pago de un único adelanto de 10% del monto del contrato incluido impuestos, a los 15 días posteriores a la fecha que se establezca el inicio de las actividades de la Supervisión Especializada. Los pagos se efectuarán de acuerdo a lo establecido en el literal c) del numeral 2.5 del Anexo 16 - Lineamientos al Fideicomiso de inversiones.
10. RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR
El SUPERVISOR, asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios profesionales prestados en las actividades de Supervisión, tanto por la elaboración del Expediente Técnico como por la ejecución de las obras, incluyendo el suministro, instalación y pruebas de los materiales, equipos, instrumentos y maquinarias.
La aprobación de los documentos y planos por parte de SEDAPAL durante el desarrollo de la Supervisión, no exime al SUPERVISOR de la responsabilidad final y total de la misma.
El SUPERVISOR, deberá garantizar la calidad de sus servicios y responder por los trabajos realizados ante cualquier requerimiento por parte de SEDAPAL, durante los siguientes tres (03) años, desde la fecha de aprobación del Informe Consolidado Final por parte de SEDAPAL, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia o requerir remuneración adicional. En el caso de tratarse de un Consorcio, la empresa principal se hará responsable de este aspecto.
La responsabilidad del SUPERVISOR se hace extensiva al mantenimiento de la estructura organizativa y del Equipo de Trabajo ofertados para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales durante su participación en el Proyecto, para lo cual el SUPERVISOR permitirá a SEDAPAL ejercer las medidas de fiscalización y auditoria que ésta considere pertinentes a fin de asegurar que los recursos utilizados por el SUPERVISOR se realicen en la forma establecida en su Oferta Técnica y Económica.
11. PENALIDADES
En caso de incumplimiento de EL SUPERVISOR de cualquiera de las obligaciones indicadas en el Contrato de Supervisión Especializada, incluyendo alteraciones de la estructura organizativa y condiciones de calificación y permanencia del personal previsto en su Oferta Técnica, SEDAPAL notificará a aquél el incumplimiento detectado y los mecanismos de subsanaciones correspondientes y/o, de ser el caso, la aplicación de las penalidades contenidas en el cuadro del Anexo 3.
En caso de haberse notificado el incumplimiento y los mecanismos de subsanación correspondientes, y EL SUPERVISOR no subsane el incumplimiento detectado por SEDAPAL dentro de los quince (15) días calendario de recibida la notificación, resultarán de aplicación las penalidades devengadas desde la fecha en que se notificó el incumplimiento hasta que se subsane el mismo, de acuerdo al cuadro de penalidades indicado en el Anexo 1. Sin perjuicio del derecho de SEDAPAL de ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión Especializada.
En caso que el monto de las penalidades acumuladas llegue al equivalente xx xxxx por ciento (10%) del monto contractual, SEDAPAL podrá resolver el Contrato de Supervisión Especializada.
En caso SEDAPAL decida resolver el Contrato de Supervisión Especializada, EL SUPERVISOR deberá onar el monto correspondiente a las penalidades que le resulten aplicables a la fecha; sin perjuicio
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12. RECURSOS MINIMOS y OPERACIONALES QUE DEBERÁ PROPORCIONAR EL SUPERVISOR ESPECIALIZADO
12.1 Organización
El Consultor deberá presentar un programa de asignación del personal profesional y técnico que participara en el servicio, incluyendo un organigrama donde se especifique las funciones y responsabilidades correspondientes de cada uno de ellos. Dicho programa se entregará dentro de los ocho (05) días naturales posteriores a la firma del Contrato, junto con el Plan de Trabajo.
El Consultor deberá garantizar la participación de personal profesional, técnico y auxiliar calificado y experimentado en labores similares a la que se contrata. El personal colegiado, deberá demostrar encontrarse hábil para el ejercicio profesional en las diferentes especialidades de ingeniería según lo exige la Ley N° 16053, Ley del Ejercicio Profesional de Arquitectos e Ingenieros.
Los bachilleres y técnicos podrán integrar el equipo del Consultor en calidad de asistentes. Sin embargo, no podrán asumir individualmente el desarrollo y la suscripción de los documentos que se formulen. Dicha documentación deberá ser supervisada y avalada por un profesional competente y colegiado.
El SUPERVISOR deberá consignar el Equipo de Trabajo que como mínimo contemple profesionales especializados con experiencia en diseño y supervisión en las siguientes especialidades: construcción de plantas de tratamiento de agua potable yaguas residuales, estructuras de concreto, construcción de obras de captación, geotecnia, hidrogeología, inyecciones de concreto, calidad de concreto y agregados, estructuras metálicas, mecánica de suelos, instalaciones electromecánicas, instalaciones hidromecánicas, construcción de obras de conducción de agua, lanzamiento de tuberías en el océano, instrumentación y equipo tecnológico; asimismo, profesionales con conocimiento de manejo de contratos de obras de gran envergadura.
Para la prestación de los servicios correspondientes a la Supervisión de las Obras, el SUPERVISOR utilizará el personal calificado especificado en su Propuesta Técnica, no estando permitido cambios, salvo por razones de fuerza mayor debidamente demostradas. En estos casos, el SUPERVISOR deberá proponer a SEDAPAL con diez (10) días útiles de anticipación, el cambio de personal profesional clave a fin de obtener la aprobación del mencionado cambio. El nuevo personal profesional propuesto deberá reunir similar o mejor calificación que el profesional ofertado inicialmente. En tal sentido, el personal propuesto será sometido a calificación para aprobación por parte de SEDAPAL.
12.2 Oficina y Equipamiento
El Consultor deberá considerar para la ejecución del servicio la apertura y funcionamiento de una oficina para los fines operativos, logísticos y de atención al público en la ciudad de Lima.
El SUPERVISOR deberá garantizar una adecuada disponibilidad de los equipos requeridos para ejecutar un eficiente servicio de supervisión, lo mismo que una adecuada disponibilidad de instalaciones para asegurar condiciones óptimas de su personal en obra.
El incumplimiento por parte del SUPERVISOR de lo señalado en los presentes Términos de Referencia conllevará a la aplicación de las penalidades.
El SUPERVISOR deberá considerar en su propuesta técnica y económica la conformación del Equipo Técnico Auxiliar, Administrativo, el Apoyo Logístico y todo gasto, costo e impuestos que genere la prestación del servicio. En este sentido la propuesta técnica y económica deberá considerar las etapas establecidas en los presentes Términos de Referencia y su propio criterio organizativo acordes a los requerimientos necesarios para cumplir con los objetivos del servicio.
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Topografía: AutoDeskland y/o Civil 3D Planos, detalles y estructuras: Autocad Presupuestos: S10 versión para Windows Programación: MS Project o Primavera
Estabilidad de Taludes y Presas: Geoestudio, SUDE, FLAC, PlAXIS.
Estudios Hidrológicos: HEC-HMS, SWAP, y otros aplicables a estudios hidrológicos. otros: MS Word, MS Excel, Watercad, Sewercad.
Todo cálculo, aseveración, estimación o dato, deberá estar justificado en lo conceptual y en lo analítico. No se aceptaran estimaciones o apreciaciones del Consultor sin el debido sustento.
13. TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
Es necesario que la aplicación de las técnicas de control y verificación de los procesos constructivos de las Obras, Puesta en Marcha y la Operación y Mantenimiento de la Planta Desaladora a cargo del SUPERVISOR, sean transferidos a SEDAPAL. Para tal fin, el SUPERVISOR deberá considerar en su propuesta un número mínimo de sesenta (60) horas de capacitación para el personal que designe SEDAPAL y plasmar dicha transferencia de conocimientos en un Plan de capacitación, el cual deberá contener como mínimo la realización de exposiciones, seminarios, visitas a planta u otros que considere necesarios para el personal técnico y profesional de la empresa, a fin de que dicha transferencia de conocimientos se realice en forma eficaz. Previo a la implementación, dicho Plan de capacitación será desarrollado en detalle y presentado a SEDAPAL, para su aprobación.
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N° | INFRACCION No cumple con proveer el personal establecido en su propuesta | UNIDAD | UIT |
Por día y | |||
1 técnica | ocurrencia | 0.60 |
Cuadro de Penalidades
2 | técnica según cronograma de participación y tiempo de | Por día y | 0.60 |
narticioación 1. No cumple con mantener vigente la cobertura del SCTR de los | ocurrencia Por día y por | ||
3 | 0.10 | ||
trabajadores de la Suoervisión. No cumple con proveer a su personal con uniformes y equipos de | trabaiador | ||
4 | Por día y | 0.30 | |
orotección nPrsonal comnletos. No cumple con justificar ante SEDAPAL la ausencia en obra de su | ocurrencia | ||
Por ocurrencia Por día y | |||
5 6 | nersonal. No cumple con mantener a su personal permanente (con participación al 100%) en obra u oficina sin haber justificado su | 0.20 0.60 | |
7 | ausencia ante SEDAPAL. No cumple con el uso de materiales y equipos de campo (vehículos, medio de comunicación, teodolito, etc.) establecidos en los | ocurrencia Por ocurrencia | 0.40 |
Términos de Referencia. |
No cumple con proveer el personal establecido en su propuesta
8 | No comunica a SEDAPAL cuando el CONCESIONARIO incumple las | Por ocurrencia y por cada punto | 0.70 |
9 | No cumple con la presentación de los Informes mensuales, Final u otros requeridos expresamente por SEDAPAL, dentro del plazo establecido en los Términos de Referencia. Esta penalidad también se aplicará si realiza la entrega dentro del plazo, pero de forma incompleta o deficiente (sin informes de especialistas o sin la firma | de trabaio | |
Por ocurrencia | 1.00 | ||
de ellos sin los sustentos técnicos o cálculos de xxxxxxxx) |
1\
No cumple con subsanar las observaciones realizadas por SEDAPAL 10 a los informes mensuales, Finales u otros establecidos en los | Por ocurrencia | 1.00 |
Términos de Referencia No comunica a SEDAPAL oportunamente sobre el vencimiento de las |
\
de los adelantos. No comunica a SEDAPAL en el mismo día de ocurrido en obra cualquier incidente, accidente, afectación en el suministro de | Por ocurrencia y | ||
12 | por cada punto | 0.40 | |
servicios núblicos naralización manifestación huelaa. etc. No verifica y/o corrobora que los materiales y equipos cumplan con | de trabajo | ||
13 | 0.60 | ||
las eSnPcificaciones técnicas del ExnPrliente Técnico aorobado. No cumple con las responsabilidades de pago xxx xxxxxxx a su | Por ocurrencia | ||
14 15 16 | cada trabajador | 0.60 | |
personal incluyendo los beneficios sociales de acuerdo x Xxx. | o profesional | ||
Negarse a recibir injustificadamente documentación remitida por SEDAPAL. La supervisión comunica la culminación de las obras y recomienda su emisión del Acta de Término de Obra por parte de la Entidad, sin | |||
Por ocurrencia Por ocurrencia | 0.30 1.00 | ||
estar finalizadas. La supervisión comunica la culminación de la Puesta en Marcha de 17 las obras y recomienda la emisión del certificado de Puesta en | Por ocurrencia | 1.00 | |
Marcha nor narte de la Entidad sin estar finalizadas. La supervisión comunica que el periodo de Puesta en Marcha ha |
11 garantías, o informa erróneamente sobre los montos por amortizar Por ocurrencia 1.00
~
18 culminado satisfactoriamente y recomienda la emisión del certificado de Correcta Ejecución por parte de la Entidad, sin que se
'17
/ havan cumnlido las condiciones reaueridas oara ello.
lJ~I
Por ocurrencia
1.00
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ANEXO N° 2
Declaración de Confidencialidad
Lima, de de 2014
Señores
Comité Especial Presente.-
Postor: _
(denominación del Postor) debidamente representado por su (cargo) Sr.
(nombre del representante legal) identificado con (DNI/Carne de Extranjería) con domicilio en (domicilio del Postor) por medio de la presente, manifestamos nuestro interés en acceder a la información disponible del Proyecto Provisión de Servicios de Saneamiento para los Distritos del Sur de Lima - PROVISUR (Escala de Producción 1) que el Comité Especial designado por SEDAPAl pone a nuestra disposición de acuerdo con previsto en las Bases del Concurso Público N° 0001-2014-ElC-SEDAPAl-APP.
Al respecto, nos comprometemos a mantener la confidencialidad respecto de toda la información obtenida o proporcionada por SEDAPAl, a no divulgar ningún material o información a terceras personas sin la previa autorización escrita del Comité Especial, a no utilizar la información para ningún otro propósito que no esté relacionado con el referido Concurso, de manera que pudiera generar conflictos con los intereses de SEDAPAL.
la documentación proporcionada únicamente será puesta a disposición de nuestro personal, ejecutivos y consultores, por motivos relacionados con el objeto del Concurso. Dicho personal conocerá los alcances de esta declaración y se encontrará, igualmente, obligado a mantener y preservar la confidencialidad. Asimismo, adoptaremos las acciones para impedir la divulgación de la referida información, sin que medie autorización expresa de SEDAPAL.
Ninguna licencia o derecho ha sido conferido o será otorgado a nuestros asesores en relación a la información comprendida en la presente declaración.
Aceptamos adoptar nuestras propias decisiones sin que medie dependencia o inducción por tal información al momento de decidir nuestra intención en relación con el proceso de Concurso.
Aceptamos que ninguna de las informaciones suministradas, ningún material, discusión, negociación u otros asuntos relacionados constituyen una oferta por parte del Comité y que no servirán de base o serán tomados en cuenta en relación con cualquier acuerdo.
Esta declaración no se aplicará a la información que: (i) a la fecha en la que fue divulgada a nosotros o a nuestros asesores era de conocimiento público o en cualquier momento a partir de esa oportunidad sea del conocimiento público (exceptuando aquella objeto del incumplimiento de este compromiso por nosotros o nuestros asesores), o (H) a la fecha, ya se encuentre legalmente en nuestro poder y, por lo tanto, no esté sujeta al compromiso de confidencialidad.
los derechos y obligaciones establecidos en este documento se regirán e interpretarán de acuerdo a lo dispuesto por las leyes peruanas y las partes acuerdan someterse irrevocablemente a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de Lima, Perú.
En señal de aceptación y conformidad con todos los términos y condiciones de esta declaración de
csmfidencialidad firmamos y entregamos un ejemplar al Comité, a los
. e 2014.
días del mes de
CONCURSO PÚBLICO IV" 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 31 de 70
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 32 de 70
ANEXO NO3
Cronograma del Concurso | |
ACTIVIDAD | FECHA |
Publicación de la Convocatoria | 15 de julio |
Consultas a las Bases del Concurso o.,",. ""o •.•.•. | Hasta el 22 de julio |
Absolución Consultas a las Bases del Concurso Presentación de Sobres NO 1, NO 2 Y NO 3 Y Apertura | Hasta el 25 de julio 8 xx xxxxxx | |||||
de | Sobres | NO | 1 Y NO | 2 | 10:00 | horas |
Comunicación del Resultado de la Evaluación de Propuestas Técnicas, Apertura de Sobre NO 3 Y | |||||
15 xx xxxxxx | |||||
Adjudicación | de | la | Buena | Pro |
Consentimiento de la Buena Pro *
.,"""""._ .•....•.•.......
Fecha de Firma del Contrato
Se comunicará mediante Circular
Se comunicará mediante Carta
* Este evento sólo se producirá, si no se hubiere impugnado el acto de otorgamiento de la Buena Pro.
Nota: En caso que alguna actividad coincida con un día no laborable, ésta quedará automáticamente reprogramada para el día útil siguiente.
CONCURSO PÚBLICO N" 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 33 de 70
ANEXO N° 4
Declaración Jurada
Compromiso de presentación de información fidedigna
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que toda la información presentada para acreditar nuestra calificación legal, técnica y financiera consignada en los documentos presentados en el Concurso es fidedigna.
Lugar y fecha ~ de de 2014
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
En caso de consorcio:
Empresa Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1)
Empresa
Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 2) Representante Legal de (Integrante 2) Representante Legal de (Integrante 2)
Empresa
Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 3)
Representante Legal de (Integrante 3) Representante Legal de (Integrante 3)
CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 34 de 70
ANEXO N° 5
Declaración Jurada Promesa Formal de Consorcio
Por medio de la presente, (razón social/denominación de cada uno de los integrantes del Consorcio) declaramos bajo juramento que:
a) Somos empresas constituidas de acuerdo con la legislación de nuestro país de origen.
b) Asumimos el compromiso de asociarnos a través de un consorcio con domicilio en la República del Perú, conforme a lo previsto en las Bases del Concurso Público NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL- APP.
c) El consorcio a integrar por cada una de las empresas antes referidas, tendrá como objeto prestar el servicio de Supervisión de Diseño y Obras del Proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para los Distritos del Sur de Lima - PROVISUR" (Escala de Producción 1).
d) El porcentaje de participación de cada uno de los integrantes del consorcio será como sigue:
Integrante | Porcentaje de participación |
(razón social/denominación) | en el consorcio |
1. | |
2. | |
3. |
Total: 100%
r
e) Si resultáramos adjudicatarios de la buena pro del Concurso, nos comprometemos a entregar el correspondiente documento de conformación del consorcio a la señalada en el cronograma de las Bases, con el mismo porcentaje (%) de participación, el mismo representante legal del consorcio y la dirección o domicilio legal del mismo.
f) Somos responsables, en forma solidaria e indivisible, frente a SEDAPAL respecto de todas y cada una de las obligaciones asumidas y declaraciones juradas presentadas por nuestra parte en el presente Concurso.
g) Xxxxxxx y aceptar que el incumplimiento del presente compromiso podrá ser tomado en cuenta a fin de dejarse sin efecto la adjudicación de la buena pro otorgada en nuestro favor.
Lugar y fecha ~ de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
Empresa
Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1)
mpresa
Representante Legal de (Integrante 2)
CONCURSO PÚBLICO NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP
Pág. 35 de 70
Empresa Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 2) Representante Legal de (Integrante 2)
Representante Legal de (Integrante 3) Representante Legal de (Integrante 3) Representante Legal de (Integrante 3)
CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 36 de 70
ANEXO N° 6
Declaración Jurada Persona Jurídica
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que (razón social/denominación del Postor) es una persona jurídica debidamente constituida bajo las leyes de (país de origen) que se mantiene vigente de conformidad con los principios legales aplicables del país de origen.
Lugar y fecha de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor RepreSentanteLegal del Postor
Nota:
En caso de consorcio cada uno de los integrantes del mismo deberá presentar este formulario por el representante legal del integrante del consorcio y por el representante legal del Postor.
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 37de 70
ANEXO N° 7
Declaración Jurada Disposición para Contratar
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que (nombre, razón social/denominación del Postor) así como sus accionistas, socios, o integrantes y los accionistas y socios de estos últimos, de ser el caso, no tienen:
a) Impedimento, inhabilitación o restricción alguna para contratar con el Estado ni con SEDAPAL, o estar comprendidos en el Artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1017.
b) Impedimentos ni restricciones, por vía contractual, administrativa, judicial, legislativa u otra, incluyendo lo normado por el Artículo 1366° del Código Civil Peruano, para asumir y cumplir las obligaciones emanadas de las Bases, de nuestra oferta técnica y económica, del Contrato de Supervisión y, en general, cualquier obligación que derive del Concurso.
Lugar y fecha ._ ~ de de 2014.
Empresa Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
En caso de consorcio:
Nombre Nombre Firma
Postor
Representa nte Lega I del Postor Representante Legal del Postor
Empresa Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1) Representante Legal de (Integrante 1)
Empresa Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 2) Representante Legal de (Integrante 2) Representante Legal de (Integrante 2)
Empresa Nombre Firma
Representante Legal de (Integrante 3)
Representante Legal de (Integrante 3) Representante Legal de (Integrante 3)
CONCURSO PÚBLICO NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 38 de 70
ANEXO NO 8
Modelo de Carta Fianza de Validez, Vigencia y Seriedad de oferta económica
Lima, _ .
Señores
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL
Presente.-
Referencia: Concurso Público NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Carta Fianza N° o •
Vencimiento .
De nuestra consideración:
Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores (*)(**) constituimos fianza
solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión ni división y de realización automática por la suma de SI. 2S0 000.00 (Doscientos cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles) en favor de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE UMA - SEDAPAL, para garantizar a nuestros afianzados en el pago de dicha suma en cualquiera de los supuestos indicados en el párrafo siguiente.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de sesenta (60) Días calendario contados desde la fecha de presentación de Credenciales y Propuestas del Concurso Público N° 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP y se conviene, expresamente, que se hará efectiva bastando un simple requerimiento realizado por
SEDAPAL en nuestras oficinas ubicadas en la dirección indicada líneas abajo, en el cual se exprese que nuestros clientes han incumplido cualquiera de sus obligaciones previstas en el Numeral 17 de las Bases del concurso de la referencia.
Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podrá será ejecutada por SEDAPAL de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 18980 del Código Civil Peruano.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la presente fianza dentro de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, contado a partir de la fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios a favor de ustedes que se calcularán sobre la tasa máxima UBOR a un año, más un Spread de 3.0%.
La tasa UBOR será la establecida por el cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11:00
a.m. de la fecha en la que se recibió el requerimiento de pago, debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente fianza.
Atentamente,
Firma Nombre Banco local
(*) Nombre del Postor
(**) En caso de Consorcio bastará que: (i) uno de sus integrantes afiance la totalidad del monto requerido, o; (ii) que se emita una fianza por cada integrante del consorcio, en la medida que la suma de todas ellas afiance la totalidad del monto requerido.
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 39 de 70
ANEXO N° 9
Declaración Jurada Participación directa ni indirecta
Por medio de la presente, declaramos bajo juramento que (nombre del Postor) sus accionistas, socios o integrantes, en caso de consorcio, ni los socios o accionistas de estos últimos de ser el caso, poseen participación directa o indirecta en ningún otro Postor.
Lugar y fecha de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO IV' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 40 de 70
ANEXO N° 10
Experiencia General EXPERIENCIA GENERAL (Últimos 10 Años)
NOMBREDE
ENTIDAD
DATOSDE CONTACTO
MONTO
FECHA %
MONTOUS$
OBRA
CONTRATANTE
(Nombre,
CONTRATO FIN DE PARTIC¡PAC¡Ó TOTAL PARALA
Dirección
US$ CONTRATO N EMPRESA
Teléfono, Fax, | |||||||
emain | |||||||
1. | |||||||
2. | |||||||
3. | |||||||
4. | |||||||
5. |
...
Nota:
El monto de contrato de consultoría según certificado o constancia del servicio o copia del contrato completo respectivo se convertirá a USD (Dólares de los Estados Unidos de América). Se consignarán los montos del servicio de consultoría convirtiéndose a USD (Dólares de los Estados Unidos de América) a la fecha de recepción. Incluir las fuentes oficiales de cambio utilizadas.
Atentamente,
Lugar y fecha o de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representa nte LegaI del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 41 de 70
ANEXO N° 11
Experiencia Específica
A. PLANTAS DESALADORAS PARA CONSUMO HUMNO
NOMBRE DE OBRA | ENTIDAD CONTRATANTE | DATOS DE CONTACTO (Nombre, Dirección | MONTO CONTRATO US$ | %PARTIG PAGON | FECHA FIN DE CONTRATO | CAPACIDAD (M3/DÍA) | |
Teléfono, Fax, email) | |||||||
lo | |||||||
2. | |||||||
3. |
DUALES | |||||||
B | . PLANTAS DE | TRATAMIENTO | DE AGUAS RESI | ||||
NOMBRE DE OBRA | ENTIDAD CONTRATANTE | DATOS DE CONTACTO (Nombre, Dirección | MONTO CONTRATO US$ | %PARTICIPA GON | FECHA FIN DE CONTRATO | CAPAGDAD (M3/DIA) | |
Teléfono, Fax, email) | |||||||
lo | |||||||
2. | |||||||
3. |
...
...
C. | INSTALACIO | N DE EMISAR | IOS SUBMARINOS | MONTO CONTRATO | ||||
%PARTIC IPACION | FECHA FIN DE CONTRAT | CARACTERISTICAS | ||||||
NOMBRE DE OBRA | ENTIDAD CONTRATANTE | DATOS DE CONTACTO (Nombre, Dirección Teléfono, | ||||||
Diámetro | Longitud | |||||||
Fax, email) | US$ | O | (M) | {f~n | ||||
lo | ||||||||
2. |
,
3.
... I
Nota
1. Las características técnicas del proyecto deben estar claramente identificadas en el certificado o constancia del servicio o copia del contrato completo respectivo.
2. No se aceptan subcontratos para las experiencias general y específica.
Atentamente,
Lugar y fecha de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 42 de 70
ANEXO N° 12
ESPECIALIDAD O | CANTIDAD DE | ||
ÍTEM | NOMBRE | FUNCIÓN | MESES/HOMBRE |
1.0 | |||
2.0 | |||
[...] | |||
3.0 | |||
[...] | |||
4.0 | |||
[...] | |||
5.0 |
Conformación del personal propuesto para el servicio
[...]
El que suscribe Representante Legal de (nombre del Postor) ~se compromete que para el servicio materia del presente Concurso, se asignará al personal indicado y que se cuenta con el compromiso de participación del personal que se contratará, en caso de obtener la Buena Pro.
Lugar y fecha , de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 43 de 70
ANEXO N° 13
Currículum Vitae del personal propuesto para el servicio
1. POSICIÓN:
2. NOMBRE DE LA EMPRESA:
3. NOMBRE COMPLETO:
4. FECHA DE NACIMIENTO:
5. PROFESION:
6. REG. PROFESIONAL NO.: AÑO:
7. GRADO SUPERIOR AL BACHILLERATOEN LA ESPECIALIDAD RELACIONADA CON EL SERVICIO
UNIVERSIDAD mULO ESPEGALIDAD AÑO
8. CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN
INSTITUCIÓN CURSO NO DE MESES FECHA
9. TRABAJOS REALIZADOS SIMILARES AL PROPUESTO
PROYECTO
TIPO
FIRMAj ENTIDAD
UBICAGON PERIODO DESCRIPCGÓN DEL AL (AÑOS)
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 44 de 70
ANEXO N° 14
Declaración Jurada de Permanencia
El que suscribe, en su calidad de representante legal del
juramento que el personal profesional propuesto:
(nombre del Postor) declara bajo
a) Será el asignado al desarrollo del Contrato de Supervisión y permanecerá inalterable, según lo establecido en las Bases, en caso obtenga la adjudicación de la buena pro del Concurso.
b) No tiene compromiso alguno que imposibilite su participación durante el plazo de vigencia del Contrato de Supervisión.
Lugar y fecha de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 45 de 70
ANEXO N° 15
Plan de Capacitación
CONCURSO PÚBLICO IV" 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 46 de 70
ANEXO N° 16
Carta de presentación de oferta económica
Señores
Comité Especial Presente
Referencia: Concurso Público NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP
De acuerdo a lo establecido en el Numeral 13.1 de las Bases del Concurso Público N° 0001- 2014-ELC-SEDAPAL-APP, cumplimos con presentar nuestra Oferta Económica por un monto ascendente a:
SI. ( yl
Nuevos Soles)
Declaramos que nuestra Propuesta Económica tiene el carácter de irrevocable y que mantendrá su plena vigencia hasta noventa (90) días posteriores a la Fecha de Cierre, comprometiéndonos a prorrogarla obligatoriamente si el Comité así lo dispusiera.
Declaramos conocer que nuestra Oferta Económica se incorporará al Contrato de Supervisión en todos sus términos y condiciones y sin excepción alguna.
Atentamente,
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 47de 70
Estructura de Presupuesto A (Plazo del Contrato de Supervisión)
A. PERSONAL (Detallando plazo de permanencia y remuneración)
a. Director de la Supervisión Especializada
b. Personal Profesional Principal
c. Personal Profesional de Apoyo
b. Personal Técnico Auxiliar
c. Personal Administrativo y de Apoyo Logístico
B. GASTOS GENERALES Y FINANCIEROS
B.1. ALQUILERES Y SERVICIOS
a. Alquiler de oficinas.
b. Alquiler de equipos topografía, suelos y pavimentos.
c. Alquiler de Vehículos.
d. Laboratorio
e. Otros alquileres.
B.2. MOVILIZACIÓN Y APOYO LOGÍSTICO
a. Pasajes.
b. Viáticos del Personal.
c. Movilización y Desmovilización de Mobiliario y Equipos.
B.3. MATERIALES Y UTILES DE OFICINA
a. Útiles de Oficina y Dibujo
b. Materiales fungibles de Topografía y Suelos
c. Copias y Reproducciones e Impresiones
d. Materiales Fotográficos, etc.
C. UTILIDAD
SUB TOTAL SIN IMPUESTOS XX XXX
IMPUESTOS XX XXX
VALOR TOTAL DE LA OFERTA EN SOLES
Lugar y fecha , de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
Notas1y2:
1. La presente estructura es referencial, pudiendo los Postores adecuarla o complementarla al formular su Propuesta Económica.
2. El Postor, dentro de su Propuesta Económica, debe considerar todos los costos necesarios que demande el cumplimiento de los servicios y requisitos exigidos parlas Bases, Términosde Referenciay Contrato.
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág, 48 de 70
Estructura de Presupuesto B
(Supuesto de suspensión del plazo del Contrato de Concesión)
A. PERSONAL (Detallando plazo de permanencia y remuneración)
a. Director de la Supervisión Especializada
b. Personal Profesional Principal
c. Personal Profesional de Apoyo
b. Personal Técnico Auxiliar
c. Personal Administrativo y de Apoyo Logístico
B. GASTOS GENERALES Y FINANCIEROS
B.l. ALQUILERES Y SERVICIOS
a. Alquiler de oficinas.
b. Alquiler de equipos topografía, suelos y pavimentos.
c. Alquiler de Vehículos.
d. Laboratorio
e. Otros alquileres.
B.2. MOVILIZACIÓN Y APOYO LOGÍSTICO
a. Pasajes.
b. Viáticos del Personal.
c. Movilización y Desmovilización de Mobiliario y Equipos.
B.3. MATERIALES Y UTlLES DE OFICINA
a. Útiles de Oficina y Dibujo
b. Materiales fungibles de Topografía y Suelos
c. Copias y Reproducciones e Impresiones
d. Materiales Fotográficos, etc.
C. UTILIDAD
SUB TOTAL SIN IMPUESTOS XX XXX
IMPUESTOS XX XXX
VALOR TOTAL DE LA OFERTA EN SOLES
Lugar y fecha de de 2014.
Nombre Nombre Firma
Notas 1y2:
Postor
Representante Legal del Postor Representante Legal del Postor
1. La presente estructura es referencial, pudiendo los Postores adecuarla o complementarla al formular su Propuesta Económica.
2. El Postor, dentro de su Propuesta Económica, debe considerar todos los costos necesarios que demande el cumplimiento de los servicios y requisitos exigidos por las Bases, Términos de Referenciay Contrato.
CONCURSO PÚBLICO NO0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 49 de 70
ANEXO N° 19
Criterios de Evaluación V Calificación (Propuestas Técnicas V Económicas)
1. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Las propuestas técnicas se calificarán conforme a la evaluación de cada rubro que la compone y al siguiente puntaje máximo:
N° | Rubro | Puntaje Máximo |
I | Postor | 30 |
II | Equipo | 60 |
III | Plan General de Trabajo | 5 |
IV | capacitación | 5 |
Total 100.00
El puntaje mínimo para calificar es de ochenta (80) puntos.
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 50 de 70
l. Referida al Postor:
ITEM
I
1
2
CONCEPTO POSTOR
Experiencia General: experiencia comprobada en los últimos diez (10) años en proyectos de infraestructura hidráulica en:
a) El desarrollo o supervisión de estudios definitivos y/o en el desarrollo o supervisión de expedientes técnicos, y;
b) La supervisión de ejecución de obras. Sustentada en un mínimo de tres (3) estudios, cuyo monto de contratación acumulado no sea menor a cinco (5) millones de dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente, en caso haber sido suscrito en otra moneda, y por lo menos uno de ellos no menor a un millón y
medio (1.5) de dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente, en caso haber sido suscrito en otra moneda.
Experiencia Especifica: Experiencia comprobada en los últimos diez (10) años en proyectos de infraestructura hidráulica en:
a) El desarrollo de estudios definitivos y/o la elaboración de expedientes técnicos, y;
b) La supervisión de ejecución de obras. En ambos casos, que incluya:
- Plantas Desaladoras de agua para consumo humano que totalicen una capacidad de tratamiento de por lo menos setenta y cinco mil m3/día (75,000 m3/día). Una de las plantas deberá tener una capacidad de operación de por lo menos quince mil m3/día (15,000 m3/día).
- Planta(s) de tratamiento de aguas residuales mecanizada(s), que en conjunto totalice(n) una capacidad de tratamiento de por lo menos sesenta mil m3/día (GO,OOOm3/día). El proceso de tratamiento de las plantas acreditadas deberá ser por lo menos de tipo de tratamiento secundario. Una de las plantas deberá tener una capacidad de tratamiento de por lo menos diez mil m3/día (10,000 m3/día);
- Instalación de emisarios submarinos con una longitud acumulada de por lo menos dos mil (2,000) metros y uno de ellos de al menos quinientos (500) metros y diámetro mínimo de
uinientos milímetros 500 mm .
Experiencia calificable
Se asignará 2 puntos por cada experiencia adicional a la mínima requerida en relación al desarrollo o supervisión de estudios definitivos y/o expediente técnico y/o supervisión de ejecución de obras de infraestructura
hidráulica.
Se asignará 2 puntos por cada experiencia adicional a la requerida en relación al desarrollo o supervisión de estudio definitivo y/o expediente técnico de Planta Desaladora de agua para consumo humano y/o Planta de Tratamiento de Agua Residual mecanizada y/o la instalación de Emisario Submarino.
PUNTAJE
MAXIMO
30
10
20
CONCURSO PÚBLICO N" 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 51 de 70
11. Referida al equipo
PUNTAlE
ITEM CONCEPTO Ex eriencia calificable MAXIMO
11 E UIPO 60
En relación a estudios: Se asignará 1 punto por
Un (01) Director de la SupelVis ión estudio adicional de Especializada: 1ng. sanitario o Civil o afines, postgrado, culminado,
con estudios de Post Grado relacionados a la relacionado a su especialidad;
dirección, o gerencia de proyectos o hasta un máximo de 2 puntos
equivalente, con experiencia no menor de lS En relación a la experiencia:
1 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, y experiencia no menor de 5 años ejerciendo la dirección y/o jefatura y/o
Se.asignará 2.5 puntos por • 12
cada experiencia adicional a la requerida en relación a la
gerencia de proyectos y/o supelVisión de dirección o supelVisión o
proyectos y/o supelVisión de obra de
infraestructura hidráulica.
Un (01) Experto en Plantas Desaladoras: 1ng. sanitario o Civil o afines, con estudios
de Post Grado en sistemas de tratamiento de agua para consumo humano, con
experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en su país de origen,
jefatura o gerencia de proyectos de estudio definitivo y/o expediente técnico hasta un máximo de 10 untos.
2 y no menor de 5 años en la elaboración y/o 8
supelVisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supelVisión de obra de plantas de tratamiento de agua potable
del tipo planta desaladora para consumo En relación a estudios: humano, así como una experiencia no menor Se asignará 1 punto por
de 6 meses en la o eración de las mismas. estudio adicional de postgrado, Un (01) Experto en Plantas de Tratamiento culminado, relacionado a su de Aguas Residuales: 1ng. sanitario o afines, especialidad, hasta un máximo con estudios de Post Grado en sistemas de de 2 puntos.
tratamiento de aguas residuales, profesional
con experiencia no menor de 15 años como En relación a experiencia:
3 ingeniero o equivalente en su país de origen, se asignará 1 punto por cada 8
y experiencia no menor de S años en experiencia adicional a la
elaboración y/o supelVisión de estudios requerida en relación a la definitivos y/o expedientes técnicos y/o elaboración de estudio supelVisión de obra de plantas de definitivo y/o expediente tratamiento de aguas residuales, del tipo de técnico y/o supelVisión de tratamiento secundario. obra en proyectos de su
Un (01) Experto en Emisores Submarinos: especialidad, hasta un máximo 1ng. sanitario o Civil o afines, profesional de 6 puntos.
con experiencia no menor de 15 años como
8
4 ingeniero o equivalente en su país de origen, experiencia no menor de 5 años en
elaboración y/o supelVisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o su lVisión de instalación de emisores
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC.SEDAPAL-APP
Pág. 52 de 70
submarinos, al menos uno de ellos de longitud mínima sea de 500 m y diámetro |
Un (01) Experto en Equipamiento Electromecánico: Ingeniero Mecánico Eléctrico o afines, con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de 15 años como ingeniero o equivalente en el país de origen y experiencia mínima de 5 años en elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de equipamiento
electromecánico de proyectos de
5 6
saneamiento.
Un (01) Especialista en Diseño Hidráulico de Agua Potable: Ing. sanitario o Civil o afines, profesional con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en su
6 país de origen, con experiencia mínima de 5
años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra, relacionado al componente de agua potable de proyectos de saneamiento.
Un (01) Especialista en Diseño Hidráulico de Alcantarillado: Ing. Sanitario o Civil o afines, profesional con estudios de Post Grado en su especialidad, con experiencia no menor de
En relación a los estudios:
Se asignará 1 punto por estudio adicional de postgrado, culminado, relacionado a su especialidad, hasta un máximo de 2 puntos,
12 años como ingeniero o equivalente en su 7 país de origen, con experiencia mínima de 05 años en la elaboración y/o supervisión de | |
estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de alcantarillado de proyectos | |
de saneamiento. |
En relación a la experiencia: se asignará 1 punto por cada experiencia adicional a la requerida en relación a la elaboración de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra en proyectos de su
especialidad, hasta un máximo de 4 puntos.
6
V
\ '/
"-,
6 \
8 | Un (01) Ingeniero Especialista en Obras Civiles: Ingeniero Civil o afines, profesional con experiencia no menor de 8 años como ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 4 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado a estructuras de obras civiles de proyectos de | 6 | |
saneamiento. |
Un (01) Ingeniero Especialista en Mecánica de Suelos - Geotecnia: Ingeniero Civil o afines, profesional con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en
9 su país de origen, con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al comnonente mecánica de suelos de
CUMPLE
NO CUMPLE
CONCURSO PÚBLICO N" 0001-2014-ELC-SEOAPAL-APP Pág. 53 de 70
Un (01) Ingeniero Especialista en Automatización: Ingeniero Electrónico, Mecánico Eléctrico o afines, con estudios de Post Grado en su especialidad, profesional con experiencia no menor de 12 años como
10 ingeniero o equivalente en su país de origen, con experiencia mínima de 5 años en
elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de automatización en Sistema SCADA de ro ectos de saneamiento.
Un (01) Ingeniero Especialista en Impacto Ambiental: Ingeniero sanitario, Ambiental o afines, profesional con experiencia no menor de 12 años como ingeniero o equivalente en
11 su país de origen, con experiencia mínima de S años en la elaboración y/o supervisión de
estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Impacto Ambiental de
ro ectos de saneamiento.
Un (01) Ingeniero de 5eguridad e Higiene Industrial: Ingeniero Civil, Industrial, Higiene y seguridad Industrial o afines, profesional con experiencia mínima de 5 años en la
12 elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Seguridad e Higiene
Ocu acional de ro ectos de saneamiento. Un (01) Ingeniero de Costos, Presupuestos y Valorizaciones: Ingeniero Civil o Sanitario o afines, profesional con experiencia mínima
13 de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes
técnicos y/o supervisión de obra relacionado al componente de Costos, Presupuestos y Valorizaciones de ro ectos de saneamiento. Un (01) Especialista en Contratos de Supervisión: Ingeniero Administrativo, Civil, Industrial o afines, profesional con
14 experiencia mínima de 5 años en la administración y/o manejo de contratos de
supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra.
Un (01) Ingeniero Especialista en Topografía: Ingeniero Civil o afines,
15 profesional con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos o ex edientes técnicos
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
NO CUMPLE
CONCURSO PÚBLICO N" 000I-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 54 d. 70
y/o supervisión de obra relacionado al componente de Topografía de proyectos de | |||
16 | saneamiento. Un (01) Especialista en Intervención Social: Licenciado en Sociología, Trabajo Social, Antropología, Educación o Comunicación Social o afines, profesional o equivalente en su país de origen con 5 años de experiencia mínima como Coordinador de Intervención | CUMPLE | NO CUMPLE |
17 | Social de orovectos de saneamiento. Un (01) Especialista en Arqueología: Licenciado en Arqueología, profesional o equivalente en su país de origen con experiencia mínima de 5 años en la elaboración y/o supervisión de estudios definitivos y/o expedientes técnicos y/o supervisión de obra y/o ejecución de obra relacionada al componente de Arqueología | CUMPLE | NO CUMPLE |
111. Referida al Plan General de Trabajo
Plan general de trabajo, propuesta de organización y personal asignado, enfoque metodológico.
ITEM | CONCEPTO PLAN DE TRABAJO Y | Exoeriencia calificable | PUNTAJE MAXIMO |
111 | ORGANIZACION Muy Bueno | La propuesta es consistente y completa, cumple con los requisitos establecidos en los términos de referencia, optimiza el uso de recursos en base a la logística propuesta y secuencia de trabajos y actividades. Realiza aportes, conocimientos avanzados y mejoras al | 5 |
5 | |||
Bueno | servicio. La propuesta es consistente, cumple con los requisitos establecidos en los términos de referencia, optimiza el uso de recursos en base a la logística | 3 | |
propuesta. |
Regular | La propuesta es general, cumple con los requisitos establecidos en los términos de referencia, sin embargo no se observa optimización en la | 1 | |
programación y uso de recursos. |
No Cumple | La propuesta no cumple con los requisitos mínimos establecidos en los | O |
términos de referencia.
CONCURSO PÚBLICO N' 0001-2014-ELC-SEOAPAL-APP
Pág. 55 de 70
IV. Referida a la capacitación
ITEM | CONCEPTO | Experiencia calificable | PUNTAJE MAXIMO |
IV | CAPACITACION Muy Bueno | La propuesta es consistente y completa, cumple con los requisitos establecidos en los términos de referencia. Propone | S |
5 | |||
Bueno | aportes v conocimientos avanzados. Propuesta consistente y cumple los requisitos mínimos establecidos en los | 3 | |
Términos de referencia. | |||
Regular | Propuesta general, sin mayor desarrollo. | 1 |
Plan general, número de horas, temas, enfoque metodológico
No Cumple | La Propuesta no cumple con los requisitos mínimos establecidos en los términos de | O |
referencia.
2. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La evaluación de la Oferta Económica podrá alcanzar un puntaje máximo de cien (100) puntos, asignándose este máximo puntaje a la Oferta Económica más baja. La calificación de las demás Ofertas Económicas se determinará de acuerdo a la siguiente fórmula:
E = (95% X AAI BA) + (5% X Aa I Ba)
Donde:
E = calificación de la Propuesta Económica
AA = Oferta Económica más baja referida al presupuesto A en evaluación BA = Oferta Económica referida al presupuesto A en evaluación
Aa = Oferta Económica más baja referida al presupuesto B en evaluación Ba = Oferta Económica referida al presupuesto B en evaluación
Las Propuestas Económicas se expresarán en soles y se incluirá en la misma el costo del servicio, así como todos los costos adicionales, comisiones e impuestos que resulten aplicables.
Los postores que presenten Propuestas Econ6micas que excedan el valor referencial del concurso.
3. CAUFICACIÓN FINAL (CF)
La calificación de la Propuesta Técnica será ponderada con un factor de 80%, mientras que la calificación de la Propuesta Económica será ponderada con un factor de 20%. La calificación Final de cada postor será la sumatoria de estos dos puntajes ponderados, según la siguiente fórmula:
CFi = 80% Ti + 20% Ei
Donde:
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CF¡ = calificación Final del postor i
T¡ = calificación de la Propuesta Técnica obtenida por el postor i
E¡ = calificación de la Propuesta Económica obtenida por el postor i
La calificación Final de los diferentes postores, expresada hasta con cuatro decimales, se consignará en el Cuadro de Méritos del Concurso.
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ANEXO NO 20
Modelo de carta fianza de impugnación de la adjudicación de la buena pro
Lima, .
Señores
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE UMA SEDAPAL
Presente.-
Referencia: Concurso Público NO0001-20l4-ELC-sEDAPAL-APP carta Fianza N° .
Vencimiento _ De nuestra consideración:
Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores (*)(**)
constituimos fianza solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión ni división y de realización automática por la suma de 5/. 250 000,00 (Doscientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) en favor de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE
UMA - sEDAPAL, para garantizar a nuestros afianzados en el pago de dicha suma en cualquiera de los supuestos indicados en el párrafo siguiente.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia de sesenta (60) Días calendario contados desde la fecha de presentación de la impugnación contra la adjudicación de la buena pro del Concurso Público NO 0001-2014-ELC-sEDAPAL-APP y se conviene, expresamente, que se hará efectiva bastando un simple requerimiento realizado por sEDAPAL en nuestras oficinas ubicadas en la dirección indicada líneas abajo, en el cual se exprese que la impugnación presentada fuera declarada infundada o improcedente en definitiva por sEDAPAL o, habiendo obtenido resolución en ese sentido por sEDAPAL ésta no fuera apelada.
Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podrá será ejecutada por sEDAPAL de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 18980 del Código Civil Peruano.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la presente fianza dentro de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, contado a partir de la fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios a favor de ustedes que se calcularán sobre la tasa máxima UBOR a un año, más un spread de 3.0%.
La tasa UBOR será la establecida por el cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m. de la fecha en la que se recibió el requerimiento de pago, debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente fianza.
Atentamente,
Firma Nombre Banco local
(*) Nombre del Postor
(**) En caso de Consorcio bastará que: (i) uno de sus integrantes afiance la totalidad del monto requerido, o; (ii) que se emita una fianza por cada integrante del consorcio, en la medida que la suma de todas ellas afiance la totalidad del monto requerido.
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En caso la impugnación contra la adjudicación de la buena pro fuera declarada infundada o improcedente en definitiva por SEDAPAL o, habiendo obtenido resolución en ese sentido por SEDAPAL ésta no fuera apelada, se devolverá la carta fianza al Postor respectivo, no generando ningún interés a su favor.
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Modelo de carta fianza de fiel cumplimiento del Contrato de Supervisión
Lima, _
Señores
SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA SEDAPAL
Presente.-
Referencia: Concurso Público NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP carta Fianza N° _
Vencimiento _
De nuestra consideración:
Por la presente y a solicitud de nuestros clientes, señores (*)(**)
constituimos fianza solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión ni división
y de realización automática por la suma de 5/. ( y 00/100 Nuevos Soles) (equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la Oferta Económica) en favor de SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA - SEDAPAL, para garantizar el
fiel cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por nuestros clientes previstas en el Contrato de Supervisión.
Esta fianza tendrá un plazo de vigencia anual, prorrogable por plazos anuales consecutivos contados desde la Fecha de Cierre del COncurso Público NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP hasta la emisión del certificado de correcta ejecución del servicio otorgado por SEDAPAL o ciento ochenta (180) días calendario de vencido el plazo de vigencia del Contrato de Supervisión suscrito con motivo del concurso de la referencia.
Se conviene, expresamente, que la presente fianza se hará efectiva bastando un simple requerimiento realizado por SEDAPAL en nuestras oficinas ubicadas en la dirección indicada líneas abajo.
Queda expresamente entendido por nosotros que esta fianza podrá será ejecutada por SEDAPAL de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 18980 del Código Civil Peruano.
Nos comprometemos a pagarles el monto total de la presente fianza dentro de un plazo máximo de veinticuatro (24) horas, contado a partir de la fecha de recepción del correspondiente requerimiento.
Toda demora de nuestra parte en honrarla dará origen al pago de intereses compensatorios a favor de ustedes que se calcularán sobre la tasa máxima LIBOR a un año, más un Spread de 3.0%.
La tasa LIBOR será la establecida por el cable Xxxxxx diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m. de la fecha en la que se recibió el requerimiento de pago, debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que sea exigido el honramiento de la presente fianza.
Atentamente, Firma Nombre Banco local
(*) Nombre del Postor
(**) En caso de Consorcio bastará que: (1) uno de sus integrantes afiance la totalidad del
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ANEXO NO 22
Bancos locales autorizados para ,emitir las cartas fianza
1. BBVA CONTINENTAL
2. BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ
3. BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS - BANBIF
4. SCOTIABANK S.A.
S. CITIBANK DEL PERÚ S.A.
6. INTERBANK
7. MI BANCO
8. BANCO XXXXXXXXX PERÚ
9. BANCO SANTANDER PERÚ
10. XXXXXXX BANK PERÚ
11. FINANCIERA CREDISCOTIA
12. FINANCIERA EDYFICAR
Nota:
En caso la carta fianza sea emitida por un banco del exterior de primera categoría consignado en la lista aprobada por la Circular NO 0012-2013-BCRP (publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 xx xxxxx de 2014) deberá ser visada y confirmada por alguno de los banco locales del presente anexo.
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ANEXO N°23 CONTRATO DE SUPERVISIÓN
Conste por este documento el Contrato de Supervisión (en adelante, el presente Contrato) celebrado conforme a las Bases del Concurso Público NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP entre la empresa SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA, con RUC NO
20100152356 Y domicilio en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx XX 000, Xx Xxxxxxx, xxxxxxxx xx Xx Xxxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento de Lima, debidamente representada por su Gerente General (e) Xx. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI NO 00000000, quien procede de conformidad con los poderes otorgados mediante Acuerdo NO 010-003-2014 adoptado en la Sesión de Directorio NO 003-2014 del 7 de febrero de 2014, que obran debidamente inscritos en el Rubro C00104 de la Partida Electrónica NO 02005409 del Libro de Sociedades del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y callao - Zona Registral NO IX- Sede Lima, en lo sucesivo SEDAPAL, y; , con RUC NO
.. con domicilio en ., ., distrito de . provincia
y departamento de Lima, debidamente representada por su ., Sr. ~ identificado con DNI NO, . designado por de fecha ., a quien en adelante se denominará EL SUPERVISOR.
A SEDAPAL y a EL SUPERVISOR se les denominará conjuntamente como las Partes.
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 Con fecha 12 xx xxxx de 2014 se suscribió el Contrato de Concesión del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en Concesión del Proyecto "Provisión de Servicios de Saneamiento para los distritos del Sur de Lima - PROVISUR" (en adelante, el Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxx) xxxxx xx Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx, representado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, el Concedente) con la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A. (en adelante, el Concesionario) y Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL (en calidad de interviniente).
1.2 El Proyecto "Provisión de Servicios de saneamiento para los distritos del Sur de Lima
- PROVISUR" (Proyecto PROVISUR) comprende los servicios de abastecimiento de agua potable, alcantarillado sanitario, tratamiento de aguas residuales y disposición final, bajo responsabilidad de SEDAPAL, en los distritos de Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxx xxx Xxx.
1.3 El Contrato de Concesión, en su Capítulo VI, Numeral 6.1, establece que el Concedente seleccionará y contratará las funciones de supervisión de las actividades de diseño, de la elaboración del expediente técnico, de la ejecución de las obras, puesta en marcha, incluyendo la supervisión de los seis (6) primeros meses de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora del Proyecto PROVISUR - Escala de Producción 1.
1.4 Con fecha
de
de 2014, XXXXXXX adjudicó la buena pro del Público NO
0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP (en adelante, el Concurso) al SUPERVISOR.
cLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
2.1 Por el presente instrumento XXXXXXX contrata a EL SUPERVISOR para la realización de las funciones de supervisión de las actividades de diseño, elaboración del expediente técnico, ejecución de las obras, puesta en marcha, incluyendo los seis
(6) primeros meses de iniciado el períOdo de operación y mantenimiento de la Planta Desaladora del Proyecto PROVISUR - Escala de Producción 1.
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cLÁUSULA TERCERA: RETRIBUCIÓN ECONÓMICA
De acuerdo a la Oferta Económica presentada por EL SUPERVISOR, la retribución económica
asciende a 5/. o • ( y 00/100 Nuevos Soles) suma que incluye el
Impuesto General a las Ventas (IGV) cualquier otro tributo que grave el servicio, así como todos los costos y gastos necesarios para la correcta ejecución de los servicios a que hubiere lugar (en adelante, la Retribución Económica).
cLÁUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO
El pago de la Retribución Económica se realizará en forma mensual y contando con la previa conformidad expresa. por parte de SEDAPAL en relación al oportuno cumplimiento de las prestaciones a cargo de EL SUPERVISOR correspondientes al mes vencido.
CLAUSULA QUINTA: AJUSTE POR VARIACION DE PRECIOS
El valor del contrato se ajustará únicamente por variación de precios, en forma anual, mediante la utilización de la siguiente fórmula:
Vr =
Donde:
Vo * (Ir/lO)
Vr Vo | = = | Valorización reajustada Valorización calculada a tarifas y precios de Contrato, referida al |
Ir | = | período a ajustar Indice de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana, |
lo | = | correspondiente al mes doceavo Índice de Precios al Consumidor para Lima Metropolitana |
correspondiente al mes en que se suscribió el presente Contrato
CLÁUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
6.1 EL SUPERVISOR se compromete a:
a) Desarrollar la integridad las prestaciones a su cargo conforme a su Propuesta Técnica, Propuesta Económica ya los Términos de Referencia.
b) No transferir, ceder sus derechos o su posición contractual en el presente Contrato.
c) No disponer ni hacer, en ningún momento, uso de la documentación que obra en su poder o de la información a la que haya podido acceder, relacionada con las prestaciones a su cargo, para fines distintos al objeto del presente Contrato, sin que medie autorización expresa otorgada por XXXXXXX.
d) Levantar, dentro de los plazos previstos en los Términos de Referencia, las observaciones vinculadas con la ejecución de las prestaciones a su cargo, bajo apercibimiento de la aplicación de la penalidad correspondiente en caso de incumplimiento, conforme a lo previsto en el Cuadro de Penalidades que integran los referidos Términos de Referencia.
e) Permanecer a disposición de SEDAPAL para cualquier aclaración y/o consulta relacionada con el servicio prestado, por el plazo de un (1) año computado luego de la liquidación del presente Contrato, sin que ello demande o implique costo alguno para SEDAPAL.
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g) Xxx perjuicio de la indemnización por daño ulterior y/o las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL SUPERVISOR,no lo exime de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidadesciviles y penales a que hubiere lugar.
h) Asumir las obligaciones derivadas de las relaciones laborales con sus trabajadores, conforme a la normatividad laboral vigente.
i) Cumplir con la normatividad laboral vigente en relación al personal propuesto para la ejecución del objeto del presente Contrato, debiendo estar provistos de los seguros a que hubiera lugar, incluyendo el seguro complementario de trabajo de riesgo, conforme a lo dispuesto en la Ley NO 29783, Ley de Seguridad y salud en el Trabajo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo NO00S-2012-TR.
6.2 Obligacionesde SEDAPAL:
a) Aprobar los informes mensuales que elabore EL SUPERVISORcon arreglo a lo dispuesto en los Términos de Referencia.
b) Abonar la Retribución Económica en la oportunidad y forma prevista en la CláusulaQuinta.
c) Supervisar el cumplimiento de las obligacionesde EL SUPERVISOR.
d) Asumir los costos totales de supervisión de la Escala de Producción I en caso excediera el monto destinado por el Concesionario para los servicios de supervisión, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 6.3 del capítulO VI del Contrato de Concesión.
cLÁUSULA SÉTIMA: DECLARACIONES DEL SUPERVISOR
7.1 EL SUPERVISORdeclara:
a) Conocer que la Retribución Económica se encuentra depositada en la Cuenta Recaudadora PROVISUR del Fideicomiso de Recaudación (patrimonio fideicometido) constituido por SEDAPALel 16 xx xxxxx de 2010, de acuerdo a lo previsto en el Contrato de Concesión.
b) Que no ha prestado directa ni indirectamente algún tipo de servicio a la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A., sus accionistas o empresas vinculadas en el último año en el Perú o en el extranjero, contados a partir de la firma del presente Contrato.
c) Conocer que, salvo los casos expresamente previstos en la Cláusulas Tercera, Cuarta, Quinta, y Décima del presente Contrato, no le será reconocido ningún pago, costo ni gasto adicional alguno en el que incurra con relación a los servicios que en virtud del presente Convenio se obliga a prestar.
d) Que el monto de la Retribución Económicacompensa íntegramente la totalidad de sus costos y gastos en que incurrirá como producto de la ejecuciÓn del presente Contrato con arreglo a los Términos de Referencia.
CLÁUSULA OCTAVA: PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES
El plazo de ejecución de las prestaciones a cargo de EL SUPERVISORes de cuarenta y ocho
(48) meses que se computan a partir de la fecha de suscripción del presente Contrato, el cual pOdráser prorrogado.
cLÁUSULA NOVENA: VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del presente Contrato se computará desde la fecha de su suscripción, extendiéndose hasta la aprobación de la liquidación correspondiente por parte de SEDAPAL.
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CLÁUSULA DÉCIMA: SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
En caso de producirse la suspensión del Contrato de Concesión, SEDAPAL comunicará por escrito a EL SUPERVISOR que el presente Contrato entrará en período de suspensión a partir del día treinta y uno (31) de recibida la referida notificación. Como producto de ello, entrará en vigencia, para la realización de los pagos a que hubiere lugar, la Estructura de Presupuesto B, que como Anexo NO 18 formó parte integrante de las Bases del Concurso.
cLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS DEL CONTRATO
Cualquier modificación al texto de las disposiciones del presente Contrato, ampliación de sus alcances o aspectos que no hubieren sido expresamente previstos, será consensuada por las Partes, debiendo materializarse a través de la suscripción de adenda (s).
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: PENALIDADES
12.1 En caso de incumplimiento de EL SUPERVISOR de cualquiera de las obligaciones indicadas en el presente Contrato, incluyendo alteraciones de la estructura organizativa y condiciones de calificación y permanencia del personal previsto en su Oferta Técnica, SEDAPAL notificará a aquél el incumplimiento detectado y los mecanismos de subsanación correspondientes y/o, de ser el caso, la aplicación de las penalidades contenidas en el Cuadro de Penalidades que integran los Términos de Referencia.
12.2 En caso de haberse notificado el incumplimiento y los mecanismos de subsanación correspondientes, y EL SUPERVISOR no subsane el incumplimiento detectado por SEDAPAL dentro de los quince (15) días calendario de recibida la notificación, resultarán de aplicación las penalidades devengadas desde la fecha en que se notificó el incumplimiento hasta que se subsane el mismo, de acuerdo al Cuadro de Penalidades contenido en los Términos de Referencia. Ello, sin perjuicio del derecho de SEDAPAL de ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión.
12.3 En caso que el monto de las penalidades acumuladas alcance al equivalente xx xxxx por ciento (10%) del monto de la Retribución Económica, SEDAPAL podrá resolver el presente Contrato.
12.4 En caso de incumplimiento de EL SUPERVISOR de dos (2) o más obligaciones a su cargo, siendo un incumplimiento consecuencia del anterior, únicamente será aplicable la penalidad que resulte más onerosa en términos económicos.
12.5 En caso XXXXXXX decida resolver el contrato, EL SUPERVISOR deberá abonar el monto correspondiente a las penalidades que le resulten aplicables; en caso no se lIegase(n) a honrar oportunamente, SEDAPAL procederá a ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
13.1 La Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión consta de una Carta Fianza Bancaria con las características de solidaria, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión, ni división y de realización automática por la suma de 5/.
(, Y 00/100 Nuevos Soles) [equivalente al diez por ciento
(10%) del valor de la Oferta Económica del SUPERVISOR] que garantiza todas y cada una de las obligaciones contractuales que asume EL SUPERVISOR en virtud al presente Contrato, incluido el caso de resolución por incumplimiento o cumplimiento defectuoso.
CONCURSO PÚBLICO lIJO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP P~g. 66 de 70
14.2 SEDAPAL ejecutará la referida garantía ante cualquier incumplimiento de las obligaciones de EL SUPERVISORprevistas en el presente Contrato.
14.3 En caso de ejecución parcial, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión deberá ser repuesta por el monto íntegro referido en el Numeral 14.1 del presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO
15.1 En caso de discrepanciaen la interpretación de los alcancesdel presente contrato, la prelación de los documentos que'lo integran es como sigue:
a) El presente Contrato
b) La PropuestaTécnica y la Propuesta Económicade EL SUPERVISOR
e) Las Circulares
d) Las Bases
15.2 La invalidez de alguna disposición de este contrato no afectará la validez y la exigibilidad de sus demás disposiciones.
1S.3 Las sumillas de las cláusulas del presente Contrato servirán sólo como referencia y "- en ningún caso afectarán la interpretación de su texto.
15.4 El presente Contrato deberá interpretarse como una unidad y en ningún caso cada una de sus cláusulas de manera independiente.
CLAUSULA DÉCIMA SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
16.1 EL SUPERVISORreconoce el carácter confidencial y reservado de la información relacionada con el objeto del presente Contrato y, por consiguiente, se compromete a no hacerla de conocimiento público sin contar con el previo consentimiento escrito de XXXXXXX.
16.2 La información proporcionada por SEDAPALúnicamente será puesta a disposición del personal de EL SUPERVISORpor motivos relacionados con las prestaciones a su cargo, siendo obligación de EL SUPERVISORpreservar el carácter confidencial de dicha información, para lo cual se compromete a adoptar todas las acciones que fuesen razonables para impedir su divulgación.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL
17.1 En mérito del presente Contrato y de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales peruanas sobre la materia, SEDAPALtendrá la propiedad intelectual de todos los informes, reportes y en general, de todo documento, modelo o software que elabore, produzca o desarrolle EL SUPERVISORen forma específica para el cumplimiento de las prestaciones a su cargo, sin que ello constituya retribución adicional a la establecida en la CláusulaCuarta.
17.2 EL SUPERVISORdeclara que los informes, reportes, obras, y en general, todo documento, modelo o software que elabore, produzca o desarrolle en forma específica para el cumplimiento de sus obligaciones, no los usará directa ni indirectamente en beneficio propio o de terceros.
CONCURSO PÚBLICO IV" 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Xxx. 00 xx 00
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
18.3 Una vez finalizado el presente Contrato, por cualquier circunstancia, EL SUPERVISOR presentará a SEDAPAL el informe de liquidación debidamente documentado en el cual se indiquen las prestaciones a cargo de EL SUPERVISOR que hayan llegado a ejecutarse en su integridad junto con los pagos que hubieran sido cancelados por dicho concepto, a fin que las eventuales contingencias que pudieran haberse producido durante el desarrollo del presente Contrato, sean resueltos por las Partes.
18.4 Una vez consensuada la liquidación del presente Contrato entre las Partes, SEDAPAL emitirá el correspondiente Certificado de Correcta Ejecución del Servicio.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: RESOLUCIÓN
19.1 El presente Contrato podrá resolverse en cualquier momento, sin indemnización alguna, en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Por acuerdo de las Partes
b) Por tornarse en imposible continuar con su objeto.
c) Cuando se verifique la ocurrencia de un evento de fuerza mayor o caso fortuito que ocasione la imposibilidad de cumplir con las prestaciones a su cargo durante más de seis (6) meses continuados o acumulados en el período de un año.
d) Cuando caduque el Contrato de Concesión.
19.2 La resolución del presente Contrato no afectará que las Partes concluyan con los compromisos que se encuentren en ejecución. En cuyo caso, sólo será exigible por parte de EL SUPERVISOR los porcentajes de la Retribución Económica correspondientes a la(s) prestación(es) que a la dicha fecha hubieren sido efectivamente realizados por EL SUPERVISOR.
19.3 El presente Contrato podrá resolverse en cualquier momento en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Cuando el monto de las penalidades acumuladas alcance al equivalente xx xxxx por ciento (10%) del monto de la Retribución Económica, SEDAPAL podrá resolver el presente Contrato.
b) Cuando se haga uso de la información en contravención a lo dispuesto en la
Cláusula Décima Sexta del presente Contrato.
En dichos supuestos se ejecutará la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Supervisión.
CLÁUSULA VIGÉSIMA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
20.1 Conforme al Artículo 13150 del Código Civil, caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
20.2 Producidos los acontecimientos mencionados en el numeral anterior, la parte afectada deberá notificar inmediatamente y por escrito a la otra informándole de la ocurrencia del hecho con la acreditación correspondiente, e indicando la obligación contractual que se vería afectada.
CONCURSO PÚBLICO NO 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 68 de 70
2004 Xxx perjuicio de lo expresado en el numeral anterior, la parte afectada se obliga a continuar ejecutando las obligaciones contractuales que no se verían afectadas por la ocurrencia de la causa de fuerza mayor o caso fortuito.
20.5 Asimismo, la parte afectada se obliga a adoptar las medidas que estuvieran a su alcance para mitigar los efectos derivados de la causa de fuerza mayor o caso fortuito.
20.6 Ninguna de las Partes será responsable por el incumplimiento de sus obligaciones o por su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso por causa de caso fortuito o fuerza mayor.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
21.1 Cualquier controversia que surja entre las Partes en el presente Contrato, será resuelta de manera directa y cordial entre las mismas. No obstante, en caso que no se llegara a un acuerdo, las controversias que se deriven sobre la ejecución, interpretación, ineficacia, nulidad o invalidez del presente Contrato, serán sometidas, en primer lugar, a conciliación entre las partes, para lo cual se establece que cualquiera de ellas deberá presentar la solicitud de conciliación ante cualquier Centro de Conciliación Extrajudicial Público o acreditado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
21.2 Las controversias que no pudieran resolverse a través de conciliación o las que se resolvieran de manera parcial, respecto de la parte que se mantiene en controversia, deben someterse a un arbitraje de derecho, mediante el cual serán resueltas de manera definitiva e inapelable, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo NO1071 - Ley de Arbitraje.
21.3 La demanda arbitral no podrá contener pretensiones que no fueron materia de procedimiento conciliatorio.
21.4 El plazo para interponer arbitraje, una vez concluido el proceso conciliatorio sin acuerdo de Partes o con acuerdo parcial, es de quince (15) días hábiles, debiendo computarse el mismo, desde el día en que se suscribe el Acta de no Acuerdo Total o Parcial.
21.5 El arbitraje se desarrollará en la ciudad de Lima, ante el Centro de Análisis y Resoluciónde Conflictos de la Pontificia Universidad católica del Perú o el centro de Arbitraje de la Cámara de Comerciode Lima.
21.6 El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral compuesto por tres (3) árbitros. Cada parte designará un árbitro, y estos dos árbitros nombrarán a un tercer árbitro que hará las veces de Presidente del Tribunal Arbitral. En caso que los árbitros designados por las partes no lograsen acordar la designación del Presidente del Tribunal Arbitral, será el Centro elegido quien efectúe tal designación.
21.7 El arbitraje se desarrollará de conformidad con el Reglamento del Centro elegido, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas.
21.8 No obstante, las partes acuerdan expresamente lo siguiente:
CONCURSO PÚBLICO IV' 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 69 de 70
a) En atención a lo dispuesto por el artículo 690 del Decreto Legislativo NO 1071, las Partes acuerdan que todos los gastos, costos y costas del proceso arbitral, serán asumidos por quien solicite el arbitraje.
b) Las Partes acuerdan de forma expresa que para la acumulación sucesiva de pretensiones en el proceso arbitral, debe haber aceptación y consentimiento expreso de la contraparte. No se admitirá aquellas pretensiones que no hayan sido materia de un procedimiento conciliatorio previo, según lo establecido en la presente cláusula.
c) Las Partes acuerdan de forma expresa que las controversias referidas al Enriquecimiento Sin Causa (o Enriquecimiento Indebido), no podrán ser materia de arbitraje.
d) Las Partes acuerdan de forma expresa que para interponer el recurso de anulación contra el laudo expedido y solicitar la suspensión del cumplimiento xxx xxxxx, no se requiere de la presentación de la garantía a la que hace mención el Artículo 660 del Decreto Legislativo NO 1071.
21.9 Lo previsto en esta cláusula, será aplicable para resolver las discrepancias sobre defectos o vicios ocultos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: DOMICILIOS
22.1 Las Partes señalan como sus domicilios los consignados en la introducción del presente Contrato, en los cuales se tendrá por válida y bien realizada la entrega de cualquier correspondencia que exista entre ellas para todos sus efectos.
22.2 Para surtir efectos legales, cualquier cambio de domicilio deberá ser comunicado a la otra Parte con quince (15) días calendario de anticipación.
Estando de conformidad, las Partes suscriben el presente documento en dos (2) ejemplares originales de idéntico tenor en la ciudad de Lima, el
SEDAPAL EL SUPERVISOR
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Gerente Genera I (e)
CONCURSO PÚBLICO N° 0001-2014-ELC-SEDAPAL-APP Pág. 70 de 70